Tocopilla y la Secretaría Ministerial de Vivienda y...

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UNIDAD JURÍDICA Secretarla Regional Ministerial Vivienda y Urbanismo Regí. n de Antofagasta Aprueba Convenio de Implementaclón, suscrito entre la I. Municipalidad de Tocopilla y la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta. RESOLUCIÓN EXENTA 5 8 7 / ANTOFAGASTA, VISTOS: El D.S N°14 (V y U), de 2007 que reglamenta el Programa de Recuperación de Barrios; Resolución Exenta N°329, de fecha 11 de Junio de 2014, mediante la cual se seleccionó el Barrio Alto Sur de Tocopilla para la ejecución del programa barrios; el Convenio de Implementación Fase I del Programa Quiero Mi Barrio, suscrito entre la I. Municipalidad de Tocopilla y esta Secretaría Ministerial, con fecha 5 de Septiembre de 2014; el Decreto Exento N°1723, de fecha 17 de Septiembre de 2014, mediante el cual la I. Municipalidad de Tocopilla aprueba el convenio referido; la Resolución N°1600, de 2008 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; las facultades que me confiere el Decreto Supremo N°397 (V y U) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, y demás normas que resulten pertinentes; y mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, subrogante, conferida por Decreto N°1132 (V y U), de 2012. CONSIDERANDO: La finalidad del Programa Quiero Mi Barrio, en orden a contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de barrios que presenten problemas de deterioro urbano, segregación y vulnerabilidad social, para lo cual se ha suscrito el convenio singularizado en los vistos de la presente Resolución, el cual permitirá efectuar las acciones necesarias tendientes al mejoramiento del barrio seleccionado.

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UNIDAD JURÍDICASecretarla Regional Ministerial Vivienda y UrbanismoRegí. n de Antofagasta

Aprueba Convenio de Implementaclón,suscrito entre la I. Municipalidad deTocopilla y la Secretaría Ministerial deVivienda y Urbanismo Región deAntofagasta.

RESOLUCIÓN EXENTA N° 5 8 7 /

ANTOFAGASTA,

V I S T O S :

El D.S N°14 (V y U), de 2007 que reglamenta el Programa deRecuperación de Barrios; Resolución Exenta N°329, de fecha 11 deJunio de 2014, mediante la cual se seleccionó el Barrio Alto Sur deTocopilla para la ejecución del programa barrios; el Convenio deImplementación Fase I del Programa Quiero Mi Barrio, suscritoentre la I. Municipalidad de Tocopilla y esta Secretaría Ministerial,con fecha 5 de Septiembre de 2014; el Decreto Exento N°1723, defecha 17 de Septiembre de 2014, mediante el cual la I.Municipalidad de Tocopilla aprueba el convenio referido; laResolución N°1600, de 2008 de la Contraloría General de laRepública que fija normas sobre exención del trámite de toma derazón; las facultades que me confiere el Decreto Supremo N°397 (Vy U) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministerialesde Vivienda y Urbanismo, y demás normas que resultenpertinentes; y mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda yUrbanismo de la Región de Antofagasta, subrogante, conferida porDecreto N°1132 (V y U), de 2012.

C O N S I D E R A N D O :

La finalidad del Programa Quiero Mi Barrio, en orden a contribuir almejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de barrios quepresenten problemas de deterioro urbano, segregación yvulnerabilidad social, para lo cual se ha suscrito el conveniosingularizado en los vistos de la presente Resolución, el cualpermitirá efectuar las acciones necesarias tendientes almejoramiento del barrio seleccionado.

