La Victima
Es la persona sobre la cual ha recaído el hecho dañoso o delictivo en forma
directa o indirecta, persona que sufre el daño por causa de la acción u omisión, que
constituyen infracciones i violaciones a las normas establecidas por la sociedad.
La persona ofendida puede ser, persona natural o jurídica, de derecho público
o privado, la sociedad el estado, las municipalidades las entidades abstractas, la paz
pública, las buenas costumbres, el sentimiento de piedad, otros.
Movimiento Victimologico
La victimologia fue definida como, el estudio científico de las víctimas en el I
Simposio Internacional celebrado en Israel en 1973 y al cual asistió una delegación
Venezolana.
Victimologia
La victimología es el estudio de las causas por las que determinadas personas
son víctimas de un delito y de cómo el estilo de vida conlleva una mayor o menor
probabilidad de que una determinada persona sea víctima del mismo. El campo de la
victimología incluye o puede incluir, en función de los distintos autores, un gran
número de disciplinas o materias, tales como: sociología, psicología, derecho
penal y criminología.
La Victimología es una ciencia que estudia científicamente a la víctima y su
papel en el hecho delictivo.
El estudio de las víctimas es multidisciplinar y no se refiere sólo a las víctimas
de un delito, sino también a las que lo son por consecuencia
de accidentes (tráfico), desastres naturales, crímenes de guerra y abuso de poder. Los
profesionales relacionados con la victimología pueden ser científicos,
operadores jurídicos, sociales o políticos.
El estudio de las víctimas puede realizarse desde la perspectiva de una víctima
en particular o desde un punto de vista epistemológico analizando las causas por las
que grupos de individuos son más o menos susceptibles de resultar afectadas.
El estudio de la victimología no se limita sólo a la víctima, por lo que deben
analizarse tres niveles:
El primero se denomina individual, cuyo objeto de estudio es la víctima, su
personalidad y características. El segundo nivel es el conductual, en el cual, se estudia
la conducta aislada de la víctima con relación a la conducta criminal. Finalmente está
el tercer nivel, denominado general, en el que debe estudiarse el fenómeno victimal,
como suma de víctimas y victimizaciones.
A partir de la década de los ochentas del siglo XX, y como consecuencia de
los Simposios Mundiales de Victimología, la naciente disciplina se emancipa del
mero énfasis penal, y empieza a abogar por los derechos de las víctimas desde una
perpspectiva constitucional, lo que implica poner más énfasis en eventos de
macrovictimización, es decir eventos en los cuales se victimiza a grandes colectivos.
En España, encontramos en los últimos veinte años a muchos tratadistas del
derecho penal, quienes han orientado sus estudios hacia la víctima; algunos de ellos
son: Antonio García-Pablos de Molina, Antonio Beristain, Elena Larrauri, Manuel
Cancio Meliá, Gerardo Landrove Díaz, Jaime Peris Riera, Miguel Polaino Navarrete,
Jesús María Silva Sánchez, Jaime Solé Riera, Tamarit Sumalla, Telles Aguilera,
Myriam Herrera Moreno, Manuel López Rey, José Sangrador y otros estudiosos más.
En Latinoamérica también en estos últimos años, han surgido estudiosos que
dedican una parte de sus temas a la víctima, entre los cuales destacan: Lola Aniyar de
Castro (es la primera que realiza estudios del presente tema en la década de los 60),
Juan Bustos Ramírez, Huascar Cajías, Elías Neuman (quien se ha ocupado de manera
extensa), Luiz Flavio Gomes, Néstor José Méndez G., Hilda Marchiori, Carlos Creus,
Marco Gonzales B., Marcos Herrera, Luis Rodríguez M., Fernando García D.,
Rodrigo Ramírez, Jorge Sosa Chacin, Alberto Bovino, Julio B. J. Maier, entre otros
estudiosos.
En el derecho penal peruano existen algunos estudios referentes a la víctima, y
solo pocos estudiosos y tratadistas del derecho penal se han referido al tema (aunque
no en forma dogmática, solo mencionan; a excepción de Alejandro Solís Espinoza
quien es el primero en realizar un interesante trabajo recopilatorio, el cual es el más
completo que se ha escrito hasta el momento), como son los siguientes: Luis E. Roy
Freyre, Moisés Ponce Malaver, Luis M. Reyna Alfaro, Felipe A. Villavicencio
Terreros, Luis A. Bramont-Arias Torres, Bonifacio Meneses Gonzáles, Juan José
Blossiers Hüme, Manuel Alejandro Bazul Torero y Julio César Matos Quesada.
