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IMPUESTO A LA RENTA
PERSONAS NATURALES
RENTAS DE
CUARTA Y QUINTA CATEGORIA
01
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3.9.- Impuesto a la Renta de Personas Naturales
3.9.1.- Rentas de Cuarta Categora
3.9.1.1.- Supuestos de Rentas de Cuarta Categora
3.9.1.2.- Renta Neta Anual de Cuarta Categora
3.9.1.3.- Pagos a cuenta y retenciones del impuesto.
3.9.1.4.- Suspensin de retenciones o pagos a cuenta.3.9.1.5.- Pagos a cuenta y retenciones.
3.9.1.6.- Caso Prctico de Rentas de Cuarta Categora.
3.9.1.7.- Obligaciones formales.
3.9.1.7.1.- Inscripcin en el Registro Unico de Contribuyentes
3.9.1.7.2.- Comprobantes de pago.3.9.1.7.3.- Libro e Ingresos y gastos.
3.9.1.7.4.- Declaraciones, pagos y retenciones.
3.9.1.7.5.- Agentes de Retencin.
CONTENIDO
02
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3.9.- Impuesto a la Renta de Personas Naturales
3.9.2.- Rentas de Quinta Categora
3.9.2.1.- Supuestos de Rentas de Quinta Categora
3.9.2.2.- Supuestos distintos a las rentas Quinta Categora
3.9.2.3.- Rentas Inafectas.
3.9.2.4.- Rentas Exoneradas.3.9.2.5.- Remuneracin bruta de Quinta Categora.
3.9.2.6.- Caso de aplicacin de Rentas de Quinta Categora.
3.9.2.7.- Determinacin de Renta Neta.
3.9.2.8.- Responsables y retenciones del impuesto.
3.9.2.9.- Obligaciones formales del Agente de Retencin.3.9.2.10.- Obligaciones formales del Trabajador.
3.9.2.11.- Liquidacin de la retencin mensual.
3.9.2.12.- Retenciones en exceso.
3.9.2.13.- Omisin de la retencin del impuesto.
CONTENIDO
02
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4
MAPA CONCEPTUAL
RENTA DE PERSONAS NATURALES
CONTRIBUYENTESPERSONAS NATURALESSOCIEDADES CONYUGALESSUCESIN INDIVISA
CATEGORAS
PRIMERA SEGUNDA QUINTACUARTA
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 1C
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 2C
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 4C
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 5C
CRITERIOS DE IMPUTACIN
DEVENGADO PERCIBIDO
(+) (+) (+) (+) OBLIGA
CIONESFORMALE
S
OBLIG
AC.SUSTANCIALES
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5
CONTENIDO
3. Rentas de Cuarta Categora.4. Rentas de Quinta Categora.
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6
RENTAS DE CUARTA
CATEGORA
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7
SLO LAS PERSONAS NATURALES
Rta 3ra : En form a asociada.
Rta 4ta :En form a independ iente.
Rta 5ta :En form a dependiente.
Los trabajadores pueden generar rentas :
Quines obtienen
Rentas de Cuarta Categora?
Base Legal: Art. 28 inc. f) , 33 y 34 inc. f) del TUO de la LIR.
RENTAS DEL TRABAJO.
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RENTAS DE CUARTA CATEGORIA
A. Ejercicio individual decualquier:Profesin
ArteCienciaOficio
B. Desempeo de funcio-nes de:Director de Empresas
SndicoMandatarioGestor de NegociosAlbacea
Se incluye los ingresos percibidos por el desempeo defunciones de regidor municipal o consejero regional.
Base Legal: Art. 33, del TUO de la LIR.
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RENTAS DE CUARTA CATEGORIA
Gestor deNegocios
Albacea
Persona que sin mandato expreso ni tcito, seencarga voluntariamente de administrar losnegocios de otro.Requiere la ratificacin del dueo
Tiene a su cargo cumplir y ejecutar lo que eltestador ha ordenado en su testamento u otraforma de disposicin de ltima voluntad.
Sndico
Mandatario
Encargado de liquidar el activo y pasivo de una
empresa en los concursos de acreedores y en lasquiebras.
Es el obligado a realizar uno o ms actos jurdicos,por cuenta e inters del mandante; el mandatarioacta en nombre del mandante.
