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ESTABLECIMIENTO TIPO B:
Criterios para tipificar un establecimiento como tipo B***:
TAMAÑO
(SERVICIOS/SEMANA)
TIPO DE COMIDA PREPARADA
MENOS DE 1400 SERVICIOS/SEMANA
Al menos dos preparaciones con ingredientes de riesgo no sometidos a tratamiento térmico (productos de origen animal frescos o descongelados) Elaboración con procesos especiales de riesgo y/o para prolongar su vida útil (conservas, cocinados envasados al vacío o en atmósfera modificada, ahumados, cocción a baja temperatura o uso de aditivos que requieran dosificación controlada.
ENTRE 1400 Y 3500
SERVICIOS/SEMANA
Con tratamiento térmico y que pueden ser consumidas en un plazo superior a 24 h después del cocinado.
MÁS DE 3500 SERVICIOS/SEMANA
Con tratamiento térmico y consumidas en el propio establecimiento en un plazo inferior a 24 h después del cocinado.
RESTAURACIÓN SOCIAL
Todos los establecimientos de restauración social con comensales de riesgo: hospitales, centros de educación infantil y de primaria y residencias de gente mayor, que dispongan de menos de 40 comensales.
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REGISTRO Y RESPONSABILIDADES
0.1 Se detectan deficiencias o incumplimientos en los datos inscritos en el registro y/o autorización de la empresa
REQUISITOS TEN EN CUENTA NORMATIVA
La razón social inscrita en el registro sanitario es
la correcta (la persona física o jurídica titular o
propietaria del establecimiento responsable de los
procesos alimentarios).
- En restauración social (centros escolares,
hospitales, residencias, etc. donde
pueden intervenir en los procesos
alimentarios más de una empresa):
corresponde al propietario o titular de las
instalaciones inscribir el establecimiento
en el registro
- Si hay otras empresas vinculadas al
establecimiento (comparten
responsabilidades en los procesos
alimentarios): dicha vinculación debe
figurar por escrito en un contrato o
acuerdo de prestación de servicios,
especificando claramente las
responsabilidades que le corresponden.
Cuando sea necesario, dispondrán de la
correspondiente inscripción en el Registro
Sanitario
Restauración social: - Cada empresa deberá identificar todos y cada uno de sus componentes (manipuladores de alimentos, prescriptores médicos o nutricionistas, personal de servicio de comidas, personal de limpieza, etc) y delimitar claramente sus responsabilidades en seguridad alimentaria - Esta información debe documentarse en el organigrama o mediante los contratos de servicio con las empresas vinculadas
Decret 99/2012, Art.2.1.a, Art.2.3 RD 191/2011, art. 2 R 852/2004 art. 6
“Guía del Registro General Sanitario” AESAN
3
0.2 Se detecta la realización de actividades sin la autorización pertinente
- Las actividades que constan en la inscripción
del Registro coinciden con las que realiza el
establecimiento
- Los establecimientos que sirven, venden o hacen reparto de comidas directamente al consumidor final son minoristas de registro autonómico (es el caso de la mayoría de establecimientos de elaboración y servicio de comidas). - Los establecimientos elaboradores de alimentos para el consumidor final a los cuales este no accede directamente sino a través de otro establecimiento, aunque son minoristas su registro es nacional (RGSEAA). Son los conocidos generalmente como “càtering”. Este es el caso de establecimientos que elaboran comidas que posteriormente se venden a:
- un establecimiento de servicio de comidas para una colectividad (bar, restaurante, centro escolar, comedor laboral, establecimiento de celebración de eventos, etc.) (Clave 26, categoría 1, actividad 0.2: fabricación, elaboración o transformación de comidas preparadas para colectividades)
- Medios de transporte (Clave 26, categoría 1, actividad 01: fabricación, elaboración o transformación de comidas preparadas para suministro a medios de transporte)
- Espacios habilitados para eventos organizados por una entidad pública o a título particular (Clave 26, categoría 1, actividad 0.2: fabricación, elaboración o transformación de comidas preparadas para colectividades)
- Empresas que aportan logística, (personal, materias primas, etc.) para
Decret 99/2012, Art.2.1.a, Art.2.3 RD 191/2011, art. 2 R 852/2004 art. 6
“Guía del Registro General Sanitario” AESAN
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elaborar y servir comidas en las dependencias de la colectividad con carácter permanente o eventual, responsabilizándose de la actividad alimentaria (No es el caso de las personas físicas contratadas a título individual -cocineros o “chefs” a domicilio-). (Clave 26, categoría 6, actividad 27: empresa de restauración sin instalaciones propias de elaboración). Si esta empresa dispone de una instalación independiente para el almacenamiento de material auxiliar y materias primas para llevar a cabo su actividad, este debe registrarse como “Almacenamiento de material auxiliar y materias primas para empresa de restauración sin instalaciones propias” 26.04.31.
- Finalmente, también se inscriben en el RGSEAA las industrias del sector de comidas preparadas que comercializan sus productos a terceros (Clave 26, categorías 1 a 5, actividad 04)
BLOQUE 1: INFRAESTRUCTURA
1. LOCALES: Los locales son adecuados para garantizar la higiene de los alimentos
REQUISITOS TEN EN CUENTA NORMATIVA
La disposición, el diseño, la construcción, el
emplazamiento y el tamaño de los locales
destinados a los productos alimenticios
En los locales con espacios de trabajo pequeños
se puede evitar la contaminación cruzada
realizando las diferentes operaciones en
La disposición, el diseño, la construcción, el
emplazamiento y el tamaño de los locales deben
ser adecuados para la actividad alimentaria,
5
- permiten un correcto mantenimiento y
limpieza
- aseguran un espacio de trabajo suficiente
para realizar las operaciones de forma
higiénica
- evitan la acumulación de suciedad, el
contacto con materiales tóxicos, el
depósito de partículas en los productos
alimenticios y la formación de mohos en
las superficies
- facilitan el control de plagas
Para que puedan llevarse a cabo correctamente
las distintas tareas, la iluminación de los locales
tiene que ser suficiente por lo que deben
cumplirse las siguientes condiciones:
Las zonas de trabajo tienen que ser diáfanas y
deben estar bien iluminadas para ver si los
alimentos están en mal estado o si hay restos de
suciedad.
Los dispositivos de iluminación deben protegerse
(ej. láminas antiañicos o láminas antifragmentos)
para evitar la contaminación de los alimentos en
caso de rotura y ser de fácil acceso para
posibilitar su limpieza.
Los locales e instalaciones tienen unas
dimensiones proporcionadas al volumen de
producción y su distribución asegura la
separación efectiva de zonas contaminadas o
sucias de las zonas limpias, eliminando la
posibilidad de contaminación cruzada, no solo
durante la actividad ordinaria sino también en las
ocasiones de mayor demanda.
momentos diferentes. Entre ellas debe realizarse
una limpieza y desinfección efectiva de las
superficies de trabajo y es necesario también
usar utensilios específicos para cada proceso.
Una buena iluminación es necesaria para poder
comprobar el buen estado de mantenimiento y
limpieza de las instalaciones.
Mantén una buena iluminación en las cámaras
para controlar correctamente el estado de los
alimentos.
garantizando la protección de los alimentos
contra la contaminación y facilitando las buenas
prácticas y el control de plagas.
Los locales destinados a los productos
alimenticios deberán disponer de suficiente luz
natural o artificial y protección de luminarias para
evitar contaminación entre y durante las
manipulaciones.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo I y II
6
2. SUELOS, PAREDES, TECHOS: Suelos, paredes y techos están en buen estado y sin humedades o agua por condensación
- Los falsos techos son de fácil acceso para
facilitar su correcto mantenimiento y están
contemplados en el Plan de Control de Plagas.
- Se recomienda evitar ángulos rectos entre suelo
y pared, en especial en las cámaras de
refrigeración y congelación.
- El suelo se mantiene despejado para facilitar su
limpieza, evitando la acumulación de basuras,
cartonajes y embalajes vacíos en todas las áreas.
- Los suelos y las paredes están hechos con
materiales impermeables, no absorbentes,
lavables y sin fisuras (en el caso de las paredes,
al menos hasta la altura que pueda preverse que
se ensucien por las operaciones que se realicen
en sus proximidades).
Las superficies de los suelos y paredes deben
mantenerse en buen estado y ser fáciles de
limpiar y, en caso necesario, de desinfectar, lo
que requiere el uso de materiales impermeables,
no absorbentes, lavables y no tóxicos, a menos
que el operador pueda convencer a la autoridad
competente de la idoneidad de otros materiales
utilizados. En su caso, los suelos deben permitir
un desagüe suficiente, y la superficie de paredes
debe ser lisa hasta una altura adecuada.
Los techos (o, cuando no hubiera techos, la
superficie interior del tejado), falsos techos y
demás instalaciones suspendidas deben estar
construidos y trabajados de forma que impidan la
acumulación de suciedad y reduzcan la
condensación, la formación de moho no deseable
y el desprendimiento de partículas.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo II
3. ABERTURAS: Las ventanas, puertas, huecos y sumideros son fáciles de limpiar
Se deben evitar ventanas cerca de las zonas de
manipulación y en el caso de que existan, sería
conveniente que estuviesen protegidas de la
rotura mediante una lámina antiañicos.
Las superficies de las puertas son lisas y no
absorbentes. Se debe considerar el uso de
sistemas de apertura y cierre automáticos para
evitar la contaminación por contacto.
Las ventanas y demás huecos practicables deben
estar construidos de forma que impidan la
acumulación de suciedad y, en caso necesario,
provistos de pantallas contra insectos que puedan
desmontarse con facilidad para su limpieza.
Cuando debido a la apertura de ventanas pueda
producirse contaminación, éstas deben
permanecer cerradas durante la producción.
En todas las etapas de producción,
transformación y distribución, los productos
7
alimenticios deben estar protegidos contra
cualquier foco de contaminación que pueda
hacerlos no aptos para el consumo humano o
nocivos para la salud, o contaminarlos de manera
que pueda considerarse razonablemente
desaconsejables para su consumo.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo I, II y IX
4. PROTECCIÓN CONTRA PLAGAS: Las ventanas, puertas, huecos y sumideros están protegidos contra la entrada de plagas
Aquellas puertas que den acceso al exterior se
deben mantener abiertas el mínimo tiempo
posible.
Además, deben instalarse elementos de
protección como mosquiteras en las ventanas,
burletes de sellado en los bajos de las puertas,
rejillas en los sumideros, etc.
Si colocas un insectocutor cerca de una abertura
al exterior, favoreces que los insectos entren en
tu establecimiento
¡Si lo colocas demasiado cerca de las mesas de
manipulación, pueden acabar sobre los
alimentos!
Deben aplicarse procedimientos adecuados para
evitar que los animales domésticos puedan
acceder a los lugares en que se preparan,
manipulan o almacenan productos alimenticios.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo I, II y IX
5. EQUIPOS: El equipamiento (capacidad, diseño, mantenimiento y ubicación) no pone en riesgo la seguridad del producto
- Los equipos que están en contacto con los
productos alimenticios están fabricados con
materiales resistentes a la corrosión y ser fáciles
de limpiar y desinfectar.
- Para controlar los parámetros críticos en los
procesos de elaboración (temperatura, tiempo,
pH, presión…) se dispone de un número
adecuado de dispositivos de vigilancia.
- Se evita en todo momento que el uso del equipo
provoque la contaminación de los alimentos. Para
ello:
- Los materiales destinados al contacto con
alimentos llevan un símbolo de identificación
específico (copa y tenedor)
- Si utilizas recipientes de cerámica. debes solicitar al proveedor la Declaración de Conformidad que avala su aptitud para el uso alimentario
Las superficies de las zonas en las que se
manipulen los productos alimenticios, y en
particular los artículos, instalaciones y equipos
destinados a entrar en contacto con las materias
primas, productos intermedios y productos
finales, deben mantenerse en buen estado, ser
fáciles de limpiar y, en caso necesario, de
desinfectar.
Su construcción, composición y estado de
conservación y mantenimiento deben reducir al
mínimo el riesgo de contaminación, lo que
8
Evitar la contaminación del equipo por el
ambiente, como podría ser la ocasionada por el
goteo de agua por condensación desde el techo.
Evitar la contaminación del equipo de
manipulación por la acumulación de residuos
alimentarios(ejemplo: en los dispositivos de
corte).
Evitar la contaminación del producto acabado
por la manipulación materias primas. Podemos
evitarlo por ejemplo:
- empleando equipos distintos para
manipular las materias primas y los productos
cocinados (tablas de despiece, cuchillos, platos,
etc.)
- realizando una limpieza y desinfección de
éstos entre los usos
- Se dispone de equipos para el mantenimiento
en caliente de las comidas ( baño maría, armarios
calientes, mesas calientes, etc. ) con capacidad
suficiente para asegurar la temperatura
reglamentaria).
requiere que estén construidas con materiales
lisos, lavables, resistentes a la corrosión y no
tóxicos.
