CERTIFICACIÓN EN BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS EN EL MANEJO Y ENVASADO DE MIEL.
Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
octubre de 2019
• Artículo 17.- La Secretaría determinará las medidas en materia de Buenas Prácticas Pecuarias, mediante la emisión de disposiciones, que habrán de aplicarse en la producción primaria en el procesamiento de bienes de origen animal.
• Artículo 18.- Se determinaran disposiciones en materia de reducción de riesgos de contaminación que comprenderán requisitos, especificaciones, criterios o procedimientos aplicables a las buenas prácticas pecuarias.
Capítulo II
De las medidas en Materia de Buenas Prácticas en
los bienes de origen animal
•Artículo 118.- La Secretaría u Organismos de Certificación aprobado asegurara que un producto, proceso o establecimiento cumple con lo señalado en las NOM´s.
•Artículo 119.- La certificación será en aquellas materias para lo que los OC fueron aprobados por la Secretaria.
Capítulo II
De la Certificación
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MARCO LEGAL
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Reglamento Interior del SENASICA : Artículo 18, fracciones, I, IV, V y IX
•La certificación del cumplimiento de buenas prácticas pecuarias, se hará por la Secretaría o por organismos de certificación, quienes podrán apoyarse de unidades de verificación y terceros especialistas autorizados, para la evaluación de la conformidad.
Artículo 7
•Los terceros especialistas autorizados, a petición de parte, previa notificación a la Secretaría, podrán realizar la verificación de la implementación y cumplimiento de las buenas prácticas pecuarias.
Artículo 11
•El dictamen de la verificación, emitido por un tercero especialista autorizado, deberá estar firmado por éste y por el propietario o representante legal de la unidad de producción primaria. El tercero especialista deberá remitir el informe de resultados a la Secretaría dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la fecha en que se realizó la verificación.
Artículo 12
Artículo 320
MARCO LEGAL
• Los terceros especialistas para verificar y expedir dictámenes
en materia de sanidad animal y de buenas prácticas
pecuarias deberán presentar su dictamen en los términos y
áreas establecidos en el artículo 312 de este Reglamento, así
como en las disposiciones de sanidad animal aplicables.
Conjunto de procedimientos actividades, condiciones y
controles que se aplican en las unidades de producción de
animales y en los establecimientos TIF, con el objeto de
disminuir los peligros asociados a agentes físicos,
químicos o biológicos, así como los riesgos zoosanitarios
en los bienes de origen animal para consumo animal.
Ley Federal de Salud Animal
DOF-07/06/2012
BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS
ESTABLECIMIENTOS CERTIFICADOS VIGENTES
0 2 4 6 8
Aguascalientes
Campeche
Chiapas
Guanajuato
Guerrero
Morelos
Nuevo León
Oaxaca
Veracruz
Yucatán
Zacatecas
2
3
1
1
1
3
1
1
3
8
1
Establecimientos de Manejo y Envasado de Miel Certificados
Total: 25 establecimientos
8 organismos de certificación aprobados
por el SENASICA
DOCUMENTO DE REFERENCIA
HALLAZGOS EN ESTABLECIMEINTOS
HALLAZGOS EN ESTABLECIMEINTOS
HALLAZGOS EN ESTABLECIMEINTOS
TRAZABILIDAD
a) Trazabilidad hacia atrás: hace referencia alorigen del producto recibido indicando elproveedor (a través de clave única deidentificación).
b) Trazabilidad interna: Trazabilidad dentro delestablecimiento de manejo y envasado, hacereferencia a la información que se genera dentrodel mismo, los datos más relevantes de suproceso envasado.
c) Trazabilidad de salida: Permite conocer eldestino del producto, así como toda la informaciónrelativa a su comercialización.
• a) Trazabilidad hacia atrás: hacereferencia al origen del producto recibidoindicando el proveedor (a través de claveúnica de identificación).
• b) Trazabilidad interna: Trazabilidaddentro del establecimiento de manejo yenvasado, hace referencia a la informaciónque se genera dentro del mismo, los datosmás relevantes de su proceso envasado.
• c) Trazabilidad de salida: Permiteconocer el destino del producto, así comotoda la información relativa a sucomercialización.
TRAZABILIDAD
SISTEMA NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN ÚNICA Y
TRAZABILIDAD DE LA MIEL.
Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
octubre de 2019
El Gobierno Mexicano tiene como prioridad el fortalecimiento de lasanidad e inocuidad agroalimentaria con el firme objetivo desalvaguardar la salud de la población, así como la calidad de losproductos, para elevar la competitividad del sector , mediante eldesarrollo de estrategias enfocadas a la instrumentación de BuenasPrácticas en las unidades de producción y manufactura de alimentosde origen agrícola, pecuario, acuícola y pesquero.
Antecedentes
Antecedentes
• La dinámica comercial de los alimentosexpone a riesgos de contaminación de origenquímico, físico o microbiológico los cualespueden comprometer la salud del consumidory con ello la apertura de mercado.
• La trazabilidad tiene gran importancia en elcomercio libre que se realiza entre los paísesque importan y exportan alimentos de origenanimal a nivel mundial. Por lo que esimportante mantener los controles necesarioque permitan seguir el proceso de evoluciónde un producto en cada una de sus etapas ensu producción.
• “Se considera que la trazabilidad es prioritariaen la seguridad alimentaria”
Antecedentes
La detección de residuos tóxicos en miel propicióque la Comunidad Europea publicara elReglamento (CE) 178/2002, donde menciona quetodas las importaciones de terceros países deberáncontar con un sistema de trazabilidad en lasdiferentes etapas de la producción, latransformación y distribución de los alimentos.
Durante los años 2005-2006, el SENASICA y laCGG de la SADER a través de la DGIAAP y elPNPCAA, diseñaron el Sistema Nacional deIdentificación y trazabilidad de la miel con lafinalidad de contar con controles sanitarios básicosy sistemas de control que permitan identificar elorigen del producto y los distintos procesos durantela cadena de producción, que inicia en la unidad deproducción primaria, durante el acopio, el manejo yel envasado de miel, así como la distribución delproducto final (Trazabilidad).
Sistema Nacional de Identificación ÚNICA y Trazabilidad de la Miel
Objetivo:Establecer un sistema de identificación a través de laasignación de una clave única de identificación quepermita rastrear el origen, la transformación y ladistribución de la miel en cualquier etapa de lacadena de producción.
Trazabilidad:
Permite conocer el origen y destino de la miel, desdela recopilación de información en apiarios, registrosy/o bitácoras de los centro de acopio y envasado paraconocer de que apiario proviene y finalmente cual fueel destino final, de tal manera que en caso deproblemas de inocuidad en la miel nos permitaidentificar el origen y en caso necesario recuperar elproducto y /o retirarlo del mercado en donde quieraque se encuentre.
Trazabilidad de la Miel
1. Si eres usuario nuevo, regístrate e ingresa a: http://sistemas.senasica.gob.mx/rastreabilidadMielFXf/ y selecciona:
REGISTRO
2. Registro al Sistema de identificación: Ingresa la información requerida llenando lo campos, según corresponda.
2. Registro al Sistema de identificación: Ingresa la información requerida llenando lo campos, según corresponda.
3. Una vez registrado y obtenida la clave única de identificación ingresar nuevamente: http://sistemas.senasica.gob.mx/rastreabilidadMielFXf/
• Si el usuario ingresa en un lapsono mayor de 30 días el número deUPP en su registro, el SistemaGenera una Clave Única deIdentificación Activa.
• Una vez concluido el registro, elsistema solo permitirá modificar lacapacidad de producción ( Númerode colmenas/apiarios y figura(agregar acopiador/envasador ,exportador etc.)
• En caso de errores en la capturade los datos (ej. RFC), seránecesario solicitar por correo laliberación del sistema para hacer lacorrección correspondiente.
¿Como obtener el número de UPP?
• Acude a las ventanillas autorizadas del
Sistema Nacional de Identificación
Individual del Ganado (SINIIGA) que te
corresponda.
• Llena la solicitud de incorporación al
Padrón Ganadero Nacional (PGN), así
como el formato de inscripción.
• Los formatos de inscripción pueden ser solicitados en las ventanillas autorizadas SINIIGA o lo puedes obtener en la pagina Web:
https://siniiga.org.mx/programacion/formatos-especie.html
Qué documentos llevar:?
- Original y copia de Credencial de elector
- Documento legal que lo acredite como apicultor
- CURP del propietario
- RFC en caso de ser persona moral
Este trámite es gratuito
IDENTIFICACIÓN DE COLMENAS
1. Para la “Actualización de Clave” Ingresa la información requerida:
La actualización de lainformación deberá realizarsecada año para evitar que la clavese inactive.
GRACIAS POR SU ATENCIÓN
Dirección de Inocuidad Agroalimentaria, Operación Orgánica y Plaguicidas de Uso Agrícola
Tel. 55 59 05 10 00
Ext. 51522 y 51526