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TEORIA DE LA LEGISLACION UNIVERSAL, SEGUN JEREMIAS BENTHAM

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TEORIA DE LA LEGISLACION UNIVERSAL, SEGUN JEREMIAS BENTHAM

Andrés Bello, rector de la Universidad de Chile.Retrato del natural por Raymond Quinsac Monvoisin.Santiago, 1844. Rectoría de la Universidad de Chile.

— ANDRÉS BELLO —

TEORIA DE LA LEGISLACION UNIVERSAL, SEGUN JEREMIAS BENTHAM

Edición, estudio preliminar y notaspor

Felipe Vicencio EyzaguirreDirector Adjunto de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Sociedad Chilena de Historia del Derecho y Derecho Romano Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano

PrólogoAlejandro Guzmán Brito

Profesor Emérito de la Pontificia Universidad Católica de ValparaísoAcademia Chilena de la Historia, del Instituto de Chile

V A L P A R A Í S O

Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Facultad de Derecho.

— 2021 —

Colección LegalSerie Monografías y Escritos Reunidos

Escuela de DerechoPontificia Universidad Católica de Valparaíso

©Felipe Vicencio Eyzaguirre, 2021

Registro de Propiedad Intelectual Nº 2021-A-1475ISBN: 978-956-17-0925-6

Derechos reservadosPrimera edición: 300 ejemplares

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Diseño: Alejandra Salinas

Impresión Salesianos S.A.

IMPRESO EN CHILE

A la memoria de Alamiro de Ávila Martel, mi primer maestro y recordado amigo

SUMARIO

- Prólogo

- Nota introductoria: La historia del manuscrito del ‘Curso de Legislación Universal’ y su edición

- Estudio preliminar: Las ideas de Jeremías Bentham en la obra jurídica de Andrés Bello y su influencia en Chile

- Bibliografía y fuentes consultadas

- Andrés Bello: Teoría de la Legislación Universal, según Jeremías Bentham

Tabla de contenidos

Texto: Libro Primero: Principios generalesLibro Segundo: Del derecho políticoLibro Tercero: De los derechos y obligaciones civilesLibro Cuarto: De los delitosLibro Quinto: De las pruebas judiciales. Nociones generales sobre las pruebas

Anexo documental- Programa para los exámenes de los alumnos de la clase de Principios Jenerales de Legislacion: Colejio de Santiago, 1831- Programa para los exámenes de los alumnos de la clase de Lejislacion en el Instituto Nacional, 1832

- Bibliografía del ‘Curso’

- Índice onomástico y de lugares del texto del ‘Curso’

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— Prólogo —

A poco de llegado a Chile, Andrés Bello inició docencia formal en el Colegio de Santiago. La asignatura escogida fue un “Curso de legislación universal según los principios de Jeremías Bentham”. Durante su casi veintenal permanencia en Lon-dres, Bello actuó durante algún tiempo como secretario del filósofo inglés, gracias a la mediación de James Mill amigo íntimo de Bentham y padre del conocido filósofo John. En la labor indicada, Bello quedó encargado de transcribir y orde-nar los escritos de Bentham, que este producía en grandes cantidades de manera descuidada. Fue seguramente en esta ocasión que Bello se familiarizó con el pen-samiento de Bentham, en especial con sus ideas sobre lo que con un neologismo de gran fortuna inventado por el propio Bentham, se denominó “codificación”, que Bello llegó a usar en algunos de sus artículos publicados mucho tiempo des-pués en Chile, en El Araucano.

Pero, como quedó dicho, el primer aprovechamiento que el venezolano hizo del pensador inglés fue a través de unas lecciones en el Colegio de Santiago, basadas en sus ideas sobre legislación.

De este curso no se conservó públicamente resto alguno, hasta que don Alamiro de Ávila Martel descubrió entre los papeles del bibliógrafo chileno Ramón Briseño unos apuntes del curso impartido por Bello y al cual este había asistido. Don Alamiro leyó la noticia de existir estos apuntes en las memorias de Briseño y con la perseverancia y paciencia que le caracterizaron se dio a la tarea de pesquisarlo entre sus papeles, hasta que dió con el manuscrito, que entonces se propuso editar; empero, la muerte que lo sorprendió en 1990, dejó inconclusa esta labor. Ella ha sido retomada por un colaborador de don Alamiro, don Felipe Vicencio Eyzaguirre, y gracias a ello la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso puede ahora dar a las prensas el manuscrito del curso de Bello sobre legislación universal basado en J. Bentham.

Prof. Dr. Alejandro Guzmán BritoProfesor Emérito de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.

Viña del Mar, marzo de 2019.

