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LINEAMIENTOS GENERALESPARA LASACTUACIONES FISCALES

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    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO

    LINEAMIENTOS GENERALES PARA LAS

    ACTUACIONES FISCALES

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    OFEHSWikmmam ECONMICA Venezuela Potencia Productiva

  • SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS

    LINEAMIENTOS A SEGUIR PARA LA FISCALIZACIN DE EMPRESAS PRODUCTORAS

    f PASO 1: VISITA A LA PLANTA PARA IDENTIFICAR:

    a) Cul es el proceso medular o productivo de la empresa. b) Costos Directos e Indirectos

    b.l Costos Directos 1.- Materia Prima: para determinar los costos de materia prima se debe considerar que pueden existir compras nacionales e importaciones, tomando los tratamientos ya sealados en las guas anteriores, al igual que el mtodo de costeo utilizado por la empresa (PEPS Promedio). 2.- Mano de obra: sern considerados solo el pago de nmina y aportes patronales de los trabajadores que estn vinculados directamente con el proceso productivo o prestacin del servicio, es la generada por los obreros.

    b.2 Costos Indirectos 1.- Mano de obra: es la que no interviene de forma material en la elaboracin de un producto pero que es parte del proceso: La nomina de los supervisores o gerentes de produccin, incluyendo los aportes patronales 2.-Carga Fabril: son los gastos indirectos de fabricacin como energa, servicios pblicos, combustibles mantenimiento de la planta, gastos de almacn de la materia prima, gastos de reparaciones y depreciaciones de la maquinaria y equipo, alquiler del espacio fsico utilizado para la produccin (Si aplica), gastos de distribucin en ventas (en caso de que la empresa tenga sus propios camiones y realice la distribucin de sus productos), todos estos gastos corresponden a la planta de produccin.

    c) Gastos Ajenos: (No podr ser mayor al 12,5% del total de costo del producto.)

    c.l Gastos de Administracin: abarcan los sueldos y salarios, los materiales y suministros de oficina y dems servicios generales, los gastos administrativos normales para la operatividad de la compaa. (Ejemplo; departamento de Contabilidad, Recursos Humanos, alquiler de las oficinas (Si aplica))

    c.2 Gastos de Venta: son todos aquellos gastos vinculados a la colocacin del producto final en las cadenas de comercializacin, estos podran ser, Publicidad y Propaganda, Gastos de Representacin, Sueldos y Salarios, Comisiones y aportes patronales de los vendedores.

    A continuacin se expondr el ejemplo de una Productora de arroz, haciendo la salvedad que no en todos los casos se aplicar el mismo procedimiento, esto depender del tipo de empresa productora:

  • H P W af> VfTr.' rttm E Dirtulioi ato B O B U N O o + t S U N v . < | F V , N R M * " "

    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS

    COSTOS DIRECTOS

    Paso N01 Identificar la Materia Prima que intervienen en el proceso ^productivo y todos los gastos necesarios para la adquisicin de la misma:

    a) En el ejemplo planteado, la Materia Prima es el Arroz Paddy hmedo, el cual tiene un costo por kilo de 0,882 Bs. Incluyendo los gastos necesarios para su adquisicin.

    b) El producto principal con esta Materia Prima luego de ser transformada es el Arroz blanco de mesa 97% granos enteros, y los sub-productos obtenidos en este proceso son el Arroz blanco de segunda y tercera, el afrecho de arroz y la cascarilla.

    c) Para obtener un kilo de arroz blanco de mesa se necesitan 1,732 kilogramos de arroz Paddy, tomando en cuenta que el kilo de arroz Paddy tiene un precio de adquisicin de 0,882 Bs., el costo de 1,732 kilos seria 1,528 Bs.

    d) La clasificacin de la Materia Prima procesada, quedara de la siguiente manera:

    Arroz de primera (Granos enteros) 56,0% *970 gr 30 Gr. de Arroz de Segunda 1,7% *030 gr Arroz Blanco Segunda y Tercera 12,3% +213 gr Afrecho 8,5% +147gr Cascarilla 21,5% +372gr TOTAL 100% l,732gr

    * Con la sumatoria se obtiene el kilo de arroz + Corresponden a los subproductos

    e) Se procede a identificar el costo del material de empaque mediante las facturas de compras de este insumo.

    PASO N02 identificar el costo de la mano de obra

    f) Tomando el total del Costo de mano de obra, comisiones por produccin y aportes patronales todo esto se suma y se divide entre las cantidades producidas en condiciones normales.

    COSTOS INDIRECTOS

    PASO N01

    a) Tambin se debe tomar el costo de Mano de Obra indirecta (ejemplo: pago de sueldos, comisiones por produccin y aportes patronales de los Supervisores y/o Gerentes de plantas), este monto se debe tomar en su totalidad y dividirlo entre las cantidades producidas, de esta manera podemos llegar al monto por unidad correspondiente al costo de mano de obra indirecta.

    COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR OEL PUEBLO!

  • Gotwsrno Bol ivar ia ce Vwnezuerfa

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS b) Para calcular el gasto de planta por concepto de mantenimiento y energa, se debe dividir el

    monto mensual de los gastos por este concepto entre las unidades producidas en condiciones normales de ese mismo periodo, esta frmula aplica tambin para determinar el gasto por depreciacin de maquina o equipos.

    c) Los gastos distribucin en ventas solo sern tomados en cuenta si la empresa productora lleva su producto a puerta del cliente, en este caso se debe dividir el gasto por concepto de distribucin entre las cantidades distribuidas.

    GASTOS AJENOS A LA PRODUCCIN:

    a) Se debe sumar todos los gastos que no estn vinculados directamente con la produccin (Ejemplo: gastos de administracin, gastos de ventas, gastos de representacin, etc), se debe sacar el 12,5% de los costos y este ser el monto en bolvares mximo que podr ser reconocido, en caso de que el monto sea inferior se tomar este l t imo, este monto se debe dividir entre las cantidades producidas en condiciones normales, para conocer por unidad cual es el gasto correspondiente ajeno que le corresponde a cada unidad., en el presente ejemplo la suma de los gastos ajenos dio como resultado el 3,38%, por lo que se tomar este factor.

    b) El Impuesto al valor agregado (I.V.A) no recuperable: se debe sumar el IVA no recuperable de la Materia Prima y de los insumos necesarios para la produccin y dividir entre las cantidades producidas en condiciones normales.

    DESCUENTOS POR LA VENTA DE LOS SUB-PRODUCTOS:

    a) Se debe identificar mediante las facturas de ventas el precio de comercializacin de los sub-productos para luego proceder a multiplicarlos por las cantidades obtenidas en la produccin, luego de identificar estos ingresos obtenidos se proceder a descontar este monto de la estructura de costos. Al monto luego de descontarle los ingresos obtenido por la venta de los sub-productos se jamara Costo Total.

    b) El precio de los sub-productos, se debe ajustar a la providencia 003. c) Se procede a restar el Precio de Venta al pblico menos el Costo Total, teniendo como

    resultado la utilidad obtenida, seguidamente, dividimos la utilidad obtenida entre el precio de venta y se multiplica por cien (100) para obtener el porcentaje de ganancia obtenido.

    Ejemplo: (Pgina Siguiente)

    * * L t t M f U n y o i . Centro C l w y w i l f l Ux* Cffwro*. P W f l M B i FMJ i lO . (Tw m l - Drt> C a p i t a l CMOO H g C L A M A ttOO fXHtSKXI WWW ,iip.T:rlM,W,llW -

  • QpfECO Bol var ce Venezuela , . i G O ^ O Ipil Dv reeHo* . S o < - m o A w * e o f [SiJl i

    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCICJ ECONMICOS C O N C E P T O Bolvares

    lArroz Paddy Hmedo 0,720 Incentivo a la Produccin 0,100 Recepcin 0,040 Acondicionamiento 0,020

    [Almacenamiento 0,002 Costo del Arroz Paddy Seco (1 kg)

    : Costo De Arroz Paddy (1,5 32 kg) Para Obtener 1kg de Arroz Tipo T% Granos Enteros

    1 de

    Clasificacin de Materia Prima Procesada Arroz Paddy Seco 1,732 Arroz de Primera (Granos Enteros) 56,0% 0.970 Arroz Para

    Empacar. 30 Gr. De Arroz de Segunda 1,7% 0,030 Arroz Para Empacar.

    Arroz Blanco Segunda y Tercera 12,3% 0,213 Bs 1,076 Afrecho 8,5% 0,147 Bs 0,800

    Cascarilla 21,5% 0,372 Bs 0,070

    Total Arroz Blanco para Empacar y Sub Productos 100,0% 1,528 VEB

    Costo de Empaque y Mano de Obra Bolvares Material de Envase y Empaque 3,86% 0,080 |Mano de Obra 4,82% | 0,100

    8,68% 0,180 E H H H 9 I |

    Bolvares Gastos de Planta (Mantenimiento y Energa) 7,24% 0,150 Depreciacin de Maquinarias 1,45% 0,030 Mano de Obra Indirecta (S/S de Suprevisores, Gerentes de Planta) 1,69% 0,035

    Gastos de Distribucin en Venta 3,86% 0,080

    Sub-Total Gastos Operativos 14,23% 0,295

    Gastos Ajenos Relacionados con la produccin Gastos de Ventas (Gastos de Representacin, Publicidad, Comisiones, S/S Vendedores) 1,93% 0,040

    Gastos Administrativos (S/S Personal Administrativo, Vigilancia, Papelera, Alquiler de Oficinas, etc) 1,45% 0,030