Se habla de macrovictimizaciones por abuso del poder, algo que ya Benjamin
Mendelshon había esbozado, y empieza adquirir autonomía disciplinar para dejar de
ser un apéndice del derecho penal y de la criminología, que es donde se queda la
reflexión y el tema de los derechos de las víctimas dentro del proceso penal.
En victimodogmàtica, se estudian los niveles o formas de participación de la
víctima en la victimizaciòn, ello para determinar la proporción en las sanciones o no
al victimario, o en su caso reducir la penalidad que establecen los códigos punitivos.
Tipos de Victimas
Victimas especialmente vulnerables.
Victimas colectivas.
Victimas Familiares.
SÍNDROME DE MUNCHAUSEN
Uno de los trastornos o comportamientos que durante más de seis décadas ha
dejado perplejos a los expertos es el síndrome de Munchausen.
Las personas que sufre síndrome de Munchausen se ven la necesidad de
buscar atención médica repetidamente para enfermedades que no existen o que son
inducidas. También puede crear enfermedades o inducir lesiones en otra persona, por
lo general un hijo, con el único propósito de buscar ayuda médica.
Aunque fue descrita hace más de 60 años, este complejo y raro trastorno sigue
siendo muy desconocido. Los expertos no han logrado ponerse de acuerdo en si
realmente es una enfermedad mental. Para muchos, éste es un “comportamiento” que
presenta patrones que van desde leves hasta severos.
En lo que todos los psiquiatras sí están de acuerdo es en que el síndrome de
Münchausen es un fenómeno muy peculiar que surge de una profunda necesidad
emocional que la persona tiene de ser cuidada y atendida.
En otra forma del trastorno, el síndrome de Munchausen por poder (que ahora
suele llamarse enfermedad fabricada o inducida (EFI)) el enfermo puede inventar o
fingir síntomas en otra persona, por lo general sus hijos. Muchos de los pacientes con
Munchausen tienen un conocimiento muy amplio de los términos y procedimientos
médicos. Así que son capaces de crear explicaciones plausibles para sus afirmaciones.
La forma como presentan sus síntomas a menudo es tan convincente que es necesario
llevar a cabo análisis e investigaciones médicas para descartar un posible trastorno
médico subyacen.
Síndrome de Munchausen por poderes (SMP) constituye una forma de
Maltrato Infantil de alto riesgo, de difícil diagnóstico, que a menudo pasa
desapercibido durante semanas, meses e incluso años. Graves complicaciones e
incluso la muerte pueden derivarse del mismo. Constituye una forma peculiar de
maltrato en el que uno de los padres -generalmente la madre simula la existencia o
provoca síntomas o signos en el niño con el objeto de buscar asistencia médica y
maniobras diagnosticas o terapéuticas costosas o de riesgo.
Características de Síndrome de Munchausen:
1. Los hijos siempre están enfermos (hasta que mueren).
2. Son llevados a consultas médicas innecesariamente, generalmente uno de los
padres induce en el niño síntomas reales o aparentes de una enfermedad.
3. Son padres muy amables y cariñosos, responsables, atentas y preocupadas por sus
hijos.
4. Estos niños son hospitalizados más que el común de niños.
5. Al morir el hijo, olvidan rápido el episodio y rápido quieren otro hijo.
6. En ocasiones el personal nota que el niño mejora cuando la madre se ausenta y se
agrava cuando se acerca.
Víctimas Simbólicas
Algunas personas sufren actos dirigidos a menoscabar un determinado sistema
de valores, partido político, ideología, secta o familia, a los que pertenece el
agraviado, siendo un elemento representativo de los mismos; los asesinatos de Martin
Luther King o Aldo Moro suelen ser citados como ejemplos.
Falsas Víctimas
Denuncian en delito que en realidad no ha existido, ofreciendo una doble
modalidad: simuladoras, que actúan conscientemente poniendo en marcha el proceso
con el fin de provocar un error judicial; e, imaginarias, que creen erróneamente (por
causas psicológicas, o por inmadurez psíquica) haber sufrido un acto criminal.
