Año de 1871. Jueves 13 de Julio. Número 15.
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d e V e n t a d e B i e n e s N a c i o n a l e s de la Provincia de Málaga.
Comisión principal de Ventas
de Propiedades y Derechos del Estado de la provincia de Málaga .
Por disposición del Sr. Gefe de la Administración económica de esta provincia, y en virtud á las leyes de 1.' de Mayo de 1855 y 11 de Julio de 1856 é instrucciones para su cumplimiento, se saca á pública subasta en el dia y liora que se dirá las fincas siguientes: REMATE para el dia 25de Agosto de 1871,
ante el Sr.-Juez del distrito de Sto. Domingo y Escribano D. José Avila y Lice-ras, el cual tendrá efecto en el mismo' dia álas doce de la mañana en las Casas Capitulares, sitas en el ex-convento de San Agustín de esta ciudad y en los Juzgados de primera instancia que se es-presarán.
Subasta en quiebra por falta de pago de plazos siguientes al 1.°
BIENES DE CORPORACIONES CIVILES.
Propios.
Rústicas.—Mayor cuantía.
REMATE EN MADRID, MÁLAGA Y COLMENAR. Núm. del invent.0 9. Segunda suerte ó trozo del cortijo lla
mado de Casapalma la baja ó vieja, situada en la deheza del Rey, término de lo villa del Colmenar, procedente del caudal de propios de esta capital: linda Norte tierras del cortijo de Marcliena, término de Antequera, por Este otras del de Casapalma la nueva y con la colada de ganados para Sierra Prieta, por Sur con la carretera de Granada y tierras del cortijo de los Moriscos y por Oeste con el rio Guadalmedina: consta de 440 fanegas del marco de esta ciudad ó sean 26569 áreas, 61 centiáreas y 4774 centímetros cuadrados, clasificadas en esta forma: 60 fanegas de 1.a, 100 de 2.a, 150 de 3.a, 117 montuosas y 13 de piedras y malezas: comprendiendo además 3 casas de nueva construcción; todo se lia tasado en 27510 pesetas en venta y 1375 con 50 céntimos en renta, produciendo esta una capitalización por la reciente incautación fieclia en 30948 pesetas 75 céntimos, tipo de la subasta.
Según resulta de antecedentes el caudal de que procede está gravado á varios capitales de censos y créditos y no se lia solicitado la subrogación de ninguno sobre el esprosado anterior trance, y en cumplimiento de lo prevenido en el articulo 30 de la ley de U de Julio de 1856 y 27
- 2 -de su instrucción, el producto líquido de 80 por 100 del valor en que fuese rematado llevará el destino que previene el
- 33 de dicha ley ínter in los acreedores ventilan sus dereclios, por lo que nada se bajará del remate que se obtenga.
La división de este cortijo en dos suertes ó trozos fué aprobada por la Direc* cion general de Propiedades y Derechos del Estado en 4 de Junio de 1859.
Dicha 2.a suerte que ahora nuevamente se ofrece á la venta, la remató el 14 de Diciembre de 1859 D. Antonio Ruiz, vecino de Madrid, en 38775 pesetas, adjudicándose por la Junta Superior de Ventas en 27 de Mayo de 1862; satisfizo el primer plazo en 22 de Setiembre del mismo año, y no aparece haya realizado los pagarés correspondientes á los 8 años siguientes vencidos en igual dia de 1863 á 1870, por lo que se ha incautado la Hacienda de la finca, y se procede á la subasta en quiebra de conformidad á lo prevenido en los artículos 6.° y 7.° del decreto de 23 de Junio de 1870.
% Ha sido tasada por | e l agrimensor y aforador D. José M.a Ruiz Fernandez y práctico D . Francisco Vallejo.
Subasta en quiebra por falta de pago de plazos siguientes al primero.
BIENES DEL ESTADO.
Clero.
Rústicas.—Menor cuantía.
REMATE EN MÁLAGA Y RONDA.
