Contenido
La clave para cumplir ............................................................................................................................................................................. 3
¿Qué son las Cuotas Obrero-Patronales? ...................................................................................................................................... 4
Un poco de historia ........................................................................................................................................................................... 4
Fundamento legal .............................................................................................................................................................................. 4
¿Quiénes están obligados a cumplir? .............................................................................................................................................. 5
Regímenes del Seguro Social .......................................................................................................................................................... 6
Seguros del Régimen Obligatorio ................................................................................................................................................. 7
¿Qué cubre y proporciona la Seguridad Social? ........................................................................................................................ 8
Contingencias y Servicios ................................................................................................................................................................ 8
Calcula tus cuotas obrero-patronales ............................................................................................................................................ 10
¿Qué necesito para determinar las cuotas obrero-patronales? ....................................................................................... 10
Movimientos Afiliatorios ...................................................................................................... ¡Error! Marcador no definido.
Incapacidades y ausentismos ....................................................................................................................................................... 12
Veamos un ejemplo práctico ........................................................................................................................................................ 13
Plazos de entrega ............................................................................................................................................................................. 14
Hazlo más fácil con Nomilinea ......................................................................................................................................................... 17
¡Recuerda!
No olvides consultar
nuestro curso para
calcular el SDI en
enlinea.digital
La clave para cumplir
Como empresario es fundamental conocer a fondo tu negocio, parte de esta tarea es controlar tus gastos y
cumplir con las obligaciones de ley. Sin embargo, hay un elemento base para que tu empresa continúe
creciendo: tus trabajadores. Sin ellos tu empresa no estaría donde se encuentra en este momento y no
tendría el ímpetu necesario para seguir creciendo.
Piensa en todas esas nuevas ideas, proyectos y visiones que han surgido de tus empleados y que han hecho
de tu empresa un lugar cada día más competitivo. Parte de las atenciones que debes brindarles a cambio de
sus labores son las Cuotas Obrero-Patronales que deben pagarse al IMSS e INFONAVIT. Éstas son uno de
los requerimientos más demandantes del mundo empresarial, ya que se presentan mensual y
bimestralmente, sin embargo, representan, tanto para tus empleados como para tu empresa, la arteria
principal que suministra una administración sana y un crecimiento asegurado.
El Salario Diario Integrado, o también conocido como Salario Base de Cotización, es la clave para que todo
esto suceda, ya que a partir de él se calculan varios impuestos y obligaciones, entre ellas las Cuotas Obrero-
Patronales. Si realizas de forma correcta el cálculo para
determinarlo, sabrás exactamente cuánto gana cada trabajador de
tu empresa lo que te permitirá conocer con exactitud tus Cuotas al
IMSS, evitar sanciones y priorizar tus gastos para que siempre
cumplas en tiempo y forma.
Recuerda que determinar de forma incorrecta el SDI y por tanto las Cuotas, trae consecuencias para el
empresario y su negocio, ya que lo obliga a pagar multas, lo cual constituye un delito de defraudación
fiscal.
Para evitar estos errores y muchos más, está Nomilinea, el sistema más
dinámico y seguro para el cálculo de nóminas y Cuotas Obrero-Patronales,
único avalado por el IMSS e INFONAVIT. A continuación, te enseñaremos qué
fácil es calcular tus Cuotas Obrero-Patronales en tan sólo unos cuantos clics.
Sabías que el no determinar
tus Cuotas Obrero-Patronales
te hace acreedor a una multa
entre el 40 y 100% del
concepto omitido.
¡Recuerda!
Este tipo de actividades como
el alta, baja, modificación de
salario y reingreso de tus
trabajadores se llaman
Movimientos Afiliatorio y
deben ser comunicados al
IMSS
¿Qué son las Cuotas Obrero-Patronales?
Este concepto que suena a trabalenguas es uno de los temas tabú en el mundo laboral, tanto para los
empleados como para los empresarios. Sin embargo a lo largo de esta guía te enseñaremos por qué es tan
importante que estés informado sobre esta obligación, además
descubrirás que no es imposible calcularlas y presentarlas gracias a
Nomilinea, donde tus cálculos siempre son correctos.
Un poco de historia
Esta obligación ha existido desde la primera Ley del Seguro Social, sin
embargo no siempre fue deber del patrón determinar las cuotas; en
las leyes de 1943 y 1973 la responsabilidad de presentarlas
correspondía al Instituto Mexicano del Seguro Social. A partir de la
Reforma de 1993, ésta pasó a los patrones (presente en la ley de
1997), quienes desde entonces tienen que hacerse cargo de las
cuotas, así como de retener y enterar de ello al trabajador.
