W 28258 v.extwprlegs1.fao.org/docs/pdf/per114861.pdf · 2013. 1. 16. · que atmacenan Combustibles...

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OficioW 077-2012-INEIIDTDIS; la Sopeontenoenoa National de Aduanas y de Administraci6n Tributaria • SUNAT, seqcn e! Oticio N" 61·2012·SUNATI 4COOOO: y la Asamblea Nati onal de Reclores - ANR, mediante el once N° 0023-2012-SE - DGPUIDE, la Oirecci6n General de nesceorraeaacon Fiscal y Asuntos Soeiales - DGOFAS del Ministerio de Ecoronra y Finanzas ha efectuado los caccios correspondienles para la determinaci6n de los Indices de Dislribud6n de la Regalia Minera del mes de mayo de 2012. segun 10 eocaoo en er mrorme W 086-2012.£FI64 03; Que. en virtud de 10 senaladc en los ronsiderandos precedenles resulla necesario aprobar los Indices de Distribuci6n de la Regalia Minera pagada en et mes de mayo de 2012 ; De confonnidad con 10 dispueslo en la Ley W 28258 - Ley de Regalia Minera y sus modmcatoras. el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de ra Ley N° 28411, e! Dec-etc Supre mo N" 157-2004 ·EF Y sus rormas modifica torias y complementarias; SE RESUELVE: Articul o 1".- Aprobar los indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes a! mes de mayo de 2012, a ecncer a lOS Gobiemcs l ocales, Gobiemos Regionales y Universidades Nacionales del pais beneficiados con la Regalia Minera, ccntorme al Anexo que forma parte de la presente Resoluci6n Ministerial, Articulo 2",_l os Indices de tnstnoccon de ta Regalia Minera correspcndientes al mes de mayo de 2012 consideran la informacion remil ida por el Institute Nacional de Estadlstica e Informatica - INEI. la Superinlendencia naconar de Aduanas y de Acmerstraccn Tributaria - SUNAT y ta Asarntiea Nacional de Rectores - ANR. sequn los porcentajes y criterios de distnbucicn establecidos en el articulo 8° de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera. y et articulo 13° del Decreto Supremo N° 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Mlnera. Art iculo 3°._ La presente Resoluci6n Ministerial sera publicada en el Diario Oficial EI Peruano EIAnexo a que se renere er articulo 1" sera publicaco en er portal institucional del Ministerio de Economta y Finanzas (www.mef.qcb.pe), en la misma fecha de ta pubncacon oflcial de la presente Resoluci6n. Reqlstrese. comuruquesey publtquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministre de Economla y Finanzas 806655-1 ENERGIA Y MINAS Modifi can Na nna para la inspecclOn peri 6d i ca de h em1eti cidad de t anq ues y t ub eri as en terr ad os que alm ace nan co mb us ti b les liquidos y o tros p ro du ct as d eriv ad os de lo s hidroca rbu ras. a proba do par De creto Supre mo 064 - 20 09-EM DE CRETa SUPREMO N° 024 -2012 -EM EL PRESIDE NTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los articulos 3° y 73' del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N" 042-2005-EM, dispone que aJalquier persona nalural 0 juridica, nacional 0 extranjera , podra construir, operar y mantener inslalaciones para el almacenamiento de Hidrocarburos y de sus productos derivados, con sujecion a ,lOS re!;jlamenlos que d ide el Ministerio de Energia y Mmas, Slendo el encargado de elaborar, aprobar, proponer y aplicar la potltica del Sedor, asi como de dictar las demas normas pertinentes: Que. mediante el Decre to Supremo 064-2009- EM se aprob6 la Norma para la inspecti6n peri6d ica de hermeticidad de lanques y luberias enterrados que 12 atmacenan Combustibles Ltcuioos y once Productos Derivados de los Hidrocarburos: Que. resulla necesario emitir precisiones sobre algunas disposiciones estabieo das en la caaoa norma . referidas a la exigencia de las oroetes oe bermeticdad. los encargados de elabcrar e! lnfcrme de Indice de Resqo . et sistema de delecci6n de fugas para tuberias enterradas, los detectores de mezcras explosives. el Indice de riesgo y el tipo de tanque . as! como fijar un cronoqrama de acecuacon que permita el cumpJimiento de la referida norma ; Que. en alenci6n a 10 selialado anteriormenle, resulta necesario mod ificar la norma apreba da por Decreto Supremo N' 064-2009-EM y establecer las oeccecrcnee neceeanaa para su acecuaoc currcnnuento: De conforrnidad con 10 dtspuesto per el Texto uruco Ordenado de Ia l ey N" 26221 - Ley Organica de Hidrocarburos, aprooaoc mediante Decreto Supremo N° C42-2005-EM: v. en usc de las atribueiones previstas en los nurnerales 8) y 24) del artia.llo 118 0 de la Constituci6n Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1".- ln ccrpcrect on del numeral 3.14 del arti cul o3 0 del ne cret c Supremo N° 064-2009-EM Incorporar e! numeral 3.14 de! articulo 3° de ta Norma para la inspeccion peri6dica de hermelicidad de tanques y tuberias enlerrados que almacenan Combustibles Liquidos y ones Productos Derivados de los Hidrocarbures, aprebada por Decreto Supremo N° 064-2009-EM, por er texto sigu iente : "Articulo 3°._Defini ciones ( ... ) . 3.14lnforme de Indice de Riesg o: Documenloemitido poruna persona natural 0 juridica, inscrita enOSINERGMIN, que basado en el indicador obtenido a naves de la evatuacion de la matnz de riesgo contenioa en e! Anexc N° 1 de la presente norma, determina ta periodicidad de inspecci6n de hermeticidad de los STE: Arti culo 2"._Modifi ca ci 6n de l arti culo 4· del nee-etc Supre mo N° 064·2009-EM Modificar e! articulo 4° de la Norma para le Inspeccon peri6dica de hermeticidad de tanques y tuberfas enterrados que almacenan Combustibles Liquidos y oiros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobada por Decreto Supremo N° 064-2009 -EM, por e! texto siguien le: "Articulo 4°._ De la in stal aci 6n del Sistema de Detecci 6n de Fug as para STE Todo STE nuevo cetera incluir en su ceero. el Sistema de Delecci6n de Fugas a ser utilrzado. Asimismo. en caso se requiera algun equipamienlo para et Sistema de Detecdon de Fugas eleqldo, este cetera ser ccrrectamente fnstatado antes de la poesta en servicio del STE nuevo ." A rtic ulo 3°._Modifi cacion del arti cul o 5· del Decret o Supremo N" 064-2009-EM Modificar el articulo 5" de la Norma para la inspecci6n periOdica de hermeticidad de tanques y tuberfas enterrados que almacenan Combustibles Liquidos y atres Produdos Derivados de los Hidrocarburos, aprobada por Decreto Supremo N° 064-20009-EM, por el lexto siguiente: "Articulo 5°._Del Sistema de Detecci 6n de Fugas de tanques Donde se instalen tanques enterrados se debe implementar un Sistema de Detecci6n de Fugas que cumpla con las siguien tes consideraciones: (..) b) l os equipos utilizados para medir el nivel de los Combus tib les liquidos y alros Productos Derivados de los Hidrocartluros en todo el rango de altura del tanque debe tener una aproximaci6n de un octavo de pulgada (3 milimetros); (... ) f) La medici6n de cualquier nivel de agua en la parte inferior del tanque se debe realizar por 10menos una vez a! mes, como minimo con una apro ximad6n de un oclavo de pulgada (3 millmelros). ( ...)" Articulo 4"•• Modifi caci6n del arti cul o 6° del Decret o Supremo N" 064-2009-EM Modificar el articulo 6" de la Norma para la inspecti6n periOdica de hermeticidad de tanques y tuberias enterrados