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RENTAS DE CUARTA CATEGORIA
Otras actividades
similares
Regidores de las
municipalidades
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Las percibidas por el trabajo independiente concontratos de prestacin de servicios, normados porla legislacin civil, cuando:
-El lugar y horario es designado por el usuario.-El usuario proporciona los elementos de trabajo
El usuario asume los gastos por el servicio.
En estos casos, los ingresos con st i tuyen Rentas de
Qu in ta Categora.Inc e.) Art. 34 LIR)
NO SON RENTAS DE CUARTA CATEGORA
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RENTAS DE CUARTA CATEGORIADETERMINACION DE LA RENTA NETA
RENTANETA
RENTABRUTA
20% DELA R.B.
7UIT= - -
Hasta 24 UITSolo para ejercicio
independiente.Hasta el lmite laRenta Neta
CRITERIO DE IMPUTACIN PERCIBIDO
Renta Neta Anual deCuarta Categora
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RETENCIONESRENTABRUTAQUE SEABONE
10%X
PAGOS A CUENTA Y RETENCIONESDEL IMPUESTO A LA RENTA DE
CUARTA CATEGORA
PAGODIRECTO
RENTABRUTA 4ta.MENSUAL
10%X
Aplicable
contra el pago
a cuenta
mensual
OBLIGADOSSI RETENCION
NO CUBRE el
importe
AGENTES DERETENCIN
Base Legal: Art. 74 y 86, del TUO de la LIR.
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RETENCIONESRENTABRUTAQUE SEABONE
8%X
PAGOS A CUENTA Y RETENCIONES DELIMPUESTO A LA RENTA DE CUARTA
CATEGORA A PARTIR DEL 2015
PAGODIRECTO
RENTABRUTA 4ta.MENSUAL
8%X
Aplicable
contra el pago
a cuenta
mensual
OBLIGADOSSI RETENCION
NO CUBRE el
importe
AGENTES DERETENCIN
Base Legal: Art. 74 y 86, del TUO de la LIR.
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RENTAS DE CUARTA CATEGORIA:
RETENCIONES
Agentes deRetencin
PersonasNaturales
Empresas
Entidades
OBLIGADOSA LLEVAR:Contabilidad
Completa oRegistro de
ventas, compras yLibro Diario form.simplificado
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Pago a Cuenta Mensual CuartaCategora - OBLIGADOS
1. Contribuyentes queperciben rentas decuarta categora.
El total de susrentas de cuarta
categora percibidasen el mes.
S/.2,807
2. Contribuyentes queperciben rentas decuarta y quinta
categora.
La suma de susrentas de cuarta yquinta categora
percibidas en elmes.
S/.2,807
3. Contribuyentes queperciben rentas de
4ta categora por lasfunciones a que se
refiere el inciso b) del
artculo 33 del TUOdel Impuesto a laRenta, o percibandichas rentas y
adems otras rentasde cuarta y/o quinta
categoras.
La suma de susrentas de cuarta y
quinta categorapercibidas en el
mes.
S/.2,406
Presentar ladeclaracin
mensual y efectuarpagos a cuenta del
impuesto a larenta.
NO OBLIGADOS ASUPUESTOS REFERENCIA 2015
Base Legal: R.S. N 013-2007/SUNAT y R.S. N 002-2015/SUNAT .
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A partir de enero de cada ejercicio gravable, loscontribuyentes que perciban rentas de cuarta categora
podrn solicitar la suspensin de las retenciones y /o
pagos a cuenta.
SUSPENSION DE RETENCIONES OPAGOS A CUENTA
CUARTA CATEGORIA 2015:
Base Legal: Art. 4 del D.S. N 215-2006-EF. (modificado por el DS N 377-2014) y elart. 3 de la R.S. N 013-2007SUNAT.
S i d R t i P C t d CUARTA CATEGORIA 2015
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Suspensin de Retenciones o Pagos a Cuenta de CUARTA CATEGORIA 2015.
Base Legal: R.S. N 013-2007/SUNAT y R.S. N 002-2015/SUNAT
1.Contribuyentes que perciben rentas
de cuarta categora
2.Contribuyentes que perciban rentas de cuarta
y quinta categora
3.Directores de empresas, sndicos, mandatarios,
gestores de negocios, albaceas o similares y otras
rentas de cuarta y quinta categora
1.Se encuentran los mismos supuestos que se
detallan lneas arriba, con la salvedad que para
determinar los ingresos proyectados se tienen en
consideracin los periodos de referencia
2.Cuando los ingresos proyectados en base a
los periodos de referencia superanlos montos
establecidos por SUNAT
Contribuyentes que
han iniciado
actividades
generadoras de renta
de cuarta categora
desde noviembre del
ejercicio 2010.
