UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR …€¦ · fracaso en cada uno de mis pasos, a todos aquellos que...
-
Upload
phungnguyet -
Category
Documents
-
view
215 -
download
0
Transcript of UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR …€¦ · fracaso en cada uno de mis pasos, a todos aquellos que...
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y
SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
“LA SILLA VACÍA Y EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE
IGUALDAD CIUDADANA EN LA ORDENANZA 001-2012 DEL GAD
MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA”
Proyecto de Investigación como requisito previo a la obtención del Título
de Abogada de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador
AUTORA: Viteri Bautista Dolores Eliana
E-mail: [email protected]
TUTOR: Dr. Carabajo Rivas Rodolfo Manuel
Marzo, 2016
Quito-Ecuador
ii
DEDICATORIA
A todas las personas que, con su incondicional apoyo, hicieron perdurar en mí los deseos
de lucha y superación; a mi novio, familia, amigos que con mucha paciencia alentaron la
culminación de mis estudios universitarios; pero sobre todo a todos aquellos que esperaban el
fracaso en cada uno de mis pasos, a todos aquellos que esperaban a que me rendiría a medio
camino, a todos los que supusieron que no lo lograría, a todos ellos les dedico este proyecto.
Dolores Eliana Viteri B.
iii
AGRADECIMIENTOS
Principalmente agradezco a mis padres, que supieron orientar el camino hacia mi
superación académica y educativa, única herramienta para la transformación de la sociedad.
Agradezco al tutor de la investigación por ser un maestro comprometido con la enseñanza del
Derecho, y por permitirme culminar satisfactoriamente esta investigación. Y un agradecimiento
a los comerciantes del mercado municipal de Machachi, que permitieron el desarrollo del
proyecto, aportando con sus opiniones y críticas.
Dolores Eliana Viteri B.
iv
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD
Quito D.M, 30 de marzo del 2016
VITERI BAUTISTA DOLORES ELIANA, portadora de la cédula de ciudadanía No.
171622969-3, en mi calidad de autor de la investigación, libre y voluntariamente declaro que
el trabajo de Grado titulado “LA SILLA VACÍA Y EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE
IGUALDAD CIUDADANA EN LA ORDENANZA 001-2012 DEL GAD MUNICIPAL
DEL CANTÓN MEJÍA”, es de mi plena autoría, original y no constituye plagio o copia alguna;
constituyéndose en documento único, como mandan los principios de la investigación
científica, de ser comprobado lo contrario me someto a las disposiciones legales pertinentes.
Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.
Atentamente,
Dolores Eliana Viteri Bautista
171622969-3
v
AUTORIZACION DE LA AUTORÍA INTELECTUAL
Quito D.M, 30 de marzo del 2016
VITERI BAUTISTA DOLORES ELIANA, en calidad de autora del proyecto realizado sobre
“LA SILLA VACÍA Y EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE
IGUALDAD CIUDADANA EN LA ORDENANZA 001-2012 DEL GAD MUNICIPAL
DEL CANTÓN MEJÍA” por la presente autorizo a la UNIVERSIDAD CENTRAL DEL
ECUADOR, hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen o parte de los que contienen
esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.
Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente autorización,
seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 8, 19 y
demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.
Dolores Eliana Viteri Bautista
171622969-3
vi
APROBACIÓN DEL TUTOR
vii
APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO
Los miembros del Tribunal de Grado aprueban el informe de titulación “LA
SILLA VACÍA Y EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE IGUALDAD CIUDADANA EN
LA ORDENANZA 001-2012 DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA”. Para
constancia firman:
________________________ ________________________
PRESIDENTE VOCAL
________________________
VOCAL
viii
ÍNDICE DE CONTENIDOS
DEDICATORIA ......................................................................................................................... ii
AGRADECIMIENTOS ............................................................................................................ iii
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ............................................................................... iv
AUTORIZACION DE LA AUTORÍA INTELECTUAL .......................................................... v
APROBACIÓN DEL TUTOR .................................................................................................. vi
APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO .................................................................... vii
ÍNDICE DE CONTENIDOS .................................................................................................. viii
ÍNDICE DE GRAFICOS ........................................................................................................ xvi
ÍNDICE DE TABLAS ........................................................................................................... xvii
ÍNDICE DE ECUACIONES ................................................................................................... xxi
RESUMEN EJECUTIVO ...................................................................................................... xxii
ABSTRACT .......................................................................................................................... xxiii
INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 1
JUSTIFICACIÓN ....................................................................................................................... 3
CAPÍTULO I: DETERMINACIÓN DEL PROBLEMA ........................................................... 4
1.1.- DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL ........................................................ 4
1.2.- DETERMINACIÓN DE NUDOS CRÍTICOS (SUB-PROBLEMAS) ......................... 7
1.2.1.- Preguntas Directrices ............................................................................................... 7
1.2.2.- Planteamiento del Problema .................................................................................... 7
ix
1.2.2.1.- Contextualización - Macro ................................................................................ 7
1.2.2.2.- Contextualización - Meso ................................................................................. 9
1.2.2.3.- Contextualización - Micro ................................................................................ 9
1.3.- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ......................................................................... 10
1.3.1.- Objetivos ................................................................................................................ 10
1.3.1.1.- Objetivo General ............................................................................................. 10
1.3.1.2.- Objetivos Específicos ...................................................................................... 10
1.3.2.- Árbol de Problemas ............................................................................................... 12
1.4.- ANÁLISIS CRÍTICO ............................................................................................... 13
1.5.- PROGNOSIS ............................................................................................................ 14
CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO ....................................................................................... 15
2.1.- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN .......................................................... 15
2.1.1.- Crisis de Gobernabilidad en los Noventa y las Nuevas Exigencias en Participación
Política .............................................................................................................................. 15
2.1.2.- Cotacachi: primeras experiencias en Participación Ciudadana y la “Silla Vacía” 16
2.1.3.- La implementación de la Silla Vacía En Puerto Quito .......................................... 17
2.2.- FUNDAMENTACIÓN TEÓRICO - DOCTRINARIA ............................................... 18
2.2.1.- Democracias Modernas y Sociedad Civil. ............................................................. 18
2.2.2.- Características de la democracia en Latinoamérica del siglo XXI ........................ 22
2.2.3.- Conceptos básicos sobre democracia .................................................................... 24
2.2.4.- Democracia: ........................................................................................................... 25
x
2.2.4.1.- Democracia Representativa o Gobierno de los Representantes de los
Ciudadanos .................................................................................................................... 27
2.2.4.2.- Democracia Directa o el Gobierno Directo de los Ciudadanos ...................... 29
2.2.5.- Principio de Igualdad ............................................................................................. 36
2.2.5.1.- Modalidades Jurídicas del Principio de Igualdad ........................................... 38
2.2.5.2.- Conceptos de Igualdad - Rawls ....................................................................... 40
2.2.5.3.- Conceptos de Igualdad - Dworking ................................................................ 41
2.2.5.4.- Igualdad en el Ecuador .................................................................................... 44
2.3.- TRANSITO PARTICIPATIVO EN LATINOAMÉRICA Y EN EL ECUADOR ...... 46
2.3.1.- Decisión Electoral .................................................................................................. 46
2.3.2.- Participación .......................................................................................................... 46
2.3.3.- Responsabilidad ..................................................................................................... 47
2.3.4.- Respuesta a la Voluntad Popular ........................................................................... 49
2.3.5.- Soberanía ............................................................................................................... 49
2.4.- CONSTITUCIÓN 2008 Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ................................... 51
2.4.1.- Principio de Participación como Elemento Configurador ..................................... 51
2.4.2.- Mecanismos de Participación ciudadana ............................................................... 57
2.4.3.- Democracia electrónica ......................................................................................... 69
2.5.1.- Características de la Silla Vacía ............................................................................ 70
2.6.- FUNDAMENTACIÓN LEGAL .................................................................................. 76
2.6.1.- Constitución Vigente ............................................................................................. 76
2.6.2.- Ley Orgánica de Participación Ciudadana ............................................................ 81
xi
2.6.3.- Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD) ....................................................................................................................... 84
2.6.4.- Ordenanza 001-2012 Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Del Cantón
Mejía. ................................................................................................................................ 87
2.6.5.- Análisis Comparativo con Ordenanza de Participación Ciudadana del Cantón
Cayambe expedida el 10 de agosto del 2011 .................................................................... 93
2.6.6.- Análisis Comparativo con la Ordenanza 00-2011 que regula el Derecho de
Participación Ciudadana en las Sesiones del Concejo Municipal del Cantón Pedro
Vicente Maldonado a través del mecanismo de la Silla Vacía ......................................... 94
2.7.- HIPÓTESIS (o planteamiento ideológico a defender, o pregunta directriz)................ 95
2.8.- DETERMINACIÓN DE LAS VARIABLES .............................................................. 96
2.8.1.- Variable Independiente .......................................................................................... 96
2.8.2.- Variables Independientes ....................................................................................... 96
2.9.- DEFINICION DE TERMINOS BASICOS ................................................................. 97
CAPÍTULO III: MARCO METODOLÓGICO ..................................................................... 100
3.1.- DETERMINACIÓN DE LAS UNIDADES DE OBSERVACIÓN .......................... 100
3.1.1.- Población ............................................................................................................. 100
3.1.2.- Muestra ................................................................................................................ 100
3.2.- APLICACIÓN DE LOS MÉTODOS PREVIAMENTE DETERMINADOS ........... 102
3.2.1.- Método Histórico ................................................................................................. 102
3.2.2.- Método Analítico ................................................................................................. 102
3.2.3.- Método Sintético .................................................................................................. 103
xii
3.2.4.- Método Dialéctico ............................................................................................... 103
3.3.- APLICACIÓN DE LAS TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN .................................. 104
3.3.1.- Observación ......................................................................................................... 104
3.3.3.- Encuesta ............................................................................................................... 104
3.4.- DEFINICIÓN DE LOS INSTRUMENTOS ........................................................... 104
3.4.1.- Diario de Campo .............................................................................................. 105
3.4.2.- Recolección de la Información ........................................................................ 105
3.5.- PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN ................................. 105
3.6.- APLICACIÓN DE LA MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS
VARIABLES ...................................................................................................................... 106
CAPITULO IV: PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN .................. 108
4.1.- TABULACIÓN Y GRAFICACIÓN DE RESULTADOS ........................................ 108
4.1.1.- ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana? ................................... 108
4.1.2.- ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía? .............................................................. 109
4.1.3.- ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la Constitución
del Ecuador? .................................................................................................................... 110
4.1.4.- ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía? .................................... 111
4.1.5.- ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación
ciudadana en Mejía? ....................................................................................................... 112
4.1.6.- ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a las
reuniones del consejo de GAD Municipal? .................................................................... 113
4.1.7.- ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano? ............... 114
xiii
4.1.8.- ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del
Consejo Municipal y, ¿qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos
de interés público? .......................................................................................................... 115
4.1.9.- Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del
Consejo Municipal de Mejía? ......................................................................................... 116
4.1.10.- ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o junta?
......................................................................................................................................... 117
4.2.- ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS .......................................... 118
4.3.- COMPROBACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL OBJETIVO E HIPÓTESIS ............. 120
4.3.1.- Comprobación individual de hipótesis ................................................................ 121
4.3.1.1.- ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana? ............................ 121
4.3.1.2.- ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía? ........................................................ 124
4.3.1.3.- ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
Constitución del Ecuador? .......................................................................................... 125
4.3.1.4.- ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía? ............................. 126
4.3.1.5.- ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación
ciudadana en Mejía? .................................................................................................... 127
4.3.1.6.- ¿Ha escuchado a través de algún medio informativo la convocatoria a las
reuniones del consejo de GAD Municipal? ................................................................. 128
4.3.1.7.- ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano? ........ 130
4.3.1.8.- ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del
Consejo Municipal y, ¿qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los
asuntos de interés público? .......................................................................................... 131
xiv
4.3.1.9.- Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del
Consejo Municipal de Mejía? ..................................................................................... 133
4.3.1.10.- ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o
junta? ........................................................................................................................... 134
4.5.- CONCLUSIONES ..................................................................................................... 136
4.6.- RECOMENDACIONES ............................................................................................ 137
CAPITULO V. PROPUESTA ............................................................................................... 138
5.1 JUSTIFICACIÓN ......................................................................................................... 138
5.2 OBJETIVO ................................................................................................................... 139
5.2.1 Objetivo general ..................................................................................................... 139
5.2.2 Objetivos específicos ............................................................................................. 140
5.3 UBICACIÓN SECTORIAL Y FISICA. ...................................................................... 140
5.3.1.- Límites ................................................................................................................. 140
5.3.1.1.- Norte ............................................................................................................. 140
5.3.1.2.- Sur ................................................................................................................. 141
5.3.1.3.- Este ................................................................................................................ 141
5.3.1.4.- Oeste ............................................................................................................. 141
5.4 MAPA ........................................................................................................................... 141
5.5 CARACTERÍSTICAS DE LA PARROQUIA ............................................................. 142
5.5.1 Beneficiarios .......................................................................................................... 142
5.5.2.- Beneficiarios Indirectos ....................................................................................... 142
5.6 FACTIBILIDAD .......................................................................................................... 143
xv
5.7 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA ....................................................................... 144
5.7.1.- Propuesta de Reforma Legal ................................................................................ 144
5.7.2.- Fases del proyecto ............................................................................................... 145
5.8 CRONOGRAMAS DE ACTIVIDADES ..................................................................... 146
5.9 PRESUPUESTO ........................................................................................................... 147
5.10.- IMPACTOS .............................................................................................................. 147
5.11.- EVALUACIÓN ........................................................................................................ 148
VI.- BIBLIOGRAFIA ....................................................................................................... 149
xvi
ÍNDICE DE GRAFICOS
Ilustración 1: Árbol de Problemas ............................................................................................ 12
Ilustración 2: ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana? ............................... 108
Ilustración 3: ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía? ........................................................... 109
Ilustración 4: ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la Constitución
del Ecuador? ........................................................................................................................... 110
Ilustración 5: ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía? ................................ 111
Ilustración 6: ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación
ciudadana en Mejía? ............................................................................................................... 112
Ilustración 7: ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a las
reuniones del consejo de GAD Municipal? ............................................................................ 113
Ilustración 8: ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano? ........... 114
Ilustración 9: ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del
Consejo Municipal y, qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de
interés público? ...................................................................................................................... 115
Ilustración 10: Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del
Consejo Municipal de Mejía? ................................................................................................ 116
Ilustración 11: ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o
junta? ...................................................................................................................................... 117
Ilustración 12: Tabla para valores de chi-cuadrado crítico .................................................... 123
xvii
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1 Implementación de la Silla Vacía en Pichincha. ......................................................... 91
Tabla 2: Aplicación de la matriz de Operacionalización de las Variables ............................. 107
Tabla 3: ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana? ....................................... 108
Tabla 4: ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía? ................................................................... 109
Tabla 5: ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la Constitución del
Ecuador? ................................................................................................................................. 110
Tabla 6: ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía? ........................................ 111
Tabla 7: ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación ciudadana
en Mejía? ................................................................................................................................ 112
Tabla 8: ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a las reuniones
del consejo de GAD Municipal? ............................................................................................ 113
Tabla 9: ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano? ................... 114
Tabla 10: ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del
Consejo Municipal y, qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de
interés público? ...................................................................................................................... 115
Tabla 11: Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del
Consejo Municipal de Mejía? ................................................................................................ 116
Tabla 12: ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o junta? 117
Tabla 13: Tabla de contingencia “sumatoria” - ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación
Ciudadana? ............................................................................................................................. 121
Tabla 14: Tabla de contingencia “resultante” - ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación
Ciudadana? ............................................................................................................................. 121
Tabla 15: Tabla Chi - ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana? .................. 122
xviii
Tabla 16: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía? ........ 124
Tabla 17: Tabla de contingencia "resultante" ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía? ......... 124
Tabla 18: Tabla chi ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía? ................................................. 124
Tabla 19: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho
contemplado en la Constitución del Ecuador? ....................................................................... 125
Tabla 20: Tabla de contingencia “resultante” ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho
contemplado en la Constitución del Ecuador? ....................................................................... 125
Tabla 21: Tabla del Chi ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
Constitución del Ecuador? ..................................................................................................... 125
Tabla 22: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en
Mejía? ..................................................................................................................................... 126
Tabla 23: Tabla de contingencia “resultante” ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en
Mejía? ..................................................................................................................................... 126
Tabla 24: Tabla de Chi ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía? ................. 126
Tabla 25: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted como puede participar en este
mecanismo de participación ciudadana en Mejía? ................................................................. 127
Tabla 26: Tabla de contingencia “resultante” ¿Conoce usted como puede participar en este
mecanismo de participación ciudadana en Mejía? ................................................................. 128
Tabla 27: Tabla de Chi ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de
participación ciudadana en Mejía? ......................................................................................... 128
Tabla 28: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Ha escuchado a través de algún media
informativo la convocatoria a las reuniones del consejo de GAD Municipal? ..................... 129
Tabla 29: Tabla de contingencia “resultante” ¿Ha escuchado a través de algún media
informativo la convocatoria a las reuniones del consejo de GAD Municipal? ..................... 129
xix
Tabla 30: Tabla del Chi ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a
las reuniones del consejo de GAD Municipal? ...................................................................... 129
Tabla 31: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Sabe usted que es lo que significa ser un
Representante Ciudadano? ..................................................................................................... 130
Tabla 32: Tabla de contingencia “resultante” ¿Sabe usted que es lo que significa ser un
Representante Ciudadano? ..................................................................................................... 130
Tabla 33: Tabla del Chi ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano?
................................................................................................................................................ 130
Tabla 34: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene
voz y voto en las sesiones del Consejo Municipal y, qué puede aportar en la toma de
decisiones respecto a los asuntos de interés público? ............................................................ 132
Tabla 35: Tabla de contingencia “resultante” ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene
voz y voto en las sesiones del Consejo Municipal y, qué puede aportar en la toma de
decisiones respecto a los asuntos de interés público? ............................................................ 132
Tabla 36: Tabla de Chi ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las
sesiones del Consejo Municipal y, qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los
asuntos de interés público? ..................................................................................................... 132
Tabla 37: Tabla de contingencia “sumatoria” Si pudiese, ¿Participaría como Representante
Ciudadano en las sesiones del Consejo Municipal de Mejía? ................................................ 133
Tabla 38: Tabla de contingencia “resultante” Si pudiese, ¿Participaría como Representante
Ciudadano en las sesiones del Consejo Municipal de Mejía? ................................................ 133
Tabla 39: Tabla de Chi Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las
sesiones del Consejo Municipal de Mejía? ............................................................................ 133
Tabla 40: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Pertenece usted a es miembro de alguna
organización social, colectivo o junta? .................................................................................. 134
xx
Tabla 41: Tabla de contingencia “resultados” ¿Pertenece usted a es miembro de alguna
organización social, colectivo o junta? .................................................................................. 134
Tabla 42: Tabal del Chi ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social,
colectivo o junta? ................................................................................................................... 135
Tabla 43; Cronograma ............................................................................................................ 147
xxi
ÍNDICE DE ECUACIONES
Ecuación 1: Determinación de las Unidades de Observación ................................................ 101
xxii
RESUMEN EJECUTIVO
TEMA: “La Silla Vacía y el Principio Constitucional de Igualdad Ciudadana en la
Ordenanza 001-2012 del GAD Municipal del Cantón Mejía”
Esta investigación pretende analizar la figura de la silla vacía, en el cantón Mejía, en la
ciudad de Machachi, provincia de Pichincha. Visibilizar el contexto jurídico social en que se
materializa el principio de igualdad y participación ciudadana a través de la utilización de la
Silla Vacía. Explica también, cómo nace esta figura jurídica, sus posibilidades y alcances. El
estudio de los precedentes históricos de la Silla Vacía en el Ecuador, son Cotacachi y Puerto
Quito, donde se da su primer advenimiento y se consolida, además, el sistema de participación.
Después de todo el análisis busca evaluar cómo está estructurada la Ordenanza que regula la
Silla Vacía en Mejía, y que tan efectivo es su alcance en el mejoramiento de la democracia
local. Posteriormente se propondrá una ordenanza que permita llenar los vacíos jurídicos en la
regulación de dicha figura, especialmente en todo lo concerniente al principio de igualdad. Eso
intenta responder a las siguientes interrogantes, ¿Todas las personas tienen la misma posibilidad
de acceder a la Silla Vacía?, ¿Es realmente la Silla Vacía un mecanismo útil a la ciudadanía y
que además permite el mejoramiento de la democracia?, ¿Qué sucede con las personas que
permanecen al margen de una organización social?
PALABRAS CLAVE: SILLA VACÍA / SISTEMA DEMOCRÀTICO / PARTICIPACIÓN
CIUDADANA / PRINCIPIO DE IGUALDAD CIUDADANA
xxiii
ABSTRACT
“The Empty Chair and the Constitutional Principle of Citizen Equality provided in Ordinance
001-2012 of Autonomous Decentralized Municipal government of Mejía Canton”
The current investigation is intended to analyze the empty chair figure in Mejía canton in
Machachi city, Pichincha province; view the juridical-social context where the equality and
citizen participation principle is occurs, by using the Empty Chair principle. There is also an
explanation of how such juridical figure started possibilities and reach. There is also a study of
historic procedures of the Empty Chair in Ecuador, with Cotacachi and Puerto Quito, where the
events firstly occurred and consideration is provided to participation system. After all, the
analysis is intended to find out the structure of the Empty Chair Ordinance in Mejía canton, and
how effective is its each to reach local democracy. Afterwards, an ordinance shall be proposed
to allow filling juridical gaps in the regulation of such figure, especially in all what is related
to equality. It is intended to respond the following questions: Do all people have the same
possibility of getting access to the Empty Chair? Is the Empty Chair a useful mechanism for
the citizens and allows improving democracy? What happens with people staying out of the
social organization?
DESCRIPTORS: EMPTY CHAIR / DEMOCRATIC SYSTEM / CITIZEN
PARTICIPATION / CITIZEN EQUALITY PRINCIPLE
1
INTRODUCCIÓN
El presente proyecto indagará todo lo concerniente a la utilización de la Silla Vacía en
el cantón Mejía, provincia de Pichincha, a través del correcto estudio de la Ley Orgánica de
Participación Ciudadana y Control Social y de la Ordenanza 001-2012 del Sistema de Gestión
Participativa Ciudadana, Rendición de Cuentas y Control Social Del Cantón Mejía, expedida
el 17 de enero del 2012, donde es regulada esta figura, los vacíos que presenta y su vinculación
con la democracia participativa establecida en la Constitución. El objetivo será analizar la
utilización de la Silla Vacía estableciendo en qué medida, esta figura garantiza igualdad de
condiciones participativas a los ciudadanos.
El contenido se realizará en cinco capítulos, desarrollados de la siguiente manera:
En el CAPÍTULO PRIMERO se encontrará ejecutado el problema, planteamiento del
problema, ubicación del problema en un contexto socio-cultural, delimitación del problema,
formulación del problema, evaluación del problema, sistematización del problema, objetivo
general, objetivos específicos y justificación.
En el CAPÍTULO SEGUNDO se definirá el marco teórico, fundamentación teórica,
antecedentes de estudio, antecedentes investigativos, antecedentes históricos y fundamentación
legal. Así como definiciones de términos básicos y conceptos. Contendrá, además, variables
independientes como variables dependientes.
2
En el CAPÍTULO TERCERO se desarrollará el marco metodológico que contiene los
tipos de investigación, y son: investigación bibliográfica, investigación de campo, investigación
histórica e investigación descriptiva. Así también, se encontrará la población o muestra y los
métodos, en este caso el método científico. Además, se utilizará técnicas como la observación,
la entrevista, la encuesta, la visita domiciliaria; los instrumentos como diario de campo y
formulario de cuestionario; así como la recolección de la información y el procesamiento y
análisis de la información.
El CAPÍTULO CUARTO contendrá el análisis e interpretación de resultados,
conclusiones y recomendaciones.
En el CAPÍTULO QUINTO se encontrará la propuesta, la justificación, el objetivo,
tanto objetivo general como objetivos específicos, la ubicación sectorial y física, el mapa, las
características de la parroquia, los beneficiarios tanto beneficiarios directos como beneficiarios
indirectos, la factibilidad tanto interna como externa, la descripción de la propuesta, las fases
del proyecto, el cronograma de actividades, el presupuesto, los impactos, la evaluación, la
bibliografía y la bibliografía virtual.
3
JUSTIFICACIÓN
En los últimos años el Ecuador ha experimentado una serie de cambios en el
ordenamiento jurídico, expresados no solo, en la estructura de los cuerpos legales, sino también
en los nuevos paradigmas que se intenta instaurar en la sociedad ecuatoriana. Tales cambios se
dieron en el ámbito de la participación ciudadana, en la ley que se aprobó para
institucionalizarla y en los distintos mecanismos que se fijaron para ponerla en práctica; uno de
los mecanismos fue y es la figura de la Silla Vacía, que, por cierto, ha sido mínimamente
utilizada, en razón del tiempo que lleva figurando en la legislación.
Es así que la “Silla Vacía” será el eje de la investigación, porque constituye un elemento
que permitirá analizar, y describir la aplicación de la norma constitucional a nivel local, además
que su estudio contribuye a corroborar la eficacia que esta puede tener o no en el cumplimiento
del orden democrático dentro de los límites geográficos del Cantón Mejía.
