SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm....

64
Págs. Págs. SUMARIO Direc: c/ Julián Clavería, 11 ISSN: 1579-7252. Depósito Legal: O/2532-82 Jueves, 4 de diciembre de 2008 Núm. 282 http://www.asturias.es I. Principado de Asturias AUTORIDADES Y PERSONAL UNIVERSIDAD DE OVIEDO: Resolución de 13 de noviembre de 2008, de la Uni- versidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos de funcionarios do- centes universitarios .................................................. 26787 OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD: Resolución de 14 de noviembre de 2008, de la Con- sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Cola- boración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Infraestructuras, Política Territorial y Vivienda, y el Ayuntamiento de Avilés para el desarrollo, gestión, ejecución y promoción urbanística del área de suelo denominada “Valli- niello-Retumes”, en Avilés, como área industrial.... 26794 Resolución de 14 de noviembre de 2008, de la Con- sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación de la adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre el Principado de As- turias, a través de la Consejería de la Presidencia, y el Ayuntamiento de Gijón para la dinamización de la Casa de Encuentro de las Mujeres y el desarrollo de políticas de igualdad de oportunidades entre mu- jeres y hombres.......................................................... 26799 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co- laboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Laviana para el programa de in- tervención técnica de apoyo a la familia.................. 26800 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co- laboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Avilés para el programa de inter- vención técnica de apoyo a la familia...................... 26803 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co- laboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Carreño para la construcción y equipamiento de un centro de día para personas mayores dependientes y un centro de apoyo a la in- tegración de personas con discapacidad.................. 26806 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co- laboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Mieres para el desarrollo de pres- taciones básicas de servicios sociales ....................... 26809 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Acuerdo Adminis- trativo por el que se prorroga el Convenio de Cola- boración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Presidencia del Gobierno, y el Ministe- rio del Interior, de 28 de julio de 2005, en desarrollo del artículo 20 de su Estatuto de Autonomía .......... 26813

Transcript of SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm....

Page 1: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

Págs. Págs.

S U M A R I O

Direc: c/ Julián Clavería, 11ISSN: 1579-7252. Depósito Legal: O/2532-82 Jueves, 4 de diciembre de 2008 Núm. 282http://www.asturias.es

I. Principado de Asturias

AutoridAdes y PersonAl•

UNIveRSIDAD De OvIeDO:

Resolución de 13 de noviembre de 2008, de la Uni-versidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos de funcionarios do-centes universitarios .................................................. 26787

otrAs disPosiciones•

CONSeJeRíA De PReSIDeNCIA, JUStICIA e IgUALDAD:

Resolución de 14 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Cola-boración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Infraestructuras, Política Territorial y Vivienda, y el Ayuntamiento de Avilés para el desarrollo, gestión, ejecución y promoción urbanística del área de suelo denominada “Valli-niello-Retumes”, en Avilés, como área industrial .... 26794

Resolución de 14 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación de la adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre el Principado de As-turias, a través de la Consejería de la Presidencia, y el Ayuntamiento de Gijón para la dinamización de la Casa de Encuentro de las Mujeres y el desarrollo de políticas de igualdad de oportunidades entre mu-jeres y hombres .......................................................... 26799

Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co-laboración suscrito entre el Principado de Asturias,

a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Laviana para el programa de in-tervención técnica de apoyo a la familia .................. 26800

Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co-laboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Avilés para el programa de inter-vención técnica de apoyo a la familia ...................... 26803

Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co-laboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Carreño para la construcción y equipamiento de un centro de día para personas mayores dependientes y un centro de apoyo a la in-tegración de personas con discapacidad .................. 26806

Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Co-laboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Mieres para el desarrollo de pres-taciones básicas de servicios sociales ....................... 26809

Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Acuerdo Adminis-trativo por el que se prorroga el Convenio de Cola-boración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Presidencia del Gobierno, y el Ministe-rio del Interior, de 28 de julio de 2005, en desarrollo del artículo 20 de su Estatuto de Autonomía .......... 26813

Page 2: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

Págs.Págs.