Sujetos que
pueden solicitar la
sus pensin Supuestos
Condiciones que se deben cumplir para
que proceda la autorizacin de la
suspensin
I P < = S/. 33,688.00
I P < = S/. 33,688.00
I P < = S/. 26,950.00
I P < = S/. 33,688.00
I P < = S/. 33,688.00
Contribuyentes que
han iniciado
actividades
generadoras de renta
de cuarta categora
antes de noviembre
del e jercicio 2010
I R P < = 10% x P M I P x N
I R P < = R + PC de 4 y 5 2014 + SF 2014
I P < = S/. 26,950.00
Solicitudes presentadas entre Ene y Jun del 2014
Solicitudes presentadas entre Jul y Dic 2014
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2015I P Ingresos Proyectados por rentas de
cuarta categora (durante el periodo de referencia
I R P Impuesto a la Renta Proyectado
P M I P Promedio Mensual de IngresosProyectados por rentas de cuarta categora
Cmo se ob tiene el P M I P ?
I P
12
N Nmero de meses transcurridos desdeel inicio del ejercicio hasta el mes de presentacin
de la solicitud
R Retenciones
S F Saldo a Favor
Leyenda de las abreviaturas utilizadas en laSuspensin de retenciones o pagos a cuenta deCUARTA CATEGORIA
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La solicitud se presenta exclusivamente a travsde SUNAT VIRTUAL Formulario Virtual N 1609.Pasos a seguir:
a) Ingresar a SUNAT Virtual, acceder a la opcinOperaciones en Lnea y seguir las indicaciones quemuestre el sistema.
b) Ubicar el Formulario Virtual N 1609 e ingresarnecesariamente todos los datos solicitados en dichoformulario.
c) Imprimir su Constancia de Autorizacin, una vez que elsistema haya procesado la informacin.
Cmo solicitar la suspensin deretenciones?
Base Legal: Art. 4 de la R.S. N 013-2007/SUNAT.
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Debe mostrar a su Agente de Retencin el original
de la Constancia de Autorizacin vigente y
entregarle una copia de la misma.
Constancias de Autorizacin otorgadas en las
dependencias de la SUNAT o en los Centros de
Servicios al Contribuyente, se exhibir al agente
de retencin el original de la Constancia de
Autorizacin vigente y se le entregar una
fotocopia de la misma.
Cmo se hace efectiva la suspensin deretenciones?
Base Legal: Art. 8 de la R.S. N 013-2007/SUNAT.
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Cul es la vigencia de la Constancia deAutorizacin 2015 ?
RETENCIONES
PAGOS A CUENTA
A partir del da siguiente de su
otorgamiento.
a partir del perodo tributario
correspondiente al mes en el cul
se otorg la suspensin.
De aprobarse la solicitud en SUNAT Virtual:
De aprobarse la solicitud en las dependencias de SUNAT o en losCentros de Servicios:
En la C.A. se indicar su vigencia temporal hasta el ltimo dadel mes subsiguiente, el cual no podr exceder del 31 de
diciembre del ejercicio en curso.
Antes del vencimiento del plazo a que se refiere el prrafo
anterior, los que opten por continuar con la suspensin debern
regularizar la presentacin de la Solicitud en SUNAT Virtual.
Base Legal: Art. 5 y 6 de la R.S. N 013-2007/SUNAT.
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A partir del perodo en que se determina la
variacin, as como consignar en sus
comprobantes de pago el importe
correspondiente a las retenciones del
impuesto a la renta.
Cundo se reinician los pagos a cuenta y/o lasretenciones de renta de CUARTA CATEGORA?
Base Legal: Art. 10 y 11 de la R.S. N 013-2007/SUNAT.
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Situacin 1:
Un abogado emiti durante el ao 2014, los siguientesRecibos por honorarios:
N 001-0010 por S/. 1,500 (cancelado el 12-03-14).
N 001-0011 por S/. 22,500 (cancelado el 17-12-14).
N 001-0012 por S/ 31,500 (emitido el 20-12-13 y cancelado el12-01-2015).
Le retuvieron S/. 3,150 por el recibo N 001-0012.
