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SESIÓN ORDINARIA NO. 15 27 y 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA P r e s e n t e. A la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, le fue turnado para el análisis, estudio y dictamen correspondiente, el Informe de Resultados de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez del Estado de Colima de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, para los efectos del artículo 33, fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima;37 y 76, inciso a), fracción V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y 54, fracción IV del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Colima y C O N S I D E R A N D O PRIMERO.-El Congreso del Estado detenta la potestad Constitucional de revisar y fiscalizar las cuentas públicas que le presenten los organismos públicos descentralizados paramunicipales que prestan servicios de agua potable; facultad realizada a través del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, en lo sucesivo OSAFIG, en los términos y facultades establecidas en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y su correlativo 33, fracción XI, y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. En consecuencia, corresponde a esta Soberanía, expedir el Decreto en el que se consigne la conclusión del proceso de revisión y fiscalización de los resultados de las cuentas públicas, a más tardar el 30 de noviembre del año de su presentación, con base en el contenido del Informe de Resultados que le remita el OSAFIG. SEGUNDO.- En lo que respecta, el OSAFIG radicó bajo expediente número (XVII) FS/14/12, la auditoría a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014 de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez del Estado de Colima, en lo sucesivo CIAPACOV, notificando al C. Ing. Óscar Valencia Montes, Director General, mediante oficio número 070/2015, del 17 de febrero de 2015, el inicio y ejecución de los trabajos correspondientes a esa auditoría, así como los auditores comisionados y habilitados para realizarla. TERCERO.- Derivado de los trabajos de fiscalización y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24, párrafo segundo, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, el OSAFIG citó al Ing. Oscar Valencia Montes Director General de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez, mediante oficio número 282/2015 del 29 de julio de 2015, para que compareciera a la entrega del Informe de Auditoría de la cuenta pública del ejercicio 1

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SESIÓN ORDINARIA NO. 1527 y 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015

PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONESPRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL

H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMAP r e s e n t e.

A la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, le fue turnado para el análisis, estudio y dictamen correspondiente, el Informe de Resultados de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez del Estado de Colima de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, para los efectos del artículo 33, fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima;37 y 76, inciso a), fracción V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y 54, fracción IV del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Colima y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.-El Congreso del Estado detenta la potestad Constitucional de revisar y fiscalizar las cuentas públicas que le presenten los organismos públicos descentralizados paramunicipales que prestan servicios de agua potable; facultad realizada a través del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, en lo sucesivo OSAFIG, en los términos y facultades establecidas en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y su correlativo 33, fracción XI, y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. En consecuencia, corresponde a esta Soberanía, expedir el Decreto en el que se consigne la conclusión del proceso de revisión y fiscalización de los resultados de las cuentas públicas, a más tardar el 30 de noviembre del año de su presentación, con base en el contenido del Informe de Resultados que le remita el OSAFIG.

SEGUNDO.- En lo que respecta, el OSAFIG radicó bajo expediente número (XVII) FS/14/12, la auditoría a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014 de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez del Estado de Colima, en lo sucesivo CIAPACOV, notificando al C. Ing. Óscar Valencia Montes, Director General, mediante oficio número 070/2015, del 17 de febrero de 2015, el inicio y ejecución de los trabajos correspondientes a esa auditoría, así como los auditores comisionados y habilitados para realizarla.

TERCERO.- Derivado de los trabajos de fiscalización y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24, párrafo segundo, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, el OSAFIG citó al Ing. Oscar Valencia Montes Director General de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez, mediante oficio número 282/2015 del 29 de julio de 2015, para que compareciera a la entrega del Informe de Auditoría de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, de esa Comisión. Comparecieron al acto, el titular Ing. Oscar Valencia Montes Director de la Comisión de Agua, acompañado del C.P. Sergio Alejandro Chávez Cruz, Coordinador de Contraloría.

Acto siguiente, mediante oficio número 285/2015 recibido el 30 de julio de 2015, la entonces Encargada de Despacho de la Titularidad del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, procedió a la entrega del Informe de Auditoría de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014 de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez. Entregó, además, Cédulas de Resultados Primarios: Financieros y Obra Pública.

CUARTO.- El proceso de fiscalización se realizó conforme a las disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, bajo la directriz de un programa de trabajo autorizado en su momento por la entonces Encargada de Despacho de la Titularidad del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, y de conformidad a las disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, artículos 81 y 83, fracción IV. Contemplando recursos humanos y materiales necesarios para su

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ejecución, los procedimientos de auditoría aplicables, las normas de auditoría y las mejores prácticas generalmente aceptadas y reconocidas en fiscalización superior.

QUINTO.-La cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, de la CIAPACOV, fue recibida por el H. Congreso del Estado, quién a su vez la remitió al Órgano Fiscalizador para su revisión y fiscalización, mediante memorándum 221 del 29 de mayo de 2015, signado por la Licda. Juana Hernández Horta. Los Estados Financieros remitidos en cuenta pública contienen las siguientes cifras:

COMISIÓN INTERMUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE COLIMA Y VILLA DE ÁLVAREZESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

ImporteCONCEPTO (Pesos)

ACTIVO

ACTIVO CIRCULANTE

EFECTIVO Y EQUIVALENTES

Efectivo 118,138.72

Bancos 5,752,448.65

Inversiones temporales 6,503,503.54

Otros efectivos y equivalentes 18,025.95

DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTE

Deudores diversos por cobrar a corto plazo 22,399.09

Deudores por anticipos de tesorería a corto plazo 9,871,441.65

Otros derechos a recibir efectivo o equivalente a corto plazo 33,296,560.02

DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS

Anticipo a proveedores por adquisición de bienes y prestación de servicios a corto plazo 198,614.20

ALMACÉN

Almacén de materiales y suministro de consumo 1,534,764.82

OTROS ACTIVOS CIRCULANTES

Almacén de materiales y suministros de consumo 18,143.00

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE 57,334,039.64

ACTIVO NO CIRCULANTE

BIENES INMUEBLES INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO

Terrenos 386,400

Edificios no habitaciones 549,223,422.28

Otros bienes inmuebles 172,534,834.39

BIENES MUEBLES

Mobiliario y equipo de administración 4,443,205.50

Equipo instrumental médico y de laboratorio 1,500.00

Vehículos y equipo de transporte 12,350,890.25

Maquinaria, otros equipos y herramientas 98,418,842.52

ACTIVOS INTANGIBLES

Licencias 21,927,070.84

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DEPRECIACIÓN, DETERIORO Y ARMONIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES

Depreciación acumulada de bienes muebles -788,124.56

Amortización acumulada de activos intangibles 537,781.14

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE 859,035,822.36

TOTAL ACTIVO 916,369,862.00

PASIVO

PASIVO CIRCULANTE

CUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZO

Proveedores por pagar a corto plazo -138,839.22

Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo 23,712,325.95

Otras cuentas por pagar a corto plazo 20,902,762.70

PASIVO DIFERIDOS CORTO PLAZO

Ingresos cobrados por adelantado a corto plazo 3,316,081.95

TOTAL PASIVO CIRCULANTE 47,792,331.38

TOTAL PASIVO 47,792,331.38

HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO

HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIO

APORTACIONES

Aportaciones 198,847,773.64

DONACIONES DE CAPITAL

Donaciones de capital 325,900.00

TOTAL HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO CONTRIBUIDO 199,173,673.64

HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO GENERADO

Resultado del ejercicio (ahorro/desahorro) -136,878.57

Resultados de ejercicios 28,163,904.91

RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

Resultados de ejercicios anteriores 135,830,184.28

REVALUOS

Otros revalúos 505,546,646.36

TOTAL HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO GENERADO 669,403,856.98

TOTAL HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO 868,577,530.62

TOTAL PASIVO Y HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO 916,369,862.00

COMISIÓN INTERMUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE COLIMA Y VILLA DE ÁLVAREZESTADO DE ACTIVIDADES DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

ImporteCONCEPTO (Pesos)

INGRESOS DE GESTIÓN

Derechos 216,132,471.16

Productos de tipo corriente 5,376,099.86

Aprovechamiento de tipo corriente 45,832,083.39

Ingresos por venta de bienes y servicios 1.00

SUMA 267,340,655.41

PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

Participaciones y Aportaciones 12,112,273.68

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SUMA 12,112,273.68

TOTAL INGRESOS DE GESTIÓN 279,452,929.09

GATOS Y OTRAS PÉRDIDAS

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

Servicios personales 117,762,308.92

Materiales y suministros 9,988,980.73

Servicios generales 118,754,172.76

Inversión pública 3,928,757.23

SUMA 250,434,219.64

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

Subsidios y subvenciones 554,100.00

Ayudas sociales 300,704.54

SUMA 854,804.54

TOTAL GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS 251,289,024.18

RESULTADO DEL EJERCICIO (AHORRO/DESAHORRO) 28,163,904.91

SEXTO.- El endeudamiento reportado por la CIAPACOV a corto plazo fue por $47,792,331.38, desglosándose a continuación:

PASIVO CIRCULANTEIMPORTE(pesos)

Proveedores por pagar a corto plazo -138,839.22

Retenciones y contribuciones por pagar corto plazo 23,712,325.95

Otras cuentas por pagar a corto plazo 20,902,762.70

Ingresos cobrados por adelantado a corto plazo 3,316,081.95SUMA 47,792,331.38

SÉPTIMO.- La información presupuestaria reportada por la CIAPACOV, fue la siguiente:

A) INGRESOS

Los ingresos presupuestados para el ejercicio fiscal 2014, fueron $294,286,272.00; autorizados por el Consejo de Administración en sesión ordinaria número 114, del 20 de diciembre de 2013.En este ejercicio fiscal, el organismo operador obtuvo ingresos por $279,452,929.00; comparándolos con el presupuesto que fue de $294,286,272.00, refleja una recaudación inferior de $-14,833,343.00; variación que se muestra a continuación:

COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS MUNICIPIOS DE COLIMA Y VILLA DE ÁLVAREZ, COL.ESTADO DE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL 2014

INGRESOS DELPRESUPUESTO LEY

DIFERENCIADE INGRESOSCONCEPTO EJERCICIO (pesos) (pesos) (pesos)Derechos 214,891,296.00 267,873,013.00 -52,981,717.00Productos de tipo corriente 2,165,130.00 629,661.00 1,535,469.00Aprovechamientos de tipo corriente 23,638,016.00 25,783,598.00 -2,145,582.00Participaciones, aportaciones 26,646,213.00 0.00 26,646,213.00Transferencias, asignación, subsidios y Ayudas diversas 12,112,274.00 0.00 12,112,274.00SUMA 279,452,929.00 294,286,272.00 -14,833,343.00

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B) EGRESOS

El Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2014, fue de $294,286,272.00, autorizado por el Consejo de Administración en sesión ordinaria número 114, el 20 de diciembre de 2013. Comparando el presupuesto con el egreso ejercido que fue de $272,775,180.97, refleja una erogación de $-21,511,091.03 menor al presupuesto originalmente autorizado; variación que se desglosa en los diferentes conceptos de gasto como se detalla a continuación:

COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS MUNICIPIOS DE COLIMA Y VILLA DE ÁLVAREZ, COL.ESTADO DE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL 2014

EGRESOS DEL PRESUPUESTO DIFERENCIACONCEPTO EJERCICIO (pesos) EGRESOS (pesos) (pesos)Servicios personales 117,762,308.92 114,032,730.06 3,729,578.86Materiales y suministros 9,988,980.73 5,365,707.58 4,623,273.15Servicios generales 118,754,172.76 129,859,728.79 -11,105,556.03Transferencias, asignación, subsidios y Ayudas diversas 854,804.54 913,413.36 -58,608.82Bienes muebles e inmuebles 1,960,939.45 0.00 1,960,939.45Inversión publicas 23,453,974.57 14,546,416.00 8,907,558.57Inversión financiera y otras provisiones 0.00 29,568,276.21 -29,568,276.21SUMA 272,775,180.97 294,286,272.00 -21,511,091.03

OCTAVO.-La Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Armería, mediante oficio número DIR/GRAL/0042-2015 del 11 de agosto de 2015, y recibido el mismo día por el órgano de fiscalización, contestó la solicitud de aclaración y proporcionó sustento documental de las observaciones señaladas de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014. Entregando diversos documentos, los cuales fueron valorados por el personal del OSAFIG.

La Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez, mediante oficio número CI-305/2015 de fecha 10 de agosto de 2015, contestó la solicitud de aclaración, proporcionando sustento documental a efecto de cumplir con las observaciones señaladas por el OSAFIG.

El siguiente estado sintetiza las acciones con observación o recomendación y el estado que guarda cada una de ellas hasta la presentación del Informe de Resultados materia del presente dictamen.

A) ESTATUS DE OBSERVACIONESOBSERVACIONES FINANCIERAS

NÚMERO RESULT RECOMEN OBSERVA CUANTIFICACION REINTEGRO DESCRIPCION ESTATUSADO DACIÓN CION

F1- Instrumentar medidas para la elaboración del1.6 SI Plan estratégico, así como la elaboración de un Atendida

FS/14/12código de ética

F2- 1.7 SIEstablecer una mayor coordinación con elGobierno del Estado, para la consolidación de la Atendida

FS/14/12cuenta pública

F3- Implementar acciones para fortalecer los2.1 SI procesos operativos de CIAPACOV, en relación Atendida

FS/14/12al Control Interno.

F4-2.2 SI

Justificar la entrega extemporánea de lasNo solventada

FS/14/12 cuentas públicas mensualesF5-

2.3 SIJustificar la falta de sesiones del Consejo de

No solventadaFS/14/12 AdministraciónF6-

3.4 SIExhibir la integración desagregada de cada

No solventadaFS/14/12 presupuestoF7-

20.3 SIConsiderar en el presupuesto de egresos una

AtendidaFS/14/12 partida para previsiones extraordinarias

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F8- 20.5 SIJustificar que el presupuesto no presente elnúmero de plazas autorizadas y exhibir el No solventada

FS/14/12tabulador oficial de sueldos.

F9-20.6.1 SI

Justificar diferencia entre el presupuestoNo solventada

FS/14/12 aprobado y el contabilizadoExhibir documentos que originaron los

F10-20.6.2 SI

presupuestos modificado, devengado y pagado,No solventadaFS/14/12 y las actas de Consejo en las cuales se autoricen

las ampliaciones y reducciones presupuestales

F11- 21.3 y Justificar compra de certificados de regalos aSI 112,799.97 los trabajadores, o realizar el reintegro de los No solventada

FS/14/12 21.4recursos

F12- 22.1 SIJustificar la no inclusión en el presupuesto deegresos de 2014, de la cantidad, categorías y No solventada

FS/14/12sueldos de las plazas de personal

F13- 22.1, Exhibir acuerdo y autorización del Consejo deSI Administración en la cual se apruebe realizar No solventada

FS/14/12 22.15movimientos nominales

F14-22.3.1 SI

Justificar pagos por concepto de pago de ParcialmenteFS/14/12 sueldos por toma de lecturas solventada

F15- Justificar pagos por concepto de lista de raya22.3.2 SI 202,150.00 para los encargados de los sistemas de agua Solventada

FS/14/12potable de la zona rural

F16-22.3.3 SI 7,906.38

Exhibir documentación que acredite el tiempo ParcialmenteFS/14/12 laborado de trabajador solventadaF17-

22.3.4 SI 849.59Justificar pago en demasía de bono de

No solventadaFS/14/12 antigüedadF18-

22.3.5 SI 537,496.47Justificar importes no provisionados de IMSS y

SolventadaFS/14/12 SARF19- 22.3.6 SI 680,267.56 Exhibir póliza de seguro de vida SolventadaFS/14/12F20-

22.3.7 SIInformar sobre la cuenta de aportación del Parcialmente

FS/14/12 Gobierno al Fondo de Ahorro solventadaF21-

22.3.8 SI Exhibir recibos de la Dirección de Pensiones SolventadaFS/14/12F22-

22.3.9 SI 1,117,980.32Exhibir documentación de finiquitos por laudo Parcialmente

FS/14/12 laboral solventadaF23-

22.3.10 SI 125,000.00Exhibir documentos por complemento de

SolventadaFS/14/12 finiquitoF24-

22.3.11 SI 93,213.36Justificar conceptos y montos de finiquito

No solventadaFS/14/12 pagado, así como la antigüedadF25-

22.3.12 SI 196,897.98 Justificar pago de becas del ejercicio 2013 SolventadaFS/14/12F26-

22.3.13 SI Justificar apoyos al Sindicato No solventadaFS/14/12F27-

22.3.14 SI 5,732.50Exhibir información de pago de apoyos de Parcialmente

FS/14/12 colegiaturas solventadaF28-

22.3.15 SI 30,500.00Justificar apoyo al Sindicato por evento día del

No solventadaFS/14/12 niño o realizar reintegroF29-

22.3.16 SI 25,000.00 Justificar apoyos para comisiones del Sindicato SolventadaFS/14/12F30-

22.3.17 SI 1,158,818.15Exhibir documentación relacionada con gastos

No solventadaFS/14/12 de ejecución entregados a trabajadoresF31- 22.3.18 SI 1,304,263.06 Exhibir documentación relacionada con pago de ParcialmenteFS/14/12 gastos extraordinarios de ejecución solventadaF32-

22.6.1 SI 8,756.00Justificar compensaciones de “Ajuste al sueldo” Parcialmente

FS/14/12 o realizar reintegro solventadaF33- 22.6.2 SI 34,284.85 Exhibir contratos de 2 trabajadores o realizar ParcialmenteFS/14/12 reintegro solventada

F34- Exhibir base de pago de prima de antigüedad y Parcialmente22.6.3 SI 12,224.00 documento que acredite la antigüedad deFS/14/12 solventada

trabajador en pago de liquidaciónF35-

22.6.4 SI 136,520.44Exhibir contratos e informe de actividades de 5 Parcialmente

FS/14/12 personas solventadaF36-

22.6.5 SI 38,204.00Justificar pago en demasía por concepto de

SolventadaFS/14/12 bono navideño, o reintegrar el recursoF37- 22.6.7 SI 75,624.00 Justificar pago de bono de drenaje, o realizar No solventada

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FS/14/12 reintegroF38-

22.6.8 SI 79,776.00 Justificar pago de bono extraordinario anual No solventadaFS/14/12F39- 22.6.9 SI 3,468,009.00 Justificar pago de estímulo a la antigüedad o No solventadaFS/14/12 realizar reintegro de recursosF40-

22.6.10 SI 57,728.00Exhibir autorización para entregar el bono

No solventadaFS/14/12 general al personal de baseF41-

22.6.11 SI 794,922.00Exhibir expedientes de personal para verificar la

No solventadaFS/14/12 entrega del bono de antigüedadF42-

22.6.12 SI 1,162,579.00Justificar bonos otorgados a personal de

No SolventadaFS/14/12 confianza

F43- 22.15 SIExhibir documentos que acrediten laantigüedad de trabajadores y autorización del No solventada

FS/14/12Congreso para jubilaciones y pensiones

F44-23.1 SI

Exhibir acta de integración del comité deNo solventada

FS/14/12 comprasF45-

23.2 SIExhibir invitaciones a integrantes de comité de

SolventadaFS/14/12 comprasF46-

23.3 SI Exhibir programa anual de adquisicionesParcialmente

FS/14/12 solventadaF47-

23.4 SI Exhibir oficios de excepciónParcialmente

FS/14/12 solventadaF48-

23.5 SIImplementar mecanismos de firma de

SolventadaFS/14/12 autorización de comprasF49-

23.6 SIExhibir cotizaciones y visto bueno del comité de

SolventadaFS/14/12 compras por compra realizada

F50- 23.7 y SIJustificar adjudicación relacionada con sorteoentre usuarios cumplidos del ejercicio fiscal No solventada

FS/14/12 23.112014

F51-23.8.1 SI

Exhibir invitaciones a proveedores para elSolventada

FS/14/12 proceso de invitación restringidaF52-

23.8.2 SIJustificar compra de vehículo F-350 superDuty

SolventadaFS/14/12 marca Ford modelo 2014F53-

23.8.3 SIExhibir invitaciones a proveedores y contrato

SolventadaFS/14/12 formalizado

F54- 23.8.1 y SIExhibir invitaciones a proveedores y contratoformalizado por compra de material de cobre Solventada

FS/14/12 23.11.1galvanizado y PVC

F55- 23.8.2 ySI

Exhibir invitaciones a proveedores y contratoSolventada

FS/14/12 23.11.2 formalizado por compra de material de cobreF56-

23.9.1 SIExhibir autorización y dictamen por Parcialmente

FS/14/12 adjudicación de contrato de asesoría fiscal solventada

F57- Exhibir evidencia documental de la compra de23.9.2 SI vehículo para sorteo y evidencia de entrega al Solventada

FS/14/12ganador

F58-23.11 SI

Exhibir contrato de compra de refacciones paraSolventada

FS/14/12 dosificadores de hipoclorito de sodioF59-

23.12.1 SI 1,940,931.99Exhibir información y documentación de

No solventadaFS/14/12 servicios prestados para la toma de lectura

F60- Exhibir evidencia que respalde los pagos por23.12.2 SI 1,311,579.52 concepto de entrega a domicilio de los estados No solventada

FS/14/12de cuenta impresos

F61- Justificar asignación de fondo fijo de caja a41.1 SI 3,000.00 persona que no acreditó su relación laboral con No solventada

FS/14/12el organismo operador

F62-41.11 SI 209,684.19

Integrar la cuenta de deudores diversos con laNo solventada

FS/14/12 desagregación correspondienteF63-

41.13 SI 18,025.95Exhibir evidencia de acción jurídica por cheques Parcialmente

FS/14/12 devueltos solventadaF64-

41.14 SI 12,314,292.36Informar sobre acciones de recuperación de Parcialmente

FS/14/12 cuentas de Activo solventadaF65- 41.16 SI 3,940.23 Exhibir comprobación de cuenta de gastos a SolventadaFS/14/12 comprobarF66-

41.18 SI 510,203.75Exhibir documentación comprobatoria de

SolventadaFS/14/12 cuenta de almacénF67-

43.1.1 SI 235,480.00Analizar cuentas de proveedores con saldos

SolventadaFS/14/12 contrarios a su naturaleza

8

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F68-43.1.2 SI 78,916.20

Exhibir documentación por pago de de gastosNo solventada

FS/14/12 de ejecución del mes de febreroF69- 43.1.3 SI 10,263,657.62 Informar sobre saldos de pasivo que o tuvieron SolventadaFS/14/12 movimientos en el ejercicio 2014F70-

43.1.4 SI 41,432.41Realizar análisis y corrección contable de

SolventadaFS/14/12 cuenta de PasivoF71-

50 SIRecomendaciones con respecto a la

AtendidaFS/14/12 armonización contable

71 6 65 31,547,313.78 7,013,982.50

OBSERVACIONES OBRA PÚBLICAIMPORTE RESU

RECOME OBSERVA CUANTIFICCUENTA NÚMERO LTAD REINTEGRO D E S C R I P C I Ó N ESTATUS

NDACIÓN CIÓN ACIÓNPÚBLICA O

Observación generalSe recomienda integrar los

OP1- 26.5 SÍexpedientes de obra completos en

ATENDIDAcuanto a la documentación técnicaFS/14/12 y comprobatoria al término del

ejercicio fiscal correspondiente.RECURSOS PROPIOS - PROGRAMA

APAZU

1,730,836 OP2- Perforación y aforo de pozoSÍ profundo “El Diezmo», municipio

.27 FS/14/12de Colima, Col.Presentar los anexos de soporte

26.6del presupuesto de la Dependencia

SOLVENTADA(listado de insumos; análisis de:precios unitarios; básicos; salarioreal, equipo y maquinaria).

26.23Exhibir los certificados de calidad NOde los materiales empleados en la

SOLVENTADAobra.

26.29 765.28Justificar la diferencia entre el PARCIALMENTmonto de la cuenta pública y la

E SOLVENTADAdocumentación comprobatoria.Equipamiento, electrificación,

3,931,219 OP3- SÍobras de protección, caseta decloración y polímero para pozo

.14 FS/14/12 profundo “El Diezmo”, municipiode Colima

26.7 Presentar los permisos para laSOLVENTADA

ejecución de la obra.Presentar los manuales de

26.21operación y garantías de los

SOLVENTADAequipos eléctricos y cloracióninstalados.Línea de conducción de 6” de

3,090,821 OP4-SÍ

diámetro de agua potable para.62 FS/14/12 pozo profundo “El Diezmo»,

municipio de ColimaJustificar el hecho de que la

26.14propuesta ganadora no fue

SOLVENTADAdesechada por presentarinconsistencias en la integración delos precios unitarios.

26.21Justificar del finiquito las omisionesimportantes de acuerdo con la SOLVENTADAlegislación aplicable.Perforación y aforo de pozoprofundo para las colonias Los

2,774,099 OP5-SÍ

pinos, Las Torres, Pablo Silva.72 FS/14/12 García y Unidad Antorchista, en la

zona oriente de la ciudad deColima

26.6 Exhibir anexos de soporte delSOLVENTADA

presupuesto de la Dependencia.

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Justificar el pago improcedente enconceptos extraordinarios que yaestán incluidos dentro del análisis

PARCIALMENT26.18 33,276.78

de un precio unitario (que ya locontiene para el mismo fin): E SOLVENTADA«acarreo de agua en camióntanque» y «acarreo de agua encamión... km .subsecuente».

26.23Exhibir certificados de calidad del NOfabricante de la tubería adquirida

SOLVENTADApara los trabajos de obra.Equipamiento y caseta de

3,388,207 OP6- cloración para pozo profundo paraSÍ las colonias Los Pinos, Las Torres,

.29 FS/14/12 Pablo Silva y Unidad Antorchista,Zona Oriente del mpio. de Colima

26.7 Presentar los permisos para laSOLVENTADA

ejecución de la obra.

26.21 Justificar del finiquito las omisionesimportantes de acuerdo con la SOLVENTADA

.1legislación aplicable.

26.21Presentar los manuales deoperación y garantías de los

SOLVENTADA.2 equipos eléctricos y cloracióninstalados.

26.22Exhibir la acreditación del predio;registro en la contabilidad, en SOLVENTADAcatastro o en el RPPC.RECURSOS PROPIOS - PROGRAMA

PROSSAPYS

2,238,831 OP7- Perforación y aforo de pozoSÍ profundo en la localidad de

.73 FS/14/12Piscila, municipio de Colima, Col.Exhibir el presupuesto y sus anexos

26.6de soporte y el programa de

SOLVENTADAejecución de obra elaborados porla Dependencia.Presentar el Estudio geológico al

26.18que hace referencia la nota debitácora No. 14, por medio de la

SOLVENTADA.1 cual se generó la autorización paraincrementar la profundidad deperforación.Justificar el pago improcedente enconceptos extraordinarios que ya

26.18están incluidos dentro del análisis

PARCIALMENT38,917.42

de un precio unitario (que ya lo.2 contiene para el mismo fin): E SOLVENTADA

«acarreo de agua en camióntanque» y «acarreo de agua encamión... km .subsecuente».

26.23Exhibir certificados de calidad del NOfabricante de la tubería adquirida

SOLVENTADApara los trabajos de obra.Equipamiento, electrificación,

2,492,510 OP8- caseta de cloración y línea deSÍ conducción para pozo profundo

.25 FS/14/12 en la localidad de Piscila,municipio de Colima

26.7 Presentar los permisos para laSOLVENTADA

ejecución de la obra.

26.21 Justificar del finiquito las omisionesimportantes de acuerdo con la SOLVENTADA

.1legislación aplicable.

26.21Presentar los manuales deoperación y garantías de los

SOLVENTADA.2 equipos eléctricos y cloracióninstalados.

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26.22Exhibir la acreditación del predio;registro en la contabilidad, en SOLVENTADAcatastro o en el RPPC.

19,646,52 8 23 1 7 72,194.20 765.286.02

La interpretación del contenido de las columnas en el Estatus de Observaciones Financieras y Obra Pública es la siguiente:

NUMERO: Es número consecutivo de resultado precedido de la letra F, en financiero; RF, en el caso de recursos federalizados; DU, en desarrollo urbano, y OP en obra pública. Después del número la letra FS que indica fiscalización superior, diagonal y los dos últimos números del año del ejercicio auditado, diagonal y el número de auditoría asignado a esa entidad en expediente.

RESULTADO: Corresponde al número de procedimiento asignado por el OSAFIG de la aplicación de Procedimientos para la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas Ejercicio Fiscal 2014.

RECOMENDACIÓN: Derivado de la revisión en la aplicación del procedimiento referido el resultado es una recomendación SÍ o NO.

OBSERVACIÓN: Derivado de la revisión en la aplicación del procedimiento referido el resultado es una acción con observación que la entidad deberá atender SÍ o NO.

CUANTIFICACIÓN: se refiere al importe del concepto revisado y valorado.

REINTEGRO: Importes cuya acción implica depositar en la cuenta bancaria de la entidad la cantidad señalada. Los importes que se presentan en la columna en caracteres negros son reintegros efectivos y los decaracteres en rojo, indican que a la fecha del presente informe no había exhibido por el ente auditado, a este Órgano de Fiscalización, el depósito correspondiente.

Los importes de la columna CUANTIFICACIÓN y REINTEGROS, no necesariamente implicaron recuperación de recursos por presuntos daños o perjuicios, o ambos, a la hacienda pública, y fueron sujetas a las aclaraciones requeridas.

DESCRIPCIÓN: Síntesis de la observación por omisión o acción señalada de cumplimiento por parte de la entidad.

ESTATUS: Significa el estado que guarda la observación o recomendación a la fecha del presente informe.

B) PRESUNTAS IRREGULARIDADES

Las observaciones no solventadas o solventadas parcialmente o no solventadas en el plazo concedido o con la formalidad requerida; forman parte del Informe de Resultados entregado a esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, del H. Congreso del Estado, conforme a lo previsto en los artículos 15, fracción IV, 16, 27, 34, 35 y 36, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

En los términos de los artículos 24, 25, 26 y 27, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y derivado del estatus que guarda el solvento de las observaciones contenidas en las Cédulas de Resultados Primarios, se precisan las observaciones que el OSAFIG consideró necesaria la imposición de sanciones administrativas por las conductas u omisiones de los servidores públicos que en ejercicio de cargo violentaron, sea dolosa, culposa o por negligencia la normativa que regula su actividad, independientemente si causaron daños o perjuicios a la hacienda pública. En donde además el Órgano Fiscalizador remite las propuestas para imponer sanciones administrativas, que tienen por objeto suprimir prácticas que violenten de cualquier forma, el marco normativo de la función pública, previstas en el artículo 53, fracciones II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, con relación al artículo 49 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Las cuales se aprecian en la siguiente tabla:

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Resulta Cuantifi PresunciónNúmero Reintegro Descripción Estatus de Responsa Sanción Propuesta

do caciónbilidad

Óscar Valencia Montes. DirectorGeneral.María Leticia Béjar Maldonado.Gerente Comercial y de FinanzasI.- Amonestación.- Por autorizar,validar y ejecutar el gasto porconcepto de adquisiciones de

Por la adquisición decertificados de regalo.

Óscar Valencia Montes. Directordiversos certificadosde regalos durante el General.ejercicio 2014 al II.-Sanción Económica.- deproveedor Bodesa, $112,799.97, por la autorización deS.A.P.I. S.A. de C.V., por Administrativ compra de certificados de regalo.

F11- 21.3 y112,799.97

un monto de Noa y SanciónFS/14/12 21.4 $112,799.97, sin la solventada En incumplimiento a la Ley de Aguas

aprobación del Consejo Económica para el Estado de Colima artículosde Administración para 24, fracción X, y 29 fracción VI. Leyrealizar éste tipo de General de Contabilidadgasto, y la partida Gubernamental, artículos 42 y 43.presupuestal por Reglamento Interior de la Comisiónafectar. Intermunicipal de Agua Potable Y

Alcantarillado de los Municipios deColima y Villa de Álvarez, Artículo29, Fracción I y VIII.

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.Oscar Valencia Montes. DirectorGeneralI.- Amonestación Pública.- Porotorgar la basificación de 7

Por la basificación de 7 trabajadores sin someter a laaprobación del Consejo detrabajadores, con la Administración dichasautorización delbasificaciones.F13- 22.1, Director General, sin No Administrativ

FS/14/12 22.15 someterlo y obtener a solventada a En incumplimiento a la Ley de Aguasla autorización del para el Estado de Colima artículo 29Consejo defracción XIV.Administración.

Sanción prevista en el artículo 49fracciónII de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.María Leticia Béjar Maldonado.Gerente Comercial y de FinanzasI.- Amonestación Pública.- Porpago en demasía por concepto de

Por efectuar pago en bono de antigüedad.II.- Sanción económica.- equivalentedemasía por $849.59, a $849.59 por el pago en demasía deconcepto de pago debono de antigüedad.bono de antigüedad AdministrativF17-

849.59realizado el 30 de No

En incumplimiento al Convenio de22.3.4 a y SanciónFS/14/12 enero de 2014 al solventadatrabajador Miguel Económica prestaciones laborales en la cláusula

quincuagésima cuarta; Ley de AguasSernas Dueñas, del Estado de Colima, artículo 34,mediante el cheque segundo párrafo, Ley Federal delnúmero 1043214. Trabajo, 89 y 162, fracción III.

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los Servidores

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Públicos.

Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.