    Total Gastos Ajenos Relacionados con la produccin 3,38% 0,070 Impuesto al Valor Agregado No Recuperable 1,45% 0,030

    Costo De Produccin 100% 2,073

    Descuentos Bolvares

    Descuento Por Venta de Arroz Blanco Segunda y Tercera Descuento por venta de Harina de Arroz Descuento por venta Cascarilla

    Total Desc

    11,06%

    5,68%

    1,26%

    COSTO TO IPMVP Actual

    UTILIDAD O PERDIDA

    kg x PVP kg x PVP kg x PVP

    2,090 0,390 18,68%

    w!*..n.i LacnarUfHtr. Gwnwa C o m a r c u M UM C M M , Planta a j . v m H o n * * . C # * * B * * - D i t o . C a p t M I , CMKXJ R K C U A M A [OVOO MfWW.E.Upferni4MHItnS.QCt:> ve

    COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO!

  • W^*Cki V e n e z u e l a i n - , ntiwmo c r M . K ^ F i - ! . . - , ! ) r s j K O O . . miy^ w > '

    SUPERINTENDENCIA DE PfECIOS JUSTOS

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS

    LINEAMIENTOS A SEGUIR EN EL MARCO DE LAS ACTIVIDADES

    DE INSPECCIN Y FISCALIZACIN DE LNEAS AREAS

    Los funcionarios de la SUNDDE se desplegarn para acompaar al INAC (Instituto Nacional de Aeronutica Civil) en los procedimientos relacionados con prestadores del servicio de transporte areo.

    Es importante destacar que^el rgano que tiene la competencia especial es el INAC, en tal sentido SUNDDE solo podr levantar acta en los siguientes casos:

    1- Trato discriminatorio. 2- Publicidad falsa o engaosa. 3- Incumplimiento de tarifas o bandas de precios fijados por el ejecutivo nacional,

    promocin y proteccin jurdica de los derechos e intereses por cualquier medio o tecnologa.

    Todo lo relacionado con el acceso y calidad del servicio ser competencia del INAC.

    PASOS

    1- ) Verificar el histrico de la venta de boletos, considerando al menos 3 meses. 1.1 Determine el comportamiento de la fluctuacin de los precios si los hubiere. 1.2 Identifique por ruta los precios y considere los vuelos con escala, en el entendido

    que pudiere haber condicionamientos o alteracin en la calidad del servicio y por ende mayor precio del boleto. Existe la posibilidad que indirectamente impongan por necesidad vuelos con escala.

    1 2- ) Analice y compare los boletos vendidos a personas de la tercera edad, menores y con diversidad funcional. Esta actividad nos permitir precisar si los anteriores fueron o estn siendo vctimas de discriminacin injustificada por el menor costo del pasaje. 3- ) Igualmente al revisar el listado de ventas pudiese estar una persona de la tercera edad cobrndosele el precio regular.

    4- ) Este atento con la publicidad y promociones o descuentos, efectu la revisin a los fines de verificar si es justa y verdadera.

    COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLOS

  • r0Km I Oobwrao : - D*eKo- Socio conw.e * (S4WODC | T w '

    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS

    Lineamientos a Seguir en la Aplicacin de Medidas Preventivas Durante el Procedimiento de Fiscalizacin, de Acuerdo a lo Establecido en el

    Decreto de Ley Orgnica de Precios Justos (DLOPJ)

    1. Identificar de forma concreta las presuntas irregularidades que observ durante el proceso de fiscalizacin.

    2. Organizar y sistematizar los indicios que le permitieron presumir que el sujeto est incurso en irregularidades. Ejemplo facturas, recibos, ticket, catlogos, listado de precios, habladores, etiquetado etc.

    3. Verificar la necesidad de aplicacin de la medida preventiva cuyo fin ltimo es evitar lesiones graves o de difcil reparacin a la colectividad. En este supuesto es importante destacar que la idea fundamental es evitar que el curso procedimental del procedimiento administrativo deje ilusorio la accin sancionatoria generando impunidad en beneficio del sujeto de aplicacin.

    4. Notificar la situacin detectada a la Direccin de Fiscalizacin por medio de la sala situacional y solicite instrucciones relacionadas con la aplicacin de cualquiera de las medidas preventivas que contempla el art 39n de la ley.

    5. Aplicar la medida preventiva indicada por la Direccin de Fiscalizacin. 6. Realizar inventario fsico de las mercancas sujetas a la aplicacin de la medida. 7. Dejar constancias de los testigos en el acta, siendo este requisito esencial. 8. Ejecutar la medida y tomar previsiones para que se cumpla fielmente la medida ordenada. 9. Enviar organizadamente (incluye foliatura), las acta y los indicios (soportes) recabados durante la

    fiscalizacin a la Direccin Nacional de Fiscalizacin.

