SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

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Número: 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130 correo-e: [email protected] - web:www.bop.almeria.es Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) SUMARIO ADMINISTRACIÓN LOCAL Pág. AYUNTAMIENTO DE DALIAS 002870-20 EXPOSICIÓN PÚBLICA DE LA CUENTA GENERAL, EJERCICIO 2019 2 AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 002863-20 APROBACIÓN PADRON TASA SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO, PRECIO PÚBLICO DE USOS ESPECIALES DE AGUA Y CANÓN DE MEJORA CORRESPONDIENTE A GRANDES CONSUMIDORES, MES DE JULIO DE 2020 3 002864-20 APROBACIÓN PADRON TASA SERVICIO DE DEPURACIÓN CORRESPONDIENTE A GRANDES CONSUMIDORES DEL MES DE JULIO 2020 4 002866-20 REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL 5 AYUNTAMIENTO DE NIJAR 002846-20 APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ONCE PROFESORES DE PROFESORES DE MÚSICA Y DANZA PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA 21 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR 002857-20 TRIBUNAL CALIFICADOR, LISTA DE ADMITIDOS Y FECHA DE EXAMEN CORRESPONDIENTE A 8 PLAZAS DE TÉCNICOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, RAMA JURÍDICA. 37 002858-20 TRIBUNAL CALIFICADOR, LISTA DE ADMITIDOS Y FECHA DE EXAMEN PARA 2 PUESTOS ADMINISTRATIVO RAMA INFORMÁTICA 40 002859-20 TRIBUNAL CALIFICADOR, LISTA DE ADMITIDOS Y FECHA DE EXAMEN DE 5 PLAZAS DE ADMINISTRATIVOS 42 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO ANDARAX FCC AQUALIA, S.A. 002707-20 EXPOSICIÓN PÚBLICA CENSO INGRESOS POR TASA DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y CANON AUTONÓMICO TERCER TRIMESTRE 2020 ZONA 2 47 ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE HACIENDA DELEGACION DE ECONOMIA Y HACIENDA EN ALMERIA GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO 002843-20 APERTURA DEL TRÁMITE DE AUDIENCIA PREVIO CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LA PONENCIA DE VALORES PARCIAL DEL MUNICIPIO DE VICAR 48 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA 002688-20 CITACIÓN A CALDERERIAS Y MONTAJES FERGON SL Y FOGASA EL 28/10/21 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 338/2020 NEGOCIADO:T2 49 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA 002648-20 CITACIÓN A CALDERERIA Y MONTAJES FERGON SL EL 17/01/2021 EN PROCEDIMIENTO: DESPIDOS/CESES EN GENERAL 151/2020 NEGOCIADO : AS 50 002649-20 NOTIFICACION A ALGRANO 21 SL DE RESOLUCIÓN DE FECHA 15/06/2020 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 57/2020 NEGOCIADO:MC 51 002674-20 SENTENCIA Nº 171/20 DE FECHA 06/07/2020 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 1007/2018 NEGOCIADO:AS 52 002678-20 CITACIÓN A AUTOR TRANSPORTES SAIZ TOUR SA EL 19/05/2021 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 1716/2018 NEGOCIADO:CN 53 002679-20 NOTIFICACIÓN A SENSEPERFUM S.L., LABORALIA ETT SCA, COORDINADORA INTEREMPLEO ETT SL. Y AS CONSULTORES Y ASESORES GLOBALES A EMPRESAS E INSTITUCIONES S.L. DE RESOLUCIÓN DE FECHA 22/7/2020 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 306/2019 NEGOCIADO:CN 54 002684-20 CITACIÓN A SHOW AND BEER SL EL 23/05/22 EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1393/2019 NEGOCIADO:JM 55 002697-20 NOTIFICACIÓN A FERTILIZANTES DAYMA SL DE RESOLUCIÓN DE FECHA 17/0320 EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 516/2018 NEGOCIADO:CN 56 002698-20 CITACIÓN A HORTOFRUTICOLA DABA SL EL 10/02/2021 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 1626/2018 NEGOCIADO:CN 57 002699-20 CITACIÓN EL 21/11/22 A LAS PARTES EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 131/2020 NEGOCIADO:AS 58 002700-20 CITACIÓN A MANIPULADOS DAPAMO SL EL 14/07/2021 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 47/2019 NEGOCIADO:AS 59 ANUNCIOS EN GENERAL Y COMUNICACIONES OFICIALES GESTIÓN DE AGUAS DEL LEVANTE ALMERIENSE S.A. 002865-20 EXPOSICIÓN AL PÚBLICO LOS PADRONES DE FACTURACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERIODO DE 4º BIMESTRE 2020 DE LOS MUNICIPIOS DE CARBONERAS, HUÉRCAL-OVERA, MOJÁCAR, SAN JUAN DE LOS TERREROS 60 Documento firmado electrónicamente. Verificable en https://ov.dipalme.org/csv?id=elWk3_UIQReB3F1JFNlfwLF23kiaSRKU .

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Page 1: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Número: 157 Viernes, 14 de agosto de 2020

Depósito Legal AL-1-1958EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍANavarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130correo-e: [email protected] - web:www.bop.almeria.es

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art.6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad conel art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P.nº 57 de 24/03/2009)

SUMARIOADMINISTRACIÓN LOCAL Pág.

AYUNTAMIENTO DE DALIAS

002870-20 EXPOSICIÓN PÚBLICA DE LA CUENTA GENERAL, EJERCICIO 2019 2

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

002863-20 APROBACIÓN PADRON TASA SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO, PRECIO PÚBLICO DE USOS ESPECIALES DE AGUA Y CANÓN DE MEJORACORRESPONDIENTE A GRANDES CONSUMIDORES, MES DE JULIO DE 2020 3

002864-20 APROBACIÓN PADRON TASA SERVICIO DE DEPURACIÓN CORRESPONDIENTE A GRANDES CONSUMIDORES DEL MES DE JULIO 2020 4

002866-20 REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL 5

AYUNTAMIENTO DE NIJAR

002846-20 APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ONCE PROFESORES DE PROFESORES DE MÚSICA YDANZA PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA 21

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

002857-20 TRIBUNAL CALIFICADOR, LISTA DE ADMITIDOS Y FECHA DE EXAMEN CORRESPONDIENTE A 8 PLAZAS DE TÉCNICOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL,RAMA JURÍDICA. 37

002858-20 TRIBUNAL CALIFICADOR, LISTA DE ADMITIDOS Y FECHA DE EXAMEN PARA 2 PUESTOS ADMINISTRATIVO RAMA INFORMÁTICA 40

002859-20 TRIBUNAL CALIFICADOR, LISTA DE ADMITIDOS Y FECHA DE EXAMEN DE 5 PLAZAS DE ADMINISTRATIVOS 42

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO ANDARAX

FCC AQUALIA, S.A.

002707-20 EXPOSICIÓN PÚBLICA CENSO INGRESOS POR TASA DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y CANON AUTONÓMICO TERCERTRIMESTRE 2020 ZONA 2 47

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

MINISTERIO DE HACIENDA

DELEGACION DE ECONOMIA Y HACIENDA EN ALMERIA

GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO

002843-20 APERTURA DEL TRÁMITE DE AUDIENCIA PREVIO CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LA PONENCIA DE VALORES PARCIAL DELMUNICIPIO DE VICAR 48

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

002688-20 CITACIÓN A CALDERERIAS Y MONTAJES FERGON SL Y FOGASA EL 28/10/21 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 338/2020NEGOCIADO:T2 49

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

002648-20 CITACIÓN A CALDERERIA Y MONTAJES FERGON SL EL 17/01/2021 EN PROCEDIMIENTO: DESPIDOS/CESES EN GENERAL 151/2020 NEGOCIADO : AS 50

002649-20 NOTIFICACION A ALGRANO 21 SL DE RESOLUCIÓN DE FECHA 15/06/2020 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 57/2020NEGOCIADO:MC 51

002674-20 SENTENCIA Nº 171/20 DE FECHA 06/07/2020 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 1007/2018 NEGOCIADO:AS 52

002678-20 CITACIÓN A AUTOR TRANSPORTES SAIZ TOUR SA EL 19/05/2021 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 1716/2018 NEGOCIADO:CN 53

002679-20 NOTIFICACIÓN A SENSEPERFUM S.L., LABORALIA ETT SCA, COORDINADORA INTEREMPLEO ETT SL. Y AS CONSULTORES Y ASESORES GLOBALES AEMPRESAS E INSTITUCIONES S.L. DE RESOLUCIÓN DE FECHA 22/7/2020 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 306/2019 NEGOCIADO:CN 54

002684-20 CITACIÓN A SHOW AND BEER SL EL 23/05/22 EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1393/2019 NEGOCIADO:JM 55

002697-20 NOTIFICACIÓN A FERTILIZANTES DAYMA SL DE RESOLUCIÓN DE FECHA 17/0320 EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 516/2018 NEGOCIADO:CN 56

002698-20 CITACIÓN A HORTOFRUTICOLA DABA SL EL 10/02/2021 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 1626/2018 NEGOCIADO:CN 57

002699-20 CITACIÓN EL 21/11/22 A LAS PARTES EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 131/2020 NEGOCIADO:AS 58

002700-20 CITACIÓN A MANIPULADOS DAPAMO SL EL 14/07/2021 EN PROCEDIMIENTO DESPIDOS/CESES EN GENERAL 47/2019 NEGOCIADO:AS 59

ANUNCIOS EN GENERAL Y COMUNICACIONES OFICIALES

GESTIÓN DE AGUAS DEL LEVANTE ALMERIENSE S.A.

002865-20 EXPOSICIÓN AL PÚBLICO LOS PADRONES DE FACTURACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERIODO DE 4º BIMESTRE 2020 DE LOS MUNICIPIOS DECARBONERAS, HUÉRCAL-OVERA, MOJÁCAR, SAN JUAN DE LOS TERREROS 60

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A N U N C I O

Expediente n.º: 2020/040217/005-991/00004

Notificación de la Convocatoria de Comisión Especial de Cuentas

Procedimiento: Aprobación de la Cuenta General 2019

Fecha de iniciación: 04/08/2020

La Comisión Especial de Cuentas, en sesión celebrada el 6 de agosto de 2020, ha informado favorablemente la Cuenta

General de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio económico 2019, e integrada por la Cuenta General de la Fundación Pública Municipal Profesor Gabriel Callejón Maldonado, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: queda expuesta al público por plazo de 15 días, durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En caso de presentarse estas, serán examinadas por la Comisión Especial de Cuentas, que practicará nuevo informe. En caso de no presentarse, transcurrido el plazo de exposición pública, se someterá al Pleno de la Corporación, para que, en

su caso, pueda ser aprobada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.4 del referido texto legal. En Dalías, a siete de agosto de dos mil veinte. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco Giménez Callejón.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 2_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL2870/20

AYUNTAMIENTO DE DALIAS

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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E D I C T O

Don José Francisco Rivera Callejón, Concejal-Delegado de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido (Almería), HAGO SABER en la fecha indicada que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 6 de agosto de 2020 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“PRIMERO: Procede la aprobación de los padrones mensuales para grandes usuarios cuyo resumen es el que sigue:

• PADRÓN DE LAS TASAS POR EL SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE LOS GRANDES USUARIOS

CORRESPONDIENTE AL MES DE JULIO DE 2020. • PADRÓN DE PRECIOS PÚBLICOS POR SUMINISTROS DE AGUA PARA USOS ESPECIALES DE LA RED DE RIEGO

DE LAS URBANIZACIONES DE LA ENSENADA DE SAN MIGUEL DE LOS GRANDES USUARIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE JULIO DE 2020.

• CANON AUTONÓMICO DE MEJORA.

CONCEPTO BASE IMP. IVA TOTAL PLAZO PAGO VOL.

INICIO PLAZO PAGO VOL. VCTO.

PADRÓN TASAS SUM. AGUA Y ALCANTARILLADO –Ord. Fiscal 13 y 21-

117.358,52 € 11.735,86 € 129.094,38 € 06/08/2020 06/10/2020

PRECIOS PÚBLICOS –Ord. Fiscal 20- 75.162,11 € 7.516,21 € 82.678,32 € 06/08/2020 06/10/2020 CANON DE MEJORA ANDALUCÍA –Ley Aguas Andalucía-

23.690,50 € 2.369,05 € 26.059,55 € 06/08/2020 06/10/2020

SEGUNDO: El ingreso se podrá efectuar en las oficinas de “Aguas de El Ejido” o a través de la entidad financiera Cajamar, con

la correspondiente factura. Para las facturas de los suministros en los núcleos municipales, podrán ingresarse en las oficinas de los núcleos municipales. Finalizado el plazo de pago en voluntaria establecido en el cuadro anterior, se procederá a la notificación del expediente de apremio de los efectos no cobrados para su exacción con el correspondiente recargo, interés de demora y, en su caso, las costas del procedimiento.

El horario de cobro será durante todo el período de 9 a 13:00 horas en la oficina de Aguas de El Ejido en Plaza Mayor, 20, pudiendo efectuarse igualmente en las correspondientes Oficinas Municipales en los distintos núcleos según el siguiente calendario:

• OFICINAS MUNICIPALES DE LOS DISTINTOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Horario General. De 9 a 13 horas los siguientes días:

STA. MARÍA DEL ÁGUILA LUNES - MIÉRCOLES - VIERNES LAS NORIAS LUNES - MIÉRCOLES - VIERNES SAN AGUSTÍN - MARTES - JUEVES - ALMERIMAR - MARTES - JUEVES - BALERMA LUNES - MIÉRCOLES - VIERNES GUARDIAS VIEJAS - MARTES - JUEVES -

TERCERO: En aplicación del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria en relación con el

artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, el padrón se expondrá al público en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial durante 20 días a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, teniendo esta publicación carácter de notificación colectiva.

CUARTO: Alegaciones y recursos: Podrán presentarse alegaciones al padrón durante veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la aparición del

anuncio de aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra el presente acto que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso de reposición, previo al

Contencioso-Administrativo, ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un MES a contar desde el día siguiente al que finalice la exposición pública del padrón. Todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales”.

En El Ejido, a siete de agosto de dos mil veinte. EL CONCEJAL DELEGADO, José Francisco Rivera Callejón.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 3_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL2863/20

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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E D I C T O

Don José Francisco Rivera Callejón, Concejal-Delegado de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido (Almería), HAGO SABER en la fecha indicada que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 6 de agosto de 2020 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

A la vista del expediente instruido por el SERVICIO DE DEPURACIÓN DEL PONIENTE ALMERIENSE U.T.E e HIDRALIA ANDALUCÍA y el informe emitido al respecto por el Jefe de los Servicios Fiscales, procede:

“PRIMERO: Procede: La aprobación del padrón del mes de julio de 2020 de Grandes Usuarios y cuyo resumen de datos básicos se expone en el

siguiente cuadro:

CONCEPTO BASE IMP. IVA TOTAL PLAZO PAGO VOL.

INICIO PLAZO PAGO VOL. VCTO.

PADRON TASAS SERV. DEPURACIÓN AGUAS RESIDUALES

11.935,52 € 1.193,65 € 13.129,17 € 06/08/2020 06/10/2020

La aprobación del padrón del mes de julio de 2020 de Grandes Usuarios para la zona de “SAN AGUSTÍN” (Hidralia Andalucía)

y cuyo resumen de datos básicos se expone en el siguiente cuadro:

CONCEPTO BASE IMP. IVA TOTAL PLAZO PAGO VOL.

INICIO PLAZO PAGO VOL. VCTO.

PADRON TASAS SERV. DEPURACIÓN AGUAS RESIDUALES

225,60 € 22,56 € 248,16 € 06/08/2020 06/10/2020

SEGUNDO: El ingreso se podrá efectuar en las oficinas de “Aguas de El Ejido” o a través de la entidad financiera Cajamar con

la correspondiente factura. Para las facturas de los suministros en los núcleos municipales, podrán ingresarse en las oficinas de los núcleos municipales. Finalizado el plazo de pago en voluntaria establecido en el cuadro anterior, se procederá a la notificación del expediente de apremio de los efectos no cobrados para su exacción con el correspondiente recargo, interés de demora y, en su caso, las costas del procedimiento.

El horario de cobro será durante todo el período de 9 a 13:00 horas en la oficina de Aguas de El Ejido en Plaza Mayor, 20, pudiendo efectuarse igualmente en las correspondientes Oficinas Municipales en los distintos núcleos según el siguiente calendario:

• OFICINAS MUNICIPALES DE LOS DISTINTOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Horario General. De 9 a 13 horas los siguientes días:

STA. MARÍA DEL ÁGUILA LUNES - MIÉRCOLES - VIERNES LAS NORIAS LUNES - MIÉRCOLES - VIERNES SAN AGUSTÍN - MARTES - JUEVES - ALMERIMAR - MARTES - JUEVES - BALERMA LUNES - MIÉRCOLES - VIERNES GUARDIAS VIEJAS - MARTES - JUEVES -

TERCERO: En aplicación del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria en relación con el

artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, el padrón se expondrá al público en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial durante 20 días a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, teniendo esta publicación carácter de notificación colectiva.

CUARTO: Alegaciones y recursos: Podrán presentarse alegaciones al padrón durante veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la aparición del

anuncio de aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra el presente acto que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso de reposición, previo al

Contencioso-Administrativo, ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un MES a contar desde el día siguiente al que finalice la exposición pública del padrón. Todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales”.

En El Ejido, a siete de agosto de dos mil veinte. EL CONCEJAL-DELEGADO, José Francisco Rivera Callejón.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL2864/20

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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A N U N C I O

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE EL EJIDO

PREÁMBULO I.

El pleno del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido aprobó la creación de un servicio Local de Protección Civil y una Junta Local de Protección Civil, dentro de lo cual se incluiría la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido.

El día 6 de junio de 1996 es aprobado por el pleno del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido, el primer Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido.

Ello fue una apuesta del Ayuntamiento de El Ejido, en la creación de una agrupación de voluntarios que pondría al servicio del municipio, amparada en la Ley 7/85 reguladora de las bases de Régimen Local que en su artículo 25.2.c) dice que “el Municipio ejercerá, en todo caso, competencias en los términos de legislación vigente en materia de Protección Civil”. Si bien los Servicios de Protección Civil son competencia del municipio, solo es obligatoria su prestación en los municipios de más de 20.000 habitantes a tenor del Art. 26.1.c).

Con fecha 4 de Julio de 1996 queda registrada la Agrupación de Voluntarios de Protección civil, en el Registro General de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Junta de Andalucía con el número 04104005.

Tras 22 años de funcionamiento, la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Municipio de El Ejido ha sido consolidada como una de las más relevantes en participación de voluntarios y en dotación logística para la misma, en beneficio de sus ciudadanos: siendo de gran importancia la coordinación del servicio de playas y salvamento en temporada estival en el municipio, con gran dotación de medios y recursos para el rescate acuático. También destacar la aportación de dispositivos de carácter preventivo para la realización de eventos (deportivos, culturales, fiestas patronales, romerías, etc.)

con la elaboración de planes de seguridad por parte del servicio Local de Protección civil, pero con la inestimable colaboración del voluntario de nuestra agrupación, que además es quien interviene en esos dispositivos aportando los medios y recursos el Ayuntamiento de El Ejido: Ello sin olvidarnos de su aportación en el campo de la autoprotección, divulgando e impartiendo formación así como charlas sobre medidas de autoprotección en casos de emergencia a la ciudadanía, con especial atención a los niños en edad escolar.