La propuesta que derive de esta investigación servirá como un elemento activo que
aporte a la configuración de un sistema verdaderamente democrático, que tenga soporte no solo
legal sino también legítimo, específicamente en las Ordenanzas de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados que, dicho sea de paso, son los encargados de reglamentar su funcionamiento.
Este proyecto busca además que los actores sociales, se adueñen de la propuesta y sean
los principales llamados a defender el orden democrático, a través del uso de las herramientas
que la Constitución y los diferentes cuerpos legales les proporciona
4
CAPÍTULO I: DETERMINACIÓN DEL PROBLEMA
1.1.- DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL
El Ecuador empezó, hace no pocos años, un proceso de transformación en el sistema
jurídico. Dicha transformación tomo como punto de partida la aprobación de la llamada
Constitución de Montecristi, que trajo consigo la implementación de varias figuras jurídicas,
apareciendo así, la necesidad de que están fueran normadas en nuevos, códigos, leyes y
ordenanzas. Una de las figuras que se introdujo fue “La Silla Vacía”, y la menciona brevemente
en el Art 101, de la Constitución ecuatoriana vigente, que dispone:
Las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados serán públicas, y en ellas
existirá la silla vacía que ocupará una representante o un representante ciudadano en
función de los temas a tratarse, con el propósito de participar en su debate y en la toma de
decisiones”. (Constitución, 2008)
Este mecanismo intenta asegurar el funcionamiento de un sistema democrático basado no sólo
en la representación, sino en la participación directa de los ciudadanos, en la construcción de
las políticas del Estado, sin embargo, al ser relativamente nuevo, carece de una normativa que
sea conocida y discutida por el conjunto social, pero principalmente usada por este.
Mencionemos que la Silla Vacía, trata de posibilitar que las organizaciones y personas
interesadas incidan y tengan presencia directa en algún asunto concerniente a la organización
5
del territorio, sin embargo, en la Constitución solo se la nombra. Igualmente, en la norma que
la precede se establece el procedimiento básico, delegando esta tarea a los Gobiernos
Autónomos descentralizados a través de una ordenanza que establezca el procedimiento
específico en cada jurisdicción, es así que la Ley de Orgánica de Participación Ciudadana en el
artículo 77 dispone:
De la silla vacía en las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados. - Las sesiones
de los gobiernos autónomos descentralizados son públicas y en ellas habrá una silla vacía
que será ocupada por una o un representante, varias o varios representantes de la
ciudadanía, en función de los temas que se van a tratar, con el propósito de participar en el
debate y en la toma de decisiones. La convocatoria a las sesiones se publicará con la debida
anticipación.
En las asambleas locales, cabildos populares o audiencias públicas, se determinará la
persona que deberá intervenir en la sesión de acuerdo con el tema de interés de la
comunidad, quien se acreditará ante la secretaría del cuerpo colegiado.
Su participación en la sesión se sujetará a la ley, ordenanzas y reglamentos de los gobiernos
autónomos descentralizados…”
La investigación se sitúa entonces, en la Ordenanza 001-2012, que reglamenta el
Sistema de Gestión Participativa Ciudadana, rendición de cuentas y control social del Cantón
Mejía, ya que se intenta analizar cómo está construida esta ordenanza y los parámetros
desarrollados para la utilización de este mecanismo, pero principalmente verificar que cumpla
realmente su cometido, es decir garantizar la democracia en los espacios locales a través de una
amplia participación ciudadana. Idealmente esta figura se constituyó como un espacio donde
6
debían confluir las expresiones del conjunto de la sociedad, es por eso que no se determina
mayor impedimento para señalar quienes deberían ser los ocupantes de la Silla Vacía, sin
embargo al no existir una clara regulación sobre el procedimiento nos encontramos en un
posible riesgo, el que no se garantice la igualdad de los ciudadanos ya que quienes participen
pueden ser personas que representen solo a una parte de los intereses de la población, esto
significa que deben establecerse los mecanismos correctos para que quien sea la voz ciudadana
en un determinado tema, efectivamente responda a intereses públicos y no particulares. La
ordenanza debe tratar de cumplir este cometido, ya que de no hacerlo estaría incumpliendo con
uno de los principales elementos de la democracia “la igualdad”. Se perdería incluso la
legitimidad del orden político establecido y se transformaría en una democracia elitista. En
síntesis, es necesario encontrar procedimientos alternativos que respete la igualdad ciudadana
(Pachano, 2010). Los conflictos que se suscitan en la práctica de esta figura deben ser
analizados, ya que ha trascurrido un tiempo estimable para evaluar sus efectos sea en el
mejoramiento de orden democrático o por el contrario observar los vacíos existentes en el
mismo.
En Mejía, la Ordenanza que establece como debería funcionar la Silla Vacía, no tiene
lineamientos precisos, carece de muchos elementos que ayuden a evitar que este mecanismo se
politice y solo sea utilizado por un sector de la sociedad, por ejemplo el Art. 32 de la Ordenanza
se establece la forma de cómo serán conocidos los temas a tratarse en una reunión del consejo,
y se menciona medios de comunicación colectiva, sin determinarse cuales podrían ser esos
medios y de esta manera hacer más asequible a la comunidad este elemento. Existen otros
puntos a tratarse para demostrar el vacío jurídico de la ordenanza. Pero además se intenta buscar
la manera de ordenar el engranaje de las disposiciones legales existentes, e incluir las reformas
7
pertinentes, que permitan un efectivo cumplimiento de la Constitución, además de que ayuden
a la población apropiarse del orden constitucional establecido por la voluntad popular.
1.2.- DETERMINACIÓN DE NUDOS CRÍTICOS (SUB-PROBLEMAS)
1.2.1.- Preguntas Directrices
¿Cómo se construye la figura de la Silla Vacía en la legislación ecuatoriana?
¿Porque afecta la regularización de la Silla Vacía al principio constitucional de
igualdad?
¿En qué consiste el principio de igualdad ciudadana?
1.2.2.- Planteamiento del Problema
1.2.2.1.- Contextualización - Macro
La participación ciudadana y los mecanismos, que hacen posible su institucionalización,
son una estrategia para mejorar la democracia. En Latinoamérica son algunos los países que
han aplicado normativas intentando construir procesos legítimos, y que han sido consecuencia
8
de la crisis de gobernabilidad en toda la región. Países como Ecuador, Bolivia, Venezuela,
México, Argentina; Brasil, Argentina ha tomado la posta.
En la región se ha consolidado un proceso de transformación democrática, a la par en
cada uno de estos contextos se han suscitado también problemas que han limitado la aplicación
de este elemento participativo, relacionado con características propias de estos países, falta de
información y de cultura ciudadana, falta de claridad en las leyes y normas, pobreza,
marginación, pero sobre todo un cúmulo de experiencias históricas de quebrantamiento
democrático, que han traído consigo un andamiaje cultura complejo, y difícil de superar.
Sin embargo y a pesar de los inconvenientes, la participación de grupos que han sido
excluidos como: niños grupos indígenas, afro, mujeres, han tenido la oportunidad de participar
en esta tarea a lo largo de Latinoamérica, Abers (2000, pág. 67) menciona a propósito:
Los primeros estudios sobre participación ciudadana en América Latina se centraron en
intentar demostrar sus efectos positivos sobre variables de tipo político y social como el
aumento de la transparencia de las políticas públicas, de la satisfacción ciudadana con la
democracia y de la redistribución de recursos hacia segmentos más pobres y marginados.
La tendencia en los países del Sur es incluir este elemento junto a los mecanismos que
le dan vida, en los diferentes cuerpos legales, siendo diferente su interpretación y por lo tanto
aplicación en los distintos países, corriendo el riesgo incluso de que estos tengan un exceso de
politización.
9
1.2.2.2.- Contextualización - Meso
Ecuador ha sido uno de los pioneros en desarrollar la participación ciudadana por lo
menos en teoría. Este concepto ha sido incorporado en lo que se conoce como la reforma
democrática del estado. Para ello, se incluyó una sección en la Constitución que plasmaba todo
lo referente a la participación, y que mencionaba a la Silla Vacía como nuevo mecanismo por
medio del cual se podía implicar a la ciudadanía en la toma de decisiones. Es así además que
se crea la Ley Orgánica de Participación y Control Social y la entidad que sería la encargada de
institucionalizar la misma. De ahí que Moncada argumente que:
La participación ciudadana en Ecuador es el resultado de un proceso en construcción a
partir de un recorrido histórico, fruto de la organización y movilización de las personas,
pueblos y grupos sociales diversos, en búsqueda de mejorar sus condiciones de vida y de
incidir en la vida social y política del país (2012, p.10)
Es así que en el escenario ecuatoriano se asentaron las bases para desarrollar
mecanismos de participación, pero delegando la responsabilidad de configurar un proceso
específico, a los niveles locales de gobierno.
1.2.2.3.- Contextualización - Micro
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía para el año 2012
expidió una Ordenanza que norma el Sistema de Participación Ciudadana y Control Social. A
parte de la escasa voluntad política, han existido una serie de factores que han dificultado que
10
la colectividad tenga un mayor a acceso a este recurso democrático. La investigación se centrará
en los motivos legales que dificultan la incorporación de los distintos actores sociales que
conforman el Cantón Mejía.
1.3.- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿La regulación de la figura de la Silla Vacía en la Ordenanza 001-2012 del GAD
Municipal del Cantón Mejía vulnera el principio constitucional de igualdad ciudadana?
1.3.1.- Objetivos
1.3.1.1.- Objetivo General
Garantizar el cumplimiento de la Constitución, demostrando que la figura de la Silla
Vacía vulnera el Principio Constitucional de Igualdad mediante el análisis de la Ordenanza
001-2012 del GAD Municipal del Cantón Mejía.
1.3.1.2.- Objetivos Específicos
Definir como se establece la figura de la Silla Vacía en la legislación ecuatoriana y en
la Ordenanza 001-2012 del GAD Municipal del Cantón Mejía.
11
Analizar el principio constitucional de igualdad en la regularización de la Silla Vacía.
Elaborar una propuesta de reforma a la Ordenanza 001-2012 del GAD Municipal del
Cantón Mejía que defina los mecanismos de selección de la persona que van a hacer uso de la
Silla Vacía.
12
1.3.2.- Árbol de Problemas
EFECTOS
PROBLEMA
CAUSAS
Ilustración 1: Árbol de Problemas
Escasos cambios en la ordenanza que provengan
de la comunidad y que permitan el mejoramiento
en el proceso para el acceso a la Silla Vacía.
Escaza utilización de este
mecanismo de participación
ciudadana.
No se garantiza la
perfectibilidad del sistema
democrático local.
La regulación de la Figura de la Silla Vacía en la Ordenanza 001-2012 del GAD
Municipal del Cantón Mejía vulnera el Principio Constitucional de Igualdad Ciudadana
Existe desconocimiento y
desinformación respecto a la
figura de la Silla Vacía y al
procedimiento para ocuparla.
Un porcentaje de la ciudadanía no
pertenece a una organización
social que permita una real
vinculación a este proceso.
El GAD no ha promovido la cultura ciudadana
de la sociedad perteneciente al Cantón Mejía.
13
1.4.- ANÁLISIS CRÍTICO
En el Cantón Mejía es poca la gente que conoce el mecanismo de la Silla Vacía. Este
desconocimiento desencadena que la Silla Vacía no sea utilizada, ni cumpla el objetivo de
incentivar la participación directa, anulando la posible influencia que los distintos sectores de
población puedan tener en las decisiones de la gestión pública y de la política que se ejecuta a
nivel local.
La creación de la Silla Vacía fue pensada para que la sociedad pueda ser partícipe de las
decisiones que le atañen, sin embargo para que se forme parte del debate, se debe representar
un interés común, de lo que se deriva que solo las personas que están en una organización social
puedan enterarse del procedimiento, pero la interrogante es qué sucede entonces con las
personas que permanecen fuera de este ámbito por distintas circunstancias, y no puedan
expresar sus opiniones en un espacio en común. Existe una paradoja porque estos mecanismos
de participación fueron creados con el fin de mejorar la democracia, por lo tanto, al mejorar la
aplicación del proceso tomando en cuenta este punto, el principio constitucional de igualdad
mejoraría en su realización.
Es responsabilidad del Gobierno Autónomo Descentralizado promover el acceso a estos
medios, intentando además mejorar la cultura ciudadana de la sociedad ya que esto viabiliza
que las opiniones del conjunto social permitan mejorar la aplicación de la ordenanza. La
dificultad radica en que dado el poco conocimiento y utilización de este recurso la Ordenanza
no pueda ser mejorada, ya que es, en el interior de los procesos ciudadanos y de la sociedad
civil donde emergen los cambios sustanciales para una eficaz aplicación de la norma.
14
1.5.- PROGNOSIS
Los procesos que se han instituido desde el advenimiento de la Constitución, han
recibido un trato interesante desde las leyes promulgadas, sin embargo, la aplicabilidad de estos
solo puede hacerse en razón del grado de utilidad práctica que exista en la sociedad. De no ser
eficaces todos estos avances quedarían en la superficialidad del debate y las palabras, serían
“papel muerto”.
Pero sobretodo el espíritu por el que fue creado el mecanismo de la Silla Vacía se vería
truncado. El sistema democrático no mejoraría y por lo tanto no se optimizarían las condiciones
de vida de los ciudadanos. El ser partícipes directos en la toma de decisiones otorga a la
sociedad civil, un mayor control ante la corrupción, el nepotismo, y un sin fin de vicios que
truncan el desarrollo de una determinada sociedad, en este caso la del Cantón Mejía.
15
CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO
2.1.- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
2.1.1.- Crisis de Gobernabilidad en los Noventa y las Nuevas Exigencias en Participación
Política
En los años 90, ya se avizoraba en el Ecuador un periodo de largas crisis que
desencadenaría en la ruptura del ordenamiento constitucional, y que además traía consigo la
inestabilidad de los gobiernos que desde esa época ascendían al poder. Tal como lo dice Simón
Pachano (2012, p. 12), (...) la destitución de tres presidentes de la república se realizó al margen
de las disposiciones y de los procedimientos constitucionales y legales, pero aparentemente ello
no perjudicó al orden institucional vigente.
Esta es la llamada época del neoliberalismo, donde los estados aparecían desmantelados,
pero el crecimiento de los movimientos sociales, especialmente el indígena tuvo un realce en el
escenario político ecuatoriano, su presencia en el país por primera vez se hace visible. Aparece
como un conglomerado, que a pesar de ser contestatario, está organizado. Inicia un nuevo
punto de partida para el Ecuador, pues los indígenas reclamaban nuevos espacios políticos.
Los movimientos sociales buscan mostrar que sus luchas están conformadas por gente pobre
y marginal y su principal objetivo es la lucha por instituir un nuevo tipo de derechos con
dignidad y una nueva forma de entender la ciudadanía, a partir de este proceso construyen
o entretejen el nuevo sentido de lo cultural y la política (Carrillo, 2003, p. 2-3).
16
2.1.2.- Cotacachi: primeras experiencias en Participación Ciudadana y la “Silla Vacía”
Como resultado de las movilizaciones indígenas de los noventa, el movimiento indígena
empieza a tomar participación en la política local, específicamente en Cotacachi, cantón
perteneciente a la provincia de Imbabura. El proceso organizativo de este sector, derivó en que
alcancen también la representación política resultando en 1996 Auki Tituaña alcalde del
mencionado cantón, a lo que se añade:
Su gestión inicia con la convocatoria a una Asamblea cantonal, que era un foro ciudadano
de tres días, donde se discutían las prioridades del cantón. En el proceso esta asamblea se
convirtió en una entidad autónoma con representantes elegidos por la Comunidad, que
además era el resultado de la manifestación de los diversos sectores sociales. Es decir, Tales
gobiernos alternativos apuntaban a desarrollar «una nueva lógica de gestión en que el
gobierno municipal pasa de ser representante del Estado central [...] a constituirse en
representante de la sociedad civil frente al Estado nacional. (Ramírez Gallegos, 2009).
La estructurada de esta entidad autónoma, era a) Asamblea de Unidad Cantonal; b) El
Consejo de Desarrollo y Gestión; y c) Comités Intersectoriales de Trabajo (funcionaban con la
participación del conjunto de la comunidad organizada, pero que tenían un vacío, dejaba por
fuera a los “no organizados”).
Las asambleas se convirtieron en el espacio de deliberación colectiva que presentaban
propuestas al municipio. Estas llegan a tener una representación política tan marcada que el
17
alcalde propone sus lineamientos ante la Asamblea en busca del apoyo civil. Las tensiones entre
el poder político de la Alcaldía y la Asamblea hacen que en el 2003-2004, el presidente de la
asamblea ocupe un espacio sin voto en el Concejo Cantonal, dando el advenimiento de lo que
ahora conocemos como Silla Vacía.
2.1.3.- La implementación de la Silla Vacía En Puerto Quito
La implementación de la Silla Vacía en Puerto Quito fue una experiencia genuina, pues
a diferencia de Cotacachi, no contaban con experiencia de participación previas. Por ello en el
2011, se forma la Escuela de Gestión Pública, que buscaba fortalecer las capacidades de gestión
municipal, respecto al territorio y la participación ciudadana.
Los ciudadanos y los funcionaron de Puerto Quito formaron parte de la Escuela de
Gestión, que, a su vez, era un proyecto de la FLACSO, y de la fundación ESQUEL. La primera
acción que realizaron fue seleccionar a doce personas, dos civiles y diez miembros del
municipio para capacitarse en dicha escuela. Estas doce personas deciden dividir a Puerto Quito
en cuatro sectores. Cada uno de estos sectores tenía una asamblea preparatoria donde se
discutían todos los ejes de acción del municipio. De todos los sectores, debían elegirse treinta
y dos representantes, los cuales luchaban por ocho puestos que iban a ir a la Asamblea General.
Lo que se suscitó en la organización del funcionamiento de este mecanismo es que, era una
herramienta que ayudaba a la administración del Municipio.
18
Desde la implementación del sistema participativo y de la activación de la Silla Vacía,
se observaron una serie de cambios en la relación entre el municipio y la sociedad civil en
Puerto Quito. La alcaldesa como los concejales percatan el desarrollo de la participación
ciudadana, el representante ciudadano que ocupaba la Silla Vacía, permitía que los procesos de
negociación se alarguen y que gracias a esta intervención se ha logrado revertir decisiones del
Concejo Municipal, como cita Ramírez, se modificó la ordenanza que normaba el presupuesto
participativo, aumentando luego la cantidad que se designaba a cada recinto. Aproximadamente
cien personas, entre representantes y dirigentes de las organizaciones sociales fueron parte de
estos procesos de implementación de la Silla Vacía.
2.2.- FUNDAMENTACIÓN TEÓRICO - DOCTRINARIA
2.2.1.- Democracias Modernas y Sociedad Civil.
Este capítulo de la investigación se enfoca en el estudio de la democracia pues ha sido
y es un tema de debate intenso e interminable, hasta la actualidad. Constituye punto de partida
para abordar el tema en cuestión.
En la última década los gobiernos latinoamericanos, llamados “progresistas”, han puesto
en marcha la construcción de un complejo engranaje político, jurídico e institucional, dando el
primer paso: la transformación de las bases legales de un país, es decir, el marco constitucional.
19
Resulta entonces, imprescindible mencionar los estudios sobre la democracia en los
estados actuales, y además su configuración en las instituciones y en la sociedad civil. Cabe
señalar autores que se han centrado en el estudio de la calidad de democracia, y como se
configura, especialmente en el contexto Latinoamericano por ejemplo Levine y Molina, al
respecto dicen:
Todo conjunto de procedimientos políticos e instituciones deben ser considerado dentro
del contexto social en que funciona, de forma que se pueda evaluar en qué medida los
individuos y las organizaciones tienen posibilidades de acceso a la participación de
manera libre e igual (2007, p.19)
Pues bien, se debe precisar, que, para garantizar un sistema democrático, se requiere una
serie de elementos que sean capaces de materializarlo, en cada uno de los espacios donde
convive la sociedad civil. En las sociedades contemporáneas el número de habitantes de un
país, constituye un primer obstáculo para garantizar un modelo democrático eficaz. Hay
definiciones que afirman que la democracia es un conjunto de normas para que la mayoría de
ciudadanos, directa o indirectamente participen en la toma de decisiones. (Bobbio, 1978).
Sin embargo, no siempre tuvo relevancia el concepto de “la mayoría”, prevalecían una
serie de teorías contrapuestas que señalaban que la democracia era un simple mecanismo para
autorizar la elección y decisión de un gobierno, las mismas que dieron origen al llamado
“modelo democrático elitista competitivo” que buscaba únicamente el protagonismo de los
“elegidos”, concentrando y centralizando el poder y toma de decisiones solo en la élite política
que podía acceder al “mercado democrático” (Vergara, 2005).
20
Es a partir de los años setenta que surgen cuestionamientos al “modelo democrático
elitista” y se inicia la construcción de los “modelos participativos” que aceptaban la teoría de
la representación y le incorporaban el concepto de participación. Nace la alternativa a la
insatisfacción del modelo en ese entonces vigente.
Uno de los principales creadores del modelo democrático participativo fue Haberman y
sentó algunos principios que son recogidos por la gran parte de las democracias actuales. Estos
son:
- Un orden político legítimo requiere ser reconocido por los ciudadanos como
correcto y justo (Ib.): es decir que no por el hecho de que los ciudadanos crean que un gobierno
sea legítimo, este en verdad los sea. Los ciudadanos deben actuar de manera activa y dialogar
y debatir públicamente. La legalidad no determina lo legítimo.
- Cuestionamiento a la concepción tecnocrática de la política (Ib.): Haberman
criticaba la concepción de que solo hay un reducido grupo de personas que tenían el
conocimiento científico para la adecuada toma de decisiones, es decir el aparato burocrático, y
además criticaba que esta toma decisiones políticas quedaban al margen de lo meramente
técnico.
- La teoría de la acción comunicativa cuestiona la existencia de un saber
científico-tecnológico que excluya la participación (Ib.): No existe conocimiento científico
incuestionable, que no se pueda transformar, especialmente en el ámbito social, por ello no se
21
puede excluir a ningún grupo persona que tenga interés en la toma de decisiones, incluso esto
dota de legitimidad a las decisiones políticas.
- Las decisiones políticas participativas construyen consensos basados en
intereses universalizables (Ib.): Dada la complejidad y diversidad de las sociedades actuales no
se puede consensuar ni negociar intereses particulares de grupos determinados, pero si se puede
construir intereses legítimos.
- La tarea principal de la teoría democrática participativa consiste en justificar la
participación social y política amplia, permanente e institucionalizada para realizar los valores
normativos de la modernidad (Ib.): Cree en la necesidad del autogobierno, es decir, enfatiza el
papel de los procesos comunicativos, pues de nada sirve una institucionalidad, sino se ha
originado los espacios “para la realización de los valores normativos de la modernidad”
- El autogobierno no consiste en el ejercicio de la soberanía por el pueblo, sino en
la realización de la voluntad popular como procedimiento (Ib.): El derecho es que sustenta la
forma jurídica del poder, es decir se debe dar valor normativo a las organizaciones de la
sociedad civil, para que estos pases a ser obligatorias y por consiguiente parte del poder.
Tomando en cuenta estas características la cuestión es centrar el estudio de las
democracias modernas en Latinoamérica, sus características y elementos constitutivos, y a
través de este analizar cómo se entiende el funcionamiento del nuevo mecanismo de
participación, que se han incluido en las Constituciones de la región, y aún más importante en
22
la Constitución Ecuatoriana. Así mismo se visibilizará los procedimientos que resultan
ineficaces para el mejoramiento de la democracia, especialmente de la local.
2.2.2.- Características de la democracia en Latinoamérica del siglo XXI
En América Latina, actualmente existen un sin fin de instituciones y normas que se
asemejan a los países que han tenido grandes avances en cuanto a democracia se trata, sin
embargo, las sociedades donde estas funcionan y se transforman, son culturalmente diferentes.
América Latina en los últimos veinte años ha producido grandes cambios, que han establecido
un conjunto de principios, reglas e instituciones que organizan las relaciones sociales, los
procedimientos para elegir gobiernos y los mecanismos para controlar su ejercicio. Aun así
estos cambios parecen insuficientes a la hora de combinarlos con la práctica y la realidad. A
pesar de ello hay características para que estos sistemas democráticos se hayan construidos
como tales:
1. La democracia tiene como esencia filosófica y normativa que el ser humano es
portador de derechos, de esta acepción se desprende el concepto de ciudadanía,
también de la ciudadanía política (PNUD, 2004).
2. La democracia es una forma de organización que debe garantizar el ejercicio de la
ciudadanía además de ampliarla, es por eso que establece normas para las
relaciones políticas, para la organización y ejercicio del poder (Ib.)
23
3. Todo lo concerniente a la democracia electoral: las elecciones ejercidas con
libertad e institucionalizadas además de los procedimientos son elementos
imprescindibles de la democracia. (Ib.)
4. La democracia en América Latina responde a un proceso histórico que además se
articula con la construcción de la Nación y de las sociedades latinoamericanas y su
diversidad. (Ib.)
Estas características son la que construyen la mayoría de democracias latinas, sin
embargo, la calidad de la democracia sigue siendo un tema polémico, ya que el sistema
institucional no se ha podido articular con la realidad y los contextos propios de cada sociedad.
