APLICACIN DEL D EXTRANJERO EN CHILE
TEORIA NATURALEZA JURIDICA
1. HECHO a. art 411 CPC puntos de d referentes ley extranjera. Prueban los hechos, titulo medios de prueba en relacin al peritajeb. art 160 CPC sentencias se pronuncian conforme merito del proceso c. Bernardo lira probar al juez ley extranjera
2. DERECHO a. art 411: facultativo informe peritosb. art 160: ley extranjera cuerpo normativo sobre el merito del proceso aplicacin doctrinal
TRATADO APLICACIN E INFORMACION DEL D EXTRANJERO SUSCRITO ENTRE CHILE Y URUGUAY
art 1: jueces y autoridades de las partes, cuando as determinen las NC, obligados a aplicar d extranjero, tal como lo haran jueces u rganos administrativos del E cuyo ordenamiento pertenece copiado convencin normas interamericanas DIPR
Caractersticas norma1. obligatoria 2. posicin juez extranjero para interpretar3. nico texto positivo aplicacin d extranjero en Chile
Conclusiones aplicacin art 1. solo aplicable relaciones entre chile y uruguay bilateral 2. no puede hacerse visin legalista cerrada de ella no hay argumento para no aplicarlo cuando haya otro E parte villaroel: normas interpretacin CC para aplicarlo pasajes oscuros revisar otras leyes versen mismo asunto principios ordenamiento jurdico y equidad natural
Rango tratado
rango legal susceptible interpretacin CC CB: naturaleza jurdica d extranjero en Chile es un HECHO probar legislacin x certificacin de 2 abogados en ejercicio del E ley aplicable Tribunal puede solicitar al E informe sentido y vigencia de la norma (medida para mejor resolver) Acreditar (i) texto (ii) vigencia (iii) sentido certificado E
Aplicacin d extranjero en Chile
Importancia teoras:1. efectos de prueba invocar d extranjero debe probarlo2. recursos casacin fondo NO procede ley extranjera HECHO3. caso concreto solo aplica parte interesada
Consecuencias adoptar teora de hechos normativos hechos crean normas juez facultado investigar y probar por iniciativa propia los hechos juez aplica tal como los jueces extranjeros hecho fuera de la causa ajeno y diverso a los hechos del proceso partes pueden probar d extranjero
Prueba d extranjero todos medios de prueba legales salvo confesin y testigos informe peritos + idneo
Limites sentido y alcance d extranjero interpretar con todas las herramientas control constitucional recurso inaplicabilidad x inconstitucionalidad
Casacin fondo no procede a. falta aplicacin ley extranjera falta tratado internacional SI procede. Partes se obligan x autonoma de la voluntad SI procede b. interpretacin errada teora del hecho puro NO teora del hecho normativo SI (villaroel) teora del d SI
Argumento en contra casacin:a. art 767 CPC argumento legalista, historia fidedigna. Ley: solo poder legislativo b. art 411 CPC hecho de la causac. objetivo recurso uniformar ley chilena segn espritu y texto literal de la norma (no ley ext)Argumentos a favor casacin:a. art 767 no distingue entre ley nacional o extranjera b. art 411 art facultativo c. verdadero objetivo corregir infracciones a d
Top Related