En conclusión, a grandes rasgos podríamos considerar al delito cómo una
interacción física/conductual, observable y multivariable, que para su comisión
necesita de la “pareja delictual o criminal” compuesta por las acciones y omisiones
tanto del agresor o victimario, como de la víctima en cuestión.
Factores o Modalidades de la Relaciones Entre Delincuentes y sus
Victimas
1. Delincuente o víctima. Atendiendo las circunstancias, un sujeto que fue maltratado
cuando niño, puede, si no se les ayuda podrían ser un futuro maltratador.
2. Otro caso delincuente-víctima se de en los indocumentados que son víctimas del
acoso de su propia comunidad e instituciones del control.
3. Delincuente y victima simultáneamente se puede presentar en las riñas simples o
tumultorias.
Relación Específica Delincuente Victima
En estos casos se trata de relaciones específicas y sobre las descripciones a
partir de las diferentes situaciones pre-criminales. Se trata de categorías de
situaciones pre-criminales en las cuales se establecen las relaciones del delincuente y
su víctima:
Situaciones específicas: son aquellas en cuales la ocasión está presente, se refiere a
la modalidad a las personas que por su comportamiento provocan actos desastrosos
para ellas mismas, que pueden provocar la muerte o la violación, o el robo con
violencia, examinado ya.
Situaciones no específicas: en este caso la ocasión es buscada por el delincuente, así
tenemos el caso del extorsionador, él se comporta como un cazador, goza
persiguiendo a su presa, mientras que la víctima, la consume la angustia y el tormento
Situaciones intermedias: es el delincuente sometido a extorción por sus cómplices o
explotado por personas que están en regla con la ley.
Factores que Influyen en las Relaciones del Delincuente y su Víctima:
A. Biológico:
a.1. La edad, se refiere a los infantes o adolescentes expuestos a maltratos y
abusos. a.2. El sexo, referido al abuso generado en mujeres denominándose
violencia de género, en donde las mujeres son víctimas de abuso sexual.
a.3. Los débiles mentales: desde el punto de vista psicológico están expuestos a
ser explotados o seducidos; al igual que el depresivo es una blanco fácil de
manipular.
B. Social: se toma en consideración el oficio y la situación oficia.
b.1. el oficio puede implicar peligros diversos, por ejemplo taxistas y
comerciantes.
b.2. la situación social: incluye a los extranjeros, inmigrantes, minorías étnicas o
religiosas, ya que el aislamiento de la víctima favorece al delincuente.
Los Mecanismos que Intervienen en las Relaciones entre el Delincuente y
su Víctima
Estos mecanismos pueden ser de naturaleza situacional o racional.
Los mecanismos de naturaleza situacional en el plano moral, jurídico y psicosocial
lo analiza Benjamín Mendelsohn.
Individualiza las victimas que no contribuyeron al delito, es la víctima inocente, el
niño-víctima es la victima ideal; la victima colaboradora es la victima provocadora,
victima por imprudencia, víctima voluntaria, victimas por ignorancia y finalmente las
victimas que comenten delitos o agresoras (en caso de legítima defensa).
Los mecanismos reacciónales: resultan entre un lazo existentes entre el delincuente
y su víctima, la cuales pueden ser:
-neuróticas: es la observada en ciertos parricidas.
- psicobiologicas: es la atracción reciprocas dos tipos complementarios, ej.
Matrimonios alcohólicos.
-genobiologicas (grupo de vagabundos)
La Violencia Escolar
Autores como Zaragoza, (2005) definen la violencia escolar como la acción
presente o conducta pluricausal que se manifiesta tanto en el aula como en su entorno.
La violencia escolar es reflejada a través del comportamiento y tiene manifestaciones
en las agresiones o maltratos y en situaciones de acoso, intimidación o victimización.
En estos casos el alumno o alumna agredido se puede convertir en victima cuando
está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas, que lleva
a cabo otro alumno o grupo de ellos, entendiéndose por acciones negativas tanto las
cometidas verbalmente o mediante contacto físico y las psicológicos de exclusión.
(D.Olweus,1998).
Díaz y Martínez (2005,p.4) plantean en relación a los escolares que son víctimas
de la violencia de sus compañeros, que suelen diferenciarse dos situaciones, las
victimas pasiva y el caso de las victimas activas.
