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BREVE INFORME SOBRE LA APRECIACIÓN DE BULLARD

Fiorella Cáceres López

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Sin duda, el autor nacional más importante y de referencia necesaria sobre el Análisis Económico de Derecho es Alfredo Bullard Gonzáles, quien señala que “Entender economía mejora la imagen de los abogados y enriquece el Derecho mismo. Ayuda a comprender que el derecho es solo una, y quizás no la más importante, de las ramas del conocimiento.”Bullard considera que el análisis económico del derecho nos hace tomar conciencia de cuanta responsabilidad tiene el Derecho en el desarrollo. Reglas claras, jueces honestos y normas predecibles no solo tienen que ver con el bienestar individual, sino con el bienestar agregado. Hoy ya sabemos que “el mal Derecho” nos cuesta varios puntos en el crecimiento del PBI y reduce las inversiones. Hoy sabemos que “el mal Derecho” no solo genera injusticia, sino además, subdesarrollo.

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En relación al conflicto que algunos ven entre derecho y economía Bullard señala: “Como el análisis económico del derecho se basa en un análisis costo-beneficio, se tiende mucho a pensar que es un análisis deshumanizante: es convertir en números el Derecho, que tiene que ver con la Justicia, con la conducta humana y con los valores. Sin embargo, no es lo que persigue el análisis económico del derecho. Lo que persigue es evitar que los sistemas jurídicos, a la hora de legislar generen desperdicios. Y desperdiciar en una sociedad donde los recursos son escasos, es injusto. Lo que se busca es por tanto, un derecho que, sin olvidar otros aspectos o valores a los cuales se deba, sea un Derecho eficiente, es decir, un Derecho que ante el uso inadecuado de los recursos, cree incentivos de conducta correctas para lograr su fin

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Alfredo Bullard hace un análisis económico a mi juicio muy acertado sobre la propiedad intelectual.

  Considerando a la propiedad intelectual como un bien

intangible no se debe a juicio de este colega protegerse de la misma manera que la propiedad física.

Los bienes en la economía tienen consumo rival o no tienen consumo rival. Los bienes con consumo rival no pueden ser consumidos a la vez en su integridad pues la naturaleza del bien implicaría que dos o más personas lo consuman a la vez. Estos bienes son bienes escasos. Un ejemplo claro que pone Bullard es el de la manzana que si se muerde una vez otra persona que la desee tendrá que morder al lado del primer mordisco.

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Los bienes sin consumo rival son considerados generalmente la propiedad intelectual y las patentesSon ideas protegidas. Los bienes sin consumo rival son abundantes y pueden reproducirse al infinito. La exclusión de las personas al acceso a las ideas es complicado para las dinámicas humanas. Proteger las ideas con propiedad es contrario a nuestras aspiraciones como raza humana y no es temerario decir abiertamente que las ideas son como faros que iluminan a la humanidad y es mucho mejor cuando iluminan a la mayor cantidad de personas.

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Una de las razones argumentadas para la protección de las ideas es que se protege para generar incentivos de creación, afirmación que no es del todo cierta si tenemos en cuenta toda la literatura clásica, o los chistes que gozan de una abundancia saludable en nuestra sociedad pero no son protegidos con derecho de autor ante su ineficacia en la práctica. Los incentivos muchas veces son el simple ánimo de crear o ser el innovador.

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BULLARD Culmina con una afirmación bastante radical respecto a si no se puede demostrar que la protección mediante propiedad intelectual es fundamental para la creación no hay razón para la existencia de la misma. Esto puede ser debatido a nivel de patentes donde las empresas que realizan e invierten en el desarrollo de nuevos productos esperan un retorno de su investigación. Lo mismo podría alegarse para la producción musical. Sin embargo la producción musical por ejemplo no requiere de grandes firmas productoras o de grandes capitales para funcionar. Eso ha sido demostrado y revaluado con las nuevas plataformas de distribución y promoción creadas por internet.