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UNIVERSIDAD CATLICA DE HONDURASNUESTRA SEORA REINA DE LA PAZ
CAMPUS SANTIAGO APOSTOL
INFORME DE LA PRCTICAPROFESIONAL SUPERVISADA
PREVIA OPCIN AL TITULO DE:
ABOGADO
DANLI, EL PARASOHONDURAS, C.A.
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ndice
AGRADECIMIENTO .................................... 2
INTRODUCCION ...................................... 3
OBJETIVOS ......................................... 5
PRACTICA JURIDICA PBLICA ......................... 6
DESCRIPCION DE CASOS .............................. 7
CASO NUMERO UNO .................................. 10
CASO NMERO DOS .................................. 37
CASO NUMERO TRES ................................. 58
CASO NUMERO CUATRO ............................... 77PRACTICA PROFESIONAL SUPERVISADA ................. 82
CAPITULO I ....................................... 83
GENERALIDADES DE LA EMPRESA ...................... 84
CAPITULO II ...................................... 85
ACTIVIDADES ASIGNADAS Y REALISADAS ............... 86
CAPITULO III .................................... 128
APORTACIONES .................................... 129
APORTACIONES DE LA EMPRESA ...................... 129
CONLUSIONES ..................................... 133
RECOMENDACIONES ................................. 136
BIBLIOGRAFIA .................................... 138
BIBLIOGRAFIA .................................... 139
ANEXOS .......................................... 145
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AGRADECIMIENTO
En primer lugar quiero agradecer al DIOS todo poderoso por
este triunfo nuevo que me ha regalado por la oportunidad de
haber cumplido un sueo nuevo en vida, por haberme iluminado
y por darme todas las fuerzas necesarias en aqullos
obstculos que se presentaron en mi vida estudiantil. A mis
padres: JOSE JEREMIAS GONZALEZ MEJIA y mi madre: DIANIRA
LETICIA RAMOS. Que hicieron posible de regalarme este
triunf de gran relevancia para m y la oportunidad de
culminar mi carrera por su apoyo econmico, moral que da a
da me demostraron. A mi familia por su apoyo in condicional.
De mostrndome el cario para que pudiera seguir luchando por
un sueo que con esfuerzo y trabajo lo lograra les agradezco
infinitamente, por cuestiones ajenas a mi voluntad no lo
puedo hacer personalmente pero lo hago con mucho cario
plasmndolo en este informe: A mis amigos y aquellos
compaeros que recorrimos un camino de sueos y esperanzas
que muchas veces se llen de alegras y tristezas pero que
juntos mantuvimos la fe. Y finalmente a mis catedrticos por
su apoyo incondicional con mi persona que dios bendiga a
cada uno de ellos.
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INTRODUCCION
Este informe tiene como objetivo de presentar el desarrollo
de la prctica profesional supervisada, la cual realice en
el bufete del abogado Juan Carlos castellanos valle, ya que
la mismas es una pieza clave para poder optar al ttulo de
abogado, la cual he de tallando cada una de las actividades
realizadas en esta oficina donde se me brind la oportunidad
de poner los conocimientos brindados atreves de mis
catedrticos a s mismo de aprender de aquellos conocimiento
que por cuestiones de tiempo no fueron brindados en la
universidad, y que en la prctica profesional supervisada
cultivamos los conocimientos que en el futuro sern de apoyo
para poder desempear mi carrera con responsabilidad y
esmero.
Al inicio de este informe se detalla lo realizado en la
prctica jurdica pblica, mencionando cada uno de los casos
que serializaron de acuerdo a las necesidades de cada uno de
los cliente y que tuve la oportunidad de servirle y asimismo
se detalla las asesoras y consultas que se atendieron
durante el trascurso de esta prctica.
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En el captulo Ise da a conocer lo que es la historia del
bufete castellanos valle.
En el captulo II se detallan cada una de las actividades
realizadas y asignadas durante la prctica profesional
supervisada y para concluir
En el captulo IIIse encuentran las aportaciones al bufete
castellanos valle, conclusiones, recomendaciones,
bibliografa y los anexos.
Esta prctica se da cuenta cual es impacto que tiene esta
profesin en el mbito social ya que esta carrera ayuda a
tantas personas a resolver conflictos y orientndolos. Que
solo un profesional del derecho lo puede hacer con aquel
espirito de responsabilidad y con una labor de servicio para
mejorar la convivencia y el respeto a los derechos y deberes
de cada ciudadano siempre en marcado en el derecho y en
respeto a nuestra profesin.
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OBJETIVOS
Tener presente que la prctica es el primer acercamiento
con el fin primordial de nuestra profesin el servicio
de honradez e eficiencia y el respeto a nuestros
clientes siempre en marcado en el derecho.
Manifestar una actitud de servicio en nuestra prctica
no solo como un paso para obtener nuestro ttulo de
abogado, sino una experiencia ms que enriquece nuestro
conocimiento en el desempeo de nuestra profesin.
Obtener ms conocimientos para resolver cualquier
asunto o trmite legal que se nos presente en nuestra
vida profesional.
Tomar en cuenta que tenemos cada da que enriquecer
nuestros conocimientos ya que el derecho evoluciona
constantemente para ser ms eficiente en nuestra
profesin
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PRACTICAJURIDICAPBLICA
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DESCRIPCIONDE CASOS
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DESCRIPCION DE CASOS
CASO NUMERO (1)
Solicitante: Marvin cesar Fonseca Martnez
General
Telfono: 96596656
Nmero de Identidad: 0601-1975-00943
Direccin: Barrio El Guanacaste, El Paraso
Asunto: Divorcio de mutuo acuerdo
Observacin: Se Obtuvo Sentencia
CASO NMERO (2)
Solicitante: Francisco Israel Barahona Medina
General:
Telfono: 98199009
Nmero de Identidad: 0703-1969-00648
Direccin: Barrio el Guanacaste el Paraso
Asunto: divorcio de mutuo acuerdo
Observacin: se Obtuvo sentencia
CASO NMERO (3)
Solicitante: Dunia Yo xana Lpez Mercado
General:
Telfono: 95535538
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Numero de identidad: 0501-1989-10756
Direccin: Jutiapa Jamastrn
Asunto: Reconocimiento Post mortem
Observacin: Se Obtuvo sentencia
Caso Nmero (4)
Solicitante: Enrique Meja Martnez
General:
Telfono: 3225-40-67
Nmero de Identidad: 0703-1968-04109
Direccin: Aldea Las animas
Asunto: Recuperacin del templo de una Iglesia
Observacin: Se recupero
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CASO NUMEROUNO
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1. Se Present a las oficinas del consultorio jurdico
Gratuito el SeorMarvin Cesar Fonseca Martnez, solicitando
ayuda profesional, manifestando que es
El padre de tres menores de edad. el cual procreo con su
esposa: JESSICA MARISELA CERRATO FERRERAde nombresANDREA
NICOLLE FONSECA CERRATO de quince aos de edad , DANIELA
MICHELL FONSECA CERRATO, de catorce de aos de edad CESAR
MIGUEL FONSECA CERRATO,de doce aos de edad al mismo tiempo
manifest que se haba casado solamente por lo civil el da
veintiocho del mes de febrero del ao dos mil tres que su
hogar lo haba establecido en el municipio de trojes ,
durante varios aos en completa armona , pero los mismos no
adquirieron bienes de ninguna naturaleza en comn durante
el matrimonio
El manifiesta y nos narr que hace tres aos de estar
separado con su actual esposa, manifestando abandono de hogar
por parte de ella. Al mismo tiempo narro que l tiene en
mente de divorciarse con su esposa por considerar que la
relacin est totalmente e irremediablemente rota. le expuse
que le mandara una citacin dirigida a su esposa para que
se presentara en nuestra oficina para tener una conversacin
en donde estara presente ambos para llegar a un acuerdo o
una posible reconciliacin manifestando ambos que esto era
totalmente inaceptable por el hecho que cada uno de ellos
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haban hechos sus propias vidas sentimentales esto lo
manifestaron el da de que se presentaron en las oficinas del
consultorio jurdico gratuito en el da y la hora sealado
en la nota de la cita redactada por mi persona , se les
manifest saber cules son la causales de divorcio segn
el artculo 238 del cdigo de familia haciendo la lectura
del mismo en donde manifestaron invocar la causal nmero
cuatro del articulo pre mencionado siendo la causal de
abandono de hogar . La de manda fue redactada con la
respectiva certificacin de matrimonio y las respectivas
actas de nacimientos de sus menores hijos. Siendo presentada
ante el juzgado segundo de letras por El :seorMARVIN CESAR
FONSECA MARTINEZ siendo citada su esposa: JESSICA MARISELA
CERRATO FERRERA y contestado la demanda dentro del trmino
que la ley estipula, se llev de forma eficiente el trmite
de la de manda hasta lograr la sentencia favorable donde el
juez concedi el divorcio y exponiendo que las menores hijas
quedaran bajo el cuidado de su madre y su hijo bajo el
cuidado de su padre donde el cada treinta de cada mes
depositaria la cantidad de dos mil lempiras exactos a una
cuenta bancaria al mismo tiempo que dando de acuerdo sobre
las visitas de cada uno ello finalmente fue inscrito el
mandato en el registro nacional de las personas para hacer la
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anotacin en la nota marginal correspondiente para que el
mismo surta efecto legal.
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CASO NMERODOS
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2. Se present a las oficinas del consultorio jurdico
gratuito el seor: FRANCISCO ISRAEL BARAHONA MEDINA.