No exhibir la I.- Amonestación Pública.-Por omitirdocumentación que exhibir para su fiscalizaciónacredite el inicio de la Superior, el documento base derelación laboral para cálculo del pago de finiquito,a favorverificar el cálculo de de Francisco Arturo Villalba Arceo.pago realizado deltrabajador Francisco En incumplimiento a Ley General de

F24-22.3.11

$93,213.36 Arturo Villalba Arceo, No Administrativ Contabilidad Gubernamental:FS/14/12 al cual se le efectuó solventada a artículos 42 y 43; Ley de

pago de $93,213.36 Presupuesto y Gasto Publico delrealizado mediante Estado de Colima: articulo 68. Ley decheque número Fiscalización Superior del Estado,1044087 de la cuenta artículo 6 y 17 inciso a), fracción XIII.Banorte 00112491831de fecha 13 de mayo Sanción prevista en el artículo 49de 2014 fracciónII de la Ley Estatal de

Responsabilidades de los ServidoresPúblicos.Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.- Por

Por omitir exhibir la omitir exhibir documental quedocumental que justifique el pago de apoyos dejustifique el pago de colegiaturas por $5,732.50.apoyos de colegiaturas

En incumplimiento Ley General deF27- por $5,732.50, Parcialment Administrativ22.3.14 $5,732.50 beneficio que se Contabilidad Gubernamental,FS/14/12 e Solventada aautoriza conforme artículos 2, 22 y 42; Ley de

convenio de Fiscalización Superior del Estado,prestaciones sindicales artículo 23.en su cláusulatrigésima. Sanción previstas en el artículo 49

fracciónII de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.- Porpagos por concepto de honorarios

Por efectuar pagos porasimilados a salarios, no convenidos.

II.- Sanción Económica.- Equivalenteconcepto dehonorarios asimilados $34,284.85 de compensación extraa salarios, de los cuales de $1,307.00 a Santos Pamplonaen el contrato de

AdministrativFeliciano y $32,545.00 a Carrillo

F33-34,284.85

prestación de servicios Parcialment Berber Saúl Arnulfo.22.6.2 no señalan que se daba a y sanciónFS/14/12 e Solventada

En incumplimiento Ley General deentregar una económicacompensación extra de los Trabajadores al Servicios del$1,307.00 a Santos Gobierno del Estado de Colima,Pamplona Feliciano y articulo 56; Ley de General de$32,545.00 a Carrillo Contabilidad Gubernamental,Berber Saúl Arnulfo articulo 42; Ley de Presupuesto, y

Gasto Público del Estado de Colima,articulo 60.Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los Servidores

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Públicos

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.

Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.- Porpagos bono de drenaje a personalque no cuenta con la categoríaaplicable para ese bono.

II.- Sanción Económica.- Equivalentea los daños determinado de

Por otorgar bono de $75,624.00, por prestacionespagadas improcedentes.drenaje a personal que AdministrativF37-

22.6.7 75,624.00no cuenta con la No

En incumplimiento al Convenio dea y sanciónFS/14/12 categoría aplicable solventadapara ese bono, por un económica prestaciones laborales de

CIAPACOV, clausula Décimomonto de $75,624.00 segunda, Ley General de

Contabilidad Gubernamentalartículos 2, y 22. Convenio dePrestaciones laborales, clausulaDecimo Octava.

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.Dalila del Rosario García Avena.

Por omitir exhibir laDirectora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.-Por omitir

documentación que exhibir para su fiscalizaciónampare pago por Superior, el documento solicitado.$78,916.20 realizado aJessica Guadalupe En incumplimiento a Ley General deVillarruel Vázquez Contabilidad Gubernamental:

F68-43.1.2 78,916.20

mediante cheque No Administrativ artículos 42 y 43; Ley deFS/14/12 1043646 de la cuenta Solventada a Presupuesto y Gasto Publico del

de Banorte número Estado de Colima: articulo 68. Ley de00112491831, de fecha Fiscalización Superior del Estado,14 de marzo de 2014, artículo 6 y 17 inciso a), fracción XIII.por concepto de pagode gastos de ejecución Sanción prevista en el artículo 49del mes de febrero. fracciónII de la Ley Estatal de

Responsabilidades de los ServidoresPúblicos.

NOVENO.- El hoy Titular del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, el L.A.F. Carlos Armando Zamora González, nombrado por el H. Congreso del Estado, por un periodo de 7 años, mediante acuerdo numero 50, el día 28 de agosto, turnó mediante oficio 372/2015 del 28 de Septiembre del 2015, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, el Informe de Resultados de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez del Estado de Colima correspondiente a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, radicado bajo expediente (XVII) FS/14/12.

De lo anterior, fue que los diputados integrantes de esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, nos reunimos con el titular del OSAFIG, para conocer el Informe de Resultados y el estatus de las observaciones solventadas, las parcialmente solventadas o no solventadas, la cuantificación de las mismas, los reintegros

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efectivos y los pendientes de realizar, las observaciones de cumplimiento normativo y las acciones implementadas por las recomendaciones generadas.

DECIMO.- En tal virtud los integrantes de esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, coincidimos parcialmente con las sanciones propuestas dentro del Informe de Resultados emitido por el OSAFIG en su apartado de PRESUNTAS IRREGULARIDADES, toda vez, que presentó evidencias suficientes, competentes y relevantes para establecer la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos de la CIAPACOVque fungieron en el período auditado, formulando las propuestas de sanciones correspondientes. Lo anterior, en ejercicio de las facultades que al OSAFIG le confieren los artículos 33, fracción XI y XXXIX, y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 17, inciso a), fracciones XV, XVIII y XIX; inciso b), fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 27 y 52, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

La determinación de la presunción de responsabilidades a que se hace referencia en el presente documento y derivadas de las Cédulas de Resultados Primarios que se anexan, forman parte integral del presente dictamen, documentos todos que se tienen por reproducidos en todos sus términos como si se insertasen a la letra, y en obvio de inútiles repeticiones, para que surtan sus efectos legales. Siendo las que a continuación se detallan:

A) Al C. Oscar Valencia Montes, Director General, se propone se le imponga sanciones administrativas consistentes en dos Amonestaciones Públicas, por motivo de autorizar, validar y ejecutar el gasto por concepto de adquisiciones de certificado de regalo, así como por otorgar la basificación de 7 trabajadores sin someterlo a la aprobación del Consejo de Administración; y Sanción Económica, por la cantidad de $112,799.97 (Ciento doce mil setecientos noventa y nueve pesos, con noventa y siete centavos 97/100 M.N.), por motivo de autorizar la compra de certificados de regalo.

B) A la C. María Leticia Béjar Maldonado, Gerente Comercial y de Finanzas, se propone se le impongan sanciones administrativas consistentes en dos Amonestaciones Públicas por motivo de autorizar, validar y ejecutar el gasto por concepto de adquisiciones de certificado de regalo, así como por el pago en demasía por conceptos de bonos de antigüedad; y Sanción Económica, por la cantidad de $849.59 (Ochocientos cuarenta y nueve pesos, con cincuenta y nueve centavos59/100 M.N.), por motivos de pago en demasía por conceptos de bonos de antigüedad

C) A la C. Dalila del Rosario García Avena, Directora de Recursos Humanos, se propone se leimpongan sanciones administrativas consistentes en cinco Amonestaciones Públicaspor motivo de omitir exhibir para su fiscalización Superior, el documento base de cálculodel pago de finiquito a favor del C. Francisco Arturo Villalba Arceo; por omitir exhibir documental que justifique el pago de apoyos de colegiaturas por la cantidad de $5,732.50; por realizar pagos por concepto de honorarios asimilados a salarios, no convenidos; por realizar pagos bono de drenaje a personal que no cuenta con la categoría aplicable para ese bono; y por omitir exhibir para su fiscalización Superior, el documento solicitado; y dos Sanciones Económicas, por las cantidades de $33,852.00(Treinta y tres mil ochocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.), así como de $75,624.00 (Setenta y cinco mil seiscientos veinticuatro pesos 00/100 M.N), por motivo de efectuar pagos por concepto de honorarios asimilados a salarios, no convenidos, y por la improcedencia en prestaciones realizadas.En cuanto a la sanción económica derivada por efectuar pagos por concepto de honorarios asimilados a salarios no convenidos, esta Comisión que dictamina advierte un error de cálculo en el Informe de Resultados emitido por el OSAFIG, por lo que en uso de las facultades que nos confiere el arábigo 30 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se subsana fijando la cantidad de $ 33,852.00 (Treinta y tres mil ochocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.), misma que es citada en supralíneas.

UNDECIMO.-Del resultado de la fiscalización a la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2014 de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez del Estado de Colima, el OSAFIG determinó que en términos generales y respecto

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de la muestra auditada, la Entidad Fiscalizada cumplió con las disposiciones normativas aplicables, excepto por los resultados de las observaciones no solventadas o parcialmente solventadas. DUODECIMO.-No obstante de lo señalado en el considerando anterior, el Presidente de esta Comisión que dictamina, el Diputado Miguel Alejandro García Rivera, con fundamento en el tercer párrafo del artículo 34, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, le solicito al Titular del Órgano de Fiscalización la siguiente información;

• Especificar si las observaciones previstas en el Informe de Resultados, que manejan Estatus, NO SOLVENTAS o PARCIALMENTE SOLVENTADAS, y no fueron sujetas a promoción de Acciones, pueden ser sujetas a determinación de probables sanciones administrativas y económicas; y

• Ampliar la información respecto si las observaciones previstas en el Informe de Resultados, que manejan Estatus, NO SOLVENTAS o PARCIALMENTE SOLVENTADAS y no fueron sujetas a promoción de Acciones, y en su caso, en plena jurisdicción, determine en alcance del Informe de Resultados, la presunta responsabilidad administrativa y la Determinación de daños y perjuicios, de el o los servidores públicos responsables en los actos u omisiones observados y no sancionados.

Del apartado B) denominado “PRESUNTAS IRREGULARIDADES” de la fracción VII “PROMOCIÓN DE ACCIONES”, del Informe de Resultados, se advierte, que solamente se considera necesaria la imposición de sanciones administrativas a diversas conductas o acciones NO SOLVENTADAS o PARCIALEMNTE SOLVENTADAS. Por lo que, le solicito especificar el criterio utilizado para la determinación de dichas proporciones.

DECIMOTERCERO.-Como resultado de la solicitud realizada al OSAFIG, descrita en el punto anterior, se tiene como resultado, nuevas propuestas de sanciones administrativas, las cuales tienen por objeto suprimir prácticas que violenten de cualquier forma, el marco normativo de la función pública, previstas en el artículo 53, fracciones II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, con relación al artículo 49 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sanciones que se describen en la siguiente tabla:

Res Cuanti Est Presunción deNúmer ult Reintegfi Descripción at Responsa Sanción Propuestao ad ro

cación us bilidado

Óscar Valencia Montes. DirectorGeneral.María Leticia Béjar Maldonado.Gerente Comercial y de FinanzasI.- Amonestación.- Por autorizar,validar y ejecutar el gasto porconcepto de adquisiciones decertificados de regalo.

Óscar Valencia Montes. DirectorPor la adquisición de diversos General.

21.certificados de regalos durante el No II.-Sanción Económica.- de

F11- ejercicio 2014 al proveedor Bodesa, sol Administrativa y $112,799.97, por la autorización de3 y 112,799 S.A.P.I. S.A. de C.V., por un monto de ve compra de certificados de regalo.FS/14/1 Sanción21. .97 $112,799.97, sin la aprobación del nt

2 Económica4 Consejo de Administración para realizar ad En incumplimiento a la Ley de Aguaséste tipo de gasto, y la partida a para el Estado de Colima artículospresupuestal por afectar. 24, fracción X, y 29 fracción VI. Ley

General de ContabilidadGubernamental, artículos 42 y 43.Reglamento Interior de la ComisiónIntermunicipal de Agua Potable YAlcantarillado de los Municipios deColima y Villa de Álvarez, Artículo 29,Fracción I y VIII.

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal de

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Responsabilidades de los ServidoresPúblicos.

Oscar Valencia Montes. DirectorGeneralI.- Amonestación Pública.- Porotorgar la basificación de 7trabajadores sin someter a la

No aprobación del Consejo de

22. Por la basificación de 7 trabajadores, con Administración dichassolF13- basificaciones.1, la autorización del Director General, sin veFS/14/1 Administrativa22. someterlo y obtener a la autorización del nt En incumplimiento a la Ley de Aguas2 15 Consejo de Administración. ad para el Estado de Colima artículo 29a fracción XIV.

Sanción prevista en el artículo 49fracción II de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.María Leticia Béjar Maldonado.Gerente Comercial y de FinanzasI.- Amonestación Pública.- Porpago en demasía por concepto debono de antigüedad.II.- Sanción económica.- equivalentea $849.59 por el pago en demasía de

Por efectuar pago en demasía por No bono de antigüedad.

F17- $849.59, concepto de pago de bono de sol Administrativa y22.849.59

antigüedad realizado el 30 de enero de ve En incumplimiento al Convenio deFS/14/1 Sanción3.4 2014 al trabajador Miguel Sernas nt prestaciones laborales en la cláusula2 Dueñas, mediante el cheque número ad Económica quincuagésima cuarta; Ley de Aguas

1043214. a del Estado de Colima, artículo 34,segundo párrafo, Ley Federal delTrabajo, 89 y 162, fracción III.

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.- Poromitir exhibir para su FiscalizaciónSuperior, el documento base decálculo del pago de finiquito, a favorde Francisco Arturo Villalba Arceo.

No exhibir la documentación que II.- Sanción económica, equivalenteacredite el inicio de la relación laboral No a $93,213.36 de el importe otorgadopara verificar el cálculo de pago realizadosol no justificadoF24- 22. $93,213 del trabajador Francisco Arturo Villalba

FS/14/1 3.1 .36 Arceo, al cual se le efectuó pago de ve Administrativa En incumplimiento a Ley General dent2 1 $93,213.36 realizado mediante cheque ad Contabilidad Gubernamental:número 1044087 de la cuenta Banorte a artículos 42 y 43; Ley de00112491831 de fecha 13 de mayo de Presupuesto y Gasto Publico del2014 Estado de Colima: articulo 68. Ley de

Fiscalización Superior del Estado,artículo 6 y 17 inciso a), fracción XIII.

Sanciones previstas en el artículo 49fracción II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.

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Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.- Por

Pa omitir exhibir documental querci justifique el pago de apoyos de

Por omitir exhibir la documental queal colegiaturas por $5,732.50.

mF27- 22. justifique el pago de apoyos de En incumplimiento Ley General deen$5,73 colegiaturas por $5,732.50, beneficio queFS/14/1 3.1 te Administrativa Contabilidad Gubernamental,

2.50 se autoriza conforme convenio de2 4 Sol artículos 2, 22 y 42; Ley deprestaciones sindicales en su cláusula ve Fiscalización Superior del Estado,trigésima.

nt artículo 23.ad

Sanción prevista en el artículo 49afracción II de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.- Porpagos por concepto de honorariosasimilados a salarios, no convenidos.

II.- Sanción Económica.- Equivalente

Pa $34,284.85 de compensación extrade $1,307.00 a Santos Pamplonarci

Por efectuar pagos por concepto deFeliciano y $32,545.00 a Carrillo

alBerber Saúl Arnulfo.

honorarios asimilados a salarios, de los mF33- 22. 34,284. cuales en el contrato de prestación de en Administrativa y En incumplimiento Ley General deFS/14/1 6.2 85 servicios no señalan que se daba te sanción los Trabajadores al Servicios del2 entregar una compensación extra de Sol económica Gobierno del Estado de Colima,

$1,307.00 a Santos Pamplona Feliciano y vearticulo 56; Ley de General de$32,545.00 a Carrillo Berber Saúl Arnulfo nt Contabilidad Gubernamental,ad articulo 42; Ley de Presupuesto, y

a Gasto Público del Estado de Colima,articulo 60.

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos

Dalila del Rosario García Avena.Directora de Recursos Humanos.I.- Amonestación Pública.- Porpagos bono de drenaje a personalque no cuenta con la categoríaaplicable para ese bono.

II.- Sanción Económica.- Equivalentea los daños determinado de

No $75,624.00, por prestaciones

F37-Por otorgar bono de drenaje a personal sol

Administrativa ypagadas improcedentes.

22. 75,624. que no cuenta con la categoría aplicable veFS/14/1 sanción6.7 00 para ese bono, por un monto de nt En incumplimiento al Convenio de2 económica$75,624.00 ad prestaciones laborales de CIAPACOV,

a clausula Décimo segunda, LeyGeneral de ContabilidadGubernamental artículos 2, y 22.Convenio de Prestaciones laborales,clausula Decimo Octava.

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Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.

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Por realizar el pago del bonoextraordinario anual a personalsindicalizado no activo. En Óscar Valencia Montes.desatención a la clausula décimo Director General.octava del convenio de I.- Inhabilitación por 1 año.- porprestaciones laborales, en la cual se signar convenios y la aplicaciónespecifica que ésta prestación será de los mismos a los trabajadoresotorgada a quienes tengan una del ente auditado, sin estarantigüedad reconocida de más de autorizado por el Consejo deseis meses y exclusivamente a los Administración y realizar pagostrabajadores que se encuentren en no comprendidos en el convenioactivo en la fecha en que deba de

suscrito con el sindicato.cubrirse. La entidad auditadaexhibió el Plan de Previsión Social Óscar Valencia Montes.de fecha 28 de febrero de 2014, Director General.firmado por el Director General Ing. II.-Sanción Económica.- de

Oscar ValenciaMonte

s y la $79,776.00, por realizar el pagoDirectora de Recursos Humanos, a personal inactivo noC.P. Dalila del Rosario García Avena. convenido, bajo el amparo delYa que dicho plan de previsión N Plan de Previsión Social suscritosocial está encaminado

a lao en lo individual y aplicado sinF38- deductivilidad o impago del sol Administrativa22. 79,776 autorización del Consejo deFS/14/ Impuesto Sobre le Renta y solo por ve y sanción

6.8 .00 administración.12 los rubros previstos en el artículo nt económica93, fracción VIII de la Ley del ISR, ad En incumplimiento a la Ley deque son: “Los percibidos con a Aguas para el Estado de Colimamotivo de subsidios por artículos 24, fracción X, y 29incapacidad, becas educacionales fracción VI. Ley General depara los trabajadores o sus hijos, Contabilidad Gubernamental,guarderías infantiles, actividades artículos 42 y 43. Reglamentoculturales y deportivas, y otras Interior de la Comisiónprestaciones de previsión social, de Intermunicipal de Agua Potablenaturaleza análoga, que se Y Alcantarillado de losconcedan de manera general, de Municipios de Colima y Villa deacuerdo con las leyes o por Álvarez, Artículo 29, Fracción I ycontratos de trabajo.” con relación

VIII.al 27, fracción XI de dichanormativa. Con lo anterior, además Sanciones previstas en elde realizar pagos improcedente, artículo 49 fracciones V y VI depone en riesgo de las fianzas del la Ley Estatal deEnte auditado de no realizar el Responsabilidades de losentero del ISR sobre los concepto

Servidores Públicos.de ingresos que le corresponden acada trabajador.

Se verificó el pago de $3’468,009.00 Dalila del Rosario García Avena.contabilizados en la cuenta Servicios Directora de Recursos Humanos.Personales subcuenta Productividad, I.- Amonestación Pública.- Por

a 49 trabajadores sindicalizados, pagos bono de drenaje a personalque no cuenta con la categoría

observando que esta prestación no N aplicable para ese bono.se incluye en el convenio sindical, ya oque en éste se considera II.- Sanción Económica.- EquivalenteF39- 22. 3,468, sol Administrativaúnicamente (en la clausula vigésima a los daños determinado deFS/14/ 6.9 009.00 quinta) la autorización de pago de ve y sanción $75,624.00, por prestaciones12 estímulo a la productividad, nt económica pagadas improcedentes.

consistente en 10 días de sueldo y adLey General de Contabilidadquinquenio por año para aquellos aGubernamental, artículos 2, 22. 33 y

trabajadores que no gocen de 42; Ley de Aguas de Colima artículopermisos. El Ente auditado informó 16; Ley de Presupuesto y Gastoque se trata de pago por cubrir Publico del Estado de Colima:horario extraordinario o continúo de artículo 61. Ley de Fiscalización

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8 horas y media, sin exhibir Superior del Estado, artículo 23.documento que lo sustente.

Sanciones previstas en el artículo 49fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.

Óscar Valencia Montes.Director General.I.- Inhabilitación por 1 año.- porsignar convenios y la aplicaciónde los mismos a los trabajadoresdel ente auditado, sin estarautorizado por el Consejo deAdministración y realizar pagosal personal de base autorizadosen el Plan de Previsión Social.

Por realizar el pago del concepto de II.-Sanción Económica.- deBono General al personal de base, $57,728.00, por realizar el pagocontabilizado en la cuenta estímulo por concept de Bono General desindical por $57,728.00 consistente la cuenta “Estímulos Sindical”en 9 días de sueldo y quinquenio, el bajo el amparo del Plan decual se pago a 33 trabajadores en la Previsión Social suscrito en loprimera quincena de abril de 2014, individual y aplicado sinobservando que no exhibieron para N autorización del Consejo desu revisión la autorización del o Administración.

F40- 22. 57,728 Consejo de Administración para sol AdministrativaFS/14/ 6.1 .00 otorgar dicha prestación a los ve y sanción En incumplimiento a la Ley de12 0 trabajadores de base. Aduciendo el nt económica Aguas para el Estado de Colima

ente auditado que dichos pagos de ad artículos 24, fracción X, y 29realizaron en función del Plan de a fracción VI. Ley General dePrevisión Social.La entidad auditada Contabilidad Gubernamental,exhibió el Plan de Previsión Social artículos 42 y 43. Reglamentode fecha 28 de febrero de 2014, Interior de la Comisiónfirmado por el Director General Ing. Intermunicipal de Agua PotableOscar Valencia Montes y la Directora Y Alcantarillado de losde Recursos Humanos, C.P. Dalila del Municipios de Colima y Villa deRosario García Avena. Álvarez, Artículo 29, Fracción I y

VIII. Ley de Presupuesto y GastoPúblico del Estado de Colima,artículos 56 y 60; Ley dePresupuesto y Gasto Publico delEstado de Colima: artículo 61.

Sanciones previstas en elartículo 49 fracciones V y VI dela Ley Estatal deResponsabilidades de losServidores Públicos.

El organismo operador de agua pagó Dalila del Rosario García Avena.Estímulos de Antigüedad por N Directora de Recursos$794,922.00, vía nómina general a Humanos.o26 trabajadores sindicalizados, I.- Amonestación Pública.- PorF41- 22.

$794,9sol Administrativa

FS/14/ 6.1atendiendo la prestación se

ve y sanciónomitir exhibir documental que

22.00 encuentra autorizada en el convenio justifique el pago Estímulos de12 1 sindical en su clausula nt económica Antigüedad de los 16

quincuagésima cuarta; sin embargo, ad trabajadores observados.se observó que no exhibieron para asu revisión los expedientes de 26 II.- Sanción económica,

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trabajadores para verificar su equivalente a $794,922.00 delantigüedad, los cuales se tienen importe otorgado no justificadoidentificados en la cedulacorrespondiente. En incumplimiento Ley General

de Contabilidad Gubernamental,artículos 2, 22 y 42; Ley deFiscalización Superior delEstado, artículo 23.

Sanción prevista en el artículo49 fracción II de la Ley Estatal deResponsabilidades de losServidores Públicos.L Óscar Valencia Montes.Director General.I.- Inhabilitación por 1 año.- Porsignar convenios y la aplicaciónde los mismos a los trabajadoresdel ente auditado, sin estar

Se observó que el organismo autorizado por el Consejo deoperador de agua, realizó pagos por Administración y realizar pagos$1’162,579 al personal de confianza al personal de base autorizadospor concepto de bonos que deben en el Plan de Previsión Social.otorgarse exclusivamente al

II.-Sanción Económica.- depersonal sindicalizado:Bono pagado Importe $1,1+2,579.00, por realizar elBono Burócrata 639,468.00 pago por conceptos convenidosBono Apoyo Gast 5,902.00 para personal de baseFamiliar sindicalizados a los trabajadoresBono juguete 112,318.00

de confianza, incluyéndose enPago adicional 75,791.00Bono General 160,963.00 citado director; bajo el amparoBono Extraordinari 48,198.00 del Plan de Previsión SocialAnual suscrito en lo individual yBono Escolar 119,939.00 No aplicado sin autorización del

F42- 22. 1,162,5Total $1,162,579.0 sol Administrativa y Consejo de Administración.

veFS/14/1 6.1 Donde se destaca pagos en el ejercicio a: sanción79.00 nt2 2 económica En incumplimiento a la Ley dead

Oscar valencia Montes 110,766.0 Aguas para el Estado de ColimaaBéjar Maldonado María 88,412.00 artículos 24, fracción X, y 29Leticia fracción VI. Ley General dePinto Salazar Arturo 87,063.00 Contabilidad Gubernamental,Amezola Vaca Miguel 42,636.00

artículos 42 y 43. ReglamentoÁngelInterior de la Comisión

López Mayoral Rafael 43,087.00 Intermunicipal de Agua Potable

La entidad auditada exhibió el PlanY Alcantarillado de losMunicipios de Colima y Villa de

de previsión social de fecha 28 de Álvarez, Artículo 29, Fracción I yfebrero de 2014, firmado por el VIII. Ley de Presupuesto y GastoDirector General Ing. Oscar Valencia Público del Estado de Colima,Montes y la Directora de Recursos artículos 56 y 60; Ley deHumanos, C.P. Dalila del Rosario Presupuesto y Gasto Publico delGarcía Avena. Estado de Colima: artículo 61.

Sanciones previstas en elartículo 49 fracciones V y VI dela Ley Estatal deResponsabilidades de losServidores Públicos.

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F56- 23. FS/14/1 9.12

Se constató los pagos por $1´583,260.00 de la cuenta 0112491831 de Banorte, al proveedor Geem Gestión Empresarial S.C. por concepto de auditoría de estados financieros y asesoría fiscal. De los trabajos de auditoría se determinó:La CIAPACOV, no presenta los informes de los trabajos establecidos en la clausula tercera del contrato de fecha 15 de enero de 2013. Solo exhiben las facturas por los cobros de diversos servicios pactados en el contrato.

En lo que se refiere al Contrato de prestación de servicios, este fue el único documento que presento por CIAPACOV hasta la respuesta de la revisión, por tal situación no se pudo revisar y cotejar la información de manera detallada. Y se deduce que los servicios que presto la empresa GEEM Gestión Empresarial SC a CIAPACOV, son servicios integrales, ya que le asesora, audita los estados financieros, dictamina, presenta declaraciones informativas anuales y mensuales, por lo que es necesario realizar dicho análisis al citado documento y el sustento de todos los pagos efectuados.

Pa rci al m en te Sol ve nt ad a

De la revisión a esta observación y derivado de la información producto de la confronta, no se realizó el análisis referente al contrato de honorarios, ya que en el mismo se establece los importes por los diferentes conceptos de servicios prestados y no se observo y/o analizo si estos se apegaron a los trabajos presentados y pagados por CIAPACOV a dicha empresa. En el contrato se establece los siguientes honorarios:1.- Devolución de IVA: Pago del 30% por la devolución de Iva, contra abono en cuenta o compensación de dicho saldo.2.-Honorarios porDictamen: $157,300.00 más Iva y aumentaran cada año el 10% más Iva. Falto analizar si CIAPACOV está obligada a dictaminar y/o mostrar dicho dictamen.3.-Honorarios por Asesoría: No establece monto en el contrato y no se verifico si se realizaron pagos del mismo.4.-Honorarios por AsesoríaFiscal relacionada con el Decreto del 5/12/2008: Cobro de 15% más Iva del ahorro obtenido. No se realizo el análisis de los pagos, no se demuestra documentalmente si hubo ahorro por este concepto de pago, y si está vigente dicho decreto por los años que se esta pagando.

5.-Pago por honorarios por declaraciones informativas de sueldos: $20,000.00 en marzo de cada año, aumentando el 10% más Iva por año. No se especifico que años se han presentado y pagado.6.- Honorarios Mensuales por declaraciones informativas c/terceros:$3,500.00 más Iva, aumentando el 10% más Iva por año. No se especifico que años se han presentado y pagado.

Por lo anterior, es necesario dejar abierto el proceso de fiscalización en cuanto a esta observación se refiere, con el

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objeto de que el OSAFIG,profundice la fiscalizaciónintegral del contratocelebrado, desde el procesode adjudicación, contratación,pagos efectuados,comprobación de losservicios prestados y laeficiencia y eficacia delmismo.

Óscar Valencia Montes.Director General.

Por expedir el cheque 1045850 de María Leticia Béjar Maldonado.Gerente Comercial y defecha 09 de diciembre de 2014 por Finanzas$3,000.00 a nombre de la C. Jessica I.- Amonestación.- Por otorgar y

Paulina Topete Silva, por concepto N validar el otorgamiento dede asignación de fondo fijo de caja, o recursos a personal ajeno a la

F61- al cual anexan como comprobante So entidad pública auditada.FS/14/ 41. 78,91 un recibo de resguardo de fondo fijo lv Administrativa

121 6.20 de caja, observando que esta

en En incumplimiento al contenidopersona no se localizó en nóminas,por lo que se desconoce cuál es la ta de los articulo s 2, 22 y 33 de larelación que existe con el da Ley General de contabilidadorganismo. Informado y acreditando Gubernamental artículosel auditado su relación hasta el Sanción prevista en el artículoejercicio fiscal 2015. 49 fracción II de la Ley Estatal de

Responsabilidades de losServidores PúblicosDalila del Rosario García Avena.Directora de RecursosHumanos.I.- Amonestación Pública.- Poromitir exhibir para sufiscalización Superior, eldocumento solicitado.

Por omitir exhibir la documentación II.- Sanción económica,que ampare pago por $78,916.20 N equivalente a $78,916.20delrealizado a Jessica Guadalupe o importe otorgado no justificado

F68- 43. 78,916 Villarruel Vázquez mediante cheque SoFS/14/ 1043646 de la cuenta de Banorte lv Administrativa En incumplimiento a Ley General

1.2 .2012 número 00112491831, de fecha 14 en de Contabilidad Gubernamental:de marzo de 2014, por concepto de ta artículos 42 y 43; Ley depago de gastos de ejecución del mes da Presupuesto y Gasto Publico delde febrero. Estado de Colima: articulo 68.

Ley de Fiscalización Superior delEstado, artículo 6 y 17 inciso a),fracción XIII.

Sanción prevista en el artículo49 fracción II de la Ley Estatal deResponsabilidades de losServidores Públicos.

DECIMOCUARTO.- En tal virtud, los integrantes de esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, coincidimos con cada una de las determinaciones y sanciones propuestas por el OSAFIG, que derivan de la ampliación del Informe de Resultados que fue solicitado por el Presidente de esta Comisión Dictaminadora, toda vez, que se presentó evidencias suficientes, competentes y relevantes para establecer la presunta responsabilidad

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administrativa de los servidores públicos de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez que fungieron en el período auditado. Determinado en la ampliación del Informe de Resultados, la definitiva presunción de responsabilidades, siendo las que a continuación se precisan:

A) Al C. Óscar Valencia Montes, Director General, se propone se le imponga sanciones administrativas consistentes en Tres Amonestaciones Públicas, por autorizar, validar y ejecutar el gasto por concepto de adquisiciones de certificados de regalo, así como por otorgar la basificación de 7 trabajadores sin someter a la aprobación del Consejo de Administración dichas basificaciones, y por otorgar y validar recursos a personal ajeno a la entidad pública auditada; en Cuatro Sanciones Económicas por la cantidad total de $1,412,882.97 (Un millón, cuatrocientos doce mil, ochocientos ochenta y dos pesos, con noventa y siete centavos 97/100 M.N), la cual se desglosa por las siguientes cantidades $112,799.97, por la autorización de compra de certificados de regalo, $79,776.00, por realizar el pago a personal inactivo no convenido, bajo el amparo del Plan de Previsión Social suscrito en lo individual y aplicado sin autorización del Consejo de administración, $57,728.00, por realizar el pago por concepto de Bono General de la cuenta “Estímulos Sindical” bajo el amparo del Plan de Previsión Social suscrito en lo individual y aplicado sin autorización del Consejo de Administración, y$1,162,579.00, por realizar el pago por conceptos convenidos para personal de base sindicalizados a los trabajadores de confianza, incluyéndose en citado director; bajo el amparo del Plan de Previsión Social suscrito en lo individual y aplicado sin autorización del Consejo de Administración; enDestitución del Puesto e Inhabilitación por tres años, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, por signar convenios y la aplicación de los mismos a los trabajadores del ente auditado, sin estar autorizado por el Consejo de Administración y realizar pagos no comprendidos en el convenio suscrito con el sindicato, así como por signar convenios y la aplicación de los mismos a los trabajadores del ente auditado, sin estar autorizado por el Consejo de Administración y realizar pagos al personal de base autorizados en el Plan de Previsión Social;

B) A la C. María Leticia Béjar Maldonado, Gerente Comercial y de Finanzas, se propone se le imponga sanciones administrativas consistentes en Tres Amonestaciones Públicas, porautorizar, validar y ejecutar el gasto por concepto de adquisiciones de certificados de regalo, así como por el pago en demasía por concepto de bono de antigüedad, y por otorgar y validar el otorgamiento de recursos a personal ajeno a la entidad pública auditada; y Sanción Económica, por la cantidad de$849.59 por el pago en demasía de bono de antigüedad; y

C) A la C. Dalila del Rosario García Avena, Directora de Recursos Humanos, se propone se le imponga sanciones administrativas consistentes en Siete Amonestaciones Públicas, por omitir exhibir para su Fiscalización Superior, el documento base de cálculo del pago de finiquito, a favor de Francisco Arturo Villalba Arceo, por omitir exhibir documental que justifique el pago de apoyos de colegiaturas por $5,732.50, así como por realizar pagos por concepto de honorarios asimilados a salarios, no convenidos, por pagos bono de drenaje a personal que no cuenta con la categoría aplicable para ese bono, así también por omitir exhibir documental que justifique el pago Estímulos de Antigüedad de los 16 trabajadores observados, y por omitir exhibir para su fiscalización Superior, el documento solicitado que ampara un pago; en Seis Sanciones Económicas, por la cantidad total de $1,152,584.41 (Un millón, ciento cincuenta y dos mil, quinientos ochenta y cuatro pesos, con cuarenta y un centavos 41/100 M.N.), la cual se desglosa por las siguientes cantidades, $78,916.20, por motivo de importes otorgados no justificado, $93,213.36, por importe otorgado no justificado, $794,922.00 por importe otorgado no justificado, $75,624.00, por prestaciones pagadas improcedentes, $75,624.00, por prestaciones pagadas improcedentes, y$34,284.85 de compensación extra a los CC. Santos Pamplona Feliciano y Carrillo Berber Saúl Arnulfo; e Inhabilitación por un año, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, sanción que se propone en los términos del artículo 50 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos, con base a la propuesta del OSAFIG.

