¿Terrorismo o Rebelión? - Propuestas de regulación del conflicto armado

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    Primera EdicinBogot, D.C., diciembre de 2001

    DERECHOS RESERVADOS Corporacin Colectivo de Abogados Jos Alvear Restrepocalle 16 N 6 - 66, oficina 2506e-mail: [email protected]

    Diseo de la PortadaCon fotografas aportadas por Voz, Compaz,Nueva Cultura Democrtica yCorporacin Colectivo de Abogados Jos Alvear Restrepo

    Armada electrnica y preparacin digitalElograf Ltda.

    ISBN: 958-95260-2-0

    Impreso y TerminadoPanamericana Formas e Impresos S.A.

    IMPRESO EN COLOMBIAPRINTED IN COLOMBIA

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    A todas las mujeres y hombresque han ofrendado su vida o su libertad

    por una sociedad en la cual los derechos de los pueblossean una realidad

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    AGRADECIMIENTOS

    A los prisioneros de guerra, a los presos polticos y perseguidos por haber asistido a los diferentestalleres, por sus entrevistas y aportes en la regulacin del conflicto armado.

    A los miembros de las diferentes organizaciones sociales por sus entrevistas, participacin en lasactividades y aportes en este trabajo investigativo.

    A los funcionarios pblicos que posibilitaron el acceso a diferentes expedientes para obtener lainformacin de los procesos y ver la forma como stos se han tramitado.

    A quienes trabajaron tanto en las actividades desarrolladas como en la investigacin.

    A los luchadores populares que con su labor annima han permitido que este trabajo se puedarealizar.

    A Brodeling Deleng -de Blgica- por haber hecho posible esta publicacin.

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    Introduccin

    Esta obra es fruto del esfuerzo de mltiples manos y pensamientos. En su construccin colaboraronmujeres y hombres de sectores populares, campesinos, obreros, estudiantiles e indgenas; poblacincarcelaria; vctimas de la represin poltica e intelectuales sensibles y comprometidos, quienes consu participacin en seminarios y talleres, y desde sus espacios naturales de expresin y lucha,

    aportaron su granito de arena para hacer de estas pginas, no un gran tratado, pero s una opininy una expresin sentida y querida; no una erudita, impenetrable y rigurosa enciclopedia, sino untestimonio vivo, sencillo, accesible y diciente.

    Rebeldes o terroristas? Este texto aborda algunos elementos que tienen que ver con la raz delconflicto armado en Colombia y la manera como el mismo se desarrolla, aspectos que nos acercano nos alejan de las posibilidades de encontrar caminos estables hacia la paz. No hay grandespretensiones tericas en el tratamiento de la problemtica, pero intentamos aportar, desde nuestraprctica y compromiso con la vida, algunos reconocimientos desde dos enfoques fundamentales: elprimero, ligado a la presentacin de la naturaleza del surgimiento y desarrollo de los movimientosinsurgentes armados, su tratamiento punitivo y su reconocimiento poltico.

    El segundo, desde las formas crudas de una guerra irregular en la que se transita de una guerra de

    guerrillas a una guerra para defender territorios conquistados, y en la cual los rebeldes, consolidadoscomo ejrcito popular o con dicha aspiracin, dejan de ser un simple problema de orden pblico paraconvertirse en un poder con perspectivas nacionales o con fuertes raigambres regionales y, en esteaspecto, los mtodos de hacer la guerra cuentan no slo sobre su legitimidad, sino sobre la del propioEstado que ha sido cuestionado desde la raz del conflicto. Es aqu donde el Derecho InternacionalHumanitario (DIH) desempea un papel importante para evitar la degradacin de la guerra.

    Reconocer que hay causas polticas, sociales, culturales y econmicas que explican el conflictoarmado desde su origen y desarrollo, y que enfrentan a la insurgencia con un rgimen excluyente ysectario, tiene que ser el punto de partida para cualquier proceso de negociacin que haga viable latransformacin del pas. Muchas han sido las voces desde el establecimiento -y decimosestablecimiento desde el sentido ingls del trmino: poder econmico, poltico, militar y religioso alos cuales habra que agregar el meditico como forma de control social que ejercen las lites en su

    propio beneficio- que no han querido reconocer en el rebelde a un interlocutor poltico, sino que,asumindolo como bandido y ahora como terrorista, han pretendido y pretenden su aniquilamiento.

    En los aos sesenta, con el triunfo de la Revolucin Cubana y el auge de la guerra fra, la polticaexterior norteamericana estuvo orientada a impedir o enfrentar el desarrollo de procesosrevolucionarios, progresistas o reformistas. Colombia no fue la excepcin y, en provecho de talescenario, las lites colombianas pidieron los favores norteamericanos para ahogar en sangre losincipientes movimientos de campesinos colonizadores que desarrollaban formas autrquicas deproduccin y defensa, en regiones como Marquetalia, el Pato, Guayabero y Riochiquito, entre otras.

    Entonces el Plan Colombia o la Iniciativa Regional Andina tomaban los nombres de Alianza para elProgreso o Plan Laso: la zanahoria y el garrote. Se puso fin a las llamadas repblicas independientesy, lo que tendra que haberse resuelto por la va del dilogo, la concertacin y las reformas, fue lo

    que aliment por medio de la represin la creacin del grupo guerrillero ms grande del pas.

    Hoy en da, a raz de los atentados del 11 de septiembre de 2001 contra las Torres Gemelas enNueva York y contra el Pentgono en Washington, las lites colombianas, ante la anunciada AlianzaMundial contra el Terrorismo, ven una nueva oportunidad para que los Estados Unidos se decidan avencer a los movimientos insurgentes armados en Colombia, alentados por las palabras de FrancisX. Taylor, Coordinador de Antiterrorismo del Departamento de Estado, quien declar, en octubre de2001 ante la Comisin de Relaciones Internacionales de la Cmara de Representantes, que hoy el

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    grupo terrorista internacional ms peligroso basado en este hemisferio son las Fuerzas ArmadasRevolucionarias de Colombia, FARC.

    Entretanto, en Colombia se aprob una nueva reedicin de la Doctrina de la Seguridad Nacional,que dio lugar a tantos crmenes contra la humanidad en este continente, a travs de la ley 684 de2001. Se pone as en marcha un nuevo Estatuto Antiterrorista. En adelante, las acciones de los

    grupos insurgentes sern sealadas inequvocamente como acciones terroristas y ya no se hablarde grupos guerrilleros, sino de movimientos terroristas. Servir esto para acabar la guerra enColombia? No lo creemos. De cerrarse los escenarios de dilogo, de renunciar a una salida poltica,slo estaremos prolongando indefinida e irresponsablemente una guerra que a diario encuentracaldo de cultivo para reproducirse.

    No hay definiciones precisas en el escenario internacional sobre lo que se concibe como terrorismo.En las discusiones mismas para la adopcin del Estatuto de Roma, en el verano de 1998, queestipula la creacin de la Corte Penal Internacional, este tema fue dejado de lado por su complejidadpara enfrentarlo. Sin embargo, el Derecho Internacional Humanitario, DIH, proscribe el terrorismocomo una violacin grave a las costumbres de la guerra que no debe utilizarse.

    Cualquier guerra de carcter internacional o de carcter interno se juega no solamente en el terreno

    de lo militar, sino tambin en el de las legitimidades, en la justeza de la lucha emprendida y en laforma como se desarrolla la misma. Al tiempo es necesario reconocer que cualquier lucha armadaimplica no solamente afectar vidas, sino bienes que tengan un valor estratgico para la confrontacinmilitar. El Ejrcito de los Estados Unidos, tanto en la guerra del Golfo Prsico como en la guerra deKosovo, bombarde puentes, instalaciones elctricas, carreteras, fbricas y afect la vida de cientosde civiles mermes. No obstante, estos hechos no merecieron el repudio de la opinin pblica mundial,como ahora en la guerra contra Afganistn. Cientos de muertos, que incluyen nios, parecen noafectar la legitimidad de quien as acta, porque la opinin pblica mundial est preparada paratolerar ciertos excesos en nombre del acto punitivo llamado Justica infinita o libertad duradera.

    En Colombia, los grupos insurgentes han cometido y cometen infracciones al Derecho InternacionalHumanitario, y algunas de ellas se enmarcan dentro de lo que esta normatividad internacional conocecomo crmenes de guerra. En la degradacin del conflicto -alentada principalmente por el desarrollo

    del accionar paramilitar, que como estrategia de guerra sucia ha sido desplegada por sectores muyimportantes de las Fuerzas Armadas. Los grupos guerrilleros, en su reaccin, pretenden encontrarjustificacin a acciones que desbordan los mnimos humanitarios, y explican que las razones de laguerra estaran por encima del acatamiento de estos principios. Sin embargo, la guerrilla ha ganadoun reconocimiento como actor poltico ante la comunidad nacional e internacional y, en las actualescircunstancias, debe ser ms cuidadosa que nunca para no desaprovechar tal acumulado. Lapropuesta de un acuerdo .humanitario o de varios acuerdos humanitarios, debe estar en el centro desus preocupaciones para evitar que la degradacin de la confrontacin se siga profundizando. Estelibro pretende aportar algunos elementos de anlisis sobre temas lgidos que no son fcilmentecomprensibles a la luz de la opinin pblica.

    Son delincuentes los rebeldes o debe reconocerse que hay una confrontacin armada interna detal dimensin, que el tratamiento a los prisioneros polticos no puede seguir siendo el que dicte el

    cdigo penal, sino el que las partes convengan en un acuerdo sobre tratamiento de prisioneros?

    El ideal es detener la guerra, pero ms responsable es construir el consenso poltico y social para lasuperacin de las causas que la generan. Pero, entre tanto, aunque toda muerte es indeseablecuando es producto de la violencia, tanto la social que mata por hambre, como la armada en la quese mata alegando una causa justa; la opinin pblica debe diferenciar entre personas que son dadasde baja en combate -porque participan en l con las armas en la mano y porque estn preparadaspara usarlas y deben reaccionar ante un ataque sorpresa- y personas objeto de una ejecucinextrajudicial o de una masacre.

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    La opinin pblica ha sido manipulada de tal forma que la naturaleza terrorista del paramilitarismo ylas acciones terroristas de estos grupos -que Human Rights Watch denuncia en su informe 2001como el accionar clandestino de la VI Divisin del Ejrcito- se presentan como acciones normalesde los grupos de autodefensa en contra de los movimientos guerrilleros. Slo una sociedadprofundamente reprimida y enferma puede conciliar con el proyecto paramilitar. Quienes han sidovctimas del secuestro o la extorsin pueden albergar sentimientos de venganza, pero cmo

    justificar la masacre de inermes campesinos por el solo hecho de cohabitar en zonas donde laguerrilla ejerce una presencia histrica?