Tiene un saldo a favor del periodo anterior de S/. 1,350, noaplicado contra los pagos a cuenta.
Tambin percibi ingresos como Regidor en noviembre 2014por S/. 20,000 (01-11-14) y le retuvieron S/. 2,000.
Caso prctico: Rentas de Cuarta categora.
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Desarrollo 1:
1. Debe presentar D.J. Mensual en los meses denoviembre y diciembre 2014.
2. Se excepta de noviembre 14, pues le retuvieron eltotal del impuesto de cuarta categora.
3. Debe pagar con DJ de diciembre 14, S/. 2,250.
4. Obligado a presentar D.J. Anual 2014: arrastre desaldo a favor, supera S/. 31,063 de ingresos decuarta.
5. Determinacin anual 2014:
Caso prctico: Rentas de Cuarta categora.
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Caso prctico: Rentas de Cuarta categora.
RENTA BRUTA DE CUARTA CATEGORA 24,000DEDUCCION 20% RB ( 4,800)RENTA NETA OBTENIDA 19,200OTRAS RENTAS DE CUARTA CATEGORA 20,000TOTAL RENTAS DE CUARTA CATEGORIA 39,200
TOTAL RENTA DE QUINTA CATEGORIA 0
TOTAL RENTAS DE CUARTA Y QUINTA CATEGORIA 39,200DEDUCCION DE 7 UIT (UIT = 3,550) 24,850TOTAL RENTA NETA DE CUARTA Y QUINTA CATEGORIA 14,350
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Caso prctico: Rentas de Cuarta categora.
IMPUESTO A LA RENTA SEGN (15%) 2,153SALDO A FAVOR DEL PERIODO ANTERIOR (1,350)PAGOS A CUENTA DE CUARTA CATEGORA (2,250)RETENCIONES DE CUARTA CATEGORA (2,000)SALDO POR REGULARIZAR 0SALDO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE 3,447
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1. Inscripcin en el Requiere exhibir original y presentar copia de su
DNI y recibo de agua, luz, telfono u otro
documento que acredite su domicilio fiscal.
Recibo por honorario fsico, o Recibo por honorarios electrnico
2. Los perceptores de rentas de cuarta categora pueden
emitir :
Obligaciones Formales
Base Legal: Art. 87 num. 1) del D.S. N 135-99-EF, D.Leg. N 943, R.S. N007-99/ SUNAT y R.S. N 229-2006/SUNAT
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3. Emisin y entrega de recibos por honorarios.
(Obligados slo por rentas deCuarta Categora)
Los contribuyentes estarn obligados a emitir
recibo por honorariospor la prestacin de susservicios, excepto los ingresos percibidos poralbaceas, sndicos, etc.
Debern emitir el correspondiente recibo porhonorarios en el momento que perciban laretribucin, y por el monto pagado.
Obligaciones Formales.
Base Legal: Art. 87 num. 3) del D.S. N 135-99-E, R.S. 007-99/SUNAT
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inciso a
inciso b
RECIBO PORHONORARIOS
3. Emisin y entrega de recibos por honorarios.(Obligados slo por rentas de Cuarta
Categora)
No emitenComprobante de
Pago (exceptuados)
Obligaciones Formales.
Base Legal: Art. 87 num. 3) del D.S. N 135-99-E, R.S. 007-99/SUNAT
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Libros de ingresos y gastos (Art. 65 LIR)
Los perceptores de rentas de cuarta categora, debern llevar un
Libro de Ingresos y Gastos.
Desde el 20 de octubre de 2008 se puede generar el Libro de
Ingresos y Gastos Electrnicos, siempre que se acojan al Sistema
de Emisin Electrnica- SEE de SUNAT Virtual (Resolucin de
Superintendencia N 182-2008/SUNAT).
A partir del 01/08/2012 estn exceptuado los perceptores de rentasde cuarta categora cuyas rentas provengan exclusivamente de la
contraprestacin por servicios prestados bajo el rgimen especial
de contratacin administrativa de servicios - CAS
Obligaciones Formales
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Los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
se realizan: va Retencin, oen forma directa a travs
de la declaracin pago mensual.(*) Depend iendo de a qu in se le p res te el
servic io. Los pagos a cuenta son independientes de
las retenciones, sin embargo, pueden serdeducidas del pago a cuenta.
6.Declaracin, pago a cuenta mensual, retenciones y
anual de impuestos(Art. 86 LIR)
Obligaciones Formales.