Al respecto podemos mencionar que:
Las definiciones procedimentales de la democracia son atractivas porque presentan límites
claros y pueden trasladarse de un caso a otro. Pero rápidamente tropiezan con dificultades
si las motivaciones y los canales institucionales especificados en la definición no se vinculan
claramente al contexto social (Levine y Molina, 2007, p.21).
De esta afirmación se desprende que hay aspectos fundamentales para legitimar un
régimen democrático:
- Garantizar no solo la legitimidad de origen, sino también la legitimidad de
ejercicio, y que ambas estén sometidas al Estado de derecho;
24
- El tránsito de una democracia electoral a una democracia de ciudadanos y de
instituciones;
- La conciliación de democracia con desarrollo económico en el marco de
sociedades con mayores niveles de cohesión social, menor desigualdad y pobreza, y
mayor equidad de género;
- Lograr que la democracia entregue respuestas eficaces a nuevos tipos de
demandas provenientes de sociedades más complejas, más modernas, más urbanas y
más jóvenes y sobretodo bastante diversas.
2.2.3.- Conceptos básicos sobre democracia
En las sociedades contemporáneas, rige el sistema representativo, aunque como se
mencionó anteriormente se ha incluido la participación de la sociedad. Hay tratadistas que
abordan la cuestión destacando la importancia de este segundo elemento “la participación del
mayor número posible de los interesados”, además de añadir como requisitos para una plena
democracia, la existencia de alternativas reales entre las cuales elegir, y la existencia de
garantías a la libre elección como la opinión, expresión, etc., (Bobbio, 2006).
Representación y participación son conceptos que interactúan entres sí, sin embargo, se
suscitan muchos debates entorno a estas dos nociones en algunos casos resaltando la
representatividad y en otros la participación, como características esenciales de la democracia.
25
Vale señalar que las democracias actuales son en esencia y en su mayoría
representativas, aunque en los últimos años las sociedades latinoamericanas han intentado
construir regímenes democráticos que contengan la participación de la mayoría de ciudadanos
instaurando instituciones y normativas que permitan este cometido. Es necesario referir cada
uno de los términos enunciados anteriormente e incluir otros que nos ayudaran a comprender
este concepto importante, para empezar a bordar el tema en cuestión.
2.2.4.- Democracia:
La definición que mejor se aproxima a los tiempos actuales es la que se entiende por
régimen democrático “primeramente un conjunto de reglas de procedimiento para la formación
de decisiones colectivas, en el que es prevista y facilitada la más amplia participación posible
de los interesados” (Bobbio, 1986. p,15).
Al respecto podemos mencionar los principales elementos que menciona el citado autor
para que exista la condición de régimen democrático en un determinado territorio:
a) Todos los ciudadanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, sin distinción alguna
(raza, religión, etnia, sexo, etc.) deben gozar los mismos derechos políticos, y elegir a
quien exprese su opinión de manera libre.
b) El voto que tenga cada uno de los ciudadanos debe tener igual valía.
c) Todos los ciudadanos son libres de votar entre organizaciones políticas que expresen su
opinión y permitan transformar sus demandas en deliberaciones colectivas.
d) Deben ser libres al momento de elegir entre las diversas alternativas, es decir, escoger
entre soluciones diversas.
26
e) Para las decisiones colectivas y para la elección de representantes, es válido el principio
de la mayoría es quien decide, aunque se puedan proveer mecanismos distintos para
determinar esta mayoría.
f) La decisión de la mayoría no debe menoscabar en los derechos de la minoría.
Podemos deducir de estas series de elementos que para sostener una democracia lo
primero que se debe garantizar es la igualdad de condiciones para todos los miembros de la
sociedad, entendiéndola como el derecho de participar en la conformación del poder y en su
gestión (Pachano, 2010). Sin embargo, para que estas sean más o menos realizables se debe
enfatizar la manera de proceder de un determinado sistema, y asì se concreten tales “ideales”
democráticos.
De los procedimientos que se han adoptado, se pueden distinguir dos tipos de
ordenamiento político que se caracterizan por ser los más avanzados en cuanto de ejercer la
democracia se trata:
1. El gobierno de los representantes de los ciudadanos, y;
2. El gobierno directo de los ciudadanos.
Cada uno de estos elementos forma una expresión de la participación popular, de la
voluntad de los ciudadanos recalcando que:
27
Aunque los dos pueden ser considerados como gobierno del pueblo, ya que constituyen la
expresión de la voluntad popular, hay autores que le otorgan ese calificativo solamente al
primero, en tanto que consideran que el segundo es el gobierno de los políticos (Nun, 2002.
p, 20).
2.2.4.1.- Democracia Representativa o Gobierno de los Representantes de los
Ciudadanos
En las democracias antiguas, donde la sociedad era simple, nace la idea de la igualdad
ciudadana. Tratar los asuntos de interés público era relativamente sencillo porque se reunían en
una plaza los considerados ciudadanos (que eran un reducido grupo de personas que gozaban
de determinada posición económica y social), y deliberaban acerca de los asuntos de la ciudad
recurriendo incluso al sorteo para llenar los cargos administrativos. (Pachano, 2010). Es a partir
de estas condiciones que se hacía posible la participación directa de los ciudadanos.
La realidad de las sociedades actuales dista mucho de lo que eran, ahora su tamaño
poblacional es considerable, tienen una compleja división del trabajo y la mayoría de miembros
de la sociedad son ciudadanos que gozan de derecho políticos.
Es así que, la manera que han encontrado las sociedades modernas para aterrizar y lograr
el cometido democrático es por medio de la representación, explicando la igualdad de todos los
ciudadanos como condición sine qua non, para elegir y ser elegido. Al respecto Pachano señala:
28
La distribución del poder se manifiesta fundamentalmente en la vigencia de ese derecho
político básico, que a su vez se asienta en otros derechos de carácter civil (plena vigencia
de las libertades y de las garantías) y también de carácter político -libertad de asociación,
de expresión- (Ibidem, p. 8).
A partir de esta concepción, la representatividad se trata de cómo se hace posible la
igualdad ciudadana. Hay representación política porque hay esa igualdad, es decir todos los
ciudadanos han manifestado su expresión a través del voto. La representación es el principal
camino por el cual se alcanzan los objetivos democráticos en las sociedades hoy en día. Cabe
insinuar que, en la práctica no necesariamente sucede lo deseable, los procedimientos muchas
veces se ven viciados, sin embargo y a pesar de ello, este elemento es esencial para configurar
la democracia contemporánea.
Al respecto de la representación Sartori dice:
La representación debe ser entendida como el hecho de que una persona actúa en lugar de
otra u otras que por diversas razones no pueden hacerlo directamente, ya sea por la
complejidad de la sociedad, por la necesidad de cada persona de atender sus asuntos
personales, por la administración o por otras razones (1999, p.257).
Es entonces en el proceso electoral, donde las personas escogen a quien será su
representante. Los ciudadanos entregan un mandato a quienes eligieron para ser representados.
Sin embargo, esta relación no es de carácter vinculante porque quien es elegido, está
representando al conjunto de la sociedad y no a intereses particulares. El mandatario además
29
ejercerá cargos públicos lo que le dota de una relativa autonomía, sujeto solo a las leyes que lo
norman. El mandante a pesar de estas condiciones puede revocar el mandato, pero a través de
un proceso con condiciones ya establecidas y normadas, ya que no es la esfera privada donde
se está actuando.
Se ha visto que para que exista democracia, deben participar la mayoría de ciudadanos,
sin este requisito se podría generar una pseudo-democracia, derivada de cierta condición social,
o económica, perdiendo el régimen político, total legitimidad.
Por otro lado, la representatividad, tiene otro vacío y es determinar qué pasa con el resto
de la sociedad una vez que ha elegido a sus representantes, es decir el papel activo que debería
desempeñar. Hay muchas actividades fuera de la esfera electoral que deben cumplir los
ciudadanos directamente. Estas actividades pueden ser la definición de políticas, ejecución de
proyecto y planes, rendición de cuentas de los mandatarios y de las instituciones (Pachano,
2010). En este punto encuentra cabida la participación directa de los ciudadanos.
2.2.4.2.- Democracia Directa o el Gobierno Directo de los Ciudadanos
Todas las formas de participación deben estar rigurosamente vinculadas al principio de
igualdad ciudadana, que es regido principalmente por la representación.
30
Esta tendencia surgió a finales de los 60, muchos teóricos criticaban la representatividad
de los partidos políticos y la insatisfacción de su representatividad, así surge el concepto de
participación. Lo que se buscaba era democratizar la democracia.
Los autores cuestionaban de esta manera el mejoramiento del orden democrático,
porque, señalaban que se le quitaba al conjunto de la sociedad, la búsqueda de soluciones
conjuntas, es decir, pensar en los intereses colectivos y comunes y por otro lado las instituciones
representativas y sus decisiones no serían de una real eficacia, ya que no expresarían
suficientemente la voluntad de todos, a no ser que intervengan los ciudadanos mismos (Baños,
2006).
Para defender a la participación muchos autores la resaltaban argumentando la
contribución que hacía a la sociedad ya que esta ayudaba al mejoramiento de la educación
cívica, interesándose todos en la actividad política y en la toma de decisiones. La participación
activa también ayudaba a que se trace límites a la participación política de los representantes, y
hacía que los ciudadanos lleguen a consensos políticos a través de la deliberación. Proponían la
creación de mecanismos que permitan que se amplíe la participación, sobre todo en a nivel local
como consejos de barrios, de trabajadores, regionales, etc.
A pesar de estas contribuciones fue muy difícil articular la participación con las
instituciones que coexistían y que tenían esencia liberal. Es así que surge la democracia
deliberativa que intenta incorporar dicha participación a las mencionadas instituciones, cuyo
principal representante es Haberman (1998, p.187), quien manifiesta, “…el principio
31
democrático se debe al entrelazamiento del ‘principio de discurso’ con la forma jurídica de los
derechos reconocidos y de las instituciones y procedimientos de la democracia”.
En la sociedad donde se reconozca los derechos políticos y exista organización de la
misma, a través de las elecciones, partidos, instituciones y un espacio público cargado de redes
de asociaciones y medios de comunicación diversos, la acciones que se ejecutan en este espacio
tienen énfasis en las deliberaciones de la opinión pública, hasta hacer eco en discusiones
parlamentarias, institucionales y partidistas (Baños, 2006).
Con el modelo deliberativo no solo se aspiraría a que el sistema político absorba las
demandas que vienen de la sociedad, sino a una discusión mutuamente transformadora entre
gobernantes y gobernados, y entre la propia sociedad. Por ello, la capacidad de escuchar y de
tomar en cuenta los puntos de vista ajenos tanto como los propios, es decir, la capacidad para
actuar y escuchar en reciprocidad, es clave para alcanzar las posibilidades que ofrece la
deliberación (Gutmann, 2004).
Lo que los estados contemporáneos buscan es activar este principio a través de la
institucionalización, especialmente en los Latinoamericanos. Los modelos democráticos
deliberativos son los que dan relevancia a este principio incluyéndolo en el orden jurídico,
intentando que las organizaciones o miembros de la sociedad civil se integren en las decisiones
de orden político.
32
La praxis de la autodeterminación de los ciudadanos queda institucionalizada en la
democracia deliberativa “como formación de la opinión en el espacio público político, como
participación política dentro y fuera de los partidos, como participación en los procesos
electorales, en la deliberación y en la toma de decisiones de los Parlamentos” (Haberman, 1998,
p.202).
El uso del término participación explica la influencia que tienen los distintos grupos del
conjunto de la sociedad, en los asuntos de relevancia pública; en la consulta, discusiones,
planteamiento de propuestas y un sin fin de actividades relacionadas con la gestión y
administración pública del Estado.
Aunque la inclusión de la “participación” en la toma de decisiones de interés público ha
sido un concepto bastante avanzado para el mejoramiento de la igualdad en las sociedades, no
deja de ser aun un presupuesto perfectible e incluso utópico en ciertos escenarios ya que el
hecho de que la sociedad toda se integre en estos procesos administrativos y estatales podría
resultar en la paradoja de que termine perdiendo su capacidad autogestionaria, quedando al
margen estatal, y perdiendo el control sobre este.
Sin duda el mejoramiento de la igualdad expresado en el mejoramiento de la
democracia, a través de la inclusión de la participación, a más de la representatividad, constituye
el nuevo paradigma de los ciudadanos modernos, desprendiendo de esto el ejercicio de lo que
denominaríamos “ciudadanía activa”.
33
Con los movimientos constituidos a través de identidades, surge la corriente que afirma
la práctica de la ciudadanía activa, exigiendo el reconocimiento de la diversidad (ambientalistas,
feministas, étnicos, etc.) e impulsando el empoderamiento, la participación especialmente en
los espacios locales, el autogobierno, y la responsabilidad ciudadana:
La crítica se dirige al concepto mismo de ciudadanía pues el reconocimiento de la igualdad
de las personas se constituyó paradójicamente en un recurso para perpetuar las
desigualdades dado que para ser universal, la ciudadanía prescinde de las diferencias; es
una ciudadanía homogénea, pues se aplica sin distinción de raza, religión, sexo, edad, etc.
(Ortiz, 2008. p. 31).
La participación social, es el elemento que da origen al nacimiento del nuevo “contrato
social”. A pesar de ello los detractores de esta teoría planteaban que esta participación debe
darse en igualdad de condiciones, exigiendo requisitos iguales para todos, ya que se puede dar
el caso que los participantes solo actúen en función de intereses para reducidos grupos,
determinándolo así el principio de representación, que por ley debe abarcar los intereses más
generales.
La categoría participativa y su práctica no son suficientes para garantizar plena
democracia, siempre se deberá recurrir para llenar este vacío a los procedimientos
representativos, es decir recurrir a la “democracia integral”, ampliándola así a la sociedad civil.
(Bobbio, 2001).
34
De Souza Santos ha realizado una crítica a estas corrientes de pensamiento y afirma que
extender la democracia a la mayoría de ciudadanos, ha costado la debacle en su calidad
sustentando tres argumentos:
- La democracia como forma y no como sustancia: Se defiende la
representatividad alegando que los ciudadanos no tienen la capacidad de decisión política, por
su apatía es necesario que exista la representación, ya que es en lo único que pueden intervenir
los ciudadanos;
- La complejidad de la organización: Se basa en los enunciados Weberianos y
Bobbianos, la ciudadanía se aleja cada vez mas de poder tomar las decisiones políticas debido
a la existencia de una extensa división del trabajo y de la tecnificación del aparato burocrático,
que es quien puede decidir en función de su especialidad;
- Las escalas de Robert Dahl: Defiende que la representación solo es eficaz en
sociedades pequeñas, es imposible la realización de esta en sociedades grandes.
Ante esta teoría hegemónica De Souza Santos propone una teoría alternativa, un
procedimiento social y participativo que transforma las instituciones existentes e incluye a la
mayor parte de grupo diverso, configurando una nueva estructura social que permita incluir a
los diferentes grupos en la política. No sólo creando redes locales de participación deliberativa,
sino que esta nueva visión de la democracia incluya a toda la jurisdicción, por lo tanto,
introducirla en las políticas de un determinado estado, así la democracia pueda reconfigurarse
35
como un espacio abierto a la creación, transformación y sobre todo a que la sociedad sea
propositiva, colaborando a la redistribución del poder a la misma.
La multidimensional del poder es una contribución de los movimientos sociales e
identitarios, ya que la conciben como la participación de la sociedad civil en todos los espacios
posibles donde se diputa el poder: en los cotidianos, organizacionales, políticos, culturales,
locales, gubernamentales. Espacios en los cuales sus distintos actores no son entes inertes de
derechos y deberes, sino sujetos activos que demandan la participación en la toma de decisiones.
Es menester mencionar algunas nociones que permiten el desarrollo de la ciudadanía
activa:
• Necesidad de considerar la autonomía del sujeto.
• Integrar las tres dimensiones de la ciudadanía: social, civil y política.
• Asumir los derechos, pero también las responsabilidades.
• Superar la dicotomía clásica entre lo público y lo privado.
• Afirmar la dimensión subjetiva de los sujetos y la pluralidad de identidades.
• Valorar la actuación del ciudadano individual, al tiempo que el potencial de los
movimientos sociales.
• Integrar la ciudadanía tanto en la construcción de la sociedad civil, es decir en los
espacios de socialización e interlocución publica de los grupos sociales, como también
en relación con el poder político.
• Que el ciudadano aparezca no como ser pasivo, sino como un actor y por tanto con
potencialidad de cambiar y determinar su futuro.
36
2.2.5.- Principio de Igualdad
Un aspecto básico para comprender la democracia como se señaló anteriormente es el
principio de igualdad, que tiene en esencia defender la dignidad de todas las personas, como
uno de sus bienes más preciados. Es así que todos los estados tienen el deber jurídico de
garantizar a las personas este derecho, y no sean víctimas de tratos discriminatorias por
cualquier razón:
Así, el hecho de que toda persona disfrute del derecho a no ser discriminada no es más que
una derivación de la prerrogativa esencial que le corresponde a ser tratada de la misma
manera bajo circunstancias análogas, esto es, del derecho a la igualdad sustentado en la
dignidad que le es connatural como ser humano (Soberaness, 2003, p.7).
La igualdad constituye el principio básico del que se derivan los modelos democráticos
actuales, lo que se busca es que la democracia llegue a todas las personas, además de que se
convierta este en un principio accionante para el ejercicio de la ciudadanía. A continuación, se
revisará algunos conceptos y argumentos que permitirá profundizar este tema controversial en
el armazón jurídico de la mayoría de legislaciones.
La igualdad ha sido un tema relevante abordado desde distintos aspectos el social, el
político y sobretodo el jurídico. Sin embargo, uno de los mayores argumentos que ha sentado
la igualdad como principio solido son las corrientes de izquierda. Pues bien, este principio es la
base sobre la cual los estados constitucionales, han transformado su estructura.
37
Como un antecedente pertinente, el Constitucionalismo Moderno nació con la
Constitución Norteamericana de 1787 y con la declaración universal de los derechos del hombre
y el ciudadano de 1789, consagrando por primera vez el principio constitucional de igualdad
“los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo
pueden fundarse en la utilidad común”.
Para analizar este principio mencionaremos tres aspectos, que son abordados en la obra
de Carbonell (2003):
a) Lógico lingüístico: Se trata de determinar el verdadero significa de la palabra
igualdad, definir su sentido y apreciación.
b) Filosófico político: la igualdad como derecho tutelado debe ser justificado,
distinguiendo así dos tipos de igualdad la política y la económica. La igualdad
económica se presenta desde dos puntos de vista el primero es que se define desde
la cantidad de ingresos que tiene un individuo y otra es la del bienestar que puedan
alcanzar los individuos según los recursos que puedan obtener., siendo estos un mero
instrumento. La igualdad política en cambio supone que todas las personas son
iguales, es decir pueden participar en la formación de las normas que rigen a su
comunidad y además pueden de igual manera ser elegidos para representar a la
comunidad a través de una votación popular.
38
c) Jurídico: La igualdad debe trascender los preceptos constitucionales y ser aplicadas
desde el derecho, es así que este aspecto aborda la manera en como debe ser aplicado el
principio.
2.2.5.1.- Modalidades Jurídicas del Principio de Igualdad
Los primeros escritos sobre constitucionalismo moderno, han plasmado el principio de
igualdad desde diferentes perspectivas. Son 4 tipos de normas jurídicas que contienen los
mandatos de igualdad:
a) El principio de igualdad en sentido estricto. - Esta modalidad está señalada en la
mayoría de Constituciones de los estados modernos y del siglo XX, podemos señalar
como ejemplo la declaración francesa de los derechos de 1789, la Constitución Española
de 1978.
b) El mandato de no discriminación. - Es una variable del principio de igualdad, suele
incluirse (aunque a veces de una manera tergiversada) en leyes, sentencias o contratos.
El Art 2 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948, dispone:
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración,
sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición.
39
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o
internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si
se trata de un país independiente como de un territorio bajo administración fiduciaria,
no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.
c) La igualdad entre el hombre y la mujer. - En siglo XX demandas por la igualdad en
los grupos feministas. La principal exigencia era el derecho al voto para las mujeres. La
Constitución mexicana del 1974 introdujo en el art 4 “El varón y la mujer son iguales
ante la ley”. A pesar de esto, aún existen vacíos en los marcos jurídicos con respecto a
la igualdad de la mujer, ya que esta sigue siendo sujeto de discriminación en la esfera
pública a través de diversas modalidades.
c) La igualdad sustancial. - Este es el mandato que tienen los poderes públicos para
eliminar los inconvenientes que surjan al implementar la igualdad en la práctica,
pueden incluso exigir la implementación de medidas de acción positiva o de
discriminación inversa. Se desprenden dos tipos de preceptos: los de primera y
segunda generación. Los primeros se pueden encontrar en La Constitución Española
y en la italiana; y los segundos en la Constitución Francesa.
40
2.2.5.2.- Conceptos de Igualdad - Rawls
Según Rawls la igualdad es un concepto abstracto, comparado con las distintas
concepciones y se sustenta en dos principios:
1) La igual distribución de las libertades civiles y políticas, o valor justo de las libertades
políticas. El principio de justicia para que sea operativo, “los similarmente dotados y con
los mismos móviles deben tener la misma oportunidad para ocupar posiciones de autoridad
política, independientemente de su clase económica y social (2013, p. 213).
El conflicto surge en que las diferencias económicas influyen casi siempre en la igualdad
formal legalmente establecida para toda la sociedad. Para eso el propone la necesidad de crear
instituciones que aseguren el “justo valor” de estas libertades políticas y civiles. Es así realiza
los siguientes enunciados para formular su propuesta:
- El financiamiento público de las elecciones y de los modos que aseguren el acceso
público a la información sobre las políticas públicas (…)
- Una cierta igualdad de oportunidades, especialmente en relación con la educación y
la formación profesional (…)
- Una distribución decente de la riqueza que permita cumplir con la tercera condición
del liberalismo, esto es. Que todos los ciudadanos deben tener asegurado el acceso a
la multiplicidad de medios necesarios que les permitan hacer un uso inteligente y
efectivo de las ventajas provistas por sus libertades básicas (...)
41
- Las sociedades como empleadora del último recurso por vía del gobierno local o
nacional, y otras políticas sociales y económicas (…)
- Un seguro básico de salud garantizado para todos los ciudadanos (Callinicos, 2006,
p. 266-267)
2) Principio de diferencia, según el cual las desigualdades sociales y económicas se
justifican solo cuando benefician a los sectores desposeídos. El rechaza la meritocracia, es
decir la idea de que las desigualdades son legítimas si estas son consecuencia del talento y el
esfuerzo, al respecto dice:
La dotación inicial de activos naturales y las contingencias del crecimiento y la
educación, en las primeras etapas de la vida son arbitrarias desde un punto de vista moral
(Rawls, 2000, p. 288). Es decir, el principio de la diferencia sostiene que los que gozan de
mejores capacidades tienen la aprobación de obtener beneficio de su condición, solo si esta
ventaja permite que generen beneficios grandes para la amplitud de los individuos en
desventaja.
2.2.5.3.- Conceptos de Igualdad - Dworking
Este autor sostiene que el trabajo que las personas han realizado en base a su esfuerzo,
no debe ser acaparado por el estado para los individuos que decidieron derrochar recursos o
simplemente quisieron vivir a costa de los demás. Lo justo radica en la libertad que tienen las
personas para emprender riesgos, al igual que guardar sus ingresos para asegurar su vida futura.
42
Del mismo modo, Dworkin aduce que no es justo que el producto del trabajo duro de
algunos – motivados por la ambición –, sea tomado por el Estado para compensar entre otros a
quienes dilapidaron sus recursos, o a quienes decidieron vivir a expensas de los demás. Lo justo
en cualquier caso sería que las personas tuvieran la libertad de tomar riesgos, al igual que la
opción de retener parte de sus ingresos o sus bienes para asegurarse contra eventuales
desventajas futuras.
Su discusión se centra en la determinación de los derechos que deben tener las personas
para así garantizar tales derechos. Para él existen derechos fundamentales que se relacionan con
la dignidad e igualdad de las personas, en consecuencia, con el respeto y la consideración.
Esta clase de derechos (deontológicos) se establecen usando de plataforma las
consideraciones éticas y morales, y luego sirven de justificación a otra clase de derechos menos
abstractos, los derechos positivos o institucionales (teleológicos); aquellos que establecen las
condiciones en las que se puede demandar que asistencia, y que además prescriben ciertos fines
colectivos a alcanzar, según consideraciones políticas.
Es legítimo que, por la vía política, se llegue a preservar un estado de las cosas, en base
a un fin común, sin embargo, es obligación de todos discernir entre derechos fundamentales e
institucionales, pues siempre los primeros habrán de tener prioridad sobre los segundos. A esto
le llama tomar los derechos en serio.
43
Y es importante aclararlo, pues parte de lo que Dworkin crítica la teoría de la justicia de
Rawls es que el derecho fundamental a un trato digno e igualitario se sujete al derecho de que
el Estado sea quien ejecute la redistribución de los recursos materiales. En la propuesta de
Dworkin, el único límite entre el mercado y la democracia sería el derecho de las personas de
ser tratadas con respeto.