R E S U E L V O :

APRUÉBESE el Convenio de Implementación Fase I del ProgramaQuiero Mi Barrio, suscrito entre la I. Municipalidad de Tocopilla y estaSecretaría Ministerial, con fecha 5 de Septiembre de 2014 , en lostérminos siguientes:

En Antofagasta, a 05 días del mes de Septiembre de 2014, entre laSecretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Regiónde Antofagasta RUT 61.801.000-7, representado según se acreditarápor su Secretario Regional Ministerial, don Mauricio Zamorano Muñoz,en adelante el SEREMI, domiciliado para estos efectos en AvenidaAngarrios #721, comuna de Antofagasta, y la Municipalidad deTocopilla, en adelante el Municipio, RUT N° 69.020.100-3representado por su Alcalde don Fernando San Román Bascuñán,chileno, domiciliado, para estos efectos en Aníbal Pinto número 1305comuna de Tocopilla, se ha convenido lo siguiente:

PRIMERO: Teniendo presente que el Programa de Recuperación deBarrios regulado por el D.S. N° 14 de (V. y U.) de 2007, impulsadopor el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en adelante, el "Programa",tiene por objeto contribuir al mejoramiento de la calidad de vida delos habitantes de barrios que presentan problemas de deteriorourbano, segregación y vulnerabilidad social, a través de un procesoparticipativo de recuperación de los espacios públicos y de losentornos urbanos de ¡as familias.Para el logro de sus fines, el Programa contempla la realización dedistintas gestiones, tanto a nivel de obras urbanas como de gestiónsocial, a cuyo financíamiento concurrirá el Ministerio de Vivienda yUrbanismo, directamente o a través de los Servicios de Vivienda yUrbanización, con cargo al presupuesto vigente, asimismo, podránconcurrir con aportes adicionales el Gobierno Regional, los Municipiosu otros servicios públicos, personas naturales y entidades privadas,tales como organizaciones comunitarias, sociedades, corporaciones ofundaciones de ayuda a la comunidad.

SEGUNDO: Por Resolución Exenta N° 329 de fecha 11 de Junio 2014,se ha seleccionado en la comuna de Tocopilla, el siguiente barrio parala ejecución del Programa de Recuperación de Barrios:

PoUcono de Intervendon del ProframiPJE. PEYEHUE / BORDE CERRO

PJE. SAN PABLO / PJE. TACORA

TERCERO: Para el cumplimiento de lo señalado en la cláusulaanterior, con fecha 23 de Julio 2014 se suscribió un Convenio deCooperación entre la SEREMI MINVU Antofagasta y la MunicipalidadTocopilla, aprobado por Resolución N° 492 de fecha 19 de Agosto de2014, donde el Municipio se comprometió, en su calidad de socioestratégico, a implementar el Programa de Recuperación de Barrios.

CUARTO: En el marco del Convenio de Cooperación singularizadoprecedentemente, las partes suscriben el presente instrumento, envirtud del cual la Municipalidad se obliga a implementar y desarrollarla Fase I, del Programa de Recuperación de Barrios, denominada"Elaboración del Contrato de Barrio.", que busca crear relaciones deconfianza e iniciar el trabajo conjunto con los vecinos en pos delmejoramiento del barrio. Es el proceso de construcción del plan dedesarrollo del barrio con los vecinos, como Plan Integral o Maestro, enque se proponen las obras físicas e iniciativas sociales a realizarmediante instancias técnicas y de autodiagnósticos, conforme almodelo operativo establecido por el Programa.

QUINTO: El presente Convenio tendrá una vigencia de 08 meses, laque se iniciará el día hábil siguiente a la fecha de total tramitación delacto administrativo que lo apruebe.

SEXTO: Las modificaciones al presente convenio, requerirán elconsentimiento de ambas partes suscribientes, tramitándose bajo lasmismas formalidades a las cuales se sometió la presente convención.

SÉPTIMO: Para la Implementación del Programa singularizado en lacláusula Primero, la Municipalidad deberá habilitar una oficinaexclusiva en el barrio dentro de los primeros 30 días de vigencia delpresente convenio, designar una contraparte técnica para la gestióndel programa en el Barrio, Integrar una Mesa Técnica Comunal ycontratar a lo menos 2 profesionales con experiencia deseable de a lomenos 3 años en el área social y urbana según corresponda los cualesdeberán tener dedicación exclusiva al Programa. Asimismo, deberádesarrollar los siguientes productos:

PRODUCTO SubproductosEstudio Técnico de Base(Pauta MINVU)

1.1

1.2

Corresponde a un informe técnico de la situacióninicial del barrio, desde el punto de vista físico comosocial, elaborado por el equipo de barrio, a partir delExpediente de Postulación, más la recopilación,sistematización y análisis de información de diversasfuentes de nivel nacional, regional, comunal y local.