— Nota introductoria —

LA HISTORIA DEL MANUSCRITO DEL ‘CURSO DE LEGISLACION UNIVERSAL’

Y SU EDICION

§ 1.— Consideraciones previas: la edición de este manuscrito, que bien podría ser una de las últimas obras inéditas de Andrés Bello que se conozcan1, ha llevado un tiempo excesivamente largo, desde que se descubrió hasta que se le ha dado a la luz. De todo ello, de sus minucias y vicisitudes, se hablará en las páginas siguientes.

El curso de Teoría de la Legislación Universal lo dictó Bello personalmente por primera y única vez en 1830, y después prosiguieron otros profesores con su enseñanza, empleando al efecto copias manuscritas del original suyo —hoy perdido—, que sirvieron para la reproducción de otras más. De una de ellas, la de Ramón Briseño (fechada en 1833) y que se conserva en el Archivo Central Andrés Bello de la Universidad de Chile, en Santiago, nos hemos valido para esta edición.

Fue Alamiro de Ávila Martel quien pesquizó, encontró y adquirió el ma-nuscrito para los fondos del hoy Archivo, la entonces Biblioteca Central de la

1 Se puede afirmar esto, toda vez que en fecha reciente se han publicado, en una muy esmerada edición, los llamados Cuadernos de Londres de Bello, a cargo de Iván Jaksić y Tania Avilés, Santiago, Centro de Investigaciones Diego Barros Arana, Editorial Universitaria, Dibam, 2017, 900 + dos p. + 1 h. en bl., ilust. Este libro reproduce por primera vez todos los cuadernos conocidos, que el maestro llevó en sus trabajos en la biblioteca del Museo Británico, mientras estuvo en Inglaterra. Registran sus estudios y lecturas, preferentemente en materias literarias y lingüísticas. Estos manuscritos se conservan en el Archivo Andrés Bello de la Universidad de Chile. Cabe agregar, como dato erudito, que de uno de ellos se hizo una esmeradísima edición facsimilar: Andrés Bello, Cuadernos de Londres (1812-1820), Vol. i, Santiago, Archivo Central Andrés Bello, 2014, 50 fs., en una caja. Edición limitada, numerada. Quedaría inédito todavía un “Cuaderno de Filosofía dictado por Don Andrés Bello para el uso de Juan Alemparte”, sin fecha: Vol. 95, pieza 15, del Fondo Antiguo del Archivo Nacional de Chile, Vd. Iván Jaksić, Rebeldes académicos: La filosofía chilena desde la Independencia hasta 1989, Santiago, Ediciones Universidad Diego Portales, 2013, p. 68, n. 65.

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Universidad de Chile que él mismo dirigía. Tiempo después esa casa de estudios superiores le encargó su edición y publicación, lo que no concluyó. Sí alcanzó a transcribir el manuscrito íntegramente, junto a lo cual comenzó a estudiar a Bentham y su filosofía utilitarista, tomando notas y apuntes de sus lecturas con miras a una introducción que jamás terminaría. Después de esbozar su plan ge-neral, dividido en siete acápites —a saber, 1. Jeremy Bentham; 2. Sus obras; 3. La filosofía jurídica de Bentham; 4. Los Traités y otros escritos como textos for-mativos para el jurista; 5. Bello y Bentham; 6. El Curso de legislación universal y 7. El benthamismo en Chile—, don Alamiro comenzó a redactarlos. Alcanzó a avanzar en lo que puede considerarse una unión del primer y tercer apartados bajo el nuevo título de “Bentham y sus ideas jurídicas”, en el cual entregó un esbozo biográfico del filósofo muy general, básico en grado sumo, y un estudio especial —correcto y preciso—, de su filosofía jurídica, y que llena cinco páginas con una letra pequeña y de caligrafía endemoniada, a veces imposible de desci-frar. Ávila Martel moriría en 1990 sin acabar el proyecto; dos años después lo haría su mujer, Ana Sacerdote Morpurgo —de feliz recuerdo—, y su biblioteca, archivo y manuscritos, que ella mantuvo mientras vivió, se dispersarían a los cua-tro vientos. De entre sus colecciones me quedé con muchos libros y con todo lo que restaba de los papeles personales de don Alamiro, entre los que se encontra-ron las transcripciones y documentos de trabajo aludidos, en una carpeta grande, de color celeste, y que el albacea, Enrique Salas Sierra (1935-2019) me obsequió, creyendo que les daría un buen uso, en enero de 1995. Agradeciendo ese gesto, y sabiendo la importancia del Curso, tomé el testigo. Mis primeras lecturas sobre Bentham datan de 1997, y de ahí en dos ocasiones expuse los avances de la in-vestigación y el desarrollo del trabajo en los congresos nacionales de la Sociedad Chilena de Historia del Derecho y Derecho Romano; hoy, con estas líneas, mis pasos en la senda abierta por don Alamiro concluyen.

