Gestión de Calidad - 2010
EMPRESAS PUBLICAS DE MALAGA E.P.M – E.S.P.
NIT. 890-205-049-0
ADJUDICACION DEL CONTRATO
RESOLUCION No. 031
(09 DE MAYO DE 2011)
Por medio de la cual se Adjudica un contrato en el proceso de
INVITACION PÚBLICA - EPM.OP-AAM-002-2011
EL GERENTE DE LAS EMPRESA PUBLICAS DE MALAGA EPM – ESP
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, los contratos que celebre la EMPRESAS PUBLICAS DE MALAGA EPM - ESP, tendientes a la realización de su objeto para la prestación del servicio Público domiciliario de Aseo, acueducto, alcantarillado y demás actividades complementarias previstas en la Ley 142 de 1994, se regirán por el derecho privado.
Que el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007 establece que: “…Las entidades estatales
que por disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional al del
Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, aplicarán en desarrollo
de su actividad contractual, acorde con su régimen legal especial, los principios de la
función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la
Constitución Política, respectivamente según sea el caso y estarán sometidas al
régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación
estatal” (Subrayado fuera de texto).
Que la EMPRESAS PUBLICAS DE MALAGA EPM - ESP, tiene por objeto la
prestación del servicio público domiciliario de aseo, acueducto y alcantarillado.
Que las EMPRESAS PUBLICAS DE MALAGA EPM –ESP, requiere contratar
“AMPLIACION DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DEL
MUNICIPIO DE MALAGA - DEPARTAMENTO DE SANTANDER DE LA
URBANIZACION PRADOS DE SEVILLA”, por un valor de MIL CIENTO TREINTA Y
SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS
DOCE PESOS ($1.136.357.412) M/CTE, el cual se encuentra amparado por el
certificado de disponibilidad presupuestal CDP: No. 495 del rubro ACUEDUCTO Y
No. 496 del rubro ALCANTARILLADO DE FECHA 13 DE ABRIL DE 2011.
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ADJUDICACION DEL CONTRATO
Que en cumplimiento del artículo 21, de la resolución 010 del 31 de diciembre del
2010, por medio del cual se aprobó manual de contratación de la EPM, en su numeral
7º Los actos que se expidan en la actividad contractual o con ocasión de ella, salvo
los de mero trámite, se motivarán en forma detallada y precisa e igualmente lo serán
los informes de evaluación, el acto de adjudicación y la declaratoria de desierta del
proceso de escogencia.
Que realizados los estudios, pliegos y los trámites previos contemplados en el
manual de contratación, específicamente en su artículo, 30.3. INVITACIÓN
PÚBLICA. “Habrá invitación pública para la selección del contratista y la celebración
de contratos cuando su valor sea superior a DOS MIL (2.000) SMLMV”, se invito a
presentar ofertas a proponentes dentro de la invitación pública para desarrollar
el PROCESO: EPM.OP-AAM-002-2011, Cuyo objeto es “AMPLIACION
DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE
MALAGA - DEPARTAMENTO DE SANTANDER DE LA URBANIZACION
PRADOS DE SEVILLA”
Que surtido el tramite, se público oportunamente en la página WEB: www.epmmalaga.co, de las Empresas Publicas de Málaga, los Estudios previos acompañados del proyecto de pliegos de condiciones en su etapa borrador y luego los pliegos de condiciones definitivos en su etapa convocado y demás información y anexos del proceso para la invitación publica en mención.
Que se recibió solo la observación del Ingeniero Ángel Roa Hernández al pre- pliegos de condiciones, la cual fue respondida en su momento y publicada en la respectiva pagina WEB, mediante adendo.
Que el plazo para presentar las propuestas establecido, fue publicado en la página www.epmmalaga.co, en el respectivo pliego de condiciones, desde el día 28 de Abril hasta el día 03 de Mayo de 2011.
Que el día 03 de Mayo de 2011, se llevo a cabo el cierre del proceso para lo cual se levantó la correspondiente acta.
Que el día 03 de Mayo de 2011, se llevo a cabo el acto de apertura de sobres de las propuestas para lo cual se levantó la Correspondiente acta.
Que el día 03 de Mayo, se público el informe del comité evaluador con el fin se procediera a realizar las observaciones del caso.
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No obteniéndose observación alguna AL INFORME DEL COMITÉ EVALUADOR, el gerente procede a realizar la respectiva adjudicación, según lo plasmado el manual de contratación de la EPM – ESP.
Como resultado de las evaluaciones de las propuestas por parte del comité evaluador se obtuvo el siguiente resultado, de un solo proponente: ASPECTOS HABILITANTES:
PROPONENTE VALOR
Ing. ANGEL ROA HERNANDEZ ($1.136.357.412)
PROPONENTE CAPACIDAD JURIDICA
CAPACIDAD FINANCIERA
EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECIFICA
Ing. ANGEL ROA HERNANDEZ
SI SI SI
ASPECTOS CALIFICABLES:
PROPONENTE
PUNTAJE CRITERIO
ECONOMICO
PUNTAJE CRITERIO TECNICO
PROGRAMA DE
TRABAJO
TOTAL
Ing. ANGEL ROA HERNANDEZ
700 250 50 1000
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Ordenar la ADJUDICACIÒN DEL CONTRATO, del proceso de
INVITACION PÚBLICA - EPM.OP-AAM-002-2011, cuyo objeto lo constituye
“AMPLIACION DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DEL
MUNICIPIO DE MALAGA - DEPARTAMENTO DE SANTANDER DE LA
URBANIZACION PRADOS DE SEVILLA”, por un valor de MIL CIENTO TREINTA Y
SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS
DOCE PESOS ($1.136.357.412), Teniendo en cuenta, que es el proponente
evaluado por el comité y los puntajes obtenidos, de conformidad con el
cumplimiento de requisitos establecidos en los PLIEGOS DE CONDICIONES y
el manual de contratación de la entidad, el señor Gerente de las empresas
Publicas de Málaga adjudica:
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ADJUDICACION DEL CONTRATO
Al Ing. ANGEL ROA HERNANDEZ, Toda vez que cumplió con los requisitos
mínimos, y en la evaluación total obtuvo un puntaje de: 1000 puntos, por lo
tanto es elegible y se le adjudica el contrato así:
PROPONENTE: Ing. ANGEL ROA HERNANDEZ
OBJETO: “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE MALAGA - DEPARTAMENTO DE SANTANDER DE LA URBANIZACION PRADOS DE SEVILLA”
VALOR: MIL CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DOCE PESOS
($1.136.357.412) M/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: El proponente deberá proceder a la legalización del respectivo contrato en los términos estipulados en los pliegos de condiciones. ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su expedición.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Málaga, A los 09 días de MAYO de 2011.
(Original Firmado) JUAN CARLOS ORTIZ COLMENARES Gerente E.P.M.
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