Resultados Encuesta de caracterización, percepción ysatisfacción de los vecinos (aplicación y digitación ensistema MINVU).Constituyen una herramienta que permite obtener lavisión de los vecinos sobre su barrio, para construiruna línea base de éste, rescatando elementos de lapercepción subjetiva vecinal relativos a la valoraciónde la vida barrial y a la satisfacción experimentadarespecto de variables que inciden significativamentesobre la calidad de vida. La encuesta se encuentradisponible en plataformawww.recuperaciondebarrios.cl.

Autodiagnósticos con los vecinos(Pauta MINVU)

2.1

2.2

Informe con resultados de talleres de autodiagnósticosegmentados por grupos etarios, género yorganizaciones del barrio. Los talleres, corresponden auna técnica de trabajo del SIME, que recogeinformación de aquellos aspectos de mayorsubjetividad que tienen los distintos grupos y actoressobre su barrio; el presente subproducto podrá tenerel carácter de opcional previa autorización por escritode la SERfMI MINVU en que se expresenjustificadamente las razones por las cuales no sedesarrollaría.

Resultados recorridos barriales realizados con vecinospor grupos etarios y género abarcando todo elpolígono de barrio.Los recorridos, consisten en recorridos al interior delbarrio realizados por grupos representativos de supoblación; corresponde a una herramienta quecontribuye a construir el diagnóstico desde los vecinosy vecinas a partir de los tres ejes transversales.

Diagnóstico compartido(Pauta MINVU)

3.1 Informe que consolida resultados diagnósticos de losproductos anteriores (1 y 2), con la finalidad deestablecer un estado situación del barrio para avanzarhacia el plan integral o Plan Maestro de Recuperaciónde Barrio.Es un documento donde se integra la visión técnica y lavisión vecinal. Identifica los modos de habitar, los queevidencian la vivencia y convivencia de vecinos, quedetermina identidades, relaciones y acciones de usos,prácticas cotidianas, recorridos y permanencias entorno al espacio público y a los equipamientos del

Hito inaugural{Pauta MINVU)

a.]ba rr i o. _____^__Ceremonia diseñada con el fin de motivare informar alos vecinos y actores del barrio, incluye registro gráficoy audiovisual.

Obra de confianza 5.1 Identificación y validación de obra de confianzaentendida como un proyecto que atiende un temasensible para los vecinos del barrio, debe iniciar suejecución.

Perfiles de proyectos de las obrasfísicas(Pauta MINVU)

6.1

6.2

Los perfiles de proyectos, son el primer ejercicio deaproximación a cada una de las obras del Plan Maestrode Recuperación de Barrios, las que luego seránpriorizadas por los vecinos en el Contrato de Barrio.Los proyectos de agenda futura sólo deben quedarenunciados o identificados en esta etapa. Se incluye eldiseño de proyectos y preparación de bases delicitación de algunas obras. Estas deben definir laforma de participación vecinal durante la ejecución delas obras (por ejemplo visitas del CVD o vecinos almenos en el 40%,70% y 100% de avance de obras),maqueta, folleto u otro medio gráfico que identifiquelos proyectos, para facilitar la visualización de la obra yprogramación por parte de los vecinos.

Apoyo al acto de inicio de ejecución de la obra:primera piedra. Coordinar inauguración de la obra^^rtrtí-ííti if-lf\r\i W AS»! ni I Hü Ploc ^rrf\llf\o Vecinal

constituido(Pauta MINVU)

de Desarrollo 7.1

7.2

Constitución del Consejo Vecinal de Desarrollo conPersonalidad Jurídica de acuerdo a la Ley N'19.418,incluye informe de estrategia de conformación yfuncionamiento del Consejo Vecinal de Desarrollo,Informe Plan de Trabajo propuesto para Fase II delPrograma, en el marco del Plan Integral o Maestro,actividades de fortalecimiento comunitario y aquellasque convoquen a los vecinos a participar en el diseñode las obras, acciones relacionadas con el uso ymantención del espacio público, promoción deacciones vinculadas a seguridad, cuidado ambiental eidentidad. Se espera que la conformación del CVDfortalezca el tejido social del barrio, integrando por unlado, a cada uno de los líderes locales sin generarcompetencia entre las distintas organizacionesexistentes, y por otro, aportando a los procesos deactivación y desarrollo comunitario sostenible yautónomo

Desarrollo de Estrategia Comunicacional asociado a laconformación del CVD, obra de confianza y contratode barrio y programación de actividades.

