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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de Las Heras Municipalidad de Las Heras Provincia de Mendoza – República Argentina Fundado el 27 de septiembre de 1993 DEPARTAMENTO DELIBERATIVO PRESIDENTE: Concejal GINANNESCHI, José Luis.(P.J) VICEPRESIDENTE 1º: Concejal BUSTOS, Carlos Martín (U.C.R.) VICEPRESIDENTE 2º: Concejal SOSA, Ángel Emiliano.(P.D) SECRETARIO: Dn. GARCIA Rubén O. SUBSECRETARIO: Dn. GOMEZ Norberto O. BLOQUE JUSTICIALISTABLOQUE FRENTE RENOVADOR Concejal: PEÑA, Roberto W. (Pte.)Concejal: LOPEZ Daniel A. (Pte.) Concejal: CANO, Adriana Elizabeth. Concejal VALVERDE, Verónica R. BLOQUE LIBRES DEL SUR-FRENTE AMPLIO UNEN Concejal: ROSALES, Cesar Israel. Concejal: FERRARIS Karina Alejandra (Pte.) Concejal: GINANNESCHI, José Luis. BLOQUE U.C.R. Concejal: PARES Elio Raúl . (Pte.) BLOQUE FRENTE CIVICO FEDERAL U.C.R. Concejal : BUSTOS, Carlos Martín Concejal: GONZALES, Eduardo H. (Pte.) BLOQUE PARTIDO DEMOCRATA Concejal: SOSA, Ángel Emiliano (Pte.) BLOQUE FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES Concejal : JIMENEZ. Ulises (Pte.) DEPARTAMENTO DE COMPUTOS Honorable Concejo Deliberante de Las Heras SUMARIO SETIEMBRE,OCTUBRE Y NOVIEMBRE del 2014 OrdenanzasPags. 01/ 13 ResolucionesPags. 13/21 BOLETIN OFICIAL-EDICION Setiembre , Octubre y Noviembre del 2014 Honorable Concejo Deliberante-Municipalidad de Las Heras . 1

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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEde Las Heras

Municipalidad de Las HerasProvincia de Mendoza – República Argentina

Fundado el 27 de septiembre de 1993DEPARTAMENTO DELIBERATIVO

PRESIDENTE: Concejal GINANNESCHI, José Luis.(P.J)VICEPRESIDENTE 1º: Concejal BUSTOS, Carlos Martín (U.C.R.)

VICEPRESIDENTE 2º: Concejal SOSA, Ángel Emiliano.(P.D)

SECRETARIO: Dn. GARCIA Rubén O. SUBSECRETARIO: Dn. GOMEZ Norberto O.

BLOQUE JUSTICIALISTABLOQUE FRENTE RENOVADORConcejal: PEÑA, Roberto W. (Pte.)Concejal: LOPEZ Daniel A. (Pte.)

Concejal: CANO, Adriana Elizabeth.Concejal VALVERDE, Verónica R. BLOQUE LIBRES DEL SUR-FRENTE AMPLIO UNEN

Concejal: ROSALES, Cesar Israel. Concejal: FERRARIS Karina Alejandra (Pte.)Concejal: GINANNESCHI, José Luis.

BLOQUE U.C.R. Concejal: PARES Elio Raúl . (Pte.) BLOQUE FRENTE CIVICO FEDERAL U.C.R.Concejal : BUSTOS, Carlos Martín Concejal: GONZALES, Eduardo H. (Pte.) BLOQUE

PARTIDO DEMOCRATA Concejal: SOSA, Ángel Emiliano (Pte.)

BLOQUE FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORESConcejal : JIMENEZ. Ulises (Pte.)

DEPARTAMENTO DE COMPUTOSHonorable Concejo Deliberante de Las Heras

SUMARIO SETIEMBRE,OCTUBRE Y NOVIEMBRE del 2014

OrdenanzasPags. 01/ 13ResolucionesPags. 13/21

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ORDENANZASORDENANZA Nº 29 /15VISTO: El expediente nº7829/Po/15 , caratulado , referente a donación de terreno sin cargo , y;CONSIDERANDO: Que analizada las actuaciones del caso resulta:Que a fojas 4/10, se encuentra Titulo de Venta certificado por Notario Publico entre el señor FEDERICO CACERES CREMONTE Y OTRAS AL SR. SERGIO DANTE MARROQUIN FIDUICIARIO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO LEMOS RAIZ Que las mismas están relacionadas a la donación de terreno sin cargo ofrecidas por el Sr. SERGIO DANTE MARROQUIN DNI Nº 23.571.933 en carácter de administrador del fideicomiso LEMOS RAIZ 1 , afectada a ensanche de calle DR Julio Lemos del Distrito El Challao , propiedad de SERGIO DANTE MARROQUIN (Fiduciario del Fideicomiso denominado “ fideicomiso Lemos Raiz”) fracción II: constante de una superficie total según titulo de DOS MIL QUINIENTOS SEIS METROS NOVENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (2.506,96), según titulo y según plano de mensura confeccionado en el mes de marzo del 2014 el que se encuentra archivado en la Direccion Provincial de catastro bajo el Nº 03/39701 de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUARENTA Y CUATRO DECIMETROS (2.484,44 M2) con Nomenclatura Catastral: 03-05-08-0001-000065-00001, Padrón de Rentas: 03-71185-0, inscripto en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula nº 119713-3 Asiento A-3 de Folio Real.- Que a fs. 12 se adjunta Plano de Mensura Unificación y Fraccionamiento aprobado visado y archivado por la Dirección Provincial de Catastro de la Provincia de

Mendoza bajo el nº 03-39701.- Que a fs. 34,36 obra certificado del Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza informando que los Señores Cáceres Cremonte Federico, Cáceres Cremonte María Florencia, Cáceres Cremonte María Julieta y Cáceres Oscar no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes ni poseen gravamen alguno..- Que a fs. 14 el Departamento de Catastro Técnico dependiente de la Dirección de Obras Privadas adjunta resumen de superficie, linderos y medidas perimetrales de las superficies afectadas a ensanche de calle Dr. Lemos ofrecidas en donación.-Que a fojas 11 se encuentra fotocopia certificada de la matricula de dominio Nº 403676, en la cual no existen gravamenes.- Que evaluadas las circunstancias del caso, de acuerdo a las atribuciones que le confiere a este Órgano Legislativo, en su articulo 78º inc. 4to. De las Ley 1079, y habiéndose cumplido con todos los requisitos exigidos por la ordenanza nº 100/12 correspondería dictar la norma legal.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: aceptase la donacion sin cargo al señor SERGIO DANTE MARROQUIN FIDUICIARIO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO LEMOS RAIZ Que las mismas están relacionadas a la donación de terreno sin cargo ofrecidas por el Sr. SERGIO DANTE MARROQUIN DNI Nº 23.571.933 en carácter de administrador del fideicomiso LEMOS RAIZ 1 , afectada a ensanche de calle DR Julio Lemos del Distrito El Challao , propiedad de SERGIO DANTE MARROQUIN (Fiduciario del Fideicomiso denominado “ fideicomiso Lemos Raiz”) fracción II: constante de una superficie

total según titulo de DOS MIL QUINIENTOS SEIS METROS NOVENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (2.506,96), según titulo y según plano de mensura confeccionado en el mes de marzo del 2014 el que se encuentra archivado en la Direccion Provincial de catastro bajo el Nº 03/39701 de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUARENTA Y CUATRO DECIMETROS (2.484,44 M2) con Nomenclatura Catastral: 03-05-08-0001-000065-00001, Padrón de Rentas: 03-71185-0, inscripto en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula nº 119713-3 Asiento A-3 de Folio Real.-A continuacion se detallan se detallan medidas perimetrales , superficie y linderos del terreno ofrecido en donacion , conforme surgen del plano Nº 03-39701 adjunto a fojas 12.- LIMITES