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Las anteriores propuestas de sanciones, tienen sustento en la información y documentación presentada por el O

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SAFIG, así como en el análisis de de dichos documentos por los integrantes de la Comisión de Hacienda, Presup

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uesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, en atención a las reiteradas conductas

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por los servidores públicos del ente fiscalizado, en el mismo ejercicio fiscal correspondiente al año 2014, actualiza

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ndo lo previsto por el artículo 412 del código de procedimientos penales, en relación con el artículo 30 del código

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penal vigente, ambos ordenamientos del estado, lo anterior con el objeto de suprimir prácticas que violenten de

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cualquier forma, el marco normativo de la función pública.

DECIMOQUINTO.-Con base en la información y documentación presentada por el OSAFIG, así su análisis por los integrantes de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, y en cumplimiento al artículo 33, fracción XI, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, tiene por concluido el proceso de revisión y fiscalización a la cuenta pública de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez, correspondiente al ejercicio fiscal 2014, con observaciones en materia de responsabilidades.

DECIMOSEXTO.-Con fundamento en el contenido del artículo 33, fracción XI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, las responsabilidades administrativas, pecuniarias e indemnizaciones a los servidores públicos derivadas del proceso de fiscalización, se tramitarán, resolverán y ejecutarán por el Congreso del Estado, a excepción de las multas y sanciones pecuniarias e indemnizaciones inferiores o iguales a mil unidades de salario mínimo general vigente, las cuales se tramitarán y fincarán por el OSAFIG en términos de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, por lo tanto, deberán iniciarse los procedimientos para el fincamiento de responsabilidades administrativas y pecuniarias, conforme a la competencia prevista en la disposición constitucional citada.

Por lo expuesto y, con fundamento en los artículos del 90 al 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y del 129 al 134 de su Reglamento, se propone a esta Honorable Asamblea para su aprobación el siguiente:

D I C T A M E N

ARTÍCULO PRIMERO.- Se declara concluido, con la salvedad señalada en artículo siguiente, el proceso de revisión y fiscalización de los resultados de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2014 de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez del Estado de Colima, con base al contenido del Informe de Resultados emitido por el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado.

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ARTÍCULO SEGUNDO.- Se deja abierto el proceso de revisión y Fiscalización Superior, única y exclusivamente respecto de la observación F56-FS/14/12 resultado 23.9.1 , determinado como Parcialmente solventada. En virtud de la existencia de elementos que presuponen la comisión de actos irregulares de gravedad, que no fueron revisados íntegramente en el desarrollo de los trabajos de auditoría y necesitan ser ampliados e integrados a un informe excepcional sobre dichos actos. Lo anterior en los términos del contenido del artículo 38 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se determina la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos que incurrieron en los actos u omisiones observados, los cuales se detallan en el considerando DÉCIMO y DECIMOCUARTO del presente dictamen.

ARTÍCULO TERCERO.- Túrnese el presente dictamen y sus anexos soportes, por conducto del C. Oficial Mayor, a la Comisión de Responsabilidades para los efectos del artículo 49, fracción IV, del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima.

TRANSITORIO

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ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.

El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.”

La Comisión que suscribe solicita que de ser aprobado el presente dictamen, se emita el Decreto correspondiente.

Atentamente“Sufragio Efectivo. No reelección”

Colima, Colima, a 26de Noviembre de 2015LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y FISCALIZACIÓN

DE LOS RECURSOS PÚBLICOS

MIGUEL ALEJANDRO GARCIA RIVERADiputado Presidente

LETICIA ZEPEDA MESINA RIULT RIVERA RAMIREZDiputado Secretario Diputado Secretario

LUIS HUMBERTO LADINO OCHOA SANTIAGO CHAVEZ CHAVEZDiputado Vocal Diputado Vocal

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H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMAP r e s e n t e.

A la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, le fue turnado para el análisis, estudio y dictamen correspondiente, el Informe de Resultados de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, para los efectos del artículo 33, fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima;37 y 76, inciso a), fracción V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y 54, fracción IV del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Colima y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.-El Congreso del Estado detenta la potestad Constitucional de revisar y fiscalizar las cuentas públicas que le presenten los organismos públicos descentralizados paramunicipales que prestan servicios de agua potable y alcantarillado; facultad realizada a través del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, en lo sucesivo OSAFIG, en los términos y facultades establecidas en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y su correlativo 33, fracción XI, y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. En consecuencia, corresponde a esta Soberanía, expedir el Decreto en el que se consigne la conclusión del proceso de revisión y fiscalización de los resultados de las cuentas públicas, a más tardar el 30 de noviembre del año de su presentación, con base en el contenido del Informe de Resultados que remita el OSAFIG.

SEGUNDO.- En lo que respecta, el OSAFIG radicó bajo expediente (XVII) FS/14/17, la auditoría a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014 de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, notificando al C. Lic. Daniel Cortés Carrillo, Director General, mediante oficio número 137/2015, del 15 de abril de 2015, el inicio y ejecución de los trabajos correspondientes a esa auditoría, así como los auditores comisionados y habilitados para realizarla.

TERCERO.- Derivado de los trabajos de fiscalización y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24, párrafo segundo, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, el OSAFIG citó al Lic. Daniel Cortés Carrillo Director General de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, mediante oficio número 266/2015 del 28 de julio de 2015, para que compareciera a la entrega del Informe de Auditoría de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, de esa Comisión. Compareciendo al acto, el Lic. Daniel Cortés Carrillo y el Lic. Edgar Ernesto Lonvera Galindo, Secretario Particular del Oficial Mayor del Ayuntamiento de Manzanillo.

Acto siguiente, mediante oficio número 281/2015 recibido el 29 de julio de 2015, la entonces Encargada de Despacho de la Titularidad del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, procedió a la entrega del Informe de Auditoría de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014 de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo. Entregando además, Cédulas de Resultados Primarios: Financieros y Obra Pública.

CUARTO.- El proceso de fiscalización se realizó conforme a las disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, bajo la directriz de un programa de trabajo autorizado en su momento por la entonces Encargada de Despacho de la Titularidad del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, y de conformidad a las disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, artículos 81 y 83, fracción IV. Contemplando recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución, los procedimientos de auditoría aplicables, las normas de auditoría y las mejores prácticas generalmente aceptadas y reconocidas en fiscalización superior.

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QUINTO.- La cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, fue recibida por el H. Congreso del Estado, quién a su vez la remitió al Órgano Fiscalizador para su revisión y fiscalización, mediante memorándum No. 193 del 03 de febrero de 2015, signado por la Licda. Juana Hernández Horta. Los Estados Financieros remitidos en cuenta pública contienen las siguientes cifras:

COMISIÓN DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO , COL.ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

ImporteCONCEPTO (Pesos)ACTIVOACTIVO CIRCULANTEEFECTIVO Y EQUIVALENTESEfectivo 53,500.00Bancos/ tesorería -1,216,380.54DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTESDeudores diversos por cobrar a corto plazo 52,530,022.37Deudores por anticipos de tesorería a corto plazo 274.51Otros derechos a recibir efectivo o equivalentes a corto plazo 64,366,078.22DERECHOS A RECIBIR BIENES Y SERVICIOSAnticipo a proveedores por adquisición de bienes inmuebles y muebles a corto plazo 1,013,468.20Anticipo a contratistas por obras públicas a corto plazo 309,387.93ALMACÉNAlmacén de materiales y suministros de consumo 4,121,541.12TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE 121,177,891.81ACTIVO NO CIRCULANTEBIENES MUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESOTerrenos 6,090,223.00Edificios no habitacionales 92,417,331.41Construcciones en proceso en bienes de dominio público 48,950,409.67Construcciones en proceso en bienes propios 23,620,874.90BIENES MUEBLESMobiliario y equipo de administración 5,726,262.47Equipo e instrumental médico y de laboratorio 430,360.89Equipo de transporte 7,958,036.67Maquinaria, otros equipos y herramientas 109,888,713.76DEPRECIACIONES, DETERIORO Y AMORTIZACIONES ACUMULADAS DE BIENESDepreciación acumulada de bienes inmuebles -7,311,778.07Depreciación acumulada de bienes muebles -73,650.60ACTIVOS DIFERIDOSOtros activos diferidos 23,240.00TOTAL FIJO 287,720,024.10TOTAL ACTIVO 408,897,915.91PASIVOPASIVO CIRCULANTECUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZOServicios personales por pagar a corto plazo 22,895,895.94Proveedores por pagar a corto plazo 17,180,988.88Contratistas por obras públicas por pagar a corto plazo 13,136,285.48Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo 30,850,787.43Devoluciones de la ley de ingresos por pagar a corto plazo 2,326,283.44Otras cuentas por pagar a corto plazo 156,058.53PROPORCIÓN A CORTO PLAZO DE LA DEUDA PÚBLICA A LARGO PLAZO

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Porción a corto plazo de la deuda pública a largo plazo 2,967,627.00PASIVOS DIFERIDOS A CORTO PLAZOOtros pasivos diferidos a corto plazo 1,990,677.19PROVISIONES A CORTO PLAZOOtras provisiones a corto plazo 8,902,486.05TOTAL PASIVO CIRCULANTE 100,407,089.94PASIVO NO CIRCULANTEDOCUMENTOS POR PAGAR A LARGO PLAZOOtros documentos por pagar a largo plazo 374,806.94TOTAL PASIVO NO CIRCULANTE 374,806.94SUMA DEL PASIVO 100,781,896.88HACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO CONTRIBUIDOHACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO CONTRIBUIDOAportaciones 266,329,730.77TOTAL HACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO CONTRIBUIDO 266,329,730.77HACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO GENERADOResultado del ejercicio (ahorro/desahorro) 9,700,609.11Resultados de ejercicio anteriores 32,085,679.15TOTAL HACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO GENERADO 41,786,288.26TOTAL PATRIMONIO 308,116,019.03ASUMA DE PASIVO Y PATRIMONIO 408,897,915.91

COMISIÓN DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO , COL.ESTADO DE ACTIVIDADES DEL 01 ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

ImporteCONCEPTO (Pesos)INGRESOSINGRESOS DE GESTIÓNINGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOSIngresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 194,849,725.13TOTAL DE INGRESOS DE GESTIÓN 194,849,725.13PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00Convenios 16,490,104.77TOTAL PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 16,490,104.77OTROS INGRESOSOTROS INGRESOSOtros ingresos y varios 667,898.00TOTAL OTROS INGRESOS 667,898.00TOTAL INGRESOS 212,007,727.90GASTOS Y OTRAS PERDIDASGastos de funcionamientoSERVICIOS PERSONALESRemuneraciones al personal de carácter permanente 56,772,139.56Remuneraciones adicionales y especiales 21,979,398.12Seguridad social 14,915,957.46Otras prestaciones sociales y económicas 26,507,297.30Pagos y estímulos a servidores públicos 108,839.94MATERIALES Y SUMINISTROSMateriales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales 819,241.89Alimentos y utensilios 293,978.33Materiales y artículos de construcción y de reparación 3,925,717.26Productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio 2,236,053.49

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Combustibles, lubricantes y aditivos 2,840,712.80Vestuarios, blancos, prendas de protección y artículos deportivos 462,839.82Herramientas, refacciones y accesorios menores 1,731,280.14SERVICIOS GENERALESServicios básicos 37,599,244.59Servicios de arrendamiento 129,916.20Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios 962,687.06Servicios financieros, bancarios y comerciales 689,623.78Servicios de instalación, reparación, mantenimientos y conservación 17,510,298.41Servicios de comunicación social y publicidad 2,551,739.47Servicios de traslado y viáticos 77,812.72Servicios oficiales 576,913.87Otros servicios generales 4,119,553.55TOTAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 196,811,245.76TRANSFERENCIAS , ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDASAYUDAS SOCIALESAyudas sociales a personas 5,495,873.03TOTAL TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 5,495,873.03TOTAL DE GASTOS O PERDIDAS 202,307,118.79RESULTADO DEL EJERCICIO (AHORRO/DESAHORRO) 9,700,609.11

SEXTO.- El endeudamiento reportado por la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo a corto plazo fue por $100,781,896.88, desglosándose a continuación:

CUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZO IMPORTE (pesos)

Servicios Personales por pagar a corto plazo 22,895,895.94Proveedores por pagar a corto plazo 17,180,988.88Contratistas por Obras Publicas por pagar a corto plazo 13,136,285.48Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo 30,850,787.43Devoluciones de la Ley de Ingresos por pagar a corto plazo 2,326,283.44Otras cuentas por pagar a corto plazo 156,058.53Porción a corto plazo de la deuda pública Interna 2,967,627.00Otros pasivos diferidos a corto plazo 1,990,677.19Otras Provisiones a corto plazo 8,902,486.05Suma Pasivo a Corto Plazo 100,407,089.94Otros documentos por pagar a largo plazo 374,806.94SUMA PASIVO 100,781,896.88

SÉPTIMO.- La información presupuestaria reportada por la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, fue la siguiente:

C) INGRESOS

Los ingresos presupuestados para el ejercicio fiscal 2014, de esta comisión fueron $182,913,393.00; autorizados por la Legislatura Local mediante Decreto 230, y publicado en el periódico oficial del Estado de Colima, del 30 de noviembre de 2013.

En este ejercicio fiscal, el organismo operador obtuvo ingresos por $211,339,829.90comparándolos con el presupuesto que fue de $182,913,393.00, se observa un incremento deingresos por $28,426,437.25, variación que se muestra a continuación:

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COMISIÓN DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO DE MANZANILLO, COL.ESTADO DE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL 2014

INGRESOS DEL PRESUPUESTO LEYCONCEPTO EJERCICIO (pesos) DE INGRESOS (pesos) DIFERENCIA (pesos)Ingresos por venta de bienes y servicios 194,849,725.13 182,913,392.65 11,936,332.48Participaciones y aportaciones 16,490,104.77 0.00 16,490,104.77SUMA 211,339,829.90 182,913,392.65 28,426,437.25

D) EGRESOS

El Presupuesto de Egresos de la comisión, para el ejercicio fiscal 2014, fue de $182,913,392.65, autorizado por el Consejo de Administración en sesión ordinaria número 46 del 26 de diciembre de 2013. Comparando el presupuesto con el egreso ejercido que fue de $210,012,826.53; refleja una diferencia de $27,099,433.88 mayor al presupuesto originalmente autorizado; variación que refleja en diferentes conceptos de gasto como se detalla a continuación:

COMISIÓN DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO DE MANZANILLO, COL.ESTADO DE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL 2014

EGRESOS DEL PRESUPUESTO DIFERENCIACONCEPTO EJERCICIO (pesos) EGRESOS (pesos) (pesos)Servicios personales 120,283,632.38 114,653,042.59 5,630,589.79

Materiales y suministros 12,309,823.73 12,757,138.18 -447,314.45

Servicios generales 64,217,789.65 52,239,378.43 11,978,411.22Transferencias, asignación, subsidios y Ayudas diversas 5,495,873.03 2,042,691.53 3,453,181.50Bienes muebles e inmuebles 822,293.83 921,141.92 -98,848.09Inversión publicas 6,883,413.91 300,000.00 6,583,413.91SUMA 210,012,826.53 182,913,392.65 27,099,433.88

OCTAVO.-La Comisión de Agua y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, mediante oficio número DG528/2015 del 07 de agosto de 2015, y recibido el mismo día por el OSAFIG, contestó la solicitud de aclaración y proporcionó sustento documental de las observaciones señaladas de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014. Entregando diversos documentos, los cuales fueron valorados por el personal del OSAFIG.

El siguiente estado sintetiza las acciones con observación o recomendación y el estado que guarda cada una de ellas hasta la presentación del Informe de Resultados materia del presente dictamen.

C) ESTATUS DE OBSERVACIONESOBSERVACIONES FINANCIERAS

RESULT RECOMEOBSER

NÚMERO VACIO CUANTIFICACION REINTEGRO DESCRIPCION ESTATUSADO NDACIÓN N

F1-1.6 SI

Elaborar un Plan Estratégico y Código deAtendida

FS/14/17 Ética

F2- 1.7 SIEstablecer una mayor coordinación conel H. Ayuntamiento de Manzanillo, para Atendida

FS/14/17la consolidación de la cuenta pública

F3- Implementar las acciones suficientes2.1 SI para fortalecer los procesos operativos Atendida

FS/14/17de la CAPDAM

F4- 2.2 SI Cumplir con el plazo legal establecido Atendida

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FS/14/17 para la presentación de las cuentaspúblicas

F5-2.3 SI

Justificar falta de sesiones mensualesSolventada

FS/14/17 del Consejo de Administración

F6- 3.4 SIExhibir las autorizaciones de lasmodificaciones presupuestales de No solventada

FS/14/17ingresos realizadas

F7- Justificar la morosidad en los depósitos Parcialmente4.3 SI 917.15 de ingresos . Reintegrar el importeFS/14/17 solventada

generado como recargo.F8-

8.13 SI 31,331,931.83Justificar los descuentos otorgados a

SolventadaFS/14/17 usuarios en el sistema AGUACOM

F9- Exhibir documentación correspondiente Parcialmente9.3 SI 500,000.00 a otros ingresos por venta de terreno enFS/14/17 solventada

el fraccionamiento arboledasF10- 12.1 SI 16,310,109.60 Exhibir convenios de programas No solventadaFS/14/17 federales

Exhibir la autorización del Consejo deF11-

20.6 SIadministración de las ampliaciones o

No solventadaFS/14/17 transferencias presupuestales deegresos

F12-21.3 SI

Exhibir documentación soporte de dosSolventada

FS/14/17 transferencias electrónicas

F13- Justificar el pago de accesorios por21.4.1 SI 229,710.22 créditos fiscales, en perjuicio al No solventada

FS/14/17patrimonio del Organismo Operador

F14- Justificar la compra de canastas con21.4.2 SI 82,999.88 surtido diverso en productos, o en su No solventada

FS/14/17caso, reintegrar el importe pagado

F15- 22.1, Justificar la omisión del tabulador de22.5 y SI sueldos en el presupuesto de egresos No solventada

FS/14/1720.5 autorizado

F16- Realizar la corrección contable de22.4 SI registros contables duplicados por Atendida

FS/14/17concepto de pago de compensaciones

F17-22.6.1 SI

Justificar incrmentos de sueldo yNo solventada

FS/14/17 prestaciones de 2 trabajadores

F18- Exhibir la autorización del Consejo de22.6.2 SI Administración correspondiente a las No solventada

FS/14/17ampliaciones presupuestales

F19- Justificar documentalmente finiquitos22.6.3 SI 1,699,858.74 entregados, o en su caso, realizar Solventada

FS/14/17reintegro de recursos

F20-22.8 SI

Efectuar los cálculos de ISR conforme aAtendida

FS/14/17 la normativa correspondienteJustificar la extemporaneidad en el pago

F21- 22.9 ySI 43,047.36

de las cuotas obrero patronales de ParcialmenteFS/14/17 21.4 seguridad social, que originaron solventada

accesorios por el importe señaladoJustificar la falta de entero oportuno al

F22-22.9 SI 203,339.80

SAT de las retenciones de ISR, queNo solventadaFS/14/17 generaron accesorios por el importe

señalado

F23- Integrar los expedientes de personal Parcialmente22.11 SI con la información debidamenteFS/14/17 solventada

actualizadaJustificar la relación laboral de persona

F24-22.13 SI 4,765.40

no localizada en nómina y por quien seNo solventadaFS/14/17 realizaron pagos de Imss, o en su caso

reintegrar los importes pagados

F25- Justificar y exhibir las autorizaciones22.15 SI correspondientes para las jubilaciones No solventada

FS/14/17otorgadas

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“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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Elaborar proyección de cálculosF26-

22.16 SIactuariales como base previsora para

AtendidaFS/14/17 futuras pensiones o jubilaciones delorganismo

F27- Expedir y publicar el reglamento23.1 SI específico para el Comité de Compras y Atendida

FS/14/17Contratación de Servicios de la CAPDAMJustificar la omisión de elaborar un

F28-23.3 SI

Programa Anual de Adquisiciones,No solventadaFS/14/17 Servicios y Arrendamientos y publicarlo

en su sitio oficial de internetJustificar haber adjudicado

F29-23.7 SI

directamente compras y/o servicios sinSolventadaFS/14/17 anexar el Dictamen de Excepción

requerido.Justificar la adjudicación del contrato

F30-23.8.1 SI

para la Contratación de Seguro de VidaNo solventadaFS/14/17 Colectivo para el personal sindicalizado

y de base.

F31- 23.8.2 SIJustificar la adjudicación del contrato Parcialmentepara la compra de uniformes del

FS/14/17 solventadapersonal masculino sindicalizado

F32-23.8.3 SI

Justificar la adjudicación del contrato ParcialmenteFS/14/17 por la adquisición de bancos capacitores solventada

F33- 23.8.4, Justificar el procedimiento de ParcialmenteSI adjudicación realizado, la compra delFS/14/17 23.14.1 solventada

automóvil para el sorteo 2014 y 2015

F34- 23.8.5, Justificar el procedimiento de ParcialmenteSI adjudicación de la adquisición de botasFS/14/17 23.14.2 solventada

industriales de seguridad

F35- 23.18 SIExhibir las pautas, periódicos y anunciospor difusión en Radio, Televisión y Otros Solventada

FS/14/17medios

F36- Exhibir información y documentación Parcialmente25.1 SI 5,495,873.03 relacionada con la cuenta de AyudasFS/14/17 solventada

sociales otorgadas a personas.

F37- Justificar observaciones relacionadas25.4 SI 90,516.50 con el pago de daños causados por No solventada

FS/14/17tubería de la CAPDAM a un ciberJustificar diferencias del saldo de la

F38-40.2 SI

cuenta Anticipo a contratistas de obra ParcialmenteFS/14/17 pública, en los diferentes documentos solventada

contables exhibidos por la CAPDAM

F39- Informar sobre las acciones realizadas Parcialmente40.3.1 SI para la recuperación de saldos y suFS/14/17 solventada

situación actualExhibir la documentación de la

F40-40.3.2 SI 221,499.60

recuperación de los adeudos a favor de ParcialmenteFS/14/17 la comisión de agua de la cuenta de solventada

Otros Deudores DiversosInformar sobre el estatus actual que

F41-40.3.3 SI 48,197,105.50

guarda el saldo de la cuenta de Otros ParcialmenteFS/14/17 Deudores Diversos, subcuenta solventada

Municipio de Manzanillo

F42- Justificar la existencia de saldos41.2.1 SI bancarios contrarios a su naturaleza No solventada

FS/14/17contable

F43-41.2 SI

Proporcionar para su revisión las ParcialmenteFS/14/17 conciliaciones bancarias de 4 cuentas solventadaF44-

42.1.1 SIInventariar bienes adquiridos y enviar

No solventadaFS/14/17 evidencia documental del mismoF45-

42.1.2 SIExhibir resguardos de 19 enfriadores

SolventadaFS/14/17 adquiridos

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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F46-43.1.1 SI 9,306,915.13

Informar sobre el saldo de la cuentaNo solventada

FS/14/17 Comisión Nacional del AguaF47-

43.1.2 SIInformar sobre saldos de cuentas de

No solventadaFS/14/17 proveedores por pagar a corto plazo

F48- 43.1.3 SIInformar sobre los saldos de cuentasde proveedores por pagar a corto plazo, No solventada

FS/14/17contrarios a su naturaleza contable

F49- Informar sobre saldos de la cuenta43.1.4 SI Contratistas por obras públicas por No solventada

FS/14/17pagar a corto plazo

F50- Informar sobre saldos de la cuenta de43.1.5 SI Retenciones y Contribuciones por Pagar No solventada

FS/14/17a Corto Plazo

F51- Exhibir la documentación que acredite43.1.6 SI 2,325,000.32 el adeudo de la cuenta Devolución de la Solventada

FS/14/17Ley de Ingresos por Pagar a Corto Plazo

F52- 43.1.7 SIExhibir documentación que justifique elmovimiento realizado a la cuenta Otras Solventada

FS/14/17cuentas por Pagar a Largo Plazo

F53- Informar sobre el saldo de la cuenta43.1.8 SI otros documentos por pagar a largo No solventada

FS/14/17plazoExhibir documento que autorice la

F54- 44.4.1 ySI

cancelación de pasivos de la cuenta de ParcialmenteFS/14/17 44.5.1 patrimonio, subcuenta de resultado del solventada

ejercicio 2012Exhibir información de movimientos

F55- 44.4.2 ySI

contables por cancelación de pasivos de ParcialmenteFS/14/17 44.5.2 la cuenta de patrimonio, subcuenta de solventada

resultado del ejercicio 2013

F56- 50 SIRecomendaciones respecto al sistema einformación contable en materia de Atendida

FS/14/17Armonización contable

115,864,391.13 179,198.93

OBSERVACIONES OBRA PÚBLICAIMPORT RESU RECOME OBSERVA CUANTIFIC REINTEE NÚMERO LTAD D E S C R I P C I Ó N ESTATUSCUENTA NDACIÓN CIÓN ACIÓN GRO

OPÚBLICAObservaciones generales

Se recomienda integrar los expedientes

OP1- 26.5 SÍde obra completos en cuanto a la

ATENDIDAdocumentación técnica y comprobatoriaFS/14/17 al termino del ejercicio fiscal

correspondiente.RECURSOS PROPIOS

CAPDAM-RP-26-2014 Remodelación de

OP2-bodega y comedor, Construcción de

709,829.SÍ

camino vehicular y Reubicación de línea89 FS/14/17 eléctrica de baja tensión en las oficinas

centrales de la CAPDAM, península deSantiago, ManzanilloExhibir proyecto, catálogo de conceptos ypresupuesto con anexos de soporte(análisis de precios unitarios, análisis decostos básicos, listado de insumos,

PARCIALMENT26.6

análisis de salario real, análisis demaquinaria y equipo), especificaciones E SOLVENTADAtécnicas particulares de los conceptos aejecutar, normas de calidad, estudiostécnicos correspondientes actualizados yprograma de ejecución elaborados por la

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Dependencia.

26.7Exhibir permisos, licencias y/o NOdictámenes avalados por la autoridad

SOLVENTADAcorrespondiente.

26.8Exhibir la autorización de la obra a través PARCIALMENTde la autoridad competente. E SOLVENTADA

26.11Justificar el hecho de que el contrato PARCIALMENTpresentado en el expediente no indica el

E SOLVENTADAprocedimiento de adjudicación.

26.12Presentar el presupuesto, anexos de PARCIALMENTsoporte del mismo y programa de

E SOLVENTADAejecución, todo ello del contratista.Presentar las bases del concurso, las

26.14actas primera y segunda de concurso, los PARCIALMENTcuadros comparativos, el dictamen y E SOLVENTADAfallo.Exhibir evidencia de acreditar de manerasuficiente los criterios en los que se

26.15sustenta la excepción, a fin de asegurar

SOLVENTADApara la entidad las mejores condicionesdisponibles en cuanto a precio, calidad,financiamiento, oportunidad y demáscircunstancias pertinentes.

26.16 Exhibir facturas de las 3 estimaciones por PARCIALMENT.1 un importe de $746,544.82. E SOLVENTADA

26.16 36,714.93Justificar el hecho de que el importe PARCIALMENTcontratado es de $709,829.89, y las

.2 E SOLVENTADAestimaciones lo rebasan por $36,714.93.Justificar el incumplimiento a las

26.17condiciones pactadas en cuanto al monto

NOya que fue rebasado, y en cuanto a.1 modificaciones no se pueden determinar SOLVENTADA

ya que no se presentó el presupuesto delcontratista

26.17 Presentar la garantía contra los vicios NO.2 ocultos. SOLVENTADA

Justificar el hecho de que en laestimación 1 de los 46 conceptos

26.18 40,192.14pagados, 8 no presentan generadores, PARCIALMENTcroquis ni fotografías como

.1 E SOLVENTADAcomprobación de su ejecución, mismosque representan un importe de$40,192.14 IVA incluido

26.18Justificar el hecho de que en el concepto“demolición de dos columnas de PARCIALMENT

.2 concreto armado” se generan 1.47 m3, E SOLVENTADAsin embargo se pagan 7.00 ml.Justificar el hecho de que en el concepto“muro de tabique rojo recocido, junteado

26.18 10,575.93con cemento-arena 1:5 de 14 cm PARCIALMENTespesor”, se generaron 58.57 m² y se

.3 E SOLVENTADAcobraron 92.40 m² por lo que existe unadiferencia en importe de $10,575.93 IVAincluido.Justificar el hecho de que en el concepto

26.18“construcción de dala de cerramiento

PARCIALMENT2,032.32

concreto f'c=250kg/cm² se generaron.4 16.40 ml y se pagaron 23.70 ml, por lo E SOLVENTADA

que se pagó en exceso de lo comprobado$2,032.32 IVA incluido.

26.18 1,392.00Justificar el hecho de que en el concepto PARCIALMENT“suministro y construcción de castillos

.5 E SOLVENTADAarmados con 4 varillas de 3/8” y estribos

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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del No. 2”, en el generador se presentan36.00 ml y en la estimación se pagan41.00 ml, por lo que resulta unadiferencia de $1,392.00 IVA incluido.Justificar el hecho de que en el concepto“construcción de columnas de sección

26.187,145.60

25x30 cm, armado con 6 varillas de ½" se PARCIALMENTpresentan generadores por 12.00 ml pero.6 E SOLVENTADAse pagan en la estimación 19.70 ml, loque arroja una diferencia de $7,145.60IVA incluido.Justificar el hecho de que en el concepto

26.18“relleno compactado al 85% material de

PARCIALMENT1,927.22

banco” en el generador se comprueban.7 23.45 m³ pero se pagan 29.84 m³, de ello E SOLVENTADA

resulta un importe de $1,927.22 IVAincluido.Justificar el hecho de que en el concepto

26.18suministro y construcción de piso de

PARCIALMENT6,651.90

concreto espesor 10 cm f´c= 200kg/cm².8 acabado pulido” se generan 26.13m² y se E SOLVENTADA

pagan 44.05, lo que se deduce en unadiferencia de $6,651.90 IVA incluido.Justificar el hecho de que en el concepto“suministro e instalación de piso

26.18 2,356.39cerámico de 0.33×0.33 incluye material y PARCIALMENTmano de obra”, se pagaron 30.87 m²,

.9 E SOLVENTADApero únicamente se generaron 25.36 m²por lo que se tiene una diferencia enimporte de $2,356.39 IVA incluido.Justificar la ausencia de documentación

26.18lo cual no permitio comparar si los

PARCIALMENTprecios unitarios corresponden a los.10 pactados en el contrato ya que no se E SOLVENTADA

tiene la evidencia del catálogo deconceptos y presupuesto del contratoExhibir la notificación de inicio yterminación de obra en la bitácora; sin el

26.21finiquito correspondiente y el acta de PARCIALMENTentrega recepción, así como los planos

E SOLVENTADAcorrespondientes a la construcción final,memoria fotográfica del desarrollo de laobra de manera impresa y digital.CAPDAM-RP-27-2014 Contratación de

OP3-cuadrilla de mantenimiento para la

1,856,67 SÍlimpieza y desazolves de drenes

2.80 FS/14/17 pluviales para evitar inundacionesdurante la temporada de lluvias en lazona conurbada de ManzanilloPresentar las normas de calidad en la

26.6ejecución y las especificaciones

SOLVENTADAespeciales complementarias como seindica en la cláusula séptima delcontrato.

26.7Presentar permisos, licencias y/odictámenes avalados por la autoridad SOLVENTADArespectiva.Presentar la autorización de este servicio

26.8de mantenimiento a través del acta PARCIALMENTcorrespondiente del consejo de E SOLVENTADAadministración.