Por todo ello, se hace necesario, especialmente por la entrada en vigor del Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que el Ayuntamiento de El Ejido actualice y adapte el Reglamento de su Agrupación al Reglamento General.

II.

Protección Civil encuentra su fundamento jurídico dentro de la Constitución Española cuando en el artículo 30.4 establece que, mediante ley, podrán regular-se los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

El estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 66, la atribución a la Comunidad Autónoma de la competencia exclusiva en materia de protección civil, que incluye, en todo caso, la regulación, planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y seguridad civil, así como la dirección y coordinación de los servicios de protección civil que incluye, en todo caso, la definición de la actividad, la regulación y la promoción de las actuaciones destinadas a la solidaridad y a la acción voluntaria que se ejecuten individualmente o a través de instituciones públicas o privadas.

La Ley 45/2015 de 14 de octubre, del Voluntariado, dictada por el Estado, establece en su Disposición Adicional Primera que la realización de actividades de voluntariado en el ámbito de la protección civil se regulará por su normativa específica, aplicándose dicha Ley con carácter supletorio.

Asimismo, en Andalucía, la Ley 4/2018 de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado, que tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la acción voluntaria organizada, desarrollada por la ciudadanía a través de entidades sin ánimo de lucro, regulando los

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 5_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL2866/20

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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derechos y obligaciones que surgen de la relación entre las personas voluntarias y la entidades, así como su colaboración con las Administraciones Públicas en las conformaciones de políticas públicas, estipula en su Disposición Adicional Primera que la acción voluntaria en materia de gestión de emergencias y protección civil, a efectos de organización, funcionamiento y régimen jurídico, se regirá por su normativa específica, así como por las disposiciones de la citada Ley en lo que resulte la aplicación.

Por su parte, en el ámbito de protección civil, se ha aprobado la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección civil, que ha venido a re-forzar los mecanismos que potencien y mejoren el funcionamiento del sistema nacional de protección de los ciudadanos ante emergencias y catástrofes.

Este Ayuntamiento realiza las actuaciones encaminadas a mejorar y potenciar la intervención coordinada de los Servicios Municipales dedicados de modo ordinario y permanente al cumplimiento de fines coincidentes con las necesidades derivadas de las situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública.

Asimismo, tanto los números 3 y 4 del artículo 30 de la Constitución Española, como en el artículo 14 de la Ley sobre protección civil, se determina el deber y el derecho de los ciudadanos a participar activamente en las labores aludidas anteriormente.

III.

Para articular las oportunidades de colaboración de los ciudadanos, individualmente considerados, con la protección civil de El Ejido, parece conveniente reglamentar la organización y funcionamiento de una Agrupación del Voluntariado de Protección Civil en este municipio que, integrada en el esquema organizativo de la planificación y gestión de emergencias de este Ayuntamiento, pueda realizar las tareas de prevención de riesgos e intervención en la protección y socorro en los casos de emergencia que pudiera producirse.

Según el Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la comunidad autónoma de Andalucía, la agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido crea este nuevo reglamento, adaptando al reglamento superior (Reglamento General a nivel Andaluz, el cual en todo momento será aplicado, sin perjuicio de que el Ayuntamiento establezca normas a nivel local).

IV.

Según lo preceptuado y en aplicación del Artículo 129 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 39/2015, sobre Principios de buena regulación:

1. En el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. En la exposición de motivos o en el preámbulo, según se trate, respectivamente, de anteproyectos de ley o de proyectos de reglamento, quedará suficientemente justificada su adecuación a dichos principios.

2. En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general, basarse en una identificación clara de los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.

Qué duda cabe sobre la importante labor que la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido ha venido desarrollando en beneficio de los ciudadanos de esta población en general y de esta Administración en particular: desarrollando Planes de Emergencia, para dar seguridad y anticiparse a las que pudieran presentar-se, colaborando en todos los eventos deportivos, lúdicos, fiestas y ferias, etc. etc. tareas éstas llevadas a cabo por personas físicas que se comprometen de forma libre, gratuita y responsable a realizar actividades de interés general y cuya única recompensa que obtienen es la satisfacción de sentirse servidor público.

3. En virtud del principio de proporcionalidad, la iniciativa que se proponga deberá contener la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, tras constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.

La iniciativa responde a una necesidad imperativa para poder regular con seguridad jurídica todo el ámbito de actuación, desde el punto de vista tanto interno como externo de la Agrupación y de sus componentes. Por ello, en el presente Reglamento se regulan desde el ámbito de actuación, objetivos, formación dependencia, estructura, derechos, deberes, régimen disciplinario, uniformidad, etc. regulación esta imprescindible en toda organización legal.

4. A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la iniciativa normativa se ejercerá de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas…

Como toda normativa, que regula las actuaciones de las Administraciones Públicas y de los ciudadanos en general, debe ir en sintonía con el avance de la sociedad, y al haber quedado obsoleto el actual Reglamento como se indica al principio de este Preámbulo, y siendo necesario adaptarlo a la nueva legislación, tanto Básica como Autonómica y Europea es por lo que se hace necesario la aprobación de esta iniciativa a la mayor brevedad posible.

5. En aplicación del principio de transparencia, las Administraciones Públicas posibilitarán el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y los documentos propios de su proceso de elaboración, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la in-formación pública y buen gobierno: definirán claramente los objetivos de las iniciativas normativas y su justificación en el preámbulo o exposición de motivos: y posibilitarán que los potenciales destinatarios tengan una participación activa en la elaboración de las normas.

El Ayuntamiento de El Ejido, dispone de medios de publicidad suficientes, como el (Portal de Transparencia), entre otros, adaptados a la normativa actual que facilita en todo momento la publicidad, conocimiento y participación de todos los sectores y personas interesadas o afectadas por la norma.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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6. En aplicación del principio de eficiencia, la iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.

Con la aprobación de este Reglamento no se altera en nada la actividad económica de la Administración ni de terceros, ya que está integrada por voluntarios que actúan de forma altruista sin obtener una remuneración a cambio, siendo en sus actuaciones autosuficientes con los medios que la administración facilita.

7. Cuando la iniciativa normativa afecte a los gastos o ingresos públicos presentes o futuros, se deberán cuantificar y valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

La aprobación de esta iniciativa, no supone más gastos que los ya previstos legalmente en el Presupuesto de la Administración para adquisición de material y mantenimiento del mismo, además de estar, en parte algunas partidas subvencionadas por otras Administraciones Públicas.

ÍNDICE

CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Agrupación Local del Voluntariado de Protección Civil. Artículo 4. Miembros del Voluntariado de Protección Civil.

CAPÍTULO II. AGRUPACIONES DEL VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.

Artículo 5. Creación, modificación, disolución y registro de Agrupación. Artículo 6. Dependencia orgánica y funcional. Artículo 7. Ámbito territorial de actuación. Artículo 8. Ámbito funcional de actuación. Artículo 9. Actuación en el ámbito de apoyo operativo. Artículo 10. Actuación en el ámbito de la prevención.

CAPÍTULO III. EL VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL DE EL EJIDO. Artículo 11. Integración en las Agrupaciones y relación con la entidad local. Artículo 12. Acceso a la condición de miembro del voluntariado de protección civil. Artículo 13. Suspensión y extinción de la condición de miembro de voluntariado de protección civil. Artículo 14. Desarrollo de las funciones de los miembros del voluntariado. Artículo 15. Derechos. Artículo 16. Deberes. Artículo 17. Reconocimiento de méritos.

CAPÍTULO IV. FORMACIÓN DEL VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL DE ANDALUCÍA. Artículo 18. Objetivo y desarrollo de la formación. Artículo 19. Formación del voluntariado y homologación.

CAPÍTULO V. DISTINTIVOS DE LA AGRUPACIÓN. Artículo 20. Distintivo del voluntariado de Protección Civil de El Ejido. Artículo 21. Distintivo del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido. Artículo 22. Uso del distintivo.

CAPÍTULO VI. EQUIPAMIENTO, VEHÍCULOS E INSTALACIONES DE LA AGRUPACIÓN. Artículo 23. El equipamiento de la Agrupación. Artículo 24. Uso del equipamiento. Artículo 25. Automóviles. Artículo 26. Motocicletas, ciclomotores y bicicletas. Artículo 27. Instalaciones. Artículo 28. La uniformidad del voluntariado de Protección Civil.

CAPÍTULO VII. UNIFORMIDAD DE LA AGRUPACIÓN. Artículo 29. La uniformidad del voluntariado de protección civil. Artículo 30. Uso de uniformidad.

CAPÍTULO VIII. RÉGIMEN SANCIONADOR. Artículo 31. Faltas Leves. Artículo 32. Faltas graves. Artículo 33. Faltas muy graves. Artículo 34. Procedimiento sancionador.

CAPÍTULO IX. RÉGIMEN DISCIPLINARIO. Artículo 35. Procedimiento disciplinario.

CAPITULO X. DESARROLLO DEL REGLAMENTO. Artículo 36. Desarrollo del reglamento.

CAPITULO XI. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA AGRUPACIÓN. Artículo 37. El jefe de la Agrupación de Voluntarios. Artículo 38. El Subjefe y demás jefes de la Agrupación. Artículo 39. Estructura de la Agrupación.

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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CAPÍTULO I: Disposiciones Generales.

Artículo 1. Objeto Tiene por objeto configurar una estructura dirigida por el Ayuntamiento de El Ejido, en base a los recursos públicos y a la

colaboración de entidades privadas y de los ciudadanos, para el estudio y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como colaborar en la protección y socorro de las personad y los bienes cuando dichas situaciones se produzcan.

El presente reglamento local de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil (AVPC) de El Ejido, tiene por objeto regular: a. El voluntariado de Protección Civil de El Ejido, en cuanto a los criterios generales de homologación en materia de

formación, así como de la imagen corporativa del equipamiento, distintivos y uniformidad. b. Regular el régimen disciplinario y sancionador. c. Crear estructura orgánica de la Agrupación. d. Otros derechos y deberes del voluntariado.

Artículo 2. Ámbito de aplicación. El presente reglamento local será de aplicación para la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido. Artículo 3. Agrupación Local del Voluntariado de Protección Civil. Se entiende por Agrupación Local del Voluntariado de Protección Civil la organización constituida con carácter altruista que,

dependiendo orgánica y funcionalmente de los entes locales, tiene como finalidad la participación voluntaria de la ciudadanía en tareas de protección civil, realizando funciones de colaboración en labores de prevención, socorro y rehabilitación.

Artículo 4. Miembros del voluntariado de Protección Civil. Tendrán la consideración de miembros del voluntariado de protección civil, las personas físicas que se comprometan de forma

libre, gratuita y responsable a realizar actividades de interés general con carácter voluntario y sin ánimo de lucro, dentro de los programas propios de Protección Civil y a través de las agrupaciones de tal naturaleza, que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 12 del presente reglamento.

CAPÍTULO II

Agrupación de Voluntariado de Protección Civil, estructura y funcionamiento.

Artículo 5. Creación, modificación, disolución y registro de Agrupación. 1. Corresponde al Ayuntamiento de El Ejido, que, de conformidad con lo previsto en la legislación sobre régimen local, es

competente para ello: a) La adopción del acuerdo plenario para la creación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido

dependiente de aquella, así como, en su caso, el de su modificación y el de su disolución. b) Aprobar el reglamento de la Agrupación, que se regirá por el reglamento General de agrupaciones de voluntarios de

Protección Civil de Andalucía, la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de emergencias en Andalucía y demás normativa que resulte de aplicación.

c) Solicitar la inscripción, la modificación y la baja de la Agrupación en el registro de Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la comunidad Autónoma de Andalucía.

2. La inscripción en el registro será obligatoria para que las Agrupaciones tengan acceso a las vías de participación, fomento, formación impartida por la escuela de Seguridad Pública de Andalucía y para su actuación en materia de protección civil en los planes de emergencia de la comunidad Autónoma de Andalucía.

3. Los datos y el procedimiento de inscripción se desarrollarán mediante orden de la persona titular de la consejería competente en materia de emergencias y protección civil.

4. La información que figure en todos los registros o bases de datos que se utilicen para el control de quienes tengan la condición de miembro del voluntariado de protección civil, estará desagregada por sexo.

Artículo 6. Dependencia orgánica y funcional. 1. La Agrupación dependerá orgánica y funcionalmente del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de El Ejido como responsable

máximo, pudiendo delegar sus funciones en la persona titular de la Delegación con competencias en materia de Protección Civil, con excepción de lo establecido en el apartado siguiente.

2. Cuando actúe dentro del marco de intervención de un plan de emergencia, dependerá funcionalmente de la persona titular de la Dirección de dicho plan.

3. La Agrupación del Voluntariado de Protección Civil queda encuadrada orgánicamente en el Servicio de Protección Civil del Ayuntamiento de El Ejido.

4. Corresponde al Ayuntamiento de El Ejido la dotación de infraestructura y equipamiento necesarios para el desarrollo de las funciones que correspondan a la Agrupación. Así, la Corporación Municipal arbitrará en sus presupuestos los medios necesarios para procurar que la Agrupación cuente con material específico que garantice la intervención inmediata ante cualquier emergencia, especialmente en el del transporte, la uniformidad y las telecomunicaciones.

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Artículo 7. Ámbito territorial de actuación. 1. La agrupación desarrollará sus funciones dentro del Municipio de El Ejido, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente. 2. La actuación fuera del ámbito territorial sólo podrá realizarse previa autorización de la persona titular de la delegación con

competencias en Protección Civil, y previa comunicación, con posterioridad a la autorización, se informará al órgano competente en materia de emergencias y protección civil de la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia de Almería y en la provincia en la que se desarrolle la actuación, en caso de ser distintas, en los siguientes supuestos.

a) Cuando lo requiera la máxima autoridad en materia de emergencias y protección civil de una entidad local en caso de emergencia.

b) Cuando lo requiera la persona titular de la Dirección de un plan de emergencia. c) Cuando lo requiera la entidad pública competente en la organización del dispositivo de protección civil de un

determinado evento. d) Cuando así se establezca en cualquiera de los instrumentos de colaboración administrativa que puedan existir de

acuerdo con lo dispuesto en la normativa de régimen local, estatal y autonómica. Artículo 8. Ámbito funcional de actuación. 1. La actuación de la Agrupación se centrará, con carácter general, en labores de prevención, socorro y rehabilitación ante

situaciones de emergencia, conforme a lo previsto en el correspondiente plan de protección civil de ámbito local. 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 28,2 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, mediante la acción voluntaria no

se podrán reemplazar actividades que estén siendo desarrolladas por el medio de trabajo remunerado o servir para eximir a las Administraciones Públicas Andaluzas de garantizar a la ciudadanía las prestaciones o servicios que éstos tienen reconocidos como derechos frente aquéllas.

Artículo 9. Actuación en el ámbito de apoyo operativo. En el ámbito de apoyo operativo, las Agrupaciones desarrollarán las siguientes funciones:

a) Participación en actuaciones frente a emergencias, según lo establecido en el correspondiente plan activado, especialmente en el Plan Municipal de Emergencias de El Ejido.

b) Colaboración en las tareas de dispositivos logísticos y de acción social en situaciones de Emergencia. c) Apoyo a los servicios de emergencias profesionales en caso de Emergencia o de dispositivos ante situaciones de

riesgos previsibles. d) Participación en actuaciones frente a emergencias, en primera instancia a través de los grupos o equipos que integran el

Área de Emergencias de la Agrupación (Unidad Sanitaria, unidad Logística y rescate Acuático que colaborará con el Servicio de Protección Civil del Ayuntamiento de El Ejido y la Jefatura de la Agrupación en la gestión del Puesto de Mando Avanzado propio del Ayuntamiento de El Ejido y en segunda instancia a través del total de los miembros del voluntariado de la Agrupación, según lo establecido en el correspondiente plan activado.

Artículo 10. Actuación en el ámbito de la prevención. Dentro del ámbito de la prevención, las Agrupaciones desarrollarán las siguientes funciones:

a) Colaborar en tareas de elaboración, divulgación, mantenimiento e implantación del Plan de Emergencias Municipal y de los planes de autoprotección.

b) Participación en campañas y planes formativos e informativos en materia de protección civil. c) Colaborar en los Planes Escolares de Autoprotección. d) Actuación en dispositivos de carácter preventivo en eventos públicos. e) Apoyo preventivo en locales y lugares públicos de pública concurrencia en función de las directrices emanadas por los

Servicios Técnicos Municipales. f) Participación en los simulacros o ejercicios que organice o coordine los servicios locales de Protección Civil.

CAPÍTULO III

El voluntariado de Protección Civil del Ayuntamiento de El Ejido. Artículo 11. Integración en las Agrupaciones y relación con la entidad local. 1. Los miembros del voluntariado de protección civil podrán integrarse en la Agrupación de la localidad de El Ejido por su

residencia, o en alguna otra que, por razones de operatividad, conocimiento del término, lugar de trabajo o proximidad, consideren oportuno.

2. La relación de los miembros de la Agrupación con el Ayuntamiento de El Ejido, tiene carácter de prestación de servicios gratuita, desinteresada y desprovista de todo carácter laboral o administrativo, por lo que los miembros del voluntariado no reclamarán a dicha entidad local retribución ni premio alguno. No obstante, los gastos de desplazamiento, manutención, alojamiento o cualquier otro que se pudiera ocasionar a los miembros del voluntariado con motivo del desempeño de su actividad, serán a cuenta de la administración o entidad pública para la que se hubiera realizado la actuación, que previamente habrá autorizado, salvo convenio o acuerdo al respecto entre administraciones.

Artículo 12. Acceso a la condición de miembro del voluntariado de protección civil. 1. Podrá acceder a la condición de miembro del voluntariado de protección civil toda persona física que cumpla los requisitos

siguientes:

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a) Ser mayor de edad y tener plena capacidad de obrar. b) No estar inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme. c) No haber sido expulsada de una Agrupación por resolución administrativa firme. d) No padecer enfermedad ni discapacidad física, psíquica o sensorial que impida ejercer normalmente funciones del

voluntariado de protección civil. e) Superar una prueba psicofísica establecida por el servicio local de protección civil. f) Superar el curso de formación básica para voluntariado de protección civil, según lo dispuesto en el artículo 19.

2. Para ello presentará solicitud en las dependencias del Servicio Local Protección Civil de El Ejido, conforme al modelo establecido en el Anexo I, en el que acredite el cumplimiento de los requisitos del apartado anterior. Además de la solicitud, se adjuntará declaración responsable suscrita por el interesado en la que se acredite el cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 45/2015 del voluntariado, el cual establece que no podrán ser voluntarios las personas que tengan antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas, o por delitos de terrorismo en programas cuyos destinatarios hayan sido o puedan ser víctimas de estos delitos. Además, deben acompañar certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad, ni defecto físico o psíquico que le impida ejercer normalmente las funciones de voluntario de Protección Civil. En el caso de que, debido a una discapacidad, no se pudiera ejercer normalmente todas las funciones como voluntario, el certificado expresará aquellas funciones que puede realizarse por la persona solicitante.

