Supuesto Práctico Nº 01 administratativo
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8/10/2019 Supuesto Prctico N 01 administratativo
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PROMOCION INTERN DMINISTR TIVO
PR CTIC
N
I
1.
Un
Ayuntamiento firma el contrato
para
realizar las obras del nuevo
polideportivo municipal con la empresa AB. Podemos decir que estamos
con la firma del contrato ante un acto administrat ivo?
No, unas de las caractersticas del acto administrativo es que ste proceda de una
Administracin Pblica y esencialmente sea unilateral, es decir, que su
elaboracin y dictado corresponda nicamente al rgano competente de la
administracin. En este sentido se pronuncia el artculo 53.1 de la Ley 30/1992
de 26 de noviembre por el que se aprueba la Ley del Rgimen Jurdico de las
Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, al decir
que los actos administrativos que dicten las Administraciones Pblicas, bien de
oficio o a instancia del interesado, se producirn
p r
el rgano competente
ajustndose al procedimiento establecido .
Dicho lo anterior, con la firma del citado contrato no se est produciendo ningn
acto administrativo ya que el contrato segn la Real Academia de la Lengua
Espaola implica una concurrencia de voluntades por el que se dispone "un
pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa
determinada, ya
cuyo cumplimiento pueden ser compelidas".
2. El pasado da 7 de octubre de 2010, el Presidente de una Diputacin
Provincial dict una resolucin por la que se acord adquirir de don
AB
un
edificio de su
propiedad
para
reubicar
dependencias administrativas.
Ha
producido
efectos el acto dictado
por
el Presidente desde la fecha indicada?
No. Respecto de los efectos de los actos administrativos, si bien la regla general
segn indica el artculo 57 1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre es que se
producen inmediatamente desde la fecha en que se dicten, existen excepciones a
dicha generalidad. En este sentido,
l
artculo 57.2 de la ley citada manifiesta
que
la
eficacia quedar demorada cuando as lo exija el contenido del acto o
est supeditada a su notificacin, publicacin o aprobacin superior".
En el caso planteado la resolucin del Presidente se dict el da 7 de octubre de
2010, sin embargo dicha resolucin no producir efectos hasta que se produzca
la notificacin (o en su defecto publicacin) a favor del interesado cuyos
derechos e intereses se ven implicados. Este retraso en la eficacia del acto
administrativo dictado se justifica en el artculo
58 1
de la Ley 30/1992 al decir
que "se notificarn a los interesados las resoluciones y actos administrativos que
afecten a sus derechos e intereses, en los trminos previstos en l artculo
siguiente".
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PROMOCION INTERNA ADMINISTRATIVO
RCTICA N 1
misma dicte, a la ejecucincoactivao forzosa de tales actos sin necesidad de
recabarautorizacinoauxiliojudicialparallevaracabosucumplimiento.
As,elart culo94delaLey30/1992de26denoviembre,del RgimenJurdico
de las Administraciones Pblicas ydel Procedimiento Administrativo Comn,
indica que "los actos de las Administraciones Pblicas sujetos
al
Derecho
Administrativo sern inmediatamente ejecutivos, salvo
lo
previsto en los
artculos
y138,yen aquellosenqueunadisposicinestablezca lo contrario
o necesiten aprobacino autorizacin superior", yel
artculo
95 de la misma
norma prev que "las Administraciones Pblicas, a travs de sus rganos
competentesencadacaso,podrnprocederprevioapercibimiento,alaejecucin
forzosadelosactosadministrativos,salvoenlossupuestosenquesesuspendala
ejecucin de acuerdo con la ley, o cuando la Constitucin o la Ley exijan la
intervencindelosTribunales".
Respecto de los medios que podr utilizar, se prevn en el artculo 96 de la
nonnacitada,siendoestos:
Apremiosobre
el
patrimonio.
Ejecucinsubsidiaria.
Multacoercitiva.
Compulsinsobrelaspersonas.
5. El Alcalde de
un
Ayuntamiento ha
declarado mediante acuerdo
la
tramitacin
de urgencia del procedimiento
para
contratar las
obras que
sirvan para reparar lascallesdelaciudad
que
se
encuentren
enmalestado.
Exigemotivacin
alguna
elactodictadopor elAlcalde?
Si. Lamotivacindelos actosadministrativosrespondeauna cuestinno slo
deformadelactosinodefondo, enelqueendeterminados casosseleexigeala
Administracin que acredite una justificacin lgica yjurdicaque sirva para
manifestarsuvoluntaden
el
cumplimientodefinalidadespblicas.
En este sentidoel artculo54.1 e)delaLey30/1992de26 denoviembre, del
Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento
AdministrativoComn, indicaque "sernmotivados, con sucintareferenciade
hechosyfundamentos dederecho: los acuerdosde aplicacindelatramitacin
deurgenciaodeampliacindeplazos".
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PRCTICA N
PROMOCION INTERNA ADMINISTRATIVO
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Para
proceder a la notificacin de un acuerdo dictado
por
el Pleno de una
Diputacin Provincial, se plantea las siguientes cuestiones:
Qu plazo tiene la Administracin para notificar el acuerdo dictado?
n
caso de que en el contenido de la notificacin figure el texto ntegro
del acuerdo pero se omita la indicacin de los recursos que
procedan
contra el mismo, producira la notificacin practicada algn efecto?
