Taller de Agricultura por Contrato ASERCA. -...
Transcript of Taller de Agricultura por Contrato ASERCA. -...
OBJETIVO DE LA SESIÓN Conocer y comprender:
I. El contexto de la comercialización
agropecuaria.
II. El mecanismo de definición de bases.
III. El proceso operativo de la Agricultura
por Contrato.
IV. El modelo de contrato tipo.
V. La caja de herramientas.
CONTENIDO 1) Contexto de la comercialización agropecuaria.
2) Marco normativo de la Agricultura por Contrato.
3) Concepto de Agricultura por Contrato.
4) Mecanismo de definición de bases en AxC.
5) Proceso operativo de AxC.
a) Pre-validación.
b) Registro y validación.
c) Colocación de Coberturas.
6) Aviso de apertura de ventanillas.
7) Componentes del contrato tipo. 8) Caja de herramientas: Formatos y anexos.
El contexto de la comercialización agropecuaria.
Recuperado el 30 de octubre de 2014 de: http://faostat3.fao.org/browse/O/OA/S
6.916
millones
7,000
actual
9,000
en 2050
27,000 un siglo después
El contexto de la comercialización agropecuaria.
• Décima cuarta economía global
• Décimo primer país en población
• Octavo potencia agropecuaria y pesquera
México
El contexto de la comercialización agropecuaria.
5.55 millones de
unidades de producción
• Superficie cosechada
con relación a la
sembrada 90.35%
• Superficie cosechada
con relación al total
65.72%
El contexto de la comercialización agropecuaria.
En los últimos años la Seguridad
Alimentaria es un tema que se
discute en todo el mundo
Cambio climático
Sanidad agropecuaria
Investigación / innovación
Sustentabilidad
Administración de riesgos
El contexto de la comercialización agropecuaria.
• Aumento de temperaturas
•Deshielo
•Aumento del nivel del mar
•Sequías
•Fenómenos meteorológicos extremos
• Perdidas económicas
•Emigración
•Extinción de especies
•Pérdida de recursos
•Enfermedades
Principales impactos esperados ante el cambio climático:
El contexto de la comercialización agropecuaria.
Atlas de vulnerabilidad hídrica en
México ante el cambio climático
Condiciones climáticas
más extremas
El contexto de la comercialización agropecuaria.
2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020
Producción 18,333 21,613 20,256 23,751 23,650 23,829 23,655 24,023 24,411 24,841 25,223 25,598
Consumo 19,602 20,120 20,071 22,615 22,924 23,112 23,019 23,295 23,618 23,989 24,320 24,628
Fuente: Elaborado por el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), con información de las Delegaciones de la SAGARPA.
SFA-SAGARPA Perspectivas de largo plazo para el sector agropecuario de México 2011- 2020
(Miles de toneladas)
PRODUCTOAÑO AGRICOLA
PERSPECTIVA DE PRODUCCION Y CONSUMO DE MAÍZ BLANCO 2009-2020
Sinaloa
Jalisco Chiapas
Veracruz
Marco normativo de la Agricultura por Contrato
DOF
22
DE
ENERO
DE
2013
GA
RA
NT
IZA
R
EL
DE
RE
CH
O
A L
A A
LIM
EN
TA
CIÓ
N
NUTRITIVA
SUFICIENTE
DE CALIDAD
Eficacia
Eficiencia
Transparencia
Marco normativo de la Agricultura por Contrato
Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Agroalimentario 2013-2018.
Objetivo 1. Impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante inversión en capital físico, humano y
tecnológico que garantice la seguridad alimentaria.
• Estrategia 1.2 Desarrollar las capacidades productivas con visión empresarial de las y los pequeños
productores.
• Estrategia 1.3 Impulsar la capitalización de las unidades productivas y la modernización de la infraestructura y
equipamiento agroindustrial y pesquero.
• Estrategia 1.4 Fomentar el financiamiento oportuno y competitivo.
• Estrategia 1.5 Impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance
demanda-oferta para garantizar un abasto oportuno.
Objetivo 2. Impulsar modelos de asociación que generen economías de escala y mayor valor agregado en el sector
agroalimentario.
• Estrategia 2.2 Instrumentar nuevos modelos de agronegocios que generen mayor valor agregado en la cadena
productiva.
Objetivo 3. Promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante mecanismos de administración de
riesgos.
• Estrategia 3.1 Diseñar un mecanismo integral de aseguramiento frente a riesgos climáticos y de mercado
comprendiendo los eslabones de la cadena productiva.
Objetivo 4. Impulsar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales del país.
• Estrategia 4.1 Promover la tecnificación del riego y optimizar el uso del agua.
• Estrategia 4.2 Impulsar prácticas sustentables en las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola.