3. El Servicio de Protección Civil del Ayuntamiento de El Ejido resolverá sobre el ingreso en la Agrupación de la persona solicitante, pudiendo denegarlo motivadamente en el supuesto de incumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 1.

Artículo 13. Suspensión y extinción de la condición de miembro de voluntariado de protección civil. 1. La condición de miembro del voluntariado de protección civil se suspenderá:

a) Por decisión propia de la persona interesada, previa comunicación a la entidad local de la que dependa de la Agrupación, en la que haga constar el motivo de la misma y su periodo de duración.

b) Por haber sido sancionada con la suspensión, por resolución administrativa firme de la condición de miembro del voluntariado de protección civil.

c) Como medida cautelar, por decisión de la autoridad responsable, durante la tramitación de un procedimiento sancionador o judicial, según previsto en el reglamento de Agrupación.

d) Por realizar estudios o trabajos fuera de la provincia en un periodo superior a tres años. e) Baja por enfermedad superior a 1 año.

2. La condición de miembro de voluntario de protección civil se extinguirá: a) Por la desaparición de algunos de los requisitos necesarios para adquirir la condición de miembro del voluntariado de

protección civil, dispuestos en el artículo 12.1. b) Por decisión propia de la persona interesada, que deberá comunicar al Ayuntamiento de El Ejido. c) Por haber sido sancionado por la expulsión de la Agrupación por resolución administrativa firme. d) Por falta de compromiso o ausencias reiteradas al no prestar servicio en el periodo continúo de noventa días. e) Por falta de compromiso al no cumplir 100 horas, (70 horas de servicio y 30 de formación) anuales o ausencias

reiteradas en más de 90 días. f) Por fallecimiento.

Artículo 14. Desarrollo de las funciones de los miembros del voluntariado. 1. Las funciones del voluntariado de protección civil se desarrollarán siempre dentro de la estructura orgánica de la Agrupación,

obedeciendo las instrucciones de las personas responsables de la agrupación, autoridades y personal competente en materia de protección civil y siempre dentro del ámbito de las funciones que se atribuye a estas agrupaciones en los artículos 9 y 10.

2. Cuando la agrupación realice sus funciones fuera del ámbito territorial de la entidad local a la que pertenezcan atenderán, según proceda, a las instrucciones dictadas por la entidad local correspondiente al territorio en el que esté actuando, a la persona titular de la dirección del plan de emergencia activado, a la entidad pública competente en la organización del dispositivo de protección civil de un determinado evento o a la persona o entidad establecida en los instrumentos de la colaboración administrativos según lo establecido en el artículo 7.2.

3. Los miembros del voluntariado de protección civil no tendrán la condición de autoridad en el desarrollo de sus funciones. Artículo 15. Derechos. El voluntariado de protección civil tiene los derechos establecidos en la normativa de voluntariado de la Comunidad Autónoma

de Andalucía, y, además, los derechos de: a) Tener asegurados los riesgos derivados directamente del ejercicio de la actividad propia de la agrupación, mediante un

seguro de accidentes y enfermedad que contemplen indemnizaciones por disminución física, incapacidad temporal o permanente, fallecimiento y asistencia médico-farmacéutica, así como un seguro de responsabilidad civil, para el caso de daños y perjuicios causados a terceros. Las condiciones y cuantías de dichos seguros serán fijados por la entidad local en términos análogos a los fijados para los empresarios públicos locales con funciones similares en el ámbito de la protección civil.

b) Ostentar cargos de responsabilidad en la Agrupación de acuerdo con lo que se disponga a tal efecto en el reglamento de la Agrupación

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c) Recibir manutención, transporte y alojamiento en la prestación del servicio. Deben hacer frente a esos gastos la administración pública de quien dependa la planificación y organización del dispositivo establecido. En cualquier caso, esta compensación de los gastos no tendrá carácter de remuneración o salario.

d) Recibir una acreditación suficiente por parte del Ayuntamiento de El Ejido. e) A estar debidamente uniformado y usar los emblemas, distintivos y equipos del servicio y los correspondientes a su

categoría en todas las actuaciones a las que sean requeridos. f) A obtener toda la información posible sobre el trabajo a realizar. Así mismo, tiene derecho a conocer todos los aspectos

referentes a la organización de la Agrupación a que pertenece. g) Obtener todo el apoyo material que se necesite para el desarrollo del servicio. h) A participar en la estructura de la organización, así como a opinar sobre el trabajo desarrollado.

Artículo 16. Deberes. El voluntariado de protección civil tiene los deberes establecidos en la normativa de voluntariado de la comunidad Autónoma de

Andalucía, y, además, los deberes de: a) Cumplir estrictamente sus deberes reglamentarios cooperando con su mayor esfuerzo e interés en cualquier misión, ya

sea ésta de prevención o de socorro, ayuda y rescate de víctimas, evaluación, asistencia, vigilancia y protección de personas y bienes con la finalidad de conseguir siempre una actuación diligente, disciplinaria y solidaria en éstos y en cualquier otra misión dentro de su ámbito funcional pueda serle encomendada por los mandos correspondientes.

b) Actuar siempre como miembro de la Agrupación en los actos de servicios establecidos por la misma. c) Usar debidamente la uniformidad, equipamiento y distintivos otorgados por la Agrupación en todos los actos que lo

requieran, particularmente en los casos de intervención especial, siniestros o emergencia, a efectos de identificación. d) Adoptar las medidas necesarias eviten situaciones que conlleven riesgos innecesarios para la persona. e) Poner en conocimiento de la persona responsable de la Agrupación, y en su caso, del Ayuntamiento de El Ejido, la

existencia de hechos que puedan suponer riesgos para personas, bienes o medio ambiente. f) Incorporarse al lugar de concentración en el menor tiempo posible en situaciones de emergencia. g) Participar en las actividades de formación o de cualquier otro tipo que sean programadas con objeto de dotar al

voluntario de una mayor capacitación para desempeño de sus funciones. h) En ningún caso, el voluntario o el colaborador de Protección Civil actuarán como miembros de la Agrupación fuera de

los actos de servicio. i) No obstante, podrá intervenir, con carácter estrictamente personal y sin vinculación alguna con la Agrupación, en

aquellos supuestos relacionados con su deber como ciudadano empleando los conocimientos y experiencias derivados de su actividad voluntaria.

j) El voluntario de Protección Civil debe cumplir el número de horas comprometidas con el Servicio de Protección Civil. Dicho número de horas vendrá estipulado por libre acuerdo del voluntario con la Agrupación. En cualquier caso, el tiempo comprometido no podrá ser inferior a 100 horas anuales.

k) Proporcionar, en todo caso, a todas las personas una igualdad de trato por razón de sexo. Artículo 17. Reconocimiento de méritos. 1. Sin perjuicio del carácter altruista y no remunerado que es inherente a toda actividad de voluntariado, se podrá reconocer los

méritos del voluntariado y, por constatación de los mismos efectos honoríficos. 2. La valoración de las conductas meritorias se realizarán a través de reconocimientos públicos, diplomas o medallas, además

de otras distinciones que pueda conceder el Ayuntamiento de El Ejido u otras entidades locales o de ámbito superior. a) La iniciativa corresponde al Jefe de Servicio correspondiente o, en su defecto al Jefe de la Agrupación. b) La valoración de las conductas meritorias que puedan merecer una recompensa, siempre de carácter no material,

corresponde a la Alcaldía. 1. Aquellos méritos reconocidos en la ANAV (Asociación Nacional de Voluntarios de Protección Civil) en los que premian,

agradecen y reconocen públicamente las acciones, la dedicación y el apoyo que las personalidades, instituciones, organismo y entidades prestan en el ámbito Protección Civil, la seguridad ciudadana y la atención de urgencias y emergencias en todo el municipio, así como, de otros municipios que hubiera una estrecha colaboración.

2. Reconocimiento de mérito, antigüedad y constancia, así como, menciones a dispositivos o servicios extraordinarios.

CAPÍTULO IV Formación del voluntariado de protección civil de Andalucía.

Artículo 18. Objetivo y desarrollo de la formación 1. La formación del voluntariado tiene como objetivo atender a las necesidades reales de la acción voluntaria obteniendo los

mayores niveles de eficacia, seguridad y evitación de riesgos. 2. Esta formación será de carácter básico y obligatorio durante su selección y preparación inicial y de carácter continuado,

durante todo el tiempo el tiempo de su pertenencia a las respectiva Agrupación. Artículo 19. Formación del voluntariado y homologación. 1. Jornadas de orientación. Para aspirantes al ingreso en la Agrupación.

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2. La formación básica para el voluntariado de protección civil tendrá una duración que no será inferior a 45 horas y su contenido curricular contendrá, al menos, las siguientes materias:

a) La Protección civil en la Comunidad Autónoma de Andalucía: organización, planificación, gestión de emergencias y voluntariado.

b) Primeros Auxilios c) Contraincendios y salvamento. d) Telecomunicaciones. e) Acción Social.

Tanto la metodología como los contenidos del curso deberán integrar la perspectiva de género. 1. Cursos de perfeccionamiento. Destinados a aquellos voluntariados que deseen profundizar en alguna de las áreas

mencionadas. 2. Cursos de especialización. Dirigidos funcionalmente, a los directivos y responsables de las Unidades Locales de Protección

Civil. 3. La formación del voluntariado de protección civil podrá ser impartida por la escuela de Seguridad Pública de Andalucía, y por

otras entidades que impartan cursos homologados por la citada escuela. 4. Los criterios de homologación se desarrollarán mediante orden de la persona titular de la consejería competente en materia

de emergencias y protección civil. 5. El Servicio Local de Protección Civil podrá programar y ejecutar cuantas actividades formativas considere oportunas para la

plena capacitación de la Agrupación dependiente de aquella, teniendo en cuenta, en todo caso, lo dispuesto en los apartados anteriores.

6. También se podrá realizar cursos y talleres con entidades especializadas en materia de socorros, emergencias y protección civil.

7. Como se menciona en el art. 13.2 apartado e, se requiere un mínimo de 30 horas anuales en formación, ya sea en cursos homologados o jornadas formativas.

CAPÍTULO V

Distintivo de la Agrupación Artículo 20. Distintivo del voluntariado de Protección Civil de El Ejido. El distintivo del voluntariado de protección civil contendrá un escudo, en los términos que figuran en el reglamento general, en

el que, en la franja blanca de la bandera de Andalucía, se incluirá la inscripción de “El Ejido”. Anexo II Artículo 21. Distintivo del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido. El distintivo del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido contendrá el escudo del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido, en los términos

que figuran en el Anexo III. Artículo 22. Uso del distintivo. Utilizarán el distintivo del voluntariado de protección civil, en el cumplimiento de las funciones de protección civil que le sean

propias, la Agrupación y sus miembros.

CAPÍTULO VI Equipamiento, vehículos e instalaciones de la Agrupación

Artículo 23. El equipamiento de la Agrupación. 1. El ayuntamiento de El Ejido garantizará:

a. Que la Agrupación y sus miembros dispongan del equipamiento necesario para el desarrollo de sus funciones. b. Que los miembros del voluntariado dispongan de una acreditación identificativa de su condición de persona voluntaria,

para uso exclusivo en la prestación de un servicio, organizar, o para identificarse en caso de emergencia. (ANEXO IV) 2. Las herramientas y equipamiento que se utilicen deberán reunir los requisitos establecidos en las disposiciones legales que

les sean de aplicación, en particular en la normativa en materia de prevención de riesgos laborales. 3. Los equipos de protección individual atenderán a los colores internacionales de protección civil, azul y naranja. Deberán

incorporar elementos de alta visibilidad y reflectantes. Artículo 24. Uso del equipamiento. 1. El uso que darán los miembros del voluntariado al equipamiento será adecuado en todo momento, no debiendo hacer unos

del mismo fuera de las actuaciones propias de la Agrupación. 2. El Ayuntamiento de El Ejido regulará lo necesario para el cumplimiento de esta obligación. Artículo 25. Automóviles. 1. Los automóviles, empleados en el servicio de la Agrupación serán de color blanco. 2. El distintivo, del voluntariado de protección civil se ubicará en el centrado en el capó y en las puertas delanteras del vehículo. 3. Debajo del distintivo, se dispondrá la inscripción “PROTECCIÓN CIVIL” pudiendo ocupar las puertas laterales delanteras y

traseras del vehículo.

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4. En la parte frontal del vehículo, dispuesto a la inversa con objeto de poder ser leído desde un espejo retrovisor, se colocará la inscripción “Protección Civil”.

5. En la parte trasera del vehículo, con objeto de poder ser leído por los vehículos que circulen detrás, se dispondrá la inscripción “Protección Civil”.

6. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja, y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto fácilmente identificable.

7. Alrededor del vehículo se ubicará un damero reflectante de color naranja. 8. Si en la aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros distintivos o rotulación se realizará de

modo que no dificulte la identificación del carácter del vehículo. Artículo 26. Motocicletas y ciclomotores. 1. Las motocicletas y ciclomotores empleadas en el servicio de la Agrupación serán de color blanco. 2. En un lugar visible las motocicletas y ciclomotores llevarán el distintivo del voluntariado de protección civil y la inscripción

“PROTECCIÓN CIVIL”. 3. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja, yh se dispondrá de forma que sea

proporcional al objeto y fácilmente identificable. 4. En el perímetro de la motocicleta y ciclomotores se ubicará un damero reflectante de color naranja. 5. Si en la aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros distintivos o rotulación se realizará de

modo que no dificulte la identificación del carácter del vehículo. Artículo 27. Embarcaciones. 1. A lo largo de las embarcaciones se ubicar una franja de color naranja suficientemente visible, cuyo grosor será proporcional

a la altura del costado de la embarcación, respetando, en todo caso, la normativa sobre señalización náutica. 2. En la parte trasera de las bandas de babor y de estribor se dispondrá el distintivo del voluntariado de protección civil. 3. En las bandas de babor y de estribor, en lugar visible, se dispondrá la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL». Artículo 28. Instalaciones. 1. A efectos de lo dispuesto en el presente reglamento, las instalaciones pueden ser fijas o móviles. 2. En las instalaciones fijas, tales como los edificios, locales o sedes, se dispondrá a la entrada cartelería con el distintivo del

voluntariado de protección civil. Debajo del distintivo, se ubicará la inscripción “AGRUPACIÓN LOCAL DEL VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL”.

3. Las instalaciones móviles, tales como los hinchables, carpas o tiendas de campaña serán de color naranja. En lugar visible se dispondrá el distintivo del voluntariado de protección civil y la inscripción “PROTECCIÓN CIVIL”.

4. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja, y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto fácilmente identificable.

5. Si en la aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros distintivos o rotulación se realizará de modo que no dificulte la identificación de la instalación.

CAPÍTULO VII

Uniformidad de la Agrupación. Artículo 29. La uniformidad del voluntariado de protección civil. 1. La uniformidad de los miembros de la Agrupación tendrá las siguientes características:

a) Atenderá a los colores internacionales de protección civil azul y naranja. b) Dispondrá en la parte izquierda a la altura del pecho, el distintivo del voluntariado de protección civil. c) Dispondrá en la manga izquierda de las prendas superiores, el distintivo del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido. d) Todas las prendas superiores dispondrán en la espalda la inscripción “PROTECCIÓN CIVIL” y, bajo la misma, la

inscripción “VOLUNTARIADO”, debiendo ser adecuadas a la prenda y fácilmente identificables. El color de la rotulación será azul o naranja, contrario al color del fondo de la inscripción, o de color gris en caso de ser reflectantes.

2. En el desarrollo de sus actuaciones en el ámbito del apoyo operativo, por motivos de seguridad y mayor visibilidad e identificación, predominará el color naranja sobre el azul, y se portarán bandas homologadas reflectantes de color gris en caso de ser reflectantes.

Artículo 30. Uso de uniformidad. 1. Los miembros del voluntariado de protección civil deberán estar debidamente uniformados en el cumplimiento de sus

funciones, con excepción de aquellas actuaciones de colaboración en la elaboración o mantenimiento de planes de protección civil de ámbito local o de planes de autoprotección que se determinen en el Reglamento de la Agrupación, quedando prohibido su uso fuera del cumplimiento de sus funciones.

2. Todos los miembros de la Agrupación deberán poseer, al menos, un uniforme y los equipos de protección individual, en atención a las funciones que desarrollen, según determine la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil perteneciente al Ayuntamiento de El Ejido, y se comprometerán, en el momento que se les haga entrega de los mismo, al uso y conservación en las debidas condiciones. En ningún momento se añadirá ningún complemento o accesorio de uniformidad que no haya sido entregada por la administración Local.

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3. El uniforme permanecerá en las instalaciones de Protección Civil. Cada voluntario dispondrá de una taquilla para la custodia de su uniforme, hasta el momento de la entrada al preventivo que asistiese, si así lo determinase el responsable del Área de Protección Civil (Alcalde, Concejal, Director o Coordinador).

4. El uso de la uniformidad del voluntariado de protección civil será exclusivo para los miembros del mismo por lo que queda prohibido su uso por otros colectivos o personas.

5. En caso de extinción de la condición de miembro de voluntariado de protección civil, la persona devolverá toda la uniformidad de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido. En el supuesto de suspensión, se devolverá cuando así lo requiera el Servicio Local de Protección Civil.

CAPÍTULO VIII.

Régimen sancionador.

Las infracciones cometidas como consecuencia del incumplimiento o infracción sobre lo estipulado en el presente Reglamento podrán ser consideradas leves, graves y muy graves.

Artículo 31. Faltas Leves. Serán consideradas faltas leves:

a) El descuido en la conservación y mantenimiento del equipamiento, material, bienes o documentos que tuviera a su cargo y custodia.

b) La desobediencia de los mandos o responsables del servicio cuando ello no revista gravedad y no afecte al servicio que deba ser cumplido.

c) Las incorrecciones con los ciudadanos, superiores, compañeros o subordinados, siempre que no sean consideradas graves.

d) El incumplimiento de los deberes del voluntariado de protección civil siempre que no deban ser clasificados como falta grave o muy grave.

Artículo 32. Faltas graves. Serán consideradas faltas graves:

a) No poner en conocimiento de los responsables de la Agrupación o autoridades correspondientes a la existencia de hechos que puedan suponer riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente.

b) Negarse a cumplir las misiones que le sean encomendadas por su mando, por la jefatura de mayor rango de los servicios profesionales actuantes con las competencias en Protección Civil, siempre que las mismas estén contempladas en el presente Reglamento y el miembro del Voluntariado cuente con la preparación, condiciones y medios necesarios para su desarrollo.

c) Faltar al respeto o consideración debida al público, superiores, compañeros o subordinados, siempre que no sea considerado falta muy grave.

d) La utilización de uniformidad, equipamiento o emblemas fuera de las actividades o servicios de Agrupación. e) La pérdida o deterioro por negligencia del equipo, material, bienes o documentos del servicio a su cargo y custodia. f) Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas graves en un periodo de un año.