    Medidas Preventivas (Artculo 39 DLOPJ). 1. Comiso. 2. Ocupacin temporal de os*establecimientos o bienes indispensables para el desarrollo de

    la actividad, o para el transporte o almacenamiento de los bienes comisados. 3. Cierre temporal del establecimiento. 4. Suspensin temporal de las licencias, permisos o autorizaciones emitidas por la SUNDDE. 5. Ajuste inmediato de los precios de bienes destinados a comercializar o servicios a prestar,

    conforme a los fijados por la SUNDDE. 6. Todas aquellas que sean necesarias para impedir la vulneracin de los derechos de las

    ciudadanas y los ciudadanos, protegidos por la presente Ley. (Ejemplo: Ventas supervisadas, ajuste de margen de ganancia, entre otras.)

    Cedros. Planta Baia, La Fionoa. Caracas - Dito. Capital. 0800 m wwMv.ui>9r>r i lendenciad9pie( ; ioG |s to i i gob.ve

    COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO!

  • I . : : ' - , - Bolivaria na 1 de Veneaela M 0 * r e e K o * S o t m IsciwiQmMSo* ( S y N O D S i

    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS

    ORIENTACIONES PARA LA APLICACIN OPERATIVA DE MEDIDAS PREVENTIVAS. Una vez verificado indicios de incumplimientos de las obligaciones establecidas en el DLOPJ durante las inspecciones o fiscalizaciones, se considera necesario que el funcionario competente tome en cuenta el tipo de infraccin constatada en relacin con la proporcionalidad de la medida preventiva a aplicar, de conformidad con los parmetros siguientes:

    TIPO DE INFRACCIONES POR GRUPO

    JERARQUIZACION EN LA APLICACIN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

    APLICACIN POR VIA DE EXCEPCIN

    Grupo 1 Condicionamiento (Art. 58) Alteracin de Bienes y Servicios

    (Art. 62) Corrupcin entre Particulares

    (Art. 64) Reventa de productos de

    Primera Necesidad (Art. 57)

    1. Ajuste de Precio o de las condiciones de venta.

    2. Venta Supervisada. 3. Comiso.

    1

    1. Cierre Temporal. 2. Suspensin de las Licencias

    emitidas por la SUNDDE.

    Grupo 2 Usura (Art. 60) 1. Ajuste de Precios y/o Margen de

    Ganancias. 2. Comiso.

    1. Cierre Temporal. 2. Suspensin de las Licencias

    emitidas por la SUNDDE.

    Grupo 3 Importacin de Bienes y

    Servicios Nocivos para la Salud (Art. 52)

    Alteracin Fraudulenta (Art. 63)

    1. Comiso. 1. Suspensin de las Licencias emitidas por la SUNDDE.

    2. Cierre Temporal. 3. Ocupacin Temporal.

    Grupo 4 Especulacin (Art. 51) Acaparamiento (Art 54)

    1. Venta Fiscalizada. 2. Comiso. 3. Cierre Temporal.

    1. Suspensin de las Licencias emitidas por la SUNDDE.

    2. Ocupacin Temporal.

    Grupo 5 Boicot (Art. 55) Contrabando de Extraccin

    (Art. 59)

    1. Comiso.

    |

    1. Suspensin de las Licencias emitidas por la SUNDDE.

    2. Cierre Temporal. 3. Ocupacin Temporal.

    Grupo 6 Infracciones Genricas

    1. La aplicacin de medidas preventivas en las infracciones genricas corresponder a la particularidad del caso y obedecer a la ejecucin de medidas innominadas Ejemplo: Adoptar medidas administrativas para impedir la destruccin, desaparicin o alteracin de la documentacin, como clausura de las oficinas donde se encuentre la documentacin.

    ; Cedros, Planta Baja, La Florida. Caracas - Dito. fWw.sup8 i in lendenc iadepr6 ( ; k>8 )us tos .gob.ve

    COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO!

  • Jjju Gobtmo BoJvarianc jmttlOHy^t}^ (Satatmo 1 0.reho* Soco wi*c
  • Gcjtwernu S0llvari3.no .

    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

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    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS

    LINEAMIENTOS A SEGUIR PARA LA FISCALIZACIN DE EMPRESAS IMPORTADORAS

    IMPORTADORA:

    Paso 1- Solicitar listado de productos que se comercializan y solicitar una muestra del 15% aproximadamente, de las cuales el 10% correspondan a los productos que presente mayor rotacin y 5 % de los que tengan baja rotacin.

    Paso 2 - Solicitar los expedientes de importacin de la muestra seleccionada: tomamos la factura de compra (proveedor en el extranjero, monto en otra moneda).