    El paramilitarismo es terrorista desde su gestacin y es terrorista como proyecto. El crimen, lamasacre, la desaparicin, confirman un ritual de muerte que alimenta el miedo, que rompe tejidossociales, que aniquila formas de resistencias civiles, que hegemoniza a travs del terror lasconciencias para que nadie se atreva a reclamar ni a protestar. Cmo pueden llamarse grupos deautodefensa o de justicia privada si ni siquiera ajustan sus procedimientos de eventuales venganzasa la ley del Talln del ojo por ojo y del diente por diente?

    Pero el paramilitarismo tiene un rostro que supera la figura vindicativa y est ligado a minoras quepor medio de la ms extrema violencia defienden el statu quo. El accionar militar-paramilitar haceparte de la misma estrategia y va ms all de lo estrictamente contrainsurgente, para convertirse enun proyecto de terror ligado al modelo econmico neoliberal. Se elimina no slo a la poblacin civilposiblemente afecta a la guerrilla, sino todo movimiento social, sindical, popular o campesino quepueda cuestionar la consolidacin de megaproyectos, el desarrollo de capital transnacional o laspolticas de ajuste estructural impuestas por el Fondo Monetario Internacional o por la banca mundial.

    Podemos promover que, en aras de la paz, al paramilitarismo se le reconozca estatus poltico?Quin se atrevera hoy en el mundo a reconocer polticamente a un grupo de fascistas? Puedenser acaso considerados combatientes si sus objetivos militares son fundamentalmente civiles? No locreemos. Reclamamos por parte del Estado el desmonte del paramilitarismo y la aplicacin desanciones disciplinarias y penales que correspondan para sus promotores y para quienes, por accinu omisin, patrocinan sus crmenes. En los ltimos aos se ha registrado en el pas un promediodiario de 20 muertes por razones polticas, de las cuales solamente cinco se relacionan con muertesen combate. El secuestro supera el nmero de 3 mil 700 vctimas al ao, de las cuales ms de un50% son imputables a las guerrillas y cerca de un 10% a los paramilitares. Ms de 300 mil personas,en promedio, son desplazadas cada ao, con todo lo que ello implica en la destruccin de proyectosde vida individuales, familiares y comunitarios, sin contar las desastrosas consecuenciaseconmicas, sociales y polticas que conlleva el hecho de tener 2 millones 500 mil personasdesplazadas. Es una catstrofe humanitaria, pero tambin es una tragedia institucional y poltica. Alo largo de este libro se describen los principios polticos que constituiran la gua de accin de losmovimientos insurgentes desde su nacimiento, su justificacin y desarrollo. Como lo puedecorroborar el lector, las propuestas no son dogmticas, son objetivos posibles de concertar en unamesa de negociacin, si hay la voluntad poltica para ello.

    La transformacin del pas requiere un compromiso poltico sincero, pero adems urge, mientras sepacta un cese al fuego y de hostilidades de carcter bilateral, que la guerra se desarrolle con unoslmites irrenunciables de respeto a reglas humanitarias. Por esta razn, al final y como producto denumerosos talleres celebrados a lo largo y ancho del pas con vctimas, organizaciones sociales yde derechos humanos y en las propias crceles en debates con los presos polticos, se recoge unapropuesta de acuerdo que debe convertirse en insumo para alimentar esta discusin. El objetivoprioritario con el cual nos debemos identificar todos es el de la bsqueda inclaudicable de la dignidadhumana.

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    TITULO IEL DELITO POLTICO EN COLOMBIA

    CAPITULO I

    RESEA HISTRICA DE LA RESISTENCIA Y LA REBELIN DE LOS PUEBLOS

    El 11 de septiembre de 2001 el mundo presenci en directo a travs de la televisin los atentadosterroristas contra los mayores smbolos de la civilizacin occidental: las Torres Gemelas del WorldTrade Center y el Pentgono, expresin mxima de seguridad del mundo globalizado. Lasuperpotencia, gendarme nico y autoproclamado del mundo desde el fin de la guerra fra, demostrsu vulnerabilidad. Todo el poder imperial que le ha permitido sembrar odio, miseria y terror endistintos lugares del planeta en nombre de la libertad y la democracia, origin estos hechos devenganza que han de cambiar la historia de la humanidad. En qu queda hoy el derecho deresistencia de los pueblos frente a la opresin, el derecho a la autodeterminacin y soberana depueblos subyugados? Cmo se afectarn los alcances logrados en materia de derechos humanos?Frente a la guerra contra el terrorismo que no tiene fronteras y la profundizacin de las asimetrasmilitares, econmicas y sociales, en qu quedarn los nobles propsitos del Derecho InternacionalHumanitario?

    En todo caso, la represin indiscriminada o selectiva contra todos aquellos que sean calificados comoterroristas, no impedir que los sentimientos de rebelda se sigan expresando a lo largo y ancho delplaneta. La nica manera de avanzar hacia la paz es asegurando un orden internacional justo, conseguridad democrtica; un Estado social de derecho universal sera la mejor forma de prevenir todaclase de terrorismo, tanto el que practican los Estados como el reactivo que asumen ciertas causasreligiosas, sociales o polticas. Si todo lo que se invierte en la represin del delito se invirtiera enprevenirlo, el mundo sera ms seguro.

    En el mundo globalizado de hoy, entramos a la era del terrorismo, en el que cualquier forma armadade resistencia, o incluso no expresamente armada, puede llevar a esta odiosa calificacin. Lasvestiduras de occidente se rasgan en la paranoia de la inseguridad y la Carta de las Naciones Unidasse invoca o se interpreta al antojo de quienes gobiernan la aldea global o por sus subditos que

    administran los precarios Estados-nacin en grave crisis de soberana. El terrorismo se convierte enoportunidad para anular y desnaturalizar el derecho de resistencia frente a poderes nacionales ytransnacionales que someten a tres cuartas partes de la humanidad a un estado permanente demiseria, de opresin y de abiertas o sofisticadas formas de tirana, incluso bajo el ropaje dedemocracias formales. En la actualidad, se hace necesario plantear cules son los problemasfundamentales por los que atraviesa la humanidad y si es legtimo o justo el rebelarse contra estasformas de dominacin en el orden mundial o nacional. Los nuevos dueos del statu quo se proclamandueos de la justicia, de la libertad, de la democracia y de la razn. Todo el que atente contra elsistema imperante ya no ser tratado siquiera como delincuente poltico, sino como terrorista y, portanto, como un enemigo universal.

    Para hacer frente a esta inercia, recordemos que en el itinerario histrico los avances sociales,polticos, econmicos, culturales e incluso cientficos han sido posible gracias a aquellas personas y

    aquellos pueblos que se han rebelado contra los poderes establecidos.

    Podemos afirmar que el derecho a la resistencia se ha utilizado a travs de la historia de lahumanidad como un derecho de los pueblos para liberarse de la tirana y la opresin de quienesejercen arbitrariamente el poder: "Hace muchos siglos se denomina derecho de resistencia elejercido por los subditos para lograr la cesacin de comportamiento tirnico asumido por autoridadesque abusan grave y reiteradamente de sus competencias. Este abuso se identifica con el ultrajehecho a la justicia mediante actos violatorios de los bienes jurdicos fundamentales -la vida, laintegridad, la libertad, la seguridad, etc.- cuya ejecucin no han logrado los ciudadanos hacer

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    prevenir y sancionar con el auxilio de instrumentos pacficos de control y freno del poder. Entre esosinstrumentos estn el ejercicio de recursos y acciones judiciales, las apelaciones al ministerio pblicoy las campaas de denuncia por la prensa y otros medios de comunicacin. Cuando todos losmecanismos de refrenamiento pacfico fracasan, los agredidos por la autoridad tirnica tienen, dadasciertas condiciones, el derecho inalienable a defenderse con el uso de la fuerza: a entrar eninsurreccin contra la tirana". (1)

    De esta definicin derivamos que el derecho a la resistencia involucra varias formas de exigibilidady "justiciabilidad" de los derechos y libertades, que pasa por la desobediencia civil y llega hasta elextremo de la rebelin armada cuando las necesidades la imponen. El autor citado habla de tresformas de resistencia: una resistencia pasiva fundamentada en acciones de la no violencia; unaresistencia activa que puede ser legal, si emplea mecanismos previstos en el ordenamiento jurdicoo insurreccional, si opta por el recurso a la fuerza armada y se manifiesta como un levantamiento. (2)

    Para precisar el tema de que se ocupa este escrito, cabe resaltar que: "El derecho a la resistenciainsurreccional bien puede ser definido como el derecho inherente de todo ser humano a rechazar elacontecimiento de un gobierno que se ha colocado en la posicin del agresor injusto. As como eslegtimo que una persona defienda un derecho propio o ajeno contra la injusta agresin de unparticular, y que el Estado rechace todo ataque armado proveniente del exterior, no contrara ni elderecho ni la justicia que los miembros de la comunidad poltica repelan a quienes, haciendo un usoretorcido de la autoridad pblica, amenazan los bienes jurdicos primordiales de los ciudadanos. Elderecho a resistir es el derecho del pueblo a la legtima defensa" (3). Segn el mismo autor MarioMadrid Malo: "Por pertenecer al mbito de la defensa legtima, el ejercicio del derecho de resistenciatiene los mismos requisitos que exige el de la defensa privada: necesidad de amparar derechosciertos e indiscutibles, inexistencia de otro medio idneo para evitar o repeler el ataque, injusticia dela agresin, actualidad o inminencia del peligro y, por ltimo, proporcionalidad entre la respuesta yla ofensa (4). La accin de un pueblo que se levanta contra la tirana participa esencialmente de loscaracteres de la otrora llamada guerra defensiva". (5)

    TIRANICIDIO

    En la historia de la humanidad, la resistencia a regmenes tirnicos, antidemocrticos y represivos

    no constituye delito alguno, sino que constituye un derecho. Como antecedentes ms inmediatos delderecho a la resistencia est el tiranicidio, doctrina que en los siglos XV y XVI cobra su mayor fuerza.Tal doctrina estableci que ste era un derecho cuando no hubiere forma distinta de solucin.Pensadores como Confcio (quien los llam ladrones del camino real), Teofrasto, Sneca,Quintiliano y Luciano defendieron el tiranicidio como medio de redencin de los pueblos oprimidos.El mayor defensor de esta doctrina fue el padre jesuta Juan de Mariana, quien en su famoso libroDe Regeet Regs Institutione ad Philipus III, publicado en 1599, expres: "Es saludable que stesepa (el prncipe) que si oprime la repblica, ser expuesto a ser asesinado, no slo con derechosino con aplauso y gloria de las generaciones futuras". Toms de Aquino tambin consinti la figuradel tiranicidio, aduciendo que la resistencia a una autoridad injusta no es sedicin. En Sumateolgica, rechaz la doctrina del tiranicidio; sin embargo, sostuvo la tesis de que los tiranos debanser depuestos por el pueblo.