La victima típica: Se caracteriza por una situación social de aislamiento, con
frecuencia no tienen amigos entre sus compañeros, son muy pasivos, inseguros,
soportan calladamente las agresiones, son objeto de burlas y maltrato, aceptando estos
de manera sumisa.
Este tipo de víctima, les cuesta hacer amistades, así mismo demuestran una conducta
de miedo ante la violencia, siendo vulnerables al no poder defenderse ante la
intimidación, generando alta ansiedad, que puede llevarlos a la auto agresión o a
convertirse en un momento dados en agresores violentos. También se caracterizan por
presentar dificultades para expresarse y establecer contacto físico, lo que son señales
de inseguridad y baja autoestima.
Prevención y tratamiento de la violencia escolar:
El profesorado necesita una formación conceptual procedimental y actitudinal
para el desempeño de distintas funciones para acompañar a las familias en la
búsqueda de soluciones. El éxito de la intervención requiere de una acción coordinada
de todos los que intervienen en el problema, por lo cual el trabajo en equipo es
imprescindible.
La prevención está al alcance de todos.
La prevención no es otra cosa que la puesta en marcha de las medidas
apropiadas para impedir la aparición de interacciones violentas en los individuos y en
la comunidad en general
Actuar en conjunto.
Respetar el derecho de todos.
Posibilitar diferentes espacios de expresión.
Promover la no discriminación bajo ningún motivo (color de piel, ojos, religión,
etc.).
Actuar con afecto.
Además, el docente debe ser el ejemplo ante todos los niños, contenerlos y ser
generador de ejemplos y transmisor de ideales y valores. En los recreos, la mirada
atenta de cada docente deberá ser sentida por todos los niños, y además, permitirá
intervenir de inmediato ante el comienzo de una acción agresiva de un compañero
hacia otro.
Podríamos decir entonces que para evitar la violencia dentro de la escuela se
debe trabajar conjuntamente y crear entre todos, adultos y niños, un ambiente sano,
en el cual prevalezca el respeto, la libertad, la posibilidad de expresarse sin miedos y
el afecto.
Prevención del Delito
Antecedentes El termino prevención del delito se utilizó por primera vez a
nivel mundial en el seno de la Organización de las Naciones Unidas. Este término en
sentido amplio abarcaba tanto las medidas punitivas. Más recientemente, a nivel
internacional, en concepto de prevención del delito adquirió un significado más
limitado, referido solamente a las medidas no punitivas.
Definición
La palabra prevención significa: medidas y acciones dispuestas con
anticipación con el fin de evitar o impedir que se presente un fenómeno peligroso
para reducir sus efectos sobre la población. Esto aunado a la definición jurídica de la
palabra delito que se precisa como: una conducta, acción u omisión típica (tipificada
por la ley), antijurídica (contraria a Derecho), culpable y punible. Supone una
conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y
penada por la ley. Por consiguiente, “Prevención del delito” no es más que tomar
medidas y realizar acciones para evitar una conducta o un comportamiento que
puedan dañar o convertir a la población en sujetos o víctimas de un ilícito.
Todas las Escuelas Criminológicas se refieren a la prevención del delito. Que
no basta con reprimir el crimen, es necesario anticiparse al mismo, prevenirlo. Un
sector identifica la prevención sólo con el efecto disuasorio de la pena. Prevenir
equivale a disuadir con la amenaza del castigo. Otros entienden que prevención es el
efecto disuasorio perseguido a través de instrumentos no penales, que alteran el
escenario criminal, como la arquitectura y urbanismo, la actitud de la víctima, el
rendimiento del sistema legal. Para los penitenciaristas la prevención del delito no es
un objetivo autónomo de la sociedad o los poderes públicos, sino el efecto perseguido
por los programas de reinserción del penado. En sentido estricto, prevenir el delito es
algo más que dificultar su comisión, disuadir al potencial infractor con la amenaza de
un castigo; reclama una intervención dinámica y positiva que neutralice sus causas
Función de la Prevención del Delito
La prevención del delito consiste en eliminar los problemas que puedan llevar
a un joven a delinquir. En la medida en que se vayan abriendo mejores y más eficaces
oportunidades para la educación, la capacitación y el empleo, y se extiendan entre la
población los valores de respeto a la legalidad y el derecho, habrá de ser menos
frecuente la tentación de buscar beneficios económicos fuera de la ley, o de procurar
la justicia por propia mano.
