República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas
Escuela de Derecho
Fuentes del Derecho Tributario
Estudiante: Génesis García
Cedula: 21.129.836
Seccion: Saia/A
Asignatura: Derecho Tributario
Profesora: Emily Ramírez
Barquisimeto, Septiembre del 2015
Índice
Definición:
a) Ley.
b) decretos ley.
c) reglamentos.
d) tratados internacionales.
e) providencias administrativas.
f) doctrina y jurisprudencias.
g) usos y costumbre.
Introducción
El Derecho Tributario es el conjunto de normas que regulan la relación
tributaria existente entre la administración y el contribuyente, al producirse el
hecho generador del tributo. La administración, que es el sujeto activo, y el
sujeto pasivo, que es el contribuyente, no están vinculados por una relación
de poder, sino jurídica, y en igualdad de condiciones. Esta rama del Derecho
tiene por objeto la recaudación y su contenido está referido a la actividad de
la administración facultada, para demandar del sujeto pasivo la obligación de
comparecer ante ésta cuando es notificado; de exhibir libros o documentos
contables, presentar declaraciones juradas, entre otras; incluye asimismo las
normas sancionatorias de las infracciones a las obligaciones por parte del
contribuyente, responsables o terceras personas.
En este sentido, es importante señalar la importancia de la Ley en el
Derecho tributario, debido a que esta es fuente generadora de obligaciones y
es fundamental en la creación de normas; esto se traduce en una garantía
que poseen los sujetos pasivos que aportan capital al gasto público del
Estado. Es así como la Ley evita y penaliza abusos que puedan sufrir estas
contribuciones por parte de la Administración Pública en contra de los
administradores.
Un análisis de esta rama del Derecho, así como de otros aspectos
relacionados con el mismo, se desglosará en las siguientes páginas.
Fuentes del Derecho Tributario
El derecho tributario es una rama del Derecho público, que estudia las
normas jurídicas a través de las cuales elEstado ejerce su poder tributario
con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para
sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común;
constituyen fuentes del derecho fiscal la ley, los decretos ley, reglamentos,
tratados internacionales, providencias administrativas, doctrinas y
jurisprudencias, usos y costumbres.
Siendo la Ley muy importante en la misma debido a que esta es fuente
generadora de obligaciones y es fundamental en la creación de normas
sustantivas en esta rama del derecho; es una garantía que poseen las
personas quienes contribuyen con el gasto público del Estado. Por
consiguiente es un freno contra los abusos que pueda sufrir estas
contribuciones por parte de la Administración Publica en contra de los
administradores.
Para Salas Hernández (1966), el Decreto Ley en materia tributaria no
puede a regular ningún aspecto de la materia tributaria directamente, ni pide
indirectamente afectar a la mencionada materia, un Decreto Ley que no
regule directamente un tributo pero que afecte de alguna manera al deber de
contribuir sería inconstitucional. Así también, Pérez Royo (2012) expresa,
que el deber de contribuir no debería considerarse como alguna cosa aislada
sino que debe contemplarse en todo el sistema tributario, hay que analizar en
cada uno de los supuestos si se vulnera o no el deber de contribuir.
Ahora bien, los reglamentos son todo acto formalmente administrativo
pero materialmente legislativo, mediante el cual el Poder Ejecutivo aporta o
provee para que una ley sea entendida y acatada; este presenta un vínculo
con la Ley, y sus disposiciones se desarrollan en torno y bajo los límites de
las disposiciones legales, correspondientes a que un acuerdo es un acto
administrativo autónomo en el cual el Poder Ejecutivo, por autoridad o
delegación de funciones por parte del legislativo, puede dictar disposiciones
de carácter general, impersonal y abstracto en sustitución de la legislación
del legislador.
Por otra parte, los Tratados Internacionales, son acuerdos escritos
entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por
este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y
siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que
sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes
concluyan un tratado internacional; lo más común es que tales acuerdos se
realicen entre Estados, aunque pueden celebrarse entre Estados
y organizaciones internacionales. Los primeros están regulados por
la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969; los
segundos, los segundos, por la Convención de Viena sobre el Derecho de
los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o
entre Organizaciones Internacionales de 1986.