    CALCULO COSTO A PUERTA DE ADUANA: (CIF + GASTOS ADUANALES) f

    COSTO I

    CIF ^ SEGURO

    FLETE

    Ejemplo:

    FACTURA DE COMPRA (PROVEEDOR EN EL EXTERIOR) Cantidad Descripcin Precio Unitario Total

    100 Zapatos 60$ (PU 1) 6.000$

    50 Pantalones 50$(PU 2) 2.500$

    150 Camisas 20$(PU 3) 3.000$

    Seguro 1.000$' (S+F)

    Flete 800$

    TOTAL f 13.300$ (T. CIF)

    Leyenda de Valores: (Todos los montos son en otra Divisa!

    PU 1= Precio p^ r "

  • y Ci.>b,emu Bo lear a . 3 % J O v e 1 t U Q

    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS Paso 3- Determinar el factor por unidad correspondiente al gasto por Seguro (si aplica) y Flete:

    Se realiza la suma del monto por Seguro y flete dando como resultado (S+F)

    S+F= Seguro + Flete (en caso de que exista el gasto del seguro, sino S+F ser solo el gasto del flete. S+F=1000$ + 800$= 1800$

    Ahora, este monto (S+F) debe ser divido entre el total de la factura de compra (T.CIF) y multiplicado por cien (100), y as llegar al factor de los gastos por unidad de flete y seguro, que se llamara Factor de distribucin (F.D):

    F.D=(S+F/T.CIF)*100 I F. D=(l.800$/13.300$) *100 F.D=13,5%

    Paso 4- Identificar el gasto de Seguro y Flete por artculo importado: Debo tomar el precio unitario (PU 1, PU 2 ....PU n) y multiplicar por el factor (F.D), este resultado corresponde a la cuota parte por costo de seguro y flete unitario y se identificar como (SF.U).

    SF.U=PU 1*F.D SF.U=60$*13,5% SF.U=8,10$

    Paso 5- Clculo del Costo, Seguro y Flete (CIF) por unidad: Se debe sumar el precio por unidad (PU 1, PU 2 ....PU n) con el gasto de seguro y flete por articulo (SF.U), y se identifica como (CIF. U).

    CIF.U= PU 1+SF.U CIF.U= 60$+8,10$ CIF. U= 68,10$ I

    El (CIF) por unidad (CIF.U), se debe multiplicar por la tasa oficial, para transformarlos a la moneda Nacional, este monto se denominara CIF en Bolvares (CIFBs) (se debe verificar el tipo de cambio autorizado para la importacin o cualquier otro instrumento legal vigente).

    CIF.UBs= CIF.U x 6,30 CIF.UBs= 68,10x6,30 CIF.UBs= 429,03 Bs

    COMPROMETIOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO!

    AAfCNKK) P3I

  • d 1 f * Bol ivar iano , . . . . . it
  • SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    Clculos: correspondiente a la misma factura de compra y realizando la conversin con el dlar a 6,3 Bs., y sin poder ser recuperado el I. V.A

    TIPO BASE IMPONIBLE (Bs) TARIFA IMPORTE ADV 72.450 2.535,80 TSS 72.450 0,5% 362,30 TSA (TESORERA) 72.450 0,5% 362,30 I.V.A 83.790 12% 10.054,80

    TOTAL 13.315,20 (TGA)

    TP= T.CIFBs+TGA

    TP =83.790,00 +13.315,20

    TP= 97.105,20 Bs

    d) El Total de Los gastos aduanales (TGA) se deben dividir entre el total de pago en bolvares (TP) y multiplicarlo por cien (100), y as llegar a un factor que corresponder a la Cuota Parte del Gasto Aduanal y se identificara como Factor de Gasto Aduanal (FGA).

    FGA =(TGA/PT)*100

    FGA = (13.315,20/97.105,20)*100

    FGA =13,71%

    e) Obtenido este factor se debe multiplicar por el CIF unitario en bolvares (CIF.UBs)

    CIF.UBs FACTOR DE GASTOS ADUANAL EN TRMINOS DECIMALES +1

    COSTO UNITARIO DE IMPORTACIN (CUI)

    429,03 (429,03*13,71%) = 58,82 (429,03+ 58,82) = 487,05

    PASO 8: GASTOS DE FLETE DESDE LA ADUANA A PUERTA DE DEPOSITO, TIENDA, CENTRO DE DISTRIBUCIN, SEGN CORRESPONDA.

    a) Se identifica mediante factura de transporte el pago correspondiente a este servicio, y el total del pago se divide entre las cantidades importadas, y as asignar la cuota parte del gasto a cada unidad.

    Ejemplo:

    W f t n b M LttMffUtdor C * n * r o Co>twc.til L O * Cm

  • gftt ,. Bol ivar i .

    INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS Cantidad Descripcin Precio Unitario .Total

    1 FLETE DESDE LA ADUANA HASTA PUERTA DE TIENDA 2 . 0 0 0 B S 2.000,00Bs

    I.V.A (12%) 240,00 TOTAL 2.240,00 Bs

    1. Para este ejemplo ya se tiene identificado que el impuesto al valor agregado (I.V.A) no es recuperable y segn la factura de compra inicial las cantidades importadas fueron trescientas unidades (300).