Norte: con calle publica nº 7 ACOTUR S.A. en 10.22m.-

Sur: con superficie afectada para ensanche de calle Dr. R.M: posse en 13,26m.-

Oeste: con con calle Julio A Lemos en 16,40m

Este: con fraccion II en 14,05m, fraccion I en 15,00 m quiebre al Sur –Este 4m 8corresponde a ochava reglamentaria).-

TOTAL DE SUPERFICIE OFRECIDA EN DONACIONSegún Mensura 1723,49m2 y según Titulo 1739,11m2Que se deja constancia que el poligono correspondiente al ensanche de calle Dr. Rodolfo M. posse (Ex Ruta Provincial Nº99), no se discrimina porque fue ofrecida en donacion con anterioridady tramitada por ordenanza 50/14 a traves del expediente municipal Nº 8312/Po/2014.-ARTICULO 2º El Departamento Ejecutivo por el área que

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corresponda procederá a notificar al donante en su domicilio legal, de la presente ordenanza, entregando copia de la misma.-ARTICULO 3º: Una vez cumplido lo solicitado en el artículo precedentemente citado, el donante por su parte haciendo tradición, se aparta, quita y desiste de todos los derechos de propiedad posesión y dominio, que sobre lo donado trasmitiéndolo a la donataria, obligándose al sometimiento para el caso de evicción.-ARTICULO 4º: La Escribana Municipal cumplido lo establecido en el artículo segundo,procederá a inscribir el terreno donado a favor del Municipio en el Registro de la Propiedad Raíz y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, conforme a lo normado en el artículo 1810 del Código Civil y demás reparticiones públicas que correspondan.-ARTICULO 5º: Tomando la Comuna la posesión real y material, de igual forma.-ARTICULO 6º: Tomen conocimiento de la presente ordenanza Secretaria de Hacienda y demás Direcciones que correspondan .-ARTICULO 7º:Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 30 /15VISTO: El expediente n° 10045 /6-D.E.-15 caratulado 26° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma BIGMEDIA ARGENITNA S.A. y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los

requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 163 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 155/158 .En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2692 de fecha 18 de Agosto del 2.015 obrante en fs. 161 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2692 de fecha 18 de Agosto del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.161, del Expediente n° 10045/6-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma BIGMEDIA ARGENITNA S.A , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcelas K14 y K15, que tienen una superficie de 5.000 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Sur de la Manzana “K” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS

HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 31 /15VISTO: El expediente n° 10045 /1-D.E.-15 caratulado 26° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma BENITO CARLOS ALBERTO. y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 119/119 vuelta e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 112/113.En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2622 de fecha 11 de Agosto del 2.015 obrante en fs. 117 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2622 de fecha 11 de Agosto del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.117, del Expediente n° 10045/1-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma BENITO CARLOS ALBERTO, en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela G5, que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Norte de la Manzana “G” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente

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adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-

ORDENANZA Nº 32/15VISTO: El expediente n° 10045 /2-D.E.-15 caratulado 26° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma TECNOL ARGENTINA S.A. y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 1132 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 124/127.En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2694 de fecha 18 de Agosto del 2.015 obrante en fs. 130 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2694 de fecha 18 de Agosto del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.130, del Expediente n° 10045/2-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma

TECNOL ARGENTINA S.A. , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela G4, que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Norte de la Manzana “G” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 33/15VISTO: El expediente n° 6255 /5-M-13 caratulado 17° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma OSTRACH S.A. y;CONSIDERANDO: Que luego del estudio de la presente pieza administrativa resulta: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente no ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige la licitación “Se dispone la perdida de garantía correspondiente , por aplicación del Art. 13° del

Pliego de condiciones particulares , que expresamente establece “ Otorga la prorroga , si se produjeran retrasos de hasta un año según el nuevo cronograma , el adjudicatario perderá la garantía de adjudicación” ,que fuera otorgada a través de la ordenanza Nº 84/13 y su Decreto Municipal Nº 3249/13 que conforme al dictamen legal de fs. 246 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen , obrante a fs. 238/241, el oferente no ha cumplido en presentar la garantía de cumplimiento de contrato. –En consecuencia y no existiendo objeciones que formular al respecto se estima conveniente ratificar el Decreto desadjudicatario n° 2502 de fecha 24 de julio del 2.015 obrante en fs. 244 por no presentar la garantía requerida.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto Municipal n° 2502 de fecha 24 de julio del 2.015, emitido por el Departamento Ejecutivo, obrante en fs. 244 del Expediente n° 6255/5-M-13 , en el que se desadjudica a la firma OSTRACH S.A. el predio adjudicado a través de ordenanza n° 84/13 por los motivos ampliamente detallados en la presente.- ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 34/15VISTO: El expediente n° 6179 /5-M-09 caratulado 46° llamado a licitación pública de parcela de la de la firma MONTAJES RUNCO S.A. y;CONSIDERANDO: Que luego del estudio de la presente pieza administrativa resulta:

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Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente no ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige la licitación “Se dispone la perdida de garantía correspondiente , por aplicación del Art. 13° del Pliego de condiciones particulares , que expresamente establece “ Otorga la prorroga , si se produjeran retrasos de hasta un año según el nuevo cronograma , el adjudicatario perderá la garantía de adjudicación” ,que fuera otorgada a través de la ordenanza Nº 12/10 y su Decreto Municipal Nº 3092/09 que conforme al dictamen legal de fs. 285 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen , obrante a fs. 278/279, el oferente no ha cumplido en presentar la garantía de cumplimiento de contrato. –En consecuencia y no existiendo objeciones que formular al respecto se estima conveniente ratificar el Decreto desadjudicatario n° 2472 de fecha 23 de julio del 2.015 obrante en fs. 282 por no presentar la garantía requerida.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto Municipal n° 2472 de fecha 23 de julio del 2.015, emitido por el Departamento Ejecutivo, obrante en fs. 282 del Expediente n° 6179/5-M-09 , en el que se desadjudica a la firma MONTAJES RUNCO S.A. el predio adjudicado a través de ordenanza n° 12/10 por los motivos ampliamente detallados en la presente.- ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese.

DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 35/15VISTO: El expediente n° 2387 /3-M-10 caratulado 48° llamado a licitación pública de parcela de la 1da. Etapa de la firma MABEL ARCE ( REHECHO) y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 105 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 96/100.En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2416 de fecha 17 de Julio del 2.015 obrante en fs. 103 - POR ELLO:

EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2416 de fecha 17de julio del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.103, del Expediente n° 2387/3-M-10 en el que se adjudica a la firma MABEL ARCE ( REHECHO) , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela J2 (ND) que tiene una superficie de 1.000 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Norte de la Manzana “J” de la Primera Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma

fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-

ORDENANZA Nº 36/15VISTO: El expediente n° 10045 /3-D.E.-15 caratulado 26° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma BROGGI MAXIMILIANO RAUL y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 109 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 101/104.En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2693 de fecha 18 de Agosto del 2.015 obrante en fs. 107 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2693 de fecha 18 de Agosto del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.107, del

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Expediente n° 10045/3-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma BROGGI MAXIMILIANO RAUL , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela K17, que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Sur de la Manzana “K” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-

ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 37/15VISTO: El expediente Nº 10558-V-13 presentado por Vecinos del Barrio Castep , el cual solicitan denominación de calle , y;CONSIDERANDO : Que luego del estudio del expediente de referencia surge:Que a fs. 1 Vecinos del Bº Castep del Distrito el Resguardo, solicitan la denominación de la calle de acceso de entrada al citado barrio.-Que el nombre elegido por los vecinos seria Francisco I, haciendo referencia a quien fuera Arzobispado de Buenos Aires, Jorge

Bergolio, quien hoy es figura destacada de nuestro país.- Que a fs. 6 el Departamento de Catastro Administrativo detalla que según los registros la denominaron solicitada por dichos vecinos no ha sido otorgada a calle alguna de este Departamento .-En consecuencia y tomando conocimiento de la solicitud planteada por los Vecinos del Barrio El Portal, conforme las atribuciones que le competen a este Honorable Cuerpo (art. 78º Ley 1079), procédase a dictar la norma legal .-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Desígnese con el nombre de FRANCISCO I a la calle de acceso principal al BARRIO CASTEP ubicado en el Distrito El Resguardo del Departamento de Las Heras -ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo , a través del área que corresponda deberá notificar a los vecinos de la presente ordenanza entregando copia de la misma.-ARTICULO 2º: Tomen conocimiento de la presente resolución Secretaria de Hacienda , Secretaria de Gobierno, Dirección de Coordinación de Gabinete , Dirección de Relaciones Institucionales y demás reparticiones que correspondan.-ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 38/15: El Proyecto de Ordenanza Nº63/15, Presentado por la Concejal ADRIANA CANO , del Bloque Frente Para la Victoria, sobre la necesidad de establecer la obligatoriedad de

garantizar la “ prioridad en la atención” de las embarazadas, personas de edad avanzada y personas con discapacidad, sea esta temporal o permanente, en todos los lugares de acceso público, sean estos de dominio municipal o privado, que tengan atención al público o que posean habilitación comercial municipalCONSIDERANDO: Que la atención en dependencias municipales dentro del territorio del Departamento de Las Heras; entes descentralizados; empresas del Estado; bancos oficiales y privados; oficinas públicas; establecimientos sanitarios, entidades privadas que tengan a cargo la prestación de servicios públicos; supermercados e hipermercados, sea por la cantidad de personas que concurren o por la burocracia propia del trámite, provoca muchas veces largas esperas y aglomeraciones. Otorgar prioridad de atención por las características personales, circunstanciales o no, forma parte de la educación cívica que recibimos en el seno familiar. El respeto por las diferencias, por las necesidades particulares y el sentido solidario son actitudes que debieran formar parte de la vida

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cotidiana; no obstante muchas veces somos testigos de la indiferencia del público, como de empleados encargados de atender u ofrecer servicio de gestión, cobro, pago o trámite administrativo; es entonces común observar personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres en estado avanzado de embarazo, cuyas condiciones personales les impiden soportar largas colas y esperas, muchas veces permaneciendo de pie, llegando en algunos casos a situaciones de malestar y descompensaciones orgánicas.Que la Ley Nacional 26378 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, Art. 4 Parte 1 Inciso A establece “Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente convención”;Que el Art. 5 Parte 4 establece “Los Estados Partes reconocen que todas las personas son iguales ante ley y en virtud de ella y que tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de la ley en igual en igual medida sin discriminación alguna”POR ELLO:EL H.C.D.

ORDENA:ARTÍCULO 1º.- Garantizar la “ prioridad en la atención” de las embarazadas, personas de edad avanzada y personas con discapacidad, sea esta temporal o permanente, en todos los lugares de acceso público, sean estos de dominio municipal o privado, que tengan atención al público o que posean habilitación comercial municipal.- 

ARTÍCULO 2°.- Es obligación del/los titular/es o responsable/s de los establecimientos comprendidos en la presente, garantizar la” prioridad en laatención” , entendiéndose la misma como “la atención prestada de forma inmediata a las personas en situación de riesgo y/o de disminución temporal o permanente de sus capacidades, evitando que los mismos sean demorados en el trámite mediante la espera del turno”, debiendo arbitrar las medidas necesarias a tal fin.- 

ARTÍCULO 3º.- En los establecimientos que tengan atención al público comprendidos en la presente deberá exhibirse obligatoriamente, en lugar con visibilidad permanente, la cartelería obrante en el Anexo I de la presente.- 

ARTÍCULO 4º.- Es autoridad de aplicación la Dirección de Inspección General en coordinación con el Área de Discapacidad.- 

ARTÍCULO 5º. - Envíese copia del presente a los HCD de los departamentos de la provincia, a fin de solicitar su adhesión al mismo.-

ARTÍCULO 6º. Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS

DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 39/15VISTO: El expediente n° 10045 /2-D.E.-15 caratulado 26° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma TECNOL ARGENTINA S.A. y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 1132 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 124/127.En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2694 de fecha 18 de Agosto del 2.015 obrante en fs. 130 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2694 de fecha 18 de Agosto del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.130, del Expediente n° 10045/2-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma TECNOL ARGENTINA S.A. , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela G4, que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Norte de la Manzana “G” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles

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posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 40/15VISTO: El expediente n° 10045 /4-D.E.-15 caratulado 26° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma AGÜERO DANIEL SANTIAGO y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 107 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 101/102.En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2801 de fecha 28 de Agosto del 2.015 obrante en fs. 105. - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2801 de fecha 28 de Agosto del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.105 del Expediente n° 10045/4-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma DANIEL SANTIAGO AGUERO , en comodato con promesa de donación el predio

identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela G8, que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Norte de la Manzana “G” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 41/15VISTO: El expediente n° 10045 /5-D.E.-15 caratulado 26° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma ARENER INGENIERIA S.A. y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 203 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 198/199 .En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se

estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2805 de fecha 28 de Agosto del 2.015 obrante en fs. 201 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2805 de fecha 28 de Agosto del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.201 del Expediente n° 10045/5-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma ARENER INGENIERIA S.A. , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela J13, que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Sur de la Manzana “J” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 42/15VISTO: El expediente n° 27471/1-H.A.-14 caratulado 56° llamado a licitación pública de parcela de la 1da. Etapa de la firma ERGON INGIENERIA SRL y;