Estas son algunas de las teorías que han tomado relieve en el análisis de la igualdad, sin
embargo, ahora se ha recogido un poco de todas, porque lo que se trata es diferenciar esa versión
ilusa de considerar a la igualdad como la fantasía de que todas las personas luzcan iguales,
coman iguales, y más bien tomar en cuenta las diferencias y no estandarizar a todos.
Quien ha realizado un avance es Amartya Sen, que destaca la dirección que toma las
diferentes concepciones de igualdad, ya que todas las teorías que hablan sobre la igualdad
implican necesariamente que aparezcan elementos que por unos se consideran justos y por otro
no, por lo tanto, el aceptar alguna acepción implica que en algún punto habrá desigualdad. En
síntesis, hay muchas igualdades y por consiguiente hay muchas formas de desigualdad.
Hay dos modos de garantizar la igualdad, por lo menos jurídica: Igualdad ante la ley e
igualdad en la ley. La primera garantiza el trato igual e imparcial de todos, ya que todos son los
receptores de las normas jurídicas. Y la segunda autoriza la modificación en la ley para la
garantía de dicha igualdad.
44
La igualdad constitucional debería actuar entre todas las personas tomando en cuenta
sus más grandes diferencias. Sin embargo, en sociedades con concepciones distintas de lo que
significa la igualdad y sobretodo de como se la práctica, no es posible un acuerdo sobre tales
diferencias. El constitucionalismo que es el que la mayoría de estados nacionales pone en
práctica está ligado al pluralismo. Así lo menciona Rosenfeld:
De acuerdo con esto, la tarea de la reconstrucción es ligar las prohibiciones
particulares de ciertas desigualdades al necesario (de perseguir) pero imposible (de
alcanzar) ideal de la igualdad constitucional. De hecho, es en los espacios que se descubren
en la realización de tales ligazones, donde la identidad y la diferencia, la inclusión y la
exclusión, la relación entre diferentes niveles de abstracción, la relevancia de marcos de
referencia particulares, y la interacción entre la igualdad formal y la sustantiva adquieren
una visión lo suficientemente pronunciada para permitir una convincente apreciación
crítica (2003, p. 71).
2.2.5.4.- Igualdad en el Ecuador
En la Constitución del Ecuador todas las personas son iguales, sea cual fuere su
condición (extranjeros, naturales o jurídicas). Esta otorga a los individuos la igualdad en favor
de elementos abstractos, dotándolos de capacidad para exigir sus derechos como, por ejemplo:
las comunidades pueblos y nacionalidades, es decir generalmente se aplica la igualdad de
manera objetiva y a favor de la consideración del sujeto. Así cada uno de estos sujetos también
tienen la capacidad de reclamar sus derechos.
45
De la misma manera no hace referencia o permite diferenciar derechos fundamentales,
sino que prevé derechos constitucionales generales de aplicación directa e inmediata y con
garantía de exigirlo judicialmente independientemente de la existencia de un desarrollo legal.
Consecuentemente la segunda aplicación del principio de igualdad, desarrollado en la
Constitución, es la de igualdad de todos los derechos consagrados en la constitución, de tal
forma que cualquiera de ellos, fueren considerados como fundamentales o no, pueden ser
exigibles por igual, ante la justicia.
A continuación, se analiza cómo es la mirada constitucional en el marco de la igualdad
y lo derechos de participación:
Este principio se ha referido en los instrumentos internacionales de derechos humanos
y en esencia, su desarrollo, es aplicado a todos hombres y mujeres, a través de la alternabilidad,
la posibilidad de ser elegidos, la participación política, el acceso a cargos públicos, entre otros,
sin embargo, lleva consigo una renovación en la vigente Constitución: el Estado decidirá la
adopción de medidas de acción afirmativa para garantizar la participación de los sectores
discriminados.
En inicio se demuestra una contradicción pues, por un lado, se prohíbe todo tipo de
discriminación y por otro se reconoce que existe discrimen, pero no se determinado el grupo.
Daría la impresión que, identificado el grupo “discriminado” inmediatamente el Estado asegure
medidas de participación a su favor y cambiar la situación de desigualdad con la finalidad de
que estén debidamente representados.
46
2.3.- TRANSITO PARTICIPATIVO EN LATINOAMÉRICA Y EN EL ECUADOR
Hay muchas características deseables en el ideal de un Estado de Derecho, pero en sí
mismo un Estado de Derecho, en el cual rigen efectivamente las leyes establecidas, no es
necesariamente democrático. En América Latina, podría decirse, que se ha refundado la
democracia. Tomando como punto de partida la real vinculación que debería existir entre las
instituciones y la sociedad en sus diferentes aspectos, cultural, político, jurídico, etc. Se habla
de algunos puntos que deberían enfatizarse para poner en práctica la democracia efectivamente,
a continuación, se los describe:
2.3.1.- Decisión Electoral
La igualdad política formal en un elemento sustancial de la democracia, así mismo la
igualdad política sustantiva (distribución de conocimientos en la población, como medidor de
las decisiones políticas). El Estado de Derecho es considerado como un asegurador de la calidad
de la democracia, sin embargo, no se puede reducir a esta solo en la legitimidad que ostenta,
sino en el proceso político que la acompaña para que los ciudadanos tengan la calidad de
“iguales”.
2.3.2.- Participación
Un requisito básico para el mejoramiento de la calidad ha sido la mayor participación
de los ciudadanos en la administración, en este sentido la representatividad gana calidad ya que,
un grupo o colectivo elige a un representante para que exponga lo que ha deliberado tal
47
colectivo mediante la participación que previamente ha realizado en cualquiera que fuere el
espacio. Esta práctica se ha topado con ciertos obstáculos. Al respecto Levine y Molina
escriben:
En la práctica ha resultado difícil instrumentar los esquemas de democracia directa de
manera que se supere el peligro de manipulación por los líderes y el Estado, y se resuelvan
los problemas que implica una población de millones. Por ello, creemos que la calidad de
la vinculación entre la sociedad civil y la representación requiere, más allá de ensayos de
democracia directa, que se preste atención a las condiciones para la libertad de expresión
y organización, y a los mecanismos de participación popular para exigir responsabilidad y
rendición de cuentas a los gobernantes (2006, p.26).
2.3.3.- Responsabilidad
Son mecanismos institucionales y sociales que subordinan a los funcionarios públicos,
pueden ser responsabilidad de tipo formal e informal.
La formal contiene todas, las normas, leyes, reglamentos de carácter administrativo, sin
que esta implique necesariamente la existencia de un agente o poder sancionador directo por
parte del quien `puede exigirle cuentas al funcionario. Eso sí, básico es la existencia de “el
poder potencial” de imponer sanciones y que esta relación este establecida formalmente en la
ley.
48
La responsabilidad informal o social es la acción de los diversos grupos sociales, al
intervenir en la opinión pública y ejercer presión para sancionar a funcionarios y que conlleva
a exigir o no responsabilidad política electoral y a castigos legales.
La responsabilidad formal es exigida por las instituciones públicas, sustentándose en el
grado de vigencia de Estado de Derecho, ya que así puede exigir judicialmente, asegurando la
legalidad de la actividad pública-estatal; en la indirecta en cambio, la ejercen los ciudadanos
principalmente mediante lecciones, referéndums que pueden considerarse como mecanismos
para poder sancionar a los funcionarios públicos. Estas dos se interrelacionan entres sí, siempre
y cuando se interactúen en una coyuntura de “responsabilidad social”.
De esta forma, la “responsabilidad” no necesita de la institucionalización o de sanciones
formales (electorales, administrativas, penales, financieras u otras). La movilización para la
responsabilidad social puede al final llevar a dichas sanciones, pero es altamente flexible y no
está constreñida por calendarios institucionales. Puede activarse en cualquier momento y puede
dirigirse al control de temas específicos, políticas o funcionarios. Como los mecanismos
horizontales, los sociales pueden supervisar los procedimientos seguidos por los políticos y los
funcionarios en la formulación de políticas sin la necesidad de mayorías sociales o
autorizaciones constitucionales. Mientras que la responsabilidad vertical se justifica con base
en el principio mayoritario, la responsabilidad social deriva su legitimidad del derecho de
petición, un derecho que no requiere que la exigencia provenga de un sector amplio de la
población (Smulovitz, 2000, p. 150).
49
2.3.4.- Respuesta a la Voluntad Popular
Se define como la consecuencia de los diferentes representantes políticos de cumplir
con lo que está acorde a las necesidades de la mayoría de ciudadanos, distinguiéndose de los
caudillismos, además de respetar lo que en campaña se había propuesto sin alternar las
decisiones al momento ya de ejercer el mandato, y peor aún sin consultar a los electores. Esta
respuesta a la voluntad popular se refiere a las políticas adoptadas, mas no a los resultados
conseguidos.
2.3.5.- Soberanía
Este aspecto refiere a las decisiones que efectivamente toman los funcionarios acerca
de políticas públicas, sin el control de fuerzas que ninguna vinculación tienen con los electores,
como son organizaciones internacionales, potencias extranjeras, poderes religiosos o militares,
etc. Es decir, este aspecto se enfoca a la soberanía externa e independencia política y formal; a
la soberanía interna y la superioridad del gobierno en su jurisdicción y a la vigencia del estado
de Derecho con respecto a la población. Diamond y Morlino (2004) tratan la soberanía como
una condición mínima para que exista democracia y no como una dimensión de su calidad. Esto
implica que la soberanía es una condición continua, es decir pueden variar en cuanto a la medida
en que las decisiones políticas son tomadas efectivamente por los funcionarios elegidos.
Mientras menos autónomo es un gobierno con respecto a fuerzas externas (militares, financieras
o diplomáticas) o internas (religiosas, militares, guerrillas, cárteles de la droga, etc.), menor
será la calidad de la democracia.
50
La dinámica participativa en el Ecuador adquiere particular relevancia en el año 2008,
cuando se aprueba la Constitución vigente. Puesto que esta creaba otro poder además de los tres
existentes: “la Participación Ciudadana”. Dado el escenario donde había mucho abuso en las
altas esferas de poder, falta de representación de los diversos sectores sociales, y siendo el
Ecuador, un país diverso, lo que se intentó es recoger las demandas que año tras año la
ciudadanía reclamaba, además de tratar de instaurar un régimen democrático que inspire otra
vez la confianza a través de su inclusión, siendo este un proceso de cambio político,
institucional y sobre todo jurídico.
La transición posconstitucional ha originado un conflicto en el proceso de negociación
política, las acciones para activar las leyes implicaron que los gobiernos y actores locales y el
proceso de adecuación y contestación de la normativa nacional se adapte a los contextos locales
específicos. Confluyeron en esta transición dos procesos:
- Denominados como “desde arriba”, es decir todo lo que tenía que ver con la
creación de la norma máxima que permita la creación de organismos que legitimen esta
propuesta democrática, que convoquen la presencia de delegados ciudadanos, y;
- Denominado como “desde abajo”, es decir otorgando a los actores locales el eje
en que se asentaría el tránsito hacia la participación, además del diseño de mecanismos y
procedimientos para estructurar y legitimar esta delegación en estas mismas instituciones e
incluso convertir esta representación permanente en los espacios nacientes. (Ramirez y
Espinoza, 2012).
51
La Constitución no sólo reconoce a la participación como un derecho de la ciudadanía,
sino que además la reconoce como un principio de acción pública que debe incluirse en todo el
aparataje estatal, recordemos que esta constitución es garantista, es decir debe procurar la
aparición de mecanismo que permitan que los derechos realmente se cumplan a través de
procedimientos.
2.4.- CONSTITUCIÓN 2008 Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
El 28 de septiembre del 2008 se aprueba la vigésima Constitución ecuatoriana, dando
primordial importancia a la participación ciudadana, es así que el título IV, está dedicado a
desarrollarla, flexibilizando mecanismos de democracia directa. Instaurándose así múltiples
mecanismos, instancias y espacios para conseguir la practicidad de este principio: espacios
deliberativos de gestión pública entre ciudadanos, de gestión y evaluación de políticas públicas,
espacios para que las organizaciones reconocidas controlen a sus representantes, e instituciones,
además que crea algunas nuevas formas de participación.
2.4.1.- Principio de Participación como Elemento Configurador
El estado ecuatoriano establece las “reglas de juego” en el artículo 1, inciso segundo de
la Constitución al hablar de la forma de estado y gobierno que expresa:
52
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se
ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa
previstas en la Constitución (Constitución, 2008).
La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 95, primer inciso señala:
Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera
protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en
el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en
un proceso permanente de construcción del poder ciudadano”, dotando al ciudadano de
uno de los medios más efectivos de planificación, evaluación y control, para beneficio de la
comunidad.
El Artículo 85 de la Constitución, manifiesta que la formulación, ejecución, evaluación
y control de las políticas y servicios públicos que comprometan los derechos reconocidos por
la Constitución, garantizarán la participación de las personas, comunidades, pueblos y
nacionalidades.
Incluso la administración pública que constituye un servicio a la colectividad se rige
entre otros por el principio de, participación contemplado en el Art. 227, de la Constitución.
El carácter participativo del Estado Ecuatoriano se presenta en casi toda la Constitución
e incluye todos los ámbitos de la misma, para precisar el siguiente argumento cabe señalar
varias normas constitucionales y legales considerados pertinentes como el Artículo 100 de la
53
misma, que establece que la participación ciudadana cumple con al menos cuatro funciones, la
de planificación (elaborar planes y políticas, definir agendas de desarrollo, elaborar
presupuestos participativos de los gobiernos), la de control (transparencia, rendición de cuentas
y control social), de seguimiento (mejorar la calidad de la inversión pública) y la de cohesión
social (la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación). Se limitará el estudio de
la función dentro del sistema de planificación en el cual deben participar las autoridades electas
de todos los niveles de gobierno dígase regionales, provinciales, cantonales y parroquiales,
entre otros, deben estar presentes los representantes del régimen dependiente, entiéndase las
autoridades del ejecutivo en cada uno de los territorios y representantes de la sociedad civil por
niveles de gobierno.
Desde siempre la política pública ha sido consecuencia de la voluntad de las
instituciones, que, guiadas por la buena intención o fruto de las acciones de los grupos de poder,
aparecían despojadas del empoderamiento de la ciudadanía. Poggiese al respecto dice:
El desarrollo local debe ser el resultado de una articulación de intereses, y construcción de
intereses comunes, entre diversos actores. En un momento histórico donde es difícil
encontrar la voluntad general y más difícil representarla existe la necesidad de construir
intereses comunes (2004, p. 57).
Este modelo discriminatorio y excluyente privilegiaba los intereses particulares, lo que
produjo vicios de clientelismo, el pago de favores y la coima, con una ciudadanía poco
involucrada en su proceso de desarrollo, dispersa y apática.
54
La Constitución vigente propone una construcción de democracia participativa en los
términos que describe Boaventura De Sousa Santos, la democracia participativa evoca
imágenes de una asamblea a la que todos los miembros del grupo tienen derecho de asistir y de
participar en debates y en la toma de decisiones en igualdad de términos. (2004, p.116-117).
En este sentido se inscribe la planificación participativa puesto que, en esta última, el
objetivo a alcanzar era la ampliación democrática para la toma de decisiones, concentrándose
en las diferencias, y en unir los intereses comunes, reformulando el pacto social realizado a
través de la representación.
En la implementación de la democracia participativa, la construcción de los
presupuestos con la intervención directa de la población, tiene los objetivos de:
1) A nivel administrativo se puede utilizar la participación para mejorar la gestión
pública.
2) A nivel social, se puede pensar que los presupuestos participativos van a influir sobre
las relaciones sociales. 3) A nivel político, parece posible convertir esta metodología
innovadora en un instrumento para “democratizar o “, re informar” la democracia”.
Un elemento primordial para definir el modelo de planificación participativa que
propone la Constitución, es el actor o actores que intervienen en el proceso, desde donde
proviene la iniciativa, la calidad de la representación, la extensión del mandato, así como la
información que se posee para la toma de las decisiones.
55
Los actores fundamentales en el proceso son: Alcaldes, Prefectos, sectores del gobierno
central, las organizaciones, las comunidades y la población. Teniendo como objetivo la
transparencia, planes participativos de inversión provincial, despertando interés por la
administración financiera de las autoridades provinciales, aumento de las recaudaciones, la
creación de organizaciones de seguimiento y Comités de Seguimiento Seccionales y una Junta
Parroquial de compras y contratación.
Para la elaboración del Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017, con el elemento
participativo, se partió de un programa de gobierno que se construyó colectivamente. En la
construcción del plan participaron, casi ocho mil doscientas personas, en más de cien eventos
públicos y espacios virtuales y los Diálogos del Buen Vivir. En ellos intervinieron grupos
montubios, jóvenes, afro ecuatorianos, indígenas y grupos prioritarios, el objetivo fue abordar
temas de igualdad, capacidades y potencialidades, derechos de la naturaleza, trabajo y sistema
económico, para identificar nudos críticos, su pertinencia y propuestas para los objetivos y las
políticas nacionales.
En el marco normativo de la planificación, parte de la Constitución de la República
que comienza con lo establecido, en el Capítulo Quinto, que menciona los Derechos de
Participación, se dice que las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes derechos:,
elegir y ser elegidos, participar en los asuntos de interés público, presentar proyectos de
iniciativa popular normativa, ser consultados, fiscalizar los actos del poder público, revocar el
mandato que hayan conferido a las autoridades de elección popular, desempeñar empleos y
funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de selección y
designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su
56
participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las
personas con discapacidad y participación intergeneracional y conformar partidos y
movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse libremente de ellos y participar en todas las
decisiones que éstos adopten.
Se puede deducir que cuatro derechos son los más importantes, participar en los asuntos
de interés público, fiscalizar los actos del poder, presentar proyectos de iniciativa popular
normativa y ser consultados.
La Ley de Participación Ciudadana y Control Social, es la que norma la Participación
de la ciudadanía y por lo tanto los derechos de participación en lo que se refiere a la capacidad
de incidir en las decisiones de la política pública, y señala como su objeto propiciar, fomentar
y garantizar el ejercicio de los derechos de participación para la toma de decisiones, la
organización colectiva autónoma, la vigencia de gestión pública con el concurso de la
ciudadanía, instituir instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos de deliberación
pública entre el Estado, en sus diferentes niveles de gobierno, y la sociedad, garantizando la
participación para el seguimiento de las políticas públicas y la prestación de servicios públicos,
fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresión y sentar las bases para el
funcionamiento de la democracia participativa fomentar la rendición de cuentas y el control
social. Promoviendo la igualdad de oportunidades de participación y el acceso de la ciudadanía
a la información necesaria para encaminar la exigibilidad de los derechos y deberes, el control
social y la rendición de cuentas, vigilar el uso efectivo de los mecanismos de democracia
directa, la elaboración, ejecución y control de las políticas y servicios públicos, impulsar
mecanismos y procedimientos para medidas de acción afirmativas, dar criterios de selección a
los ciudadanos que formen parte de las instancias y espacios de participación, impulsar la
57
formación en deberes, derechos y una ética de interés por lo público para la participación y la
consolidación de la democracia, proteger y procesar los disensos y las diferencias en el marco
de la Constitución y la Ley; y, respaldar las iniciativas de participación, organización, gestión
y control social así como respaldar todas las formas organizativas.
La participación se ejerce a través de los mecanismos de la democracia representativa,
directa y comunitaria que son igualdad, interculturalidad, plurinacionalidad, autonomía, además
de la deliberación pública entendida como el intercambio público y razonado de argumentos,
el procesamiento y dialogo de las relaciones, los conflictos entre la sociedad y el Estado. Como
base en la participación ciudadana, se encuentran el respeto a la diferencia, la paridad de género,
la responsabilidad individual sobre las acciones y las expresiones, la corresponsabilidad
entendida como el compromiso legal y ético asumido por las ciudadanas y los ciudadanos, el
Estado y las instituciones de la sociedad civil, de manera compartida, en la gestión de lo público,
la información y transparencia, el pluralismo y la solidaridad.
2.4.2.- Mecanismos de Participación ciudadana
La ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social, describe los mecanismos
de democracia directa que son: la iniciativa popular normativa, el referéndum, la consulta
popular, la revocatoria del mandato; y la configuración progresiva de nuevos espacios que
posibiliten el ejercicio directo del poder ciudadano de acuerdo con la Constitución y la ley.
58
De otra parte, la misma norma señala a la participación y la construcción del poder
ciudadano definiendo a este último como el resultado del proceso de la participación individual
y colectiva de las ciudadanas y ciudadanos de una comunidad, quienes, de manera protagónica
participan en la toma de decisiones, planificación y gestión de asuntos públicos; así como, en
el control social de todos los niveles de gobierno, las funciones e instituciones del Estado, y de
las personas naturales o jurídicas del sector privado que manejan fondos públicos, prestan
servicios o desarrollan actividades de interés público, tanto en el territorio nacional como en el
exterior.
Al definir las organizaciones sociales señala, que se reconocen todas las formas de
organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular que contribuyan a la
defensa de los derechos individuales y colectivos, la gestión y resolución de problemas y
conflictos, al fomento de la solidaridad, la construcción de la democracia y la búsqueda del
buen vivir; que incidan en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los
niveles de gobierno, así como, de las entidades públicas y de las privadas que presten
servicios públicos.
Las organizaciones podrán articularse en diferentes formas de expresión que deberán
garantizar la democracia interna, la alternabilidad de sus dirigentes, la rendición de cuentas y
el respeto a los Derechos Constitucionales, la paridad de género, salvo en aquellos casos en los
cuales se trate de organizaciones exclusivas de mujeres o de hombres; o, en aquellas, en cuya
integración no existan miembros suficientes de un género para integrar de manera paritaria su
directiva.
59
Para el caso de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos
afro ecuatoriano y montubio, se respetarán y fortalecerán sus propias formas organizativas, el
ejercicio y representatividad de sus autoridades, con equidad de género, desarrollados de
conformidad con sus propios procedimientos y normas internas, siempre que no sean contrarios
a la Constitución y la ley.
Se señala como obligación del estado el fortalecimiento y promoción de las
organizaciones sociales, para lo cual la ley manda que todos los niveles de gobierno y funciones
del Estado prestan apoyo y capacitación técnica; asimismo, facilitarán su reconocimiento y
legalización.
El Estado, también reconoce al voluntariado de acción social y desarrollo como una
forma de participación social, como una actividad de servicio social y participación libre de la
ciudadanía y las organizaciones sociales en diversos temas de interés público, con
independencia y autonomía del Estado. La ciudadanía y las organizaciones sociales también
podrán establecer acuerdos con las autoridades de los diversos niveles de gobierno para
participar de manera voluntaria y solidaria en la ejecución de programas, proyectos y obra
pública, en el marco de los planes institucionales.
Se establecen en la norma los mecanismos de formación ciudadana y difusión de
derechos y deberes a través de campañas informativas en medios de comunicación masiva y
alternativos, inclusión de los contenidos de la Constitución en las mallas curriculares del
sistema educativo, en todos sus niveles, formación de redes de educación popular mediante
talleres y cursos en castellano, kichwa y shuar, así como, en los demás idiomas ancestrales de
60
uso oficial para los pueblos indígenas en las zonas donde habitan; y, la difusión de la memoria
histórica, las tradiciones nacionales y locales, así como, de los conocimientos y prácticas
ancestrales vinculadas a las formas de organización comunitaria de los pueblos y
nacionalidades, mencionando que se prohíbe la utilización de cualquiera de estos mecanismos
para actividades de proselitismo político, promoción personal o partidaria, en todos los niveles
de gobierno.
La ley señala que el Estado fomentará la participación ciudadana a través de sus
instituciones, en todos los niveles de gobierno, mediante la asignación de fondos concursables,
becas educativas, créditos y otros que permitan formar a la ciudadanía en derechos y deberes.
Las ciudadanas y los ciudadanos podrán ejercer la acción ciudadana en forma individual
o en representación de la colectividad cuando se produzca la violación de un derecho o la
amenaza de su afectación; ésta se ejercerá a través de cualquiera de las acciones legales y
constitucionales aplicables. Quienes ejerzan este derecho, para todos los efectos, serán
considerados parte procesal.
La Ley de Participación Ciudadana, menciona que las distintas funciones del Estado
establecerán mecanismos para garantizar la transparencia de sus acciones, así como los planes
y programas que faciliten la participación activa de la ciudadanía en su gestión.
Estas funciones del Estado establecerán una agenda pública de consulta a la ciudadanía,
grupos y organizaciones sociales en todos los temas y señala que podrán realizar procesos de
61
veedurías, observatorios y otros mecanismos de control social a la actuación de los órganos y
autoridades de todas las funciones del Estado y los diferentes niveles de gobierno, conforme lo
señala la Constitución.
La Ley norma y constituye a la Asamblea Ciudadana Plurinacional e Intercultural para
el Buen Vivir, como espacio de consulta y diálogo directo entre el Estado y la ciudadanía para
llevar adelante el proceso de formulación, aprobación y seguimiento del Plan Nacional de
Desarrollo.
Las atribuciones de la Asamblea Ciudadana Plurinacional e Intercultural para el Buen
Vivir son de Instancia de consulta para la definición y formulación de los lineamientos
nacionales de desarrollo, monitoreo de que los objetivos de desarrollo establecidos y que la
expresión «desarrollo» venga unida a las finalidades del plan, el sentido socio-económico del
plan sea instrumentado, regule, controle y dirija al Estado para favorecer y mejorar las
condiciones de vida y el equilibrio entre áreas territoriales, sectores económicos y, en última
instancia, opine siempre la población sobre la que incide la competencia y la jurisdicción del
Estado Nacional.