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  • OficioW 077-2012-INEIIDTDIS; la Sopeontenoenoa Nationalde Aduanas y de Administraci6n Tributaria • SUNAT, seqcn e!Oticio N" 61·2012·SUNATI4COOOO: y la Asamblea Nationalde Reclores - ANR, mediante el once N° 0023-2012-SE-DGPUIDE, la Oirecci6n General de nesceorraeaacon Fiscaly Asuntos Soeiales - DGOFAS del Ministerio de Ecoronra yFinanzas ha efectuado los caccios correspondienles parala determinaci6n de los Indices de Dislribud6n de la RegaliaMinera del mes de mayo de 2012. segun 10 eocaoo en ermrorme W 086-2012.£FI64 03;

    Que. en virtud de 10 senaladc en los ronsiderandosprecedenles resulla necesario aprobar los Indices deDistribuci6n de la Regalia Minera pagada en et mes demayo de 2012 ;

    De confonnidad con 10 dispueslo en la Ley W 28258- Ley de Regalia Minera y sus modmcatoras. el literal b) delnumeral 15.5 del articulo 15° de ra Ley N° 28411, e! Dec-etcSupre mo N" 157-2004 ·EF Y sus rormas modifica torias ycomplementarias;

    SE RESUELVE:

    Articulo 1".- Aprobar los indices de Distribucion de laRegalia Minera correspondientes a! mes de mayo de 2012,a ecncer a lOS Gobiemcs l ocales, Gobiemos Regionalesy Universidades Nacionales del pais beneficiados con laRegalia Minera, ccntorme al Anexo que forma parte de lapresente Resoluci6n Ministerial,