    Conceptos actuales nos ensean "la voz tirano para referir en general a aqul que gobierna por elterror -imponiendo, principalmente por la violencia, su arbitrio-en perjuicio de las libertadesfundamentales de los subditos". (6)

    La tirana es un sinnimo de un gobierno ilegtimo, y esa ilegitimidad puede ser por la forma deacceso al poder o por los abusos cometidos durante su ejercicio, para algunos "puede provenir yade la forma como accedi al poder (vgr. Por golpe contra las autoridades legtimamente constituidas),ya de la comisin de gravsimos y repetidos desafueros que desvirtan de manera total el sentido yel fin de la autoridad (vgr. suspensin generalizada de las libertades pblicas, cierre de las cmaraslegislativas, aherrojamiento de la judicatura, exterminio de los opositores, etc.)" (7). Para el caso

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    colombiano, ante una grave y sistemtica violacin de los derechos humanos cabe preguntarnos siestamos frente a un gobierno legtimo, formalmente democrtico pero a su vez sustentado en laexclusin econmica y poltica.

    En la Edad Media, Juan de Salisbury, en su libro Hombre de Estado, dice: "Cuando un prncipe nogobierna con arreglo a derecho y degenera en tirano, es lcito y est justificado su deposicin

    violenta", y recomienda que contra el tirano se use el pual aunque no el veneno.

    Martn Lutero proclam que cuando un gobierno degenera en tirano y vulnera las leyes, los subditosquedan liberados del deber de obediencia. Su discpulo Felipe Helanchton sostuvo que es legtimoel derecho de resistencia cuando los gobiernos se convierten en tiranos. Calvino, el pensador msnotable de la Reforma, desde el punto de vista de las ideas polticas, postul que el pueblo tienederecho a tomar las armas para oponerse a cualquier usurpacin.

    Nadie menos que un jesuta espaol de la poca de Felipe II, Juan Mariana, en su libro De rege etregis institutions, afirma: "Cuando el gobernante usurpa el poder o, cuando elegido, rige la vidapblica de manera tirnica, es lcito su asesinato por un simple particular, directamente o valindosedel engao, con el menor disturbio posible".

    El escritor francs Francisco Hosnan sostuvo que entre gobernantes y subditos existe el vnculo deun contrato, y que el pueblo puede alzarse en rebelin frente a la tirana de los gobiernos cuandostos violan aquel pacto.

    Los reformadores escoceses Juan Knox y Juan Poynet sostuvieron que es legtima la resistencia alos gobiernos cuando oprimen al pueblo y que es deber de los magistrados honorables encabezar lalucha, y en el libro ms importante de ese movimiento, escrito por Jorge Buchman, se dice: "Si elgobierno logra el poder sin contar con el consentimiento del pueblo o rige los destinos de ste deuna manera injusta y arbitraria, se convierte en tirano y puede ser destituido o privado de la vida enltimo caso".

    Juan Altusia, jurista alemn de principios del siglo XVII, en su Tratado de poltica, dice: "La soberana,en cuanto autoridad suprema del Estado, nace del concurso voluntario de todos sus miembros; la

    autoridad del gobierno arranca del pueblo, y su ejercicio injusto, extralegal o tirnico, exime al pueblodel deber de obediencia y justifica la resistencia y la rebelin".

    Ms cercano en el tiempo, en el siglo XVII, en Inglaterra, fueron destronados dos reyes, Carlos I yJacobo II, por actos de despotismo. Estos hechos coincidieron con el nacimiento de la filosofapoltica liberal, esencia ideolgica de una nueva clase social que pugnaba entonces por romper lascadenas del feudalismo. Frente a las tiranas del derecho divino, esa filosofa opuso el principio delcontrato social y el consentimiento de los gobernados, y sirvi de fundamento a la Revolucin Inglesade 1688 y a las revoluciones americana de 1775 y francesa de 1789. Estos grandes acontecimientosrevolucionarios abrieron el proceso de liberacin de las colonias espaolas en Amrica, cuyo ltimoeslabn fue Cuba. El derecho de insurreccin contra la tirana recibi entonces su consagracindefinitiva y se convirti en postulado esencial de la libertad poltica.

    Ya en 1649, John Milton escribe que el poder poltico reside en el pueblo, quien puede nombrar odestituir reyes, y tiene el derecho de separar a los tiranos. John Locke, en su Tratado de gobierno,sostiene que cuando se violan los derechos naturales del hombre, el pueblo tiene el derecho y eldeber de suprimir o cambiar de gobierno. "El nico remedio contra la fuerza sin autoridad es oponerlela fuerza".

    Juan Jacobo Rousseau dice con mucha elocuencia en su Contrato social'."Mientras un pueblo se veforzado a obedecer y obedece, hace mejor recuperando su libertad por el mismo derecho que se lahan quitado... Renunciar a la libertad es renunciar a la calidad de hombre, a los derechos de la

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    humanidad, inclusive a sus deberes. No hay recompensa posible para aquel que renuncia a todo.Tal renuncia es incompatible con la naturaleza del hombre, y quitar toda la libertad a la voluntad esquitar toda la moralidad a las acciones. En fin, es una conviccin vana y contradictoria estipular, poruna parte, con una autoridad absoluta y, por otra, con una obediencia sin lmites..."

    Slo escritores reaccionarios se opusieron a este derecho de los pueblos, como aquel clrigo de

    Virginia (Estados Unidos), Jonathan Boucher, quien dijo: "El derecho a la revolucin es una doctrinacondenable derivada de Lucifer, el padre de todas las rebeliones".

    EL DERECHO DE RESISTENCIA EN LAS PRIMERAS CARTAS DE DERECHOS HUMANOS

    Con la paulatina aparicin de las constituciones demoliberales o burguesas, se pas de la doctrinadel tiranicidio al derecho a la resistencia. As por ejemplo, la Declaracin de Derechos de Virginiaproclamada el 12 de junio de 1776, expres:

    "Que el gobierno es o debe ser instituido para el comn provecho, proteccin y seguridad del pueblo,nacin o comunidad; que de los varios modos o formas de gobierno, el mejor es aqul que es capazde producir el mayor grado de felicidad y seguridad, y ofrece mayor garanta contra el riesgo de unamala administracin; y que cuando un gobierno fuera manifiestamente inadecuado o contrario a

    estos principios, una mayora de las comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable eimprescriptible de reformarlo, alterarlo o abolirlo en la forma que juzgue ms conveniente al bienestarpblico".

    La Declaracin de Independencia de los Estados Unidos, adoptada por el congreso continental deFiladelfia el 4 de julio de 1776, firmada por John Hancock, John Adams, Samuel Adams, JosiahBartlett, Carter Braxton, Thomas Lynch, Arthur Middleton, Thomas M'Kean, y Lewis Morris, dice:"Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales, que sondotados por su creador de ciertos derechos inalienables; que entre stos estn la vida, la libertad yla bsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos, se instituyen entre los hombres losgobiernos que derivan sus poderes legtimos del consentimiento de los gobernados; que cuandoquiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derechoa reformarla o abolira e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar

    sus poderes en la forma que a su juicio ofrecer las mayores posibilidades de alcanzar su seguridady felicidad... Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente almismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es suderecho, es su deber, derrocar ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futuraseguridad".

    Durante el siglo XVIII, la tirana fue asimilada a la monarqua rescatando las ideas de la Poltica deAristteles: "La tirana es la monarqua que tiende al inters del monarca... una monarqua en la queel soberano gobierna a su antojo sobre la colectividad poltica". (8)

    En consecuencia, la insurgencia es legtima por cuanto el tirano rompe el pacto social, desconocelas reglas del juego con el ejercicio del poder, pasando de gobernante a un agresor injusto del pueblo,legitimndose este ltimo para asumir una defensa individual y colectiva para deponer al tirano.

    Durante todo el siglo XIX, esa doctrina fue constantemente invocada por lo independentistaslatinoamericanos. El acta de la constitucin del estado libre e independiente del Socorro (15 deagosto de 1810) empezaba diciendo: "El pueblo del Socorro, vejado y oprimido por autoridades delantiguo gobierno, y no hallando proteccin en las leyes que vanamente reclamaba, se vio obligado...a repeler la fuerza con la fuerza".

    De igual manera, durante el siglo XX la Iglesia catlica legitim el derecho a la resistencia. En 1937,en la encclica Firmissimam Constantiam, Po XI afirma:

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    "...Cuando llegara el caso de que (los) poderes constituidos se levantasen contra la justicia y laverdad hasta destruir aun los fundamentos mismos de la autoridad, no se ve cmo podra entoncescondenarse el que los ciudadanos se unieran para defender la nacin y defenderse a s mismos conmedios lcitos y apropiados contra los que se valen del poder pblico para arrastrarle a la ruina" (9).En 1967, en la encclica Populorum Progressio, Paulo VI sostiene que "en caso de tirana evidentey prolongada que atentase gravemente a los derechos fundamentales de las personas y damnifcasepeligrosamente el bien comn del pas" (10) puede justificarse la insurreccin revolucionaria.

    En la actualidad, el tema de la resistencia tambin ha sido extensamente tratado por el filsofofrancs Emmanuel Mounier: "Si ningn cristiano puede combatir el poder establecido por ambicinpersonal o por gusto, hay un momento en que esta sumisin de hecho, segn la tradicin teolgica,ya no es un deber para los gobernados. Es aqul en que el rgimen se convierte en tirnico, es decir,en que el soberano, en lugar de gobernar en vistas al bien comn, lo hace en vista de su propio bienprivado" (11). La consideracin es de pura estirpe tomista, porque presenta la accin resistente comoun remedio extremo contra la actividad del gobierno que ha perturbado el orden justo.

    Tambin existe una declaracin de una importancia mayscula que ha sido poco conocida, laDeclaracin de Argel o Declaracin Universal de los Derechos de los Pueblos, la cual fue promulgadael 4 de julio de 1976 por los pueblos del Tercer Mundo, los pueblos explotados, los pueblos vctimasde la expoliacin imperialista. Esta declaracin es un llamado a la unidad solidaria de los pueblos delsur para el derribamiento de las estructuras nacionales e internacionales del imperialismo y lossistemas coloniales. Es un clamoroso llamado a la lucha por la liberacin de los pueblos y laautodeterminacin de los mismos. En el artculo 28 de esta declaracin, se lee: "Todo pueblo, cuyosderechos fundamentales sean gravemente ignorados, tiene el derecho de hacerlos valerespecialmente por la lucha poltica o sindical, e incluso, como ltima instancia, por el recurso de lafuerza".