Si fuese necesario, los equipos deberán estar
provistos de todos los dispositivos de control
adecuados.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulos II y V
RD 3484/2000, art. 3
6. LIMPIEZA: Los locales y equipamientos están en perfecto estado de limpieza
- Para evitar el riesgo de contaminación se
mantiene el orden y la limpieza de todas las áreas
del establecimiento.
- Todos los artículos, instalaciones y equipos que
estén en contacto con los productos alimenticios
se limpian perfectamente y, en caso de ser
necesario, se desinfectan.
.- Se garantiza el orden, la limpieza y el
mantenimiento de superficies y equipos de
Las superficies que entran en contacto con los
alimentos no pueden ser una fuente de
contaminación. Las superficies (incluidas las del
equipo) de las zonas en que se manipulen los
productos alimenticios, y en particular las que
estén en contacto con estos, deben mantenerse
en buen estado, ser fáciles de limpiar y, en caso
necesario, de desinfectar. Para ello deben
limpiarse perfectamente y, en caso necesario,
9
trabajo tales como fogones, planchas metálicas,
hornos, freidoras, etc., así como los equipos que
deben desmontarse para su correcta limpieza y
desinfección (por ejemplo, loncheadoras)
prestando especial atención a los rincones de
difícil acceso y a los lugares de poco uso.
- Durante el circuito de lavado se evita la
contaminación cruzada entre utensilios sucios y
limpios con un correcto flujo del menaje de sucio
a limpio .
- Las instalaciones (por ejemplo fregaderos)
destinadas al lavado de los productos alimenticios
se mantienen limpias y, en caso de ser necesario,
desinfectadas. Además, están provistas de
suministro suficiente de agua potable caliente, fría
o ambas.
desinfectarse con la frecuencia necesaria para
evitar cualquier riesgo de contaminación. Su
instalación debe permitir la limpieza adecuada del
equipo y de la zona circundante.
Se debe disponer de instalaciones adecuadas
para la limpieza, desinfección y almacenamiento
del equipo y los utensilios de trabajo (construidas
con materiales resistentes a la corrosión, fáciles
de limpiar y con un suministro suficiente de agua
caliente y fría)
Los contenedores para la distribución de comidas
preparadas, así como las vajillas y cubiertos que
no sean de un solo uso, deben ser higienizados
con lavavajillas / tren de lavado que alcance una
temperatura que garantice la desinfección.
R(CE) 852/2004 Anexo II, capítulos I II y V
RD 3484/2000, art. 3
7. LAVAVAJILLAS: Las vajillas y contenedores se limpian y desinfectan mediante método mecánico
Para la correcta desinfección de vajillas y cubiertos se usa un lavavajillas y la temperatura de la fase final de aclarado es de al menos 80ºC.
Se recomienda que el lavavajillas sea de tipo
industrial (no doméstico)
Se debe disponer de instalaciones adecuadas
para la limpieza, desinfección y almacenamiento
del equipo y los utensilios de trabajo (construidas
con materiales resistentes a la corrosión, fáciles
de limpiar y con un suministro suficiente de agua
caliente y fría)
Los contenedores para la distribución de comidas
preparadas, así como las vajillas y cubiertos que
no sean de un solo uso, deben ser higienizados
con lavavajillas / tren de lavado que alcance una
temperatura que garantice la desinfección.
R(CE) 852/2004 Anexo II, capítulos I II y V
RD 3484/2000, art. 3
10
8. MATERIAL DE LIMPIEZA: Los útiles de limpieza y productos químicos se guardan de modo que no puedan contaminarse los
alimentos
- Los productos de limpieza y los útiles se
almacenan en un lugar separado de los alimentos
en un armario o espacio exclusivo para ello.
- Los productos de limpieza están identificados y
son específicos para el área o equipo para los
que se usan para evitar que sean una fuente de
contaminación cruzada.
Usa utensilios de limpieza diferentes para las
zonas sucias (patios, exteriores…) y para las
zonas limpias (cocina, cámaras…) y así evitarás
contaminaciones cruzadas.
Asegúrate de dejar bien limpias las escobas y
fregonas después de su uso y guárdalas de modo
que puedan secarse
Para la zona de preparación de alimentos sin
alérgenos es imprescindible tener útiles de
limpieza propios.
Las bayetas de limpieza son una fuente de
contaminación . Una manera de desinfectarlas es
introducirlas, una vez limpias, en un recipiente
con agua en el microondas a la máxima potencia
al menos 2 minutos
Los productos de limpieza pueden ser una fuente
de contaminación química por lo que se deben
almacenar en un lugar donde no puedan
contaminar los alimentos y se deben mantener en
sus recipientes originales (en caso de ser
traspasados a otros envases se utilizarán
recipientes que no puedan dar equívocos
respecto a su contenido y se identificarán).
En ningún caso deben almacenarse en las zonas
donde se manipulen productos alimenticios.
Las sustancias peligrosas o no comestibles,
deben llevar su pertinente etiqueta y almacenarse
bien cerrados y separados de los alimentos.
R(CE) 852/2004, anexo II, capítulo I
RD 3484/2000, art. 7
9. AGUA DE CONSUMO HUMANO: El establecimiento dispone de agua potable, y en los puntos necesarios, caliente.
El agua puede ser una fuente de contaminación,
tanto directa al usarla como ingrediente, como
indirecta al usarla durante la limpieza de manos,
utensilios y equipos, por lo que debe garantizarse
un suministro de agua potable.
El agua no potable debe estar debidamente
señalizada para evitar su uso incorrecto y así evitar
contaminaciones cruzadas.
El agua que incorporas como ingrediente no es
menos importante que el resto de ingredientes.
Usa agua embotellada si es necesario
Si usas agua no potable para limpiar la cocina, en
vez de limpiar, contaminas.
Si sirves agua filtrada para beber las menciones
que tenga el envase no pueden inducir a error a
Se debe contar con un suministro adecuado de
agua potable para evitar la contaminación de los
productos alimenticios.
Se debe disponer de un suministro suficiente de
agua caliente y fría para la limpieza de alimentos,
manos, instalaciones, equipos y utensilios de
trabajo
El agua utilizada en el establecimiento debe ser
apta para el consumo humano excepto para usos
11
-Si el abastecimiento del establecimiento es
mediante red municipal sin depósito ni
tratamientos, no se requieren controles de
potabilidad adicionales.
-Si el abastecimiento del establecimiento es
mediante red municipal pero se cuenta con
depósito, como mínimo se deberá controlar
semanalmente su cloración que debe estar entre
0.2 - 1 ppm.
-Si el abastecimiento del establecimiento es
mediante pozo este debe estar autorizado. Como
mínimo se realizarán los siguientes controles:
Control diario de cloración: 0,2-1 ppm
Dos veces por semana: parámetros
organolépticos (olor, sabor, turbidez y color)
Análisis anual parámetros básicos y
microbiológicos
Análisis completo cada 5 años
Los controles del anterior apartado se llevarán a
cabo también si el establecimiento sirve agua de
consumo humano filtrada para beber
(independientemente de su procedencia)
El equipo de tratamiento de agua filtrada debe ser
conforme la norma UNE 149101 u otra norma o
estándar análoga que garantice un nivel de
protección de la salud, al menos, equivalente.
los consumidores respecto a la naturaleza y origen
del agua filtrada.
tales como extinción de incendios, producción de
vapor o de refrigerante u otras aplicaciones
análogas en las que no se afecte a los alimentos.
El hielo que vaya a estar en contacto con los
productos alimenticios o que pueda contaminarlos
debe hacerse con agua potable. Deberá
elaborarse, manipularse y almacenarse en
condiciones que lo protejan de toda
contaminación.
El vapor utilizado en contacto directo con los
productos alimenticios no debe contener ninguna
sustancia que entrañe peligro para la salud o
pueda contaminar el producto
Cuando se aplique el tratamiento térmico a
productos alimenticios que estén en recipientes
herméticamente cerrados, debe velarse porque el
agua utilizada para enfriar éstos después del
tratamiento térmico no sea una fuente de
contaminación de los productos alimenticios.
R(CE) 852/2004, anexo II, capítulos I, II y VII
RD 140/2003
Decreto 53/2012
12
Debe conservar en el establecimiento la
documentación del fabricante que demuestre esta
condición.
Además, debe ser un equipo con remineralización
para poder cumplir los parámetros pH e índice de
Laguelier del agua para consumo humano.
El agua se debe filtrar en el mismo establecimiento
y se debe consumir de manera inmediata y en
caso contrario se debe refrigerar con una vida útil
máxima de 48 horas.
Los envases utilizados no pueden presentarse
herméticamente cerrados, ni precintados. Se
deben poder limpiar e higienizar de manera
mecánica, así que serán de boca ancha.
El equipo se mantendrá de acuerdo a
instrucciones del fabricante.
Se dispondrá en el establecimiento de registros de
operaciones diarias de control y las de
mantenimiento.
.
10. VENTILACIÓN: Los locales disponen de ventilación mecánica o natural adecuada para renovar el aire, con fácil acceso a los
filtros y otras zonas de limpieza
13
Los locales están bien ventilados, evitando en
todo momento las corrientes desde zonas sucias
a zonas limpias. Para ello se debe:
- Minimizar los vapores generados por el lavado
automático de utensilios por medio de una óptima
ventilación de la zona de lavado.
- Dotar de ventilación forzada y filtros las
instalaciones de cocción, donde se generan
vapores de grasa o de agua.
Deberá evitarse un flujo mecánico de aire desde
un área sucia a un área limpia para evitar la
contaminación cruzada
Se debe disponer de medios adecuados y
suficientes de ventilación mecánica o natural.
Deben evitarse las corrientes de aire mecánicas
desde zonas contaminadas a zonas limpias.
Los sistemas de ventilación deben estar
construidos de tal modo que pueda accederse
fácilmente a los filtros y a otras partes que haya
que limpiar o sustituir.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo I
11. FLUJO DEL PROCESO: Se garantiza la separación entre productos sucios y limpios y zonas sucias y limpias para evitar
riesgos de contaminación cruzada
- Con el fin de evitar la contaminación cruzada se
sigue el principio de "marcha hacia adelante" (que
hace referencia a una secuencia lógica y
razonada de las operaciones del trabajo en
cocina bajo el punto de vista higiénico sanitario, y
que va desde la recepción de las materias
primas, pasando por el procesado de las mismas
hasta el consumo final en el plato). También se
observará en los procesos de limpieza.
-Los locales e instalaciones tienen unas
dimensiones proporcionadas al volumen de
producción y la distribución de los locales
asegura la separación efectiva de zonas
contaminadas o sucias de las zonas limpias,
eliminando la posibilidad de contaminación
cruzada (Ejemplos: zona de apertura de
embalajes separada de las zonas de
manipulación, zona específica para la
manipulación de carnes crudas, zona de
En los locales con espacios de trabajo pequeños
se puede evitar la contaminación cruzada
realizando las diferentes operaciones en
momentos diferentes. Entre ellas debe realizarse
una limpieza y desinfección efectiva de las
superficies de trabajo y es necesario también
usar utensilios específicos para cada proceso.
La disposición, el diseño, la construcción, el
emplazamiento y el tamaño de los locales
destinados a los productos alimenticios debe
evitar o reducir al mínimo la contaminación
transmitida por el aire y dispondrán de un espacio
de trabajo suficiente que permita una realización
higiénica de todas las operaciones.
El espacio de trabajo debe permitir realizar con
higiene todas las operaciones, sin posibilidades
de contaminación cruzada.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo I y II
14
desinfección de vegetales separada de la zona de
elaboración de ensaladas, etc.), no solo durante
la actividad ordinaria sino también en las
ocasiones de mayor demanda (por ejemplo,
durante la preparación de eventos)
- Las zonas de preparación de platos fríos
deberán estar aisladas.
12. ASEOS Y VESTUARIOS: Se dispone de aseos y vestuarios adecuados a las necesidades del personal del establecimiento.
- Se dispone de instalaciones separadas donde
los trabajadores puedan cambiarse y dejar su
ropa durante la jornada de trabajo.
- Los inodoros no comunican directamente con
las zonas de manipulación de alimentos
- Se dispone de lavabos adecuados para una
correcta limpieza de manos en los aseos y
vestuarios, provistos de jabón/desinfectante y
toallas desechables.
- Los vestuarios están limpios y ordenados. No
pueden utilizarse como comedor ni como sala de
fumadores.
- Hay una correcta separación entre la ropa de
uso personal, la ropa de trabajo limpia y la ropa
de trabajo utilizada.
Algunos locales podrán no disponer de
vestuarios, pero en todo caso habrá un espacio
destinado a tal efecto en algún lugar del local.
Debe haber un número suficiente de inodoros de
cisterna conectados a una red de evacuación
eficaz. Los inodoros no deben comunicar
directamente con las salas en las que se
manipulen los productos alimenticios.
Todos los sanitarios deben disponer de suficiente
ventilación natural o mecánica.