Solicitando ayuda profesional, manifestando que contrajo
matrimonio el 27 de enero del ao mil novecientos noventa y
cinco (1995) con la seora: ALICIA MARICELA GUTIERREZ
CACERES, Manifestando el mismo que solo por lo civil y que
fruto de ese matrimonio procrearon un hijo de nombre FABRICIO
DAVID BARAHONA GUTIERREZ que actualmente es menor de edad
manifest su padre. Manifestaba el seor FRANCISCO ISRAEL
BARAHONA MEDINA que durante varios aos de su matrimonio
vivieron en total armona con su actual esposa. Pero los
ltimos cuatro aos su esposa lo abandono su hogar. l
quera divorciarse pero por su situacin econmica no lo
haba hecho, le expuse que le mandara una citacin
dirigida a su esposa la seora: ALICIA MARICELA GUTIERREZ
CACERES, Para que se presentara a las oficinas del
consultorio jurdico para tener una conversacin en donde
estaran presente ambos para llegar a un acuerdo para poder
entablar la de manda de divorcio. La seora: ALICIA MARICELA
GUTIERREZ CACERES se present en el da y la hora sealado y
estando presentes ambos se lleg a un acuerdo de presentar
la demanda de divorcio donde se les explico que la ley
establece las causales de divorcio estipuladas en el
artculo 238 del cdigo de familia don se les hizo lectura
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del mismo donde ellos manifestaron invocar la causal nmero
cuatro, del pre mencionado artculo, abandono de hogar. La
demanda fue redactada acompaada con la certificacin de
matrimonio fue presentada por el seor: FRANCISCO ISRAEL
BARAHONA MEDINA Ante las autoridades correspondiente, donde
fue citada la seora: ALIIA MARICELA GUTIERREZ CACEREZ y
contesto la de manda de mrito dentro del trmino que la ley
estipula, se llev en forma que la ley estipula hasta lograr
la sentencia favorable. Donde el juez manifest darle la
patria posteta de su menor hijo: FRABRICIO DAVID BARAHONA
GUTIERREZ con su respectiva pensin alimenticia
correspondiente a los bienes no manifest cosa alguna por no
tener bienes en comn
Donde ordeno la inscripcin de sentencia en el registro
nacional de las personas para hacer la anotacin en la nota
marginal correspondiente.
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CASO NUMEROTRES
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3. se present en las oficinas del consultorio jurdico
gratuito la seora: DUNIA YOXANA LOPEZ MERCADO, buscando
ayuda profesional, manifestando que era madre de una menor
edad de cinco aos el cual no haba sido reconocido por su
padre, por motivos ajenos a su voluntad ya que el falleci y
se le hizo totalmente imposible reconocerla como su hija como
establece la ley y darle el apellido. La misma fue atendida
por mi persona, en primer lugar le solicite su tarjeta de
identidad donde tome sus datos personales para llenar la hoja
de consulta de pues le detalle cmo era el procedimiento para
realizar un reconocimiento de paternidad , ella estuvo de
acuerdo en realizarlo y explico que la madre de su difundo
marido est de acuerdo de reconocerle como su nieta ella
misma facilito los documentos que se necesita para redactar y
poder presentar la de manda como ser : partida de nacimiento
de la menor ASHLY MARIANED ARDON LOPEZ foto copia de
identidad del padre el seor: ROBERTO CARLOS ARDON NUEZ y su
respectiva partida de nacimiento y su certificado de acta de
defuncin , la acta de nacimiento y fotocopia de identidad
Alejandra Nez abuela de la menor ASHLY MARIANED ARDON
LOPEZ y certificado de la acta nacimiento de su madre :
DARIANA SARITH LOPEZ MERCADO y su respectiva fotocopia de su
identidad y sus respectivas copias de la misma , una vez
redactada la demanda fue presentada al juzgado primero del
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letras seccional de esta ciudad de Danl, donde fue admitida
sin ningn inconveniente luego fue citada su abuela de la
menor quien acepto cada uno de los hechos establecidos en la
de manda , la cual la contesto dentro el trmino que
establece la ley una vez concluido el tramite fue entregado
el certificado de la sentencia a la seora: DUNIA YOXANA
LOPEZ MERCADO para que se presentara al registro nacional de
las personas a realizar su respectiva inscripcin, que en
sentencia definitiva de claro el juzgado , para que aparezca
en el sistema del registro nacional de las personas como
:DARIANA SARITH ARDON LOPEZ SIENDO HIJA DEL SEOR ROBERTO
CARLOS ARDON NUEZ ya difundo y de la seora: DUNIA YOXANA
LOPEZ MERCADO para que la menor pudiera reclamar sus derechos
hereditarios de su padre o cualquier otro acto legal que la
menor necesitara hacer ante las autoridades correspondiente.
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GENERALIDADES DE LA EMPRESARESEA HISTORICA
BUFETE CASTELLANOS VALLE
ABOGADO
El Despacho Jurdico del abogado Juan Carlos castellanos
valle, comenz a prestar sus servicios al pblico en el ao
de 1990, bajo la Direccin del Abogado y Notario Rubn
Rodrguez Betancourt, inscrito en el Honorable Colegio de
Abogados de Honduras con Colegiacin numero 0879 .
El Abogado JUAN CARLOS CASTELLANOS VALLE
A inicios de su labor atenda el Despacho del abogado y
notario Rubn Rodrguez Betancourt, dedicndose a la
Procuracin; luego en el ao de 1993 comenz a prestar sus
servicios en su propia oficina ubicada en el edificio el
pasaje del buen pastor cubculo tres, con la prestacin de
servicios civiles. Mercantiles, penales y notariales, bajo
la direccin del abogado y notario Rubn Rodrguez Betancourt
su experiencia adquirida con unos de los abogados y notario
de mayor prestigio en la ciudad de Danl. Como es el seor:
RUBEN RODRIGUEZ BETANCOURT le da la seguridad de ser un
abogado capacitado a desarrollar en su Despacho de todo tipo
de asuntos relacionado procuracin y al oficio de su
profensicion.
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CAPITULO II
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Actividades
Asignadas y Realizadas
1.- Se presentaron escrituras al Instituto de la Propiedad
(IP).
Solamente se pueden inscribir en el Instituto de la
Propiedad (IP), los Instrumentos Pblicos o autnticos,
otorgados en el territorio nacional o en Pas extranjero
cuando estn debidamente autenticados por cada una de los
notarios autorizados por la corte suprema de justicia o por
las autoridades legalmente autorizadas en el territorio
nacional la inscripcin podr solicitarse por quien tenga
inters o el derecho registral el instrumento para que pueda
surtir efecto , o por su representante legal. (Art. 2307 y
2308 Cdigo Civil)
Una vez elaboradas las escrituras y firmadas por el Notario
Pblico, con toda la documentacin que de acuerdo al tipo de
escritura deben contener; estas se presentan al (IP) con sus
respectivas copias que en manda la ley, donde le extienden un
recibo por las escrituras, las cuales fueron revisadas
detenidamente para verificar si renen todas y cada una de
las formalidades y requisitos para ser Registradas bajo un
numero de Asiento y Tomo.
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La Escritura Matriz es la original redactada en despacho
por el Notario sobre el acto o contrato sometido a su
autorizacin por su persona, con la firma y huella de cada
uno de los otorgantes sus respectivos testigos y el sello
del notario correspondiente.
Las Escrituras matrices deben extenderse en papel sellado,
tamao legal, autorizado por la Corte Suprema de Justicia,
una a continuacin de otra, por riguroso orden y el control
de fechas, sin que quede entre ellas exista ms espacio que
el absolutamente indispensable para cada uno de los
otorgantes y los respectivos testigos puedan plasmar las
firmas y huellas correspondientes y sello del notario quien
autorice la respectiva escritura pblica. Para efectos de las
anotaciones que deban consignarse en la Escritura Matriz, se
dejaran cinco (5) renglones despus de la firma del Notario.
(Art.19 y 20 del Cdigo del Notariado) la escritura matriz
debe de contener los siguientes requisitos:
El encabezamiento
La exposicin
La estipulacin
El otorgamiento
La autorizacin
En vista que sucediera que una escritura presente algn
defecto de redaccin o falte en esta alguno de sus
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requisitos, la misma ser denegada para que se le hagan las
correcciones correspondientes. Una vez corregida la
escritura, esta es presentada nuevamente como Retornada
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Entre las escrituras presentadas se encuentran las siguientes
Escritura de Comerciante Individual a nombre de
Santos Wilfredo Lpez sosa, bajo la denominacin de
exportaciones de granos y auto lotes Lpez sosa
Escritura de Comerciante Individual a nombre de Diana
maricela rodrguez castellanos, bajo la denominacin
de tiles y ms
Escritura de Comerciante Individual a nombre de Oscar
armando Guillen Madariaga, bajo la denominacin de
Auto lotes Guillen
Escritura de Comerciante Individual a nombre de Marta
Susana Martnez Alvarado, bajo la denominacin de
Mercadito la Bendicin
Escritura de Comerciante Individual a nombre de Jorge
Enrique padilla Zambrano, bajo la denominacin de
tiles y cosmticos padilla
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Escritura de Comerciante Individual a nombre de Romn
Armando Zambrano Fuentes, bajo la denominacin de
Inversiones el baratillo
Escritura de Compraventa en la que comparecen;
Adelina cruz murillo como vendedora y Jos Adalid
Moncada Macas en su condicin de Comprador de un
bien inmueble ubicado en los pinares salida a la
ciudad de Tegucigalpa.
