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SERVICIO AGRCOLA GANADERO (SAG)

INDICE.

INTRODUCCIN... 3 QU ES EL SAG? .. 4 DE QUIN DEPENDE EL SERVICIO AGRCOLA GANADERO? ... 5 CULES SON LAS FUNCIONES DEL SERVICIO AGRCOLA Y GANADERO (SAG)?... 5 QU MERCANCAS CONTROLA EL SAG EN EXPORTACIN? .. 6 QU MERCANCAS CONTROLA EL SAG EN SU IMPORTACIN? .. 11 PARA QU CONTROLA EL SAG? .... 16 EN QU CONSISTE LA TRAZABILIDAD AGROPECUARIA? . 18

DOCUMENTOS DE COMEX 1. 2. 3. 4. 5. 6. CERTIFICADO FITOSANITARIO CERTIFICADO ZOOSANITARIO . CERTIFICADO GANADERO ..... CERTIFICADO DE FUMIGACIN CERTIFICADO DE DESTINACIN ADUANERA (C.D.A.) . CERTIFICADO DE LIBRE USO Y DISPOSICIN ...19 20 22 22 22 23

ANEXOS / DOCUMENTOS DE COMEX ............. 24 CERTIFICADO ZOOSANITARIO DE EXPORTACIN (ZOOSANITARY CERTIFICATE) SOLICITUD CERTIFICADO DESTINACIN ADUANERA CERTIFICADO FITOSANITARIO DE IMPORTACIN CERTIFICADO DE FUMIGACIN SOLICITUD DE AUTORIZACIN DE USO Y DISPOSICIN CONCLUSIN 30 PGINAS WEB CONSULTADAS . 31

INTRODUCCIN

En los ltimos aos el Servicio Agrcola Ganadero, cuyas siglas son SAG ha pasado a ser una institucin clave en el proceso de desarrollo agropecuario que hoy vive Chile. El Servicio Agrcola y Ganadero contribuye al desarrollo productivo y al mejoramiento de la competitividad del sector agrcola, ganadero y forestal nacional, a travs de sus polticas de sanidad vegetal, salud animal, recursos naturales renovables y calidad alimentaria. A travs del SAG el territorio nacional ha podido erradicar la Fiebre Aftosa, la Mosca de la Fruta, la Peste Porcina Clsica en cerdos, as como otras pestes, favoreciendo al patrimonio fitozoosanitario de Chile. En el presente trabajo el lector podr informarse sobre lo que hace el SAG, sus funciones, las mercancas que controla en la importacin y exportacin, el concepto de trazabilidad agropecuaria y cules son los diversos certificados, para qu sirven y cmo aparecen en formato original, como lo son: Certificado Fitosanitario, Certificado Zoosanitario, Certificado Ganadero, Certificado de Fumigacin, Certificado de Destinacin Aduanera (C.D.A.) y Certificado de Libre Uso y Disposicin. Con la lista de las pginas web podr complementar dicha informacin.

QU ES EL SAG? El SAG (Servicio Agrcola y Ganadero) es el organismo oficial del Estado de Chile, encargado de apoyar el desarrollo de la agricultura, los bosques y la ganadera, a travs de la proteccin y mejoramiento de la salud de los animales y vegetales. Tambin contribuye al desarrollo productivo y al mejoramiento de la competitividad del sector agrcola, ganadero y forestal nacional, generando polticas de sanidad vegetal, salud animal, recursos naturales renovables y calidad alimentaria. stas se basan en las caractersticas internas del pas, en su potencial productivo y en el entorno internacional en que vivimos y consideran, como principio bsico, el desarrollo sustentable. Para evitar la introduccin desde el extranjero de enfermedades o plagas que puedan afectar a los animales o vegetales y daar gravemente a la agricultura, se han establecido los Controles Fronterizos fito y zoo sanitarios. Dichos Controles funcionan en los lugares de entrada al pas, ya sea por va terrestre, area o martima. All se inspeccionan los productos, medios de transporte, equipaje de pasajeros, tripulacin y cargas comerciales de productos silvoagropecuarios (frutos, leche, queso, etc) para verificar que cumplen con las regulaciones sanitarias establecidas. Al exportar productos animales o vegetales, el SAG participa en su certificacin sanitaria, la que es reconocida internacionalmente por haber sido elaborada en base a normas y estndares que regulan el comercio mundial. Para lograr dicho reconocimiento se suscriben acuerdos con otros pases. El SAG tambin realiza acciones para conservar y mejorar los recursos naturales renovables, que afectan la produccin agrcola, ganadera y forestal, preocupndose de controlar la contaminacin de las aguas de riego, conservar la flora y fauna silvestre y mejorar el recurso suelo, con el fin de prevenir la erosin y mantener su productividad. Otra funcin del SAG es controlar que los alimentos y medicamentos elaborados para animales sean seguros y no provoquen alteraciones en su salud, y que los productos qumicos y biolgicos utilizados en el control de las plagas de los vegetales cumplan con sus normas de fabricacin. Muy importante para conseguir este logro, ha sido la ventaja de tener una excelente condicin sanitaria de los vegetales y animales de importancia econmica, la que es considerada un valioso patrimonio nacional. El Servicio Agrcola y Ganadero est presente en el territorio nacional con: 15 oficinas regionales, 63 oficinas sectoriales, 94 controles fronterizos fito y zoo sanitarios y 11 laboratorios de diagnstico con avanzada tecnologa de anlisis. Las dependencias del SAG se encuentran en Av. Presidente Bulnes 140, Santiago, Chile Fono mesa central:(56-2) 3451111 / Fono consultas 6008181724

DE QUIN DEPENDE EL SERVICIO AGRCOLA Y GANADERO (SAG)?