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CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 203 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 118/119 .En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 2855 de fecha 01 de Setiembre del 2.015 obrante en fs. 121 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 2855 de fecha 01 de Setiembre del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.121 del Expediente n° 27471/1-H.A-14 en el que se adjudica a la firma ERGON INGIENERIA SRL , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela E5 , que tienen una superficie de 1.000 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Norte de la Manzana “E” de la Primera Etapa del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto

desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 43/15VISTO: El expediente n° 8190 /5-M-13 caratulado 18° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma MATRIX S.A. y;CONSIDERANDO: Que luego del estudio de la presente pieza administrativa resulta: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente no ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige la licitación “Se dispone la perdida de garantía correspondiente , por aplicación del Art. 13° del Pliego de condiciones particulares , que expresamente establece “ Otorga la prorroga , si se produjeran retrasos de hasta un año según el nuevo cronograma , el adjudicatario perderá la garantía de adjudicación” ,que fuera otorgada a través de la ordenanza Nº 15/14 y su Decreto Municipal Nº 1176/14 que conforme al dictamen legal de fs. 246 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen , obrante a fs. 156/157, el oferente no ha cumplido en presentar la garantía de cumplimiento de contrato. – En consecuencia, cvonforme al dictamen legal obrante a fs. 173 y no existiendo objeciones que formular al respecto se estima conveniente ratificar el Decreto desadjudicatario n° 2854 de fecha 01 de noviembre del 2.015

obrante en fs. 171 por no presentar la garantía requerida.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto Municipal n° 2854/15 de fecha 01 de noviembre del 2.015, emitido por el Departamento Ejecutivo, obrante en fs. 171 del Expediente n° 8190/5-M-13 , en el que se desadjudica a la firma MATRIX S.A. el predio adjudicado a través de ordenanza n° 15/14 por los motivos ampliamente detallados en la presente.- ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese al Departamento Ejecutivo al Libro de Ordenanzas y Arvhívese. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015.-ORDENANZA Nº 44/15VISTO: El Proyecto de Ordenanza Nº 26/15 presentado por el concejal Israel Rosales, del Bloque Frente para la Victoria, el cual trata sobre la necesidad de los vecinos del Barrio Esfuerzo Solidario, Pasaje comunero Lamadrid Nº 3244 del Departamento de Las Heras, quienes solicitan red de obra de gas natural para el citado domicilio , y:CONSIDERANDO: Que los vecinos habiendo presentado su necesidad, resulta la urgencia , qe el Honorable Concejo Deliberante actúe al respecto dando respuesta a este pedidoQue se trata, tal como se expresa en el visto, de un pasaje comunero con Plano de Ecogas Nº 94.2225, ubicado en calle Lamadrid Nº 3244Que en esta obra se instalarán 250 metros de cañería de 50 mm, en politietileno, faltando para esto permiso municipalQue en esta obra se instalarán a todos los vecinos adherentes a la misma, lo que significará mejorar la calidad de vida de los mismos

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Que contar con este servicio represente para todos un gran avance en la economía doméstica de cada uno por lo que la gran diferencia de costos entre Gas Envasado y Gas Natural es notable.Que los vecinos solicitan la eximición de pago mediante ordenanza municipal del aforo por rotura de vereda, ya que esto es lo único que falta para dar comienzo a la obra.Que los vecinos han realizado un pedido de actualización del Propuesta de Traza, ante lo cual, la empresa Ecogas informa que se establece un plazo de vencimiento de este pedido al 17/03/2015.Transcurrido este plazo, deberán reiterar el pedido. Se adjunta nota.POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Exímase de pago de aforos por rotura de vereda en Barrio Esfuerzo solidario, Pasaje Comunero Lamadrid Nº 3244, del Departamento de Las Heras.ARTICULO 2º:Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015ORDENANZA Nº 45/15VISTO: El expediente Nº 17277-PO-15 iniciada por el Sr. MINGORANCE RUBEN EMILIO , el cual ofrece en donación sin cargo , para ensanche de calle Democracia , y;CONSIDERANDO: Que analizada la situaciones del caso resulta:

Que las mismas están relacionadas a la donación de terreno sin cargo ofrecido por el Sr. MINGORANCE RUBEN EMILIO, y la Sra. TERESA LUCILA DEL CARMEN CARIS quienes manifiestan ser titulares del dominio ubicado en calle Democracia Nº 2040, del Distrito El Plumerillo, para

ensanche de calle Democracia , con una superficie de 118,00 m2 , según plano de mensura y titulo de 118,43 m2 bajo el Nº 03-37870, inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula Nº 366107/3 , Asiento A-2 de folio real .- Que a fs. 2 obra ofrecimiento de donación certificado ante notario público del Sr. Migorance y su esposa Teresa Lucia del Carmen Caris .-Que 4/8 se adjunta copia certificada de la escritura con hipoteca Nº ciento cincuenta y matricula del dominio de fecha, 21 de noviembre del 2011 inscripta el día 05 de enero del 2012.-Que a fs. 10 obra plano de mensura aprobado, y visado por la Dirección de Catastro de la Provincia de Mendoza archivado bajo el nº 03-37870.-Que a fs. 11 el Departamento de Catastro Técnico del Ejecutivo Municipal detalla medidas perimetrales, superficie y linderos del terreno ofrecido en donación.-Que a fs. 12,13 y 14 se adjunta certificado del Registro de Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza del oferente y su cónyuge informando que no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes, ni poseen gravamen alguno , cabe mencionar que a fs. 14 obra copia de la matricula de dominio, el cual se observa la cancelación de hipoteca.-Que este Órgano Legislativo evaluando las circunstancias del caso, conforme lo que confiere el art. 78º inc. 4to. De la Ley 1079 y habiéndose dado cumplimiento con lo dictado por ordenanza nº 100/12 procéde a dictar la norma de aprobación correspondiente.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO1º: Aceptase la donación sin cargo que efectúa el Sr. MINGORANCE RUBEN EMILIO, con

DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 08.469.845 y la Sra. TERESA LUCILA DEL CARMEN CARIS ,DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 10.736.678 de un inmueble ubicado en calle Democracia Nº 2040 del Distrito El Plumerillo a favor de la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS, conforme a las actuaciones administrativas , bajo autos 17277-PO-2015, , para ensanche de calle Democracia una superficie según titulo de 118,43 m2 y 118,00 m2 según plano de mensura y fraccionamiento bajo el Nº 03-37870, inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula Nº 366107/3, Asiento A-2 de folio real que conforme al informe del Departamento de Catastro Técnico obrante a fs. 11 tienen el siguiente detalle:SUPERFICIE AFECTADA PARA ENSANCHE DE CALLEDEMOCRACIASegún mensura 118,00 y según titulo 118,43 m2