Cuando sea necesario, el personal debe disponer
de vestuarios adecuados.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo I
13. LAVAMANOS: Se dispone de un número suficiente de lavamanos de accionamiento no manual situados convenientemente y
dotados de elementos para el lavado de manos correcto.
- Al ser la principal herramienta de trabajo, las
manos pueden convertirse fácilmente en un
Para una buena limpieza de las manos, sigue
estos pasos:
Debe haber un número suficiente de lavabos,
situados convenientemente y destinados a la
15
transmisor de la contaminación por lo que deben
estar limpias en todo momento. Para facilitar la
limpieza de manos, debe disponerse de
lavamanos, con dotación completa, y en las
ubicaciones donde sean necesarios.
- Existe un número suficiente de lavamanos en
las ubicaciones donde son necesarios. Disponen
de suministro de agua caliente y fría, grifo de
accionamiento no manual, y provistos de jabón
líquido y papel de un sólo uso para el secado.
- Deben ser instalados en puntos oportunos en
las zonas donde se manipulan alimentos y en los
inodoros y los vestuarios.
- En caso de utilizar dispositivos de emisión de
aire caliente para el secado de las manos no se
instalarán en espacios en los que existan
alimentos.
Cómo:
1. Mojarse las manos con agua caliente
2. Frotarse las manos con agua y jabón 10-15
segundos
3. Frotar entre dedos, palmas y muñeca.
4. Aclarar con abundante agua
5. Secar preferentemente con papel
Cuándo:
1. Antes de tocar alimento.
2. Después de tocar alimentos crudos
3. Después de tocar desperdicios o limpiar
4. Después de ir al baño
5. Después de sonarse, toser, estornudar, comer,
fumar o tocar animales.
https://www.caib.es/sites/seguretatalimentaria/es/r
entat_de_mans/
limpieza de manos. Estos deben disponer de
agua corriente caliente y fría, así como de
material de limpieza y secado higiénico. Cuando
puedan producirse contaminaciones, estos
lavabos serán distintos de los destinados al
lavado de productos alimenticios.
Las zonas de elaboración, manipulación y
envasado de comidas preparadas deben disponer
de lavamanos de accionamiento no manual.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo I
RD 3484/2000, art. 3
14. EQUIPOS DE FRÍO: Los equipos de refrigeración y congelación tienen capacidad suficiente, disponen de termómetro y
funcionan correctamente.
Los refrigeradores y congeladores deben
disponer de un termómetro con sistema de
lectura o registro externo que funcione
correctamente.
Tus cámaras frigoríficas deben ser
suficientemente grandes como para poder
separar los alimentos y que el aire circule entre
ellos
Limpia y desinfecta regularmente el interior de los
equipos frigoríficos
Revisa que las gomas de las puertas se
mantengan limpias y renuévalas cuando se hayan
deteriorado
Se dispone de equipos e instalaciones de
conservación a temperatura regulada con la
capacidad suficiente para las materias primas,
productos intermedios y productos finales que así
lo requieran y con las características necesarias
para que el sistema de conservación elegido sea
eficaz. Además, están provistos de termómetro y,
cuando sea necesario, de registro de la
temperatura, colocados en lugares fácilmente
visibles.
16
Su construcción, composición y estado de
conservación y mantenimiento deben reducir al
mínimo el riesgo de contaminación.
R(CE) 852/2004 Anexo II, Capítulo V
RD 3484/2000, art. 3
15. RESIDUOS: Las instalaciones y los contenedores para residuos están en buen estado y se mantienen cerrados
Los residuos se retiran con la mayor rapidez
posible de las salas en las que se almacenen y/o
manipulen alimentos para evitar su acumulación y
se depositan en contenedores cerrados, en buen
estado, fáciles de limpiar y desinfectar. Las tapas
serán preferiblemente de accionamiento no
manual.
Si se generan muchos residuos que ocasionen
malos olores y/o exuden líquidos se dispone de
un cuarto exclusivo para almacenar los residuos.
Si no cierras los recipientes con residuos
favoreces contaminaciones y atraes plagas
Mantén el orden y retira objetos en desuso. Así
evitarás la acumulación de suciedad, facilitarás la
limpieza y eliminarás lugares de refugio de
plagas..
Los contenedores de residuos deben presentar
unas características de construcción adecuadas,
estar en buen estado y ser de fácil limpieza y
desinfección.
Deben tomarse medidas adecuadas para el
almacenamiento y la eliminación de los residuos.
Las instalaciones para desperdicios deben
diseñarse y tratarse de forma que puedan
mantenerse limpias y, en su caso, libres de
animales y organismos nocivos.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo VI
16. TRANSPORTE: Las comidas se transportan con equipos adecuados y a las temperaturas reglamentarias hasta su entrega en
destino.
- Los contenedores de alimentos y vehículos son
adecuados y están en buen estado de
mantenimiento, limpieza y desinfección.
- Los vehículos y equipos empleados son
adecuados al tipo de alimento a transportar de
manera que se garantice el mantenimiento de las
temperaturas reglamentarias.
Recuerda:
Las comidas refrigeradas con un período de
duración inferior a 24 horas deben mantenerse a
una temperatura inferior o igual 8 Cº
Las comidas refrigeradas con un período de
duración superior a 24 horas deben mantenerse a
una temperatura inferior o igual 4 Cº
Los receptáculos de vehículos o contenedores
utilizados para transportar los productos
alimenticios deben mantenerse limpios y en buen
estado a fin de protegerlos de la contaminación y
deben diseñarse y construirse, en caso
necesario, de forma que permitan una limpieza y
desinfección adecuadas.
No se deben transportar alimentos junto a otros
productos si estos últimos pueden provocar
contaminaciones. Y si se realizan transportes
17
Las comidas calientes deben mantenerse a una
temperatura superior o igual a 65 Cº
alimentarios y no alimentarios de manera alterna,
se hará una limpieza eficaz entre cargas.
Durante el transporte los alimentos se deben
mantener a la temperatura adecuada. Dicha
temperatura se debe controlar.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo IV
BLOQUE 2: ELABORACIÓN
17. HIGIENE DE MANIPULADORES: Las personas que manipulan alimentos mantienen un alto grado de higiene personal
REQUISITOS TEN EN CUENTA NORMATIVA
- Extremar la higiene personal:
Aseo personal óptimo.
Pelo limpio y protegido.
Uñas cortas y limpias, sin esmaltar.
- Uso de ropa de trabajo de uso exclusivo:
Todo el personal manipulador dispone de
vestimenta específica de trabajo y se viste con
ella al acceder al lugar de trabajo.
La vestimenta está limpia en todo momento.
En caso de llevar el uniforme de trabajo sobre la
ropa de calle, ésta última debe quedar
completamente cubierta.
Es recomendable evitar los botones y bolsillos
exteriores en la vestimenta de cara a prevenir
posibles caídas de objetos en los alimentos.
El calzado es de uso exclusivo, preferiblemente
cerrado, de material lavable y limpio.
El primer ingrediente es la higiene del personal
El factor humano es la clave de la seguridad
alimentaria en la cocina
Las personas que trabajen en una zona de
manipulación de productos alimenticios deben
mantener un elevado grado de limpieza y deben
llevar una vestimenta adecuada, limpia y, en su
caso, protectora.
Aquellas que padezcan o sean portadoras de una
enfermedad que pueda transmitirse a través de
los productos alimenticios, o estén aquejadas, por
ejemplo, de heridas infectadas, infecciones
cutáneas, llagas o diarrea, no deberán estar
autorizadas a manipular los productos
alimenticios ni a entrar bajo ningún concepto en
zonas de manipulación de productos alimenticios
cuando exista riesgo de contaminación directa o
indirecta. Toda persona que se halle en tales
circunstancias, que esté empleada en una
empresa del sector alimentario y que pueda estar
en contacto con productos alimenticios deberá
poner inmediatamente en conocimiento del
18
Los gorros cubren totalmente el cabello y en caso
necesario, se cubre también el vello de la cara y
los brazos.
- No están permitidas las siguientes prácticas no
higiénicas durante la manipulación de alimentos:
Tocarse el pelo, nariz, oídos o boca. Si ésto
ocurriera hay que lavarse las manos.
Fumar, masticar goma de mascar, comer en el
puesto de trabajo, estornudar, toser sobre los
alimentos ni realizar cualquier otra actividad que
pueda ser causa de contaminación.
Usar relojes, pulseras, anillos y cualquier otro
objeto personal.
Usar paños de tela para secarse las manos y
para la limpieza de superficies y útiles (en ningún
caso, se pueden usar paños de tela).
Manipular alimentos directamente con las manos
cuando exista un utensilio eficaz alternativo.
- Se lavan las manos correctamente usando agua
caliente y jabón líquido y toallas de un solo uso
tantas veces como sea necesario, especialmente:
Al incorporarse al trabajo (inicio de la jornada,
tras descanso para comer o cualquier otra
pausa).
Tras usar el aseo.
Tras sonarse, toser o estornudar.
Tras manejar basuras o recipientes que las
contengan.
Tras manipular materias primas crudas.
- Las heridas deben estar protegidas por un
vendaje impermeable.
- En caso de sufrir síntomas de alteraciones de la
salud como fiebre, vómitos, diarreas, ictericia,
operador de empresa alimentaria la enfermedad
que padece o los síntomas que presenta y si es
posible, también sus causas.
R(CE) 852/2004, anexo II, capítulo VIII
19
etc., el afectado debe comunicarlo a la empresa.
El personal debe ser consciente de los peligros
derivados de las infecciones gastrointestinales, la
hepatitis y las heridas, y quedar excluido, en su
caso, de la manipulación de alimentos o bien
disponer de la protección adecuada; los
problemas sanitarios importantes deben
notificarse a la persona responsable. Debe
prestarse especial atención a los trabajadores
temporales que podrían estar menos
familiarizados con los peligros.
- Los medicamentos se almacenan en lugares
separados de los alimentos y su uso no da lugar
a que puedan contaminar o caer sobre los
mismos. Los botiquines de primeros auxilios
están disponibles para su utilización inmediata y
son fácilmente accesibles.
- No se dejan objetos personales (teléfono móvil,
llaves...) sobre superficies de trabajo o en
contacto con utensilios, sino en lugares
adecuados para ello (por ejemplo, cajones).
18. CONTAMINACIÓN CRUZADA: Las prácticas de manipulación y la formación de los trabajadores permiten reducir hasta un nivel
aceptable los riesgos derivados de la contaminación cruzada.
Para evitar todo tipo de contaminación cruzada:
- Se dispone de un área específica para la
apertura de cajas.
- No se deposita ningún embalaje sobre
superficies de trabajo.
- Los utensilios y productos de limpieza están
identificados y son específicos para cada área o
Los alimentos crudos, como la carne o los
vegetales, aunque sean frescos, con buen
aspecto, color y olor, siempre tienen bacterias.
Algunas de ellas pueden ser patógenas
El uso de guantes da una falsa seguridad que
hace bajar la guardia y es mejor no usarlos. En
caso de usarlos para cubrir heridas o lesiones, es
Hay que evitar que los alimentos entren en
contacto con cualquier superficie que pueda
contaminarlos. Para ello, debe evitarse cualquier
contacto de los productos alimenticios con el
suelo y los procesos de elaboración,
manipulación, almacenamiento, envasado y venta
al consumidor se deben realizar en condiciones
que eviten posibles deterioros o contaminaciones.
20
equipo, de manera que no supongan ningún
peligro de contaminación cruzada.
- Se establece un circuito de retirada de residuos
de manera que no coincida en el tiempo o en el
espacio con la recepción de materias primas.
- Se lavan las manos y se limpian los utensilios y
herramientas entre manipulaciones para evitar
contaminar los alimentos con microorganismos o
con ingredientes que puedan provocar alergias.
- Se extreman las Buenas Prácticas de
Manipulación incluida la gestión de los utensilios
utilizados de forma que no supongan un foco de
contaminación, ejemplo: emplear útiles distintos,
manipulación en distintos espacios de tiempo,
limpiezas intermedias entre manipulaciones, etc.
Para minimizar la contaminación cruzada se
aplican medidas estrictas separando, en la fase
de producción, los productos que puedan
contener alérgenos de los que no los contienen,
mediante:
- El uso de líneas de producción, receptáculos e
instalaciones de almacenamiento diferentes.
- Utilizando una metodología de trabajo
específica, sensibilizado a los trabajadores y
asegurando el cumplimiento de las normas de
higiene antes de volver al trabajo tras las pausas
para comer.
mejor que no sean de látex (pues pueden dar
reacciones alérgicas tanto al manipulador como al
que come el alimento), que sean de colores vivos
para que no puedan confundirse con los
alimentos en caso de que se rompan y que cada
vez que se cambia de actividad se renueven o se
laven del mismo modo que se deberían lavar las
manos.
Siempre que sea posible, la recepción, selección,
preparación y limpieza de materias primas se
realizará en un espacio reservado para estos
fines. Cuando esto no sea posible, se realizará de
modo que se evite que contaminen otros
alimentos (en distinto momento y con una
limpieza intermedia por ejemplo).