El Servicio Agrcola y Ganadero (SAG) es una institucin descentralizada que se relaciona con la Presidencia de la Repblica a travs del Ministerio de Agricultura. La misin del Ministerio de Agricultura en su trabajo conjunto con el SAG es promover y aprovechar al mximo las ventajas comparativas que tiene la actividad silvoagropecuaria nacional y las oportunidades que la apertura y la globalizacin de la economa le abren al sector agropecuario. El diseo y puesta en operacin de una Poltica de Estado en materia Silvoagropecuaria, que contenga programas de fomento productivo que favorezcan la modernizacin y adaptacin de los rubros y segmentos de agricultores, especialmente pequeos y medianos, para los cuales este proceso de adaptacin supone mayores desafos y dificultades. Las Instituciones que dependen del Ministerio de Agricultura son las siguientes, entre las cuales, encontramos el Servicio Agrcola y Ganadero (SAG):

Comisin Nacional de Riego Corporacin Nacional Forestal (CONAF) Fundacin de Comunicaciones, Capacitacin y Cultura (FUCOA) Fundacin para la Innovacin Agraria (FIA) Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) Instituto Forestal (INFOR) Servicio Agrcola y Ganadero (SAG)

CULES SON LAS FUNCIONES DEL SERVICIO AGRCOLA Y GANADERO (SAG)? El Servicio Agrcola y Ganadero (SAG) entre muchas de sus funciones debe apoyar integralmente el proceso de globalizacin comercial, especialmente las exportaciones e importaciones. Por lo tanto, manteniendo su vocacin histrica de prevenir y controlar las enfermedades de animales y plantas, ha debido desarrollar otras reas para apoyar ntegramente el proceso de apertura comercial. Para ello tambin ha debido ajustar sus lineamientos estratgicos y programas, y modernizarse para hacer ms eficiente y eficaz esta labor. El SAG inspecciona los productos, medios de transporte, equipaje de pasajeros, tripulacin y cargas comerciales de productos silvoagropecuarios (frutos, leche, queso ,etc) para verificar que cumplen

con las regulaciones sanitarias establecidas. Al exportar productos animales o vegetales, el SAG se tiene que hacer partcipe de su certificacin sanitaria, la que es reconocida internacionalmente por haber sido elaborada en base a normas y estndares que regulan el comercio mundial. Para lograr dicho reconocimiento se suscriben acuerdos con otros pases. El SAG tambin realiza acciones para conservar y mejorar los recursos naturales renovables, que afectan la produccin agrcola, ganadera y forestal, preocupndose de controlar la contaminacin de las aguas de riego, conservar la flora y fauna silvestre y mejorar el recurso suelo, con el fin de prevenir la erosin y mantener su productividad. Otra funcin del SAG es controlar que los alimentos y medicamentos elaborados para animales sean seguros y no provoquen alteraciones en su salud, y que los productos qumicos y biolgicos utilizados en el control de las plagas de los vegetales cumplan con sus normas de fabricacin. Muy importante para conseguir este logro, ha sido la ventaja de tener una excelente condicin sanitaria de los vegetales y animales de importancia econmica, la que es considerada un valioso patrimonio nacional. El Servicio Agrcola y Ganadero est presente en el territorio nacional con: 15 oficinas regionales, 63 oficinas sectoriales, 94 controles fronterizos fito y zoo sanitarios y 11 laboratorios de diagnstico con avanzada tecnologa de anlisis.

QU MERCANCAS CONTROLA EL SAG EN EXPORTACIN?

EXPORTACIONES DE PRODUCTOS AGRCOLAS: Se dispone de la informacin clasificada en las siguientes secciones: 1. Documentos para exportacin: Aqu se incluyen los documentos con los procedimientos e instructivos para la certificacin fitosanitaria de productos vegetales de exportacin: a. Procedimiento: Procedimiento certificacin fitosanitaria de productos vegetales de exportacin (PDF). b. Instructivo: Adscripcin de plantas al programa de inspeccin en origen (PDF). Instructivo Directrices para la emisin del certificado fitosanitario de exportacin de productos vegetales (PDF). c. Documentos generales:

Excepciones al alcance del Procedimiento de Certificacin Fitosanitaria de productos vegetales de exportacin, (D-PA-EA-002) (PDF). Condiciones de los envases y embalajes de exportacin, (D-PA-EA-003) (PDF). Tratamiento de fumigacin con bromuro de metilo, (D-PA-EA-004) (PDF). Tratamiento de fro, (D-PA-EA-005) (PDF). Tratamiento de fumigacin con fosfina, (D-PA-EA-006) (PDF). Normativa de sanciones, (D-PA-EA-007) (PDF). Actividades que ejecuta la Contraparte Profesional, Contraparte Tcnica y Contraparte en el programa de inspeccin en origen, (D-PA-EA-008) (PDF). Formularios, (ZIP). d. Manual SAG USDA: Documento de acceso exclusivo a supervisores SAG - APHIS. e. Instructivo Operacional Programa de Pre-embarque SAG-USDA-APHIS-ASOEX.

2. Protocolos y planes de trabajo para exportaciones hortofrutcolas. Algunos pases exigen procedimientos especiales para la importacin de algunos productos, los cuales se presentan en esta seccin.

3. Inscripcin de semilleros de exportacin en lnea Se presentan los requisitos exigidos para la importacin de semillas en los pases de destino. Normalmente se requiere una certificacin sanitaria durante el crecimiento del cultivo, para lo cual la empresa debe inscribir sus semilleros ante el SAG, trmite que puede hacerse en las oficinas del SAG habilitadas para ello o por Internet: http://idase.sag.gob.cl/sistema/ 4. Control oficial en cadena de exportacin de frambuesas Los participantes de la cadena de exportacin de frambuesas (huertos, centros de acopio, comercializadores, plantas procesadoras de frambuesa congelada y exportadoras) deben cumplir una serie de requisitos para asegurar la inocuidad del producto y su trazabilidad.