Artículo 33. Faltas muy graves. Serán consideradas faltas muy graves:

a) Toda actuación que suponga discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

b) Reclamar cantidades pecuniarias o cualquier tipo de recompensa en especia de contraprestación por la actuación prestada.

c) La utilización de la Agrupación para realizar aquellas actividades que no estén relacionadas con las labores propias de Protección Civil.

d) Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas graves en un periodo de un año. e) Utilizar o exhibir indebidamente las identificaciones del servicio. f) La agresión física o de palabra a cualquier miembro del servicio o a cualquier beneficiario del mismo. g) Negarse a cumplir las sanciones de suspensión que le fueran impuestas. h) El consumo de drogas o sustancias psicotrópicas, o el abuso de bebidas alcohólicas, especialmente durante la

prestación del servicio. Artículo 34. Procedimiento Sancionador. Las faltas cometidas se sancionarán:

a) Leves, con apercibimiento o suspensión hasta seis meses, según las circunstancias que concurran. b) Graves: con suspensión de seis meses a un año, según las circunstancias que concurran. c) Muy graves, con suspensión de más de un año y menos de tres, o con expulsión definitiva de la Agrupación, según las

circunstancias que concurran.

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CAPITULO IX. Régimen disciplinario.

Artículo 35. Procedimiento disciplinario. 1. La comisión de las faltas leves y graves se sancionarán por informe del Coordinador del Servicio de Protección Civil del

Ayuntamiento de El Ejido, previa tramitación del correspondiente procedimiento sancionador. 2. La comisión de faltas muy graves se sancionará previo informe del Coordinador del Servicio de Protección Civil del

Ayuntamiento de El Ejido por la persona titular de la Delegación con competencias en Protección Civil, previa tramitación del correspondiente procedimiento sancionador.

3. Se respetarán los principios de contradicción, prueba y audiencia de los interesados y el resto de los principios informadores del procedimiento disciplinario.

4. Para la imposición de sanciones por faltas leves no será necesario seguir el procedimiento, salvo el trámite de audiencia al interesado que deberá realizarse en todo caso.

5. Podrá suspenderse motivadamente la condición de miembro del voluntariado durante la tramitación de un procedimiento sancionador o judicial.

6. El plazo de prescripción de las infracciones y sanciones que hayan sido declaradas por resolución firme será de 3 años.

CAPITULO X Desarrollo del Reglamento.

Artículo 36. Desarrollo del Reglamento 1. Por el Servicio de Protección Civil del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido se elaborarán y formularán propuestas para la

aprobación de las normas e instrucciones que sean necesarias para desarrollar y aplicar este Reglamento. 2. La aprobación de estas normas corresponde a la persona titular de la Delegación con competencias en Protección Civil.

Capítulo XI.

Estructura y Organización de la Agrupación.

Artículo 37. El Jefe de la Agrupación de Voluntarios. El Jefe de la Agrupación será designado por el Alcalde o por la persona titular de la Delegación competente en Protección Civil,

a propuesta del Coordinador del Servicio de Protección Civil. Artículo 38. El Subjefe y demás Jefes de la Agrupación de Voluntarios. El Subjefe de la Agrupación, los Jefes de Unidad, Sección, Grupo o Equipo serán nombrados por el Coordinador del Servicio

de Protección Civil del Ayuntamiento de El Ejido a propuesta del Jefe de la Agrupación de Voluntarios. Artículo 39. Estructura de la Agrupación. La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de El Ejido se estructura de la siguiente forma: 1. Administración y Jefatura. Su función será coordinar las distintas secciones, las labores administrativas, custodia y gestión de expedientes y aquellas

propias de la Jefatura. Además, encargada del diseño de operativos para servicios preventivos en actividades públicas, dando apoyo al Coordinador del Servicio de Protección Civil y al Jefe de la Agrupación.

2. Área Operativa. Encargada de la actuación preventiva y operativa (intervención Sanitaria y apoyo logístico) tanto en Servicios preventivos como

en situaciones de emergencia. Y que estará compuesta por las siguientes Secciones: 2.1 Unidad Logística y Acción Social: Control, almacenamiento y abastecimiento de elementos necesarios para realización

de actividades preventivas, en emergencias y propias de la Agrupación, así como para organización de avituallamiento y albergue, como apoyo a los equipos de rescate profesionales.

2.2. Unidad Sanitaria: Deberá atender cuantas demandas de primeros auxilios le sean solicitadas en los servicios de tipo preventivo, así como colaborar con los Organismos o Entidades Sanitarias en la atención a posibles víctimas en situación de emergencia y/o catástrofes. También velara por el control de todo el material sanitario y de reposición de material de almacén en vehículos y Ambulancia

2.3. Unidad de Transportes: Velará por el mantenimiento y buen uso del parque móvil de la Agrupación 2.4. Unidad de Intervención: Actuación en cualquier actividad o servicio preventivo, realizando labores de control de

accesos y masas, regulación auxiliar de tráfico y evacuación de edificios y recintos de pública concurrencia. Y apoyo a los cuerpos profesionales en los casos de emergencia (apoyo en inundaciones, en incendios, en dispositivos de búsqueda de personas desaparecidas, etc.).

3. Área de Emergencias. Encargada de la actuación de la Agrupación de Voluntarios en las situaciones de Emergencias este grupo estará compuesto

con un número mínimo de operativos, que no será inferior a 8 efectivos. (Inundaciones, nevadas, terremoto, incendio forestal, búsqueda de personas desaparecidas, etc.). Se hará mediante:

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3.1. Grupo de Rescate (GR): Es el grupo integrado por el voluntariado más capacitado y con mayor experiencia en el rescate de personas o bienes, con especial intervención en situaciones de rescate en estructuras colapsadas, montaña y cavidades. Que colaborará con los cuerpos profesionales.

3.2. Unidad de Guías Caninos (UGC): Compuesta por Guías Caninos y Perros, que hayan superado los cursos de capacitación y especialización impartidos por la Escuela Nacional de Protección Civil o demás centros homologados para tal fin. Y que intervendrán en casos de búsqueda de personas desaparecidas.

4. Área de Prevención Encargada de colaborar en tareas de elaboración, divulgación, mantenimiento e implantación de los Planes de Protección Civil

de ámbito local y de los Planes de Autoprotección corporativa. Y participar en campañas y planes formativos e informativos en materia de protección civil.

4.1. Unidad Tecnológica: Dará soporte a la administración y servicios de la Agrupación, generando herramientas informáticas y su gestión. Igualmente, encargada de documentar siniestros, información a la población, apoyo y colaboración en planes y formación. En situaciones de emergencia será la encargada junto al Servicio de Protección Civil de El Ejido y la Jefatura de la Agrupación de la gestión del Puesto de Mando Avanzado del Ayuntamiento de el Ejido.

Disposición Derogatoria única: Queda derogado el Reglamento de la Agrupación de voluntarios de protección civil aprobado

por el Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 6 de junio de 1996. Disposición final: El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la

Provincia. ORGANIGRAMA DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

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ANEXO I

SOLICITUD DE INGRESO EN LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE EL AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

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Page 19: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

ANEXO II DISTINTIVO DEL VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

Escudo con la inscripción “El Ejido” dentro de la franja blanca de la bandera de Andalucía

ANEXO III DISTINTIVO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

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Page 20: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

ANEXO IV ACREDITACIÓN IDENTIFICATIVA COMO MIEMBRO VOLUNTARIO DE PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE EL

EJIDO

En El Ejido, a veinte de febrero de dos mil veinte. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco Góngora Cara.

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Page 21: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

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Doña Esperanza Pérez Felices, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Níjar (Almería). H A C E S A B E R: Que por Decreto de esta Alcaldía número 1349/2020, del día 7 de los corrientes, se han aprobado la convocatoria y las

bases que han de regir el procedimiento para la selección de once profesores/as de música y danza en las especialidades de trompa, trompeta, viola, saxofón, percusión, piano, guitarra, trombón, clarinete, flauta travesera y danza, correspondientes a los puestos trabajo de profesores/as para la Escuela Municipal de Música y Danza, los cuales se encuentran adscritos en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento al Servicio de Cultura, Educación, Patrimonio Cultural, Portal de Transparencia y Coordinación de Áreas, del Área de Cultura, Hacienda, Patrimonio Cultural y Coordinación, mediante el sistema de concurso-oposición libre, al objeto de proceder a su contratación bajo la modalidad de duración determinada, por interinidad, supuesto contemplado en el artículo 15.1,c) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, debido a la necesidad de cubrir temporalmente los citados puestos de trabajo durante el proceso de selección para su cobertura definitiva, cuyas plazas correspondientes son fijas de carácter discontinuo, a tiempo parcial, según redacción obrante en el expediente G-7881/2020. Mediante el presente anuncio se hace público el texto íntegro de las citadas bases: “BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ONCE PROFESORES, A EFECTOS DE ATENDER LAS NECESIDADES, URGENTES E INAPLAZABLES, DE PROFESORES DE MÚSICA Y DANZA, PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA DEL AYUNTAMIENTO DE NÍJAR”.

1.- Objeto de la Convocatoria. Es objeto de las presentes bases la convocatoria para la selección de once profesores de música y danza en las

especialidades de trompa, trompeta, viola, saxofón, percusión, piano, guitarra, trombón, clarinete, flauta travesera y danza, correspondientes a los puestos de profesores para la Escuela Municipal de Música y Danza, los cuales se encuentran adscritos en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento al Servicio de Cultura, Educación, Patrimonio Cultural, Portal de Transparencia y Coordinación de Áreas, del Área de Cultura, Hacienda, Patrimonio Cultural y Coordinación, mediante el sistema de concurso-oposición libre, al objeto de proceder a su contratación bajo la modalidad de duración determinada, por interinidad, supuesto contemplado en el artículo 15.1,c) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, debido a la necesidad de cubrir temporalmente los citados puestos de trabajo durante el proceso de selección para su cobertura definitiva, cuyas plazas correspondientes son fijas de carácter discontinuo, a tiempo parcial.

2.- Características de las contrataciones. A.- Adscripción de los puestos: ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA. B.- Área responsable: Área de Cultura, Hacienda, Patrimonio Cultural y Coordinación del Ayuntamiento de Níjar. C.- Recursos Humanos:

a).- Requisitos de titulación: Estar en posesión del título profesional de Grado Medio en la especialidad a la que se aspire. b).- Condiciones retributivas: La retribución bruta mensual correspondiente a la prestación de los servicios a jornada completa estará constituida por las

retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y las complementarias establecidas en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Níjar.

El sueldo bruto mensual de cada profesor vendrá determinado por el número de horas semanales que preste. c).- Los recursos humanos necesarios están compuestos por profesores de música de diferentes especialidades, y de

danza, todos ellos a tiempo parcial, según el cuadro que se expresa a continuación:

ESPECIALIDAD PROFESOR HORAS SEMANALES CLARINETE 7 H.

TROMPA 17 H. TROMPETA 17 H. TROMBÓN 6,5 H.

VIOLA 14 H. GUITARRA 10 H.

PIANO 10 H.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL2846/20

AYUNTAMIENTO DE NIJAR

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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ESPECIALIDAD PROFESOR HORAS SEMANALES FLAUTA TRAVESERA 12 H.

DANZA 5 H. PERCUSIÓN 12 H. SAXOFÓN 12 H.

d).- De entre todos los profesores de la Escuela Municipal de Música y Danza, se elegirá a un/a Director/a de la Escuela y a un/a Jefe/a de Estudios. Los profesores que ejerzan estos cargos, prestarán, además, para el ejercicio de las funciones propias del cargo, las horas semanales que a continuación se dirán, las cuales se acumularán a las que ya presten como profesor/a en la especialidad que impartan. Las horas semanales son: Director, 10 horas: Jefe de Estudios, 10 horas. Dicha acumulación horaria tendrá lugar, desde el día del nombramiento para el ejercicio del cargo hasta la finalización del contrato o, en su caso, el cese en el ejercicio del cargo.

e).- Las horas semanales asignadas en las presentes bases a cada especialidad podrán ser objeto de ampliación o disminución, en atención al número de matriculaciones que efectivamente se produzcan en la correspondiente especialidad en cada curso académico. A tal efecto, al inicio del nuevo curso académico por la Concejalía competente por razón de la materia se procederá al estudio y determinación de las horas que proceda asignar a cada especialidad: E1.evando la correspondiente propuesta a la Alcaldía en el supuesto de que alguna especialidad deba ser objeto de modificación de la jornada.

f).- Régimen de la relación laboral. Contratación bajo la modalidad de duración determinada, por interinidad, supuesto contemplado en el artículo 15.1,c) del

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, por existencia de plazas vacantes que tienen la consideración de fijas de carácter discontinuo, a tiempo parcial, cuya regulación se encuentra contenida en el artículo 12 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

D.- Duración de las contrataciones. a).- El periodo de las contrataciones será de nueve meses, iniciándose en el mes de septiembre y finalizando el mes de

junio: coincidiendo, en cualquier caso, con el inicio y el fin del curso escolar del año correspondiente. b).- Sin perjuicio de lo anterior, quienes desempeñen, además, los cargos de Director/a de la Escuela, y Jefe/a de

Estudios, el periodo de contratación se iniciará al inicio del curso académico, al igual que el resto de profesores/as, y finalizarán el día anterior al del inicio del siguiente curso académico.

E.- Funciones a desarrollar. Se realizarán las siguientes:

a) Fomentar desde la infancia el conocimiento y apreciación de la música o la danza y atender su demanda social. b) Procurar una formación teórica y práctica que permita disfrutar de la práctica individual y de conjunto de la danza o de la

música, sin limitación de edad. c) Posibilidad a los jóvenes con claras aptitudes la orientación y formación necesaria para acceder a los estudios de

carácter profesional de música o danza. d) Ofrecer una amplia gama de enseñanzas en torno a la música o a la danza, contemplando la demanda del entorno

sociocultural en el que se desarrollan las mismas. e) Recoger y difundir las tradiciones locales en materia de música o danza e incidir en la cultura popular no sólo a través

de la formación de los alumnos, sino también por la difusión directa mediante las manifestaciones artísticas de las escuelas.

f) Organizar actuaciones púbicas y participar en actividades de carácter aficionado. g) Fomentar en el alumnado el interés por la participación en agrupaciones vocales e instrumentales, o en agrupaciones de

danza. h) Proporcionar una enseñanza musical complementaria a la práctica instrumental, en el caso de la música y una

formación en el movimiento y la danza, en el caso de la danza”. 3.- Condiciones de admisión de los aspirantes. 3.1.- Para poder ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos

en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30

de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá

establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o

de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a la del puesto al que se aspira. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

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e) Estar en posesión del título profesional de Grado Medio en la especialidad a la que se aspira, expedido por el organismo oficial correspondiente (art, 17.1 del Decreto 233/1997, de 7 de octubre).

3.2.- Todos y cada uno de los requisitos anteriores se acreditarán documentalmente antes de la firma del contrato de trabajo, excepto los establecidos en las letras a), c) y e), que se acreditarán al presentar la instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo.

4.- Publicidad de la Convocatoria y Oferta Genérica de Empleo. 4.1.- La selección de los aspirantes que deseen participar en el proceso selectivo se realizará a través de convocatoria pública

mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. 4.2.- En caso de que tras el proceso selectivo quedara vacante alguno de los puestos objeto de la presente convocatoria, la

selección del personal se realizará a través de oferta genérica al Servicio Andaluz de Empleo. 5.- Admisión de los aspirantes. 5.1.- Los aspirantes que deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar la siguiente documentación:

a) Solicitud, indicando la especialidad a la que aspira. b) Fotocopia del D.N.I. o documento acreditativo de renovación. c) Fotocopia de los documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria. d) Documentos acreditativos de los méritos alegados para la fase de concurso de la convocatoria. e) Programación Didáctica de la especialidad a la que aspira, para su evaluación en la fase de oposición.

5.2.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán presentarse, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento y durante el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. El impreso de solicitud que podrá ser utilizado por los interesados, será facilitado gratuitamente en la Secretaría del Ayuntamiento, y estará disponible en las Oficinas del Registro General y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

5.3.- Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.4.- Junto a la solicitud se acompañarán los documentos a que alude la base 3.2: así como los documentos acreditativos de los méritos alegados, en su caso, y la Programación Didáctica de la especialidad a la que aspira, para su evaluación en la fase de oposición. Si los documentos presentados son fotocopias de los originales, el interesado deberá firmar y presentar declaración responsable sobre veracidad de las copias aportadas, cuyo modelo figura en el Anexo II que se acompaña a las presentes bases.

5.5.- En concepto de derechos de examen, los interesados abonarán la cantidad de 20 euros, mediante carta de pago que se facilitará al interesado en el momento de la presentación de la solicitud, o bien, a requerimiento de éste, remitírsela a la dirección de correo electrónico facilitado a tal fin, o por giro postal a favor del Ayuntamiento de Níjar, indicando que se trata de tasa por la participación en el proceso selectivo objeto de la convocatoria. En todo caso se deberá unir a la solicitud de participación resguardo del ingreso efectuado, aun cuando sea impuesto por persona distinta.

La no presentación de toda la documentación referida, dentro de los plazos establecidos, será causa de exclusión del proceso selectivo.

6.- Tribunal Calificador. 6.1.- El Tribunal Calificador estará constituido por:

a) Presidente: un empleado municipal, con titulación académica igual o superior a la solicitada en la convocatoria. b) Secretario el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue: con voz y voto. c) Vocales: tres empleados municipales, con titulación académica igual o superior a la solicitada en la convocatoria.

6.2.- El tribunal estará integrado además por los suplentes respectivos que han de ser designados conjuntamente con los titulares.

6.3.- El Tribunal puede actuar válidamente cuando concurran dos vocales y el Presidente, y los miembros que lo compongan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

6.4.- El Tribunal podrá valerse de Asesores Técnicos, con voz y sin voto. 6.5.- El Tribunal que juzgará el proceso selectivo objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la segunda

categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 7.- Calendario de realización de las pruebas en el procedimiento selectivo. 7.1.- Los aspirantes serán convocados para la realización de las pruebas selectivas en llamamiento único, mediante anuncio

expuesto en el Tablón de Anuncios de la Corporación, siendo excluido quien no comparezca, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal. Asimismo, concurrirán a las pruebas previstos del D.N.I., cuya acreditación podrá ser exigida por el Tribunal en cualquier momento.

7.2.- La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético del primer apellido, comenzando con la letra “Q”. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «R», y así sucesivamente. (Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 15 de marzo de 2019, B.O.E. del día 18 de marzo de 2019).