    Inclusive juristas de gran renombre se han pronunciado sobre el carcter de deber y de derecho quetiene la resistencia al oprobio. As por ejemplo, el ilustre Pessina afirm: "Hay momentos en la historiaen los que no solamente es lcito, sino obligatorio, tomar las armas contra el poder social que traicionasu misin; y la revolucin se convierte en necesidad imprescindible para un pueblo oprimido quedebe dignificarse, sea expulsando a dominadores extraos, sea pisoteando el yugo de una castaque pisotea en lo interno las sacrosantas normas de derecho".

    La Declaracin Universal de los Derechos de los Pueblos, creada en Argel en 1976, en su parteconsiderativa dice: "Vivimos tiempos de grandes esperanzas, pero tambin de profundasinquietudes; tiempos llenos de conflictos y de contradicciones; tiempos en que las luchas deliberacin han alzado a los pueblos del mundo contra las estructuras nacionales del imperialismo, yhan conseguido derribar sistemas coloniales; tiempos de luchas y de victorias en que las nacionesse dan, entre ellas o en su interior, nuevos ideales de Justicia; tiempos en que las resoluciones dela Asamblea General de las Naciones Unidas, desde la Declaracin Universal de los Derechos delHombre, hasta la Carta de los Derechos y Deberes Econmicos de los Estados, han expresado labsqueda de un nuevo orden poltico y econmico, internacional".

    "Pero son tambin tiempos de frustraciones y derrotas, en que aparecen nuevas formas de

    imperialismo para oprimir y explotar a los pueblos".

    "El imperialismo, con procedimientos prfidos y brutales, con la complicidad de gobiernos que amenudo se han autodesignado, sigue dominando una parte del mundo. Interviniendo directa oindirectamente, por intermedio de la empresas multinacionales, utilizando a polticos localescorrompidos, ayudando a regmenes militares que se basan en la represin policial, la tortura y laexterminacin fsica de los opositores; por un conjunto de prcticas a las que se les llamaneocolonialismo, el imperialismo extiende su dominacin a numerosos pueblos".

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    "Conscientes de interpretar las aspiraciones de nuestra poca, nos hemos reunido en Argel paraproclamar que todos los pueblos del mundo tienen el mismo derecho a la libertad, el derecho deliberarse de toda traba extranjera, y de darse el gobierno que elijan; el derecho, si estn sojuzgados,de luchar por su liberacin, y el derecho de contar en su lucha con el apoyo de otros pueblos".

    "Persuadidos de que el respeto efectivo de los derechos del hombre implica el respeto de los

    derechos de los pueblos, hemos adoptado la Declaracin Universal de los Derechos de los Pueblos".

    "Que todos los que a travs del mundo libran la gran lucha, a menudo con las armas en la mano porla libertad de todos los pueblos, encuentren en la presente Declaracin la seguridad de que su luchaes legtima".

    Los postulados de la Declaracin de los Pueblos y su parmetros en los cuales es posible la plenavigencia de los derechos humanos, pueden sintetizarse as:

    Derecho a la existencia. Del pueblo, la comunidad, la nacin (hasta llegar a ser Estado mismo);cada conglomerado, cada patria, en su propia identidad, en los lmites propios, pero con su culturapropia, autntica, original; respeto a su territorio (sin invasiones, sin violaciones, sin criminalesintervenciones); ni masacres, ni torturas, ni persecucin, ni deportaciones, ni implantacin de

    condiciones que comprometan en todo o en parte su propia identidad, su integridad como grupohumano.

    Derecho a la autodeterminacin poltica. Determinarse a decidir su destino por s mismo; adoptarsu forma poltica en el Estado: funcin bsica, en la administracin y funcin tcnica. Sin recorte alas libertades de cada pueblo, rechazo al coloniaje, al imperialismo poltico o econmico (Estados otransnacionales), lo mismo a toda clase de racismo; la autodeterminacin, slo limitada por el usode la democracia real, que ampare a todo el conjunto social, en accin decidida y persistente paraasegurar las libertades fundamentales.

    Derechos econmicos. Las riquezas y recursos naturales de cada pueblo le dan el derechoexclusivo de empleo a los mismos. Si hubiere expoliacin, el pueblo-vctima debe recuperar lo quele pertenece, obteniendo adecuada apropiacin ante el hecho injusto del que haya sido sujeto pasivo;

    la ciencia y la tecnologa al servicio de toda la humanidad para el uso, goce y usufructo de cadapueblo; igualdad de trato en las relaciones internacionales, por ejemplo, en el trato equitativo entrelas partes contratantes; soberana econmica de cada pueblo y solidaridad entre todos los pueblospara el adecuado ejercicio de la economa nacional e internacional.

    Derecho a la cultura. Mantenimiento, enriquecimiento y buen uso de su propio idioma, para expresarcon claridad sus conceptos en lenguaje sencillo y apropiado; defensa de sus riquezas artsticas,histricas y culturales. Todo pueblo tiene derecho a que no se le imponga una cultura extranjera.

    Derecho al medio ambiente y a los recursos naturales. Es la importancia de la ecologa conservar,proteger, mejorar y velar por el medio ambiente: nuestro habitat, el escenario de toda vida y laprobabilidad de subsistencia de la especie humana; propiedad comn de algunos bienes de lospueblos del mundo (la altamar, el fondo de los mares y el espacio extra atmosfrico); solidaridad

    internacional para desarrollo econmico, empleo de los recursos naturales y sana poltica deecologa.

    Derechos de las minoras. Respeto permanente a la identidad, acervo de tradiciones, idiomas y, engeneral, del patrimonio cultural de la minora que conviva con otros sectores de la comunidadnacional; no podr haber ninguna diferenciacin entre los derechos de las mayoras y los de lasminoras y, por consiguiente, la participacin en la vida colectiva deber estar garantizada contratoda clase de discriminaciones, salvo a favor de los sectores vulnerables.

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    Garantas y sanciones.

    a. El ataque o menosprecio a los derechos de los pueblos debe provocar la sana reaccin de lacomunidad internacional.

    b. Todo enriquecimiento ilcito de un pueblo a costa del perjuicio de otro, debe dar lugar a la

    restitucin de los beneficios mal habidos.

    c. Tratados, acuerdos o contratos que conduzcan a situaciones injustas no podrn tener efectoalguno y, por ende, el perjuicio que causa este tipo de dolorosas conductas debe ser reparado afavor del pueblo perjudicado.

    d. Cuando el endeudamiento extemo se hace asfixiante, insoportable y oneroso, el puebloperjudicado podr alegar que la deuda no le pueda ser exigida.

    e. Los tribunales penales internacionales podrn juzgar los crmenes contra los pueblos.

    f. Los derechos conculcados de un pueblo debern ser materia para la tarea destinada a hacer valerlas formas de lucha reivindicativas, advirtindose en la declaracin que "...incluso, como ltimainstancia, por el recurso a la fuerza".

    g. Ante las organizaciones internacionales deber permitirse la representacin de los movimientosde liberacin.

    h. Deber imponerse el respeto al derecho humanitario, tanto en conflictos extemos como ensituaciones anmalas internas.

    i. Cada pueblo tiene derecho a darse su propio modelo de desarrollo.

    Como se ve, este instrumento contemporneo es una carta de derechos sin la cual se considera queno es posible redimir los derechos de los pueblos y de los individuos para garantizar la erradicacin

    de la miseria y todas las formas de tirana u opresin.

    En suma, el derecho a la resistencia, el derecho a la rebelin, han sido reconocidos a travs de lahistoria. No obstante, cuando los pueblos se levantaron (violentamente o no) contra la injusticia,contra la miseria, contra la opresin, los Estados desconocieron el primigenio derecho a la resistenciay a la rebelin; consignaron en sus cdigos penales lo que hoy se conoce como delito poltico quees el mismo derecho a la resistencia. Es decir, por obra y gracia de la voluntad de los Estados, seconvirti el ejercicio de un derecho en una conducta delictiva.

    DERECHO DE RESISTENCIA COMO PARTE DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOSDERECHOS HUMANOS

    La Declaracin Universal de los Derechos Humanos (DUDH), promulgada el 10 de diciembre de1948, en un considerando de su prembulo, consagra: "Considerando esencial que los derechoshumanos sean protegidos por un rgimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelidoal supremo recurso de la rebelin contra la tirana y la opresin".

    La DUDH es el instrumento fundamental sobre los derechos humanos que deben serprotegidos porun rgimen de derecho, esto es, por un conjunto de normas jurdicas que prevengan y repriman suviolacin. Cuando tal rgimen es desconocido por las propias autoridades, deja de cumplirse laprimera finalidad de la comunidad poltica: conservar los derechos del hombre. All donde losgobernantes no reconocen efectivamente los derechos fundamentales de los gobernados, sino que,

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    por el contrario, los hacen objeto de atropello continuo, surge una situacin de injusticia, un estadode violencia institucionalque las vctimas del agravio tienen derecho a impugnar y a impedir. Si talsituacin se toma crnica e irremediable por vas menos rigurosas, la oposicin a sus causas yefectos puede incluso llevarse hasta el recurso a las armas" (12).

    El propio Concilio Vaticano II parece admitir la legitimidad del recurso a la fuerza al ensear: "Cuando

    la autoridad pblica, rebasando su propia competencia, oprime a los ciudadanos, stos no debenrehuir las exigencias objetivas del bien comn; les es lcito, sin embargo, defender sus derechos ylos de sus conciudadanos contra el abuso de tal autoridad, guardando los lmites que seala la leynatural y evanglica" (13).

    En constituciones como la colombiana, el derecho de resistencia es por lo general un derechoinnominado, es decir, un derecho que no aparece escrito pero que existe en la medida en que sederiva de la dignidad humana; por ser preexistente a la existencia misma de la organizacin poltica,se deriva directamente de la soberana popular que pregona la Constitucin.

    Por otra parte, el artculo 94 de la Constitucin de 1991 advierte que la enunciacin de los derechoscontenidos en el texto constitucional y en los instrumentos jurdicos internacionales vigentes "no debeentenderse como negacin de otros que, siendo inherentes a la persona humana, no figuren

    expresamente en ellos". Por ello el derecho a resistir no es un derecho negado por el constituyentecolombiano por el hecho de que no est positivado. Es un derecho no enunciado o innominado.

    DEL DERECHO DE RESISTENCIA DE LOS PUEBLOS AL DELITO DE REBELIN

    El derecho de resistencia deviene en delito de rebelin que, como parte de la resistencia, secriminaliza. Las siguientes son acepciones extractadas del diccionario Planeta de la LenguaEspaola sobre la palabra rebelde, las cuales ayudan a determinar el concepto de este trmino.