Fundamento legal
Primero que nada el significado de este concepto está definido dentro de la Ley del Seguro Social en el
Artículo 15, fracción III, la cual dicta que: Los patrones están obligados a determinar las cuotas obrero-
patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto Mexicano del
Seguro Social.
Esto se refiere nada más y nada menos a todas aquellas cantidades
que tú y tus trabajadores pagan al Seguro Social para que tus
empleados tengan derecho a la salud, servicios médicos y un
fondo para el retiro.
¿Quiénes están obligados a cumplir?
Como su nombre lo indica, las Cuotas Obrero-Patronales son contribuciones que realizan en conjunto los
trabajadores y los patrones para garantizar el pago de los cinco seguros que ofrece el Instituto Mexicano del
Seguro Social, aquí te dejamos una infografía para que conozcas más sobre el tema:
Regímenes del Seguro Social
Según la Ley del Seguro Social existen dos tipos de regímenes que deben pagar las cuotas de seguridad
social.
¿Quiénes están obligados a cumplir?
Seguros del Régimen Obligatorio
Comprende 5 seguros que el patrón debe cubrir ante los trabajadores de manera forzosa:
La idea principal de ofrecer estos cinco seguros es cubrir las necesidades fundamentales de las personas; la
Ley del Seguro Social señala que "la Seguridad Social tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la
salud, asistencia médica, protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el
bienestar individual y colectivo".
Cada uno de estos ramos de aseguramiento es distinto porque protegen al trabajador y sus beneficiarios
contra situaciones diferentes, mediante prestaciones en especie y en dinero.
A continuación te presentamos qué es lo que cubre cada seguro y cuáles son los servicios que ofrecen,
como parte del régimen obligatorio.
¿Quiénes están obligados a cumplir?
¿Qué cubre y proporciona la Seguridad Social?
Contingencias y Servicios Cada uno de estos ramos de aseguramiento son distintos porque protegen al trabajador y sus beneficiarios
ante distintas situaciones, a través de prestaciones en especie y en dinero de la siguiente manera:
Entre los servicios que ofrece están las prestaciones en dinero y especie, esto quiere decir, que el Seguro
Social es el encargado de pagar tu sueldo en caso de que sufras un Riesgo de Trabajo o debido a una
enfermedad, pero además brinda medicinas, aseo y cuidado a los hijos de los beneficiarios.
¿Qué cubre y proporciona la Seguridad Social?
Calcula tus cuotas obrero-patronales
¿Qué necesito para determinar las cuotas obrero-patronales?
Antes de realizar el cálculo de tus cuotas obrero-patronales es necesario que identifiques estos elementos:
Salario Diario Integrado o Salario Base Cotización. Es el Salario Diario más las prestaciones que
percibe cada trabajador.
Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal. El cual servirá como medida del salario máximo y
mínimo de un trabajador.
Porcentajes del IMSS. Cada año el Instituto Mexicano del Seguro Social proporciona una tabla donde
se indican los porcentajes que los empresarios y trabajadores deben pagar para cumplir con las Cuotas
Obrero-Patronales. A continuación te presentamos la tabla que actualmente rige los porcentajes en el IMSS.
Seguro Prestaciones Cuotas
Base salarial
Patrón Trabajador Total
Riesgos de Trabajo
1En especie y dinero
Conforme con su siniestralidad laboral
0.00% Prima correspondiente
Salario base de cotización (SBC)
Seguro Prestaciones Cuotas
Base salarial
Patrón Trabajador Total
Enfermedades y Maternidad
En especie
Cuota fija por cada trabajador hasta por tres SMGVDF
2
20.40%
0.00%
20.40%
SMGVDF
Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres VSMGVDF
3
1.10% 0.40% 1.50% Diferencia entre el
SBC y tres VSMGVDF
Gastos médicos para pensionados y beneficiarios
1.05% 0.375% 1.425 SBC
En dinero 0.70% 0.25% 0.95% SBC
Invalidez y Vida En especie y dinero
1.75% 0.625% 2.375% SBC
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CV)
Retiro 2.00% 0.00% 2.00% SBC
CV 3.150% 1.125% 4.275% SBC
Guarderías y Prestaciones Sociales
En especie 1.00% 0.00% 1.00% SBC
Notas: 1 Para conocer más sobre la Prima de Riesgos de Trabajo, consulta nuestro curso sobre PRT entrando a enlinea.digital 2 Salario Mínimo General Vigente en el DF 3 Veces el Salario Mínimo General Vigente en el DF
Calcula tus cuotas obrero-patronales
Incapacidades y ausentismos
Seguramente te estarás preguntando qué sucede con las faltas e incapacidades de tu personal a la hora de
calcular las cuotas obrero-patronales ¡No te preocupes! Aquí te informaremos sobre todo lo que necesitas
para deducir de forma correcta estos imprevistos.