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6.Declaracin y pago a cuenta mensual
Obligaciones Formales.
A travs del PDT N 616 Trabajadores independientes.
A travs del PDT N 616 - Simplificado Trabajadores
Independientes. (RS 174-2011/SUNAT)
En su declaracin y pago mensual tambin debern consignar elmonto de las retenciones del Impuesto a la Renta que le hayanefectuado quienes contrataron sus servicios y son agentes deretencin de cuarta categora (10% del Recibo por Honorarios que
supere los S/. 1,500 y no se hubiera presentado la suspensinmediante formulario N 1609).
Su declaracin y pago mensual podr realizarlo por Internet, vaSUNAT Virtual (requiere contar con su Clave SOL) o a travs de lasagencias de los bancos autorizados.
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6.Declaracin y pago a cuenta mensual: Form Virtual 616
Obligaciones Formales.
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Agentes de Retencin:
Son agentes de retencin las Personas
Naturales, empresas y entidades obligadas allevar contabilidad completa o contabilidadde acuerdo a los tramos (Rgimen General)cuando paguen o acrediten rentas de
segunda, cuarta y/o quinta categora.
(Art. 71 de la Ley).
Quines son los Agentes de retencin?
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1. Efectuar la retencin al perceptor de lasrentas de segunda, cuarta y/o quinta por
las rentas brutas que abone o acredite.
2. No efectuar retencinpor rentas de 4tacategora, a los contribuyentes que
perciban exclusivamente rentas de 4ta
categora o rentas de 4ta y 5ta categora,
si es que el importe de cada recibo por
honorarios emitido en el mes sea menor
o igual a menor o igual a S/. 1,500.-
Obligaciones del Agente de Retencin
Base Legal: D.S N 215-2006-EF y R.S. N 013-2007/SUNAT.
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RENTAS DE QUINTA
CATEGORIA
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TRABAJO PRESTADO EN
RELACION DEDEPENDENCIA. NO ASUME RIESGOS
CONCRETOS DE LAEMPRESA.
Supuestos que califican como Rentas deQuinta Categora
Artculo 34 del TUO de la LIR
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RENTAS DE QUINTA CATEGORIA
A. Ingreso obtenido por el trabajo personal en relacin dedependencia.
Incluye el ingreso obtenido por el ejercicio de cargospblicos electivos o no.
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RENTAS DE QUINTA CATEGORIA
Remuneracin mensual o anual asignada a unindividuo por el desempeo de un cargo o empleoprofesional
Cantidad de dinero con que se retribuye a los
trabajadores manuales.
Prestacin complementaria asignada para un gastodeterminado. Ejm: Escolaridad
A LA PRODUCCION O PREMIO: Sobresueldoconcedido a los trabajadores comoreconocimiento a su produccin
-Honorarios de directores de Empresa-Remuneracin percibida por algunos Funcionarios
Pblicos.
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RENTAS DE QUINTA CATEGORIA
Recompensa pecuniaria adicional a laremuneracin por la prestacion deservicios.
Pago que incrementa el salario sobre la
remuneracin bsica (suplemento, plus,mejora, recargo, sobresalario yadicional)
Premio que el comitente paga al
comisionista. Se calcula por el importede venta o la cantidad de artculosvendidos o comprados.
Asignaciones otorgadas directamente al
servidor por tareas especficas.
RENTAS DE
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RENTAS DEQUINTA CATEGORIA
C. Participacin de los trabajadores, provenientes deasignaciones anuales.
D. Ingresos provenientes de cooperativas de trabajoque perciban los socios.
E. Ingresos obtenidos por eltrabajo prestado en formaindependiente concontratos de prestacinde servicios normadospor legislacin civil.
B. Rentas vitalicias y pensiones que tengan su origen
en el trabajo personal (jubilacin)
RENTAS DE
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RENTAS DEQUINTA CATEGORIA
F. Ingresos obtenidos por la prestacin de serviciosconsiderados como 4ta. efectuados a una personacon el cual se mantiene una relacin dedependencia.
(incorporado por D.Leg. 945 del 23-12-2003)
Retribuciones percibidas por sociosde cualquier sociedad por serviciosprestados en relacion dedependencia.
Retribuciones que se asignen los:-Titulares de E.I.R Ltda-Socios de cooperativas de trabajo
SIEMPRE QUE:Se encuentren
consignadas en ellibro de planillas.