    A rt iculo 2",_ l os Indices de tnstnoccon de ta RegaliaMinera correspcndientes al mes de mayo de 2012consideran la informacion remil ida por el Institute Nacionalde Estad lstica e Informatica - INEI . la Superinlendencianaconar de Aduanas y de Acmerstraccn Tributaria -SUNAT y ta Asarntiea Nacional de Rectores - ANR. sequnlos porcen tajes y criterios de distnbucicn establecidos enel articulo 8° de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera.y et articulo 13° del Decreto Supremo N° 157-2004-EF -Reglamento de la Ley de Regalia Mlnera.

    A rt iculo 3°._ La presente Resoluci6n Ministerial serapublicada en el Diario Oficia l EI Peruano EIAnexo a que serenere er articulo 1" sera publicaco en er portal institucionaldel Ministerio de Economta y Finanzas (www.mef.qcb.pe),en la misma fecha de ta pubncacon oflcial de la presenteResoluci6n.

    Reqlstrese. comuruquesey publtquese.

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistre de Economla y Finanzas

    806655-1

    ENERGIA Y MINAS

    Modifican Nanna para la inspe cc lOnperi6d ica de hem1eti cidad de tanq uesy t uberias e n terrados q ue alm acenancom b usti b les liq ui dos y otros producta sderivados d e lo s h id rocarbura s.a probado pa r De creto S upre mo N° 064-2 009-EM

    DECRETa SUPREMON° 024 -2012 -EM

    EL PRESIDE NTE DE LA REPUBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, los articulos 3° y 73' del Texto Unico Ordenadode la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado medianteDecreto Supremo N" 042-2005-EM, dispone que aJalquierpersona nalural 0 juridica , nacional 0 extranjera , podraconstruir, operar y mantener insla laciones para elalmacenamiento de Hidrocarburos y de sus productosderivados, con sujecion a ,lOS re!;jlamenlos que dide elMin isterio de Energia y Mmas, Slendo el encargado deelaborar, aprobar, proponer y aplicar la potltica del Sedor,asi como de dicta r las demas normas pertinentes:

    Que . mediante el Decre to Supremo N° 064-2009-EM se aprob6 la Norma para la inspecti6n peri6d icade hermeticidad de lanques y luberias enterrados que

    12atmacenan Combustibles Ltcuioos y once ProductosDerivados de los Hidrocarburos:

    Que . resulla necesario emitir precisiones sobre algunasdisposiciones estabieo das en la caaoa norma . referidas a laexigencia de las oroetes oe bermeticdad. los encargadosde elabcrar e! lnfcrme de Indice de Resqo. et sistema dedelecci6n de fugas para tuberias enterradas, los detectoresde mezcras explosives. el Indice de riesgo y el tipo detanque . as! como fijar un cronoqrama de acecuacon quepermita el cumpJimiento de la referida norma ;

    Que . en alenci6n a 10 selialado anteriormenle, resultanecesario mod ificar la norma aprebada por DecretoSupremo N' 064 -2009-EM y establecer las oeccecrcneeneceeanaa para su acecuaoc currcnnuento:

    De conforrnidad con 10 dtspuesto per el Texto urucoOrdenado de Ia l ey N" 26221 - Ley Organica de Hidrocarburos,aprooaoc mediante Decreto Supremo N° C42-2005-EM: v. enusc de las atribueiones previstas en los nurnerales 8) y 24) delartia.llo 1180 de la Constituci6n Politica del Peru;

    DECRETA:

    A rt ic ulo 1".- lnccrpcrecton del numeral 3.14 delarticulo 30 del n ecretc Supre mo N° 064-2009-EM

    Incorporar e! numeral 3.14 de! articulo 3° de ta Normapara la inspeccion peri6dica de hermelicidad de tanques ytuber ias enlerrados que almacenan Combus tibles Liquidosy ones Productos Derivados de los Hidrocarbures,aprebada por Decreto Supremo N° 064 -2009-EM , por ertexto siguiente :

    "A rt iculo 3°._ Definiciones(...) .3.14lnform e de Indice de Riesg o : Documenloemitido

    poruna persona natural 0 juridica, inscrita enOSINERGMIN,que basado en el indicador obtenido a naves de laevatuacion de la matnz de riesgo contenioa en e! Ane xcN° 1 de la presente norma, determina ta periodicidad deinspecci6n de hermeticidad de los STE:

    Artic ul o 2"._Modificaci 6n de l articu lo 4· del n ee-et cSupremo N° 064·2009-EM

    Modificar e! articulo 4° de la Norma para le Inspecconperi6dica de hermeticidad de tanques y tuberfas enterradosque almacenan Combustibles Liquidos y oiros ProductosDerivados de los Hidrocarburos, aprobada por DecretoSupremo N° 064-2009 -EM, por e! texto siguien le:

    "A rt iculo 4°._ De la instalaci 6n del Sis tema deDetecci 6n de Fug as para STE

    Todo STE nuevo cetera incluir en su ceero.el Sistemade Delecci6n de Fugas a ser utilrzado. Asimismo. en caso serequiera algun equipamienlo para et Sistema de Detecdonde Fugas eleqldo, este cetera ser ccrrectamente fnstatadoantes de la poesta en servicio del STE nuevo ."