Los envases y recipientes que vayan a entrar en
contacto con la comida deben almacenarse
protegidos de la contaminación.
Cuando debido a la apertura de ventanas pueda
producirse contaminación, éstas deberán
permanecer cerradas con falleba (cierre) durante
la producción.
Los productos alimenticios deben estar
protegidos contra cualquier foco de
contaminación. Por ello, los residuos deben
guardarse y eliminarse de modo que no puedan
contaminarse los alimentos ni los espacios de
trabajo.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo II, VI, VII, IX y
XII
RD 3484/2000, art. 6 y 7
19. RECEPCIÓN: Las materias primas, materiales y menaje se controlan adecuadamente en la recepción y se comprueba el
cumplimiento de las temperaturas reglamentarias.
21
- Comprobar que las etiquetas y la
documentación comercial que acompaña al
alimento sean conformes a la normativa.
- Comprobar los requisitos especiales de
productos, así como el tipo de transporte
(homologado) y su estado de limpieza.
- La empresa puede establecer requisitos
adicionales con el fin de garantizar las
condiciones de salubridad de los alimentos, como
por ejemplo:
Establecer el horario de recepción de
mercancías, sobre todo si se comparte la zona de
entrada de productos con la de salida de residuos
o para garantizar que haya el personal suficiente
para gestionar el pedido, especialmente si se
trata de productos perecederos.
Prever un área específica para la apertura de
cajas.
- No se puede depositar ningún embalaje sobre
superficies de trabajo.
- Distribuir rápidamente los alimentos una vez se
reciben, hacia las áreas o equipos de
almacenamiento, especialmente aquellos que
requieren frío para su conservación.
Todo lo que entra en el establecimiento puede
contener una contaminación microbiológica
indetectable, independientemente de su calidad
organoléptica, su precio y las inspecciones
soportadas.
Evita que la zona de entrada de materias primas
coincida con la zona de salida de residuos o
productos no alimentarios, así como con lugares
donde haya alimentos ya elaborados.
En todas las etapas, los productos alimenticios (
materias primas, ingredientes, productos
intermedios y productos finales ) serán
manipulados y almacenados en condiciones tales
que se evite todo posible deterioro o
contaminación susceptibles de convertirlos en
impropios para el consumo humano o peligrosos
para la salud. Aquellos que puedan contribuir a la
multiplicación de microorganismos patógenos o a
la formación de toxinas no deberán conservarse a
temperaturas que puedan dar lugar a riesgos
para la salud. No deberá interrumpirse la cadena
de frío. No obstante, se permitirán períodos
limitados no sometidos al control de temperatura
por necesidades prácticas de manipulación
durante la preparación, transporte,
almacenamiento, presentación y entrega de los
productos alimenticios, siempre que ello no
suponga un riesgo para la salud
Ningún operador de empresa alimentaria deberá
aceptar materias primas o ingredientes , ni ningún
otro material que intervenga en la transformación
de los productos, si se sabe que están tan
contaminados con parásitos, microorganismos
patógenos o sustancias tóxicas, en
descomposición o extrañas, o cabe prever
razonablemente que lo estén, que, incluso
después de que el operador de empresa
alimentaria haya aplicado higiénicamente los
procedimientos normales de clasificación,
preparación o transformación, el producto final no
sería apto para el consumo humano.
22
Los materiales utilizados para el envasado y el
embalaje no deberán ser una fuente de
contaminación.
El menaje y materiales destinados la contacto con
alimentos deberán ser aptos para dicho uso. El
etiquetado debe incluir el símbolo que indica su
aptitud para este uso ( copa y tenedor).
No se permitirá el contacto directo de los
productos alimenticios con el suelo, ni la
presencia de animales.
Reglamento 852/2004. Capítulo IX y X ;
Reglamento 1935/2004; Real Decreto 3484/2000
Art.6.
20. ALMACENAMIENTO NO PERECEDEROS: Los alimentos están correctamente protegidos, identificados. Se sigue el sistema
FIFO/FEFO
- Los alimentos y los utensilios destinados al
contacto con alimentos se mantienen protegidos
de cualquier contaminación.
- Los alimentos están identificados para conocer
su naturaleza y origen, por lo que deberá
almacenarse en el envase original, o en caso
contrario, debe haber alguna marca en su envase
que identifique el producto y que permita
relacionarlo con su origen, a efectos de poderlo
trazar
- El sistema FIFO consiste en usar primero la
materia prima que antes se recibió (first in first
out). El sistema FEFO consiste en usar primero la
materia prima que antes caducará o sobrepasará
Vigila que los alimentos que primero se usan son
los que tienen la fecha de consumo más cercana
Todos los productos deben estar identificados
con su lote y su fecha de consumo preferente y/o
caducidad para facilitar su trazabilidad mediante
documentación o información pertinentes.
La fecha de duración mínima es una indicación
obligatoria en los productos envasados no
perecederos, no obstante, se exceptúan
determinados productos como vinagres, sal de
cocina, azúcares en estado sólido, vinos.
Las materias primas, productos intermedios y
productos finales deben ser almacenados en
condiciones tales que se evite todo posible
deterioro o contaminación y no se permite el
contacto directo de los productos alimenticios con
el suelo, ni la presencia de animales.
23
su fecha de consumo preferente (first expire first
out).
- Se asegura una correcta estiba de las materias
primas para evitar sobrepasar su vida útil.
El menaje y materiales destinados al contacto con
alimentos deben ser aptos para dicho uso. El
etiquetado debe incluir el símbolo que indica su
aptitud para este uso ( copa y tenedor).
Los envases deben almacenarse de modo que no
estén expuestos a ningún riesgo de
contaminación.
R(CE) 178/200, art. 18
R(UE) 1169/2011, art.9 y anexo X
R(CE) 852/2004 Anexo II. Capítulo IX
R(CE) 1935/2004
RD 3484/2000. Art. 6
21. ALMACENAMIENTO PERECEDEROS Y MANTENIMIENTO DE LA CADENA DE FRÍO
Los alimentos se mantienen protegidos de
cualquier contaminación:
1. Los que requieran una transformación o
manipulación posterior para su consumo se
almacenan en las zonas inferiores.
2. Los alimentos listos para su consumo y los que
requieran transformación nunca están en
contacto directo entre sí.
3. Los que puedan derramar líquidos se colocan
en un recipiente que evite el derrame.
Los alimentos perecederos están
convenientemente identificados para así conocer
su naturaleza, vida útil y garantizar su
trazabilidad.
Cumplimiento de caducidades secundarias:
Si los alimentos perecederos están protegidos y
en refrigeración evitas la multiplicación de
bacterias.
TEMPERATURAS de almacenamiento de
materias primas:
- Materias primas sin cocinar: temperatura
indicada en el etiquetado
- Carne de ungulados: 7ºC
- Carne de aves y conejo: 4 ºC
- Carne de caza: 4ºC
- Pescado : aproximadamente 0ºC (+/- 2ºC)
- Ovoproductos: 4º
- Carne picada: 2ºC
- Casquería: 3ºC
- Productos Ultracongelados: -18ºC.
Las materias primas, los productos intermedios y
los productos finales deben almacenarse y
conservarse en condiciones adecuadas que
permitan protegerlos de la contaminación y así
evitar que se conviertan en no aptos para el
consumo humano o nocivos para la salud, o que
se contaminen de manera que pueda
considerarse razonablemente desaconsejable su
consumo en ese estado.
No se permite el contacto directo de los productos
alimenticios con el suelo.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo IX
R(CE) 853/2004
RD 1254/1991
RD 3484/2000 art.6
24
1. Se tiene en cuenta el plazo de consumo
indicado por el fabricante cuando un producto
deba consumirse en un plazo determinado una
vez abierto (caducidad secundaria).
2. También se establece la fecha de congelación
o fecha de caducidad de productos que el mismo
establecimiento elabora y/o envasa y/o congela.
Cumplimiento del sistema FIFO/FEFO: se usa
primero la materia prima que antes entra y
caduca. Se realiza el control de stock de los
productos almacenados verificando siempre el
marcado de fechas de los productos.
Se reducen al mínimo las variaciones de
temperatura (por ejemplo, usando congelador
para congelar los productos que sea distinto de
aquel que se use para su almacenamiento).
Si es el caso, se congelan las materias primas lo
antes posible tras su compra y mediante un
equipo que asegure la congelación rápida. Se
identifican correctamente y se registra la fecha de
recepción y de congelación.
Si se congelan comidas ya preparadas, se
congelan rápidamente tras su elaboración, se
identifican correctamente y se registra la fecha de
congelación
Las bandejas pueden estar cubiertas con film
plástico pero debe evitarse que se almacenen
TEMPERATURAS de almacenamiento de
comidas preparadas:
- Comidas congeladas: ≤ -18 Cº
- Comidas refrigeradas con un período de
duración inferior a 24 horas: ≤ 8 Cº
- Comidas refrigeradas con un período de
duración superior a 24 horas: ≤ 4 Cº.
- Comidas calientes: ≥ 65 Cº
- Productos que contengan huevo u
ovoproductos: ≤ 8 Cº y se consumirán en un
plazo máximo de 24 horas desde su elaboración ¡Recuerda! Congelar materias primas cuando
falta poco para finalizar su vida útil y en equipos
que no aseguran una congelación rápida es una
mala práctica.
25
unas encima de las otras ya que la protección
queda deteriorada.
Si se conservan en refrigeración alimentos
envasados al vacío en el establecimiento, se
seguirán guías aprobadas por organismos
oficiales en seguridad alimentaria, como el
documento “Guia de pràctiques correctes
d’higiene específica per a la cuina al buit” de la
ACSA:
https://higieneambiental.com/sites/default/files/im
ages/pdf/gpch_cuina_buit.pdf
22. PRODUCTOS NO CONFORMES: Los productos no conformes están identificados y separados
Se identifican y almacenan de forma separada
todos los productos no conformes (caducados,
deteriorados, etc.) para prevenir su uso no
intencionado.
Las materias primas y todos los ingredientes
almacenados en una empresa del sector
alimentario deben conservarse en condiciones
adecuadas que permitan evitar su deterioro
nocivo y protegerlos de la contaminación.
R(CE) 852/2004. Anexo II Capítulo IX
23. INGREDIENTES SOBRANTES: Los ingredientes y sus cantidades así como los sobrantes generados se gestionan
correctamente
- Los sobrantes de conservas en lata se vuelcan
a otro recipiente con tapa y se guardan en la
nevera asegurando el cumplimiento de las
condiciones de conservación según lo indicado
en la etiqueta.
- Sólo se puede realizar la donación de comida
que no haya sido servida al consumidor siempre y
cuando se haya procesado y conservado
Evita el desperdicio de alimentos: calcula las
cantidades adecuadas, utiliza todo el ingrediente
de una vez, guarda rápidamente los alimentos en
frío, tapados e identificados
Respeta las especificaciones de uso de los
recipientes de plástico (por ejemplo, usa
Con el fin de evitar la contaminación y alteración
de los alimentos, debe transcurrir el menor tiempo
posible entre la elaboración de las comidas y su
consumo, y debe utilizarse la menor cantidad
posible de ingredientes para su inmediata
elaboración y consumo, evitando en lo posible los
sobrantes.
26
correctamente. Se debe informar a los
consumidores de los riesgos asociados con el
consumo de estos alimentos de alto riesgo, ya
que la responsabilidad de la seguridad
alimentaria recae sobre el operador de la
empresa alimentaria. En caso de facilitar al
consumidor que pueda llevarse la comida
sobrante, o en caso de reparto a domicilio, los
envases utilizados tienen que ser aptos para la
industria alimentaria.
recipientes aptos para temperaturas altas si vas a
guardar alimentos calientes).
Los sobrantes deben guardarse en envases aptos
para el contacto con los alimentos y conservarse
de modo que se evite su deterioro o
contaminación.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo IX
RD 3484/2000, art.6
24. DESCONGELACIÓN: Los sistemas de descongelación utilizados son correctos.
- Durante la descongelación se garantiza el
mantenimiento de las temperaturas
reglamentarias de los alimentos y su protección
contra cualquier contaminación.
- Se evita el contacto del producto con el líquido
de descongelación (descongelar en recipientes
provistos de rejilla).
- Si los alimentos se encuentran en su embalaje
original es preferible retirarlo para favorecer que
la descongelación sea más rápida.
- Se garantiza que la descongelación sea
completa, evitando que haya partes del alimento
congeladas en el momento de la cocción. Hay
productos tipo nuggets, croquetas, empanadillas,
verduras congeladas, pizzas precocinadas, etc.
que pueden cocinarse sin descongelar aunque
debe asegurarse que se cuecen en su interior
- Se siguen las instrucciones de modo de
descongelación, cocción, tiempos y temperaturas
La descongelación debe ser en refrigeración.
No descongeles en los cuartos fríos. Estos
espacios se encuentran a temperaturas de 15-
16ºC que no son óptimas para realizar una
descongelación segura. Además los líquidos
resultantes de este proceso podrían dar lugar a
contaminaciones cruzadas.