La Asamblea Plurinacional velará para que se plasmen en el Plan Nacional de
Desarrollo y se concreten en la programación y ejecución del presupuesto del Estado, el
seguimiento y la evaluación periódica del cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, es
obligación de la mencionada asamblea generar los debates públicos sobre temas nacionales que
sean necesarios, rendir cuentas a la ciudadanía sobre sus acciones; y, elegir, entre sus miembros,
a cuatro representantes ciudadanos principales, uno por cada región geográfica del país, y sus
62
alternas o alternos, quienes integrarán el Consejo Nacional de Planificación. La elección de
representantes se realizará entre las delegadas y los delegados de la Asamblea de cada una de
las regiones geográficas del país, y garantizará la paridad de género entre principales y alternos,
quienes durarán en sus funciones cuatro años. A mitad de periodo, las alternas y los alternos se
principal precederán el proceso de elección de representantes que contará con la supervisión y
apoyo del Consejo Nacional Electoral.
La Asamblea Ciudadana Plurinacional e Intercultural para el Buen Vivir está
Conformada por delegadas y delegados de las asambleas locales de participación, de cada
consejo ciudadano sectorial y de las organizaciones sociales nacionales.
Este espacio consultivo está articulado a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de
Planificación.
Otra instancia de Participación son los Consejos Ciudadanos sectoriales, las cuales son
instancias sectoriales de diálogo, deliberación y seguimiento de las políticas públicas de
carácter nacional y sectorial; para la discusión y seguimiento de las políticas ministeriales que
están articuladas a la Función Ejecutiva y se desempeñarán como redes de participación de la
sociedad civil vinculadas a los ministerios sectoriales, en el marco de sus procesos de
planificación y evaluación, las carteras de Estado convocarán, al menos dos veces por año, a
los consejos ciudadanos sectoriales. A partir de la primera convocatoria, estos podrán auto-
convocarse las veces que crean necesario, por pedido de la mayoría simple de sus integrantes.
63
Las funciones de los consejos ciudadanos sectoriales son, intervenir como instancias de
consulta de las políticas sectoriales de alcance nacional. Proponer agendas sociales de políticas
públicas, monitorear que las decisiones de las políticas y los planes sectoriales ministeriales se
concreten en las partidas presupuestarias respectivas y se implementen, dar seguimiento y la
evaluación de la ejecución de las políticas públicas sectoriales, generar debates públicos sobre
temas nacionales, coordinar con instituciones públicas y privadas para la concreción de la
agenda pública; y, elegir a la delegada o delegado del consejo ciudadano sectorial a la Asamblea
Ciudadana Plurinacional e Intercultural para el Buen Vivir.
Los consejos ciudadanos sectoriales están integrados por actores de la sociedad civil
organizada que tienen relación con la temática tratada por cada sector, las asambleas locales
plurinacionales e interculturales para el buen vivir podrán enviar representantes a los consejos
ciudadanos.
Se establece como parte de las competencias de la participación la planificación
participativa intersectorial, para lo cual señala que los espacios de coordinación interministerial
promoverán la realización de diálogos periódicos de deliberación sobre políticas públicas
intersectoriales para favorecer la participación de organizaciones sociales y ciudadanía
especializada en una o varias de las temáticas.
Sobre las Asambleas locales la Ley de Participación señala que en cada nivel de
gobierno, la ciudadanía podrá organizar una asamblea como espacio para la deliberación
pública entre las ciudadanas y los ciudadanos, fortalecer sus capacidades colectivas de
interlocución con las autoridades y, de esta forma, incidir de manera informada en el ciclo de
64
las políticas públicas, la prestación de los servicios y, en general, la gestión de lo público, podrá
organizarse en varias representaciones del territorio.
La Composición de las Asambleas Locales deberá garantizar pluralidad,
interculturalidad e inclusión de las organizaciones sociales y de la ciudadanía, la representación
de las diversas identidades territoriales y temáticas de interés con equidad de género y
generacional.
Las asambleas se regirán por los principios de democracia, equidad de género y
generacional, alternabilidad de sus dirigentes y rendición de cuentas periódicas. Se regularán
por sus propios Estatutos y formas de organización de acuerdo con la Constitución y la Ley.
En regímenes territoriales especiales indígenas, afro ecuatorianos y montubios, las
asambleas locales podrán adoptar las formas de organización para la participación ciudadana
que correspondan a sus diversas identidades y prácticas culturales, en tanto no se opongan a la
Constitución y a la ley, estas asambleas serán instancias de participación con la finalidad de
Elaborar planes y políticas locales y sectoriales entre los gobiernos y la ciudadanía, mejorar la
calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo, elaborar presupuestos
participativos de los gobiernos autónomos descentralizados, fortalecer la democracia con
mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas y control social; y, promover
la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.
65
Son mecanismos de participación ciudadana en la gestión pública los instrumentos con
los que cuenta la ciudadanía de forma individual o colectiva para participar en todos los niveles
de gobierno establecidos en la Constitución y la ley e incidir en la gestión de los mismos.
Un mecanismo de participación ciudadana en la gestión pública, son los consejos locales
de planificación que son espacios encargados de la formulación de los planes de desarrollo, así
como de las políticas locales y sectoriales articulados al Sistema Nacional de Planificación,
están integrados por, al menos un treinta por ciento (30%) de representantes de la ciudadanía,
los cuales serán designados por las instancias locales de participación del nivel de gobierno
correspondiente. Su conformación y funciones se definirán en la ley que regula la planificación
nacional.
El Presupuesto Participativo también es un mecanismo de participación definido como
el proceso de contribuir voluntariamente a la toma de decisiones respecto de los presupuestos
estatales, en reuniones con las autoridades electas y designadas. Definiéndolo como una
secuencia de eventos dentro de un periodo (cíclico) y con una finalidad específica de consulta
democrática que busca una inversión provincial de un % de las transferencias que reciben los
Gobiernos Autónomos Descentralizados a través de las Prefecturas Provinciales.
Otro mecanismo son las audiencias públicas, se denomina audiencia pública a la
instancia de participación habilitada por la autoridad responsable, ya sea por iniciativa propia o
a pedido de la ciudadanía, para atender pronunciamientos o peticiones ciudadanas y para
fundamentar decisiones o acciones de gobierno.
66
Las audiencias públicas serán convocadas obligatoriamente, en todos los niveles de
gobierno, las cuales deberán ser atendidas por la autoridad correspondiente, a petición de la
ciudadanía o de las organizaciones sociales interesadas en temas concernientes a la
circunscripción político administrativa a la que pertenezcan.
La ciudadanía podrá solicitar audiencia pública a las autoridades, a fin de solicitar
información sobre los actos y decisiones de la gestión pública, presentar propuestas o quejas
sobre asuntos públicos; y, debatir problemas que afecten a los intereses colectivos.
Una forma de participación en la gestión pública es el Cabildo Popular que es una
instancia de participación cantonal para realizar sesiones públicas de convocatoria abierta a toda
la ciudadanía, con el fin de discutir asuntos específicos vinculados a la gestión municipal.
La Silla Vacía es un mecanismo de participación que señala que, en las sesiones de los
gobiernos autónomos descentralizados, que son públicas, habrá una silla vacía que será ocupada
por una o un representante, varias o varios representantes de la ciudadanía, en función de los
temas que se van a tratar, con el propósito de participar en el debate y en la toma de decisiones.
La convocatoria a las sesiones se publicará con la debida anticipación.
En las asambleas locales, cabildos populares o audiencias públicas, se determinará la
persona que deberá intervenir en la sesión de acuerdo con el tema de interés de la comunidad,
quien se acreditará ante la secretaría del cuerpo colegiado. Su participación en la sesión se
sujetará a la ley, ordenanzas y reglamentos de los gobiernos autónomos descentralizados, la
67
persona acreditada que participe en los debates y en la toma de decisiones lo hará con voz y
voto, en el caso de que las personas acreditadas representen posturas diferentes, se establecerá
un mecanismo para consensuar su voto. No obstante, si no se lograra llegar a consenso alguno,
en el tiempo determinado en la sesión, solo serán escuchadas sin voto, el gobierno autónomo
descentralizado mantendrá un registro de las personas que solicitaren hacer uso del derecho a
participar en la silla vacía, en el mismo se clasificará las solicitudes aceptadas y negadas.
Los mecanismos de control de la gestión pública pueden ser Veedurías, Observatorios
Comités de Usuarios, entre otros.
Las Veedurías están destinada al control de todas las funciones del Estado, en todos los
niveles de gobierno, a las instituciones privadas que manejen fondos públicos, y a las personas
naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de interés
público.
Las Veedurías Ciudadanas podrán adoptar diversas formas y modalidades según la
función del Estado y el nivel de gobierno sobre el cual ejerzan su derecho al control social, su
actividad de control sobre las diferentes funciones del Estado se será sobre asuntos de interés
público que afecten a la colectividad. Vigilarán y controlarán cualquier institución pública,
privada o social que maneje recursos públicos, promoverán, defenderán y vigilarán el
cumplimiento de los derechos constitucionales. Las veedoras y los veedores ciudadanos serán
personas facultadas para realizar el ejercicio de dicha vigilancia y control.
68
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social reglamentará las veedurías
ciudadanas y garantizará su autonomía, así como, el respeto estricto al derecho de la ciudadanía
al control social, las personas que participen en las veedurías no podrán tener conflictos de
interés con el objeto observado; no podrán ser funcionarias o autoridades de las instituciones
en observación o de aquellas vinculadas, serán responsables en caso de injurias; y, el inicio de
toda veeduría deberá ser notificado previamente a la institución observada, con la
determinación de las personas que participen; así como, el ámbito, área o proceso en los que se
circunscribirá su accionar.
Es obligación de las instituciones públicas, privadas y sociales, cuyas actividades
afecten los intereses de la sociedad, garantizar el acceso a la información que los procesos de
veeduría requieran para cumplir sus objetivos.
El Consejo de participación Ciudadana y Control Social brindará las condiciones básicas
de funcionamiento dentro de sus competencias legales y límites presupuestarios.
Los Observatorios se constituyen por grupos de personas u organizaciones ciudadanas
que no tengan conflicto de intereses con el objeto observado con el objeto de elaborar
diagnósticos, informes y reportes con independencia y criterios técnicos, con el objeto de
impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de las políticas públicas.
Los Consejos consultivos son mecanismos de asesoramiento compuestos por
ciudadanas o ciudadanos, o por organizaciones civiles que se constituyen en espacios y
69
organismos de consulta. Las autoridades o las instancias mixtas o paritarias podrán convocar
en cualquier momento a dichos consejos. Su función es meramente consultiva.
2.4.3.- Democracia electrónica
Todos los gobiernos autónomos descentralizados expedirán políticas específicas e
implementarán mecanismos concretos para la utilización de los medios electrónicos e
informáticos en los procesos de información, consulta, constitución de grupos, foros de
discusión y diálogos interactivos. Para el efecto, cada uno de los gobiernos y dependencias
dispondrá y actualizará permanentemente su respectivo portal web con información relativa a
leyes, ordenanzas, planes, presupuestos, resoluciones, procesos de contratación, licitación y
compras entre otros. Las autoridades públicas de todas las funciones del Estado mantendrán un
espacio dedicado en el portal institucional para poder informar, dialogar e interactuar con la
comunidad.
Una vez que se ha descrito todas las modalidades que adquiere la democracia directa
para que esta sea práctica, se puede mencionar que para que la representación y participación
alcancen el mismo nivel de importancia, hay que crear un aparato institucional. Existen dos
maneras para este cometido. La primera es creando procedimientos para que la participación
tenga una verdadera influencia pública. La otra es a través de la formación de entidades estatales
para plasmarlas. A decir al respecto la primera constituye el reconocimiento de la acción
ciudadana y la adaptación de herramientas estatales para satisfacer demandas. La segunda trata
de institucionalizar esta misma acción.
70
La constitución vigente se inclina por la opción institucionalizadora para efectivizar la
participación. Es así que se crea el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Dando
paso a una de las nuevas funciones del Estado: la de Transparencia y Control Social. Se ha
asumido que está función es un cuarto poder. Está integrado por siete personas, seleccionadas
a través de un concurso de méritos y oposición y tiene las funciones de:
- La promoción del ejercicio de los derechos de participación
- El establecimiento de mecanismo de control a las actividades de origen publico
- La designación de autoridades de control (contralor, fiscal, defensor público,
procurador)
- Es parte de la selección de integrantes de la Corte Constitucional
Es un organismo regulador de la participación popular y de las acciones de control de
la corrupción
2.5.1.- Características de la Silla Vacía
Este mecanismo participativo fue uno de los más originales en la Constitución. Sin
embargo, no tenía mayor relevancia en los debates al interior de la Asamblea, ya que existían
otros mecanismos que contaban con mayor poder de decisión. Muchos gobiernos locales
expidieron Ordenanzas Ad hoc, para normar su uso, antes de que se apruebe la norma que
regularía su propio procedimiento.
71
En el Art 101, de la Constitución se menciona brevemente en que consiste esta figura,
de la que se desprende dos aspectos: 1) ser parte de las discusiones, debates que permiten tomar
las decisiones y 2) y el proceso que conllevan a una nueva dinámica de representación social
en las esferas políticas. La Silla Vacía configuraba el vínculo de la deliberación y
representación. (Gallegos y Espinoza, 2012).
Esta unión fue el tema del debate legislativo puesto que existían posiciones que
apoyaban la idea de dar derecho a voto a las que a las personas que ocupen la silla vacía,
mientras que otras solo abogaban la posibilidad de que solo se les conceda la opción
deliberativa. A través de la presión de diversas organizaciones sociales, la norma se volcó a
permitir el derecho a opinar y a votar, sin embargo, puso énfasis en el derecho a voto, relegando
la parte que permitía el mejoramiento de la capacidad de debate en los concejos locales.
El Art. 77 de la Ley de Participación Ciudadana y Control Social, es la máxima
expresión de este cuestionamiento:
- Respecto a “la delegación ciudadana”, en las asambleas locales y cabildos
populares, se definirá la persona intervenga en la sesión de acuerdo al tema de interés
de la comunidad, acreditándose en la secretaria del cuerpo colegiado. Esta participación
debe ser regulada por la ley, ordenanzas y reglamentos de los GAD.
- Las sesiones del Consejo local deberán ser convocadas con anticipación.
- La participación de la persona seleccionada para intervenir, será con voz y voto
72
- Si existe conflicto entre las personas seleccionadas para participar, se señalará
un procedimiento que permita llegar a una concesión, de no hacerse este acuerdo en un
tiempo determinado, no se podrá ejecutar el derecho a voto.
- En el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, se complementa este punto exigiendo responsabilidad
administrativa, civil y penal a quienes participen en rendiciones de cuentas (Art 311).
Los puntos mencionados, engloban al principio de representación, pues acentúan el
procedimiento en este sentido. En la regulación no se indica las condiciones, dicho sea de paso,
muy importantes para contribuir a la calidad de las intervenciones ciudadanas en las
deliberaciones políticas, y contribuir al mejoramiento en la toma de decisiones. Solo se señala
la obligación de las autoridades locales de publicar con anticipación la convocatoria y la agenda
de sesiones. Gallegos y Espinosa mencionan al respecto tres principios rectores de tal
regulación:
1) La designación asamblearia de los ciudadanos que ocuparán la silla vacía
2) La representación debe hacerse según temas específicos, así esta debe hacerse para
tratar problemas públicos y no de interés particular; y,
3) la opción de que los representantes ciudadanos sean sujetos de rendición de cuentas
y además sanciones.
73
Como se analizó de capítulos anteriores estos elementos abordan la democracia
alejándose desde la perspectiva liberal-representativa, que alude mucho al peso institucional
generado por la competencia política.
En este marco jurídico, el poder local ha tomado la posta para configurar el proceso de
implantación de la Silla Vacía. En la Ley de Participación Ciudadana y Control Social, se
atribuye a los gobiernos autónomos dictar disposiciones propias para cada territorio, dotándoles
la posibilidad de agregar normas específicas para cada coyuntura.
Sin embargo, en el período que ha transcurrido hasta la presente han existido
inconvenientes que dificultan la eficacia de tal recurso. Muchos de los representantes
ciudadanos, no informan a la comunidad que representan, sobre lo discutido en el Concejo.
Además, que, para que este escenario sea cien por ciento efectivo, se necesita una fuerte
sociedad civil, algo que no es una característica de la sociedad ecuatoriana por el desgaste
político, organizacional, social, en anteriores gobiernos.
Ahora bien, hay tres aspectos que deben ser observados para que se pueda efectuar esta
nueva figura, que a pesar de estar vigente es muy poco ocupada y explorada.
a) La planificación. El Sistema Nacional de Planificación trata de centralizar la
participación a través de la colaboración de los órganos centrales nacionales (Ejecutivo) y los
espacios locales. Lo que afirma la intervención en mayor medida de la función central,
74
desplazando las articulaciones organizacionales de la función local, frenando la actividad
incluso las que ya existen en este nivel.
b) La representatividad de la sociedad civil. El tema en cuestión es la disputa al interior
de las organizaciones y la legitimidad de las mismas y de sus representantes. Se prioriza como
autoridad popular a las organizaciones sociales por sobre colectivos y personas a título
individual, se cuestiona la capacidad de la representación por territorio por encima de las que
apuntan al debate de temas que corresponden a problemas o sectores, además se pone en duda
el estatus de ciertos representantes, es decir si esta será permanente, temporal, parcial, no se fija
un límite para evitar el problema del caudillismo, típico de la cultura política ecuatoriana.
c) Las instituciones participativas nacientes deben convivir con las ya existentes. Este
aspecto ocasiona un conflicto intrínseco, ya que la silla vacía brinda un nuevo espacio a las
organizaciones sociales, desplazando a las organizaciones partidistas, o tradicionales.
La entrega de soberanía, constituye el principal elemento configurador de la
participación, sin embargo, para que se realice adecuadamente en la sociedad civil, debe estar
acompañada de un adecuado procedimiento que especifique cada coyuntura, tomando en cuenta
además el elemento de representatividad que exige, aunque no obedezca a procesos electorales,
específicamente concierne a lo jurídico regular esta naciente “representación” en el Ecuador.
Gurza, Houtzager y Castelo han creado el término “representación virtual” para
describir este nuevo tipo de representación, oficialmente no reconocida. Gallegos menciona
75
además la representación que se da por afinidad, práctica común en las organizaciones
(Gallegos, 2011).
El problema que nace es como incluir en este proceso la diversificación, de las
organizaciones y representantes. También es necesario analizar cómo se origina la selección de
representación en estos espacios, que generalmente se da en la discusión pública y asamblearia
de las distintas organizaciones.
El tema de que será lo que se represente también es un objeto de discusión, porque el
principal objetivo de la Silla Vacía es que la sociedad civil discuta los problemas públicos. El
problema que se podría suscitar es que estas demandas no se articulen al plan local y no sean
relevantes en la realización de lo “político” y más bien se queden como reivindicaciones
aisladas y sectorizadas. Es menester entonces que estos problemas, sean discutidos previamente
antes de ocupar la “Silla Vacía”.
Situándonos en el concreto caso de Mejía, la Ordenanza que la regula no tiene mayores
especificaciones acerca de lo que se ha expuesto con anterioridad, los ciudadanos desconocen
el legítimo derecho de utilizar esta figura. Se retoma entonces un punto más en las discusiones
surgidas en torno esta figura. Gallegos y Espinosa al respecto señalan:
… es relevante anotar que en diversas localidades hubo oposición de ciertos sectores
a la figura de una postulación de la Silla Vacía filtrada por lo deliberativo/asociativo: se
argumentaba que aquello desincentivaría el uso individual de tal mecanismo participativo
76
y favorecería a los actores sociales articulados organizativamente… (Gallegos y Espinoza,
2011, p. 22).
Afirmación que se replica en el gobierno local del Cantón Mejía, y que supone el hecho
de que no todas las personas tengan acceso a una organización, lo que permite que estas ni
siquiera se encuentren informadas, tomando en cuenta, además, el tiempo que esta figura se
encuentra vigente en la Ordenanza del mencionado gobierno local. Entonces, el querer
promover la democracia a través de la participación, más bien ha servido para visibilizar la
desigualdad en los niveles más minúsculos del gobierno, de la sociedad, y de la política. Es
imprescindible que en el Derecho se encuentre las herramientas para que la democracia se
constituya como tal, o por lo menos se asegure el mejoramiento de la misma, normandos
procesos que traten de no ser excluyentes y permitan el ejercicio ciudadano, ofreciendo
condiciones de igualdad. Así que, la Silla Vacía no puede ser adjudicada a una sola persona u
organización.
2.6.- FUNDAMENTACIÓN LEGAL
2.6.1.- Constitución Vigente
Los principios de participación, en esencia son las acciones mediante las cuales los
ciudadanos, a través de su individualidad u organización con otros, directamente o por medio
de representantes, inciden en la vida política, económica o social de su población. Este principio
se fundamenta en el derecho inherente a todo ser humano de construir su propio destino.
77
A lo largo de los años este principio ha sido una demanda de los diferentes sectores, por
ejemplo, en la época de los 60 y 70, el único derecho que se podría mencionar de participación
era el derecho al voto, pero con la Constitución del 98 se nombraron derechos que ampliaban
la participación y fueron:
- El derecho al voto y elección de autoridades para todas las personas mayores de 18
años de edad, incluyendo mujeres,
- La existencia de la consulta popular,
- La revocatoria del mandato,
- Iniciativa popular para presentar proyectos de ley,
- Derechos políticos.
En este mismo año la Asamblea Nacional Constituyente institucionalizó la Comisión De
Control Cívico de la Corrupción, conformada por representantes de gremios sindicales y
empresariales, además de delegados seleccionados de los diferentes sectores de la sociedad.
Tenía como tarea realizar veedurías que investiguen posibles casos de corrupción, además de
entregar informes que serían utilizados por la fiscalía. Esta medida legislativa fue la primera
experiencia de control social institucionalizado, posteriormente en el régimen de Gutiérrez se
intentó suplir la comisión por una institución estatal propiamente dicha, a pesar de esto la
comisión siguió funcionando hasta el 2007.
Es así que en el 2008 se aprueba el cuerpo constitucional que institucionalizaría la
participación y además lo consagraría como el quinto poder, es así que en el capítulo I:
participación en democracia, en la sección primera sobre los principios de la participación, en
el art. 95 se menciona que:
78
“Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera
protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el
control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un
proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por
los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control
popular, solidaridad e interculturalidad.”
En esta sección cabe recalcar algunos elementos que afirman lo ya nombrado en el Artículo
anterior:
Derecho a la participación en los asuntos de interés público: Que faculta a los
ciudadanos el poder participar activamente y de forma protagónica en la decisiones y gestión
de la administración pública. Los Arts. 61, 95 y 102 de la misma Constitución consagran este
derecho, en ese sentido todos los ciudadanos, incluidos los que radican en el exterior, podrán
participar en asuntos de interés público a través de mecanismos de democracia representativa,
directa y comunitaria.
Reconocimiento de todas las formas de organización colectiva de la sociedad: Las
personas tienen derecho a organizarse y exigir a las autoridades la rendición de cuentas en sus
gestiones, además de poder participar en las decisiones que incumben a toda la sociedad. Así
lo sostiene el Art. 96 de la Constitución:
Se reconocen todas las formas de organización de la sociedad, como expresión de la
soberanía popular para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
79
decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno, así
como de las entidades públicas y de las privadas que presten servicios públicos.
Las organizaciones podrán articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder
ciudadano y sus formas de expresión; deberán garantizar la democracia interna, la
alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de cuentas.
En todos los niveles de gobiernos se formarán instancias de participación: Que
complementa la garantía del proceso permanente de construcción popular, ya que es obligación
en todo nivel de gobiernos, formar espacios que posibiliten la acción activa ciudadana, así lo
determina el art 100 de la Constitución:
En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por
autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad
del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios
democráticos. La participación en estas instancias se ejerce para:
1. Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los gobiernos y la
ciudadanía.
2. Mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo.
3. Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos.
4. Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia, rendición de
cuentas y control social.
5. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.
80
Para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias públicas, veedurías,
asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y las demás instancias
que promueva la ciudadanía”
Es así que la Constitución ecuatoriana crea la figura de la Silla Vacía, que especifica en la
Sección Tercera, de la Participación en los diferentes niveles de gobierno, en el Art. 101:
Las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados serán públicas, y en ellas existirá
la silla vacía que ocupará una representante o un representante ciudadano en función de
los temas a tratarse, con el propósito de participar en su debate y en la toma de decisiones.
En los artículos precedentes se trata de plasmar medios que posibiliten el efectivo
cumplimiento, necesariamente garantizando condiciones de igualdad para el conjunto
ciudadano, y en general para los que están interesados en determinado tema, y de esta manera
exista el involucramiento directo en los procesos de toma de decisiones en los gobiernos locales.
Cabe recalcar que la disposición esboza de manera muy general e imprecisa la figura de
la Silla Vacía, sin señalar procedimientos, ni entidades que posibiliten su regulación, e incluso
abre una brecha en su aplicación práctica, ya que, al no determinar su alcance, muchos
gobiernos locales pueden descuidar su importancia democrática y participativa.
Es en virtud de los mencionados artículos, que se crea la Ley Orgánica de Participación
Ciudadana, que será la encargada de establecer los procedimientos para la implementación de
la Silla Vacía.