Norte: con calle Democracia en 10,00 m.-

Sur: con calle Democracia en 10,00 m.-

Oeste: con mas terreno del donante en 11,80 m.-

Este: con calle Democracia en 11,80 m.-

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través, del área que corresponda procederá a notificar a los Señores RUBEN EMILIO MINGORANCE y la Sra. LUCILA del CARMEN CARIS, en su domicilio legal o real, de la presente ordenanza entregando copia de la misma, todo conforme lo establece el articulo 1792º del Código Civil.- ARTICULO 3º: Una vez cumplido lo solicitado en el artículo precedentemente citado, el donante por su

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parte haciendo tradición, se aparta, quita y desiste de todos los derechos de propiedad posesión y dominio de lo donado trasmitiéndolo a la donataria, obligándose al sometimiento para el caso de evicción.-ARTICULO 4º: La Escribana Municipal cumplido lo establecido en el artículo segundo, procederá a inscribir el terreno donado a favor del Municipio en el Registro de la Propiedad Raíz y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, conforme lo normado en el artículo 1810 del Código Civil y demás reparticiones públicas que correspondan.-ARTICULO 5º: Tomando la Comuna la posesión real y material, de igual forma.-ARTICULO 6º: Tomen conocimiento de la presente ordenanza Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Obras Privadas, Catastro, Dirección de Patrimonio y demás reparticiones que estimen corresponder.- ARTICULO 7º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015ORDENANZA Nº 46/15VISTO: La Ordenanza Nº 54/14 referida a la declaración de construcciones clandestinas; yCONSIDERANDO: La conveniencia de la prosecución de esta Ordenanza debido a :

a) La cantidad de contribuyentes que han accedido a declarar sus construcciones

b) Los ingresos que por este motivo han resultado beneficiosos para el muncipio

c) Que es un beneficio especialmente para las personas de escasos recursos que con sacrificio

construyen su núcleo habitacional o ampliación porque se amplio su familia.

d) Que permite además , ir actualizando el catastro en lo que se refiere a superficies cubiertas

e) Que han tenido en cuenta observaciones de los profesionales colegiados.

POR ELLO:EL H.C.D.O R D E NA ARTICULO 1º: Prorróguese la vigencia de la Ordenanza Nº54/14 , referida a la declaración de construcciones clandestinas desde el plazo del 1ro. De noviembre del año 2015 hasta el 31 de diciembre de 2016.-ARTICULO 2DO. Régimen especial para declarar construcciones clandestinas civiles, instalaciones sanitarias y electricidad destinadas a viviendas, piletas de agua para distintos usos y edificaciones de otros destinos, será que se encuadren dentro de las siguientes normas:a) Para las

construcciones a declarar hasta 60 m2 ( sesenta metros cuadrados), cubiertos en planta baja, se presentará un dibujo de planta acotado en escala 1:50, 1:100, indicando línea municipal, línea de edificación y ejes medianeros con rótulo municipal.

b) Para todos los casos de ampliaciones o construcciones en planta alta, se deberá presentar planos de verificación sísmica

reglamentaria, firma de profesional y certificado de habilitación del ente profesional correspondiente, salvo que la ampliación sea de reducidas dimensiones y el Departamento Técnico cnsidere que no necesita verificación sísmica.

c) No se aceptarán construcciones precarias de adobe y ladrillo que constituyan estructuras potencialmente peligrosas para moradores y terceros.

d) Se aceptaran viviendas prefabricadas en planta baja a consideración del Departamento Tècnico e informe de inspectores actuantes. En caso de ubicarse en planta alta, por medio de un profesional habilitado, deberá presentar verificación sísmica y plano de estructura, Si fuese de madera quedará sujeto a evaluación del área técnica de acuerdo a las normas vigentes.

e) Si existiera una superficie a declarar que supere los 60 m2 (sesenta metros cuadrados) se procederá de la siguiente manera: Se cobrará sin recargo hasta los 60 m2 (sesenta metros cuadrados) y el resto con el recargo correspondiente. En este caso los planos se presentaran

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como un relevamiento con plantas, cortes y fachada, con firma de profesionales y certificado de habilitación profesional.

f) Todas las construcciones ,con 30 años de antigüedad , sin limite de superficie cubierta : podrán presentar plano de mensura aprobado para constatar la antigüedad de la construcción abonando los aforos por ESTUDIO DE DOCUMENTACION.

g) Sólo podrán ingresar en la presente Ordenanza, las construcciones clandestinas que posean una antigüedad mayor a 2 (dos) años, la cual será certificada por el inspector actuante.-

ARTICULO 3º: Casos especiales: Contribuyentes que pueden ingresar en la presente Ordenanza:a) Los contribuyentes

que tengan aforos con recargo via apremio judiciales, siempre y cuando tengan la documentación completa, deberán hacerse cargo de los gastos causídicos, quedando liberados de los recargos de los aforos con la previa presentación de una solicitud

ARTICULO 4º: Los emplazamientos que se encuentran en proceso hasta la fecha de sanción de la presente ordenanza, quedarán suspendidos, si el

propietario solicita acogerse a los beneficios de la Ordenanza, debiendo presentar la documentación completa.ARTICULO 5º: Tramitación de Expedientes:a) Los expedientes que

hayan ingresado en la presente Ordenanza y posean observaciones , pasando los 30 (treinta) días corridos de haber sido notificados debidamente, se aforarán con los recargos correspondientes y serán enviados a la Dirección de Rentas para el control y el cobro de los derechos de construcción , posteriormente se archivaran, sin registro municipal por falta de documentación , evitando la acumulación de expedientes en la Dirección de Obras Privadas y Catastro.-

b) La presentación de planos sanitarios, electricidad, prevención contra incendios, deberá acompañarse del libre deuda correspondiente.

ARTICULO 6º: No podrán acogerse a la siguiente Ordenanza aquellas construcciones realizadas en forma clandestina presentadas por Empresas constructoras, Cooperativas o Entidades Intermedias referidas a barrios.-ARTICULO 7º : No podrán ingresar a la presente Ordenanza, aquellas construcciones que se asienten en

loteos y fraccionamientos clandestinos.ARTICULO 8º: Aquellos contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza y accedan a un plan de pagos de cuotas deberán cancelar el total del plan de pagos y ante la suspensión del mismo, corresponderá abonar el total del aforo. Dicha cláusula deberá ser incluida en el boleto de pago.ARTICULO 9º: Quedan exceptuados de la presente Ordenanza los loteos, barrios y emprendimientos inmobiliarios comprendidos en la Ordenanza 15/08 y sus modificaciones.ARTICULO 10º: Dése a la presente Ordenanza la suficiente difusión a los contribuyentes, a través de los medios de comunicación (F:M, Delegaciones , Carteleria en lugares públicos, etc)

ARTICULO 11º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

ORDENANZA Nº 47 /15VISTO: La Ordenanza N 96/13 que norma la regularización y recuperación de las deudas generales por obras públicas reembolsables ejecutadas hasta el 31 de Diciembre de 2003, y:CONSIDERANDO: Que la misma fue sancionada en el 2013 por este Honorable Concejo Deliberante, y habilitada al Departamento Ejecutivo a prorrogarla por (1) año más según los resultados obtenidos.-Que en función de esto, el Departamento Ejecutivo prorrogó la Ordenanza mediante el Decreto Municipal N 3131/14 dándole vigencia hasta el 1ro. De noviembre de 2015Que esta reglamentación tuvo muy buenos