Escritura de Compraventa en la que comparecen; Arturo
Alejandro Prez Snchez como vendedor y Nelson
Armando flores Garca en su condicin de Comprador
de un bien inmueble ubicado en Jutiapa Jamastrn,
Departamento de El Paraso.
Escritura de Compraventa en la que comparecen; Juan
Ernesto Ruiz Medina como vendedor y Kenia Carolina
Ponce Martnez en su condicin de Compradora de un
bien inmueble ubicado en la colonia la cofrada de
esta ciudad de Danl, Departamento de El Paraso.
Escritura de Compraventa en la que comparecen; Luis
Felipe castillo valle como vendedor y Mara Flix
cocas en su condicin de compradora en la compra de
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un bien inmueble ubicado en Arenales trojes,
Departamento de El Paraso.
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2.- Se retiraron escrituras del Instituto de la Propiedad
(IP)
Los recibos obtenidos al ingresar las escrituras al (IP)
registro de la propiedad, se presentan al m omento de
solicitarlas de acuerdo a los nmeros de recibo con los
cuales fueron presentadas ante tal oficina.
Se firm en el libro de salidas como responsable la persona
que retiro las escrituras ante las oficinas del registro de
la propiedad, se entregan los recibos lo cual significa que
las escrituras quedaron registradas sin inconveniente alguno
bajo sus respectivos nmeros de Asiento y Tomo.
La inscripcin; es el Asiento que se hace en el (IP) de los
Ttulos sujetos a este requisito, con el objeto de consten
pblicamente los actos y contratos consignados en dichos
Ttulos.
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3. Se llenaron formularios para el pago de escrituras de
compraventa
En el cual se registran los datos siguientes
Nombres completos del vendedor y comprador.
El Registro Nacional Tributario de ambos (RTN).
Nombre completo y (RTN) del Notario.
Nmeros de Identidades del vendedor y comprador.
Datos del bien inmueble sobre el que se hace la
Tradicin.
Monto de la venta del bien inmueble.
Valor, del impuesto a pagar, el cual es segn el
monto de la venta.
Lugar y fecha de cancelacin del impuesto.
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5.- Entre las Actas de Cancelacin presentadas estn las
siguientes:
.- Acta de Cancelacin a nombre de Karen Melisa Lara
Daz a favor de FUNDEVI, donde adquiri un prstamo por
el monto de OCHENTA Y DOS MIL DOCIENTOS NOVENTA MIL
LEMPIRAS (Lps. 82,290.00); dejando como garanta un bien
inmueble equivalente a un solar ubicado, en la colonia
cofrada , Municipio de Danl, Departamento de El
Paraso. Deuda que ha sido cancelada en su totalidad por
la deudora.
.- Acta de Cancelacin a nombre de Luis Fernando Sevilla
Cruz a favor de Banco Atlntida, donde adquiri un
prstamo por el monto de DOCIENTOS TREINTA MIL LEMPIRAS
(Lps. 230,000.00); dejando como garanta un bien inmueble
equivalente a Diez Manzanas de extensin superficial, sito
en el lugar denominado El tabln, Municipio de Danl,
Departamento de El Paraso. Deuda que ha sido cancelada en
su totalidad por el deudor.
.- Acta de Cancelacin a nombre de Jorge Arturo carias
Ponce a favor de FINACOPH, donde adquiri un prstamo por
el monto de NOVENTA Y OCHO MIL LEMPIRAS (Lps. 98,000.00);
dejando como garanta un bien inmueble ubicado en el lugar
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de El olingo, Municipio de Danl, Departamento de El
Paraso. Deuda que ha sido cancelada en su totalidad por
el deudor.
.- Acta de Cancelacin a nombre de Francisca Adelina
murillo Alvarado favor de Banco de Occidente, donde
adquiri un prstamo por el monto de TRECIENTOS VEINTE MIL
LEMPIRAS (Lps. 320,000.00); dejando como garanta un bien
inmueble inscrito a su nombre bajo el Asiento numero
dieciocho (18) del Tomo treinta y dos (32), en el lugar de
Villa santa Jamastrn, Departamento de El Paraso. Deuda
que ha sido cancelada en su totalidad por la deudora,
liberando as de todo gravamen el bien inmueble.
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6.- Se revisaron Nmeros de Asiento y Tomos de Escrituras
sobre Bienes Inmuebles inscritos en el Registro de la
Propiedad (IP).
Es a lo que se conoce como Folio Real; los Asientos
regularizados referente a cada bien que segn la ley deba
inscribirse en el (IP), que recojan desde su inscripcin
inicial las diversas mutaciones de dominios y gravmenes que
a cerca del mismo se produzcan, ya fuera como resultado de
convenios entre partes, por disposicin de la ley o por
resolucin de autoridad competente.
Los Asientos y Tomos o Folio Real siguen un orden riguroso de
presentacin en el Diario o Sistema Automatizado de registro.
Las inscripciones en el Instituto de la Propiedad pueden
ser de dos clases:
1)Inscripcin Definitiva: Es aquella que produce efectos
permanentes.
2).- Inscripcin Provisional: llamada tambin Anotacin
Preventiva, lo que en las Escrituras se conoce como
NOTAS. (Art. 2311 Cdigo Civil)
Los Ttulos sujetos a registro, no perjudican a terceros
sino, desde la fecha de su inscripcin. (Art. 2310 Cdigo
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Civil)Este trmite de revisin se hizo previo a la
tramitacin de Escrituras de Compraventa e Hipotecas de las
mismas.
Este tipo de revisin tiene por objeto; verificar que sobre
dichos inmuebles no pesa nota o gravamen alguno que
imposibilite el trmite que se pretende hacer.
Entre los Asientos y Tomos revisados pueden encontrarse un
sin fin de notas marginales como ser; que este vendido,
hipotecado, que no tenga nota alguna, etc.
Previo a revisar estos Asientos y Tomos, los mismos se
inscriben en el libro de revisin del Instituto de la
Propiedad (IP) para solicitar los mismos al en cargado
correspondiente.
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7.- Los datos correspondientes a los Asientos y Tomos
revisados son los siguientes:
.- Asiento No. 71 Tomo No. 727
Propiedad de Hermes Fernando Macas segura, quien adquiri
dicho inmueble, por compra que hizo a la seora Rosa
Alejandra Gonzlez Garca, por el convenido precio de SETENTA
MIL LEMPIRAS (Lps.70,000.00); mediante escritura autorizada
ante el Notario Pblico Ren Adalberto Paz Alfaro en fecha 2
de Octubre del ao 2010.
Escritura sobre la que no pesa Nota Marginal alguna lo cual
significa, que no imposibilita trmite alguno sobre la misma.
.-Asiento No. 92 Tomo No. 540
Propiedad de Julio Adalberto Rodrguez Snchez, quien
adquiri dicho inmueble, por compra de un terreno ubicado en
la comunidad del barro municipio de Danl hizo a la seora
Mara Flix cocas Garca; mediante escritura pblica
autorizada ante el Notario Pblico Gustavo Antonio Sevilla
Gamero en fecha 25 de Agosto del ao 2000.
Escritura sobre la cual pesa la siguiente Nota Marginal:
NOTA:
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No.1.- Vendido el inmueble a Frncico Padilla Eduardo
Rodrguez; registrada bajo el Asiento nmero 62 del Tomo
nmero 536.
Significando la nota anterior que el seor Julio Adalberto
Rodrguez Snchez, no tiene dominio alguno sobre el bien
inmueble, lo que le imposibilita a comparecer en su nombre
para gravar el bien o realizar trmite alguno sobre el mismo.
c).- Asiento No. 62 Tomo No. 536
Propiedad de Frncico Eduardo Padilla Rodrguez, quien
adquiri dicho inmueble, por compra que hizo al seor Ricardo
Antonio flores Moncada , por el convenido precio de DIEZ MIL
LEMPIRAS (Lps.10,000.00); mediante escritura autorizada ante
el Notario Pblico Rubn Rodrguez Betancourt en fecha 10 de
Julio del ao 2003.
Asiento No. 62 Tomo No. 308
Propiedad de Pedro Mauricio pineda, quien adquiri dicho
inmueble, por compra que hizo al seor Jorge enrique Martnez
mdense, escritura autorizada por el Notario Pblico Gustavo
Antonio Sevilla Gamero por el convenido precio de cien MIL
LEMPIRAS (Lps.100,000.00); En fecha veinte de octubre del
ao dos mil ocho.
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Una labranza ubicada en sabana redonda, cercada a su
contorno con alambre de pas de cuatro hilos y con una
extensin de veinte punto diez hectreas (20.10 Has)
Asiento No. 38 Tomo No. 56
Propiedad del seora Mara del Carmen Zelaya flores, quien
adquiri dicho inmueble, por compra que hiso al seor Juan
Carlos Meja murillo por la cantidad de ciento veinte mil
lempiras L 120.000.00. Autorizada por el notario Rubn
Rodrguez Betancourt.
Escritura sobre la que se constituy primera Hipoteca con
Banco Atlntida.
Por lo tanto, si no se presenta Acta de Cancelacin de la
hipoteca, el seor Juan carls Meja murillo no puede
inscribir la escritura a su favor en el registro de la
propiedad mientras no se extienda la respectiva acta de
cancelacin por banco Atlntida para que surta efecto el
trmite de venta del inmueble
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8.- Entre la diversidad de Escrituras tramitadas estn
Las de Compraventa
En las Escrituras de Compraventa ambas partes se obligan a
las disposiciones que la misma involucra a las partes
interesadas.