Núm. del invent,0
519. Una baza de tierra llamada de la Torrecilla, situada en el partido trance bajo de la Dehecilla, té rmino de la v i l la de Benaojan, procedente de su parroquial, la cual linda por Norte con tierras de los herederos de D. Diego Castaño Rosa, Poniente camino realengo que vá de Jime-ra de Libar á Ronda y por Levante y Sur con otras de los herederos de D. Barto-
• lomé Borrego, de una cabida de 11 fanegas 6 celemines (694 áreas, 42 centiáreas y 3060 centímetros cuadrados,) de pan sembrar: se ha tasado por el agrimensor D. José M. Ruiz y Fernandez y práctico D. Antonio Gómez y Gómez en 2000 pesetas en venta y 80 en renta, produciendo esta una capitalización por no ga
nar nada de 1800 pesetas, el tipo será la tasación.
No tiene censo. Tiene una servidumbre de 4 varas de
ancho que ía atraviesa de Sur á Norte, que dirijo al partido de los Codriales, y otra de dos varas para la bodega]de Don Diego Castaño.
F u é subastada el 24 de Diciembre de 1864 y rematada á favor de D. Antonio Garrido Sevillano, vecino de esta ciudad, en 3775 pesetas, adjudicada por la Junta Superior de Ventas en 24 de Marzo de 1865; pagó el 1.° y 2.° plazo en 12 de Mayo del mismo año, importantes 377 pesetas 50 céntimos, y adeudando el 3.°, 4.°, 5.*, 6.° y 7.° se ha incautado la Hacienda de la finca y se procede á nueva subasta en quiebra en v i r tud á los artículos 6.° y 7.° del Decreto de 23 de Junio de 1870.
Primera subasta.
BIENES DE CORPORACIONES CIVILES.
Propios.
Urbana.—Menor cuantía.
REMATE EN MALAGA.
Nüm. del invent.0
178, Un trozo de muralla antigua, situado á espaldas de la casa de D. José Men-sales calle de Torrijos n ú m . 12 moderno de esta ciudad, procedente de su-caudal de Propios: linda por Norte con el torreón. Este casa n ú m . 16 de aquella calle, de D. Miguel Tellez y con la del 54 calle de la Compañía de D. José Gorria, por el Sur la del n.0 10 calle de Torrijos de Üoña ,Carlota Montero y por Oeste con la espalda de la yá citada n ú m . 12: ocupa una superficie de 32 metros 84 decímetros cuadrados y una altura de tres metros 50 centímetros como término medio, construido de hormigón , siendo la referida superficie equivalente á 47 varas cuadradas y 4 decímetros de otra: toda la parte de muralla es de 12 metros 79 centímetros de longitud, resultando2 metros 81 centímetros de ancho hácia la estre-midad de Sur y en una ostensión de 3 metros 57 centímetros, habiéndose rosado 2 metros de su espesor en los 8 metros 22 centímetros restantes, viéndose palpablemente la rosadura se nota que
80 áreas, 19 centiáreas y 2307 centímetros cuadrados ó sean 6 celemines del marco de dicha ciudad, con 9 castaños: linda por Levante el arroyo llamado el Chorruelo, Norte otras de D. Juan Lobo Flores y Poniente y Sur otras de Blas Garcia Ponce: todo se lia tasado por los mismos peritos en 75 pesetas en venta
" y 7 con 50 en renta, arrojando esta una capitalización por la razón dicha de 168 pesetas 75 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene g ravámen . 1116. Otra suerte de tierra en el sitio d
pago de los Almijares, té rmino, procedencia y cabida de la anterior, con once castaños: linda Levante y Norte con término de Parauta y Poniente y Sur con propiedades de Bernardo Sánchez; tasado todo por los repetidos peritos en venta en 40 pesetas y en renta en 4 con 50 céntimos, produciendo esta una capitalización por la circunstancia dicha de 33 pesetas 75 cént imos, por lo que será el tipo la tasación.
No tiene g ravámen .
1117. Otra suerte de tierra sin nombre, partido de la Rosca, término y procedencia de la precedente, con 48 castaños grandes y pequeños; de cabida de 45 áreas, 30 centiáreas ó sean 9 celemines del espresado marco: linda Levante otras de Antonio Gutiérrez Gi l , Norte las de Diego Márquez, Poniente las de Cristd-bal Fernandez Ponce y Sur las de Francisco Román Román: tasado todo por los susodichos peritos en, 40 pesetas en venta y 4 con 50 céntimos en renta, dando esta un valor capital por la circunstancia espresada de 33 pesetas 75 céntimos, el tipo será la tasación.
No tiene g ravámen .