26.12Presentar el presupuesto, (propuesta delcontratista) y sus anexos de soporte y SOLVENTADAprograma de ejecución, todo ello del

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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contratista.Justificar las discrepancia en la Ley de

26.13Obras aplicable, en función de la

SOLVENTADAinformación vertida en el contrato deobra y los recursos financieros aplicados

26.16 Exhibir las facturas de las 5 estimaciones PARCIALMENTpor un importe de $1,856,672.42. E SOLVENTADA

26.17 Presentar evidencia de si hubomodificaciones a las condiciones SOLVENTADA

.1originalmente pactadas en el contrato.

26.17 Presentar la garantía contra los viciosSOLVENTADA

.2 ocultos.Presentar los croquis de localización y los

26.18precios unitarios que correspondan con PARCIALMENTlos pactados y autorizados en el catálogo E SOLVENTADAde conceptos y presupuesto del contrato.Presentar la notificación de inicio y

26.21terminación de obra en la bitácora y/o PARCIALMENTmediante comunicado por escrito del

E SOLVENTADAcontratista; el finiquito correspondiente yel acta de entrega recepción.CAPDAM-RP-28-2014 Contratación de

OP4-cuadrilla de mantenimiento para la

1,668,80SÍ

limpieza y desazolves de drenes5.00 FS/14/17 pluviales para evitar inundaciones

durante la temporada de lluvias envarias localidades de ManzanilloPresentar las normas de calidad en la

26.6ejecución ni las especificaciones

SOLVENTADAespeciales complementarias como seindica en la cláusula séptima del contrato

26.7Presentar permisos, licencias y/odictámenes avalados por la autoridad SOLVENTADAcorrespondiente.

26.8Presentar la autorización del servicio de PARCIALMENTmantenimiento por medio de la

E SOLVENTADAautoridad facultada para ello.

26.12Presentar el presupuesto con sus anexosde soporte y programa de ejecución, SOLVENTADAtodo ello del contratista.Justificar la discrepancia en la Ley de

26.13Obras aplicable, en función de la

SOLVENTADAinformación vertida en el contrato deobra y los recursos financieros aplicados.

26.16Exhibir facturas de las 5 estimaciones por PARCIALMENTun importe de $1,668,807.18. E SOLVENTADA

26.17Presentar el presupuesto del contratista. SOLVENTADA

.126.17 Presentar la garantía contra los vicios

SOLVENTADA.2 ocultos.

Presentar los croquis de localización y los

26.18precios unitarios que correspondan con PARCIALMENTlos pactados y autorizados en el catálogo E SOLVENTADAde conceptos y presupuesto del contrato.Presentar la notificación de inicio y

26.21terminación de obra en la bitácora y/o PARCIALMENTmediante comunicado por escrito del

E SOLVENTADAcontratista; el finiquito correspondiente yel acta de entrega recepción.CAPDAM-RP-44-2014 Rehabilitación de

609,886. OP5-SÍ

la red de agua potable y alcantarillado41 FS/14/17 sanitario en el sector 5, colonia centro

en Manzanillo, Col.

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Exhibir proyecto, catálogo de conceptos ypresupuesto con anexos de soporte,

26.6especificaciones técnicas particulares, PARCIALMENTnormas de calidad, estudios técnicos

E SOLVENTADAcorrespondientes actualizados yprograma de ejecución elaborados por laDependencia.

26.8Presentar la autorización de la obra a PARCIALMENTtravés de la autoridad facultada. E SOLVENTADAExhibir los anexos del presupuesto:

26.12análisis de salario real, análisis de PARCIALMENTmaquinaria y equipo, y el programa de E SOLVENTADAejecución del contratista.

26.16 Exhibir factura de la estimación únicaSOLVENTADA

por un importe de $609,886.41.

26.17Presentar la garantía de cumplimiento asícomo de la garantía contra los vicios SOLVENTADAocultos.

26.18 Presentar las especificaciones del NOproyecto. SOLVENTADAPresentar la notificación de inicio yterminación de obra en la bitácora y/omediante comunicado por escrito del

26.21contratista; el finiquito y el acta de PARCIALMENTentrega recepción, los planos

E SOLVENTADAcorrespondientes a la construcción final,memoria fotográfica del desarrollo de laobra de manera impresa y digital y losmanuales de operación.CAPDAM-RP-48-2014 Rehabilitación de

600,916. OP6- la red de drenaje sanitario en elSÍ fraccionamiento Villaflorencia, en

51 FS/14/17 Soleares barrio VI del Valle de lasGarzas, Manzanillo, Col.Exhibir proyecto, catálogo de conceptos ypresupuesto con anexos de soporte,especificaciones técnicas particulares de

26.6los conceptos a ejecutar, normas de PARCIALMENTcalidad, estudios técnicos E SOLVENTADAcorrespondientes actualizados yprograma de ejecución elaborados por laDependencia.

26.8 Presentar la autorización de la obra a PARCIALMENTtravés de la autoridad facultada. E SOLVENTADAPresentar los anexos del presupuesto

26.12consistentes en análisis de salario real y PARCIALMENTlos análisis de maquinaria y equipo del E SOLVENTADAcontratista.

26.13 Presentar el contrato de la obra. SOLVENTADA

26.16 Exhibir factura de la estimación únicaSOLVENTADA

por un importe de $600,916.51.

26.17Exhibir la garantía de cumplimiento asícomo de la garantía contra los vicios SOLVENTADAocultos.

26.18Presentar las especificaciones del NOproyecto. SOLVENTADAPresentar la notificación de inicio yterminación de obra en la bitácora y/o

26.21mediante comunicado por escrito del PARCIALMENTcontratista; el finiquito, el acta de

E SOLVENTADAentrega recepción, así como los planoscorrespondientes a la construcción final,memoria fotográfica del desarrollo de la

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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obra de manera impresa y digital y losmanuales de operación.

RECURSOS PROPIOS - PRODDERObservación particular del Programa

PRODDEROP7-

26.9 SÍExhibir el convenio de adhesión con la

SOLVENTADAFS/14/17 autoridad facultada.

CAPDAM-PROD-01-2014 Construcción625,702. OP8-

SÍde línea de emisor de demasías en la

47 FS/14/17 Planta de tratamiento de Salagua delmunicipio de ManzanilloPresentar proyecto, anexos de soportedel presupuesto, especificaciones

PARCIALMENT26.6

técnicas particulares, normas de calidad,estudios técnicos actualizados y E SOLVENTADAprograma de ejecución elaborados por laDependencia.

26.7Presentar los permisos, licencias y/odictámenes avalados por la autoridad SOLVENTADAcorrespondiente.

26.8 Presentar la autorización de la obra a PARCIALMENTtravés de la autoridad facultada. E SOLVENTADA

26.12 Presentar el listado de insumos con NOprecios actualizados del contratista. SOLVENTADAJustificar el hecho de no considerar en las

26.16 2,696.99facturas las retenciones de Ley y NOestipuladas en la cláusula vigésima

SOLVENTADAsegunda fracción III del contrato; dichoimporte es por $ 2,696.99

26.17Presentar la garantía de cumplimiento asícomo de la garantía contra los vicios SOLVENTADAocultos.

26.18 Presentar las especificaciones del NOproyecto. SOLVENTADA

26.21Exhibir la bitácora, el finiquito y el acta de PARCIALMENTentrega recepción, así como los planos

E SOLVENTADArespectivos a la construcción final.CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación

672,146. OP9- de colector de 12” de diámetro desde lasSÍ albercas La noria hasta el entronque

59 FS/14/17 Chandiablo en la delegación deSantiago, municipio de Manzanillo, Col.Presentar proyecto, anexos de soportedel presupuesto, especificaciones

PARCIALMENT26.6

técnicas particulares, normas de calidad,estudios técnicos actualizados y E SOLVENTADAprograma de ejecución elaborados por laDependencia.

26.7Exhibir los permisos, licencias y/o NOdictámenes avalados por la autoridad

SOLVENTADAcorrespondiente.

26.8 Presentar la autorización de la obra a PARCIALMENTtravés de la autoridad facultada E SOLVENTADAPresentar el listado de insumos con

26.12precios actualizados y los análisis de PARCIALMENTmano de obra, maquinaria y equipo del E SOLVENTADAcontratista.

26.13 Exhibir contrato de obra. SOLVENTADAAcreditar los criterios en los que se

26.15sustenta la excepción, a fin de asegurar

SOLVENTADApara la entidad las mejores condicionesdisponibles.

26.17 Justificar si se cumplio con las SOLVENTADA

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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condiciones originalmente pactadas yaque no se presentó el contrato.

26.18Presentar las especificaciones del PARCIALMENTproyecto. E SOLVENTADAPresentar la bitácora de obra, el finiquito

26.21correspondiente y el acta de entrega PARCIALMENTrecepción, los planos respectivos a la E SOLVENTADAconstrucción final.

R.P. - PROSSAPYSObservación particular del Programa

PROSSAPYSOP10-

26.9 SÍExhibir el convenio de adhesión con la

SOLVENTADAFS/14/17 autoridad facultada.

CAPDAM-PROSSAPYS-COL- N2-2014

672,146. OP11- SÍConstrucción de red de alcantarilladosanitario y descargas domiciliarias en la

59 FS/14/17 localidad de Las adjuntas, (La floreña),municipio de Manzanillo, Col.Exhibir proyecto, anexos de soporte delpresupuesto, especificaciones técnicas

PARCIALMENT26.6

particulares, normas de calidad, estudiostécnicos actualizados y programa de E SOLVENTADAejecución elaborados por laDependencia.

26.7Presentar los permisos, licencias y/o NOdictámenes avalados por la autoridad

SOLVENTADAcorrespondiente.

26.8 Presentar la autorización de la obra a PARCIALMENTtravés del Consejo de Administración. E SOLVENTADAPresentar el listado de insumos con

26.12precios actualizados, los análisis de mano PARCIALMENTde obra, maquinaria y equipo y las

E SOLVENTADAtarjetas de análisis de básicos delcontratista.

26.14 Presentar las bases del concurso. SOLVENTADA26.17 Presentar el dictamen técnico que funde

SOLVENTADA.1 y motive el convenio modificatorio.

26.17Exhibir garantía por vicios ocultos. SOLVENTADA

.2

26.17 397,466.08Justificar del importe ($ 1,209,620.48) del PARCIALMENTconvenio modificatorio, la

.3 E SOLVENTADAdocumentación faltante por $397,466.08.

26.18 Presentar las especificaciones del PARCIALMENTproyecto. E SOLVENTADAPresentar la notificación de inicio yterminación de obra en la bitácora, el

PARCIALMENT26.21

finiquito, el acta de entrega recepción,los planos correspondientes a la E SOLVENTADAconstrucción final, memoria fotográficadel desarrollo de la obra.INCORPORACIONES DE LOSFRACCIONAMIENTOS ORQUÍDEASRESIDENCIAL, MARIMAR III, LOS ALTOS,COND. AZUL MARINO DIAMANTE COTO3, MAR DE PLATA

DU12-Presentar los criterios con los que se

7.12 SÍcobran las cuotas y tarifas para el pago

SOLVENTADAFS/14/17 de los derechos de agua potable yalcantarillado.INCORPORACIÓN DE EQUIPAMIENTOESPECIAL GONZÁLEZ VALDIVIA

DU13-7.12 SÍ

Exhibir el recibo pago de los derechos de PARCIALMENTFS/14/17 entronque de agua potable, drenaje e E SOLVENTADA

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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incorporación.INCORPORACIÓN RESIDENCIALDIAMANTE

DU14- 7.12 SÍExhibir el recibo pago de los derechos de PARCIALMENTentronque de agua potable, drenaje e

FS/14/17 E SOLVENTADAincorporación.INCORPORACIÓN VALLE SALAGUA

DU15- 7.12 SÍExhibir el recibo pago de los derechos de PARCIALMENTentronque de agua potable, drenaje e

FS/14/17 E SOLVENTADAincorporación.INCORPORACIÓN COMERCIAL DELPACÍFICO

DU16-Presentar los criterios con los que se

7.12 SÍcobran las cuotas y tarifas para el pago

SOLVENTADAFS/14/17 de los derechos de agua potable yalcantarillado.

7,416,10 16 92 0 0 509,151.506.26

La interpretación del contenido de las columnas en el Estatus de Observaciones Financieras y Obra Pública es la siguiente:

NUMERO: Es número consecutivo de resultado precedido de la letra F, en financiero; RF, en el caso de recursos federalizados; DU, en desarrollo urbano, y OP en obra pública. Después del número la letra FS que indica fiscalización superior, diagonal y los dos últimos números del año del ejercicio auditado, diagonal y el número de auditoría asignado a esa entidad en expediente.

RESULTADO: Corresponde al número de procedimiento asignado por el OSAFIG de la aplicación de Procedimientos para la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas Ejercicio Fiscal 2014. RECOMENDACIÓN: Derivado de la revisión en la aplicación del procedimiento referido el resultado es una recomendación SÍ o NO.

OBSERVACIÓN: Derivado de la revisión en la aplicación del procedimiento referido el resultado es una acción con observación que la entidad deberá atender SÍ o NO.

CUANTIFICACIÓN: se refiere al importe del concepto revisado y valorado.

REINTEGRO: Importes cuya acción implica depositar en la cuenta bancaria de la entidad la cantidad señalada. Los importes que se presentan en la columna en caracteres negros son reintegros efectivos y los de caracteres en rojo, indican que a la fecha del presente informe no había exhibido por el ente auditado, a este Órgano de Fiscalización, el depósito correspondiente.

Los importes de la columna CUANTIFICACIÓN y REINTEGROS, no necesariamente implicaron recuperación de recursos por presuntos daños o perjuicios, o ambos, a la hacienda pública, y fueron sujetas a las aclaraciones requeridas.

DESCRIPCIÓN: Síntesis de la observación por omisión o acción señalada de cumplimiento por parte de la entidad.

ESTATUS: Significa el estado que guarda la observación o recomendación a la fecha del presente informe.

D) PRESUNTAS IRREGULARIDADES

Las observaciones no solventadas o solventadas parcialmente o no solventadas en el plazo concedido o con la formalidad requerida; forman parte del Informe de Resultados entregado a esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, del H. Congreso del Estado, conforme a lo previsto en los artículos 15, fracción IV, 16, 27, 34, 35 y 36, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

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En los términos de los artículos 24, 25, 26 y 27, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y derivado del estatus que guarda el solvento de las observaciones contenidas en las Cédulas de Resultados Primarios, se precisan las observaciones que el OSAFIG consideró necesaria la imposición de sanciones administrativas por las conductas u omisiones de los servidores públicos que en ejercicio de cargo violentaron, sea dolosa, culposa o por negligencia la normativa que regula su actividad, independientemente si causaron daños o perjuicios a la hacienda pública. En donde además el Órgano Fiscalizador remite las propuestas para imponer sanciones administrativas, que tienen por objeto suprimir prácticas que violenten de cualquier forma, el marco normativo de la función pública, previstas en el artículo 53, fracciones II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, con relación al artículo 49 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Las cuales se aprecian en la siguiente tabla:

PRESUNCIÓN

NÚMERO RESULT CUANTIFICACIÓ REINTEGRO DESCRIPCIÓN ESTATUS DE SANCIÓN PROPUESTAADO N RESPONSABILIDAD

L.I. Daniel Cortes CarilloDirector de Comercialización

I.- Amonestación Pública; Por omitirefectuar los depósitos a más tardar el díahábil siguiente de realizado el cobro.

Por omitir efectuar losII.- Sanción Económica;equivalente a

depósitos a más tardar el $917.15, por concepto del interésdía hábil siguiente de generado por la morosidad.realizado el cobro. Sedetectaron diferencias en En incumplimiento Ley de ingresos dellas fechas de ingreso y la del Administrativ Municipio de Manzanillo, Colima para el

F7- depósito en las instituciones Parcialmente ejercicio fiscal 2014, artículos 2 y 6; Ley4.3 917.15 a y SanciónFS/14/17 bancarias. solventada de Presupuesto, Contabilidad y GastoEconómicaDepósitos registrados del Público Municipal artículo 54; Código

mes de enero y se cotejaron Fiscal Municipal artículos 6, 25 y 51con los estados de cuenta fracción II y Ley General de Contabilidaddel banco Banorte 731, para Gubernamental artículo 56.verificar que fuerondepositados. Sanciones previstas en los artículos 52,

fracciones I y II, 53, fracción I, 54 y 55,fracción I de la Ley de FiscalizaciónSuperior del Estado; en relación al 49,fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.Gustavo Díaz MondragónJefe de Recursos HumanosI.- Amonestación Pública.- Por omitir

Por omitir Justificar Justificar documentalmente la relaciónlaboral del C. Manuel Mellín Miranda condocumentalmente la el organismo operador.relación laboral del C. II.- Sanción económica.- Equivalente aManuel Mellín Miranda con $4,765.40, por pagos al Institutoel organismo operador, en Mexicano del Seguro Social de cuotasvirtud que de la revisión a

Administrativ obrero patronales correspondientes alos reportes emitidos por elF24- No enero, febrero y marzo.22.13 4,765.40 SUA y las nóminas de la a y sanciónFS/14/17 Solventada En incumplimiento Ley General deCAPDAM por el ejercicio Económica. Contabilidad Gubernamental, artículo 42.2014, se observaron pagosLey de Seguro Social artículo 15.al Instituto Mexicano del

Seguro Social por $4,765.40 Sanciones previstas en los artículos 52,de cuotas obrero patronales fracciones I y II, 53, fracción I, 54 y 55,correspondientes a enero, fracción I de la Ley de Fiscalizaciónfebrero y marzo. Superior del Estado; en relación al 49,

fracciones II y V de la Ley Estatal deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos.

Por omitir justificar C.P. Eder Eduardo Farías Castillo

F33- 23.8.4, legalmente haber aceptado Parcialmente Administrativ Director Administrativopropuestas técnicas y I.- Amonestación Pública, Por omitir

FS/14/17 23.14.1 Solventada aeconómicas dentro del justificar legalmente haber aceptadomismo concurso, a propuestas técnicas y económicas dentro

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empresas vinculadas entre del mismo concurso, a empresassí por los mismos socios o vinculadas entre sí por los mismos socios

accionistas; o accionistas.

“FlosolAutomotriz, S.A. deC.V.”, “Automotores Flova, En incumplimiento a Ley General deS.A. de C.V.” (Sucursal Contabilidad Gubernamental: artículos 42Manzanillo) y “Automotores y 43; Ley de Adquisiciones, Servicios yFlova, S.A. de C.V. (sucursal Arrendamientos del Sector Publico:Puerto Vallarta), artículos 50, fracción VII y 56, tercer

observando que se párrafo.

encuentran vinculadasentre sí por los mismos Sanción prevista en los artículos 52,socios o accionistas: Miguel fracción II de la Ley de FiscalizaciónFlores Ibarra y María del Superior del Estado en relación al artículoRosario Solano Gálvez, tal 49, fracción II de la Ley Estatal de

como se desprende de las Responsabilidades de los Servidores

actas constitutivas Públicos.

presentadas en sus

propuestas técnicas.C.P. Eder Eduardo Farías Castillo

Por omitir justificar Director AdministrativoI.- Amonestación Pública, Por omitir

legalmente se recibieron justificar legalmente haber aceptadopropuestas técnicas y propuestas técnicas y económicas dentro

económicas de las

del mismo concurso, a empresasempresas “Lenava S.A. de vinculadas entre sí por los mismos socios

C.V.” y “Flena, S.A. de C.V.”

o accionistas.

dentro del mismo concurso,las cuales se encuentran En incumplimiento a Ley General devinculadas entre sí por losF34- 23.8.5, Parcialmente Administrativ Contabilidad Gubernamental: artículos 42mismos socios oFS/14/17 23.14.2 Solventada a y 43; Ley de Adquisiciones, Servicios yaccionistas: Luis Fernando Arrendamientos del Sector Publico:Gómez Solís y Alberto Rivas artículos 50, fracción VII y 56, tercer

Estrada, como se desprende

párrafo.

de las actas constitutivaspresentadas en sus Sanción prevista en los artículos 52,propuestas técnicas (anexo fracción II de la Ley de FiscalizaciónAT-2), encuadrándose en Superior del Estado en relación al artículolos supuestos del artículo 50 49, fracción II de la Ley Estatal de

de la Ley aplicable.

Responsabilidades de los Servidores

Públicos.De la obra “CAPDAM-RP-26- Ing. Telésforo Mendoza del Castillo.

2014 Remodelación de Jefe de Ingeniería.

bodega y comedor,Construcción de camino 1.-Amonestación Pública: Por no atendervehicular y Reubicación de los requerimientos formulados en ellínea eléctrica de baja desarrollo y proceso confronta de

tensión en las oficinas fiscalización superior.

centrales de la CAPDAM,

OP2- península de Santiago, Parcialmente II. Multa por el monto equivalente a 300 26.12 Manzanillo”. días de salario mínimo general vigente enFS/14/17 solventada el Estado de Colima al momento de la

No exhibir para su infracción, la cual tendrá el carácter defiscalización superior el crédito fiscal y se hará efectiva mediantepresupuesto que justifique el procedimiento administrativo

los análisis de los precios

Administrativ

correspondiente.

unitarios, el listado dea y Sancióninsumos, análisis de salario En términos de la observaciónPecuniariareal, análisis de maquinaria referenciada y en incumplimiento al

y equipo. contenido del artículo 16, numeral 16-1.-,De la obra “CAPDAM-PROD- puntos 16-1-2, y 16-1-5, del Reglamento02-2014 Rehabilitación de Interior de la Comisión de Agua Potable,colector de 12” de diámetro Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo.

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desde las albercas la Noria Artículo 118 párrafo tercer, de lahasta el entronque Constitución Política del Estado Libre y

OP9-Chandiablo en la delegación

ParcialmenteSoberano de Colima; 6, párrafo primero,

26.12 de Santiago, municipio de cuarto, quinto y sexto, 17, inciso a),FS/14/17 solventadoManzanillo, Col.” fracción XIII de la Ley de Fiscalización

No exhibió para su Superior del Estado de Colima.fiscalización superior los

Sanciones previstas en los artículos 6análisis de mano de obra,maquinaria y equipo del párrafo cuarto y 52 fracción II, de la Leycontratista. de Fiscalización Superior del Estado en

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De la obra “CAPDAM- relación al artículo 49, fracción II de la LeyPROSSAPYS-COL-N2-2014 Estatal de Responsabilidades de losConstrucción de la red de Servidores Públicos.alcantarillado sanitario ydescargas domiciliarias enla localidad de Las Adjuntas

OP11- (La Floreña), municipio de Parcialmente26.12 Manzanillo, Col.”FS/14/17 solventada

No exhibió para sufiscalización superior losanálisis de mano de obra,maquinaria, equipo y lastarjetas de análisis debásicos del contratista.De la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza ydesazolves de drenespluviales para evitar

OP3- inundaciones durante latemporada de lluvias en laFS/14/17 zona conurbada deManzanillo”

No exhibir para sufiscalización las facturasfirmadas de las

26.16estimaciones. Parcialmente

solventadaDe la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza ydesazolves de drenespluviales para evitar

OP4- inundaciones durante laFS/14/17 temporada de lluvias varias

localidades de Manzanillo”

No exhibir para sufiscalización superior lasfacturas firmadas de lasestimaciones.De la obra “CAPDAM-RP-26-2014 Remodelación debodega y comedor,Construcción de caminovehicular y Reubicación delínea eléctrica de baja

OP2- tensión en las oficinas ParcialmenteFS/14/17 centrales de la CAPDAM, solventada

península de Santiago,Manzanillo”

Exhibir para su fiscalizaciónsuperior las facturas de las

26.16.1 estimaciones26.18 De la obra “CAPDAM-RP-27-

2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza ydesazolves de drenespluviales para evitar

OP3- inundaciones durante la ParcialmenteFS/14/17 temporada de lluvias en la solventada

zona conurbada deManzanillo”

No exhibir para sufiscalización superior loscroquis de localización de

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las estimaciones

De la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza ydesazolves de drenespluviales para evitar

OP4- inundaciones durante la Parcialmentetemporada de lluvias variasFS/14/17 solventadaslocalidades de Manzanillo”

No Exhibir para sufiscalización superior loscroquis de localización delas estimaciones.

De la obra “CAPDAM-RP-44-2014 Rehabilitación de lared de agua potable y

OP5- alcantarillado sanitario en el NoFS/14/17 sector 5, colonia centro ensolventadaManzanillo, Col.”

Por no presentar para sufiscalización superior elproyecto de obra.De la obra “CAPDAM-RP-48-2014 Rehabilitación de lared de drenaje sanitario enel fraccionamiento

26.18Villaflorencia, en Soleares

OP6- barrio VI del Valle de las NoFS/14/17 Garzas, Manzanillo, Col.” solventada

No exhibir xhibir para sufiscalización superior elproyecto de obra.

De la obra “CAPDAM-PROD-01-2014 Construcción delínea de emisor de demasíasen la Planta de tratamiento

OP8- de Salagua del municipio de NoFS/14/17 Manzanillo” solventada

No exhibir para sufiscalización superior elproyecto de obra.De la obra “CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación decolector de 12” de diámetrodesde las albercas la Noriahasta el entronque

OP9- Chandiablo en la delegación ParcialmenteFS/14/17 de Santiago, municipio de solventado

Manzanillo, Col.”

No exhibir para sufiscalización superior elproyecto de obra.De la obra “CAPDAM-RP-26-2014 Remodelación debodega y comedor,Construcción de caminovehicular y Reubicación de

OP2- línea eléctrica de baja Parcialmente26.21 tensión en las oficinasFS/14/17 solventadascentrales de la CAPDAM,

península de Santiago,Manzanillo”

No exhibir para sufiscalización superior la

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bitácora electrónica, acta deentrega recepción, losplanos correspondientes ala construcción final ymemoria fotográfica deldesarrollo de la obra.De la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza ydesazolves de drenespluviales para evitarinundaciones durante latemporada de lluvias en lazona conurbada deManzanillo”

OP3- No exhibir para su ParcialmenteFS/14/17 solventadafiscalización superior la

bitácora electrónica, acta deentrega recepción, losplanos correspondientes ala construcción final ymemoria fotográfica deldesarrollo de la obra, yomitir exhibir bitácoraelectrónica, el finiquito y elacta de entrega recepción.

De la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza ydesazolves de drenespluviales para evitarinundaciones durante la

OP4- temporada de lluvias varias ParcialmenteFS/14/17 localidades de Manzanillo” solventada

26.21 Por no exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta deentrega recepción.

De la obra “CAPDAM-RP-44-2014 Rehabilitación de lared de agua potable yalcantarillado sanitario en elsector 5, colonia centro en

OP5- Manzanillo, Col.” ParcialmenteFS/14/17 Po no exhibir para su solventada

fiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta deentrega recepción.

De la obra “CAPDAM-RP-48-2014 Rehabilitación de lared de drenaje sanitario enel fraccionamientoVillaflorencia, en Soleares

OP6- barrio VI del Valle de las ParcialmenteGarzas, Manzanillo, Col.”FS/14/17 solventada

No exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta deentrega recepción.

OP8- De la obra “CAPDAM-PROD- ParcialmenteFS/14/17 01-2014 Construcción de solventada

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OP9-FS/14/17

OP11-FS/14/17

OP2-FS/14/17

26.6

OP5-FS/14/17

línea de emisor de demasíasen la Planta de tratamientode Salagua del municipio deManzanillo”

No exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta deentrega recepción.

De la obra “CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación decolector de 12” de diámetrodesde las albercas la Noriahasta el entronqueChandiablo en la delegaciónde Santiago, municipio de ParcialmenteManzanillo, Col.” solventadas

No exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta deentrega recepciónDe la obra “CAPDAM-PROSSAPYS-COL-N2-2014Construcción de la red dealcantarillado sanitario ydescargas domiciliarias enla localidad de Las Adjuntas(La Floreña), municipio de ParcialmenteManzanillo, Col.” solventadas

Por no exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta deentrega recepción.De la obra “CAPDAM-RP-26-2014 Remodelación debodega y comedor,Construcción de caminovehicular y Reubicación delínea eléctrica de bajatensión en las oficinascentrales de la CAPDAM,península de Santiago,Manzanillo”

Por no exhibir para sufiscalización superior los Parcialmenteanálisis de precios unitarios,

solventadasquedando pendiente losanálisis de costos básicos,listado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientesactualizados y programa deejecución.

De la obra “CAPDAM-RP-44-2014 Rehabilitación de lared de agua potable y Parcialmentealcantarillado sanitario en el

solventadassector 5, colonia centro enManzanillo, Col.”

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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OP6-FS/14/17

OP8-FS/14/17

OP9- 26.6

FS/14/17

No exhibir para sufiscalización superior losanálisis de precios unitarios,quedando pendiente losanálisis de costos básicos,listado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientesactualizados y programa deejecución.De la obra “CAPDAM-RP-48-2014 Rehabilitación de lared de drenaje sanitario enel fraccionamientoVillaflorencia, en Solearesbarrio VI del Valle de lasGarzas, Manzanillo, Col.”

No exhibir para sufiscalización superior losanálisis de precios unitarios, Parcialmentequedando pendiente los solventadasanálisis de costos básicos,listado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientesactualizados y programa deejecución.De la obra “CAPDAM-PROD-01-2014 Construcción delínea de emisor de demasíasen la Planta de tratamientode Salagua del municipio deManzanillo”.

No exhibir para sufiscalización superior losanálisis de precios unitarios,quedando pendiente los Parcialmenteanálisis de costos básicos,

solventadaslistado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientesactualizados y programa deejecución.

De la obra “CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación decolector de 12” de diámetrodesde las albercas la Noriahasta el entronqueChandiablo en la delegación Parcialmentede Santiago, municipio de solventadasManzanillo, Col.”

No exhibir para sufiscalización superior losanálisis de costos básicos,

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listado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad yestudios técnicoscorrespondientesactualizadosDe la obra “CAPDAM-PROSSAPYS-COL-N2-2014Construcción de la red dealcantarillado sanitario ydescargas domiciliarias enla localidad de Las Adjuntas(La Floreña), municipio deManzanillo, Col.”

No exhibir para suOP11- fiscalización superior los ParcialmenteFS/14/17 análisis de costos básicos, solventadas

listado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad yestudios técnicoscorrespondientesactualizadosDe la revisión realizada al

Esthela del Rosario Guerrero Medina.expediente técnico deltrámite de Incorporación Dirección ComercialMunicipal delFraccionamiento Valle 1.-Amonestación pública: Por omitir elSalagua, 5a. etapa, se cobro del pago de los derechos porobservó referente al pago concepto de incorporación de losde los derechos por servicios de agua potable, alcantarillado yconcepto de incorporación saneamiento.de los servicios de aguapotable, alcantarillado y 2.-Sanción Económica, equivalente asaneamiento, que no se $3,127,877.70 por la omisión depercibe el registro del ingresos.ingreso a la cuenta públicadel ejercicio auditado. En términos de la observación

OP15- 7.12 Parcialmente Administrativ referenciada y en incumplimiento alFS/14/17 3,127,877.70 La entidad fiscalizada emite contenido de los artículos 20 fracciones V

solventada arespuesta a la observación y XX, y 74 de la Ley de Aguas para elantes señalada, que a la Estado de Colima; los artículos 1, 2, 10 yletra dice: ”A la fecha no se 11 de la Ley que Establece las Cuotas yencuentra pago de Tarifas para el Pago de Derechos por losincorporación de este Servicios Públicos de Agua Potable,fraccionamiento, se Alcantarillado y Saneamiento delpresenta oficio donde se Municipio de Manzanillo, Colima, yrequiere exhiba pagos artículo 15- III y 15-XIX del Reglamentorealizados a esta Interior de la Comisión de Agua Potable,dependencia.” Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo.

Derivado de lo anterior, el Sanciones prevista en el artículo 49,OSAFIG, procedió a fracciones II y V de la Ley Estatal decuantificar los derechos Responsabilidades de los Servidoresomitidos por el importe de Públicos.$3’127,877.70

NOVENO.- El hoy Titular del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, el L.A.F. Carlos Armando Zamora González, nombrado por el H. Congreso del Estado, por un periodo de 7 años, mediante acuerdo numero 50, el día 28 de agosto, turnó mediante oficio 372/2015 del 28 de Septiembre del 2015, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, el Informe de Resultados de la Comisión de

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo correspondiente a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, radicado bajo expediente (XVII) FS/14/17.

De lo anterior, fue que los diputados integrantes de esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, nos reunimos con el titular del OSAFIG, para conocer el Informe de Resultados y el estatus de las observaciones solventadas, las parcialmente solventadas o no solventadas, la cuantificación de las mismas, los reintegros efectivos y los pendientes de realizar, las observaciones de cumplimiento normativo y las acciones implementadas por las recomendaciones generadas.

