Titulo Supletorio Maria Fide Tuc
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CIUDADANO (A):
JUEZ (A) DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMA
SOLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
SU DESPACHO.-
Yo, MARIA FIDELINA PEREZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la
Cédula de Identidad Nº V.- 12.284.011, y de este domicilio, debidamente asistida
por el Abogado en ejercicio HECTOR E. PEREZ R., Venezolano, mayor de edad,
titular de la Cédula de identidad Nº V.- 12.367.054, e inscrito en el Inpreabogado
bajo el Nº 135.525, y de este domicilio, ante Usted con el debido respeto
comparecemos ante su despacho, con el objeto de exponer y solicitarle: En una
extensión de Terreno Ejido, que mide CIENTO VEINTE Y UN METROS CUADRADOS
(121,00 Mts2), el cual le pertenece al Municipio José L. Silva, del Estado Falcón, y
que ha sido poseído en forma continua, pacífica, pública, no interrumpida,
ubicado en el Sector El Trampolín de la Población de Boca de Aroa, Municipio
Autónomo Silva del estado Falcón, y comprendido dentro de los siguientes
linderos y medidas: NORTE: En once metros (11,00 Mts) con casa de Familia
Pantoja. SUR: En once (11,00 Mts) con calle transversal El Trampolín ESTE: En
once metros (11,00 Mts) con casa de Xiomara Suárez; OESTE: En once metros (11
Mts) con terreno de María Villegas. En el referido terreno ejido construí a mis
propias y únicas expensas unas bienhechurías consistentes en una casa de
habitación, cuya estructura es de concreto, paredes de bloques frisada, pintada,
pisos de cerámicas, techo machihembrado, con tuberías destinadas al
aprovisionamiento de aguas blancas, y aguas negras, puertas de madera,
ventanas de aluminio; y distribuidas de la siguiente manera: Dos (02)
habitaciones, Un (01) baño, sala-comedor, una (01) cocina. En dicha construcción
he invertido la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00). Ahora
bien, ciudadano (a) Juez (a), es el caso que respecto a la construcción realizada
en el terreno antes mencionado, no poseo documento alguno que me acredite tal
inversión y propiedad sobre las referidas bienhechurías; por lo que acudo ante su
competente autoridad, de conformidad con el Articulo 937 del Código de
Procedimiento Civil Vigente, a los fines de que declare TITULO SUPLETORIO
suficiente a mi favor de propiedad sobre las bienhechurías, que hace referencia
este documento. A tales fines ruego a usted, previa las formalidades legales, se
sirva tomar la declaración de los testigos que oportunamente presentare ante su
despacho, para que bajo juramento declaren a tenor de los siguientes
Particulares: PRIMERO: Si me conocen amplia y suficientemente de vista, trato y
comunicación desde hace varios años. SEGUNDO: Si por el conocimiento que
aseveran tener, según el particular anterior, saben y les consta que en el terreno
antes deslindado construí a mis propias y únicas expensas con el dinero de mi
propio peculio, las mencionadas bienhechurías donde he invertido tanto en
materiales constructivos como en mano de obra, la mencionada cantidad de
CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00). TERCERO: Si saben y les consta por el
conocimiento de los particulares anteriores, que desde su construcción he venido
poseyendo tanto las citadas bienhechurías como el nombrado terreno y demás
bienes en forma pacifica, pública, sin interrupción y con ánimo de dueño.
Evacuadas como sean estas diligencias ruego al ciudadano (a) Juez (a), se sirva
declarar las presentes actuaciones y a la vez solicito devolverme las originales con
sus resultas para su debida protocolización ante la competente Oficina
Inmobiliaria de Registro, de esta ciudad. Es justicia en Tucacas a la fecha de su
presentación.