El Artículo 31 de la Ley del Seguro Social y el artículo 29 Ley INFONAVIT, especifican que cuando por
ausencias del trabajador a sus labores no se paguen salarios, pero subsista la relación laboral, la cotización
mensual se ajustará a las reglas siguientes:
Cuando un trabajador tiene incapacidad médica sólo se pagan las cuotas de Retiro e INFONAVIT,
ningún otro seguro.
Cuando es un caso de ausentismo, sólo se paga el seguro de Enfermedad y Maternidad.
Enfermedad y Maternidad Retiro e INFONAVIT
Guarderías; Cesantía y Vejez;
Invalidez y Vida; y Riesgo de
Trabajo
Se restan sólo las incapacidades,
no las faltas
Se restan sólo las faltas, no las
incapacidades
Se restan las faltas y las
incapacidades
Calcula tus cuotas obrero-patronales
Veamos un ejemplo práctico
Julia es redactora en una revista, tiene un año laborando para esta editorial,
lo cual la hace acreedora, según su contratación, a 6 días de vacaciones, una
prima vacacional del 25% y 15 días de aguinaldo. Su periodo de pago es
quincenal y tiene un Salario Diario de $100.00
Especificaciones:
Su Salario Diario Integrado es de $104.52 y le corresponde una Prima de
Riesgos de Trabajo de 0.54355.
Los días del periodo considerados para el cálculo de las cuotas será de 30
días y de acuerdo al Salario Mínimo que es de $73.04.
Tomando estos datos en cuenta el cálculo de las cuotas obrero-patronales para Julia serían las siguientes:
Enfermedades y Maternidad
% Empleado % Empresa
Especie – Cuota Fija 20.40% $447.00
Especie – Excedente 0.400% $ - 1.10% $ -
Prestaciones en dinero
0.250% $7.84 0.70% $21.95
Pensionados y Beneficiarios
0.375% $11.76 1.05% $32.92
Invalidez y Vida 0.625% $19.60 1.75% $54.87
Riesgo de trabajo 1.13065% $35.45
Guarderías y prestaciones sociales
1.00% $31.36
Seguro de Retiro 2.00% $62.71
Cesantía y Vejez 1.125% $35.28 3.15% $98.77
Infonavit 5.00% $156.78
CUOTAS EMPLEADO EMPRESA
IMSS MENSUAL $39.20 $623.55
CESANTÍA BIMESTRAL $70.56 $161.48
INFONAVIT BIMESTRAL - $156.78
TOTALES $109.76 $923.83
Calcula las cuotas obrero-patronales
Plazos de entrega
Las cuotas obrero-patronales se deben pagar el mes posterior, a esto se le conoce como pago por
mensualidades vencidas. Los patrones están a obligados a:
Determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa
informático (SUA), autorizado por el Instituto.
Presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes que
se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día 17 del mes inmediato.
Importante: La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aun en el supuesto de que no se
realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado.
• Mensualidades vencidas: Para los seguros, cuyas reservas administra el Instituto
Mexicano del Seguro Social, a saber, Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad,
Invalidez y Vida, Guarderías y Prestaciones Sociales, a más tardar el 17 del mes
siguiente.
• Bimestrales vencidas: Para el caso del Seguro de Retiro, Cesantía en edad Avanzada
y Vejez, conforme a lo dispuesto en el artículo Vigésimo Séptimo Transitorio de la LSS,
es decir, a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre en que se presentó la
relación laboral.
• Cédulas de liquidación y capitales constitutivos: 15 días naturales contados a partir
de la fecha de su notificación.
Calcula tus cuotas obrero-patronales
Movimientos Afiliatorios
Los patrones deben informar al IMSS las altas, bajas y modificaciones de salario de todos sus trabajadores,
para que el Instituto les otorgue las prestaciones económicas y en especie (tanto inmediatas como diferidas)
en los términos que señala la ley.
Es importante señalar que el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación
de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) es el que especifica el momento en que se debe cumplir
esta obligación.
De acuerdo a lo establecido en el RACERF, la presentación de los movimientos afiliatorios debe hacerse en
un plazo máximo de 5 días hábiles.
Los movimientos afiliatorios que deberás notificar ante el IMSS son los siguientes:
Alta. Este se refiere al inicio de la relación laboral del trabajador que estás asegurando.
Baja. Esto es el aviso que emites al IMSS cuando terminas la relación laboral con tu trabajador.
Modificación de Salario. Se refiere a se refiere a los cambios de salario del asegurado.
Reingreso. Se refiere a la reincorporación de un trabajador a la vida laboral o a su cambio de
empleo.