Los huertos deben inscribirse ante el SAG en la Oficina Sectorial correspondiente, o en lnea en el sitio: http://www.sag.gob.cl/sisber/pubsber/. Los detalles de los requisitos y las pautas de verificacin de las auditoras fitosanitarias se encuentran en el sitio Web. 5. Exportacin de material de propagacin Se entregan a modo referencial los requisitos por mercado para la exportacin de bulbos, plantas y semillas. Adems, se puede obtener en este lugar el registro de las empresas exportadoras de material de propagacin. 6. Listado de productores y sus variedades excluidos del proceso exportador Informacin con acceso exclusivo para supervisores SAG que cuenten con clave. 7. Registros para exportaciones agrcolas Algunos pases establecen como requisito para los agentes de la cadena exportadora, el registro previo de sus participantes. En este lugar se encuentran dichos registros por pas.

8. Requisitos por pas D-PA-EA-001 Esta herramienta ha sido desarrollada para realizar consultas en lnea sobre los requisitos que define, para el programa de origen, la Organizacin Nacional de Proteccin Fitosanitaria de los pases importadores. Es actualizada en forma permanente y rpida, de manera de entregar la informacin en forma adecuada a los exportadores agrcolas. La informacin que contiene es la siguiente: Requisitos de Salida Plagas Cuarentenarias Declaraciones Adicionales

Requerimientos Adicionales Tratamientos Cuarentenarios Nivel de Muestreo Protocolos, Planes de Trabajo y Registros

EXPORTACIONES PECUARIAS:

Se dispone de la informacin clasificada en las siguientes secciones: 1. Exigencias de los pases importadores Mediante un sistema de consulta en lnea, se pueden obtener los certificados correspondientes a los productos pecuarios por producto y pas de destino. En estos documentos se explicitan los requisitos sanitarios en destino. 2. Principios de la OMC para los acuerdos sanitarios entre pases Se explican los objetivos de estos acuerdos y mediante vnculos se facilita el acceso a pginas Web de la OMC, la OIE y el Codex Alimentarius. 3. Proceso de reconocimiento pecuario Se explica el procedimiento para obtener el reconocimiento sanitario de los productos pecuarios por parte de un pas importador. 4. Accin del SAG en el comercio exterior Se describen las acciones del SAG en materia del comercio exterior pecuario. 5. Establecimientos habilitados para exportar Se dispone de los establecimientos habilitados por Regin, especie y mercados. Tambin se puede descargar el Manual General de Procedimientos del Sistema de Certificacin de Productos Pecuarios y de la Resolucin N 2561, que crea el Sistema Nacional de Inscripcin de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios. Finalmente estn los links a los Servicios Veterinarios Oficiales Internacionales de diversos pases. 6. Sistema de Inspeccin Integrado Oficial para Alimentos de Origen Animal, SIIO Se explica el funcionamiento de este sistema, diseado para alimentos de origen animal (carnes frescas y productos crnicos y lcteos, entre otros), en el que se basa el apoyo del SAG al proceso exportador. Se puede acceder a la normativa nacional e internacional, los Programas de Planteles Animales bajo Certificacin Oficial, PABCO, los sistemas de certificacin y los instructivos correspondientes. 7. Exportaciones apcolas Como una forma de apoyar a las empresas exportadoras de este sector, se ha dispuesto en la Web del SAG este espacio donde se encuentra el Registro de Apicultores de Miel de Exportacin (RAMEX), los requisitos para los establecimientos

exportadores de miel y para la autorizacin para ingresar a la Unin Europea. Temas sanitarios y fitosanitarios

EXPORTACIONES FORESTALES: Se entrega informacin sobre los procedimientos y requisitos para obtener la Certificacin Fitosanitaria de Productos Forestales de Exportacin: 1. Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias N 15 (NIMF N 15) que regula los embalajes de madera Se seala la normativa, los pases que la exigen y la acreditacin de terceros para la ejecucin de tratamientos y timbrado de maderas y de embalajes de madera de exportacin. 2. Manual de procedimientos: Certificacin fitosanitaria de productos forestales de exportacin Se dispone de los diez captulos de este Manual que explican el funcionamiento del sistema de certificacin diseado para estos productos.

ALIMENTOS PROCESADOS: La informacin sobre procedimientos y requisitos para la exportacin de alimentos procesados se encuentra en el Ministerio de Salud y, en algunos casos, en el SAG. En la Web del Ministerio de Salud, www.minsal.cl, en la seccin sobre normativa, se dispone de un gran nmero de reglamentos y leyes, entre ellas las que regulan a este sector, como por ejemplo el Reglamento Sanitario de los Alimentos. Tambin se encuentra all la informacin sobre requisitos sanitarios para la elaboracin y comercializacin de medicamentos y cosmticos. Es importante destacar que estas regulaciones son las bsicas que se exigen para producir y comercializar alimentos procesados en Chile y que, por lo tanto, tambin son los requisitos indispensables o mnimos para exportar, los que en general son compatibles con los de la normativa internacional. Esto, sin embargo, no obsta que cada pas pueda tener requisitos adicionales respecto a la norma chilena, los que para poder ingresar en sus mercados tienen que ser cumplidos por el exportador. La pgina Web de la asociacin gremial ChileAlimentos, que rene a un nmero importante de las industrias del sector alimentos, contiene informacin til sobre la normativa nacional e internacional para producir y comercializar alimentos: www.chilealimentos.cl. En este sitio se publica la informacin oficial con requisitos que exigen pases como Argentina, Brasil, Canad, Colombia, Corea del Sur, Francia, Mxico, Reino Unido, Repblica Checa, Repblica Dominicana, UE, Venezuela y Hong-Kong, adems de la nacional. Tambin, a travs de la WEB www.acuerdoscomerciales.cl podr acceder a informacin relevante en esta materia a travs de links ordenados segn los acuerdos suscritos.