DECIMO.- En tal virtud los integrantes de esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, coincidimos parcialmente con las sanciones propuestas dentro del Informe de Resultados emitido por el OSAFIG en su apartado de PRESUNTAS IRREGULARIDADES, toda vez, que presentó evidencias suficientes, competentes y relevantes para establecer la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos de laComisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo que fungieron en el período auditado, formulando las propuestas de sanciones correspondientes. Lo anterior, en ejercicio de las facultades que al OSAFIG le confieren los artículos 33, fracción XI y XXXIX, y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 17, inciso a), fracciones XV, XVIII y XIX; inciso b), fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 27 y 52, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

La determinación de la presunción de responsabilidades a que se hace referencia en el presente documento y derivadas de las Cédulas de Resultados Primarios que se anexan, forman parte integral del presente dictamen, documentos todos que se tienen por reproducidos en todos sus términos como si se insertasen a la letra, y en obvio de inútiles repeticiones, para que surtan sus efectos legales. Siendo las que a continuación se detallan:

D) Al L.I.Daniel Cortes Carrillo, Director de Comercialización, se propone se le imponga sanciones administrativas consistentes en Amonestación Pública, por motivo de omitir efectuar depósitos en el termino impuesto; y Sanción Económica, por la cantidad de $917.15 (Novecientos diecisiete pesos, con quince centavos 15/100 M.N.), por concepto del intereses generados por la morosidad en los depósitos.

E) Al C. Gustavo Díaz Mondragón, Jefe de Recursos Humanos, se propone se le impongan sanciones administrativas consistentes enAmonestación Públicapor motivode omitir justificar documentalmente la relación laboral del C. Manuel Medellín Miranda con el organismo operador; y Sanción Económica, por la cantidad de $4,765.40 (Siete mil setecientos sesenta y cinco pesos, con cuarenta centavos 40/100 M.N.), por motivo de pagos al Instituto Mexicano del Seguro Social, de cuotas obrero patronales correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo.

F) Al C.P. Eder Eduardo Farías Castillo, Director Administrativo, se propone se le impongan sanción administrativa consistente en dos Amonestaciones Públicas por motivode omitir justificar legalmente haber aceptado propuestas técnicas y económicas dentro del mismo concurso, a empresas vinculadas entre sí por los mismos socios o accionistas.

G) Al Ing. Telésforo Mendoza del Castillo, Jefe de Ingeniería, se propone se le impongan sanción administrativa consistente en Amonestación Pública por motivode no atender los requerimientos formulados en el desarrollo y proceso confronta de fiscalización superior.

H) A la C. Esthela del Rosario Guerrero Medina, Directora de Comercialización, se propone se le impongan sanciones administrativas consistentes en Amonestación Pública por omitirel cobro del pago de los derechos por concepto de incorporación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento;y Sanción Económica, por la cantidad de

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$3,127,877.70 (Tres millones ciento veintisiete mil ochocientos setenta y siete pesos, con setenta centavos 70/100 M.N.), por la omisión de los ingresos antes señalados.

UNDECIMO.-Del resultado de la fiscalización a la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2014 de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, el OSAFIG determinó que en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Entidad Fiscalizada cumplió con las disposiciones normativas aplicables, excepto por los resultados de las observaciones no solventadas o parcialmente solventadas.DUODECIMO.- No obstante de lo señalado en el considerando anterior, el Presidente de esta Comisión que dictamina, el Diputado Miguel Alejandro García Rivera, con fundamento en el tercer párrafo del artículo 34, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, le solicito al Titular del Órgano de Fiscalización la siguiente información;

• Especificar si las observaciones previstas en el Informe de Resultados, que manejan Estatus, NO SOLVENTAS o PARCIALMENTE SOLVENTADAS, y no fueron sujetas a promoción de Acciones, pueden ser sujetas a determinación de probables sanciones administrativas y económicas; y

• Ampliar la información respecto si las observaciones previstas en el Informe de Resultados, que manejan Estatus, NO SOLVENTAS o PARCIALMENTE SOLVENTADAS y no fueron sujetas a promoción de Acciones, y en su caso, en plena jurisdicción, determine en alcance del Informe de Resultados, la presunta responsabilidad administrativa y la Determinación de daños y perjuicios, de el o los servidores públicos responsables en los actos u omisiones observados y no sancionados.

• Del apartado B) denominado “PRESUNTAS IRREGULARIDADES” de la fracción VII “PROMOCIÓN DE ACCIONES”, del Informe de Resultados, se advierte, que solamente se considera necesaria la imposición de sanciones administrativas a diversas conductas o acciones NO SOLVENTADAS o PARCIALEMNTE SOLVENTADAS. Por lo que, le solicito especificar el criterio utilizado para la determinación de dichas proporciones.

DECIMOTERCERO.- Como resultado de la solicitud realizada al OSAFIG, descrita en el punto anterior, se tiene como resultado nuevas propuestas de sanciones administrativas, las cuales tienen por objeto suprimir prácticas que violenten de cualquier forma, el marco normativo de la función pública, previstas en el artículo 53, fracciones II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, con relación al artículo 49 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sanciones que se precisan en la siguiente tabla:

PRESUNCI

NÚME RESUL CUANTIFIC ÓN DE SANCIÓNREINTEGRO DESCRIPCIÓN ESTATUS RESPONSRO TADO ACIÓN PROPUESTAA

BILIDADPor omitir efectuar los L.I. Daniel Cortesdepósitos a más tardar el Carillo. Director dedía hábil siguiente de Comercialización.realizado el cobro. Se Administr I.- Amonestacióndetectaron diferencias en Parcialm

F7- ativa y4.3 917.15

las fechas de ingreso y la del ente Pública; Por omitirFS/14/ depósito en las instituciones solventa Sanción efectuar los17 Económicbancarias. da depósitos a más

aDepósitos registrados del tardar el día hábilmes de enero y se cotejaron siguiente decon los estados de cuenta realizado el cobro.del banco Banorte 731, para II.- Sanción

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verificar que fueron Económica;equivalendepositados. te a $917.15, por

concepto del interésgenerado por lamorosidad.

En incumplimientoLey de ingresos delMunicipio deManzanillo, Colimapara el ejercicio fiscal2014, artículos 2 y 6;Ley de Presupuesto,Contabilidad y GastoPúblico Municipalartículo 54; CódigoFiscal Municipalartículos 6, 25 y 51fracción II y LeyGeneral deContabilidadGubernamentalartículo 56.

Sanciones previstasen los artículos 52,fracción I, 53,fracción I, 54 y 55,fracción I de la Leyde FiscalizaciónSuperior del Estado;en relación al 49,fracciones II y V de laLey Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos.

Por realizar la compra de Lic. Antonio Ismaelcanastas con surtido diverso Torres Arreola;en productos las cuales para Apoderado Legalla despedida del Director para Pleitos yGeneral del Organismo cobranzas y actos deOperador en turno. administración de laOperación realizada Administr COMAPAT, quienmediante la transferencia firma y autoriza laF14- No ativa y

FS/14/ 21.4.2 82,999.88 electrónica folio 1420 del 31 solventa Sanción compra de los bienes

17de enero de 2014 de la

da Económicobservados.

cuenta bancaria Banorte7315 Recursos Propios, por a I.- Amonestaciónla cantidad de $82,999.88 Pública; Porpagados a favor de autorizar las comprasMachetto Chincoya Cesar realizadas de bienesOctavio. Egreso registrado ajenos al objetivo deen la cuenta contable la Comisión.denominada “productos II.- Sanciónalimenticios derivados de Económica;equivalen

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programas institucionales”; te a $82,999.88gasto no justificado al aquivamente al dañocumplimiento de los fines y caudado a laobjetivos de la CAPDAM, hacienda pública porademás de que no existe concepto departida presupuestal que adquisición deautorice ese tipo de bienes nocompras. justificados.

Inobservancia:Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 134, primer párrafo; Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima: artículo 107, párrafo segundo; Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Municipal: artículos 1, 27, 28 y 29.

Sanciones previstas en los artículos 52, fracción I, 53, fracción I, 54 y 55, fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado; en relación al 49, fracciones II y V de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.C.P. Eder EduardoFarías Castillo.Director

Por efectuar incremento Administrativosalarial injustificado del

L.I. Daniel Cortes51.22% en el sueldo yprestaciones del trabajador Carrillo, entoncesManuel Camberos Rivera Administr Director de Fianzas

F17- Jefe Del Depto. Acueducto No ativa yI.- AmonestaciónFS/14/ 22.6.1 198,397.37 Arm-Mzllo; así como del solventa Sanción

17 59.36% en el sueldo y da Económic Pública.- Por realizarprestaciones de Eder a el pago y omitir laEduardo Farías Castillo, revisión de la nóminaDirector Administrativo sin con incrementos noestar autorizados por el autorizados por elConsejo de Administración. Consejo de

Administración.

II.- Sanción

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económica, de $198,397.37 equivalente al apago por los incrementos no autorizados a la nómina a los trabajadores señalados.

En incumplimiento a Ley de Presupuesto, contabilidad y Gasto Publico municipal, artículos 8, fracción IV y 36. Artículo 3 y 9 de la Ley que Fija las Bases para las remuneraciones de Los Servidores Públicos del Estado y los Municipios. Reglamento Interior de la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo, artículos 18-IV. y 19-VI.-

Sanciones previstasen los artículos 52,fracción I, 53,fracción I, 54 y 55,fracción I de la Leyde FiscalizaciónSuperior del Estado;en relación al 49,fracciones II y V de laLey Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos.

Con la revisión de la cuenta Gustavo Díazde multas por pasivos Mondragón. Jefe defiscales y pólizas de cheque, Recursos Humanosse verificaron diversos pagos

I.- Amonestaciónpor concepto de cuotasF21- obrero patronales No Administr Pública.- Por omitirFS/14/ 22.9 y $173,387.51 determinadas por el solventa ativa y realizar las

1721.4 Instituto Mexicano del

daeconómic declaraciones y

Seguro Social, de las cuales a enteros de formase observa que los enteros puntual concepto dese efectúan de manera cuotas obreroextemporánea, patronalesocasionándose un perjuicio determinadas por elal patrimonio del Instituto Mexicano

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Organismo, ya que al no del Seguro Social.realizarlos dentro del plazo

II.- Sanciónlegal establecido, segeneran actualizaciones, económica.-recargos y gastos de Equivalente aejecución, como accesorios $173,387.51 porde dichos créditos, los pagos por multas,cuales en este caso fueron recargos yincluidos; en detrimento de actualizaciones allos principios de eficiencia, Instituto Mexicanoeficacia y economía con que del Seguro Social dedeben ejercerse los recursos cuotas obreropúblicos patronales omisas.

En incumplimiento a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 134, primer párrafo; Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima: artículo 107, párrafo segundo; Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Municipal: artículo 31, segundo párrafo; Reglamento Interior de la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo: 18-2-3, 18-2-4 y 18-2-15.

Sanciones previstas en los artículos 52, fracción I, 53, fracción I, 54 y 55, fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado; en relación al 49, fracciones II y V de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Por omitir Justificar Gustavo Díazdocumentalmente la Administr Mondragón. Jefe de

F24- relación laboral del C. No ativa y Recursos HumanosFS/14/ 22.13 4,765.40 Manuel Mellín Miranda con Solventa sanción

I.- Amonestación17 el organismo operador, en da Económicvirtud que de la revisión a a. Pública.- Por omitir

los reportes emitidos por el Justificar

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SUA y las nómina de la documentalmente laCAPDAM por el ejercicio relación laboral del2014, se observaron pagos C. Manuel Mellínal Instituto Mexicano del Miranda con elSeguro Social por $4,765.40 organismo operador.de cuotas obrero patronales II.- Sancióncorrespondientes a enero, económica.-febrero y marzo. Equivalente a

$4,765.40, por pagosal Instituto Mexicanodel Seguro Social decuotas obreropatronalescorrespondientes aenero, febrero ymarzo.

En incumplimientoLey General deContabilidadGubernamental,artículo 42. Ley deSeguro Socialartículo 15.

Sanciones previstasen los artículos 52,fracción I, 53,fracción I, 54 y 55,fracción I de la Leyde FiscalizaciónSuperior del Estado;en relación al 49,fracciones II y V de laLey Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos.

Por realizar la adjudicación C. Daniel Costesdel contrato para la Carrillo, DirectorContratación de Seguro de General.Vida Colectivo para el

F30- personal sindicalizado y de No C.- Jorge EnriqueFS/14/ 23.8.1 base, al proveedor que no solventa Flores Real. Jefe del17 presentóla declaración da Departamento de

mensual de impuestos más Recursos Materialesactualizada a la fecha delconcurso (anexo AT-5) I.- AmonestaciónInformación requerida en Pública,Por celebrarlas bases del concurso. el contrato y realizarPor realizar la adjudicación el proceso dedel contrato para la compra

Parcialmadjudicación a los

F31- de uniformes del personal proveedores queFS/14/ 23.8.2 masculino sindicalizado. ente incumplieron con la17 proveedor que no Solventa presentación de la

presentóla declaración da información ymensual de impuestos más documentación

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actualizada a la fecha delconcurso (anexo AT-5)Información requerida enlas bases del concurso.Por realizar la adjudicacióndel contrato por laadquisición de bancoscapacitores, al prveedorque no presentó ladeclaración mensual deimpuestos más actualizada ala fecha del concurso (anexoAT-5),yy con una propuestaeconómica más cara de Administr$38,722.96 que el

F32- No ativa y23.8.3 38,722.96

concursante con laFS/14/ propuesta más económica, solventa Sanción17 da económicque fue la de

Comercializadora Eléctrica ade Guadalajara, S.A. de C.V.,con un costo de$325,313.99 pesos (IVAincluido), la cual no fueincluida en las actas delconcurso. Dicha propuestacumplía con los requisitostécnicos y resultaba ser lamás baja económicamente.Por omitir justificarlegalmente haber aceptadopropuestas técnicas yeconómicas dentro delmismo concurso, aempresas vinculadas entresí por los mismos socios oaccionistas;“FlosolAutomotriz, S.A. de

F33-23.8.4 C.V.”, “Automotores Flova, Parcialm

, S.A. de C.V.” (Sucursal ente AdministrFS/14/ Manzanillo) y “Automotores23.14. Solventa ativa17

1Flova, S.A. de C.V. (sucursal

daPuerto Vallarta),observando que seencuentran vinculadas entresí por los mismos socios oaccionistas: Miguel FloresIbarra y María del RosarioSolano Gálvez, tal como sedesprende de las actasconstitutivas presentadas ensus propuestas técnicas.Por adjudicar el contrato del

F34- 23.8.5 concurso de fecha 4 de Parcialm, noviembre de 2014, para la ente Administr

FS/14/ 23.14. adquisición de botas Solventa ativa17 2 industriales de seguridad da

para personal de la

requerida en las bases. Así como adjudicar una adquisición al proveedor que no presentó la información y su propuesta económica no fue la más baja. Así como aceptar propuestas técnicas y económicas dentro del mismo concurso, a empresas vinculadas entre sí por los mismos socios o accionistas.

II.- Sanción económica, equivalente a $38,722.96, de la diferencia entre la propuesta adjudicada contra la más económica que no fue adjudicada.

Ley de Adquisiciones, Servicios y Arrendamientos del Sector Publico: artículos 42, 43, fracción VI en relación al 36, párrafos primero y quinto, y 56, tercer párrafo; Ley de Fiscalización Superior del Estado: artículo 21, tercer párrafo; Reglamento Interior de la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo: numerales 18.3.1 y 18.3.2; Bases del concurso: Condiciones Generales, letra H.

Sanción prevista en los artículos 52, fracción I de la Ley

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CAPDAM, adjudicado al de Fiscalizaciónproveedor “Area Loft, S.A. Superior del Estadode C.V.” mediante contrato en relación alCAPDAM-RP-041-2014 por artículo 49, fracciónun monto de $118,215.60, II y V de la Leycuando presento las Estatal desiguientes inconsistencias: Responsabilidades1.- Se verificó que se de los Servidoresrecibieron propuestas Públicos.técnicas y económicas de lasempresas “Lenava S.A. deC.V.” y “Flena, S.A. de C.V.”dentro del mismo concurso,las cuales se encuentranvinculadas entre sí por losmismos socios o accionistas:Luis Fernando Gómez Solís yAlberto Rivas Estrada, comose desprende de las actasconstitutivas presentadas ensus propuestas técnicas(anexo AT-2),encuadrándose en lossupuestos del artículo 50 dela Ley aplicable.

2.-El proveedor ganadorpresentó en su propuestatécnica (anexo AT-5), undictamen de cumplimientode obligaciones fiscales ensentido positivo del 11 dejulio de 2014 y folio13A1702895. De la revisióna este dictamen en la páginadel SAT, se observó quedicho folio corresponde enrealidad a un dictamenexpedido el 11 de junio de2013 en sentido positivo concadena original del 11 dejulio de 2013 y vigencia de30 días a partir de suexpedición, por lo que sepresume que el proveedorpresentó documentación noválida.Por recibier propuestastécnicas y económicas de lasempresas “Lenava S.A. de

F34- 23.8.5 C.V.” y “Flena, S.A. de C.V.” Parcialm, dentro del mismo concurso, ente AdministrFS/14/ 23.14. las cuales se encuentran Solventa ativa

172 vinculadas entre sí por los da

mismos socios o accionistas:Luis Fernando Gómez Solís yAlberto Rivas Estrada, como

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se desprende de las actasconstitutivas presentadas ensus propuestas técnicas(anexo AT-2),encuadrándose en lossupuestos del artículo 50 dela Ley aplicable.Por otorgar apoyos o ayudas C. Daniel Costessociales de la cuenta de Carrillo, DirectorAyudas sociales sin contar General.con suficiencia presupuestal

I.- Destitución deloportuna. Observándoseque para el ejercicio 2014 se Puesto e

inhabilitación por 3presupuestó un importe de$2’039,441.53 en la partida años, para

desempeñarde Ayudas Sociales y seerogó $5´495,873.03, empleos, cargosoobservando una diferencia comisiones en elde $3’456,431.50, de lo cual servicio público. porno exhibieron autorización otorgar de formade modificación discrecional, sinpresupuestal realizada por suficienciael Consejo de presupuestal y fueraAdministración, ya que del marco legal,solamente se aprobó en la apoyos a los usuarioscuenta pública las “vía subsidio” para elampliaciones a las partidas pago de los derechosya desfasadas en el ejercicio por los servicios deanterior, como se aprecia en agua potable y otrosla sesión ordinaria número a cargo del

F36- 52 de fecha 24 de febrero Parcialm organismo operado.5,495,873. de 2015 ente AdministrFS/14/ 25.1 03 Solventa ativa Por celebrar el

17 Se observó un incremento da contrato y realizar eldel 282% respecto a lo proceso deerogado en Ayudas Sociales adjudicación a losen el ejercicio fiscal 2013, proveedores quecomo sigue: incumplieron con la

presentación de lainformación y

jercicio Fiscal Importe documentación$1,948, requerida en las

013 12.71 bases. Así como$5,495, adjudicar una

014 73.03 adquisición al

Apoyos y ayudas otorgadasproveedor que nopresentó la

de forma discrecional al no información y suexistir reglas para su propuestaotorgamiento y sobre todo, económica no fue lano estar prevista el más baja. Así comootorgamiento de dichas aceptar propuestasexenciones o subsidios en la técnicas yLey que Establece las Cuotas económicas dentroy Tarifas para el Pago de del mismo concurso,Derechos por los Servicios a empresasPúblicos de Agua Potable, vinculadas entre sí

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Alcantarillado y por los mismosSaneamiento del Municipio socios o accionistas.de Manzanillo ya que dicha

II.- Sanciónley solo prevé en su numeral28 la facultad del Director económica,General de realizar ajustes equivalente apor otros concepto. lo $38,722.96, de laanterior en violación a la diferencia entre laConstitución Política del propuestaEstado Libre y Soberano de adjudicada contra laColima, artículo 87 inciso c) más económica que

Se considera apoyono fue adjudicada.

irregulares, al contravenir el Ley de Adquisiciones,mandato Constitucional Servicios y

Arrendamientos delSector Publico:artículos 42, 43,fracción VI enrelación al 36,párrafos primero yquinto, y 56, tercerpárrafo; Ley deFiscalización Superiordel Estado: artículo21, tercer párrafo;Reglamento Interiorde la Comisión deAgua Potable,Drenaje yAlcantarillado deManzanillo:numerales 18.3.1 y18.3.2; Bases delconcurso:CondicionesGenerales, letra H.

Sanción prevista en los artículos 52, fracción II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado en relación al artículo 49, fracción IV, V y VI de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Público

Por realizar el pago C. Daniel Costesregistrado con póliza diario Administr Carrillo, Director

F37- número 08884 del 28 de No ativa y General.FS/14/ 25.4 90,516.50 noviembre de 2014, por la Solventa Sanción

Amonesta17 cantidad de $90,516.50 da económic I.-pesos, cargada en la cuenta a Pública. Por realizarcontable 5-1-03-09-006- el pago por daños

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0002 “erogaciones que que fueronderiven de la dictaminados comoresponsabilidad civil”, por no responsabilidadconcepto de pago de daños de la CAPDAM,causados por tubería de la además de aceptarCAPDAM a un ciber, a favor facturas para ladel C. Marco Antonio Horta acreditación de losMorales, autorizado por el mismos de fechaConsejo de Administración posterior al evento, yen la Sesión Ordinaria que describen bienesnúmero 044 del 1° de julio nuevos.de 2013. sin embargo seconoció:fecha 8 de abril de 2013, el II.- SanciónJefe del Departamento de económica,Instalaciones y Redes, equivalente aemitió un informe de $90,516.50, porobservaciones respecto de concepto de losla queja presentada por el pagosseñor Marco Antonio Horta improcedentesMorales, del cual se efectuados por ladesprende entre otras cosas CAPDAM.lo siguiente: 1.- que siexistió el reporte por la Constitución Políticarotura de la tubería, la cual de los Estadosse atendió el mismo día 21 Unidos Mexicanos:de marzo de 2013 por artículo 134, primerpersonal de la CAPDAM; 2.- párrafo; Constituciónla rotura del tubo se Política del Estadoatribuye a su antigüedad Libre y Soberano demayor de 30 años; y 3.- el Colima: artículo 107,piso de la planta baja del párrafo segundo; Leylocal afectado se de Responsabilidadencontraba a nivel de Patrimonial delbanqueta sin contar con un Estado de Colima:machuelo o sardinel que artículos 1, segundoprotegiera la finca de la párrafo, 4, 5, 14, 20,entrada de agua pluvial, 21 y 31.contraviniendo el artículo233 del Reglamento de Sanción prevista enConstrucciones del los artículos 52,Municipio, que exige 15 fracción I de la Leycms. de nivel de piso por de Fiscalizaciónencima de la banqueta, a Superior del Estadodiferencia de sus vecinos en relación alque si cumplían dicha artículo 49, fraccióndisposición. IV, V y VI de la Ley

Estatal de2.- Mediante oficio DIR. No. Responsabilidades327/2013 de fecha 29 de de los Servidoresabril de 2013, el C. Ing. PúblicoRogelio Arias Nava, DirectorGeneral en turno de laCAPDAM, le comunica al C.Marco Antonio HortaMorales, que el OrganismoOperador no acepta la

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responsabilidad de los daños ocasionados a bienes de su propiedad

3.- Con oficio DIR. No. 658/2014 del 29 de julio de 2014, el C. L.I. Daniel Cortes Carrillo, Director General en turno de la CAPDAM, da contestación al escrito inicial del C. Marco Antonio Horta Morales del 25 de marzo de 2013, comunicándole que por instrucciones del Departamento Jurídico, es necesario que haga llegar las facturas con las cuales acredite la propiedad de los bienes afectados, para que el Consejo de Administración retome el asunto y tome una decisión al respecto. El solicitante de la ayuda, envió las facturas F315, F441, F493, F558 y F597 de fechas 23 de abril, 28 de julio, 10 de septiembre, 11 de noviembre y 17 de diciembre, todas del año 2013, las cuales resultan ser de fecha posterior al 21 de marzo del mismo año, en que ocurrió la ruptura de la tubería. Además se observa que los precios que se manejan en dichas facturas, corresponden a productos nuevos.

De la obra “CAPDAM-RP-26- Ing. Telésforo2014 Remodelación de Mendoza delbodega y comedor, Castillo.Construcción de camino Jefe de Ingeniería.vehicular y Reubicación delínea eléctrica de baja Parcialm Administr 1.-Amonestación

OP2- tensión en las oficinas ente ativa y Pública: Por noFS/14/ 26.12 centrales de la CAPDAM, solventa Sanción atender los17 península de Santiago, da Pecuniari requerimientos

elManzanillo”. a formulados endesarrollo y proceso

No exhibir para su confronta defiscalización superior el fiscalizaciónpresupuesto que justifique superior.los análisis de los precios

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unitarios, el listado deinsumos, análisis de salarioreal, análisis de maquinariay equipo.De la obra “CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación decolector de 12” de diámetrodesde las albercas la Noria

OP9-hasta el entronque ParcialmChandiablo en la delegación ente

FS/14/ 26.12 de Santiago, municipio de solventa17 Manzanillo, Col.”

doNo exhibió para sufiscalización superior losanálisis de mano de obra,maquinaria y equipo delcontratista.De la obra “CAPDAM-PROSSAPYS-COL-N2-2014Construcción de la red dealcantarillado sanitario ydescargas domiciliarias en lalocalidad de Las Adjuntas (La

ParcialmOP11- Floreña), municipio deFS/14/ 26.12 Manzanillo, Col.” ente

solventa17

No exhibió para su dafiscalización superior losanálisis de mano de obra,maquinaria, equipo y lastarjetas de análisis debásicos del contratista.De la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza y desazolvesde drenes pluviales para

OP3- evitar inundaciones durantela temporada de lluvias en laFS/14/ zona conurbada de

17 Manzanillo”

No exhibir para suParcialmfiscalización las facturas

26.16 firmadas de las enteestimaciones. solventa

da

De la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimiento

OP4- para la limpieza y desazolvesde drenes pluviales paraFS/14/ evitar inundaciones durante

17 la temporada de lluviasvarias localidades deManzanillo”

II. Multa por el monto equivalente a 300 días de salario mínimo generalvigente en el Estado de Colima al momento de la infracción, la cual tendrá el carácter de crédito fiscal y se hará efectiva mediante el procedimiento administrativo correspondiente.

En términos de la observación referenciada y en incumplimiento al contenido del artículo 16, numeral 16-1.- , puntos 16-1-2, y 16-1-5, del Reglamento Interior de la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo. Artículo 118 párrafo tercer, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 6, párrafo primero, cuarto, quinto y sexto, 17, inciso a), fracción XIII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Colima.

Sanciones previstas en los artículos 6 párrafo cuarto y 52 fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado en relación al artículo 49, fracción II de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

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No exhibir para sufiscalización superior lasfacturas firmadas de lasestimaciones.De la obra “CAPDAM-RP-26-2014 Remodelación debodega y comedor,Construcción de caminovehicular y Reubicación de

OP2- línea eléctrica de baja Parcialmtensión en las oficinas enteFS/14/ centrales de la CAPDAM, solventa

17 península de Santiago, daManzanillo”

Exhibir para su fiscalización

26.16. superior las facturas de lasestimaciones

1De la obra “CAPDAM-RP-27-26.18 2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza y desazolvesde drenes pluviales para

OP3- evitar inundaciones durante Parcialmla temporada de lluvias en la enteFS/14/ zona conurbada de solventa

17 Manzanillo” da

No exhibir para sufiscalización superior loscroquis de localización delas estimacionesDe la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza y desazolvesde drenes pluviales paraevitar inundaciones durante Parcialm

OP4- la temporada de lluvias enteFS/14/ varias localidades de solventa17 Manzanillo” das

No Exhibir para su

26.18fiscalización superior loscroquis de localización delas estimaciones.

De la obra “CAPDAM-RP-44-2014 Rehabilitación de la

OP5- red de agua potable yalcantarillado sanitario en el NoFS/14/ sector 5, colonia centro en solventa

17 Manzanillo, Col.” daPor no presentar para sufiscalización superior elproyecto de obra.

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De la obra “CAPDAM-RP-48-2014 Rehabilitación de lared de drenaje sanitario enel fraccionamiento

OP6- Villaflorencia, en Soleares No

FS/14/ barrio VI del Valle de las solventaGarzas, Manzanillo, Col.”17 da

No exhibir xhibir para sufiscalización superior elproyecto de obra.

De la obra “CAPDAM-PROD-01-2014 Construcción delínea de emisor de demasías

OP8-en la Planta de tratamiento

Node Salagua del municipio deFS/14/ Manzanillo” solventa17 da

No exhibir para sufiscalización superior elproyecto de obra.De la obra “CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación decolector de 12” de diámetrodesde las albercas la Noria

OP9- hasta el entronque ParcialmChandiablo en la delegación enteFS/14/ de Santiago, municipio de solventa

17 Manzanillo, Col.” do

No exhibir para sufiscalización superior elproyecto de obra.De la obra “CAPDAM-RP-26-2014 Remodelación debodega y comedor,Construcción de caminovehicular y Reubicación delínea eléctrica de bajatensión en las oficinascentrales de la CAPDAM, Parcialm

OP2-26.21

península de Santiago, enteFS/14/ Manzanillo” solventa17

No exhibir para su dasfiscalización superior labitácora electrónica, acta deentrega recepción, losplanos correspondientes a laconstrucción final ymemoria fotográfica deldesarrollo de la obra.

OP3- De la obra “CAPDAM-RP-27- Parcialm2014 Contratación de enteFS/14/ 26.21 cuadrilla de mantenimiento solventa

17para la limpieza y desazolves da

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OP4-FS/14/17

OP5-FS/14/17

OP6-FS/14/17

de drenes pluviales paraevitar inundaciones durantela temporada de lluvias en lazona conurbada deManzanillo”

No exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, acta deentrega recepción, losplanos correspondientes a laconstrucción final ymemoria fotográfica deldesarrollo de la obra, yomitir exhibir bitácoraelectrónica, el finiquito y elacta de entrega recepción.

De la obra “CAPDAM-RP-27-2014 Contratación decuadrilla de mantenimientopara la limpieza y desazolvesde drenes pluviales paraevitar inundaciones durantela temporada de lluvias Parcialmvarias localidades de enteManzanillo” solventa

Por no exhibir para suda

fiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta de entregarecepción.

De la obra “CAPDAM-RP-44-2014 Rehabilitación de lared de agua potable yalcantarillado sanitario en elsector 5, colonia centro en ParcialmManzanillo, Col.” entePo no exhibir para su solventafiscalización superior la dabitácora electrónica, elfiniquito y el acta de entregarecepción.

De la obra “CAPDAM-RP-48-2014 Rehabilitación de lared de drenaje sanitario enel fraccionamiento ParcialmVillaflorencia, en Soleares entebarrio VI del Valle de las solventaGarzas, Manzanillo, Col.” da

No exhibir para sufiscalización superior la

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bitácora electrónica, elfiniquito y el acta de entregarecepción.De la obra “CAPDAM-PROD-01-2014 Construcción delínea de emisor de demasíasen la Planta de tratamiento

OP8-de Salagua del municipio de ParcialmManzanillo” enteFS/14/ solventa17 No exhibir para su da

fiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta de entregarecepción.

De la obra “CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación decolector de 12” de diámetrodesde las albercas la Noriahasta el entronque

OP9- Chandiablo en la delegación Parcialmde Santiago, municipio de enteFS/14/ Manzanillo, Col.” solventa

17 dasNo exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta de entregarecepciónDe la obra “CAPDAM-PROSSAPYS-COL-N2-2014Construcción de la red dealcantarillado sanitario ydescargas domiciliarias en la

ParcialmOP11- localidad de Las Adjuntas (LaFloreña), municipio de enteFS/14/ Manzanillo, Col.” solventa

17 dasPor no exhibir para sufiscalización superior labitácora electrónica, elfiniquito y el acta de entregarecepción.De la obra “CAPDAM-RP-26-2014 Remodelación debodega y comedor,Construcción de caminovehicular y Reubicación de

ParcialmOP2- línea eléctrica de bajaFS/14/ 26.6 tensión en las oficinas ente17 centrales de la CAPDAM, solventa

península de Santiago, dasManzanillo”

Por no exhibir para sufiscalización superior los

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OP5-FS/14/17

OP6-FS/14/17

análisis de precios unitarios,quedando pendiente losanálisis de costos básicos,listado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientesactualizados y programa deejecución.

De la obra “CAPDAM-RP-44-2014 Rehabilitación de lared de agua potable yalcantarillado sanitario en elsector 5, colonia centro enManzanillo, Col.”

No exhibir para sufiscalización superior losanálisis de precios unitarios, Parcialmquedando pendiente los enteanálisis de costos básicos, solventalistado de insumos, análisis dasde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientesactualizados y programa deejecución.De la obra “CAPDAM-RP-48-2014 Rehabilitación de lared de drenaje sanitario enel fraccionamientoVillaflorencia, en Solearesbarrio VI del Valle de lasGarzas, Manzanillo, Col.”

No exhibir para su Parcialmfiscalización superior los

enteanálisis de precios unitarios,quedando pendiente los solventaanálisis de costos básicos, daslistado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientes

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actualizados y programa deejecución.De la obra “CAPDAM-PROD-01-2014 Construcción delínea de emisor de demasíasen la Planta de tratamientode Salagua del municipio deManzanillo”.

No exhibir para sufiscalización superior losanálisis de precios unitarios,

ParcialmOP8- quedando pendiente losFS/14/ análisis de costos básicos, ente17 listado de insumos, análisis solventa

de salario real, análisis de dasmaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad, estudiostécnicos correspondientesactualizados y programa deejecución.

De la obra “CAPDAM-PROD-02-2014 Rehabilitación de colector de 12” de diámetro desde las albercas la Noria hasta el entronque Chandiablo en la delegación de Santiago, municipio de Manzanillo, Col.”

