SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE...

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La República Corte Superior de Arequipa Lunes, 29 de octubre del 2018 EDICTOS EDICTO.- PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante el Segundo Juzgado Civil-Arequipa ante el Señor Juez Edgard Pineda Gamarra, Especialista: Dra. Rosmery Ursula Ccama Cerezo, se tramita el Expediente No. 03251- 2017 y se ha expedido la Resolución No. 07 de fecha 2018 septiembre 18 que resuelve ADMITIR a trámite la RECONVENCION interpuesta por la demandada María Antonieta Vergara Dueñas, en contra del Gobierno Regio- nal Arequipa, sobre Prescripción Adquisitiva, del predio rústico ubicado en el distrito de Yura Km. 15, provincia y departamento de Arequipa, de un área superficial de 8.20 Hás., teniendo derechos inscritos el Estado Peruano en las Partidas Regístrales Nos. P06’\22364 y P06270508, en la vía de proceso de CONOCIMIENTO, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indica, TRASLA- DO de la demanda por el plazo de TREINTA DIAS para su contestación, agregándose a los antecedentes los anexos acompañados. SE DISPONE que el extracto de la presente resolución se publique por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del referido cuerpo legal, y asimismo tratándose de un predio rústico SE DISPONE que se efectúe la notificación por radiodifusión por el plazo de cinco días consecutivos, conforme al artículo 169 del Código Procesal Civil.- Tóme- se razón y Hágase Saber.- Rosmery Ursula Ccama Cerezo.- ESPECIALISTA LEGAL.- (23-29 octubre 06 noviembre) B/E 031-13274.- EDICTO El Señor Magistrado del Juzgado Especializado Civil de Camaná, Doctor Zenón Luque Céspedes, con interven- ción del Especialista Legal Berty Carnero Tito, en el Expe- diente Número 75-2015-FC, seguido por Sabina Quispe Yucra, en contra de Santos Severo Yucra Capacoila, sobre Divorcio por Causal; ha resuelto expedir la siguiente RE- SOLUCION N° 02- 2015, de fecha tres de Setiembre del año dos mil quince: que RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda sobre DIVORCIO POR LA CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO, interpuesta por SABINA QUISPE DE YUCRA en contra de la demandada SANTOS SEVERO YUCRA CAPACOILA y el MI- NISTERIO PÚBLICO en consecuencia; SE DISPONE: correr TRASLADO de la demanda a los demandados SANTOS SEVERO YUCRA CAPACOILA y el MINISTERIO PÚBLICO por el plazo de TREINTA DIAS; téngase por ofrecidos los me- dios probatorios que indica en su demanda y escrito de subsanación, los que deberán merituarse y actuarse en la estación procesal respectiva de ser admitidos, agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña. Asimismo mediante resolución N° 07-2016, se ha dispuesto que “la demandante declara bajo juramento desconocer el domicilio actual del demandando, solicitando que se le notifique por edictos conforme dispone el artículo 165° y 167° del Código Procesal Civil; es decir, con la publicación en el diario oficial y en un diario de mayor circulación del último lugar del domicilio del demandado por tres días hábiles; bajo apercibimiento de nombrarse curador pro- cesal; debiendo la parte interesada adjuntar el edicto co- rrespondiente”- Fdo.- Dr. Zenón Luque Céspedes Juez del Juzgado Civil de Camaná, por disposición del Superior - Fdo.- Dr. Berty Carnero Tito - Especialista Legal.- 01 de Octubre del 2018.- BERLY CORNEJO TITO ESPECIALISTA LEGAL.- (29 octubre) B/E 031-13290.- EDICTO JUDICIAL En el expediente número 03242-2016-0-0401-JR-CI-05, tramitado en el Quinto Juzgado Especializado Civil, sobre DESALOJO seguido por RONALD ALBERTO CERVANTES NEIRA con CARLOS ANIBAL ORTEGA CERVANTES, trami- tado por el Especialista Legal Néstor Puma Salazar, el Juez Yuri Filamir Corrales Cuba, mediante resolución número 13 de fecha 12 de Octubre del presente año, ha dispuesto lo siguiente: SE RESUELVE: SUSPENDER el presente pro- ceso por el plazo de treinta de días, a fin de que la parte demandante CUMPLA con gestionar la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS a los sucesores del causante CARLOS ANI- BAL ORTEGA CERVANTES, con el objeto que se apersonen a proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles jurador procesal. Firma: Corrales.- Juez.- Puma.- Especialista Legal. NESTOR PUMA SALAZAR ESPECIALISTA LEGAL.- (29-30- 31 octubre) B/E 031-13291.- EDICTO: EXPEDIENTE : 07297-2018-0-0401 -JP-CI-01, en los segui- dos por LA POSADA DE LIGARTE SAC, representada por PAOLA ARMINDA CHAVEZ BELTRÁN, en contra de PANDE- RO SA. ES F.C., con emplazamiento de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO), sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR; ante el 1o JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE CAYMA, JUEZ: VALDIVIA TICONA CLAUDIA NOELIA, ESPE- CIALISTA: MACEDO GARCIA KARINHA ELVIRA, mediante Resolución Nro. 01 de dos mil dieciocho Octubre, tres; ha Resuelto: 1) ADMITIR a trámite la demanda, Disponiendo: 2) Que se efectúen las publicaciones de Ley en el Diario oficial El Peruano y el de mayor circulación, conforme lo dispone el artículo 103° de la Ley de Títulos Valores. GUI- DO SIMON GOMEZ MEDINA - ABOGADO - MAT. C.A.A. 0464. KATHIA E. MACEDO GARCIA ESPECIALISTA LEGAL. (25-26-29-30-31 octubre) B/E 031-13282.- EXTRACTO PARA PUBLICACIÓN EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE MBJ PAU- CARPATA; Expediente: 1888-2014-0- 0412-JP-FC-01; Juez: Eloy Guillermo Orosco Vega; Especialista: Virginia Gaby Curse Choque; mediante Resolución N° 19 del dieciséis de abril de dos mil dieciocho ha RESUELTO: REQUERIR al demandado CESAR QUISPE TORRES para que cumpla con pagar la suma de SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 SO- LES, por concepto de pensión de alimentos devengados, dentro del término de tres días, BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS CERTIFICADAS AL MINISTERIO PUBLICO para que actué conforme a sus atribuciones. Y dispone la publicación del extracto de la resolución. Arequipa, 22 de octubre de 2018. Abog. DAVID HERRE- RA AGUILAR C.A.A. 6653 DEFENSOR PUBLICO. VIRGINIA CURSE CHOQUE SECRETARIO Legal. (25-26-29 octubre) B/E 031-13283.- EDICTO Ante el segundo juzgado especializado civil de la Corte superior de justicia de Arequipa Sede Central que des- pacha el Señor Juez Doctor Dueñas Triviños Uriel, en el expediente N° 6222-2013-0-0401-JR-CI-02, especialista Dr. Ampuero Villegas Alessandra Vanessa, se dispuso mediante Resolución N° 18 , 1.- DECLARAR NULA la no- tificación de la sentencia N° 110-2016 de fecha dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis de la página 104 y siguientes a la demandada señora Julia Angélica Ramos Mamani y NULO todo lo actuado desde la página 113 en adelante 2.- SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO POR EL PLAZO DE TREINTA DIAS a efecto de que comparezcan al proceso los sucesores de JULIA ANGÉLICA RAMOS MA- MANI debiendo acreditar su calidad con el documento público de Sucesión Intestada o Testamento correspon- diente debidamente inscritos bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal que los represente, debien- do notificarse mediante edictos para lo cual cumpla la parte demandante en gestionar las publicaciones correspondientes TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. ALESSANDRA AMPUERO VILLEGAS ESPECIALISTA LEGAL (S). (26-29-30 octubre) B/E 031-13287.- EDICTO-CAMBIO DE NOMBRE EXP. N° 2020-2018.- Ante el Juzgado Mixto de Majes, a car- go del Juez Dr. Oscar Quilluya Puma. Y Esp. Dra. Aguilar Salinas Angela, mediante resolución No. 02, se resuelve Admitir A TRAMITE EN LA Vía del proceso No contencio- so la solicitud interpuesta por Yuly Ana Huamani Alvaro en representación de su menor hijo Fernando Erick Ruiz Alvaro, sobre AUTORIZACION JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE, en el sentido que se le cambie el apellido ma- terno de “ALVARO” a “HUAMANI; en el rubro de datos de la madre de “ALVARO” a “HUAMANI”. MAJES 23 DE OCTUBRE DEL 2018.- (25-29-30 octubre) B/E 031-13283.- NOTIFICACIONES NOTIFICACION DE EDICTOS Por ante el cuarto Juzgado Civil de la corte Superior de Justicia de Arequipa Juez Dr. QUISPE APAZA JUSTO AN- DRÉS, en el expediente N° 2883-2016-0-0401-JR-C1-04, con intervención del especialista legal CURO UMERES SACHI YOANA, en la demanda sobre ejecución de acta de conciliación, interpuesto por Anita Ludgarda Huaranca Revilla, resolviéndose mediante resolución N° 11, de fe- cha cinco de octubre del 2018, en la cual se RESUELVE; NOTIFICAR mediante edictos A LOS POSIBLES HEREDE- ROS DE DOÑA LEUCADIA JOSEFA HUARANCA REVILLA VIUDA DE ESPINOZA, para que se apersonen a proceso en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de nombrar- se curador procesal. TÓMESE RAZON Y HAGASE SABER, Arequipa, 24 Octubre del 2018, YULIANA FRANKA HOLZ VENEGAS DE BECERRA, ABOGADA MAT. C.A.A 10932, es- pecialista legal CURO UMERES SACHI YOANA. YULIANA VENEGAS DE BECERRA ABOGADO C.A.A. 10932.- (29 octubre) B/E 031-13290.- NOTIFICACION POR EDICTO. El Señor Juez del Primer Juzgado De Paz Letrado - S. MBJ de Paucarpata, Dr. OROSCO VEGA ELOY GUILLER- MO y Especialista Legal que suscribe en el Exp. N° : 02029-2015-0-0412-JP-FC-01, seguido por BALLON FAR- FAN, ANA NOELIA, contra MASCO CHAMBI, MARIANO CONCEPCION sobre ALIMENTOS, ha resuelto notificar por Edicto al demandado, Resolución Nro. 21, Arequipa, 23 de julio del 2013; Que, por escrito presentado por la de- mandante 36740.- VISTOS Y CONSIDERANDO,- PRIMERO.- Que, el presente proceso se encuentra en estado de eje- cución; SEGUNDO: Que, en este estado, se ha practicado una liquidación de pensiones correspondiente al periodo que va del veintiuno de marzo de dos mil diecisiete al treinta de mayo cíe dos mil dieciocho, la cual obra a fojas ciento veintiocho. TERCERO: Que, mediante Resolución veinte, de fojas ciento treinta y dos, se ha aprobado la li- quidación de pensiones devengadas de alimentos, por la suma de CUATRO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 22/100 SOLES. CUARTO: Que, dicha resolución le ha sido notifica- do al demandado conforme se advierte de la cédula de notificación que obra en autos; sin embargo, hasta el mo- mento no ha cumplido con hacer efectivo el pago antas indicado, por lo que en aplicación de lo dispuesto por el numeral 566-A del Código Procesal Civil debe requerirse al demandado, por lo expuesto; SE RESUELVE: REQUERIR al demandado MARIANO CONCEPCION MASCO CHAM- BI, para que cumpla con pagar la cuma de CUATRO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 22/100 SOLES, por concepto de pensión de alimentos devengados, correspondiente a los periodos especificados en el segundo considerando, dentro del término de tres días. BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS CERTIFICADAS AL MINISTERIO PÚBLICO para que actué conforme a sus atribuciones. Publicar en el diario da mayo circulación. Firmado. Juez del Primer Juzgado, De Paz Letrado - S. MBJ de Paucarpa- ta, Dr. OROSCO VEGA ELOY GUILLERMO, Arequipa 01 de octubre de! 2018, CURSE CHOQUE, VIRGINIA GABY, ESPE- CIALISTA LEGAL Primer Juzgado De Paz Letrado - S. MBJ de Paucarpata, Corte Superior de Justicia de Arequipa. (26-29-30 octubre) B/E 031-13287.- NOTIFICACION JUDICIAL Expediente 01983-2018-0-0412-JP-FC-03, especialista legal Dra. Lizbeth Yanira Huaccoto Goizueta, ante el Ter- cer Juzgado de Paz Letrado - S.MBJ Paucarpata-Arequipa, que despacho la señorita juez Dra. Tellez Fernández Johana Suley; Leonardo Alejandro Rosales Miranda, ha iniciado proceso sobre EXTINCIÓN DE PENSIÓN DE ALI- MENTOS en contra de la SUCESIÓN DE ELBA VICTORIA FLORES DE ROSALES, ASCENDENTE AL VEINTISES POR CIENTO, por muerte de la alimentista; habiéndose orde- nado la publicación de lo siguiente: AUTO ADMISORIO, Resolución Nro. 01-2018, SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trá- mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES MIRANDA, en contra de la SUCE- SIÓN DE ELBA VICTORIA FLORES DE ROSALES. 2. TRASLA- DO de la parte demandada por el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda. 3. NOTIFICAR por edictos a la demandada SUCESIÓN DE ELBA VICTORIA FLORES DE ROSALES, con el contenido de la demanda y la reso- lución que admite a trámite la demanda de extinción de alimentos , debiendo apersonarse al proceso dentro del término de ley, bajo apercibimiento de nombrár- sele curador procesal.- Arequipa, 20 de septiembre del 2018.- LIZBETH Y. HUACCOTO GOIZUETA ESPECIALISTA LEGAL.- (26-29-30 octubre) B/E 031-13287.- REMATES AVISO DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EXPEDIENTE N° 2138-2015- En el proceso sobre EJECU- CION DE GARANTIAS, que sigue FINANCIERA PROEMPRE- SA S.A., contra CALCINA MEZA FIDEL VITALIANO Y CHUSI LUNA LUZMILA, expediente: N° 02138-2015-0-0410-JM- CI-02 y según lo ordenado por el señor Juez del Juzgado Civil – Sede MBJ Mariano Melgar, Dr. Madariaga Condori Luis Eduardo, especialista legal Pacheco Tejada Silvana Ruth, ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVO- CATORIA el siguiente inmueble: INMUEBLE: ubicado en el pueblo joven ASOCIACION URBANIZADORA DE INTERES SOCIAL JUAN XXIII, MZ “N”, LOTE 04, ZONA A, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa de propiedad de Calcina Meza Fidel Vitaliano, cuyos linde- ros, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritos en la partida N° P06019372 de la zona registral N° XII –Sede Arequipa. GRAVAMENES: 1. Hipoteca.- El garante con intervención de Chusi Luna Luzmila, constituye a favor del banco PROEMPRESA S.A., hasta por la suma de US$ 13,770.00 sobre el inmueble inscrito en la presente partida. Según escritura pública N° 5063 Y 595 del 29/11/2012 y 08/02/2013 otorgada ante el notario de Arequipa Fernando Begazo. Inscrito el 26/02/2013. Asiento 00005. 2. inscripción de embargo.- por resolución N° 01 del 26/12/2013, el juez del 2° JPL. De Mariano Melgar, ha resuelto DICTAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION el cual deberá caer sobre el predio inscrito en esta partida, hasta por la suma de S/ 25,000.00 a favor de la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Arequipa. Inscrito el 29/01/2014. Asiento 00006. VALOR DE LA TASACIÓN.- el inmueble materia de ejecución ha sido valorizado en la suma de US$ 13,770.00 (TRECE MIL SETECIENTOS SETENTA CON 00/100 DOLA- RES AMERICANOS). PRECIO BASE: El precio asciende a US$ 9,180.00 (NUEVE MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. LUGAR DÍA HORA DE REMA- TE: la diligencia de remate se llevara a cabo en el local del juzgado civil sede MBJ Mariano Melgar el mismo que se encuentra ubicado en la av. Simón Bolívar con calle Junín S/N. Distrito Mariano Melgar el día 20 de noviembre del 2018 a las 10:00 am. POSTORES: deberá oblarse el 10% del valor de tasación actualizada del inmueble, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello no negociable), presenta- ran su DNI y arancel judicial consignando el número de DNI del postor, juzgado correspondiente y el número de expediente (con copia del DNI y del arancel judicial firma- do). En caso de actuar como representante presentar el poder respectivo. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL RE- MATE: el remate será efectuado por norma Reveca Rojas Alania MARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONAL Reg. N°286. Adjudicatario cancela los honorarios del martillero conforme a ley al finalizar el remate y están afectos al IGV. Arequipa, 14 de septiembre del 2018. SILVANA PACHECO TEJADA ESPECIALISTA LEGAL, JUZGADO CIVIL MBJ DE MARIANO MELGAR, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. NORMA REVECA ROJAS ALIANA MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL, REGISTRO N°286. (23-24- 25-26-29-30 octubre) B/E 031- 13275 PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso sobre Obligación De Dar Suma De Dinero, Expediente Nº 0708-2008-0-0412-JP-CI-01 seguido por el Sr. JUAN LINARES VALDIVIA en contra de LUZDENI YANET LAZO ZEGARRA Y FERNANDO ALEXANDER SILVA ZAMBRANO representados por su apoderada Liz Nohemí Lazo Salas, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado-Sede MBJ. Paucarpata, a cargo del Dr. Eloy Guillermo Orosco Vega con intervención de la Especialista Legal Gladys Ro- cío Sanga Vilca, se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convocatoria los derechos expectativos que le pudieren corresponder a la ejecutada LUZDENI YANET LAZO ZEGARRA, sobre el bien siguiente: DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Bien inmueble signado como Pueblo Joven San Francisco de Characato Mz. E, Lote 9, Zona A del Distrito de Characato, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida Registral Nº P06076077 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. Oficina Registral Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$ 6,996.73 (SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 73/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$4,664.49 (CUA- TRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. MGRAVÁMENES: 1) Asiento 00007.- Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de US$ 21,000.00 en favor de Juan Linares Valdivia, que afectará los derechos que le pudieren co- rresponder a la demandada Luzdeni Yanet Lazo Zegarra, según Resolución No. 02 del 19/06/2012 y correctora No. 04 del 09/08/2012 expedida por el Juez del Primer Juz- gado de Paz Letrado de Paucarpata Dr. Oswaldo Fernán- dez Urrutia. Especialista legal Sheyla Magaly Sandoval Loayza Exp. No. 708-2008-99-0412-JP-CI-01. Fecha de inscripción: 17/09/2012. LUGAR, FECHA Y HORA DEL RE- MATE: El remate se llevará a cabo en el frontis del local del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en la esquina Av. Salaverry No. 701 con José San- tos Chocano-Tercer Piso del Centro Cívico 15 de Agosto del distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, el día 13 de Noviembre del 2018 a horas 14:40 (02:40 p.m.) POSTORES: Para ser postor deberá depositar- se, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, el 10% de la tasación (US$ 699.67), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate Judicial (s/. 207.50), consignando el Juzgado, DNI del pos- tor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero Público una vez concluido el Remate Judicial más IGV de acuerdo al Art. 732 del CPC. y, D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del Remate estará a cargo del Martillero Publico Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nº 321-SUNARP., celular 952-603020 y correo: vico- [email protected]. Paucarpata, 11 de setiembre del 2018. Suscribe el martillero Victor Apaza Morante, REG. Nº 321-SUNARP. Autoriza la especialista legal del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata PODER JUDICIAL- CSJAR. Gladys Rocío Sanga Vilca. VICTOR APAZA M. MARTILLERO PUBLICO REG. N° 321. (23-24-25-26-29-30 octubre) B/E 031-13275.- PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA SA contra CHAVEZ ASTORGA, TERE- SA ARGELINA. TERCEROS: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SOLUCIONES CREDITICIAS DEL SUR LTDA, VELA MENDOZA, FIORELLA MELISSA, CREDISCOTIA FINANCIE- RA SA Y COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINAN- SUR LTDA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 00761-2017-0-0401-JR-CI-06, la señora Juez del Sexto Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la especialista legal Dra. Verónica Gutiérrez Hancco, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, El inmueble ubi- cado en: COOPERATIVA DE VIVIENDA LA ALBORADA MZ. B, LOTE 9, SECCION 2, DISTRITO CERRO COLORADO, PRO- VINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. CUYA ÁREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SE EN- CUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA NRO. P06242935 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICI- NA REGISTRAL DE AREQUIPA, ZONA REGISTRAL NÚMERO XII, SEDE AREQUIPA. VALOR DE TASACIÓN (Comercial): US $ 94,017.60 DOLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: US $ 62,678.40 DOLARES AMERICANOS, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: inscrita en el Asiento 00007, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$ 93,366.00. INSCRIPCION DE ANTICRESIS: en el Asiento 00008, hasta por la suma de US$ 30,000.00 a favor de Fiorella Melissa Vela Mendoza. EMBARGO: inscrito en el Asiento 00009, a

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

La República

Corte Superior de Arequipa

Lunes, 29 de octubre del 2018

EDICTOS EDICTO.- PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

Ante el Segundo Juzgado Civil-Arequipa ante el Señor Juez Edgard Pineda Gamarra, Especialista: Dra. Rosmery Ursula Ccama Cerezo, se tramita el Expediente No. 03251-2017 y se ha expedido la Resolución No. 07 de fecha 2018 septiembre 18 que resuelve ADMITIR a trámite la RECONVENCION interpuesta por la demandada María Antonieta Vergara Dueñas, en contra del Gobierno Regio-nal Arequipa, sobre Prescripción Adquisitiva, del predio rústico ubicado en el distrito de Yura Km. 15, provincia y departamento de Arequipa, de un área superfi cial de 8.20 Hás., teniendo derechos inscritos el Estado Peruano en las Partidas Regístrales Nos. P06’\22364 y P06270508, en la vía de proceso de CONOCIMIENTO, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indica, TRASLA-DO de la demanda por el plazo de TREINTA DIAS para su contestación, agregándose a los antecedentes los anexos acompañados. SE DISPONE que el extracto de la presente resolución se publique por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del referido cuerpo legal, y asimismo tratándose de un predio rústico SE DISPONE que se efectúe la notifi cación por radiodifusión por el plazo de cinco días consecutivos, conforme al artículo 169 del Código Procesal Civil.- Tóme-se razón y Hágase Saber.- Rosmery Ursula Ccama Cerezo.- ESPECIALISTA LEGAL.- (23-29 octubre 06 noviembre) B/E 031-13274.-

EDICTO

El Señor Magistrado del Juzgado Especializado Civil de Camaná, Doctor Zenón Luque Céspedes, con interven-ción del Especialista Legal Berty Carnero Tito, en el Expe-diente Número 75-2015-FC, seguido por Sabina Quispe Yucra, en contra de Santos Severo Yucra Capacoila, sobre Divorcio por Causal; ha resuelto expedir la siguiente RE-SOLUCION N° 02- 2015, de fecha tres de Setiembre del año dos mil quince: que RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda sobre DIVORCIO POR LA CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO, interpuesta por SABINA QUISPE DE YUCRA en contra de la demandada SANTOS SEVERO YUCRA CAPACOILA y el MI-NISTERIO PÚBLICO en consecuencia; SE DISPONE: correr TRASLADO de la demanda a los demandados SANTOS SEVERO YUCRA CAPACOILA y el MINISTERIO PÚBLICO por el plazo de TREINTA DIAS; téngase por ofrecidos los me-dios probatorios que indica en su demanda y escrito de subsanación, los que deberán merituarse y actuarse en la estación procesal respectiva de ser admitidos, agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña. Asimismo mediante resolución N° 07-2016, se ha dispuesto que “la demandante declara bajo juramento desconocer el domicilio actual del demandando, solicitando que se le notifi que por edictos conforme dispone el artículo 165° y 167° del Código Procesal Civil; es decir, con la publicación en el diario ofi cial y en un diario de mayor circulación del último lugar del domicilio del demandado por tres días hábiles; bajo apercibimiento de nombrarse curador pro-cesal; debiendo la parte interesada adjuntar el edicto co-rrespondiente”- Fdo.- Dr. Zenón Luque Céspedes Juez del Juzgado Civil de Camaná, por disposición del Superior - Fdo.- Dr. Berty Carnero Tito - Especialista Legal.- 01 de Octubre del 2018.- BERLY CORNEJO TITO ESPECIALISTA LEGAL.- (29 octubre) B/E 031-13290.-