El vendedor est obligado a la entrega y saneamiento de la
cosa objeto de la venta; los gastos para la entrega del bien
vendido son por cuenta del vendedor salvo acuerdo entre
las partes. (Art. 1620 y 1622 Cdigo Civil)
El vendedor deber entregar el bien vendido en el estado en
que se encontraba al momento de perfeccionar el Contrato de
venta. (Art. 1625 Cdigo Civil)
El comprador est obligado a pagar el precio de la cosa
vendida en el tiempo y lugar fijados por el contrato; si no
se hubieren fijado, deber hacerse el pago en el tiempo y
lugar en que se haga la entrega de la cosa vendida. (Art.
1659 Cdigo Civil)
En la venta de bienes Inmuebles aun, cuando no se hubiera
estipulado en el contrato que por falta de pago en el
tiempo y el precio convenido tendr Derecho la Resolucin
del Contrato, el comprador podr pagar aun despus de
expirado el termino, mientras no haya sido requerido
judicialmente o por Acta Notarial; una vez hecho el
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requerimiento, el Juez no podr concederle nuevo trmino.
(Art. 1663 Cdigo Civil)
Las de Hipoteca
La Hipoteca es un derecho constituido sobre los bienes
Inmuebles o derechos reales del deudor o de un tercero en
beneficio de un acreedor, para asegurar sobre los mismos el
cumplimiento de una obligacin. (Art. 2098 Cdigo Civil)
Deber constituirse por Escritura Pblica E inscribirse en el
Instituto de la Propiedad (IP), la Hipoteca de un inmueble se
extiende a todos los accesorios mientras estn unidos al
principal. (Art. 2101 Cdigo Civil)
Los costos y gastos, como los daos e intereses a que el
deudor puede ser condenado por causa de la inejecucin de una
obligacin, participan como accesorio del crdito principal
de las seguridades hipotecarias constituidas para ese
crdito.
La Hipoteca es indivisible; cada una de las cosas hipotecadas
a una deuda, y cada parte de ellas estn obligadas al pago de
toda y de cada parte de ella. (Art. 2102 y 2103 Cdigo
Civil)
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Las de Comerciante Individual
El Comerciante Individual es aquella persona que teniendo la
capacidad legal y econmica, a dedicarse a la lcita
comercializacin de cualesquier tipo de productos a nivel
nacional e internacional.
Entre las personas que tienen la capacidad para realizar
actos de comercio, se encuentran las siguientes
Los menores de edad, mayores de dieciocho aos, que
hayan sido emancipados o habilitados.
los mayores de dieciocho aos no emancipados, que hayan
sido autorizados por quienes tengan sobre ellos la
patria potestad o la tutela; la autorizacin podr
otorgarse, sin sujecin a procedimiento judicial alguno
y no ser revocable; pero ha de constar siempre en
Escritura Pblica e inscribirse en el Registro Pblico
de Comercio. (Art. 6 Cdigo de Comercio)
No podrn ser Comerciantes por alguna incapacidad aunque
tengan capacidad para hacerlo
Los privados de este derecho por sentencia judicial.
Los declarados en quiebra mientras no sean
rehabilitados.
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Los que lo tengan prohibido por alguna disposicin
legal. (Art. 9 Cdigo de Comercio)
Los incapaces que se dediquen al Comercio sin haber sido
emancipados, habilitados de edad o autorizados para ello no
adquirirn la calidad de Comerciantes, y sus padres, tutores
o curadores respondern personalmente de los daos y
perjuicios ocasionados a terceros de buena fe por la
actuacin comercial de aquellos, si no la impidieren o no
anunciaren debidamente al pblico la incapacidad. (Art. 10
Cdigo de Comercio)
8.- Se redactaron Avisos de Comerciante Individual
Este es uno de los cuantos requisitos para el Registro de
escrituras de esta ndole, se elaboran con el objeto de que
la Denominacin o nombres de los establecimientos
comerciales, sea exclusivos para evitar de esta forma que se
repitan los nombres bajo los cuales son registrados en el
mercado nacional o extranjero.
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Avisos de Comerciante Individual redactados, se encuentran
los siguientes
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
UTILES Y MAS; dedicada a la venta de tiles
utensilios de cocina, y cosmticos, joyas de toda clase
etc.Propiedad de la seora Diana maricela rodrguez
castellanos.
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
exportaciones y auto lotes Lpez sosa; dedicada ala
compra y venta de granos bsicos y venta y renta de
vehculos nuevo usados, accesorios, para vehculos,
etc.Propiedad del seor santos Wilfredo Lpez sosa.
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
auto lotes guillendedicado a la venta de vehculos y
compras de productos lcteos y exportacin de los
mismos Propiedad del seor: scar armando guillen
Madariaga.
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
mercadito la bendicindedicada a la compra y venta
de productos alimenticios, y todo tipo de accesorios
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para el cuidado personal y de su hogar venta de
mercadera en general, etc.Propiedad de la seora
Marta Susana Martnez Cruz
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
tiles y cosmticos padilla; dedicada a la venta de
mercadera en tiles cosmticos para el cuidado
personal y mercadera en general, Propiedad de Jorge
enrique padilla.
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
Inversiones el Baratillo; dedicada a la compra y
venta de accesorios para la mujer, ropa, zapatos y
mercadera en general, Propiedad del seor armando
Zambrano fuentes.
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
Variedades Evitas; dedicada a la compra y venta de
ropa, zapatos para damas, caballeros y nios, tiles y
venta de moto bicicletas colchones cama de todo tipo y
utensilios para la cocina mercadera en general,
Propiedad de la seora Elvia Adelina Fonseca Aguilar.
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Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
ferretera su casa;dedicada y venta de materiales
para la construccin y madera de toda clase y medidas
Propiedad de la seora Susana salami Gutirrez lagos.
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
bici partes el campen dedicada a la actividad de
venta de bicicletas repuestos y mantenimientos de
bicicletas y motocicletas, etc. Propiedad del seor
scar armando Fonseca paz.
Aviso de Comerciante Individual bajo la denominacin de
clnicas Daz; dedicada a la atencin de medicina
general y control de embarazo y ciruga menor,
Propiedad de doctor Carlos Manrique Daz Sevilla.
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9.- Se elaboraron Inscripciones de Minutas de Mejoras
Este tipo de inscripciones fueron realizados por el motivo de
que varios inmuebles han si modificados por sus dueos ya
que dichas inscripciones dan un valor agregado a la
propiedad; al mismo tiempo tales modificaciones aumentan el
valor catastral de los inmuebles. Entre las siguientes
mejoras tenemos:
Inscripcin de Mejoras en la que comparece Ana luisa
esmeralda Aguilar Moncada: propietaria de un inmueble
registrado bajo el Asiento nmero 35 del Tomo 741; en la
que inscribe Mejoras valoradas en TREINTA MIL LEMPIRAS
(Lps.30,000.00)
Inscripcin de Mejoras en la que comparece LUIS
Alejandro Flores Garca propietario de un inmueble
registrado bajo el Asiento nmero 33 del Tomo 876; en la
que inscribe Mejoras valoradas en CICUENTA MIL LEMPIRAS
(Lps.50,000.00)
Inscripcin de Mejoras en la que comparece El seor
ngel Joel almillas castillo; propietario de un inmueble
registrado bajo el Asiento nmero 35 del Tomo 564; en la
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que inscribe Mejoras valoradas en CIENTO VEINTE MIL
LEMPIRAS (Lps.120, 000.00)
Inscripcin de Mejoras en la que comparece el seora
Rita vetulia Meja Martnez; propietaria de un inmueble
registrado bajo el Asiento nmero 47 del Tomo 562; en la
que inscribe Mejoras valoradas en OCHENTA MIL LEMPIRAS
(Lps.80, 000.00).
Inscripcin de mejoras en la que comparece el seor
Pedro Arturo Prez Martnez; propietario de un inmueble
registrado bajo el asiento nmero 88 del tomo 672; en la
que inscribe mejoras valoradas en CIENTO CINCUENTA MIL
LEMPIRAS (Lps.150.000.00).
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10.- Se redactaron Documentos Privados de Promesas de Venta
Este tipo de documentos se hacen anterior a la Escritura de
Compraventa en el caso que sea sobre un bien inmueble.
Este Documento consiste en la promesa de Venta que hace el
propietario de un bien a favor del comprador, seguidamente
que recibe una parte o la totalidad del valor segn el
acuerdo por cual fue pactada la venta. Puede realizarse en
bienes muebles o inmuebles y comparecer dos personas o ms
en el mismo.
La Promesa de Venta; es una convencin por la que dos o ms
personas se comprometen a realizar en tiempo futuro, un
determinado contrato que en el momento de esa convencin no
se puede celebrar como definitivo, tambin se le llama
Contrato de Promesa, Pre-contrato, Contrato Preliminar o
Preparatorio etc..
Podr asumirse contractualmente la obligacin de celebrar un
contrato futuro. La Promesa de Contrato podr ser unilateral
o bilateral, y solo dar origen a obligaciones de hacer,
consistentes en celebrar el contrato respectivo de acuerdo
con lo ofrecido. (Art. 1612 Cdigo Civil)
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Para que la Promesa de contratar sea vlida, deber contener
los siguientes requisitos
a).-Constar por escrito.
b).-Que el contrato prometido sea eficaz.
c).-Que tenga un plazo o condicin.
d).-Que en l se especifique el contrato lo prometido.