    "Rebelde: adj. y n.m. y f. Dcese del que se rebela o subleva// Dcese de la persona que nocomparece en el juicio, despus de llamada en forma, o que tiene incumplida alguna orden ointimacin del juez// ad. Dcese de la persona o animal difcil de gobernar, educar..."

    "Rebelde: quien incurre en una rebelin (v) // Desobediente // Insurgente // Sublevado //Revolucionario // Indcil // Insumiso // Insociable // Inadaptado // Indomable // Sordo a la razn //Insensible al sentimiento //. En las guerras civiles, bando opuesto al poder legtimamente constituidoo del que por tal se tiene. // Combatiente o partidario de esas fuerzas, denominadas tambinfacciosas (v)" (14). En otro grupo de significados, se indica: "quien incurre en rebelda (v). // El que nocomparece ante llamamiento de un tribunal militar o de otra jurisdiccin. // El que se opone a lasresoluciones y mandamientos de tales autoridades o quien no les da cumplimiento" (15).

    "Rebelde: Que se opone o resiste a la autoridad, que se rebela o subleva. Anticuado rebele 'rebelde',del latn rebellis 'rebelde, que hace la guerra de nuevo, que vuelve a empezar la guerra', de re- denuevo (vase re + bellum tambin dellum) 'guerra (vase duelo)" (16).

    Para Alejandro D. Aponte, el rebelde se enmarca dentro de los siguientes parmetros: "El rebeldefue concebido a la sombra del combatiente (del beligerante propio de los conflictos armadosinterestatales). La identidad de clase de los combatientes permiti en gran medida la incorporacinde estatutos fundamentales de regulacin y humanizacin de lo blico, y dio claridad a la respuestaestatal en cuanto a los sujetos del delito de rebelin" (17).

    En el siglo XX "se inaugura una ambigedad estatal, una falta de claridad en la definicin del estatusdel rebelde. Obreros socialistas de los aos veinte, campesinos que emergan como nuevos actoresy que alimentaban reivindicaciones sociales, indgenas que luchaban por la tierra, todos ellos como

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    nuevos sujetos polticos de la protesta popular, comenzaron a ser criminalizados en el horizonte dela rebelin" (18).

    Las anteriores acepciones llevan a concluir que rebelde connota cambio de la estructura social;insubordinacin a la ley existente; no comparecimiento a requerimiento judicial. En el proceso deruptura, el rebelde aboga por sus ideas y las contrapone al juez que lo juzga. Propugna por un cambio

    en el sistema social imperante y a partir de ello establece el debate jurdico rechazando las garantasprocesales que el mismo sistema le otorga; rechaza la defensa que se le impone para llevar a cabosus propios alegatos jurdicos que en la prctica son verdaderos discursos ideolgico-polticos delfin que su lucha persigue.

    El poder supremo del Estado en la sociedad contempornea lo destaca con enftico empirismo VonJhering, al expresar: "El derecho puede, en mi opinin, definirse como el conjunto de normas envirtud de las cuales, en un Estado se ejerce la imposicin. Los reglamentos sociales sancionadospor la imposicin pblica constituyen el nico derecho. El Estado es el poseedor soberano de estaimposicin". Primando siempre la razn ltima del Estado en la Edad Moderna, como lo recuerda elmaestro Maggiori: "La historia nos ensea que, desde que existe el Estado, aunque sea en formaembrionaria, la agresin contra su existencia y su seguridad ha sido considerada como delito. Enverdad, no se puede creer en el Estado y en su necesidad si impunemente lo dejamos ofender yponer en peligro". Estas tesis dejan entrever el delito poltico como un ataque al derecho deresistencia para impedir afectar la razn de Estado.

    Desde el punto de vista de la teora objetiva, el delito poltico tiene varias definiciones: para Barsanti,era un ataque contra el Estado, contra su forma, sus poderes y su organizacin poltica, el cual sepresenta como un acto de oposicin a la seguridad del Estado; Prins lo defini como "una accinque unida a una intencin conforma un atentado contra el orden poltico del Estado y contra suscondiciones de existencia". Tristy lo defini diciendo que es una infraccin contra la cosa pblica";Napodamo, por su parte, consider al delito poltico como un acto natural cuya punicin se funda enuna razn intrnseca, igual a la que justifica la sociedad, y sobre la cual se basa la sancin de losdelitos contra la sociedad misma. Conti seal al respecto: "Ocurre reiteradamente que en la vida delos Estados no siempre marchan de acuerdo la conciencia jurdica y la conciencia poltica. La polticaadmite que se han engendrado nuevas necesidades, y el derecho no dicta normas adecuadas a suproteccin y ejercicio. El equilibrio fundamental de las fuerzas polticas resulta roto por estadivergencia".

    Desde el punto de vista de la teora subjetiva, Eugenio Florin defini el delito poltico en sentidoestricto, diciendo que son las acciones que atacan directamente el orden poltico de un Estadodeterminado, es decir, las instituciones y las funciones polticas del Estado. La incriminacin deldelito poltico se funda en que constituye una violacin de la ley de la mayora, considerndola comoun centro de gravedad de la organizacin del Estado.

    Cuello Caln estima que los delitos polticos no constituyen peligros para la sociedad y consideraque por el carcter excepcional u ocasional de sus infracciones se hacen acreedores del derechopblico, y no merecen una sancin penal que pueda constituir una lucha desde el punto de vistamoral.

    Dentro del pensamiento cristiano, en el siglo XIII, Santo Toms de Aquino trata el tema bajo ladenominacin "De la sedicin", y manifiesta que es lucha entre partes de una misma sociedad onacin, calificndola como pecado mortal, si es opuesta a la unidad pacfica de la multitud social y,con ello, a la justicia y al bien comn. En el punto 3, precisa: "El levantamiento contra el rgimentirnico no es sedicioso, pues el verdaderamente sedicioso es el mismo rgimen que antepone subien particular al de la sociedad que esclaviza. No obstante, la revolucin contra el rgimen no eslcita si acarrea mayores males que la soportacin de la tirana" {Suma teolgica, tomo VII, p. 1.017).

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    La posicin de la Iglesia y los ltimos pontfices sobre lo que debe entenderse por bien comn hasido fijada de la siguiente manera por Juan XXIII, en Pacen in Terris: "El bien comn consiste y tiendea concretarse en el conjunto de aquellas condiciones sociales que consienten y favorecen en losseres humanos el desarrollo integral de su propia persona".

    En la Europa del siglo XVIII se teoriz sobre el derecho de resistencia a la opresin y se pusieron

    lmites a los poderes arbitrarios. A partir de criterios morales se pusieron talanqueras a los poderesarbitrarios del tirano, dndose un perfil ennoblecido al delincuente poltico, y un tratamientobenevolente, a la vez que se prohibi la extradicin del opositor poltico.

    Sobre el particular, Sebastin Soler sostiene: "Hasta las modernas constituciones, hijas delmovimiento iluminista, la calificacin de un hecho como un crimen majestatis era la causa del mayorrepudio y de las sanciones ms graves. En cambio, casi toda la doctrina de este delito construida apartir del siglo XVIII est concebida como la teorizacin del derecho de resistencia a la opresin. Losteorizantes polticos de la Ilustracin se preocuparon sobre todo de poner diques a poderesarbitrarios, de manera que, juzgando con criterios morales, desde luego muy justos, trazaron unasilueta ennoblecida del delincuente poltico, el cual, en las leyes democrticas fue considerado conespecial benevolencia. El ejemplo tpico de ese cambio se halla en los acuerdos de extradicin queen la poca absolutista miraban sobre todo a la entrega de esa clase de delincuentes, entrega que,

    en la actualidad, por regla casi universal est expresamente excluida".

    Debe circunscribirse el anlisis del delito poltico dentro de un sistema democrtico real y no dentrode un sistema democrtico formal como el colombiano, donde no existe el principio de separacinde las ramas del poder pblico, que deberan garantizar un control armnico entre las mismas; dondelas libertades son una mera formalidad, y se convierten en "libertades para nada"; donde el pueblono se expresa libremente y no existe una verdadera soberana popular, siendo objeto y no sujeto deEstado, o sea, el pueblo al servicio del Estado, y donde los derechos humanos no existen.

    En el campo del delito poltico, la norma penal y la crcel son el reflejo de la venganzainstitucionalizada contra los opositores polticos, "cuando los consejeros son el inters y el miedo,sin amor a lo justo; cuando los jueces no son magistrados imparciales, sino las mismas partesinteresadas, que buscan la razn de sus decisiones en el clculo de las propias fuerzas, de las

    propias necesidades, de los propios temores o esperanzas; entonces resultan ciertamente puerileslos esfuerzos del jurista que pretende, desde su humilde escritorio, dictar preceptos que nunca sernescuchados por nadie" (Carrara, Opsculo 3.937).

    Qu relacin guarda la cita anterior con la reciente y actual historia poltico-jurdica del pas en eltratamiento de la delincuencia poltica? Su juzgamiento se atribua antes a la Justicia Penal Militarpor procedimientos abreviados (consejo verbal de guerra y artculo 590 del Cdigo de Justicia PenalMilitar) y se juzgaba a los delincuentes polticos como asociados para delinquir. En la actualidad, son

    juzgados por la Justicia Penal Ordinaria por medio de procedimientos especializados (EstatutoAntiterrorista y Estatuto para la Defensa de la Justicia), que superaron con creces la mentalidadrepresiva de la jurisdiccin castrense, juzgndosele como terroristas.

    Eugenio Florin, en su obra Delitos contra la seguridad del Estado, opina que el delito poltico deba

    ser beneficiado con especial represin, sin incluir dentro de ellos las acciones que atenan contra losEstados donde el pueblo es realmente el soberano.

    Existe una nueva corriente dentro de los tratadistas de derecho penal, de no considerar delitospolticos los actos que atenan contra el pueblo, los intereses populares y la democracia, dejandofuera de esta distincin todos los actos movidos por un inters antidemocrtico.

    Hart Santamara afirma: "En un Estado socialista no puede existir el delito poltico, pues esprecisamente el sistema socialista el ms avanzado en sus relaciones econmicas, polticas y

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    sociales. Con el triunfo de la Revolucin de Octubre, surgi el primer Estado socialista del mundo, alcual se opuso la reaccin contrarrevolucionaria, conformada por la clase despojada de sus antiguosprivilegios que iba al rescate de sus intereses egostas. Estas conductas no podan calificarse con elmvil altruista que caracteriza a la verdadera delincuencia poltica, pues pretendan el retroceso delpoder de los obreros y campesinos a un rgimen sociopoltico basado en el poder de un clasereaccionaria... A estos delitos, por sus propsitos retrgrados y reaccionarios, se les denomindelitos contrarrevolucionarios y no polticos".