EDICTO JUDICIAL

En el expediente número 03242-2016-0-0401-JR-CI-05, tramitado en el Quinto Juzgado Especializado Civil, sobre DESALOJO seguido por RONALD ALBERTO CERVANTES NEIRA con CARLOS ANIBAL ORTEGA CERVANTES, trami-tado por el Especialista Legal Néstor Puma Salazar, el Juez Yuri Filamir Corrales Cuba, mediante resolución número 13 de fecha 12 de Octubre del presente año, ha dispuesto lo siguiente: SE RESUELVE: SUSPENDER el presente pro-ceso por el plazo de treinta de días, a fi n de que la parte demandante CUMPLA con gestionar la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS a los sucesores del causante CARLOS ANI-BAL ORTEGA CERVANTES, con el objeto que se apersonen a proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles jurador

procesal. Firma: Corrales.- Juez.- Puma.- Especialista Legal. NESTOR PUMA SALAZAR ESPECIALISTA LEGAL.- (29-30-31 octubre) B/E 031-13291.-

EDICTO:

EXPEDIENTE : 07297-2018-0-0401 -JP-CI-01, en los segui-dos por LA POSADA DE LIGARTE SAC, representada por PAOLA ARMINDA CHAVEZ BELTRÁN, en contra de PANDE-RO SA. ES F.C., con emplazamiento de BANCO PICHINCHA (antes BANCO FINANCIERO), sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR; ante el 1o JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE CAYMA, JUEZ: VALDIVIA TICONA CLAUDIA NOELIA, ESPE-CIALISTA: MACEDO GARCIA KARINHA ELVIRA, mediante Resolución Nro. 01 de dos mil dieciocho Octubre, tres; ha Resuelto: 1) ADMITIR a trámite la demanda, Disponiendo: 2) Que se efectúen las publicaciones de Ley en el Diario ofi cial El Peruano y el de mayor circulación, conforme lo dispone el artículo 103° de la Ley de Títulos Valores. GUI-DO SIMON GOMEZ MEDINA - ABOGADO - MAT. C.A.A. 0464. KATHIA E. MACEDO GARCIA ESPECIALISTA LEGAL. (25-26-29-30-31 octubre) B/E 031-13282.-

EXTRACTO PARA PUBLICACIÓN

EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE MBJ PAU-CARPATA; Expediente: 1888-2014-0- 0412-JP-FC-01; Juez: Eloy Guillermo Orosco Vega; Especialista: Virginia Gaby Curse Choque; mediante Resolución N° 19 del dieciséis de abril de dos mil dieciocho ha RESUELTO: REQUERIR al demandado CESAR QUISPE TORRES para que cumpla con pagar la suma de SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 SO-LES, por concepto de pensión de alimentos devengados, dentro del término de tres días, BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS CERTIFICADAS AL MINISTERIO PUBLICO para que actué conforme a sus atribuciones. Y dispone la publicación del extracto de la resolución. Arequipa, 22 de octubre de 2018. Abog. DAVID HERRE-RA AGUILAR C.A.A. 6653 DEFENSOR PUBLICO. VIRGINIA CURSE CHOQUE SECRETARIO Legal. (25-26-29 octubre) B/E 031-13283.-

EDICTO

Ante el segundo juzgado especializado civil de la Corte superior de justicia de Arequipa Sede Central que des-pacha el Señor Juez Doctor Dueñas Triviños Uriel, en el expediente N° 6222-2013-0-0401-JR-CI-02, especialista Dr. Ampuero Villegas Alessandra Vanessa, se dispuso mediante Resolución N° 18 , 1.- DECLARAR NULA la no-tifi cación de la sentencia N° 110-2016 de fecha dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis de la página 104 y siguientes a la demandada señora Julia Angélica Ramos Mamani y NULO todo lo actuado desde la página 113 en adelante 2.- SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO POR EL PLAZO DE TREINTA DIAS a efecto de que comparezcan al proceso los sucesores de JULIA ANGÉLICA RAMOS MA-MANI debiendo acreditar su calidad con el documento público de Sucesión Intestada o Testamento correspon-diente debidamente inscritos bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal que los represente, debien-do notifi carse mediante edictos para lo cual cumpla la parte demandante en gestionar las publicaciones correspondientes TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. ALESSANDRA AMPUERO VILLEGAS ESPECIALISTA LEGAL (S). (26-29-30 octubre) B/E 031-13287.-

EDICTO-CAMBIO DE NOMBRE

EXP. N° 2020-2018.- Ante el Juzgado Mixto de Majes, a car-go del Juez Dr. Oscar Quilluya Puma. Y Esp. Dra. Aguilar Salinas Angela, mediante resolución No. 02, se resuelve Admitir A TRAMITE EN LA Vía del proceso No contencio-so la solicitud interpuesta por Yuly Ana Huamani Alvaro en representación de su menor hijo Fernando Erick Ruiz Alvaro, sobre AUTORIZACION JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE, en el sentido que se le cambie el apellido ma-terno de “ALVARO” a “HUAMANI; en el rubro de datos de la madre de “ALVARO” a “HUAMANI”. MAJES 23 DE OCTUBRE DEL 2018.- (25-29-30 octubre) B/E 031-13283.-

NOTIFICACIONES NOTIFICACION DE EDICTOS

Por ante el cuarto Juzgado Civil de la corte Superior de

Justicia de Arequipa Juez Dr. QUISPE APAZA JUSTO AN-DRÉS, en el expediente N° 2883-2016-0-0401-JR-C1-04, con intervención del especialista legal CURO UMERES SACHI YOANA, en la demanda sobre ejecución de acta de conciliación, interpuesto por Anita Ludgarda Huaranca Revilla, resolviéndose mediante resolución N° 11, de fe-cha cinco de octubre del 2018, en la cual se RESUELVE; NOTIFICAR mediante edictos A LOS POSIBLES HEREDE-ROS DE DOÑA LEUCADIA JOSEFA HUARANCA REVILLA VIUDA DE ESPINOZA, para que se apersonen a proceso en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de nombrar-se curador procesal. TÓMESE RAZON Y HAGASE SABER, Arequipa, 24 Octubre del 2018, YULIANA FRANKA HOLZ VENEGAS DE BECERRA, ABOGADA MAT. C.A.A 10932, es-pecialista legal CURO UMERES SACHI YOANA. YULIANA VENEGAS DE BECERRA ABOGADO C.A.A. 10932.- (29 octubre) B/E 031-13290.-

NOTIFICACION POR EDICTO.

El Señor Juez del Primer Juzgado De Paz Letrado - S. MBJ de Paucarpata, Dr. OROSCO VEGA ELOY GUILLER-MO y Especialista Legal que suscribe en el Exp. N° : 02029-2015-0-0412-JP-FC-01, seguido por BALLON FAR-FAN, ANA NOELIA, contra MASCO CHAMBI, MARIANO CONCEPCION sobre ALIMENTOS, ha resuelto notifi car por Edicto al demandado, Resolución Nro. 21, Arequipa, 23 de julio del 2013; Que, por escrito presentado por la de-mandante 36740.- VISTOS Y CONSIDERANDO,- PRIMERO.- Que, el presente proceso se encuentra en estado de eje-cución; SEGUNDO: Que, en este estado, se ha practicado una liquidación de pensiones correspondiente al periodo que va del veintiuno de marzo de dos mil diecisiete al treinta de mayo cíe dos mil dieciocho, la cual obra a fojas ciento veintiocho. TERCERO: Que, mediante Resolución veinte, de fojas ciento treinta y dos, se ha aprobado la li-quidación de pensiones devengadas de alimentos, por la suma de CUATRO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 22/100 SOLES. CUARTO: Que, dicha resolución le ha sido notifi ca-do al demandado conforme se advierte de la cédula de notifi cación que obra en autos; sin embargo, hasta el mo-mento no ha cumplido con hacer efectivo el pago antas indicado, por lo que en aplicación de lo dispuesto por el numeral 566-A del Código Procesal Civil debe requerirse al demandado, por lo expuesto; SE RESUELVE: REQUERIR al demandado MARIANO CONCEPCION MASCO CHAM-BI, para que cumpla con pagar la cuma de CUATRO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 22/100 SOLES, por concepto de pensión de alimentos devengados, correspondiente a los periodos especifi cados en el segundo considerando, dentro del término de tres días. BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS CERTIFICADAS AL MINISTERIO PÚBLICO para que actué conforme a sus atribuciones. Publicar en el diario da mayo circulación. Firmado. Juez del Primer Juzgado, De Paz Letrado - S. MBJ de Paucarpa-ta, Dr. OROSCO VEGA ELOY GUILLERMO, Arequipa 01 de octubre de! 2018, CURSE CHOQUE, VIRGINIA GABY, ESPE-CIALISTA LEGAL Primer Juzgado De Paz Letrado - S. MBJ de Paucarpata, Corte Superior de Justicia de Arequipa. (26-29-30 octubre) B/E 031-13287.-

NOTIFICACION JUDICIAL

Expediente 01983-2018-0-0412-JP-FC-03, especialista legal Dra. Lizbeth Yanira Huaccoto Goizueta, ante el Ter-cer Juzgado de Paz Letrado - S.MBJ Paucarpata-Arequipa, que despacho la señorita juez Dra. Tellez Fernández Johana Suley; Leonardo Alejandro Rosales Miranda, ha iniciado proceso sobre EXTINCIÓN DE PENSIÓN DE ALI-MENTOS en contra de la SUCESIÓN DE ELBA VICTORIA FLORES DE ROSALES, ASCENDENTE AL VEINTISES POR CIENTO, por muerte de la alimentista; habiéndose orde-nado la publicación de lo siguiente: AUTO ADMISORIO, Resolución Nro. 01-2018, SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trá-mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES MIRANDA, en contra de la SUCE-SIÓN DE ELBA VICTORIA FLORES DE ROSALES. 2. TRASLA-DO de la parte demandada por el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda. 3. NOTIFICAR por edictos a la demandada SUCESIÓN DE ELBA VICTORIA FLORES DE ROSALES, con el contenido de la demanda y la reso-lución que admite a trámite la demanda de extinción de

alimentos , debiendo apersonarse al proceso dentro del término de ley, bajo apercibimiento de nombrár-sele curador procesal.- Arequipa, 20 de septiembre del 2018.- LIZBETH Y. HUACCOTO GOIZUETA ESPECIALISTA LEGAL.- (26-29-30 octubre) B/E 031-13287.-

REMATESAVISO DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA

EXPEDIENTE N° 2138-2015- En el proceso sobre EJECU-CION DE GARANTIAS, que sigue FINANCIERA PROEMPRE-SA S.A., contra CALCINA MEZA FIDEL VITALIANO Y CHUSI LUNA LUZMILA, expediente: N° 02138-2015-0-0410-JM-CI-02 y según lo ordenado por el señor Juez del Juzgado Civil – Sede MBJ Mariano Melgar, Dr. Madariaga Condori Luis Eduardo, especialista legal Pacheco Tejada Silvana Ruth, ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVO-CATORIA el siguiente inmueble: INMUEBLE: ubicado en el pueblo joven ASOCIACION URBANIZADORA DE INTERES SOCIAL JUAN XXIII, MZ “N”, LOTE 04, ZONA A, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Arequipa de propiedad de Calcina Meza Fidel Vitaliano, cuyos linde-ros, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritos en la partida N° P06019372 de la zona registral N° XII –Sede Arequipa. GRAVAMENES: 1. Hipoteca.- El garante con intervención de Chusi Luna Luzmila, constituye a favor del banco PROEMPRESA S.A., hasta por la suma de US$ 13,770.00 sobre el inmueble inscrito en la presente partida. Según escritura pública N° 5063 Y 595 del 29/11/2012 y 08/02/2013 otorgada ante el notario de Arequipa Fernando Begazo. Inscrito el 26/02/2013. Asiento 00005. 2. inscripción de embargo.- por resolución N° 01 del 26/12/2013, el juez del 2° JPL. De Mariano Melgar, ha resuelto DICTAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION el cual deberá caer sobre el predio inscrito en esta partida, hasta por la suma de S/ 25,000.00 a favor de la Caja Municipal de Aho-rro y Crédito de Arequipa. Inscrito el 29/01/2014. Asiento 00006. VALOR DE LA TASACIÓN.- el inmueble materia de ejecución ha sido valorizado en la suma de US$ 13,770.00 (TRECE MIL SETECIENTOS SETENTA CON 00/100 DOLA-RES AMERICANOS). PRECIO BASE: El precio asciende a US$ 9,180.00 (NUEVE MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. LUGAR DÍA HORA DE REMA-TE: la diligencia de remate se llevara a cabo en el local del juzgado civil sede MBJ Mariano Melgar el mismo que se encuentra ubicado en la av. Simón Bolívar con calle Junín S/N. Distrito Mariano Melgar el día 20 de noviembre del 2018 a las 10:00 am. POSTORES: deberá oblarse el 10% del valor de tasación actualizada del inmueble, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello no negociable), presenta-ran su DNI y arancel judicial consignando el número de DNI del postor, juzgado correspondiente y el número de expediente (con copia del DNI y del arancel judicial fi rma-do). En caso de actuar como representante presentar el poder respectivo. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL RE-MATE: el remate será efectuado por norma Reveca Rojas Alania MARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONAL Reg. N°286. Adjudicatario cancela los honorarios del martillero conforme a ley al fi nalizar el remate y están afectos al IGV. Arequipa, 14 de septiembre del 2018. SILVANA PACHECO TEJADA ESPECIALISTA LEGAL, JUZGADO CIVIL MBJ DE MARIANO MELGAR, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. NORMA REVECA ROJAS ALIANA MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL, REGISTRO N°286. (23-24-25-26-29-30 octubre) B/E 031- 13275

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el proceso sobre Obligación De Dar Suma De Dinero, Expediente Nº 0708-2008-0-0412-JP-CI-01 seguido por el Sr. JUAN LINARES VALDIVIA en contra de LUZDENI YANET LAZO ZEGARRA Y FERNANDO ALEXANDER SILVA ZAMBRANO representados por su apoderada Liz Nohemí Lazo Salas, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado-Sede MBJ. Paucarpata, a cargo del Dr. Eloy Guillermo Orosco Vega con intervención de la Especialista Legal Gladys Ro-cío Sanga Vilca, se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convocatoria los derechos expectativos que le pudieren corresponder a la ejecutada LUZDENI YANET

LAZO ZEGARRA, sobre el bien siguiente: DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Bien inmueble signado como Pueblo Joven San Francisco de Characato Mz. E, Lote 9, Zona A del Distrito de Characato, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida Registral Nº P06076077 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. Ofi cina Registral Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$ 6,996.73 (SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 73/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$4,664.49 (CUA-TRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. MGRAVÁMENES: 1) Asiento 00007.- Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de US$ 21,000.00 en favor de Juan Linares Valdivia, que afectará los derechos que le pudieren co-rresponder a la demandada Luzdeni Yanet Lazo Zegarra, según Resolución No. 02 del 19/06/2012 y correctora No. 04 del 09/08/2012 expedida por el Juez del Primer Juz-gado de Paz Letrado de Paucarpata Dr. Oswaldo Fernán-dez Urrutia. Especialista legal Sheyla Magaly Sandoval Loayza Exp. No. 708-2008-99-0412-JP-CI-01. Fecha de inscripción: 17/09/2012. LUGAR, FECHA Y HORA DEL RE-MATE: El remate se llevará a cabo en el frontis del local del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en la esquina Av. Salaverry No. 701 con José San-tos Chocano-Tercer Piso del Centro Cívico 15 de Agosto del distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, el día 13 de Noviembre del 2018 a horas 14:40 (02:40 p.m.) POSTORES: Para ser postor deberá depositar-se, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, el 10% de la tasación (US$ 699.67), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate Judicial (s/. 207.50), consignando el Juzgado, DNI del pos-tor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero Público una vez concluido el Remate Judicial más IGV de acuerdo al Art. 732 del CPC. y, D.S. 008-2005-JUS.La diligencia del Remate estará a cargo del Martillero Publico Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nº 321-SUNARP., celular 952-603020 y correo: [email protected]. Paucarpata, 11 de setiembre del 2018. Suscribe el martillero Victor Apaza Morante, REG. Nº 321-SUNARP. Autoriza la especialista legal del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata PODER JUDICIAL- CSJAR. Gladys Rocío Sanga Vilca. VICTOR APAZA M. MARTILLERO PUBLICO REG. N° 321. (23-24-25-26-29-30 octubre) B/E 031-13275.-

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA SA contra CHAVEZ ASTORGA, TERE-SA ARGELINA. TERCEROS: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SOLUCIONES CREDITICIAS DEL SUR LTDA, VELA MENDOZA, FIORELLA MELISSA, CREDISCOTIA FINANCIE-RA SA Y COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINAN-SUR LTDA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 00761-2017-0-0401-JR-CI-06, la señora Juez del Sexto Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la especialista legal Dra. Verónica Gutiérrez Hancco, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, El inmueble ubi-cado en: COOPERATIVA DE VIVIENDA LA ALBORADA MZ. B, LOTE 9, SECCION 2, DISTRITO CERRO COLORADO, PRO-VINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. CUYA ÁREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SE EN-CUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA NRO. P06242935 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICI-NA REGISTRAL DE AREQUIPA, ZONA REGISTRAL NÚMERO XII, SEDE AREQUIPA. VALOR DE TASACIÓN (Comercial): US $ 94,017.60 DOLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: US $ 62,678.40 DOLARES AMERICANOS, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: inscrita en el Asiento 00007, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$ 93,366.00. INSCRIPCION DE ANTICRESIS: en el Asiento 00008, hasta por la suma de US$ 30,000.00 a favor de Fiorella Melissa Vela Mendoza. EMBARGO: inscrito en el Asiento 00009, a

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018

favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Finansur Ltda, hasta por la suma de S/ 12,000.00. RECTIFICACION DE EMBARGO: inscrito en el Asiento 00010, que rectifi ca el monto dinerario cobrado por el acto de embargo, que obra inscrito en el Asiento 00009. EMBARGO: inscrito en el Asiento 00011, a favor de Crediscotia Financiera S.A, hasta por la suma de S/ 45,000.00. EMBARGO: inscrito en el Asiento 00012, a favor de Compartamos Financiera S.A., hasta por la suma de S/ 30,000.00. EMBARGO: inscri-to en el Asiento 00013, a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Soluciones Crediticias del Sur Ltda, hasta por la suma de S/ 21,000.00. EMBARGO: inscrito en el Asiento 00014, a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Solu-ciones Crediticias del Sur Ltda, hasta por la suma de S/ 20,000.00. Inscritas en la Partida Registral N° P06242935 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa. DIA, HORA DEL REMATE: Lunes doce de noviembre del 2018, a horas 11:45 am. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: Remate, a viva voz, a cargo del Martillero Pú-blico Dr. Asdel Vega Tirado. Teléfono: 999098701 / correo electrónico: [email protected]. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Esquina formada por la Plaza España con Calle Si-glo XX s/n, Cercado Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel y DNI debidamente fi rmados). Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Regla-mento. Arequipa, septiembre 12 de 2018. Dr. Asdel Vega Tirado Martillero Público Matrícula Nº 209.- (23-24-25-26-29-30 octubre) B/E 031-13275.

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el proceso sobre DIVISION Y PARTICIPACION DE BIE-NES, Expediente Nº 03852-2013-0-0401-JR-CI-04 segui-do por YOLANDA VERA BRAVO en contra de LOURDES MAGDALENA SALAS LIZARRAGA, SONIA RUFINA SALAS LIZARRAGA, VICTOR MANUEL SALAS LIZARRAGA, ISAU ERNESTO SALAS LIZARRAGA, NOEMI MARILIN SALAS LIZARRAGA y AMADOR ANGEL SALAS LIZARRAGA, ante el Cuarto Juzgado Civil de Arequipa a cargo del Juez Dr. Justo Andrés Quispe Apaza y Especialista legal Sa-chi Yoana Curo Umeres, se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convocatoria los bienes siguientes: 1.- DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Bien Inmueble ubica-do en la URBANIZACIÓN SANTA CATALINA, MANZANA P, LOTE 10, distrito de Paucarpa, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Registral Nº N° P01090706 de la Zona Registral Nº XII sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US $202,330.40 (DOSCIENTOS DOS MIL TRES-CIENTOS TREINTA CON 40/100 DOLARES). BASE DEL RE-MATE: US $134,886.93 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 93/100 DOLARES), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento D00004. Medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Sur S.A.A. CAJASUR hasta por la suma de S/.4,500.00, sobre derechos expectaticios que le corresponden a Agustina Filiberta Lizárraga Begazo, en mérito a la Resolución Nº 01 de fecha 18/07/2006 y aclaratoria Nº 02-2006 del 25/08/2006 expedida por el Juez del 3er. Juzgado de Paz Letrado de Arequipa Dra. Geraldine Contreras Ramírez. Especialista Legal Esther Morante Chipana. Exp. 2006-226. Fecha de inscripción: 20/09/2006. 2) Asiento D00005. Embargo en forma de inscripción sobre derechos de Sonia Rufi na Salas Lizárra-ga y Lourdes Magdalena Salas Lizárraga a favor de CAJA NUESTRA GENTE S.A. hasta por la suma de S/.6,000.00, según Resolución Nº 01-2010 del 02/08/2010 expedida por el Juez de Paz Tingo Cercado Dr. Luis Angel Llerena Mariaca, Testigo actuario Renzo Alejandro Villarán Pinto. Fecha de inscripción: 27/09/2010. 3) Asiento D00006. Embargo en forma de inscripción sobre los derechos que corresponden a Isau Ernesto Salas Lizárraga hasta por la suma de S/.7,000.00 en el proceso que ejecución coactiva que sigue la SUNAT en mérito a la Resolución Coactiva Nº 0530070417429 de fecha 22/11/2012 emitida por el eje-cutor coactivo Mónica Holgado Yabar, asistido por el au-xiliar Leslie Valencia Holguín Exp. 0530060083828. Fecha de inscripción: 03/04/2013. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se realizará en la Sala de Remates, sito en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del distrito, provincia y departamento de Arequipa, el día 13 de Noviembre del 2,018 a hrs. 09:00 a.m. 2.- DES-CRIPCION DEL INMUEBLE: Terreno y la construcción de la PARCELA CHICA 2-92 Unidad catastral 2250 del distrito de la Joya, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás caracterís-ticas constan inscritas en la Partida Nº 01144172 de la Zona Registral Nro. XII sede de Arequipa. VALOR DE TA-SACIÓN: US $110,522.00 (CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS

VEINTIDOS CON 00/100 DOLARES). BASE DEL REMATE: US $73,681.33 (SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 33/100 DOLARES), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento D00002. Medida cautelar de embargo en forma de ins-cripción a favor de Elias Sabino Arenas Jove hasta por la suma de US $14,000.00 sobre los derechos espectaticios que pudieren corresponder a la afectada Agustina Filiber-ta Lizárraga Begazo hasta por la suma de us $14,000.00, según resolución 03 del 06/09/2017 expedida por el Juez del Primer Juzgado Mixto del MBJ Paucarpata Dr. José Luis Yucra Quispe, Especialista legal Jorge Puma Tito. Exp. 2007-0196-0-401-JM-CI-01. Fecha de inscripción: 03/12/2007. 2) Asiento D00003. Variación de la Medida cautelar de embargo en forma de inscripción.- Respec-to al asiento D00002, sobre los derechos y acciones de copropiedad que corresponden a la afectada Agustina Filiberta Lizárraga Begazo. Según Resolución 11 del 09/06/2009 emitida por el Juez del Primer Juzgado Mixto del MBJ de Paucarpata. Especialista legal Gustavo García Canales en Proceso de Ejecución de Acta de Conciliación. Exp. 2007-0196-22-0410-JM-CI-01. Fecha de Inscripción: 16/07/2009. 3) Asiento D00004. Medida cautelar de em-bargo en forma de inscripción a favor de CAJA NUESTRA GENTE SAA., hasta por la suma de S/.7,000.00, sobre los derechos de copropiedad que le corresponden a Sonia Rufi na Salas Lizárraga y Lourdes Magdalena Salas Lizá-rraga, según Resolución 01 del 16/06/2010 expedida por el Juez de Paz de Tingo Cercado, Dr. Luis Angel Llerena Mariaca. Testigo Actuario Renzo Alejandro Villarán Pinto. Expediente 402-2010. Fecha de inscripción: 24/01/2011. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se reali-zará en la Sala de Remates, sito en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del distrito, provincia y departamento de Arequipa, el día 13 de Noviembre del 2,018 a hrs. 09:30 a.m. 3.- DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Terreno y edifi cación del bien ubicado en el SECTOR SAN ISIDRO, PARCELA 2C-78, Unidad Catastral Nº 2274 del distrito La Joya, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás ca-racterísticas constan inscritas en la Partida Nº 04008060 de la Zona Registral Nro. XII sede de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US $285,603.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TRES CON 00/100 DOLARES) BASE DEL REMATE: US $190,402.00 (CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS DOS CON 00/100 DOLARES), co-rrespondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: No registra. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se realizará en la Sala de Remates, sito en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del distrito, provincia y departamento de Arequipa, el día 13 de Noviembre del 2,018 a hrs. 10:00 a.m. POS-TORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación y el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial por cada bien inmueble a participar, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudi-catario cancela los honorarios del Martillero al término del acto de Remate más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. El remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante Reg. No. 321-SUNARP. Celular Nº 952-603020. Arequipa, 11 de Octubre del 2018. SACHI Y. CURO UMERES SECRETARIA JUDICIAL..- (24-25-26-29-30-31 octubre) B/E 031-13279.

PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente: 01025-2010-0-0401-JP-CI-01 En los seguidos por MARISOL NILDA ROSAS MUÑOZ (quien actúa en re-presentación de su hijo Robert Abel Velásquez Rosas y que en proceso está representada por Jean Pierre Martel Hernani) en contra de ROBERT VELASQUEZ CHOQUE, teniendo como tercero con Interés a EDPYME CREAR AREQUIPA; en el proceso sobre EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION, El Primer Juzgado de Paz Letrado-Sede Cayma a cargo del señor Juez Dra. Claudia Noelia Valdi-via Ticona y Especialista Legal, Dr. Nelvar Homero Núñez Tejada, ha encargado al Martillero Público Fredt Peter Val-divia Holguín sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CON-VOCATORIA el inmueble ubicado en Pueblo Joven La Tomilla Manzana “Ñ`” lote 03 Zona B del distrito de Cay-ma, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. P06005936 del Registro de Propiedad Inmue-ble de la Zona Registral N° XII – Sede de Arequipa. Con un VALOR DE TASACION: s/. 220,815.88 soles, siendo la BASE DE LA POSTURA: s/. 147 210,59 soles. GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento 00007 Hipoteca Común-Constitu-ción: Constitución de Hipoteca a favor de Edpyme Crear Arequipa hasta por la suma de US$ 1500,00 otorgado por sus propietarios, mediante formulario de gravámenes de fecha 29/08/2001.2).- Asiento 00008 Hipoteca Común- Modifi cación: Modifi cación de la Hipoteca inscrita en el asiento 007 de la presente partida, a favor de Edpyme Crear Arequipa, hasta por la suma de $ 1500.00, otorgada por sus propietarios, para garantizar un crédito de s/. 2 000.00, según formulario registral de fecha 14/09/2002

3) Asiento 00009 Inscripción de Embargo: Embargo en forma de inscripción que recae sobre el predio inscrito en esta partida de propiedad Robert Velásquez Choque a favor de Marisol Nilda Rosas Muñoz hasta por la suma de s/. 10,000.00 nuevos soles en virtud de la Resolución Nº 002 de fecha 07/05/2010, expedida por el Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara Dra. Mariella Rocio Salas Becerra asistida por el Especialista Legal Nelvar Ho-mero Núñez Tejada dictada en el Expediente Nº 89-2010 sobre Ejecución de Acta de Conciliación seguido por Marisol Nilda Rosas Muñoz en contra de Robert Velás-quez Choque según así y más ampliamente consta de las copias certifi cadas remitidas mediante ofi cio referido. 4) Asiento 00010 Modifi cación de Embargo: Variación de Embargo en forma de Inscripción.- Se procede a variar el embargo en forma de Inscripción inscrito en el asiento 9 respecto al monto de dicha medida, en el proceso de Ejecución de Acta de Conciliación seguido por Marisol Ni-lda Rosas Muñoz en contra de los derechos de propiedad de Robert Velasquez Choque sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta por la suma de s/. 60 000.00 soles. Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del primer Juzgado de Paz Letrado Sede Cayma, Dr. Roberto Vargas Gonzales, asistido por su especialista legal Nel-var Homero Núñez Tejada, mediante resolución Judicial Nº 05, de fecha 21/11/2016 y Resolución Nº 06 de fecha 31/07/2017 en el expediente Nº 1025-2010-42-0401-JP-CI-01 antes Expediente 89-2010-42-040126-JZ-CI-01. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 15 de Noviembre del 2018 a las 14:00 horas del día. LUGAR DEL REMATE: En el frontis del local del Juzgado, ubicado en la Av. Ramón Castilla s/n-Estadio la Tomilla-Cayma POSTORES: Deberán depo-sitar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: s/. 22 081.59 soles, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, los honorarios del martillero a cargo del adjudicatario (DS 008.2005 JUS) debiendo ser cancelado al fi nalizar el acto del remate; adicional a lo anterior el postor o postores deben presen-tar D.N.I., Arancel judicial por Derecho de Participación en Remate Judicial de bien inmueble por el monto que corresponda al valor de tasación y que además deberá consignarse el número de Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Dra. Claudia Noelia Valdivia Tico-na, Especialista Legal, Dr. Nelvar Homero Núñez Tejada, Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín con Mat. 325 (Celular 959390429, Correo electrónico [email protected]), Arequipa 18 de Octubre del 2018. NELVAR NUÑEZ TEJADA ESPECIALISTA LEGAL.- (24-25-26-29-30-31 octubre) B/E 031-13279.-

PRIMER REMATE PÚBLICO

En autos sobre División y Partición, seguido por FRANCIS DIONICIA VALDIVIA GOMEZ; ROSABEL VALDIVIA GOMEZ; LUIS ENRIQUE VALDIVIA GALARZA; ZONIA CALDERÓN TEJADA como Litisconsorte Pasivo; Bertha Isabel Barrios de Medina, José Gonzalo Barrios Valdivia, Vilma Haydee Barrios de Garzón, sucesores de ELSA VICTORIA VALDI-VIA MENDEZ; Zoila Josefa Begazo Vda. de Barrios, Álvaro Martin Barrios Begazo, Elsa Agustina Barrios Begazo, Ma-ría del Pilar Barrios Begazo, sucesores de JORGE ALVARO BARRIOS VALDIVIA; Lourdes Carmela Medina Vda. de Ba-rrios; José Antonio Barrios Medina, Rocío del Pilar Barrios Medina, Orlando Ronaldino Barrios Peñaloza, sucesores de IDELFONSO ORLANDO BARRIOS VALDIVIA; en contra de JULIA TERESA CALDERON MENDEZ DE CHACON, el Quinto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo del Señor Juez Yuri Filamir Corrales Cuba, y como Especialista Legal Néstor Puma Salazar, ha dispuesto sacar a Remate Público, según lo ordenado en el Expediente N° 7043-2003-0-0401-JR-CI-05, el bien inmueble ubicado en: PUEBLO JOVEN ALTO DE SELVA ALEGRE, MZ. 2, LOTE 9, ZONA A; distrito de ALTO SELVA ALEGRE, provincia y departamento de AREQUIPA, con un área es de 198.07 M2, cuyo dominio, linderos, colindan-cias y demás características, corren inscritas en la Partida P06013189 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN.- S/ 356,446.71 (Trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y seis con 71/100 Soles). BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- S/ 237,631.14 (Doscientos treinta y sie-te mil seiscientos treinta y uno con 14/100 Soles). DÍA Y HORA.- LUNES 12 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A LAS 3:00 P.M. LUGAR.- SALA DE REMATES, ubicado en la Corte Su-perior de Justicia de Arequipa, sito en Plaza España S/N; en el distrito, provincia y departamento de Arequipa. AFECTACIONES.- Sin afectaciones registradas. POSTO-RES.- Presentarán: A) Original de su Documento de Iden-tidad y/o RUC, si corresponde, con documentos de Repre-sentación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación, Código 07153, más de 500 URP, hasta 1000 URP), por S/ 622.50 Soles, indicando el Juzgado: Civil, el Expediente: 7043-2003, y número de DNI o RUC según postor. C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (S/ 35,644.67 Soles), en efectivo o Cheque de Gerencia, que será devuelto a los no benefi ciados. El Adjudicatario cancelará los Hono-

rarios del Martillero, al concluir la diligencia, según D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jor-ge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Celular 995904045. Arequipa, 24 de septiembre, 2018. Jairzinho Arce Almirón Martillero Público Reg. N° 347.- NESTOR PUMA SALAZAR ESPECIALISTA LEGAL.- (25-26-29-30-31 octubre 05 noviembre) B/E 031-13285.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por MA & MM SOLUCIONES S.R.L contra FLORES MAMANI MARGARITA terceros: CAJA MUNUCI-PAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA y MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A; sobre Ejecución de Garantías, Expediente N°01945-2013-0-0401-JR-CI-06, la señora Juez del Sexto Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con interven-ción de la Especialista Legal Dra. Ramos Coaguila Coralia, ha dispuesto que el suscrito Martillero Publico con Ma-tricula Nro. 209, saque a Remate en PRIMERA CONVO-CATORIA, el Bien Inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO POBLACIONAL ASOCIACION DE VIVENDA CIUDAD MU-NICIPAL MZ J, LOTE 11, ZONA VIII, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. CUYA AREA (196.00 M2), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE 58 CON 9.80 ML; POR LA DERECHA CON EL LOTE 10 CON 20.00 ML; POR EL FONDO CON EL LOTE 6 CON 9.80 ML; Y POR LA IZQUIERDA CON EL LOTE 12 CON 20.00 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA NRO. P06083465 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE AREQUIPA, ZONA REGIS-TRAL NUMERO XII, SEDE AREQUIPA. VALOR DE TASACION (convencional): Diez mil con 00/100 soles (S/ 10, 000,00). BASE DE REMATE: Seis mil seiscientos sesenta y seis con 67/100 (S/ 6,666.67), equivalente a las 2/3 partes de la ta-sación. AFECTACIONES: HIPOTECA: Inscrito en el Asiento 00005, a favor de MA & MM SOLUCIONES SRL, hasta por la suma de S/ 10,000.00; EMBARGO: Inscrito en el Asiento 00006 a favor de MIBANCO BANCO DE LA MICROEM-PRESA SA; hasta por la suma de S/ 24,000.00 EMBARGO: Inscrito en el Asiento 00007 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, hasta por la suma de S/ 17,000.00. Inscritas todas en la Partida Registral N° P06083465 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa. DIA, HORA DEL REMATE: Lunes 12 de noviem-bre de 2018, a Horas 11:00 am LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sitio en la Esquina formada por la Plaza España con Calle Siglo XX s/n, Cer-cado Arequipa. Remate, a viva voz, a cargo del Martillero Publico Dr. Asdel Vega Tirado teléfono: 999098701 / co-rreo electrónico: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada en el Banco de la Nación) consignando número de expediente, Juzgado y DNI (copia del aran-cel y DNI debidamente fi rmados). Los Honorarios serán abonados, de forma inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Público y su Reglamento- Arequipa agosto 15 de 2018.- DR. ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PUBLICO MAT. N° 209. FIORELLA R. HERRERA ESPECIALISTA LEGAL. (26-29-30-31 octubre 05-06 noviembre) B/E 031-13289.

SEGUNDO REMATE

En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A., en contra de AMADOR PEDRO VELASQUEZ CORREA Y ROSA CLERI SALAS BARRIGA DE VELASQUEZ , con emplaza-miento de los de los terceros, Banco Internacional del Perú – Interbank; Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre, sobre EJECUCION DE GARANTIAS; Expe-diente N° 01308-2015-0-0412-JM-CI-01; el señor Juez del Primer Juzgado Civil – Sede Paucarpata, Dr. Lino Zúñiga Portocarrero y especialista Legal Dr. Christian Omar To-rreblanca Gomez, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: PUEBLO JOVEN MIGUEL GRAU, MZ 4, LOTE 14, ZONA C, DISTRITO DE PAUCARPATA, PRO-VINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P06028331, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN: S/206,667.00 (Doscientos seis mil seiscientos sesenta y siete 00/100 soles); PRECIO BASE: S/117,111.30 (Ciento diecisiete mil ciento once con 30/100 soles), equi-valente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmue-ble materia del presente, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Hasta por la suma de US$54,818.80 dólares americanos a favor de Crediscotia Financiera S.A., así consta inscrito en el asiento 00003, materia de ejecución; 2) EMBAR-GO EN FORMA DE INSCRIPCION: Hasta por la suma de S/15,000.00 nuevos soles, a favor de Banco Internacio-nal del Perú – Interbank, así consta inscrito en el asiento 00004; 3) MODIFICACION DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Hasta por la suma de S/20,000.00 nuevos soles, a favor de Banco Internacional del Perú, así consta

inscrito en el asiento 00005; 4) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Hasta por la suma de S/10,000.00, a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre, así consta inscrito en el asiento 00006¸ afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° P06028331, de la Zona Re-gistral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Na-cional de los Registros Públicos de Arequipa; DIA Y HORA DE REMATE: 05 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A HORAS 9:00 (NUEVE) A.M.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de lectura del Archivo Modular, del Módulo Básico de Jus-ticia – Sede Paucarpata, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en la esquina formada por la calle A. Laveau con Calle T. Alcántara S/N – Paucarpata - Are-quipa; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/ 20,666.70) del valor de la tasación, en efec-tivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abo-nará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Arequipa 2018, octubre 23.- MARLENE CLEOFE FLORES DE MEN-DOZA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 318. CRISTHIAN O. TORREBLANCA GOMEZ ESPECIALISTA LEGAL. (25-26-29 octubre) B/E 031-13286.

PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA

ANTE EL CUARTO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, EN EL EXPEDIENTE 00779-2016, CON INTERVENCIÓN DEL MAGISTRADO DR. JUSTO ANDRÉS QUISPE APAZA, ESPECIALISTA LEGAL DRA. REGINA VICTORIA MENDOZA MARÍN MEDIANTE RE-SOLUCIÓN 03, RESOLVIÓ: ADMITIR EN LA VÍA DEL PROCE-SO ABREVIADO LA DEMANDA SOBRE PRESCRIPCION AD-QUISITIVA INTERPUESTA POR HORTENCIA ELENA HUACO ALAMO EN CONTRA DE PAUL JOSEPH HURST GALLEGOS, CON EMPLAZAMIENTO DE LOS COLINDANTES: FERNAN-DO HERMOZA, DAVID VÁSQUEZ MEDINA, PAÚL HURTZ Y MARIO CHÁVEZ; A QUIENES SE DEBERÁ EMPLAZAR; SE DISPONE: CORRER TRASLADO DE LA DEMANDA POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS, A LA PARTE DEMANDADA, A EFEC-TO DE QUE CUMPLAN CON APERSONARSE AL PROCESO Y FORMULAR SU CONTESTACIÓN; BAJO APERCIBIMIENTO DE CONTINUARSE EL TRÁMITE EN SU REBELDÍA; DEBIEN-DO A TAL EFECTO ADJUNTAR TRES JUEGOS DE COPIAS DE LA DEMANDA, ANEXOS, CINCO JUEGOS DEL ESCRITO DE SUBSANACIÓN Y CADA UNO DE LOS ANEXOS, ASÍ COMO LAS CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN; EFECTÚESE LA PUBLI-CACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN LA FORMA PREVISTA POR EL ARTÍCULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL; POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE SE INDICAN; AGRÉGUESE A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AREQUIPA 10 DE NOVIEMBRE DE 2017.- (17-23-29 octubre) B/E 031-13262.

TITULO SUPLETORIO

Por ante el Juzgado Civil Sede MBJ Mariano Melgar, Juez Luis Eduardo Madariaga Condori, Especialista Armando Villanueva Jiménez, Expediente 0187- 2018-0-0410-JR-CI-01, mediante resolución N° 02 del 28 de Setiembre del 2018, se resolvió ADMITIR a trámite, en la vía de proceso abreviado la demanda de título supletorio de dominio, interpuesta por José Héctor Medina Méndez en contra de José Luis Medina Ramos, Juan Ángel Héctor Medina Ra-mos, René Gonzalo Temistocles Medina Ramos y Miguel Ángel Godman Medina Ramos; en consecuencia córrase traslado a los demandados para su contestación, notifí-quese a los colindantes del inmueble, por ofrecidos los medios probatorios. Arequipa, 15 de Octubre del 2018. AMANDA VILLANUEVA JIMENEZ ESPECIALISTA LEGAL. (17-23-29 octubre) B/E 031-13262.

EDICTOS PENALES EDICTO

En el Expediente número 9774-2018-0-0401-JR-FT-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la se-ñora Jueza Julia Maria Montesinos y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra. Maria Alejandra Pinto Sán-chez, en el proceso sobre violencia familiar, se ha orde-nado se notifi que por edictos judiciales a YOVANE VICEN CALLO de lo siguiente: RESOLUCIÓN 01: RESUELVO: DIC-TAR como medidas de protección inmediatas las siguien-tes: 1) Se REQUIERE al denunciado YOVANE VICEN CALLO, para que se abstenga de ejercer cualquier tipo de violen-cia en agravio de HILDA PEREZ YANA y su menores hijos ya sea de manera directa o indirecta respecto de estos últimos; bajo apercibimiento de ser detenido por veinte horas, sin perjuicio de la denuncia penal que ameritará. 2) Prohíbo al denunciado YOVANE VICEN CALLO, todo tipo de acoso u hostigamiento hacia la denunciante. 3) El de-nunciado YOVANE VICEN CALLO se encuentra prohibido

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

de acercarse a la denunciante o a su domicilio a menos de cincuenta metros de distancia. En caso de ser encontrado en fl agrancia, será detenido por veinte horas. 4) El denun-ciado YOVANE VICEN CALLO, se encuentra prohibido de fomentar o sostener cualquier tipo de discusión con la denunciante delante de sus menores hijos.5) Ordeno que el Centro de Emergencia Mujer brinde apoyo integral a la denunciante y a sus menores hijos. Para lo cual se pondrá en inmediato contacto con la misma. Deberá además realizar un acompañamiento de la denunciante y sobre todo de los niños para dar cuenta de si éstos están siendo expuestos a hechos de violencia que puedan cometer terceros 6) Personal Policial de la comisaria del Sector del domicilio de la denunciante deberá bajo responsabilidad brindarle protección, realizando rondas inopinadas al ho-gar de la agraviada en un número no menor de una por semana, bajo responsabilidad funcional. Sin perjuicio de mantener contacto diario con la denunciante a fi n de ve-rifi car su seguridad. Además, deberán acudir a cualquier llamado de auxilio ante cualquier hecho de violencia que pudiera propiciarse en su agravio. En particular, deberá brindarle un número de atención preferente al cual ésta pueda llamar y ellos acudir inmediatamente de produ-cirse algún hecho de violencia en su agravio. Para lo cual ofi cíese. 7) Se hace de conocimiento del denunciado que el incumplimiento de las medidas de protección implica incurrir en desobediencia a la autoridad, por lo que si incumple los mandatos del juzgado incurrirá en un ili-cito penal. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. (29-30-31 octubre)

Ante la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, se sigue el proceso N° 04273-2016-0-0401 -JR-CI-10 seguido por SCOTIABANK PERU SAA. sobre Ejecución de Garantías en contra de PEDRO ROBERTO HANCCO PINO y otro; mediante resolución N° 37 (CINCO) del tres de octubre del dos mil dieciocho, se ha dispues-to la notifi cación mediante edictos de la resolución N° 36 (CUATRO) (493-T) del cinco de setiembre del dos mil dieciocho, por el cual resolvieron declarar la SUSPENSIÓN DEL PROCESO hasta que se resuelva la situación jurídica del tercero coadyuvante HUGO BENJAMIN BEINGOLEA CASTILLO; DISPUSIERON: Que la SUCESIÓN PROCESAL del tercero coadyuvante HUGO BENJAMIN BEINGOLEA CASTILLO, cumpla con apersonarse al proceso en el plazo de tres días hábiles, Bajo apercibimiento de nom-brársele curador procesal-. Arequipa 16 de octubre del 2018.- SIXTO CORNEJO PERALTA SECRETARIO. (29-30-31 octubre)

SEGUNDO JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARA-TORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 394-2017-86-2701 -JR-PE-01 JUEZ : CORNEJO VALDERRAMA ANGELA JOAN-NA ESPECIALISTA JUDICIAL. : PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR.- NUMERO DE RESOLUCIÓN : 10 de fecha 07 de setiembre del 2018.- SE NOTIFICA al investigado CIRILO HUANCA CHILLIHUANI, por la presunta comisión del deli-to contra de trata de personas, con el extracto de la reso-lución número 11 de su fecha; resolución que cita audien-cia para el día 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 07:30 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Segunda Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Prepa-ratoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 720 de esta ciudad. Se dispone requerir al acusado CIRILO HUANCA CHILLIHUANI, para que en el plazo de 48 horas de notifi cado, cumpla con un abogado de su iibre elección, bajo apercibimiento de designarse un abogado defensor público.- Puerto Maldonado, 16 de octubre del año 2018.- (29-30-31 octubre)

EXPEDIENTE : 04213-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comi-saría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Martha Jiménez Salluca, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimien-to contenido en la resolución número uno y en conse-cuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Martha Lucila Jiménez Salluca con DNI 29679629 con domicilio en Calle Ricardo Palma Manzana M, Lote 12 - 2, Pueblo Joven Alto Alianza, dis-trito de Jacobo Hunter de la provincia de Arequipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 10 DE ENERO DE 2019, A LAS 12:00 HORAS para llevar-se a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de ofi cio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Isabel María Mamani Quispe, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Ar-tículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios

correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifi -que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señala-miento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos máspróximos. Regístrese y comuniqúese. Jorge Luis Villanueva Riveros ‘JUEZ . (29-30-31 octubre)

