Taller práctico de Peritaje Social II

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María Tamame Montero

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- Instrumento básico de nuestro trabajo.

- Es importante, pero no es necesario.

- Es una prueba más dentro de un procedimiento.

- Siempre será el Juez quien decida si admite o no la prueba del dictamen pericial.

- No es documento vinculante para el Juez

- El Tribunal lo valorará, dice el art.384: «Según las reglas de la sana crítica».

- La fuerza probatoria se basa en la buena información aportada y en la importancia del perito.

- Todo Informe debe constar de dos partes diferenciadas.

- Los datos objetivos (recogida de datos)

- La opinión del perito (Interpretación Diagnóstica)

- Ha de ser pertinente, útil y permitida por la ley.

- Impertinente; la que no guarde relación con el objeto del proceso.

- Inútil; la que según las reglas y criterios razonables y seguros, en ningún caso pueda contribuir a esclarecer los hechos.

- Ilegal; cuando esta prohibida por la Ley.

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Otras características del Dictamen Pericial.

- Ha de responder a la demanda específica que se nos formula.

- Debe ser conciso y limitado, (el mejor informe, no es el más largo).

- Se debe realizar una buena exposición, que sea legible y entendible para el Juez.

- No debe contener valoraciones jurídicas.

- Recogerá los datos relacionados con el asunto, aplicando las técnicas e instrumentos que nos son propios.

- No podrá dar información que no hayamos contrastado.

- Tiene carácter confidencial. No se dará a terceros si el Juez no lo autoriza.

La definición del Informe Social ha sido dada por varios autores, sin embardo , por el objeto que hoy nos ocupa, lo describiría como el resultado de una investigación científica bien hecha y adecuadamente elaborada, donde se llega a una síntesis explicativa de una situación dad.

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Se incluirán todos aquellos apartados y contenidos del Informe, variando estos según sea el objeto de la pericia.

- DATOS DE INDENTIFICACIÓN.

- OBJETO DE LA PERICIA.

- PROCESO METODOLÓGICO.

- ESTUDIO SOCIAL. - Representación Generalizada o Genograma.

- Hª. Antecedentes familiares del susodicho o susodicha.

- Situación familiar.

- Datos de salud.

- Área laboral.

- Contexto Socio-económico.

- Vivienda.

- Habitat.

- Redes de Apoyo.

- Informantes del entorno relacional o entrevistas colaterales.

- INTERPRETACIÓN DIAGNÓSTICA.

- CONCLUSIONES.

(Nombre y apellidos) juro o prometo decir la

verdad, que he actuado con la mayor objetividad

posible, tomando en consideración tanto lo que

pueda favorecer como lo que sea susceptible de

causar perjuicio a cualquiera de las partes, y

conozco las sanciones penales en las que podría

incurrir si incumpliera mi deber como perito.

Firma del Trabajador Social

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Dependiendo del objeto del Informe, podemos

exponer propuestas o no a la finalización del mismo.

Existen dictámenes periciales en los que sólo nos

requieren la valoración de una situación concreta,

donde no cabe ofrecer alternativas, en tal caso,

omitiremos la Propuesta.

De ser objeto del Informe factible de ser expresado,

siempre tendremos que facilitar los nombres,

direcciones y teléfonos de las personas, de las

instituciones, de los recursos…que proponemos. Al

Juzgado hemos de facilitarle estos datos de manera

identificada y motivada.

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Todos los puntos anteriormente mencionados en el Informe, son orientativos, siempre se deben adaptar a la solicitud judicial o del letrado, y la metodología y técnicas siempre se adaptarán a los objetivos que debe cumplir el Dictamen Pericial.

Los Dictámenes Periciales deben ir firmados en el lateral de todas las páginas.

Todos los Informes incluirán en la parte alta o baja de cada pagina, el siguiente texto;

Cuanta información recoge éste informe es estrictamente confidencial y afecta por legislación vigente de protección de datos, por lo que debe tratarse con extremado sigilo profesional.

Podemos poner a pie de página de la última, debajo de la firma y sobrefirma el siguiente texto:

Las conclusiones que se formulan en el presente informe se refieren única y exclusivamente a la situación que existía en el momento de practicarse el estudio y por ello, los resultados no pueden extrapolarse a otras circunstancias.

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INFORME

SOCIAL

DICTAMEN

PERICIAL

Los criterios de elaboración y

contenidos, corresponden al

T.S, quien tiene una activ.

ajena al ámbito probatorio.

La finalidad

entre otras, es

el

establecimiento

de criterios.

Podrán ser

calificados

como

facultativos o

preceptivos.

Generalmente se emiten sobre los

usuarios de los servicios con los que

se han intervenido o se están

interviniendo.

Se emiten como

resultado de una

intervención.

Suele incluirse

tratamiento, diagnóstico

y pronóstico, puesto que

se está interviniendo, o

se va a intervenir, por lo

tanto se evalúan

resultados

En su carácter técnico-jurídico,

prevalecerán los criterios de la

L.E.C. dada que la activ. De

peritos está relacionada con los

medios de prueba.

La finalidad es

provocar la

convicción judicial.

Únicamente son

calificados como un

documentos facultativo.

Se emiten sobre personas con las

que no tenemos, ni hemos tenido

vinculación alguna, ni personal ni

profesional.

Se emiten como

resultado de una

investigación.

Sólo incluye el

diagnóstico y si

acaso una

propuesta, no se

contempla

tratamiento ni

pronóstico.

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Ámbito Médico-

Forense.

Ámbito

Indemnizaciones

por daño.

Ámbito

Procesos de

Familia.

Ámbito

Penal.

Ámbito de

Menores.

Ámbito

Penitenciario.

Ámbito Violencia

de Género Ámbito de

Dependencia

Ámbito Social Ámbito

Moobing

o Acoso

Escolar