81
2.6.2.- Ley Orgánica de Participación Ciudadana
La Ley Orgánica de Participación Ciudadana, en la sección tercera, Art. 77, con
respecto a la Silla vacía dice:
De la silla vacía en las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados. - Las
sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados son públicas y en ellas habrá una
silla vacía que será ocupada por una o un representante, varias o varios representantes de
la ciudadanía, en función de los temas que se van a tratar, con el propósito de participar en
el debate y en la toma de decisiones.
La convocatoria a las sesiones se publicará con la debida anticipación.
En las asambleas locales, cabildos populares o audiencias públicas, se determinará la
persona que deberá intervenir en la sesión de acuerdo con el tema de interés de la
comunidad, quien se acreditará ante la secretaría del cuerpo colegiado. Su participación
en la sesión se sujetará a la ley, ordenanzas y reglamentos de los gobiernos autónomos
descentralizados.
La persona acreditada que participe en los debates y en la toma de decisiones lo hará con
voz y voto.
En el caso de que las personas acreditadas representen posturas diferentes, se establecerá
un mecanismo para consensuar su voto. No obstante, si no se lograra llegar a consenso
alguno, en el tiempo determinado en la sesión, solo serán escuchadas sin voto.
82
El gobierno autónomo descentralizado mantendrá un registro de las personas que
solicitaren hacer uso del derecho a participar en la silla vacía, en cual se clasificará las
solicitudes aceptadas y negadas.
La regulación que la ley le da a esta figura aumenta elementos a la disposición constitucional,
señalando ciertas pautas en el proceso de implementación de la misma y son:
Obligatoriedad: Es decir es un mandato constitucional, en las reuniones de los
gobiernos autónomos descentralizados, de naturaleza pública, deben asistir los representantes
ciudadanos, que amplíen y participen en los asuntos de interés general.
Alternabilidad. Este proceso debería garantizar la diversidad de los participantes para
evitar que las mismas personas intervengan en las sesiones.
Deliberación: Entre el estado y la sociedad debe existir un intercambio responsable,
público y razonado, con argumentos proactivos y el empleo de diálogos para la solución de
conflictos.
Autonomía: Es un derecho garantizado en la constitución y en la mencionada ley, es
decir la organización social podrán participar en las instancias públicas con independencia
política y responsabilidad tanto civil como penal.
83
Igualdad: Este espacio debe garantizar el acceso en iguales condiciones, y promover la
diversidad, permitiendo la difusión de expresiones y procurar el acceso en iguales condiciones
no solo formales, sino materiales.
Derecho de interés público: da lugar a un proceso de toma de decisiones, en el que se
debe procurar evitar el clientelismo que puede dar lugar a la defensa de intereses particulares.
Principio de publicidad: Se expresa por un lado en el punto donde el orden del día
debe ser socializado con anticipación para que la mayor parte de la ciudanía se entere de las
sesiones del consejo, pero no menciona mucho acerca de la rendición que debe hacer el
representante ante los ciudadanos que lo eligieron.
Respeto a la diversidad: No deberá existir discriminación de ningún tipo, excepto la
conspiración del orden democrático constituido.
Responsabilidad: Las personas asumen un compromiso legal y ético para la búsqueda del bien
común.
Transparencia: La gestión de lo público debe garantizar que la ciudadanía de forma
libre acceda a la información pública.
Es menester mencionar que un vacío en cuanto a la obligatoriedad que tienen los Gobiernos
Autónomos Descentralizados de aplicar esta figura, ya que en el caso del Cantón Mejía, a pesar
84
de existir una ordenanza que regula la Silla Vacía por falta de voluntad política no ha sido
aplicada y peormente publicitada en la ciudadanía.
2.6.3.- Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD)
En relación a la Silla Vacía el COOTAD, en el Art. 311, determina que:
Las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados son públicas y en ellas habrá una
silla vacía que será ocupada por un representante de la ciudadanía en función de los temas
a tratarse, con el propósito de participar en el debate y en la toma de decisiones en asuntos
de interés general. Las personas que participen con voto serán responsables administrativa,
civil y penalmente. El ejercicio de este mecanismo de participación se regirá por la ley y las
normas establecidas por el respectivo gobierno autónomo descentralizado.
Este código que trata de instaurar un régimen descentralizado, delega ciertas atribuciones a
los llamados Gobiernos Autónomos Descentralizados. En el artículo 312, del COOTAD, se
señala un artículo que trae a colación los efectos jurídicos de la ocupación de un representante
ciudadano en la Silla Vacía, dotándole de responsabilidad penal y jurídica respecto a sus
actuaciones, sin embargo, la normativa relativa a la Silla Vacía no prevé remuneración alguna
para sus ocupantes. Es decir, los ciudadanos que acceden al mecanismo no tienen derecho a
dietas por su participación en las sesiones y ostentan, de modo efímero, un cargo ad honorem.
Justamente desde esta perspectiva, se entiende que el ocupante no es un servidor público, por
lo que no podría serle aplicable ninguna sanción administrativa, como erróneamente conlleva a
85
pensar el artículo 311 del COOTAD, al señalar que el ocupante tiene responsabilidad
administrativa.
Así mismo en el Art. 312 del mismo cuerpo normativo, se indica que:
El incumplimiento de estas disposiciones relativas a la participación ciudadana por parte
de las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados, generará
responsabilidades y sanciones de carácter político y administrativo, incluyendo la remoción
del cargo para los funcionarios responsables de la omisión y podrá ser causal de
revocatoria del mandato para la autoridad respectiva, conforme a la ley.
Es decir, refiere la sanción que se aplicaría en el caso de no aplicar esta modalidad de
participación ciudadana, llegando incluso a la posibilidad de destituir autoridades, incluyendo
la remoción del cargo y causal de revocatoria de mandato de autoridades. Es necesario tomar
en cuenta también que el representante ciudadano no es elegido de manera directa e universal,
sino que es fruto de una designación indirecta y seccional.
Por último, el Siguiente artículo del mismo Código, presenta la posibilidad de presentar
proyectos que permitan una consulta prelegislativa respecto a normas que incumben
directamente a la comunidad y a interés comunes al territorio:
Artículo 325.- Consulta prelegislativa.- Los órganos legislativos de los gobiernos
autónomos descentralizados, en el marco de lo dispuesto en la Constitución y los convenios
internacionales reconocidos por el Ecuador, deberán establecer un proceso de consulta
86
prelegislativa respecto de aquellas normas que directa y objetivamente pudieren afectar
derechos colectivos de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas,
afroecuatorianas y montubias de sus respectivas circunscripciones territoriales.
Este proceso estará dirigido a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indí-
genas, afroecuatorianas y montubias de la circunscripción territorial del respectivo
gobierno autónomo descentralizado y desarrollará, por lo menos, las siguientes fases:
a) Preparación de la consulta, identificación del o los temas materia de la consulta y de los
sujetos a ser consultados (instancias representativas, comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias de la correspondiente
circunscripción territorial);
b) Convocatoria a la consulta a través de cualquier medio efectivo que garantice el
conocimiento oportuno de los sujetos consultados acerca del tema de consulta, la
documentación pertinente y el cronograma del proceso de consulta;
c) Consulta prelegislativa: las organizaciones representativas de las comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias de la
circunscripción territorial correspondiente, que tengan interés en participar en la consulta,
deberán inscribirse en el registro y ante el organismo que para el efecto señale el órgano
legislativo consultante; hecho lo cual, recibirán los formularios para sus procesos de
deliberación interna y la designación de sus representantes que no serán más de dos, por
cada organización inscrita;
d) Análisis de resultados y cierre de la consulta: las comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias de la circunscripción territorial
correspondiente que se hubieren inscrito, harán llegar a la secretaría del órgano legislativo
del respectivo gobierno autónomo descentralizado su posición sobre el tema consultado,
87
misma que será debatida en una mesa de diálogo que se conformará con representantes del
órgano legislativo y aquéllos que hubiere designado cada organización participante.
Este artículo es clave para la comunidad pues exigir normas que realmente se adecuen
a la realidad concreta es un derecho que deben asegurar los Gobiernos Autónomos
Descentralizados para que tales normas no sean calco de otras y como consecuencia no cumplan
con el fin de activar mecanismos de participación directa. Es necesario enfatizar el derecho que
tiene la comunidad de enterarse de los temas que quieren modificarse en cuanto a la normativa
local.
2.6.4.- Ordenanza 001-2012 Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Del Cantón
Mejía.
Por último, precisamos la Ordenanza 001-2012 que regula el procedimiento específico
para el uso de la Silla Vacía en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, que en la sección VI,
parágrafo I, indica:
Art. 30.- Silla Vacía. - Para cada sesión ordinaria o extraordinaria del Concejo del
Gobierno A. D. Municipal del Cantón Mejía habrá una silla vacía, que será ocupada por
una representante o un representante ciudadano, con el fin de participar en su debate y la
toma de decisiones, en función de los temas a ser tratados.
88
Las personas naturales y los representantes de organizaciones profesionales, gremiales,
sociales, étnicas, culturales, deportivas o de otra naturaleza, designados en asambleas,
cabildos populares, audiencias públicas, u otras formas de organización de la sociedad
civil, que tengan interés en participar en una sesión determinada harán conocer con al
menos cuatro horas de anticipación al día y hora fijados para la sesión, ante la Secretaría
General del Concejo, el tema de interés. No podrá acreditarse más de una persona por la
misma organización.
Si se presentaren más de un pedido de participación sobre un mismo tema, comparecerán
ante el funcionario o funcionaria que ejerza la Secretaría General del Concejo, a fin de
ponerse de acuerdo sobre la persona única que los represente en la sesión; de haber
aceptación unánime, se podrá recurrir al sorteo; caso contrario, todos los inscritos podrán
exponer sus puntos de vista, pero no podrán ejercer el derecho al voto.
Tendrá derecho a participar de los debates exclusivamente sobre el o los temas para los
cuales hubiere sido inscrita su participación, en las mismas condiciones y tiempo que los
integrantes del Concejo del Gobierno A. D. Municipal del Cantón Mejía. No podrá referirse
a otros temas que no sea aquel para el cual fue inscrito y no podrá desviar su ponencia con
asuntos de índole política, religiosa o con afirmaciones o presunciones afrentosas que
puedan afectar la honra del alcalde, las concejalas y concejales, de los servidores
municipales o de otros funcionarios públicos. De así hacerlo incurrirá en responsabilidades
civiles, penales o administrativas, por tal actitud, el alcalde por propia iniciativa o a pedido
de un concejal o concejala podrá llamarle al orden o suspenderle definitivamente el uso de
la palabra.
89
La Secretaría General del Concejo llevará un registro específico de las personas que
solicitaren ocupar la silla vacía, con determinación de quienes participen y de quienes no
lo hicieren ya por inasistencia o por acuerdos.
Quien ocupe la silla vacía no tendrá derecho a dietas por su participación en las sesiones
del concejo.
Art. 31.- Limitación para ocupar la silla vacía. - Las personas naturales que tengan interés
propio o de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad
en el tema que se trate, no podrán ocupar la silla vacía; pero podrán solicitar y ser recibidos
en comisión general para ser escuchados en forma previa a la decisión del concejo
municipal. La comisión general podrá realizarse, antes de iniciar la sesión o durante su
desarrollo, en cuyo caso será suspendida la sesión, pero constará en el acta de la sesión, un
resumen de sus exposiciones.
Art. 32.- Publicidad de la Convocatoria.- Con el propósito de que la comunidad esté
enterada de los temas a tratar en las sesiones del concejo y tenga oportunidad para
manifestar su interés por ocupar la silla vacía o simplemente comparecer a la sesión, las
convocatorias a las sesiones ordinarias y extraordinarias serán difundidas con al menos
cuarenta y ocho horas, por medios de comunicación colectiva locales y cuando no fuere
posible por fuerza mayor, serán publicadas en la página web de la institución y a través de
impresos colocados en lugares visibles y de acceso público.
90
Como se señala anteriormente, las peticiones ciudadanas obligaron a los GADS a emitir
normativas ad-hoc (Ramírez y Espinosa, 2012, p.120), sin embargo, a pesar de que estas
expediciones de normas determinaron que la Silla Vacía se aplique, como es el caso del cantón
Rumiñahui, de Pichincha (Castro, 2014) en muchos cantones especialmente de Pichincha no se
han implementado ni siquiera normativamente. Precisando el tema sobre el contenido de las
ordenanzas, en general, no se adecuan al diseño de los modelos expedidos por la Asociación de
Municipalidades del Ecuador (AME) y por el Concejo de Participación Ciudadana y Control
Social. Cabe señalar que, solo aquellos cantones que contaron con asesoría privada, incluyen
tales parámetros que son, precisar con claridad el trámite de convocatoria y solicitud, los
mecanismos para consensuar posiciones, el plazo, las limitaciones, y los requisitos para hacer
uso de la Silla Vacía.
Lo que reflejaría el divorcio de la norma y la aplicación, según señala Castro:
La Silla Vacía, ha sido utilizada 165 veces, sin mencionar que las sesiones que realizan los
GAD oscilan entre 40 a 50 sesiones por año, lo que resaltaría el bajo número de
ocupaciones. Este problema rebasa cualquier modelo institucional ya sea abierto o cerrado
y refleja un alejamiento ciudadano de la gestión pública a nivel local. En los cantones en
los que más se ha aplicado la SV existen ciudadanos que acaparan el mecanismo. Esta
cuestión no es sana para la construcción del poder ciudadano en democracia, pues se
privilegia a unos pocos, violando la igualdad democrática, en parte, porque las ordenanzas
no regulan con claridad las atribuciones o la cantidad de veces que un ciudadano puede
ocupar la SV. En total, 37 personas han ocupado la SV en Pichincha, de aquellas, solo seis
91
fueron mujeres, un porcentaje muy bajo que muestra un problema estructural de la sociedad
ecuatoriana. (2014, p.324)
Tabla 1 Implementación de la Silla Vacía en Pichincha.
Fuente Ius Humani, Revista de Derecho
Acerca del derecho al voto, con el que legalmente cuenta el ocupante, crea, primero, una
negación de la voluntad popular, que eligió previamente a sus representantes en elecciones
universales y, segundo, una violación a la igualdad democrática, principio que busca la
exclusión de las diferencias arbitrarias o irrazonables de los sistemas políticos.
El representante ciudadano es otro concepto ambiguo, ya que en la Constitución en los
Arts. 112 y 116, el representante ciudadano es fruto de una elección popular, y en la Ordenanza
92
en cuestión se maneja la misma terminología lo que supone que debe especificarse diferencias
entre los tipos de representantes ciudadanos.
Respecto a los alcances de las participaciones ciudadanas, no existe especificación, pues
se debe determinar hasta qué punto y exactamente en qué temas debe intervenir la opinión del
ocupante.
Por otra parte, sobre la base del análisis normativo, se supone que quien participe en la
Silla Vacía no interfiere en temas que no sean aquellos para los cuales fue convocado.
Consiguientemente, actuará con voz en el punto del orden del día para el que fue acreditado.
Asunto que es discutible, puesto que el ocupante puede sustentar temas que previamente
consten en la agenda de los gobiernos locales. Consecuentemente se debe analizar que quién
decide lo que se discute son las autoridades políticas bajo la influencia de los distintos grupos
de presión política. Centrándose en este análisis se percibe que la configuración institucional
de la Silla Vacía enfrenta una dificultad ya que la actuación ciudadana se rige a los parámetros
fijados por la voluntad de los poderes políticos y económicos, de las agencias donantes, de
ciertos sectores, etc.
En este contexto, se visibiliza que la mayoría de ciudadanos tienen poca
comprensión de sus derechos y poca conciencia de sus responsabilidades, impidiéndoles
adquirir el protagonismo participativo adecuado. Asimismo, es recomendable emprender
estudios que evalúen el funcionamiento de la Silla Vacía en comparación con otras figuras.
93
2.6.5.- Análisis Comparativo con Ordenanza de Participación Ciudadana del
Cantón Cayambe expedida el 10 de agosto del 2011
Se escogió la Ordenanza de Cayambe, pues al igual que Mejía, constituye un cantón
perteneciente a la provincia de Pichincha, y además ha sido una de las pocas que han llegado a
utilizarse por los ciudadanos.
El primer punto discutible comparando las Ordenanzas del Cantón Mejía y el Cantón
Cayambe, es la especificación en cuanto a las sesiones del Concejo Municipal pues en la
primera se indetermina cuando o cuantas veces estás se realizarán, en cambio en el Art. 24 de
la Ordenanza que norma la participación en Cayambe si se detalla su realización apuntando que
estas serán realizadas cada ocho días ordinariamente y en forma extraordinaria según lo
determina la ley, dato que permite entrever la intención de procurar que la ciudadanía este
precisamente enterada del primer paso para acceder a ocupar el mecanismo de la Silla Vacía, y
que termina además aplicando o no el principio de publicidad que debe cumplir la participación
como un derecho político que asegure además la igualdad ciudadana.
En segundo lugar, la Ordenanza del Cantón Mejía señala que la convocatoria a las
Sesiones del Concejo se realizará por medios de comunicación colectiva locales y solo por
fuerza mayor en la página web del municipio y en los lugares visibles y de acceso público. Por
otro lado, la Ordenanza de Cayambe señala en el tercer inciso del Art. 24 que se realizará la
convocatoria en los lugares visibles de las instalaciones del Gobierno Municipal y a través de
la página web. En la primera no se determina un lugar específico de convocatoria ni se utiliza
los medios electrónicos obligatoriamente para difundir las convocatoria, en el segundo por el
94
contrario se puntualiza un lugar a fin de que la ciudanía acuda permanentemente a un mismo
lugar, en ese sentido se observa que la regularización en el Cantón Mejía acerca la Silla Vacía
es una copia de los artículos que se encuentran en el Código Orgánico de Participación
Ciudadana y Control Social, al no cumplir con el rol de precisar el procedimiento.
2.6.6.- Análisis Comparativo con la Ordenanza 00-2011 que regula el Derecho de
Participación Ciudadana en las Sesiones del Concejo Municipal del Cantón Pedro
Vicente Maldonado a través del mecanismo de la Silla Vacía
Esta Ordenanza es una de las que se ajusta a los parámetros establecidos por la
Asociación de Municipalidades Ecuatorianas y que muestra una mejora en determinar y normar
el procedimiento a continuación presentamos las principales innovaciones.
En Cayambe se ha utilizado la convocatoria abierta a la ciudadanía, permitiendo al
ciudadano usar la figura con solicitud previa. Esta solicitud debe provenir de instancias de
participación y organizaciones legalmente constituidas y será aprobada por la secretaria del
Concejo Cantonal y seguidamente se notificara al ciudadano representante, el cual también
tendrá un suplente, enfocando su selección en parámetros como lo social, cultural, ecológico,
físico, territorial, económico, productivo, administrativo, político, emergente y grupos de
selección prioritaria, salud y recreación, tal como se señala en el Art. 16 de la Ordenanza antes
mencionada.
95
Se incluye en el Art. 19 de la Ordenanza que el ocupante de la Silla Vacía deberá emitir
un informe por escrito a la Asamblea Cantonal o cuando la ciudadanía lo solicite, facultando a
la ciudadanía el transparentar los procesos de participación.
Como consecuencia de esta Ordenanza, que concreta el proceso de utilización de la Silla
Vacía, asumiendo la tarea de puntualizar y adaptarlo adecuadamente a la coyuntura local es que
los ciudadanos han hecho uso cuatro veces de la Silla Vacía, que dadas las circunstancia y el
escaso uso de esta figura, constituye una ventaja participativa para los habitantes del Cantón
Cayambe, algo que no ha ocurrido en el Cantón Mejía, pues la ordenanza expedida para el
cometido no singulariza el proceso, más bien lo generaliza, desvirtuando la función
descentralizadora que debería cumplir el Gobierno Autónomo.
2.7.- HIPÓTESIS (o planteamiento ideológico a defender, o pregunta directriz)
En la ordenanza que regula la Silla Vacía en Mejía, no se especifica los procedimientos
a seguir para la participación de las personas, lo que produce una afectación al principio de
igualdad ciudadana
96
2.8.- DETERMINACIÓN DE LAS VARIABLES
2.8.1.- Variable Independiente
• Silla Vacía. - Mecanismo de participación ciudadana, que busca el mejoramiento
de la democracia, en el cual los ciudadanos ejercen su ciudadanía activa.
2.8.2.- Variables Independientes
• Vulneración del principio de igualdad ciudadana. - Es el conjunto de deberes,
derechos y garantías del ordenamiento jurídico. El contenido de las leyes sea igual para todos,
o desigual si así corresponde, sobre la fase o en función de la justicia. Igualdad ante la ley,
implica que todos debemos cumplir el mandato de la ley, no sólo los órganos del Estado, como
asimismo, tales órganos deben interpretar y aplicar el ordenamiento jurídico, sin incurrir
en discriminación.
• Vulneración al principio de participación ciudadana.- El término
de participación ciudadana es el conjunto de acciones o iniciativas adelantadas por un
ciudadano o grupo de ciudadanos bajo la pretensión de impulsar el desarrollo local y
la democracia participativa. A través de la integración de la comunidad al ejercicio de la
política. Está basada en varios mecanismos para que la población tenga acceso a las decisiones
del gobierno de manera independiente sin necesidad de formar parte de la administración
pública o de un partido político.
97
2.9.- DEFINICION DE TERMINOS BASICOS
Ciudadanía Activa. - La ciudadanía activa es un concepto que se aplica a todas
aquellas personas que integran una comunidad y que despliegan un comportamiento
comprometido con todo aquello que acontece en la misma. Es decir, el ciudadano activo se
encuentra absolutamente involucrado en todos los asuntos que atañan a la comunidad en la que
vive y participa en todo cuanto es de rigor. Y se encuentra por caso en la vereda opuesta de
aquel ciudadano que no participa en nada, la cual también es una posición que solemos
encontrarnos en las diversas comunidades.
Democracia.- Es una forma de organización social que atribuye la titularidad
del poder al conjunto de la sociedad. En sentido estricto, la democracia es una forma de
organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el
pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a
sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que
los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a
mecanismos contractuales.
Mandante. - Persona que en el contrato consensual llamado mandato confía a otra su
representación personal, o la gestión o desempeño de uno o más negocios.
98
Mandatario. - Persona que ocupa por elección un cargo muy relevante en la
gobernación y representación del Estado, y, por extensión, quien ocupa este cargo sin haber
sido elegido.
Autodeterminación.- Es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas
de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente,
sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad.
Libertad Civil.- La libertad jurídica o civil consiste en el derecho de hacer todo lo que
no está prohibido por la ley. Se presenta como una prerrogativa que le permite a su beneficiario,
cuando lo desea, un acceso incondicional a situaciones jurídicas comprendidas dentro del
ámbito de dicha libertad.
Legitimidad.- Es un término utilizado en la teoría del Derecho, en la ciencia política y
en filosofía que define la cualidad de ser conforme a un mandato legal. En ciencia política es el
concepto con el que se enjuicia la capacidad de un poder para obtener obediencia sin necesidad
de recurrir a la coacción que supone la amenaza de la fuerza, de tal forma que un Estado es
legítimo si existe un consenso entre los miembros de la comunidad política para aceptar la
autoridad vigente.
Representatividad. - Trata de reproducir a la sociedad civil en el parlamento por medio
de los representantes que ésta elige. Su ausencia impide a los electores controlar a sus
representantes políticos. Cuando no existe representación, como en el Estado de Partidos, los
99
electores desconocen a sus representantes, y por tanto no pueden exigirles
responsabilidades. La representatividad se consigue por medio de sistemas de gobierno y
electorales que garanticen la relación: una persona, un voto. Sólo el sistema presidencialista y
leyes electorales basadas en candidaturas uninominales por distritos garantizan la
representatividad de la sociedad civil.
Deliberación.- La deliberación es un proceso previo a la toma de una decisión en la
cual los ciudadanos consideran hechos relevantes desde diversos puntos de vista y dialoga con
otros para pensar críticamente sobre las diferentes opciones posibles ampliando de este modo
sus perspectivas, opiniones y entendimiento.
Sociedad Civil. - La sociedad civil se concibe como el espacio de vida social
organizada que es voluntariamente autogenerada, independiente, autónoma del estado y
limitada por un orden legal o juego de reglas compartidas. Involucra a ciudadanos actuando
colectivamente en una esfera pública para expresar sus intereses, pasiones e ideas, intercambiar
información alcanzando objetivos comunes.
Ordenanza. - Es una disposición o mandato. Se utiliza para nombrar al tipo de norma
jurídica que forma parte de un reglamento y que está subordinada a una ley. La ordenanza es
emitida por la autoridad que tiene el poder o la facultad para exigir su cumplimiento. De
acuerdo al ordenamiento jurídico en cuestión, la ordenanza recibe distintos nombres. La
ordenanza municipal es aquella dictada por la máxima autoridad de una municipalidad o un
ayuntamiento y con validez dentro del municipio o comuna. La ordenanza provincial, en
cambio, extiende su alcance a toda una provincia.
100
CAPÍTULO III: MARCO METODOLÓGICO
3.1.- DETERMINACIÓN DE LAS UNIDADES DE OBSERVACIÓN
La investigación se realizará en la escuela "Luis Felipe Borja", pertenecientes a la
parroquia de Machachi, cantón Mejía.