La primera transcripción —abulensis—, a que se ha aludido, me sirvió como herramienta de verificación para mi propia copia, cuando el original, gene-ralmente claro, ofreció alguna duda puntual en su lectura. El material preparato-rio que don Alamiro alcanzó a organizar y escribir en parte muy mínima me ha ofrecido alguna mayor utilidad, pues lo he usado en la redacción de las páginas siguientes, cada vez que ha resultado pertinente; el plan de la introducción lo he

17Nota introductoria / La historia del manuscrito del Curso. . .

seguido, como se aprecia a simple vista, casi íntegramente, sin alteraciones sustan-ciales, como un especial homenaje a su concepción intelectual. Su bibliografía, sus apuntes y notas de lectura, que guiaron las mías en muchos puntos, las he volcado en varios párrafos, así como en algunas notas, y el capítulo aludido más arriba, “Bentham y sus ideas jurídicas”, ocupa su lugar (§ 3) en el estudio preliminar a continuación, si bien con cambios y añadidos importantes, interpolaciones de las que no dejo registro para evitar más notas y referencias de aparato; suficientes hay ya con las propias. Para subsanar este inconveniente, y en aras de la más completa honestidad intelectual, y transparencia científica y metodológica, esas páginas se incluyen facsimilarmente, en un anexo (Vd. págs. 33-38).

La edición de este manuscrito me apartó de mis intereses más inmediatos e hizo que me adentrara en un campo en que reconozco no mucha versación, cual es el filosófico jurídico. Solo mi vivo interés por el gran humanista venezolano —chileno por gracia de ley—, y el compromiso para con la memoria de mi primer maestro, me mantuvieron trabajando, si bien con intermitencias. Es respecto a esta última aseveración, al compromiso aludido, que realizo la precisión siguiente. Don Alamiro, como se verá, dedicó tiempo y esfuerzo a estudiar la filosofía jurídica de Bello, sus influencias benthamianas y su concreción posterior en su más alta labor como jurista en su papel de codificador, como profesor y maestro —ya desde la prensa, ya desde la enseñanza superior—, e incluso como rector. Con el fin de rescatar las diversas conclusiones de don Alamiro, que hago mías, y sin pretensión de redactar un centón, he recurrido con frecuencia a sus artículos e investigaciones, dejando que ellas guien mis pasos; con alguna frecuencia lo sigo casi como única fuente, pues su juicio, que aprecio, es el producto de años de cuidada reflexión y estudio. Esto se verá en especial en los acápites § 5 y § 6 del estudio. Por cierto asumo personalmente los errores que en éste, mi intento, haya podido cometer.

§ 2.— Los papeles de Ramón Briseño, y Alamiro de Ávila Martel: como quedó dicho, después de Bello, otros siguieron dictando el mismo curso, para lo cual usaron copias manuscritas de su texto, que circulaban de mano en mano y volvían a co-piarse. Por antecedentes autobiográficos de Ramón Briseño (1814-1910), abogado, docente, académico y bibliógrafo, director de la Biblioteca Nacional por un largo período (1864-1886), se sabe que siguió el curso de Legislación Universal en sus

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estudios de Derecho en el Instituto Nacional, con Antonio Jacobo Vial, “por un texto manuscrito de Bello” en 1833, y que se distinguió en él como muy buen estudiante2. De esta circunstancia, la de su resultado académico, se haría eco El Araucano, en forma oportuna.

Hizo carrera académica posteriormente: en el colegio del presbítero Juan de Dios Romo, en el mismo Instituto Nacional y otros colegios como el de José Zapata y Rafael Minvielle. En varios de estos últimos establecimientos enseñó una serie de ramos, entre los cuales estuvo el de Legislación citado, siguiendo en todo sus propios apuntes que no eran otros sino los del mismo Bello3; no lo hizo en el Colegio de Romo, en un primer momento, porque ahí regentaba la cátedra de Legislación y la de Derecho de Gentes José Victorino Lastarria. Empero en 1845 ya la explicaba ahí4, lo que debió durar hasta 1849, cuando dejó ese establecimiento para ocupar el cargo de Oficial Mayor del Ministerio del Interior5.

Briseño era metódico y disciplinado, con una contricción para el traba-jo ejemplar; así no resulta extraño saber que llevaba ordenadamente un extenso archivo con sus papeles, entre los cuales se encontraban sus textos de estudio. Conservaba las Lecciones de Derecho Romano y Natural de 1835, por ejemplo, en tomos individuales, pero no registró la ubicación que en el resto de los volúmenes de sus mauscritos tenía el de Legislación. Solo cabe conjeturar que se hallaba en alguno de los nueve tomos a los que hizo referencia particular como ‘Colección de manuscritos de puño y letra de Ramón Briseño’, en uno de los empastados en 4° mayor6. El destino de sus papeles seguiría a los suyos, manteniéndose después de sus días en poder de la familia; a medidados de los ’60 sirvieron a Guillermo Feliú Cruz para investigar su vida y obra en el trabajo del que se han tomado estos antecedentes, y luego —como se verá en seguida—, se adquirieron por la Univer-sidad de Chile para los fondos de su Biblioteca Central, donde siguen hasta hoy.