Marco normativo de la Agricultura por Contrato
PROGRAMA DE COMERCIALIZACIÓN Y DESARROLLO DE
MERCADOS
COMPONENTE DE INCENTIVOS A LA
COMERCIALIZACIÓN
INCENTIVOS A LA COMERCIALIZACIÓN
INCENTIVOS A LA AMPLIACIÓN Y
MODERNIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA
COMERCIAL
CAPACITACIÓN E INFORMACIÓN COMERCIAL
Artículo 427
Marco normativo de la Agricultura por Contrato
Lineamientos
Compensación de bases
Avisos
Ventanillas, periodos, productos, estados.
Circulares
Condiciones o situaciones especiales no contempladas en Reglas de Operación.
http://www.infoaserca.gob.mx/
http://aserca.gob.mx/comercializacion/avisos/Paginas/default.aspx
Concepto de Agricultura por Contrato..
De acuerdo con la fracción XVI del artículo 1 del “Acuerdo por el que se dan
a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación” la
Agricultura por Contrato es:
La operación por la que el productor vende al comprador
antes del periodo de siembra y/o cosecha su producto, a
través de la celebración de contratos de compraventa,
bajo condiciones específicas de precio, volumen, calidad,
tiempo, lugar de entrega y condiciones de pago, entre
otras, los cuales de proceder serán registrados y
validados ante la Unidad Responsable, durante los
periodos de apertura de ventanillas que se establezcan
para ello.
Concepto de Agricultura por Contrato..
Asegurar al productor la venta anticipada de su cosecha;
Asegurar al comprador una fuente segura de abasto;
Ofrecer un precio competitivo para las cadenas productivas;
Dar certidumbre al proceso de producción-consumo;
Promover mecanismos de administración de riesgos (coberturas)
entre productores y compradores que permita a las partes cumplir
con las obligaciones contraídas.
Tanto el comprador como el productor establecen una relación
cliente-proveedor. Es decir que Productor y Comprador firman un
“Contrato de Compraventa a Término”
Concepto de Agricultura por Contrato..
Fomenta el ordenamiento de los mercados
Brindar a los productores la certeza de la venta de sus
cosechas a un precio competitivo.
Facilita la comercialización de los cultivos a través de
incentivar su adquisición,
Garantiza el abasto alimentario nacional,
Evita las prácticas especulativas,
Fortalece la participación de los diversos agentes
involucrados en los circuitos comerciales
Concepto de Agricultura por Contrato..
Ingreso objetivo
Compensación
de Bases
Inducción
Productiva Agricultura
x Contrato (Maíz, Sorgo, Soya y
Trigo)
Opciones “call”
Opciones “put”
Coberturas
y/o
Proceso Comercial
Exportación (Valor Agregado)
Mecanismo de definición de bases en AxC.
Las voluntades o intenciones de compra contienen: nombre de la empresa o
comprador, tipo de consumo especificando si es para consumo humano,
pecuario o industrial, ciudad y entidad federativa de origen del cultivo elegible,
destino final del producto (Ciudad y estado o país), cultivo, ciclo agrícola
(Otoño-Invierno o Primavera-Verano), volumen en toneladas, meses de
consumo que representa el volumen y observaciones en su caso.
Mecanismo de definición de bases en AxC.
La información de las voluntades de compra proporcionada por los compradores se
utiliza para el cálculo de bases y áreas de influencia logística.
Base Estandarizada Zona Consumidora (BEZC).- Estimación de la Base Zona
Consumidora en dólares por tonelada por entidad federativa o región, ciclo agrícola y
cultivo, de acuerdo con el comportamiento histórico de los últimos cinco años o vigente al
momento de la estimación, conforme a las condiciones del mercado internacional, y las
de oferta y demanda que afectan al mercado local y regional. La BEZC será anunciada
por ASERCA mediante Aviso que publicará en su página electrónica y posteriormente en
el DOF. Fracción XXXVII del artículo 1 del “Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los
Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación”
Base Máxima Regional.- Base Regional por entidad federativa-productor, que incluye el
flete de zona de producción nacional del grano a zona de consumo, gastos de
almacenaje y gastos financieros. El valor de esta variable es el máximo valor que será
reconocido, pues la base regional puede ser negociada entre las partes. La BMR será
anunciada por la Unidad Responsable mediante Aviso que publicará en su página
electrónica y posteriormente en el DOF. Fracción XXXVIII del artículo 1 del “Acuerdo por el que se dan a
conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca
y Alimentación”
Mecanismo de definición de bases en AxC.