Tipos de Prevención del Delito
Es importante hacer referencia que la prevención del delito no es una función
del derecho penal, sino una práctica del derecho penitenciario a través de la cual se
desarrolla una política mediante estrategias específicas que pueden observarse desde
los contextos sociales, culturales o económicos y que se planean, estimulando el
interés de la comunidad así como la movilización y participación de la sociedad y de
sus instituciones expresas para ello, hay tres tipos de prevenciones estratégicamente
planeados, en modelos de afectación social las cuales son:
La prevención primaria
Que se identifica con las condiciones del ambiente físico y social que
proporciona oportunidades para el delito o precipitan los actos criminales, está
constituida en estrategias políticas públicas, sociales y económicas de otras aéreas e
intentan influir en situaciones criminógenas y en la raíz del mismo delito, un ejemplo
de esto son la educación, el empleo, el hogar, el descanso y la recreación.
La prevención secundaria
El punto focal de la prevención secundaria se encuentra en la política de
justicia penal y su organización y práctica en adición a la prevención general y
especial esta se encuentra a la identificación temprana de las condiciones
criminógenas y de las influencias, en estas condiciones el papel preventivo de esta
política controla, los medios de comunicación, la planeación urbana, el diseño y la
construcción de edificios, así como los medios preventivos; como los seguros
privados
La prevención terciaría.
Se ocupa de la prevención de la reincidencia, por la policía y otros agentes del
sistema de justicia penal evitando la condición de actos delictivos, e imponiendo
medidas de sanciones informales como son las multas, los arrestos y como órgano
auxiliar de la justicia debido a las limitaciones de estas sanciones, la prevención
terciaría se reduce frecuentemente a medidas represivas.
Las declaraciones y directrices relativas a la prevención del delito son bellos
Principios pero, sin lugar a duda, lo que se necesita es llevarlos a la práctica. Cada
Gran directriz o recomendación debe ir acompañada de las ideas para la acción, es
decir, factores claves. Algunos de ellos son:
1. La adopción de la prevención del delito como política pública
.2. Un compromiso político al más alto nivel
.3. Una oficina o centro de responsabilidad en la materia, también al más alto nivel
.4. Una demanda pública de acción que implique un compromiso ciudadano no sólo
de supervisión sobre las actividades de seguridad y justicia, sino también de
participación en la prevención del delito.
Modelos de Prevención:
Modelo clásico
El Derecho Penal es la respuesta primaria y natural al delito. Su eficacia
depende de la capacidad disuasoria del castigo. El incremento de la delincuencia se
explica por la debilidad de la amenaza penal. No convence porque la capacidad
preventiva de un terminado medio no depende de su naturaleza (penal o no penal),
sino de los efectos que tenga. Toda intervención penal acarrea elevados costes
sociales. Más intervención Penal, no significa necesariamente menos crimen. Según
BECCARIA, el efecto disuasorio real de la pena, no es la gravedad de la misma, sino
la prontitud con que se imponga.
Modelo neoclásico
El efecto disuasorio está asociado a la efectividad del sistema legal. Se
atribuye la criminalidad al fracaso o fragilidad del sistema legal y a sus bajos
rendimientos. No convence pues el sistema legal no actúa sobre las causas del crimen.
Su capacidad de prevención tiene unos límites insalvables. A medio y largo plazo no
resuelve por sí mismo el problema criminal. No es el fracaso del sistema legal lo que
produce el incremento de delincuencia, sino al revés, es el incremento de esta, lo que
produce la fragilidad y fracaso del sistema legal. Partiendo de experiencias empíricas,
se desmiente la supuesta eficacia preventivo-espacial de la pena, pues incapaz de
evitar la reincidencia; pues los índices de reincidencia aumentan cuanto más veces ha
ingresado en prisión el sujeto y más rigurosas y estrictas y duraderas son las penas
recibidas; y se verifica parcialmente su eficacia preventivo-general pues el riesgo que
se descubra el delito y se detenga al infractor es un elemento esencial para la
prevención del crimen.
Prevención Situacional.