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resultados logrando recaudar sobre obras reembolsables que se hicieron en los gobiernos Municipales anteriores al 2003POR ELLO:EL H.C.D. O R DE NAARTICULO 1º: Prorrogase la vigencia de la Ordenanza Nº96/13 a partir del 1ro de noviembre del 2015 por el término de 1 añoARTICULO 2do. Habilitase al Departamento Ejecutivo a prorrogar esta Ordenanza un año mas, según los resultados que obtenga durante el 2016ARTICULO 3ro: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015RESOLUCIONESRESOLUCION Nº 94 /15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°: Ratificase el Decreto Municipal n° 2473 de fecha 23 de julio del 2.015, emitido por el Departamento Ejecutivo, obrante en fs. 172 del Expediente n° 2520/1-M-11, la autorización de transferencia y consiguiente , cambio de titularidad de la adjudicación en comodato con promesa de donación dispuesta por el Decreto 1635/11 ratificado por Ordenanza 39/11 , de CELIA MONICA GUIÑAZU, a favor de la empresa RESPAT, debiendo oportunamente celebrarse el pertinente contrato.-ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo deberá notificar de la presente resolución, a la señora CELIA MONICA GUIÑAZU, como también a la Empresa RESPAT, en sus domicilios Legales o Reales respectivos entregando copia de la misma.-ARTICULO 3°:RESOLUCION Nº 95/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVE

ARTICULO 1°.- Remítase la nota n° 141/15 a la Secretaria de este Cuerpo, a efectos que proceda enviar copia de la presente pieza administrativa a cada uno de los Bloques y posteriormente archívese donde corresponda.- ARTICULO 2°.- DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 96/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la nota n° 138/15 a la Secretaria de este Cuerpo, a efectos que proceda enviar copia de la presente pieza administrativa a cada uno de los Bloques y posteriormente archívese donde corresponda.- ARTICULO 2° DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 97/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°: Otorgase la conformidad para la eximisión de la deuda de tasas al padrón municipal Nº 00007027, con domicilio Perú 02507, del personal de la U.N.C.ARTICULO 2°: Tomen conocimiento de la presente resolución la Dirección de Rentas, quien deberá proceder a dar cumplimiento a la misma.- ARTICULO 3°. DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 98/15POR ELLO:

EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO. Declárese de Interés Municipal y del Pueblo de Las Heras, la cabalgata en Homenaje al General San Martín , su Gesta Patria y LatinoamericanaARTICULO 2DO. El Ejecutivo Municipal colaborara con los organizadores del evento.ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015RESOLUCION Nº 99/15POR ELLOEL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO. Adhíerase a la Ley Nacional N 26873 de Lactancia Materna, Promoción y Concientización Pública.ARTICULO 2DO. El Organo Ejecutivo Municipal asegurará la creación de lactarios y la implementación de políticas destinadas a favorecer la lactancia materna en los establecimientos públicos donde trabajen más de 15 mujeres en edad fértilARTICULO 3RO. : Los lactarios municipales serán de uso público para todas las madres que lo soliciten, dentro del horario de funcionamiento de los mismos.ARTICULO 4TO: Disponer la ampliación a dos años del período de licencia por lactancia.ARTICULO 5TO. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 100/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO. Declárese de Interés Departamental

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la actividad realizada por la Srta. Daniela Moreno, Patinadora profesional Mendocina e Instructora de Patinaje Artistico de Las HerasARTICULO 2DO: . Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 101/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO. Remitase la Nota N 128/15, al archivo correspondiente remitiendo copia de la misma a cada bloqueARTICULO 2DO. . Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 102/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO. Declarar de Interés Recreativo, Cultural y Educativo del Departamento , al Proyecto denominado EL BARRILETE Y LA MATEMATICAARTICULO 2DO. Destinar el último domingo de agosto de cada año a la práctica especifica personal y comunitaria del uso del barrilete haciendo participe a todas las escuelas del Departamento para que asistan con el objeto de exhibir los distintos barriletes diseñados y construidos para la ocasión.ARTICULO 2DO. EL día aludido será propiciado y organizado junto a las escuelas del Departamento por la dirección de educación y juventud de la Municipalidad de Las Heras, aportando los recursos necesarios para tal evento, entiéndase por esto, sonido, sillas,

mesones , materiales educativo , etc.ARTICULO 4TO. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 103/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO. Remítase la nota N 145/15 al Ministerio de Seguridad para que dentro de sus posibilidades arbitre las medidas necesarias con el sistema de controles policiales todo conforme a la solicitud planteada por los vecinos de los Barrios Obras, Sanitarias, Banco Mendoza, Cementista I y II, Residencial y Parque Norte.ARTICULO 2DO. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 104/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase el expediente nº 5192-V-12 , y nota adjunta Nº 159/15 al Departamento Ejecutivo para que por el área que corresponda se notifique al señor BONILLA VARGAS, que no se podrá aceptar la donación con cargo hasta que levante la inhibición que posee sobre la Fracción I del Titulo B.-ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015RESOLUCION Nº 105/15POR ELLO:EL H.C.D.

RESUELVEARTICULO 1RO. Remitase la nota N 144/15 al archivo correspondiente, por los motivos expuestos en los considerandos.ARTICULO 2DO. Secretaria de este Organo Legislativo deberá enviar copia de la citada pieza a cada uo de los bloques incluyendo el informe obrante a fs. 4/5ARTICULO 3RO: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 106/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Ratifíquese en toda sus partes el convenio celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS representada por su Intendente Municipal DON PEDRO RUBEN MIRANDA , y el INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA representada por el Presidente del Honorable Directorio, Lic. HECTOR OMAR PARISI DNI 13.871.702 que tiene por objeto la cesión de un inmueble propiedad de la Municipalidad de Las Heras al Instituto Provincial de la Vivienda , ubicado en el Distrito de Capital del Departamento de Ciudad, con frente a calle Circuito del Challao , al Oeste del Cerro La Gloria , constante de una superficie de dos hectáreas , seis mil cincuenta y uno con 88/100 m2 ( 2ha 6051,88 m2), inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula Nº 44157 al Asiento A-1 de folio real al Instituto Provincial de la Vivienda.-ARTICULO 2º: Tomen conocimiento de la presente resolución Secretaria de Hacienda , Secretaria de Gobierno, Dirección de Coordinación de Gabinete , Dirección de Relaciones Institucionales y