    2. Se procede a dividir el monto del flete (con IVA) entre las cantidades importadas (300und) para as obtener el Gastos correspondiente a Flete por Unidad (GFU), este resultado se debe sumar al Costo Unitario de Importacin (CUI), y de esta manera llegar al Costo Unitario a puerta de destino (CUPD).

    GFU= 2.400 Bs/300und GFU =8,00 Bs CUPD= CUI+GFU CUPD= 487,05+ 8,00 CUPD= 495,05 Bs

    Una vez obtenido el Costo Unitario a Puerta de Destino, se proceder a continuar con lo establecidos en el instructivo "EMPRESAS DETALLISTAS QUE REALIZAN COMPRAS NACIONALES"

    a partir del tercer paso, tomando en cuenta este factor como el Costo Directo.

  • s& , Bolrvariano ' h' . J ^ ^ T n V ^

    SUPERINTENDENCIA nc pRprinQ / / / c 7 y c i/IT rnCUlUO UUOI U%J COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO

    INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMA CIN DE EXPEDIENTES

    PRODUCTO DE ACTUACIONES FISCALES

    v r c N a l V i

    ECONMICA Venezuela Potencia Productiva

    COMPROMETIOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO!

  • *:
  • G o t J i w i o B o l f v a r a n o

    SUPERINTENDENCIA DE PRECIOS JUSTOS

    INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIN DE EXPEDIENTES

    PRODUCTO DE ACTUACIONES FISCALES

    VIGENCIA: 20/06/2014

    Pgina: 2/5

    Unidad Organizativa: INTENDENCIA DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS

    A continuacin se presentan los documentos que debe contener un Expediente, producto

    de un procedimiento de fiscalizacin, en el orden cronolgico en que deber ser conformado y consignado por el personal fiscal de la Intendencia, a fin de garantizar el inicio y cierre de los procedimientos administrativos conducentes al cumplimiento del

    DLOPJ.

    1. ACTA DE INICIO

    El Acta de Inicio es el documento mediante el cual se designa y autoriza al Fiscal que realizar la verificacin del cumplimiento de las Disposiciones del DLOPJ por parte del Sujeto de Aplicacin, constituyendo en s, el Acto de Inicio del procedimiento de Inspeccin y Fiscalizacin, as como, la notificacin al Sujeto de Aplicacin correspondiente, esto de conformidad con lo establecido en los Artculos 34 y 35 del

    DLOPJ. (ANEXO A)

    2. ACTA FISCAL

    El Acta Fiscal es el documento a travs del cual el Fiscal actuante debe dejar plasmados los hechos constatados durante el proceso de fiscalizacin, de manera clara y precisa,

    haciendo nfasis a los artculos del DLOPJ transgredidos por el Sujeto de Aplicacin. La misma deber ser suscrita por el funcionario actuante y la persona presente en la

    fiscalizacin a cargo de las actividades o bienes objeto de inspeccin (Sujeto de Aplicacin).

  • SURERNTEUDENCIA DE RRECOS JUSTOS

    INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIN DE EXPEDIENTES

    PRODUCTO DE ACTUACIONES FISCALES

    VIGENCIA: 20/06/2014

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    As mismo, cuando se escojan de forma aleatoria los productos para realizar el clculo del margen mximo de ganancia de dichos productos (Artculo 32 del DLOPJ), deben identificarse de manera detalla cada uno de ellos, indicando la cantidad, marca y

    presentacin, as como el margen de utilidad de los mismos, es decir, realizar un inventario contrastando la facturacin con el fsico de los productos al momento de la

    inspeccin.

    De conformidad con el Artculo 37 del DLOPJ, el Acta debe contener la siguiente

    informacin:

    2.1 Lugar, fecha y hora en que se verifica la fiscalizacin, con la descripcin de los bienes o documentos sobre los cual recae.

    2.2 Identificacin de la persona natural o jurdica propietaria, poseedora u ocupante por cualquier ttulo de los bienes objeto de Fiscalizacin.

    i

    2.3 Identificacin del sujeto de aplicacin de la presente Ley.

    2.4 Identificacin del funcionario (a) que practique la respectiva inspeccin.

    2.5 Narracin de los hechos y circunstancias verificadas.

    2.6 Sealamiento de los testigos que hubieren presenciado la inspeccin.

    2.7 Cualquier otra situacin o circunstancia que pudiera ser relevante o determinante en ese procedimiento.

    (ANEXO B)

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    3. ACTA DE REQUERIMIENTO