    Jimnez de Asa, al referirse al Cdigo Penal sovitico, plante: "El Cdigo Penal sovitico de 1992trata con dureza extrema a los contrarrevolucionarios y el uso de la pena de muerte en su forma defusilamiento, casi con preferencia, para los autores de delitos polticos". Y, al referirse al CdigoPenal sovitico de 1926, dijo: "todava se emplean rigores altos contra el delincuente poltico, puestoque se declara terminantemente que esa especie de infracciones constituyen los crmenes msgraves".

    Luis Carlos Prez, al expresarse sobre la Revolucin Sovitica, dijo: "Quien atente contra esaconquista que va en beneficio de todos los hombres, sin distincin ninguna, quien se dirija contra elsistema igualitario, es un criminal que debe ser eliminado si no existe posibilidad de que reconozcasu error, o si el dao ha tenido tan grandes dimensiones que con l se ha perjudicado la comunidad

    entera".

    Fidel Castro, en el caso Cbela, defini el delito contrarrevolucionario as: "El delitocontrarrevolucionario es en gran parte una resultante del medio; los individuos nacen y crecen dentrode una sociedad de clases que la revolucin trata de abolir. Este delito desaparecer con la sociedadegosta que lo engendr. La responsabilidad de los hombres es en gran parte condicionada por larealidad social donde se forma y la educacin que recibe; la sancin revolucionaria es por encimade todo, una sancin y no un castigo".

    El general Uribe Uribe demostraba en el Congreso, a propsito de una ley sobre amnista, que losdelitos de rebelin siempre aparecen conexos con otros y que lo que se debe juzgar es la rebelinmisma y no los otros delitos realizados, porque quien quiere una cosa tan grande como es derrocaral gobierno, debe pasar por situaciones intermedias que no son las de las vas pacficas, las del

    lenguaje correcto, las de las buenas maneras, sino las de los delitos comunes descritos en la leypenal respectiva. Y entenda Uribe Uribe que el rebelde es rebelde porque ha sido vencido en suempresa.

    En Colombia, el general Rafael Uribe Uribe, a quien unos recuerdan como hroe y otros como mrtir,dijo sobre el fin de su lucha y de las luchas libradas por los delincuentes polticos: "Qu actorevolucionario hay que no quepa dentro del concepto de rebelin? Todos van dirigidos, o contra lasautoridades, o contra las personas, o contra las propiedades. El revolucionario se alza contra elorden constituido; desconoce los empleados de todas las jerarquas y lucha contra ellos, puesto enarmas; recluta, encarcela y recoge prisioneros; se bate hiriendo o matando a sus adversarios; levantaemprstitos forzosos, expropia mercancas para las tropas, toma ganado para su sostenimiento ycaballeras y monturas para la campaa; penetra en las habitaciones y predios ajenos rompiendopuertas y cercas; en los combates, pone fuego a edificaciones y plantaciones y, en suma, echa mano

    de cualquier medio que est al alcance para el logro de su fin... Triunfador, el revolucionario es elhombre que sacrifica la tranquilidad, los bienes o la vida en aras de un ideal. Es el salvador gloriosode la libertad, el padre de la patria y el guerrero enrgico que subordin a la adquisicin de la victorialos intereses individuales. Vencido, es encasillado dentro de las tristes y deshonrosas clasificacionesdel Cdigo Penal con el nombre de rebelde, guerrillero, ladrn, asesino, desalmado, sediento debotn y eterno enemigo del hombre, incapaz de ganarse la vida por medios honrados.. " (19).

    Y es que al delito poltico le son propios diversos actos que deben conducir a la realizacin delmismo. Si los rebeldes no se apoyan en su lucha con otras actividades que se enmarcan en losdelitos comunes, para lograr su fin de derrocar el orden constitucional, es obvio que nunca

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    alcanzarn el poder. Porque, cmo se entendera una guerra irregular sin que los rebeldes acudana sabotajes, ataques, emboscadas, expropiaciones, falsedad en documentos pblicos, es decir, enuna serie de delitos que son propios de un escenario insurreccional o revolucionario?

    Luis Carlos Prez, uno de los pocos que ha escrito sobre delito poltico, ha reiterado el carcterespecial que ste tiene. En una de sus obras, sostiene lo siguiente: "Las conductas rebeldes. Las

    descripciones del artculo 125 son las de un tipo compuesto, alternativo y acumulativo. Compuesto,porque cada una de las conductas podra convertirse en tipo autnomo, perteneciente al mismo bienjurdico. Alternativo, porque los rebeldes escogen cualquiera de las varias finalidades determinadas.Y acumulativo, porque los agentes pueden proponerse no un solo objetivo sino dos o ms de loscinco previstos" (20).

    Bernardo Gaitn Mahecha, columnista de El Siglo y ex ministro de Justicia, escriba: "...La violenciaque no se acallar hasta cuando se modifique la manera de pensar y cambie la ideologamercantilista, utilitarista y egosta de la clase dirigente; hasta cuando se modifiquen las condicionesinfrahumanas en que vive la mayora del pueblo colombiano, se termine con las politicastros quehacen de la poltica una profesin lucrativa y se aniquile la improvisacin gubernamental; se acabecon la corrupcin administrativa; se produzca ms y se reparta mejor. Que por todas estas cosaslucha la rebelda colombiana... pero es algo ms, es un hombre que se compromete con su ideal yque se pone en contradiccin con la sociedad a la cual pertenece y que al sacrificarse dentro de ella,la incita a renovarse".

    Es pertinente citar tambin a Juvenal Herrera Torres, actor del conflicto interno, quien en su condicinde preso poltico, deca: "Cuando los jefes liberales y conservadores se pusieron al frente de lasguerras civiles, eso era patriotismo! Valor civil! Doctrinarismo! Militancia en accin! Pero entratndose de los campesinos que luchan por recuperar la tierra, de los indgenas que se defiendende los desafueros de los terratenientes, de los obreros que reclaman lo que justamente merecen, losestudiantes que exigen libertades democrticas, de los ciudadanos que organizan un paro cvicohasta hacer sentir sus necesidades para impedir nuevas alzas en los servicios, o que se dan formasorganizativas para luchar por un futuro de paz y de progreso, por una patria libre, por una sociedadsin opresores, eso es Subversin! Ilegal! Ideas importadas! Perturbacin del orden! Caos creadopor agitadores profesionales! Ardides del comunismo internacional! Intromisin del castrismo!Crimen organizado!"

    "El egosmo es al delito comn lo que el altruismo al delito poltico. En tanto que el egosmo es elreflejo psicolgico del instinto de conservacin del individuo, el altruismo es el del instinto deconservacin de la especie, esto es, de la colectividad. El egosmo es la columna vertebral de laconcepcin burguesa del mundo. El altruismo, la fraternidad de la humanidad liberada, es laconcepcin proletaria del mundo, es la concepcin marxista-leninista".

    "El delincuente colectivo priva de la vida o de la hacienda, no por satisfacer su codicia o su odiocontra el que personalmente le ofendi o aborrece, sino a fin de procurar medios pecuniarios conqu sostener su causa, o para combatir a los que la atacan; no persigue ni mata a un hombre comotal, sino como defensor de lo que l quiere destruir como funcionario, como autoridad, comorepresentante de una institucin, como parte de una casta o de una clase".

    El concepto de delito poltico ha pasado por las corrientes subjetiva y mixta, predominando en laactualidad esta ltima, pudindose destacar como principales elementos los siguientes: es unaasociacin poltico-militar contra el sistema burgus imperante; est guiada por principios filosficosque trascienden los campos poltico, econmico y social, ajena a los actos propios de la delincuenciacomn, como una moral colectiva y propendiendo por una mejor vida social; su accionar estorientado a transformar la realidad en que vive para lograr un mejor sistema, mejores normas,mejores instituciones, mejores gobiernos y, buscando que las viejas estructuras den paso a unanueva sociedad, ms justa, ms igualitaria, surgiendo un nuevo orden social.

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    Con respecto a la conexidad, Luis Carlos Zarate afirma que no hay una doctrina clara sobre el delitopoltico y que la legislacin nacional lo ha tomado de esa manera; para este autor: "Es tambin raro,en la prctica, que un delito poltico puro sea cometido sin estar precedidos de faltas o delitos dederecho comn con los cuales l se encuentre ms o menos estrechamente ligado, en razn del finpoltico nico perseguido por uno o varios autores. El autor o autores del mismo pueden serdetenidos con la ejecucin de sus planes polticos inmediatamente despus de la perpetracin deldelito comn, a continuacin de la intervencin de la justicia" (21).

    El delito poltico ha pasado por dos etapas: la primera, la que lo consider como un crimen majestatisdonde deba tratarse con extrema dureza y la severidad; y la segunda por distintas corrientes delpensamiento se le atribuyen mviles altruistas, progresistas, ganando un tratamiento privilegiado ygran simpata entre los pueblos. En la actualidad, no se consideran como delito poltico los actos queatenten contra los Estados democrticos y socialistas, considerndose estos delitos como comunesy contrarrevolucionarios, respectivamente, por atentar contra el pueblo, la democracia y la revolucin.

    En los cdigos penales se da formalmente un tratamiento preferencial a los delitos polticos, lo cualse debe, por una parte, a la lucha de los pueblos en favor de quienes han luchado y luchan por sulibertad y, por otra, a que el Estado burgus slo usa su modelo represivo penal, cuando se veobligado por las circunstancias, cuando no usa la tortura, el asesinato, el genocidio, la desaparicin

    forzada, que no aparecen en sus constituciones y cdigos.

    En el caso colombiano han coexistido dos cdigos penales: el Cdigo Penal Ordinario que, enapariencia, le da un trato benevolente al delito poltico, y el Cdigo Penal Especial de orden pblico,antiterrorista o especial, constituido en su mayora por toda la legislacin extraordinaria expedidadurante el Estado de sitio, siendo sus mximos modelos, el Estatuto de Seguridad, y msrecientemente, el Estatuto Antiterrorista y el Estatuto para la Defensa de la Justicia, donde se acabaprcticamente con el delito poltico y, por exclusin de materia, con su tratamiento preferencial, decuyas normas todava subsisten sistemas diferenciados para procesar a los rebeldes y/o terroristasconforme al Cdigo Penal.

