Taller de Legislacion Laboral

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COSTOS Y COTIZACIONES INTERNACIONALES EJERCICIO SOBRE PRESTACIONES SOCIALES JOSÉ ANTONIO ARÉVALO CAMARGO 11711016 COSTOS Y COTIZACIONES INTERNACIONALES

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Ejemplo sobre indemnización salarial y compendio de ejercicio de legislación laboral

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COSTOS Y COTIZACIONES INTERNACIONALESEJERCICIO SOBRE PRESTACIONES SOCIALES

JOS ANTONIO ARVALO CAMARGO 11711016

COSTOS Y COTIZACIONES INTERNACIONALESUNIVERSIDAD DE BOYACTUNJA2013

EJERCICIO SOBRE PRESTACIONES SOCIALES

La empresa TUTA COMUNICACIONES contrata los servicios personales de TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO para realizar la actividad de oficinista en la empresa, con sede principal en PAIPA, por la prestacin de sus servicios le pagaba en el ltimo ao la suma de $1000.000 mensuales, laborando de lunes a sbado en jornadas de 8 horas, transcurridos 12 aos, 6 meses y 20 das, el 20 de noviembre de 2011 el Jefe de personal de la empleadora por un acto injustificado y en forma unilateral decide dar por terminado el contrato de trabajo a TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO, quien haba comunicado 8 das antes, mediante certificacin mdica que se encontraba en estado de embarazo; la trabajadora laboraba dos domingos en el mes, y el da mircoles de cada 15 das laboraba dos horas extras nocturnas; deba trabajar una semana diurna y una nocturna, y as sucesivamente durante todo el tiempo de la relacin contractual. En marzo del ao 2010, se le enferm un hijo y debi llevarlo a urgencias a Duitama y por ello no labor 5 das, sin embargo, el primer da le comunic al Jefe de personal de Tuta Comunicaciones la imposibilidad de asistir al trabajo por la situacin de su hijo. Cuando le fue terminado el contrato de trabajo 20 de noviembre de 2011, se le adeudaba 20 das de salario del mes de noviembre y las prestaciones correspondientes al ao 2011 y vacaciones desde el primero de enero de 2009, las cesantas a 31 de diciembre de 2010 haban sido consignadas a Fondo de Cesantas PORSIMUERE. El Jefe de personal realiz la liquidacin y descont de sus prestaciones lo correspondiente a los 5 das que no asisti en el mes de marzo al trabajo. As mismo, de su salario descont $200.000 que haba sacado prestado a la empresa para atender a su hijo en Duitama y sobre el cual haba firmado una letra de cambio. La trabajadora se encontraba afiliada a TUTACOM. Notificada la trabajadora de su liquidacin y como no estaba de acuerdo, esta no recibi el cheque. Con fecha 30 de marzo de 2013 el representante legal de Tuta Comunicaciones solicita a usted realice la liquidacin de esta trabajadora, conforme a la decisin desafortunada de su Jefe de personal y qu sumas deben pagarse en dinero, teniendo en cuenta los siguientes interrogantes.

1. Cunto es el valor de las horas extras trabajadas en el ltimo mes?2. Cul es el valor de los dominicales laborados en el ltimo mes?3. Cul es el calor de los recargos nocturnos en el ltimo mes?4. Cul es el valor del salario base de liquidacin?5. Cul es el valor de la indemnizacin por terminacin unilateral del contrato de trabajo?6. Cul es el valor de la indemnizacin por el no pago oportuno de sus prestaciones y salarios de conformidad con la ley, si al da 30 de marzo de 2013 no se han pagado estos conceptos?7. Liquide el valor de la cesanta que se adeuda a esta trabajadora8. Liquide el valor del inters de la cesanta de tiempo laborado en lo corrido del ao 2007 y 20089. Cul es el valor de la prima de servicio adeudada, teniendo en cuenta que le pagaron la prima de servicios correspondiente hasta el 30 de junio de 2011?10. Liquide las vacaciones de este trabajador11. Qu circunstancia jurdica se dio con los das en que no asisti al trabajo por la enfermedad de su hijo?12. Cules son las consecuencias de la terminacin del contrato de trabajo por el empleador estando en embarazo la trabajadora?13. Quin debe pagar la licencia de maternidad? Y liqudela. Explique las razones jurdicas.14. Liquide el monto total que adeuda la empleadora a fecha 30 de marzo de 2013 a la trabajadora TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO por todos los conceptos liquidados segn este caso.