Si el promitente rehusare firmar los documentos necesarios
para dar forma legal al contrato concertado, en su rebelda
los firmara el Juez; salvo el caso de que la cosa ofrecida
haya pasado por Ttulo oneroso a propiedad de tercero de
buena fe, pues entonces la promesa quedara sin efecto siendo
responsable el que la hizo, de todos los daos y perjuicios
que se hayan originado a la otra parte. (Art. 1613 Cdigo
Civil)
Entre los Documentos Privados de Promesas de Venta, se
encuentran los siguientes:
Documento Privado de Promesa de Venta de un solar
ubicado en la aldea del tabln municipio de esta
ciudad de Danl en el que comparecen: Marta Irene
alcntara Meja quien acta como vendedora y Luis
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Felipe flores Chacn en su condicin de comprador
quienes convienen en celebrar dicho contrato por la
cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL LEMPIRAS
(Lps.135, 000.00); cancelando En su totalidad.
Documento Privado de Promesa de Venta de una casa de
habitacin en el que comparecen: Arcelia Margarita
pineda Madariaga quien acta como vendedora y Julia
Maribel flores Alvares como compradora; quienes
convienen en celebrar dicho contrato por la cantidad
de TRECIENTOS MIL LEMPIRAS (Lps.300, 000.00); los que
fueron cancelados en su totalidad al momento de firmar
dicho contrato.
Documento Privado de Promesa de Venta de un Terreno
en el que comparecen: Luis ngel Meja murillo; quien
acta como vendedor y Frncico Israel Valle Ortiz en
su condicin de comprador; quienes convienen en
celebrar dicho contrato por la cantidad de TREINTA Y
DOS MIL LEMPIRAS (Lps.32, 000.00); de los cuales,
fueron cancelados al momento de establecer dicho
contrato.
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Documento privado de promesa de venta de un terreno
ubicado en la colonia el zarzal segunda etapa de esta
ciudad de Danl. En el que comparecen los seores
Mario Arturo Palma Palma en su condicin de comprador
y el seor Ezequiel palma segura en su condicin de
vendedor; quienes convienen en celebrar dicho
contrato por la cantidad CUATROCIENTO MIL LEMPIRAS
(LPS. 400.000.00) ; de los cuales fueron cancelados al
momento de establecer dicho contrato
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11.- Se redactaron Pagares
En este tipo de Documentos; una persona firma
comprometindose a pagarle a la otra una cantidad determinada
de dinero. Manifestando en el documento que responde con sus
bienes en caso de incumplimiento por la deuda contrada tales
bienes son el soporte para ser efectivo dicho pago.
Los Pagares deben contener la fecha exacta en la que se va a
cumplir con la obligacin o la condicin a la que se sujeta.
El Pagare debe contener los siguientes requisitos:
La mencin de ser Pagare, inserta en el texto del
documento.
La promesa incondicional de pagar una suma determinada
de dinero.
El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago.
La poca y el lugar de pago.
La fecha y el lugar en que se suscribe el documento.
La firma del suscriptor.
Si el Pagare no menciona la fecha de su vencimiento, se
considera pagadero a la vista; si no indica lugar de pago, se
tendr como tal el del domicilio del que lo suscribe.
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Entre los Pagares redactados se encuentran los siguientes
Pagare en el cual la seora Adelina Gonzlez Padilla
Lpez, se compromete a pagar al seor Jernimo Inocente
palma Snchez, la cantidad de DOCIENTOS MIL LEMPIRAS
(Lps.200, 000.00; efectuando el pago el quince (15) de
Diciembre del dos mil doce.
Pagare en el cual el seor Ronald Mauricio cuadras
vallecillo, se compromete a pagar al seora Adriana del
Carmen Medina Cruz, la cantidad de TRECIENTOS MIL
LEMPIRAS (Lps.300, 000.00); el cual ser cancelado en
un solo pago en fecha diecisiete (17) de Enero del ao
dos mil trece.
Pagare en el cual la seora: Julia Da maris Mdense
Rodrguez, se compromete a pagarle a la seora Gladis
Cecilia Martnez Flores, la cantidad de VEINTE MIL
LEMPIRAS (Lps.20, 000.00); mismos que sern cancelados
en un solo pago en fecha veinticinco (25) de Septiembre
del ao dos mil doce.
Pagare en el cual el seor Noel Armando Pineda Carias
se compromete a pagarle al seora Maclobia Josefina,
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la cantidad de treinta y cinco Mil ochocientos
LEMPIRAS (Lps.35,800.00); mismos que sern cancelados
en un solo pago en fecha treinta (30) de Agosto del ao
dos mil doce.
Pagare en el cual el seor: Nstor Medina Cruz, se
compromete a pagarle al seor: Luis Nahm Garca
Castejn la cantidad de OCHOCIENTOS MIL LEMPIRAS
(Lps.800, 000.00); mismos que sern cancelados al
momento en que efecte el traspaso de Escritura por el
inmueble que fue objeto de garanta por lo adeudo.
Pagare en el cual la seora: Dania Estefana Amador
Lpez, se compromete a pagarle al seor Miguel ngel
Ferrufino Chaves, la cantidad de veinte MIL LEMPIRAS
(Lps.20, 000.00); mismos que sern cancelados en un
solo pago en fecha cinco (5) de Octubre del ao dos mil
Doce.
Pagare en el cual el seor Gustavo Arturo Discua
Urrutia, se compromete a pagarle a la seora Elvia
Francisca Casco Sevilla, la cantidad de OCHOCIENTOS
MIL LEMPIRAS (Lps.800, 000.00); mismos que sern
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cancelados en un solo pago en fecha diez (10) de
Diciembre del ao dos mil Doce.
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12.- TRAMITES REALISADOS EN AL DIRECION EJECUTIVA DE INGRESOS
(DEI)
Se redactaron Solicitudes de Cambio de Chasis de
Automotores
Este tipo de Solicitudes son presentadas por el propietario
del vehculo ante la Direccin Ejecutiva de Ingresos con el
objeto de cambiar el chasis de un automotor por otro que
presenta una serie distinta a la que tena el vehculo Como
originalmente viene de fbrica.
Este tipo de Documentos, contiene el nombre y generales de
ley del propietario del automotor, as como todas y cada una
de las caractersticas del vehculo y entre las ms
importantes; la serie de chasis con la que contaba el
vehculo y la nueva serie por la que va a ser sustituida. as
mismo la factura del taller donde serializo el trabajo del
cambio de dicho chasis.
Entre las solicitudes de cambio de Chasis redactadas, estn
las siguientes
Solicitud de cambio de chasis en la que comparece el
seor Marcos Arturo Reina Lanza; propietario de un
vehculo marca Mitsubishi, con Chasis anterior de serie
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LA93510049 por el cambio del nuevo chasis a la serie
actual ZB00-33300221.
Solicitud de cambio de chasis en la que comparece la
seora Delmy Alicia Matamoros Das; propietario de un
vehculo marca Toyota, con Chasis anterior de serie
RTU385946852 por el cambio a la serie del chasis actual
ZXR-A4594560.
Solicitud de cambio de chasis en la que comparece la
seor Oscar David Rodrguez Fonseca Alejandrina Gamero
Paz; propietaria de un vehculo marca Hyundai, con
Chasis anterior de serie FTU0-8427041.
Solicitud de cambio de chasis en la que comparece el
seor Francisco Armando Valle Martnez; propietario de
un vehculo marca Nissan, tipo Pick Up con Chasis
anterior de serie 4NHW-152980 por el cambio a la serie
del actual chasis UYT-433826.
Solicitud de cambio de chasis en la que comparece el
seor Kelvin Adalid Amaya Sosa; propietario de un
vehculo marca Toyota, con Chasis anterior de serie PTF-
851144 por el cambio a la serie actual PYT-885933.
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Solicitud de cambio de chasis en la que comparece el
seor franklin David Sosa Palma; propietario de un
vehculo marca Mazad, con Chasis anterior de serie NHFM-
439021 por el cambio a la serie actual chasis CJIU-
887640.
Se redactaron solicitudes para el cambio de color de
Automotores
Solicitudes que fueron presentadas ante el Director de la
Direccin Ejecutiva de Ingresos (DEI) con el objeto de dar a
conocer a la direccin ejecutiva de ingresos (DEI) cualquier
cambio de color que se realice a un vehculo y que de esta
forma se conozca del cambio a realizar y autorice el mismo
tal procedimiento.
Entre las solicitudes de cambio de color, se encuentran las
siguientes
Solicitud de cambio de Color en la que comparece el
seor Santiago Alonso Daz Rivas; propietario de un
vehculo marca Toyota, anteriormente de Color Azul por
el cambio de Color actual Verde.
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Solicitud de cambio de Color en la que comparece el
seor Luis Nahm Mdense Pineda; propietario de un
vehculo marca Toyota Tacoma, anteriormente de Color
Rojo por el cambio de Color actual Blanco.
Solicitud de cambio de Color en la que comparece el
seor Ernesto Rafael Rojas Macas; propietario de un
vehculo marca Mitsubishi, anteriormente de Color Azul
por el cambio de Color actual Gris.