    A rticulo 3°._Modificaci on del articulo 5· del Decret oSupremo N" 064-2009-EM

    Modificar el articulo 5" de la Norma para la inspecci6nperiOdica de hermeticidad de tanques y tuberfas enterradosque almacenan Combustibles Liquidos y atres ProdudosDerivados de los Hidrocarburos, aprobada por DecretoSupremo N° 064-20009-EM, por el lexto siguien te:

    "A rt iculo 5°._Del Sistema de Detecci6n de Fugas detanques

    Donde se instalen tanques enterrados se debeimplementar un Sistema de Detecci6n de Fugas que cumplacon las siguien tes consideraciones:

    (..)b) l os equipos utilizados para medir el nivel de los

    Combus tibles liquidos y alros Productos Derivados delos Hidrocartluros en todo el rango de altura del tanquedebe tener una aproximaci6n de un octavo de pulgada (3milimetros);

    (...)f) La medici6n de cualquier nivel de agua en la parte

    inferior del tanque se debe realizar por 10menos una veza!mes, como minimo con una apro ximad6n de un oclavo depulgada (3 millmelros).

    (...)"

    A rt ic ulo 4"•• Modificaci 6n del articulo 6° del Decret oSupremo N" 064-2009-EM

    Modificar el articulo 6" de la Norma para la inspecti6nperiOdica de hermeticidad de tanques y tuberias enterrados

    REAL TIME EIRL

  • que atmacenan Combustibles ucooce y Otros PrcouctosDerivadcs de los tuo rccamuros . eprobaoa per DecretaSup remo N° 064·2009-EM, par er texto siguienle:

    "Articulo 6°._ Sistema de Detecci6n de Fugas paratuberlas enterradas

    Los Sistemas de Dele cci6n de Fugas de CombustiblesLiquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburosen tube rtas enterradas oeben cumplir 10 sipuiente:

    a) Contar con detectores de fugas, para alertar aloperador la presencia de una fuga de POf10 menos tres (3)galones por nora a una presion de diez (10) psig duranteuna hera . Los oetectores de fugas pod ran ser eiectromcoso mecaniccs voeteran garanlizar la detecd6n del ratio defuga indicado.

    En aquellas tostaiaoones coree se cuente concetectores erecuentccs de fugas, OSINERGMIN ueoeravenncar !a funcionalidad y fiabilidad de etches cetectcres.En los casas en que la prueba de los detectores eiectrcnicosde fuqas no entreque resul tados totamente ccnfiables. secetera erectua r la prueba de inspecei6n de nermencidad.

    b) En caso de no center con detectores electr6nicosde fugas , se cetera efectuar pruebas de tospecclcn deHermeticidad para cetectar por 10 menos un Indice deFuga de 0.1 gal6n por hora (0.3785 lures por bora) , e!procedimiento a utilizarse puede ser equivalente al ind uidoen Ia lisla de la NWG (National Wol1l Group) u olro similar,sequn 10 inoicado en et EPAl530/UST-90/01 0 "StandardTesl Procedures For Evaluat ion Leak Detection Methods :Pipel ine Leak Detect ion System ":

    Articulo 5°._Modificaci on del articulo 7° del o scret cSupremo N" 064- 2009-EM

    Modificar el articulo 7" de la Norma para la inspecci6nperi6dica de hermeticidad de tanques y tuberlas enterradosque afmacenan Combustibles ucooce y Otros ProouctosDerivadcs de los Hidrocarburos. aprobada por DecretoSupremo N° 064·2009·EM . por er texto siguiente :

    -A rt ic ulo 7° ." De la prueba de inspecci on dehermeticidad de lo s STE

    Los Operadores de los STE; nuevos debera n presentara OSI NERGMIN un Informe de Indice de Riesgo del STE deacuerdo al Anexo N' 1 de la preserve norma , a eaves delcoer se establecera cuanoo se reanaara ta primera p.ruebade inspecci6n de hermeticidad del STE. Ellnforme de Indicede Riesgo del STE debe ra estar suscri to por el operador delSTE y la persona natural 0 juridica inscrila en el reg istro deOSIN ERGM IN. enca rgada de su elaboraci6n.