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7.3.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios referentes al proceso selectivo deberán hacerse públicos por el Tribunal en el Tablón de Anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

8.- Sistema de selección y desarrollo del proceso. El proceso selectivo constará de dos fases: concurso y oposición I).- PRIMERA FASE: A) FASE DE CONCURSO: En esta fase, que no tiene carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de

oposición, se valorarán los méritos de los aspirantes admitidos, hasta un máximo de 4,5 puntos. Consta de dos pruebas: Primera prueba: Baremo de Méritos: Se celebrará previamente a la fase de oposición. El Tribunal valorará los siguientes

méritos debidamente acreditados por los aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo: BAREMO DE MÉRITOS A. 1) Formación:

a).- Titulaciones académicas: • Por estar en posesión del Título Superior de Música en la especialidad a la que opta: ................... 0,50 puntos. • Por cada Título de Música de Grado Medio o Superior en una especialidad distinta a la que se opta: ................................................................................................................ 0,25 puntos. • Por cada título de Máster en cualquier especialidad musical: .......................................................... 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado titulaciones académicas será de .......................... 1 punto. La acreditación de estos méritos se realizará mediante la presentación del correspondiente título, o certificado del

organismo competente que serán aportados junto con la solicitud. b).- Cursos de formación:

• Por cada curso, cursillos o seminarios de formación específica relacionados con la especialidad a la que se opta de hasta 20 horas de duración: ................................................................................................ 0,25 puntos.

• Por cada curso, cursillo o seminarios de formación específica relacionada con la especialidad a la que se opta de 21 hasta 40 horas de duración: ........................................................................................... 0,50 puntos.

• Por cada curso, cursillo o seminarios de formación específica relacionada con la especialidad a la que se opta de 41 o más horas lectivas: ...................................................................................................... 0,75 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado cursos de formación será de ............................... 1 punto. La acreditación de estos méritos se realizará mediante la presentación del correspondiente título o diploma, o

certificado del organismo competente que serán aportados junto con la solicitud. A.2) Experiencia profesional:

Se valorarán los servicios prestados en cualquier Administración Pública, en puestos de idéntica o similar categoría impartiendo clases de música: ...................................................................................................... 0,25 puntos por mes.

La puntuación máxima en este apartado será de ........................................................................................... 1,5 puntos. La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de informe de vida laboral expedido por la

Tesorería General de la Seguridad Social y de los correspondientes contratos de trabajo o nombramiento en régimen estatutario, según corresponda, al objeto de demostrar la vinculación entre la experiencia aportada y el puesto de trabajo ofertado. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Segunda prueba.- Entrevista curricular.

La entrevista curricular se realizará una vez finalizada la fase de oposición, al objeto de comprobar el currículo de los aspirantes y su adecuación profesional al puesto de trabajo de los que son objeto de la presente convocatoria.

Esta prueba consistirá en responder por parte del aspirante a las cuestiones que el Tribunal calificador le pueda plantear, relacionadas con los aspectos y conocimientos profesionales del puesto de profesor en la especialidad a la que se aspire, con la finalidad de comprobar la adecuación de los aspirantes a los requisitos del puesto, valorándose: las habilidades y competencias personales del candidato sobre las funciones que corresponden al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, el conocimiento del trabajo y del entorno en el que se desarrollará el mismo, aptitud, actitud, grado de iniciativa, capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, grado de colaboración con superiores y compañeros, aceptación de normas e interés en el desempeño del puesto en la forma indicada.

El tiempo de duración de la entrevista será el que determine el Tribunal. La puntuación máxima de la entrevista no podrá ser superior a ......................................................................... 1 punto.

B).-FASE DE OPOSICIÓN: Consistirá en la realización de un ejercicio teórico-práctico, de carácter obligatorio y eliminatorio. El ejercicio consistirá en realizar una exposición por parte de los aspirantes ante el Tribunal de una programación didáctica de

grado elemental de la especialidad a la que opten, la cual habrán entregado junto a la solicitud de participación en el

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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procedimiento selectivo (base quinta), relacionada con el temario que se acompaña como anexo I a las presentes bases y en la que deberán defender los aspectos pedagógicos de la programación que consideren más destacados. El Tribunal podrá formular preguntas a los aspirantes relacionados con dicha exposición, si lo considerase necesario.

La duración de la prueba la determinará el Tribunal y como máximo será de 30 minutos. El ejercicio se puntuará hasta un máximo de 10 puntos y serán eliminados aquellos aspirantes que no lleguen a la

puntuación mínima de .................................................................................................................................... 5 puntos. 9.- Puntuación final y propuesta de contratación. 9.1.- La calificación final de los aspirantes (que hayan superado la fase de oposición) será la resultante de sumar las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición. En caso de empate en la puntuación final, prevalecerá el que haya obtenido una mayor puntuación en la fase de oposición. Si aun así continuara el empate se resolverá por sorteo.

9.2.- El Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que hayan superado el proceso de selección por orden de mayor puntuación final obtenida, elevando a la Sra. Alcaldesa Presidenta de la Corporación la propuesta de contratación de aquellos aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en la especialidad a la que optan. Con el resto de candidatos que habiendo superado el procedimiento de selección no sean propuestos para su contratación, se podrá formar una bolsa de trabajo o lista de espera con vigencia durante los periodos de contratación, por orden de mayor puntuación.

9.3.- En todo caso, en el supuesto de que un aspirante resulte seleccionado para varias especialidades, sólo podrá ser contratado para una de ellas.

10.- Presentación de documentos. 10.1.- Los aspirantes propuestos aportarán, en la Secretaría General y dentro del plazo de 5 días naturales desde que

manifiesten su intención de aceptar la contratación los documentos siguientes: - Fotocopia compulsada del D.N.I. - Copia compulsada de la titulación académica exigida. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los

específicamente señalados en la base segunda, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

- Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

- Certificado médico en el que se acredite el requisito de la base 3.letra b). - Certificado sobre información penal obrante en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, expedido por el Ministerio

de Justicia. 10.2.- Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen

un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10.3.- Si dentro del plazo indicado los aspirantes no presentan la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

11.- Contratación. La Alcaldesa, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos, contratará a los aspirantes propuestos. 12.- Incompatibilidades. El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26

de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable. 13.- Incidencias. 13.1.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas y adoptar las resoluciones necesarias para el buen funcionamiento

del proceso de selección, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

13.2.- En lo no previsto en las bases, se regirá por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: E1. Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local: E1. Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

14.- Uso genérico del masculino. Siguiendo la línea marcada por la Real Academia Española, todas las referencias para las que en estas Bases se utiliza la

forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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15.- Retirada de documentación. Se otorga un plazo de TRES MESES desde la publicación de la relación de aprobados, para que los interesados puedan retirar

la documentación aportada junto a la instancia de solicitud. Pasado el plazo establecido se destruirá la documentación aportada, así como los exámenes realizados. 16.- Recursos. Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que las aprobó en el plazo de

un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el B.O.P., o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Almería, todo ello de conformidad con los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

A N E X O I (TEMARIO)

Clarinete

Tema 1. Historia general del clarinete: orígenes y antecedentes del clarinete. Evolución desde el siglo XVIII. Tema 2. La familia del clarinete e instrumentos afines desde el siglo XVIII. Características constructivas y de sonoridad. Tema 3. El clarinete moderno: descripción de sus características constructivas y de los elementos que lo componen. Aspectos

fundamentales en la elección del instrumento. Instrucciones básicas sobre montaje, mantenimiento, conservación, y pequeñas reparaciones. La familia del clarinete. Las cañas en el clarinete.

Tema 4. Características acústicas del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los tubos sonoros. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Afinación. Formas convencionales y no convencionales de producir sonido.

Tema 5. Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico.

Tema 6. Descripción y funcionamiento del aparato respiratorio. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica del clarinete. Los tipos de respiración y su utilización dentro de la técnica general del clarinete. Colocación del cuerpo y del instrumento en posición sentada y erguida.

Tema 7. La técnica del clarinete: principios fundamentales. Formación de la columna de aire y su control en la técnica general del clarinete. Formación de la embocadura. Emisión del sonido: utilización de los músculos faciales, de la lengua, de los labios y de otros elementos. Diferentes tipos de ataque. La articulación.

Tema 8. La técnica moderna del clarinete: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 9. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 10. El clarinete en la orquesta y en la banda. Características del repertorio para ambas formaciones. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 11. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 12. Características del repertorio básico y progresivo para música de cámara. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 13. El clarinete en el jazz. Características del repertorio y su interpretación. Los cifrados y la improvisación. Tema 14. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento.

Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial. Tema 15. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 16. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 17. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 18. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 19. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado, métodos. Simplificación o reducción de la partitura. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 20. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 21. Interdisciplinariedad en los estudios de clarinete. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 22. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 23. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Danza Clásica/Española

Tema 1. La danza en España como patrimonio histórico-artístico cultural. Responsabilidad docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y futuras generaciones. La relación de la danza con las corrientes estéticas y con las demás artes.

Tema 2. Fundamentos básicos de la educación corporal. Colocación general del cuerpo: equilibrio, sensaciones, resistencias. Primeras sensaciones, evolución en las diferentes etapas del aprendizaje. Posibles consecuencias patológicas, técnicas y artísticas derivadas de una colocación errónea.

Tema 3.- La función muscular: escalas o grados tónicos. Antagonismo muscular: su importancia en la educación del movimiento, en la expresividad, la salud y calidad de vida. Consideraciones a tener presentes en la clase de danza.

Tema 4. Capacidades físicas básicas: fuerza, resistencia, flexibilidad, velocidad y coordinación. Diseño de tareas para su desarrollo.

Tema 5. El estudio del en-dehors. Descripción anatómica de su realización aplicada a la danza clásica. Diferentes formas físicas de las piernas y sus patologías. Características y correcciones en el estudio de la danza. Problemas específicos en los alumnos y solución a esas dificultades.

Tema 6. Enseñanza de la danza clásica en primer y segundo curso de las enseñanzas elementales: objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación y calificación y metodología.

Tema 7. Enseñanza de la danza clásica en tercer y cuarto curso de las enseñanzas elementales: Objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación y calificación y metodología.

Tema 8. El acompañamiento musical en la clase de danza. Relación del profesor de danza y el maestro acompañante. Acentos musicales y musculares. La importancia de la música en el aula. Su incidencia en el desarrollo técnico, musical y artístico.

Tema 9. La clase de danza clásica. Composición y estructura. Organización, desarrollo y ritmo. Objetivos y finalidad de los pasos que la componen. Aspectos melódicos, rítmicos y expresivos.

Tema 10. El estudio del adagio. Análisis de sus objetivos. Orientaciones metodológicas y prioridades. Características técnicas, interpretativas y expresivas. Limitaciones anatómicas.

Tema 11. Estudio del giro. Desarrollo, evolución y metodología en las diferentes etapas de su aprendizaje. Control de velocidad y equilibrio para el giro. Diferentes tipos de giros.

Tema 12. Estudio del salto. Análisis biomecánico de los saltos verticales y de los saltos con desplazamiento. Desarrollo, evolución y metodología en sus diferentes etapas de aprendizaje. Tipos de saltos. Respiración y coordinación.

Tema 13. Estudio del relevé en media punta y en puntas. Definición anátomo-funcional aplicada a la danza. Limitaciones anatómicas. Desarrollo, evolución y metodología en sus diferentes etapas de aprendizaje.

Tema 14. Estudio del trabajo específico del varón y del paso a DOS Dificultades técnicas, interpretativas y musicales. Desarrollo, evolución y metodología en sus diferentes etapas de aprendizaje. Fundamentos generales del paso a DOS

Tema 15. El repertorio. Metodología de su enseñanza: responsabilidades y funciones del profesor de repertorio. Criterios para su selección en las diferentes etapas de su aprendizaje.

Tema 16. El aprendizaje en el aula de danza. Gestión de expectativas. Clima del aula y el aprendizaje. Análisis de la interacción en el aula: profesor-alumno, alumno-alumno.

Tema 17. Procesos psicológicos básicos aplicados al contexto de enseñanza-aprendizaje en el aula de danza. Aprendizaje. Motivación y emoción. Percepción. Atención y memoria.

Tema 18. El desarrollo del talento y potencial artístico-creativo. Desarrollo de las capacidades creativas y expresivas, a través del movimiento. La conciencia del cuerpo, espacio y tiempo. La improvisación y el movimiento espontáneo como procedimiento de la educación corporal y capacitación para la danza. El desarrollo del espíritu emprendedor.

Tema 19. El uso de las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje de la danza. Recursos en Internet, video, cine y otros. La notación coreográfica y los diferentes sistemas: Labanotación, Benesh, Eshkol-Wachman y otros.

Tema 20. El folklore: Constitución de las primeras Sociedades del Folklore. Función social. Su diversidad en la geografía española. El folklorismo.

Tema 21. La enseñanza de la danza española en las enseñanzas elementales: Objetivos, competencias, contenidos, metodología, criterios de evaluación y de calificación para la iniciación en la escuela bolera, el folklore y el flamenco. Estructura de la clase y el acompañamiento musical.

Tema 22. El trabajo del torso en la danza española, escorzos y quiebros: Flexibilización y movilización de la columna vertebral. El braceo en las diferentes formas de la danza española.

Tema 23. Las castañuelas: Su estudio como instrumento musical, su desarrollo y metodología en las diferentes formas de la danza española. Las castañuelas en la danza estilizada y su tratamiento dentro de la obra musical y coreográfica. Interrelación con el zapateado. Las castañuelas en la geografía española.

Tema 24. La enseñanza del zapateado, desarrollo y metodología en las diferentes etapas del aprendizaje de la danza española. Su tratamiento dentro de la obra musical en la danza estilizada. Interrelación con las castañuelas.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 25. El estudio del giro: Técnicas del giro. Las vueltas en la danza española, las vueltas de pecho y quebradas, diferencias en función del eje corporal, niveles y planos espaciales. Desarrollo y metodología en las diferentes etapas del aprendizaje.

Tema 26. Estudio del salto: Técnica, tipos de salto, los trenzados o batería, coordinación y estilo en la danza española. Su desarrollo y metodología en las diferentes etapas de aprendizaje de la danza española.

Tema 27. Estudio de la gravedad: Concepto del peso en la danza de zapato. Su importancia en la calidad del movimiento. Desarrollo y metodología en las diferentes etapas del aprendizaje.

Guitarra

Tema 1. Historia general de la guitarra: Orígenes y antecedentes. Evolución histórica desde sus orígenes hasta nuestros días. Diferentes escuelas de construcción.

Tema 2. La guitarra moderna: Descripción de sus elementos característicos. Mantenimiento, conservación y accesorios. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento.

Tema 3. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los instrumentos de cuerda pulsada. Peculiaridades derivadas del modo de producción del sonido. Afinación. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Armónicos naturales y artificiales Formas convencionales y no convencionales de producción del sonido.

Tema 4. Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica de la guitarra. Colocación del cuerpo y del instrumento.

Tema 5. La técnica de la guitarra: principios fundamentales. La función de las distintas partes de cada brazo en la técnica de la guitarra.

Tema 6. La técnica moderna de la guitarra: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 7. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 8. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 9. La guitarra como instrumento acompañante, tanto en las tradiciones populares como en la música culta. Características del repertorio y su interpretación.

Tema 10. La transcripción: Conceptos generales, antecedentes históricos y criterios sobre la interpretación de transcripciones. Transcripciones del repertorio de otros instrumentos y de diferentes agrupaciones instrumentales.

Tema 11. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento. Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial.

Tema 12. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 13. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: Técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 14. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 15. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. Aplicación a la realización de cifrados y al acompañamiento de melodías. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 16. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado, métodos. Simplificación o reducción de la partitura. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 17. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 18. Interdisciplinariedad en los estudios de guitarra. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 19. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 20. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Flauta travesera

Tema 1. Historia general de la flauta travesera: Orígenes y antecedentes de la flauta travesera. Evolución histórica, desde los orígenes hasta nuestros días.

Tema 2. La flauta moderna: Descripción de sus características constructivas. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento. Instrucciones básicas sobre montaje, mantenimiento, conservación y pequeñas reparaciones. La familia de la flauta travesera.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 28_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 3. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los tubos sonoros. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Afinación. Formas convencionales y no convencionales de producir sonido.

Tema 4. Técnicas de concienciación corporal: Relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico.

Tema 5. Descripción y funcionamiento del aparato respiratorio. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica de la flauta travesera. Colocación del cuerpo y del instrumento en posición sentada y erguida.

Tema 6. La técnica de la flauta travesera: principios fundamentales. La columna de aire y su control en la técnica general de la flauta. Formación de la embocadura. Emisión del sonido: utilización de los músculos faciales, de la lengua de los labios y otros elementos. Diferentes tipos de ataque. La articulación.

Tema 7. La técnica moderna de la flauta travesera: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 8. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 9. La flauta travesera en la orquesta y en la banda. Características del repertorio para ambas formaciones. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 10. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 11. La flauta travesera en el jazz. Características de su repertorio y de su interpretación. Tema 12. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento.

Criterios didácticos para la selección de repertorio en el nivel inicial. Tema 13. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 14. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 15. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 16. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 17. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado, métodos. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 18. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 19. Interdisciplinariedad en los estudios de flauta travesera. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 20. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 21. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Percusión

Tema 1. Los timbales: Descripción de sus características constructivas. Diversos procedimientos para su afinación. Principios físicos de la producción del sonido en las membranas.

Tema 2. La caja: Descripción de las características constructivas de los distintos tipos. Principios físicos de la producción del sonido en las membranas.

Tema 3. Instrumentos de láminas: Descripción de sus características constructivas. Especificidad de los diversos instrumentos de esta familia. Principios físicos de la producción del sonido en las láminas.

Tema 4. Bombo, gongs, campanas, diversas modalidades de platos. Instrumentos de pequeña percusión. Instrumentos latinoamericanos.

Tema 5. Los instrumentos constitutivos de la batería de jazz. Su evolución. Tema 6. Técnicas de concienciación corporal: Relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control

y visualización mental, miedo escénico. Tema 7. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes, en relación con la técnica de los instrumentos de percusión.

Técnicas corporales aplicadas a los instrumentos de percusión. Control de la tensión muscular a través de una buena postura. Tema 8. La técnica de los instrumentos de percusión: Principios fundamentales. La técnica básica de timbales. Las diferentes

técnicas de caja, redoble y mordentes. Técnica básica de láminas, utilización de dos, tres y cuatro baquetas. Técnica básica del bombo, gong, campanas, platos y pequeña percusión. Técnicas específicas de los instrumentos latinoamericanos. Técnica específica de la batería.

Tema 9. Evolución de las diferentes escuelas y sistemas pedagógicos específicos de esta familia de instrumentos. Estudio comparativo de las concepciones estéticas, teóricas y técnicas de las diferentes escuelas. Aportación al desarrollo de la técnica de los grandes instrumentistas y pedagogos a través de la historia.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 29_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 10. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 11. Los instrumentos primitivos de percusión en las diferentes culturas. Conocimiento de las técnicas de estos instrumentos.

Tema 12. La percusión en el jazz. Su influencia en la música sinfónica. Los cifrados y la improvisación en la batería y en otros instrumentos.

Tema 13. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 14. La transcripción: conceptos generales, antecedentes históricos y criterios sobre la interpretación de transcripciones. Transcripciones del repertorio de otros instrumentos y de diferentes agrupaciones instrumentales.

Tema 15. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento. Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial.