El aviso contiene lo siguiente: participantes, período, cultivos elegibles, bases de
comercialización aplicables (BEZC, BMR y base a pagar al productor), registro y
validación del contrato de compraventa a término, preferencia, entidades federativas
participantes, actualización de los consumos o ventas auditadas, prevalidación de
predios, precio del contrato de compraventa a término, precios futuros y su vencimiento
para productor y consumidor, modalidad de la cobertura de precios, recuperaciones y
eventuales beneficios, volumen máximo a contratar, criterios de la liquidación de
coberturas, cuentas bancarias para las aportaciones, incumplimientos y disponibilidad
presupuestal.
Con el proyecto de bases de comercialización
elaborado por ASERCA se convoca a los productores,
representantes de productores, compradores y otros
agentes interesados para que emitan sus opiniones del
nivel que deben tener las bases de comercialización y
las reuniones se realizan por producto elegible.
El aviso de la apertura de ventanillas para Apoyos a la Agricultura por Contrato, se
publica en la página de ASERCA www.aserca.gob.mx y que posteriormente parte del
contenido del aviso se publica en el Diario Oficial de la Federación.
Mecanismo de definición de bases en AxC.
Precio CME u otra referencia relevante
$ +
$ +
$ +
$ -
Bases internacionales al Golfo
Nueva Orleans (línea azul)
= Flete corto zona productora
+ Almacenaje y maniobras
+ Costo financiero
+ Mermas
+ Flete largo (Barcaza)
+ Almacenaje y maniobras
+ Utilidad
+ Otros
Precio de Indiferencia Zona
de consumo
Precio de Indiferencia Zona
productora Bases nacionales (línea amarilla)
= Internación
+ Flete
+ Almacenaje y maniobras
+ Costo financiero
+ Mermas
Mecanismo de definición de bases en AxC.
Precio Contrato
Futuro CME
Mes de referencia
(dls/ton)
Base Máxima
Regional
(dls/ton)
Precio al
Productor en Zona
de Producción
(dls/ton)
Base Estandarizada
Zona de Consumo
(dls/ton)
Base Estandarizada
Zona de Consumo
(dls/ton)
Base Máxima
Regional
(dls/ton)
Base Mínima a Pagar
al Productor
(dls/ton)
Precio Contrato
Futuro CBOT
Mes de referencia
(dls/ton)
Base Mínima a Pagar
al Productor
(dls/ton)
Precio al
Productor en Zona
de Producción
(dls/ton)
Mecanismo de definición de bases en AxC.
Precio Contrato
Futuro CME
Mes de
referencia
(dls/ton)
Base Mínima
a Pagar
al Productor
(dls/ton)
Precio al
Productor
en Zona
de Producción
(dls/ton)
FUTURO BASES PRECIO
Mecanismo de definición de bases en AxC.
BAJA CALIFORNIA 69 22 47
CAMPECHE 55 31 24
CHIAPAS 64 28 36
CHIHUAHUA 65 41 24
COAH- DGO- ZAC 56 31 25
GUANAJUATO 69 23 46
GUERRERO 73 26 47
HIDALGO 65 19 46
HUSTECAS (Sur de Tamps,
Ote de SLP y Nte de Ver)65 25 40
JALISCO 70 24 46
MEXICO 71 22 49
MICHOACÁN 68 22 46
MORELOS 64 21 43
NAYARIT 80 33 47
NUEVO LEÓN 59 17 42
OAXACA 67 20 47
PUEBLA 68 21 47
QUERÉTARO 64 21 43
QUINTANA ROO 60 31 29
SONORA 76 28 48
TLAXCALA 61 20 41
VERACRUZ 57 17 40
YUCATAN 60 29 31
ENTIDAD
BASE
ESTANDARIZADA
ZONA DE
CONSUMO
(Dls/Ton)
BASE MAXIMA
REGIONAL
(Dls/Ton)
BASE A PAGAR
EN ZONA DE
PRODUCCIÓN
(Dls/Ton)
BASES DE COMERCIALIZACIÓN APLICABLES A AGRICULTURA POR CONTRATO, CICLO
AGRÍCOLA PRIMAVERA-VERANO/2014
M A Í Z
Mecanismo de definición de bases en AxC.
1) Proceso operativo de AxC.
a) Pre-validación.
b) Registro y validación.
c) Colocación de
Coberturas.