PRODUCTOS PESQUEROS: Para exportar productos pesqueros, se debe solicitar la autorizacin del Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA), mediante la presentacin del formulario Notificacin de Embarques para Productos Pesqueros de Exportacin en las oficinas de SERNAPESCA del puerto de salida aduanera de la carga. Este formulario puede ser descargado desde el sitio Web de SERNAPESCA, www.sernapesca.cl, en la seccin de exportaciones. Notificacin de Embarque para Productos Pesqueros de Exportacin (NEPPEX): Si el exportador no requiere certificacin oficial, SERNAPESCA autorizar la exportacin bajo el cumplimiento de los requisitos tcnicos y administrativos generales detallados en el captulo 2 del Manual de Procedimientos CER/MP1. Este Manual puede ser descargado desde el mismo sitio. En la Web se entregan las instrucciones del Certificado de Origen y la Certificacin Sanitaria, en caso de que el importador la exija.

QU MERCANCAS CONTROLA EL SAG EN SU IMPORTACIN? Todos los productos agrcolas importados a nuestro pas deben cumplir con todos los requisitos fitosanitarios establecidos por Chile, que sern verificados por el SAG al ingreso a nuestro pas. Los embalajes de madera utilizados para sujetar, proteger o transportar productos importados, deben cumplir con la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias N 15 (NIMF N 15).

IMPORTACIN DE PRODUCTOS AGRCOLAS Para importar productos de origen vegetal u organismos biolgicos utilizados para propagacin, consumo, uso ornamental, investigacin o procesamiento, se debe cumplir con los requisitos fitosanitarios establecidos por el SAG en sus resoluciones segn el tipo de producto y pas, las cuales se encuentran disponibles en esta pgina web. Si el producto no se encuentra regulado en alguna de estas resoluciones, se debe llenar el Formulario N1 , Solicitud de Autorizacin de Importacin de Artculos Reglamentados, y presentarlo en cualquiera Oficina SAG Sectorial o Regional del pas, de manera que este Servicio le informe acerca de los pasos a seguir para la obtencin de la resolucin que establezca los requisitos fitosanitarios para el ingreso de este material, si corresponde.

IMPORTACIN DE PLAGUICIDAS Para importar plaguicidas de uso agrcola se requiere que el producto est autorizado por el SAG, quien adems fiscaliza todas las solicitudes de importacin de plaguicidas, a nivel de puertos de entrada a nuestro pas, aplicando las normas y procedimientos sealados en la Resolucin N 1.038 de 2003, con el fin de comprobar la identidad de los plaguicidas y su correspondiente composicin qumica. Si el plaguicida no se encuentra dentro de los productos autorizados por el SAG, el interesado/a deber solicitar su autorizacin, procedimiento normado por la Resolucin N3.670 de 1999, y que se encuentra detallado en la seccin Registros y autorizaciones de este sitio web (consultar aqu).

IMPORTACIN DE FERTILIZANTES La Divisin de Proteccin Agrcola y Forestal a travs de la circular N 290 del 24/05/2010, informa que a partir del 30 de enero de 2011, el SAG exigir que los fertilizantes envasados o a granel, debern declarar los elementos acompaantes que contienen en el producto (metales pesados y otros). El procedimiento para realizar una importacin de fertilizantes, el/la interesado/a debe presentar una Solicitud de Importacin de Fertilizantes en la Oficina del SAG correspondiente al puerto de ingreso, junto con la siguiente documentacin: Certificado de Destinacin Aduanera (CDA). Informe de Inspeccin de Productos Agropecuarios (IIPA). Opcionalmente puede presentar Certificado Oficial del pas de origen. Factura o documento similar valor probatorio, en original o copia autorizada, que indique volumen de la partida a internar y su monto, en valor en puerto de destino o en puerto de origen. Manifiesto de carga, conocimiento de embarque o gua area del medio de transporte. El SAG realiza la fiscalizacin a nivel de puertos de entrada al pas, mediante revisin documental y fsica, y sometiendo a muestreo el 100% de los fertilizantes importados. Quedan eximidas de muestreo las partidas importadas cuyo volumen sea igual o menor a 5 Kg./lt. y que son destinadas a uso en laboratorio o uso domstico, con excepcin de los biofertilizantes. El importador podr solicitar que el muestreo sea realizado en el recinto primario del puerto de ingreso o bajo el rgimen de almacn particular. En el muestreo oficial se debe obtener una muestra y dos contra muestras, conforme a la Norma Chilena NCH 44 "Inspeccin por Atributos", para comprobar su composicin. La Resolucin N 1.035 de 2011, establece los mrgenes de tolerancia en el contenido de elementos fertilizantes, para calificar anlisis de laboratorio.

Se elabora un Acta de Toma de Muestra para todos los productos sometidos a muestreo, los que quedarn retenidos hasta que el Laboratorio Autorizado emita el Informe de Resultados de Anlisis y sea calificado por la Oficina del SAG correspondiente. Para este efecto, el inspector SAG emitir un Acta de Retencin. Si el/la interesado/a presenta Certificado de Composicin Oficial del pas de origen, el producto ser liberado en el puerto de ingreso sin requerir anlisis de laboratorio. Si el resultado del anlisis de la muestra inicial, enviada a un Laboratorio Autorizado concuerda con la composicin centesimal declarada, se otorga la autorizacin definitiva de ingreso. Si el resultado del anlisis es diferente, es decir, no cumple con lo declarado, el interesado debe elegir entre reetiquetar los envases o realizar un nuevo anlisis de composicin, haciendo uso de la contramuestra. Si el resultado de la primera contramuestra en contraposicin con la muestra inicial cumple con la composicin declarada, el SAG enviar para su anlisis la segunda contramuestra. Si sta no cumple, los envases debern ser reetiquetados o se deber modificar la factura en el caso de los fertilizantes a granel, debindose indicar la nueva composicin centesimal slo para los elementos que se detectaron fuera del rango de tolerancia permitido. La internacin, fabricacin, venta y distribucin de fertilizantes est regulada por el Decreto Ley N 3.557, de 1980 (Ttulo III, Prrafo 2). Este Decreto en su Ttulo IV entrega disposiciones sobre procedimientos y sanciones, y en su Ttulo V Art. 47, obliga a fabricantes, importadores y distribuidores de fertilizantes a comunicar al SAG el inicio de actividades.