Solicitud de cambio de Color en la que comparece el
seor Oscar Rolando Alvarado Castellanos; propietario
de un vehculo marca Isuzu, anteriormente de Color Rojo
por el cambio al Color caf.
Solicitud de cambio de Color en la que comparece el
seor Manrique Rafael Salgado Meja; propietario de un
vehculo marca Toyota, anteriormente de Color Negro por
el cambio al Color Blanco.
Se realizaron Solicitudes para el Cambio de Placas de
Automotores
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Este tipo de Solicitudes son presentadas por el propietario
del vehculo o por un apoderado legal ante la Direccin
Ejecutiva de Ingresos con el objeto de cambiar las Placas de
un automotor por otra que presenta diferencia en cuanto a la
serie numrica de la que tena el vehculo referente a la
placa anterior.
Este tipo de Documentacin, contiene el nombre y generales
de ley del propietario del automotor, as como todas y cada
una de las caractersticas del vehculo y entre las ms
importantes; la serie numrica de las Placas anteriores con
las que contaba el vehculo y la nueva serie de Placas por la
que va a ser sustituida.
Entre las solicitudes de cambio de Placas redactadas se
encuentran las siguientes
Solicitud de cambio de Placas en la que comparece el
seor Rodolfo Antonio Mndez Mdense; propietario de
un vehculo marca Isuzu, anteriormente con Placas de
serie PTA4410 por el cambio a la Placa de serie
PSR8024.
Solicitud de cambio de Placas en la que comparece El
seor Ricardo Antonio vila Aguilar; propietario de un
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vehculo marca TOYOTA, anteriormente con Placas de
serie PTA3044 por el cambio a la Placa de serie PMT
2298.
Solicitud de cambio de Placas en la que comparece el
seor Lenin Armando Meja Cceres; propietario de un
vehculo marca TOYOTA, anteriormente con Placas de
serie MTR9767 por el cambio a la Placa de serie
PMT5843.
13.- Se compareci al juzgado a presentar de manda de
Divorcio
Demanda de Divorcio El Divorcio disuelve el vnculo
matrimonial y deber declararse por sentencia judicial; la
accin de Divorcio, solo podr deducirla el cnyuge inocente.
El derecho para demandar el divorcio contencioso, no podr
entablarse despus de un ao contado desde que se tuvo
conocimiento de la causa que lo motiva. No podr declararse
el divorcio si entre los cnyuges ha habido reconciliacin o
vida marital, ya sea despus de los hechos que hubieren
podido autorizarlo o despus de la demanda. (Art. 236-241
Cdigo de Familia)
En la sentencia en que se declare el divorcio, el Juez
dispondr la cuanta y forma en que los cnyuges debern
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proveer a las necesidades del otro y de los hijos; y en su
caso la afectacin de los bienes comunes para cumplir con
estas obligaciones; asimismo dispondr sobre la Patria
Potestad y la guarda de los hijos. (Art. 242 Cdigo de
Familia)
2).-Expediente No.00219/2010
Demanda Ordinaria de Divorcio en la que comparecen MIRNA
ARACELY GUTIERREZ DUVON como Demandante y MARCO ANTONIO DIAZ
RODRIGUEZ como Demandado.
Estado del caso:
Demanda en la cual el seor MARCO ANTONIO DIAZ RODRIGUEZ no
contesto, por lo que se le Declar en Rebelda; juicio en el
que se presentaron los Medios de Prueba Denominados
Documental y Testifical; Declarando el seor Juez, con lugar
la Demanda Ordinaria de Divorcio, asimismo condenando al
Demandado a una Pensin Alimenticia por la cantidad de TRES
MIL LEMPIRAS (Lps.3,000.00) a favor de los menores Hijos que
en matrimonio procrearon los Comparecientes.
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CAPITULOIII
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APORTACIONESAPORTACIONES DE LA EMPRESA
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APORTACIONES AL FUBETE CASTELLANOS VALLE.
MISION
Somos una empresa responsable que ofrecemos a nuestra
clientela todo tipo de Asuntos Legales, Notariales enfocado
en los valores ticos de Justicia responsabilidad,
profesionalismo, honestidad que caracteriza a nuestro
personal logrando a si la satisfaccin de cada uno los
usuarios proporcionndoles, la responsabilidad y
confidencialidad que ellos se merecen.
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VISION
Para el ao 2015 nos enfocaremos en ser una Empresa de alto
prestigio y de alta calidad en nuestros servicios
profesionales. Para que nuestros usuarios tenga una atencin
premier y cmoda modernizando nuestras instalaciones para
contar con mayor personal para que los tramites que
serialicen ,sean de una forma rpida eficaz especializada
en la materias civil ,penal laboral y notarial, garantizando
la seguridad y el desempeo de nuestros trabajos .
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POLITICA DE CALIDAD
Nos comprendemos a seguir enfocados en nuestros servicios
profesionales, Manifestando una actitud progresiva en
nuestros valores de, honestidad, justicia, confidencialidad,
calidad en nuestros servicios y una atencin profesionalizada
de alta calidad para nuestros clientes.
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CONLUSIONES
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CONCLUSIONES
1).- la prctica profesional supervisada fue una experiencia
de relevancia en mi vida estudiantil. Porque tuve un
encuentro directo con los casos que la clientela exige en
nuestro diario vivir. Y en el bufete castellanos valle me
brindo esa oportunidad de conocer cada uno de ellos
enriqueciendo mis conocimientos que sern de apoyo en mi
futuro profesional.
2).- el bufete castellano valle a pesar que cuenta con un
poco tiempo de prestar sus servicios a la clientela ha
logrado en ese tiempo ser reconocida su capacidad
experiencia, y el prestigio que lo caracteriza en sus
trabajos, enfocado en la responsabilidad y en el
profesionalismo y la tica que solo carrera de derecho exige
en nuestros trabajos .
3).- somos formados con una tica y un profesionalismo y un
alto grado de responsabilidad. Ya que nuestros catedrticos
son exigentes que nos formemos como profesionales capaces
de dar una respuesta y una eficiencia de alta calidad a
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nuestros servicios a nuestra futura clientela en nuestro
ambiente profesional.
4).- contamos con un servicio de gran impacto social en la
zona oriental. El consultorio jurdico gratuito donde le
damos soluciones aquellos problemas legales a personas de
bajos recursos econmicos con el objetivo de resolver sus
problemas sin ningn inters econmico alguno.
5) la universidad catlica de Honduras forma
profesionales, con un alto nivel de calidad en los
aspectos, acadmicos, espirituales, morales haciendo la
diferencia de los dems profesionales universitarios del
pas.
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RECOMENDACIONES
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RECOMENDACIONES
1).- Se recomienda al Bufete Castellanos Valle adquirir lo
que es mobiliario para prestar un mejor servicio a sus
usuarios, incluyendo lo que son sillas adecuadas para la sala
de espera.
2).- Se solicita a la facultad de derecho contar con mayor
asistencia tcnica y material (libros, material
correspondiente al desempeo de la misma) ya que el alumnado
necesita aprender constantemente la evolucin del derecho.
3).-El Bufete requiere la asistencia de una secretaria para
una atencin adecuada a la clientela ya que el abogado muchas
veces por cuestiones de trabajo no se encuentra en su
oficina.
4).- Se requiere que la facultad de derecho cuente con la
presencia de un asesor al momento de la prctica supervisada
ya que muchas veces el estudiante no sabe dnde concurrir
cuando necesita hacer una consulta en el desempeo de su
prctica.
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BIBLIOGRAFIA
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Decreto No. 353-2005
Edicin 2008
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Matute Lpez, D.E
2005
Ley de propiedad
Decreto No. 82-2004
Edicin 2007
Tegucigalpa, Honduras C.A.
Editora Casa Blanca S de R.L
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ANEXOS
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AVISO DE REMATE
La Infrascrita Secretaria del Juzgado de Letras Segundo
Seccional de Danl, Departamento de El Paraso, al Publico en
general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que en la
audiencia sealada para el daVIERNES NUEVE DE FEBRERO DEL
AO DOS MIL SIETE A PARTIR DE LAS DIEZ DE LA MAANA (10:00
a.m.), en el local que ocupa este Juzgado se rematara en
Pblica Subasta el bien inmueble que se describe a
continuacin: LOTE No. 1, Predio No. 46, Mapa N.KI-21, rea
de QUINCE HECTAREAS CON SETENTA CENTESIMAS DE HECTAREAS
(15.70 HAS),ubicado en el Casero de Veracruz, Aldea de El
Cantn, Municipio de Teupasenti, Departamento de El Paraso,con las colindancias siguientes: AL NORTE: Quebrada de por
medio con CRISTINA SOTO (P. 135), con CAYETANO MAIRENA (P.
140) y RICARDO LOPEZ (P. 141);AL SUR:Terreno Libre (P. 155)
y TRINIDAD ALVAREZ ARTICA (P. 47); AL ESTE: CONCEPCION
RODRIGUEZ MAIRENA (P. 48) Y AL OESTE:Quebrada de por medio
con EMERITO VILLALTA MIDENCE (P. 154) y SANTOS ROSALIO NUEZ
MURILLO (P. 139), inmueble inscrito bajo el Asiento No. 80
del Tomo 116, del Libro Especial Agrario del Registro de la
Propiedad Hipotecas y Anotaciones Preventivas de esta Seccin
Registral, valorado por el Perito Evaluador en la cantidad de
DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL LEMPIRAS (232,000.00), ms
intereses moratorios y costas del presente juicio, todo en
virtud de la Demanda Ejecutiva de Pago No. 467-05, promovida
por el seor SANTOS WILFREDO MATAMOROS GUTIERREZ, contra
CAYETANO MAIRENA, se advierte que por tratarse de segundalicitacin, cualquier postura es hbil.