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
CULTIVOS
ELEGIBLES ENTIDADES FEDERATIVAS VOLUMEN AUTORIZADO (Ton)
Sorgo
Nayarit, Oaxaca; Sinaloa, Sonora,
Tamaulipas, Veracruz, Huastecas y
Península
3,500,000
Trigo Panificable
Baja California, Baja California Sur,
Durango Coahuila, Chihuahua,
Nuevo León, San Luis Río
Colorado, Sinaloa, Sonora,
Tamaulipas, Zacatecas, Bajío
1,000,000
Trigo Cristalino Durango, Coahuila, Nuevo León,
Tamaulipas, Zacatecas, Bajío 200,000
Soya Tamaulipas y Nuevo León 20,000
T O T A L 4,720,000
1).- Apertura de ventanillas para el registro y validación de contratos: De acuerdo con las Bases de
Comercialización Aplicables al Esquema únicamente será para los siguientes:
2).- El periodo de ventanilla para registro de contratos de compraventa a término será el comprendido del 26
de Enero al 13 de Marzo de 2015:
2.1).- Del 26 al 30 de Enero de 2015: Exclusivamente empresas consumidoras directas de Sorgo y
Trigo.
2.2).- Del 03 de Febrero al 13 de Marzo de 2015: Empresas y cultivos considerados en el subinciso
2.1), incluyendo el comercializador.
PRIMER COMUNICADO DE APERTURA DE VENTANILLAS AGRICULTURA POR CONTRATO CICLO AGRÍCOLA
OTOÑO-INVIERNO/2014-15
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
3).- Con base en lo anterior, se exhorta a los productores de Sorgo, Soya y Trigo (Panificable y Cristalino) de
las Entidades Federativas, e incluyendo Maíz (sólo validación) para que acudan a las oficinas correspondientes a
la entidad federativa de producción de ASERCA, a las Oficinas del Fideicomiso Instituídos con Relación a la
Agricultura (FIRA), así como a las de la Financiera Nacional (FND) a efectuar la validación de sus predios y
realizar los trámites, de acuerdo con los términos establecidos en las Reglas de Operación, de registro de
sus contratos de compra-venta a término; asimismo, se les hace una atenta invitación a los compradores para
que presenten la actualización de sus consumos y/o ventas auditadas correspondientes al ejercicio fiscal 2014
en la Dirección de Seguimiento de Cupos adscrita a la Dirección General de Desarrollo de Mercados e
Infraestructura Comercial en Oficinas Centrales; y acudan a las ventanillas de ASERCA.
4).- El precio del Contrato de Compraventa a Término, CON DETERMINACIÓN DE PRECIO, éste estará
expresado mediante la fórmula de precio siguiente:
•Los niveles de precios del mercado de futuros de acuerdo a los vencimientos y a la Bolsa de Futuros
que corresponda, expresado en dólares.
•Bases de Comercialización Aplicables al Esquema para las Entidades Federativas consideradas en
el Anexo del presente comunicado.
Precio Cotizado
en Bolsas de Futuros
(dls/ton)
Base Estandarizada
Zona de
Consumo
(dls/ton)
Base Máxima
Regional
(dls/ton)
Precio al
Productor en Zona
de Producción
(dls/ton)
NOTA: El precio futuro, será el que se publique en la “Tabla de Precios de
Primas de Coberturas”, vigente para el día de registro del contrato. El precio
quedará determinado en dólares, se pagará al vendedor en moneda
nacional al tipo de cambio dólar Fix publicado por el Banco de México
correspondiente a la fecha en la que el vendedor facture el producto al
comprador. En el caso de trigo se precisa lo siguiente: a) para la
variedad panificable la referencia de precio será el mercado futuros de
Kansas, en tanto que para el panificable suave y cristalino será el de
Chicago; b) el precio de los contratos de compraventa a término se
establecerá con referencia al vencimiento Julio ´15, con excepción de la
cosecha de trigo del estado de Chihuahua, que será con el vencimiento de
Septiembre ´15.
a) para las diferentes variedades
de trigo, la referencia de
precio será el mercado
futuros de Chicago.