EXPEDIENTE: N° 4934-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO’ RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte LUCERO GARCIA JIMENEZ con la RESOLUCIÓN NU-MERO DOS de FECHA doce de julio del dos mil dieciocho : QUE RESUELVE: 1] CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a las persona de DIEGO GUSTAVO CHARCA CAR-DENAS y LUCERO XIOMARA GARCIA JIMENEZ, por la co-misión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALI-DAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de SHESIRA ESTEFAN1 MEN-DOZA HUAMANI. 2] CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a las persona de DIEGO GUSTAVO CHARCA CAR-DENAS por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de JACK ANGEL VALENCIA VALENZUELA. 3} SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada: DIEGO GUSTAVO CHARCA CARDENAS y LUCERO XIOMARA GARCIA JIMENEZ. 4] FIJAR fecha teniendo en cuenta ia excesiva carga procesal que so-porta el Juzgado por los hechos derivados de violencia familiar, para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DlA CATORCE DE NO-VIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Au-diencia a la que deberán concurrir la parte imputada DIE-GO GUSTAVO CHARCA CARDENAS y LUCERO XIOMARA GARCIA JIMENEZ, con su abogado defensor, bajo aper-cibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; asimismo en su condición de agraviada SHESIRA ESTEFANI MENDOZA HUAMANI Y JACK ANGEL VALENCIA VALENZUELA, deberá concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de dictarse su desistimiento tácito en su calidad de que-rellante particular conforme a lo dispuesto en el Artículo 110 dei Nuevo Código Procesal Penal. Además, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se lle-vará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación pro-batoria que estimen conveniente en dicha única opor-tunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 5] ARCHIVAR las actuaciones en agravio de LUCERO XIOMARA GARCIA JIMENEZ, conforme a los fundamentos expuestos en el noveno considerando. 6] ARCHIVAR las actuaciones en agravio de SHESIRA ESTEFANI MENDOZA HUAMANI, en contra de LUCERO XIOMARA GARCIA JIMENEZ, conforme a los fundamentos expuestos en el décimo considerando. 6] DISPONGO: que por Secretaría de Juzga-do se notifi que debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audien-cia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, tas que se han incrementado al haber asumi-do este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 29,30 y 31 de octubre del 2018.- (29-30-31 octubre)

Expediente: 12856-2017-2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. n el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO CO-LORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifi que a la agraviada AMELIA CCOLQQUE TTITO. Con la resolu-ción cero dos: PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de ACO VILCA RAQUEL y RENZO MIGUEL RODRIGUEZ CASTRO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Có-

digo Penal, en agravio de CCOLQQUE TTITO AMELIA. 2) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letra-do Penal de cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ligarte N° 119, Manzana X Lote 18, cuarto piso, Urbani-zación La Libertad- Distrito de Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ACO VILCA RAQUEL y RENZO MIGUEL RODRIGUEZ CASTRO; con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en que-rellante particular CCOLQQUE TTITO AMELIA, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 3) Archivar las actuaciones policiales sobre Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, seguidas en agravio de ACO VILCA RAQUEL, por no haber cumpli-do con apersonarse a la Policía a rendir su declaración e imputar cargos, teniendo presente el apercibimiento de-cretado en la resolución cero uno. Y 4) CONFORME LO ES-TABLECE el Artículo 155-A del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modifi cado por la ley 30229 y lo dispuesto por la Resolución Administrativa de Presidencia N° 370-2015-PRES/CSJAR cumpla con señalar casilla electrónica y casilla física tanto el abogado defen-sor de la parte agraviada como el abogado defensor de la parte imputada. 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifi que debidamente con la presente a las partes. Tómese razón y hágase saber.- (29-30-31 octubre)

EXPEDIENTE: N° 3207-2017 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO’ RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte agraviada EDWIN SILLCAHUE CHACO Y LIBERATO PUMACAYO SUBELETE con la RESOLUCIÓN NUMERO TRES de FECHA veinticinco de junio del dos mil dieciocho : QUE RESUELVE: RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por EDWIN SILLCAHUA CHA-CO Y LIBERATO APOLIANRIO PUMACAYO SUBELETE por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones en contra de MARIO ALEXANDER KUNO ARIZACA, a quien se le deberá notifi car la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 29,30 y 31 de octubre del2018.- (29-30-31 octubre)

EXPEDIENTE: N° 4588-2017 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a ia parte imputada ZAVARIAS HUAMAN LOPEZ con la RESO-LUCION NUMERO CUATRO de FECHA veinte de setiembre del dos mil dieciocho : QUE RESUELVE: declarar el desis-timiento tácito de la parte agraviada ZACARIAS HUA-MAN LOPEZ, en el presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de CESAR ALFONSO VALDERRAMA LUQUE; en consecuencia, se da por concluido y se dispone el archivo del proceso de Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en el extremo que es seguido en contra de CESAR ALFONSO VALDERRAMA LUQUE y en agravio de ZACARIAS HUAMAN LOPEZ. 2) Hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución dos y en consecuencia ORDENO La CONDUCCIÓN POR LA FUER-ZA PUBLICA del imputado: ZACARIAS HUAMAN LOPEZ, identifi cado con Documento Nacional de Identidad N° 47219135, con domicilio en Edmundo Escomel s/n Urb. Cerro Juli distrito de José Luis Bustamante y Rivera, a fi n que sea puesto a disposición de este Juzgado el día VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de ofi cio para la parte imputada; asimismo, la agraviada CESAR ALFONSO VALDERRAMA LUQUE, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de in-asistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO: Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán

los ofi cios correspondientes, que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios se-ñalados en autos. Regístrese y comuníquese.- (29-30-31 octubre) EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 05987-2017-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUIS-PE FARAH1 CRUZ GUTIERREZ, CRISTINA OJEDA HUAMAN, AGUSTIN Notifi cación por Edicto De : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifi ca a CRISTINA CRUZ GUTIERREZ y AGUSTIN OJEDA HUAMAN, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a CRISTINA CRUZ GUTIERREZ realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de AGUS-TIN OJEDA HUAMANI; B. Prohibir a CRISTINA CRUZ GU-TIERREZ que se acerque o aproxime a AGUSTIN OJEDA HUAMANI, en estado etílico a menos de dos metros de distancia, ya sea en la vía pública, su domicilio o donde ella se encuentre, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantarse el acta respectiva; C. Se dispone tra-tamiento reducativo o terapéutico para CRISTINA CRUZ GUTIERREZ la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notifi cación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERAN SER CUMPLI-DAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADA POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fi n de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmedia-ta la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fi n. Regístrese, comuniquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 05987-2017-0-0491-JR-FT-04. Cerro Colorado, 2018, octubre 11. (29-30-31 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO 05733-2017-0-040 l-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAH1 SA-LAS TUNQUE, CRISALDO DANIEL HUILLCA BERMUDEZ, LIVIA „ Notifi cación por Edicto EXPEDIEN-TE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMAN-DANTE De: DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Fami-lia de Cerro Colorado, notifi ca a CRISALDO DANIEL SALAS TUNQUE, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RE-SUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohi-bir a CRISALDO DANIEL SALAS TUNQUE realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de LIVIA HUILLCA BERMUDEZ; B. Prohibir a CRISALDO DANIEL SA-LAS TUNQUE que se acerque o aproxime a LIVIA HUILLCA BERMUDEZ en cualquier forma, a una distancia no menor a 10 metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, cen-tro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales o extrajudiciales que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; C. Prohibir a CRISALDO DANIEL SALAS TUNQUE el comunicarse con LIVIA HUILLCA BER-MUDEZ vía epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras re-des o formas de comunicación; D. Se dispone tratamiento reducativo o terapéutico para el denunciado CRISALDO DANIEL SALAS TUNQUE la que se realizara por ante la psi-cóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notifi cación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBE-RÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actua-dos a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fi n de que se responsabilice de su

ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento reali-zando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar aeste despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el segui-miento del cumplimiento de dicha medidas. 4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios Regístrese, comuniqúese y cúm-plase. Ello en el proceso n° 05733-2017-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, octubre.- (29-30-31 octubre)

JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EX-PEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 02194-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLEN-CIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI MENDOZA ALCASIHUINCHA, ANGELICA CCALLOCZA MENDOZA, ANA MARISOL CCALLOCZA MENDOZA, INES CCALLOCZA MOLLOCAHUANA, SONIA ESTEFA.- Notifi cación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA .- JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifi ca a CCALLOCZA MENDOZA, ANA MARISOL y MENDOZA ALCASIHUINCHA, ANGELICA, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESO-LUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) No ha lugar a dictar medi-das de protección a favor de SONIA ESTEFA CCALLOCZA MOLLOCAHUANA respecto de ANGELICA MENDOZA AL-CASIHUINCHA. 2). DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a ANA MARISOL CCALLOCZA MENDOZA y de la menor de iniciales IC.M. (13 años) realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de SONIA ESTEFA CCALLOCZA MOLLOCAHUANA; B. Prohibir a ANA MARISOL CCALLOCZA MENDOZA y de la menor de Inicia-les IC.M. (13 años) que se acerque o aproxime a SONIA ESTEFA CCALLOCZA MOLLOCAHUANA en cualquier for-ma, a una distancia no menor a diez metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales o extrajudiciales que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; C. Prohibir a ANA MARISOL CCALLOCZA MENDOZA y de la menor de iniciales IC.M. (13 años) el comunicarse con SONIA ESTEFA CCALLOCZA MOLLOCAHUANA vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación. D. Se dispone terapia reeducativa para ANA MARISOL CCALLOCZA MENDOZA la que se realizara por ante el Centro de Salud de Ciudad Municipal, para lo cual deberá cursarse el ofi cio respectivo, debiendo el profesional a cargo de las terapias informar al Juzgado bajo responsabilidad sobre la ejecución de las mismas; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLI-DAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 3) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 4) DISPONGO: Que se REMITAN los ac-tuados a la Fiscalía de Familia correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones respecto de la me-nor de iniciales IC.M. (13 años); 5) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fi n de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento rea-lizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de ma-nera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 6) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigen-tes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 7) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gra-tuita por parte de los servicios públicos y privados desti-nados para tal fi n. Regístrese, comuniqúese y cúmplale.- Ello en el proceso N° 02194- 2018-0-0401 -JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, octubre 12. (29-30-31 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA MENOR : 02855-2018-0-0401-JR-FT-01 : VIOLENCIA FAMILIAR : LOZA PEÑA RILDO : BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAH1 : MENESES TICONA, CE DEMANDADO CAUNA PONCE, MF AGRAVIADA : PONCE JIMENEZ, KLEFER ANNIE DEMANDANTE Notifi cación por Edicto : DR. RILDO LOZA PENA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifi ca a CARLOS EDUARDO MENESES TICONA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°1. SE RESUELVE: 1) Declarar NO HA LUGAR dictar medidas de protección y EN CONSECUEN-CIA: Remitir el presente caso a la Fiscalía de Familia de

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018

Turno para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 02855-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, octubre 11. (29-30-31 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO 03724-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAIIl MENOR : PQM SKQM Y RGQM , DEMANDADO : QUIS-PE LUQUE, ALVARO RODRIGO DEMANDANTE : MERMA MERMA, ANAYIN EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA Notifi cación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifi ca a ANAYIN MERMA MERMA y ALVARO RODRIGO QUISPE LU-QUE, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUEL-VE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a ALVARO RODRIGO QUISPE LUQUE realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de ANAYIN MERMA MERMA, bajo apercibimiento en caso de incum-plimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú; B. Prohibir a ALVA-RO RODRIGO QUISPE LUQUE el generar discusiones o actos de agresión de cualquier tipo con ANAYIN MERMA MERMA en presencia de los menores de iniciales P.Q.M. (7 años), S.K.Q.M. (5 años) y R.G.Q.M. (3 años). C. Se dis-pone terapia reeducativa para ALVARO RODRIGO QUIS-PE LUQUE la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notifi cación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERAN SER CUMPLI-DAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones, no solo por los nuevos hechos de violencia sino por el presunto delito de desobediencia y/o resis-tencia a la autoridad en el que habría incurrido ALVARO RODRIGO QUISPE LUQUE por el incumplimiento de las medidas de protección dictadas anteriormente; 3) DIS-PONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fi n de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumpli-miento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el segui-miento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emiti-da en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fi n. Regístrese, comuníquese y cúmplase.- Ello en el procéso N° 03724-2018-0-0401 JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, octubre 10. (29-30-31 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CA-YLLOMA-CHIVAY; que despacha el Juez FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista Legal José Luis Ca-ceres Pizarro , en el Expediente 00576-2018-40-0405-JR-PE-01, notifi ca a las personas de FREDY RICARDO TACO SULLA Y ROMULO JUAN GONZALES HUAYTA (acusados), a fi n de que tome conocimiento de la parte resolutiva del Acta de fecha veintiséis de octubre del dos mil dieciocho siendo un extracto lo siguiente ‘‘Se ^programa fecha de audiencia de requerimiento mixto para el DIA TREINTáfY UNO DE OCTUBRE DEL DOS MJIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS/^requerimiento de sobreseimiento) y PARA EL DIA TREINTA Y UNO DE OCTliBRE DEL DOS MIL DIECIO-CHO A LAS DIEZ HORAS CON TEREINTA (requerimiento de acusación). (29-30-31 octubre)

UNDECIMO JUZGADO DE TRABAJO-CONTENCIOSO AD-MINISTRATIVO NOTIFICACION POR EDICTO Expediente N° 07891-2014-0-0401-JR-LA-03, seguido por LUCIA AGREPINA FLORES COLCA, en contra de la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, sobre acción contencio-so administrativa; el Señor Juez del Undécimo Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Angélica Ge-raldine Alfaro Villegas, por resolución número veintiuno, de fecha cuatro de octubre del dos mil dieciocho, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A LOS SUCESORES DE LA FALLECIDA LUCIA AGREPINA FLORES COLCA, A EFECTO DE QUE COMPAREZCAN A PROCESO BAJO APER-CIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Ex-tracto de RESOLUCION NRO 20: Arequipa, diez de Agosto del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: 1) SUSPENDER el

proceso por el plazo de TREINTA DIAS, a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del que en vida fue LUCIA AGREPINA FLORES COLCA, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. TÓMESE RAZÓN Y HÁGA-SE SABER y mediante RESOLUCIÓN N° 21 se dispone que se efectúen las notifi caciones por EDICTOS, debiendo te-nerse presente lo dispuesto en el artículo 167° del Código Procesal Civil, para tal efecto cúrsese ofi cio a la Adminis-tración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; asi-mismo, se ofi cie a la Zona Registral N° XII, Sede Arequipa, a efecto, informe si existe testamento o sucesión intes-tada respecto de la causante LUCIA AGREPINA FLORES COLCA; disponiéndose, la notifi cación de la presente en el domicilio real que fuera de la demandante. Juez, Doc-tor Edgard Jesús Carhuapoma Granda; Especialista Legal, Angélica Geraldine Alfaro Villegas.- (29-30-31 octubre)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 04489-2010-0-0401-JR-LA-02, seguido por QUISPE MAMNI LUCIO, en contra de la GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA AREQUIPA, sobre acción contencioso administrativa; el Señor Juez del Undécimo Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Angé-lica Geraldine Alfaro Villegas, por resolución número cua-renta y siete, de fecha cuatro de octubre del dos mil die-ciocho, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A LOS SUCESORES DEL FALLECIDO LUCIO QUISPE MAMANI, A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APER-CIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Ex-tracto de RESOLUCION NRO 47: Arequipa, cuatro de oc-tubre del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: 1) SUSPENDER el proceso por el plazo de TREINTA DIAS, a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del que en vida fue QUISPE MAMNI LUCIO, bajo apercibimiento de nombrár-seles curador procesal. 2) DISPONER que se efectúen las notifi caciones por EDICTOS, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167° del Código Procesal Civil, para tal efecto cúrsese ofi cio a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. 3) DISPONER se ofi cie a la Zona Registral N° XII, Sede Arequipa, a efecto, informe si existe testamento o sucesión intestada respec-to del causante Lucio Quispe Mamani; disponiéndose, la notifi cación de la presente en el domicilio real que fuera del demandante. TÓMESE RAZÓN Y HAGASE SABER. Juez, Doctor Edgard Jesús Carhuapoma Granda; Especialista Legal, Angélica Geraldine Alfaro Villegas.- (29-30-31 oc-tubre)

En el expediente N° 4910-2018-0-0411-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A ADRIANA VICTORIA HERRERA CUBA y ELIZABETH CECILIA CUBA REGAZO, con la Reso-lución N° 02 de fecha 03 de mayo del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de ADRIANA VISTORIA HERRERA CUBA las siguientes: 1.- Que, la denunciada ELIZABETH CECILIA CUBA BEGAZO debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante es decir se les prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- La denunciada citada deben abstenerse de perturbar la tranquilidad de ADRIANA VISTORIA HERRERA CUBA. 3.- La denunciada deberá asistir donde el psicólogo del Centro de Salud del sector de su domicilio a efecto de que reciba orientación familiar, apoyo psicológico y de ser el caso psicoterapia individual para mejorar su relación y trato para con la denunciante, así como para que inter-nalice el rol de cuidado y protección que tiene la misma respecto a sus hijos, debiendo cursarse el ofi cio corres-pondiente. 4.- SE DISPONE que el trabajador social del Centro de Prevención y Acogida de Familias en situación de Violencia efectúe un seguimiento social en el domici-lio de las partes por el plazo de dos meses, para lo cual deberá cursarse el ofi cio. 5.- SE ORDENA a la denunciada ELIZABETH CECILIA CUBA BEGAZO realizar actos de vio-lencia psicológica ni física en agravio ADRIANA VICTORIA HERRERA CUBA y en caso de realizarlos será denunciada penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 6.- Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miem-bros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denunciante para verifi car el cumplimien-to de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 7.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artí-culo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 7469-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A LEONARD MILLIAMSEGURA PE-RALTA, con la Resolución N° 02 de fecha 05 de julio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de LIGIA SUALY ARAGON FLORES las siguientes: 1.- Que, el denunciado LEONARD MILLIAM SEGURA PERALTA debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado deberán asistir donde el psicólogo del Área de Salud de la Posta Médica del sector de su domicilio a efecto de que reciban orientación familiar, apoyo psicológico y de ser el caso psicoterapia individual para mejorar su relación y trato para con la denunciante, debiendo cursarse el ofi cio co-rrespondientes. 3.- SE ORDENA al denunciado LEONARD MILLIAM SEGURA PERALTA no realizar actos de violencia psicológica ni física en agravio de LIGIA SUALY ARAGON FLORES y en caso de realizarlos será denunciado penal-mente por delito de desobediencia y resistencia a la au-toridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domi-cilio de la denunciante DE MANERA PERMANENTE para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atri-buciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIALEn el expediente N° 9652-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIARinterpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Mó-dulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NO-TIFICAR A FIORELLA LIZ MANRIQUE SALAZAR y JHOAU MARCO PAMPA OUISPE, con la Resolución N° 02 de fecha 29 de agosto del 2018 siendo la parte pertinente: SE RE-SUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de FIORELLA LIZ MANRIQUE SALAZAR las siguientes: 1.- Que, el denunciado JHOAU MARCO PAMPA QUISPE debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica y/o física, en agravio de FIORELLA LIZ MANRIQUE SALAZAR es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de FIORELLA LIZ MANRIQUE SALAZAR, se le prohíbe ingresar al domicilio con síntomas de ebriedad e ingerir bebidas alcohólicas dentro del mismo. 3.- SE ORDENA al denunciado JHOAU MARCO PAMPA QUIS-PE no realizar actos de violencia psicológica ni física en agravio de FIORELLA LIZ MANRIQUE SALAZAR y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacio-nal del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denun-ciante para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fis-calía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.- RE-MÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corpora-tiva de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tó-mese razón y hágase saber. -(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 7193-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A AURORA FORTUNATA HUAMANI PINARES, con la Resolución N° 02 de fecha 27 de junio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de AURORA FOR-TUNATA HUAMANI PINARES Y DE LOS MENORES M.Y.A.H. (12), A.E.A.H. (07) Y R.A.H. (14) las siguientes: L- Que, el denunciado ROLANDO ANANIBAAR GUTIERREZ debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de

AURORA FORTUNATA HUAMANI PINARES Y DE LOS ME-NORES M.Y.A.H. (12), A.E.A.H. (07) Y R.A.H. (14), Y SE LE PROHIBE AL DENUNCIADO ACERCARSE AL DOMICILIO DE LA DENUNCIANTE Y SUS HIJOS, ASI COMO EN LUGARES PUBLICOS O PRIVADOS DONDE SE ENCUENTRE O DONDE DESARROLLE ACTIVIDADA LABORAL O ACADEMICA, DE-BIENDO MANTENER UNA DISTANCIA DE CUARENTA ME-TROS RESPECTO DE TODOS LOS AGRAVIADOS, ASIMISMO SE LE PROHÍBE ALTERAR LA SITUACIÓN DE HECHO EXIS-TENTE COMO ES LA DEL CUIDADO DE LOS HIJOS POR PARTES DE LA MADRE, dejando a salvo el derecho de las partes para que soliciten las pretensión que consideren pertinentes. 3.- SE DISPONE que el Centro de Prevención y Acogida de Familias en situación de Violencia efectúe un seguimiento social en el domicilio de la denunciante y sus hijos para ver su situación actual, asimismo para que reciba asesoría legal, para cuto efecto cúrsese el ofi -cio respectivo. 4.- SE ORDENA al denunciado ROLANDO ANANIBAR GUTIERREZ no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de AURORA FORTUNATA HUA-MANI PINARES Y DE LOS MENORES M.Y.A.H. (12), A.E.A.H. (07) Y R.A.H. (14) y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 5.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán con-currir al domicilio de la denunciante DE MANERA PERMA-NENTE para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fis-calía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 6.- RE-MÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corpora-tiva de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tó-mese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 7196-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A ADRIAN GOMEZ VERA, con la Resolución N° 02 de fecha 27 de junio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como me-didas de protección a favor de EDY UBALD1NA FLORES ALVAREZ las siguientes: L- Que, el denunciado ADRIAN GOMEZ VERA debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de EDY UBALD1NA FLORES ALVAREZ. 3.- SE ORDENA al denunciado ADRIAN GOMEZ VERA no realizar actos de violencia psicológica ni física en agravio de EDY UBALDINA FLORES ALVAREZ y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vigencia estas medi-das, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denunciante DE MANERA PER-MANENTE para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Turno de Hunter, para que proceda con-forme a sus atribuciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 oc-tubre)

En el expediente N° 7841-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A MARLENY COAOUIRA APAZA y ANGEL ROJAS CHARCA, con la Resolución N° 02 de fecha 12 de julio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RE-SUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de MARLENY COAQUIRA APAZA las siguientes: L- Que, el denunciado ANGEL ROJAS CHARCA debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abste-nerse de perturbar la tranquilidad de MARLENY COAQUI-RA APAZA. 3.- SE ORDENA al denunciado ANGEL ROJAS CHARCA no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de MARLENY COAQUIRA APAZA y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vi-

gencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú del sector del domicilio de la denunciante debe-rá ir al domicilio de esta DE MANERA PERMANENTE para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atri-buciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. -(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 7986-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A YANINA ELIZABETH MAMANI VILLANUEVA Y CLARESIL MAMANI VILLANUEVA, con la Resolución N° 02 de fecha 03 de julio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: NO HABER MERITO A DICTAR MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de YANINA ELIZABETH MAMANI VILLANUEVA a cumplir por CLARE-SIL MAMANI VILLANUEVA, asimismo NO HABER MERITO A DICTAR MEDIDAS DE PROTECCION a favor de CLARESIL MAMANI VILLANUEVA a cumplir por YANINA ELIZABETH MAMANI VILLANUEVA, en consecuencia REMÍTASE los ac-tuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribucio-nes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 7536-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIARinterpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Mó-dulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFI-CAR A ARTURO RODRIGUEZ CALLATA, con la Resolución N° 02 de fecha 05 de julio del 2018 siendo la parte per-tinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de pro-tección a favor de MIRELLA YOLANDA TITO RODRIGUEZ Y DEL ADOLESCENTE F.A.T.R. (15) las siguientes: L- Que, el denunciado ARTURO GONZALO RODRIGUEZ CALLATA debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de los citados es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de estos. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de MIRELLA YOLANDA TITO RODRIGUEZ Y EL MENOR F.A.T.R. (15). 3.- SE DISPONE que el Centro de Prevención y Acogi-da de Familias en situación de Violencia efectúe un segui-miento social para ver la situación y estado del menor de quince años por el plazo de tres meses, asimismo dicho centro deberá brindar apoyo psicológico a los agraviados (el menor y su hermana) debiendo cursarse el ofi cio co-rrespondientes. 4.- SE ORDENA al denunciado ARTURO GONZALO RODRIGUEZ CALLATA no realizar actos de vio-lencia psicológica ni física en agravio de MIRELLA YOLAN-DA TITO RODRIGUEZ Y EL MENOR F.A.T.R. (15) y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 5.-Que, en tanto estén en vi-gencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de los agraviados DE MANERA PERMANENTE para verifi car el cumplimien-to de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 6.- REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artí-culo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 7547-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A EUSEBIO QUISPE ESCARCENA, con la Resolución N° 01 de fecha 09 de julio del 2018 sien-do la parte pertinente: SE RESUELVE; NO HABER MERITO a convocar a audiencia ni dictar medidas de protección alguna a favor de ZULMA ROXANA ZAMATA ZEBALLOS en contra de EUSEBIO WASHINGTON QUISPE ESCARCE-NA; en consecuencia remítase los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones dejando salvo el derecho de la parte a hacer valer las pretensiones que considere en la instancia correspondiente. Regístrese y Hágase Saber.- (29-30-31 octubre)