3.1.1.- Población
La investigación se realizará en la ciudad de Machachi, parroquia de Mejía, con los
trabajadores del Mercado Municipal, de las secciones ropa, calzado y verduras. Suman un total
de 100 ciudadanos, población que, además se caracterizan por su variación generacional,
laboral, por el rango de edad y condición social.
3.1.2.- Muestra
La muestra se calculó en base a la siguiente fórmula:
N: Número total de personas de la muestra.
E: Margen de error.
N: 100
P. Q: 0.25
101
E: 0.05
N
n = __________________
E2 (N-l) +l
100
n= __________________
0,05. 2 (100-1) +l
100
n= __________________
0.0025 (99) + 1
100
n= __________________
0,2475 + 1
100
n= __________________
1.2475
Ecuación 1: Determinación de las Unidades de Observación
n= 80
La muestra del Universo de 100 personas será de 80.
102
3.2.- APLICACIÓN DE LOS MÉTODOS PREVIAMENTE DETERMINADOS
3.2.1.- Método Histórico
El utilizado por la Escuela histórica alemana, y seguido por Savigny, Puchta, Gierke y
otros. Considera que el Estudio de la historia demuestra que cada pueblo tiene, en cada época
de su vida, leyes e instituciones adecuadas a su manera de ser, reflejo del espíritu del pueblo, el
cual actúa sobre las costumbres y tradiciones hasta convertirse en normas jurídicas y aplicación
coercitiva. Para la Escuela histórica no existen principios ni fórmulas universales que pueda
aplicar a todos los países por igual. El derecho de cada pueblo ha de elaborarse con materiales
propios, de acuerdo con sus necesidades, pensamientos y conveniencias, de raigambre a la vez
popular, histórica y nacional; y asentado, como expresiones más auténticas, en las tradiciones
del pasado, y en las costumbres, realidad del presente. A través de este método debe realizare
un estudio progresivo y regresivo de la realidad jurídica en el Ecuador, sobre todo en materia
en análisis.
3.2.2.- Método Analítico
Este método se utiliza para descomponer o desintegrar el hecho que se investiga, un
problema, una entidad jurídica, una norma vigente, en sus diferentes elementos, “partes" que
hacen el todo, explicando sus implicaciones con ese todo, sin perder la visión que la hace parte
del todo, pues cada parte tiene sus propias características y estructuras, dentro de la estructura
que hace parte del todo. Este método me permitirá separar algunos componentes que forman la
realidad jurídica del problema propuesto y poder analizarlos en forma más objetiva y ordenada:
103
“En este método se distinguen los elementos de un fenómeno y se procede a revisar
ordenadamente cada uno de ellos por separado.” En nuestra investigación emplearemos este
método por cuanto mi trabajo se encuentra dividido en capítulos para poder realizar una tesis
completa sin dejar puntos importantes sin tratar.
3.2.3.- Método Sintético
Este método es un complemento del análisis permitirá comprender el todo, la idea, el
hecho, la entidad jurídica, la norma en sus diferentes elementos y sus mutuas vinculaciones.
Este es el proceso indisoluble, la correlación entre análisis y síntesis, el proceso analítico-
sintético.
3.2.4.- Método Dialéctico
Parte de la concepción materialista del mundo del cambio constante y el desarrollo en
un proceso evolutivo, la materia en movimiento y continua transformación; es decir, nos
permite conocer las leyes generales que rigen la dinámica y el desarrollo y de la naturaleza, la
sociedad humana y el pensamiento, leyes que son reflejo del mundo físico, material que tiene
un carácter objetivo y que operan el campo de la realidad, independiente del conocimiento y de
la voluntad del ser humano mediante este método se aplicarán las leyes de la dialéctica para
establecer un análisis acerca de los cambios constantes en el mundo fenomenológico
Método Descriptivo. - Este método permite realizar una descripción objetiva de la
realidad actual en la que se desarrolla el problema
104
3.3.- APLICACIÓN DE LAS TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN
3.3.1.- Observación
Mediante esta técnica, se puso tener un primer acercamiento a los fenómenos, además
de que sirvió para captar a breves rasgos las características de la población a quien va a ser
aplicada la investigación.
3.3.3.- Encuesta
Esta técnica se utilizó para recoger información sobre el tema de investigación en forma
escrita, a través de un cuestionario debidamente estandarizado y esquematizado, que fue
entregado a las personas que son parte dela muestra, para ser llenado libremente.
3.4.- DEFINICIÓN DE LOS INSTRUMENTOS
Los instrumentos aplicados fueron los siguientes:
105
3.4.1.- Diario de Campo
El diario de campo es un instrumento utilizado por los investigadores para registrar
aquellos hechos que son susceptibles de ser interpretados. En este sentido, el diario de campo
es una herramienta que permite sistematizar las experiencias para luego analizar los resultados.
3.4.2.- Recolección de la Información
Esto quiere decir que la recolección de datos es la actividad que consiste en la
recopilación de información dentro de un cierto contexto. Tras reunir estas informaciones,
llegará el momento del procesamiento de datos, que consiste en trabajar con lo recolectado para
convertirlo en conocimiento útil.
3.5.- PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN
El procesamiento de la información “Tiene como fin de generar datos agrupados y
ordenados que faciliten al investigador el análisis de la información según los objetivos,
hipótesis y preguntas de la investigación construidas”. Por medio de datos numéricos que ya
están procesados y analizados se llega a un determinado resultado.
106
3.6.- APLICACIÓN DE LA MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES
VARIABLES
INDEPENDIENTES
DIMENSIÓN INDICADOR NÚMERO DE ITEM TÉCNICA O
INSTRUMENTO
Silla vacía
Ámbito constitucional
Desconocimiento de la población
acerca de sus Derechos
constitucionales y de participación
Vacíos legales en la aplicación de la
norma
¿Conoce usted lo que es la silla
vacía?
¿Conoce que la silla vacía es un
derecho contemplado en la
Constitución?
¿Conoce usted la regulación de
la silla vacía en Mejía?
Análisis documental
Ficha de observación
Encuesta
VARIABLES DEPENDIENTES DIMENSIÓN INDICADOR NÚMERO DE ITEM TÉCNICA O
INSTRUMENTO
Principio de igualdad ciudadana
Ámbito constitucional
Ámbito local
Falta de eficacia de la ordenanza
para el efectivo cumplimiento del
orden constitucional, en el ámbito
local,
Precisión en el proceso para que
todos utilicen este mecanismo
Para el acceso no se ha enfatizado
en el derecho a la información
Pertenece usted o es miembro
de alguna organización
¿Conoce usted como puede
participar en este mecanismo de
participación ciudadana?
Diario de campo
Entrevista
Encuesta
107
Ha escuchado a través de algún
medio informativo la
convocatoria a la reuniones del
GAD
Principio de participación ciudadana Ámbito constitucional
ámbito local y municipal
(GAD)
Desconocimiento sobre la figura de
participación y la importancia que
puede tener en la toma de decisiones
1
7
8
9
Encuesta
Diario de campo
Tabla 2: Aplicación de la matriz de Operacionalización de las Variables
108
CAPITULO IV: PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA
INFORMACIÓN
4.1.- TABULACIÓN Y GRAFICACIÓN DE RESULTADOS
4.1.1.- ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana?
Si No Posiblemente
Frecuencia 60 13 7
Porcentaje 75,00% 16,25% 8,75%
Tabla 3: ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana?
Ilustración 2: ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana?
El 75% de los encuestados ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana,
un 16.25% no ha escuchado sobre Participación Ciudadana y un 8.75% posiblemente ha
escuchado.
Si No Posiblemente
Hombres 30 4 3
Mujeres 30 9 4
30
4 3
30
9
41.- ¿HA ESCUCHADO HABLAR SOBRE LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA?
Hombres Mujeres
109
4.1.2.- ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía?
Si No Posiblemente
Frecuencia 44 31 5
Porcentaje 55,00% 38,75% 6,25%
Tabla 4: ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía?
Ilustración 3: ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía?
El 55% de los encuestados tiene un conocimiento de la Silla Vacía, el 38.75% no
conoce y el 6.25% posiblemente.
Si No Posiblemente
Hombres 25 14 2
Mujeres 19 17 3
25
14
2
19
17
3
2.- ¿CONOCE USTED LO QUE ES LA SILLA VACÍA?
Hombres Mujeres
110
4.1.3.- ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
Constitución del Ecuador?
Si No
Frecuencia 30 50
Porcentaje 37,50% 62,50%
Tabla 5: ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la Constitución del Ecuador?
Ilustración 4: ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la Constitución del
Ecuador?
El 37.50% de los encuestados sabe que es un derecho contemplado en la
Constitución, el 62.50% no lo sabe.
Si No
Hombres 13 30
Mujeres 17 20
13
30
17 2
0
3.- ¿CONOCE USTED QUE LA SILLA VACIA ES UN DERECHO CONTEMPLADO EN LA
CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR?
Hombres Mujeres
111
4.1.4.- ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía?
Si No Posiblemente
Frecuencia 14 64 2
Porcentaje 17,50% 80,00% 2,50%
Tabla 6: ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía?
Ilustración 5: ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía?
El 17.50% conoce la regulación de la Silla Vacía en Mejía, el 80% no conoce y el
2,50% posiblemente.
Si No Posiblemente
Hombres 8 34 1
Mujeres 6 30 1
8
34
1
6
30
1
4.- ¿CONOCE USTED LA REGULACIÓN DE LA SILLA VACIA EN MEJÍA?
Hombres Mujeres
112
4.1.5.- ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación
ciudadana en Mejía?
Si No
Frecuencia 18 62
Porcentaje 22,50% 77,50%
Tabla 7: ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación ciudadana en Mejía?
Ilustración 6: ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación ciudadana en
Mejía?
El 22.50% conoce el mecanismo de Participación Ciudadana en Mejía y el 77.50%
no.
Hombres Mujeres
Si 9 9
No 32 30
9 9
32
30
5.- ¿CONOCE USTED CÓMO PUEDE PARTICIPAR EN ESTE MECANISMO DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN MEJÍA?
Si No
113
4.1.6.- ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a las
reuniones del consejo de GAD Municipal?
Si No Posiblemente
Frecuencia 23 44 13
Porcentaje 28,75% 55,00% 16,25%
Tabla 8: ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a las reuniones del consejo de GAD
Municipal?
Ilustración 7: ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a las reuniones del consejo de
GAD Municipal?
El 28.75% de los encuestados ha escuchado a través de algún medio informativo
la convocatoria a las reuniones del consejo del GAD Municipal, el 55% no y 16.25%
posiblemente.
Si No Posiblemente
Hombres 13 22 8
Mujeres 10 22 5
13
22
8
10
22
5
6.- ¿HA ESCUCHADO A TRAVÉS DE ALGÚN MEDIO INFORMATIVO LA
CONVOCATORIA A LAS REUNIONES DEL CONSEJO DEL GAD MUNICIPAL?
Hombres Mujeres
114
4.1.7.- ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano?
Si No
Frecuencia 48 32
Porcentaje 60,00% 40,00%
Tabla 9: ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano?
Ilustración 8: ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano?
El 60% de los encuestados sabe lo que significa ser un Representante Ciudadano
y el 40% no.
Hombres Mujeres
Si 25 23
No 18 14
25
23
18
14
7.- ¿SABE USTED QUE ES LO QUE SIGNIFICA SER UN REPRESENTANTE
CIUDADANO?
Si No
115
4.1.8.- ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del
Consejo Municipal y, ¿qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los
asuntos de interés público?
Si No
Frecuencia 30 50
Porcentaje 37,50% 62,50%
Tabla 10: ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del Consejo Municipal y, qué
puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés público?
Ilustración 9: ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del Consejo Municipal y,
qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés público?
El 37.50% sabe que el Representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones
del Consejo Municipal y el 62.50% no.
Hombres Mujeres
Si 13 17
No 28 22
13 17
28
22
8.- ¿SABE QUE DICHO REPRESENTANTE CIUDADANO TIENE VOZ Y VOTO EN LAS SESIONES DEL CONSEJO MUNICIPAL Y, QUÉ PUEDE APORTAR EN LA TOMA DE
DECISIONES RESPECTO A LOS ASUNTOS DE INTERÉS PÚBLICO?
Si No
116
4.1.9.- Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del
Consejo Municipal de Mejía?
Si No Posiblemente
Frecuencia 28 31 21
Porcentaje 35,00% 38,75% 26,25%
Tabla 11: Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del Consejo Municipal de Mejía?
Ilustración 10: Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del Consejo Municipal de
Mejía?
El 35% de los encuestados participaría como Representante Ciudadano, el
38.75% no y 26.25% posiblemente.
Si No Posiblemente
Hombres 15 21 7
Mujeres 13 10 14
15
21
7
13
10
14
9.- SI PUDISE, ¿PARTICIPARÍA COMO REPRESENTANTE CIUDADANO EN LAS
SESIONES DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEJÍA?
Hombres Mujeres
117
4.1.10.- ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o
junta?
Si No
Frecuencia 19 61
Porcentaje 23,75% 76,25%
Tabla 12: ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o junta?
Ilustración 11: ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o junta?
El 23.75% de los encuestados pertenece o es miembro de alguna organización
social, colectivo o junta y el 76.25% no.
Hombres Mujeres
Si 5 14
No 36 25
5
14
36
25
10.- ¿PERTENECE USTED O ES MIEMBRO DE ALGUNA ORGANIZACIÓN SOCIAL,
COLECTIVO O JUNTA?
Si No
118
4.2.- ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS
Los resultados de las encuestas se interpretan de la siguiente manera.
El primer ítem menciona el tema de participación, y demuestra que la mayoría de
la población tiene un vago conocimiento o ha escuchado hablar sobre la "la participación
ciudadana”, por lo tanto, en el planteamiento de este proyecto no será necesario
contemplar la difusión sobre qué es la participación ciudadana. Sin embargo, es necesario
crear un mecanismo q permita que el porcentaje restante de la población que desconoce
de esta figura jurídica tenga la oportunidad de conocer lo que es la participación
ciudadana.
El ítem 2, 3, 4 y 5, se refieren puntualmente al conocimiento que tiene la población
de Mejía, respecto al mecanismo. Los resultados arrojan que el mayor porcentaje de la
población no sabe en qué consiste este mecanismo, ni que es un derecho constitucional,
por lo tanto, no puede enterarse de las ventajas que como sociedad se obtiene al utilizarla,
y evita que pueda exigir a la institucionalidad su aplicación. Es menester incluir en la
propuesta, mecanismos que permitan que el grupo poblacional que desconoce la figura,
obtenga información acerca de la misma, amplié los niveles de comunicación entre la
institucionalidad y observe el procedimiento de aplicación para que la sociedad civil
proponga mejoramientos al mismo.
119
El ítem 6, alude al tema de la deficiente convocatoria a las reuniones del consejo
del GAD. El proyecto debe observar un medio que permita exigir al GAD, que las
convocatorias deban estar lo mejor difundidas, y así la mayoría que dice desconocer las
mismas, pueda enterarse de los temas que podrían despertar su interés, como miembro de
una colectividad, pero principalmente permita que la sociedad esté pendiente de la
normativa que rige la ciudad.
El ítem 7,8 y 9 demuestra que la mayoría de ciudadanos no está consciente del
poder que les otorga la ordenanza, al dotar de voz y voto, al representante ciudadano. En
la propuesta debe normarse este tema para evitar el riesgo de que se politice esta figura
en favor de un interés particular o partidario, y que además se entienda que este
mecanismo es en esencia democrático, por lo tanto, debe señalarse claramente las
atribuciones de los que hagan uso de esta figura, para determinar el alcance de su derecho.
El ítem 10, relaciona la implicación de los ciudadanos con organizaciones, ya que
la minoría que pertenece a una organización es la que tiene más posibilidades de enterarse
y por lo tanto acceder a este mecanismo, en cambio se demuestra que la mayoría que no
está organizada no se entera de este mecanismo lo que demuestra que hay una afectación
al principio de igualdad. En este sentido el proyecto debe encaminar a que la ordenanza
reformatoria señale un procedimiento que ofrezca condiciones de igualdad para todos los
grupos y en general para todos los ciudadanos interesados en un tema determinado.
120
4.3.- COMPROBACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL OBJETIVO E HIPÓTESIS
Para la comprobación del objetivo planteado en este proyecto de titulación, se
aplicará la prueba estadística del “Chi”. Permitiendo establecer una comparación entre
la tabulación de datos de la encuesta con el objetivo del proyecto.
Pare dicho análisis se establecen los siguientes criterios:
Chi X2; es una prueba de hipótesis que permite determinar si dos variables están
relacionadas o no.
Tabla de contingencia; tabla de datos que copia los resultados de los gráficos de
cada pregunta en la encuesta de este trabajo.
Hipótesis Nula Ho; asegura que los parámetros analizados son independientes
entre sí.
Hipótesis Alternativa H1; asegura que los parámetros analizados son dependientes
entre sí.
Tabla de frecuencias; una tabla que nace a partir de la tabla de contingencia y que
realiza sumatorias horizontales y verticales de las columnas y filas.
Grado de libertad; resultado de la operación algebraica de la resta del total de filas
y columnas multiplicadas entre sí. Valor necesario para la comparación de datos
en la tabla del “Chi”.
Grado de significancia; el grado de error que puede cometer la hipótesis nula. Para
este caso se trabajará con un grado de error el 5%.
Parámetro p; valor resultante de la operación algebraica de la resta de 1 menos el
grado de significancia.
121
4.3.1.- Comprobación individual de hipótesis
4.3.1.1.- ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana?
Formulación de la Hipótesis;
Ho: Escuchar sobre la Participación Ciudadana no depende del género.
H1: Escuchar sobre la Participación Ciudadana depende del género.
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 30 4 3 37
Femenino 30 9 4 43
SUMA 60 13 7 80 Tabla 13: Tabla de contingencia “sumatoria” - ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana?
SI NO POSIBLEMENTE
Masculino 27,75 6,0125 3,2375
Femenino 32,25 6,9875 3,7625 Tabla 14: Tabla de contingencia “resultante” - ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana?
Tabla de Chi;
Resultante de la interacción algebraica de la relación de ambas tablas “sumatoria”
y “resultante”, dada la ecuación:
"𝐶ℎ𝑖" 𝑋2 = ∑(𝑓𝑜 − 𝑓𝑒)2
𝑓𝑒
122
Donde;
X2; es igual a Chi
fo; es igual a la frecuencia del valor observado.
fe: es igual a la frecuencia del valor esperado.
0,16875 1,012539063 0,01880208
0,16875 0,450017361 0,01410156 Tabla 15: Tabla Chi - ¿Ha escuchado hablar sobre la Participación Ciudadana?
La resultante del sumatorio total del Chi es X2 = 1.8329
Grado de libertad;
Calculado según la operación algebraica da como resultante; v = 4
* Valor fijo para todo este análisis.
Nivel del parámetro p;
p = 1 – Nivel de significancia; p = 1 – 5%; p = 0.95
* Valor fijo para todo este análisis.
123
Tabla para valores de chi-cuadrado crítico:
Ilustración 12: Tabla para valores de chi-cuadrado crítico
Resultado;
Siendo X2 igual a 1.8329, realizamos la comparación con la tabla para confirmar
dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando 𝑋2 ≤
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 1.8329 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Escuchar sobre la
Participación Ciudadana no depende del género o sexo”.
*Este proceso algebraico se aplicará para todo este desarrollo sucesiva y
respectivamente. Se expondrán las hipótesis respectivas y los resultados de cada tabla, se
mantendrán los valores fijos y se presentará el resultado final.
124
4.3.1.2.- ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía?
Formulación de hipótesis;
Ho: Conocer que es la silla vacía no depende del género.
H1: Conocer que es la silla vacía depende del género.
Tabla de contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 25 14 2 41
Femenino 19 17 3 39
SUMA 44 31 5 80 Tabla 16: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía?
SI NO POSIBLEMENTE
Masculino 22,55 15,8875 2,5625
Femenino 21,45 15,1125 2,4375 Tabla 17: Tabla de contingencia "resultante" ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía?
Tabla de Chi;
0,2401 0,254475446 0,15820313
0,31592105 0,209568015 0,10546875 Tabla 18: Tabla chi ¿Conoce usted lo que es la Silla Vacía?
La resultante de suma algebraica es X2 = 1.2837
Resultado; Siendo X2 igual a 1.2837, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 1.2837 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Saber que es la Silla
Vacía no depende del género o sexo”.
125
4.3.1.3.- ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
Constitución del Ecuador?
Formulación de Hipótesis;
Ho: Saber que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
constitución es responsabilidad de la población.
H1: Saber que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
constitución no es responsabilidad de la población.
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 13 30 0 43
Femenino 17 20 0 37
SUMA 30 50 0 80 Tabla 19: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
Constitución del Ecuador?
SI NO
Masculino 16,125 26,875
Femenino 13,875 23,125 Tabla 20: Tabla de contingencia “resultante” ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la
Constitución del Ecuador?
Tabla de Chi;
0,75120192 0,325520833
0,57444853 0,48828125 Tabla 21: Tabla del Chi ¿Conoce usted que la Silla Vacía es un derecho contemplado en la Constitución del Ecuador?
126
Resultado; Siendo X2 igual a 2.1394, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 2.1394 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Saber que la Silla
Vacía es un derecho contemplado en la constitución es responsabilidad de la población.”.
4.3.1.4.- ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía?
Formulación de Hipótesis;
Ho: Conocer sobre la regulación de la Silla Vacía en Mejía depende de
la información entregada por parte del GAD a la población.
H1: Conocer sobre la regulación de la Silla Vacía en Mejía no depende
de la información entregada por parte del GAD a la población.
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 8 34 1 43
Femenino 6 30 1 37
SUMA 14 64 2 80 Tabla 22: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía?
SI NO POSIBLEMENTE
Masculino 7,525 34,4 1,075
Femenino 6,475 29,6 0,925 Tabla 23: Tabla de contingencia “resultante” ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía?
Tabla del Chi;
0,02820313 0,004705882 0,005625
0,03760417 0,005333333 0,005625 Tabla 24: Tabla de Chi ¿Conoce usted la regulación de la Silla Vacía en Mejía?
127
Resultado; Siendo X2 igual a 0.0870, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 0.0870 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Conocer sobre la
regulación de la Silla Vacía en Mejía depende de la información entregada por parte del
GAD a la población.”
4.3.1.5.- ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación
ciudadana en Mejía?
Formulación de Hipótesis;
Ho: Conocer sobre como participar en este mecanismo de participación
ciudadana en Mejía depende de la información entregada por parte del
GAD a la población.
H1: Conocer sobre como participar en este mecanismo de participación
ciudadana en Mejía no depende de la información entregada por parte
del GAD a la población.
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 9 9 0 18
Femenino 32 30 0 62
SUMA 41 39 0 80 Tabla 25: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de
participación ciudadana en Mejía?
128
SI NO
Masculino 9,225 8,775
Femenino 31,775 30,225 Tabla 26: Tabla de contingencia “resultante” ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de
participación ciudadana en Mejía?
Tabla del Chi;
0,005625 0,005625
0,00158203 0,0016875 Tabla 27: Tabla de Chi ¿Conoce usted como puede participar en este mecanismo de participación ciudadana en Mejía?
Resultado; Siendo X2 igual a 0.0145, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 0.0145 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Conocer sobre como
participar en este mecanismo de participación ciudadana en Mejía depende de la
información entregada por parte del GAD a la población.”
4.3.1.6.- ¿Ha escuchado a través de algún medio informativo la convocatoria a las
reuniones del consejo de GAD Municipal?
Formulación de Hipótesis;
Ho: El GAD Municipal está en la obligación de utilizar todos los
medios informativos que tenga a su disposición para informar a la
población las convocatorias a las reuniones del consejo.
H1: El GAD Municipal no está en la obligación de utilizar todos los
medios informativos que tenga a su disposición para informar a la
población las convocatorias a las reuniones del consejo.
129
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 13 22 8 43
Femenino 10 22 5 37
SUMA 23 44 13 80 Tabla 28: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria
a las reuniones del consejo de GAD Municipal?
SI NO POSIBLEMENTE
Masculino 12,3625 23,65 6,9875
Femenino 10,6375 20,35 6,0125 Tabla 29: Tabla de contingencia “resultante” ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria
a las reuniones del consejo de GAD Municipal?
Tabla del Chi;
0,03126202 0,12375 0,12814453
0,04064062 0,12375 0,20503125 Tabla 30: Tabla del Chi ¿Ha escuchado a través de algún media informativo la convocatoria a las reuniones del
consejo de GAD Municipal?
Resultado; Siendo X2 igual a 0.6525, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 0.6525 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “El GAD Municipal
está en la obligación de utilizar todos los medios informativos que tenga a su disposición
para informar a la población las convocatorias a las reuniones del consejo.”
130
4.3.1.7.- ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano?
Formulación de Hipótesis;
Ho: Saber qué es lo que significa ser un representante popular es
obligación de la población para poder ejecutar mecanismos de la
participación ciudadana como la silla vacía.
H1: Saber qué es lo que significa ser un representante popular no es
obligación de la población para poder ejecutar mecanismos de la
participación ciudadana como la silla vacía
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 25 23 0 48
Femenino 18 14 0 32
SUMA 43 37 0 80 Tabla 31: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante
Ciudadano?
SI NO
Masculino 25,8 22,2
Femenino 17,2 14,8 Tabla 32: Tabla de contingencia “resultante” ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante
Ciudadano?