Modificado el 9 de febrero de 2015
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
5).- Los incentivos para Administración de Riesgos de Mercado para los Contratos de Compraventa a Término CON DETERMINACIÓN DE PRECIO quedan determinados de la siguiente manera:
“COBERTURA CONTRACTUAL” Instrumentación de coberturas bajo las siguientes modalidades: 5.1).- Esquema 1. 5.1.1).-"75-25" y "45-55", tanto el productor como el comprador quedan protegidos ante las variaciones del mercado. El precio a pagar por el grano comprometido será el que se establezca en el contrato de compraventa a término de conformidad con la especificación del punto 4) de este comunicado:
M O D A L I D A D 7 5 - 2 5
VENDEDOR:
“CALL”
Vencimiento Jul o Sep 15
LA SAGARPA/ASERCA APORTA EL 75%
DEL COSTO DE LA PRIMA CALL, vencimiento Julio o Septiembre 15
De los eventuales beneficios en primer
término, el Participante recupera el
25%, del costo de la prima, la
Federación el 50% de su aportación; y
el remanente (incluyendo los
beneficios) será para el productor:
APO
YO
SA
GA
RPA
ASE
RC
A
Aserca-Sagarpa Participante
25.0%
37.5%
37.5%
Recuperación del
Costo de la
Cobertura
M O D A L I D A D 4 5 - 5 5
COMPRADOR:LA SAGARPA/ASERCA APORTA EL 45%
DEL COSTO DE LA PRIMA PUT vencimientos Jul, Sep y Dic 15
De los eventuales beneficios en primer
término, el Participante recupera el
55% del costo de la prima, la
Federación el 50% de su aportación; y
el remanente (incluyendo los
beneficios) será para el comprador:
AP
OY
O S
AG
AR
PA
ASE
RC
A
“PUT”
Vencimiento Jul, Sep y Dic 15
Aserca-Sagarpa Participante
55.0%
22.5%
22.5%
Recuperación del
Costo de la
Cobertura
NOTA: Aquellos productores, cuya cosecha finalice en la segunda quincena de junio de 2015, o posterior a este periodo; podrán cubrirse con contratos vencimiento septiembre ´15; ante esta situación, su contraparte podrá protegerse con contratos vencimiento septiembre y diciembre ´15. En el caso del sorgo de Tamaulipas, la mayor parte de la superficie del sorgo es de temporal, por lo que las fechas de siembra-cosecha varían en función de éste, lo que conlleva a que se adquieran coberturas para los productores con vencimiento septiembre, salvo a petición de parte de cubrir en parcialidades de julio y septiembre ´15. En el caso de los compradores, las coberturas se adquieren con vencimiento septiembre y diciembre’15 en igual proporción, salvo a petición de parte de cubrir solo con vencimiento septiembre.
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
5.2).- Esquema 2. 5.2.1).- “SOLO PUT”. En este caso, el tenedor de la cobertura es el comprador, por lo que éste deberá reconocer, en el contrato de compraventa, las alzas que pudiera llegar a registrar el mercado de futuros del vencimiento con el cual se establece el precio de la cosecha al día de la facturación; para asegurar el cumplimiento del contrato de compraventa, el comprador deberá demostrar ante la ventanilla de registro de ASERCA que se encuentra protegido ante las fluctuaciones que pudiese presentar el mercado al alza, dicha protección deberá ser por lo menos vencimiento a julio ´15.
M O D A L I D A D S O L O P U T
COMPRADOR:
LA SAGARPA/ASERCA APORTA 100% DEL COSTO DE LA PRIMA PUT 1/
En esta modalidad, en caso de que el precio de mercado de futuros sea
superior al establecido en el Contrato de Compraventa a Término, el
comprador pagará el precio 2/ que marque el CME el día de la facturación del
grano más las Bases estipuladas en el contrato compraventa, por lo que se
compromete contractualmente, a cubrir cualquier movimiento a la alza que
haya experimentado el mercado de futuros. Si el precio fuese a la baja, el
comprador deberá pagar el precio registrado en el contrato de compraventa a
término (para lo cual tiene el Put), por lo que para asegurar el cumplimiento,
éste deberá demostrar ante la ventanilla de registro de ASERCA que se
encuentra protegido.
Los eventuales beneficios que genere la cobertura serán para el participante
(no habrá recuperación para la SAGARPA/ASERCA)
APO
YO
SA
GA
RPA
ASER
CA
“PUT”
Vencimiento 1/
1/ Se podrán adquirir contratos de futuro con vencimiento julio, septiembre y diciembre ´15. 2/ El precio que el comprador pagará al productor será la cotización de cierre que registre el mercado
de futuros (CME) vencimiento julio o septiembre ´15 (en concordancia con la fórmula de precio del contrato de compraventa a término -especificación 4 del presente comunicado-) con el día de la facturación.
NOTA: Para el caso particular de la Modalidad Sólo Put, y de conformidad con las Reglas de Operación, en su Título VII de las Sanciones, Quejas y Denuncias, artículo 533, si el comprador incumple no reconociendo las alzas que experimente el mercado, el tenedor de la cobertura perderá el derecho de recibir el eventual beneficio producto de la liquidación de la cobertura; asimismo, ASERCA solicitará el 100 % del costo de la prima "put", más los intereses generados en el periodo comprendido entre la fecha de compra de la cobertura y el día en que se realice el reintegro del costo de la prima; además de su exclusión de los apoyos de ASERCA, durante los 2 ciclos agrícolas homólogos siguientes.