DESARROLLO DEL CASO

1. El valor de las horas extras son 4 del mircoles diurnas y 4 del viernes nocturnas.

Teniendo el valor del da de trabajo se divide en 8 para saber que vale una hora.

Segn el cdigo sustantivo del trabajo en el artculo 168 el trabajo extra diurno se liquida con un valor del 25% y el extra nocturno se liquida con un valor del 75%.

Hora diurna extra mircoles (4)Hora extra nocturna viernes (4)Total

Total de las horas extras es de $50000.2. Segn el artculo 179 del cdigo sustantivo del trabajo sobre el trabajo dominical se remunerar con un recargo del 75%. Se trabajaron 2 domingos en el mes:

El valor de los dominicales laborados en el ltimo mes es de $50000.3. Segn el artculo 168 del cdigo sustantivo los recargos nocturnos se liquidan con un 35% de recargo.

Segn calendario teniendo en cuenta que la trabajadora TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO inicio labor el 30 de abril de 1999, la primera semana del mes de noviembre de 2011 que entr a trabajar era nocturna, por lo que se cuentan 11 das nocturnos.

El valor del recargo nocturno del ltimo mes es de $128333.4. Segn el artculo 253 del Cdigo Sustantivo del Trabajo "Para liquidar el auxilio de Cesanta se toma como base el ltimo salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variacin en los tres (3) ltimos meses. En el caso contrario y en el de los salarios variables, se tomar como base el promedio de lo devengado en el ltimo ao de servicios o en todo el tiempo servido si fuere menor de un ao." Se suman al salario que devengo por los 20 das del ltimo mes que fue noviembre, y se multiplica por el valor del da.

A este valor se le suman adems todas las horas extras trabajadas, que fueron 4 horas extras diurnas del mircoles por un valor de $20833 y 4 horas extra nocturnas por un valor de $29167, se le suman los dominicales $50000, adems de los recargos nocturnos de $128333 y el auxilio de transporte porque la trabajadora devenga menos 2 SMLV por un valor de $63600.

El valor del salario base de liquidacin es $958600.5. Segn el artculo 64 del cdigo sustantivo del trabajo en la terminacin unilateral del contrato a trmino indefinido se indemnizara con 30 das de salario cuando el trabajador tuviera un tiempo de servicio menos a 1 ao y como en el caso de TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO 20 das de salario si fuera ms de un ao adicionales sobre los 30 das ya nombrados. As que segn este caso para el primer ao se tomaran 30 das, para los siguientes 11 aos se toman 20 das por cada ao siguiente, y el la cantidad de das para el ltimo ao equivale a 240 das.

El valor de la indemnizacin por terminacin unilateral del contrato es de $87037046. Segn el artculo 65 del Cdigo Sustantivo del Trabajo si a la terminacin del contrato el empleador no paga al trabajador los salarios y las prestaciones debidos se debe pagar una indemnizacin equivalente al pago del ltimo da de salario por cada da de retardo en el pago de salarios y prestacionesDesde la terminacin del contrato de trabajo ocurrido el 20 de noviembre de 2011(Fecha donde se deban pagar todas las prestaciones y salarios) hasta el 30 de marzo de 2013 (Fecha en que nos piden la consulta), transcurrieron 460 das.

El valor por la indemnizacin por el no pago oportuno de sus prestaciones y salarios es de $153331807. Las cesantas hasta el ao 2010 ya han sido canceladas, el despido injustificado de la madre en estado de gestacin hace nulo este hecho; por cual la relacin contractual de esta no ha terminado y para lo cual se adeuda una mora de cesantas, las del final del ao 2011, ao 2012 y hasta el 30 de marzo del 2013 segn el artculo 241 del cdigo sustantivo del trabajo y la nulidad del despido el empleador est obligado a conservar el puesto a la trabajadora que est disfrutando de los descansos remunerados de que trata este captulo, o de licencia por enfermedad motivada por el embarazo o parto.

No producir efecto alguno el despido que el empleador comunique a la trabajadora en tales perodos, o en tal forma que, al hacer uso del preaviso, ste expire durante los descansos o licencias mencionados.Tambin existe una sancin por el no pago oportuno de cesantas estipulada en el artculo 99 de la ley 50 de 1999.