    Documento mediante el cual el Fiscal actuante solicita al Sujeto de Aplicacin, los Libros y Documentos necesarios para realizar la fiscalizacin conforme a las caractersticas y

    particularidades del procedimiento. Esta Acta debe sealar el tiempo (cantidad de das hbiles) en el cual deben ser consignados los documentos requeridos. (ANEXO C)

    4. ACTA DE RECEPCIN

    Documento mediante el cual el Fiscal actuante deja constancia de la recepcin de los Libros y Documentos entregados y/o no entregados por parte del Sujeto de Aplicacin. (ANEXO D)

    5, ACTA DE MEDIDA PREVENTIVA

    De conformidad con los Artculos 39 y 40 del DLOPJ, en los casos que el funcionario (a) actuante durante la inspeccin o fiscalizacin detecte indicios del incumplimiento de las

    obligaciones previstas en el DLOPJ , y "EXISTIEREN ELEMENTOS QUE PERMITAN PRESUMIR QUE SE PUEDAN CAUSAR LESIONES GRAVES O DE DIFCIL REPARACIN A LA COLECTIVIDAD": podr adoptar y ejecutar en el mismo Acto, medidas preventivas destinadas a impedir que se contine quebrantando las normas que

    regulan la materia. La misma debe contener los indicios que motivan la aplicacin de la medida preventiva, declaracin del Sujeto de Aplicacin, firrfia de dicho Sujeto y el Fiscal Actuante. Adicionalmente al decretarse la Medida Preventiva dispuesta en el #6 del

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    Artculo N 39, el Fiscal actuante deber dejar plasmada expresamente la medida ejecutada, por ejemplo: Ajuste inmediato de precios...

    Toda Medida Preventiva debe sustanciarse en cuaderno separado anexo al expediente

    principal (carpeta marrn),, en el cual solo sern incorporados los autos mediante los cuales se decreten o se disponga su modificacin o revocatoria, as como el o los informes relacionados a la Medida Preventiva aplicada. (ANEXO E)

    6. INFORME DE SEGUIMIENTO A LAS MEDIDAS PREVENTIVAS APLICADAS

    Documento mediante el cual el Fiscal actuante deja constancia de lo observado en una posterior fiscalizacin, cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la(s) Medida(s) Preventiva(s) aplicada(s). (ANEXO F)

    7. ACTA DE RETENCIN

    De conformidad con el Artculo 43 del DLOPJ, es el documento mediante el cual el Fiscal actuante deja constancia de las cantidades, calidad y dems menciones de los bienes retenidos con ocasin a la aplicacin de alguna Medida Preventiva. (ANEXO G)

    8. ACTA CONSTANCIA

    Documento mediante el cual el Fiscal actuante expone cualquier hecho adicional

    presentado durante la fiscalizacin, sealando en sta de forma precisa, la situacin

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    presentada con los datos y aclaratorias a que hubiere lugar. Ejemplo: "Se deja constancia de que el sujeto de aplicacin no firm el Acta de Inicio" Art. 35 - DLOPJ (2do pargrafo). (ANEXO H)

    9. INFORME DE CIERRE DE EXPEDIENTE EN FASE DE FISCALIZACIN

    Documento mediante el cual el Fiscal actuante realizar la narrativa de hechos indicando las actuaciones realizadas, los incumplimientos al DLOPJ encontrados sealando los artculos transgredidos por parte del Sujeto de Aplicacin, la cantidad de folios que conforman el expediente (incluyendo este Informe). En caso de Conformidad en la Actuacin Fiscal, recomendar el archivo del expediente, en caso de existir incumplimientos, recomendar la remisin del expediente a la Direccin Nacional de Procedimientos Administrativos para realizar los trmites correspondientes.

    Este Informe deber ser firmado por el Fiscal Actuante y el Coordinador de Estado.

    (ANEXO I)

    10. OTROS ANEXOS 10.1 Portada del Expediente (ANEXO J) \ 10.2 ndice del Expediente (ANEXO K) 10.3 ndice del Expediente de Medidas Preventivas (ANEXO L)

    ^nt ro Comercia l l o s Cadrctt. F iama B a j a . La F l o r i d a C a r a c a * DttO Capital. 08O R E C L A M A (08< '/m-vh jpf tr i r ' ter t fJenc iSci prectORf i Jtoa.gol .va

  • - o t M * . + r r > o B o l i v a n a n o . . . . . . . / , ^ i \ ' f *V*rl

    SURERIN TENDENCIA DE PRECIOS .JUSTOS ANEXO A

    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA VICEPRESIDENCIA ECONMICA DE GOBIERNO

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIO ECONMICOS (SUNDDE)

    t

    FECHA: XX/XX/XXXX N XXXXX

    ACTA DE INICIO El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Econmicos, designada mediante Decreto N xxx, de fecha xx de enero de xxxx, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N xx.xxx, de la misma fecha, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 7 y 19 del artculo 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgnica Precios Justos, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 40.340, de fecha 23 de enero de 2014.