    El sistema carcelario colombiano es antro de vicios, corrupcin, inmoralidad y miseria; que buscaaislar fsicamente y aniquilar anmicamente al rebelde, con el propsito de que se olvide de sus

    ideales nobles y altruistas por los cuales luch y fue encarcelado, y se contagie con los vicios allreinantes. Sobre el particular, afirma Miguel Castells:

    "La crcel es la antisociedad y la crcel tambin es parte esencial de una sociedad tangible, real yconcreta que la necesita... La crcel llena la finalidad que puede perseguir un determinado sistemade proceso poltico: La ejemplarizacin mediante el castigo; la eliminacin, aislamiento del adversariode cara a las masas; la destruccin del enemigo... Son variados los elementos que juegan el procesopoltico. Pero no creo equivocarme si considero que en las sociedades de nuestro hemisferio, unode los ejes principales sobre el que giran los sistemas polticos es la crcel. La idea de la crcelgravita obsesivamente sobre el proceso poltico" (Los procesos polticos: de la crcel a la amnista,pp. 13 y 16).

    En Colombia, contra el preso poltico, adems del aparato judicial, la crcel se convierte en un

    instrumento adicional de venganza para quebrar la voluntad de resistencia de los individuos.

    DEL DELITO POLTICO AL DELITO SOCIAL Y AL TERRORISMO

    Pareciera que en la Segunda mitad del siglo XX y en los albores del actual se comienza a relativizarel delito poltico, para descalificar de manera ms abierta al opositor poltico, y por ello se inicia unaclasificacin de puros y relativos. Los delitos polticos puros son los realzados con un mvil polticoy afectan exclusivamente el ordenamiento del Estado. Los delitos polticos relativos son los que con

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    ocasin de realizar un delito de esta clase, lesionan un bien privado y que se asimilan a delitoscomunes.

    Poco a poco se elimina el concepto de delitos complejos pasando a la concepcin de delitos conexos.Es delito complejo, el que con un solo acto lesiona el orden poltico y un bien privado; por ejemplo,el homicidio de un jefe de Estado. Es delito conexo, el que lesiona un bien jurdico privado, cuando

    se est en camino para la realizacin de un delito poltico; por ejemplo, el robo de armas parautilizarlas en una revolucin; o cuando, originado por un mvil poltico, se atacan bienes privadoscomo los transportes o se secuestran personas para incrementar las arcas del movimiento rebelde.

    Por otra parte, se acua el concepto de delito social, que es asimilado al delito comn. Cuello Caln,observa: "Como delito social tpico sola presentarse el delito anarquista, generalmente realizado pormedios explosivos". Pero a continuacin advierte: "En contra de esta opinin, muy extendida, quemira el delito social, especialmente los crmenes anarquistas como delictiva juris gentium, algunosautores, sobre todo en Italia, los reputan como verdaderos crmenes polticos" (Delincuencia Poltica,1940, p. 17).

    Si se consideran los grupos insurgentes colombianos como terroristas, no podra haber en Colombiaprocesos de paz o de reconciliacin; desde ese punto de vista no hubiera sido posible que el M-19,

    el EPL, el PRT y el Quintn Lame todas organizaciones insurgentes, se hubiesen acogido a las leyesde amnistas o indultos que permitieron su regreso a la sociedad civil, porque todos combatieron ymataron a los que consideraron sus adversarios, entonces por qu no reconocer a los an nodesmovilizados ni reinsertados su condicin de rebeldes, cuando se propone el canje de prisioneroshabra que pensar si realmente la pena cumple alguna funcin frente a los rebeldes, habra quepensar hasta dnde los rebeldes necesitan ser resocializados para que renuncien a las utopas, o sila pena es simplemente una retaliacin "El delito es sntoma que denuncia enfermedades delorganismo social".

    Era infructuoso hasta hace unos aos buscar en los cdigos penales un concepto de terrorismoporque no incluyen esa figura como delito, castigndose como homicidio, lesiones, asociacin paradelinquir, rebelin, y otros delitos de peligro comn.

    Hasta 1980, se introduce el delito de terrorismo en el Cdigo Penal colombiano que se caracterizapor incluir dos elementos caractersticos: propsito de "crear o mantener un ambiente de zozobra operturbar el orden pblico".

    En Colombia, la ambigedad del tipo penal de terrorismo permite que se entienda por ste,conductas que, incluso, pueden responder al ejercicio de los derechos fundamentales a la huelga oa la protesta popular o social.

    A raz de los hechos del 11 de septiembre de 2001 en los Estados Unidos los militaristas de todotipo que pregonan la guerra, pero slo quieren hacer correr sangre ajena, han encontrado un pretextopara encasillar a las agrupaciones insurgentes como organizaciones terroristas.

    SURGIMIENTO DE LAS GUERRILLAS EN COLOMBIA COMO UNA FORMA DE RESISTENCIA

    ARMADA

    En una entrevista concedida por Gloria Gaitn, hija del caudillo liberal Jorge Elicer Gaitn,asesinado en 1948, declar: "Si uno analiza los momentos en que se inicia el genocidio al gaitanismo,que es en 1945, ve que no son acciones que estn aisladas del contexto poltico; es decir, a medidaque el gaitanismo tiene ms y ms posibilidades de llegar al poder por la va electoral, cada vez seva incrementando el proceso de matar deliberadamente a las figuras ms connotadas del gaitanismoregionalmente. Eso, por un lado, demuestra que hay una correlacin directa entre crecimiento del

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    movimiento gaitanista y empleo de las matanzas colectivas sistemticas, y no solamente regionalessino nacionales a la dirigencia gaitanista".

    "Pero si vemos por otro lado, tambin entendemos que hay la utilizacin de dos elementos: uno, lachulavizacion de la polica. Hay declaraciones muy directas y explcitas del gobernador de Boyac,Pepe Villareal, diciendo que eso se encuentra en dos documentos: uno, el libro de Arturo Alape,

    sobre el bogotazo; y el otro, la recoleccin de memorias individuales firmadas por Mara Valencia".

    "Y ah uno encuentra que la 'godificacin', como lo han llamado, de la Polica se hace endeclaraciones de Villarreal de una manera deliberada para tener una polica al servicio del rgimende la Unin Nacional, que era un rgimen presidido por Ospina Prez, pero con miembros de partidosliberales y conservadores. Los anteriores son los antecedentes del Frente Nacional. Y tambin lautilizacin tradicional y consciente de los sentimientos atvicos del pueblo hacia los partidostradicionales".

    "Como se trata siempre de borrar la autora de todos los genocidios y achacrselos al pueblo, esmucho ms fcil decir que no fue una violencia deliberada de la oligarqua liberal y conservadorapara exterminar al gaitanismo sino que fue una guerra bipartidista del pueblo liberal contra el puebloconservador, es decir, ya ; no es el Estado el que tiene la culpa sino que es el mismo pueblo, es lo

    que sucede hoy. Es decir, las grandes masacres no las comete el Estado sino que las cometen losparamilitares. Cuando los paramilitares, tal como lo han denunciado organismos internacionales,estn en estrecha vinculacin con el ejrcito, es el mismo mecanismo. Como ya no les funciona tantola violencia entre liberales y conservadores, ahora la tienen que hacer entre guerrilleros yparamilitares, para echarle la culpa a la gente comn y corriente, a los campesinos y no al Estado".

    "Creo que no conozco histricamente otros propsitos fuera de la invasin de los espaoles alcontinente, que haya sido un genocidio deliberado por la toma del j poder, por dominar el Estado;eso sucede cuando se quieren acabar los imperios | precolombinos para instaurar la colonia; es unalucha por el poder y luego nuevamente se utiliza el genocidio a partir del 45. Y por qu el genocidiose ha continuado? Porque antes eran matanzas por razones sociales y econmicas, puntuales; porejemplo, la lucha por la tierra; lo que sucedi en todo el norte del Tolima y el sur de Cundinamarca ytambin en el caso de las bananeras, que son por cuestiones econmicas y sociales, y por lo tanto,

    son puntuales desde el punto de vista regional. Pero, cundo se vuelven nacionales y por qu elgenocidio sigue siendo un instrumento, similar al que se inicia en el 45? Porque efectivamente elpueblo, tal vez inconscientemente, pero ya entiende que la solucin de sus problemas econmicosy sociales radican en cuestiones de poder, no solamente en cuestiones coyunturales de tipo local.De modo que analizar el genocidio de la dcada de los aos cuarenta, nos permite ver mecanismosidnticos con el genocidio de la Unin Patritica; porque lo que diferencia a la UP con otrosmovimientos polticos contemporneos es que estaba bajo las directivas de quienes queran la tomadel poder, no compartir el poder con la oligarqua; es decir, cuando se plantea el qutese la oligarquapara que el pueblo se tome el poder, es cuando se aplica el genocidio" (22).

    Esta entrevista con la hija del caudillo inmolado, en medio del genocidio poltico decretado contrasus seguidores, muestra la relacin existente entre la violencia de los aos cincuenta y la aparicinde las guerrillas en la dcadas de los aos sesenta y setenta.

    Durante el siglo XIX, las ideas socialistas revolucionarias que inspiraron las guerras civiles eran lasideas liberales; ideas progresistas que se disputaban los escenarios polticos con los conservadoresy la Iglesia, que representaban el viejo orden feudal, que se declaraban anticomunistas.

    Desde la Constitucin de 1886, fruto de la victoria conservadora, hasta 1930, fecha en que terminala hegemona liberal, se libraron grandes luchas sociales, populares y obreras, bajo la modalidad demovimientos sociales y alzamientos populares masivos, en los cuales convergan sectores liberalesy sectores de izquierda. Ya en el siglo XX, en el marco del movimiento obrero, se empiezan a perfilaridearios de izquierda y revolucionarios que van tomando distancia con las ideas del partido liberal.

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    Hacia 1919 se crea el Partido Socialista, que tiene como antecedente el Partido Obrero; all apareceel izquierdismo liberal y los intelectuales anarquistas. Esta propuesta se concreta en 1927 con lacreacin del Partido Socialista Revolucionario en la Convencin de la Dorada, que luego da origenal Partido Comunista Colombiano. Era un momento histrico de grandes luchas sociales y sindicales;por ese entonces aparece Jorge Elicer Gaitn como abogado de los trabajadores de las telefnicasde Bogot. Todas esas luchas sociales hacen que en 1930 el Partido Eiberal llegue al poder,quedando en duda si realmente eran los proletarios los beneficiarios o solamente la oligarqua liberalque se haca a ste.

    En 1928, se desata la crisis y la llamada masacre de las bananeras, en el departamento delMagdalena, en las cuales el Estado se alindera con los intereses de la multinacional United FruitCompany, desconociendo los derechos de los trabajadores, utilizando el recurrente Estado de sitiopara reprimirlos, masacrando a los que iban a la huelga, encarcelando a otros que eran juzgados enconsejos verbales de guerra, y llenando las crceles de presos y perseguidos polticos, constanteque se mantiene hasta nuestros das.