1118. Otra suerte de tierra sin nombre, en el sitio pago Fuente de Elvira , t é rmino y procedencia de la precedente, de una cabida de 120 áreas, 76 centiáreas y 9228 centímetros cuadrados ó sean 2 fanegas de dicho marco, con 41 castaños grandes y chicos: linda Levante otras de Diego Espinoza Naranjo, Poniente las de Diego Moreno, Sur las de Juan Lobo Flores y Norte las de Don Alonso Morales Mena: se ha tasado todo por los referidos peritos en 75 pesetas en venta y 7 con 50 céntimos en renta, y dando esta un valor capital por la circunstancia mencionada de 168 pesetas 75 céntimos, por esta cantidad se ofrece á la' subasta.
No tiene g ravámen .
5— 1119. Otra suerte de tierra sin nombre,
partido de Benajayon, t é rmino y procedencia de las anteriormente relatadas, de una cabida de 30 áreas, 19 centiáreas y 2307 cent ímetros cuadrados, que es igual á 6 celemines del prenotado marco, con 20 piés grandes y pequeños de castaños: linda Levante y Norte con otras de los herederos de Francisco Harillo Mairena, Poniente otras de Cristóbal Pon-ce Rojas y Sur otras de D. Alonso Morales Mena: todo ha sido tasado por los citados peritos en 50 pesetas en venta y 5 en renta, produciendo esta una capitalización por la razón espresada de 112 pesetas 50 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene g r a v á m e n .
REMATE EN MÁLAGA Y ESTEPOJJA.
1123. Una suerte de tierra montuosa l l a mada de Maicandíl, sitio y pago del mismo nombre, término de la v i l l a de Manilva, precedente de la Capellanía vacante de yuré voluto que fundó D. Pedro Cano, compuesta de 18 hectáreas , 86 áreas y 11 centiáreas, que es igual á 31 fanegas 3 celemines: linda Norte el Cordel de Ganaderos, Este tierras de D. Felipe Sánchez Fano y Alonso Collado, por Oeste otras de D. Diego López Ledesma y hermanos y Sur con la carretera de Cádiz á Málaga : se ha tasado por el agrimensor y aforador D. José M.a Ruiz y Fernandez y práctico D. José Rodríguez Pérez en 937 pesetas 50 céntimos en venta y 43 con 37 céntimos en renta, habiéndose capitalizado por esta por cobrarse la que gana por el Colector general de Capellanías en 978 pesetas 75 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene censo. Le atraviesa el camino que vá al cas-
t i l lo de Savinilla.
1120. Una suerte de tierra calma sin nombre especial, situada en el pago de la Ocasión, término de dicha v i l la de Mani lva y procedente de la Capellanía fundada por D. Pedro Toro, vacante de la clase de y u r é voluto, compuesta de 72 áreas y 69 centiáreas ó sean 1 fanega 3 celemines: linda Norte el camino de San Roque, Este tierras de varios particulares, Oeste otras de Mateo Collado Morilla y Sur el arroyo llamado de la Fragua: se ha tasado por los peritos ya dichos en 187 pesetas 50 cént imos en venta y 9
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con 25 en renta, que arroja una capitalización por la razón dicha de 208 pesetas 12 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene censo n i g r a v á m e n .
1121. Otra suerte de tierra calma, también sin nombre, pago, té rmino y procedencia de la anterior, de cabida de una liectárea, 81 áreas y 7 centiáreas 6 sean 3 fanegas del espresado marco: linda al Norte tierras de Alonso Collado Moril la, Este y Sur el camino de San Roque y Oeste el arroyo del partido: por los peritos de la anterior se ha tasado en 450 pesetas en venta y 22 con 50 céntimos en renta, resultando por esta una capitalización por la causa espresada de 506 pesetas 25 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene censo n i g r avámen .
1122. Otra suerte de tierra calma y montuosa, nombrada haza de la Capellanía, pago de la Pizarra, t é rmino de dicha v i -
.11a deManilva, procedente de la Capellanía vacante y de yu ré voluto fundada por D. Fernando Domínguez, compuesta de una cabida de 1 hectárea, 25 áreas y 74 centiáreas, igual á 2 fanegas y un celemín del citado marco: linda al Norte con el arroyo del pago referido. Este y Sur tierras de Francisco Ramírez Cortes y Oeste otras de Antonio Chantre Centeno y Juan Prd Lobato, atravesándola los caminos de San Roque y del castillo de la Sabinilla, consistiendo la parte montuosa en altabaca; por los relacionados peritos se ha tasado en 107 pesetas 50 céntimos en venta y en 5 con 25 en renta, dando una capitalización por la mencionada circunstancia de 118 pesetas 12 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene censo.