No se interesa por la causas del delito (prevención primaria), sino por sus
manifestaciones o formas de aparición, creando programas que neutralicen las
oportunidades, pero dejando intactas las causas del problema. Centra sus
investigaciones y programas en la delincuencia utilitarista de las bajas clases sociales
urbanas, que alarma mucho al ciudadano. Se presentan como una alternativa a los
modelos clásicos. Y, el concepto de oportunidad posee mucha importancia porque
permite explicar porque el delito se concentra en determinados espacios y momentos.
Han sido objeto de muchas críticas, algunas por sobredimensionar el factor
oportunidad. Otras las comparten con las teorías neoclásicas de concepción
economicistas, que creen que el infractor se guía por el binomio coste/beneficio. Y las
últimas por su escasa eficacia y formulándolas grandes reparos éticos. Análisis de los
principales programas de prevención del Delito. Existe un giro en la Criminología y
el Política Criminal hacia el prevencionismo. En su consolidación ha contribuido el
fracaso de los modelos represivos clásicos, basados en una política criminal
disuasoria como única respuesta al delito, y el progreso científico y la útil
información de varias disciplinas aportan sobre la realidad criminal.
Prevención sobre Determinadas “Áreas Geográficas”.
Operan sobre el factor espacial y poseen inspiración ecológica. Presuponen la
existencia en toda ciudad industrializada de un determinado espacio, geográfica y
socialmente delimitado, donde se concentra la más elevada tasa de criminalidad.
Sugieren una actitud social y de compromiso e intervención por parte de los poderes
públicos en estas áreas deprimidas por medio de programas de reordenación y
equipamiento urbano, mejoras de infraestructuras, dotación de servicios,… para
aliviar los problemas de las grandes ciudades. No convencen porque puede que el
todo este esfuerzo preventivo, pierda su contenido social, adoptando matices sociales
y represivos. Tampoco, porque siempre se controla y vigila siempre a los mismos
(grupos de barrios conflictivos y peligrosos) acentuándose el impacto selectivo y
discriminatorio del control social.
Prevención del Delito a Través del Diseño Arquitectónico y Urbanístico
Dificultan la comisión del delito al poner barreras reales o simbólicas que
aumentan el riesgo del infractor. Fomentando actitudes positivas en el vecindario de
responsabilidad y solidaridad, imprescindibles para mejorar el control social informal.
Prevención de orientación comunitaria. Transforman el modelo penal
represivo clásico en un modelo de integración social, orientado hacia una política
criminal participativa. Ya no se comprende la prevención del crimen en un sentido
policial, desligado de la comunidad.
La prevención ha de ser comunitaria
Transforman el modelo penal represivo clásico en un modelo de integración
social, orientado hacia una política criminal participativa. Ya no se comprende la
prevención del crimen en un sentido policial, desligado de la comunidad. La
prevención ha de ser comunitaria.
Prevención Victimal
La Política Criminal Clásica trata de prevenir el delito por medio de la pena al
infractor o reinsertando al penado para que no vuelva a reincidir. La Política Criminal
Moderna cuenta además con la víctima y sugiere una intervención selectiva en los
grupos de víctimas potenciales (niños, mujeres, ancianos, marginados). Las tablas de
riesgo demuestran que hay colectivos especialmente propicios a convertirse en
víctimas de delitos y, situaciones en las que el ciudadano contribuye sin saberlo a su
propia victimización. Los programas de prevención victimal pretenden informar y
concienciar a las potenciales víctimas de los riesgos que asumen, para crear actitudes
maduras de responsabilidad y autocontrol. Siendo la estrategia más eficaz a través de
campañas.
Evitación de la Reincidencia
Se dirigen al penado, pretendiendo que no vuelva a delinquir. Son programas
de prevención terciaria. Bases de una moderna Política Criminal de prevención del
Delito.
• Objetivo último, controlar razonablemente no erradicar el delito.
• En un Estado Social y democrático de Derecho, la prevención crea el problema de
los medios empleados y los costes sociales.
El control exitoso no justifica el empleo de ciertos programas y un elevado coste
social. El fin no justifica los medios.
• Prevenir es intervenir en la etiología (causas) del problema.
• Prevención ha de ser prevención social y comunitaria pues el crimen es un problema
social y comunitario.
• La prevención ha de ser positiva, solucionando problemas, conflictos, carencias, no
negativa (policial), pues carece de operatividad.
• La prevención requiere una estrategia coordinada y pluridireccional.