2 Ramón Briseño, “I Apuntes autobiográficos de don Ramón Briseño”, en: Guillermo Feliú Cruz, Ramón Briseño: Vida y obra del primer bibliógrafo chileno 1814-1910, Santiago, Ed. Universidad Católica, 1966, p. viii. 3 Ibid., p. xi.4 Ibid., p. xx.5 Ibid., p. xxii.6 Ramón Briseño, “II Autobiografía de Ramón Briseño”, en: Feliú Cruz, Ramón Briseño: Vida y obra…, cit. (n. 2), p. xliii.

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Ramón Briseño, retrato en la Biblioteca Nacional, Santiago.

Este es el momento en que entra en escena el profesor Ávila Martel, a cuya diligencia debemos el rescate de esta obra, y por ende a él dedicaremos las próximas páginas.

Alamiro de Ávila Martel (1918-1990)7, abogado, académico de mérito,

7 Sobre él hay una abundante bibliografía, muchos artículos de ocasión y algunos otros de cierta profundidad, que entregan una imagen muy correcta y completa de su vida así como de su quehacer; destaco entre los más importantes: Antonio Dougnac Rodríguez, “Alamiro de Ávila Martel, cofundador de la Escuela Chilena de Historiadores del Derecho”, en: Discursos académicos pronunciados en el acto en que la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, el 31 de octubre de 1989, recibió como profesor emérito a don Alamiro de Ávila Martel, Santiago, Ed. Universitaria, 1990, pp. 7-31; Manuel Salvat Monguillot, “Alamiro de Ávila Martel y la Historia del Derecho”, en: Anales de la Universidad de Chile: Estudios en honor de Alamiro de Ávila Martel, quinta serie, N° 20, pp. 65-74, Santiago, 1989; Hugo Hanisch Espíndola, “El profesor Alamiro de Ávila Martel y el Derecho Romano”, en: Anales de la Universidad de Chile: Estudios…, cit., pp. 39-48; Ricardo Couyoumdjian Bergamali, “Alamiro de Ávila Martel y la bibliografía chilena”, en: Anales de la Universidad de Chile: Estudios…, cit., pp. 23-37; Alejandro Guzmán Brito, “Don Alamiro de Ávila Martel”, en: Boletín de la Academia Chilena de la Historia, años lviii-lix, N° 102, pp. 25-32, Santiago, 1991-92; Felipe Vicencio

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el auténtico reformador de las cátedras de Historia del Derecho —en que siguió las aguas de su maestro Aníbal Bascuñán Valdés—, y de Derecho Romano, in-troduciendo en ella nuevas perspectivas, que rompieron con el método exegético con que antes se le enseñaba casi sin contrapeso. Fue un bibliógrafo e historiador, particularmente del Derecho, con especiales dotes, un fino y versado bibliófilo y numismático de nota. Se desempeñó siempre en su alma máter, la Universidad de Chile, en cuya Facultad de Derecho realizó una carrera académica completa, culminándola en 1989 cuando fue nombrado profesor emérito, la más alta distin-ción docente que la Casa de Bello otorga a sus profesores. Además de sus activi-dades como investigador y académico, desde 1957 se desempeñó hasta su muerte como director de la Biblioteca Central de la Universidad de Chile, hoy Archivo Central Andrés Bello, a cuyo incremento contribuyó decididamente, dándole la impronta que hasta hoy conserva como biblioteca patrimonial —casi un mu-seo—, riquísima en sus colecciones bibliográficas e iconográficas.

Entre sus múltiples preocupaciones intelectuales que derivaron en líneas de investigación bien definidas, estuvieron la historiografía jurídica y la enseñanza de la Historia del Derecho y el Derecho Romano, y luego la figura de Andrés Bello. Fue por el camino de la investigación de la docencia jurídica, particularmente ius romanística, que entró al estudio de su figura, y en especial del de su pensamiento jurídico que no contaba con un trabajo propio. Don Alamiro reconocía que para el historiador del derecho la circunstancia de ocuparse de la obra de un jurista y de sus ideas directrices “tienen una importancia especial, porque proporcionan la explicación de las soluciones a que llega el autor frente a los problemas y a la con-