Primera subasta en quiebra.
BIENES DEL ESTADO.
Adjudicaciones.
Urbanas,—Menor cuantía.
REMATE EN MÁLAGA Y ESTEPONA.
Nóm. del invent0
124. Una casa en l a v i l l a de Estepona, calle de Guerrero ó del Cementerio, nú mero 4, procedente del Estado á quien se adjudicó por débito de D. Ramón Domingo de Torres: que linda por la izquierda saliendo con otra de Juan Con-treras, n ú m . 6, y por derecha hace esquina; mide 15 metros 60 centímetros de superficie, su estado de vida es bueno; se tasó por los peritos D. Rodrigo Navarro y D. Gabriel Sanqhez en 560 pesetas con 75 cént imos én venta y 40 pesetas en renta, dando esta una capitalización por no constar la que gana de 756 pesetas.
No tiene g ravámen . No habiendo tenido postor en las su
bastas de los días 15 de Marzo de 1866 y 8 de Enero de 1868, se sacó á tercera subasta por 524 pesetas 20 céntimos del 70 por 100 del primer tipo para el 31 de Diciembre de 1868 y no habiendo tenido efecto por los sucesos ocurridos en esta capital dicho día, se anunció de nuevo para el 14 de A b r i l de 1869 y no tuvo postor.
Se anunció á 4.a subasta por él tipo de 415 pesetas 80 céntimos del 55 por 100 del primitivo para el 4 de Setiembre de 1869 y la remató D. Melchor Navarro, vecino de Estepona, en 415 pesetas 80 céntimos, adjudicada en 7 de Febrero de 1870, y no habiendo pagado el primer plazo se ha declarado en quiebra y se procede á nueva subasta, debiendo ser el tipo las 415 pesetas 80 céntimos, que sirvió de base á dicho comprador.
CONDICIONES para tomar parte en las subastas y penas en que incurre por falta de pago
del primer plazo.
Real órden de 18 de Febrero de 1860.
Ar t . I.0 La identidad de la persona y domicilio de los postores, exigida por el art. 37 de la ley de 11 de Julio de 1856, se justificará mediante diligencia en el acto del remate, ante el Juez y Escribano que autoricen éste, con dos testigos de notoria solvencia, á juicio del Juez y del Comisionado de Ventas.
Real órden de 25 de Enero de 1867.
Disposición 7.a Regla 3.a—Caso de no darse razón del rematante en el domicilio espresado en el espediente de subasta, se buscará á cualquiera de los testigos de ¡abono, y se le en t regará la cédula de not if i cación.
Disposición 10 /—El Gobernador, al declarar la quiebra, oficiará al Juez ante quien se celebró la subasta, para que pueda imponer la responsabilidad á que se refieren los artículos 38 y 39 de la ley de 11 de Julio de 1856. Igual aviso dará al
Promotor fiscal de Hacienda para que pueda, instar y contribuir á que se haga efect iva la responsabilidad que la ley impone.
Ley de 11 de Julio de 1856.
A r t . 3 8 . ; Aprobada la subasta por la superioridad, si el interesado no hiciese efectivo el pago del primer plazo en el té r mino de los 15 dias siguientes á la notificación, se pondrá al instante en conocimiento del Juez que hubiese presidido la subasta.
E l Juez proveerá auto á cont inuación para que en el acto de la Notificación pague el interesado por viade multa la cuarta parte del valor nominal á que ascienda el primer pago, no bajando nunca esta mul ta de 1000 rs., si dicha cuarta parte no ascendiera á esta cantidad.
A r t . 39. Si en el acto de la notificación no hiciese efectiva la multa, sin necesidad de nueva providencia, y en aquel mismos momento, será constituido en prisión por via de apremo, á razón de un dia por cada 10 rs.; pero sin que la prisión pueda esceder de un año, poniéndose á continuación diligencia de quedar así ejecutado.
Lo que se hace saber á los licitadores con el fin de que no aleguen ignorancia.