Contrato de Barrio, elaborado ysuscrito(Pauta MINVU)

8.1 El Contrato de Barrio es una herramientametodológica suscrita por el Consejo Vecinal deDesarrollo en representación de los vecinos del barrio,el Secretario Regional Ministerial de Vivienda yUrbanismo (SEREMI) y el Alcalde respectivo, donde semanifieste el compromiso entre el Estado y los vecinospara el mejoramiento de su barrio, que serásancionado por la SEREMI correspondiente, garantizala ejecución del Plan de Gestión de Obras y del Plan deGestión Social, los que junto a la EstrategiaComunicacional responden a una visión estratégica delbarrio en su conjunto. Se materializa en un documentoque señala los proyectos del PGO, las orientaciones delPGS, los compromisos condicionantes (derechos ydeberes) y un marco presupuestario para el barrio.

Corresponde al desarrollo de una estrategia territorialpara socializar Plan Integral o Maestro deRecuperación del Barrio, con el fin de que los vecinosse informen, deliberen y prioricen las obras delPrograma, incluye organización de proceso masivo depriorización vecinal de obras, folleto de difusión delContrato de Barrio y ceremonia de Firma de Contratode Barrio.

Informe final de la fase(Pauta MINVU)

9.1

9.2

Informe Plan Integral o Plan Maestro de Recuperacióndel Barrio, que contenga el Plan de Gestión de Obras,Plan de Gestión Social y una Gestión Multisectorial,respaldados por una Estrategia Comunicacional,asociado a una carta Gantt, plano, memoria, imagen yobjetivo.

Anexo de recopilación de documentación escrita,audiovisual y/o gráfica de la fase: registro deactividades, actas de acuerdo respalden definiciones odecisiones claves durante el proceso

Los contenidos de cada uno de estos productos están detallados en losDocumentos de Trabajo Fase I, que la SEREMI entregará y seentenderá formar parte integrante del presente convenio.Asimismo, durante la ejecución de esta fase, se deberá planificar lagestión para la incorporación de privados en la ejecución del programay la gestión multisectorial de la Agenda Futura para atender lasmaterias que excedan la intervención del Programa: La SEREMI será laencargada de formalizar los acuerdos obtenidos con otros sectores anivel regional, en base a la demanda de problemáticas y/o proyectosdetectados en el Barrio. El Municipio será el encargado de coordinar enterreno los acuerdos obtenidos con otros sectores a nivel local y/ocomunal.

OCTAVO: Para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por elMunicipio en virtud de este convenio, la SEREMI transferirá en el año2014 el Monto Total Fase I equivalente a $ 25.892.075.- (Veinticincomillones ochocientos noventa y dos mil setenta y cinco pesos)

Modalidad dePago

Transferencia

Porcentaje

100%

Monto $

$ 25.892.075

Productos Asociados

ETB

Autodiagnóstico con los vecinosDiagnóstico compartidoHito inauguralObra de ConfianzaPerfiles de proyectos obras físicasCVD constituidoCB elaborado y suscrito

Fecha Pago

Convenio totalmentetramitado

*Co6e señalar que de este monto se pagarán los sueldos de los profesionales contratados para la ejecuciónde la Fase I, por tanto, se deben resguardar dichas remuneraciones.

El monto transferido deberá ser destinado a ejecutar los productos dela Fase I, de acuerdo a los plazos que establecen los Documentos deTrabajo FASE I.El monto total del convenio incluye todos los gastos inherentes aldesarrollo de la Fase I del Programa, e incluye impuestos, materiales,insumos, y todos los elementos necesarios para el mismo, nopudiendo solicitar recursos adicionales para su cumplimiento eimplementación.