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
5.2.2).- “SOLO CALL”. El tenedor de la cobertura es el vendedor. Las partes reconocen que invariablemente el precio a pagar por el producto que corresponda será el que se establezca en el contrato de compraventa a término de conformidad con la especificación del punto 4) del presente comunicado. En este caso el vendedor reconocerá contractualmente que las alzas que registre el
mercado de futuros, las podrá recibir de los eventuales beneficios generados en bolsa de futuros, para lo cual posee la opción "CALL". Para asegurar el cumplimiento del contrato de compraventa a término, será requisito indispensable que el comprador demuestre que se encuentra protegido por las fluctuaciones a la baja que pudiese presentar el mercado, dicha protección deberá ser por lo menos vencimiento a julio ´15.
M O D A L I D A D S O L O C A L L
VENDEDOR:
LA SAGARPA/ASERCA APORTA 100% DEL COSTO DE LA PRIMA CALL 1/
En esta modalidad, el comprador pagará el precio 2/ estipulado en el contrato
de compraventa a término, por lo que el vendedor reconoce,
contractualmente, cualquier movimiento a la alza que experimente el mercado
de futuros (para lo cual tiene el Call). Si el precio fuese a la baja, el comprador
deberá pagar el precio registrado en el contrato de compraventa a término,
por lo que para asegurar el cumplimiento, éste deberá demostrar ante la
ventanilla de registro de ASERCA que se encuentra protegido a la baja.
Los eventuales beneficios que genere la cobertura serán para el participante
(no habrá recuperación para la SAGARPA/ASERCA)
APO
YO S
AG
ARP
A A
SERC
A
“CALL”
Vencimiento 1/
1/ El productor podrá adquirir contratos de futuro con vencimiento julio o septiembre ´15, en función de la
salida de cosecha. 2/ El precio que el comprador pagará al productor será el registrado en el contrato de compraventa a término,
se pagará al vendedor en moneda nacional al tipo de cambio dólar Fix publicado por el Banco de México correspondiente a la fecha en la que el vendedor facture el producto al comprador.
NOTA: Se precisa que para la Modalidad Sólo Call, y de conformidad con las Reglas de Operación, en su Título VII de las Sanciones, Quejas y Denuncias, artículo 533, si el vendedor (tenedor de la cobertura) incumple con lo estipulado en el contrato de compraventa a término, perderá el derecho de recibir el eventual beneficio producto de la liquidación de la cobertura; asimismo, ASERCA solicitará el 100 % del costo de la prima "call", más los intereses generados en el periodo comprendido entre la fecha de compra de la cobertura y el día en que se formalice el reintegro del costo de la prima, además quedará fuera de los programas y apoyos que instrumente ASERCA durante los 2 ciclos agrícolas homólogos siguientes; esta última sanción será aplicable al comprador en caso de incumplimiento.
Se precisa que, para el punto 5.2, al amparo de un mismo contrato de compraventa a término, ÚNICAMENTE se podrá optar por la Modalidad "SOLO CALL” o "SOLO PUT”, nunca ambas.
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
6).- Adicional al registro de los Contratos de Compraventa a Término, con determinación de precio
señalado en el inciso 4).-, los participantes tendrán la opción de registrar sus Contratos de compraventa
conforme a lo establecido en el artículo 427 inciso g) de las Reglas de Operación (cobertura a cosechas
e inventarios), dejando el Precio Cotizado en Bolsas de Futuros abierto, el cual se determinará el día
en el que el vendedor facture el producto al comprador más las Bases señaladas en el Anexo del
presente comunicado.
6.1).- El registro de estos Contratos de Compraventa a Término se realizará de la siguiente manera: A). Para que el vendedor proteja su ingreso de una posible disminución en el precio contratado desde la compra de la cobertura y hasta la entrega de su cosecha al comprador podrá adquirir una cobertura opción “PUT”:
VENDEDOR:LA SAGARPA/ASERCA APORTA EL 75%
DEL COSTO DE LA PRIMA PUT vencimientos Jul o Sep 15
De los eventuales beneficios en primer
término, el Participante recupera el
25% del costo de la prima, la
Federación el 50% de su aportación; y
el remanente (incluyendo los
beneficios) será para el vendedor:
APO
YO
SA
GA
RPA
ASE
RCA
“PUT”
Vencimiento 1/
Jul o Sep 15
Aserca-Sagarpa Participante
25.0%
37.5%
37.5%
Recuperación del
Costo de la
Cobertura
1/ Aquellos productores, cuya cosecha finalice en la segunda quincena de junio de 2015, o posterior a este periodo, podrán cubrirse con contratos vencimiento
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
B). Registro del comprador, para la adquisición y registro de sus coberturas, éste podrá elegir UNO de los dos momentos que se proponen a continuación:
B.1). Opción “CALL” para proteger el precio del grano durante el proceso de producción y cosecha, es
decir, desde la firma del contrato de compraventa y hasta la adquisición del producto, esta cobertura se podrá adquirir del 26 de enero al 13 de Marzo de 2015.