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Advertencias. 1. a No se admitirán posturas que
dejen de cubrir el tipo de la subasta. 2. a El precio en que fueren rema
tadas las fincas, que se adjudicarán al mejor postor, sean de mayor ó menor cuantia y procedan de Corporaciones civiles, se pagará en 10 plazos iguales de 10 por 100 cada uno; y primero á los quince dias siguientes al de notificarse la adjudicación y los restantes con el intérvalo de un año cada uno, para que en nueve quede cubierto todo su valor, según se previene en la ley de 11 de Julio de 1856.
3. a Las fincas de mayor cuantía del Estado continuarán pagándose en los 15 plazos y catorce años ueprevit-enel art. 6.° de la ley de 1.0 de Mayo de 1855, y con la bonificación de 5 por 100 que el mismo otorga á los compradores que anticipen uno ó mas plazos pudiendo estos hacer el pago del 50 por 100 en papel de la Deuda pú-bliea consolidada ó diferida, conforme á lo dispuesto en el art. 20 de la me ncionada ley. Las de menor cuantía se pagarán en 20 plazos iguales, ó lo que es lo mismo durante 19 años. A los compradores que anticipen uno ó mas plazos no se les hará mas abono que el o por 100 anual, en el concepto de que al pago ha de ejecutarse al tenor de los quese dispone en las instrucciones de 5i de Mayo v 30 de Junio de 1855.
4. a Según resulta de los an
tecedentes y demás datos que existen en la Administración Económica de esta provincia, las fincas que comprende este anuncio no se hallan gravadas con carga alguna pero si apareciese posteriormente se indemnizará al comprador en los términos que ya en la ley citada se determina.
5. a Los compradores de bienes comprendidos en las leyes de desamortización solo podrán reclamar por los desperfectos que con posterioridad á la tasación sufran las fincas por falta de sus cabidas señaladas, ó por cualquiera otra causa justa, en el término improrogable de quince dias, desde el de la posesión. La toma de posesión podrá ser gube rnativa ó judicial, según convenga á los compradores. El que verificado el pago del primer plazo del importe del remate dejare de tomarla en ei término de un mes, se considerará como poseedor para los efectos de este artículo.
6. a Ei Estado no anulará las ventas por faltas ó perjuicios causados por los Agentes de la Administración é independientes de la voluntad de los compradores, pero quedarán á salvo las acciones civiles ó criminales, que procedan contra los culpables,
7.8 Las reclamaciones que con arreglo al art. 175 de la Instrucción de 51 de Mayo de 1855 deben d i rigirse á la Administración antes de entablarse en los Juzgados de primera
instancia demandas contra las fincas enagenadas por el Estado, deberán i n coarse en el término preciso de los isesmeses inmediatamente posteriores á la adjudicación. Pasado este tér mino, solo se admitirán en los Juzgados ordinarios las acciones de propiedad ó de otros derechos reales sobre las fincas. Estas cuestiones se sustanciarán con los poseedores, c i tándose de eviccion á la Administración.
8.a Los derechos de espediente hasta la toma de posesión serán de cuenta del rematante.
S.' A la vez que en Madrid, se ve rificará otro remate en los juzgados de primera instancia ya espresados.
10. El arrendamiento de las íin-cias urbanas caduca á los 40 dias después de la toma de posesión por el comprador, según la ley de 30 de
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Abril de 1856 y el de los prédios rústicos, concluido qlie sea el año de arrendamiento corriente á la toma de posesión por los compradores, según la misma ley.
11. Por el articulo 3.° del decreto del Gobierno Provisional fecha ^3 de Noviembre de 1868 y publicado en la Gaceta del siguiente dia 24, se autoriza la admisión por s u v a l o r n o m i n a l á e los bonos del empréstito de 200 millones de escudos, en pago de las fincas que se enagtmen por el Estado, en virtud de las leyes vigentes de desamortización.
T i . Las fincas espresadas han sido tasadas según se dispone en real decreto de 3 dé Octubre de 1858.
Lo que se pone en conocimiento del público para gobierno de los que quieran interesarse en el remate.
N O T A S 1.a Se considera como bienes de
corporaciones civiles los propios, beneficencia é instrucción pública, cuyos productos no ingresen en las Cajas del Estado, y los demás bienes que bajo diferentes denominaciones corresponden á las provincias y á los pueblos.