Danl, El Paraso 01 de Febrero del 2007
GILMA ISABEL ROMERO ZERONSECRETARIA
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El Suscrito Notario RUBEN RODRIGUEZ BETANCOURTH, del domicilio
de la ciudad de Danl, Departamento de El Paraso, con oficinas
ubicadas en el barrio el Centro, calle del Canal, frente a la
Casa de la Cultura de esta ciudad de Danl, con telfono nmero
2763-5496, con carnet de colegiacin nmero cero ochocientos
setenta y nueve (0879) y Exequtur de la Corte Suprema de
Justicia nmero setecientos noventa y seis (796), CERTIFICA:
Que la firma que aparece en el anterior TRASPASO DE UN
VEHICULO; con las siguientes caractersticas: MARCA:
FREIGHTLINER; MODELO: FL60; TIPO: CAMION; COLOR: BLANCO;
MOTOR: 56594526; CHASIS: 1FV3GFFC9YHF35927; AO: 2,000;
CILINDRAJE: 5,900 cc; PLACAS: AAL 5407; otorgado por la seora
SINIA YANETH BARDALES AVILA, con tarjeta de identidad nmero
0501-1968-06262, A favor del seor MILTON ENRIQUE MARTINEZ
CERNA, con tarjeta de identidad nmero 0616-1973-00107, y cuya
firma pertenece a SINIA YANETH BARDALES AVILA;ES AUTENTICA;
Por ser de mi conocimiento personal y ser la que usa en todos
sus actos y contratos de lo cual.- DOY FE.
Danl, El Paraso, 10 de Agosto del 2013.
.ULTIMA LINEA.
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DOCUMENTO PRIVADO DE PROMESA DE VENTA DE UN SOLAR
URBANO
Nosotros: ALEXIS EMILIO HERNANDEZ FLORES, con Tarjeta
de identidad nmero 0703-1980-03645 y HECTOR RUFINO
CARCAMO PALMA, con Tarjeta de identidad nmero 0703-
1976-03081, ambos mayores de edad, Hondureos, de este
domicilio; libre y espontneamente celebramos el
presente contrato privado de promesa de venta, conforme
a las siguientes estipulaciones: PRIMERO: El
contratante seor ALEXIS EMILIO HERNANDEZ FLORES,
expresa: Que es dueo y est en posesin de un solar
ubicado en el lugar denominado el Encanto, Municipio de
Danl, departamento de El Paraso, con un rea de
QUINIENTOS METROS CUADRADOS (500.00 Mts2), con las
medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: veinte
metros (20.00 Mts), con Alexis Emilio Hernndez Flores;
AL SUR: veinte metros (20.00 Mts), con Alexis Emilio
Hernndez Flores; AL ESTE: veinticinco metros (25.00
Mts), con Alexis Emilio Hernndez Flores; AL OESTE:
veinticinco metros (25.00 Mts), con Alexis Emilio
Hernndez Flores.- Que adquiri dicho solar por compra
que le hice al seor Francisco Torres Medina, mediante
instrumento numero ciento setenta y siete (177),
autorizada por el Notario Rubn Rodrguez Betancourth,
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149
inscrito el dominio a su favor bajo asiento nmero tres
(03) Tomo novecientos (900), del Registro de la
Propiedad Hipotecas y Anotaciones Preventivas de esta
Seccin registral.- SEGUNDO: Contina declarando el
seor ALEXIS EMILIO HERNANDEZ FLORES, que por tenerlo
as convenido hace formal promesa de venta a favor del
seorHECTOR RUFINO CARCAMO PALMA, el inmueble descrito
en la clusula que antecede, contrato que sujetan a las
siguientes condiciones; a) El precio de venta se
conviene en la cantidad de DOSCIENTOS MIL LEMPIRAS
(Lps. 200,000.00); los cuales sern cancelados en
veintinueve (29) cuotas mensuales de SIETE MIL LEMPIRAS
(Lps. 7,000.00), iniciando a pagar la primera cuota en
fecha diecisiete (17) de Julio de dos mil doce (2012).-
En fecha primero (1) de noviembre de dos mil doce
(2012), el promitente comprador efectuara un pago de
CINCUENTA MIL LEMPIRAS (Lps. 50,000.00).- b) Una vez
que el promitente comprador efectu el pago total de
dicho inmueble, el promitente vendedor le otorgara la
escritura de dominio a favor del promitente comprador.-
c)Los gastos de escrituracin definitiva lo efectuarn
el promitente comprador HECTOR RUFINO CARCAMO PALMA.-
Dejando constancia que el contratante, que infrinja lo
pactado en el presente documento, responder por los
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daos y perjuicios econmicos que irrogue a la otra
parte contratante, salvo el caso de fuerza mayor o caso
fortuito.- TERCERO: El contratante seor HECTOR RUFINO
CARCAMO PALMA, expresan que aceptan el presente
contrato privado de promesa de venta, conforme a sus
propios trminos, por ser as lo convenido.
En fe de lo cual, firmamos y estampamos la huella
digital del dedo ndice de la mano derecha para
constancia del presente documento privado de promesa de
venta, en la ciudad de Danl, Departamento de El
Paraso, a los dos das del mes de julio del ao dos
mil doce.
ALEXIS EMILIO HERNANDEZ FLORES
Promitente vendedor
HECTOR RUFINO CARCAMO PALMA
Promitente Comprador
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS
SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, JUAN CARLOS CASTELLANOS VALLE, mayor de edad,
soltero, hondureo, Licenciado en Ciencias Jurdicas y
Sociales, con carnet de colegiacin nmero 10046y de
este domicilio, en mi condicin de Gestor Oficioso del
seor MAXIMINO HERNANDEZ, con todo respeto comparezco
ante usted solicitando que al margen del ASIENTO NUMERO
NUEVE (9) DEL TOMO SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE (677),
del Registro de la Propiedad, Hipotecas y Anotaciones
Preventivas, de esta Seccin Registral, hoy Institutode la Propiedad, se sirva inscribir las mejoras
siguientes: Construccin de una casa de habitacin
paredes de bloque de cemento, repelladas, pulidas y
pintadas por dentro y fuera, artesn de canaleta
metlica, techo cubierto de lminas de aluzinc, piso de
cermica, consta de tres dormitorios, sala, cocina,
comedor, bao, servicio sanitario, un tanque, pila para
captacin de agua potable con su respectivo lavandero,
consta de los servicio de agua potable, energa
elctrica y aguas negras.- Dichas mejoras las valoro
en la cantidad de DOSCIENTOS MIL LEMPIRAS (Lps
200,000.00).
Danl 17 de Febrero del 2011
______________________________
Lic. JUAN CARLOS CASTELLANOS VALLE
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS
SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, JUAN CARLOS CASTELLANOS VALLE, mayor de edad,
soltero, Hondureo, Licenciado en Ciencias Jurdicas y
Sociales, con carnet de colegiacin nmero 10046y de
este domicilio, en mi condicin de Gestor Oficioso de
la seora CARLA YANETT FERRERA NUEZ, con todo respeto
comparezco ante usted solicitando que al margen del
ASIENTO NUMERO CUARENTA Y UNO (41) DEL TOMO NOVECIENTOS
VEINTICINCO (925), del Registro de la Propiedad,
Hipotecas y Anotaciones Preventivas, de esta Seccin
Registral, hoy Instituto de la Propiedad, se sirva
inscribir las mejoras siguientes: Construccin de una
casa de habitacin, paredes de ladrillo rafn,
repelladas, pulidas y pintadas, artesn de canaleta
metlica, techo cubierto con lminas de asbesto y de
aluzinc, piso de ladrillo mosaico, puertas de madera de
pino aserrada, ventanas de celosas de vidrio, con su
respectivo balcn, consta de sala, tres dormitorios,
garaje, un bao, servicio sanitario, lavamanos, cercada
alrededor con muro perimetral de bloque de cemento,
consta de los servicios de energa elctrica, agua
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potable y aguas negras.- Dichas mejoras las valoro
en la cantidad de TREINTA MIL LEMPIRAS(Lps 30,000.00).
Danl 14 de Febrero del 2012
_________________________Lic. JUAN CARLOS CASTELLANOS VALLE
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS.SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, MELANIA DEL CARMEN NAVARRO CORRALES, mayor de edad,
soltera, ama de casa, Hondurea, y de este domicilio, con
todo respeto comparezco ante usted solicitando que al margen
del Asiento numero ochenta y cinco (85) , del Tomo
setecientos once (711), del Registro de la Propiedad,
Hipotecas y Anotaciones Preventivas, de esta Seccin
Registral; se sirva inscribir las mejoras siguientes: En
dicho derecho, se ha construido una casa de habitacin, de
cimentacin de piedra y castillos de hierro y fundicin de
cemento, paredes de adobes, repelladas y pulidas por dentro
y fuera, artesn de madera de pino aserrada, techo cubierto
de tejas de barro, piso fundicin de cemento; consta de TRES
DORMITORIOS, DE CINCO VARAS POR CINCO VARAS (5.00 Vrs. X 5.00
Vrs); UNA SALA, DE SIETE VARAS POR CINCO VARAS (7.00 Vrs x
5.00 Vrs); UN COMEDOR: DE CUATRO VARAS POR CUATRO VARAS (4.00
Vrs X 4.00 Vrs); UNA COCINA: DE SIETE VARAS POR TRES VARAS
(7.00 Vrs. X 3.00 Vrs); UN BAO: DE CUATRO POR CUATRO VARAS;
con su respectivo servicio lavable y lavamanos, tres pozos
spticos de bloque de cemento, una porqueriza de construida
de bloques de cemento, puertas de madera de pino, techo
cubierto con lamina de zinc, piso fundicin de cemento, un
gallinero cercado con maya cicln, dos pilas para la
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captacin de agua con su respectivo lavandero cada una,
consta de los servicios de agua potable; cercada al rededor
con alambre de pas de cuatro hilos y postes de roble.-
Dichas mejoras las valoro en la cantidad de CIEN MIL
LEMPIRAS (LPS. 100,000.00).