Tema 16. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 17. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: Técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 18. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 19. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 20. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 21. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 22. Interdisciplinariedad en los estudios de percusión. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 23. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 24. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Piano

Tema 1. Historia general del piano: orígenes y antecedentes del piano. Evolución histórica desde comienzos del siglo XVIII. Tema 2. El piano moderno: descripción de sus características constructivas. Funcionamiento de los elementos constitutivos de

su mecánica. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento. Tema 3. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en las cuerdas percutidas:

fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. La influencia de los pedales en la sonoridad pianística. Tema 4. Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control

y visualización mental, miedo escénico. Tema 5. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica del piano. Manera de sentarse,

posición del cuerpo en general y de las manos sobre el teclado. Descripción de las funciones básicas correspondientes a los distintos segmentos del brazo y sus articulaciones: movimientos y combinaciones de movimientos que de ellos se derivan.

Tema 6. La digitación. Criterios sobre digitación a través de las diferentes épocas y estilos. Tema 7. La técnica moderna del piano: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los

grandes instrumentistas y pedagogos. Tema 8. Evolución de las diferentes escuelas y sistemas pedagógicos de los instrumentos de teclado, desde el clavicémbalo y

el clavicordio hasta el fortepiano y el piano del siglo XIX. Estudio comparativo de las concepciones teóricas y técnicas de las diferentes escuelas.

Tema 9. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 10. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: Repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 11. Características del repertorio básico y progresivo para música de cámara con piano: Acompañamiento del canto, dúos, tríos, cuartetos y otros. Evolución a lo largo de las diferentes épocas. El piano como instrumento orquestal.

Tema 12. El piano como instrumento acompañante. Características del repertorio y de su interpretación, tanto en música como en danza.

Tema 13. El piano en el jazz. Características del repertorio y de su interpretación. Los cifrados y la improvisación. Tema 14. El piano como instrumento complementario para los alumnos no pianistas. Criterios pedagógicos para la selección y

aplicación del repertorio en los diferentes niveles. Problemática específica, teniendo en cuenta las características de edad y dedicación de estos alumnos. Adecuación de la técnica y la programación a sus necesidades.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 15. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento. Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial.

Tema 16. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 17. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 18. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 19. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. Aplicación a la realización de cifrados y al acompañamiento de melodías. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 20. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Simplificación o reducción de la partitura. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 21. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 22. Interdisciplinariedad en los estudios de piano. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 23. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 24. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y el aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Saxofón

Tema 1. Historia general del saxofón: Perfil biográfico de Adolphe Sax como constructor de instrumentos e inventor del saxofón. Instrumentos de la familia del saxofón: Características constructivas y de sonoridad.

Tema 2. El saxofón moderno: Descripción de sus características constructivas. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento. Instrucciones básicas sobre montaje, conservación y pequeñas reparaciones. La familia del saxofón.

Tema 3. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los tubos sonoros. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Afinación. Formas convencionales y no convencionales de producir sonido.

Tema 4. Técnicas de concienciación corporal: Relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico.

Tema 5. Descripción y funcionamiento del aparato respiratorio. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica del saxofón. Colocación del cuerpo y del instrumento en posición sentada y erguida.

Tema 6. La técnica del saxofón: principios fundamentales. Formación de la columna de aire y su control en la técnica general del saxofón. Formación de la embocadura. Emisión del sonido: Utilización de los músculos faciales, de la lengua, de los labios, de la cavidad oral y de otros elementos. Diferentes tipos de ataque. La articulación.

Tema 7. La técnica moderna del saxofón: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 8. Evolución de las diferentes escuelas y sistemas pedagógicos específicos del instrumento. Estudio comparativo de las concepciones estéticas, teóricas y técnicas de las diferentes escuelas.

Tema 9. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 10. El saxofón en la orquesta y en la banda. Características del repertorio para ambas formaciones. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 11. El saxofón en el jazz. Características del repertorio y su interpretación. Los cifrados y la improvisación. Tema 12. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel:

repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos. Tema 13. La transcripción: conceptos generales y criterios sobre la interpretación de transcripciones. Transcripciones del

repertorio de otros instrumentos y de diferentes agrupaciones instrumentales. Tema 14. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento.

Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial. Tema 15. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 16. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 17. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para encontrar soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 18. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 31_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 19. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 20. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 21. Interdisciplinariedad en los estudios de saxofón. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 22. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 23. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Trombón

Tema 1. Historia general de los instrumentos de viento metal: orígenes y antecesores del trombón moderno. Evolución histórica de los instrumentos de metal. Sistema de válvulas y pistones y su aplicación en los instrumentos de metal. El trombón de pistones.

Tema 2. El trombón de varas moderno: descripción de sus características constructivas. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento. Instrucciones básicas sobre montaje y conservación. Utilización de las boquillas en los diferentes tipos de trombón. Diferentes tipos de trombón: características constructivas y de sonoridad. La familia de los sax-horns o bugles: características y repertorio.

Tema 3. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los tubos sonoros. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Afinación. Posiciones.

Tema 4. Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico.

Tema 5. Descripción y funcionamiento del aparato respiratorio. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes, en relación con la técnica del trombón. Colocación del cuerpo y del instrumento en posición sentada y erguida.

Tema 6. La técnica del trombón: principios fundamentales. Formación de la columna de aire y su control en la técnica general del trombón. Formación de la embocadura. Emisión del sonido: utilización de los músculos faciales, de la lengua, de los labios y de otros elementos. Diferentes tipos de ataque. La articulación.

Tema 7. La técnica moderna del trombón: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 8. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 9. El trombón en la orquesta y en la banda. Características del repertorio para ambas formaciones. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 10. El trombón en el jazz. Características del repertorio y de su interpretación. Los cifrados y la improvisación. Tema 11. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel:

repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos. Tema 12. La transcripción: conceptos generales, antecedentes históricos y criterios sobre la interpretación de transcripciones.

Transcripciones del repertorio de otros instrumentos y de diferentes agrupaciones instrumentales. Tema 13. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento.

Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial. Tema 14. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 15. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: Cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 16. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 17. Principios de improvisación en el instrumento: Recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 18. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 19. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 20. Interdisciplinariedad en los estudios de trombón. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 21. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 22. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 32_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Trompa Tema 1. Historia general de los instrumentos de viento-metal: orígenes y antecesores de la trompa moderna. Evolución

histórica de los instrumentos de metal. La trompa natural o de mano. Sistema de válvulas y pistones y su aplicación en los instrumentos de metal. Las tubas wagnerianas. Sax-horns. Bugles.

Tema 2. La trompa moderna: Descripción de sus características constructivas. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento. Instrucciones básicas sobre montaje y conservación. Selección de la boquilla para los diferentes tipos de trompa. Diferentes tipos de trompa: Características constructivas y de sonoridad.

Tema 3. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los tubos sonoros. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Afinación.

Tema 4. Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico.

Tema 5. Descripción y funcionamiento del aparato respiratorio. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes, en relación con la técnica de la trompa. Colocación del cuerpo y del instrumento en posición sentada y erguida.

Tema 6. La técnica de la trompa: principios fundamentales. Formación de la columna de aire y su control en la técnica general de la trompa. Formación de la embocadura. Emisión del sonido: utilización de los músculos faciales, de la lengua, de los labios y de otros elementos. Diferentes tipos de ataque. La articulación.

Tema 7. La técnica moderna de la trompa: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 8. Evolución de las diferentes escuelas y sistemas pedagógicos específicos del instrumento. Estudio comparativo de las concepciones estéticas, teóricas y técnicas de las diferentes escuelas.

Tema 9. Los diferentes métodos, colecciones de estudios y otros. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 10. La trompa en la orquesta y en la banda. Características del repertorio para ambas formaciones. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 11. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 12. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento. Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial.

Tema 13. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 14. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 15. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para encontrar soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 16. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 17. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 18. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 19. Interdisciplinariedad en los estudios de trompa. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 20. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 21. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Trompeta

Tema 1. Historia general de los instrumentos de viento metal: Orígenes y antecesores de la trompeta moderna. Evolución histórica de los instrumentos de viento-metal desde sus orígenes hasta la actualidad. Sistema de válvulas y pistones y su aplicación en los instrumentos de metal.

Tema 2. La trompeta moderna: Descripción de sus características constructivas. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento. Instrucciones sobre montaje y conservación. Utilización de las boquillas en los diferentes tipos de trompeta. Diferentes tipos de trompeta: características constructivas y de sonoridad.

Tema 3. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los tubos sonoros. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. La afinación. Efectos sonoros.

Tema 4. Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico.

Tema 5. Descripción y funcionamiento del aparato respiratorio Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica de la trompeta. Colocación del cuerpo y del instrumento en posición sentada y erguida.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 6. La técnica de la trompeta: principios fundamentales. Formación de la columna de aire y su control en la técnica general de la trompeta. Formación de la embocadura. Emisión del sonido: utilización de los músculos faciales, de la lengua, de los labios y de otros elementos. Diferentes tipos de ataque. La articulación.

Tema 7. La técnica moderna de la trompeta: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 8. Evolución de las diferentes escuelas y sistemas pedagógicos específicos del instrumento. Estudio comparativo de las concepciones teóricas y técnicas de las diferentes escuelas.

Tema 9. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 10. La trompeta en la orquesta y en la banda. Características del repertorio para ambas formaciones. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 11. La trompeta en el jazz. Características del repertorio y su interpretación. Los cifrados y la improvisación. Tema 12. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel:

repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos. Tema 13. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento.

Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial. Tema 14. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 15. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: Técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 16. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para encontrar soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 17. Principios de improvisación en el instrumento: Recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 18. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 19. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 20. Interdisciplinariedad en los estudios de trompeta. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 21. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 22. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Viola

Tema 1. Historia general de la viola: orígenes y antecedentes. Evolución histórica desde finales del siglo XVI hasta la actualidad.

Tema 2. La viola moderna: Características constructivas. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento.

Tema 3. El arco: Antecedentes, evolución histórica desde su origen hasta nuestros días. Partes del arco, materiales y otros. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del arco.

Tema 4. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los instrumentos de cuerda. Peculiaridades derivadas del modo de producción. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Armónicos naturales y artificiales. Relación con el punto de contacto y con la velocidad y presión del arco. Formas convencionales y no convencionales de producción del sonido.

Tema 5. Técnicas de concienciación corporal: Relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica de la viola.

Tema 6. La técnica de la viola: Principios fundamentales. Colocación y posición del cuerpo con respecto al instrumento. Sujeción de la viola y del arco. Mecanismo y función de los dedos y de cada articulación de ambos brazos. Descripción de los movimientos básicos del brazo derecho. Mecanismo del arco, golpes de arco a la cuerda y saltados. Dobles cuerdas, acordes de tres y cuatro sonidos: Bariolaje. Coordinación de movimientos de ambos brazos. Los cambios de posición. Portamentos y glissandi. Desarrollo de la velocidad de los dedos de la mano izquierda. Uso de las extensiones y reducciones. El vibrato. Relación de estas técnicas con los diferentes estilos.

Tema 7. La técnica moderna de la viola: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.

Tema 8. Evolución de las diferentes escuelas y sistemas pedagógicos específicos del instrumento. Estudio comparativo de las concepciones teóricas, teóricas y técnicas de las diferentes escuelas.

Tema 9. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada sobre el instrumento y su didáctica.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 34_______________________________________________________________________________

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Tema 10. La viola en la orquesta. Características del repertorio para esta formación. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.

Tema 11. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: Repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 12. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento. Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial.

Tema 13. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales. Tema 14. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica,

capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

Tema 15. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para encontrar soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

Tema 16. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

Tema 17. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Criterios para la selección del material adecuado a cada nivel.

Tema 18. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

Tema 19. Interdisciplinariedad en los estudios de viola. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

Tema 20. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

Tema 21. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 35_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE VERACIDAD DE COPIAS APORTADAS

D./Dª __________________________________________________, con DNI _________________________, y domicilio en

_________________________________________________CP_____________ de la provincia de ______________________ en

relación con la solicitud de participación en el procedimiento de selección de once profesores/as de música y danza en las especialidades de trompa, trompeta, viola, saxofón, percusión, piano, guitarra, trombón, clarinete, flauta travesera y danza, correspondientes a los puestos de profesores/as para la Escuela Municipal de Música y Danza, los cuales se encuentran adscritos en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento al Servicio de Cultura, Educación, Patrimonio Cultural, Portal de Transparencia y Coordinación de Áreas, del Área de Cultura, Hacienda, Patrimonio Cultural y Coordinación, mediante el sistema de concurso-oposición libre, al objeto de proceder a su contratación bajo la modalidad de duración determinada, por interinidad, supuesto contemplado en el artículo 15.1,c) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, debido a la necesidad de cubrir temporalmente los citados puestos de trabajo durante el proceso de selección para su cobertura definitiva, cuyas plazas correspondientes son fijas de carácter discontinuo, a tiempo parcial: de conformidad con lo previsto en el artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

MANIFIESTO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

1º.- Que cumplo con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o

facultad o para su ejercicio. 2º.- Que las fotocopias que acompaño a la presente y que se relacionan a continuación son fiel copia de los originales que

obran en mi poder, que dispongo de la documentación que así lo acredita y que la pondré a disposición de la Administración cuando me sea requerida, comprometiéndome a mantener dicha documentación a su disposición durante el tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio de mi derecho:

a) _____________________________________________________________

b) _____________________________________________________________

c) _____________________________________________________________

d) _____________________________________________________________

e) _____________________________________________________________

3º.- Que conozco que la inexactitud o falsedad en cualquier dato o documento que acompaña a esta declaración responsable implicará la nulidad de lo actuado, impidiendo el ejercicio del derecho o actividad afectada, sin perjuicio de la obligación de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento del derecho y de las responsabilidades penales o de otro orden que en Derecho procedieren.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firmo la presente en ______________________ a, _____ de___________________________ de 2020.

EL INTERESADO Fdo.: _________________________________.

ILMA. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE NÍJAR (ALMERÍA)”. En la Villa de Níjar, a siete de agosto de dos mil veinte. LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Esperanza Pérez Felices.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 37: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

E D I C T O RECURSOS HUMANOS

Expte. 2020/1878

Don José Juan Rodríguez Guerrero, Concejal Delegado de Recursos Humanos y Empleo del Ayuntamiento de Roquetas de

Mar (Almería), HACE SABER, que con fecha 10 de agosto de 2020, por esta Concejalía Delegada se ha dictado el Decreto 2020/5066,

siendo la Resolución del siguiente tenor literal: Con fecha 10 de julio de 2020 finalizó el plazo para la presentación de instancias para poder participar en el proceso selectivo

convocado por este Ayuntamiento para proveer en régimen jurídico funcionarial de interinidad, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.c del TREBEP, 8 puestos de Técnico de Administración General, Rama Técnica Jurídica, Subgrupo de Clasificación A2, mediante el sistema de oposición turno libre – BOPA. Número 112 de fecha 12 de junio de 2020 en concordancia con el BOPA Número 56 de 23 de marzo de 2020 -.

1. Lista Admitidos/as.

1. ALIAGA LORENZO JUAN RAMÓN 2. ASENSIO LUBARY BEATRIZ 3. ASENSIO MARTÍNEZ DAVID 4. BALDO CÓRDOBA MARÍA DEL PILAR 5. BALSALOBRE GÓNGORA MARÍA ROSA 6. BUENDÍA ALFÉREZ JOSÉ LUIS 7. BURGOS MORENO BELÉN 8. CANO BALSELLS LUCÍA 9. CASINO JARA FRANCISCO JAVIER 10. CASTILLO ANDÚJAR MARÍA DEL CARMEN 11. CASTILLO GALLARDO CARMEN MARÍA 12. CRETU ROZALINA 13. DÍAZ CASTILLO REMEDIOS 14. DOMÍNGUEZ GUIRADO MARGARITA 15. EL WADI PALOMARES GHADA 16. ESPINOSA BALGUERÍAS BELÉN 17. ESPINOSA BALGUERÍAS MARÍA DEL PINO 18. FERNÁNDEZ PEÑA MARÍA VICTORIA 19. FERNÁNDEZ PONCE CRISTINA 20. FERNÁNDEZ ROMACHO MIGUEL ÁNGEL 21. GALLEGO GUERRERO JUAN ANTONIO 22. GARCÍA ALCALÁ JOSÉ ANTONIO 23. GARCÍA GARCÍA MARÍA DE LA PAZ 24. GARCÍA MUÑOZ JOSÉ MANUEL 25. GARCÍA PARRA NA ISABEL 26. GARCÍA PÉREZ LISARDO MANUEL 27. GARCÍA RODRÍGUEZ MARGARITA 28. GARCÍA RUBIO HERMINIA 29. GÓNGORA GÓMEZ ANGULO MARÍA TERESA 30. GONZÁLEZ FUENTES MAITE 31. GUERRERO RUIZ SONIA 32. GUTIÉRREZ MALDONADO ELVIRA 33. HERNÁNDEZ PORRÚA MARÍA COVADONGA 34. IBÁÑEZ MORÓN JOSÉ 35. IGLESIAS GÓMEZ DANIEL 36. JURADO DEL ÁGUILA MARINA 37. LARA GARCÍA DAVID 38. LEMESHEVA ROMANOVA ALINA 39. LÓPEZ AVILÉS ALBA MARÍA 40. LÓPEZ GALLARDO CATALINA MARÍA 41. LÓPEZ GODOY ISABEL MARÍA

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 37_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL2857/20

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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42. LÓPEZ HARTO UNAI 43. LÓPEZ SALMERÓN ANTONIO LUIS 44. MARTÍN ARÉVALO MARÍA DOLORES 45. MARTÍN UCLÉS MARÍA DEL MAR 46. MARTÍNEZ ENGUIDANOS MARÍA JOSÉ 47. MARTÍNEZ GARCÍA FRANCISCO JAVIER 48. MARTÍNEZ MORILLAS SERGIO 49. MIRAS NAVARRO JOSÉ FRANCISCO 50. MOISA MARIUCA 51. MUÑOZ BARRERA SARA MARIA 52. MUÑOZ RAMOS ZAIDA 53. NAVARRO MARTÍNEZ JESÚS 54. NAVAS PATRICIO FRANCISCO MARTÍN 55. NICOLAU BESTARD ANTONIA 56. ORTIZ LÓPEZ FRANCISCO JOSÉ 57. OSUNA PORRAS MARÍA DOLORES 58. PARDO BUENDÍA JOSÉ MANUEL 59. PEDRERO GUTIÉRREZ FRANCISCO JOSÉ 60. PEÑA SERRANO BELÉN 61. PÉREZ ENCINAS NOELIA 62. PÉREZ PULIDO CARMEN PILAR 63. PLATERO MORENO PATRICIA 64. PRADOS VALERO AGUSTÍN 65. RIVERA LÓPEZ JORGE 66. ROBLES REDONDO PILAR 67. RODRÍGUEZ ARAGÓN INMACULADA 68. RODRÍGUEZ BONILLA RODRIGO 69. RODRÍGUEZ MORENO DAVID 70. ROMERO GALLEGO ALFONSO CARLOS 71. ROMERO VILLANUEVA ANA BELÉN 72. RUEDA DE LA PUERTA ESTEBAN 73. RUIZ FERNÁNDEZ AMALIA MARÍA 74. SÁNCHEZ ACEVEDO ALEJANDRA 75. SÁNCHEZ PÉREZ ANA ISABEL 76. SÁNCHEZ ROJAS ROSA ANA 77. SÁNCHEZ ROSAURO FRANCISCA 78. SÁNCHEZ TORRES FRANCISCO JOSÉ 79. TELLADO FRÍAS RAQUEL 80. TELLO TUDELA ANTONIO 81. TELLO TUDELA VÍCTOR MANUEL 82. TORTOSA RODRÍGUEZ LOURDES 83. URDA ROMACHO MARÍA JOSÉ 84. VALLEJO MALDONADO CARLOS FRANCISCO 85. VALVERDE ABAD MARÍA 86. VIDICAN ANDREIA Lucía 87. YANGUAS MUÑOZ ALEJANDRO SANTÍSIMA TRINIDAD

De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento administrativo común y con las bases –

Estipulación 5ª-1- que rigen este proceso selectivo, se concede un plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación mediante Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería para que se subsanen las faltas o se acompañen los documentos preceptivos.