La descongelación se debe realizar a
temperaturas de refrigeración garantizando una
evacuación higiénica del líquido de fusión.
La descongelación de los productos alimenticios
debe realizarse de tal modo que se reduzca al
mínimo el riesgo de multiplicación de
microorganismos patógenos o la formación de
toxinas.
Una vez descongelados los productos
alimenticios, deben elaborarse inmediatamente o
conservarse refrigerados durante un período de
tiempo y a una temperatura tal que se evite la
alteración de los mismos. y en particular, el
posible desarrollo de microorganismos patógenos
o la formación de toxinas susceptibles de producir
peligros para la salud.
La descongelación debe realizarse en
refrigeración. No obstante, los responsables de
los establecimientos podrán establecer otro
método siempre y cuando exista evidencia
27
de almacenamiento y cocinado indicadas en el
etiquetado.
- Una vez descongelado el alimento se utiliza
inmediatamente. En caso contrario, se indica la
fecha de descongelación y se almacena en
refrigeración. Su período máximo de utilización
después de la descongelación es de 24-48 h.
científica y técnica de las garantías de seguridad
y salubridad para cada tipo de producto y, en
cualquier caso, haya sido verificado por la
autoridad competente.
Las comidas preparadas descongeladas no se
pueden volver a congelar. Asimismo, las materias
primas descongeladas destinadas a elaborar
comidas preparadas no se pueden recongelar. Sí
que se pueden congelar los platos preparados
elaborados con materias primas descongeladas.
R(CE) 852/2004, anexo II, capítulo IX
RD 3484/2000, art. 6
25. HIGIENIZACIÓN DE VEGETALES: Los vegetales se limpian y desinfectan correctamente.
Los vegetales se higienizan mediante un
procedimiento que asegura su correcta limpieza
y/o desinfección:
Se lavan con agua todas las frutas y vegetales
frescos, ya sean para cocinar o consumir en
crudo. Las hierbas aromáticas frescas (perejil,
albahaca…) y los brotes de semillas (soja)
también se lavan.
Se manipulan siempre las frutas y verduras
separadas de otros alimentos, prestando mayor
atención cuando se van a consumir en crudo.
Se desinfectan todos los vegetales frescos, no
procesados que se consumen crudos y también
aquellos sin pelar, con un producto autorizado de
uso alimentario y siguiendo las indicaciones del
fabricante.
Evita cualquier posibilidad de contaminación
cruzada:
Lávate las manos antes y después de la
preparación
Todos los utensilios y superficies de cocina que
vayas a utilizar deben estar limpios y secos.
Asegúrate de que eliminas eficazmente la
contaminación de los vegetales:
Usa un medidor para añadir la dosis correcta de
lejía apta para uso alimentario, y un recipiente
con una marca para llenar con el volumen de
agua correspondiente.
Deja los vegetales sumergidos durante un mínimo
de 5 minutos.
Aquellos alimentos que lo requieran deben ser
higienizados.
Las instalaciones destinadas al lavado de
productos alimenticios deben tener un suministro
suficiente de agua potable caliente, fría o ambas
y deben mantenerse limpios y, en caso necesario,
desinfectados.
R(CE) 178/2002, art. 14
R(CE) 852/2004, Anexo II, capítulo IX
RD 3484, art. 6
28
Cuando se utilizan dosificadores automáticos de
productos desinfectantes aptos para la
desinfección de agua se comprueba
periódicamente que la dosificación es la correcta.
Si se utilizan pastillas de hipoclorito sólidas, se
asegura que se disuelven totalmente en el agua
antes de incorporar los vegetales.
Los productos desinfectantes disponen de su
ficha técnica así como de las instrucciones de uso
del mismo (dosis a aplicar, tiempos de contacto,
necesidades de aclarado, sistema de medición de
la dosificación, etc.).
GUÍAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
Para la limpieza y desinfección de frutas y
verduras se pueden usar guías reconocidas como
la proporcionada por la AESAN (Agencia
Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición).
¿Cómo se lavan las frutas y verduras?
Lávalas bajo el chorro del grifo, aunque vayas a
pelarlas, de este modo evitas que la
contaminación pase del cuchillo al alimento. Usa
cepillos específicos para las superficies de las
frutas de cáscara dura (melón, sandía…) o
algunas verduras (pepino, calabacín…).
Sécalas con papel de cocina. Además, si vas a
comer fruta cruda con piel, verdura cruda
(lechuga, espinacas…) o verdura cruda con piel
(pepino) sumérgelas durante 5 minutos en agua
potable con 1 cucharita de postre de lejía (4,5 ml)
por cada 3 litros de agua.
Si no usas siempre las mismas cantidades de
lejía y de agua, puedes usar tiras reactivas para
comprobar si has puesto suficiente lejía
29
Después acláralas con abundante agua corriente.
La lejía debe estar etiquetada como “apta para la
desinfección de agua de bebida”.
26. PLATOS A BASE DE HUEVO: La elaboración de productos a base de huevo (y el uso de ovoproductos en caso necesario) se
realiza siguiendo unas buenas prácticas.
Solo se usan huevos frescos para la elaboración
de alimentos en cuyo proceso de preparación se
alcance una temperatura igual o superior a 75ºC
en el centro del productos.
Además:
- Una vez que se cascan los huevos se cocinan
de forma inmediata.
. La rotura del huevo no se realiza sobre los
recipientes donde se realiza su batido.
- No se lavan los huevos que van a almacenarse
y se eliminan los huevos rotos o sucios
- No se somete a los huevos frescos a cambios
bruscos de temperatura, ni a altas temperaturas
- No se manipulan huevos crudos en las áreas de
preparación de platos fríos
- Los cartones y envases de huevos crudos no se
colocan sobre las superficies de trabajo
- Las preparaciones que contienen huevo y que
no van a ser sometidas a un tratamiento térmico
que alcance un mínimo de 75ºC (ej. mayonesa,
salsa rosa, mousses, merengue, tiramisú u otros
similares) se elaboran con ovoproductos
procedentes de establecimientos autorizados.
Recuerda que los alimentos crudos suelen venir
contaminados y los huevos son fuente habitual de
Salmonella
Para preparaciones como tortillas y huevos fritos
que, de forma cotidiana, no llegan a cuajarse
completamente, se recomienda realizar el
cocinado de manera que en el centro del
producto se alcancen 63ºC durante al menos 20
segundos y que se sirvan de forma inmediata
para su consumo.
La preparación de alimentos entre cuyos
ingredientes figure el huevo y que no vayan a ser
sometidos posteriormente a un tratamiento
térmico que alcance un mínimo de 75 ºC (ej.
mayonesa, salsa rosa, mousses, merengue,
tiramisú u otros similares) deben elaborarse con
ovoproductos de origen industrial líquidos o
desecados, pasteurizados o esterilizados.
Estas preparaciones deben conservarse a una
temperatura no superior a los 8ºC y se
consumirán en un plazo máximo de 24 horas
desde su elaboración.
Las salsas mayonesas de elaboración propia,
además de elaborase con ovoproductos, deben
tener un pH inferior a 4,2 en el producto
terminado, para lo cual puede adicionarse vinagre
o zumo de limón.
Real Decreto 1254/1991.
30
27. PLATOS A BASE DE PESCADO CRUDO: La elaboración de productos a base de pescado crudo o de pescado ahumado en frío
se realiza siguiendo unas buenas prácticas.
- Los productos de la pesca de consumo en
crudo, salados y en vinagre elaborados de modo
que no se garantiza la eliminación de las posibles
larvas de Anisakis ssp, se congelan previamente
como mínimo a -20ºC durante 24 horas o a -18ºC
durante 96 horas.
- Para poder congelar con frigoríficos domésticos,
su frigorífico debe tener tres estrellas (***) o más.
Como los equipos frigoríficos domésticos
necesitan más tiempo que un equipo industrial
para alcanzar una temperatura de – 20°C o
inferior, se debe mantener el producto en el
congelador durante cinco días. Los frigoríficos
domésticos de menos de tres estrellas no
alcanzan la temperatura suficiente para realizar
este procedimiento. En caso de no cumplir estos
requisitos, se debe comprar el pescado ya
congelado.
- Existe la posibilidad de utilizar productos de la
pesca sin realizar la congelación si puede
acreditar que están libres de Anisakis. En este
caso, el proveedor debe certificarlo (en el
etiquetado o en la documentación comercial), por
ejemplo con la mención "Producto de la pesca
procedente de acuicultura criado exclusivamente
en un entorno libre de anisakis viables".
Consulte las recomendaciones sobre control de
Anisakis de la AECOSAN/EFSA::
El pescado se degrada rápidamente, impídelo
manteniéndolo a temperaturas de ± 2ºC
Deben retirarse las vísceras del pescado lo antes
posible (preferiblemente debe adquirirse
eviscerado).
Los productos de la pesca para consumir en
crudo o prácticamente en crudo, deben
someterse previamente a congelación, a una
temperatura igual o inferior a –20 ºC en la
totalidad del producto, durante un período de al
menos 24 horas; este tratamiento se aplica al
producto en bruto o al producto acabado.
También debe congelarse previamente el
pescado destinado a ahumado en frío a partir de
las especies siguientes: arenque, caballa,
espadín y salmón (salvaje) del Atlántico o del
Pacífico.
El proveedor del pescado crudo debe acreditar
por escrito (en el etiquetado o documentación
comercial) que éste ha sido congelado antes de
la venta y no será necesario volver a congelarlo
para poder usarlo en crudo.
R(UE) 1276/2011
RD 1420/2006
31
http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/web
/para_el_consumidor/ampliacion/anisakis.htm
28. PLATOS CALIENTES: La elaboración de platos calientes se realizará siguiendo unas buenas prácticas.
- Durante la cocción se utiliza una combinación
de tiempos y temperaturas tales que garanticen la
destrucción de los microorganismos.
- En algunos casos (salsas, caldos, piezas
grandes y gruesas…), para realizar el
seguimiento de la cocción y evolución de la
temperatura de los alimentos se deben utilizar
termómetros sonda introduciéndolos en el centro
del producto durante la cocción.
- A través de las recetas se determinan las
temperaturas de cocción a alcanzar así como el
método de control a seguir (uso de termómetro
sonda, controles visuales o de sabor o
combinación de todos ellos).
- Si se envasan alimentos calientes en recipientes
de plástico, se respetan las especificaciones de
uso (recipientes aptos para temperaturas altas).
La mayoría de los microorganismos patógenos
pueden crecer en alimentos a temperaturas
comprendidas entre 5 y 60ºC, rango de
temperaturas que se considera potencialmente de
riesgo.
COMBINACIONES TIEMPO/TEMPERATURA
NECESARIAS PARA EL COCINADO SEGURO
DE LOS ALIMENTOS
(Informe AESAN-2021-004)
(Alimento: Temperatura mínima | Tiempo mínimo
de cocinado)
Carne: 70º / 1 segundo, 68º / 17 segundos, 66º /
1 minuto, 63º / 3 minutos
Carne de aves : 74º / 1 segundo
Asados de carne: 55º / 89 minutos, 60º / 12
minutos, 65º / 85 segundos, 69º / 14 segundos
Rellenos de carne, pescado, pollo, pasta: 74º / 15
segundos
Moluscos: 90º / 90 segundos
Huevos para consumo inmediato: 63º / 20
segundos
Huevos para consumo no inmediato: 70º / 2
segundos, 68º / 17 segundos, 66º / 1 minuto, 63º /
3 minutos
Vegetales: 70º / 2 minutos
Al cocinar los alimentos se deben alcanzar las
temperaturas adecuadas para destruir los
microorganismos.
Si no se van a consumir de inmediato, las
comidas calientes deben mantenerse a una
temperatura superior a los 65ºC, o bien enfriarse
rápidamente y mantenerse en refrigeración.
Las comidas preparadas se deben elaborar con la
menor antelación posible al tiempo de su
consumo, salvo las que vayan a ser congeladas o
refrigeradas.
Las comidas preparadas cocinadas, incluidas las
que han sido previamente descongeladas, se
deben mantener en refrigeración hasta su
utilización y se deben recalentar, en el menor
tiempo posible, de tal manera que se alcance en
el centro del producto una temperatura igual o
superior a 65ºC.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo IX
RD 3484/2000, art. 6 y 7
32
Recalentamiento: 74º / 15 segundos
Cocción/ recalentamiento en microondas: 74º / 2
minutos.
Al cocinar en microondas, debes remover los
alimentos a la mitad del tiempo de cocción para
asegurar la distribución homogénea del calor y el
alimento debe permanecer tapado después de la
cocción, evitando así que se reseque la
superficie.
Las carnes rellenas tardan mucho en enfriarse,
permitiendo la germinación de esporas de
Clostridium perfringens. Para evitarlo, deben
consumirse inmediatamente o bien debes
asegurarte que las mantienes en caliente (más de
65ºC) durante un máximo de 4 horas.