• Se evita delito evitando reincidencia. La política social es un excelente y eficaz
instrumento
La Participación Ciudadana en Prevención del Delito: La Comunidad
como Agente Fundamental en la Gestión de la Seguridad
En Venezuela, algunas experiencias en prevención del delito se han estado
enfocando en la participación comunitaria y en tal sentido, ésta ha sido considerada
como eje de las acciones emprendidas por el Estado para mejorar la seguridad. El
interés no es para nada casual, pues se encuentra enmarcado en un contexto socio-
político en el cual el gobierno venezolano ha impulsado fuertemente la participación
comunitaria en todos los niveles de las políticas públicas (en asuntos económicos,
sociales, administrativos y políticos).
La participación ciudadana adquiere rango constitucional a partir de 1.999 a través
del artículo 62, que señala:
�Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los
asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o
elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la
gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su
completo desarrollo, tanto individual como colectivo �� (Subrayado nuestro).
En lo relativo específicamente a la seguridad encontramos en la Ley de
Coordinación de Seguridad Ciudadana (artículo 28) lo siguiente:
Los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, de manera
organizada, podrán participar activamente en la elaboración de los planes de
seguridad ciudadana, planteando sugerencias, observaciones y comentarios sobre
dichos planes. Así mismo, podrán denunciar ante cualquiera de los Coordinadores de
Seguridad Ciudadana, las deficiencias y actividades irregulares percibidas en la
ejecución de los planes de seguridad ciudadana por cualesquiera de los funcionarios
de los cuerpos mencionados en el presente Decreto Ley.
Son diversos los elementos que introducen estos artículos. En primer lugar, se
reconoce que todos los ciudadanos tienen el derecho de participar en los asuntos
públicos, y además, se reconoce en todos los niveles del proceso de la gestión
pública, esto es, desde la formación hasta la evaluación y control de la misma.
En la gestión de los asuntos relacionados con la seguridad, y específicamente
en la prevención de la violencia y el delito en América Latina, son múltiples las
experiencias de participación ciudadana auspiciadas por entes públicos nacionales,
estadales y municipales, y también por organizaciones no gubernamentales, que van
desde la conformación de grupos o comités de seguridad vecinales hasta la
capacitación para la prevención de la victimización. Como ejemplo de los primeros
podemos nombrar a los Consejos Barriales de Prevención en Buenos Aires, Frentes
Locales de Seguridad en Bogotá, Comités Ciudadanos en la Ciudad de
México, Consejos Comunitarios de Seguridad de Sao Paulo, Comités de Barrios de
San José, propuesta de creación de Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana en
Santiago de Chile, y en Venezuela (en el estado Zulia) en el año 1995 los Comités
Vecinales de Seguridad. Se trata de experiencias donde la organización y
participación de la comunidad se ha constituido en un recurso central para la
implementación de programas de seguridad ciudadana. Con ello, se ha querido
promover la conformación de redes de relaciones y organizaciones desde la propia
comunidad, construyendo vínculos entre los vecinos y los cuerpos policiales e
instituciones estatales para atender y prevenir los problemas relacionados con la
criminalidad (Arriagada, 1999).
Estas iniciativas también obedecen a una urgencia por atender las altas
demandas de seguridad producidas durante las últimas décadas frente al fracaso de las
políticas públicas en esta materia, y hacerlo de manera innovadora, implicando a
diversos actores de la sociedad: gobiernos, policías, instituciones públicas y privadas,
comunidades, etc. Se trata de iniciativas que entienden al ciudadano como agente de
cambio y asumen la existencia de una corresponsabilidad en el área de la seguridad
ciudadana, área que tradicionalmente había sido función casi exclusiva del Estado.
Aproximarse conceptualmente a la prevención comunitaria del delito y la
violencia no es una tarea fácil, ya que en la práctica nunca se dan de manera pura las
tipologías que se señalan en la literatura especializada y ni siquiera existe un
consenso sobre lo que debe entenderse por prevención del delito. Sin embargo, en lo
que parece haber consenso, es que la participación constituye un espacio de encuentro
y una oportunidad como bien señala Scotto de romper la situación de desencuentro en
la que normalmente se desenvuelven los sujetos, y que según el autor, �va a permitir
encontrar las oportunidades para los aportes, confrontaciones, establecimiento de las
diferencias y también establecimiento de los consensos (2003:84). Entonces la�
participación de las personas en los asuntos públicos, y específicamente en los
asuntos relacionados con la prevención del delito, se presenta como una oportunidad
para:
1. Mejorar la relación entre el Estado y la sociedad, y generar nuevos espacios y
mecanismos de articulación entre éstos (Echenique, Torres y Zorrilla 2003).