Eyzaguirre, “Alamiro de Ávila Martel (1918-1990), historiador, bibliógrafo y numismático”, en: Revista Chilena de Historia y Geografía, N° 162, pp. 163-214, Santiago, 1996 (hay separata). La bibliografía de don Alamiro se puede consultar en: Antonia Rebolledo Hernádez, “Bibliografía de Alamiro de Ávila Martel”, en: Anales de la Universidad de Chile: Estudios…, cit., pp. 49-64 y Jaime Bassa Mercado, “Bibliografía de Alamiro de Ávila Martel, Benjamín Cid Quiroz y Hugo Hanisch Espíndola”, en: Ángela Cattan Atala y Alejandro Guzmán Brito (editores), Homenaje a los profesores Alamiro de Ávila Martel, Benjamín Cid Quiroz y Hugo Hanisch Espíndola, Santiago, Universidad del Desarrollo, Facultad de Derecho, 2005, pp. 29-51. Un listado exhaustivo de otras publicaciones más sobre él, y que todavía resulta útil para orientar su investigación, es el que redacté y publiqué en su oportunidad, como complemento a mi artículo “Un manuscrito inédito de Alamiro de Ávila Martel sobre el pensamiento de Bentham”, en: Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, xviii, pp. 591-593, Valparaíso, 1996.

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figuración que da a éstos”8. Develando las ideas jurídicas de Bello, que en algunos aspectos reflejan mucho de Bentham, y deteniéndose en cómo el humanista ca-raqueño las aceptó e incluyó en sus programas de enseñanza —valiéndose de su influjo por diversas vías—, don Alamiro podría completar parte de su aproxima-ción a la enseñanza jurídica decimonónica, a su evolución y transformaciones9.

Sus primeras aproximaciones al respecto las dio por medio de dos artículos tocantes a la enseñanza del Derecho Romano. En el primero lo hizo enfocando el asunto desde la óptica de la formación de los juristas chilenos en el siglo xviii10, y en el segundo —que aparecería más de una década después—, analizando el papel que le cupo a Bello en ese proceso en la primera mitad del siglo xix11. Es en este último donde encuentra, se asombra, y lo reputa un descubrimiento relevante, que don Andrés había adoptado el historicismo alemán de Savigny, dedicándole entonces algunas páginas a la evolución de su pensamiento jurídi-co12. De esta manera el campo ius filosófico le mostró una veta que se dedicó a explorar. Lo anterior reforzó también su interés por conocer más en profundidad el pensamiento y trabazón filosóficos de Bello, entendiendo su importancia en el proceso codificador civil de Chile, donde ya notaba que era esa formación historicista, con el uso inteligente de una suerte de positivismo legal heredero del utilitarismo benthamiano, el que había permitido que el Código Civil tuviera la aceptación que tuvo en un principio, asegurando su perdurabilidad. Con eso

8 Alamiro de Ávila Martel, “Londres en la formación jurídica de Andrés Bello”, en: Bello y Londres: Segundo Congreso del Bicentenario, Caracas, La Casa de Bello, 1981, t. II, pp. 211-242. Lo volvió a publicar en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, vii, pp. 317-350, Valparaíso, 1982. La cita del texto corresponde a esta última edición, pág. 323.9 Felipe Vicencio Eyzaguirre, “Un manuscrito inédito de Alamiro de Ávila Martel sobre el pensamiento de Bentham”, cit. (n. 7), pp. 590-591. El documento aludido se publicó en el mismo número de la revista: Alamiro de Ávila Martel, “La concepción del derecho económico en Bentham”, pp. 443-445. De ambos hay separatas.10 Alamiro de Ávila Martel, “El derecho romano en la formación de los juristas chilenos del siglo xviii”, en: Studi in memoria di F. Vassalli, pp. 395-402, Torino, 1960.11 Alamiro de Ávila Martel, “Bello y el derecho romano”, en: Estudios sobre la vida y obra de Andrés Bello, Santiago, Ediciones de la Universidad de Chile, 1973, pp. 80-97. Se concibió el libro dentro de los homenajes de la Universidad para el primer centenario del fallecimiento de Bello (1965), pero distintas circunstancias dilataron exageradamente su impresión final.12 Ello es producto de parte del contenido del tomo xiv de Derecho Romano en las obras completas de Bello, en su edición de Caracas (1959), y que había leído en octubre de 1965.

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en mente primero se preguntó cuál había sido la filosofía jurídica de Bentham, y para responder su inquietud ya trabajaba en ella en 197713.

En ese contexto, y en el mismo año citado, producto de sus lecturas e investigaciones, Ávila Martel se encontró con referencias al Curso en los apun-tes autobiográficos de Briseño, y alertado por su importancia para los fines dichos, comenzó a buscar sus papeles, los que hasta mediados de la década de los ’60 —como ya se ha advertido— aun conservaban sus descendientes, toda vez que Feliú Cruz los había usado para sus trabajos. Después de hallarlos los adquirió para la Universidad de Chile y los integró a la colección de papeles de Bello que había conformado en la Biblioteca Central universitaria14.