29. ACEITE DE FRITURA: El aceite de fritura se encuentra en correcto estado.
Se establecen medidas para ralentizar la
aparición de los signos de degradación en el
aceite como por ejemplo:
- Filtrar el aceite frecuentemente.
- Mantener las freidoras tapadas y apagadas
cuando no se utilicen.
- Se recomienda el uso de freidoras con un
sensor automático de temperatura que permita
freír a temperatura constante.
- No utilizar temperaturas demasiado elevadas
(utilizar la más baja posible para cada producto,
seguir las instrucciones de los proveedores).
Los aceites y grasas calentados deben reunir las
siguientes características:
- Estar exentos de sustancias ajenas a la fritura.
- Sus caracteres organolepticos serán tales que
no comuniquen al alimento frito olor o sabor
impropio.
Debe garantizarse que el contenido en
compuestos polares en el aceite de fritura no
supere el 25%.
33
- No mezclar diferentes tipos de aceites de fritura.
- Mantener constante el nivel de aceite.
- De forma general mantener la freidora en
adecuadas condiciones de higiene y
conservación.
Orden de 26 de enero de 1989 por la que se
aprueba la Norma de Calidad para los Aceites y
Grasas Calentados
30. ACRILAMIDA: Los niveles de acrilamida se controlan y se aplican medidas correctoras cuando no son los adecuados.
La acrilamida es una sustancia química tóxica
que se crea de forma natural en alimentos que
contienen almidón durante procesos de cocción
cotidianos a altas temperaturas (fritura, cocción,
asado y también durante procesos industriales a
120ºC y a baja humedad). Las medidas para
evitar su formación son:
1. PARA FRITURA DE PATATAS Y
REBOZADOS:
· Utilizar aceites que permitan freír en poco
tiempo y/o a temperaturas más bajas
· No alcanzar una temperatura de fritura
superior a 175ºC
· Eliminar los resto de comida del aceite
· Emplear guías colorimétricas y exponerlas
en un lugar visible para el personal de cocina.
2. PARA TOSTAR PAN
· En la preparación de bocadillos y
sándwiches se debe garantizar que se tuesten
hasta el color óptimo según la guía colorimétrica
empleada.
El uso de guías de color(
https://goodfries.eu/en/home/ ) para cocinar
En productos como pan, bollería, pastelería,
repostería y galletería, puede controlarse la
formación de la acrilamida mediante:
Aumento del tiempo de fermentación de la
levadura dentro de lo posible.
Optimizar el contenido en agua en la masa para
obtener un producto con baja humedad.
Disminución de la temperatura del horno y
ampliación del tiempo de la cocción.
Los establecimientos que elaboren patatas fritas,
frituras, pan y otros productos que puedan
favorecer la formación de acrilamida deben
aplicar medidas de mitigación que figuran en el
anexo II del Reglamento.
R (UE)2017/2158.
https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/noticia
s_y_actualizaciones/noticias/2017/acrilamida_red
ucir_alimentos.htm
34
patatas fritas y preparar sándwiches tostados es
una recomendación pero no una obligación para
los operadores de empresas alimentarias.
https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/docs/docu
mentos/noticias/2018/CUADRIPTICO_ACRILAMI
DA_AECOSAN.PDF
31. ENFRIAMIENTO: Las comidas se enfrían rápidamente tras su elaboración
- Una vez cocinados, los alimentos que no van a
consumirse inmediatamente, se enfrían
rápidamente. La temperatura en el centro del
alimento ha de pasar de 60ºC a 4ºC en 2,5 horas.
Una vez enfriado, se debe introducir el alimento
en la cámara de refrigeración o congelación.
- El sistema más eficaz para el rápido
enfriamiento de alimentos es el uso de abatidores
de temperatura.
- Otra manera de acelerar el enfriamiento
consiste en distribuir el alimento en recipientes de
capacidades más reducidas, evitando taparlos
durante el proceso.
- No se deben introducir alimentos calientes en
neveras o cámaras que contengan otros
alimentos.
¡Recuerda! Si no puedes enfriar rápidamente los
alimentos cocinados que no se van a consumir en
breve, estás poniendo en riesgo la salud de tus
clientes... y tu negocio
Evita utilizar los cuartos fríos para acelerar los
enfriamientos. Esta práctica elevará la
temperatura de este espacio y podría favorecer
contaminaciones cruzadas
Las materias primas, ingredientes, productos
semiacabados y productos acabados que puedan
contribuir a la multiplicación de microorganismos
patógenos o a la formación de toxinas no deben
conservarse a temperaturas que puedan dar lugar
a riesgos para la salud.
Cuando los productos alimenticios deban
conservarse o servirse a bajas temperaturas,
deben refrigerarse cuanto antes, una vez
concluida la fase del tratamiento termico, o la fase
final de la preparación en caso de que este no se
aplique, a una temperatura que no de lugar a
riesgos para la salud.
Las comidas preparadas deben enfriarse lo más
rápidamente posible tras su elaboración. Se
mantendrán refrigeradas hasta su utilización a las
temperaturas siguientes:
a) Comidas congeladas ≤ -18 ºC.
b) Comidas refrigeradas con un período de
duración inferior a 24 horas ≤ 8 ºC.
c) Comidas refrigeradas con un período de
duración superior a 24 horas ≤ 4 ºC.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo IX
RD 3484/2000, art.6 y 7
35
32. ELABORACIÓN DE PLATOS FRÍOS: La elaboración de platos fríos se realiza siguiendo unas buenas prácticas.
Para elaborar platos fríos se evita en todo
momento cualquier posibilidad de contaminación
cruzada mediante el seguimiento de buenas
prácticas de higiene (por ejemplo: nunca se
manipula a la vez alimentos crudos y cocinados;
los vegetales se lavan con anterioridad; los platos
fríos se guardan inmediatamente en refrigeración
si no van a consumirse de inmediato y se
mantienen tapados y protegidos de cualquier
contaminación).
En la elaboración de platos fríos se intensifican
las buenas prácticas de manipulación, haciendo
especial hincapié en:
Mantener la cadena de frío.
Usar útiles diferentes para productos listos para el
consumo ( postres, ensaladas...) y para los que
requieren un tratamiento térmico posterior.
Cumplir las buenas prácticas de higiene del
personal manipulador.
Cuarto frío:
Se recomienda disponer de un cuarto frío en
aquellos establecimientos que preparan y
elaboran simultáneamente un mismo plato o
preparaciones consumidas sin cocinado previo
para más de 40 personas. Los cuartos fríos
deben estar a una temperatura de 15ºC ±2 ºC.
Los alimentos deben permanecer en el cuarto frío
No eches la culpa al calor: tú decides a qué
temperatura están expuestos los alimentos y por
cuánto tiempo
Las materias primas, ingredientes, productos
semiacabados y productos acabados que puedan
contribuir a la multiplicación de microorganismos
patógenos o a la formación de toxinas no deben
conservarse a temperaturas que puedan dar lugar
a riesgos para la salud.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo IX
RD 3484/2000, art. 6 y 7
36
el tiempo mínimo imprescindible para llevar a
cabo su preparación, evitando romper la cadena
de frío.
33. TRANSPORTE: El transporte no supone un peligro de contaminación cruzada ni de pérdida de las temperaturas reglamentarias
Los contenedores de alimentos se mantienen
cerrados y los alimentos se mantienen
adecuadamente separados en función de su
naturaleza para evitar contaminaciones cruzadas.
Recuerda:
Las comidas refrigeradas con un período de
duración inferior a 24 horas deben mantenerse a
≤ 8 Cº, las comidas refrigeradas con un período
de duración superior a 24 horas deben
mantenerse a ≤ 4 Cº y las comidas calientes
deben mantenerse a ≥ 65 Cº
Los alimentos se deben colocar de manera que
no se puedan dar contaminaciones cruzadas. Si
es necesario, habrá una separación efectiva entre
diferentes tipos de alimentos, o entre alimentos y
otro tipo de productos.
Aún así, no se deben transportar alimentos junto
a otros productos si estos últimos pueden
provocar contaminaciones.
Durante el transporte los alimentos deben
mantenerse a la temperatura adecuada. Dicha
temperatura se debe controlar.
R(CE) 852/2004, Anexo II, Capítulo IV
BLOQUE 3: CONFIANZA
34. MANTENIMIENTO: Se dispone de un plan de mantenimiento de todas las áreas, instalaciones y equipos del establecimiento y
se registran las actuaciones con las medidas correctoras en caso necesario
El establecimiento dispone de un plan de
mantenimiento de las instalaciones y equipos
para asegurar que éstos se encuentren en las
condiciones correctas de uso en todo momento.
Se indica quién es la persona responsable del
plan y se incluye también
Siempre y cuando el local se mantenga en todo
momento en correcto estado, los registros podrán
limitarse a reflejar los incumplimientos
detectados, incluyendo la medida correctora
adoptada.
Los locales destinados a los productos
alimenticios deben conservarse limpios y en buen
estado de mantenimiento.
La construcción, composición y estado de
conservación y mantenimiento del equipo debe
reducir al mínimo el riesgo de contaminación y
37
- Relación de instalaciones y equipos del
establecimiento relacionados con los procesos de
preparación, elaboración, envasado o
conservación de los alimentos y aquellos otros
que incidan en la seguridad alimentaria.
- Programa de mantenimiento preventivo sobre
las instalaciones y equipos del inventario cuyo
mal funcionamiento pueda suponer un riesgo
para la seguridad alimentaria. El programa debe
incluir las acciones a realizar, su frecuencia, el
método a emplear y el responsable de su
ejecución.
- Verificación del buen funcionamiento de los
aparatos de medición de los equipos de
refrigeración y congelación y de los termómetros
utilizados para controlar los procesos de
elaboración. Si es la propia empresa la que
realiza el control de sus equipos, se dispone de
un termómetro contrastado para utilizar como
patrón en la verificación de los aparatos de
medida correspondiente. Los resultados de
dichas verificaciones se incluyen en los registros.
Para llevar este tipo de registros pueden resultar
adecuados un diario o una lista de comprobación.
Basta con poner una cruz en las casillas para
indicar qué se ha hecho y una firma para dejar
constancia del responsable de esta
comprobación.
Cuando se utilice el método de la cruz en las
casillas, sólo se registrarán de manera más
detallada por escrito las incidencias o los cambios
en los procedimientos.
permitir que se limpien y se desinfecten
perfectamente.
Se deben diseñar documentos y llevar registros
que demuestren la aplicación efectiva de los
procedimientos del sistema de autocontrol,
adecuados a la naturaleza y tamaño del
establecimiento.
Se deben establecer medidas correctoras cuando
se detecte que lo establecido en el programa de
control no se ha cumplido.
R(CE) 852/2004, art. 5 y Anexo II, Capítulos I y V
RD 3484/2000, art. 10
35. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN: Se dispone de un plan de limpieza y desinfección de todas las áreas, instalaciones, equipos y
superficies del establecimiento y se demuestra su aplicación efectiva
El Plan de limpieza y desinfección basado en el
análisis de peligros especifica al menos lo
siguiente:
Áreas identificadas: diferenciando entre suelos
(incluyendo desagües), paredes, techos,
superficies de trabajo, utensilios y equipos
(incluidos los de control)
El establecimiento debe mantenerse en perfecto
estado de limpieza.
Utiliza métodos y productos profesionales y sigue
las instrucciones de trabajo específicas.
Las superficies que entran en contacto con los
alimentos no pueden ser una fuente de
contaminación. Para ello, deben limpiarse y
desinfectarse con la frecuencia necesaria. La
limpieza de los locales, instalaciones, equipos y
utensilios debe estar definida en un programa de
38
Los productos (incluida su dosificación) y los
materiales que se necesitan para realizar dichas
actividades
Método
Frecuencia
Responsable
Verificación de la eficacia del plan de limpieza
con controles visuales y un plan de muestreo
para realizar análisis de los alimentos y las
superficies.
Se adoptan medidas correctoras cuando se
detecten incidencias. Ante resultados
insatisfactorios en los análisis realizados se
adoptan sin demora innecesaria las medidas
adecuadas para rectificar la situación con el fin de
evitar riesgos microbiológicos y la repetición de
los mismos.
Mantener el local limpio requiere personal
suficiente y bien entrenado.
¡Limpiar bien es tan importante como cocinar
bien!
limpieza y desinfección basado en el análisis de
peligros.
Se debe disponer de instalaciones adecuadas
para la limpieza, desinfección y almacenamiento
del equipo y los utensilios de trabajo (construidas
con materiales resistentes a la corrosión, fáciles
de limpiar y con un suministro suficiente de agua
caliente y fría).
Debe haber instalaciones adecuadas para la
limpieza de manos (lavabos). Estos deben
disponer de agua corriente caliente y fría, así
como de material de limpieza y secado higiénico,
Cuando puedan producirse contaminaciones,
estos lavabos deben estar separados de las
zonas dónde se lavan los productos alimenticios.
Establecer medidas correctivas cuando se
detecte que lo establecido en el programa de
control no se ha cumplido.