Existe cierta lógica para establecer las reglas que se deben seguir en el envío de estos movimientos, ya que
toda la información que se envía al IMSS es guardada en la base de datos del instituto y debe guardar
congruencia.
La siguiente tabla explica la lógica que se debe llevar en el envío de los movimientos afiliatorios.
Documento Movimiento Movimientos Posteriores
permitidos
Movimientos posteriores
no permitidos
Afil 02 Alta Baja, Modificación de
salario Alta, Reingreso
Afil 04 Baja Reingreso Baja, Modificación de
Salario
Afil 03 Modificación de Salario Modificación de Salario,
Baja Alta, Reingreso
Afil 02 Reingreso Baja, Modificación de
Salario Alta, Reingreso
De acuerdo al Artículo 15 de la Ley del Seguro Social, los movimientos pueden presentarse en documento
impreso, en el caso de inscripción será el Afil 02, para Modificación de Salario el Afil 03 y para las bajas el
Afil 04; en el caso de los medios magnéticos se presentará a través del IDSE, con el archivo DispMag
generado por el SUA o el Sistema Nomilinea.
Calcula tus cuotas obrero-patronales
Multas por no cumplir
La Ley del Seguro Social establece diferentes castigos por incumplimientos, omisiones o faltas, sin embargo
aquí te mostramos una tabla de las multas que tendrías al no cumplir correctamente con las cuotas obrero-
patronales.
Falta Multa
No determinar o determinar en forma
extemporánea las cuotas obrero-patronales
legalmente a su cargo.
Multa de 20 a 75 Veces el Salario Mínimo No informar al trabajador o al sindicato de las
aportaciones realizadas a la cuenta individual.
No llevar los registros de nóminas o listas de raya,
en los términos que señala la Ley y el Reglamento
para el Pago de Cuotas del Seguro Social.
No comunicar al Instituto o hacerlo
extemporáneamente las modificaciones al salario
base de cotización de sus trabajadores (5 días
hábiles).
Multa de 20 a 125 Veces el Salario Mínimo
Presentar al Instituto los avisos afiliatorios,
formularios, comprobantes de afiliación, registros de
obras o cédulas de determinación de cuotas obrero-
patronales con datos falsos, salvo aquéllos que por
su naturaleza no sean de su responsabilidad. Multa de 20 a 210 Veces el Salario Mínimo
No proporcionar, cuando el Instituto se lo requiera,
los elementos necesarios para determinar la
existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a
su cargo o hacerlo con documentación alterada o
falsa.
No registrarse ante el Instituto, o hacerlo fuera del
plazo (5 días hábiles).
Multa de 20 a 350 Veces el Salario Mínimo
No inscribir a sus trabajadores ante el Instituto o
hacerlo en forma extemporánea (5 días hábiles).
No retener las cuotas a cargo de sus trabajadores
cuando así le corresponda legalmente, o
habiéndolas retenido, no enterarlas al Instituto.
Hay algunas excepciones para no pagar multas, como cuando el cumplimiento de las obligaciones se hace
fuera del plazo señalado pero antes de que la autoridad se lo requiera o cuando la infracción se deba a un
caso fortuito o de fuerza mayor.
Por otro lado, es posible que el Instituto Mexicano del Seguro Social deje sin efectos una multa cuando los
interesados demuestren de forma documental que no se incurrió en la infracción.
Calcula tus cuotas obrero-patronales
Hazlo más fácil con Nomilinea
Un proceso normal para calcular tus Cuotas implicaría:
Ingresar tus movimientos afiliatorios en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA)
Repórtalos ante el IDSE (IMSS Desde Su Empresa)
Vuelve a entrar al SUA para calcular tus cuotas y generar tu disco de pago
Ingresa al SIPARE (Sistema de Pago Referenciado) para pagar vía internet o ve a la sucursal de tu
banco más cercana
EN NOMILINEA HAZ TODO ESTO EN TAN SÓLO UNOS CLICS
El aval del IMSS e INFONAVIT garantiza que el Sistema Nomilinea y Software SiCOSS —ambos creados
en Grupo SiCOSS, empresa mexicana especializada en tecnología administrativa— son la única herramienta
autorizada, además del SUA, para realizar el pago de las Cuotas Obrero-Patronales.
El 26 de enero de 2004, por medio del oficio 09-52-17-61-5000/00042 emitido por la Dirección de
Incorporación y Recaudación del Seguro Social y la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del
Instituto Mexicano de Seguro Social, se especificó que Nomilinea puede ser usado como un sistema para
el cumplimiento de obligaciones obrero-patronales en materia de Seguridad Social e INFONAVIT.
Hazlo más fácil con Nomilinea
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