2 / Son bienes del Estado los que llevan este nombre, los de instrucción pública superior, cuyos productos i n gresen en las Cajas del Estado; los del secuestro del ex-infan-
te don Gárlos, los de las órdenes Militares de San Juan de Jerusalem, los de cofradías, obras pias, santuarios y todos los pertenecientes ó que se hallen disfrutando los individuos ó corporaciones eclesiásticas, cualquiera quesea su nombre, origen ó cláusulas de su fundación, á escepcion de las capellanías colativas de sangre
Málaga 13 de Julio de 1871.-El Comisionado principal de Ventas. E. Adolfo Morales y Gosso.
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Administración económica de la provincia de Málaga. «ooOODOOoes»
La Junta superior de Ventasen sesión de 30 de Junio último, se ha servido adiudicar las siguientes fincas y censos. J
Subasta del 29 de Octubre de 1865.
Número del
inventario
974
757
6745
232!
7556
1191
4123
4125
Clases de finca ó censo.
Un bancal de tierra de riego partido de la Barrera, término dé Istan de 2 celemines.
Procedencia,
Clero.
Remate.
Pels. Cts,
415
Compradores.
D. Pedro Rivas.
Vecindad.
Istan.
Subasta del 14 de Noviembre de 1870. Casa silla décimal calle de
Albaiva, núm. 27, en Casarabonela. Clero. 1580 D, Julián Garcia Mo
reno. Málaga.
Subasta del 29 de Noviembre de 1870. Censo en Mollina, sobre un
Cortijo denominado de la Alcoba de 1375 pesetas de capital y 41 con 25 céntimos de réditos. Clero. 860 D. José Burgos Sar
miento. Antequ/
Subasta del 13 de Mayo de 1871. Censo sobre casa en Velez
calle del Hospital de las Llagas de 200 pesetas de capital y 60 de réditos
Otro sobre el Cortijo de Berlanga, término de Ronda de 266 pesetas 66 céntimos de capital y 8 pesetas de réditos.
Otro sobre casa calle de los Remedios, en id. de 250 pesetas de capital y 7 con 50 céntimos de réditos.
Otro sobre casa calle de San Juan de Letran, en id. de 550 pesetas de capital y 16 con 50 céntimos de réditos.
Otro sobre casa Plazuela de Vascos, en id. de 550 pesetas de capital y 16 con 50 céntimos de réditos.
Clero.
Idem
Idem
Idem
Idem
1062 50 D. Francisco Quero Verdejo.
79 68
D. Lorenzo Orliz.
El mismo.
Velez Málaga.
Ronda.
215 71 D. Antonio Atienza.
21-5 71 £1 mismo.
Idem
Idem
Idem
Número
inventario
¿126
4383
2217
2225 2230 2240
2249 2258 2243 2253
2222 2212
Clase de fincas.
Censo sobre casa calle de San Juan de Letran, en id. de 550 pesetas de capital y 16 con 50 céntimos de réditos.
Otro sobre casa calle délos Remedios, en id. de 275 pesetas de capital y 8 con 25 céntimos de réditos.
Suerte de tierra de 4 fanegas Arroyo del Pinar, en Alhaurin de la Torre.
Id. id. de 3 fanegas en id. Id. id. de 3 fanegas en id. Suerte de tierra de 2 fane
gas partido Sierra Llana, en Alhaurin de la Torre.
Id. id. de 4 fanegas en id. Id. id. de 3 fanegas parti
do de la Sepultura, en id. Id. id de 5 fanegas. Id. id. de 2 1|2 fanegas
en id. Id. id. de 4 fanegas. Id. id. de 3 fanegas, parti
do de la Camareta en id.
—16—
Procedencia.
Clero.
Idem
Propios.
Idem Idem
Idem Idem
Idem Idem
Idem Idem
Idem
Remate.
Pts. Céts,
215 71
87 66
163
219 96
112 144
87 258
124 207
150
Compradores.
D. Antonio Atienza.
D. Lorenzo Ortiz.
D. Antonio Garcia Rodríguez.
El mismo. , Idem
Idem Idem
Idem Idem
Idem Idem
Idem
Vecindad.