26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Acuerdo Adminis-trativo por el que se prorroga el Convenio de Cola-boración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Presidencia del Gobierno, y el Ministe-rio del Interior en materia de inspección y control del juego .................................................................... 26814

CONSeJeRíA De INDUStRIA y eMPLeO:

SeRvICIO PúBLICO De eMPLeO DeL PRINCIPADO De AStURIAS

Resolución de 12 de noviembre de 2008, del Ser-vicio Público de Empleo, por la que se resuelve la concesión de subvenciones de fomento del empleo por la contratación indefinida de colectivos especí-ficos (mes de febrero de 2008, segundo trimestre) ... 26815

Resolución de 12 de noviembre de 2008, del Ser-vicio Público de Empleo, por la que se resuelve la concesión de subvenciones de fomento del empleo por el programa de empleo para jóvenes (mes de febrero de 2008, segundo trimestre) ......................... 26822

Anuncios•

CONSeJeRíA De BIeNeStAR SOCIAL:

Notificación de expediente de protección 173/07 .... 26831

CONSeJeRíA De MeDIO AMBIeNte y DeSARROLLO RURAL:

Información pública de estudio preliminar de im-pacto ambiental del proyecto de las obras comple-mentarias n.º 2 del proyecto segregado n.º 1 del co-

lector interceptor del río Albares .............................. 26831

III. Administración del Estado ......................... 26832

IV. Administración Local .................................... 26838

V. Administración de Justicia ........................... 26844

Page 3: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26787

I. Principado de Asturias

AutoridAdes y PersonAl•

UNIveRSIDAD De OvIeDO:

RESOLUCIón de 13 de noviembre de 2008, de la Uni-versidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificado por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, el artí-culo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de Habilitación Nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régi-men de los concursos de acceso respectivos, modificado por los Reales Decretos 338/2005, de 1 de abril y 188/2007, de 9 de febrero, el artículo 147 de los estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 233/2003, de 28 de noviembre del Principado de Asturias (BOLetíN OFICIAL del Princi-pado de Asturias de 17 de diciembre), y el Reglamento para los Concursos de Acceso a los cuerpos de funcionarios docen-tes universitarios de la Universidad de Oviedo, aprobado por el Consejo de gobierno el 15 de marzo de 2005 (BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias de 16 de abril).

este Rectorado, previo acuerdo del Consejo de gobierno de la Universidad de Oviedo de 26 de junio de 2008,

H A R e S U e L t O

Convocar concurso de acceso para la provisión de las pla-zas de cuerpos docentes universitarios que figuran en el anexo I de la presente resolución, con sujeción a las siguientes

BASeS De CONvOCAtORIA

1. normas generales:

1.1. Los concursos convocados se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universi-dades, parcialmente modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de Habilitación Nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Univer-sitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, modificado por los Reales Decretos 338/2005, de 1 de abril y 188/2007, de 9 de febrero, los estatutos de la Universidad de Oviedo aprobados por Decreto 233/2003, de 28 de noviembre, del Principado de Asturias, el Reglamento para los concursos de acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universita-rios de la Universidad de Oviedo aprobado por el Consejo de gobierno de 15 de marzo de 2005, las presentes bases y las normas generales de aplicación.

1.2. Los concursos de acceso tendrán procedimiento inde-pendiente para cada plaza o plazas convocadas, en una misma área de conocimiento.

2. Requisitos de los candidatos:

2.1. Para ser admitidos a los presentes concursos de acce-so, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión europea o nacional de aquellos estados a los que, en virtud de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

también podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de estados miembros de la Unión europea y de los nacionales de estados a los que, en virtud de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratifica-dos por españa, sea de aplicación la libre circulación de traba-jadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente, podrán participar los habilitados de naciona-lidad extranjera no comunitaria, cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos de funcionarios docen-tes universitarios españoles.

b) tener cumplida la edad reglamentaria y no haber supe-rado los setenta.

c) No haber sido separado, mediante expediente discipli-nario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Pú-blicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, de-berán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limita-ción física o psíquica que impida el desempeño de las funcio-nes correspondientes al cuerpo docente de que se trate.

e) estar en posesión del título de Doctor.

f) Acreditar hallarse habilitado para el cuerpo docente universitario y área de que se trate, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 15 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril.

g) No se admitirá la participación en los respectivos con-cursos de acceso a quienes ostenten la condición de profesor de plaza de igual categoría y de la misma área en otra Uni-versidad, salvo que se haya producido su desempeño efectivo durante, al menos, dos años. en ningún caso se admitirá la participación en el concurso de acceso si se ostenta la condi-ción de profesor de una plaza de igual categoría y de la misma área de conocimiento y Departamento de la Universidad de Oviedo.