En el expediente N° 7252-2018-0-0411-JR-FT-01, sobre

Page 5: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A JUAN CARLO RENTERIA RON, con la Resolución N° 02 de fecha 28 de junio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de JESÚS PACCOSONCCO MAMANI, JEFTE KALA YUCRA Y JUAN CARLOS RENTERIA RON las siguientes: L- Que, el denunciado JUAN CARLOS RENTERIA RON debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia física y/o psicológica, en agravio de JESÚS PACCOSONC-CO MAMANI Y JEFTE KALA YUCRA es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de estos. 2 - Que, el denunciado JESÚS PACCOSONCCO MAMANI debe abs-tenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia física y/o psicológica, en agravio de JUAN CARLOS RENTERIA RON es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 3.- Los denunciados citados deben abstenerse de perturbar la tranquilidad de los agraviados respectivamente, SE LES EXHORTA A LAS PARTES A QUE DEBEN RESPETAR EL USO DE LAS AREAS COMUNES DEL DOMICILIO DONDE VIVEN. 4.- SE ORDENA al denunciado JUAN CARLOS RENTERIA RON no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de JESÚS PACCOSONCCO MAMANI Y JEFTE KALA YUCRA, asimismo SE ORDENA al denunciado JESÚS PACCOSONCCO MAMANI no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de JUAN CARLOS RENTE-RIA RON y en caso de realizarlos será denunciado penal-mente por delito de desobediencia y resistencia a la au-toridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 5.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al do-micilio de los agraviados para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 6.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artí-culo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 2025-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A ALONDRA OUISPE OUISPE, RU-FINA OUISPE FLORES v MANUEL APAZA CHAMBI ,con la Resolución N° 02 de fecha 26 de febrero del 2018 sien-do la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de ALONDRA OUISPE OUISPE, y RUFINA OUISPE FLORES las siguientes: L- Que, el denunciado BENANCIO MANUEL APAZA CHAMBI debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante, es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de la denunciante ALONDRA OUISPE OUISPE, y RUFINA OUIS-PE FLORES. 3.- El denunciado deberán asistir donde el psi-cólogo del Área de Salud de la Posta Médica del sector de su domicilio a efecto de que reciban orientación familiar, apoyo psicológico y de ser el caso psicoterapia individual para mejorar su relación y trato para con la denunciante, debiendo cursarse el ofi cio correspondientes. 4.- SE OR-DENA al denunciado BENANCIO MANUEL APAZA CHAM-BI no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de ALONDRA OUISPE OUISPE, y RUFINA OUISPE FLORES y en caso de realizarlos será denunciado penal-mente por delito de desobediencia y resistencia a la au-toridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 5.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domi-cilio de la denunciante DE MANERA PERMANENTE para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 6.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atri-buciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 8874-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A TEODORO ÑAUPA YANA, con la

Resolución N° 02 de fecha 08 de julio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medi-das de protección a favor de LUCIA MAMANI JUAREZ DE ÑAUPA las siguientes: 1.- Que, el denunciado TEODORO ÑAUPA YANA debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violen-cia física y/o psicológica, en agravio de LUCIA MAMANI JUAREZ DE ÑAUPA es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de LUCIA MAMANI JUAREZ DE ÑAUPA, Y HABIÉNDOSE RETIRADO DEL HOGAR SEGÚN LA DENUNCIANTE SE LE PROHÍBE SU REINGRESO EN TANTO DURE EL PROCESO, AUTORIZÁN-DOSE A LA DENUNCIANTE CAMBIAR EL SISTEMA DE LA CHAPA DE LA PUERTA DE ACCESO, asimismo se prohíbe al denunciado alterar la situación de hecho existente como es el cuidado de sus dos menores hijos por la madre. 3.- El denunciado deberán asistir donde el psicólogo del Area de Salud de la Posta Médica del sector de su domicilio a efecto de que reciban orientación familiar, apoyo psicoló-gico y de ser el caso psicoterapia individual para mejorar su relación y trato para con la denunciante, debiendo cursarse el ofi cio correspondiente. 4 - SE DISPONE que el Centro de Prevención y Acogida de Familias en situación de violencia brinden apoyo especializado a la denuncian-te y reciba asesoría legal, debiendo cursarse el ofi cio co-rrespondiente. 5.- SE ORDENA al denunciado TEODORO ÑAUPA YANA no realizar actos de violencia física ni psico-lógica en agravio de LUCIA MAMANI JUAREZ DE ÑAUPA y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 6.- Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Poli-cía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denunciante DE MANERA PERMANENTE para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspon-diente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 7.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hun-ter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su re-glamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. — SE DISPONE SE NOTIFIQUE la presente al denunciado mediante edictos en el diario ofi cial de la localidad así como en el diario ofi cial de la ciudad de Puno, debiendo cursarse el ofi cio respectivo. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 7236-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A JULIO GUZMAN CHISLLA y ROSA LUZ CECINARIO VALERIANO, con la Resolución N° 02 de fecha 28 de junio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a fa-vor de ROSA LUZ CECINARIO VALERIANO las siguientes: L- Que, el denunciado JULIO CHISLLA GUZMAN debe abs-tenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de ROSA LUZ CECINARIO VALERIANO. 3.- SE ORDENA al denuncia-do JULIO CHISLLA GUZMAN no realizar actos de violencia psicológica ni física en agravio de ROSA LUZ CECINARIO VALERIANO y en caso de realizarlos será denunciado pe-nalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miem-bros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denunciante para verifi car el cumplimien-to de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artí-culo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes, asimismo para que de haber mérito proceda con la denuncia por desobediencias y resistencia a la autoridad en contra del denunciado Julio Chislla Guz-mán respecto al expediente N° 9705-2017. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 8944-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A MARIA ELENA VELASQUEZ CAS-TRO, con la Resolución N° 02 de fecha 09 de agosto del

2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de VERONA CASTRO CUBA las siguientes: L- Que, las denunciadas SIMIONA CASTRO CUBA Y MARIA ELENA VELASQUEZ CASTRO debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia física y/o psi-cológica, en agravio de VERONA CASTRO CUBA es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2- Las denunciadas citadas debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de VERONA CASTRO CUBA y se les prohíbe a cambas acercarse al domicilio de esta así como en lugares públicos o privados donde se encuentre la denunciante, debiendo mantener estas una distancia de cuarenta me-tros respecto de ella. 3.- SE ORDENA a las denunciadas SI-MIONA CASTRO CUBA Y MARIA ELENA VELASQUEZ CAS-TRO no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de VERONA CASTRO CUBA y en caso de realizar-los será denunciado penalmente por delito de desobe-diencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vigencia es-tas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denunciante para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.- REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atri-buciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 9016-2018-0-041 l-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A ELENA ROJAS CHILO y ALFREDO HUANCA HUANCA. con la Resolución N° 02 de fecha 14 de agosto del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUEL-VE: NO HABER MERITO DICTAR MEDIDAS DE PROTECCION a favor de ALFREDO HUANCA HUANCA a cumplir por ELE-NA CHILO ROJAS, en consecuencia REMÍTASE los actua-dos a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones. Exhortándose a ambas partes que concurran al Centro de Prevención y Acogida de Familias en situación de vio-lencia a efecto de que reciban orientación familiar, apoyo psicológico y de ser el caso psicoterapia individual para mejorar su relación y trato entre ambos, debiendo cur-sarse el ofi cio correspondiente. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 10727-2018-0-0411-JR-FT-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A LUCIO CARLOS ZAMBRANO y ALEXANDER RONY CARLOS CCALLO. con la Resolución N° 02 de fecha 21 de setiembre del 2018 siendo la par-te pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor DE LUCIO CARLOS ZAMBRANO las siguientes: L- Que, el denunciado ALEXANDER RONY CARLOS CCALLO debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen vio-lencia psicológica y/o física, en agravio DE LUCIO CARLOS ZAMBRANO es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abs-tenerse de perturbar la tranquilidad DE LUCIO CARLOS ZAMBRANO. 3.- SE ORDENA al denunciado ALEXANDER RONY CARLOS CCALLO no realizar actos de violencia psi-cológica ni física en agravio DE LUCIO CARLOS ZAMBRA-NO y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.- Que, en tan-to estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio del denunciante para verifi car el cumplimiento de las me-didas de protección conforme a los artículo 23-A y 23-C modifi cados por el decreto legislativo 1386 y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspon-diente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.- REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artículo 16-B modifi cado por decreto le-gislativo 1386 y 48 del reglamento de la ley 30364, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 6510-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado

de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A DAVID APAZA ENRlQUEZxon la Resolución N° 02 de fecha 12 de junio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de ALEJANDRINA ENRIQUEZ DE APAZA las siguientes: L- Que, el denunciado DAVID APA-ZA ENRIQUEZ debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica o física, en agravio de la denunciante es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de ALEJANDRINA ENRIQUEZ DE APAZA. 3.-SE ORDENA al denunciado DAVID APAZA ENRIQUEZ no realizar actos de violencia psicológica ni física en agravio de ALEJANDRINA ENRIQUEZ DE APAZA y en caso de rea-lizarlos será denunciado penalmente por delito de des-obediencia y resistencia a la autoridad en atención al artí-culo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denunciante DE MANERA PERMANENTE para verifi car el cumplimien-to de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.-REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 2485-2018-0-0411-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A PETER ALEXANDER PAAREDES DIAZ, con la Resolución N° 01 de fecha 07 de marzo del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE:!) No haber mérito a DICTAR medidas de protección a favor de PAOLA CALDERON CALDERON a cumplir por PETER ALEXANDER PAREDES DIAZ, en consecuencia REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones. (29-30-31 octubre)

En el expediente N° 574-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A CELSO ANAHUA ORDOÑO, con la Resolución N° 02 de fecha 18 de enero del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de LUZ DIANA AL-VAREZ NIETO las siguientes: L- Que, el denunciado CELSO ANAGUA ORDOÑO debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen vio-lencia psicológica o física, en agravio de la denunciante, es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de per-turbar la tranquilidad de la denunciante LUZ DIANA AL-VAREZ NIETO, se le prohíbe acercarse al domicilio de ella, lugares públicos o privados donde se encuentre, donde realice actividad laboral o académica, debiendo mante-ner una distancia de cuarenta metros en relación a la de-nunciante 3.-SE ORDENA al denunciado CELSO ANAGUA ORDOÑO no realizar actos de violencia física ni psicoló-gica en agravio de LUZ DIANA ALVAREZ NIETO y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 4.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacio-nal del Perú, deberán concurrir al domicilio de la denun-ciante para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección EN FORMA PERMANENTE teniendo en cuenta la fi cha de valoración de riesgo y amenazas de muerte, y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 5.-REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Turno de Hunter, para que proceda conforme a sus atri-buciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 2917-2018-0-0411-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A ANGEL APAZA POMARL ELIA BA-SILIA CHOQUE CHAMBI APAZA Y FREDY GILBERT APAZA CHOQUECHAMBI, con la Resolución N° 02 de fecha 20 de

marzo del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de ANGEL APAZA POMARL ELIA BASILIA CHOQUE CHAMBI APAZA las siguientes: 1.- Que, el denunciado FREDY GILBERT APAZA CHOQUECHAMBI debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impli-quen violencia psicológica o física, en agravio de la de-nunciante, es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de los denunciantes ANGEL APAZA POMARI, ELIA BASILIA CHOQUE CHAMBI APAZA, s el prohíbe ingresar ai domicilio de los denunciante con síntomas de ebriedad e ingerir bebidas alcohólicas en el mismo 3.- El denunciado deberán asistir donde el psicó-logo del Área de Salud de la Posta Medica del sector de su domicilio a efecto de que reciban orientación familiar, apoyo psicológico y de ser el caso psicoterapia individual para mejorar su relación y trato para con la denunciante, debiendo cursarse el ofi cio correspondientes. 4. Que el trabajador social del CEM de Hunter efectué un segui-miento de manera permanente en el domicilio de los de-nunciantes para ver su situación y estado en tanto dure el presente proceso 5.- SE ORDENA a la FREDY GILBERT APA-ZA CHOQUECHAMBI no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de ANGEL APAZA POMARI, ELIA BASILIA CHOQUE CHAMBI APAZA y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobedien-cia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 6.- Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de los denunciantes para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 7.-REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atri-buciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 2734-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Flunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A RUTH YUCRA CRUZ , PASCUAL ANDRADE YUCRA y EVA IRENE CRUZ ALEJO.con la Re-solución N° 02 de fecha 14 de marzo del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de RUTH YUCRA CRUZ y de su hija D.P.C.Y 1061. Las siguientes: L- Que, los denunciados PAS-CUAL ANDRADE YUCRA y EVA IRENE CRUZ ALEJO deben abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica y/o física, en agravio de la denunciante y de su hija, es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- Que, la denunciada RUTH YUCRA CRUZ debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia psicológica y/o física, en agravio de EVA IRENE CRUZ ALEJO, es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 3. Que, PASCUAL AN-DRADE YUCRA y EVA IRENE CRUZ ALEJO deben abstener-se de perturbar la tranquilidad de la denunciante RUTH YUCRA CRUZ y su menor hija D.P.C.Y (06), y de alterar la situación de hecho del cuidado de la niña D.P.C.Y 1061 por la madre RUTH YUCRA CRUZ. 3.- Que los denuncia-dos PASCUAL ANDRADE YUCRA y EVA IRENE CRUZ ALEJO deberán asistir donde el psicólogo del Área de Salud de la Posta Medica del sector de su domicilio a efecto de que reciban orientación familiar, apoyo psicológico y de ser el caso psicoterapia individual para mejorar su relación y trato para con la denunciante RUTH YUCRA CRUZ y su menor hija D.P.C.Y (06), debiendo cursarse el ofi cio corres-pondientes. 4.- SE ORDENA a los denunciados PASCUAL ANDRADE YUCRA v EVA IRENE CRUZ ALEJO no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de RUTH YUCRA CRUZ y su menor hija D.P.C.Y (06). y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 5.- SE ORDENA a la denuncia-da RUTH YUCRA CRUZ no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de EVA IRENE CRUZ ALEJO, v en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 6. Que, en tanto es-tén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de la de-nunciante RUTH YUCRA CRUZ, su menor hija D.P.C.Y (06) DE MANERA PERMANENTE para verifi car el cumplimien-to de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 7.- Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miembros de la Policía Nacional del

Page 6: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018

Perú, deberán concurrir al domicilio de la denunciante EVA IRENE CRUZ ALEJO para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan hechos de violencia de lo contrario deberán de poner en conoci-miento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la de-nuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo 8.REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artículo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi ca-das las partes inasistentes. Tómese razón y hágase saber. —(29-30-31 octubre)

En el expediente N° 8350-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A MARIA ILCE FERNANDEZ VAL-DEZ v ALAN RAUL MIRANDA GONZALES,con la Resolu-ción N° 02 de fecha 25 de julio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de MARIA ILCE FERNANDEZ VALDEZ Y DE LAS MENORES L.C.R.F. (10) Y S.N.M.F. (11 meses), las siguientes: L- Que, el denunciado ALAN RAUL MIRANDA GONZALES debe abstenerse de cualquier acción (en sus formas de acción u omisión) que impliquen violencia físi-ca y/o psicológica, en agravio de MARIA ILCE FERNANDEZ VALDEZ Y DE LAS MENORES L.C.R.F. (10) Y S.N.M.F. (11 meses)es decir se le prohíbe todo acto de violencia en agravio de esta. 2.- El denunciado citado debe abstenerse de perturbar la tranquilidad de MARIA ILCE FERNANDEZ VALDEZ Y DE LAS MENORES L.C.R.F. (10) Y S.N.M.F. (11 me-ses). 3.-SE DISPONE que el trabajador social del Servicio de Atención de Urgente - SAU que ha efectuado la visita social y ha ubicado el domicilio donde viven las partes, en su primera visita entregue copia a las partes de las medidas de protección dispuestas, para lo cual cúrsese el ofi cio respectivo. 4. - SE DISPONE que el Centro de Prevención y Acogida de Familias en situación de Vio-lencia, efectúe un seguimiento social en el domicilio de las agraviadas para verifi car su situación y estado, esto en tanto dure el presente proceso, con cuyo fi n cúrsese el ofi cio respectivo. 5.- SE ORDENA al denunciado ALAN RAUL MIRANDA GONZALES no realizar actos de violencia física ni psicológica en agravio de MARIA ILCE FERNAN-DEZ VALDEZ Y DE LAS MENORES L.C.R.F. (10) Y 5. N.M.F. (11 meses) y en caso de realizarlos será denunciado penalmente por delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en atención al artículo 24 de la ley 30364. 6.-Que, en tanto estén en vigencia estas medidas, los miem-bros de la Policía Nacional del Perú, deberán concurrir al domicilio de las agraviadas para verifi car el cumplimiento de las medidas de protección y que no se produzcan he-chos de violencia de lo contrario deberán de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal que hubiere, para lo cual se cursara el Ofi cio respectivo. 7.- REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención al artí-culo 16 de la ley ya citada y 48 de su reglamento, luego de notifi cadas las partes. Tómese razón y hágase saber. (29-30-31 octubre)

En el expediente N° 7194-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A KATHER1NE YUPANOUI PEZO con la Resolución N° 01 de fecha 28 de junio del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVE:NO HABER ME-RITO a convocar a audiencia ni dictar medidas de pro-tección alguna a favor de KHATERINE LESLY YUPANQUI PEZO en contra de LUIGUI YOSETH SALAZAR ALANOCCA, en consecuencia remítase los actuados a la Fiscalía Pro-vincial Penal Corporativa de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese y Hágase Saber.- (29-30-31 octubre)

En el expediente N° 9042-2018-0-041 l-JR-FC-01, sobre VIOLENCIA FAMILIAR interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia, el señor Juez del Juzgado Especializado de Familia del Módulo de Justicia de Hunter Dr. Roberto Soncco Valencia; Especialista legal; Angie Díaz Riega; ha dispuesto; NOTIFICAR A CRISTINA CHUA MAMANI, con la Resolución N° 02 de fecha 13 de agosto del 2018 siendo la parte pertinente: SE RESUELVELE RESUELVE: NO HABER MERITO A DICTAR MEDIDAS DE PROTECCION a favor de ANGEL WILFREDO LEON MENDOZA a cumplir por CRISTI-NA CHUA MAMANI, en aplicación de la ley 30264, en con-secuencia REMÍTASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumo de Hunter, para que proceda conforme a sus atribuciones. Tómese razón y hágase sa-ber. —(29-30-31 octubre)

JUZGADO MIXTO - DE LA PROVINCIA DE MELGAR-AYA-VIRI- EXP. 0058- 2017-0-2108-JM- FC-01. EL JUEZ EDWIN

HUGO QUISPE VARGAS, CITA, EMPLAZA Y NOTIFICA A MÓNICA CECILIA LLAVILLA GAMARRA con el contenido de la resolución número ocho la misma que DISPONE: SEÑALESE nueva fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA UNICA la misma que, se llevara adelante el día CATORCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencias del Juzgado de Mixto de la Provincia de Melgar- Ayaviri Sede del Poder Judicial Jr. Tacna Numero 205 esquina con Jr. Tarapacá, segundo piso), bajo apercibimiento de ley, fecha distante debido a las recargadas diligencias pro-gramadas en la agenda de diligencias del Juzgado que hace imposible señalar fecha más próxima; DISPONGO la notifi cación por edicto judicial por esta ocasión en la Corte Superior de Justicia de Arequipa a Mónica Cecilia Llavilla ¿amarra, además de sus domicilio señalados en autos. (25-26-29 octubre)

El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Puno, a cargo de la señora Juez Jackeline Reyna Luza Cáceres, con la intervención de la Especialista de Causas Jurisdicciona-les Zulema Alatrista Vizcarra, en el Expediente N° 3025-2018-0. ha dispuesto la Notifi cación mediante Edicto al acusado: VICTOR HUGO MUCHICA MAMANI, en la pre-sente causa que se sigue como AUTOR de la comisión del delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar y en su forma de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor ROYER DENILSON MUCHICA PILCO representado por NELY DO-RIS PILCO PERCA; cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente:” RESOLUCIÓN N° 05. Puno, uno de octubre del año dos mil dieciocho.- Dado cuenta por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Puno, sobre la acusación postulada por el Ministerio Público en vía de proceso inmediato: 1) CONVÓQUESE a la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO con carácter inaplazable —teniendo en cuenta el tiempo razonable para el emplazamiento al acusado, por la lejanía del lugar de su domicilio— para el día SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta), en la Sala de Audiencias N° 02 de los Juzgados Penales Uni-personales y Colegiado de Puno, ubicado en el Segundo Piso de la sede de la Corte Superior de Justicia de Puno; audiencia que en su fase de control y/o saneamiento de la acusación fi scal, admisión de medios probatorios y de-más aspectos contemplados en el artículo 353° del Códi-go Procesal Penal, se llevará con la asistencia obligatoria del señor Fiscal y del Abogado defensor del acusado. 2) REQUIÉRASE, si acaso corresponde, la presencia del Actor civil, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de de-clarar en abandono su constitución, y devolver la cautela de la pretensión civil al Ministerio Público, ello en sujeción al numeral 7) del artículo 359° del Código Procesal Penal. 3) Para el desarrollo del juicio oral (juzgamiento), REQUIÉ-RASE la presencia del acusado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de declararlo ausente o contumaz (según corresponda) y procederse conforme al artículo 79° del Código Procesal Penal. 4) CUMPLAN las partes con garantizar la presencia de sus órganos de prueba para la fase de actuación probatoria (una vez instalado el juicio oral), bajo apercibimiento en caso de inasistencia o im-posibilidad de actuación, de prescindir de su actuación. 5) En aplicación del Principio de Economía Procesal —a fi n de evitar copias duplicadas de actuaciones procesales en diversos cuadernos— y atendiendo a la naturaleza del proceso, PROSÍGASE la tramitación de las actuaciones del juicio inmediato, en el presente Cuaderno. Sin perjuicio de lo anterior, FÓRMESE el expediente judicial, con las piezas procesales y actuados pertinentes contemplados en el artículo 136.1 del Código Procesal Penal en obser-vancia del “Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República”, aprobado por Resolución Admi-nistrativa 014-2017- CE-PJ, los que deberán ser alcanza-dos por las partes proponentes en el mismo acto de juicio - NOTIFÍQUESE.- . (25-26-29 octubre)

Expediente N° 00955-2018-51-2701-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - FLAGRANCIA DE TAM-BOPATA Especialista Judicial: Mery Huarachi Fluker Se cita y emplaza al acusado LUIS CARLOS MORALES MAMANI; en el proceso penal que se le sigue por la presunta co-misión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto Agravado en Grado de Tentativa, en agravio de Milán Vilca Blanco y Donata Quispe Mamani, a fi n de que asista a la audiencia de Juicio Oral de carácter inaplazable, programado para el dia MARTES SEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO. A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA LA MISMA QUE SE REALIZARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TAM-BOPATA, sito en la Av. Ernesto Rivero Nro. 720, de Puerto Maldonado, bajo expreso apercibimiento de ser declara-do reo contumaz, en caso de inconcurrencia injustifi cada, ordenándose su captura y conducción compulsiva a nivel nacional. Puerto Maldonado, 15 de Octubre de 2018. . (25-26-29 octubre) 2o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE MBJ MARIANO MELGAR

EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO DEMANDANTE : 02621 -2015-0-0410-JM-FC-01 VIOLENCIA FAMILIAR PINTO FLORES JORGE LUIS MUJICA HUALLA DELIA GUTIERREZ GUTIERREZ, JUAN CARLOS SALAS OBLITAS. CARMEN JULIA FISCALIA CIVIL Y FAMILIA . NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el proceso judicial N° 02621-2015-0-0410-JM-FC-01 seguido ante el SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE MARIANO MELGAR, que despacha el señor Juez JORGE LU IS PINTO FLORES con intervención de la especialista legal DELIA MUJICA UUALLA, por RESO-LUCIÓN N° 01 se resuelve ADMITIR en la vía del proceso único la pretensión de violencia familiar contenida en la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, a favor de Carmen Julia Salas Olilitas en contra de JUAN CARLOS GUTIERREZ GUTIERREZ y da por ofreci-dos los medios probatorios. DISPONIÉNDOSE la presente notifi cación por edictos al demandado de JUAN CARLOS GUTIERREZ GUTIERREZ mediante RESOLUCIÓN N° 12 para que dentro del plazo de QUINCE DIAS contando des-de el tercer día de efectuada la última publicación cumpla con apersonarse al proceso y conteste la demanda BAJO APERCIBIMIENTO de nombrarle CURADOR PROCESAL de conformidad con el artículo 435 v 550 del CPC. (24-25-26 octubre)

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 01133-2016-0-0405-JP-PE-01, sobre faltas, la señora Juez del Juzgado de Paz letrado de El pe-dregal Majes AIDA MAMANI CHOQUECHAMBI y Especia-lista Legal MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA median-te resolución N° 05 de fecha quinde agosto del dos mil dieciocho, ha dispuesto publicar la Resolución N° 02, y la Resolución N° 05 como sigue: (parte pertinente) RESOLU-CION NUMERO DOS: 2) CITAR A JUICIO a la persona de ALEXANDRA OLGUIN HUANCA y LIVIA TAIPE CHOQUE, en calidad de imputadas y agraviadas (LESIONES RECÍPRO-CAS), por FALTAS CONTRA LA PERSONA, tipo penal reco-gido en el artículo 441 primer párrafo del Código Penal. 3) FIJAR como fecha para la realización de LA AUDIENCIA en la que se realizará el juicio oral, el día VEINTIDOS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, la cual se llevará a cabo en local del Juzgado. Audiencia a la cual deberán concurrir las personas de ALEXANDRA OLGUIN HUANCA y LIVIA TAIPE CHOQUE, en calidad de imputadas y agraviadas, con sus respectivos abogados defensores, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia en su condición de imputadas, de ser condu-cido de grado o fuerza mayor y declararse el desistimien-to tácito en caso de inconcurrencia en su condición de agraviadas. Tómese Razón Y Hágase Saber. RESOLUCION NUMERO CINCO: (parte pertinente) 2) REPROGRAMAR el inicio del juicio oral para el día VEINTICINCO DE SETIEM-BRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS 15 DE LA TARDE, acto a desarrollarse en el despacho del Juzgado de Paz Letrado del Pedregal - Majes, audiencia en la con-currirán la agraviada/acusada Livia Taipe Choque (bajo apercibimiento de declararse el desistimiento tácito en caso de inconcurrencia y/o ser conducidas de grado o fuerza en su actuación en calidad de imputado ) y la agra-viada/acusada Alexandra Olguín Huanca (bajo apercibi-miento de declararse el desistimiento tácito en caso de inconcurrencia y/o ser conducidas de grado o fuerza en su actuación en calidad de imputado), debiendo ambas partes asistir con sus respectivos abogados. ( 2 4 - 2 5 - 2 6 octubre)

En el expediente No 0049-2016-0-0404-JP-FC sobre ALI-MENTOS seguido por Elsa Mamani Mamani en contra de César Gómez Quispe, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Castilla-Aplao Doctor Deyvi Cueva Cucho ha dispuesto mediante reso-lución 15 notifi car al demandado mediante EDICTO: Re-solución 015 cuyo tenor es el siguiente: Aplao, dieciocho de julio de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE:1) APROBAR la primera liquidación de pensiones devengadas e intere-ses generados del veintitrés de marzo de dos mil diecisie-te al treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, en la suma de Dos Mil Ochocientos Veintiséis con 43/100 soles (S/.2,826.43) 2) REQUERIRal obligado a cancelar íntegramente la suma aprobada por la primera liquidación, en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de Omi-sión a la Asistencia Familiar, procediéndose conforme a lo dispuesto por el artículo 566-A del Código Procesal Civil, incorporado por la Ley 28439.- Tómese Razón y Hágase Saber.- Aplao, 04 de Abril de 2018.- (24-25-26 octubre)

En el expediente N° 00911-2017-0-0405-JP-PE-01, sobre faltas, la señora Juez del Juzgado de Paz letrado de El pe-dregal Majes AIDA MAMANI CHOQUECHAMBI y Especia-lista Legal M ARLEN Y ROXANA TAPIA ESPINOZA median-te resolución N° 04 de fecha veintinueve de setiembre del dos mil dieciocho, ha dispuesto publicar la Resolución N° 01, como sigue: (parte pertinente) RESOLUCIÓN N 01: SE RESUELVE: DECLARAR no ha lugar a citar A JUICO ORAL y archivar los actuados relacionados al acta que obra en página cinco. (24-25-26 octubre)

En el expediente N° 01569-2018-0-0405-JP-PE-01, sobre faltas, la señora Juez del Juzgado de Paz letrado de El pe-dregal Majes AIDA MAMANI CHOQUECHAMBI y Especia-lista Legal MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA mediante resolución N° 01 de fecha seis de junio del dos mil die-ciocho, ha dispuesto publicar la Resolución N° 01, como sigue: (parte pertinente) RESOLUCIÓN N01: SE RESUELVE: NO ABRIR JUICIO POR FALTAS CONTRA LA PERSONA EN SU MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS VIOLENCIA PSI-COLOGICA contenido en el Art. 441. El código Penal, en contra de ROFER HILAQUITA YAURI en agravio de ROSA HUAMAN MAMANI; por ello se dispone el ARCHIVO DE-FINITIVO de la presente causa. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. (24-25-26 octubre)

En el expediente N° 02481 -2018-0-0405-JP-PE-01, sobre faltas, la señora Juez del Juzgado de Paz letrado de El pe-dregal Majes AIDA MAMANI CHOQUECHAMBI y Especia-lista Legal MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA mediante resolución N° 02 de fecha veintinueve de setiembre del dos mil dieciocho, ha dispuesto publicar la Resolución N° 01, como sigue: (parte pertinente) RESOLUCIÓN N 01: SE RESUELVE: NO ABRIR JUICIO ORAL POR FALTAS CONTRA LA PERSONA EN SU MODALIDAD DE LESIONES, Art. 441 del código penal en contra de Lorenzo Mario Miranda Quispe en agravio de Cipriano Hilario Bustincio Lerma, en consecuencia se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa. (24-25-26 octubre)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 07812-2016-0-0401 -JR-LA-05, seguido por MIGUEL ANGEL PERREZ VIZCARRA, HAYDEE NELLY TORRES CHOQUE, JORGE ERNESTO MEDINA CHAVEZ, JAMES ABEL ALVARADO RIOS, YOLANDA MIRIAN MAR-TINEZ RIOS, MARUJA CARMELA FLORES TOBAR Y OTROS, en contra de la MINISTERIO PUBLICO sobre acción con-tencioso administrativa, con intervención del Especialista Legal Leonel Antonio Zegarra Palo, por resolución núme-ro diecisiete, de fecha nueve de octubre del dos mil die-ciocho, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A LOS SUCESORES DE LA FALLECIDA MARUJA CARMELA FLO-RES TOBAR a efecto de que comparezcan a proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- Extracto de Resolución N° 17: Arequipa, nueve de octubre del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: SE RESUELVE: 1) SUSPENDER el proceso por el plazo de TREINTA DIAS, a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del demandante que en vida fue MARUJA CARMELA FLORES TOBAR, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. 2) DIS-PONER que se efectúen las notifi caciones por EDICTOS, la parte resolutiva de la resolución diecisiete, debiendo tenerse presente lo dispuesto en el artículo 167° del Có-digo Procesal Civil, para tal efecto cúrsese ofi cio a la Ad-ministración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; disponiéndose, la notifi cación de la presente en el domi-cilio real que fuera del demandante. 3) Remítase ofi cio a la Ofi cina de la ZONA REGISTRAL N° XII, SEDE AREQUIPA, con el objeto de solicitar se sirva informarnos si existe testamento o sucesión intestada respecto del causante MARUJA CARMELA FLORES TOBAR; y de ser el caso, nos remita copia certifi cada de la misma. Disponiéndose la notifi cación de la presente en el domicilio real que fue-ra de la demandante. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Jueza, Doctora FERNANDEZ GUTIERREZ SENEN JANETT; Especialista Legal, Leonel Antonio Zegarra Palo.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE NRO. 01275-2017: El señor Magistrado de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Oscar Francis Calle Vera, en el Proceso Disciplinario Nro. 2017-01275, ha dispuesto la notifi cación por edictos de don Carlos Beni-tes Machuca, a efecto de notifi carle la resolución N° 10 de fecha 24 de julio del año 2018 y la resolución N° 11 de fecha 04 de octubre del año 2018, por la que: Res. 10: SE RESUELVE: 1. ABSOLVER a doña Gregoria Abrigo Luque, doña Ángela Aguilar Salinas, doña Lida Pastora Barrios Sánchez, don Oscar Cahuana Cahuana, doña Karina Can-sino Roque, doña Estela Ccapa Taipe, doña Shila Cordero Miranda, doña Bárbara Cornejo Cornejo, don Miguel Co-ronel Quispillo, don Jorge Delgado Alcázar, don Rafael Fernández Ríos, doña Raquel Herrera Gonzales, doña Jessica Malea Saavedra, doña Anabel Mamani Machaca, doña Jessika Márquez Valencia, doña Paola Pinto Paz, don Oscar Salas Gallegos, doña Maritza Salomón Núñez, don Franklin Tejada Alarcón, doña Priscilla Jane Abril García, don José Luis Guillén Vilca, don Manuel Luna Choque-pata, doña Marisol Salazar Linares, don Gabriel Salazar Zela y don Miguel Valdés Copa, en sus actuaciones como servidores(as) jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, del cargo atribuido en su contra mediante resolución N° 01, de fecha 15 de junio del año 2017 (folios 94 a 98). 2. INFORMAR al señor Magistrado encargado de la Unidad de Califi caciones y/o Investiga-ciones de la ODECMA, en el siguiente sentido: 2.1. OPINO porque: - SE SANCIONE a los(as) servidores(as) judiciales investigados(as), don Carlos Benites Machuca, don Rodny Centeno Núñez, doña Blanca Hilasaca Olivares, don Cle-

ni Huamaní Concha, don Elvis Muñoa Alaluna, don José Núñez Muñoz, don Jhon Pacheco Pacheco y don Omar Villena Carpió, en sus actuaciones como servidores(as) ju-risdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa, del cargo atribuido en su contra mediante resolución N° 01, de fecha 15 de junio del año 2017 (folios 94 a 98); en consecuencia, SE IMPONGA la medida disciplinaria de amonestación verbal a los investigados, salvo mejor parecer. 3. SE DISPONE notifi car la presente resolución y se remita el expediente al señor Magistrado encargado de la Unidad de Califi caciones y/o Investigaciones de la ODECMA. : Res. 11: SE DISPONE: REHACER el acto de notifi cación al servidor judicial antes citado, con la re-solución Nro. 10, y estando a que mediante Ofi cio Nro 086-2018-JPLA-CSJA, se hace conocer a este órgano de control que el servidor judicial Carlos Benites Machuca no viene laborando en el Juzgado de Paz Letrado de Acari dado que el mencionado servidor judicial, se encuentra como no habido, al haberse ordenado prisión preventiva en su contra y ordenes de captura a nivel nacional por dicho Juzgado; efectúese la notifi cación en su domicilio real que aparece en su fi cha de RENIEC y por edictos. Arequipa, cuatrd de octubre del año dos mil dieciocho.- (24-25-26 octubre)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 03583-2012-0-0401 -JR-LA-05, seguido por RIGOBERTO RUIZ CAMAN, en contra de la OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, sobre acción conten-cioso administrativa; La Señora Jueza del Quinto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención del Especialista Legal Leonel Antonio Zegarra Palo, por resolución número veintisiete, de fecha veintisiete de septiembre del dos mil dieciocho, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A LOS SUCESO-RES DEL FALLECIDO RIGOBERTO RUIZ CAMAN a efecto de que comparezcan a proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- Extracto de Resolución N° 27: Arequipa, veintisiete de septiembre del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: SE RESUELVE: 1) SUSPENDER el proceso por el plazo de TREINTA DIAS, a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del demandante que en vida fue RIGOBERTO RUIZ CAMAN, bajo apercibimien-to de nombrárseles curador procesal. 2) DISPONER que se efectúen las notifi caciones por EDICTOS, la parte reso-lutiva de la resolución veintisiete, debiendo tenerse pre-sente lo dispuesto en el artículo 167° del Código Procesal Civil, para tal efecto cúrsese ofi cio a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; disponiéndo-se, la notifi cación de la presente en el domicilio real que fuera del demandante. 3) Remítase ofi cio a la Ofi cina de la ZONA REGISTRAL N° XII, SEDE AREQUIPA, con el objeto de solicitar se sirva informarnos si existe testamento o su-cesión intestada respecto del causante RIGOBERTO RUIZ CAMAN; y de ser el caso, nos remita copia certifi cada de la misma. Disponiéndose, la notifi cación de la presente en el domicilio real que fuera del demandante. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Jueza, Doctora FERNANDEZ GUTIERREZ SENEN JANETT ESPECIALISTA LEGAL , Leonel Antonio Zegarra Palo.- (24-25-26 octubre)

EDICTO DE ABANDONO DE MENOR

Ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señorita Juez Supernumeraria Karina Zarate Huillca, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis E. Alvarez Cáceres, se viene tramitando el Proceso Tutelar N° 000113-2018-0-1003-JM-FT-01., seguido a favor de la menor ESVILDA CCAHUAYA QUISPE, de 15 años de edad, sobre Abandono Moral y Material, para efecto de RECEPCIONAR la declaración de la demandada MARLENY QUISPE AMAU, para el día MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUE-VE DE LA MAÑANA, acto que tendrá lugar en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la provincia de Acomayo, para cuyo fi n notifíquese a la referida demandada, mediante edictos judiciales en el diario judicial de Cusco y Arequipa, así como en la tablilla del Juzgado; es lo que se pública para los fi nes pertinen-tes de ley.- 3.Vz. Acomayo, 01 de octubre del 2018. (24-25-26 octubre)

Expediente N° 819-2018-50-JR-PE-01 Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata Juez: Francisco Palo-mino Cárdenas Especialista Judicial de Juzgado: Eva B. Canahuire Abarca. Se NOTIFICA al acusado HIRBIN FER-NANDEZ TUESTA, con la Resolución N° 05 de fecha 09 de octubre del 2018, a efecto de que ASISTA a la Audiencia Única de Juicio inmediato, programada para el DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑA-NA ÍHORA EXACTA], en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata, sito en el 2do piso de la Av. Ernesto Rivera N° 720 de Puerto Maldonado; dispuesto en el Proceso Penal N° 819-2018-50 seguido en contra Hirbin Fernández Tuesta y otro, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado en agravio de Emerson Manuel Luna, bajo apercibimiento que en caso de inasistencia injustifi cada del acusado de ser declarado

Page 7: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

reo contumaz y disponerse su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Perú a nivel nacional en caso de inconcurrencia.- Puerto Maldonado, 15 de octubre de 2018.- (24-25-26 octubre)

Expediente: 3421-2018 Secretario: JORGE SANDOVAL ARENAS. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado-ubicado en la calle Alfonso Ligarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifi que a la agraviada MELANIA DENISSE HUAYNA VERA con la resolución N° 01. III. PARTE RESOLUTIVA: Por lo ex-puesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de RONALD PAREDES CHOQUE; por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MELANIA DENISSE HUAYNA VERA. 2) DICTAR MANDATO DE COM-PARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada RONALD PAREDES CHOQUE. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada RONALD PAREDES CHOQUE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular MELANIA DENISSE HUAYNA VERA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibi-miento de dictar su desistimiento tácito en caso de in-concurrencia.. Tómese razón y hágase saber. Arequipa, 14 de setiembre del 2018.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 05573-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte agraviada CARMEN MARIA CHAMBI MAMANI. Con la siguiente resolución N° 04-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada CARMEN MARIA CHAMBI MAMANI; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la mo-dalidad de lesiones dolosas seguido en contra de JUAN LUCIANO MAMANI SUAÑA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 03987-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRA-DO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte agraviada MADHELUZ WILMA PRADA APAZA. Con la siguiente resolución N° 04-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DE-SISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada MADHELUZ WILMA PRADA APAZA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de HERLINDA ANA SALAZAR ZUÑIGA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el pre-sente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edic-tos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 03386-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRA-DO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Le-trado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dis-puesto se notifi que a la parte agraviada ANA LORENA CA-BANA MESICANO. Con la siguiente resolución N° 05-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ANA LORENA CABA-NA MESICANO del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de FERNANDO MIGUEL VEGA LOPEZ Y BLANCA CECILIA SULIO MACHACA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 04670-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALSIN 5° JUZGADO DE PAZ LETRA-DO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz

Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte imputada- agraviada ALONDRA QUISPE QUISPE. Con la siguiente resolución N° 03-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada FLAVIA MAMANI HINOJOSA, RUFINA QUISPE FLORES Y ALONDRA QUISPE QUISPE; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de FLAVIA MAMANI HINOJOSA, RUFINA QUISPE FLORES Y ALONDRA QUISPE QUISPE; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolu-ción deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 00434-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pa-lacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte imputada YOVANY CRISTIAN ZEVALLOS JUANDI. Con la siguiente resolución N° 07-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1)TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada RICHARD TELESFORO RONDAN CUTIPA, LUCIA NARCI-SA PARI AQUINO, ERIKA CRISLEY RONDAN PARI, JENNY ROCIO MURILLO CAHUANA Y CINDY ANGELICA DURAN MURILLO JUANDI; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de RICHARD TELESFORO RONDAN CUTIPA, ERIKA CRISLEY RONDAN PARI, EVELYN RONDAN PARI, JENNY ROCIO MURILLO CAHUANA Y YOVANY CRISTIAN ZEVALLOS JUANDI; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 01750-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Genaro Huayna Romero y Sofía Angélica Tejada García con la siguiente resolución N° 06 Parte resolutiva. RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVISIO-NALMENTE las actuaciones en torno al proceso seguido, en contra de GENARO HUAYNA ROMERO, en agravio de SOFIA ANGELICA TEJADA GARCIA; por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones por violencia fami-liar; dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente y necesario (conforme lo señalado al segun-do considerando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDIDAS DE PROTECCION emitidas por el Tercer Juzgado de Familia (conforme lo señalado al tercer considerando). TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 05480-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : RAUL RAMOS PEREZ 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letra-do ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dis-puesto se notifi que a la parte JOHANA LIDIA ITO QUISPE. Con la siguiente resolución N° 04-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada JOHANA LIDIA ITO QUISPE; del presente proceso por Faltas Contra el patrimonio en la modalidad de hurto seguido en contra de JUAN CARLOS VIERA RO-DRIGUEZ; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENE-CIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 04436-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comi-sarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte agraviada RUTH OCORURO CHANCAYAURI. Con la siguiente resolución N° 04-2018. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada RUTH OCORURO CHANCAYAURI; del presente proceso por Faltas Contra el patrimonio en la modalidad de hurto seguido en contra de JORGE LUIS MOGROVEJO ARONI; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECI-DO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE : 02219-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisa-rías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Pala-

cio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comi-saría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte imputada ALEXIS SERGIO PONGO SOTO. Con la siguiente resolución N° 06-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE al agraviado YA-NETH QUISPE HUARACAYO; del presente proceso por Fal-tas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de ALEXIS SERGIO PONGO SOTO; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el pre-sente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (24-25-26 octubre)

EXPEDIENTE: N° 6255-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte agraviada CARLOS TRUJILLO HUACHO con la RESO-LUCION NUMERO UNO de FECHA diecisiete de setiembre del dos mil dieciocho : QUE RESUELVE: SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada CARLOS TRUJI-LLO HUACHO del presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Culposas; en con-secuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber.ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 24-25-26 de octubre de! 2018

EXPEDIENTE: N° 6542-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO – RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” EL SE-ÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte agraviada SONIA GUEVARA MONTIEL con la RESO-LUCIÓN NUMERO UNO de FECHA diecisiete de setiembre del dos mil dieciocho : QUE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por ANALUCIA LOPEZ CAHUANA y SONIA GUEVARA MONTIEL por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- - ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 24-25-26 de octubre de! 2018

EXPEDIENTE: N° 6048-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUE-VA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte IMPUTADA YAN ESCALANTE HOLGUIN con la RESOLUCIÓN NUMERO UNO de FECHA uno de agosto del dos mil dieciocho : QUE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de YAN ESCALANTE HOL-GUÍN; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO FÍSICO, conforme a lo previsto el artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Códi-go Penal, en agravio de JOSÉ RAMIRO CASTILLO PÉREZ. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada YAN ESCALANTE HOLGUÍN. 3) FIJAR fecha para la reali-zación de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA DÍA VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE CON TREINTA HORAS <09:30 A.M.): en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberá asistir: La parte imputada Jl YAN ESCALANTE HOLGUÍN, con sus abogados defenso-res, bajo apercibimiento de ordenar sus comparecencias por medio de la fuerza pública en caso de inconcurren-cia: y la parte agraviada constituida en querellante par-ticular JOSÉ RAMIRO CASTILLO PÉREZ, deberá concurrir con abogado defensor bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola se-sión (de ser posible), por ello, los abogados deberán con-currir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen convenien-te en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompa-ñados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 24-25-26 de octubre del 2018.- (24-25-26 octubre)

Expediente: 3223-2018 Secretario: JORGE SANDOVAL ARENAS. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado-ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifi que al imputado ANANIAS ANSELMO YUPANQUI MALQUI y al agraviado GUILLERMO ALVAREZ QUISPE con la resolución N° 01. Se DISPONE programar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO ORAL para el TREINTA

Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA: en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal, ubicado en la calle Túpac Amaru N° 464 del Distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ANANIAS ANSEL-MO YUPANQUI MALQUI con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por me-dio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de ofi cio; y el agraviado GUILLERMO ALVAREZ QUISPE. En su calidad de querellante particular, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Proce-sal Penal.Arequipa, 11 de octubre del 2018. (24-25-26 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-10395-0 (Imputado) RUDY JHON BARRIOS CORNE-JO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado NAIRA VALENTINA RPTA. VIOLETA JACKELINE ALARCÓN DELGADO, NOTIFICACION, SE RE-PROGRAMA PARA EL 31 DE OCTUBRE 2018, A HORAS 14:00, SALA UNO; BAJO APERCIBIMIENTO DE IMPONERSE MULTA Y/ O PONERSE EN CONOCIMIENTO DEL SUPERIOR U OFICINA DE CONTROL, EN CASO DE INASISTENCIA.- ; Secretario: Fernández.- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-9639-0 (Imputado) JOSÉ TELMO GUTIÉRREZ LLERE-NA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Menor de edad de iniciales R. J. G. C. representada por su madre Judith Marleni Cueva Gar-cía, NOTIFICACION, 03-2018 de fecha 15-10-2018.Se programa fecha para audiencia de incoación de proceso inmediato para el 30-10-2018 a las 14:30 Hrs. en la Sala de Audiencias N° 01, del Módulo Penal de Sede de Corte. ; Secretario: Díaz .,- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3737-16 (Imputado) LEONCIO CHAÑI CCAHUANA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FA-MILIAR, agraviado SABINA CARRILLO CHOQUE, DILIGEN-CIA 31-10-2018, 10:00 A.M., Sala 1, ; Secretario: Belizario .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1678-31 ALVARO JOSE CRUZ CRUZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Marian Cruz Centeno, DILIGENCIA 15-11-2018, 10:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (26-29-30 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-173-49 NICOLASA LLANOS QUISPE , delito HO-MICIDIO CULPOSO, agraviado LIVIA AGUSTINA ARROSPI-DE VDA. DE DURAN , DILIGENCIA 23-11-2018, 11:00 AM., Sala 2, ; Secretario: Huerta .- (26-29-30 octubre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-113-0 (Imputado): JEFERSON OMAR CONTRERAS O JOSÉ LUIS ALCAHUAMÁN QUISPE. , delito AMOTINA-MIENTO, agraviado EL ESTADO PROCURADOR PÚBLICO INPE, NOTIFICACION, RES. 36-2018, VISTO EL NUEVO RE-QUERIMIENO DE ACUSACIÓN: TRASLADO POR EL PLAZO DE 10 DÍAS, SE NOMBRA ABOGADO ROGGER FLORES CHANCAYAURI DE IMPUTADO. ; Secretario: Almanza .- (26-29-30 octubre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4300-051 (Imputado) ELIZABETH JUANA ZAPACA-YO ZAPANA , delito TRATA DE PERSONAS, agraviado PER-SONA INICIALES A.M.Q.LL., NOTIFICACION, SE PROGRA-

MA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 30 DE NOVIEMBRE 2018, A HORAS 08:0, SALA TRES; BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INASIS-TENCIA SE HAGA CONOCIMIENTO CONTROL E IMPONGA MULTA, A LAS PARTES INASISTENTES.- ; Secretario: Fer-nández .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5029-0 (Imputado) FIDEL RENA-TO DIAZ MEZA Y ANABEL GAUDI SALAS PALMA, delito AGRESIONES CONTRA LA MUJER O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR , agraviado FIDEL RENATO DIAZ MEZA Y ANABEL GAUDI SALAS PALMA, DILIGENCIA 30-10-2018, 11:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Cossío .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1133-37 (Imputado)SIMON ELISBAN ASQUI VELASQUEZ, delito VIOLACIÓN DE DOMICILIO, agraviado ANDREA QUISPE TICONA, DILIGENCIA 2018-10-30, 11:00 AM., Sala de Audiencia del Juzgado, AUDIEN-CIA DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO SOLICITA-DO POR LA FISCALIA PROVINCIAL PENAL DE HUNTER ; Secretario: SONCCO .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-6458-11 (Imputado)BETO MATEO CHISE CHISE, delito HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES GRAVES, agraviado FABIOLA MURILLO MANRIQUE Y RO-CIO CHAVEZ VALDIVIA , DILIGENCIA 25-10-2018, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, AUDIENCIA DE CESE SECUESTRO CONSERVATIVO ; Secretario: SONCCO .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-02416-67 notifi car al sen-tenciado GUILLERMO SATURNINO VILCARANA CHACON; , delito Hurto Agravado; , agraviado empresa gold pig sac, NOTIFICACION, NOTIFICAR CON LA RES. 04-2018.- AL PRINCIPAL, al pedido presentado por la parte agraviada, téngase por apersonada al proceso a Verushka Marcela Chávez Ortega, como representante de la empresa agra-viada AGROPECUARIA GOLD PIG SAC, en merito a la vi-gencia de poder adjunta que obra en el incidente de eje-cución -95-. AL PRIMER OTROSI, téngase por nombrado al letrado que suscribe, por variado su domicilio procesal sito en la Calle Siglo XX N° 120, C.C. LA Gran Via N° 415, Cercado de Arequipa y por consignada su casilla electró-nica N° 35117. AL SEGUNDO OTROSI, al pedido de reque-rimiento de pago, SE DISPONE: REQUERIR al sentenciado GUILLERMO SATURNINO VILCARANA CHACON, cumpla en el PLAZO DE CINCO DÍAS con cancelar el pago de la re-paración civil en la suma de S/. 5, 500.00 soles, conforme se ha dispuesto en la Sentencia N° 114-2018-1JPUCC de fecha tres de abril del dos mil dieciocho; al pedido de au-torización de endose de depósito, estese a la resolución tres que precede. Asimismo póngase en conocimiento del Ministerio Publico a efecto de que proceda conforme a sus atribuciones. ; Secretario: PRIETO.- (26-29-30 octu-bre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-1964-29 DAVID ARIAS HUA-CHACA ROMILO MELECIO ZAPANA GUTIERREZ, VANESSA VARA YANQUE., delito , agraviado ARIAS HUACHACA, DAVID, ZAPANA GUTIERRES, ROMILIO MELECIO, VARA YANQUE, VANESSA, VALDIVIA SARAYASI, ODIN LEYDER, SARAYASI PACSI, EMITERIO, SARAYASI PACSI, LUIS ALBER-TO, SARAYASI RAMOS, JHON W, NOTIFICACION, Del pedi-do de Constitución de Actor Civil: Que para los efectos de la acción reparadora en el proceso penal a favor del Estado - Ministerio del Interior, por los daños y perjuicios producidos por el delito investigado, de conformidad al considerando ; Secretario: Valdivia .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-5515-69 NOTIFICAR A SAMANEZ PUMA BELTRAN , delito DESOBEDIENCIA Y RE-SISTECIA, agraviado , DILIGENCIA 19-11-2018, 11:30, Sala 1, Resolución Nro.1 Arequipa, dos mil dieciocho Setiem-

Page 8: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018

bre, diecisiete AL PRINCIPAL.- Visto el Requerimiento de Acusación que antecede, se corre TRASLADO por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, por tanto notifíquese a las partes procesales que hayan fi jado su casilla elec-trónica, sin perjuicio de ser notifi cados en sus domicilios procesales y reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Pe-nal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: CUARTO.- Todo ello permite establecer de que el señor Beltrán Samanez Puma no ha sido debidamente notifi cado con el requerimiento escrito Acusatorio, me-nos con la resolución por el cual se corrió traslado con-forme el Art 350 del Código procesal penal por el plazo de 10 días para que Beltrán Samanez Puma haga valer su derecho, por lo que se reprograma la presente audiencia de control de Acusación en la presente causa para el día 19 de Noviembre del 2018 a horas 11:30 minutos en la sala de audiencias del primer juzgado de investigación preparatoria de cerro colorado. Así mismo dispongo que se notifi que la presente resolución a Beltrán Samanez Puma, adjuntando el requerimiento escrito de Acusación otorgándose el plazo de 10 días para que haga valer su derecho conforme a Ley. ; Secretario: CCORAHUA .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. --0 ALFREDO ALISAN MAMANI PARICAHUA, delito Omisión a la Asistencia Familiar, agra-viado menor GGMC, DILIGENCIA 13-11-2018, 12:30, Sala 5, DE OFICIO: Habiéndose cumplido el plazo otorgado al Sentenciado ALFREDO ALISAN MAMANI PARICAHUA Requiérase al mimos para que acredite el cumplimiento de las reglas de conducta entre ellas la reparación civil, conforme se le ha requerido en la resolución cuatro del veintidós de agosto del año en curso por lo que SE SE-ÑALA fecha para la Audiencia de Ley, el próximo 13 DE NOVIEMBRE DEL 2018, A LAS 12:30 HORAS, en la Sala de Audiencias N° 05 del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en Calle Alfon-so Ugarte Nro. 119, Cerro Colorado; en consecuencia, SE ORDENA notifi car a las partes procesales para que concu-rran a la audiencia: 1) Al abogado defensor, bajo apercibi-miento de imponerse una MULTA de una URP en caso de inasistencia; 2) Al Ministerio Público, para que cumpla con oralizar el requerimiento formulado, bajo apercibimiento de desestimarlo en caso de inasistencia. 3) Al agraviado, cuya asistencia es facultativa; y 4) Al sentenciado ALFRE-DO ALISAN MAMANI PARICAHUA, para que acredite o cumpla con el pago de la reparación civil dispuesta en la sentencia, debiendo tener presente que se harán efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución anterior y se le revocará la suspensión de la pena, y en lugar de ella, disponer el cumplimiento de la pena en forma efectiva en el Penal de Varones de Socabaya, con cuyo fi n se dis-pondría su captura a nivel nacional para su internamiento Notifíquese además vía Edicto; Secretario: Valdivia .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CE-RRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-6366-60 MARIA CCAMA FLO-RES, AUGUSTO, DELIA ANGELICA ZAPANA CHURA, DAVID ARIZACA PAPAZA, GIL ROSARIO ZAPANA HUARICALLO, AGRIPINA APAZA CHAMBI, MARCELINO ARIZACA HUI-SA, GABRIEL AMERICA QUISP KAN, LEONCIO GREGORIO CHAMBI KANA, LEONCOO GREGARIO CHAMBI TICONA, FILOMENO MERCANO BARRIOS, JANETH JUDITH TORRES MAMANI, SADOT LEON HUACASI PARQUEI, JASMIN CHO-QUE APAZA, ESTHER MAMANI PARI, HILARIO MACHACA PAREDES Y CRISTINA PANCA DE APAZA CELIA MELO MAMANI, ABRAN BENITO PAREDES., delito USRUPACION, agraviado ASQUI HUARACHA, VIDAL, CCAHUANA ALEN-CASTRE, LUZ MARIA, MAMANI TARIFA, JOSE, CHAVEZ FALCON, RICHARD, CHAVEZ GUZMAN, MARCO AURELIO, MENDIZABAL MAMANI, ROSA AURELIA, PINEDA MOLINA, TEODORO, DE, DILIGENCIA 29-10-2018, 09:15 AM, Sala 2, ACTA DEL 19-10-2018 Dispone la CONTINUACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA, esto con la conformidad de dispo-nibilidad de las partes para la realización de la audiencia, PARA EL 29 DE OCTUBRE DEL 2018 A LAS 09:15 a.m., a llevarse a cabo en esta sala de audiencias del Tercer Juz-gado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, subsistiendo los mismos apercibimientos, reiterando que en caso de inasistencia del Ministerio Público se pondrá a conocimiento de su órgano de control y las defensas privadas de ser subrogados y designarse defensor públi-co, y del defensor público de ponerse a conocimiento de la Ofi cina de Coordinación del Ministerio de Justicia. Las partes quedan notifi cadas en este acto.; Secretario: Valdi-via .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CE-RRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes proce-

sados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-4549-59 (Imputados) CELSO SURE HUAMANI y ESTEBAN HUAMANI TAIPE , delito fal-sedad genérica, agraviado Wiltron Tunquipa Quispe, DILI-GENCIA 08-01-2019, 12:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, SE SEÑALA FECHA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 08 DE ENERO DE 2019 A LAS 12:00 HORAS, en la sala de audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, sito en la calle Alfonso Ugarte 119, Cerro Colorado; Secretario: RIVERA .- (26-29-30 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-10444-0 notifi car a la agraviada JO-VITA BALTAZAR ROJAS;, delito Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del grupo Familiar;, agraviado Jovita Baltazar Rojas , DILIGENCIA 27-11-2018, 10:00, Sala de Audiencia, notifi car con el requerimiento de acusación y la RES. 01-2018.- Visto el Requerimiento de Acusación Directa presentado por el representante del Ministerio Público que antecede, se corre TRASLADO por el plazo perentorio de diez días hábiles, por tanto notifíquese a las partes procesales que hayan fi jado su domicilio procesal, sin perjuicio de ser notifi cados en sus domicilios reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Pro-grámese la AUDIENCIA DE ACUSACIÓN DIRECTA para EL DÍA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIE-CIOCHO, A LAS 10:00 HORAS DEL DIA, diligencia que se llevará a cabo en el Local del Primer Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado de Cerro Colo-rado), con la presencia obligatoria del Fiscal Provincial en lo Penal a cargo del caso, la Defensa Técnica de la parte acusada y la parte acusada, bajo apercibimiento en caso de inasistencia, del representante del Ministerio Público y del defensor de ofi cio de remitirse copias a su Órgano de Control, de la Defensa Técnica privada, de imponerle mul-ta de una Unidad de Referencia Procesal y/o ser subroga-do y llevarse a cabo la audiencia con Defensor Público, del acusado de llevarse a cabo un el defensor de ofi cio, que a efecto de no vulnerarse su derecho de defensa del acusado PEDRO EDWIN NINA HUARCA y de acuerdo a lo previsto por el artículo 80° del Código Procesal Penal, se le nombra como defensa técnica a la abogada defensora pública Jesica Nair Luna Santa Cruz. BAJO APERCIBIMIEN-TO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CA-MANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-424-0 (Imputado) VICENTE MOLLO CHOQUEHUANCA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSA-CION, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado CEFEERINA CONDORI LUQUE, DILIGENCIA 08-11-2018, 1545, Sala 1, ; Secretario: Suarez .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CA-MANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-418-0 (Imputado) MARCOS FLORES CCACYA EL MINISTERIO PUBLICO HA FORMULADO RE-QUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA POR EL HECHO OCURRIDO EL DIA 27 DE JULIO DEL 2017 A HORAS 14:30 CUANDOLA DENUNCIANTE SE ENCONTRABA HABLAN-DO POR TELEFONCO CON SU HERMANA MAYOR Y LE ESTABA CONTANDO DE LAS AGRESIONES SUFRIDAS, A LO QUE EL DENUNCIADO IMPIDE QUE SIGA HABLANDO QUITÁNDOLE EL CELULAR, PROCEDIENDO EL DENUNCIA-DO A INSULTAR DICIENDO “QUE E¡MIERDA VALES TU ... TE VOY A BOTAR DE LA CASA Y EMPEZÓ A DARLE PUÑETES EN DIFERENTES PARTES DEL CUERPO, LLEGANDOLA A PATEAR EN EL SUELO REQUIRIENDO 01X04 DÍAS DE IN-CAPACIDAD MÉDICO LEGAL, POR LO QUE SOLICITA SE LE IMPONGA UNA PENA DE 01 AÑO Y 04 MESES DE PPL. EECTIVA E INHABILITACION CONFORME EL ART. 36 Y UNA REPARACION CIVIL DE s/.1,000.00, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado VICTORIA LLOCLLA CHOQUEHUANCA, NOTIFICACION , , , MEDIANTE RESOL 02-2018 SE HA CONVOCADO AUDIENCIA DE ACUSA-CION DIRECTA PARA EL DIA 12 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 15:15 LA MISMA QUE SE LLEVARÁ A CABO EN LA SALA UNO DEL MODULO PENAL DE CAMANA. JR. COMERCIO NRO. 140 CERCADO ; Secretario: Suarez .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su

contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2011-115-87 SE CITA A LA SUCESION DE Q.E.V.F JULIO CESAR LÓPEZ GÓMEZ A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PRO-GRAMADA PARA EL DIECINUEVE DE MARZO DEL 2019 A HORAS 15:00 EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CAMANÁ DEBIENDO APERSONARSE A JUICIO O NOMBRAR CURADOR PROCESAL Y LA DEFENSA DEBE ALCANZAR DIRECCION O DOMICILIO REAL DONDE NO-TIFICAR EN EL PLAZO DE QUINCE DIAS, BAJO RESPON-SABILIDAD, delito USURPACION AGRAVADA, agraviado SUCESION DE Q.E.V.F JULIO CESAR LOPEZ GÓMEZ, DILI-GENCIA 19-03-2019, 15:00 HORAS, Sala 1, BAJO RESPON-SABILIDAD; Secretario: Ninasivincha .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pon-gan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-181-50 (Imputado)JAK RUSO RABORG RODRIGUEZ , delito RECEPTACION, agraviado David Gutberto Mama-ni Soncco, DILIGENCIA 21 de marzo 2019, 8:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya .- (26-29-30 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pon-gan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-444-55 (AVELINO EVER RUPAYLLA GUTIERREZ) , delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INCIALES D.P.Q., DILIGENCIA 06-03-2019, 14.00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APER-CIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVI-SIONAL DEL PROCESO; Secretario: Chacondori .- (26-29-30 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDRE-GAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-7874-0 (Imputado) ALEJO SAVINA CASQUINA. Se programa audiencia de control de acusación., delito agresión en contra de las mujeres, agraviado Hilda Ze-ballos Supanta, DILIGENCIA 27-11-2018, 11.00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Hernández .- (26-29-30 octubre)

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-7891-0 (Imputado) FELI-PE MARIO QUISPE CHUQUIPALLA; Se le notifi ca con parte de la resolución Nro. 06-2018 dictada en el acto de au-diencia de fecha 03 de Octubre de 2018:SE RESUELVE: 1) Declarar PROCEDENTE la INCOACIÓN DE PROCESO INME-DIATO formulada por el Ministerio Público en contra de FELIPE MARIO QUISPE CHUQUIPALLA con DNI 43140542; en su calidad de AUTOR de la presunta comisión de los delitos Contra la Seguridad Pública en su modalidad de Peligro Común sub tipo de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, ello regulado en el artículo 274 primer párrafo del Código Penal en agravio del Estado representado por el Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones; 2) IMPONER como medida de Coerción per-sonal la de comparecencia simple contra el procesado; 3) DISPONER que el Ministerio Público en el plazo de 24 horas, bajo responsabilidad, formule su requerimiento acusatorio para remitir los actuados a la sede correspon-diente. Regístrese y notifíquese. , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado la sociedad, NOTIFICACION , , , RES 06-2018 ; Secretario: CANO .- (26-29-30 octubre)

CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2685-65 Karla Verónica Moquillaza Velasco (Agraviada) , delito Lesiones Graves, agraviado KARLA VERONICA MOQUI-LLAZA VELASCO, NOTIFICACION, Resolución N° 12: Se convoca a audiencia de apelación de sentencia a llevarse acabo el 10-12-2018, a las 10:00 en la Sala de Audiencias N° 08 (quinto piso) del Módulo Penal. ; Secretario: Arias .- (26-29-30 octubre) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITO-RIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4968-21 Imputados: LENNIN PFOCCORI PACCO y SULMA MEDINA JARA, delito LESIONES LEVES AGRAVADAS POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR DE INICIALES T.E.C.M REPRESENTA-DA POR WILMA MEDINA JARA, DILIGENCIA 08-11-2017,

10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, RESOLUCIÓN N° 06: MEDIANTE LA CUAL SE REPROGRAMA LA AUDIEN-CIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A LAS 10:00 A.M, EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPA-RATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, UBICADA EN LA CALLE ALFONSO UGARTE 119 CERRO COLORADO AREQUIPA, DILIGENCIA A LA QUE DEBERÁN DE CONCU-RRIR EN FORMA OBLIGATORIA LOS ACUSADOS LENNIN PFOCCORI PACCO y SULMA MEDINA JARA, BAJO APERCI-BIMIENTO DE LLEVARSE A CABO LA MISMA CON DEFEN-SOR PUBLICO ; Secretario: Zegarra .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5380-12 (Imputado) JULISSA KATHERINE CHUMPI-TAZ CUZCANO, delito FRAUDE INFORMATICO, agraviado ROMINA ROUVIROS ARCE, DILIGENCIA 10-12-2018, 11:00 HORAS, Sala 1, ; Secretario: Valero .- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-10158-0 (Imputado) YULIANA TORRES MONTERO-LA, delito Auto aborto, agraviado La Sociedad, DILIGEN-CIA 27-11-2018, 12:30, Sala 1, ; Secretario: Rosa.-- (26-29-30 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2012-3207-42 EPAMINONDAS BARBOZA BERNUY, delito LIBRAMIENTO INDEBIDO , agraviado EMPRESA L&A REPRESENTACIONES E.I.R.L., DILIGENCIA 2018-11-14, 12:30 P.M., Sala 2, ; Secretario: Huerta .- (26-29-30 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3207-42 EPAMINONDAS BARBOZA BERNUY , delito LIBRAMIENTO INDEBIDO , agraviado EMPRESA L&A REPRESENTACIONES E.I.R.L., DILIGENCIA 2016-10-24, 12:30 A.M. , Sala 2, ; Secretario: Huerta .- (26-29-30 octubre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4323-0 (Imputado) RODOLFO DIMAS VALDEZ AGUILAR, delito VIOLACION DE LA LIBERTAS SEXUAL DE MENOR DE EDAD, agraviado C.D.CC.C, DILIGENCIA 27-11-2018, 08:30, Sala 3, ; Secretario: Rosa .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-05296-69 notifi car al imputado JORGE MIGUEL BOMBILLA BOMBILLA; , delito Hurto Agravado;, agraviado Grifo FOCAR Combustible S.R.L. , DILIGENCIA 29-11-2018, 09:00, Sala de Audiencia, NOTIFICAR CON EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION Y LA RES. 01-2018.-Visto el Requerimiento de Acusación pre-sentado por el representante del Ministerio Publico que antecede, se corre TRASLADO por el plazo perentorio de diez días hábiles, por tanto notifíquese a las partes proce-sales que hayan fi jado su domicilio procesal, sin perjuicio de ser notifi cados en sus domicilios reales, para los efec-tos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: Prográmese la AUDIEN-CIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para EL DÍA VEINTINUE-VE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS 09:00 HORAS DEL DIA, la misma que, conforme a la nor-ma adjetiva antes mencionada, es de carácter inaplaza-ble, conforme a lo establecido en el inciso 1) del artículo 85 del Código Procesal Penal, diligencia que se llevará a cabo en el Local del Tercer Juzgado de Investigación Pre-paratoria de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado de Cerro Colorado), con la presencia obligatoria del Fiscal Provincial en lo Penal a cargo del caso, la Defensa Técnica de la parte acusada y del acusado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia, del representante del Ministerio Público de remitirse co-pias certifi cadas a su órgano de control, en caso de inasis-tencia de la Defensa Técnica de imponerle multa de una Unidad de Referencia Procesal y/o ser subrogado y llevar-se a cabo la audiencia con Defensor Público, del acusado de llevarse a cabo la audiencia con el Defensor Público JOSE ADRIAN QUISPE VALVERDE. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Se-

cretario: PRIETO .- (26-29-30 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6160-38 SABINO ELOY MAMANI CHINO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado CHAMBI CHAMBI VIC-TORIA FLORA, NOTIFICACION, CON FECHA 25.09.2018 EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MBJ PAUCARPATA ASUMIO COMPETENCIA PARA LA EJECUCION DE SENTENCIA. ; Secretario: Figueroa .- (26-29-30 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CA-MANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-360-0 (Imputado) MIGUEL ANGEL HUAYTA JAJIA, delito LESIONES LEVES A MENOR DE EDAD, agraviado BRIGIDA SALOME TAMAYO VARGAS, DILIGENCIA 29-10-2018, 15:45, Sala 1, ; Secretario: Suarez .- (26-29-30 octubre) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-162-20 SE CITA AL ACUSADO LUCIO POMA SINTINCALA A LA AUDIENCIA PROGRAMADA PARA EL 27 DE DICIEMBRE DEL 2018 A HORAS 9:00 EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CAMANÁ, delito AGRESIONES EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado ROSA OCHOA RAMOS, DILIGENCIA 27-12-2018, 09:00 HORAS, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ninasivincha .- (26-29-30 octubre)

