COMPRA Y VENTA Y ADJUDICACION EN REMATE
PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA
MONICA ALBORNOZ ALBORNOZ-A-
IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ
EN MELIPILLA, REPUBLICA DE CHILE, a Primero de Septiembre del dos mil
catorce, ante mí, ANDREA AURORA DEL SOLAR ROJAS, Abogado, NOTARIO PUBLICO, suplente de la titular doña ROSEMARIE MERY RICCI, según Decreto
Judicial, inserto bajo el numero ciento nueve, de este registro, domiciliada en calle
Serrano doscientos sesenta y cuatro, de esta ciudad, comparecen: don GUSTAVO OSCAR CAMPAÑA GONZALEZ, chileno, casado, abogado, cedula de identidad
numero nueve millones novecientos siete mil novecientos veintiséis guion seis, en
su calidad de Juez Interino del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, rol único
tributario numero sesenta millones trescientos seis mil cuarenta y tres guion uno,
ambos con domicilio en calle correa numero cuatrocientos noventa, comuna de
Melipilla, en representación legal de la ejecutada, doña MONICA ALBORNOZ ALBORNOZ, chilena, casada, cedula nacional de identidad numero ocho millones
ochocientos setenta mil noventa guion dos, por una parte como vendedor, y en su
oficio, por otra parte como comprador doña IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ, chilena, casada, egresada de derecho, cedula nacional de identidad
numero diez millones setecientos ochenta y cuatro mil dieciocho guion cuatro,
domiciliada en calle Ahumada numero doscientos cincuenta y cuatro,
departamento ochocientos diez, comuna de Santiago, los comparecientes
mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cedulas citadas y
exponen: PRIMERO: Que por este resolución de
fecha-------------------------------------------------, se ordeno reducir a escritura publica la
pertinente acta de venta en remate y adjudicación del inmueble ubicado en calle
Educadoras Hermanas Marambio numero cero ciento ochenta y cinco,
departamento trescientos tres, tercer piso, edificio o block veinte, perteneciente a
la copropiedad once, manzana F, de la población las Ostolazas, comuna de
Melipilla, región Metropolitana, que deslinda: NORPONIENTE: en tramo veintiséis
guion veintisiete de veinticuatro coma veinte metros con pasaje empresario
Manuel Ariztia y en tramo veintiocho guion veintiocho A de diez coma cero cero
metros con copropiedad diez; NORORIENTE: en tramo veinticinco guion veintiséis
de treinta y uno coma cincuenta metros con calle Educadoras Hermanas
Marambio; SURORIENTE: en tramo veinticuatro guion veinticinco de treinta y
cuatro coma veinte metros con Avenida Demetrio Bravo; SURPONIENTE: en
tramo veintiocho A guion veinticuatro de veintisiete coma cero cero metros y en
tramo veintisiete guion veintiocho de cuatro coma cincuenta metros con
copropiedad diez.- lo adquirió por compra al serviu metropolitano, singularizada en
el plano de copropiedad inmobiliaria, lamina DE- cuatro mil doscientos cuarenta y
seis guion A CP guion once, el que se encuentra archivado bajo el numero
quinientos cuarenta y uno del registro de propiedad del conservador de bienes
raíces de Melipilla del año dos mil seis. SEGUNDO: por este acto Doña CAMILA BEATRIZ RIQUELME CISTERNAS, chilena, abogada, cedula nacional de
identidad numero trece millones cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y tres
guion dos, en su calidad de Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Melipilla,
en representación legal de la ejecutada doña MONICA ALBORNOZ ALBORNOZ, cede y transfiere, el inmueble ya singularizado en la clausula anterior, a doña IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ, quien se adjudica, acepta y adquiere para
si la referida propiedad, para cuyo efecto a continuación se reduce a escritura
publica el acta de venta en remate y adjudicación del inmueble antes
singularizado, correspondiente a la adjudicación cuyo texto es el siguiente: “ la
juez titular del primer juzgado de letras de Melipilla, doña CAMILA BEATRIZ RIQUELME CISTERNAS, en la calidad en que comparece y estando ejecutoriada
la resolución de fecha treinta y uno de diciembre del dos mil doce que ordena
extender la escritura publica de adjudicación, según consta de la certificación de
fecha veinte de marzo del año dos mil trece, ambas del expediente rol numero c
guion setenta y cinco mil ciento sesenta y uno guion dos mil nueve, caratulados “
SELMAN CON ALBORNOZ”, quien concede y transfiere a doña IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ, ya antes singularizada, quien se adjudica,
adquiere y acepta, todos los derechos que les correspondan sobre la propiedad ya
antes singularizada. TERCERO: el otorgamiento y adjudicación es de
------------------------------------, cantidad que el adeudaba y se declara íntegramente
pagado. CUARTO: en atención a lo previsto en el articulo cuatrocientos noventa y
cinco del código de procedimiento civil que ordena insertar en la respectiva
escritura publica de adjudicación y venta en remate todos los antecedentes
necesarios, y teniendo presente lo previsto en el articulo cuatrocientos diez del
código orgánico de tribunales, a fin de dar cabal cumplimiento a la disposición
legal citada, en copias autorizadas, de los mismos autos, quien a petición de las
partes deja expresa constancia de la exhibición disponiéndose que se agregue a
la escritura y como parte integrante de la misma, fotocopia autorizada de todos los
antecedentes necesarios del expediente judicial antes individualizado, las que
para estos efectos se agregan al final del repertorio numero mil ochocientos treinta
y nueve guion dos mil trece. QUINTO: el otorgamiento y adjudicación de la
propiedad singularizada en la clausula primera, se hace como especie o cuerpo
cierto, con todo lo construido y plantado en ella, en el estado en que actualmente
se encuentre y que el adjudicador declara conocer, con todos sus usos,
costumbres, derechos y servidumbres activas y pasivas, libre de todo gravamen,
prohibición o embargo. SEXTO: Se faculta al portador de copia autorizada de la
presente escritura para requerir al Conservador de Bienes Raíces respectivo, las
inscripciones, subinscripciones, cancelaciones y demás anotaciones que
correspondan. Especialmente para requerir la anotación de la presente escritura al
margen de la matriz de la escritura publica suscrita ante el notario publico de
Melipilla, doña ROSSEMARIE MERY RICCI, de fecha veintinueve de agosto del
año dos mil trece, repertorio numero mil ochocientos treinta y nueve guion dos mil
trece.- En comprobante y previa lectura firman los comparecientes. Se da copia.
Doy fe.
_________________________JUEZ INTERINO DEL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA
_________________________IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ
C.I. 10.784.018-4