2.2. Los requisitos señalados en la presente base, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. Para el caso de los nacionales de otros estados a los que es aplicable el derecho a la libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acredita-

Page 4: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26788 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

do el conocimiento del español, las respectivas comisiones de selección podrán establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.

3. Solicitudes:

3.1. La solicitud para participar en estos concursos de ac-ceso se ajustará al modelo que se adjunta como anexo II a la presente convocatoria (disponible en la página web de la Universidad de Oviedo: http://www.uniovi/vicerrectorados/Ordenacion.es).

3.2. Las solicitudes, dirigidas al Rector de la Universidad de Oviedo, se presentarán en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la pre-sente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Re-gistro general de la Universidad de Oviedo (Plaza de Riego, 4, 33071 Oviedo) o en sus Registros Auxiliares. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3.3. Los candidatos deberán abonar a la Universidad de Oviedo, la cantidad de 22,77 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá efec-tuarse en la cuenta corriente: “Pruebas Selectivas, número 2048-0000-21-3400152827”, abierta en la oficina principal de Cajastur, haciendo constar el nombre, los apellidos y el núme-ro del documento nacional de identidad o documento equiva-lente del aspirante, así como el código de la plaza a la que se concursa.

La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determi-nará la exclusión del aspirante.

3.4. Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad para los aspirantes de nacionalidad española. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a parti-cipar, deberán presentar los documentos que acrediten su na-cionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vín-culo de parentesco, conforme lo previsto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto Básico del empleado Público. Asimismo, aquellos aspirantes que participen en los presentes concursos de acceso por su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos antes señala-dos, declaración jurada o promesa de no hallarse separados de derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al español.

b) Original o copia compulsada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que señalan las letras e), f) y g) de la base 2.1. de la presente convocatoria.

c) Justificante original acreditativo del abono de los dere-chos de examen.

d) Cinco ejemplares del currículum vítae, según modelo que se adjunta como anexo III a la convocatoria (disponible en la página web de la Universidad de Oviedo: http://www.uniovi/vicerrectorados/Ordenacion.es), y una copia de los documentos que acrediten los méritos o circunstancias que desean someter a la valoración de la comisión de selección y hayan consignado en el mismo, así como una relación de toda la documentación aportada. No será necesaria la compulsa de las copias de dichos documentos, bastando la declaración ex-presa del interesado sobre su autenticidad.

e) Cinco ejemplares de una memoria que se dirigirá a re-saltar los aspectos que, a juicio del candidato, mejor demues-tren su adecuación a los criterios que se especifican en los apartados C) y D) de la base 5.8 de la presente convocatoria.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados.

3.6. El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabi-lidad exclusiva del concursante, tanto los errores en la consig-nación del mismo, como la comunicación a la Universidad de Oviedo de cualquier cambio de dicho domicilio.

4. Admisión de aspirantes:

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, por delegación del Rector, dictará y hará pública dentro de los treinta días hábiles siguientes, una resolución aprobando las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en los distintos concursos de acceso. Las listas de aspirantes exclui-dos indicarán sus nombres, apellidos, documento nacional de identidad o equivalente y la causa o causas que hayan moti-vado su exclusión. La resolución se hará pública en el tablón de anuncios del vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado y en la siguiente dirección electrónica: http://www.uniovi/vicerrectorados/Ordenacion.es

4.2. Son causas de exclusión:

a) La presentación de la solicitud indebidamente cumpli-mentada o fuera del plazo establecido.

b) La falta de abono de los derechos de examen previstos en la base 3.3.

c) La no presentación de la documentación exigida en la base 3.4.

4.3. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.4. transcurrido el plazo anterior, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos en los lugares señalados en el apartado 1 de la presente base, indicando igualmente las causas de exclusión.