2. Potenciar la capacidad de los sujetos sociales para lograr el reconocimiento y la
ampliación de sus derechos políticos, económicos y sociales (Cunill, 1999), logrando
la consolidación de la democracia material.
3. Avanzar en el �empoderamiento del ciudadano para la reducción de las asimetrías�
en los procesos de control social formal e informal (Gabaldón, 2007).
4. Desplegar la energía social a través de la organización social y � contradecir el
paradigma burocrático weberiano (Aniyar, 2003:90), fortaleciendo los lazos sociales.�
La Dirección de Prevención del Delito:
Qué es la Dirección de Prevención del Delito
Es un organismo adscrito al Viceministerio de Prevención y Seguridad
Ciudadana del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia,
cuyas funciones versan sobre el diseño y ejecución de políticas, planes y programas
orientados a la prevención de la violencia y la criminalidad, a través del ejercicio de
la corresponsabilidad entre instituciones y comunidades para el fortalecimiento de la
convivencia ciudadana.
Misión de la Dirección de Prevención del Delito:
Establecer, promover y la coordinar políticas, programas y proyectos que
atiendan a la prevención de la violencia criminal y no criminal del país con la
integración y participación de la institucionalidad y la comunidad.
Visión de la Dirección de Prevención del Delito:
Lograr la consolidación de una estructura social donde prevalezca la cultura
preventiva, la participación protagónica, los valores de tolerancia, la convivencia, la
corresponsabilidad como principios fundamentales para el buen vivir y la
consolidación del proyecto de país que soñamos los venezolanos.
Objetivos de la Dirección de Prevención del Delito:
Formular políticas públicas de gestión en materia de prevención integral,
promoviendo la participación de las comunidades en programas de prevención y
convivencia ciudadana.
Fortalecer la formación de la ciudadanía en programas de prevención de la
violencia y la promoción de la convivencia ciudadana, en los niveles regionales y
locales.
Diseñar programas de prevención de la violencia dirigidos a grupos sociales
en situación de riesgo con especial atención de jóvenes y núcleos familiares.
Promover espacios para la mediación, la conciliación y aplicación de
métodos alternos de transformación de conflictos en comunidades y centros
educativos.
Planes y programas diseñados, ejecutados y donde participa la dirección
general de prevención del delito:
Plan Integral de Prevención.
Programa de Formación y Capacitación (Charlas, talleres y cursos).
Plan de Prevención Comunal.
Plan Ciudad Segura.
Plan de acción para Prevenir, Reprimir y Sancionar el Delito de Trata de
Personas y Asistir Integralmente a las víctimas.
Dispositivo Bicentenario de Seguridad.
Dispositivo de Acción Social y Preventiva.
Otras actividades que ejecutan la dirección de prevención del delito:
Jornadas de Prevención Integral: donde se ofrecen a las comunidades y
centros educativos operativos de cedulación, vacunación, asesoría legal y psicológica,
atención de casos sociales.
Mesas de Seguridad Ciudadana.
Charlas y Talleres.
Creación de Comités de Seguridad y Prevención Integral.
Talleres y Charlas de la Dirección de Prevención del Delito:
Autoestima y Comunicación.
Desarrollo personal.
Habilidades para la vida.
Liderazgo.
Ética y Valores.
Adolescencia y Sexualidad.
Prevención de la Violencia.
Prevención del delito y la criminalidad.
Prevención del uso de drogas.
Prevención de la Violencia Escolar.
Prevención de la Violencia Intrafamiliar.
Prevención de la Violencia Contra la Mujer.
Prevención del Maltrato Infantil.
Prevención de la Pornografía Infantil.
Uso adecuado de las tecnologías de Información y Comunicación
Desarrollo Comunal.
Planificación y proyectos comunitarios.
Seguridad y Autoprotección Comunal.
Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes.
Formación de Comités de Prevención Integral.
Resolución de Conflictos.
Periodismo Comunal.
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