COMPRADOR:
“CALL”
Vencimiento 2/
Jul o Sep 15
LA SAGARPA/ASERCA APORTA EL 45%
DEL COSTO DE LA PRIMA CALL, vencimiento Julio o Septiembre 15
De los eventuales beneficios en primer
término, el Participante recupera el
55%, del costo de la prima, la
Federación el 50% de su aportación; y
el remanente (incluyendo los
beneficios) será para el comprador:
AP
OY
O S
AG
AR
PA
ASER
CA
Aserca-Sagarpa Participante
55.0%
22.5%
22.5%
Recuperación del
Costo de la
Cobertura
2/ Aquellos compradores, que adquieran grano cuya cosecha finalice en la segunda quincena de junio de 2015, o posterior a este periodo, podrán cubrirse con contratos vencimiento septiembre ´15.
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
B.2). Opción “PUT” para proteger el valor de sus inventarios durante el proceso comercialización y/o transformación, la adquisición de esta opción se realizará a partir de la demostración de entrega del grano por los productores que celebraron contratos de compraventa de conformidad con lo establecido en la especificación 6)
COMPRADOR:LA SAGARPA/ASERCA APORTA EL 45%
DEL COSTO DE LA PRIMA PUT vencimientos Jul, Sep y Dic 15
De los eventuales beneficios en primer
término, el Participante recupera el
55% del costo de la prima, la
Federación el 50% de su aportación; y
el remanente (incluyendo los
beneficios) será para el comprador:
AP
OY
O S
AG
AR
PA
ASER
CA
“PUT”
Vencimiento Jul, Sep y Dic 15
Aserca-Sagarpa Participante
55.0%
22.5%
22.5%
Recuperación del
Costo de la
Cobertura
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
7).- El pago de las aportaciones del costo de las primas de la cobertura, el cual se encuentra en la tabla
de precios de primas difundida en la página electrónica de ASERCA: www.infoaserca.gob.mx; deberá
realizarse en las siguientes cuentas bancarias:
No. DE CUENTA Y CLABE
PLAZA-SUCURSAL
TIPO DE MONEDA
INSTITUCIÓN BANCARIA
NOMBRE DE LA CUENTA
No. de cuenta: 0203120244 CLABE: 072180002031202448
PLAZA: 072 SUCURSAL:
2475
Pesos
Banorte, S.A.
Agencia de Servicios a la Comercialización y
Desarrollo de Mercados Agropecuarios
No. de cuenta: 0693128140 CLABE: 072180006931281400
Dólares
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
8).- Las liquidaciones de coberturas (opción “PUT” y “CALL”), sólo podrán realizarse una vez cerrada la ventanilla
de registro, aplicando los siguientes criterios:
8.1). A partir de la generalización de las cosechas (cuando se haya cosechado al menos el 10% de la
superficie del cultivo por Entidad Federativa, de conformidad con las fechas que este Órgano
Administrativo Desconcentrado de la SAGARPA informe y dé a conocer a los participantes a
través de su página electrónica) sólo se podrá liquidar el vencimiento más próximo del contrato
de cobertura opción "PUT" o "CALL"; la liquidación del contrato con vencimiento posterior al
antes señalado, se llevará a cabo una vez que la fecha de las opciones del inmediato anterior
haya fenecido; de poseer un tercer vencimiento se aplicará el mismo criterio.
8.2). Si la liquidación de los contratos de cobertura opción "CALL" o "PUT" pretende realizarse
antes de las fechas por cultivo y Entidad Federativa que se den a conocer, el poseedor de la
cobertura deberá acreditar mediante factura y comprobante de pago, que el grano ya fue
comercializado en términos de lo establecido en el contrato de compraventa. Se precisa que,
dichos contratos de cobertura a liquidar, será de acuerdo al orden señalado en el inciso 8.1).
8.3). Si el tenedor de la cobertura contractual, posee más de un vencimiento y el primero de ellos aún
no ha fenecido, podrá liquidar el o los vencimientos posteriores hasta por el volumen
(equivalente en contratos) que acrediten haber comercializado (producto recibido y pagado al
vendedor) en términos de lo establecido en el contrato de compraventa.
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
8.4). Si el tenedor de la cobertura es un Comprador y está imposibilitado cumplir con los anteriores
incisos, podrá liquidar sus vencimientos, conservando el orden cronológico de los mismos, siempre
y cuando presente ante la ventanilla de ASERCA donde realizó el registro de su participación en
Agricultura por Contrato del ciclo agrícola que nos ocupa, contrato de compraventa con un tercero
del producto sujeto de apoyo, en el que se deberá especificar el volumen a comercializar mismo que
servirá como referencia de los contratos a liquidar. Esta situación no lo exime de la responsabilidad
adquirida con el vendedor.