Idem
Idem
Málaga. Idem Idem
Idem Idem
Idem Idem
Idem Idem
Idem
Lo que se publica en los Boletines oficiales de esta provincia, para conocimiento de los compradores y demás efectos, en conformidad á lo prevenido en el articulo 137 de la real |Instruccion de 31 de Mayo de 1855. Malaga 6 de Julio de 1871.—El Jefe económico, Antonio López.
Este numero 15 consta de cuatro pliegos.
Imp. de M Martínez Nieto, Granada, 69.
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—3— continna el muro con el mismo espesor por el patio de la casa n ú m . 18 de la prenotada calle y toda la jDarte rosada est á ocupada por el propietario de la casa n ú m . 16 y á referida: se ha tasado por D. Joaquín de Rucoba y Octavio de Toledo, arquitecto y D. Antonio Ruiz Fernandez, maestro de obras, en 262 pesetas 72 .céntimos en venta ó sea á 8 pesetas el metro superficial en planta y en renta anual 3 pesetas, por la que se ha capitalizado por no producir nada en 54 pesetas, el tipo de la subasta será la tasación.
E l caudal de que procede dicho trozo de muralla está gravado á varios capitales de censo y créditos á favor de corporaciones- y particulares, los cuales se r e in t eg ra rán luego que los acreedores acrediten su derecho según y en la forma que previene la ley de 11 de Julio de 1856.
Primera subasta.
BIENES DEL ESTADO.
Hacienda Militar.
Urbanas.—%layor cuantía.
REMATE EN MADRID, MALAGA Y RONDA.
Núm. del invent.0
182. Edificio que fué Castillo en la ciudad de Ronda, procedente del Estado por la Hacienda Militar, situado en la línea divisoria que separa el casco de la ciudad del Barrio de San Francisco: comprende lina superficie de 5690 metros cuadrados | con un torreón de sus muros, sin poderse ; designar los departamentos de que se ha | compuesto por estar todo destruido, ase- j gurándose contenia varios algives y cuadras para la tropa, inutilizado por estar llenos de escombros: linda por Norte con solares que en la calle de Zapatería se • encuentran abandonados, por Sur con un camino estrecho ó callejón que conduce | á las tierras llamadas del Terrero, por \ Poniente con dichas tierras y por Levan- ; te con el callejón llamado de las Imá- ; genes que conduce á la calle del Espiri- | tu-Santo y barrio de San Francisco, en el que se encuentra tapiada su puerta principal: se siembra de grano todos los ; años por vecinos de dicha ciudad sin au- ¡ torizacion alguna n i pagar renta: se ha I
tasado por los peritos D. José López M i -ges y D. José M.a Guerrero Caballero en 5690 pesetas en venta y nada en renta por no producir nada á la Hacienda, por lo cual esta cantidad servirá de tipo para la subasta.
No tiene g ravámen .
Primera subasta.
BIENES DEL ESTADO
Clero.
Urbanas —Menor cuantía.
REMATE EN MÁLAGA Y RONDA.
Núm. del invent.0
1038. ü a solar de casa ruinosa, situada en la calle Alta, de la v i l l a de Cartagima sin número , procedente de la Capellanía vacante llamada de Bermudez, compuesta ele 7 varas de longi tud por 4,50 de lat i tud d sean 21 metros: lindando por su derecha entrando con otra de los herederos deD. Cristóbal Giménez, izquierda la de Roque Garcia y por la espalda con solar de los herederos de Juan Rodríguez: se ha tasado por los peritos Crisidbal Naranjo y Juan Mar t in en 50 pesetas en venta .y nada en renta, por lo que esta cantidad será el tipo de la ; subasta.
No tiene g r avámen .
REMATE EN MÁLAGA Y MARBELLA.
1039. Una casa pequeña, en parte ruinosa, situada en la ciudad de Marbella, calle de la Rafina n ú m . 2 , procedente de la Capellanía vacante há muchos años, llamada de Bracho y fundó en 17 de Junio de 1772 D. Antonio de Parra Guerrero, y comprende 50 metros superficiales, conteniendo portal, sala, patio y corral: linda por Norte con casa de D. Juan Fernandez Matoso, Poniente otra de Cristóbal Duarte Urbano, Leván te la dicha de Fernandez, haciendo fachada á la calle por Sur: se ha tasado por los peritos Don Antonio Sánchez Garcia y D. Pedro Ma-dueño Urbano en 279 pesetas en venta, y en renta en 30 pesetas que es la que gana y produce una capitalización de 540 pesetas, tipo por que se saca á la subasta.