R(CE) 852/2004, art. 5 y Anexo II, capítulos I, II y
V
RD 3484/2000, art. 3.5 y 10.2
36. PLAGAS: Se dispone de un plan de control de plagas de todas las áreas del establecimiento y se registran las actuaciones y
las medidas correctoras en caso necesario.
El Plan de Control de plagas incluye:
1. Las medidas de prevención de la entrada de
plagas:
- Barreras físicas para impedir la entrada
(mosquiteras, burletes, puertas cerradas, etc.).
- Dispositivos de vigilancia para detectar su
presencia (adhesivos, trampas físicas,
Si las instalaciones se conservan en buen estado
de mantenimiento y todo está limpio, ordenado y
sin residuos, evitamos atraer animales y
dificultamos su presencia y multiplicación.
Deben aplicarse procedimientos adecuados de
lucha contra las plagas, así como procedimientos
adecuados para evitar que los animales
domésticos puedan acceder a los lugares en que
se preparan, manipulan o almacenan productos
alimenticios (o, cuando la autoridad competente
lo autorice en casos específicos, para evitar que
dicho acceso dé lugar a contaminación).
39
insectocutores, etc), colocados estratégicamente
y teniendo en cuenta que el uso de dispositivos
que contienen biocidas sólo puede realizarse
contratando a una empresa autorizada. En su
caso, se colocan también en el exterior de las
instalaciones. Los falsos techos son accesibles y
estan contemplados en el plan de control.
- Actividades de vigilancia (control del correcto
estado de las barreras físicas, detección de
signos de infestación como son heces, huellas,
roeduras, cadáveres, etc.).
- Programa de vigilancia que indica el tipo de
vigilancia a realizar, el responsable de efectuarla
vigilancia y su periodicidad.
- Los registros de vigilancia.
- Los registros de incidencias y medidas
correctoras.
2. Las medidas de eliminación de roedores e
insectos en caso de que se hayan tenido que
aplicar. La documentación incluye:
- El contrato con la empresa autorizada.
- Las fichas técnicas y de seguridad de los
productos empleados.
- Las medidas de precaución y seguridad a
adoptar antes, durante y después de los
tratamientos.
- El plano de colocación de cebos y trampas de
vigilancia y de tratamientos realizados.
- Los registros de ejecución y seguimiento de los
tratamientos.
Para la lucha contra plagas, el responsable del
establecimiento debe contratar o elaborar y
aplicar un programa de desinsectación y
desratización, basado en el análisis de peligros
mencionado en el artículo 10 del Real Decreto
3484/2000. La aplicación de dicho programa se
realizará de acuerdo con la legislación vigente.
Cuando deba realizarse un tratamiento contra
plagas, deberá hacerlo una empresa o personal
autorizado que deben cumplir con la legislación
vigente en cuanto al uso de los productos
plaguicidas.
R(CE) 852/2004, anexo II, capítulo I, II y IX
RD 3484/2000, art. 3.5
40
Se instruye al personal para que informe de
cualquier signo de infestación y en particular para
que no deteriore o elimine los cebos y trampas de
vigilancia.
En su caso, se siguen las instrucciones indicadas
por la empresa de control de plagas para
solucionar los aspectos que han podido influir en
la aparición y/o nidificación de plagas (mejoras
del mantenimiento y limpieza, cierre de aberturas,
protección de desagües, etc. ).
37. PROVEEDORES: Se dispone de un plan que asegura el control de las materias primas y los proveedores que las suministran y
se demuestra su aplicación efectiva.
El plan no sólo incluye los alimentos, sino
también los aditivos y material destinado a entrar
en contacto con los alimentos.
Se dispone de un listado de los proveedores que
incluye: denominación, domicilio y teléfono de
contacto, registro sanitario, tipo de alimento
suministrado y cualquier otro dato que se
considere necesario.
Se establece una estricta política de
abastecimiento que incluye especificaciones (por
ejemplo microbiológicas) y garantías de higiene
y/o se requiere certificación de calidad del
sistema de autocontrol del proveedor.
se establece un control de la mercancía a su
llegada que incluye todos aquellos parámetros
indicadores de fiabilidad (higiene del vehículo,
estiba, integridad de los envases/embalajes,
temperatura, vida útil, frescura,…) Para ello es útil
Las facturas de los proveedores y la información
del etiquetado de los alimentos son la garantía
que avala las comidas elaboradas.
Controla que todo lo que vas a utilizar para
elaborar los alimentos está correcto.
Anota las incidencias cuando las detectes
Revisa la etiquetas si tu proveedor te cambia de
producto: es muy importante para un correcto
control de alérgenos y sustancias que provocan
intolerancia.
Los establecimientos :
deben disponer de la documentación necesaria
para poder acreditar al proveedor inmediato de
las materias primas utilizadas y de los productos
que almacenan, suministran, venden o sirven.
deben controlar que solamente aceptan
productos conformes (por ejemplo, las
condiciones de etiquetado y embalaje, buen
estado del producto, cumplimiento de
temperaturas reglamentarias, fecha de
consumo/caducidad, etc.) y se deberán anotar en
el registro el resultado del control.
Si se detectan incidencias deberán reflejarse
también en el registro, indicando cómo se han
solucionado.
R(CE) 852/2004, Anexo II, capítulo IX
RD 3484/2000 art. 3 y 6
41
utilizar una lista de comprobación marcando con
una cruz cada comprobación realizada.
Se presta atención a la información del etiquetado
u otra información facilitada por el proveedor o
fabricante en relación con las condiciones de
almacenamiento y que contribuya a una correcta
aplicación del sistema FIFO/ FEFO.
Se pueden consultar los Registros Sanitarios
vigentes de mayoristas en el siguiente link:
http://rgsa-web-
aesan.msssi.es/rgsa/formulario_principal_js.jsp y
de minoristas en en el portal de seguridad
alimentaria de la CAIB
https://apps.caib.es/ofmovins2/public/actions/Emp
resasAlimentariasInscritasLis?idi=ess
Se registran las incidencias y las medidas
correctoras adoptadas en su caso.
38. TRAZABILIDAD: Se dispone de un plan que garantiza la trazabilidad de las comidas y de las materias primas con las que se
elaboran y se demuestra su aplicación efectiva.
La empresa tiene en todo momento la
información sobre los ingredientes que le permite
actuar rápidamente y de forma eficaz en caso de
alerta alimentaria. Esta información se transmite
durante todas las etapas hasta el servicio de las
comidas:
- Trazabilidad hacia atrás (proveedores): permite
identificar al proveedor de cada materia prima.
Incluye los siguientes datos: razón social, fecha
de recepción, número de lote del producto.
- Trazabilidad del proceso (interna): permite
relacionar las materias primas con las comidas
Siempre debes poder identificar la procedencia
exacta y la información obligatoria de todos los
ingredientes utilizados en la elaboración de cada
plato, como mínimo hasta que éstos hayan sido
consumidos
Se debe poder identificar a los proveedores de
todos los ingredientes utilizados en sus
elaboraciones mediante documentos y registros
generados.
El establecimiento debe poder establecer con
seguridad la relación entre los lotes de los
alimentos adquiridos y los platos elaborados, de
modo que, en caso de que fuera necesario retirar
del consumo algún alimento por motivo de
seguridad alimentaria, se pueda proceder con la
mayor rapidez y garantía posibles.
R(CE)178/2002, art. 18
42
elaboradas. Incluye los siguientes datos: receta
del plato, fecha de elaboración, cantidades de
ingredientes utilizadas, cantidad de comida
elaborada..
- Trazabilidad hacia adelante (clientes): en caso
de que las comidas se sirvan a otros
establecimientos en lugar del consumidor final,
permite identificar el destino de los productos
elaborados. Incluye los siguientes datos:
identificación del cliente, datos del producto
suministrado (cantidad, lote o fecha de
elaboración), fecha de entrega, datos del
transporte.
Todas las materias primas, los productos
semielaborados y las comidas elaboradas están
correctamente identificadas a lo largo de todo el
proceso.
-La etiqueta fijada a los embalajes de moluscos
bivalvos vivos, que NO son envases unitarios de
venta al consumidor final, se conservará por la
empresa al menos un periodo de 60 días tras el
fraccionamiento de dichos embalajes.
RD 3484/2000, art. 3
R (CE) 853/2004, Anexo II; Sección VII
39. MUESTRAS TESTIGO: Se dispone de muestras testigo en caso necesario.
Se dispone de muestras testigo que representan
los diferentes platos servidos a los consumidores
diariamente en caso de que el establecimiento
elabore o sirva comidas
Si es necesario guardar muestras testigo, estas
deben guardarse claramente identificadas y
fechadas, mantenerse durante al menos 7 días
(refrigeradas a menos de 4ºC o congeladas) y su
En caso de elaborar o servir comidas para
comensales de riesgo, medios de transporte o
eventos, se dispone de muestras testigo para
posibilitar la realización de los estudios
43
- destinadas a niños, ancianos u otras
colectividades vulnerables
- en comedores colectivos con un menú
común
- para medios de transporte
- para eventos o por encargo para grupos
de más de 40 personas
Las muestras testigo se recogen en el momento
del servicio, si las comidas se elaboran y se
sirven en el mismo establecimiento. Si intervienen
operadores diferentes, el elaborador recoge la
muestra testigo en el momento más próximo a su
salida del establecimiento y el operador que sirva
las comidas en el momento del servicio
cantidad corresponderá a una ración individual de
al menos 100 gramos
epidemiológicos que, en su caso, sean
necesarios.
RD 1086/2020, art. 30
40. FORMACIÓN: Se dispone de un plan de formación en higiene y seguridad alimentaria de todos los manipuladores de alimentos
con registros y se demuestra su aplicación efectiva.
La empresa dispone de un plan de formación que
se revisa, al menos, cada año y se ha nombrado
un responsable de su implantación.
El personal que manipula los alimentos (personal
de cocina, limpieza, sala, almacén, transporte)
está formado y capacitado para desempeñar sus
funciones y asumir las responsabilidades
asignadas en las condiciones establecidas por la
legislación vigente, especialmente en lo referente
a la manipulación de alimentos y aplicación de un
sistema de APPCC (Análisis de Peligros y Puntos
de Control Críticos).
El factor humano es decisivo en la seguridad
alimentaria: la persona que manipula el alimento
es de quien depende prácticamente todo
La secuencia correcta es: Alimento seguro
→dieta saludable ⇢ producido de modo
sostenible para el medio ambiente. No al revés
En internet encontrarás guías de prácticas
correctas de higiene para la elaboración de
comidas preparadas: úsalas como material de
formación
Todas las personas que trabajan en una zona de
manipulación de productos alimenticios deben
mantener un elevado grado de limpieza y deben
llevar una vestimenta adecuada, limpia y, en su
caso, protectora.
Las personas que padezcan o sean portadoras
de una enfermedad que pueda transmitirse a
través de los productos alimenticios, o estén
aquejadas, por ejemplo, de heridas infectadas,
infecciones cutáneas, llagas o diarrea, no deben
estar autorizadas a manipular los productos
alimenticios ni a entrar bajo ningún concepto en
zonas de manipulación de productos alimenticios
44
La empresa es responsable de garantizar que el
personal manipulador de alimentos dispone de la
formación adecuada en materia de higiene de los
alimentos de acuerdo con su actividad laboral.
También se recomienda que la empresa disponga
de una guía de prácticas correctas de higiene y,
en ese caso, se asegura de que todos los
manipuladores de alimentos la conocen.
El plan incluye al menos los siguientes aspectos:
- Acciones formativas, indicando su duración y
frecuencia prevista, que debe ser continuada con
una periodicidad, al menos, bienal.
- Personal que debe recibir la formación
- Metodología a utilizar
- Comprobación de que el personal conoce y
aplica las buenas prácticas
- Registro actualizado de las acciones formativas
y de la comprobación de su eficacia
cuando exista riesgo de contaminación directa o
indirecta.
Los registros de formación deben incluir la
información sobre las personas que han recibido
la formación y el contenido de las actividades
formativas
Los responsables del establecimiento:
deben garantizar la supervisión y la instrucción o
formación de los manipuladores de productos
alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria,
de acuerdo con su actividad laboral.
deben asegurarse que quienes tengan a su cargo
el sistema de gestión de seguridad alimentaria del
establecimiento han recibido una formación
adecuada en higiene y los sistemas de gestión de
seguridad alimentaria.
R(CE) 852/2004, Anexo II Capítulo XII
41. TEMPERATURAS/ TIEMPO: Se dispone de un plan de control de los procesos que requieren temperatura/tiempo y los registros
demuestran que se controla correctamente y se aplican medidas correctoras en caso de detectar incidencias.
- Se cumplen los requisitos relativos a la
temperatura en todas las fases del proceso
- Se registra el control de temperaturas de
almacenamiento de alimentos perecederos, así
como de los procesos de elaboración que lo
requieran, como la cocción, el enfriamiento, el
recalentamiento o el mantenimiento en caliente.
