Aspectos Legales del Comercio Internacional
Lic. Otto F. Rivera Valle
+506 83255430
Definición de Contrato
• Es la manifestación o acuerdo de dos o más voluntades que buscan la consecución de un mismo logro y que califica como acto bilateral o plurilateral… (Rodríguez Azuero)
Contrato definición
• Acuerdo de voluntades• Privado• Oral o escrito• Sobre materia o cosa determinada• Pueden ser exigidas a su cumplimiento
Acuerdo quegenera derechos y obligaciones
El contrato
• Acuerdo entre dos o más partes para producir efectos jurídicos de carácter patrimonial (Víctor Pérez Vargas)
PARTES DEL CONTRATO
• Personas Físicas o Jurídicas
• Ubicados en dos polos o extremos– Una o más personas
UNILATERALES / BILATERALES
• Bilaterales– Concurren dos o más personas (voluntades)– Obligaciones para ambas
• Dar / Hacer / Dejar de Hacer
– Ej: Compraventa internacional
• Unilateral– Sólo si nace una obligación para una de las partes– Ej: Depósito civil.
GRATUITOS / ONEROSOS
• Gratuito– Utilidad para una de las partes y la otra
soporta esa consecuencia.
• Oneroso– Utilidad para ambas partes.– Cada parte se obliga en beneficio de su
contraparte
CONMUTATIVOS / ALEATORIOS
• Conmutativos– Las partes desde el inicio aprecian las
ventajas y cargas que adquieren o soportan
• Aleatorios– No existe un equilibrio esperado ni
predeterminado– Posición de una parte o ambas depende del
alea o suerte
PRINCIPALES / ACCESORIOS
• Se relaciona con las obligaciones derivadas del contrato
• Cada contrato es independiente y perfecto en si mismo
• Es principal o accesorio dependiendo si uno nace a la vida jurídica con ocasión del otro.
CONTRATOS DE COLABORACIÓN
• Desarrollo en el tiempo– Tracto sucesivo o contratos sucesivos
• Concurso positivo y creador de las partes intervinientes– No es repetición sino actuación de partes
CONSENSUALES / REALES
• Consensuales– Perfeccionado por acuerdo de partes
• Reales– Perfeccionado por entrega de la cosa
SOLEMNES O FORMALES
• Solemnes– Cumplimiento y observancia de formalidades
establecidas por ley• Escritura pública
– Contratación internacional, los formalismos son obviados
TÍPICOS / ATÍPICOS
• Típicos (nominados):– Establecidos en una norma (regulados)– Ley lo reconoce y establece sus efectos y
modalidades.
• Atípicos:– Nacen a vida jurídica por libre iniciativa de
partes por autonomía privada (tipicos del derecho internacional)
RELATIVOS O INDIVIDUALES / COLECTIVOS
• Relativos o individuales:– Efectos derivados de la celebración del
contrato solo vinculados por intervención o representación.
• Colectivos– Vinculan a a otras personas no presentes, ni
representadas
ADHESION / LIBRE DISCUSION
• Adhesión– Excepción– Modelos preestablecidos con condiciones generales– Se aceptan in integrum o se descarta el contrato.
• Libre discusión– Permite a las partes la negociación– Análisis de Términos, cláusulas y consecuencias
Contrato Internacional“…es la manifestación o el acuerdo de dos o más
voluntades que buscan la consecución de un mismo logro y que califica como acto bilateral o plurilateral, consensual, oneroso, típico o atípico, formal o informal, de adhesión o libre discusión, principales o accesorios, de colaboración, o individuales; celebrado entre dos sujetos como mínimo (contratantes), que tengan sus establecimientos en Estados diferentes, y cuyas consecuencias afectan a ambos países o Estados”
(Convención de Viena art 1 a 3 y Principios sobre los contratos de comercio internacional, Principios de Unidroit)
INTERPRETACIÓN
• Contratos:– Efectos– Contenido– Alcance– Obligaciones
Contrato es Ley entre las partes
Reglas de la interpretación
• Intención de las partes– Autonomía de la voluntad
• Aspecto objetivo– Si no se determina la intención de partes
a.) INTENCION ANTES QUE LITERALIDAD
• Primero se analiza la intención de las partes antes que fijarse en la literalidad del contrato.
No puede atenerse al nombre que las partes le hayan dado a su contratación sino a los
elementos que surgen del mismo.
b) Conducta posterior y anterior al contrato
• Los contratos no pueden verse como hechos aislados y autónomos
• Se deben interpretar e integrarse dentro del comportamiento de las partes– Intención– Contenido – Efectos
c) BUENA FE
• Confianza recíproca
• Clausulado debe reflejar esa conducta
• Buena fe se presume, salvo prueba en contrario
d) INTERPRETACION SISTEMATICA
• El clausulado se interpreta en relación con otras cláusulas
• Integral,• Global
La voluntad se expresa por la totalidad del clausulado no por una parte.
e) INTERPRETACION POSITIVA• Ante duda
– Cláusula que determine una obligación o produzca un efecto.