Base Legal: Art. 34, del TUO de la LIR.
RENTAS DE
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RENTAS DEQUINTA CATEGORIA
Ingresos de los Funcionarios pblicos que por razon del
servicio se encuentren en el exterior, con ingresos enmoneda extranjera
Renta gravada lo que corresponde percibir en el pasen moneda nacional.
El valor de las prestaciones alimentarias otorgadas confines promocionales a favor de los trabajadores sujetosal rgimen laboral de la actividad privada.
Cualquier otro ingreso que tenga su origen en el trabajopesonal.
Base Legal: Art. 34, del TUO de la LIR.
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f Q C
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Indemnizaciones previstas en las disposicioneslaborales (Art. 18LIR).Indemnizaciones por causa de muerte oincapacidad producidas por accidentes oenfermedades.Suma que el empleador ponga a disposicin delempleado al cese de la relacin laboral, en virtud alas disposiciones laborales.
Compensacion por Tiempo de Servicios.Rentas vitalicias y pensiones originadas en eltrabajo personal, como: jubilacin, montepio einvalidez.
Rentas inafectas de Quinta CategoraArt. 18 LIR.
Base Legal: Art. 18, del TUO de la LIR.
R E d d Q i C
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Remuneraciones que perciban, por el ejercicio de su cargoen el pas.
Rentas Exoneradas de Quinta Categora.
Base Legal: Art. 19, del TUO de la LIR.
Funcionarios y empleados considerados comotales dentro de la estructura organizacional de losgobiernos extranjeros, instituciones oficialesextranjeras y organismos internacioales
siempre que los conveniosconstitutivos as loetablezcan.
R i B t d Q i t
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Remuneracin Bruta de QuintaCategora
REMUNERAC
ION
BRUTA
Remuneracion mensual anualizada.Gratificaciones ordinarias.
Gratificaciones extraordinarias.
Participacion de los trabajadoresen la utilidad de la empresa.
Incremento del 10.23% otorgado a lostrabajadores afiliados a una AFP.
Toda compensacion en especie queconstituya renta gravable, computada avalor del mercado.
Base Legal: Art. 34, del TUO de la LIR y art. 20 del Reglamento de la citada Ley.
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Percibi en el ejercicio 2014 las siguientes remuneraciones de la EmpresaSembrandoS.A.:
1. Por sueldos S/. 75,200
2. Por comisiones S/. 6,0003. Gratificacin Extraordinaria S/. 5,000
4. Compensacin Tiempo de Servicios S/. 6,000
5. Indemnizacin por vacaciones no gozadas S/. 3,500
6. Indemnizacin por despido injustificado S/. 36,000
- Tambin ha percibido una pensin de cesanta del Ministerio deEducacin por un monto de S/. 12,000.
La empresa el SembrandoS.A.le retuvo la suma de S/. 9,780.00
Situacin 1:
Caso de Rentas de 5ta. Categora.
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Concepto Afecto Noafecto
Impto.retenido
1. Sueldos 75,200
2. Comisiones 6,000
3. Gratificacin extraordinaria 5,000
4. Compensacin Tiempo Servicios 6,000
5. Indemnizacin vacaciones no gozadas 3,500
6. Indemnizacin despido injustificado 36,000
7. Pension de cesanta 12,000
Totales 86,200 57,500 9,780
Caso de Rentas de 5ta. Categora.
Base Legal: Art. 34, del TUO de la LIR y art. 20 del Reglamento de la
citada Ley.
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RENTAS DE QUINTA CATEGORIA
MenosRENTANETA
4.5. DETERMINACION DE LA RENTA NETA
RENTABRUTA 7 UIT=
Criterio deImputacin
PERCIBIDO
Base Legal: Art. 46, del TUO de la LIR y art. 26 del Reglamento
de la citada Ley.
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Los pagos a cuenta se efectuan
via retencin
PAGOS A CUENTA
Base Legal: Art. 74 y 86, del TUO de la LIR.
La retencin es mensual y es un
dozavo del Impuesto que corresponde
tributar sobre el total deremuneraciones gravadas a percibir en
el ao, menos el importe de las
deducciones establecidas por la LIR.
Personas que presten
servicios a ms de un
empleador:
Se abona dentro
de los plazos
previstos para
las obligaciones
mensuales.
Retiene aquel que
abone mayor renta.