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demás reparticiones que correspondan.-ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 107/15POR ELLOEL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO. Declarar de Interés departamental el Programa Provincial de Cooperativismo Escolar, dependiente de la Subsecretaria de Asociativismo y Cooperativas del Ministerio de Afroindustria y Tecnología, y la Dirección General de Escuelas, comprometido con el fortalecimiento y desarrollo de valores cooperativos como instrumento.ARTICULO 2DO. Reconocer a los establecimientos educativos que llevan a cabo el mencionado programa, teniendo en cuenta la labor desempeñadas por sus docentes en beneficio de los niños, niñas adolescentes.ARTICULO 3RO: Comuníquese , al Departamento Ejecutivo y a las áreas correspondientes para conocimiento y difusión.ARTICULO 4TO: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015RESOLUCION Nº 108/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°: Otorgase la conformidad para la eximisión de la deuda de tasas al padrón municipal Nº 0025303 domicilio

Manzana “G” lote 4 del Bº Hermandad Obrera, ARTICULO 2°: Tomen conocimiento de la presente resolución la Dirección de Rentas, y demás dependencias que correspondan quien deberá proceder a dar cumplimiento a la misma.-ARTICULO 3°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 109/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase el proyecto de resolución Nº 22/15 al archivo correspondiente por los motivos expuestos en los considerándos, previo remitir del informe a copia a cada uno de los bloques.-ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 110/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º.- Remítase la nota Nº 30/15 al archivo correspondiente por lo expuesto en los considerandos.-ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS

DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 111/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la Nota Nº 140/15, presentada por el personal de la Dirección de Cultura, al archivo correspondiente por lo expuesto en los considerándos.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 112/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la Nota Nº 154/15, presentada por la Escuela Nº 1-173 Provincia de San Juan, al archivo correspondiente remitiendo copia de la misma cada bloque.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 113/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase el Proyecto Nº 08/15 , presentado por la Concejala KARINA FERRARIS, al archivo

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correspondiente por lo expuesto en los considerandos.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 114/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º.- Remítase la nota Nº 25/15, a la Dirección de Desarrollo Organizacional para que informe sobre lo solicitado por la agente, GAUNA SILVIA LILIANA, D.N.I. Nº 20.345.562-, ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 115/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1ª.- Pase la Nota Nª 149/15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica a la señora TERESA ORDENES, domicilio Bº Belgrano M O casa 5 posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al

Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 116/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º.- Remítase el Proyecto de Resolución Nº 25/15, presentado por el concejal EMILIANO SOSA, al archivo que corresponda por lo expuesto en los considerándos.-ARTICULO 2°. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 117/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda , brinde información sobre las normativas que se desarrollan a partir del mes de octubre del presente año, en el Rió Mendoza , Sierra de Encalada ; Las Heras en la zona denominada “Playa grande”, sobre operativos de control de ingreso vehicular , venta de comestibles y seguridad en el interior de dicho predio.-ARTICULO 2°.- - Infórmese en relación al articulo anterior, los entes intervinientes para llevar a

cabo tales controles, con el fin de asegurar una zona de esparcimiento y recreación con seguridad para la población.-ARTICULO 3º.- Infórmese la existencia de habilitaciones tanto sobre el ingreso de vehículos, como así también sobre el estacionamiento en el cause del mismo ARTICULO 4º.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 118/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º Remítase el Proyecto de Resolución Nº 67/15, al archivo correspondiente por lo expuesto en los considerando.-ARTICULO 2º.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 119/15POR ELLOEL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Manifestar su repudio a la impunidad y a la sentencia absolutoria en el juicio llevado a cabo por la desaparición de Soledad Olivera.- ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS

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HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015RESOLUCION Nº 120/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO: El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, conforme al expediente 11873-LE-2014, Centro Integral de Servicios al Camionero, de informe de los siguientes puntos: Documentación e

informes faltantes desde el DECRETO DE Adjudicación del 22 de Julio de 2014 a la fecha y cuales son los avances en el proyecto, por ejemplo contrato de Concesión, garantía del Contrato ( Articulo 27)

Convenio entre AFIP y la Municipalidad de Las Heras para tal proyecto

Convenio con Vialidad Nacional donde se compruebe su validez legal.

De donde surgen las atribuciones que tiene la Municipalidad de Las Heras para concesionar los servicios de pesaje y desinsectación

Si hay convenios con Organismos Nacionales Provinciales, copia de los convenios e informe legal de la validez de los mismos en el tiempo.

Estudios y evaluación de impacto ambiental que se han hecho de acuerdo a la ley 5961, art. 27 y su decreto reglamentario 2109/94 a cargo de la Municipalidad de Las Heras.

ARTICULO 2DO: El Departamento Ejecutivo tendrá un tiempo de 15 días hábiles para responder el informe mencionado.ARTICULO 3RO. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.

DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 121/15POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Declárese de interés departamental el accionar de las Organizaciones Sociales del Departamento, que trabajan en el campo de atención a las familias desde diferentes ámbitos.

ARTICULO 2º: Otórguese reconocimiento a las Organizaciones Sociales del Departamento que se encuentren realizando actividades de permanente compromiso y dedicación en conmemoración de la “Semana de la Familia” los días 13 al 19 de octubre.

ARTICULO 3º: Comuníquese al D.E. y a las áreas correspondientes para su conocimiento y difusión.

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 122/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVE

ARTICULO 1º: Declarar de Interés Cultural Departamental el Proyecto Pedagógico Didáctico denominado “ ALBORES DE MI PATRIA” elaborado por

el Profesor EMIR DENNIS MAZZA SLAIBE , que tiene como objetivo conmemorar y poner en valor la enseñanza del repertorio oficial en las Escuelas del Departamento y de la Provincia.-ARTICULO 2º: Facultar al Departamento Ejecutivo a otorgar a través del área correspondiente un subsidio especial destinado a la concreción del proyecto aludido, presentado por el Profesor EMIR DENNIS MAZZA SLAIBE.-ARTICULO 3°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 123/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, gestione la limpieza de las acequias del Barrio Solares de Brown, en el distrito Cieneguita, y el mantenimiento de la misma.ARTÍCULO 2 °: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 124/15POR ELLO.EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda se incorpore

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en el presupuesto del año siguiente y se gestione la colocación del alumbrado publico , en la calle Antártica Argentina , hacia el Este de Necochea , en el Distrito El Plumerillo .-ARTÍCULO 2 °: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 125/15

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Requerir al Ejecutivo Municipal, a través de las áreas correspondientes, se gestione las obras necesarias para la construcción de cordón y cuneta en calle Antártica Argentina , del Distrito El Plumerillo.-

ARTÍCULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo se gestione la limpieza y mantenimiento de la misma en las acequias del barrio.-

ARTICULO 3º. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 126/15POR ELLO:EL H.C.DRESUELVEARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, arbitre los medios necesarios ante el

Gobierno Provincial la colocación de un contenedor para la recolección de residuos frente al Centro de Salud nº 17 Dr. Carlos Evans, ubicado en Cornelio Moyano y Catamarca de nuestro departamento.ARTÍCULO 2°: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 127/15

POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTÍCULO 1º : Solicitar al Ejecutivo, a través del área que corresponda, gestione la colocación de cartelería de nomenclatura de calles en el Barrio Espejo, del distrito El Plumerillo.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 128/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO: Girese el expediente N 8402-F-05 en devolución al Departamento Ejecutivo para que a través del área que corresponda notifique al Sr. Lagos Eulogio Omar en su carácter de titular de dominio de una propiedad ubicada en el Distrito El

CHALLAO, para que adjunte , asentimiento conyugal ( art. 1277 Codigo Civil ), informe del Registro de la Propiedad y archivo judicial de la Provincia de Mendoza para verificar si el oferente dispone de sus bienes, conforme lo cita la ordenanza N 100/12 en su articulo 2do.ARTICULO 2DO: Una vez cumplido lo solicitado en el artículo anterior vuelva a este Cuerpo para su posterior resolución.ARTICULO 3RO: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 08 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 129/15POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Declárese de interés departamental el Concurso estudiantil “San Martín, un Lasherino ilustre”. Que promueve el vínculo entre jóvenes estudiantes del departamento y la obra del Libertador, Gral. Don José de San Martín en el territorio de Las Heras; como forjador de nuestra identidad y defensor incansable de la Patria.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a las áreas correspondientes para su conocimiento y difusión.