Dnde debe dirigirse la Administracin para efectuar la notificacin?
Cuntos intentos tiene la administracin para notificar el acuerdo en
caso de que sta se efecte en el domicilio del interesado?
Valdra la notificacin del acuerdo cuando sta se efecte mediante
correo electrnico?
Para dar respuesta a todas las cuestiones planteadas, acudiremos a la Ley
30/1992 de 26 de noviembre, que aprueba el Rgimen Jurdico de las
Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, en cuyo
Ttulo V De las Disposiciones y los Actos Administrativos , Captulo III
Eficacia de los actos , artculos
58
y 59, se regula la notificacin y la prctica
de la notificacin de las resoluciones y actos administrativos.
n
cuanto al plazo
el articulo 58.2 de la Ley 30/92 indica que toda
notificacin deber ser cursada dentro del plazo de diez mas a partir de la fecha
en que el acto haya sido dictado , por tanto, la Administracin dispondr de 10
das contados a partir de la fecha en que dicte sus actos.
Respecto del contenido de l notificacin
el
artculo 58.2 de la misma norma,
establece que Toda notificacin deber contener
el texto ntegro de la
resolucin, con indicacin de si es definitivo o no en la va administrativa, la
expresin de los recursos que procedan, rgano ante el que hubieran de
presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados
puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente . En el caso
planteado, la omisin de la indicacin de los recursos que procedan contra el
acuerdo notificado, supondr que estamos ante una notificacin defectuosa y que
la misma
no
producir efectos por
no
haberse producido la notificacin en los
trminos del artculo citado. No obstante y respecto de los efectos de las
notificaciones defectuosas, habr de tenerse en cuenta lo previsto en el artculo
58.3 las notificaciones que conteniendo
el
texto ntegro del acto omitiesen
alguno de los dems requisitos previstos en el apartado anterior surtirn efecto a
partir de la fecha
en
que
el
interesado realice actuaciones que supongan
el
conocimiento del contenido y alcance de la resolucin o acto objeto de la
notificacin o resolucin, o interponga cualquier recurso que proceda .
n cuanto al lugar de l notificacin dice el artculo 59.2 de la Ley 30/1992
que en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la notificacin se
practicar en el lugar que ste haya sealado a tal efecto en la solicitud y que
cuando ello
no
fuera posible, en cualquier lugar adecuado a tal fin ; por tanto
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PRCTICA N 1
PROMOCION
INTERNA ADMINISTRATIVO
Para que
la
notificacin se practique utilizando algn medio electrnico se requerir
que el interesado haya sealado dicho medio como preferente o haya consentido su
utilizacin, sin perjuicio
de lo
dispuesto
en
el artculo 27.6. Tanto
la
indicacin de
la
preferencia en el uso de medios electrnicos como el consentimiento citados
anteriormente podrn emitirse y recabarse, en todo caso, por medios electrnicos.
El sistema
de
notificacin permitir acreditar
la
fecha y hora
en
que se produzca
la
puesta a disposicin del interesado del acto objeto de notificacin, as como la
de
acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificacin se entender
practicada a todos los efectos legales.
Cuando, existiendo constancia de la puesta a disposicin transcurrieran diez das
naturales sin que se acceda a su contenido, se entender que la notificacin
ha
sido
rechazada con los efectos previstos en el artculo 59.4
de
la Ley 3U1992 de Rgimell
Jurdico y del Procedimiento Administrativo Comn y normas concordantes, salvo que
de
oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad tcnica o
material del acceso.
Durante la tramitacin del procedimiento el interesado podr requerir al rgano
correspondiente que las notificaciones sucesivas
no
se practiquen por medios
electrnicos, utilizndose los dems medios admitidos
en
el artculo
59 de la
Ley
30/1992,
de Rb 'mcll
Jurdico
v
del Procedimiento Administrativo COlllill, excepto
en
los casos previstos en el (lnculo 27.6 de la presente Lev.
Producir los efectos propios
de
la notificacin por comparecencia el acceso
electrnico por los interesados
l
contenido
de
las actuaciones administrativas
correspondientes, siempre que quede constancia
de
dichos acceso.
7. Puede utilizarse l figura de l publicacin para sustituir l notificacin de
las resoluciones actos dictados por la Administracin En qu casos
S. Hablar de publicacin o notificacin supone hablar de los cauces que utiliza
una Administracin para dar a conocer a sujetos externos a la misma, los actos
disposiciones que ella misma dicte. La publicacin sustituir a la notificacin,
surtiendo sus mismos efectos, en los casos previstos en el artculo 59.6 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre, del Rgimen Jurdico de las Administraciones
Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn:
a) Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de
personas.
b) Cuando se trata de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de
concurrencia competitiva de cualquier tipo.
En
este caso, la convocatoria del
procedimiento deber indicar el tabln de anuncios o medios de
comunicacin donde se efectuarn las sucesivas publicaciones, careciendo
de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos.