7/28/2019 Convenio De Colaboracin Interinstitucional Entre el GCPS e INAPA
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Presidencia de la Repblica DominicanaSanto Domingo, Repblica Dominicana
CONVENIO DE COLABORACIN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GABINETE DE COORDINACIN DE LAPOLTICA SOCIAL (GCPS) Y EL INSTITUTO NACIONAL DE AGUAS POTABLES Y ALCANTARILLADOS (INAPA)
ENTRE: De una parte, EL GABINETE DE COORDINACIN DE LA POLTICA SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DELA REPBLICA (GCPS), a travs del SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS (SIUBEN) entidad del GABINETE DECOORDINACIN DE LA POLTICA SOCIAL, que es el organismo creado mediante Decreto del PoderEjecutivo No. 536-05, de fecha 26 de septiembre del ao 2005, con su domicilio social y oficinaprincipal en el edificio San Rafael, ubicado en la Avenida Ave. John F. Kennedy #38, Ensanche La Fe,
en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Repblica Dominicana,debidamente representado por la Vicepresidenta Constitucional de la Repblica y Coordinadora delGabinete de Coordinacin de la Poltica Social, DRA. MARGARITA CEDEO DE FERNNDEZ,dominicana, mayor de edad, casada, provista de la Cdula de Identidad y Electoral No.001-0096723-1, domiciliada y residente en sta ciudad; quien en lo adelante y para los fines y consecuencias deeste Convenio se denominarEL GABINETE SOCIALo por su nombre completo.
Y de la otra parte, El INSTITUTO NACIONAL DE AGUAS POTABLES Y ALCANTARILLADOS (INAPA), entidadautnoma del Estado Dominicano, organizada, establecida y existente de conformidad con la Ley
No. 5994, del 30 de julio de 1962 y sus Modificaciones, y el Reglamento de aplicacin No. 8955-bis, del12 de Diciembre del 1962, debidamente representada por su Director Ejecutivo, ING. ALBERTOALCIBIADES HOLGUIN CRUZ, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la Cdula de Identidad
y Electoral No.001-0528406-1, con su oficina principal en la calle Guarocuya, casi esquina venidaNez de Cceres, Urbanizacin El Milln, Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la RepblicaDominicana; quien en lo que sigue del presente Convenio se denominar INAPA.
PREMBULO
POR CUANTO: Que el GABINETE DE COORDINACIN DE LA POLTICA SOCIAL, es la Institucinresponsable de la implementacin de la estrategia de reduccin salida de la pobreza, dando apoyoal mejoramiento del ingreso y a la inversin en capital humano de las familias en pobreza extrema,con capacidad para promover y desarrollar diferentes programas sociales.
POR CUANTO: Que el GABINETE DE COORDINACIN DE LA POLTICA SOCIAL, tiene como propsito
bsico el diseo y la ejecucin de la poltica social del Gobierno a travs del conjunto de entidadesoperativas, sustentada en una visin integral, global, sectorial e institucional sistematizada, paraefectuar una gestin coherente, articulada y eficaz, apoyada en la institucionalidad formal del sectorpblico e incidiendo en hacer ms eficiente el funcionamiento de la misma.
POR CUANTO: Que el principal objetivo de la poltica social del gobierno, es promover la reduccinde la pobreza, acorde a la categorizacin que posee el Sistema nico de Beneficiarios SIUBEN, atravs del ndice de Calidad de Vida (ICV).
POR CUANTO: Que se crea el SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS (SIUBEN) como una entidad pblicadel GABINETE DE COORDINACIN DE LA POLTICA SOCIAL, creada mediante Decreto No.1073-04 deFecha 31 de agosto del ao 2004, adscrita al Poder Ejecutivo, cuya funcin es identificar, caracterizar,registrar y priorizar las familias en condicin de pobreza, que habitan en zonas geogrficasidentificadas en el Mapa de la Pobreza y en zonas fuera del mismo, que resulten de inters para losfines de las polticas pblicas.
POR CUANTO: Que EL SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS (SIUBEN) es la entidad responsable deconformar, administrar y actualizar el Registro nico de Beneficiarios de los programas sociales, conbase al Padrn de Hogares Elegibles.
POR CUANTO: Que EL SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS (SIUBEN) tendr vinculacin institucional yfuncional con EL GABINETE DE COORDINACIN DE LA POLTICA SOCIAL y mantendr relacionesinstitucionales con las entidades, que conforman la Red de Proteccin Social y del sector social, quedemanden informacin de su base de datos, para atender las necesidades de las familias ensituacin de pobreza.
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POR CUANTO: Que como parte esencial de la nueva estrategia de lucha contra la pobreza, sedispuso que la poltica social que se desarrolla, debe estar sustentada en mecanismos que asegurenla equidad y la transparencia de los programas sociales, destinados a asistir a los grupos msvulnerables.
POR CUANTO: Que EL INSTITUTO NACIONAL DE AGUAS POTABLES Y ALCANTARILLADOS (INAPA), es elorganismo responsable de dirigir y vigilar la provisin del servicio de agua potable, recoleccin,
transporte y disposicin final de aguas servidas y tratamiento de aguas residuales, determinando laprioridad de la construccin, ampliacin, explotacin y administracin de los sistemas de agua
potable y alcantarillado sanitario y pluvial, promoviendo la reforestacin de las cuencas hidrogrficasy que el Decreto No. 1554-05 establece que Los programas que protegen los ms pobres debernestar focalizados geogrfica o individualmente en base a la informacin del Mapa de Pobreza o deEL SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS (SIUBEN).
POR CUANTO: Que EL SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS (SIUBEN), para cumplir con la misin otorgadapor el Decreto No.1073-04, a partir de la identificacin geogrfica de los hogares en situacin depobreza, realiz un levantamiento de stos a nivel nacional y con la informacin socio-econmicarecabada se conform la base de datos del Padrn de Hogares Elegibles, que se utiliza para
seleccionar a los potenciales beneficiarios de los programas de la Red de Proteccin Social.
POR CUANTO: Que EL INSTITUTO NACIONAL DE AGUAS POTABLES Y ALCANTARILLADOS (INAPA) paracumplir con las funciones encomendadas, debe utilizar la base de datos del SISTEMA NICO DEBENEFICIARIOS (SIUBEN) de los hogares pobres que carecen de suministro de agua en las siete (7)provincias a ser beneficiarias del presente acuerdo, para priorizar la realizacin de obras y/oactividades en funcin de proteger la poblacin con mayores niveles de pobreza.
VISTO: El Decreto No.1082-04 de fecha 3 de Septiembre del 2004, se instituye cuatro (4) GabinetesSectoriales de Coordinacin Polticas.
VISTO: El Decreto No. 1073-04 que declara de alto nivel nacional el establecimiento del Sistema nico
de Beneficiarios (SIUBEN), encargado de identificar a las familias que sern elegidas para recibir losbeneficios de los programas sociales y subsidios que se efecten con recursos pblicos.
VISTO: ElDecreto No. 426-07 que crea el Sistema nico de Beneficiarios (SIUBEN) como una entidaddel Gabinete de Coordinacin de Poltica Social, adscrita al Poder Ejecutivo.
VISTA: La Ley de creacin del Instituto Nacional de Aguas y Alcantarillado (INAPA) No. 5994 del 30 dejulio de 1962 y sus Modificaciones y el Reglamento de aplicacin No. 8955-bis, del 12 de Diciembre del1962.
Por tanto y en el entendido de que el prembulo precedente forma parte integral del presenteConvenio, las Partes en forma libre y voluntariamente,
HAN CONVENIDO Y ACEPTADO LO SIGUIENTE:
ARTCULO PRIMERO: objeto. El objeto de ste Convenio es que EL SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS(SIUBEN), proporcione al INSTITUTO NACIONAL DE AGUAS POTABLES Y ALCANTARILLADOS (INAPA), lasinformaciones requeridas para identificar los ncleos poblacionales que carecen de acceso a aguapotable, en las 7 provincias que abarca este convenio, para focalizar el proyecto de construccin deabastecimiento hacia aquellos hogares carenciados de este servicio y que resultarn beneficiadoscon la ejecucin de este proyecto, contenidas en su base de datos, con la finalidad de priorizar laconstruccin de obras o realizacin de actividades, en ayuda de la poblacin dominicana msnecesitada; y a su vez el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, proporcionar alSistema nico de Beneficiarios las informaciones sobre las Redes de Abastecimiento, con la finalidad
de usar dicha informacin en futuros levantamientos y posteriores anlisis.ARTCULO SEGUNDO: Las siete (07) provincias que han sido consideradas como prioritarias y sern lasbeneficiarias, mediante el presente Convenio son:
1. Independencia2. Barahona3. San Pedro de Macors4. San Cristbal5. Bahoruco6. San Juan7. Elias Pia
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ARTCULO TERCERO:Uso de la Informacin. A la firma del Convenio AMBAS PARTES se comprometen, adar uso exclusivo de las informaciones proporcionadas por EL SISTEMA NICO DE BENEFICIARIOS(SIUBEN), en el objeto descrito en el presente Convenio y a la no divulgacin de las mismas.