Así mismo, tenemos las Providencias Administrativas, el cual es un
documento que se origina de la Administración Publica en cumplimiento de
las potestades y facultades previstas en el ordenamiento jurídico, pudiendo
ser de carácter general o particular, dependiendo de cuál sea el caso; estos,
son aplicados por funcionarios adscritos a los departamentos mediante
Providencia Administrativa, para la debida fiscalización y hacer cumplir las
obligaciones tributarias o algún hecho imponible a los sujetos pasivos
pertenecientes a las respectivas regiones.
De igual manera, se encuentran las Doctrinas y Jurisprudencias, las
primeras son estudios de carácter científico que los juristas realizan en torno
al Derecho, y a través de su interpretación se busca un propósito teórico, con
la finalidad de señalar normas para su aplicación. La doctrina estudia los
manantiales de donde brota el derecho: investiga el papel histórico y las
relaciones existentes entre las diversas fuentes; esclarece el significado de
las normas y elabora, para entender en toda su extensión, el significado de
los modelos jurídicos; en segundo lugar esta la jurisprudencia,la cual es una
doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado (Tribunal Supremo
de Justicia) que se repiten en más de una resolución.
Esto significa que para conocer el contenido completo de las normas
vigentes hay que considerar cómo han sido aplicadas en el pasado. En otras
palabras, la jurisprudencia es el conjunto de sentencias que han resuelto
casos fundamentándose en ellas mismas.El estudio de las variaciones de la
jurisprudencia a lo largo del tiempo es la mejor manera de conocer las
evoluciones en la aplicación de las leyes, quizás con mayor exactitud que el
mero repaso de las distintas reformas del derecho positivo que en algunos
casos no llegan a aplicarse realmente a pesar de su promulgación oficial.
Finalmente tenemos el Uso y las Costumbres, se refieren a
las tradiciones memorizadas y transmitidas desde generaciones ancestrales,
originales, sin necesidad de un sistema de escritura; es decir, son actitudes.
La doctrina considera a la costumbre como una institución que tiene como
fuente directa a la ciencia del Derecho y es conocida como fuente formal, es
cualquier uso o practica sostenida en el tiempo de una colectiva.
En sentido jurídico, la costumbre se entiende como la repetición constante
y reiterada de un comportamiento, con la convicción por parte de la sociedad
a que responda a una necesidad jurídica, siendo así que debe imponerse a
la conducta humana bajo el mando coercitivo del Derecho.
Conclusiones
Existen normas que regulan la actividad de la administración pública y
fiscalizan cada proceso que se lleva a cabo dentro de esta para evitar
abusos de los administradores y para que la labor de recaudación de
impuestos se haga de una manera transparente, y de este modo cada
ciudadano contribuyente pueda acceder oportuna y eficazmente a la
información que le provea dicha administración sobre el destino que se le da
a los fondos públicos obtenidos mediante los impuestos. A través de los
tratados internacionales, las providencias administrativas y otras normas
vigentes, se busca que los administradores no incurran en delitos, y si lo
hacen, respondan ante la Ley. De esto trata no sólo el Derecho tributario,
sino también todas las áreas del Derecho, que el Estado y los ciudadanos
cumplan con las doctrinas, las jurisprudencias y toda la estructura legal
existente para que la sociedad funcione y se garantice un bienestar acorde a
las expectativas de los habitantes.
Bibliografía:
Pérez Royo, F (2012). Derecho Financiero y Tributario. Civitas
Ediciones, S.L
Salas Hernández, J (1966). Los Decretos Ley en el ordenamiento
jurídico español. En torno a la urgencia, RAP.
Villegas, H (2002). Curso de Finanzas, Derecho Financiero y
Tributario. 8va edición, Buenos Aires.
Ossorio, M (2006). Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y
Sociales. Buenos Aires: Heliasta.
Garcia Belsume Horacio. (1992). Temas de Derecho Tributario.
Abeledo Perrot. Buenos Aires. Argentina.
Arias, (1994). Proyectos de Investigación metodológica. Caracas
Venezuela: Ediciones Noma.