Los demás anuncios correspondientes a esta convocatoria se publicarán en el Tablón Electrónico y de Anuncios del Ayuntamiento de Roquetas de Mar: https://www.roquetasdemar.es/.

2. La realización del proceso selectivo comenzará el próximo día 19 de agosto 2020, a las 09:00 horas, personándose con

mascarilla sanitaria y la distancia de seguridad – dos metros-, tanto en el exterior como interior del aula, de los aspirantes citados en Palacio de Congresos y Exposiciones, Calle Joaquín Rodrigo, s/n, 04720 Aguadulce, Roquetas de Mar, Almería, así como provistos de su D.N.I. y bolígrafo azul, para la realización de la primera de las pruebas, que consistirá en desarrollar por escrito en un número de folios normalizados no superior a tres, anverso y reverso, y en el plazo máximo de dos horas, un tema elegido por el aspirante entre los dos propuestos por el Tribunal, mediante insaculación de los temas incluidos en el Anexo I de las Bases de la convocatoria.

Se ruega durante la presencia personal en el exterior del recinto, así como, durante el receso, respetar la distancia de seguridad y evitar contactos estrechos, así como, la presencia de familiares o amistades.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 38_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Asimismo, habrá que estar pendiente del Tablón Electrónico del Ayuntamiento sí por motivos derivados de la situación sanitaria de la Covid – 19 este procedimiento por la autoridad municipal se procediese a posibles cambios en su realización.

Finalizada esta primera prueba escrita y tras un receso máximo de media hora, se procederá al llamamiento de los Aspirantes

referenciados para la realización de la segunda prueba, que consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos correspondientes al Anexo II de las Bases, que serán determinados previamente por el Tribunal con una duración de desarrollo máximo de tiempo de 2 horas en un número de folios normalizados no superior a tres, anverso y reverso. En esta prueba se podrán consultar textos legales no comentados y únicamente en soporte papel, así como utilizar máquinas de calcular estándar y científicas, pero que no sean programables ni financieras.

3. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros: Presidenta:

Titular: Don Gabriel Sánchez Moreno. Responsable de Atención Ciudadana. Suplente: Doña Soledad Blanco Gálvez. Responsable de Prevención.

Vocales: Titular: Don Francisco Javier Torres Viedma. Letrado Municipal Suplente: Doña Ana Morillas López. Gestora Prevención. Titular: Doña María José Rodríguez González. Responsable de Prestaciones Económicas. Suplente: Doña María Cruz Montoya Alarcón. Gestora Recursos Humanos. Titular: Don Mariano López Martínez. Responsable Recursos Humanos. Suplente: Don Miguel Ángel López Rivas. Intendente Mayor Jefe Policía Local. Suplente: Don Secretario. Titular: Don Rafael Leopoldo Aguilera Martínez. Responsable Relaciones Laborales. Suplente: Don Juan Francisco Iborra Rubio. Responsable Servicios Sociales.

Se autoriza a la Presidencia del Tribunal a poder solicitar, tanto de los suplentes como de empleados públicos municipales que se precisen, que coadyuven en la colaboración de la implementación formal a nivel administrativo del proceso selectivo.

Lo que se hace saber para constancia y general conocimiento. En Roquetas de Mar, a diez de agosto de 2020. EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE GOBIERNO INTERIOR Y PROYECCIÓN CULTURAL Y DEPORTIVA. (B.O.P. N.º

122, de 28 de junio de 2019), José Juan Rodríguez Guerrero.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 39_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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RECURSOS HUMANOS

Expte. 2020/1949

Don José Juan Rodríguez Guerrero, Concejal Delegado de Recursos Humanos y Empleo del Ayuntamiento de Roquetas de

Mar (Almería) HACE SABER: QUE, con fecha 10 de agosto de 2020, por esta Concejalía de Recursos Humanos y Empleo, se ha dictado una Resolución

que se contrae a los siguientes datos: 1. Con fecha 10 de julio de 2020 finalizó el plazo para la presentación de instancias para poder participar en el proceso

selectivo convocado por este Ayuntamiento para proveer en régimen jurídico funcionarial de interinidad, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.c del TREBEP, 2 puestos de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Administrativo, denominación Rama Informática, Grupo C, Subgrupo de Clasificación C1, mediante el sistema de oposición turno libre – BOPA. Número 112 de fecha 12 de junio de 2020 en concordancia con el BOPA Número 56 de 23 de marzo de 2020.

2. Lista Admitidos/as.

APELLIDOS Y NOMBRE 1. ARCHILLA FERNÁNDEZ SERGIO 2. BESGA SÁNCHEZ JORGE 3. CINTAS MARTÍNEZ ANA 4. DIEZ RODRÍGUEZ EVA 5. JIMÉNEZ MARTÍNEZ SERGIO 6. JIMÉNEZ PEREIRA JOSÉ ANTONIO 7. MARTÍN ESPINOSA JAVIER 8. MARTÍN VACAS FRANCISCO JESÚS 9. MARTÍNEZ MUNUERA VICTOR 10. MOLERO ESCOBAR GABRIEL 11. MOLINA CALLEJÓN DIEGO 12. PASTOR GUIJARRO PEDRO 13. RUEDA CASARES JOSÉ DANIEL 14. RUIZ MARTÍNEZ DAVID 15. SALAS MORENO ANTONIO 16. SALMERÓN GARCÍA JOSÉ MANUEL 17. SÁNCHEZ CARRIÓN ANTONIO JOSÉ

De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento administrativo común y con las bases –

Estipulación 5ª-1- que rigen este proceso selectivo, se concede un plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación mediante Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería para que se subsanen las faltas o se acompañen los documentos preceptivos.

Los demás anuncios correspondientes a esta convocatoria se publicarán en el Tablón Electrónico y de Anuncios del Ayuntamiento de Roquetas de Mar: https://www.roquetasdemar.es/.

1. La realización del proceso selectivo comenzará el próximo día 20 de agosto 2020, a las 09:00 horas, personándose con

mascarilla sanitaria y la distancia de seguridad – dos metros-, tanto en el exterior como interior del aula, de los aspirantes citados en Palacio de Congresos y Exposiciones, Calle Joaquín Rodrigo, s/n, 04720 Aguadulce, Roquetas de Mar, Almería, así como provistos de su D.N.I. y bolígrafo azul, para la realización de la primera de las pruebas, que consistirá en desarrollar por escrito en un número de folios normalizados no superior a tres, anverso y reverso, y en el plazo máximo de dos horas, un tema elegido por el aspirante entre los dos propuestos por el Tribunal, mediante insaculación de los temas incluidos en el Anexo I de las Bases de la convocatoria.

Se ruega durante la presencia personal en el exterior del recinto, así como, durante el receso, respetar la distancia de seguridad y evitar contactos estrechos, así como, la presencia de familiares o amistades.

Asimismo, habrá que estar pendiente del Tablón Electrónico del Ayuntamiento sí por motivos derivados de la

situación sanitaria de la Covid – 19 este procedimiento por la autoridad municipal se procediese a posibles cambios en su realización.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 40_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL2858/20

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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2. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros: Presidenta:

Titular: Don Francisco Galindo Cañizares. Responsable de Informática. Suplente: Don Antonio José Martínez Villegas. Gestor Informática.

Vocales: Titular: Doña María José Rodríguez González. Responsable de Prestaciones Económicas. Suplente: Doña Ana María Morillas López. Gestora Prevención. Titular: Don Mariano López Martínez. Responsable Recursos Humanos. Suplente: Doña María Dolores Gómez Salmerón. Responsable Empleo. Titular: Doña María Cruz Montoya Alarcón. Gestora de Recursos Humanos. Suplente: Don Cándido Montoya Fernández de la Reguera. Administrador. Oficina Secretaría General. Secretario Titular: Don Rafael Leopoldo Aguilera Martínez. Responsable Relaciones Laborales. Suplente: Don Juan Francisco Iborra Rubio. Responsable Servicios Sociales.

Se autoriza a la Presidencia del Tribunal a poder solicitar, tanto de los suplentes como de empleados públicos municipales que se precisen, que coadyuven en la colaboración de la implementación formal a nivel administrativo del proceso selectivo.

Lo que se hace saber para constancia y general conocimiento. En Roquetas de Mar, a diez de agosto de dos mil veinte. EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE GOBIERNO INTERIOR Y PROYECCIÓN CULTURAL Y DEPORTIVA. (B.O.P. N.º

122, de 28 de junio de 2019), José Juan Rodríguez Guerrero.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 41_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 42: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

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RECURSOS HUMANOS

Expte. 2020/10858

Don José Juan Rodríguez Guerrero, Concejal Delegado de Recursos Humanos y Empleo del Ayuntamiento de Roquetas de

Mar, Almería, HACE SABER, que por esta Concejalía de Recursos Humanos y Empleo de fecha 10 de agosto de 2020 se ha procedido a

dictar la RESOLUCIÓN del siguiente tenor literal: 1. Con fecha 10 de julio de 2020 finalizó el plazo para la presentación de instancias para poder participar en el proceso

selectivo convocado por este Ayuntamiento para proveer en régimen jurídico funcionarial de interinidad, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.c del TREBEP, 5 puestos de la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Clase Administrativo, denominación Administrador, Grupo C, Subgrupo de Clasificación C1, mediante el sistema de oposición turno libre – BOPA. Número 112 de fecha 12 de junio de 2020 en concordancia con el BOPA Número 56 de 23 de marzo de 2020.

2. Lista Admitidos/as.

APELLIDOS Y NOMBRE 1. ABELLÁN PADILLA MARÍA DEL CARMEN 2. AGUADO PADILLA MARÍA FÁTIMA 3. AGUADO PADILLA MARÍA GEMMA 4. ALFÉREZ CASAS MARÍA ARACELI 5. ALMANSA GARCÍA YOLANDA 6. ALONSO PÉREZ CRISTINA 7. ÁLVAREZ CARRETERO FRANCISCA 8. ANDÚJAR GÓMEZ JESÚS MANUEL 9. APARICIO MALDONADO CRISTINA 10. ARCHILLA FERÁNDEZ SERGIO 11. ASENSIO LUBARY BEATRIZ 12. BAÑOS RUANO MARÍA DEL CARMEN 13. BARBERO CUDI MONTSERRAT 14. BARRIONUEVO OSORIO MARÍA CELESTE 15. BEJARANO AÑEZ GEMA YOLANDA 16. BESGA SÁNCHEZ JORGE 17. BIELSA DE USERA EVA 18. BRETONES CASTILLO MARÍA DEL CARMEN 19. BRETONES GONZÁLEZ MARÍA 20. CANO AGUAYO SONIA 21. CARREÑO MORENO ANA MARÍA 22. CARRETERO ARENAS DANIEL 23. CASINO JARA FRANCISCO JAVIER 24. CASTELLÓN MOLINA EVA MARÍA 25. CASTILLO ANDÚJAR MARÍA DEL CARMEN 26. CINTAS MARTÍNEZ ANA 27. CONSUEGRA LÓPEZ MARÍA 28. CONTRERAS CORTÉS JAVIER 29. CORDERO CANO FRANCISCO 30. CORTÉS PALLARÉS ELISABET 31. CORTÉS PALLARÉS MARÍA JOSÉ 32. COTA JIMÉNEZ MELANIA 33. CRETO ROZALINA 34. DAMIANOVICI DENIS FLORIN COSTICA 35. DÍAZ CASTILLO REMEDIOS 36. DÍAZ GOICOECHEA MARÍA DEL CARMEN 37. DÍAZ PRADOS ENCARNACIÓN 38. DUEÑAS RACERO DANIEL 39. ESCAÑUELA PARRA AMALIA

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ADMINISTRACIÓN LOCAL2859/20

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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40. FERNÁNDEZ PEÑA MARÍA VICTORIA 41. FERNÁNDEZ PONCE CRISTINA 42. FERNÁNDEZ RIVAS ROSA NATIVIDAD 43. FERRE RUIZ SILVIA 44. FIGUEREDO MARTÍNEZ CARMEN BELÉN 45. FLORES CABEZAS ANA MARÍA 46. FORTE ALBENZA EMILIO JESÚS 47. FRÍAS GARICA DEL PINO MARCO 48. FUENTE DE LA GARCÍA LUIS ALBERTO 49. FUENTES ARREDONDO JESSICA 50. GALLEGO GUERRERO JUAN ANTONIO 51. GÁLVEZ LÓPEZ CARMEN PILAR 52. GARCÍA GARCÍA ÁLVARO 53. GARCÍA GARCÍA CECILIO LUIS 54. GARCÍA GARCÍA MARÍA DE LA PAZ 55. GARCÍA MARTÍNEZ ÚRSULA 56. GARCÍA MATILLA IVAN 57. GARCÍA MORA MARÍA JOSÉ 58. GARCÍA MUÑOZ JOSÉ MANUEL 59. GARCÍA PARRA ANA ISABEL 60. GARCÍA PÉREZ CARMEN ROSA 61. GARCÍA POMARES GRACIA 62. GARRIDO HERNÁNDEZ LIDIA 63. GARZÓN TORO ANA MARÍA 64. GARZÓN TORO CARLOS MARCOS 65. GÓMEZ FERÁNDEZ MARÍA DEL CARMEN 66. GONZÁLEZ CONTRERAS JOSÉ MARÍA 67. GONZÁLEZ FUENTES MAITE 68. GONZÁLEZ JIMÉNEZ DAVID ALEJANDRO 69. GONZÁLEZ MANZANO MARÍA DEL PILAR 70. GONZÁLEZ MATARÍN MARÍA DEL MAR 71. GONZÁLEZ RODRIGO MARÍA ÁNGELES 72. GONZÁLEZ RUIZ MARÍA DOLORES 73. GRANADOS RECHE BEGOÑA DEL SALIENTE 74. GRANDÍA RUIZ LUIS 75. GUERRERO RUIZ SONIA 76. GUTIÉRREZ DÍAZ MARÍA DEL ROSARIO 77. HERNÁNDEZ RUEDA MARÍA DEL MAR 78. HOISA MARIUCA 79. IBÁÑÉZ LÓPEZ TATIANA 80. IBORRA RODRÍGUEZ EULARIA RITA 81. JORGE GARCÍA PATRICIA 82. JURADO DEL AGUILA MARINA 83. JURADO PLAZA MARÍA DEL CARMEN 84. KOWARIK ANDUGAR MIGUEL 85. LARA GARCÍA DAVID 86. LIZARTE MÁRQUEZ INMACULADA 87. LÓPEZ AVILES ALBA MARÍA 88. LÓPEZ GALLARDO CATALINA MARÍA 89. LÓPEZ MARTÍNEZ HERMINIA 90. LÓPEZ SÁNCHEZ PAOLA 91. LUTA ANA MARÍA 92. MARÍN ÁVILA RAQUEL 93. MARTÍN ARÉVALO MARÍA DOLORES 94. MARTÍN MAZUECOS MARÍA ISABEL 95. MARTÍN POMARES JUAN MANUEL 96. MARTÍN RODRÍGUEZ VÍCTOR GABRIEL 97. MARTÍN UCLÉS MARÍA DEL MAR 98. MARTÍNEZ HERNÁNDEZ MARÍA DEL CARMEN 99. MARTÍNEZ JIMÉNEZ YAIZA 100. MARTÍNEZ MORENO CRISTÓBAL 101. MARTÍNEZ MORENO ESTEFANÍA 102. MARTÍNEZ MUÑOZ JOSÉ

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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103. MARTÍNEZ SALVADOR JOSÉ ALBERTO 104. MARTÍNEZ VICIANA CARLOS JOSÉ 105. MARTOS BERBEL JOSÉ ANTONIO 106. MARTOS MARTÍNEZ MARÍA DEL MAR 107. MATA ARROYO MARÍA DEL CARMEN 108. MATA RANDO JAVIER 109. MONTOYA TORRES MARÍA ROSARIO 110. MORAL ANTEQUERA SUSANA DEL MAR 111. MORAL PANCORBO ADORACIÓN 112. MORILLAS GUERRERO MARÍA DEL CARMEN 113. MORILLAS SANTIAGO ERNESTO 114. MORÓN JIMÉNEZ MARÍA MERCEDES 115. MRABET ZEKRI AZIZA 116. MUÑOZ BARRERA SARA MARÍA 117. MUÑOZ FLORES JUAN CARLOS 118. MUÑOZ HERNÁNDEZ VERÓNICA 119. MUÑOZ RAMOS ZAIDA 120. NAVARRO GONZÁLEZ SARA 121. NAVARRO LÓPEZ MARÍA SONIA 122. NAVARRO MARTÍNEZ JESÚS 123. NICOLAU BESTARD ANTONIA 124. OLVERA GARCÍA MARÍA DEL MAR 125. ONTIVEROS VÉLEZ HORACIO 126. ORTIZ LÓPEZ FRANCISCO JOSÉ 127. OSUNA PORRAS MARÍA DOLORES 128. PALOMAS FRANCO MARÍA DEL CARMEN 129. PANIAGUA BLÁZQUEZ FRANCISCA 130. PAÑELLA ALFÉREZ ALBA 131. PAÑELLA ALFÉREZ RUBÉN 132. PAÑELLA MARTÍN FRANCISCO 133. PARDO BUENDÍA JOSÉ MANUEL 134. PARÍS RONDA MARÍA DEL CARMEN 135. PEDRERO GUTIERREZ FRANCISCO JOSÉ 136. PEINADO DE VEGA MAGALÍ 137. PEINADO RUIZ MARÍA DOLORES 138. PEÑA SERRANO BELÉN 139. PÉREZ ENCINAS NOELIA 140. PÉREZ FERNÁNDEZ ELENA MARÍA 141. PÉREZ PARRA CARMEN MARÍA 142. PÉREZ PULIDO CARMEN PILAR 143. PÉREZ RUIZ MONTSERRAT 144. PÉREZ SALAS ANDRÉS 145. PÉREZ SALAS JUAN 146. PÉREZ SOLA PEDRO ANTONIO 147. PESOA RIVERO ANDREA VERÓNICA 148. PLATERO MORENO PATRICIA 149. PRADOS HERRERO MARÍA DE LOS ÁNGELES 150. QUERO MALDONADO MANUEL 151. RABANEDA MOLERO MANUEL 152. RATIA FERNÁNDEZ YOLANDA 153. REQUENA VILLALBA EMILIA MARÍA 154. RODRÍGUEZ GONZÁLEZ CARLOS 155. RODRÍGUEZ GONZÁLEZ JULIA MARÍA 156. RODRÍGUEZ MORENO DAVID 157. RODRÍGUEZ PEÑA ENCARNACIÓN 158. ROMÁN VILLEGAS MARÍA INMACULADA 159. ROMERO GARNICA EVA MARÍA 160. RUIZ FERNÁNDEZ JOSÉ MIGUEL 161. RUIZ JUÁREZ JOSÉ 162. RUIZ RODRÍGUEZ BLANCA 163. SALDAÑA RODRÍGUEZ CRISTINA MARÍA 164. SALMERÓN GARCÍA JOSÉ MANUEL 165. SALVADOR CRUZ YAIZA

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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166. SÁNCHEZ FORTUN GARCÍA MARÍA TRINIDAD 167. SÁNCHEZ ORTIZ JUAN JESÚS 168. SÁNCHEZ PÉREZ ANA ISABEL 169. SÁNCHEZ RODRÍGUEZ ROCÍO 170. SÁNCHEZ ROGEL MARIANNE 171. SÁNCHEZ SERRANO MACARENA 172. SÁNCHEZ TORRES FRANCISCO JOSÉ 173. SERNA DE LA VIVAS CELIA 174. SOLO EL FADLH ALKRA 175. SOLVAS RAMÍREZ CARMELO 176. TELLADO FRÍAS RAQUEL 177. TENORIO GONZÁLEZ JUAN 178. VACA RUIZ ALICIA 179. VALLEJO MALDONADO CARLOS FRANCISCO 180. VALVERDE ABAD MARÍA 181. VARGAS ORTEGA AGUSTÍN LEOPOLDO 182. VARGAS SÁEZ TAMARA 183. VÁZQUEZ GÓMEZ CRISTINA 184. VÁZQUEZ RAMOS JUAN MANUEL 185. VEGA ZAFRA YOLANDA 186. VELA VILLEGAS GUADALUPE 187. VERA BELMONTE ISABEL MARÍA 188. VIDICAN ANDREA Lucía 189. VÍLCHEZ CALVENTE MARÍA JOSÉ 190. YANGUAS MUÑOZ ALEJANDRO SANTÍSIMA TRINIDAD

De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento administrativo común y con las bases –

Estipulación 5ª-1- que rigen este proceso selectivo, se concede un plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación mediante Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería para que se subsanen las faltas o se acompañen los documentos preceptivos.