OP9- No exhibir para su Parcialmfiscalización superior los enteFS/14/ análisis de costos básicos, solventa

17 listado de insumos, análisis dasde salario real, análisis demaquinaria y equipo,

26.6especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad yestudios técnicoscorrespondientesactualizadosDe la obra “CAPDAM-PROSSAPYS-COL-N2-2014Construcción de la red de

OP11- alcantarillado sanitario y Parcialmdescargas domiciliarias en la enteFS/14/ localidad de Las Adjuntas (La solventa

17 Floreña), municipio de dasManzanillo, Col.”

No exhibir para su

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fiscalización superior losanálisis de costos básicos,listado de insumos, análisisde salario real, análisis demaquinaria y equipo,especificaciones técnicasparticulares de losconceptos a ejecutar,normas de calidad yestudios técnicoscorrespondientesactualizados

A los C.C. DanielCostes Carrillo,Director General y laC.P. Esthela delRosario GuerreroMedina. Dirección

De la revisión realizada al Comercialexpediente técnico del

Destitución deltrámite de Incorporación 1.-Municipal del Puesto eFraccionamiento Valle inhabilitación por 3Salagua, 5a. etapa, se años, paraobservó referente al pago desempeñarde los derechos por empleos, cargosoconcepto de incorporación comisiones en elde los servicios de agua servicio público.potable, alcantarillado ysaneamiento, que no se Por omitir el cobropercibe el registro del del pago de losingreso a la cuenta pública derechos por

OP15- del ejercicio auditado. Parcialm Administr concepto deativa y incorporación de los

FS/14/ 7.12 3,127,877.7 enteLa entidad fiscalizada emite sanción servicios de agua17 0 respuesta a la observación solventa económic potable,da

yantes señalada, que a la a alcantarilladoletra dice: ”A la fecha no se saneamiento.encuentra pago deincorporación de este 2.-Sanciónfraccionamiento, se Económica,presenta oficio donde se equivalente arequiere exhiba pagos $3,127,877.70 por larealizados a esta omisión de ingresosdependencia.” directamente a la

C.P. Esthela delDerivado de lo anterior, el Rosario GuerreroOSAFIG, procedió a Medina. Direccióncuantificar los derechos Comercial yomitidos por el importe de Subsidiariamente C.$3’127,877.70 Daniel Costes

Carrillo, DirectorGeneral, por omitir lavigilancia de sussubalternos quecausaron daños yperjucios.

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En términos de la observación referenciada y en incumplimiento al contenido de los artículos 20 fracciones V y XX, y 74 de la Ley de Aguas para el Estado de Colima; los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Manzanillo, Colima, y artículo 15- III y 15-XIX del Reglamento Interior de la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo.

Sanción prevista en los artículos 52, fracción I y II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado en relación al artículo 49, fracción IV, V y VI de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Público

DECIMOCUARTO.- En tal virtud, los integrantes de esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, coincidimos con cada una de las determinaciones y sanciones propuestas por el OSAFIG, que derivan de la ampliación del Informe de Resultados que fue solicitado por el Presidente de esta Comisión Dictaminadora, toda vez, que se presentó evidencias suficientes, competentes y relevantes para establecer la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanilloque fungieron en el período auditado.Determinado en la ampliación del Informe de Resultados, la definitiva presunción de responsabilidades, siendo las que a continuación se precisan:

A) Al L.I. Daniel Cortes Carrillo, Director General, se propone se le imponga sanciones administrativas consistentes en Destitución del puesto e Inhabilitación por 7 años, para

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desempeñar empleos, cargoso comisiones en el servicio público, sanción que se propone en los términos del artículo 50 de la Ley de Responsabilidad de Servidores Públicos, en base a lo propuesta de sanciones del OSAFIG, que a continuación se especifican

DosDestitución del puesto e Inhabilitación por tres años, para desempeñar empleos, cargoso comisiones en el servicio público, por desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, así como por otorgar de forma discrecional, sin suficiencia presupuestal y fuera del marco legal, apoyos a los usuarios “vía subsidio” para el pago de los derechos por los servicios de agua potable y otros a cargo del organismo operado, de igual manera por celebrar el contrato y realizar el proceso de adjudicación a los proveedores que incumplieron con la presentación de la información y documentación requerida en las bases, así como adjudicar una adquisición al proveedor que no presentó la información y su propuesta económica no fue la más baja y aceptar propuestas técnicas y económicas dentro del mismo concurso, a empresas vinculadas entre sí por los mismos socios o accionistas;

• CuatroAmonestaciones Públicas , por motivo de realizar el pago y omitir la revisión de la nómina con incrementos no autorizados por el Consejo de Administración, así como omitir efectuar depósitos en el termino impuesto, de igual manera por celebrar el contrato y realizar el proceso de adjudicación a los proveedores que incumplieron con la presentación de la información y documentación requerida en las bases, además de adjudicarse una adquisición al proveedor que no presentó la información y su propuesta económica no fue la más baja, como aceptar propuestas técnicas y económicas dentro del mismo concurso a empresas vinculadas entre sí por los mismos socios o accionistas, y por realizar el pago por daños que fueron dictaminados como no responsabilidad de la CAPDAM, además de aceptar facturas para la acreditación de los mismos de fecha posterior al evento, y que describen bienes nuevos;

Cinco Sanciones Económicas Directas, por un equivalente de $367,276.94, que se integra por las cantidades de $917.15, por concepto del intereses generados por la morosidad en los depósitos, de $198,397.37 por el pago por los incrementos no autorizados a la nómina a los trabajadores señalados, de $38,722.96, resultado de la diferencia entre la propuesta adjudicada contra la más económica que no fue adjudicada, de $38,722.96, resultado de la diferencia entre la propuesta adjudicada contra la más económica que no fue adjudicada, de $90,516.50, por concepto de los pagos improcedentes efectuados por la CAPDAM, ySanción Económica Subsidiaria de $3,127,877.70, por omitir la vigilancia de sus subalternos que causaron daños y perjuicios;

B) Al C. Gustavo Díaz Mondragón, Jefe de Recursos Humanos,1.- Destitución del puesto e Inhabilitación por un años, para desempeñar empleos, cargoso comisiones en el servicio público, sanción que se propone derivado de las propuestas por el Osafig que a continuación se describen

Dos Amonestaciones Públicas, por omitir realizar las declaraciones y enteros de forma puntual concepto de cuotas obrero patronales determinadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como por omitir justificar documentalmente la relación laboral del C. Manuel Medellín Miranda con el organismo operador;yDos Sanciones Económicas, por un equivalente de $ 178,152.91, por las cantidades de $173,387.51, por pagos de multas, recargos y actualizaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social de cuotas obrero patronales omisas, y de $4,765.40, por motivo de pagos al

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Instituto Mexicano del Seguro Social, de cuotas obrero patronales correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo;

C) Al C.P. Eder Eduardo Farías Castillo, Director Administrativo, se propone se le imponga sanción administrativa consistente en Amonestación Públicapor realizar el pago y omitir la revisión de la nómina con incrementos no autorizados por el Consejo de Administración; y Sanción económica, por la cantidad de $198,397.37 equivalente al apago por los incrementos no autorizados a la nómina a los trabajadores señalados;

D) Al Ing. Telésforo Mendoza del Castillo, Jefe de Ingeniería, se propone se le impongan sanción administrativa consistente en Amonestación Públicapor motivode no atender los requerimientos formulados en el desarrollo y proceso confronta de fiscalización superior; y Multa, por el monto equivalente a 300 días de salario mínimo general vigente en el Estado de Colima al momento de la infracción, la cual tendrá el carácter de crédito fiscal y se hará efectiva mediante el procedimiento administrativo correspondiente;

E) A la C. Esthela del Rosario Guerrero Medina, Directora de Comercialización, se propone se le impongan sanciones administrativas consistentes en Destitución del Puesto einhabilitación por 3 años ,para desempeñar empleos, cargoso comisiones en el servicio público, por omitir el cobro del pago de los derechos por concepto de incorporación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento; ySanción Económica Directa, por la cantidad de $3,127,877.70, por la omisión de los ingresos antes señalados;

F) Al C. Antonio Ismael Torres Arreola, Apoderado Legal, se propone se le imponga sanción administrativa consistente en Amonestación Pública, por autorizar las compras realizadas de bienes ajenos al objetivo de la Comisión; y Sanción EconómicaDirecta, por la cantidad de $82,999.88, aquivamente al daño caudado a la hacienda pública por concepto de adquisición de bienes no justificados; y

G) Al C. Jorge Enrique Flores Real, Jefe del Departamento de Recursos Materiales, se propone se le imponga sanción administrativa consistente en Amonestación Pública, porcelebrar el contrato y realizar el proceso de adjudicación a los proveedores que incumplieron con la presentación de la información y documentación requerida en las bases. Así como adjudicar una adquisición al proveedor que no presentó la información y su propuesta económica no fue la más baja, y aceptar propuestas técnicas y económicas dentro del mismo concurso, a empresas vinculadas entre sí por los mismos socios o accionistas; y Sanción Económica, por la cantidad de $38,722.96, de la diferencia entre la propuesta adjudicada contra la más económica que no fue adjudicada.

Las anteriores sanciones, tienen su fundamento en los dispuesto por los artículos 49 y 50 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; además de atender a la conducta reiterada -en su caso- por servidores públicos de referencia, pues como se aprecia, en el mismo ejercicio fiscal correspondiente al año 2014, incurrieron en pluralidad de acciones, con el mismo sujeto activo y el mismo órgano operador de Agua Potable, por ello resulta factible proponer sanciones con base a lo previsto por el artículo 412 del Código de Procedimientos Penales en relación con el 30 del Código Penal, ordenamientos legales vigentes en el Estado.

DECIMOQUINTO.-Con base en la información y documentación presentada por el OSAFIG, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, y en cumplimiento al artículo 33, fracción XI, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, tiene por concluido el proceso de revisión y fiscalización a la cuenta pública de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, correspondiente al ejercicio fiscal 2014, con observaciones en materia de responsabilidades.

DECIMOSEXTO.- Con fundamento en el contenido del artículo 33, fracción XI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, las responsabilidades administrativas, pecuniarias e indemnizaciones a los servidores públicos derivadas del proceso de fiscalización, se tramitarán,

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resolverán y ejecutarán por el Congreso del Estado, a excepción de las multas y sanciones pecuniarias e indemnizaciones inferiores o iguales a mil unidades de salario mínimo general vigente, las cuales se tramitarán y fincarán por el OSAFIG en términos de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, por lo tanto, deberán iniciarse los procedimientos para el fincamiento de responsabilidades administrativas y pecuniarias, conforme a la competencia prevista en la disposición constitucional citada.

Por lo expuesto y, con fundamento en los artículos del 90 al 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y del 129 al 134 de su Reglamento, se propone a esta Honorable Asamblea para su aprobación el siguiente:

D I C T A M E NARTÍCULO PRIMERO.- Se declara concluido el proceso de revisión y fiscalización de los resultados de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2014 de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, con base al contenido del Informe de Resultados emitido por el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se determina la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos que incurrieron en los actos u omisiones observados, los cuales se detallan en los considerandosDÉCIMO y DECIMOCUARTO del presente dictamen.ARTÍCULO TERCERO.- Túrnese el presente dictamen y sus anexos soportes, por conducto del C. Oficial Mayor, a la Comisión de Responsabilidades para los efectos del artículo 49, fracción IV, del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.”

La Comisión que suscribe solicita que de ser aprobado el presente dictamen, se emita el Decreto correspondiente.

Atentamente“Sufragio Efectivo. No reelección”

Colima, Colima, a 19de Noviembre de 2015LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y FISCALIZACIÓN

DE LOS RECURSOS PÚBLICOS

MIGUEL ALEJANDRO GARCIA RIVERADiputado Presidente

LETICIA ZEPEDA MESINA RIULT RIVERA RAMIREZDiputado Secretario Diputado Secretario

LUIS HUMBERTO LADINO OCHOA SANTIAGO CHAVEZ CHAVEZDiputado Vocal Diputado Vocal

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H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA

P r e s e n t e.

A la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, le fue turnado para su análisis, estudio y dictamen correspondiente, el Informe de Resultados de la Comisión de Agua Potable, y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima, de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, para los efectos del artículo 33, fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 37 y 76, inciso a), fracción V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado y 54, fracción IV del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Colima y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. Una de las principales funciones Constitucionales especificas que el Congreso del Estado tiene, es la de revisar y fiscalizar las cuentas públicas que le presenten los organismos públicos descentralizados paramunicipales que prestan servicios de agua potable; facultad realizada a través del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, (en adelante OSAFIG), en los términos y facultades establecidas en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y su correlativo 33, fracción XI, y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. En consecuencia, corresponde a ésta Soberanía, expedir el Decreto en el que se consigne la conclusión del proceso de revisión y fiscalización de los resultados de las cuentas públicas, a más tardar el 30 de noviembre del año de su presentación, atento al contenido del Informe de Resultados que remita el OSAFIG.

En virtud de la renuncia definitiva del Auditor Superior del Estado, aceptada por la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Colima, el 8 de septiembre de 2014, la C. M.C. Xóchitl Graciela Díaz Cossío, en su carácter de Auditor Especial del Área Financiera asumió el Encargo del Despacho de la Titularidad del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, de manera temporal y hasta que protestó el cargo el nuevo Auditor Superior del Estado, con las facultades y atribuciones que le corresponden al Auditor Superior, lo anterior de conformidad con el contenido del artículo 81 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

SEGUNDO. El C. Ing. Director General de la Comisión de Agua Potable, y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima, envió mediante oficio número 060/2015, de fecha 25de mayo del año 2015, al H. Congreso del Estado, la cuenta pública de ese organismo operador de agua, correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Remitida a su vez por el H. Congreso del Estado, al OSAFIG, mediante memorándum 220 de fecha 29 de mayo del año 2015,lo anterior en cumplimiento a los artículos 33, fracción XI, segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 10 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

TERCERO. El Auditor Especial del Área Financiera Encargada del Despacho de la Titularidad del OSAFIG, notificó al C. Ing. Rafael Francisco Fajardo Cuellar, Director General de la Comisión de Agua Potable, y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima, (en adelante COMAPAT), el inicio y ejecución de los trabajos correspondientes a la revisión y fiscalización a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, de la referida Comisión de Agua Potable, mediante oficio 139/2015, de fecha 15 de abril del año 2015; asimismo se le comunicó el nombre de los auditores comisionados y habilitados para realizarla.

CUARTO. Derivado de los trabajos de fiscalización y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24, párrafo segundo, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, se citó al Ing. Francisco Rafael Fajardo Cuéllar, Director General de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, mediante oficio número 283/2015 del 29 de julio de 2015, para que compareciera a la entrega del Informe de Auditoría de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, de esa Comisión. Habiendo comparecido, al acto, el titular de la COMAPAT, acompañado del C.P. Yolanda Suarez López, Subdirectora de Contabilidad.

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Mediante oficio número 286/2015, recibido el 31 de julio del año 2015, la entonces Encargada de Despacho de la OSAFIG. Procedió a la entrega física y legal del Informe de Auditoría y las Cédulas de Resultados Primarios: Financieros y Obra Pública. En el que se informó a la entidad auditada del objetivo de la revisión, el marco legal las áreas sujetas a revisión, los conceptos fiscalizados de ingresos, gastos, cuenta de balance, cuentas de resultados, cuentas presupuestales y cuentas de orden revisadas, así como del alcance de la revisión, la muestra seleccionada, los procedimientos de auditoría aplicados y los resultados obtenidos derivados de la aplicación de los procedimientos para la fiscalización superior de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, de la Comisión de Agua Potable, y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima. Así mismo se señalan en ese documento los requerimientos, las aclaraciones y los sustentos documentales, las recomendaciones y acciones que el organismo operador de agua deberá atender.

De tal acto de entrega se dejo constancia en acta circunstanciada, del citado informe, así como del plazo y procedimiento para presentar los requerimientos señalados en las observaciones, las argumentaciones adiciones y documentación soporte que solventen los resultados con observaciones y las acciones promovidas en los resultados con recomendaciones. Igualmente se informó que una vez recibida la documentación, esta será valorada.

QUINTO .Mediante oficio número DG 213/2015, de fecha 11 del mes de agosto del año 2015, el personal autorizado de la COMAPAT, contestó la solicitud de aclaración y proporcionó sustento documental de las observaciones señaladas de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Los documentos recibidos fueron valorados por personal de la OSAFIG.

SEXTO. El Auditor Superior del Estado, de conformidad con el artículo 81 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, turnó mediante oficio 372/2015 de fecha 28 de septiembre del año 2015, al Presidente de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, el Informe de Resultados de la Comisión de Agua Potable, y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima, correspondiente a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, radicada bajo expediente número (XVII) FS/14/19. En cumplimiento a lo previsto en los artículos 33, fracciones XI y XXXIX, 116, fracción V, y 118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y 34 y 36 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

SEPTIMO. El Programa Anual de Auditoría aplicado por el OSAFIG. Para la revisión, comprendió la planeación, estudio general de la entidad, marco legal aplicable, estudio y evaluación del control interno, análisis de procesos administrativos, análisis, cálculo, verificación física y documental, confirmaciones y compulsas de datos, visitas e inspección física, verificación de registros contables y la aplicación de todos los procedimientos y técnicas de auditoría que se consideraron pertinentes para obtener evidencias suficientes y competentes respecto del objetivo de la revisión.

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OCTAVO.La cuenta pública de la Comisión de Agua Potable, y Alcantarillado delMunicipio de Tecomán, Colima, del ejercicio fiscal 2014, contiene los estados financieros con las siguientes cifras:

COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE TECOMÁN, COL.ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

CONCEPTO Importe (Pesos)ACTIVOACTIVO CIRCULANTEEFECTIVO Y EQUIVALENTESEfectivo 19,500.10Bancos/ tesorería 141,167.93Bancos /dependencias y otros 6,599.31Inversiones temporales (hasta 3 meses) 1,296,093.90Fondos con afectación específica 1,319,839.49Depósitos de fondos de terceros en garantía y/o ad 15,243.04Cuentas por cobrar a corto plazo 326,779.84Deudores diversos por cobrar a corto plazo 18,753,263.79Anticipos a proveedores por adquisición de bienes y 420,300.00Anticipo a contratistas por obras públicas a corto 958,355.77TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE 23,257,143.17ACTIVO NO CIRCULANTETerrenos 1,800,056.80Infraestructura 184,896,997.90Construcciones en proceso en bienes de dominio público 10,888,868.29Mobiliario y equipo de administración 1,017,100.19Mobiliario y equipo educacional y recreativo 22,545.27Vehículos y equipo de transporte 4,139,858.21Equipo de defensa y seguridad 8,500.00Maquinaria, otros equipos y herramientas 6,000,118.57Licencias 15,000.00Otros activos intangibles 300,263.26TOTAL ACTIVO NO CIRCULANTE 209,089,308.50TOTAL ACTIVO 232,346,451.70PASIVOPASIVO CIRCULANTECuentas por pagar a corto plazo 77,144,194.69Servicios personales por pagar a corto plazo 1,306,258.95Proveedores por pagar a corto plazo 14,608,562.21Contratistas por obras públicas por pagar a corto plazo 281,611.12Transferencias otorgadas por pagar a corto plazo 857,931.32Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo 8,680,151.76

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TOTAL PASIVO CIRCULANTE 102,878,710.05TOTAL PASIVO 102,878,710.05PATRIMONIOHACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO CONTRIBUIDOAportaciones 196,720,553.50TOTAL HACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO CONTRIBUIDO 196,720,553.50HACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO GENERADOResultado del ejercicio (desahorro) -14,177,069.32Resultados de ejercicio anteriores -53,093,880.74Cambios en políticas contables 12,758.80Cambios por errores contables 5,379.42TOTAL HACIENDA PÚBLICA /PATRIMONIO GENERADO -67,252,811.84TOTAL PATRIMONIO 129,467,741.70TOTAL DE PASIVO Y PATRIMONIO 232,346,451.70

COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE TECOMÁN, COL.ESTADO DE ACTIVIDADES DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

Importe

CONCEPTO(Pesos)

INGRESOS Y OTRO BENEFICIOS

Ingresos de gestión 52,696,687.14

DERECHOS 52,637,791.41

Derechos por prestación de servicios 51,327,808.87

Accesorios de derechos 1,250,613.10

Otros derechos 59,369.44

PRODUCTOS TIPO CORRIENTE 46,643.56

Otros productos que generan ingresos corrientes 46,643.56

APROVECHAMIENTO DE TIPO CORRIENTE 12,252.17

Reintegros 12,252.17

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

Aportaciones 0.00

INGRESOS FINANCIEROS 5,367.36

Intereses ganados de valores, créditos 5,367.36

TOTAL INGRESOS 52,702,054.50

GASTOS Y OTRAS PERDIDAS

Gastos de funcionamiento 52,279,996.43

SERVICIOS PERSONALES 19,194,922.86

Remuneraciones al personal de carácter permanentemente 6,985,380.71

Remuneraciones al personal de carácter T 2,465,639.22

Remuneraciones adicionales y especiales 4,820,715.12

Seguridad social 966,267.12

Otras prestaciones sociales y económicas 3,956,920.69

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MATERIALES Y SUMINISTROS 3,115,634.96

Materiales de administración, emisión 256,561.45

Alimentos y utensilios 70,556.00

Materiales y artículos de construcción y de reparación 77,776.21

Productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio 1,422,107.50

Combustibles, lubricantes y aditivos 1,029,132.46

Vestuarios, blancos, prendas de protección 69,547.19

Herramientas, refacciones y accesorios menores 189,954.15

SERVICIOS GENERALES 29,969,438.61

Servicios básicos 8,124,496.30

Servicios de arrendamiento 120,947.06

Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios 57,132.09

Servicios financieros, bancarios y comerciales 148,983.31

Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación 9,496,364.03

Servicios de comunicación social y publicidad 360,152.71

Servicios de traslado y viáticos 15,392.41

Servicios oficiales 6,813.61

otros servicios generales 11,639,157.09

PENSIONES Y JUBILACIONES 11,845,647.99

Pensiones 1,428,839.62

Jubilaciones 10,416,808.37

OTROS GASTOS 2,753,479.40

Gastos de ejercicios anteriores 2,753,479.40

TOTAL DE EGRESOS 66,879,123.82

RESULTADO DEL EJERCICIO (AHORRO/DESAHORRO) -14,177,069.32

NOVENO. El endeudamiento reportado por la Comisión de Agua Potable, a corto plazo, es de $102´878,710.10, corresponde cuentas por pagar, Servicios Personales por pagar, Proveedores, Contratistas por Obras Públicas, Trasferencias Otorgadas y Retenciones y Contribuciones. Se desglosan de la siguiente forma:

PASIVO CIRCULANTEIMPORTE(pesos)

Cuentas por Pagar a corto plazo 77,144,194.69

Servicios Personales por pagar a corto plazo 1,306,258.95

Proveedores por pagar a corto plazo 14,608,562.21

Contratistas por Obras Publicas por pagar a corto plazo 281,611.12

Transferencias Otorgadas por pagar a corto plazo 857,931.32

Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo 8,680,151.76

SUMA 102,878,710.10

DECIMO. Asimismo, en el Informe de Resultados presentado por el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, se desglosa la siguiente información presupuestaria:

“Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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A) INGRESOS.

Los ingresos presupuestados para el ejercicio fiscal 2014, de esta comisión, fueron $58,351,848.43; autorizados por la Legislatura Local en Decreto 332, y publicado en el periódico oficial del Estado de Colima, el 30 de noviembre de 2013.

En este ejercicio fiscal, el organismo operador, obtuvo ingresos por $52,601,339.47; comparándolos con el presupuesto que fue de $58,351,848.43, se observa una disminución de ingresos de $-5,750,508.96; variación que se muestra a continuación:

COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE TECOMÁN, COL.ESTADO DE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL 2014

INGRESOS DEL PRESUPUESTO LEY DE DIFERENCIACONCEPTO EJERCICIO (pesos) INGRESOS (pesos) (pesos)

Derechos 52,542,443.74 58,263,985.43 -5,721,541.69

Productos de tipo corriente 46,643.56 87,863.00 -41,219.44

Aprovechamientos de tipo corriente 12,252.17 0.00 12,252.17

SUMA 52,601,339.47 58,351,848.43 -5,750,508.96

B) EGRESOS

El Presupuesto de Egresos de la comisión, para el ejercicio fiscal 2014, fue de $58´351,848.43, autorizado por el Consejo de Administración en la cuarta Sesión Extraordinaria del 19 de diciembre de 2013.Comparando el presupuesto con el egreso ejercido que fue de $66,051,935.97; refleja una erogación de $7,700,087.54 mayor al presupuesto originalmente autorizado; variación que se detalla a continuación:

COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE TECOMÁN, COL.ESTADO DE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL 2014

EGRESOS DEL PRESUPUESTO DIFERENCIACONCEPTO EJERCICIO (pesos) EGRESOS (pesos) (pesos)

Servicios personales 19,225,997.44 19,332,510.63 -106,513.19

Materiales y suministros 1,961,797.81 2,340,000.13 -408,202.32

Servicios generales 29,421,959.70 23,547,635.00 6,125,024.70

Transferencias, asignación, subsidios y Ayudas diversas 11,845,650.93 10,629,395.67 1,216,255.26

Bienes muebles e inmuebles 37,150.78 452,307.00 -635,856.22

Inversión publicas 805,899.91 0.00 805,899.91

Inversión financiera y otras provisiones 0.00 50,000.00 -50,000.00

Deuda publica 2,753,479.40 2,000,000.00 753,479.40

SUMA 66,051,935.97 58,351,848.43 7,700,087.54

DECIMO PRIMERO. En el Informe de Resultados, el OSAFIG, describe el alcance de la revisión en relación a la representatividad de la muestra auditada, de los ingresos y egresos del ejercicio como se detalla:

Financiero

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UNIVERSOSELECCIONADO MUESTRA REPRESENTATIVIDAD DE

CONCEPTO (pesos) AUDITADA (pesos) LA MUESTRA

INGRESOS:

Ingresos propios 58,351,848.43 47,848,515.71 82.00%

Ingresos Federales 1,287,116.48 1,287,116.48 100.00%

Municipal 8,190,000.00 7,091,100.00 86.58%

SUMA 67,828,964.91 49,135,632.19 72.44%

EGRESOS:

Recursos propios 65,591,942.34 50,473,553.87 76.95%

Obra Pública Recursos Federales 1,287,116.48 1,158,404.83 90.00%

SUMA 66,879,058.82 51,631,958.70 77.20%

Obra PúblicaCONCEPTO Y/O FUENTE DE UNIVERSO MUESTRA % DE

RECURSOS SELECCIONADO ($) AUDITADA ($) MUESTREOEGRESOS OBRA PÚBLICARECURSOS PROPIOS 805,899.91 805,899.91

SUMA: $ 805,899.91 $ 805,899.91 100%

DECIMO SEGUNDO. El resultado de la fiscalización de la cuenta pública forman parte del informe de resultados entregado a esta Comisión. Sin embargo, derivado del estatus que guarda la solventación de las observaciones, contenidas en la Cédulas de Resultados Primarios, se precisan las observaciones que el OSAFIG, considera necesarias y la imposición de sanciones administrativas por las conductas u omisiones de los servidores públicos que en ejercicio de su cargo violentaron, sea dolosa, culposa o por negligencia la normativa que regula su actividad, independientemente si causó daños o perjuicios a la hacienda pública.

Proponiendo la imposición de sanciones administrativas, que tiene por objeto suprimir prácticas que violenten, de cualquier forma, el marco normativo de la función pública. Previstas en el artículo 53, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, con relación al artículo 49 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Las cuales se relacionan a continuación:

A) ESTATUS DE OBSERVACIONESOBSERVACIONES FINANCIERAS

NÚMERORESULTAD RECOMENDACIÓ OBSERVACIO CUANTIFICACIO

REINTEGRO DESCRIPCION ESTATUSO N N N

Establecercoordinación conel H.

F1-FS/14/19 1.7 SI Ayuntamiento de AtendidaTecomán para laconsolidación dela cuenta públicaImplementar lasacciones

F2-FS/14/19 2.1 SI suficientes para Atendidafortalecer losprocesosoperativos del

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OrganismooperadorCumplir entiempo y formacon la remisión

F3-FS/14/19 2.2 SI de sus cuentas Atendidapúblicas alCongreso delEstadoJustificar elincumplimiento al

F4-FS/14/19 2.3 SIprecepto de ley Noal no haber

solventadasesionadomensualmente elConsejoInformar sobre

F5-FS/14/19 3.2 SI las sumas del SolventadapresupuestoInstrumentar lasmedidas

F6-FS/14/19 3.4 SI necesarias para Atendidaelevar larecaudación deIngresosLos ingresos no sedepositan al díahábil siguiente deser recaudados,

F7-FS/14/19 8.3.1 SI 184,336.37lo que originó Norecargos por solventadadepósitosextemporáneospor el importeseñaladoJustificardocumentalmente sobredescuentos atrabajadores

NoF8-FS/14/19 8.13 SI 339,906.90

sindicalizados o asus conyuges por solventadael Servicio deAgua Potable yAlcantarillado, oen su caso realiceel reintegroJustificardiferencias enrelación a los

F9-FS/14/19 12.1 SI 20,313,801.36depósitos Norealizados de la solventadacobranza diaria ylos registroscontablesRegistrar en

F10-12.1 SI 1,287,116.48

Ingresos los No

FS/14/19recursos recibidos

solventadadel programaApazuExhibir las

F11-20.6 SI

autorizaciones ParcialmentFS/14/19 del Consejo de e solventada

Administración

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para realizar lasmodificacionespresupuestalesde egresosExhibir pólizas de

F12-22.1 SI

cheque con ParcialmentFS/14/19 documentación e solventada

comprobatoriaJustificar pagosde serviciosprofesionales

F13- para desarrollar21.3 SI 100,000.00 proyecto de Solventada

FS/14/19 análisis dedisminución decostos de energíaeléctricaInformar yjustificardocumentalmente sobre el

F14- 21.3 ySI

contrato de ParcialmentFS/14/19 23.20 asesoría fiscal e solventada

para promovermedios dedefensa ante elSATDiferencia de 22trabajadores en

F15-22.1 SI

nómina en NoFS/14/19 cantidad mayor a solventada

su plantillaautorizadaJustificar pago endemasía a

F16-22.2.1 SI 253,998.52

trabajadores, o NoFS/14/19 en su caso solventada

realizar elreintegroExhibirdocumentación

F17-22.2.2 SI

que acredite el No

FS/14/19alta de 4

solventadatrabajadores en lanómina desindicalizadosJustificardocumentalmente la relaciónlaboral de 2

F18-22.3 SI 13,870.89

personas, que no NoFS/14/19 se encontraron solventada

en nomina o porcontrato o en sucaso realice elreintegroExhibirdocumentación

F19-22.4 SI 23,000.00

comprobatoria de NoFS/14/19 pagos de nómina, solventada

o en su casorealice elreintegro

F20- 22.6.1 SI Exhibir convenio Parcialment

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FS/14/19 de prestaciones e solventadasindicales para el2014Justificar pago en

F21-22.6.2 SI 25,146.13

demasía de bono No

FS/14/19de antigüedad, o

solventadaen su caso realiceel reintegroExhibirexpediente odocumento queacredite la

F22-22.6.3 SI 3,380.78

antigüedad de un NoFS/14/19 trabajador y solventada

justifique pago endemasía, o en sucaso realice elreintegroJustificar legal ydocumentalmente la antigüedad

F23-de 2 trabajadores

No22.6.4 SI 68,212.77 por el pago del

FS/14/19 Bonode retiro solventada

por jubilación, oen su caso realiceel reintegroJustificar pago en

F24- demasía de NoFS/14/19 22.6.5 SI 285,785.03 aguinaldo, o en solventada

su caso realizarreintegroJustificar pago en

F25- demasía de bono NoFS/14/19 22.6.6 SI 104,542.47 de juguetes, o en solventada

su caso realizarreintegroJustificar pago en

F26-demasía de

No22.6.7 SI 120,574.76 canasta básica, oFS/14/19 en su caso solventada

realizar reintegroJustificar pago en

F27-22.13.1 SI 20,957.39

demasía de No

FS/14/19canasta navideña,

solventadao en su casorealizar reintegroJustificar pagosindebidos de

F28-22.13.2 SI 7,343.81

cuotas obrero NoFS/14/19 patronales , o en solventada

su caso realizarreintegroJustificar la faltade sesiones del

F29- comité de23.2 SI compras en 2 Solventada

FS/14/19 meses deconformidad consu Reglamento

F30- 23.6 y 21.4 SI 4,000.00 Justificar compra SolventadaFS/14/19 de 2 bicicletasF31-

23.7 SI 38,143.12Justificar

SolventadaFS/14/19 procedimiento de

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adquisición porcompra detransformadorExhibir factura,

F32-23.11 SI 180,300.00

contrato y ParcialmentFS/14/19 procedimiento de e solventada

adjudicaciónJustificar

F33-41.2 SI

depósitos en ParcialmentFS/14/19 conciliación del e solventada

2012 y 2013Informar sobre

F34-41.3 SI

registros no Parcialment

FS/14/19correspondidos

e solventadaen conciliacionesbancariasInformar sobrelas accionesimplementadas

F35-41.14.1 SI

para la ParcialmentFS/14/19 recuperación de e solventada

saldos decuentas porcobrarJustificar cuentaspor cobrar a corto

F36-41.14.2 SI

plazo con saldo ParcialmentFS/14/19 contrario a su e solventada

naturalezacontableInformar sobrecuentas de pasivoprovenientes deejercicios

F37-43.1 SI

anteriores, que ParcialmentFS/14/19 no presentaron e solventada

movimientosdurante elejercicio fiscal2014Exhibir estadosde cuentabancarios en los

F38- cuales se reflejenSolventada43.2 SI 1,490,000.00 los depósitos

FS/14/19 realizados porpréstamos del H.AyuntamientorecibidosRecomendacione

F39-50 SI

s con respecto aAtendidaFS/14/19 la armonización

contable

39 6 33 24,310,273.64554,143.14

OBSERVACIONES OBRA PÚBLICA

IMPORTE NÚMERO RESULTAD RECOMENDACI OBSERVACI CUANTIFICACI REINTEGR D E S C R I P C I ESTATUSCUENTA O ÓN ÓN ÓN O Ó NPÚBLICAObservaciones

generales

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Se recomiendaintegrar losexpedientes deobracompletos en

OP1- 26.5 SÍcuanto a ladocumentació ATENDIDA

FS/14/19 n técnica ycomprobatoriaal término delejercicio fiscalcorrespondiente.RECURSOSPROPIOSEquipamientodel pozoprofundo en elFraccionamiento Real delBosque

805,899. OP2- SÍ(equipamientoy cloración,

91 FS/14/19 electrificación,malla ciclónicaperimetral ylínea dealimentación)en Tecomán,Col.Justificar lainversión porparte delGobiernoMunicipal pararesolver la

7.5, 7.9 1,171,833.64necesidad de NOagua potable SOLVENTADAen unfraccionamiento donde sedebió proveerde dicha obrapor parte delpromotor.