Danl, El Paraso 30 de Octubre del 2007.
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS.
SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, JOSE ALVINO VALLE SOSA, mayor de edad, casado, Perito
Mercantil y Contador Pblico, Hondureo, y de este
domicilio, con todo respeto comparezco ante usted solicitando
que al margen delAsiento numero veintitrs (23) , del Tomo
doscientos noventa (290), del Registro de la Propiedad,
Hipotecas y Anotaciones Preventivas, de esta Seccin
Registral; se sirva inscribir las mejoras siguientes: En
dicho Solar, se ha construido una casa de habitacin, de
cimentacin de piedra y castillos de hierro, paredes de
ladrillo rafn, repelladas pulidas y pintadas por dentro,
artesn de madera de color, techo cubierto con asbesto,
encielado, piso de ladrillo mosaico; consta de DOS
DORMITORIOS: DE CUATRO PUNTO DIEZ METROS POR TRES PUNTO
OCHENTA Y CINCO METROS (4.10 Mtrs. X 3.85 Mtrs); UNA COCINA:
DE TRES PUNTO VEINTICINCO METROS POR TRES PUNTO SETENTA Y
CINCO METROS (3.25 Mtrs. x 3.75 Mtrs); UNA SALA COMEDOR: DE
CUATRO PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS POR CUATRO PUNTO SETENTA
Y CINCO METROS (4.85 Mtrs X 4.75 Mtrs); UN PASILLO: DE UNO
PUNTO CINCUENTA METROS POR TRES PUNTO SETENTA Y CINCO METROS
(1.50 Mtrs. X 3.75 Mtrs); UN BAO: DE TRES PUNTO DIEZ
METROS POR UN METRO (3.10 Mtrs X 1.00
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Mtr); verja frontal de ladrillo rafn, un tanque de
abastecimiento de agua potable, servicio sanitario lavable,
lava trastos, pila para la captacin de agua con su
respectivo lavandero, consta de los servicios de agua
potable,
Luz elctrica, tubera de aguas negras, telfono, televisin
por cable.- Dichas mejoras las valoro en la cantidad de
DOSCIENTOS MIL LEMPIRAS (LPS. 200,000.00).
Danl, El Paraso, 06 de Noviembre del 2007.
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS.
SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, GLORIA JUSTINA COLINDRES, mayor de edad, casada, Ama de
casa, Hondurea, y de este domicilio, con todo respeto
comparezco ante usted solicitando que al margen del Asiento
numero veintisiete (27) , del Tomo seiscientos noventa y
nueve (699), del Registro de la propiedad, hipotecas y
Anotaciones Preventivas, de esta Seccin Registral; se sirva
inscribir las mejoras siguientes: En dicho Solar, se ha
construido una casa de habitacin con una dimensin de OCHO
POR DOCE METROS, paredes una parte de ladrillo y otra parte
de adobe, piso y parte de ladrillo y parte embaldosado de
cemento, techo de madera aserrada, teja y zinc, consta de
servicios de agua potable, luz elctrica, servicio sanitario,
dos pilas para captacin de agua, un tanque de bao, una
porqueriza construida de bloque y piso de cemento y zinc, una
caseta de ladrillo, piso cemento, techo canaleta y zinc, todo
cercado con maya .-
Dichas mejoras las valoro en la cantidad de CIENTO CINCUENTA
MIL LEMPIRAS (LPS. 150,000.00).
Danl, El Paraso 16 de Julio del 2007.
_____________________________________________________GLORIA JUSTINA COLINDRES.
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS.
SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, PEDRO FRANCISCO MURILLO SOSA, mayor de edad, casado,
Oficinista, Hondureo, de este domicilio, actuando como
Gestor oficioso del seor PEDRO AGUSTIN MURILLO PINEDA, con
todo respeto comparezco ante usted solicitando que al margen
del Asiento numero diecisiete (17) , del Tomo doscientos
cincuenta y dos (252), del Registro de la propiedad,
hipotecas y Anotaciones Preventivas, se sirva inscribir las
mejora siguientes: En dos Centavos de tierra, una casa de
habitacin construccin de Adobe, una sola pieza y una
cocina, piso de tierra, techo de tejas, puertas de madera
labrada, servicios de Agua Potable, Luz Elctrica, una
Letrina, arboles frutales un tamarindo y un mango.- Dichas
mejoras las valora mi representado en la cantidad deCUARENTA
MIL LEMPIRAS (LPS. 40,000.00).
Danl, El Paraso 26 de marzo del 2007.
_____________________________________________________PEDRO FRANCISCO MURILLO SOSA.
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS.
SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, JOSE ALBERTO CHAVEZ, Mayor de edad, casado, Ganadero,
Hondureo, con identidad No. 0701-1939-00166, de este
domicilio de Danl, Departamento de El Paraso, en mi
condicin de Gestor Oficioso de la Seora CAROLINA YAMILETH
CHAVEZ LOVO, con todo respeto comparezco ante usted
solicitando que al margen delAsiento numero cincuenta (50),
del Tomo seiscientos cuarenta y dos (642),del Registro de
la propiedad, hipotecas y Anotaciones Preventivas, inscriba
la siguiente minuta de mejoras: Una casa de habitacin
construida de paredes de adobes repelladas por dentro y
fuera, artesn de madera de pino aserrada, techo cubierto de
zinc, piso terraplenado, dos puertas de madera de pino y dos
ventanas de madera de pino, que consta de un Dormitorio que
mide diez por nueve metros ( 10.00 X 9.00 Mtrs), Un
Dormitorio de diez por nueve punto tres metros (10.00 X 9.3
Mtrs), un Comedor de ocho por siete metros (8.00 X 7.00
Mtrs), una Cocina de ocho por ocho metros (8.00 X 8.00
Mtrs), un Bao de tres por tres metros (3.00 X 3.00 Mtrs);
una Pila para la captacin de agua, consta del servicio de
Agua Potable, Luz Elctrica.- Dichas mejoras las valoro en la
cantidad deDIEZ MIL LEMPIRAS (LPS. 10,000.00).
Danl, El Paraso 23 de Octubre del 2006.
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SE SOLICITA INSCRIPCION DE MINUTA DE MEJORAS.
SEOR REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, INMUEBLE Y MERCANTIL.
Yo, EVA JUSTINA SOSA ZELAYA, Mayor de edad, soltera, Perito
Mercantil y Contador Pblico, Hondurea, con identidad No.
0703-1959-00873, de este domicilio de Danl, Departamento de
El Paraso, con todo respeto comparezco ante usted
solicitando que al margen delAsiento numero sesenta y tres
(63), del Tomo cuatrocientos cincuenta y cuatro (454), del
Registro de la propiedad, hipotecas y Anotaciones
Preventivas, inscriba la siguiente minuta de mejoras: Una
casa de habitacin construida de paredes de ladrillo rafn
repelladas y pulidas por dentro y fuera, pintada, artesn de
canaleta, techo cubierto de asbesto y aluzin, piso de
cermica y mosaico, seis puertas de madera y dos puertas de
metal, cinco ventanas de celosas y tres ventanas de madera
y celosas y balcn, cielo raso de panelit y fibra de vidrio,
que consta de una sala que mide siete punto ochenta y cinco
por seis punto treinta metros ( 7.85 X 6.30 Mtrs), Un
Dormitorio de cuatro por tres metros (4.00 X 3.00 Mtrs), otro
Dormitorio de tres punto ochenta por tres punto ochenta
metros (3.80 X 3.80 Mtrs), con su respectivo bao completo,
otro Dormitorio de tres punto noventa por seis punto cuarenta
Metros (3.90 X 6.40 Mtrs), Cocina Comedor de tres punto
sesenta X cinco punto setenta Mtrs (3.60 X 5.70 Mtrs), con su
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respectivo bao completo, Corredor de Fondo de dos punto
setenta y tres por cinco punto setenta metros (2.73 X 5.70
Mtrs), Un Garaje con Portn metlico de cinco punto noventa
por dos punto setenta Metros, (5.90 X 2.70 Mtrs), Un Porch de
siete por dos metros (7.00 X 2.00 Mtrs), Un Pasillo de dos
punto setenta por cero punto noventa Metros (2.70 X 0.90
Mtrs), Un Tapial de cinco punto cincuenta por tres metros
(5.50 X 3.00 Mtrs), Pozo Sptico, un Tapial de siete punto
sesenta por tres metros (7.60 X 3.00 Mtrs), Una verja de
cinco punto setenta por tres Metros (5.70 X 3.00 Mtrs),
consta del servicio de Agua Potable, Luz Elctrica, Lnea