El monto total del convenio incluye a lo menos los siguientes gastosinherentes:> La contratación de al menos 2 profesionales para integrar el

Equipo de Barrio.> Habilitación y mantención mensual de la oficina barrial en el

barrio.> La habilitación de la oficina barrial, incluye equipamiento y

mobiliario para los profesionales del equipo de barrio, mesa dereuniones con sillas respectivas, computadores, proyector,impresora, cámara de fotos, grabadoras de audio, disco externo,estanterías, estufa, materiales de oficina y un letrero identificativode la oficina.

> El diseño e impresión de todo el material gráfico requerido a lolargo de la Fase I (ej.: folletos, gigantografías, afiches).

> El registro audiovisual y producción de un video documental de lasactividades de la Fase I.

> Los insumos básicos para la dinamización de todas las reuniones ytalleres que se realicen en el barrio (ej.: plumones, cartulinas,cinta adhesiva).

> La producción completa de todos los eventos comunitarios quedeben realizarse en el barrio durante la Fase I del Programa (ej.:hito inaugural, constitución del CVD, firma Contrato de Barrio).

Para efectos de la administración de los fondos que serántransferidos, la Municipalidad se obliga a utilizar el Procedimiento deTransferencias y Rendición de Cuentas, instruido por Ordinario N°1426/2006, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, adjunto alpresente Convenio y que forma parte del mismo; las normas deprocedimiento sobre rendición de cuentas dictadas por la ContraloríaGeneral de la República mediante Resolución Exenta N° 759, de 2003y las demás normas aplicables.

NOVENO: Para el evento que la Municipalidad asuma la ejecución dealguna o todas las obras físicas consideradas en el Plan de Gestión deObras del Contrato de Barrio, ya sea directamente o por licitación, sesuscribirá entre las partes el correspondiente Convenio de Ejecuciónde Obras que las detalle y regule.

DÉCIMO: La conformación y calidad del Equipo de Barrio definido porel Municipio es una condición esencial del Convenio, en consecuencia,la SEREMI tendrá la facultad extraordinaria de visar la constitución delequipo además de exigir el cambio de integrantes del equipo detrabajo en caso de deficiencias en el desarrollo de las labores. Paraesto último dirigirá una comunicación fundada solicitando el cambio,la que establecerá el plazo durante el cual deberá realizarse lasustitución de uno o más miembros del equipo de trabajo. Paraefectuar este cambio el Municipio deberá proponer reemplazantes quetengan méritos similares o superiores al profesional o a losprofesionales cuya sustitución se solicita.Si durante la ejecución del Programa, alguno de los integrantes delEquipo de Barrio tuviera impedimentos fundados para entregar elaporte ofrecido en su especialidad, el Municipio podrá proponer sureemplazo por otro de igual nivet o superior, que cumpla con losrequisitos exigidos, previa aceptación por escrito de la ContraparteTécnica del Programa.El equipo de profesionales deberá ser presentado por el Municipio a laSEREMI, acompañando los siguientes antecedentes:Curriculum Vitae de cada uno de los profesionales propuestos para elequipo, que den cuenta de experiencia en el área intervención social;experiencia en el manejo de metodologías participativas; certificadosde título original o debidamente autorizado ante notario.Una vez definido el Equipo de Barrio y validado éste por el SecretarioTécnico del Programa y la SEREMI de V. y U., deberán participar delas inducciones, capacitaciones y reuniones planificadas por elMinisterio de Vivienda y Urbanismo.

UNDÉCIMO: La coordinación y supervisión de la ejecución delPrograma en el barrio por parte de la SEREMI, estará a cargo delSecretario Técnico del Programa, a quien corresponderán lassiguientes funciones:

Respecto a implementación territorial:> Revisar y controlar el avance de la ejecución del Programa en

cualquier momento, formulando las observaciones que procedan.> Evaluar periódicamente el desempeño de los profesionales de los

Equipos de Barrio.> Programar, convocar, coordinar y sistematizar, como Secretario

Técnico de la Mesa Técnica correspondiente, las reunionesperiódicas requeridas para el desarrollo del programa.

> Realizar seguimiento ai cumplimiento de los acuerdos tomados enlas Mesas Técnicas y con las contrapartes técnicas municipales.

> Informar de los requerimientos locales de recursoscomplementarios sectoriales o multisectoriales a la SEREMI, ysistematizar la operación de las actividades que se concreten eneste marco en los barrios.

> Mantener la documentación que se genere en el proceso deejecución del proyecto en el barrio.

Respecto a asistencia técnica:> Velar por el adecuado cumplimiento del Proyecto Integral de

Recuperación de Barrio.> Prestar asistencia técnica a los equipos de barrio.> Aprobar, rechazar o condicionar los informes y entregas parciales y

finales que presenten los Equipos de Barrio.

Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI podrá proponer ajustes en laprogramación de actividades, en función de necesidades sectoriales.

DUODÉCIMO: El Municipio deberá entregar, mediante informes, elreporte del cumplimiento de los productos a través de la entrega deverificadores de productos, debiendo ser presentados en la oficina departes de la SEREMI Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la Regiónde Antofagasta, en dos copias en soporte papel y dos en soportedigital, acompañados de una carta dirigida al Secretario RegionalMinisterial MINVU Antofagasta, explicitando el detalle de lo que seentrega.El Municipio deberá entregar un total de 5 informes, según se detallaen la tabla siguiente:

INFORME

Informe DiagnósticoCompartido

Informe Obra deConfianza

Informe perfiles deproyectos

Carpeta de 1 proyecto delContrato de Barrio

Informe Final

Contenidos Informe

- Verificador de cumplimiento subproductos 1.2; 1.2; 2.1; 2.2; 4.1- Verificador de cumplimiento producto Diagnóstico compartido (3.1)

- Verificador de cumplimiento subproducto 5.1

- Verificador de cumplimiento producto 6.1 (Perfiles de proyectos obrasContrato de Barrio)

del

- Verificador de cumplimiento subproducto 7.1; 7.2- Verificador de cumplimiento subproducto 8.1

- Verificador de cumplimiento producto Informe Final de la Fase 1(Subproductos 9.1; 9.2)

El Municipio y la SEREMI acordarán las fechas de entrega de losinformes dentro de los primeros 10 días de la entrada en vigencia delpresente convenio, firmando un documento de acuerdos operativos.La revisión y aprobación de cada uno de ios Productos singularizadosen el presente instrumento, estará a cargo del Secretario Técnico delPrograma, o quien este designe el que tendrá un plazo máximo de 10días hábiles para revisar, aprobar o efectuar observaciones a losinformes de los productos entregados por el Municipio.En caso de existir observaciones, el Municipio tendrá un plazo máximode 10 días hábiles para subsanarlas.

Cualquier modificación de plazos que requiera el Municipio deberá serdebidamente fundada y deberá ser solicitada por éste antes delvencimiento del respectivo plazo. Será facultad del SEREMI laaceptación o rechazo de esta solicitud, la cual se formalizará mediantela dictación de la Resolución respectiva.

DÉCIMO TERCERO: El Equipo Regional del Programa deberá asesorarla realización del Proyecto Integral o Maestro de Recuperación deBarrio, así mismo será la Mesa Técnica Regional o Nacional delPrograma la que deberá revisar y aprobar los proyectos para suposterior financiamiento y ejecución.

DECIMOCUARTO: Se podrá poner término anticipado al presenteConvenio, en las siguientes situaciones:

a) Por incumplimiento grave de las obligaciones impuestas en elConvenio: La SEREMI podrá por Resolución Fundada, poner términoanticipado al Convenio. Dicha resolución se notificará con diez díascorridos de anticipación a la fecha de dicho término, mediante cartacertificada enviada al domicilio del Municipio que conste en elConvenio.

b) Por razones de necesidad o conveniencia: La SEREMI podrá ponertérmino, por medio de acto fundado, en forma anticipada yunilateralmente al Convenio, en cualquier tiempo y por razones denecesidad o conveniencia, dando aviso al Municipio mediante envío decarta certificada al domicilio que conste en el Convenio con, a lomenos, diez días corridos de anticipación a la fecha en que dichotérmino haya de producir sus efectos, sin que éste tenga derecho aindemnización alguna.