OP3- SÍFS/14/19

Exhibirproyecto,catálogo deconceptos ypresupuestocon anexos desoporte,

26.6especificacione NOs técnicas SOLVENTADAparticulares,normas decalidad,estudiostécnicoscorrespondientes actualizadosy programa de

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ejecuciónelaborados porladependencia.Exhibirpermisos,licencias y/o

26.7dictámenes NOavalados por la SOLVENTADAautoridadcorrespondiente.Presentar losanexos de

26.12soporte del NOmismo y SOLVENTADApresupuestodel contratista.Presentar elcontratodebidamente

26.13avalado con lasfirmas del SOLVENTADADirectorGeneral de laCOMAPAT ydel contratista.Presentar loscuadros

26.14comparativos

NOdonde seconstate la SOLVENTADAevaluación delas propuestas.Exhibirevidencia deacreditar demanerasuficiente loscriterios en losque sesustenta laexcepción, a

26.15fin de asegurar NOpara la entidad SOLVENTADAlas mejorescondicionesdisponibles encuanto aprecio, calidad,financiamiento, oportunidad ydemáscircunstanciaspertinentes.Justificar elhecho de quelas facturas de

26.16.1las cuatro NOestimaciones

SOLVENTADApresentadasno se aplicaronlas retencionesconsignadas en

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la cláusulavigésimaprimera delcontrato deobra.Presentar lascuatroestimacionesde obrafirmadas por el

26.16.2DirectorGeneral de la SOLVENTADACOMPAT, elDirectorOperativo y elSubdirector deObras yProyectos.Presentar lagarantía por

26.17cumplimiento

NOasí como lagarantía contra SOLVENTADAlos viciosocultos.Presentar delasestimaciones

26.18.1de obra los NOnúmeros SOLVENTADAgeneradores,croquis yfotografías.Presentar ladocumentacióncomprobatoriaque respalde laejecución delos tresconceptospagados de laestimación doscomo son:media tensión–subcontratado-

26.18.2237,288.8 “, con un PARCIALMENT

4monto de E$132,976.02 SOLVENTADAmás IVA =$154,252.16;el concepto“red de bajatensión –subcontratado-“ con unmonto de $58,410.02 másIVA = $67,755.62;concepto“trámite deAnte UVIE –

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subcontratado-“ con unmonto de $13,173.33 másIVA =15,281.06.Exhibir labitácora deobra, elfiniquitocorrespondiente, los planos

26.21correspondient PARCIALMENTes a la Econstrucción SOLVENTADAfinal, memoriafotográfica deldesarrollo dela obra y losmanuales deoperación.Presentar elacreditamiento

26.22de la NOpropiedad SOLVENTADAdonde serealizó la obra.Presentarevidencia de lainstalación yoperación del PARCIALMENT

26.23.1 tanque ERotoplas de SOLVENTADA400 litros,pagado por unmonto de $1,956.09.Presentarevidencia en laobra de laejecución delconcepto“Suministro e

116,475.1instalación de

26.23.2manguera para NO

3 electronivel” SOLVENTADApagado enestimación 3,con un preciode$ 100,409.60más IVA = $116,475.13.Justificar ladiferencia de$236,989.72entre lo

26.29 236,989.72documental PARCIALMENTpor un monto Ede $ SOLVENTADA1,171,833.61 yen la cuentapública de $805,899.91

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más IVA = $934,843.89.

805,899. 3 18 1 2 1,408,823.36353,763.9

91 7

La interpretación del contenido de las columnas en el Estatus de Observaciones Financieras es la siguiente:

NUMERO: es número consecutivo de resultado precedido de la letra F, en financiero; RF, en el caso de recursos federalizados; DU, en desarrollo urbano, y OP en obra pública. Después del número la letra FS que indica fiscalización superior, diagonal y los dos últimos números del año del ejercicio auditado, diagonal y el número de auditoría asignado a esa entidad en expediente.

RESULTADO: corresponde al número de procedimiento asignado por el OSAFIG de la aplicación de Procedimientos para la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas Ejercicio Fiscal 2014.

RECOMENDACIÓN: derivado de la revisión en la aplicación del procedimiento referido el resultado es una recomendación SÍ o NO.

OBSERVACIÓN: derivado de la revisión en la aplicación del procedimiento referido el resultado es una acción con observación que la entidad deberá atender SÍ o NO.

CUANTIFICACIÓN: se refiere al importe del concepto revisado y valorado. REINTEGRO: importes cuya acción implica depositar en la cuenta bancaria de la

entidad la cantidad señalada. Los importes que se presentan en la columna en caracteres negros son reintegros efectivos y los de caracteres en rojo, indican que a la fecha del presente informe no había exhibido por el ente auditado, a este Órgano de Fiscalización, el depósito correspondiente.

Los importes de la columna CUANTIFICACIÓN y REINTEGROS, no necesariamente implicaron recuperación de recursos por presuntos daños o perjuicios, o ambos, a la hacienda pública, y fueron sujetas a las aclaraciones requeridas.

DESCRIPCIÓN: síntesis de la observación por omisión o acción señalada de cumplimiento por parte de la entidad.

ESTATUS: significa el estado que guarda la observación o recomendación a la fecha del presente informe.

B) PRESUNTAS IRREGULARIDADES

Las observaciones no solventadas o solventadas parcialmente o no solventadas en el plazo concedido o con la formalidad requerida; forman parte de este Informe de Resultados entregado a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, del H. Congreso del Estado, conforme a lo previsto en los artículos 15, fracción IV, 16, 27, 34, 35 y 36, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.En los términos de los artículos 24, 25, 26 y 27, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y derivado del estatus que guarda la solventación de las observaciones, contenidas en las Cédulas de Resultados Primarios, se precisan las observaciones que el OSAFIG, considera necesaria la imposición de sanciones administrativas por las conductas u omisiones de los servidores públicos que en ejercicio de cargo violentaron, sea dolosa, culposa o por negligencia la normativa que regula su actividad, independientemente si causó daños o perjuicios a la hacienda pública. Proponiendo la imposición de sanciones administrativas, que tiene por objeto suprimir prácticas que violente, de cualquier forma, el marco normativo de la función pública. Previstas en el artículo 53, fracciones II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, con relación al artículo 49 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Las cuales se relacionan:

NÚMERO RESUL CUANTIFICACIÓN REINTEGRO DESCRIPCIÓN ESTATUS PRESUNCIÓN SANCIÓN PROPUESTA

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TADO DE RESPONSABILIDAD

Domingo RodríguezServin; DirectorAdministrativo

I.- AmonestaciónPública, Por laomisión deldepósito bancariode los ingresos aldía hábil siguiente,reflejando losingresos conretraso.II.- SanciónEconómica,equivalente a$184,336.37resultante de aplicarla tasa del 2.255

Por la omisión del mensual por ladepósito bancario de tardanza.los ingresos al día hábilsiguiente, reflejandolos En incumplimientoingresos con retraso de Ley de Ingresos del

F7- 8.3.1un día suman

NoAdministrativ Municipio de

184,336.37 $2’578,256.25, lo cual a y Sanción Tecomán, artículosFS/14/19 se considera como Solventada económica 2 y 6; Ley de

retraso tolerable, más Presupuesto,no justificable; los Contabilidad yretrasos mayores a un Gasto Públicodía suman Municipal artículo$17’814,950.27. 54 y Código Fiscal

Municipal delEstado, artículos 9,23, 25, 31fracciones I y II, 35 y51 fracción II, Leydel Municipio Libreartículo 72 fracciónII y IX, Ley Generalde ContabilidadGubernamental,artículos 37, 34, 42.

Sanciones previstasen el artículo 49fracciones II y V dela Ley Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicosDomingo Rodríguez

Por omitir entregar para Servin; Directorsu fiscalización superior Administrativodurante el proceso de

AmonestaciónF12-

auditoría 76 pólizas conParcialmente Administrativ

I.-22.1 su documentación Pública, por omitir

FS/14/19 comprobatoria, de las solventada a entregar para sucuales del proceso de fiscalizaciónconfronta se omitió la superior las pólizasentrega de 17 pólizas. requeridas.

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En incumplimientoal artículo 17, incisoa, fracción XIII, de laLey de FiscalizaciónSuperior del Estado.Sanción prevista enel artículo 49fracción II de la LeyEstatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos

F24. Por reincidir enefectuar pago endemasía por$285,785.03, por laprestación de

Domingo Rodríguez“Aguinaldo” pagado alpersonal sindicalizado Servin; Directoren la 1° quincena de Administrativodiciembre 2014, de la

I.- Amonestacióncuenta bancariaBanbajío90000357570. Pública;Por efectuarObservado en el pagos porejercicio fiscal 2013 con conceptos nonúmero F46-FS/13/01, contemplados en elNO SOLVENTADA, convenio deestatus al 30 de prestaciones deseptiembre 2014. Gobierno delTomando como base Estadocon el cual sedel cálculo el sueldo, homologaron.canasta básica, ayuda

En incumplimiento apara transporte, ayudapara renta, previsión lo previsto Conveniosocial múltiple y General de

F24- 22.6. quinquenio, aún cuando prestaciones deFS/14/19 5 en oficio número Gobierno del EstadoF25- 22.6. 0451/2014 de fecha 14 No Administrativ al Sindicato,FS/14/19 6 de abril de 2014 solventada a firmado el 12 deF26- 22.6. exhibido, señalan que noviembre de 1997FS/14/19 7 las prestaciones en el punto 5, Oficio

anualizadas se harán en 451/2014 del 14 delas mismas condiciones abril de 2014. Leyque lo otorga el de los Trabajadoresconvenio general de al Servicio delprestaciones de Gobierno,Gobierno del Estado a Ayuntamientos ysus trabajadores, y éste Organismossolo incluye los Descentralizadosconceptos de sueldo, del Estado desobresueldo y Colima, artículo 67.quinquenio.F25. Por efectuar pago Sanción prevista enen demasía del “Bono el artículo 49de Juguetes” pagado al fracción II de la Leypersonal sindicalizado Estatal deen la 1° quincena de Responsabilidadesdiciembre de 2014 se de los Servidoresobserva pago en Públicosdemasía por$104,542.47, de lacuenta bancariaBanbajío 90000357570,ya que consideraron

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como base del cálculo elsueldo, canasta básica,ayuda para transporte,ayuda para renta,previsión social múltipley quinquenio, aúncuando en oficionúmero 0451/2014 defecha 14 de abril de2014 exhibido, señalanque las prestacionesanualizadas se harán enlas mismas condicionesque lo otorga elconvenio general deprestaciones deGobierno del Estado asus trabajadores, y éstesolo incluye losconceptos de sueldo,sobresueldo yquinquenio.F26. Por efectuar pagoen reincidencia de“CanastaNavideña”.Observadoen el ejercicio fiscal2013 con número F46-FS/13/01, NOSOLVENTADA, estatus al30 de septiembre 2014,pagado al personalsindicalizado en laprimer quincena dediciembre 2014, seobserva un pago endemasía por$120,574.76 ya que elcálculo de estaprestación se realizócon todas las conceptosy según oficio número0451/2014 de fecha 14de abril de 2014exhibido, señalan quelas prestacionesanualizadas se harán enlas mismas condicionesque lo otorga elconvenio general deprestaciones deGobierno del Estado asus trabajadores, y éstesolo incluye losconceptos de sueldo,sobresueldo yquinquenio.

OBRA PÚBLICAObra: Equipamiento del Juan Rosales

OP3- 26.23 116,475.13 pozo profundo en el No Administrativ Barreto. DirectorFS/14/19 .2 Fraccionamiento Real solventada a y sanción Operativo

del Bosque económicaI.- Amonestación(equipamiento y

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cloración, Pública;Por efectuarelectrificación, malla el pago referente alciclónica perimetral y suministro e

línea de alimentación)instalación de

en Tecomán, Col. manguera para“electronivel” con

Por efectuar el pago un costo dereferente al suministro $116,475.13 pagadoe instalación de en estimación 3manguera para (tres).“electronivel” con un

II.- Sancióncosto de $116,475.13pagado en estimación 3 Económica;(tres) concepto que fue equivalente al pagocobrado por el de $116,475.13,contratista y no concepto que fueejecutado dentro de los cobrado por eltrabajos que le fueron contratista y noencomendados ya no se ejecutado.comprueba larealización del mismo. En incumplimiento a

lo previsto LeyEstatal de ObrasPúblicas Verificaciónfísica: Ley deFiscalizaciónSuperior, artículo 17inciso a) fracción XX;Obras concluías yoperando: artículos64, 68 y cláusulasdel contrato. Obraspor administración:artículos 72; Calidadde los trabajos:artículo 76.Reglamento Interiorde la ComisiónMunicipal de AguaPotable yAlcantarillado delMunicipio deTecomán, artículo32, fracción IISanciones previstasen el artículo 49fracciones II y V dela Ley Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos

DECIMO TERCERO. El hoy Titular del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, L.A.F. Carlos Armando Zamora González, nombrado por el H. Congreso del Estado, por un periodo de 7 años, mediante acuerdo numero 50, el día 28 de agosto, de la anualidad que transcurre. Turnó mediante oficio 372/2015 del 28 de Septiembre del 2015, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, el Informe de Resultados de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima correspondiente a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014, radicada bajo expediente número (XVII) FS/14/19.

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Motivo por el que los diputados integrantes de esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, nos reunimos con el titulardel OSAFIG, para conocer el Informe de Resultados y el estatus de las observaciones solventadas, las parcialmente solventadas o no solventadas, la cuantificación de las mismas, los reintegros efectivos y los pendientes de realizar, las observaciones de cumplimiento normativo y las acciones implementadas por las recomendaciones generadas.

DECIMO CUARTO. Una vez analizadas el estatus que guardan las observaciones que se describen en el considerando DECIMO SEGUNDO, las propuestas de presunta responsabilidad administrativa y las propuesta de sanciones que realizó el OSAFIG, el Presidente de esta Comisión Diputado. Miguel Alejandro García Rivera, con fundamento en el artículo 34, párrafo tercero de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, le solicito al Órgano de Fiscalización la siguiente información;

• Especificar si las observaciones previstas en el Informe de Resultados, que manejan Estatus, NO SOLVENTAS o PARCIALMENTE SOLVENTADAS, y no fueron sujetas a promoción de Acciones, como presuntas responsabilidades, pueden ser sujetas a determinación de probables sanciones administrativas y económicas.

• Ampliar la información respecto si las observaciones previstas en el Informe de Resultados, que manejan Estatus, NO SOLVENTAS o PARCIALMENTE SOLVENTADAS y no fueron sujetas a promoción de Acciones, y en su caso, en plena jurisdicción, determine en alcance del Informe de Resultados, la presunta responsabilidad administrativa y la Determinación de daños y perjuicios, de el o los servidores públicos responsables en los actos u omisiones observados y no sancionados; y

• Del apartado B) denominado “PRESUNTAS IRREGULARIDADES” de la fracción VII “PROMOCIÓN DE ACCIONES”, del Informe de Resultados, se advierte, que solamente se considera necesaria la imposición de sanciones administrativas a diversas conductas o acciones NO SOLVENTADAS o PARCIALEMNTE SOLVENTADAS. Por lo que, le solicitó especificar el criterio utilizado para la determinación de dichas proporciones

DECIMO QUINTO. Como resultado de la consulta realizada al OSAFIG, que se describe en el punto anterior, se tiene como resultado, propuestas de nuevas sanciones administrativas, por imponer, las cuales tienen por objeto suprimir prácticas que violenten de cualquier forma, el marco normativo de la función pública, previstas en el artículo 53, fracciones II, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, con relación al artículo 49 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sanciones que se describen en la siguiente tabla:

RESU PRESUNCIÓNCUANTIFICACIÓ DE SANCIÓNNÚMERO LTAD REINTEGRO DESCRIPCIÓN ESTATUSN RESPONSA PROPUESTA

OBILIDAD

Domingo RodríguezServin; Director

Por la omisión del Administrativodepósito bancario de

Amonestaciónlos ingresos al día hábil I.-siguiente, reflejando Pública, Por lalos ingresos con retraso omisión del

F7-8.3.1 184,336.37

de un día suman No Administrativ depósito bancario

FS/14/19$2’578,256.25, lo cual

Solventadaa y Sanción de los ingresos al

se considera como económica día hábil siguiente,retraso tolerable, más reflejando losno justificable; los ingresos conretrasos mayores a un retraso.día suman II.- Sanción$17’814,950.27. Económica,

equivalente a$184,336.37

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resultante deaplicar la tasa del2.255 mensual porla tardanza.

En incumplimiento Ley de Ingresos del Municipio de Tecomán, artículos 2 y 6; Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal artículo 54 y Código Fiscal Municipal del Estado, artículos 9, 23, 25, 31 fracciones I y II, 35 y 51 fracción II, Ley del Municipio Libre artículo 72 fracción II y IX, Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 37, 34, 42.

Sanciones previstasen el artículo 49fracciones II y V dela Ley Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicosIng. FranciscoRafael Fajardo

Por otorgar el 50% Cuellar; DirectorGeneraldescuentos por el I.- AmonestaciónServicio de Agua Pública, Por otorgarPotable y Alcantarillado descuentos nosobre la cuota mínima contemplados en laal personal Ley.Sindicalizado y a II.- Sancióncónyuges de estos, del Económica,Ayuntamiento, equivalente aCOMAPAT y DIF, lo que $339,906.90 por losgenero un descuento daños nototal de Administrativ

F8- No recaudados por el8.13 339,906.90 $339,906.90, según a y sanciónFS/14/19 relación y recibos Solventada. económica otorgamiento de

exhibidos. Descuento descuentos noprevistos en la leyno previsto en la Ley tarifaria aprobadaque Establece las por el Congreso delCuotas y Taridas paraEstado.el Pago de Derechos

por los Servicios En incumplimientoPúblicos de Agua a la ConstituciónPotable, Alcantarillado Política del Estadoy Saneamiento del Libre y Soberano deMunicipio de Tecomán, Colima en suColima. artículo 87 inciso c),

Ley de Haciendapara el Municipio de

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Tecomán, artículo 2,Ley que Establecelas Cuotas y Taridaspara el Pago deDerechos por losServicios Públicos eAgua Potable,Alcantarillado ySaneamiento delMunicipio deTecomán, Colima,artículos 41, 42 y 43

Sanciones previstasen el artículo 49fracciones II y V dela Ley Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicosA los C.C. Ing.Francisco RafaelFajardo Cuellar;Director General yC.P Domingo

Por omitir justificar la Rodríguez Servin;Directordiferencia deAdministrativo$20,313,801.36,

observada por el I.-Inhabilitación porOSAFIG, entre los 5 añosparareportes de caja desempeñarexhibidos por el ente empleos, cargosauditable por comisiones en el$82`327,651.70 contra servicio público; porlos depósitos no justificar lacotejados en los diferencia deestados de cuenta

ingresosentr

e elbancarios de las reporte de caja y losdiferentes cuentas depósitos bancariosbancarias que Administrativexistentes.F9- $20,313,801. ascendieron a No a y sanción

12.1 $62`013,850.34 ; económicaFS/14/19 36 Solventada.y

Sanción económicadeterminándose la directa Directa al C. C.Pdiferencia observada la subsidiaria Domingo Rodríguezcual no fue solventada Servin; Directorpor la entidad pública, Administrativo yal remitir reportes con subsidiaria al Ing.cantidades distintas a Francisco Rafaellas entregadas en el Fajardo Cuellar;desarrollo de la Director General,auditoría y en vista de consistente ensu inexistencia en las $20’313,801.36 nocuentas bancarias justificado enautorizadas del

depósitoentr

e elorganismo operador se reporte de caja y losdetermina como depósitos de losprobable daño al erario estados de cuentapúblico. bancarios.

En incumplimientoal contenido delartículo 33, fracciónXLI y 107 de la

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Constitución Políticadel Estado Libre ySoberano deColima; articulo 2 y6 de Ley deHacienda para elMunicipio deTecomán; artículos2, 35, 34, 42, 43 LeyGeneral deContabilidadGubernamental.artículos 27,fracciones I y II, 28 y30 Reglamentointerior de laComisión de AguaPotable yAlcantarillado delMunicipio deTecomán,

Sanciones previstasen el artículo 49fracciones V y VI dela Ley Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos, conrelación al 55,fracciones I y II de laLey de FiscalizaciónSuperior del Estadode Colima.C.P DomingoRodríguez Servin;DirectorAdministrativoI.- Amonestación

Por omitir registrar Pública, por omitircontablemente a la registrarcuenta de ingresos de contablemente losla Comisión de Agua ingresos recibidosPotable y Alcantarillado del programa

F10- del Municipio de No Administrativ APAZU. En12.1 1,287,116.48 Tecomán, recursos incumplimiento alFS/14/19 solventada a

financieros por artículo 2, 35, 34,$1’287,116.48 del 42, 43 Ley Generalprograma Apazu, de Contabilidaddepositados en la Gubernamental.cuenta bancaria Sanción prevista enBanorte 0654688494. el artículo 49

fracción II de la LeyEstatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos.

Por omitir entregar C.P. Domingopara su fiscalización Rodríguez Servin;

F12-superior durante el

Parcialmente AdministrativDirector

22.1 proceso de auditoría 76 AdministrativoFS/14/19 pólizas con su solventada a

Amonestacióndocumentación I.-comprobatoria, de las Pública, por omitir

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cuales del proceso de entregarpara su

confronta se omitió la fiscalizaciónentrega de 17 pólizas. superior las pólizas

requeridas.En incumplimientoal artículo 17, incisoa, fracción XIII, de laLey de FiscalizaciónSuperior del Estado.Sanción prevista enel artículo 49fracción II de la LeyEstatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos

Por realizar pagos en A los C.C. Ing.demasía diversos Francisco Rafaeltrabajadores, que al ser Fajardo Cuellar;comparados los Director General ydepósitos de las C.P Domingodispersiones bancarias Rodríguez Servin;contra los recibos de Directornóminas del ejercicio Administrativo,2014, se observó que, a José Guadalupetravés de Rodrígueztransferencias Plascencia,bancarias de las Subdirector decuentas Banorte Recursos Humanos060899436 y Banbajío y Materiales121365600101, se

I.-Inhabilitación porrealizaron pagos endemasía a diferentes 1 añoparatrabajadores por desempeñar$253,998.52, ya que los empleos, cargosimportes reportados en comisiones en ellas nóminas exhibidas servicio público; porson menores a las no justificar ladispersiones bancarias Administrativ diferencia entre el

F16- 22.2. realizadas. No reporte de caja y los111,348.23la

as y sanciónFS/14/19 1 pretendiendo solventada

económicadepósitos bancarios

entidad auditada existentes.justificar que dichospagos derivan de parte II.- Sanciónproporcional del económica Directaaguinaldo de 2013, sin al C. C.P Domingoembargo, los importes Rodríguez Servin;presentados por los Directorauditados no son Administrativo ycoincidentes entre los José Guadalupemontos de los importes Rodríguezseñalados como en Plascencia,demasía, de igual Subdirector deforma, el concepto de Recursos Humanospago argumentado, no y Materialesyse encontró subsidiaria al Ing.provisionado. Teniendo Francisco Rafaelevidencia esta entidad Fajardo Cuellar;de fiscalización Director General,superior del pago y los consistente enimportes realizados por $111,348.23 noconcepto de aguinaldo justificado el pagodel 2013, lo que arrojó en demasíala diferencia observada realizado a los

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como pago en demasía diversostrabajadores bajoun concepto depago deaprovisionado.

En incumplimientoal contenido del 107de la ConstituciónPolítica del EstadoLibre y Soberano deColima; Ley delMunicipio Libre delEstado de Colimaartículo 72, incisosVIII, y artículos 27,fracciones I y II, 28 y30 Reglamentointerior de laComisión de AguaPotable yAlcantarillado delMunicipio deTecomán,

Sanciones previstasen el artículo 49fracciones V y VI dela Ley Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos, conrelación al 55,fracciones I y II de laLey de FiscalizaciónSuperior del Estadode Colima

De la revisión a las C.P Domingodispersiones de la Rodríguez Servin;cuenta Banorte Director0630899436 pago Administrativo

nómina de confianza yI.-Amonestaciónlas nóminas del

personal de confianzaPública; por omitir

de la COMAPAT, se aprovisionar losobservó la pagos realizados.transferencia de$13,870.89, a dos En incumplimientopersonas que no se al contenido de Ley

F18-localizaron en nómina,

NoAdministrativ del Municipio Libre

22.3 13,870.89 ni exhibieron los as del Estado deFS/14/19 contratos respectivos o solventada Colima artículo 72,

las actividades inciso VIII; Ley derealizadas. Señalado el Presupuesto,

ente auditable que Contabilidad ycorresponde a pago de Gasto Publico

ejercicio 2013, sin Municipal artículoremitir la evidencia de 34; Reglamento

la relación laboral. sin Interior de laembargo, en los COMAPAT, artículo

archivos del OSAFIG se 30.acreditó la relaciónlaborar en el ejercicio Sanción prevista enfiscal 2013 el artículo 49

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F24- 22.6.FS/14/19 5F25- 22.6.FS/14/19 6F26- 22.6.FS/14/19 7

fracción II de la LeyEstatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos.

F24. Por reincidir enefectuar pago endemasía por$285,785.03, por laprestación de“Aguinaldo” pagado alpersonal sindicalizadoen la 1° quincena dediciembre 2014, de la Domingo Rodríguezcuenta bancaria Servin; DirectorBanbajío

Administrativo90000357570.Observado en el I.- Amonestaciónejercicio fiscal 2013 Pública;Por efectuarcon número F46- pagos porFS/13/01, NO conceptos noSOLVENTADA, estatus contemplados en elal 30 de septiembre convenio de2014. prestaciones deTomando como base Gobierno del Estadodel cálculo el sueldo, con el cual secanasta básica, ayuda

homologaron.para transporte, ayudapara renta, previsión En incumplimientosocial múltiple y a lo previstoquinquenio, aún Convenio Generalcuando en oficio de prestaciones denúmero 0451/2014 de Gobierno del Estadofecha 14 de abril de

No Administrativ al Sindicato,2014 exhibido, señalanque las prestaciones solventada a firmado el 12 deanualizadas se harán noviembre de 1997

en el punto 5, Oficioen las mismas 451/2014 del 14 decondiciones que lo abril de 2014. Leyotorga el convenio de los Trabajadoresgeneral de al Servicio delprestaciones de Gobierno,Gobierno del Estado a Ayuntamientos ysus trabajadores, y éste Organismossolo incluye los Descentralizadosconceptos de sueldo, del Estado desobresueldo yColima, artículo 67.quinquenio.

F25. Por efectuar pago Sanción prevista enen demasía del “Bono el artículo 49de Juguetes” pagado al fracción II de la Leypersonal sindicalizado Estatal deen la 1° quincena de Responsabilidadesdiciembre de 2014 se de los Servidoresobserva pago enPúblicosdemasía por

$104,542.47, de lacuenta bancariaBanbajío 90000357570,ya que consideraroncomo base del cálculoel sueldo, canastabásica, ayuda paratransporte, ayuda para

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renta, previsión socialmúltiple y quinquenio,aún cuando en oficionúmero 0451/2014 defecha 14 de abril de2014 exhibido, señalanque las prestacionesanualizadas se haránen las mismascondiciones que lootorga el conveniogeneral deprestaciones deGobierno del Estado asus trabajadores, y éstesolo incluye losconceptos de sueldo,sobresueldo yquinquenio.F26. Por efectuar pagoen reincidencia de“Canasta Navideña”.Observado en elejercicio fiscal 2013con número F46-FS/13/01, NOSOLVENTADA, estatusal 30 de septiembre2014, pagado alpersonal sindicalizadoen la primer quincenade diciembre 2014, seobserva un pago endemasía por$120,574.76 ya que elcálculo de estaprestación se realizócon todas lasconceptos y segúnoficio número0451/2014 de fecha 14de abril de 2014exhibido, señalan quelas prestacionesanualizadas se haránen las mismascondiciones que lootorga el conveniogeneral deprestaciones deGobierno del Estado asus trabajadores, y éstesolo incluye losconceptos de sueldo,sobresueldo yquinquenio.

Se verificaron pagos en A los C.C. Ing.el ejercicio 2014, por Francisco Rafael

F32-23.11 $200,300.00

$180,300.00 realizados Parcialmente Sanción Fajardo Cuellar;

FS/14/19al proveedor

Solventaadministrativ Director General.

Consultoría Legal a y EconómicaI.-Inhabilitación porTributaria e Industrial,

S.C., observándose que 1 añopara

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las pólizas de cheque desempeñarno contienen el empleos, cargoscomprobante fiscal en comisiones en elel cual se señale el servicio público; porconcepto de pago, ni no acreditar laen las pólizas se detalla debidael concepto de pago; funcionalidad elademás no exhiben el Sistema Comercialcontrato debidamente por el cual realizófirmado. Asimismo se pagos.observa que dichoSistema Comercial no II.- Sanciónse encuentra Económica,operando, debido a consistente enque aun expiden las $200,300.00 nopólizas de Ingresos son acreditadosexpedidas por elsistema INDETEC. En incumplimientoEn el transcurso de la al contenido del 107auditoría exhibieron la de la Constituciónfactura 11 por un Política del Estadoimporte de Libre y Soberano de$620,600.00, la cual no Colima; Ley deltiene fecha y cuya Municipio Libre delvigencia se encuentra Estado de Colimavencida desde el 8 de artículo 72, incisosseptiembre de 2013. VIII, y artículos 27,Por lo que, deberá fracciones I y II, 28 yreintegrar a la hacienda 30 Reglamentomunicipal el total de interior de lalos pagos realizado, Comisión de Aguaintegrados por Potable y$180,300.00 y Alcantarillado del$20,000.00 de anticipo Municipio deque señala en su Tecomán,respuesta

Sanciones previstasen el artículo 49fracciones V y VI dela Ley Estatal deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos, conrelación al 55,fracciones I y II de laLey de FiscalizaciónSuperior del Estadode Colima

OBRA PÚBLICA

Por la ejecución con A los C.C. Ing.recursos de la Francisco RafaelCOMAPAT de la Fajardo Cuellar;Construcción de Director General.obras de drenaje y

OP2-7.5,

alcantarillado.No

Administrativ I.-Inhabilitación por“Equipamiento delFS/14/1 1,171,833.64 a y Sanción 1 añopara

77.9 pozo profundo en el solventada Económica desempeñarFraccionamiento

empleos, cargosReal del Bosquecomisiones en el(equipamiento yservicio público; porcloración,

electrificación, malla no acreditar laciclónica perimetral y debida

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línea de funcionalidad elalimentación) en Sistema ComercialTecomán, Col.” No. por el cual realizóCOMAPAT-INV3P- pagos.RP-001-2014

inversión realizadaII.- SanciónEconómica,con un monto consistente en$1,171,833.64 para$1,171,833.64, deresolver el problemalos recursosdel abastecimientodestinados a ladel agua potable enejecución de losel fraccionamiento

Real del Bosque, se trabajos de obracuestiona la inversión que no lerealizada en un corresponde a ladesarrollo donde el COMAPATpromotor tiene laobligación de En incumplimientoresolver dicha al contenido denecesidad para sus los artículos 276,habitantes ya que si 277, 286, y 287 lael Organismo Ley deoperador no está en Asentamientoscondiciones de Humanos delresolver el Estado de Colima.abastecimiento delagua, el promotor del Sancionesfraccionamiento previstas en eldeberá considerar artículo 49como parte de las fracciones II y Vobras de de la Ley Estatalinfraestructura la deconstrucción de un Responsabilidadepozo profundo, la s de losfactibilidad de Servidoresservicios generada Públicos.antes de laelaboración de suPrograma Parcial deUrbanizaciónpublicado el 21 deenero de 2012, debióestablecerlo.Obra: Equipamiento Al C. Juan Rosalesdel pozo profundo en Barreto. Directorel Fraccionamiento OperativoReal del Bosque(equipamiento y I.- Amonestacióncloración, Pública; Porelectrificación, malla efectuar el pagociclónica perimetral y referente allínea de suministro ealimentación) en

26.18 instalación de237,288.84 Tecomán, Col.OP3- manguera para

.2 No AdministrativFS/14/1 116,475.13 Por no presentar la “electronivel” con26.23 solventada a9 un costo de.2 documentación

$116,475.13 pagadocomprobatoria queen estimación 3respalde la ejecución(tres).de los tres conceptos

pagados de laEn incumplimientoestimación dos como

son: media tensión – a lo previsto Leysubcontratado-“, con Estatal de Obrasun monto de Públicas Verificación$132,976.02 más IVA física: Ley de= $154,252.16; el Fiscalización

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concepto “red de Superior, artículo 17baja tensión – inciso a) fracciónsubcontratado-“ con XX; Obras concluíasun monto de $ y operando:58,410.02 más IVA = artículos 64, 68 y$ 67,755.62; cláusulas delconcepto “trámite de contrato. Obras porAnte UVIE – administración:subcontratado-“ con

artículos 72; Calidadun monto de $de los trabajos:13,173.33 más IVA =artículo 76.15,281.06.Reglamento Interior

Por efectuar el pago de la Comisiónreferente al Municipal de Aguasuministro e Potable yinstalación de Alcantarillado delmanguera para Municipio de“electronivel” con un Tecomán, artículocosto de $116,475.13 32, fracción IIpagado en Sanción prevista enestimación 3 (tres) el artículo 49concepto que fue fracción II e la Leycobrado por el Estatal decontratista y no Responsabilidadesejecutado dentro de

de los Servidoreslos trabajos que lePúblicosfueron

encomendados ya nose comprueba larealización delmismo.