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RENTAS DE QUINTA CATEGORIA:RETENCIONES
Agentes deRetencin
PersonasNaturales
Entidades
PblicasEntidadesPrivadas
QUE PAGUENRENTA DEQUINTACATEGORA
PersonasJurdicas
DOM
ICILI
ADOS
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1. Entregar antes del 01 de marzo de cada ao o altrmino del contrato (slo para rentas de quinta categora),
un Certificado de Rentas y Retenciones, dejandoconstancia, entre otros, del importe abonado y del
impuesto retenido correspondiente al ao anterior.
2. Llevar Libro de Retenciones, para rentas de quintacategora con contrato civil. (Cuarta Quinta).
Base Legal: Art. 45, del Reglamento del TUO de la LIR.
Obligaciones del Agente de Retencin
Obligaciones Formales
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1.No estn obligados a inscribirse en el RUC,ni a entregar comprobantes de pago, as como
tampoco a llevar libros contables.
2. En el caso de percibir dos o msremuneraciones, deben presentar una
declaracin jurada al empleador a que le paguela remuneracin de mayor monto.
Obligaciones del Trabajador
Obligaciones Formales
Base Legal: Art. 44, del Reglamento del TUO de la LIR.
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Retencin Mensual
Base Legal: Art. 53 y 75, del TUO de la LIR.
Remuneracin mensual X N de meses restantes
(incluye el mes de la retencin)(+)Gratificaciones (ordinarias y extraordinarias) y participacin de
los trabajadores
(+) Remuneraciones, gratificaciones extraordinarias, participacin
de los trabajadores y otros ingresos puestos a disposicin enlos meses anteriores
(-) 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)
(X)Tasa del Impuesto 15% Hasta 27 UIT
21% Exceso de 27 hasta 54 UIT30% Exceso de 54 UIT
(-)Creditos y Saldos a favor
(=)Impuesto anual determinado
Remuneracin mensual X N de meses restantes
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Retencin Mensual a partir 2015Base Legal: Art. 53 y 75, del TUO de la LIR.
Remuneracin mensual X N de meses restantes
(incluye el mes de la retencin)
(+)Gratificaciones (ordinarias y extraordinarias) y participacin de
los trabajadores(+) Remuneraciones, gratificaciones extraordinarias, participacin
de los trabajadores y otros ingresos puestos a disposicin en
los meses anteriores
(-) 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)
(X)Tasa del Impuesto 8% Hasta 5 UIT
14% Exceso de 5 hasta 20 UIT
17% Exceso de 20 hasta 35 UIT
20% Exceso de 35 hasta 45 UIT30% Exceso de 45 UIT
(-)Creditos y Saldos a favor
(=)Impuesto anual determinado
Retencin Mensual
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Retencin Mensual
Base Legal: Art. 75, del TUO de la LIR, Art. 40 del Reglamento de la LIR.
Meses (-) Retenciones Impuesto entre
EneroFebreroMarzo
12
Abril Enero a marzo 9
MayoJunioJulio
Enero a abril 8
Agosto Enero a julio 5
SetiembreOctubreNoviembre
Enero a agosto 4
Diciembre Enero a noviembre Regularizacin
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- Remuneracin semanal o quincenal: sefracciona el impuesto a retener en cada fecha
de pago.
- Remuneracin Variable: El empleadorpuede optar por promediar las
remuneraciones de los ltimos tres meses y
considerarla como remuneracin mensual.
- Trmino de contrato: El empleador liquidarel impuesto, en calidad de ajuste final.
Retenciones por Rentas de Quinta Categora -Casos Especiales (Art. 41del Reglamento)
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Situacin:
El Sr. Plcido Prez, es un trabajador de la Empresa El ResorteS.A.,y percibe los siguientes importes en el ao 2014:
- Sueldo : * de Enero a Julio : S/. 3,500
* de Agosto a Diciembre : S/. 4,000- En el mes de Febrero percibe S/.1,500 por un saldo del sueldo deNoviembre 12.
-Participacin de Utilidades de 2013, en el mes de Abril 2014 por
S/. 2,500.
- Una Gratificacin extraordinaria en el mes de Octubre por S/. 3,000.
- La U.I.T. Para el periodo 2014 : S/. 3,800.
DETERMINAR LAS RETENCIONES A EFECTUARLE DURANTE 2014
Caso de aplicacin: Renta de Quinta.
