UNE_60630(1M=2003
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UNE 60630
1ª Modificación
normaespañola
Diciembre 2003
TÍTULO Estaciones de servicio de GLP para vehículos a motor
LPG filling stations.
Stations de service de GLP.
CORRESPONDENCIA
OBSERVACIONES Esta 1ª modificación complementa y modifica a la Norma UNE 60630 de enero de2003.
ANTECEDENTES Esta modificación ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CTN 60 Combustibles
Gaseosos e Instalaciones y Aparatos de Gas cuya Secretaría desempeña SEDIGAS.
Editada e impresa por AENOR
Depósito legal: M 53858:2003
LAS OBSERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A:
6 Páginas
AENOR 2003
Reproducción prohibida
C Génova, 6
28004 MADRID-España
Teléfono 91 432 60 00
Fax 91 310 40 32Grupo 3
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- 3 - UNE 60630:2003/1M:2003
Capítulo 2
Eliminar las referencias de las Normas UNE-EN 50014 y UNE-EN 50020.
Añadir las siguientes referencias:
UNE 109100 IN − Control de la electricidad estática en atmósferas inflamables. Procedimientos prácticos deoperación. Carga y descarga de vehículo-cisterna, contenedores-cisterna y vagones-cisterna.
UNE 109108-1 − Almacenamiento de productos químicos. Control de electricidad estática. Parte 1: Pinza de puesta a
tierra.
UNE 109108-2 − Almacenamiento de productos químicos. Control de la electricidad estática. Parte 2: Borna de puestaa tierra.
Apartado 4.2
El segundo párrafo quedaría como sigue:
“Los depósitos deben ser fijos y pueden ser aéreos o enterrados. En estaciones de servicio de acceso libre, caso de ser
aéreos, se deben proteger adecuadamente contra el impacto de vehículos. Los depósitos diseñados para vehículos-
cisterna no se pueden utilizar como depósitos de almacenamiento o alimentación de la estación de servicio de GLP”.
Eliminar el último guión antes del último párrafo.
Apartado 4.3.1
Modificar la llamada 2 indicada en este apartado de la siguiente manera:
2) En la fecha de edición de la presente norma:
− Directiva 98/37/CE sobre Seguridad de las Máquinas
− Directiva 94/9/CE sobre Aparatos y Sistemas de Protección para uso en Atmósferas potencialmente Explosivas
Y sus modificaciones, todas ellas traspuestas a la legislación nacional española mediante las correspondientes
disposiciones.
Eliminar el tercer párrafo que dice:
“Las bombas deben disponer de un sistema de desconexión en caso de que el nivel de líquido en el depósito sea inferior
al del orificio de aspiración, garantizando la ausencia de fase gaseosa.”
Dado que la ausencia de fase gaseosa en el suministro de producto se asegura por medio del desgasificador que
incorpora el surtidor, que evita que el contador mida gas, en vez de líquido.
Apartado 4.3.2
Sustituir el primer párrafo por:
“Las bombas de superficie deben fijarse sólidamente o emplazarse en arquetas que cumplan lo establecido en el
apartado 12.2, e instaladas en una posición respecto al depósito que asegure la ausencia de fase gaseosa, formada por efecto de la vaporización del líquido que circula por las instalaciones, en la aspiración de la bomba".
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Sustituir el segundo párrafo por:
“El conjunto motor-bomba estará construido con las protecciones necesarias de acuerdo a la clasificación de la zona
donde se encuentre”.
Capítulo 7
Sustituir la última frase del primer párrafo por:
“...Al accionar un pulsador de emergencia, de un modo automático se debe interrumpir el flujo de gas en las
instalaciones de almacenamiento y aparatos suministradores, mediante paro de la bomba en la impulsión y válvulas
antirretorno en el retorno o similar.”
Capítulo 9 Eliminar el segundo párrafo
Modificar la llamada 3) de la siguiente manera:
3) En la fecha de edición de la presente norma:
− Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Capítulo 10
Tras la primera frase del apartado 10 añadir lo siguiente:
"Para depósitos las zonas clasificadas deben ser las indicadas en la Norma UNE 60250. Las zonas clasificadas paraboca de hombre serán idénticas a las especificadas para valvulería en la Norma UNE 60250*."
Eliminar el 5º párrafo: “No se considerarán zonas clasificadas...”
Eliminar el 6º párrafo: “Todos los elementos al aire libre...”
Modificar el 7º párrafo: “La determinación de las zonas clasificadas definidas en los dibujos del anexo puede ser
modificada por el proyectista previa justificación y de acuerdo con lo indicado en la Norma UNE-EN 60079-10.”
Apartado 11.1
Sustituir lo indicado en este apartado por lo siguiente:
“Todos los depósitos, bombas, vaporizadores, tuberías, carcasas de motores y en general todas las partes metálicas de la
instalación deben ser puestas a tierra con una resistencia inferior a 80 ohmios. Esta puesta a tierra debe ser indepen-
diente de cualquier otra. Las masas metálicas enterradas dotadas de protección catódica deben aislarse del resto de la
instalación.
Para evitar riesgos de corrosión, o para permitir una protección catódica correcta, los depósitos y tubos de acero enterrados
no se deben unir a una sistema de tierra en el que existan metales galvánicamente desfavorables para el acero, como el
cobre, en contacto directo con el terreno. Sólo se unirán a la red general de tierra de la instalación de gas, si no existe riesgo
galvánico por estar ésta construida en cable galvanizado o cable de cobre recubierto y picas de zinc o zincadas.
* La frase coloreada en negrita está pendiente de revisión, en función de la información que se reciba del correspondiente grupo de trabajo de CEN
sobre “Construcción y ejecución de equipos de GLP en estaciones de llenado para automoción”.
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En concreto los depósitos enterrados, que no tengan boca de carga desplazada, dispondrán de un borne de conexión
fuera de la arqueta de valvulería, para permitir la unión equipotencial entre el vehículo de suministro y el depósito.Dicho borne de conexión debe ser realizado según lo especificado anteriormente.
Además todos los circuitos de fuerza dispondrán de dispositivos de corte por intensidad de defecto, mediante interrup-
tores diferenciales con sensibilidad máxima de 30 mA.”
Apartado 12.2
Modificar el título de la siguiente manera:
"Arqueta enterrada para bombas o compresores"
Punto c) del apartado 14.1 Modificar el punto c) de la siguiente manera:
“c) se conecte el camión-cisterna eléctricamente a tierra de acuerdo a las especificaciones dadas en el InformeUNE 109100 IN y las Normas UNE 109108-1 y UNE 109108-2.”
ANEXO A
Reemplazar las figuras incluidas como figura 1, por la siguiente:
Fig. 1 − Bomba de aire libre
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UNE 60630:2003/1M:2003 - 6 -
Reemplazar las figuras incluidas como figura 2 por la siguiente:
Fig. 2 – Esquema de determinación de zonas
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