Trabajo gladys-derecho sociedad anonima
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DERECHO EMPRESARIAL
SOCIEDAD ANONIMA
Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones.
Se caracteriza por pertenecer a sus accionistas, que deben ser al menos dos y cuya responsabilidad está limitada a los aportes realizados.
Nace para una finalidad determinada
Los accionistas no tienen derecho sobre los bienes adquiridos, pero si sobre el capital y utilidades de la misma.
PRINCIPALES RASGOS
Sociedad de Capitales
División de capital en títulos negociables
Responsabilidad Limitada
CARACTERISTICAS
•Personas jurídica, sujeto de derechos y obligaciones, con autonomía propia
•Su capital social está representado por acciones. •Sus accionistas pueden ser personas naturales o jurídicas.
•Solo se admiten aportes de bienes y derechos. No se aceptan aportes de servicios.
•Responsabilidad limitada.
ventajas Desventajas
La empresa se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios.
Requiere capital mínimo para su constitución
Acciones pueden adquirirse por transferencia o herencia.
Su constitución es costosa en relación a las otras formas de sociedad
* Le resulta relativamente fácil obtener crédito a largo plazo ofreciendo grandes activos como garantía.
Mayor cantidad relativa de trámites, procedimientos y requisitos que la ley establece
FORMACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA.
•Un mínimo de socios o accionistas, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos (en España se contemplan las sociedades "unipersonales")
•Un mínimo de capital social o suscripción de las acciones
•La escritura constitutiva de la sociedad anónima con ciertas menciones mínimas de este
CONSTITUCIÓN SIMULTÁNEA:
Bajo este procedimiento la fundación de la sociedad tiene lugar en un único acto en el que concurren todos los socios fundadores, poniendo de relieve su deseo de constituir una sociedad anónima.
FUNDACIÓN SUCESIVA:
La constitución de la sociedad se basa en diferentes etapas o fases, desde las primeras gestiones realizadas por los promotores, la suscripción inicial de las participaciones sociales por parte de las personas físicas o naturales.
CAPITAL SOCIAL DE S.A
El capital social constituye el valor fijado en dinero al conjunto de las aportaciones de bienes o dere chos susceptibles de valoración económica, aportaciones que pueden ser dinerarias o no dinerarias, pero apreciables en di nero, no admitiéndose en consecuencia el aporte de servicios.
PRINCIPIOS ORDENADORES DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA
LAS ACCIONES
Es el documento literal que emite la sociedad anónima, que reúne los requisitos legales. Es el documento que acredita la calidad y muestra los derechos del socio
CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES
Ordinarias o Comunes:
Son las que confieren iguales derechos a todos los socios.
Preferentes o Privilegiadas:
Son las que otorgan a sus titulares beneficios especiales de orden patrimonial o corporativo. (Socios Fundadores) tienen preferencia en la cuota de liquidación.
EMISIÓN DE ACCIONES
CLASIFICACION DE SOCIEDADES
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
Sociedad anónima cerrada (S.A.C), llamadas también familiares ,es una forma societaria apropiada para sociedades de pocos socios que se conocen entre si y con un capital de mediana o pequeña cuantía.
CARACTERÍSTICAS
Debe contar como máximo con veinte accionistas ,esto no implica que se vea
limitada su posibilidad de manejar grandes capitales
Es frecuente encontrar en este tipo de sociedades acuerdos estatutarios en
donde se limita la transferencia de las acciones
Se rigen por el principio democrático
Derecho de adquisición preferentes de los accionistas
SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA
La S.A.A se identifica con la gran sociedad anónima capital que recurre al capital de muchos a través del ahorro público; concebida como un mecanismo jurídico emisor de títulos negociables
CARACTERÍSTICAS
Sus acciones se
inscriben en
el registr
o public
o
Esta sujeta a
control de
la CONASEV
Requiere de grandes
capitales
ORGANOS SOCIETARIOS
1. Junta de accionistas.
Es el órgano que reúne a los socios y a través de sus deliberaciones y acuerdos se expresa la voluntad de los mismos.
Es un órgano soberano y de poder supremo de la sociedad,
Las Juntas Generales pueden ser:
Ordinarias
son aquellas que con carácter obligatorio deben reunirse en los seis primeros meses de cada año con el objetivo de someter a examen la gestión de la sociedad que han llevado a cabo los administradores; examinar y aprobar el balance y las cuentas del año concluido y decidir sobre la forma en que han de ser aplicados los resultados obtenidos.
Extraordinarias
Las juntas extraordinarias son las que no tienen predeterminada su celebración para una fecha específica
2. Directorio
•Integrado por personas naturales.
•Mínimo tres personas
Gerencia general
•Puede ser una persona jurídica
•En caso de haber varios gerentes debe indicarse cuál de ellos es el Gerente General.
GRACIAS…