    Asimismo. los operadores de los STE nuevos deberancumplir con 10 siguiente:

    a) Instalar en los tanques y Iineas metalicos unsistema de protecci6n cat6dica que cumplan por 10 menoscon 10 sefla lado en el API RP 1632 en su versi6n masactua!izada.

    b) Contar con equipos para prevenci6n de derrames ysobrellenado.

    c) Realizar el conlrol diario de inventarios. como minimacon una precision de 0.5%, estab lecida en la PracticaRecomendada en la norma API 1621-Bulk Liquid StockControl at Retail Outlets, 0 norma similar 0 equivalente.

    Posteriormente, cada vez que se realice la prueba deinspeccion de perme ticidad del STE, se debera elaborarel Informe de Indice de Riesgo del STE que establezca!a fecl1a en que se debera realizar la siguien te prueba deinspeccion de hermeticidad def STE. Dicl10 informe deberaser presenlado a OSINERGMIN en un plazo no mayorde treinta (30) dias calendario de efectuada la prueba deinspecci6n de hermeticidad del STE.

    la prueba de inspecci6n de hermeticidad del STE 5010podra ser realizada pDf una Entidad Acredrtada.1aque emitirael Gertificado de lnspeccion de Hermetkidad de! STE.-

    Articulo 6°,_Modificacion del articulo So del DecretoSupremo N° 064-2009-EM

    Modificar el articulo 8° de la Norma para la inspecei6nperi6dica de hermeticidad de tanques y tuberias enterradosque almacenan Combustibles Uquidos y Otros ProductosDerivados de los Hidrocarburos, aprobada per DecretoSupremo N° 064-2009 -EM, por ellexto siguiente:

    "A rt ic ulo 8° .- De la prueba de inspecci on dehermeticidad de los STE

    Los operadores de STE existentes, a partir de la vigenciade la presenle nOfffia y del cronograma de adewadon

    13estabecoo por OSINERGMIN, ceteren reauaer la prueba deinspecci6n de nermencdad del STE y obtener e! Certificado delnepeccon de Hermeliddad del STE coerespondiente.emrtidopor una Entidad Acreditada. Tarnbien deberan presentar aOSINERGMIN

    1centro del rerenoocror.ograma de adecuacon.

    un tnfome de renee de Riesgo del STE, de acuerdo a! AnexoN" 1. e! mismo que oebera estar suscrito par el operador delSTE y la persona natural 0 jurld ica inscrita en el registro deOS\NERGM IN. encargada de su etatoracen

    Asimismo, ceca vez que se reance una prueba deinspecci6n de hermet icidad del STE, deberan elaborarer Informe de Indice de Riesgo del STE y presentarto aOSINERGMIN en un plazo no mayor a tremta (30) erascatenoenc de etectuaoa la prueba de inspecci6n deherme tiddad del STE.

    EI Indice de Riesgos es ra suma total de los puntajesdeterminados para caoa factor de riesgo contersoc en laTabla N" 1 del Anexo N" 1. EI lnoice de Riesgo cetemanaracoanoc se realiaara la siguienle prueba de inspecci6n deherme ticidad del STE y en consecuencia ra obtenci6n delcenmceoc de msceccron de ra Hermeucroao del STE, deacuerdo a la Tabla W 2 del Anexo W 1."

    A rt iculo 7°._Modificaci6n del articulo 9° del DecretoSupre mo N° 064-2009 -EM

    Modi ficar el articulo g" de la Norma para la mspecconpeoootca de hermet icidad de tanques y tuberias entenadosque almacenan Combustibles Liq uidos y otros Productospenvaoos de los j-uorocarouros. ecrcoeoe por DecretoSupremo N" 004-2009-EM , por e! texto siguiente:

    "Art iculo 9° .- Del Certificado de lnspecclon deHermeticidad de los STE

    cece vez que se reance una prueba de inspecci6nde hermeticidad de! STE extetente . los operadores de losSTE deberan obtener un Certificado de Inspecd6n dea ermenooao emrnoo por una Entidad Ac-entaca.'