Tabla del Chi;
0,0256 0,027826087
0,03555556 0,045714286 Tabla 33: Tabla del Chi ¿Sabe usted que es lo que significa ser un Representante Ciudadano?
131
Resultado; Siendo X2 igual a 0.1346, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 0.1346 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Saber qué es lo que
significa ser un representante popular es obligación de la población para poder ejecutar
mecanismos de la participación ciudadana como la silla vacía.”
4.3.1.8.- ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones
del Consejo Municipal y, ¿qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los
asuntos de interés público?
Formulación de Hipótesis;
Ho: Es de interés público saber que dicho representante Ciudadano
tiene voz y voto en las sesiones del Consejo Municipal y, que puede
aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés
público.
H1: No es de interés público saber que dicho representante Ciudadano
tiene voz y voto en las sesiones del Consejo Municipal y, que puede
aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés
público.
132
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 13 17 0 30
Femenino 28 22 0 50
SUMA 41 39 0 80 Tabla 34: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las
sesiones del Consejo Municipal y, qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés
público?
SI NO
Masculino 15,375 14,625
Femenino 25,625 24,375 Tabla 35: Tabla de contingencia “resultante” ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las
sesiones del Consejo Municipal y, qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés
público?
Tabla de Chi;
0,43389423 0,331801471
0,20145089 0,256392045 Tabla 36: Tabla de Chi ¿Sabe que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del Consejo
Municipal y, qué puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés público?
Resultado; Siendo X2 igual a 1.2235, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 1.2235≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Es de interés público
saber que dicho representante Ciudadano tiene voz y voto en las sesiones del Consejo
Municipal y, que puede aportar en la toma de decisiones respecto a los asuntos de interés
público.”
133
4.3.1.9.- Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del
Consejo Municipal de Mejía?
Formulación de Hipótesis;
Ho: Es de interés público participar como Representante Ciudadano en
las sesiones del Consejo Municipal de Mejía.
H1: No es de interés público participar como Representante Ciudadano
en las sesiones del Consejo Municipal de Mejía.
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 15 21 7 43
Femenino 13 10 14 37
SUMA 28 31 21 80 Tabla 37: Tabla de contingencia “sumatoria” Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las
sesiones del Consejo Municipal de Mejía?
SI NO POSIBLEMENTE
Masculino 15,05 16,6625 11,2875
Femenino 12,95 14,3375 9,7125 Tabla 38: Tabla de contingencia “resultante” Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las
sesiones del Consejo Municipal de Mejía?
Tabla de Chi;
0,00016667 0,895900298 2,62609375
0,00019231 1,881390625 1,31304688 Tabla 39: Tabla de Chi Si pudiese, ¿Participaría como Representante Ciudadano en las sesiones del Consejo
Municipal de Mejía?
134
Resultado; Siendo X2 igual a 6.7167, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 6.7167 ≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Es de interés público
participar como Representante Ciudadano en las sesiones del Consejo Municipal de
Mejía.”
4.3.1.10.- ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o
junta?
Formulación de Hipótesis;
Ho: Pertenecer a organización social, colectivo o junta depende de la
población.
H1: Pertenecer a organización social, colectivo o junta no depende de
la población.
Tabla de Contingencia;
SI NO POSIBLEMENTE SUMA
Masculino 5 14 0 19
Femenino 36 25 0 61
SUMA 41 39 0 80 Tabla 40: Tabla de contingencia “sumatoria” ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social,
colectivo o junta?
SI NO
Masculino 9,7375 9,2625
Femenino 31,2625 29,7375 Tabla 41: Tabla de contingencia “resultados” ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social,
colectivo o junta?
135
Tabla del Chi;
4,48878125 1,603136161
0,62344184 0,89775625 Tabla 42: Tabal del Chi ¿Pertenece usted a es miembro de alguna organización social, colectivo o junta?
Resultado; Siendo X2 igual a 7.6131, realizamos la comparación con la tabla para
confirmar dicho resultado; para v = 4 con un 0.95 obtenemos un valor de 9.488; aplicando
𝑋2 ≤ 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐶𝑟í𝑡𝑖𝑐𝑜; 7.6131≤ 9.488; se acepta la hipótesis nula, “Pertenecer a
organización social, colectivo o junta depende de la población.”
136
4.5.- CONCLUSIONES
Luego de realizar las encuestas en la provincia de Pichincha, Cantón Mejía,
parroquia de Machachi, es evidente la falta de información y conocimiento acerca
de los Derechos Constitucionales de participación señalados en la Constitución, y
de la normativa cantonal, que de ser aplicada permitiría el mejoramiento de la
democracia local en el Cantón y por lo tanto la intervención de la sociedad civil
en la vida pública.
La Silla Vacía es un mecanismo novedoso, sustentado en grandes debates sobre
mejoramiento de la calidad democrática. Específicamente en nuestro país nace
gracias a las prácticas alternas que tuvieron las poblaciones segmentadas
históricamente, por ello forma parte del principal cuerpo jurídico: La constitución
de la República del Ecuador
La Silla Vacía es un derecho que debe ser garantizado por el Estado, a través de
la participación del mayor número de ciudadanos, y que en lo menos posible
vulnere el derecho para acceder a la planificación pública.
Una ordenanza que se expida acoplándose a la realidad de las organizaciones y
procure el verdadero acceso al mecanismo de la Silla Vacía, en el Cantón Mejía,
permitirá garantizar la participación ciudadana y además que se constituya como
un quinto poder, además de facultar el práctico ejercicio de la ciudadanía activa.
137
4.6.- RECOMENDACIONES
Es básico y necesario que el municipio de Mejía encargado de regular el
mecanismo de la Silla Vacía, asimile que el acceder a este mecanismo es un
derecho y no un privilegio por lo tanto tiene la obligación de respetar, hacer
respetar y principalmente garantizarlo
El Gobierno Autónomo Descentralizado de Mejía, debe enfatizar su gestión para
que sea aplicable la Silla Vacía, aumentando los informativos, visitando la mayor
parte de organizaciones y recogiendo los puntos de vista de las mismas, y así
reformar la Ordenanza de acuerdo a la verdadera realidad del cantón y
paralelamente realizar un censo que permita la mayor inclusión de los pobladores
en el futuro.
Debe también determinarse y delimitarse un proceso claro que evite la
politización de la figura, que incorpore principios como los de buena fe,
legitimidad, rendición de cuentas del representante ciudadano, etc. Este cometido
corresponde cumplirlo mediante la generación de una propuesta que reforme la
ordenanza, sin que se altere la esencia de la Silla Vacía,
138
CAPITULO V. PROPUESTA
5.1 JUSTIFICACIÓN
Las leyes tienen el objetivo de normar la vida en sociedad, sin embargo, también
deben convertirse en los instrumentos capaces de ayudar al hombre al cumplimiento de
sus derechos, y por lo tanto al mejoramiento de su vida política y social. Con la
Constitución vigente se ha tratado de impulsar la participación ciudadana a través de
ciertos instrumentos y mecanismos. Uno de estos es la Silla Vacía, instrumento pensado
para que la colectividad, la sociedad civil, se apropie de los espacios de deliberación
pública. A pesar de esto, se ha comprobado que en los lugares donde se supone debe
aplicarse enfáticamente estos mecanismos, es decir en el territorio local, vagamente se los
ha puesto en práctica o en el extremo caso simplemente no se la ha utilizado, aunque
existan ordenanzas que regulen el procedimiento para hacer uso del mecanismo.
Este es el caso del Cantón Mejía, que desde el 2012, tiene publicada la Ordenanza
que inscribe este derecho fundamental para que en teoría sea aplicable. El conflicto radica
en que la sociedad civil de Mejía no ha hecho uso de la Silla Vacía, incluso verificándose
por las investigaciones realizadas, que un considerable porcentaje desconoce su utilidad,
el procedimiento y principalmente que está consagrado como un derecho constitucional,
que abre alternativas para mejorar la calidad de vida democrática. Es necesario, entonces
que la ciudadanía se involucre en este proceso.
139
El espíritu de esta innovación jurídica fue precisamente que la sociedad sea
directamente incluida en las decisiones públicas. Cabe resaltar que la participación
ciudadana es considerada como el quinto poder del estado, por ello la sociedad tiene el
deber de exigir a las autoridades que este mecanismo se utilice y sea aprovechado por la
mayor cantidad de habitantes del cantón Mejía.
Es básico realizar cambios en la Ordenanza que regula la Silla Vacía en el Cantón
Mejía, añadiendo herramientas que faciliten a la gente el acceso, generando espacios de
comunicación y que permitan que la ciudadanía se empodere del sistema normativo
vigente en el espacio local, pero sobre todo contribuyan a que los derechos ciudadanos
sean respetados y las necesidades de la población también sean escuchadas y acatados
por la administración pública.
5.2 OBJETIVO
5.2.1 Objetivo general
Proponer una reforma a la ordenanza que regula el acceso al mecanismo de la Silla
Vacía
140
5.2.2 Objetivos específicos
Establecer mecanismos que permitan a la ciudadanía conocer y utilizar la Silla
Vacía.
Organizar propuestas de la ciudadanía que permitan mejorar la estructura de la
ordenanza que señala el procedimiento de la silla vacía
5.3 UBICACIÓN SECTORIAL Y FISICA.
El Cantón Mejía está ubicado al sur-oriente de la provincia de Pichincha, a 45
minutos de la ciudad de Quito, Capital del Ecuador.
5.3.1.- Límites
5.3.1.1.- Norte
Desde el ángulo Noroccidental, confluencia de los ríos Pilatón y Toachi, una línea
hacia el Este. El Atacazo y sus faldas del S.E, quebrada Cushiaco y la Unión hacia el
Oriente hasta la Cordillera Central.
141
5.3.1.2.- Sur
Desde el vértice Suroccidental, (Illinizas), Cordillera Occidental e Illinizas,
Cerros de El Chaupi, Quebrada y puente La Unión, Nudo de Tiopullo, El Rumiñahui y
los páramos del Cotopaxi.
5.3.1.3.- Este
Estribaciones de Tanda-Huanta, Yanahurco, Cimarronas, Páramos de Tambo y
Secas. Río Antisana y estribaciones de la Cordillera.
5.3.1.4.- Oeste
De Sur a Norte: Illinizas, Cordillera Occidental, Río Zarapullo y Río Toachi.
5.4 MAPA
142
5.5 CARACTERÍSTICAS DE LA PARROQUIA
Cabecera Cantonal: Machachi.
Parroquias rurales: Alóag, Aloasí, Cutuglagua, El Chaupi, Manuel Cornejo
Astorga (Tandapi), Tambillo y Uyumbicho.
Superficie: La superficie total del Cantón es de 1.422.9 km2.
5.5.1 Beneficiarios
Los beneficiarios directos de la propuesta es la sociedad civil del Cantón Mejía,
habitantes hombres y mujeres, que estén en el ejercicio de sus derechos políticos, si la
Silla Vacía llegara a aplicarse, tendría un efecto vinculante para la toma de decisiones de
interés público.
5.5.2.- Beneficiarios Indirectos
Los beneficiarios indirectos serían toda la ciudadanía del Ecuador en general, pues
al tener un mecanismo de participación directa que tiende a exigir la participación
ciudadana se contará con una efectiva herramienta democrática que busca el
mejoramiento de la igualdad y de la democracia.
143
5.6 FACTIBILIDAD
En el orden normativo es factible la realización de una propuesta que permita
reformar el proceso que norma el mecanismo de la Silla Vacía en Mejía. Además de que
la ciudadanía está respaldada por la Constitución, que es el máximo estamento jurídico,
está amparado por la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social y el
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Existe además la voluntad de un alto porcentaje de ciudadanos para ampliar su
conocimiento acerca del tema y con ellos ser parte del escenario deliberativo, para luego
intentar presionar a las autoridades para que este mecanismo sea aplicable.
Desde el ámbito institucional se cuenta con el apoyo y asesoría del Consejo de
Participación y Control Social, ya que la propuesta enmarca objetivos que tiene
propuestos esta entidad, como el hacer evaluaciones a nivel local de cuanto y como se ha
utilizado este mecanismo.
144
5.7 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA
5.7.1.- Propuesta de Reforma Legal
En las reformas que se realice debe incluirse los siguientes puntos:
1.- Es necesario incluir un mecanismo que permita la acreditación de las
organizaciones que quieran ocupar la Silla Vacía, delimitando plazos para que las
respuestas del consejo y en caso de rechazo el procedimiento para que pueda cambiar sus
propuestas.
2.- En la ordenanza se señalará cual es el mecanismo a seguir en caso de que varias
organizaciones tengan interés en un mismo tema y presenten diferentes propuestas. Es
decir, las organizaciones y/o ciudadanos deberán acordar previamente cuestiones
comunes y delimitar un representante general, esto con el fin de evitar la exclusión de las
organizaciones. Además, para que sigan gozando del derecho a voto. Si no se llegase a
un acuerdo previo podrá recurrirse al sorteo para alternar el uso y los ciudadanos que no
pudieron acceder sean parte de las sesiones como oyentes.
3.- Para garantizar el buen uso de este mecanismo es necesario añadir normas que
acrediten al representante, como por ejemplo experiencia de trabajo en el tema que se
desea discutir o interés directo en el asunto a deliberar, adjuntando además propuestas
específicas en el tema, discutidas previamente en las organizaciones.
145
4.- Las convocatorias a las sesiones del Consejo, deben ser publicadas en el mayor
número de medios de comunicación posibles, con al menos una semana de anterioridad.
Esto con el fin de que la mayoría de ciudadanos se entere del tema a tratarse y `pueda
preparar sus intervenciones, con los interesados en el tema
5.- Quienes acceden a la Silla Vacía, deben rendir cuentas a la comunidad, o al
sector que representan. Esto permitirá delimitar su responsabilidad política y jurídica en
cualquier decisión o acto. Evitando así la politización de esta figura esencialmente
ciudadana.
5.7.2.- Fases del proyecto
Primera Fase. - Procesamiento de la información recolectada con la elaboración
de las conclusiones y recomendaciones.
Segunda Fase. - Elaboración de un documento que recoja las propuestas de
distintas organizaciones a nivel cantonal y de personas que forman parte de instituciones
educativas, sociales, deportivas, etc.
Tercera Fase. - la fase del impulso institucional, a través de la recolección de
firmas que se necesita para poder presentar la propuesta.
146
Fase de ejecución. - Esta fase está determinada por las circunstancias externas que
se pueden presentar según la respuesta que la institucionalidad envíe, en este caso el GAD
del Cantón Mejía.
5.8 CRONOGRAMAS DE ACTIVIDADES
Tiempo Primer mes Segundo
mes
Tercer mes Cuarto mes Quinto mes Sexto mes
Actividade
s
1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4
Elaboració
n del plan
X X X
Validación
del plan
X X X
Aplicación
de los
instrument
os
X X X
Procesami
ento de la
informació
n
X X X
Elaboració
n de
conclusion
es y
recomenda
ciones
X X X
Diseño de
la
propuesta
X X X
Elaboració
n del
borrador
del
X X X
147
informe
final
Validación
del
informe
final
X X X X
Presentaci
ón del
informe
final para
calificació
n.
X X X
Tabla 43; Cronograma
5.9 PRESUPUESTO
El presupuesto de la propuesta no es medible ya que se trata de una Reforma
Legal.
5.10.- IMPACTOS
El desarrollo de la presente propuesta tiene su principal impacto en la garantía que
se otorga a los ciudadanos de Mejía, para poder gozar de sus derechos de participación y
que efectivamente este aspecto constituya a la participación como un verdadero poder.
Además, que permita que la mayor cantidad de ciudadanos conozca e incida
directamente en los asuntos que se tratan en los consejos municipales del GAD de Mejía,
impulsando la transparencia en los procesos administrativos y el buen manejo de las
148
gestiones que se realizan a nivel local. Así la ciudadanía podrá tomar control a través de
los informes que pueden dar los representantes ciudadanos que ocupen la Silla Vacía.
5.11.- EVALUACIÓN
Una vez que se ejecute la ordenanza con las debidas reformas, la evaluación del
proceso y de los resultados deberá ser sistémica y continua antes, durante y después. El
tiempo en el que se realice la evaluación deberá ser semestral, ya que se necesita un
paulatino empoderamiento del proceso participativo y sobre todo que en este andar se
controle con precisión los temas que se deberá tratar, al acceder con este mecanismo, a
las sesiones del concejo municipal, sin caer en la politización. Además, que el municipio
deberá llevar un control de los avances que se vayan realizando en torno al tema.
149
VI.- BIBLIOGRAFIA
LIBROS:
Acosta, A., Andino, M., & Otros. (2011). La silla vacía. El nuevo escenario para el
diálogo de la sociedad civil y el Estado. Un diagnóstico. Quito. Fundación Esquel.
Bobbio, N. (1989). Liberalismo y democracia. México D.F. Fondo de Cultura
Económica.
Bobbio, N., Cerroni, U., & Otros. (1978). ¿Qué alternativas a la democracia
representativa? ¿Existe una teoría marxista del Estado? (pág. 104). México D.F.
Editorial Universidad Autónoma de Puebla.
Carbonell, M. (2003). El principio constitucional de igualdad. México D.F. Comisión
Nacional de los Derechos Humanos.
Darl, R. (1991). La Democracia y sus críticos. Buenos Aires. Ed. Paidós.
Foucault, M. (2012). El principio de igualdad en la enseñanza del Derecho
Constitucional. En M. Foucault, Revista sobre enseñanza del Derecho año 10 (págs. 31-
62). Buenos Aires. Ed. Academia.
Habermas, J. (1989). Teoría de la acción comunicativa: Complemento y estudios
previos. Madrid. Cátedra.
Held, D. (2001). Modelos de Democracia. Madrid: Alianza editorial.
Landázuri, K. (2015). El gobierno autónomo descentralizado del cantón Ambato y la
aplicación de la ordenanza de participación ciudadana y control social de gadma.
Ambato. Tesis previa a la obtención de título de abogado. Universidad Técnica de
Ambato.
150
Levine, D. (2007). La calidad de la democracia en América Latina; una visión
comparada. Salamanca. Universidad de Salamanca, ediciones.
Manin, B. (1998). Los principios de los gobiernos representativos. Madrid. Alianza
editorial.
Moreta, J., & Guillen, M. (2006-2010). Tesis Presupuesto Participativo estrategias
para el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo local: La Experiencia de Santo
Domingo Oeste Cuatrienio. Santo Domingo.
Rawls, J. (1971). Teoría de la Justicia. México D.F. Fondo de Cultura Económica.
UCM. (2001). La nueva participación ciudadana en Ecuador y Bolivia. Revista Crítica
de Ciencias Sociales y Jurídicas, especial América Latina, 1-13.
Velasco, J. (1999). De la fascinación jurídica a la obsesión democrática. Revista de
Libros, 22-23.
Zúñiga, R. (2015). La silla vacía como nueva forma de participación ciudadana en el
municipio de Cuenca. Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas y Sociales.
151
NORMATIVA LEGAL:
Constitución de la República del Ecuador. (Publicada en el Registro Oficial No. 442, de
15 de diciembre de 2015)
Ley de Orgánica de Participación Ciudadana. (Publicada en el Registro Oficial No. 175
del 20 de abril del 2010, última actualización el 11 de mayo del 2011)
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
(Publicada en el Registro Oficial No. 303 del 19 de octubre del 2010)
Ordenanza 001-2012 del Sistema de Gestión Participativa Ciudadanía y Rendición de
Cuentas del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Mejía. (Publicada en la
Gaceta Municipal del 17 de enero del 2012)
Ordenanza de Participación Ciudadana del Cantón Cayambe (Publicada en la Gaceta
municipal de agosto del 2011)
Ordenanza 00-2011 que regula el Derecho de Participación Ciudadana en las Sesiones
del Concejo Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado a través del mecanismo de
la Silla Vacía (Publicada en la Gaceta municipal de enero del 2011)
152
LINKOGRAFÍA:
Teorías de la democracia: debates actuales.
Disponible en la URL: http://www.redalyc.org/pdf/628/62820402.pdf. Consultado el 5 de
septiembre del 2015.
Análisis comparativo de la experiencia de participación ciudadana que ejecutan la Asamblea
de Unidad Cantonal de Cotacachi y encuentro ciudadano Cantonal de Otavalo, en el periodo
2005-2009.
Disponible en la URL: http://repositorio.uasb.edu.ec/bitstream/10644/3984/1/T1431-
MGD-Baez-Analisis.pdf. Consultado el 2 de agosto del 2015.
El concepto de democracia.
Disponible en el URL: http://www.monografias.com/trabajos91/concepto-democracia-
norberto-bobbio/concepto-democracia-norberto-bobbio.shtml. Consultado el 10 de
septiembre del 2015.
El principio de igualdad en el derecho constitucional comparado.
Disponible en el URL: http://bibliohistorico.juridicas.unam.mx/libros/4/1968/9.pdf.
Consultado el 14 de octubre del 2015
Tendencias de participación ciudadana en el Ecuador.
Disponible en la URL: https://issuu.com/publisenplades/docs/tendencias-de-la-
particpacion. Consultado el 14 de octubre del 2015.
La Participación Ciudadana y Control Social en Ecuador.
Disponible en URL: http://186.46.158.26/ojs/index.php/EPISTEME/article/view/78/68.
Consultado el 23 de octubre del 2015
153
Participación ciudadana en el municipio de Cuenca a través de la utilización de la silla
vacía.
Disponible en URL: http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/1813. Consultado el
4 de julio del 2015.
La participación Ciudadana.
Disponible en URL:
http://www.flacsoandes.edu.ec/biblio/catalog/resGet.php?resId=25742. Consultado el 8 de
septiembre del 2015.
Proyecto sobre la Democracia en América Latina, programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo.
Disponible en URL:
http://www2.ohchr.org/spanish/issues/democracy/costarica/docs/PNUD-seminario.pdf.
Consultado el 2 de octubre del 2015.
Igualdad, no discriminación (y políticas públicas); a propósito de la constitución o no de
artículo 68 de la ley general de población.
Disponible en URL: http://bibliohistorico.juridicas.unam.mx/libros/5/2312/16.pdf.
Consultado el 14 de octubre del 2015.
Ocupando la silla vacía representación y participación en el tránsito posconstitucional del
Ecuador.
Disponible en URL: http://www.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1012-
25082012000300006. Consultado el 2 de julio del 2015.
154
Análisis del Principio de Igualdad ante la Doctrina y la Jurisprudencia Comparada.
Disponible en URL:
http://www.academia.edu/5853459/AN%C3%81LISIS_DEL_PRINCIPIO_DE_IGUALD
AD_ANTE_LA_DOCTRINA_Y_LA_JURISPRUDENCIA_COMPARADA. Consultado
el 26 de septiembre del 2015.
Origen, espacio y niveles de participación ciudadana.
Disponible en URL: http://www.spentamexico.org/v4-n1/4(1)%20179-193.pdf. Consultado
el 5 de septiembre del 2015.
Extracto de la "Serie Módulos Educativos. N2 Participación Ciudadana.
Disponible en URL: https://aceproject.org/ero-en/regions/americas/PE/modulo-escolar-de-
formacion-ciudadana. Consultado el 22 de octubre del 2015.
Democracia y derechos fundamentales en la obra de Luigi Ferrajoli.
Disponible en URL: http://universitas.idhbc.es/n04/04-02.pdf. Consultado el 4 de octubre
del 2015.
Análisis legal de la participación ciudadana en Costa Rica.
Disponible en URL: http://www.cicap.ucr.ac.cr/web/wp-
content/uploads/2015/10/MODELO-DE-AUTOGESTI%C3%93N-COMUNITARIA-Y-
EXPERIENCIAS.pdf. Consultado el 5 de septiembre del 2015.
Calidad de la democracia e instituciones políticas en Bolivia, Ecuador y Perú.
Disponible en URL: https://www.flacso.edu.ec/portal/publicaciones/detalle/calidad-de-la-
democracia-e-instituciones-politicas-en-bolivia-ecuador-y-peru.389. Consultado el 8 de
julio del 2015.
155
La democracia del Siglo XXI.
Disponible en URL: http://www.ilustracionliberal.com/44/la-democracia-del-siglo-xxi-
carlos-sabino.html. Consultado el 15 de septiembre del 2015
La Participación Ciudadana para la vida democrática.
Disponible en URL: http://www.planificacion.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2012/08/La-participaci%C3%B3n-Ciudadana.pdf. Consultado
el 2 de noviembre del 2015.
Introducción para ampliar el canon democrático.
Disponible en el URL: http://www.ces.uc.pt/bss/documentos/IntroDemoES.pdf.
Consultado el 2 de octubre del 2015.
La nueva participación ciudadana en Ecuador y Bolivia.
Disponible en el URL:
http://pendientedemigracion.ucm.es/info/nomadas/MT_americalatina/ottocolpari.pdf.
Consultado el 20 de julio del 2015.
La concepción de la democracia deliberativa en Haberman.
Disponible en URL:
http://produccioncientificaluz.org/index.php/quorum/article/view/17381. Consultado el 20
de agosto del 2015
Análisis comparativo de la experiencia de participación ciudadana que ejecutan la Asamblea
de Unidad Cantonal de Cotacachi y Encuentro Ciudadano Cantonal de Otavalo.
Disponible en el URL: http://repositorio.uasb.edu.ec/handle/10644/3984. Consultado el 15
de julio del 2015