DECIMO SEXTO. En tal virtud los integrantes de la presente Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos coincidimos con las sanciones propuestas dentro del informe de Resultados emitido por el OSAFIG. En su apartado de Presuntas Irregularidades, toda vez que el Órgano Fiscalizador presentó evidencias suficientes, competentes y relevantes para establecer la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Organismo Operador de Agua Potable ya referido, que fungieron en el periodo auditado; formulando las propuestas de sanciones correspondientes. Lo anterior, en ejercicio de las facultades que al OSAFIG. Le confieren los artículos 33, fracciones XI, y XXXIX; 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 17 inciso a), fracciones XV, XVIII y XIX; inciso b), fracciones de la I a la VIII, 27 y 52, de la ley de Fiscalización Superior del Estado.

La Determinación de la presunción de responsabilidades a que se hace referencia en el presente documento y derivadas de las Cédulas de Resultados Primarios que se anexan, forman parte integral del presente dictamen, documentos todos que se tienen por reproducidos en todos sus términos como si a la letra se insertaran en obvio de repeticiones innecesarias, para que surtan los efectos legales. Siendo las que a continuación se detallan.

A). AL C. DOMINGO RAMÍREZ SERVIN, en su carácter de Director Administrativo, se propone se imponga inhabilitación por 7 años para desempeñar cargos o comisiones en el servicio público, derivado de las sanciones propuestas por el OSAFIG, que a continuación se especifican:1.- Inhabilitación por 5 años, para desempeñar cargos o comisiones en el servicio público; por no justificar la diferencia de ingresos entre el reporte de caja y los depósitos bancarios existentes.

2.- Inhabilitación por 1 año, para desempeñar empleos, cargos comisiones en el servicio público; por no justificar la diferencia entre el reporte de caja y los depósitos bancarios existentes.

3.- Inhabilitación por 1 año, para desempeñar empleos, cargos comisiones en el servicio público; por las reiterada conductas derivado de las siguientes sanciones:4.- Amonestación Pública, por la omisión del depósito bancario de los ingresos al día hábil siguiente, reflejando los ingresos con retraso.

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5.- Amonestación Pública, por omitir registrar contablemente los ingresos recibidos del programa APAZU. En incumplimiento al artículo 2, 35, 34, 42, 43 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

6.- Amonestación Pública, por omitir entregar para su fiscalización superior 76 pólizas con su documentación comprobatoria, de las cuales del proceso de confronta se omitió la entrega de 17 pólizas.

7.- Amonestación Pública, por omitir aprovisionar los pagos realizados.

8.- Amonestación Pública, por efectuar pagos por conceptos no contemplados en el convenio de prestaciones de Gobierno del Estado en el cual se homologaron.

9.-Sanción Económica Total de $20,609,485.96 no justificado en depósito entre el soporte de caja y los depósitos de los estados de cuenta bancarios; y resultante de aplicar la tasa del 2.255 mensual por la tardanza y no justificar el pago en demasía realizado a los diversos trabajadores bajo un concepto de pago de aprovisionado.

Sanción prevista en el articulo 49 fracciones II, V y VI de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en relación al artículo 55 fracciones I y II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Colima.

B).- AL ING. FRANCISCO RAFAEL FAJARDO CUELLAR, en su carácter de Director General, se propone se imponga inhabilitación por 8 años para desempeñar cargos o comisiones en el servicio público, derivado de las sanciones propuestas por el OSAFIG, que a continuación se especifican:

1.- Inhabilitación por 5 años, para desempeñar cargos o comisiones en el servicio público; por no justificar la diferencia de ingresos entre el reporte de caja y los depósitos bancarios existentes.

2.- Inhabilitación por 1 año, para desempeñar empleos, cargos comisiones en el servicio público; por no justificar la diferencia entre el reporte de caja y los depósitos bancarios existentes.3.- Inhabilitación por 1 año, para desempeñar empleos, cargos comisiones en el servicio público; por no acreditar la debida funcionalidad el Sistema Comercial por el cual realizó pagos.

4.- Inhabilitación por 1 años, para desempeñar cargos o comisiones en el servicio público; por no acreditar la debida funcionalidad del Sistema Comercial por el cual realizó pagos.

5.-Amonestación Pública, Por otorgar descuentos no contemplados en la Ley.

6.- Sanción Económica Total equivalente a$22´137,190.13, por los daños no recaudados por el otorgamiento de descuentos no previstos en la ley tarifaria aprobada por el Congreso del Estado; por no justificar en depósito entre el reporte de caja y los depósitos de los estados de cuenta bancarios y no justificar el pago en demasía realizado a los diversos trabajadores bajo un concepto de pago de aprovisionado y por los recursos destinados a la ejecución de los trabajos de obra que no le corresponden a laCOMAPAT.

Sanción prevista en el artículo 49 fracciones V y VI de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, con relación al 55, fracción I y II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Colima.

C).- AL C. JOSÉ GUADALUPE RODRÍGUEZ PLASENCIA, en su carácter de Subdirector de Recursos Humanos y Materiales se propone se imponga:

1.- Inhabilitación por 1 año, para desempeñar empleos, cargos comisiones en el servicio público; por no justificar la diferencia entre el reporte de caja y los depósitos bancarios existentes.

2.- Sanción Económica directa de:$111,348.23, no justificado el pago en demasía realizado a los diversos trabajadores bajo un concepto de pago de aprovisionado.

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Sanción prevista en el artículo 49 fracciones V y VI de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, con relación al 55, fracción I y II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Colima.

D).-Al C. JUAN ROSALES BARRETO en su carácter de Director Operativo, se propone se imponga:

1.- Amonestación Pública, por efectuar el pago referente al suministro e instalación de manguera para “electronivel” con un costo de $116,475.13 pagado en estimaciones 3 tres.

Sanción prevista en el artículo 49 fracciones II, de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.Las anteriores sanciones, tienen su fundamento en atención a la conducta reiterada por los servidores públicos de referencia, pues como se aprecia, en el mismo ejercicio fiscal correspondiente al año 2014, incurrieron en pluralidad de acciones diversas, siendo propuestas de sanciones como amonestaciones públicas; ya que es el mismo sujeto activo, y el mismo Órgano Operador de Agua Potable, por ello es factible aplicar lo previsto por el artículo 412 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima, en relación con el artículo 30 del Código Penal vigente en el Estado; es decir, lo referente al Concurso Real o Material del delito, ya que la misma persona cometió varios delitos ejecutados en actos distintos, tal como se mencionan en supralíneas.

DECIMOSEPTIMO. Del resultado de la fiscalización a la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2014, de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima. El OSAFIG, determinó que en general y respecto de la muestra auditada, el ente auditado cumplió con las disposiciones normativas aplicables, excepto por los resultados de las observaciones no solventadas o parcialmente solventadas; en el plazo concedido o con la formalidad requerida.

DECIMO OCTAVO. Con base en la información y documentación presentada por el OSAFIG, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del H. Congreso del Estado, y en cumplimiento al artículo 33, fracción XI, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. Tiene por concluido el proceso de revisión y fiscalización a la cuenta pública de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima, correspondiente al ejercicio fiscal 2014, con observaciones en materia de responsabilidades.

DECIMO NOVENO. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 33, fracción XI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; las responsabilidades administrativas, pecuniarias e indemnizaciones a los servidores públicos derivadas del proceso de fiscalización, se tramitaran, resolverán y ejecutaran por el Congreso del Estado, a excepción de las multas y sanciones pecuniarias e indemnizaciones inferiores o iguales a mil unidades de salario mínimo general vigente, las cuales se tramitaran y fincaran por el OSAFIG. En términos de la Ley Superior del Estado, por lo tanto deberán iniciarse los procedimientos para el fincamiento de responsabilidades administrativas y pecuniarias, conforme a la competencia prevista en la disposición Constitucional citada.

Por lo expuesto y, con fundamento en los artículos del 90 al 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y del 129 al 134 de su Reglamento, se propone a esta Honorable Asamblea para su aprobación el siguiente:

D I C T A M E N

ARTÍCULO PRIMERO.-Se declara concluido el proceso de revisión y fiscalización de los resultados de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2014 de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima, con “Año 2015, 75 años de la Fundación de la Universidad de Colima”

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fundamento al contenido del Informe de Resultados emitido por el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se tiene al Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, determinando la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos que incurrieron en los actos u omisiones observados, los cuales se detallan en el considerando DÉCIMO QUINTO del presente Dictamen.

ARTÍCULO TERCERO.- Túrnese el presente dictamen y sus anexos soportes, por conducto del C. Oficial Mayor, a la Comisión de Responsabilidades para los efectos del artículo 49, fracción IV, del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.

El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.”

La Comisión que suscribe solicita que de ser aprobado el presente dictamen, se emita el Decreto correspondiente.

Atentamente“Sufragio Efectivo. No reelección”

Colima, Colima, 27 de noviembre del año 2015 LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y FISCALIZACIÓN

DE LOS RECURSOS PÚBLICOS.

DIP. MIGUEL ALEJANDRO GARCÍA RIVERAPresidente.

DIP. LETICIA ZEPEDA MESINASecretario

DIP. RIULT RIVERA GUTIERREZSecretaría

DIP. LUIS HUMBERTO LADINO OCHOASecretario

DIP. SANTIAGO CHAVEZCHAVEZSecretario

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H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMAP r e s e n t e

A la Comisión de Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad le fue turnada para su análisis y Decreto correspondiente, el oficio sin número de fecha 25 de noviembre de 2015, por el Jurado Calificador que contiene a las personas que concluyó merecedores a recibir el Premio Estatal “Ricardo de Jesús Vázquez Lara Centeno”, en su edición 2015, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.-Que con fecha 29 de octubre del año 2013, esta Soberanía aprobó el Decreto número 181, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 56, el 2 de noviembre de 2013,, en el cual se aprobó instituir la entrega anual del Premio Estatal “Ricardo de Jesús Vázquez Lara Centeno” en el Estado de Colima; mediante el cual se reconoce a personas o agrupaciones sociales que de manera altruista han realizado acciones destacadas para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en el Estado; y a las personas que teniendo alguna discapacidad han logrado destacar de manera relevante en el desarrollo de algún ámbito social, y que sean seleccionados por la Comisión Dictaminadora encargada de analizar las propuestas.

SEGUNDO.- Que de acuerdo al artículo 7º de la Ley que Crea Premios y Estímulos para los Colimenses, la Comisión Dictaminadora encargada de seleccionar las propuestas de los candidatos a dicho Premio, se integró por la Diputada Norma Padilla Velasco, Presidenta de la Comisión de Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad; por el Diputado Joel Padilla Peña, Presidente de la Comisión de Educación y Cultura; por el M.C. Francisco Jesús Pérez Medina, Director del Instituto Colimense para la Discapacidad (INCODIS); y por el Licenciado José Manuel Moreno González.

TERCERO.- Que de conformidad al mismo artículo 7º de la Ley que Crea Premios y Estímulos para los Colimenses, la Comisión Dictaminadora publicó en la página web oficial del Congreso del Estado de Colima la convocatoria respectiva, a efecto de que las asociaciones civiles de y para las personas con discapacidad, y en general toda la población del Estado, propusieran a las personas y agrupaciones que consideren sean merecedores a la obtención del Premio Estatal “Ricardo de Jesús Vázquez Lara Centeno” en el Estado de Colima.

CUARTO.- Que al cierre de la convocatoria, el Jurado Calificador mediante el Instituto Colimense para la Discapacidad (INCODIS), recibió seis propuestas de personas destacadas en los ámbitos referidos en el considerando primero, por parte de las diversas instituciones y organismos; en virtud de lo cual, el Jurado Calificador, con fecha 24 de noviembre del presente año, se reunió en la Sala de Juntas “Francisco J. Mújica” de este H. Congreso del Estado, para llevar a cabo el análisis y valoración de los expedientes de todas estas propuestas, tomando en cuenta para ello, la labor desarrollada por las y los candidatos, sus obras, acciones, la importancia y valor de las mismas, eligiendo a aquellos que consideraron merecedores a recibir el premio.

QUINTO.- Que mediante oficio sin número de fecha 25 de noviembre de 2015, turnado por el Jurado Calificador ya referido, y tomando en cuenta la información enviada, la trayectoria y actividades de las personas propuestas, que además reúnen los requisitos establecidos por la Base Primera de la respectiva Convocatoria, el Jurado Calificador concluyó que son merecedores a recibir el Premio Estatal “Ricardo de Jesús Vázquez Lara Centeno” las siguientes personas que se han destacado:

a) En la categoría de las personas o agrupaciones sociales que de manera altruista han realizado acciones destacadas para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en el Estado, se otorga el reconocimiento a SILVIA ARIAS TEJA;

Quien durante más de 22 (veintidós) años se ha desempeñado en diferentes cargos en apoyo a las personas con discapacidad, entre sus actividades se encuentra haber sido Presidenta de la sociedad de padres de la Telesecundaria de Educación Especial Vidal Domínguez Arroyo del año 2006 al 2009; Presidenta de la Sociedad de Padres de familia del Bachillerato no escolarizado para personas con discapacidad del año 2009 al 2014; Presidenta del Patronato “Nosotros También Contamos I.A.P” del sector discapacidad en junta de asistencia privada del año 2007 al 2009, y del 2009 al 2012 de Tesorera, del 2012 a la fecha nuevamente Presidenta; Presidenta de la Junta de

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Asistencia Privada del Estado de Colima del año 2009 al 2012 donde impulsó la conformación de instituciones de asistencia privada para atender a personas con discapacidad (2 en Manzanillo,1 en Colima y 1 en Villa de Álvarez); Consejera Estatal por el Sector Discapacidad en la junta de Asistencia Privada del Estado de colima del año 2009 al 2012; Tesorera en el Patronato inclusión un mundo posible, I.A.P. del Sector Discapacidad en la junta de Asistencia Privada del Estado de colima desde el año 2012 a la fecha; Consejera por el Sector Discapacidad en el consejo Estatal contra la Discriminación de año 2014 a la fecha; Presidenta de la Sociedad de Padres de Familia en el Cam Jean Piaget donde apoyo con la gestión de remodelación de ese centro; presentó en el 2008 ante la Secretaria de Educación el Programa “cuando vibran las cuerdas del alma” programa de música ORFF; en 2015 gestiono ante la Secretaria de Educación un programa para darle continuidad a los jóvenes egresados del Bachillerato no escolarizado para personas con discapacidad; en octubre del 2015 participo como integrante del Consejo Estatal contra la Discriminación en la coordinación del programa de televisión “escucha mis manos”.

b) En la categoría de persona que teniendo alguna discapacidad ha logrado destacar de manera relevante en el desarrollo de algún ámbito social a MARIO MEDINA PEÑA , quien es miembro de la asociación de deportes sobres sillas de ruedas del Estado de Colima A.C., se ha destacado en el ámbito social de las personas con discapacidad Deportista sobre silla de ruedas, ha participado en el maratón internacional de los Ángeles, California participando cada año desde 1990 al 2015, obteniendo en varias ocasiones el segundo y tercer lugar de la competencia; Instructor de Activación Física; Instructor de Danza Deportiva Sobre Ruedas; Conferencista Sobre Deporte y Rehabilitación; platicas motivacionales y de respeto hacia las personas con discapacidad al sector educativo (primaria, secundaria, bachillerato y nivel profesional);premio Municipal del Deporte Paralímpico 2008; premio tepescuincle 2014.

SEXTO.- Que esta Comisión dictaminadora, una vez realizado el estudio y análisis correspondiente de las propuestas objeto del presente dictamen, coinciden y determinan que éstas son de gran trascendencia para la sociedad colimense, dado que representan el esfuerzo que diversos colimenses realizan para mejorar las condiciones de las personas con discapacidad; así como aquellas personas con discapacidad que con un gran valor y fuerza física y mental logran destacar en algún ámbito social.

De esta forma, esta Soberanía cumple con el compromiso de apoyar a las personas con discapacidad, a quienes respetamos y valoramos profundamente, convencidos de que deben ser enteramente incluidos en la dinámica social, como personas con gran valor e incontables virtudes que nos enseñan el valor de la vida y la importancia de esforzarse para ser mejores cada día.Por lo anteriormente expuesto se expide el siguiente:

DECRETO

“PRIMERO.-Es de aprobarse y se aprueba otorgar el Premio Estatal “Ricardo de Jesús Vázquez Lara Centeno” en su edición 2015, a la C. Silvia Arias Teja, en la categoría de personas o agrupaciones sociales que de manera altruista han realizado acciones destacadas para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en el Estado.

SEGUNDO.-Es de aprobarse y se aprueba otorgar el Premio Estatal “Ricardo de Jesús Vázquez Lara Centeno” en su edición 2015, al C. Mario Medina Peña, en la categoría de personas que teniendo alguna discapacidad han logrado destacar de manera relevante en el desarrollo de algún ámbito social.

TERCERO.-Es de aprobarse y se aprueba otorgar nota laudatoria, por su aportación para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en el Estado a los CC. Diego Alberto Solís Valdez y Raquel Avalos Delgadillo, y a la institución Mira por la Vida I.A.P., por conducto de su presidenta Elsa Margarita Aguayo López.

CUARTO.-Los Premios serán otorgados en Sesión Solemne que al efecto convoque esta soberanía, el día 02de diciembre del presente año, a partir de las 10:00 horas, en el marco de la celebración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad.

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QUINTO.- Por conducto de la Oficialía Mayor del Congreso del Estado, hágase del conocimiento y la invitación correspondiente a las personas merecedores del Premio Estatal “Ricardo de Jesús Vázquez Lara Centeno”, así como a las Asociaciones Civiles de y para personas con discapacidad, y en general a toda la población del Estado.

SEXTO.- De igual forma por conducto de la Oficialía Mayor del Congreso, hágase la invitación formal a los Titulares de los Poderes Ejecutivo y Judicial a efecto de que sean partícipes de este evento especial.

TRANSITORIO

ÚNICO.-El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación y deberá publicarse en el periódico oficial “El Estado de Colima”.

El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.”

La Comisión que suscribe solicita que de ser aprobado el presente instrumento, se emita el Decreto correspondiente.

AtentamenteColima, Colima, 27 de noviembre de 2015

LA COMISIÓN DE NIÑEZ, JUVENTUD,ADULTOS MAYORES Y DISCAPACIDAD

DIP. NORMA PADILLA VELASCOPRESIDENTA

DIP. JOEL PADILLA PEÑASECRETARIO

DIP. RIULT RIVERA GUTIERREZSECRETARIO

H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA

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P r e s e n t e.

A la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, le fue turnada para su análisis, estudio y dictamen correspondiente, cuatro Iniciativas con Proyecto de Decreto, relativas, la primera para autorizar la condonación de los recargos generados y las multas impuestas por falta de pago oportuno por concepto de derechos por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento a los usuarios de dichos servicios de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez, más adelante CIAPACOV, generados en los ejercicios 2015 y anteriores, la segunda relativa a la condonación de recargos y multas a los usuarios de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento del Municipio de Manzanillo Colima, la tercera propone autorizar descuentos consistentes en la condonación de recargos y multas a los usuarios de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento de los diez Municipios de la Entidad, por los adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2015 y anteriores; y la cuarta para solicitar la condonación de los recargos generados y las multas impuestas por falta de pago oportuno por concepto de derechos por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a los usuarios de dichos servicios del Municipio de Tecomán generados en los ejercicios 2015 y anteriores.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que mediante oficio 287/015, de fecha 18 de Noviembre de 2015, los Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria acordaron turnar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos la primer Iniciativa con Proyecto de Decreto, relativa a autorizar la condonación de los recargos generados y las multas impuestas por falta de pago oportuno por concepto de derechos por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a los usuarios de dichos servicios de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez generados en los ejercicios 2015 y anteriores.

SEGUNDO.- Que la iniciativa dentro de sus argumentos que la sustentan esencialmente señala que:

“La Comisión lntermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez, ha iniciado un proceso de consolidación y transformación, tanto al interior como al exterior, a través de la Implementación de programas y proyectos con un alto sentido humano, social y de responsabilidad con el medio ambiente, sin dejar de lado, el compromiso de ampliar, mejorar y construirla infraestructura necesaria para asegurar la eficiente prestación deservicios.Cada una de las actividades, programas y servicios que presta la CIAPACOV, siempre van encauzados a buscar el beneficio de la población colimense y villalvarense, y al cumplimiento de los compromisos que el Titular del Ejecutivo Estatal ha asumido con el Estado de Colima.Dentro del Programa de Fortalecimiento a la Cultura del Pago Oportuno que tiene de manera permanente la CIAPACOV, pretende implementar durante el mes de noviembre la campaña de "ELBUENFINDECIAPACOV" y en el mes diciembre, la campaña denominada "DESCONTÓN", que ofrece la oportunidad a los usuarios morosos de regularizarse en sus pagos, a través de la condonación del 100% de los accesorios generados por la falta de pago oportuno en los plazos señalados por la ley, convirtiéndose así en usuarios cumplidos y haciéndose acreedores al resto de beneficios que el organismo operador les brinda.

Es por eso, que para el presente ejercicio fiscal 2015, es la voluntad de la CIAPACOV implementar los programas "EL BUEN FIN DE CIAPACOV" y "DESCONTÓN" durante los días viernes 13 de noviembre, y el segundo de ellos durante los días miércoles 16, jueves 17 y miércoles 30 de diciembre, todos de 2015, en la forma prevista en la presente iniciativa de Decreto.”

TERCERO.- Que mediante oficio 350/2015, de fecha 18 de Noviembre de 2015, los Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria acordaron turnar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, la segunda iniciativa relativa a la condonación de recargos y multas a los usuarios de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento del Municipio de Manzanillo, Colima.

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CUARTO.- Que la iniciativa dentro de sus argumentos que la sustentan esencialmente señala que:

“La Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo, ha iniciado un proceso de consolidación y transformación, tanto al interior como al exterior, a través de la implementación de programas y proyectos con un alto sentido humano, social y de responsabilidad con el medio ambiente, sin dejar de lado, el compromiso de ampliar, mejorar y construir la infraestructura necesaria para asegurar la eficiente prestación de servicios.

Dentro del Programa de Fortalecimiento a la Cultura del Pago Oportuno que tiene de manera permanente la CAPDAM, se pretende implementar la campaña denominada "DESCONTÓN CAPDAM 2015",que ofrece la oportunidad a los usuarios morosos de regularizarse en sus pagos, convirtiéndose así en usuarios cumplidos y haciéndose acreedores a los beneficios que el organismo operador les brinda. Es por eso, que es voluntad de la CAPDAM aplicar dicho incentivo, como se realiza en los demás organismos operadores del estado.

Dicho incentivo contempla que los días16 y17de diciembre del presente Ejercicio Fiscal, se les aplique un descuento en los recargos y multas generados por la falta de pago en este año y los anteriores en un porcentaje del 100%, aplicable a los usuarios de los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado del Municipio de Manzanillo, mismo descuento que en Sesión de Consejo se acordó proponer para que tuviera a bien enviarse al H. Congreso del Estado para su autorización.”

QUINTO.- Que mediante oficio 355/015, de fecha 18 de Noviembre de 2015, los Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria acordaron turnar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos la Tercera Iniciativa con Proyecto de Decreto, relativa a autorizar descuentos consistentes en la condonación de recargos y multas a los usuarios de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento de los diez Municipios de la Entidad, por los adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2015 y anteriores”.

SEXTO.- Que la iniciativa dentro de sus argumentos que la sustentan esencialmente señala que:

“Por lo que respecta concretamente al pago de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento de los diez municipios de la Entidad, percibimos que muchos usuarios adeudan inclusive años, y al pago principal de los citados derechos se incluye adicionalmente la generación de recargos y multas por falta de pago oportuno, lo que viene a complicar la posibilidad de que los contribuyentes regularicen su situación.

Los suscritos Diputados, consientes y sensibles de la responsabilidad que el pueblo nos ha conferido, ante la difícil situación económica a la que se enfrentan miles de contribuyentes, consideramos oportuno y conveniente con objeto de fortalecer la cultura del pago de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, el implementar mecanismos que otorguen la facilidad para que aquellos regularicen su situación ante los correspondientes Organismos operadores de agua de la Entidad.

Para lograr tal objetivo, se propone condonar el 100% de los accesorios como son recargos y multas, generados por falta de pago oportuno en los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, teniendo de esta manera miles de usuarios de tales servicios en el Estado de Colima las facilidades necesarias para convertirse en usuarios cumplidos, y a la vez motivando el pago del referido derecho a favor de los Organismos operadores de agua potable.

Con la medida propuesta, sin lugar a dudas, se pretende beneficiar a las familias Colimenses aminorando sus cargas tributarias, ante la difícil situación económica que prevalece en la actualidad.”

SÉPTIMO.-. Que mediante oficio 366/015, de fecha 24 de Noviembre de 2015, los Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria acordaron turnar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos la cuarta Iniciativa con Proyecto de Decreto, relativa a autorizar la condonación de los recargos generados y las

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multas impuestas por falta de pago oportuno por concepto de derechos por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a los usuarios de dichos servicios del Municipio de Tecomán, Colima; generados en los ejercicios 2015 y anteriores.

OCTAVO.-Que la iniciativa dentro de sus argumentos que la sustentan esencialmente señala que:

“Que de conformidad al artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipios en que residan, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes, criterio que retoma la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en su numeral noveno.

Por tal motivo es prudente atenderla en sentido positivo para impulsar el programa de recaudación de los derechos que debe percibir ese organismo, además de incentivar a las personas que por razones del comportamiento de los sectores económicos en el Municipio, no han podido cumplir a tiempo con sus obligaciones fiscales por el consumo de los servicios que presta la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, teniendo en cuenta que en el mes de diciembre es aumenta el circulante por el fin de año y pago de aguinaldo dando la posibilidad a los ciudadanos de atender este tipo de pagos y compromisos, determinado que de aprobarse los referidos descuentos estos sean desde la fecha de su aprobación hasta el día 31 de diciembre del 2015 .

Durante los últimos dos ejercicios fiscales el Poder Legislativo ha aprobado estímulos fiscales similares a los que solicita el Consejo de Administración de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, con un impacto positivo en la recaudación de fin de año.”

NOVENO.- La Comisión dictaminadora después de haber realizado el estudio y análisis correspondiente de las iniciativas antes mencionadas, en los considerandos que anteceden al presente documento, estima viable y positiva la idea de los iniciadores; dado que se observa gran interés de generar condiciones económicas que contribuyan a mejorar la recaudación en sus respectivos Municipios, al pretender conceder determinados incentivos fiscales a favor de la población en el pago del derecho de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

Al respecto, es importante hacer mención que los integrantes de la presente Comisión, determinamos que es competencia del Poder Legislativo establecer contribuciones, en razón a lo dispuesto por la facción IV, del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su parte conducente establece que las contribuciones deberán estar previamente establecidas en ley, que en el caso específico, las contribuciones de los ayuntamientos de la entidad deben contenerse, previa aprobación del Congreso Local, en la ley correspondiente.

Ahora bien, determinada la competencia para conocer y resolver sobre contribuciones, observamos que de las iniciativas en comento se desprende la existencia de un rezago importante en el pago del derecho al agua potable, y a efecto de que los consumidores deudores, se regularicen en el pago del ejercicio fiscal 2015 y anteriores. Se propone realizar los descuentos mencionados, invitando a los usuarios incumplidos para que se regularicen en sus obligaciones contributivas, lo anterior tiene efectos positivos tanto para la población como para los Organismos Operadores de Agua, siendo que el descuento ofrecido a la población, motivará que se efectúen los pagos dentro de los plazos establecidos, permitiendo a los Organismos Operadores allegarse de recursos para la prestación de servicios públicos de mejor calidad, en cuanto a agua potable, alcantarillado y saneamiento se refiere.

Los integrantes de esta Comisión observamos que cada una de las iniciativas señaladas en los considerandos PRIMERO al OCTAVO, pretenden otorgar descuentos en recargos y multas por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, sin embargo, en el primer documento se pretende beneficiar a los usuarios de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez; la segunda al Municipio de Manzanillo; la cuarta al Municipio de Tecomán. Siendo que la iniciativa presentada por los Diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, busca beneficiar en general a los usuarios de agua potable, de los diez Municipios del Estado, consecuentemente si

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bien todas se relacionan, y se reconoce su valía. Se decide tomar como referencia esta última, por ser la que beneficia a los usurarios de los Servicios agua potable, alcantarillado y saneamiento de todos los Municipios en la Entidad.

Con fundamento en lo establecido por el artículo 130 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y con las facultades que dicho numeral otorga esta Comisión dictaminadora. Una vez realizado el estudio y análisis de las cuatro iniciativas, respecto de los plazos para condonar los recargos y multas impuestas. Dada la viabilidad, estimamos que el plazo otorgado a los contribuyentes de los derechos de agua potable alcantarillado y saneamiento para que estén en posibilidad de regularizar su situación sea durante los meses de Diciembre del año 2015 y enero del año 2016.Para que los usuarios estén en condiciones de aprovechar el beneficio otorgado.

Ahora bien, los integrantes de esta Comisión dictaminadora, consideramos que si bien, la aprobación de descuentos en recargos y multas por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento es positiva, pero sí pretendemos beneficiar a los miles de contribuyentes en el Estado, ante la difícil situación económica a la que se enfrentan todos los días, también es viable hacer extensiva la condonación de multas y recargos en un 100%, del pago del impuesto predial.

Por lo expuesto y, con fundamento en los artículos del 90 al 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y del 129 al 134 de su Reglamento, se propone a esta Honorable Asamblea para su aprobación el siguiente:

DICTAMEN

ARTÍCULO PRIMERO.- Es de aprobarse y se aprueba el Decreto por el que se autoriza la condonación de los recargos y multas que se indican para quedar como sigue:

DECRETOPOR EL QUE SE AUTORIZA LA CONDONACIÓN DE LOS RECARGOS GENERADOS Y LAS MULTAS IMPUESTAS POR LA FALTA DE PAGO OPORTUNO POR CONCEPTO DE DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO, E IMPUESTO PREDIAL A LOS USUARIOS DE DICHOS SERVICIOS DE LOS DIEZ MUNICIPIOS DEL ESTADO DE COLIMA, GENERADOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y ANTERIORES.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se condona en su totalidad, los recargos causados por falta de pago oportuno por concepto de derechos de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, e impuesto predial del ejercicio fiscal, del año 2015 y anteriores, a los usuarios y contribuyentes de tales servicios de los diez municipios del Estado de Colima.

ARTÍCULO TERCERO.- Para tener derecho a la condonación total de los recargos y multas señaladas en los dos artículos anteriores del presente Decreto, los usuarios de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, así como los contribuyentes del impuesto predial, deberán pagar la totalidad de los adeudos causados en el ejercicio fiscal, del año 2015 y anteriores; durante los meses de diciembre del año 2015 y enero del año 2016.

TRANSITORIOS

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor en el momento de su aprobación y deberá publicarse en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.

EL Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.

A T E N T A M E N T ECOLIMA, COLIMA, 25 DE NOVIEMBRE DE 2015

LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y FISCALIZACIÓNDE LOS RECURSOS PÚBLICOS.

DIP. MIGUEL ALEJANDRO GARCIA RIVERA

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Diputado Presidente

DIP. LETICIA ZEPEDA MESINA Diputado Secretario

DIP. RIULT RIVERA GUTIERREZDiputado Secretario

DIP. LUIS HUMBERTO LADINO OCHOA Diputado Vocal

DIP. SANTIAGO CHAVEZ CHAVEZDiputado Vocal

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