    Articul o 8".- Mod ificaci on del art iculo 12° del DecretoSupremo N° 064-2009-EM

    Modi ficar et articulo 12" de ta Norma para ra oscecconcerocrce de reoreucroec de tanqu es y tubertes enter-adosque almacenan Combustibles Uquidos y Otros ProductosDenvados de los Hidrocarburos, aprobada por DecretoSupremo N" 064 -2009 -EM, por el texto siguienle:

    "Art iculo 12".- Obligac iones de los operadores deSTE

    En adici6n a las demas obligaciones indicadas en e\presente Decrelo Supremo, los operadores de STE, estanobligados a 10 siguien te :

    - Documenlar cada Indice de riesgo con su respect ivosustento tecnicoy presentarto a OSINERGMIN, cuando este10requiera . Dichos documentos debe ran eslar suscri tos porel operador del STE y la persona natural 0 juridica inscritaen el regislro de OSINERGMIN, encargada de elaborar ellnforme dellndice de Riesgo

    - Suspender el uso de lanques y/o tuberias donde sedetecte fuga , para su retiro, reparaci6n 0 reemplazo. Dicl1asituaci6n debera ser comunicada a OSINERGMIN, en unplazo maximo de veinlicuatro (24) horas

    - Cumplir. como minimo . con las recomendadonesindicadas por los fabricantes para la instalacion ymantenimiento de bombas sumergibles, sin pe~uicio deotras disposiciones que OSINERGMIN emila al respecto·

    Articulo 9°._Modificaci on de la Segunda Disp osicionTran si to ria del Dec ret o Supremo N° 064-200 9-EM

    Modificar la 8egunda Dispos ici6n Trans itoria de faNorma para la inspecci6n peri6dica de hermeticidad detanques y tuberias enterrados que aImacenan CombustibfesLlquidos y Otros Productos Derivados de los HKlrocarburos,aprobada por Decreto Supremo N" 064 -2009-EM. por ellexto siguien te:

    "Segunda.- Registro Provisi onalEn tanto se impfemente e! Registro de Enl idades

    Acred itadas ante INDECOPI, en un plazo maximo denoven ta (gO) dias, contados desde la fecha de publicadondel presente Decre to Supremo, OSINERGMIN deberacrear un Registr o Provisional de entidades que realizaranlas pruebas de inspe ccion de hermeticidad del STE yemitiran los certificados correspondientes. Los requis itos,procedimienlos y demas lineam ientos para la inscripci6nen dicho Registro Provisional seran aprobados ~rOSINERGMIN, antes del plazo sel'ialado anleriormente

  • 14Articulo 10°._ Modificaci 6n de Anexc N° 1 de ,Ant iguedad del tanque

    Decreto Supremo N° 064·2009·EM ne oe s erce 0Mod iflcarelAnexo W 1 de la Norma para la inspecci6n De 5 a 10 al'l05 ,

    periOdica de hermeticidad de lanques y tuber ias N De 10 a 15 anoe 2enterrados que almacenan Combustibles Uquidos y Otros oets e zoence 3Productos Derivados de los tuo rccarburos. aprobada per De 20 a 25 al'ios ,Decreta Supremo N° 064-2009-EM . de acuerdo al texto De 25 a 30 enos 5siguiente:

    Nota: Cuando flO seOispo!'l9a 00inforffilciOn con respecto a alguJlO de los

    "ANEXOW llroces.secetera coosoerarerml~lrno pLflla ;g de lirld,ce ecrescooaeote.

    TABLA W 1 TABLA I'P2

    iNDICESDE RIESGOSPARA TANQUES ENTERRADOS MATRIZ DE ACC ION DE TANQUES f.£TALlCOS ENlERRADOSEXISTENTES

    ITEM FACTOR DE RIEsr; o PUNTAJEFRfCUENCIADE tIONITOREO

    lanqueMetalico con proteccon catonca segun API 0RP 1632. de fibrade vcro 0 rnetaicc de octse PUNTAJE (iNDK:EDE RESGOjpared EDAD '-\AYDROMettllico con revesumeruo asftlltlCO 0 pmtura t HASTA 12 DE 13 A20 21A27 IGUALA28

    A ep6xica mterlor ylo exterior. metatcc rooRet~ar!revestirmento de f,bla de vidrio

    Metaucc "" oroteccicn cal6dica 0 2ue 15ailos ceee seeos Cada 3ar'ios ceca 1anc Repara,l

    revestimienlo astatncc 0 pintura epoxica Reerrplalar

    interior ylo exterior 0 revesurruento de l ibra Re~rar! Ret~ar!de vidrkl ee tsazs anos ceea aeece Cada 2eros Repara,! RepararlEI tenque tIS : Ree~aza, Re>lrrplazar

    a Nuevo 0 Retirarl Ret~ar!usaoo , de 25 a3Osilos Cada 2silos ceee 1ar'io Reps,ar! Repsra,fExisteneia de aqua subte-ranee a mvet del

    aeenceear Ree rT1JlazarRetira'i Rell,ar! Retira,l Re1>rar!tanque

    Mayoms oe 30 arcs Repa,ar! Repa,arl Repa,ar! Repara,!C No presenta 0Presenta , Reerflllaza, Reerllliazar Ree f11llaza, Rae rrplazarVariable t