Los contratos se celebran para
producir efectos
g) SENTIDO QUE MAS SE AJUSTE A LA NATURALEZA Y
OBJETO DEL CONTRATO
• Ante varios sentidos interpretativos
h) APLICACIÓN FAVORABLE DE CLAUSUA PARA QUIEN NO
LA IMPULSO• Las cláusulas impuestas se interpretan a favor
de contraparte
– Contratos de adhesión– Protección al consumidor
Interpretación contra Proferentem
PRINCIPIOS DE VALIDEZ Y FORMACION DE LOS
CONTRATOSExistencia o validez de contrato presupone:• elementos esenciales (presupuestos de validez):
–Capacidad–Consentimiento–Objeto–Causa
Internacionalmente estos se presuponen, se orientan a una aplicación restrictiva para anular o invalidar un contrato
1. Subjetivos• Potencialidad de sujeto de expresar:
– Intereses jurídicamente relevantes– Capacidad de actuar
• Sujeto de deberes y derechos• Adquirir derechos y obligaciones• Legitimación • Titularidad
Legitimación
• Posición del sujeto respecto:– Objeto y Sujeto de la relación jurídica
• El legitimado para actuar puede disponer del objeto del negocio
TITULARIDAD
• Posición como destinatario actual, no potencial de los efectos jurídicos
• El sujeto debe ser el titular del derecho de propiedad para poder transmitir el dominio.
Compatibilidad
• El sujeto por su posición no puede realizar ciertos actos.
• Ej. Funcionarios Públicos
2. OBJETIVOS
• Objeto del Negocio– Idoneidad para ser materia de un negocio– Operar como conector entre hecho y efecto– Debe ser o tener
• existencia conforme el ordenamiento– Ser cosa cierta y posible (determinable a futuro)– Existencia es requisito– Defecto implica nulidad absoluta del negocio– Si es a futuro implica condición suspensiva del
contrato.– Determinada o determinable– Licito (ley, buenas constumbres, moral)
Objeto
• Apreciable en dinerario (valor)
• CCI:No afecta la validez del contrato el mero hecho de
que al momento de su celebración fuese imposible el cumplimiento de la obligación…. Tampoco el mero hecho de que al momento de su celebración una de las partes no estuviese facultada para disponer de los bienes objeto del contrato…”
1. VOLUNTAD
• Determina a actuar con conocimiento del fin y motivos de la acción
• Consentimiento• Manifestación de la voluntad (externa)• Limitada
– Obtención de un fin o resultado practico– Tutelado por el ordenamiento jurídico
– Cci: la aplicación de la nulidad para casos de invalidez es muy restrictiva: Pacta Sunt Servanda y competencia profesional y apreciación del riesgos.
• Se puede anular un contrato por se de tal importancia que una persona razonable, en la misma situación no hubiese
• contratado, en cas de haber conocido la realidad de las cosas
2. MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD
• Ser libre y claramente manifestada
• Ser de palabra, escrita, o hechos
• Manifestación es la exteriorización:– Expresa, tácita o presunta (silencio)– Se perfecciona al conformarse (nace a la vida
jurídica y adquiere objetividad)
A) BUENEA FE
• Cci
• Partes deben ser concientes de la colaboración:– Leal– Total y – Constante
• Aspecto objetivo (no sicológico o emocional)
Buena Fe
1. Conocimiento de propios deberes2. Calificación superior a la ordinaria de comerciante
(experiencia contratactual)3. Conocimiento aspectos técnicos4. Claridad y profundidad sobre usos generalmente
aceptado en plazas y mercados)5. Obligación de reducir al máximo el riesgo y pérdidas6. Deber de información7. Deber de confidencialidad8. Deber de orientar el negocio a su realización
B. PRINCIPIO DE NON ADIMPLENTI CONTRACTUS
• Acción resolutoria y la excepción de Contrato No Cumplido
• Derecho que tiene una de las partes de no cumplir con su parte, ante el incumplimiento puro y simple de su contraparte
Derecho a no cumplir
• CARACTERISTICAS:– Entraña una voluntad contraria al contrato
• Intencional o actitud negligente o imprudente (culposa)• Alegante esté legitimado para ejercer resolución
– (Haber cumplido)
• CCI• Retraso de una de las partes en el cumplimiento
de sus obligaciones no puede tener como consecuencia el que otra se libere del convenio, salvo que usos o el derecho nacional lo autoricen
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