Paralelamente, en julio de 1977 comenzó la sistematización de sus lecturas de y sobre Bentham15, lo que se complementa además por el interés que puso en adquirir su obra y bibliografía secundaria: en efecto, a fines de 1978 compra seis tomos, y volverá a realizar adquisiciones en 1979, 1984, 1985, 1989 y 199016.

Esa sistematicidad que se ofrece en lecturas y compras se entiende cuando nos informamos que en octubre de 1979 halló por fin el manuscrito que buscaba, y comenzó rápidamente a estudiarlo; la conmemoración del Bicentenario de Bello en 1981 determinó que la comisión formada al efecto le encargara formalmente la edición del curso17.

13 Alamiro de Ávila Martel, The influence of Bentham in the teaching of penal law in Chile, London, First Bentham Studies Conference, 1979, 20 p., también en: Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, v, pp. 257-265, Valparaíso, 1980, y en: The Bentham Newsletter N° 5, pp. 22-28, London, May 1981.14 La primera noticia al respecto la dio en su estudio de “Londres en la formación jurídica de Bello”, cit. (n. 8), p. 323. El manuscrito original del artículo, que conservo en mi archivo, está fechado en noviembre de 1979, esto es a un mes de haber encontrado el texto de Bello (octubre).15 Don Alamiro llevaba una suerte de diario de lecturas, que iniciado en 1933 —esto es a los quince años de edad—, lo concluiría sólo con su muerte en 1990. De ese documento, que conservo, publiqué en 1996 los registros de las lecturas sobre Bentham, Vd. Vicencio Eyzaguirre, “Un manuscrito inédito de Alamiro de Ávila Martel sobre el pensamiento de Bentham”, cit. (n. 7), pp. 596-597. En julio sólo lee un trabajo de Shwartz, en agosto a Blanco White, en septiembre el tomo viii de los Tratados de legislación (París, 1823) de Bentham y Schwartz nuevamente. Todo el mes de octubre del año citado (1977) está dedicado a Bentham, con cinco libros y 1326 páginas.16 Ello puede extrarse del libro registro de la biblioteca de Ávila Martel, y de la publicación de sus antecedentes a este respecto, Ibíd., pp. 594-595.17 Comisión del Bicentenario de Andrés Bello, “Memorandum N° 3”, Santiago, 4 de septiembre de 1980, 3 hs. en papel de la Biblioteca Central de la Universidad de Chile

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Alamiro de Ávila Martel en su oficina de director de la Biblioteca Central de la Universidad de Chile;

fotografía de mediados de la década de los `80 (colección privada).

Así, dentro del mismo año 1979 Ávila Martel comenzó a estudiar el tema del Curso propiamente tal, y sus imbricancias, volcando los resultados en no menos de cinco trabajos hasta 1982. En efecto en el primer año mencionado participó en la First Bentham Studies Conference en Londres (9 y 10 de julio) con un trabajo que versó sobre la influencia de Bentham en la enseñanza del derecho penal en Chile, y que publicaría dos veces más en sedes académicas distintas18. Esto le permitió ser nombrado miembro consultor del comité especial del Bentham Project de la Univer-sidad de Londres, sobre España, Portugal y América Latina. Luego, y ya embarcado

[mecanografiadas y fotocopiadas]. Cuando se discutió y aprobó el programa nacional básico de la conmemoración, propuesto por el Rector de la Universidad —en realidad elaboración principal de don Alamiro—, y dentro de los compromisos asumidos por la casa de estudios superiores, figuraba la de realizar cuatro publicaciones: una era El curso de legislación universal de Bello (hoja núm. 3).18 Vd. sus respectivas citas en n. 13 precedente.

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en el programa de publicaciones destinadas a la conmemoración del bicentanario de Bello, no dejaría pasar la ocasión para referirse al descubrimiento y adelantar algu-nos aspectos, tanto en su biografía del maestro19, como en dos de sus mejor logradas investigaciones, dedicadas a la formación20 y filosofía21 jurídicas de Bello. Volvería sobre la materia en una ponencia en julio de 1982 tratando esta vez las ideas de Bentham respecto a las pruebas que fueron enseñadas por Bello22, y también —pero tangencialmente—, en lo relacionado al benthamismo en Chile, asociado a Mora y Bello en 1830, con el mundo de la enseñanza23. Después de 1982, curiosa e inex-plicablemente, la publicación de trabajos en esta línea cesa; no conozco registro de ningún otro que haya preparado, y ciertamente nada publicado, hasta que falleciera ocho años después. A mi me correspondió, sí, editar un brevísimo artículo que estaba redactado y concluido sobre el pensamiento económico de Bentham, y que se publicó en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos en 199624. ¿Quiere decir eso que don Alamiro perdió interés? No, ya que sus lecturas se mantienen constantes, y el acopio de material también. Carezco de una respuesta definitiva. Quizás, podría argüir, quiso darse todo el tiempo necesario para empaparse de la filosofía utilitarista y de la de Bentham en particular, entendiéndolas cabalmente, para después concen-trarse en el análisis del Curso mismo. El acerto me parece plausible, porque el campo filosófico no era del resorte de don Alamiro, toda vez que en su biblioteca no había obras importantes al respecto, y sus lecturas no reflejan en toda su historia un interés particular por ello. Quede no obstante abierta la interrogante.