    Rc,isli,-idiod C'f"-..:ifica del s"elo TABLA ~ 3Mayora 10.000 oIlmiem 0

    MATRIZ DE ACCION DE TANOUES NUEVaS0

    Entre 10,000y 5,000 oIlmlcm ,Entre 5,000y 2,300 onmrcm 2Entre 2.300y 1.000 ol1m/em 3 FRfCUENCIADE tIONITOREOMenO(a 1,000 ohm/em ,Clase de suelo PUHTAJE(mDCE DERIESGO)"rea o Arena 0 T/PO DE TA NOUE ""YOR OGreda, arena gredosa 0 arenaarcnosa , HA STA 12 DE13A10 l1 A27 IGUAl A28E Arena hmosa 2

    Tanque rreliilw COlArena. tierra vegeta l , Caclir5arios Cada 3anos Cada la ro CaM / anoCieno, fango0 suelo pantanoso 5 tI1W'SMl'Mltl asM~1CO

    Humedaddel suelo Tanqw ,":':: Cad! 7anos Cada 5allos CadaJallos Cada / amF MenOI a 20% 0

    ",W'sttOO YCQIl ad9sacrili:iJMayor0 igual a 20% ,Tanque rretali:'

    Valor de pH del suelo tI1W's(i(Jo CO

    pH menor que 7 (t1eido) t ,.- re '00 •Contenido de clceurosdel suero ... CaM /2aros Cada JOanos Cada lOanos CaM lOaros

    HMenos a 100 mg/Kg 0 Tanque rreJ

  • 15Artieul o 12".- Vige neia de l Registro de Em presas

    Inspeetoras de la Herm etieid ad del Sistema de 'renqueeEnterrados

    EI Registro de Empresas Inspectoras de laHermetiCidad del Sistema de Tanoues Entenaoos. a cargode OSINERGMIN, se enccntrara vigente hasta el plazomaximo de un (01) an o. contado a part ir de la entrada envigencia de la presente norma .

    Mentras se mantenga vigen te e! ctaoo Reqistrc.OS INERGM IN cetera estabiecer los procedimientosnecesarios para la tiscal izad6n posterior de los Certilicadosde Inspecci 6n de Hermeucoeo emitidos per las empresasinscritas en crcrc Reqistrc

    Art iculo 13°,_Disposi ci ones compleme nta r iasEn un plazo maximo de tre inla (30) dias habues ,

    a partir de ta entrada en vigencia de ta presente norma ,OSINERGMIN estaciecera un cronograma de acecuaconpara que todos los operadores de los STE oblengan elCertificado de Inspecci6n de Hermeticidad del STE, ercualno cebera exceoer de dos (02) enos. contado desde taemisi6n de dicho cronoqrama.

    Asimismo. en un plazo maximo de treinla (30) d iasMbiles , a partir de la entrada en vigenda de la preservenorma, euoentctc Naconat de Defensa de la c omgetenciay de la Prc leccicn de la Propiedad Intelectual - IN ECOPIcetera revisar el alcance de las acreditadones otorgadasa las EntidadesAcreditadas para la emisi6n de Cert ificadosde Inspecci6n de Hermeticidad del STE, respecto a lascispos.cones estableddas en la presente norma

    Art iculo 14°._Disposi ci ones derogatoriasDercquese er numeral 2 det articulo 5° y ra Primera

    Disposici6n Transito rta del Decreto Supremo N" 064 -2009 -EM, asi como las dispos idones que se oponqan a 10establecido en la presente norma ,

    Art iculo 15°,_Vigenc ia y refrendoEI presente Decreto Supremo emrera en vigencia al d ia

    siguiente de su publicaci6n en el Diario Ofidal EI Peruano ysera reeeocaoc por erMinistro de Energia y Minas.

    Dado en ra c asa de Gobiemo, en lima, a los veintisietedlas del mes de jun io del ano dos mil doce .

    OLLANTA HUMAL A TASSOPres idente Consl ilucional de la Republica

    JORGE MERIN O TAFURMinistro de Energia y Minas

    8076 69-2

    1\ Pruebancc slon de poslcIon contractualy m odificaci 6n del Co n t rato de Liccnciapara la Exploraci on y Explotacion dcHidrocarburos en cl Lotc 39

    DECRETO SUPREMON° 025-2012-EM

    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, es Poli lica del Gobierno promover el desarrollode las actividades hidrocarburiferas, a fin de garan tizar elfuturo abastecimiento de combust ibles sobre la base de lalibre competencia; .

    Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la LeyOrganica de Hidrocarburos, aprobado mediante DecretoSupremo W 042-2005-EM, se regulan las acti vidades dehidrocarburos en eltelTitorio nacional;

    Que, mediante Deaelo Supremo N' 028-99-EM, publicadoelS de julio de 1999, se aprob6 el Contrato de Licend a parala Exploraci6n y Explotaci6n de Hidrocarburos en la CuencaMarar'l6n - Lote 39, en adelante eI Contrato. el mismo quefue susaito inidalm ente entre PERUPETRO SA y BarreltResources (Peru) COlpOfation, SuaJrsal del Peru;

    Que, med iante Decreto Supremo N' 008 -2001-EM,publicado el 9 de febrero de 2001 , se aprob6 la Cesi6nde Posici6n Contractual en el Contrato, por la aJal BarrettResour ces (Peru) Corporation , Sucursal del Peru, cedi6 elsesenta por dento (60%) del total de part idpaciones enel Contrato a favor de Repsol Explora ci6n Peru, Sucursal

    del Perc. eer como tamben se aprob 6 ta moomcacon de!Contrato . cenvaoa de la refenda ceson

    Que, mediante Decreto Supremo N° 039-2oo 2-EM,publicado el2 5 de octubre de 2002, se aprob61amootncacondel Cc ntrato respecto a ta mcorporacon de incentives a taexproracon de hidrocarburos, la moomcaccn de la garantiacorporativa y el descuemc en 30% a las regalias;

    Que, mediante ne e-etc Supremo N" 014-2003 -EM,cocucecc et 7 de mayo de 2003, se aprob6 Ia ceeroo dePosicion Contractual en e! Ccntreto por ta cuat BarrettResources (Peru) Corpora tion , Sucursal del Peru . ced i6 etcuarenta por ciento (40%) del total de participaciones en e!contra tc a favor de Reps ol Exploraci6n Peru, Sucursat delPeru, con 10 cual dicha empress 50 ccnwtc en t itular del100% de partclpaocn en el Ccnt rato. asi come tambien seaprob6 la mootncacion del Contrato, derivada de la referidaceeroo:

    Que . mediante Decrelo Supre mo N" 03S-2003-EM,publicad o el 11 de noviembre de 2003, se aprob6 Iamootncacion del cent-ate rescectc al area comprendida ypara adecuarto al nuevo Modelede Contrato aprobad o peret Directono de PERUPETRO SA mediante Acuerdo WO4S-2OO3 de tecna 19 de agosto de 2003 :

    Que, med iante Decreto Supremo N° 018-2005 -EM,cocuceoc e! 23 de junio de 2005. 50 aprob6 ra ceeco dePosicion Contractual en el Connate , por Ia cual RepsotExploraci6n Peru ,Sucursat del Peru ,cedi6el cuarenta cincopor clento (45%) del total de part icipaciones en el Contrato,a favor de Burlington Resources Peru Limited, sucoreetPeruana. as! como tamben se aprob6 ta moomcacon de!Contratc . derivada de la referida ces i6n;

    Que , mediante Decreto Supremo N° 029-2006 -EM, cocuceoc er 25 de mayo de 2006, se aprob6 ramodificaci6n del Conlrato respecto a! aumento de loscom prorrusos de trabajos exploratonos y con el obje lo deextender en diez (10) ar'los et plazo establecjruentc parala lase de exploraci6n, de conformidad con el numeral 3.1del Ccntrato y er literal a) del articu lo 22 del teste uoccOrdenado de te Ley Orqar uca de Hcrocarouros. aprobadomediante Decreto Supremo N" 042-2005 -EM Y mcotncaocpor el articulo 2 de la Ley N° 27377 , Ley de Actualizaci6nen Hdrocartcros:

    Que , mediante Decreta Supremo N° 041-2009-EM,publicado el 16 de abril de 2009 , se aprob6 !a Cesi6n dePosici6n Contractua l en el Contrato, per la cual BurlingtonResources PerU Limited . Sucursal , Peruana, cedi6 eldiez por dento (10%) del tolal de partidpaciones en elContrato, a favor de Relian ce Exploration & Product ionDMCC, Sucursal del Peru, asi como tambien se aprob6 lamodificaci6n del Centralo, derivada de la referida cesi6n;

    Que , el articulo 12 del Texlo Unico Ordenado de la LeyOrganica de Hidrocarburos, aprobado median te DecretoSupre mo NO 042-2005-EM, mod iflcado por el articulo 1 dela Ley N° 27377, Ley de Actualizaci6n en Hidrocarburos ,eslablece que los contralos, una vez aprobados y suscritos,s610 podra n ser mod ilicados per acuerd o escrito entre laspartes , debiendo dichas modiflcaciones ser aprobadas perDecreto Supremo refren