En los casos de término anticipado, descritos en los acápites anteriores,la Municipalidad devolverá los montos no utilizados, descontando, siprocede, el monto correspondiente a las prestaciones efectivamenterealizadas y debidamente terminadas, las cuales justificará medianteestado de pago emitido al efecto, el cual será previamente visado porla SEREMI.

DECIMOQUINTO: En las reproducciones que la SEREMI efectúe delmaterial referido a la ejecución del Programa, se indicará el nombre delMunicipio, quien cede en este acto a la SEREMI sus derechos comoautor de los productos que resulten. Si el Municipio quisiera reproducirtotal o parcialmente estos productos, deberá previamente solicitarautorización expresa de la SEREMI.

DECIMOSEXTO: Todo el material que la SEREMI entregue alMunicipio con motivo del presente Convenio es de exclusiva propiedadde! primero y su divulgación por cualquier medio, de la totalidad oparte de ella, sea durante la vigencia del Convenio o después de sufinalización, dará lugar a la SEREMI a entablar las acciones judicialesque correspondan. El Municipio se obliga a que los integrantes de suEquipo de Barrio y/o sus contratistas guarden el debido celo en elmantenimiento de la confidencialidad respecto de estas materias, porotra parte, tendrán las siguientes obligaciones:

> No podrán comercializarlo o usarlo con propósitos distintos a losobjetivos del Programa de Recuperación de Barrios,

> El material financiado con fondos SEREMI deberá tener el logo deesta última y el del Programa Quiero mi Barrio, en un lugar visibley en tamaño adecuado.

> Todo ei material financiado con fondos SEREMI deberá serpreviamente visado por la Unidad de Comunicaciones de estaSecretaría Regional Ministerial,

La SEREMI podrá poner término anticipado al Convenio, en caso deincumplimiento de las obligaciones expresadas en esta cláusula,conforme lo dispuesto en la letra a) de la cláusula decimocuarta delpresente Convenio,Asimismo, el Municipio deberá velar por la transmisión del mensaje ylos objetivos del Programa a los vecinos, de acuerdo al discursopúblico entregado por parte de la SEREMI; por el cumplimiento demínimos en términos de imagen institucional, como por ejemplopiezas gráficas alusivas al programa, presencia de logotiposinstitucionales en invitaciones, en los eventos programados, comotambién en el diseño de los mismos, los cuales serán descritos en elManuela de Piezas Gráficas que serán entregados por parte de laSEREMI.El Programa proveerá de artículos comunicacionales mínimos. Elmanejo comunicacional de medios se realizará desde la SEREMI o laSecretaría Ejecutiva de Desarrollo de Barrios del Ministerio deVivienda y Urbanismo.

DECIMOSÉPTIMO: Para todos los efectos derivados del presenteConvenio las partes fijan su domicilio en la comuna de Antofagasta, yse someten a la jurisdicción y competencia de sus tribunalesordinarios de justicia.

DÉCIMOOCTAVO: El presente Convenio se suscribe ad-referéndum,sujeto en su validez a la total tramitación del acto administrativo quelo apruebe, extendiéndose en cuatro ejemplares originales, deidéntico tenor y fecha, quedando dos en poder de cada parte.

DECIMONOVENO: La personería de don Mauricio Zamorano Muñoz,como Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, constadel Decreto Supremo N°47, (V. y U.), de fecha 28 de Marzo de 2014;y la de Don Fernando San Román Bascuñanpara comparecer en representación del Municipio de Tocopilla constaen Acta de Proclamación de Alcalde de fecha 06 de diciembre de2012, emitida por el Tribunal Electoral Regional de Antofagasta.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE

ÜDOTOARRXENTOSquitecto

¡o Ministerial de Vivienda y UrbanismoRegión de Antofagasta (s)

JGGB. AVf. avfU. JURÍDICA \:1. Unidad Administrativa.2. Sr. Alcalde I. Municipalidad de Tocopilla,3. Programa Quiero Mi Barrio Seremi4. Unidad Jurídica Seremi.