    DECLARA:

    PRIMERO: Se ordena de conformidad con el artculo 34 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgnica de Precios Justos. dar inicio la inspeccin y fiscalizacin del sujeto de aplicacin XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. domiciliado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en jurisdiccin de la Parroquia , Municipio del estado LARA, identificado con el Registro de Informacin Fiscal N XXXXXXXXXX, sociedad de comercio debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripcin Judicial del estado , bajo el No. , Tomo

    , de fecha .

    SEGUNDO: Se designa al (la) ciudadano (a) XXXXXXXXXXXXX titular de la cdula de identidad No. V-XXXXXXXXX, como fiscal actuante, a los efectos que practique las actividades materiales o tcnicas correspondientes al procedimiento de inspeccin y fiscalizacin segn lo establecido en el artculo 36 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgnica de Precios Justos, y con el objeto de verificar el cumplimiento de las obligaciones por parte del sujeto de aplicacin anteriormente identificado que se derivan del aludido Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley; as como, constatar los hechos, actos u omisiones que pudieran constituir infracciones administrativas de conformidad con lo tipificado en el Captulo VI del referido instrumento legal.

    En consecuencia, el fiscal autorizado podr solicitar toda la informacin y documentacin que considere necesaria de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artculo 11 y artculo 12 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgnica de Precios Justos, durante la actividad de inspeccin autorizada en el presente acto, en tal sentido, el sujeto de aplicacin tendr la obligacin de suministrar la informacin requerida, so pena de incurrir en los numerales 1 y 2 del artculo 49 del citado Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, a saber:

    Artculo 49. "Sern sancionados con multa entre doscientas (200) y cinco mil (5.000) Unidades Tributarias, los sujetos que cometan las siguientes infracciones:

    1- No prestarla colaboracin necesaria y oportuna, a las funcionaras y funcionarios competentes de la SUNDDE, en la verificacin del cumplimiento de sus atribuciones, durante cualquiera de los procedimientos previstos en la presente Ley.

    2.- No suministrar informacin o suministrar informacin falsa o insuficiente, o no remitir la informacin requerida oportunamente a la SUNDDE.

    i

    (Omissis) "

    Avenida uoartador. Carino Comercial Los Cedros. Planta Bata. La Florida Caracas Orto. Capital 0800 - RECLAMA (081 w w w . a u p a r l n t a n d f l n c i a d a p r a c i o 6 j u s t o a . g o b . v a

    COMPROMETIDOS CON EL BIENESTAR DEL PUEBLO'.

  • Bolwfiriano "*3HMk HJVeTTt~W* SURERtNTENOENCM JDE fREC!OS JUSTOS

    TERCERO: Se ordena notificar al sujeto de aplicacin anteriormente identificado, del presente acto de inicio del procedimiento de inspeccin y fiscalizacin de conformidad con lo establecido en el artculo 35 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgnica de Precios Justos.

    CUARTO: A tenor de lo establecido en el numeral 6 del artculo 12 del Decreto con Rango, Fuerza y Valor de Ley Orgnica de Precios Justos, el fiscal actuante podr contar de ser necesario, con el auxilio de la fuerza pblica en la ejecucin y trmite del procedimiento de fiscalizacin ordenado. Asimismo, tendr la potestad de estar acompaado de funcionarios que brinden el apoyo tcnico en el rea de informtica que la prctica de la inspeccin y fiscalizacin ordenada requiera. 1

    xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Superintendente Nacional para la Defensa de los

    Derechos Socio Econmicos Decreto N XXX, publicado en Gaceta Oficial N XX.XXX de fecha xx/xx/xxxx

    SELLO:

    Los sujetos de aplicacin sujetos a inspeccin y/o fiscalizaciones por parte de la Superintendencia Nacional para la Proteccin de los Derechos Socio Econmicos, tendrn los siguientes derechos:

    1.- Corroborar la identidad del fiscal autorizado para la prctica de la inspeccin y/o fiscalizacin; 2.- Comunicarse y obtener informacin adicional en relacin al presente procedimiento a la Intendencia de Proteccin de los Derechos Socio Econmicos, de la Superintendencia Nacional para la Proteccin de los Derechos Socio Econmicos, travs de la siguiente informacin de contacto:*

    Directo 0212-393 31 54

    Finalmente, deber firmar al pie de la presente en seal de haber sido notificado, sealando nombre y apellido, cdula de identidad, cargo desempeado, as como la fecha, hora de recepcin y sello de la sociedad de comercio.

    Nombres y Apellidos: C.I.:

    En su carcter de: Fecha:

    Firma: Hora:

    Telfono Sello:

    Decs. Planta Baja. La Florida. Caracas w w w . s y t i i f ' i t e r i c s r i c t a a e D r y c r c S j U i t c s . g o b v e

    Dito. Capital D80C

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