    El nuevo gobierno liberal, en cabeza de Enrique Olaya Herrera, disip la crisis poltica, pero en pocotiempo las expectativas y promesas se vieron incumplidas, arreciaron las protestas y las huelgas.Bajo ese escenario Gaitn se perfila con un nuevo movimiento poltico liberal revolucionario que esla Unin Nacional de Izquierda Revolucionaria, UNIR, distancindose de los liberalesinstitucionalizados. Ya en 1935, el Partido Comunista, en su Conferencia se decide a impulsar elFrente Amplio contra el Imperialismo y la Reaccin, y se suma a la campaa electoral de AlfonsoLpez Pumarejo, quien introduce una reforma agraria mediante la ley 200; una reforma constitucionalcon funcin social de la propiedad que buscaba responder a reclamos sociales de los obreros ycampesinos.

    En ese perodo, Jorge Elicer Gaitn se perfilaba como lder popular y por fuera de las sendasoficialistas del Partido Liberal, esto sumado al clima poltico existente en el gobierno conservador deMariano Ospina Prez, que era el retomo de los terratenientes al poder. Gaitn fue visto como unrevolucionario y como un peligro para la oligarqua liberal y conservadora, lo cual precipit sumagnicidio el 9 de abril de 1948. Esto gener la etapa de la Violencia, para acallar a los obrerosorganizados que afectaban la acumulacin de capital, y a su vez reversar los avances de la reformaagraria, facilitando que los terratenientes liberales y conservadores justificaran con la violenciaanticomunista agenciada desde los Estados Unidos, la expropiacin violenta y en su propio beneficiode las tierras de los pequeos y medianos propietarios liberales y conservadores.

    Como una forma de repeler la violencia institucional, aparecen las formas de resistencia armada,conocidas como las guerrillas liberales, que tienen su mxima expresin en las guerrillas del Llano,que tuvieron un gran control territorial, con legislacin y constitucin popular a bordo. Despus deque los guerrilleros son traicionados por el Partido Liberal, viene la dictadura del general Rojas Pinilla,patrocinada por liberales y conservadores; luego fallan los procesos de paz, el exterminio de los queentregaron las armas, la creacin del Frente Nacional, que implicaba el reparto del poder de manerasucesiva entre liberales y conservadores, mientras a tiros se silenciaba a los opositores polticos. Esen ese contexto que aparecen los movimientos guerrilleros de carcter revolucionario.

    Desde esas fechas hasta nuestro das todas las disidencias polticas han sido cooptadas, sometidas,aniquiladas o reducidas. La historia del pas conoce la suerte del movimiento gaitanista, del PartidoComunista y de la Unin Patritica, entre otras expresiones alternativas, vctimas de la violenciaoficial y paraoficial.

    SURGIMIENTO DE LAS FARC

    Al comienzo las guerrillas liberales, compuestas por sectores del partido liberal y por sectorescomunistas, estuvieron muy unidas frente a un enemigo comn que era el gobierno, que las atacabaindistintamente; luego se van diferenciando y aparecen los "limpios", que eran los liberales, y los

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    "comunes", que eran los comunistas. Estos ltimos cada vez ms van comprendiendo que la luchano era entre liberales y conservadores, sino una lucha de clases entre la oligarqua liberal yconservadora contra los intereses del pueblo. Con el golpe militar de Rojas Pinilla, las guerrillasliberales se entregan, pero no lo hacen las comunistas. El movimiento guerrillero se alinea en unalucha contra la dictadura de Rojas, pero fracasa, pues la oligarqua autoderroca a la dictadura y dapaso al Frente Nacional, fenmeno de monopolio poltico liberal y conservador que funcionperfectamente con un efecto inercial hasta nuestro das.

    Para comprender en las voces de las FARC su origen, cabe citar el siguiente documento expedidobajo el ttulo 34 Aniversario de las FARC-EP:

    "Bajo el rugir de los aviones, las explosiones de las bombas y el tableteo de fsiles y ametralladoras,con impresionante despliegue militar, se inici el 27 de mayo de 1964 la operacin Marquetalia, paraexterminar a 48 campesinos y sus familias, que bajo el mando del Comandante Guerrillero ManuelMarulanda Vlez descuajaban montaas, fundaban fincas, las cultivaban y vendan sus productosen colectivo y se dieron formas y normas de convivencia en lo que el Estado colombiano, apoyadopor el gobierno norteamericano, denomin inaceptables "repblicas independientes dentro delmismo territorio colombiano", y como un peligroso experimento socialista. Nadie en Marquetaliadeseaba la confrontacin militar. Fue el Estado colombiano bajo la presin gringa quien desat laguerra e impuso la confrontacin armada sumiendo a nuestro pas en un inmenso campo de dolor ymuertes. Se quera la utilizacin de la va menos dolorosa para impulsar los cambios, pero comosomos revolucionarios que de una manera u otra tenemos que cumplir con nuestro deber, nos vimosen la obligacin de empuar las armas. De all vienen las Fuerzas Armadas Revolucionarias deColombia, Ejrcito del Pueblo, FARC-EP, que hoy 27 de mayo cumplen 34 aos de ininterrumpidoaccionar poltico-militar. Nada ha cambiado en Colombia que no sea para empeorar la situacin. Laselecciones se han convertido en gigantescos carnavales del derroche de los dineros pblicos, deinversin a corto plazo de capitalistas y terratenientes criollos, de las transnacionales y de los queimponen los candidatos y hasta presidentes como en el caso de Ernesto Samper Pizano. Todo loque tocan lo corrompen, compran el voto y la conciencia; prometen toda clase de prebendas,reparten los puestos estatales, los crditos para la vivienda, los cupos universitarios y hasta danmedalla de "oro" al municipio que mayor votacin ponga, porque eso es su "democracia".

    "De ser una conquista democrtica, las elecciones en Colombia pasaron a ser una sinvergenceray una tramposa manera de las clases dominantes para perpetuar su dominio. Hoy las FARC-EPcondenan este tipo de elecciones y llaman a la abstencin electoral y a la creacin de los cabildospopulares realmente democrticos y participativos para la construccin real del poder desde abajo.

    All daremos la pelea".

    "Las FARC-EP prosiguen en la bsqueda de una salida poltica al conflicto social y armado que viveColombia, lnea consecuente desde su fundacin. Ya no son el reducido grupo de campesinos. Tiene60 frentes de guerra agrupados en siete bloques dislocados en todo el territorio nacional. Cuentancon una amplia dominacin territorial apoyados por importantes ncleos de la poblacin urbana yrural y son una verdadera opcin de poder. Han cualificado su accionar militar propinando durosgolpes a las fuerzas oficiales como los recientes en Las Delicias, San Juanito, Patascoy y El Billar,cuyos fracasos el ejrcito trata de ocultar recurriendo a la represin contra la poblacin civildesatando una orga de sangre, realizando las masacres a pobladores desarmados para implantarel terror en un vano intento de parar el avance de la insurgencia".

    "Los postulados de Marquetalia, recogidos en el programa agrario de los guerrilleros, tiene plenavigencia al igual que la plataforma poltica de diez puntos para un nuevo gobierno de reconciliaciny reconstruccin nacional, que abriran las compuertas para iniciar una sana convivencia entre lafamilia colombiana, por ello nuestras armas y nuestras banderas siguen en alto al servicio del pueblo.Estamos abriendo caminos hacia la nueva Colombia" (23).

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    Los siguientes son apartes de la introduccin del libro Colombia, nunca ms, sobre los fundamentosdados por los mismos grupos alzados en armas en sus manifiestos fundacionales o en susdocumentos pblicos, en los cuales explican el porqu de su surgimiento: "Entre tanto, la insurgenciatambin se fue estructurando. Como reaccin a la Operacin Marquetalia, mediante la cual el Ejrcitocolombiano arremeti con 16 mil hombres contra los grupos de autodefensas campesinas queresistan a la expulsin de sus tierras en el sur del Tolima, el 20 de julio de 1964 esas autodefensasarmadas del sur del Tolima, junto con las del Huila, Cauca y Valle, lanzaron una proclama nacionalpara anunciar que constituan las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia y adoptaban unprograma de siete puntos de reforma agraria por el cual se comprometan a luchar. En la proclamamanifestaban: 'Contra nosotros se han desencadenado 4 guerras en el curso de 15 aos. Una apartir de 1948, otra a partir de 1954, otra de 1962 y sta que estamos padeciendo a partir del 18 demayo de 1964, cuando los mandos militares declararon oficialmente que ese da haba comenzadola 'Operacin Marquetalia'... Por eso nos ha tocado sufrir en la carne y en el espritu todas lasbestialidades de un rgimen podrido que se asienta sobre el monopolio latifundista de la tierra, lamonoproduccin y la monoexportacin bajo el imperio de los Estados Unidos. Es por esto que enesta guerra participan contra nosotros tropas, aviones, altos mandos militares y especialistasnorteamericanos. Es por esto que se lanzan contra nosotros 16 mil hombres provistos de las armasms modernas y destructoras. Es por eso que contra nosotros se emplea la tctica del bloqueoeconmico, del cerco, del exterminio, de las acometidas por aire y tierra y, por ltimo, de la guerrabacteriolgica... Nosotros hemos llegado a todas las partes donde haba puertas para golpear en

    procura de auxilio para evitar que una cruzada anticomunista, que es una cruzada antipatriticacontra nuestro pueblo, nos llevara, y con nosotros, a todo nuestro pueblo, a una lucha larga ysangrienta. Nosotros somos revolucionarios que luchamos por un cambio de rgimen. Peroqueramos y luchbamos por ese cambio usando la va menos dolorosa para nuestro pueblo: la vapacfica, la va de la lucha democrtica de las masas, las vas legales que la Constitucin deColombia seala. Esa va nos fue cerrada violentamente, y como somos revolucionarios que de unau otra manera jugamos el papel histrico que nos corresponde, obligados por las circunstanciasarriba anotadas, nos toc buscar la otra va: la va revolucionaria armada para la lucha del poder.Desde hoy 20 de julio de 1964 somos un movimiento guerrillero que lucha por el siguiente programa:"(24)

    "Primero. A la poltica agraria de mentiras de la oligarqua, oponemos una efectiva poltica agrariarevolucionaria que cambie de raz la estructura social del campo colombiano, entregando en forma

    completamente gratuita la tierra a los campesinos que la trabajan o quieran trabajarla, sobre la basede la confiscacin de la propiedad latifundista en beneficio de todo el pueblo trabajador. La polticaagraria revolucionaria entregar a los campesinos... la ayuda tcnica y de infraestructura,herramientas y animales de l