19 Alamiro de Ávila Martel, Andrés Bello, breve ensayo sobre su vida, Santiago, Ed. Universitaria, 1981, pp. 66-67. Hay una segunda edición.20 Alamiro de Ávila Martel, “Londres en la formacíon jurídica de Andrés Bello”, cit. (n.8).21 Alamiro de Ávila Martel, “La filosofía jurídica de Andrés Bello”, en: Congreso Internacional Andrés Bello y el Derecho realizado con motivo del bicentenario de su nacimiento: Patrocinado por el Instituto de Chile, Santiago de Chile, julio de 1981, Santiago, Departamento de Ciencias del Derecho, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Editorial Jurídica de Chile, 1982, pp. 41-62.22 Alamiro de Ávila Martel, “Las ideas de Bentham sobre las pruebas que fueron enseñadas por Andrés Bello en Chile”, en: Revista Chilena de Historia del Derecho, N° 9, pp. 67-69, Santiago, 1983.23 Alamiro de Ávila Martel, Mora y Bello en Chile (1829-1831), Santiago, Ediciones de la Universidad de Chile, 1982, 197 p. + 1 h. en bl., ilustrado.24 Alamiro de Ávila Martel, “La concepción del derecho económico en Bentham”, en: Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, xviii, pp. 443-445, Valparaíso, 1996.

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§ 3.— Esta edición: para llevarla a cabo se han seguido unas pocas normas editoriales muy sencillas. Teniendo en cuenta que el objetivo principal es ofrecer el texto a consideración de los estudiosos del ámbito jurídico —ius historiadores, filó-sofos del derecho y tratadistas en materias civil y penal fundamentalmente—, que no filólogos, se prescindió de conservar la ortografía original, modernizándosela, lo que entre otras cosas incluyó, por cierto, adecuar el uso de las mayúsculas (v. gr. mo-ral, por Moral; legislación, por Legislación; monarca, por Monarca; bancarota por Banca-rrota; dioses, por Dioses; rey, por Rey; convención, por Convención; repú-blica, por República; religión, por Religión; domingo, por Domingo, etc.); también se uniformó la grafía del nombre de ciertos países a la usanza actual (v.gr. Estados Unidos, por Estados-Unidos y Gran Bretaña en vez de Gran-Bretaña), y la de los siglos (v. gr. xvii por 17); solo en muy contados casos se mantuvo lo que se consideró un error de transcripción, llamando oportunamente la atención con un (sic). Las numerosas abreviaturas utilizadas se han desarrollado recurriendo a los corchetes [ ] para señalar oportunamente cuándo se amplía el término abreviado, lo que puede hacer trabajosa la lectura, pero en este aspecto resulta imprescindible, toda vez que, sin poder contar con un facsímile del original completo —habría sido lo ideal25—, en el cual contrastar la transcripción, se ha preferido esta metodología, pues de esa manera el lector verá si hay algún eventual error en el desarrollo de la abreviatura y por ende una mala interpretación del texto. Esto, no obstante, resulta casi imposible porque las abreviaturas suelen ser de abreviaciones casi recurrentemente; quede sí la advertencia. La puntuación se ha conservado tal cual aparece en el manuscrito, en esto no se ha innovado, aun cuando ciertos pasajes lo recomendaban, porque no se busca intervenir el significado del texto, alterándolo artificialmente; será tarea del intérprete preocuparse de ello. Cuando en el original se subraya un término o una frase, se les transcribe en cursivas, toda vez que se subentiende el interés del autor por destacarlos; sin embargo para el caso de los títulos de los libros y capítulos, edi-torialmente se los uniformó.

El documento consta de tres cuadernos: los dos primeros (20.5 x 15.5 cm) constituyen una unidad, puesto que se deja constancia de su relación al momento

25 La Universidad de Chile sí reproduce el manuscrito en su catálogo digital, y lo pone a disposición del público en consulta gratuita en la página electrónica del Archivo Central Andrés Bello

26 Felipe Vicencio Eyzaguirre

Portada del primer cuaderno del manuscrito de Briseño. Colección del Archivo Central Andrés Bello, Universidad de Chile.

Portada del segundo cuaderno del manuscrito de Briseño. Colección del Archivo Central Andrés Bello,

Universidad de Chile.