ARTCULO CUARTO:Supervisin. Ambas Partes supervisarn, analizarn y auditarn el desarrollo delpresente Convenio, a fin de garantizar el xito del mismo, mediante la comprobacin de que real yefectivamente, se estn cumpliendo los propsitos perseguidos.
ARTCULO QUINTO: Responsabilidad Civil.Queda convenido entre las Partes que cualquier obligacino responsabilidad que se genere, ser decidida mediante Carta de Solicitud dirigida por la Parteinteresada, conteniendo las motivaciones que justifican la solicitud. La otra Parte gozar de lafacultad discrecional de aceptar o no el pedimento correspondiente, mediante una Carta deAprobacin o de Reprobacin. Cualquier asunto relacionado con el objetivo del presente Convenioser resuelto de comn acuerdo porLAS INSTITUCIONES y debern hacerlo constar por escrito.
ARTCULO SEXTO: Derechos y Obligaciones. Las Partes gozarn de los derechos y cumplirn con lasobligaciones establecidas en este Convenio y en las Leyes Nacionales vigentes.
PRRAFO: La suscripcin del presente Convenio, no representar un obstculo para que las Partes
signatarias puedan concretar acuerdos similares con otras instituciones interesadas en fines anlogos.
ARTCULO SPTIMO: Vigencia del Convenio. La vigencia de ste Convenio ser por cuatro (04) aos, apartir de la fecha de su firma.
PRRAFO: Las actividades o programas que estn realizndose a la fecha, debern continuarse hastasu terminacin.
ARTCULO OCTAVO: Para la consecucin de los objetivos de este convenio, EL SISTEMA NICO DEBENEFICIARIOS (SIUBEN) YEL INSTITUTO NACIONAL DE AGUAS POTABLES Y ALCANTARILLADOS (INAPA),designarn un (1) representante, quince (15) das despus de la fecha de la firma de este Convenio,
los cuales podrn ser removidos libremente por cada una de las Partes, informndole dicha decisin
por escrito a la otra Parte a la brevedad posible.
ARTCULO NOVENO: Derecho Comn. Para lo no previsto en este Acto las Partes, se regirn por lasnormas del derecho comn.
ARTCULO DECIMOO:Aceptacin. Las Partes aceptan el contenido ntegro del presente Convenio, ylos representantes de ambas instancias lo ratifican, aceptan y firman.
ARTICULO UNDECIMO: Los anexos forman parte integral de este Convenio.
HECHO Y FIRMADO DE BUENA FE, en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto, uno para cada unade las Partes. Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmn, Distrito Nacional, capital de la
Repblica Dominicana, a los once (11) das de abril del ao dos mil trece (2013).
POR EL GABINETE DE COORDINACAION DE LA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE AGUASPOLITICA SOCIAL DE LA PRESIDENCIA: POTABLES Y ALCANTARILLADOS:
DRA. MARGARITA CEDEO DE FERNNDEZ ING. ALBERTO A. HOLGUN CRUZVicepresidenta Constitucional de la Repblica y Director EjecutivoCoordinadora del Gabinete de Polticas Sociales
Yo, Dra. Cecilia Jimnez Prez, Abogado(a) Notario(a) Pblico de los del Nmero para el DistritoNacional, miembro(a) activo del Colegio Dominicano de Notarios, inscrito(a) bajo la colegiatura No.6422 CERTIFICO Y DOY FE, que por ante m comparecieron personalmente la DRA. MARGARITACEDEO DE FERNNDEZ y el ING. ALBERTO A. HOLGUN CRUZ de generales que constan, quienes medeclararon bajo la fe del juramento que las firmas que anteceden fueron puestas por ellos libre yvoluntariamente y que esas son las mismas que acostumbran usar en todos sus actos tanto pblicoscomo privados. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la RepblicaDominicana, a los once (11) das del mes de abril del ao dos mil trece (2013).