Mantener una vigilancia eficaz de la temperatura
es más importante que registrarla. Por ello se
considera adecuado contar con diarios o listas de
comprobación con casillas para confirmar
controles iniciales y finales, con la firma de quien
ha hecho el control, y sólo hacer anotaciones si
hay desviaciones, indicando en ese caso las
medidas correctoras aplicadas.
Se debe garantizar el cumplimiento de la
temperatura reglamentaria de los diferentes tipos
de alimentos y el mantenimiento de la cadena de
frío.
En todas las fases del proceso de elaboración se
debe asegurar que los alimentos no estén a
temperatura inadecuada.
45
- Los termómetros se verifican regularmente para
asegurar que se vigila correctamente el
cumplimiento de las temperaturas.
- Se adoptan medidas correctoras cuando se
detecta que no se han alcanzado las
temperaturas/tiempo estipulados.
También es válida la posibilidad de supervisar las
temperaturas por medios automáticos con alarma
y registro de datos. Sistemas como data loggers y
alarmas calibradas en equipos para el cocinado y
almacén a temperatura regulada permiten
mantener un registro detallado y un conocimiento
inmediato si se dan desviaciones.
Si se usan equipos para controlar la correcta
combinación de tiempo y temperatura, no es
necesario efectuar mediciones continuas,
únicamente verificar periódicamente su correcto
funcionamiento y aplicar medidas correctoras
cuando sea necesario.
En algunos casos la observación visual es
suficiente para verificar que se han alcanzado las
temperaturas correctas (por ejemplo en el caso
de la ebullición, asegurándose que el alimento
hierve durante todo el proceso).
Se debe controlar que el tiempo que transcurre
en las etapas de enfriamiento de alimentos
cocinados no pueda suponer un riesgo de
alteración por crecimiento bacteriano.
Se deben diseñar documentos y llevar registros
que demuestren la aplicación efectiva de los
procedimientos del sistema de autocontrol
descritos en el presente apartado, adecuados a la
naturaleza y tamaño del establecimiento.
Se deben establecer medidas correctoras cuando
la vigilancia indique que los límites establecidos
en el programa de control no se han cumplido.
R(CE) 852/2004, art. 5
RD 3484/2000, art. 7 y 10
42. RECETAS/ FICHAS/MENÚS: Se dispone de recetas o fichas técnicas actualizadas de los platos que se sirven indicando los
ingredientes y el modo de elaboración. Se incluyen los ingredientes que pueden causar alergias o intolerancias en los
consumidores. En caso necesario, disponen de asesoramiento técnico en dietética y nutrición para la preparación de menús, ya
sean básicos o especiales.
Se dispone de una ficha de elaboración para
cada plato elaborado en el establecimiento, en la
que se incluye al menos la siguiente información:
- Lista de ingredientes, destacando las sustancias
que pueden provocar intolerancias o alergias
alimentarias
Si los procesos de elaboración se realizan
conforme a una guía de buenas prácticas de
elaboración de comidas preparadas a la que el
establecimiento se haya acogido, deberán
adaptar dichos procesos a lo que establece la
guía.
Se debe disponer de una descripción completa de
los platos que se elaboran, incluyendo la
información aplicable a la seguridad del producto
Los operadores de empresa alimentaria deben
establecer un sistema de gestión de seguridad
alimentaria (SGSA) basado en los principios
46
- Descripción del proceso de elaboración,
incluyendo la desinfección de vegetales crudos y
concretando el tiempo y temperatura de
elaboración y conservación.
- Envasado (en su caso)
- Durabilidad (plazo de consumo)
- Condiciones de almacenamiento, método de
transporte y distribución (si es el caso)
- Alérgenos
APPCC y deben aportar pruebas documentales
de ello. De esta manera, las fichas de elaboración
constituyen una prueba documental del SGSA
aplicado por la empresa en el que se establecen
las condiciones de elaboración y mantenimiento
de los alimentos para ofrecer alimentos seguros.
R(CE) 852/2004, art. 5
R(UE) 1169/2011
RD 126/2015
43. CONTROL ALÉRGENOS: Existe un plan de control de alérgenos destinado a evitar su presencia en aquellos productos en los
que no consta como ingrediente. Este plan incluye tanto la formación de los manipuladores como las buenas prácticas de
manipulación
Si se ofrecen en el establecimiento alimentos
destinados a personas con alergias o
intolerancias alimentarias ( por ejemplo: sin
gluten, sin frutos secos, sin soja, sin proteína de
la leche, etc ), se aplican procesos para prevenir
la presencia en estos alimentos de las sustancias
que las provocan. Para ello:
Un profesional capacitado (especialista
en nutrición) valida que los platos están son
adecuados para el grupo de riesgo al que están
destinados.
Se revisa la información facilitada por los
proveedores para saber si las materias primas e
ingredientes compuestos pueden contener
sustancias que puedan provocar alergias o
intolerancias.
Utiliza guías de buenas prácticas para elaborar
alimentos libres de determinadas sustancias
alergénicas.
Prevenir la contaminación cruzada no es una
opción sino una obligación.
Alegar que todos los platos elaborados pueden
contener alérgenos no es admisible.
En la elaboración, manipulación y
almacenamiento de comidas se debe evitar toda
posible contaminación por alérgenos.
El plan de autocontrol debe garantizar en todo
momento que no pueda haber un alérgeno en un
plato que no debe contenerlo.
R(CE) 852/2004, art.5
RD 3484/2000, art.6
47
Se forma adecuadamente a los
trabajadores para prevenir el riesgo de la
existencia de sustancias que provocan
intolerancias o alergias.
Se toman las medidas preventivas
necesarias para que no se les sirvan alimentos
que contengan alérgenos a los comensales que
padecen alergias e intolerancias.
Se aplican medidas para minimizar la
contaminación cruzada en el almacenamiento y
preparación de los alimentos, entre las que
pueden estar:
Uso de áreas de trabajo, útiles y/o
equipos específicos para alimentos con
sustancias que provocan alergias o intolerancias.
Uso diferenciado en el tiempo de las
superficies de trabajo, útiles y/o equipos para
alimentos libres de sustancias que provocan
alergias o intolerancias y el resto de alimentos,
con una limpieza meticulosa entre uso y uso.
44. INFORMACIÓN SOBRE ALÉRGENOS: Está disponible para los consumidores la información obligatoria sobre las sustancias
presentes en los alimentos que pueden causar alergias o intolerancias
El establecimiento tiene un listado de alérgenos
de declaración obligatoria disponible para los
consumidores sobre las sustancias presentes en
los alimentos que pueden causar alergias o
intolerancias, y este se corresponde con la
información sobre las sustancias alergénicas de
las materias primas empleadas.
Revisa detenidamente la información del
etiquetado de todos los ingredientes utilizados en
cada receta para identificar los alérgenos que el
plato puede contener e informa correctamente a
los clientes.
La información alimentaria sobre los alérgenos
deberá mencionar todos los alérgenos que
puedan estar contenidos en cada plato.
Podrá facilitarse de forma oral, siempre y cuando
esta información figure también en un documento
y sea fácilmente accesible tanto para el personal
del establecimiento como para las autoridades.
En caso de que no se incluya en la carta, se debe
indicar claramente el lugar del establecimiento
48
Para elaborar este listado se revisa el etiquetado
de los productos utilizados como materia prima.
donde se encuentra disponible la información
sobre el contenido de alérgenos de los productos
alimenticios o alternativamente se debe indicar
que los consumidores pueden dirigirse al
personal del establecimiento.
R(UE) 1169/2011
RD 126/2015, art. 4 y 6
COVID
45. MEDIDAS PREVENCIÓN CONTAGIO COVID-19: El establecimiento dispone de medidas de prevención específicas para la
actividad que realiza, proporcionado a sus características y demuestra tener conocimiento de los riesgos y obligaciones
relacionados con la Covid-19
Dispone de medidas preventivas y de protección
específicas actualizadas de acuerdo con la
normativa vigente:
Los locales están bien ventilados y se garantiza la
renovación del aire mediante adecuados
procedimientos de ventilación. Y se verifica que la
ventilación es suficiente mediante medidores de
CO2 en lugares visibles para el público. La
concentración de CO2 no debe superar en ningún
momento las 800 ppm.
Tanto en la zona de mesas como en la barra se
garantiza una separación mínima de un metro y
medio entre clientes o, si es el caso, entre grupos
de clientes.
Se dispone de dispensadores de geles
hidroalcohólicos a la entrada del establecimiento
Establecer un plan de medidas efectivas para prevenir el contagio es clave para generar confianza en el establecimiento Hay que ventilar los espacios cerrados y mantener las distancias con la mascarilla puesta correctamente Recuerda que para prevenir el contagio no está permitido fumar en ninguna zona del establecimiento, tampoco en las terrazas En el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos. Esta definición se ha redactado teniendo en cuenta la posibilidad de que el aire circule
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de mayo de 2021 por el que se aprueba el nuevo Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la Covid-19, se establecen los niveles de alerta sanitaria que se aplicarán a cada una de las islas y se establecen medidas excepcionales de prevención del contagio de la Covid-19 aplicables temporalmente en las islas
Medidas actuales Infografía
49
y en todos aquellos lugares en los que pueda ser
necesario.
Uso de mascarilla por el personal y los clientes
siempre que no se pueda mantener 1,5m de
distancia
Se limpia y desinfecta el equipamiento, utensilios
y otros objetos que utilizan los clientes. Se llevan
a cabo tareas de limpieza de las superficies de
contacto más frecuentes incluyendo las zonas de
uso común de los trabajadores.
En los accesos de los establecimientos debe
colocarse de forma visible cartelería informativa
de buenas prácticas para los clientes.
El establecimiento cumple la normativa relativa al
tabaco.
Consulte la guía oficial aquí Guía oficial de buenas prácticas en restauración
Únicamente dejan de considerarse paramentos aquellos elementos, fijos o móviles, de escasa altura o entidad (1 metro como máximo) para la delimitación de espacios físicos que permitan la libre circulación del aire Únicamente se considera espacio al aire libre aquel en que la superficie máxima cerrada no suponga más del 50% del perímetro lateral, incluida la fachada del inmueble a la que se encuentra adosada la terraza Puede consultar aquí Ejemplos de espacios al aire libre permitidos vs no permitidos
46. EXPOSICIÓN DE ALIMENTOS Y AUTOSERVICIO/BUFFET MINIMIZANDO EL RIESGO DE CONTAGIO: Los alimentos están
correctamente protegidos y, en caso de que se permita el autoservicio por parte del cliente, este se realiza minimizando el riesgo
de contagio
Con carácter general el autoservicio de comida y
bebida debe estar asistido por camareros, no
obstante:
En los accesos de los establecimientos o de las
zonas de autoservicio debe haber visible
Protege los alimentos expuestos en el buffet.
Vigila que los utensilios que puedan compartirse
entre clientes se desinfecten correctamente y
evita la formación de aglomeraciones.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de mayo
de 2021 por el que se aprueba el nuevo Plan de
Medidas de Prevención, Contención y
Coordinación para Hacer Frente a la Crisis
Sanitaria Ocasionada por la Covid-19, se
establecen los niveles de alerta sanitaria que se
50
cartelería informativa de buenas prácticas para
los clientes.
Los circuitos de circulación por los bufetes deben
estar marcados, y al acceso debe haber
dispensadores de geles hidroalcohólicos o
desinfectantes con actividad viricida autorizados
por el Ministerio de Sanidad.
Se permite el autoservicio de bebidas mediante el
sistema push o un sistema sencillo de
accionamiento, como apretando un botón. Estas
máquinas dispensadoras se desinfectarán
menudo mientras sean accesibles a los clientes,
con la periodicidad adaptada al servicio que se
hace, la cual no puede ser superior a los 60
minutos del período en que sean accesibles a los
clientes.
Se permite el autoservicio de alimentos
emplatados previamente, individualmente. Estos
alimentos deben presentarse protegidos de las
contaminaciones ambientales por mamparas.
No se permite que los clientes puedan manipular
los objetos de uso colectivo de zonas de buffet o
autoservicio, que deberán ser manipulados por el
personal de los establecimientos.
Excepcionalmente cuando no sea físicamente
posible o esta opción provoque aglomeraciones
de clientes, se permite el autoservicio bajo
responsabilidad del establecimiento y con el
cumplimiento de las condiciones siguientes:
a) Los clientes se deben higienizar las
manos antes de manipular los cubiertos o se les
debe dotar de guantes de un sólo uso o de hojas
de papel, o de cualquier otro sistema que,
aplicarán a cada una de las islas y se establecen
medidas excepcionales de prevención del
contagio de la Covid-19 aplicables temporalmente
en las islas.
Medidas actuales Infografía
51
actuando de barrera física, minimice el riesgo de
contaminación cruzada.
b) El establecimiento debe cambiar los
cubiertos de servir con mucha frecuencia, como
mínimo cada 15 minutos, y dejarlos en
contenedores separados antes de limpiarlos y
desinfectarlos.
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