No tiene gravamen.
Primera Subasta. —4-
BIENES 1)E CORPORACIONES CIVILES.
Propios.
Rústicas.-—Menor cuantía.
REMATE EN MÁLAGA Y RONDA.
Ndm. del invent0.
1048. Una suerte de tierra herial y pedregosa, llamada Suerte segunda de los Navazos, en el partido de Montalate, término de la villa de Montejaque, procedente de sus Propios: que linda Norte tierras de D. José Guzman, Sur la suerte llamada Cañada de las Cordilleras y por Este y Oeste tierras de Propios: comprende una cabida de 2 hectáreas, 41 áreas y 42 centiáreas, que es lo mismo que 4 fanegas del marco de esta capital; se ha tasado por el agrimensor aforador D. José M.a Ruiz Fernandez y práctico D. Diego Garcia Mariscal en 300 pesetas en venta y 15 pesetas en renta que es la que puede ganar por no estar arrendada y produce una capitalización de 337 pesetas 50 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene gravámen. 1064 duplicado. Otra suerte de tierra he
rial y pedregosa, llamada Cañada de Santos, en el pago, término y procedencia de la anterior: que linda por Norte con la suerte Canchillo del Jabalí, Este y Sur el propio Canchillo y otros terrenos de Propios y por Oeste los mismos y la suerte llamada Majada de Santos; mide una cabida de 3 hectáreas, 62 áreas y 10 centiáreas igual á 6 fanegas de dicho marco, con 20 encinas endebles; que todo se ha tasado por los referidos peritos en 325 pesetas en venta y 16 con 25 céntimos en renta, habiéndose capitalizado por 30 pesetas que podrá ganar de renta anual en 675 pesetas, tipo de la subasta.
No tiene censo. Le atraviesa una colada de 8 varas de
ancho que dá paso á la fuente de la Gómela.
REMATE EN MÁLAGA Y ESTEPONA
3685. Una suerte de tierra llamada Soto de Pasajonda, pago del Rio Genál, término de la villa de Genalguacil, procedente de sus Propios: qua linda por Norte, Levante y Sur con monte del señor
Duque de Osuna y por Poniente con dicho rio; de cabida de 30 áreas, 10 centiáreas y 2307 centímetros cuadrados ó sean 6 celemines de riego del marco de esta ciudad: se ha tasado por los peritos prácticos D. Fernando Garcia Gago y D. Ildefonso Martin en 25 pesetas en venta y 2 con 50 céntimos en renta por la que se ha capitalizado por no constar la que gana en 56 pesetas 25 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene censo ni gravámen.
Primera subasta.
BIENES DEL ESTADO.
Clero.
Rústicas.—Menor cuantía.
REMATE EN MÁLAGA Y RONDA. Núm. del i nvenl.0
1113. Una haza de tierra de pan sembrar, sin nombre, en el partido del Puerto, término de la villa deCartajima, procedente de la Capellanía de yuré voluto, llamada de Bermudez: que linda por Levante con otra de D.»Francisco Sánchez Mengivar, Norte la de Francisco Guerrero Ortiz y Poniente y Sur las de Pedro Garcia Gil, compuesta de 301 áreas, 92 centiáreas y 3070 centímetros cuadrados ó sean 5 fanegas del marco de esta capital; habiéndose tasado por los peritos D. Cristóbal Naranjo Gutiérrez y Juan Martin Ponce en 560 pesetas en venta y 40 en renta y capitalizada por esta en atención á no constar la que gana en 900 pesetas, esta cantidad será el tipo de la subasta.
No tiene gravámen, 1114. Una suerte de tierra, sin nombre,
en el sitio ó pago de la Archana, término y procedencia de la anterior, compuesta de 6 áreas y 6 centiáreas ó sean dos celemines con 6 piés de castaños: linda por los 4 vientos con otras de Don Alonso Morales Mena, y tasado por los dichos peritos en 18 pesetas 75 céntimos en venta y 3 pesetas en renta, dando esta una capitalización por la razón espresada de 67 pesetas 50 céntimos, tipo de la subasta.
No tiene gravámen. 1115. Otra suerte de tierra también sin
nombre, en el partido, sitio, término y procedencia de la anterior, de cabida de