IMPORTACIN DE PRODUCTOS ORGNICOS IMPORTADOS Los productos orgnicos importados podrn comercializarse cuando sean originarios de un tercer pas cuya autoridad competente garantice la certificacin otorgada, que avala que los productos han sido obtenidos con un mtodo de produccin orgnica equivalente a la establecida en el Reglamento y Normas Tcnicas oficiales vigentes en Chile. El Servicio podr reconocer, respecto de productos importados, la certificacin efectuada de acuerdo con sistemas nacionales de certificacin de productos orgnicos de terceros pases, en la medida que el importador de dichos productos acredite ante el SAG lo siguiente: que el sistema de produccin orgnica es homlogo o cumple con los requerimientos tcnicos establecidos en la legislacin chilena que la certificacin del producto importado es reconocida por la entidad competente del pas de origen.

El SAG podr exigir toda la informacin necesaria para recabar los antecedentes sealados en los puntos anteriores. Adems, se podr encargar a expertos los informes que sean necesarios sobre las normas de produccin y las medidas de control aplicadas en el pas de origen del producto.

El importador deber permitir que el SAG tenga acceso para su inspeccin, a sus instalaciones, en particular a los certificados de importacin. Los productos importados debern cumplir con la misma legislacin aplicable a los productos nacionales, sin perjuicio de las normas especiales establecidas en la ley, en el reglamento y en las normas tcnicas oficiales vigentes. Los productos importados debern etiquetarse de conformidad a la legislacin vigente en Chile. IMPORTACIN DE EMBALAJE DE MADERA Los embalajes de madera utilizados para el transporte de cualquier envo procedente del extranjero o en trnsito, deben cumplir con la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias, NIMF N15. El SAG supervisa el cumplimiento de estas medidas fitosanitarias en todos los puntos de ingreso de productos al pas: puertos martimos, aeropuertos y controles fronterizos. Lo mismo hace en los lugares de destino de las mercaderas al interior del pas. El ao 2005 la Convencin Internacional de Proteccin Fitosanitaria (CIPF) de la FAO acord la publicacin de la Directrices para Reglamentar el Embalaje de Madera Utilizado en el Comercio Internacional, NIMF N15. Basado en esta norma el SAG emiti la Resolucin N133 de 2005 que reglamenta el ingreso de embalajes de madera al territorio nacional y su finalidad es reducir el riesgo de introduccin, establecimiento y dispersin de plagas cuarentenarias asociadas a este tipo de material.

Requisitos para embalajes de madera: La Resolucin N133 de 2005 del SAG se aplica a todos los embalajes de madera de internacin, cuyo espesor es superior a los 5 mm, incluida la madera de estiba de carga. Estos deben ser fabricados con madera descortezada y tratada en el pas de origen de la madera, a travs de los siguientes tratamientos: Tratamiento trmico (Resolucin N 133 de 2005). Fumigacin con bromuro de metilo. (Resolucin N 133, modificada por la Resolucin N2.859 de 2007) Para certificar la aplicacin de estos tratamientos, los embalajes deben llevar impresa una marca grfica, la cual tiene que ser legible, permanente y no transferible, de color negro, azul o caf oscuro. Adems, debe ser estampada en a lo menos dos caras externas visibles de cada unidad de embalaje y en cada unidad de madera de estiba de carga. Embalajes de madera a los cuales no se les aplica la Resolucin N133 de 2005 Los embalajes que quedan fuera de la aplicacin de la resolucin antes mencionada y por lo tanto no necesitan autorizacin para ingresar al pas son: Embalajes fabricados en su totalidad de tableros de contrachapados.

Tableros de partculas. Tableros de fibra orientada. Hojas de chapas que se han producido utilizando pegamento, calor y presin o una combinacin de los mismos. Barriles y duelas de uso enolgico. Embalajes que no cumplen con los requisitos fitosanitarios: Si el embalaje de madera ingresado a nuestro pas no exhibe la marca exigida o si en cualquier pieza de embalajes se detecta insectos vivos, signos de insectos vivos o de corteza, los inspectores del SAG debern disponer su eliminacin o tratamiento mediante una Orden de Tratamiento Fitosanitario, lo que ser aplicado a la totalidad del envo. El tratamiento cuarentenario es realizado por terceros acreditados por el SAG, de acuerdo a las pautas tcnica contenidas en el Reglamento Especfico para la Acreditacin de Terceros en la Ejecucin de Tratamientos Fitosanitarios para Artculos Reglamentados de Importacin y Trnsito. Maderas utilizadas para carga y transporte: Las tarimas o paletas fabricadas con madera de origen nacional y utilizadas en las labores de carga y de transporte de mercaderas en el interior de cualquier puerto habilitado para la importacin de cargas, debern estar completamente libres de corteza y de daos por insectos y pintados de color azul en dos de sus costados. Intercepcin de plagas en embalajes de madera: Los embalajes de madera son una va efectiva de ingreso de plagas forestales, muchas de ellas se han introducido a travs de este medio a nuestro pas. Esto se debe a que por lo general los embalajes se elaboran con madera de baja calidad y sin tratamiento que elimine en forma eficaz las plagas asociadas. El SAG lleva a cabo un Programa de Inspeccin de Embalajes de Madera de Internacin, desde la dcada de los aos noventa, siendo unos de los pases pioneros en la regulacin del ingreso de embalajes de madera de internacin. El Servicio realiza inspecciones de embalajes tanto en los puntos de ingreso de mercaderas (puertos martimos, terrestres, aeropuertos, pasos fronterizos), como en destino de las mercaderas. IMPORTACIONES FORESTALES Las regulaciones fitosanitarias a las importaciones de maderas y productos derivados, material de propagacin forestal, caas de bamb, fibras naturales y organismos biolgicos tiene como objetivo prevenir la introduccin de plagas cuarentenarias no presentes en el pas y de aquellas que estn bajo control oficial. De esta manera, si desea importar productos forestales para propagacin, consumo, uso ornamental, investigacin o procesamiento, debe cumplir con los requisitos fitosanitarios de ingreso establecidos por el SAG en sus resoluciones.