ARTICULO 3º Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS

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DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 130/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: El Departamento de Catastro Técnico dependiente de la Dirección de Obras Privadas deberá adjuntar al expediente Nº 23157-PO-14 resumen de superficies, linderos y medidas perimetrales de las superficies afectadas a ensanche de calle Republica del Perú.- ARTICULO 2º: La Escribana municipal deberá solicitar al Sr. Mauro José Leandro Suárez presente asentimiento conyugal (articulo 1277 Código Civil).-ARTICULO 3º: Una vez cumplido lo solicitado en el articulo anterior vuelva a este Cuerpo para su posterior resolución.-ARTICULO 4º Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 131/15POR ELLO: EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase la nota Nº 148/15 al archivo, por los motivos expuestos en los considerándos.- ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 132/15

POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTICULO 1º: Declarar de interés de este Honorable Concejo Deliberante la labor comunitaria realizada por el Sr, Oscar León, como Presidente de la Unión Vecinal del Barrio 12 de Mayo desde el año 2008 hasta la fecha.

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 133/15

POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTICULO 1º : Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, gestione la nivelación del callejón Los Grillos, en el Barrio Luz y Fuerza, distrito de El Algarrobal.ARTICULO 2 º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 134/15

POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Ejecutivo, a través del área que corresponda, informe si la construcción de la pared mencionada en el

Barrio Solares de Brown responde al Código de edificación vigente y si posee permiso municipal.

ARTÍCULO 2º : Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 135/15

POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Ejecutivo, a través del área que corresponda, informe plazos estimados de finalización de obra del boulevard mencionado en el Barrio Solares de Brown, distrito Cieneguita.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 136 /15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º.- Remítase el Proyecto de Resolución Nº 25/15, presentado por el concejal EMILIANO SOSA, al archivo que corresponda por lo expuesto en los considerándos.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al

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Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 137/15POR ELLO: EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase la nota Nº 147/15 al archivo, por los motivos expuestos en los considerándos.- ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 138/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º.- Remítase la nota Nº 157/15 referente al Decreto Nº 2825 de fecha 01 de septiembre del 2015, al archivo correspondiente por los motivos expuestos en los considerándos , Secretaria de este Honorable Cuerpo deberá enviar previo a su archivo copia a cada bloque.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 139/15POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTERESUELVE

ARTICULO 1º.- Otórguese la conformidad, para la eximision de patente de

comercio solicitada por la señora RIQUELME MIRIAM LILIANA, ficha de comercio Nº 20472/00, por estar encuadrada en lo que prescribe la Ley 5041 de discapacidad.-ARTICULO 2º.- Tomen conocimiento de la presente resolución , todas las áreas que correspondan.-ARTICULO 3°. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 140/15POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la nota n° 156/15 a la Secretaria de este Cuerpo, a efectos que proceda enviar copia de la presente pieza administrativa a cada uno de los Bloques y posteriormente archívese donde corresponda.- ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015RESOLUCION Nº 141/15

POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Ejecutivo, a través del área

que corresponda, gestione la colocación de cartelería de nomenclatura de calles en el Barrio Solares de Brown, del distrito Cieneguita.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 142/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase el proyecto de resolución Nº 80/15 al archivo correspondiente por los motivos expuestos en los considerándos .- ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 143/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO: Gestione el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Las Heras, ante el área que corresponda para dar curso al pedido de instalación de contenedores en los alrededores del CEBA 3- 201, SUB OFICIAL HUGO LEPEZ, ubicado entre las calles Monteagudo y Libertad del Distreito El Plumerillo, Departamento de Las Heras.ARTICULO 2DO. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

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Page 21: lasheras.gob.arlasheras.gob.ar/.../2016/07/BOLETINDESETIEMBREOCTUBREyN… · Web viewQue a fojas 4/10, se encuentra Titulo de Venta certificado por Notario Publico entre el señor

BOLETIN OFICIAL-EDICION Setiembre , Octubre y Noviembre del 2014Honorable Concejo Deliberante-Municipalidad de Las Heras

RESOLUCION Nº 144/15POR ELLO.El H.C.D. RESUELVEARTICULO 1RO: Declarar a la Sra. NANCY EDITH AHUMADA, ciudadana ilustre del Departamento de Las Heras, en reconocimiento a su trabajo solidario y desinteresado a favor de niños y niñas de comunidades en situación de vulnerabilidad socio-económica del Departamento de Las Heras.ARTICULO 2DO: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

RESOLUCION Nº 145/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO.: Declarar de Interés de este Honorable CONCEJO Deliberante la trayectoria y labor en el ámbito educativo, de MARIA DE LAS MERCEDES CISTERNAS, por la impronta que representa la promoción del crecimiento social y comunitario, en el Departamento de Las Heras.ARTICULO 2DO. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015RESOLUCION Nº 146/15POR ELLO.EL H.C.D.,RESUELVEARTICULO 1RO: Declarar de Interés de este Honorable Concejo Deliberante la trayectoria y labor en el ámbito cultural y artístico, de JOSE LARDONE conocido bajo el pseudónimo VON PEPE, tratarse de un artista lasherino cuya trayectoria ha transcendido nuestras

tierras y enorgullece nuestra identidad comunitaria.ARTICULO 2DO. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015RESOLUCION Nº 147/15POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1RO: Gestiónese ante Dirección de Transporte de la Provincia de Mendoza, el pedido de los vecinos del BARRIO JARDIN EL CHALLAO del Distrito El Challao en Las Heras respecto de la necesidad de contar con el ingreso de las líneas de colectivos GRUPO 3 Interno 116, GRUPO 4 interno CASA DE GOBIERNO Y GRUPO 7 Interno CENTRO.ARTICULO 2DO: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo al Libro de Resoluciones y Archívese.DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015

ORDENANZAS, Y RESOLUCIONES, CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE SETIEMBRE ,OCTUBRE Y NOVIEMBRE DE 2015 – SUSCRIPTAS POR EL SR. PRESIDENTE DEL H.C.D. CONCEJAL JOSE GINANNESCHI Y EL SR. SECRETARIO DEL H.C.D. DON RUBEN GARCIA.-----------------

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