Trabajo Práctico de Derecho Romano Responsavilidad contractual y extracontractual

download Trabajo Práctico de Derecho Romano Responsavilidad contractual y extracontractual

of 4

Transcript of Trabajo Práctico de Derecho Romano Responsavilidad contractual y extracontractual

  • 7/23/2019 Trabajo Prctico de Derecho Romano Responsavilidad contractual y extracontractual

    1/4

    Trabajo Prctico de Derecho Romano.

    Profesor: Dr. Ayala, Pedro.

    Alumno: Gomez, Gustavo.

    Tema: La responsabilidad extracontractual arentina!.

    "onsina: #ealizar una comparaci$n acerca de la responsabilidadextracontractual comprendida en el "$dio %elezano con la responsabilidadextracontractual comprendida en el nuevo "$dio "ivil y "omercial de la&aci$n.

    Desarrollo: "orresponde una breve rese'a de la responsabilidad civil paracomprender el (mbito en )ue se *alla envuelta la responsabilidad contractual.La responsabilidad civil es a)uella )ue sure del incumplimiento de unaobliaci$n o de da'os producidos contra terceros, de manera intencional o

    involuntaria, y busca resarcir al damni+cado por los peruicios realizados *aciasu interidad personal o a sus bienes mediante una compensaci$n econ$micapor parte de la persona causante del da'o. La responsabilidad civil puede ser:

    "ontractual: la obliaci$n de reparaci$n sure tras el incumplimiento de

    una obliaci$n preexistente derivada de una relaci$n contractual entrelas partes.

    -xtracontractual: no *ay un vnculo de obliaci$n previo al da'o entre

    las partes, la obliaci$n entre ambas sure en el momento mismo en)ue se lleva a cabo el acto ilcito.

    #ealizada la explicaci$n, se procede a la comparaci$n en los c$dios. -n

    primera instancia, se tratar( la responsabilidad extracontractual en el "$dio%elezano:

    -n el Titulo %/// de la 0ecci$n 0eunda De los *ec*os y actos urdicos )ueproducen la ad)uisici$n, modi+caci$n, transferencia o extinci$n de los derec*osy obliaciones! en el Libro //: De los derec*os personales en las relacionesciviles! se tratan los actos ilcitos, los cuales son los principales nexosobliacionales de la relaci$n extracontractual. 0e1n el art. 2344 del "." seentiende como acto ilcito a a)uellos actos 5expresamente pro*ibido por lasleyes ordinarias, municipales o relamentos de polica!. Al ser concebido comofuente de obliaciones, este acto ilcito presenta caracteres )ue lo identi+can

    como voluntario, da'oso, atribuible a su autor por un factor de imputaci$nsubetiva 6dolo o culpa7 y )ue se puede demostrar un nexo causal adecuadocon el peruicio producido. -s posible distinuir entre los actos ilcitos dosespecies:

    Delitos: es el acto ilcito da'oso cometido con dolo 8art. 239;.

    "uasidelitos: acto ilcito da'oso cometido sin culpa 8art. 223

  • 7/23/2019 Trabajo Prctico de Derecho Romano Responsavilidad contractual y extracontractual

    2/4

    -l efecto urdico por los da'os realizados se encuentra plasmado en el art.23=> en el cual se reula la obliaci$n surida del peruicio causado,consistiendo el resarcimiento en la reposici$n de la cosa a su estado anterior o+(ndose la indemnizaci$n en dinero.

    -l da'o, se1n el art. 2349, es el re)uisito b(sico del ilcito punible sini+cando

    esto )ue para )ue la conducta sea sancionada no solo debe ser antiurdica8contraria al derec*o; sino tambi?n da'osa. -l art. 234= clasi+ca dos tipos deda'o:

    Directo: cuando recae sobre las cosas del dominio o posesi$n de un

    sueto, pueda decirse patrimonial!. /ndirecto: cuando recae sobre la persona misma, sus derec*os o sus

    facultades, pueda decirse extrapatrimonial o moral!.

    Pero el da'o no comprende solamente los peruicios, sino tambi?n la ananciadel damni+cado 8art. 234

  • 7/23/2019 Trabajo Prctico de Derecho Romano Responsavilidad contractual y extracontractual

    3/4

    -n cuanto a las acciones por la indemnizaci$n causada por los delitos, estas

    solo podr(n demandarse por acci$n civil independiente de la acci$n criminal

    8art. 23

  • 7/23/2019 Trabajo Prctico de Derecho Romano Responsavilidad contractual y extracontractual

    4/4

    obliaci$n o de una acci$n ilcita sin obliaci$n previa. A su vez mantiene el

    criterio de distinci$n entre damni+cado directo e indirecto.#especto del da'o,

    se mantiene la clasi+caci$n de patrimonial o extrapatrimonial, y se incorpora la

    p?rdida de c*ance, )ue *asta *oy no tena tratamiento leislativo.