Si este producto no se encuentra regulado en alguna de estas resoluciones, desde el pas que desea importar, se debe llenar el Formulario N1 (Solicitud de Autorizacin de Importacin de Artculos Reglamentados) y ser presentado, directamente o por correo electrnico (OIRSs) , en cualquiera Oficina SAG Sectorial o Regional del pas, de manera que este Servicio le informe acerca del procedimiento a seguir para la obtencin de la resolucin que establecera los requisitos fitosanitarios para el ingreso de este material, si corresponde. Este procedimiento est descrito en la Resolucin N 3.815 de 2003. En tanto, la importacin de los productos descritos, debe efectuarse por los puntos de ingreso habilitadospor el Ministerio de Agricultura.

IMPORTACIN DE MERCANCAS PECUARIAS El proceso de internacin de mercancas pecuarias est descrito en el Manual de Procedimientos para las Importaciones Pecuarias y se fundamenta tanto en las regulaciones vigentes, incluidas las exigencias sanitarias generales y especficas, como en los procedimientos especficos. Los animales, huevos frtiles, productos y subproductos de origen animal, medicamentos veterinarios y alimentos para animales, corresponden a mercancas pecuarias que requieren para su internacin a Chile, segn sea el caso:

Provenir de un pas o zona que cuente con la evaluacin y el reconocimiento favorable (por parte de Chile) de su servicio veterinario oficial y situacin sanitaria respectivamente. Proceder de un establecimiento habilitado o haber aprobado una monografa de proceso. Presentar, en el caso de los animales y la mayora de los productos de origen animal, uncertificado sanitario emitido por la autoridad sanitaria oficial del pas de origen, que acredite elcumplimiento de las exigencias sanitarias generales y especficas establecidas por Chile.

PARA QU CONTROLA EL SAG?

El SAG controla para evitar la introduccin desde el extranjero de enfermedades o plagas que puedan afectar a los animales o vegetales y daar gravemente a la agricultura, se han establecido los Controles Fronterizos fito y zoo sanitarios.

Dichos Controles funcionan en los lugares de entrada al pas, ya sea por va terrestre, area o martima

. CONTROL TERRESTRE

CONTROL AEREO

CONTROL MARITIMO

EN QU CONSISTE LA TRAZABILIDAD AGROPECUARIA?

TRAZABILIDAD Primero que nada definiremos que es trazabilidad. Segn la definicin que establece el Parlamento Europeo, la trazabilidad es la posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a travs de todas las etapas de produccin, transformacin y distribucin, de un alimento (para uso humano o animal) o una sustancia destinada a ser incorporada en alimentos o con probabilidad de serlo. As, la trazabilidad o "rastreabilidad", es un sistema que permite seguir la ruta de un producto, sus componentes, materias primas e informacin asociada, desde el origen hasta el punto de destino final o viceversa, a travs de toda la cadena de abastecimiento. La trazabilidad es la herramienta que permite satisfacer la necesidad que tiene el consumidor de saber cmo se han obtenido y procesado los alimentos, pues permite conocer el impacto medioambiental de cada uno de los productos, llegando incluso a conocer la gentica de los animales de los cuales se ha obtenido un producto, el alimento que consumi y qu pesticidas se utilizaron en ste.

A QUIEN O QUIENES BENEFICIA LA TRAZABILIDAD? En primer lugar beneficia a los consumidores, pues la implementacin de la trazabilidad apunta a asegurar la inocuidad de los alimentos, lo que aumenta la confianza de los consumidores, ya que pueden comprobar que el producto que adquirieron est producido con calidad. Adems, beneficia a quien implementa esta herramienta, pues obliga a ordenar los procesos productivos al interior de la empresa, lo que conduce a mejorar la calidad de los productos, aumentar la productividad y con ello, disminuir los costos, es decir, apunta a rentabilizar el negocio. Tambin mejora la imagen y valor de la marca y permite diferenciarse de la competencia, adems de que facilita la entrega de una respuesta rpida en caso de reclamos de los consumidores, proporcionando informacin exacta acerca de en qu etapa de la cadena productiva se produjo el problema.

DESDE CUANDO SE ESTA TRABAJANDO EN MATERIA DE TRAZABILIDAD EN CHILE? Desde hace ya varios aos las empresas estn trabajando en forma voluntaria y proactiva en el desarrollo e implementacin de sistemas de trazabilidad, no obstante slo en el ltimo tiempo se ha impuesto como medida obligatoria, especficamente con la Ley Antibioterrorismo impulsada por Estados Unidos y el Reglamento N178 de la CE que comenzar a regir a partir del 1 de enero del 2005.

DOCUMENTOS RELACIONADOS CON TRAZABILIDAD Norma Europea Ley de Sanidad de los Alimentos de Japn Trazabilidad ProChile Trazabilidad: Conceptos y Bases para definir un Estandar para la Industria Frutcola chilena de Exportacin, Edmundo Araya A., Director General de FDF Implantacin de Sistemas de Gestin, SGE Qualitas S.A. Programa Oficial de Trazabilidad Sanitaria SAG Trazabilidad en USA y UE FRIMA S.A. Trazabilidad en Bovinos PROCARNE 1 Trazabilidad en Bovinos PROCARNE 2

DOCUMENTOS DE COMEX: 7. 8. 9. 10. 11. 12. Certificado Fitosanitario Certificado Zoosanitario Certificado Ganadero Certificado de Fumigacin Certificado de Destinacin Aduanera (C.D.A.) Certificado de Libre Uso y Disposicin

1.

CERTIFICADO FITOSANITARIO

Los productos forestales que se encuentran sujetos a cumplir con requisitos fitosanitarios a su ingreso al pas de destino, necesitan un Certificado Fitosanitario, el cual es emitido por el SAG previo a una Inspeccin Fitosanitaria del producto. El Certificado Fitosanitario tiene por objeto garantizar al pas de destino que el producto exportado se encuentra libre de plagas y ha cumplido con los requisitos fitosanitarios establecidos para su ingreso. No tiene valor comercial y debe ser entregado slo a la Organizacin Nacional de Proteccin Fitosanitaria (ONPF) del pas de destino.

Revisin del SAG: El SAG se encuentra obligado a inspeccionar y emitir un Certificado Fitosanitario por todos aquellos productos forestales que representen un alto riesgo de transmitir y/o transportar plagas, segn lo establecido en el Decreto de Ley N 3.557 del ao 1980. Igualmente, el SAG libera algunos productos de la certificacin fitosanitaria. Sin embargo, si el pas de destino exige el Certificado Fitosanitario, el SAG deber inspeccionar el producto para emitir dicho certificado.

2.

CERTIFICADO ZOOSANITARIO

El Certificado zoosanitario otorgado en la barrera de salida de la partida a exportar, el cual garantiza el cumplimiento de las exigencias sanitarias impuestas por el pas de destino para autorizar la importacin del producto en cuestin. Este certificado los extienden profesionales SAG en el lugar de origen para animales vivos y productos pecuarios. Pueden ser emitidos tanto en el lugar de origen, en el puerto de embarque, despus de una inspeccin y comprobacin del cumplimiento de las exigencias a certificar. Para poder acceder a dicho certificado zoosanitario en la web se debe ingresar a la cuenta y clave asignada al usuario que desea ingresar. Esta clave ser informada por la oficina sectorial correspondiente. Pinchar en el men ofrecido, la opcin disponible, llamada "Certificacin de exportaciones pecuarias", Escoger del men "Solicitudes", la opcin "Certificacin de partidas pecuarias". Una vez que el SAG reciba esta solicitud, proceder a inspeccionar las partidas y a emitir el certificado correspondiente. El certificado zoosanitario est dirigido a ganaderos, productores, industriales y exportadores de productos pecuarios.

Informacin adicional del certificado zoosanitario

EXPORTACIN DE ANIMALES: Se debe estar inscrito en el Listado Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP) Obtener permiso de internacin de los animales de parte de la Autoridad Sanitaria Animal del pas de destino, junto a los requisitos sanitario de cuarentena, de pruebas laboratoriales y de importacin. Solicitud para que el lugar de cuarentena de exportacin sea autorizado en la Oficina Sectorial del SAG correspondiente al sector de origen de los animales.

La Oficina Sectorial analiza estos antecedentes y establece los pasos a seguir.

EXPORTACIN DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL Se debe presentar la Solicitud de Inspeccin de Productos Pecuarios a Exportar, en la oficina SAG de origen o elaboracin del producto. Presentar exigencias sanitarias oficiales y vigentes del pas de destino, en que se especifiquen todas las condiciones a certificar. Inspeccin final Certificado Sanitario de Exportacin en la oficina sectorial SAG o en el puerto de embarque. Los Documentos requeridos para exportar animales: Permiso de internacin de los animales de parte de la Autoridad Sanitaria Animal del pas de destino, junto a los requisitos sanitarios de cuarentena, pruebas laboratoriales e importacin. Para exportar productos y subproductos pecuarios: Exigencias sanitarias oficiales y vigentes del pas de destino, en que se especifiquen todas las condiciones a certificar. Esto se realiza a travs de internet en la pgina www.sag.cl o accediendo al cono de ejecutar en lnea ubicado en la esquina superior izquierda de esta pgina. Si no tiene acceso a internet: Para iniciar la exportacin, debe presentar una solicitud de inspeccin y certificacin a la oficina SAG (sectorial o de planta), con 24 hrs. de anticipacin al embarque, con la documentacin que corresponda. Un Mdico Veterinario Oficial (MVO) efectuar la inspeccin de la carga en planta, verificando caractersticas a certificar, dependiendo del producto y exigencias de mercado. Si la inspeccin es positiva y una vez cargado el contenedor, en el caso de los embarques de exportacin, el MVO proceder al sellado de ste con el sello metlico SAG. La firma de los certificados de exportacin la realizar el MVO. La firma de los certificados podr ser realizada en planta o bien en otro lugar donde se consolide el envo y se realice la inspeccin de la carga En puerto el MVO verificar la integridad del sello oficial y revisar la documentacin que le compete que acompaa el embarque. El costo de la Certificacin Sanitaria de Exportacin de animales es determinado en funcin del tipo y cantidad de animales o productos que se trate, as como por el tiempo que demande la inspeccin y el horario en el cual se realiza.

3.

CERTIFICADO GANADERO

Este Certificado Ganadero garantiza el cumplimiento de las exigencias sanitarias impuestas por el pas de destino para autorizar la importacin del producto en cuestin. Este certificado los extienden profesionales SAG en el lugar de origen para ganadera. Pueden ser emitidos tanto en el lugar de origen, en el puerto de embarque, despus de una inspeccin y comprobacin del cumplimiento de las exigencias a certificar, por lo tanto, esto indica que las mercancas estn libres de plaga y enfermedades

4.

CERTIFICADO DE FUMIGACIN

Este Certificado de Fumigacin garantiza el cumplimiento de las exigencias sanitarias impuestas por el pas de destino para autorizar la importacin del producto en cuestin. Este certificado los extienden profesionales SAG en el lugar de origen para maderas. Pueden ser emitidos tanto en el lugar de origen, en el puerto de embarque, despus de una inspeccin y comprobacin del cumplimiento de las exigencias a certificar, por lo tanto, esto indica que las mercancas estn libres de plaga y enfermedades.

5.

CERTIFICADO DE DESTINACIN ADUANERA (C.D.A)

Las Secretaras Regionales Ministeriales de Salud (Seremi de Salud) correspondiente al lugar donde se ubica la Aduana por la cual ingresaron los productos, emiten el certificado que autoriza el retiro y transporte de ellos desde los recintos aduaneros, a la bodega o depsito autorizado donde sern almacenados. Este Certificado de Destinacin Aduanera (CDA) indica la direccin de la bodega debidamente autorizada y las condiciones de traslado de los productos. El Certificado de Destinacin Aduanera (CDA) est dirigido a importadores de productos alimenticios y sustancias qumicas peligrosas. El recinto de almacenamiento debe contar con autorizacin para tales efectos. En el caso de Alimentos es obligatorio contar con la Resolucin Sanitaria emitida por la Seremi de Salud correspondiente a su jurisdiccin. Si realiza la solicitud por internet se debe ingresar en www.tramiteenlinea.cl. Se debe tener en cuenta que este certificado (CDA) no faculta al propietario para trasladar desde la bodega de destino, cambiar, usar o consumir los alimentos que en ella se indiquen. Si el producto no cumple con la normativa vigente o si la bodega de destino no est autorizada para tales efectos, su solicitud ser informada Rechazada. Las partidas de alimentos declaradas en trnsito por el Servicio Nacional de Aduanas no requieren emisin de CDA por parte de la Seremi de Salud. Una vez concluida la tramitacin del CDA y retirados los productos de los recintos primarios de Aduanas, el importador asumir las siguientes obligaciones y responsabilidades:

1. Trasladar los productos a la bodega indicada en el CDA, a travs de la ruta y las condiciones de transporte sealadas en la misma certificacin. Segn el Art.68 del Reglamento Sanitario de los Alimentos D.S. 977/96, indica que los vehculos que transporten alimentos perecibles que requieran fro para su conservacin, debern contar con Autorizacin Sanitaria para ese fin. 2. Mantener los productos en dicha bodega. 3. Requerir la autorizacin de uso y disposicin de la Seremi de Salud de la regin donde se encuentra la bodega de destino, acompaando a su solicitud copia del CDA. Si realiza la solicitud por internet: Una vez resuelta su solicitud, un correo electrnico le avisar dicha situacin e incluir el CDA correspondiente, o una resolucin de rechazo en caso contrario. Asimismo, el documento quedar accesible desde la pgina principal de su men de usuario. Los solicitantes que acrediten pertenecer a un programa social (Certificacin Municipal de Microempresa Familiar u otros; o que tienen un puntaje igual o inferior a 11.500 puntos en la Ficha Proteccin Social), acceden a un arancel de $1.000. Los aranceles se actualizan una vez al ao en forma automtica, todos los 10 de enero, conforme a la variacin que haya experimentado el ndice de Precios al Consumidor (IPC).

6.

CERTIFICADO DE LIBRE USO Y DISPOSICIN

Autorizacin de uso y disposicin: Consiste en una Resolucin emitida por la SEREMI de Salud, correspondiente a la jurisdiccin donde se encuentra ubicada la bodega que almacena las mercaderas, instrumento en virtud del cual se autoriza o rechaza al importador el uso, venta, consumo, cesin y disposicin de los productos importados. Previo a tal autorizacin la Secretara Regional Ministerial de Salud correspondiente, inspeccionar y/o someter a anlisis de laboratorio dichos productos para comprobar que cumplan con la normativa sanitaria vigente.Trmite que realiza el ISP, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 18164, con el fin de permitir que los productos de su competencia que ingresan al pas puedan ser usados o distribuidos en el territorio nacional.

ANEXOS / DOCUMENTOS DE COMEX

Certificado Zoosanitario de Exportacin (Zoosanitary Certificate) Solicitud Certificado Destinacin Aduanera Certificado Fitosanitario de Importacin Certificado de Fumigacin Solicitud de Autorizacin de Uso y Disposicin

1. CERTIFICADO FITOSANITARIO

CONCLUSIN A travs de las mejoras de tiempos de respuesta y optimiza los procesos de exportacin e importacin de las diferentes mercancas mercaderas y por consiguiente el transporte de stos. El SAG es reconocida como una de las ms fiables y prestigiosas instituciones en nuestro territorio, esto hace que aumente la confiabilidad del sistema. Los diversos trmites y certificado mejoran la informacin de condiciones de exportacin productopas.

CONCLUSIN

Con el desarrollo de las investigaciones sobre el Servicio Agrcola Ganadero (SAG) podemos concluir que dicha institucin es reconocida como una de las ms fiables y prestigiosas del territorio nacional, lo que hace que aumente la confiabilidad del sistema, no slo dentro sino que tambin fuera de las fronteras. Los diversos trmites y certificados del SAG mejoran la informacin de las condiciones de exportacin e importacin producto-pas. As como tambin ayuda en las mejoras de tiempos de respuesta y optimizacin de los procesos de exportacin e importacin de las diferentes mercancas y por consiguiente en el transporte de stos. La poblacin en Chile desconoce qu hace y cules son las funciones del SAG, esperemos que el Ministerio de Agricultura en un futuro cercano dedique ms esfuerzos en hacer conocer dicha Institucin y su gran aporte al pas.

PGINAS WEB

http://www.sag.cl http://www.minagri.gob.cl http://www.agricultura.gob.cl http://www.prochile.cl http://www.chileclic.gob.cl/portal http://www.acuerdoscomerciales.cl/sanitarios_fitosanitarios.htm http://www.paraemprender.cl/institucion/servicio-agricola-ganadero