27Nota introductoria / La historia del manuscrito del Curso. . .

de titular el segundo de ellos, y que comienza transcribiendo nuevamente parte del capítulo 11 con el que concluyó el primero. El tercero (18 x 12.5 cm) no posee indicación alguna que lo hermane con los anteriores, salvo que al concluir, en la última línea del texto (fs. 10 verso), Briseño específicamente anota “Fin del curso de Legislación”.

Todo el manuscrito registra dos foliaciones de distinta época: una, la origi-nal, que enumera secuencialmente las páginas, y otra muy posterior —quizás de la década de los ’90 del pasado siglo—, que se debe a quien manejó el manuscrito para su clasificación en la antigua Biblioteca Central de la Universidad de Chile, con lápiz de mina, y que signa las hojas en el anverso, dejando el reverso mudo. La numeración original se interrumpe para cada cuadernillo, pero mientras en los primeros dos esta es funcional a las páginas, en el tercero se registran sólo las hojas, numerándoselas en el verso. En la transcripción se señala con dos diagonales [ // ] donde concluye una página y sigue otra, dejándose constancia de su número —el genuino—, al margen, siguiéndose en esto el criterio del autor; cuando se la ha corregido por un error evidente en el original no se deja constancia en la edición.

El tercer cuaderno termina con una página de Erratas (fs. 10 vuelta) y la muy apropiada cita latina Bonus aliquando dormitat Homerus, ‘a veces se duerme el bueno de Homero’26. Las erratas notadas se han corregido en el momento de la transcripción.

Al comienzo del Curso se añade una cita de Cicerón, la misma que Bello introdujo como epígrafe en el Programa de 1831, ya que evidentemente su interés pedagógico lo indicaba, si él lo justificó entonces, nada llevaba a pensar que no lo hiciésemos ahora.

26 Horacio, Epistula ad Pisones, verso 359.

28 Felipe Vicencio Eyzaguirre

A g ra d e c i m i e n t o s

En este largo y accidentado trabajo de publicación del manuscrito debo agradecer a unas pocas personas, sin cuyo concurso, e incluso impulso, su apari-ción se habría dilatado todavía más, como ha quedado patente líneas más arriba. A Dª Patricia Solís, que colaboró desinteresadamente en la transcripción del último de los libros del Curso, en tiempo récord y en forma muy profesional; también a mi antiguo ayudante en la Universidad Andrés Bello, en Santiago, hoy magistrado de la República y estimado amigo, D. Salvador Garrido Aranela, quien me ayudó con la corrección de la transcripción en un primer momento, haciendo importan-tes progresos a pesar de estar entonces enzarsado en la preparación de su examen de grado, y a D. Francisco Cabello, historiador y ayudante de la Facultad de De-recho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, quien tomó el relevo y concluyó la labor dedicada y profesionalmente, a ambos vaya mi reconocimiento. A Dª Lucy Pizarro, diligente bibliotecaria de la Biblioteca Marcial Martínez, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, y a D. Marcelo Rojas Vásquez, amigo de tantos años, quien realizó las gestiones para obtener copias de los progra-mas de 1831 y 1832, hoy rarísimos, y a Dª Milagros Castillo, joven abogada vene-zolana quien me ayudó muy profesionalmente con su transcripción y corrección. En la etapa postrera de este libro, importante fue la intervención de D. Alejandro Vergara Blanco, quien leyó el manuscrito en su versión final formulando varias y atinadas sugerencias, muchas de las cuales alcanzaron a recogerse.

Párrafo a parte, y mención especial, merecen las antiguas y muy queridas bibliotecarias de la Biblioteca Central de la Universidad de Chile: Dª Gladys San-güeza, ex curadora de sus colecciones especiales y mujer de gran trato; Dª Patricia Liberona, que no alcanzó a ver estas líneas, pero en cuya memoria se las dedico; a Dª Ana María Lyon, abnegada secretaria de don Alamiro, y a Dª Antonia Re-bolledo Hernández, historiadora de importantes competencias, discípula dilecta del mismo Ávila Martel, y cara amiga de muchos años. También y en el mismo concurso, a los ex directores D. Humberto Giannini Iñiguez —de grato y cáli-do recuerdo—, y D. Darío Osses. Todos, y en concordancia con sus respectivas responsabilidades y funciones, me dieron las facilidades para leer y estudiar el manuscrito y luego copiarlo, franqueándome todo lo que a un investigador le es

29Nota introductoria / La historia del manuscrito del Curso. . .

posible franquear, haciendo muy agradables mis tardes de estudio en esa recordada biblioteca, de los años inmediatamente posteriores a la muerte de su director y auténtico formador.

Al final, pero no por eso menos importante, se me hace un deber sumar también a las autoridades de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso que aceptaron editar el libro, y por cierto destacar de entre ellas a D. Alejandro Guzmán Brito, jurista de excepción, maestro de generaciones, que me honra con su sólida amistad, quien decididamente me impulsó a terminarlo.