Abogado Notario
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ANEXOS AL CONTRATO INAPA
INAPA tiene como propsito ejecutar un proyecto para llevar agua potable a 7 provincias que han sido
consideradas como prioritarias, para tratar de mejorar las condiciones de vida de los hogares identificados en el
Estudio de Hogares 2012 del SIUBEN. Las provincias beneficiaras del presente acuerdo son:
8. Independencia9. Barahona10.San Pedro de Macors11.San Cristbal12.Bahoruco13.San Juan14.Elias Pia
Hogares carenciados de agua en cada provincia a ser intervenida:
Provincia Independencia
Proveniencia del AguaPobrezaExtrema
PobrezaPobreza
ModeradaPobrezaHolgada
Total
Del acueducto, llave pblica 352 289 194 21 856
Manantial, rio o arroyo 219 131 53 1 404
Lluvia, tanque, aljibe, pozo 80 141 68 1 290
Camin 11 13 14 0 38
Otro 34 67 28 4 133
TOTAL 696 641 357 27 1,721
Provincia de Barahona
Proveniencia del AguaPobrezaExtrema
PobrezaPobreza
ModeradaPobrezaHolgada
Total
Del acueducto, llave pblica 578 1,069 719 110 2,476
Manantial, rio o arroyo 306 90 18 2 416
Lluvia, tanque, aljibe, pozo 1,129 231 29 0 1,389Camin 668 920 808 98 2,494
Otro 186 152 67 3 408
TOTAL 2,867 2,462 1,641 213 7,183
San Pedro de Macors
Proveniencia del AguaPobrezaExtrema
PobrezaPobreza
ModeradaPobrezaHolgada
Total
Del acueducto, llave pblica 1,175 2,975 1,778 282 6,210
Manantial, rio o arroyo 84 91 41 3 219
Lluvia, tanque, aljibe, pozo 1,016 3,611 4,609 1,846 11,082
Camin 363 1,415 1,625 271 3,674
Otro 196 544 422 87 1,249
TOTAL 2,834 8,636 8,475 2,489 22,434
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San Cristbal
Proveniencia del Agua PobrezaExtrema
Pobreza PobrezaModerada
PobrezaHolgada
Total
Del acueducto, llave publica 1,145 5,467 5,896 958 13,466
Manantial, rio o arroyo 1,102 1,681 362 11 3,156
Lluvia, tanque, aljibe, pozo 662 1,959 1,380 238 4,239
Camin 555 3,708 6,095 1,369 11,727
Otro 118 380 290 28 816
TOTAL 3,582 13,195 14,023 2,604 33,404
Bahoruco
Proveniencia del Agua PobrezaExtrema
Pobreza PobrezaModerada
PobrezaHolgada
Total
Del acueducto, llave publica 761 1,062 663 60 2,546
Manantial, rio o arroyo 1,055 448 82 4 1,589
Lluvia, tanque, aljibe, pozo 72 33 29 13 147
Camin 4 28 27 12 71
Otro 98 83 29 1 211
TOTAL 1,990 1,654 830 90 4,564
San Juan
Proveniencia del Agua PobrezaExtrema
Pobreza PobrezaModerada
PobrezaHolgada
Total
Del acueducto, llave publica 1,341 2,319 1,160 68 4,888
Manantial, rio o arroyo 1,499 1,508 301 13 3,321
Lluvia, tanque, aljibe, pozo 411 768 281 6 1,466
Camin 29 42 53 2 126
Otro 237 219 115 6 577
TOTAL 3,517 4,856 1,910 95 10,378
Elas Pia
Proveniencia del Agua PobrezaExtrema
Pobreza PobrezaModerada
PobrezaHolgada
Total
Del acueducto, llave publica 746 513 172 3 1,434
Manantial, rio o arroyo 828 544 93 0 1,465
Lluvia, tanque, aljibe, pozo 198 286 75 2 561
Camin 7 52 57 0 116
Otro 207 99 9 1 316
TOTAL 1,986 1,494 406 6 3,892
GRAN TOTAL 17,472 32,938 27,642 5,524 83,576
Resumen General
El total de hogares que hoy presentan dificultades de suministro y que sern beneficiarios del suministro de agua
potable ser de 83,576. De este total de hogares, los hogares que viven en pobreza y pobreza extrema, que son
los niveles que califican para ser elegibles a los programas focalizados de combate a la pobreza, representan un
60% del total de hogares que padecen problemas en el suministro de agua de estas provincias.
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