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-10125-0 Agraviada: KELI PAOLA BACA ABAL: Se le notifi ca con parte de la Resolu-ción Nro. 01-2018 de fecha 03 de Octubre de 2018.- Visto el Requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato presentado por el representante del Ministerio Público y atendiendo a lo previsto por el Articulo 447 del Código Procesal Penal modifi cado por el D.L. 1194; SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE IN-COACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS, conforme a la norma adjetiva antes mencionada, es de carácter inaplazable y se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Prepa-ratoria de Cerro Colorado, sito en la Calle Alfonso Ugarte Nro. 119 Primer Piso - Cerro Colorado, delito lesiones le-ves por violencia familiar , agraviado Keli Paola Baca Abal, DILIGENCIA 31-10-2018, 11:00, Sala de Audiencia del Juz-gado, ; Secretario: CANO .- (26-29-30 octubre)

QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-3436-26 (Imputado) FLO-RA SANCCA RIVERA, delito CONTRABANDO, agraviado EL ESTADO SUNAT, NOTIFICACION, RESOL 02: SE NOTIFICA POR EL PLAZO DE TRES DÍAS LA SOLICITUD DEL AGRAVIA-DO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, DE CONFORMI-DAD CON EL ART. 102 INCISO 2 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL MODIFICADO POR D. LEGISLATIVO 1307. ; Secreta-rio: HERRERA .- (26-29-30 octubre)

QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-3436-67 (Imputado) FLO-RA SANCCA RIVERA, delito CONTRABANDO, agraviado EL ESTADO SUNARP, NOTIFICACION, RESOLUCIÓN 01: SE NOTIFICA POR EL PLAZO DE TRES DÍAS LA SOLICITUD DEL AGRAVIADO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, DE CONFORMIDAD CON EL ART. 102 INCISO 2 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL MODIFICADO POR D. LEGISLATIVO 1307. ; Secretario: HERRERA .-- (26-29-30 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5210-63 (Imputado) JOSE TULIO BARRUTIA CUA-DROS, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTEN-CIA FAMILIAR, agraviado Ana Gonza Serrano, DILIGENCIA 20-12-2018, 08:00, Sala 1, ; Secretario: Delgado .- (29-30-31 octubre)

Page 9: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6566-14 (Imputado) MICHAEL JONATHAN ORTIZ SALCEDO, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado La Sociedad, DILI-GENCIA 05-12-2018, 10:30, Sala 1, ; Secretario: Delgado .- .- (29-30-31 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4103-54 (Imputado) JULIAN JAVIER DAGA CUELA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado BRAYAN TEOFILO SALAS MUÑOZ, NOTIFICACION, SE CUMPLE CON NOTIFICARLE CON LA RES. NRO 01 LA MISMA QUE LE CONDECE EL PLAZO DE 10 DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350° DEL CPP JUNTO CON EL RQTO DE ACUSACION, SU INTEGRACION Y CONRRECION, A EFECTO DE QUE ABSUELVA DENTRO DEL PLAZO CONCEDIDO ; Secretario: Vargas .- .- (29-30-31 octubre)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-9515-0 NOTIFICAR A RAUL PEDRO CCAYUSI ROJAS PARA QUE CONCURRA A LA AUDIENCIA DE FECHA 17 DICIEMBRE 2018 A LAS 09.00 HORAS QUE SE LLEVARA A CABO EN EL LOCAL DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, LA MISMA QUE TIENE CARACTER DE INAPLAZABLE., delito LESIONES LEVES , agraviado YENNY NATHALIE ROSAS LOPEZ, DILI-GENCIA 17-12-2018, 09.00 HORAS , Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Tapia .- (29-30-31 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-7868-0 (Imputado) GRECIA ESTEFANY QUINO APAZA, delito TRAFICO DE MONEDA FALSA, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 18-01-2019, 08.15 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pon-gan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-247-6 (Imputado) AURELIO PALLANI PUCHURI, deli-to LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado CLAUDIA CHARA MACCARCCO, DILIGENCIA 12-11-2018, 08:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APER-CIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVI-SIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CE-RRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-10701-0 CEFERINO HUAMNA OMONTE, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENORES DE INCIALES JAHM JRHM Y DHM, DI-LIGENCIA 15-11-2018, 12:00, Sala 2, Ante requerimiento del Ministerio Publico el Tercer Juzgado de Investigación emite la Res. 01 Al Principal: Visto el Requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato presentado por el repre-sentante del Ministerio Público y atendiendo a lo previsto por el Articulo 447 del Código Procesal Penal modifi cado por el D.L. 1194; SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO IN-MEDIATO PARA EL QUINCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS DEL MEDIO DIA, confor-me a la norma adjetiva antes mencionada, es de carácter inaplazable y se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, sito en la Calle Alfonso Ugarte Nro. 119 Primer Piso - Cerro Colorado, con la concurrencia obligatoria del Representante del Ministerio Público y de la Defensa de la parte imputada. Bajo apercibimiento en caso de ina-sistencia: (i) del representante del Ministerio Público de remitirse copias a su Órgano de Control, (ii) de la Defensa Técnica Privada, de imponerle multa de una Unidad de Referencia Procesal, sin perjuicio de ser subrogado por el Defensor Público Lucio Toro Ríos, ; Secretario: Valdivia .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CE-RRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les

sigue mediante: Exp. 2017-4671-40 LUIS HUMBERTO QUI-ROZ CABRERA, delito LESIONES LEVES, agraviado ALAVA-RO ALONSO QUISPE SERRANO, DILIGENCIA 15-11-2018, 08:15 AM, Sala 2, LA 1RA FISCALIA PROVINCIAL PENAL 7MO DESPACHO, DRA TANIA GRETA GALLEGOS CALISAYA HA SOLICITADO EN EL PRESENTE PROCESO SE REVOQUE LA PENA SUSPENDIDA Y SE HAGA EFECTIVA. EL 3 JIP C.C EMITE LA RES. 04 Al escrito 121666-2018: Proveyendo el requerimiento de revocación de la suspensión de la pena, formulado por la Fiscalía, y a fi n de resolver lo solicitado conforme lo dispone el artículo 491.2 del Código Procesal Penal: Requiérase al sentenciado QUIROZ CABRERA, LUIS HUMBERTO para que en el termino del tercero día de notifi cado cumpla con las reglas de conducta entre ellas la reparación del daño, cancelando la reparación civil, los días multa, bajo apercibimiento de revocársele la suspen-sión de la pena e imponérsele pena privativa de la liber-tad efectiva; sin perjuicio de ello SE SEÑALA fecha para la Audiencia de Ley, el próximo QUINCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, (15-11-2018) A LAS 8:15 HORAS, en la Sala de Audiencias N° 02 del Segundo Juzgado de In-vestigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en Calle Alfonso Ugarte Nro. 119, Cerro Colorado; en conse-cuencia, SE ORDENA notifi car a las partes procesales para que concurran a la audiencia: 1) Al abogado defensor, bajo apercibimiento de imponerse una MULTA de una URP en caso de inasistencia; 2) Al Ministerio Público, para que cumpla con oralizar el requerimiento formulado, bajo apercibimiento de desestimarlo en caso de inasis-tencia. 3) Al agraviado, cuya asistencia es facultativa; y 4) Al sentenciado QUIROZ CABRERA, LUIS HUMBERTO, para que acredite o cumpla con el pago de la reparación civil dispuesta en la sentencia, bajo apercibimiento de revo-carle la suspensión de la pena, y en lugar de ella, disponer el cumplimiento de la pena en forma efectiva en el Pe-nal de Varones de Socabaya, con cuyo fi n se dispondría su captura a nivel nacional para su internamiento. 5) Es-tando a los diferentes domicilios obrante en autos Noti-fíquese además vía Edictos. Suscribiendo el Especialista Judicial de Causas, desde la fecha por expreso mandato del Señor Juez a cargo del proceso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en el caso de autos.; Secretario: Valdivia .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-9223-0 MARTHA LEONOR PRADO SALGUERO EN REPRESENTACION DE LA MENOR XEAP , delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agra-viado MENOR XEAP , DILIGENCIA 6-11-2018, 12:00, Sala 2, ANTE REQUIRIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO INTER-PUESTO POR EL MINISTERIO PUBLICO EL JUZGADO EMITE RES. 01 Visto el Requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato presentado por el representante del Ministe-rio Público y atendiendo a lo previsto por el Articulo 447 del Código Procesal Penal modifi cado por el D.L. 1194; SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL SEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO (06-11-2018) A LAS DOCE HORAS DEL MEDIO DIA, conforme a la norma adjetiva antes mencionada, es de carácter inaplazable y se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tercer Juz-gado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, sito en la Calle Alfonso Ugarte Nro. 119 Primer Piso - Cerro Colorado, con la concurrencia obligatoria del Represen-tante del Ministerio Público y de la Defensa de la parte imputada. Bajo apercibimiento en caso de inasistencia: (i) del representante del Ministerio Público de remitirse copias a su Órgano de Control, (ii) de la Defensa Técnica Privada, de imponerle multa de una Unidad de Referencia Procesal, sin perjuicio de ser subrogado por el Defensor Público Lucio Toro Ríos, a quien se le notifi cara con los actuados pertinentes a efecto de no vulnerar su derecho de defensa.-(iii) De la Defensa Técnica Publica de poner en Conocimiento de la Dirección de la Defensoría Pública, por su inasistencia sin perjuicio de ser subrogado por otro abogado Defensor Publico, sin perjuicio que el imputado designe defensor privado antes de la audiencia; Se hace de conocimiento a las partes, que en la referida audiencia, pueden instar la aplicación del Principio de Oportunidad, de un Acuerdo Reparatorio o la Terminación Anticipada, según corresponda, para lo cual necesariamente deberá concurrir el investigado. Asimismo, en dicha audiencia la parte agraviada puede solicitar su constitución de actor civil - presentada mediante escrito con antelación a la audiencia - sustentada por letrado autorizado, en caso de inasistencia de letrado o de no solicitar dicha constitu-ción, la pretensión civil será sustentada por el Ministerio Público.-; Secretario: Valdivia .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-2970-43 JOSE VICENTE QUISPE CHOQUEMAMANI, delito

HOMICIDIO CULPOSO, agraviado Cesar Quispe Roque y otros, DILIGENCIA 19-11-2018, 09:00 a.m., Sala de Audien-cia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLA-RADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO -.(29-30-31 octubre)EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3192-53 JUAN CARLOS RUELAS INFANTES, delito DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 21-11-2018, 10:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su con-tra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 834-2018-22 FELIX LEONEL PAREDES LIRA, delito DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD y otro, agraviado El Estado y otra, DILIGENCIA 21-11-2018, 10:20 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 5772-2018-7 DENIS ROBERTO CASTILLO MOSCOSO, de-lito Lesiones Leves, agraviado Celia Coaricona Quispe, DILIGENCIA 21-11-2018, 10:40 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1312-94 (SAMUEL RICARDO ARAGON TONCONI) , delito DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, agra-viado EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL, DILIGENCIA 27-11-2018, 09:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-993-5 JIMMY MOISES PARICAHUA ZAPANA, delito DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD y otro, agraviado El Estado y otro, DILIGENCIA 19-11-2018, 09:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3548-87 (WILBER OMAR QUISPE CASTRO) , delito AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRAN-TES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado HAYDEE ROXANA FLORES PAUCAR, DILIGENCIA 27-11-2018, 10:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4088-15 (CARLOS ALBERTO PAREDES MALAGA) , delito AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTE-GRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado MARIA LUISA ZENTENO QUILLA, DILIGENCIA 27-11-2018, 10:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO

DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3534-29 (LUIS GUILLERMO TORREALVA MOSTAJO) , delito AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRAN-TES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado ROSA SOLEDAD PALERO CACERES, DILIGENCIA 29-11-2018, 09:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2755-10 JESUS GALO HUARCAYA CONDORI) , delito AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRAN-TES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado KAROL LILIANA ME-DINA MORALES, DILIGENCIA 29-11-2018, 09:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3535-22 (JACINTO RENE DIAZ LINARES) , delito AGRE-SIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado IDENIA CRISTINA DEL CARPIO HUANCA, DILIGENCIA 29-11-2018, 10:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Mamani .- (29-30-31 octubre)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCAR-PATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 8549-2017-63 AGRAVIADA MARIA NUÑEZ PUCHO, en contra de Celia Núñez Pucho, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado MA-RIA NUÑEZ PUCHO, DILIGENCIA 08-01-2019, 14:00 HO-RAS, Sala 3, ; Secretario: Arce .- (29-30-31 octubre)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCAR-PATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 100-2018-50 AGRAVIADA EMILIA BLANCA MANRI-QUE MARQUES, POR EL PROCESO SEGUIDO EN CONTRA JORGE SAUL YUCRA LUPE , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado EMILIA MANRIQUE MARQUES, DILIGENCIA 13-08-2019, 9:00 HO-RAS, Sala 3, ; Secretario: Arce.- (29-30-31 octubre)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCAR-PATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 100-2018-50 (Imputado) JORGE SAUL YUCRA LUPE, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado EMILIA MANRIQUE MARQUEZ, DILIGEN-CIA 13-08-2019, 9:00 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIEN-TO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL AR-CHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTEN-CIA; Secretario: Arce .- (29-30-31 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAU-CARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 3292-2018-19 (Imputado) ALEJANDRO FELIX DAVALOS CHURA, delito CONTRA LA FAMILIA OMI-SION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado EVELYN LOPEZ GAYONA, DILIGENCIA 27-11-2018, 9:00 HORAS, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Arce .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CA-MANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos

formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-360-0 (Imputado) MIGUEL ANGEL HUAYTA JAJIA EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PU-BLICO HA PARESENTADO SU REQUERIMIENTO DE ACU-SACION DIRECTA EN CONTRA DEL ACUSADO, POR EL HECHO OCURRIDO EL DIA 09 DE SETIEMBRE DEL 2017 A LAS 19:00 HORAS APROX.EN CIRCUNSTANCIAS QUE LA DENUNCIANTE SE ENCONTRABA EN SU DOMICILIO EL DENUNCIADO INGRESA A SU VIVIENDA EN ESTADO DE EBRIEDAD, A LO QUE LA AGRAVIADA LE INDICÓ QUE SE RETIRE DEL LUGAR Y ÉSTE SE MOLESTA Y LA EMPEZÓ A INSULTAR CON PALABRAS SOECES, PARA LUEGO IR A LA COCINA Y AGARRAR LA SARTÈN DONDE HABÌA ACEITE CALIENTE Y SE LO LANZA A LA AGRAVIADA CAYÈNDO-LE EN SU MANO Y PARTE DEL ROSTRO. POR LO QUE EL CERTIFICADO MEDICO ARROJA 02X08 DÌAS DE INCAPA-CIDAD MÈDICO LEGAL. Y SE LE SOLICITA SE LE IMPONGA UNA PENA DE 01 AÑO Y 04 MESES DE PPP CON EL CA-RACTER DE EFECTIVA E INHABILITACION CONFORME EL ART. 36. Y SE FIJA UNA REPARACION CIVIL DE s7. 2,000.00 EN FAVOR DE LA AGRAVIADA. POR LO QUE MEDIANTE RESOLUCION 01-2018 SE CORRE TRASLADO A LOS SU-JETOS PROCESALES POR EL PLAZO DE DIEZ DÌAS PARA ALOS EFECTOS DEL ARTÌCULO 350 DEL NUEVE CODIGO PROCESAL PENAL., delito LESIONES LEVES POR VIOLEN-CIA FAMILIAR, agraviado BRIGIDA SALOME TAMAYO VAR-GAS, NOTIFICACION , , , MEDIANTE RESOLUCION 04-2018 SE CONVOCA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 15:10, LA QUE SE LLEVARÀ A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIAS NRO. 03 DEL MODULO PENAL DE CA-MANA SITO JR. COMERCIO NRO. 140 CERCA ; Secretario: Suarez .- (29-30-31 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CA-MANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-443-76 (Imputado) JAVIER SIFRONIO LEMOS AREVALO, EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO SOLICITA REQUERIMIENTO DE PRISION PREVEN-TIVA EN SU CONTRA. EL DIA 15 DE JULIO DEL 2017 LA MENOR AGRAVIADA DE INICIALES N.M.P.L (13) LE HA MA-NIFESTADO A SU PROFESORA QUE HABÌA MANTENIDO RELACIONES SEXUALES CON SU ENAMORADO Y OTRA PERSONA MAYOR DE NOMBRE JAVIER LEMOS AREVALO. ASIMISMO LA MENOR EN ENTREVISTA UNICA SEÑALA HABER CONOCIDO EN FEBRERO DEL 2017 A JAVIER SI-FRONIO LEMOS AREVALO Y ESTE LE INVITO A SU HABITA-CIÒN UBICADO EN EL SEGUNDO PISO DEL JR. AGUSTIN GAMARRA 483 Y UNA VEZ DENTRO PROCEDIO A BAJAR-LE SU PANTALON, ECHARLA A SU CAMA Y MANTENER RELACIONES SEXUALES VIA VAGINAL AL FINALIZAR LE HA AENTREGADO CINCO SOLES INDICÀNDOLE QUE IBA SER SU ENGREIDA Y QUE VINIERA MÀS SEGUIDO PARA MANTENER RELACIONES SEXUAL, ASIMISMO ATRAVES DEL WWATSAPP LE HA SOLICITADO QUE LLEVE MAS AMI-GAS A CAMBIO DE ENTREGARLE RELAGOS, RECARGAS Y DINERO. POR LO QUE ES DENUNCIADO POR EL DELITO DE VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD PREVINTO EN EL ARTÍCULO 173 PRIMER PARRAFO NUMERAL 2 DEL C.P. Y POR EL ARTICULO 183-B. POR LO QUE SE SOLICITA PRISION PREVENTIVA POR EL PLAZO DE NUEVE MESES., delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, agravia-do MENOR DE EDAD NMPL, NOTIFICACION , , , RESOLU-CION 02-2018 DE FECHA 22-10-2018 SE HA CONVOCADO AUDIENCIA DE PRISIÒN PREVENTIVA LA QUE SE LLEVARÀ EL DIA 28 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 11:30AM. LA SALA 3 DEL MODULO PENAL DE CAMANA SITO JR. CO-MERCIO 140 CERCADO LA AUDIENCIA ES INAPLAZABLE. ; Secretario: Suarez .- (29-30-31 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pon-gan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-107-0 (Imputado) ROGER LLAMOCA ALFERES , delito lesiones LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR Y OTRO, agraviado Eustaquia Rojas Charccahuana, DILIGENCIA 19 de diciembre 2018, 15:00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuc-taya .- (29-30-31 octubre)

EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 1997-2018-4 (Imputado) , delito CERVANTES JARA VETO, agraviado MIGUEL CERVANTES SUAREZ, DILIGENCIA 14-05-2019, 8:00 HORAS, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHI-VO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Arce .- (29-30-31 octubre)

Page 10: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte … · mite la demanda sobre EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, en la vía del Proceso sumarísimo, presentada por LEONARDO ALEJANDRO ROSALES

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018

CRONICAS JUDICIALES

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA

SEGUNDA SALA LABORAL

CRÓNICA JUDICIAL JUNIO 201801 DE JUNIO DEL 2018

SENTENCIA DE VISTA Nº 738-2018-2SL

Con los señores Kenneth del Carpio Barreda, Burga Cer-vantes, Luna Regal

Registro Nº 2016-3553-0

RESOLVEMOS: REVOCAR la sentencia de primera ins-tancia.SENTENCIA DE VISTA 739-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-9048-0

RESOLVEMOS: REVOCAR la sentencia de primera ins-tancia.SENTENCIA DE VISTA 740-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-9053-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 741-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-3735-0

RESOLVEMOS: REVOCAR la sentencia de primera ins-tancia.SENTENCIA DE VISTA 742-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-679-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 743-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2714-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 744-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-5749 -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 745-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-7696-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 746-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2220-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 747-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-4628 -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 748-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2498-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 749-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2014-7772-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 750-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-3525-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 751-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-8130-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 752-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-536-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 753-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-1102-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 754-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7829-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 755-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-3443-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.AUTO DE VISTA 246-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3443-2015-0

DECLARARON: Nula la resolución apelada.AUTO DE VISTA 247-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 510-2012-5

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 248-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3521-2011-19

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 249-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 243-2016-24

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

04 DE JUNIO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 756-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-368-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.AT-253-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 890-2017-0 DECLARA INFUNDADO el recurso de nulidad interpues-to por la parte demandante, debiéndose continuar con el trámite del proceso según su estado.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA

JUEZ SUPERIOR (P)

05 DE JUNIO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 757-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-1033-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 758-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-504-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 759-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-3104 -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 760-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-5165-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 761-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-6485-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 762-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-346-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 763-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2962 -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 764-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-8501-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 765-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-1510-0

RESOLVEMOS: REVOCAR la sentencia de primera ins-tancia.SENTENCIA DE VISTA 766-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-3804-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 767-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-1374-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 768-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-6547-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 769-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-8412-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 770-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2455 -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 771-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-7208-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 772-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-8359-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 773-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-3067-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera

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La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

COMUNICADO LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA REQUIERE DE UN INMUEBLE UBICADO EN EL DISTRITO DE AREQUIPA, EN UN RADIO NO MAYOR A 12 KM DE LA PLAZA ESPAÑA, QUE CUENTE CON 850 M2 DE ÁREA CONSTRUIDA, 6 BAÑOS COMO MINIMO, PARA ARRENDAMIENTO INMEDIATO, CON DOCUMENTACIÓN EN ORDEN. COMUNICARSE CON EL ÁREA DE LOGÍSTICA AL TELÉFONO 282763 Ó 226335 Ó 382520 ANEXO 51520 Ó ANEXO 51553 O DEJAR PROPUESTA DE ARRENDAMIENTO EN CALLE PERAL 1110, SEGUNDO PISO A LA COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA.

COORDINACION DE LOGISTICA

instancia.SENTENCIA DE VISTA 774-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2500-0RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.AUTO DE VISTA 250-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3804-2016-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 251-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 171-2017-0

DECLARAMOS: NULA la resolución apelada.AUTO DE VISTA 252-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 6599-2014-20

RESOLVEMOS: REVOCAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 253-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1046-2017-0

DECLARAMOS: NULA la resolución apelada.AUTO DE VISTA 254-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4340-201-18

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 255-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4340-2012-18

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 256-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4340-2012-18

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 257-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1374-2015-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 258-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1819-2017-0

RESOLVEMOS: REVOCAR la resolución apelada. AD-68-D

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4602-2016-33 DECLARA IMPROCEDENTE EL RECURSO DE QUEJA de derecho interpuesto por la parte demandante Henry Begazo Valencia contra la Resolución N° 33. Ordenaron devolver los actuados al Juzgado de origen. AD-69-D

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1089-2018-0 RESOLVEMOS: DIRIMIR la competencia a favor del Quin-to Juzgado Laboral con sub especialidad Contencioso Administrativo, a quien deberá remitírsele el presente proceso, con conocimiento del Octavo Juzgado Civil de Arequipa; y lo devolvieron. ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

06 DE JUNIO DE 2018

AT-242-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1571-2012-0 SE RESUELVE: ACEPTAR la abstención formulada por la señora Jueza Superior Patricia Reymer Urquieta en el presente proceso, debiendo integrarse el Colegiado con el Juez Superior expedito llamado por ley. AT-243-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 6124-2016-0 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Supre-ma de Justicia de la República, con la debida nota de atención. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Al primer y segundo otrosí: téngase presente la ratifi cación de do-micilio procesal y de casilla electrónica. AT-244-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 7394-2017-0 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción.

AT-245-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 6075-2014-0 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. AT-246-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4743-2013-0 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. AT-247-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 8636-2015-0 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. AT-248-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 7166-2015-0 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. AT-249-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2603-2017-0 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Suprema

de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. AT-250-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 5367-2017-36 RESOLVEMOS: Elevar los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

07 DE JUNIO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 775-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-7618-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 776-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7640-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 777-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-1148-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia.SENTENCIA DE VISTA 778-2018-2SL

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La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes 29 de octubre del 2018

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 29 de octubre del 2018