Los demás anuncios correspondientes a esta convocatoria se publicarán en el Tablón Electrónico y de Anuncios del Ayuntamiento de Roquetas de Mar: https://www.roquetasdemar.es/.

1. La realización del proceso selectivo comenzará el próximo día 21 de agosto 2020, a las 09:00 horas, personándose con

mascarilla sanitaria y la distancia de seguridad – dos metros-, tanto en el exterior como interior del aula, de los aspirantes citados en Palacio de Congresos y Exposiciones, Calle Joaquín Rodrigo, s/n, 04720 Aguadulce, Roquetas de Mar, Almería, así como provistos de su D.N.I. y bolígrafo azul, para la realización de la primera de las pruebas, que consistirá en desarrollar por escrito en un número de folios normalizados no superior a tres, anverso y reverso, y en el plazo máximo de dos horas, un tema elegido por el aspirante entre los dos propuestos por el Tribunal, mediante insaculación de los temas incluidos en el Anexo I de las Bases de la convocatoria.

Se ruega durante la presencia personal en el exterior del recinto, así como, durante el receso, respetar la distancia de seguridad y evitar contactos estrechos, así como, la presencia de familiares o amistades.

Asimismo, habrá que estar pendiente del Tablón Electrónico del Ayuntamiento sí por motivos derivados de la

situación sanitaria de la Covid – 19 este procedimiento por la autoridad municipal se procediese a posibles cambios en su realización.

Finalizada esta primera prueba escrita y tras un receso máximo de media hora, se procederá al llamamiento de los Aspirantes

referenciados para la realización de la segunda prueba, que consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos correspondientes al Anexo II de las Bases, que serán determinados previamente por el Tribunal con una duración de desarrollo máximo de tiempo de 2 horas en un número de folios normalizados no superior a tres, anverso y reverso. En esta prueba se podrán consultar textos legales no comentados y únicamente en soporte papel, así como utilizar máquinas de calcular estándar y científicas, pero que no sean programables ni financieras.

2. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros: Presidente:

Titular: Don Mariano López Martínez. Responsable Recursos Humanos. Suplente: Doña Soledad Blanco Gálvez. Responsable Prevención.

Vocales: Titular: Doña María Dolores Gómez Salmerón. Responsable Empleo. Suplente: Doña María Cruz Montoya Alarcón. Gestora de Recursos Humanos. Titular: Don Gabriel Sánchez Moreno. Responsable de Atención Ciudadana. Suplente: Don Recadero García Narváez. Administrador Prestaciones Económicas.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 45_______________________________________________________________________________

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Titular: Don Miguel Ángel López Rivas. Intendente Mayor Jefe del Cuerpo de la Policía Local. Suplente: Don Antonio Villanueva Malpica. Inspector del Cuerpo de la Policía Local.

Secretario: Titular: Don Rafael Leopoldo Aguilera Martínez. Responsable Relaciones Laborales. Suplente: Don Juan Francisco Iborra Rubio. Responsable Servicios Sociales.

Se autoriza a la Presidencia del Tribunal a poder solicitar, tanto de los suplentes como de empleados públicos municipales que se precisen, que coadyuven en la colaboración de la implementación formal a nivel administrativo del proceso selectivo.

Lo que se hace saber para constancia y general conocimiento. En Roquetas de Mar, a diez de agosto de dos mil veinte. EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE GOBIERNO INTERIOR Y PROYECCIÓN CULTURAL Y DEPORTIVA. (B.O.P. N.º

122, de 28 de junio de 2019), José Juan Rodríguez Guerrero.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 46_______________________________________________________________________________

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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A N U N C I O

Francisco J. Vizcaíno Martínez, Gerente de (FCC Aqualia, S.A.), concesionaria del Servicio de Agua, Alcantarillado y Depuración de la Mancomunidad de municipios del Bajo Andarax, hace saber que se exponen al público los censos de ingresos por recibo siguientes:

A) Tasa por Suministro de Agua Potable: - Cuota de Servicio y Consumo. Tercer Trimestre de 2020.

B) Tasa por Alcantarillado: - Cuota de Servicio y Consumo. Tercer Trimestre de 2020.

C) Canon Autonómico: - Cuota de Servicio y Consumo. Tercer Trimestre de 2020

Zona 2: Esta zona comprende los municipios de Huércal de Almería (310-323), Viator y Gádor.

La exposición pública será por plazo de quince (15) días hábiles, contados desde la aparición de este anuncio. Durante dicho

plazo los interesados podrán examinarlos en las oficinas del Servicio, sitas en C/Arcilla, 3B en Huércal de Almería, y si lo estiman, formular las reclamaciones oportunas.

Las deudas no satisfechas al finalizar el plazo de pago en voluntaria serán exigidas conforme a la legislación vigente. En Huércal de Almería, a veintinueve de julio de dos mil veinte. EL GERENTE, Francisco J. Vizcaíno Martínez.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 47_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL2707/20

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO ANDARAXFCC AQUALIA, S.A.

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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A N U N C I O

De conformidad con lo establecido en el artículo 26.2 del R.D. 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (R.D.Legislativo 1/2004, de 5 de marzo), por el presente anuncio se pone en conocimiento de todos los interesados la apertura del trámite de audiencia previo correspondiente al procedimiento de aprobación de la ponencia de valores parcial del municipio de: VÍCAR.

El expediente de aprobación de cada ponencia puede ser consultado durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, previa obtención de cita a través de la Sede Electrónica del Catastro (www.sedecatastro.gob.es) o de la Línea Directa del Catastro 91 387 45 50 - 902 37 36 35, en esta Gerencia, sita en PLAZA EMILIO PÉREZ, 1 de Almería, a fin de que, en ese mismo plazo, los interesados puedan formular las alegaciones y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.

En Almería, a diez de agosto de dos mil veinte. EL GERENTE TERRITORIAL, Yolanda Ríos Vallejo.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 48_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO2843/20

MINISTERIO DE HACIENDADELEGACION DE ECONOMIA Y HACIENDA EN ALMERIA

GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 49: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 338/2020. Negociado: T2. N.I.G.: 0401344420200001324. De: D./D.ª JOSÉ CLEMENTE PÉREZ RUIZ. Abogado: ROSA MIRÓN AGÜERA. Contra: D./D.ª CALDERERÍAS Y MONTAJES FERGON S.L. y FOGASA. Abogado:

E D I C T O

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. LOURDES CANTÓN PLAZA, ACTUANDO EN SUSTITUCIÓN EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 3 de Almería), Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 de Almería, en los autos número 338/2020 seguidos a instancias de JOSÉ CLEMENTE PÉREZ RUIZ contra CALDERERÍAS Y MONTAJES FERGON S.L. y FOGASA sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a CALDERERÍAS Y MONTAJES FERGON S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 28 OCTUBRE 2021 A LAS 11,10, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Carretera de Ronda, 120, 6.ª Pl., Ciudad de la Justicia, debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a CALDERERÍAS Y MONTAJES FERGON S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a veintisiete de julio de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María de la Cruz Cívico Maldonado. "La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 49_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2688/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 50: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 151/2020. Negociado: AS. N.I.G.: 0401344420200000611. De: D/Dª. JUAN DAVID BROZOVICH RIVEROS. Abogado: Contra: D/D.ª FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y CALDERERÍA Y MONTAJES FERGON, SOCIEDAD LIMITADA Abogado:

E D I C T O

D/Dª. María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 151/2020 se ha acordado citar a

CALDERERÍA Y MONTAJES FERGON, SOCIEDAD LIMITADA como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 17 de enero del 2022 a las 10:50 horas, 10:35 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N.º 120 Bloque B PTA 1 SALA 11 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que, en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada. Y para que sirva de citación a CALDERERÍA Y MONTAJES FERGON, SOCIEDAD LIMITADA. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En Almería, a veintitrés de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 50_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2648/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 51: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 57/2020. Negociado: MC. N.I.G.: 0401344420190000879. De: D/Dª. JESÚS LEOPOLDO SÁNCHEZ OYONARTE. Abogado: SALVADOR BENÍTEZ GALLEGO. Contra: D/D.ª ALGRANO 21 S.L.

E D I C T O

Dª María José Sáez Navarro, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 57/2020 a instancia de la parte actora D. JESÚS

LEOPOLDO SÁNCHEZ OYONARTE contra ALGRANO 21 S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 15/06/2020 donde los interesados podrán tener conocimiento íntegro del acto, contra la que cabe recurso de reposición.

Y para que sirva de notificación al demandado ALGRANO 21 S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a veintitrés de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro. “La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes”.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 51_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2649/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 52: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1007/2018. Negociado: AS. N.I.G.: 0401344420180003937. De: D/Dª. JOANA MARÍA LÓPEZ MORENO. Abogado: JOSÉ JUAN PATON GUTIÉRREZ. Contra: D/Dª. CLÍNICA IDENTAL Abogado:

E D I C T O

D/Dª María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1007/18 a instancia de la parte actora D.ª Joana

María López Moreno contra Andalucía Dental Proyecto Odontológico S.L.U. se ha dictado SENTENCIA NÚMERO: 171/20 de fecha 6 de julio del 2020 donde los interesados podrán tener conocimiento íntegro del acto, contra la que cabe recurso de suplicación.

Y para que sirva de notificación al demandado actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Almería, a veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro. “La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes”.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 52_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2674/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 53: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1716/2018. Negociado: CN. N.I.G.: 0401344420180006848. De: D/Dª. ALIN MIHAI SIMION. Abogado: DIEGO CAPEL RAMÍREZ. Contra: D./D.ª AUTO TRANSPORTES SAIZ TOUR, S.A. Abogado:

E D I C T O

D/Dª. María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1716/2018 se ha acordado citar a AUTO

TRANSPORTES SAIZ TOUR, S.A. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 19 DE MAYO DEL 2021 A LAS 10,45H. CONCILIACIÓN Y 11,00H. JUICIO para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N.º 120 Bloque B PTA. 1 SALA 11 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a AUTO TRANSPORTES SAIZ TOUR, S.A. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En Almería, a veinticuatro de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro. “La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes”.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 53_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2678/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 54: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 306/2019. Negociado: CN. N.I.G.: 0401344420190001249. De: D/Dª. ALBA GARCÍA CERVANTES. Abogado: MARIANO BLANCO LAO. Contra: D./D.ª SENSEPERFUM S.L., LABORALIA ETT S.C.A., COORDINADORA INTEREMPLEO ETT S.L. y AS

CONSULTORES Y ASESORES GLOBALES A EMPRESAS E INSTITUCIONES S.L. Abogado:

E D I C T O

D./D.ª María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 306/2019 a instancia de la parte actora D./D.ª ALBA

GARCÍA CERVANTES contra SENSEPERFUM S.L., LABORALIA ETT SCA, COORDINADORA INTEREMPLEO ETT S.L. y AS CONSULTORES Y ASESORES GLOBALES A EMPRESAS E INSTITUCIONES S.L. sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 22/7/2020 donde los interesados podrán tener conocimiento íntegro del acto, contra la que cabe recurso de suplicación.

Y para que sirva de notificación al demandado SENSEPERFUM S.L., LABORALIA ETT S.C.A., COORDINADORA INTEREMPLEO ETT S.L. y AS CONSULTORES Y ASESORES GLOBALES A EMPRESAS E INSTITUCIONES S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a veintitrés de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro. “La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes”.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 54_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2679/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 55: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1393/2019. Negociado: JM. N.I.G.: 0401344420190005572 De: D/Dª. MANUEL LUIS LÓPEZ PAMOS. Abogado: Contra: D/Dª. SHOW AND BEER, S.L. Abogado:

E D I C T O

D/Dª. María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1393/2019 se ha acordado citar a

SHOW AND BEER, S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 23/05/2022, hora 10:10 h y 10:25 h para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N.º 120 Bloque B PTA 1 SALA 11 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que, en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada. Y para que sirva de citación a SHOW AND BEER, S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En Almería, a veintiuno de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 55_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2684/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 56: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 516/2018. Negociado: CN. N.I.G.: 0401344420180002022. De: D/Dª. RAÚL OLIVENCIA DOMÍNGUEZ. Abogado: DIEGO CAPEL RAMÍREZ. Contra: D/Dª. FERTILIZANTES DAYMA, S.L. Abogado:

E D I C T O

D/Dª María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 516/2018 a instancia de la parte actora D/Dª. RAÚL

OLIVENCIA DOMÍNGUEZ contra FERTILIZANTES DAYMA, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 17/3/020 donde los interesados podrán tener conocimiento íntegro del acto, contra la que cabe recurso de suplicación.

Y para que sirva de notificación al demandado FERTILIZANTES DAYMA, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a veintisiete de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro. “La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes”.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 56_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2697/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 57: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1626/2018. Negociado: CN. N.I.G.: 0401344420180006496. De: D/Dª. SONIA DEL HORNO RODRÍGUEZ. Abogado: RAMÓN GRANADOS ALMÉCIJA. Contra: D/Dª. HORTOFRUTÍCOLA DABA S.L. Abogado:

E D I C T O

D/Dª. María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1626/2018 se ha acordado citar a

HORTOFRUTÍCOLA DABA S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 10 DE FEBRERO DEL 2021 A LAS 10,45H. CONCILIACIÓN Y 11,00H. JUICIO para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N.º 120 Bloque B PTA. 1 SALA 11 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a HORTOFRUTÍCOLA DABA S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En Almería, a veintisiete de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro. “La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes”.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 57_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2698/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 58: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 131/2020. Negociado: AS. N.I.G.: 0401344420200000518. De: D/Dª. JOSÉ ANTONIO RIVAS GARCÍA. Abogado: JUAN DÍAZ CALVO. Contra: D/Dª. JUAN RAMÓN SÁNCHEZ MEDINA.

E D I C T O CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 131/2020, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NÚMERO 4 de Almería y su provincia en materia de Procedimiento Ordinario, a instancia de JOSÉ ANTONIO RIVAS GARCÍA contra JUAN RAMÓN SÁNCHEZ MEDINA, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 21 de noviembre del 2022 a las 10:35 horas y conc. a las 10:20 h horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA N.º 120 Bloque B PTA. 1 SALA 11 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a JUAN RAMÓN SÁNCHEZ MEDINA, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de Almería y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo, se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a veintisiete de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro. “La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a

cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes”.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 58_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2699/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 59: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 47/2019. Negociado: AS. N.I.G.: 0401344420190000191. De: D/D.ª ABDERRACHID MODNI. Abogado: JAVIER ALEJANDRO PARRA PÉREZ-DOBON Contra: D/Dª. MANIPULADOS DAPAMO S.L., EXPORTACIONES HORTOFRUTÍCOLAS DE EL EJIDO S.L., ISABEL MARÍA

NAVARRO FUENTES y MODESTA GALDEANO ANTEQUERA

E D I C T O

D/Dª. María José Sáez Navarro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 47/2019 se ha acordado citar a

MANIPULADOS DAPAMO S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 14 DE JULIO DEL 2021 A LAS 10:40 HORAS Y CONCILIACIÓN A LAS 10:25 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N.º 120 Bloque B PTA 1 SALA 11 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que, en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada. Y para que sirva de citación a MANIPULADOS DAPAMO S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En Almería, a veintisiete de julio de dos mil veinte. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 59_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA2700/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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Page 60: SUMARIO - Ayuntamiento de Vélez Blanco

A N U N C I O

D. Juan Ignacio Moya Magro, Director-Gerente de Gestión de Aguas del Levante Almeriense S.A. (GALASA), empresa gestora de los servicios de abastecimiento, saneamiento y depuración de agua hace saber que, de conformidad con lo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de las Tasas por Suministro y Saneamiento de Agua, se exponen al público los padrones de facturación correspondientes al periodo de 4° Bimestre del 2020 de los municipios:

- Carboneras - Huércal-Overa - Mojácar - San Juan de los Terreros

La exposición pública será por plazo de quince días hábiles, contados desde la publicación de este anuncio. Durante dicho plazo, los interesados podrán examinarlos en las oficinas de la empresa sitas en Vera (Almería), en Ctra.

Nacional 340 km. 533, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas. El período de recaudación voluntaria finaliza el 2 de septiembre de 2020. Las deudas no satisfechas al finalizar el plazo

voluntario de pago se exigirán conforme a la Legislación Vigente. En la Ciudad de Vera (Almería), a diez de agosto de dos mil veinte. EL DIRECTOR-GERENTE, Juan Ignacio Moya Magro.

B.O.P. de Almería - Número 157 Viernes, 14 de agosto de 2020 Pág. 60_______________________________________________________________________________

ANUNCIOS EN GENERAL Y COMUNICACIONES OFICIALES2865/20

GESTIÓN DE AGUAS DEL LEVANTE ALMERIENSE S.A.

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Doc

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