8.5). Aquellos casos en los que el tenedor de la cobertura opción PUT/CALL no se ajuste a los
mencionados incisos, considerando su imposibilidad de demostrar el cumplimiento de su operación
comercial al 100% con relación al volumen establecido en el contrato de compraventa a término; al
respecto, el participante podrá liquidar sus posiciones presentando ante la ventanilla de ASERCA
que le corresponda: FINIQUITO sobre el cumplimiento del contrato firmado entre las partes, en el
que se deberá especificar, mínimamente, número de contrato de compraventa, las causas que
motivaron el incumplimiento, volumen (registrado, cumplido por centro de acopio e incumplido) este
último servirá como referencia de los contratos a liquidar. La información presentada en este
finiquito será utilizada también para el pago del apoyo por compensación de bases (el volumen
reportado no deberá rebasar al registrado en el contrato de compraventa a término y será el límite a
pagar en Compensación de Bases).
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
9).- Para el registro de contratos de compraventa a término de trigo panificable y sorgo, los compradores podrán registrar contratos de compra-venta a término hasta por el equivalente a 9 meses de su consumo o ventas auditadas; con excepción de aquellas empresas que se encuentran ubicadas en las zonas productoras del país, quienes podrán registrar hasta por el equivalente a 12 meses de su consumo auditado. En el caso del trigo cristalino al ser un grano excedentario, todos los compradores podrán adquirir hasta doce meses sobre su consumo auditado.
10).- Los interesados en participar se obligan y sujetan a dar cumplimiento a lo establecido en el ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2015, publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2014. El presente Esquema está sujeto a disponibilidad presupuestal.
COORDINACIÓN GENERAL DE
COMERCIALIZACIÓN DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 8, FRACCIÓN I, 14 Y NOVENO TRANSITORIO
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA AGENCIA DE SERVICIOS A LA COMERCIALIZACIÓN
Y DESARROLLO DE MERCADOS AGROPECUARIOS Y EL OFICIO N°
F00.1000/001/2015
ING. HÉCTOR RIEMANN VALENZUELA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS DE PRECIOS
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 8, FRACCIÓN II, 15 Y NOVENO TRANSITORIO
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA AGENCIA DE SERVICIOS A LA COMERCIALIZACIÓN Y
DESARROLLO DE MERCADOS AGROPECUARIOS Y EL OFICIO N° F00.1000/001/2015
DR. OMAR MUSALEM LÓPEZ
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
A N E X O
BASES DE COMERCIALIZACIÓN APLICABLES A AGRICULTURA POR CONTRATO, CICLO AGRÍCOLA OTOÑO-INVIERNO/ 2014-15
TRIGO
ENTIDAD FEDERATIVATIPO DE
TRIGO
BASE
ESTANDARIZADA
ZONA DE
CONSUMO
(Dls/Ton)
BASE
MAXIMA
REGIONAL
(Dls/Ton)
BASE ZONA
PRODUCTORA
(Dls/Ton)
Baja California y San Luis
Río Colorado, Son.Panificable 63 32 31
Baja California Sur Panificable 94 41 53
Panificable 67 36 31
Cristalino 67 36 31
Chihuahua Panificable 61 36 25
Panificable 62 30 32
Cristalino 67 35 32
Sinaloa (Norte)/Sonora (Sur) Panificable 78 37 41
Panif suave 71 33 38
Cristalino 80 39 41
Durango/Coahuila/Zacatecas
Nuevo León/Tamaulipas
BAJIO (Gto, Jal, Mich y Qro)
Aviso de apertura de ventanillas de AxC.
SORGO
HUASTECAS (Ote de SLP,
Sur de Tamps y Nte de Ver)54 39 15
PENINSULA (Camp, Q. Roo
y Yuc)48 35 13
NAYARIT 66 34 32
OAXACA 57 33 24
SINALOA 1/ 64 39 25
SONORA 64 39 25
TAMAULIPAS (Norte) 57 53 4
VERACRUZ (Centro y Sur) 50 26 24
ENTIDAD FEDERATIVA
BASE ZONA
ESTANDARIZADA
CONSUMIDORA (DLS/TON)
BASE MAXIMA
REGIONAL (DLS/TON)
BASE ZONA
PRODUCTORA (DLS/TON)
1/ Ciclo agrícola Otoño-Invierno/2014-15 y Primavera-Verano/2015
SOYA
TAMAULIPAS 62 20 42
NUEVO LEON 70 26 44
ENTIDAD FEDERATIVA
BASE
ESTANDARIZADA
ZONA DE
CONSUMO (Dls/Ton)
BASE MAXIMA
REGIONAL (Dls/Ton)
BASE A PAGAR
AL PRODUCTOR (Dls/Ton)