Detalle ENE. FEB. MAR. ABR. MAY. JUN. JUL.Remuneracin mensual 3,500 3,500 3,500 3,500 3,500 3,500 3,500
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, , , , , , ,
x No. De meses que faltan 12 11 10 9 8 7 6
Remuneracin proyectada 42,000 38,500 35,000 31,500 28,000 24,500 21,000
Ms:Grati f. Ordinaria (Jul. Y Dic.) 7,000 7,000 7,000 7,000 7,000 7,000 7,000
Participaciones (1) 2,500
Gratificac. Extraord. (1)
Remuneracin Nov. 08 (1) 1,500
Remunerac. Anteriores (2) 3,500 7,000 10,500 14,000 17,500 21,000
Gratificac. Extraord. (2)
Participaciones (2) 2,500 2,500 2,500
Remuneracin Nov. 08 (2) 1,500 1,500 1,500 1,500 1,500
Otros ingresos (2)
Renta Anual 49,000 50,500 50,500 53,000 53,000 53,000 53,000
Menos:7UIT (7 x 3800) (3) (26,600) (26,600) (26,600) (26,600) (26,600) (26,600) (26,600)
3800
Renta Neta Global Anual 22,400 23,900 23,900 26,400 26,400 26,400 26,400(X) Tasa del Impuesto a la Renta * 15% 15% 15% 15% 15% 15% 15%
Impuesto Resultante 3,360 3,585 3,585 3,960 3,960 3,960 3,960
Menos:Crd., a fav. Mes de reten.
Sdos. A favor reconocidos
Impuesto Anual 3,360 3,585 3,585 3,960 3,960 3,960 3,960
Menos:Retenc. (aplic.desde abril) (878) (1,220) (1,220) (1,220)
Donaciones
Impuesto a pagar 3,360 3,585 3,585 3,083 2,740 2,740 2,740
Retencin Impuesto a pagar 3,360 3,585 3,585 3,083 2,740 2,740 2,740
Mensual = -------------------------
Denominador 12 12 12 9 8 8 8
Retencin mensual = 280 299 299 343 343 343 343
(1)Puestas a disposicin el mes de retencin
(2)Puestas a disposicin en meses anteriores
(3)Lmite de rentas percibidas
* LIMITE 54 UIT : 205,200
Detalle JUL. AGO. SET OCT. NOV. DIC.Remuneracin mensual 3,500 4,000 4,000 4,000 4,000 4,000
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x No. De meses que faltan 6 5 4 3 2 1
Remuneracin proyectada 21,000 20,000 16,000 12,000 8,000 4,000
Ms:Gratif. Ordinaria (Jul. Y Dic.) 7,000 7,500 7,500 7,500 7,500 7,500
Participaciones (1)
Gratificac. Extraord. (1) 3000
Remuneracin Nov. 08 (1)
Remunerac. Anteriores (2) 21,000 24,500 28,500 32,500 36,500 40,500
Gratificac. Extraord. (2) 3,000 3,000
Participaciones (2) 2,500 2,500 2,500 2,500 2,500 2,500
Remuneracin Nov. 08 (2) 1,500 1,500 1,500 1,500 1,500 1,500
Otros ingresos (2)
Renta Anual 53,000 56,000 56,000 59,000 59,000 59,000
Menos:7UIT (7 x 3800) (3) (26,600) (26,600) (26,600) (26,600) (26,600) (26,600)
3800
Renta Neta Global Anual 26,400 29,400 29,400 32,400 32,400 32,400(X) Tasa del Impuesto a la Renta * 15% 15% 15% 15% 15% 15%
Impuesto Resultante 3,960 4,410 4,410 4,860 4,860 4,860
Menos:Crd., a fav. Mes de reten.
Sdos. A favor reconocidos
Impuesto Anual 3,960 4,410 4,410 4,860 4,860 4,860
Menos:Retenc. (aplic.desde abril) (1,220) (2,248) (2,680) (2,680) (2,680) (4,203)
Donaciones
Impuesto a pagar 2,740 2,163 1,730 2,180 2,180 658
Retencin Impuesto a pagar 2,740 2,163 1,730 2,180 2,180 658
Mensual = -------------------------
Denominador 8 5 4 4 4 1
Retencin mensual = 343 433 433 545 545 658
(1)Puestas a disposicin el mes de retencin
(2)Puestas a disposicin en meses anteriores
(3)Lmite de rentas percibidas
* LIMITE 54 UIT : 205 200