Segn el artculo 249 del cdigo Sustantivo del Trabajo todo empleador est obligado a pagar a su trabajador como auxilio de cesanta un mes de salario por cada ao de servicio y proporcionalmente por fraccin de ao

El valor de las cesantas del ao 2011 es = $2291920

Inters cesanta 2011

El inters cesanta del ao 2011 es de =$ 550061

Cesantas para ao 2012

El valor de las cesantas del ao 2012 es = $1125800

Inters cesanta 2012

El valor del inters de cesanta para el ao 2012 es de $270192. Cesantas para el ao 2013 hasta 30 de marzo

El valor de las cesantas para el ao 2013= $ 292758Inters cesanta 2013

El valor del inters de cesanta para el ao 2013 es de %175658. No deben liquidarse intereses de cesantas porque a 31 de diciembre de 2010 todas las cesantas haban sido consignadas a Fondo de Cesantas PORSIMUERE, as que dentro de lo que se le adeuda sobre intereses de cesantas empezara a correr desde el 1 de enero de 2011. Llegado el caso se si fuera obligacin se tendra que saber el salario que devengaba al ao 2007 y 2008.9. Al igual que el caso de las cesantas por la terminacin nula del contrato del artculo 241 del cdigo sustantivo del trabajo se realiza el mismo procedimiento con la prima de servicios.El ltimo pago de la prima de servicios fue hecho el da 30 de junio de 2011, as que desde el 1 de julio de 2011 empezaron a contar las primas adeudadas hasta el da 30 de marzo de 2013. Para la prima de servicios del 2011, se multiplica el salario base de liquidacin por el nmero de das que transcurrieron hasta la fecha de terminacin del contrato es decir 140 das, dividido en 360Para la prima de servicios del 2012 se toma el salario base de liquidacin para ese ao por 360 das dividido en 360.Segn el artculo 306 del Cdigo Sustantivo del Trabajo, las personas con capital mayor a $200.000, tienen derecho a un mes de salario pagadero por semestres, una quincena el ltimo da de junio y otra quincena en los primero 20 das de diciembre, o proporcionalmente al tiempo trabajado.

Para el ao 2011 2012 sera un total de $2291920 Para el ao 2013 hasta marzo 30 sera de $1125800 (Salario base de liquidacin).

10. Segn el artculo 186 del Cdigo Sustantivo del Trabajo, Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un ao tienen derecho a quince (15) das hbiles consecutivos de vacaciones remuneradas. A la trabajadora TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO se le deben vacaciones desde el 1 de enero del ao 2009, desde esa fecha hasta la terminacin del contrato el 20 de noviembre del 2011 haba transcurrido 1040 das, esos das se multiplican por el salario base de liquidacin menos el auxilio de transporte dividido en 720.

Por el caso del despido nulo por la gestacin de la madre se realiza la liquidacin de vacaciones hasta el 30 de marzo del 2013.

Para el 2012, el salario base de liquidacin fue de $1'058.000 por los 360 das de ese ao, dividido en 720

Para el 2013

11. Segn el artculo 57 del cdigo sustantivo del trabajo numeral 6, el empleador debe otorgar las licencias necesarias en caso de grave calamidad domstica debidamente comprobada. El empleador est en la total obligacin de darle el debido permiso a la trabajadora TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO.12. En caso de que una trabajadora sea despedida en estado de embarazo por parte del empleador sin la aprobacin de las autoridades competentes, y est ya haya comunicado a este con certificacin mdica sobre su estado, el despido no producir ningn efecto segn el artculo 241 del Cdigo Sustantivo del trabajo. Adems, El empleador est obligado a conservar el puesto a la trabajadora que est disfrutando de los descansos remunerados, o de licencia por enfermedad motivada por el embarazo o parto.Tambin se debe realizar el pago de salarios y dems prestaciones correspondientes a los 40 das restantes del ao 2011, el ao 2012 y los 90 das del ao 2013, porque al ser ineficaz el despido, se toma como si la trabajadora siguiera trabajando a lo largo de todo el periodo.13. Quin est obligado a pagar la licencia de maternidad es el empleador al despedir a la trabajadora TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO , adems aunque la trabajadora estuviera afiliada a TUTACOM esta es una subsidiaria y no responde por esas obligaciones.

14 semanas de descanso remunerado y 60 das = 15814. Para la liquidacin total de TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO se debe tomar en cuenta todos los saldos y valores que se hallaron anteriormente incluyendo los salarios adeudados hasta el 30 de marzo del 2013 pues segn el artculo 241 del cdigo sustantivo del trabajo este despido fue nulo y se le adeudan todos los recargos por este hecho ilegal, adems el descuento de $200000 segn el artculo 150 del cdigo sustantivo del trabajo hace formal este debido a que hubo una letra de cambio por medio.

El total de la liquidacin que le corresponde a TATIANA DEL PERPETUO SOCORRO por todos los conceptos liquidados es un total de $73922720