4.5. La resolución que apruebe las listas definitivas de as-pirantes admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administra-tiva y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-ad-ministrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Oviedo.

4.6. Publicadas las listas definitivas de admitidos y exclui-dos, se facilitará a los secretarios de las comisiones de selec-ción las solicitudes y documentación presentada por los aspi-rantes admitidos.

5. Comisiones de Selección:

5.1. La composición de las comisiones de selección se ajusta a lo dispuesto en el artículo 148.3 de los estatutos de la Universidad de Oviedo y figura como anexo IV de esta convocatoria.

5.2. el nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada que im-pida su actuación como miembro de la misma. en este supues-to, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector que podrá delegar en el vicerrector de Ordenación Académi-ca y Profesorado y resolverá en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la recepción del escrito de renuncia.

Page 5: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26789

5.3. Los miembros de las comisiones de selección se abs-tendrán de intervenir cuando concurra alguna de las circuns-tancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. El escrito de abstención expresará la causa o cau-sas en que se funda, resolviendo el vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, por delegación del Rector, en el plazo de tres días.

5.4. Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la comisión de selección cuando concurra alguna de las cir-cunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. El escrito de recusación expresará la causa o causas en que se funda. en el día siguiente al de la fecha de conocimiento de la recusación, el recusado manifestará si se da o no en él la causa alegada, resolviendo el vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, por delegación del Rector, en el plazo de tres días hábiles, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos.

5.5. Una vez resueltos los escritos de renuncia, abstención o recusación que pudieran haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos por sus suplentes. En el caso ex-cepcional que también en el miembro suplente concurriese alguna de las circunstancias de impedimento citadas, se pro-cederá de la siguiente forma:

Cuando el afectado sea el Presidente o Secretario su- —plentes se procederá a nombrar nuevo suplente por el Rector.

Si el afectado por el impedimento fuera uno de los tres —vocales suplentes, su sustitución se hará por orden co-rrelativo entre los mismos.

5.6. Las comisiones de selección deberán constituirse den-tro de los 20 días hábiles siguientes al de la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos. Para ello, el presidente de la comisión, realizadas las consultas pertinen-tes con los restantes miembros, convocará a los miembros ti-tulares y suplentes para proceder al acto de constitución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento para los concursos de acceso a los cuerpos de funcionarios do-centes universitarios de la Universidad de Oviedo.

5.7. en el acto de constitución, la comisión de selección, en función de las características de las plazas a proveer y los criterios generales de valoración expuestos en el apartado 8 de la presente base, procederá a fijar el baremo, los plazos y el procedimiento de actuación que será notificado a cada uno de los aspirantes admitidos.

5.8. Son criterios generales de valoración:

a) La actividad docente.

b) La calidad de los trabajos y publicaciones de investi-gación. Los apartados a) y b) deberán tener una importan-cia equivalente a la hora de asignar peso a cada uno de los criterios.

c) La adecuación del historial académico a las necesidades y tareas puestas de manifiesto en la convocatoria de la plaza.

d) Las aportaciones en docencia e investigación que pue-dan realizar a la Universidad de Oviedo.

El máximo de puntos asignados no excederá de veinte, con un mínimo de seis por los apartados a) y b) y otros seis por los apartados c) y d).

5.9. el Presidente de la Comisión convocará a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación y la preceptiva prueba, con señalamiento de día, hora y lugar de su celebración.

5.10. Las convocatorias a que se refiere esta base habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación mí-

nima de diez días hábiles respecto a la fecha del acto para el que son convocados.

6. Desarrollo del Concurso:

6.1. en el acto de presentación, que será público, los aspi-rantes recibirán cuantas instrucciones sobre la celebración de la prueba deban comunicárseles. Asimismo, se determinará mediante sorteo, el orden de actuación de los candidatos y se fijará el lugar, fecha y hora de celebración de la prueba, la cual deberá comenzar en el plazo máximo de cinco días hábiles.

6.2. Los concursos de acceso constarán de una única prue-ba, que será pública, tendrá carácter oral y consistirá en la exposición por el aspirante ante la comisión de selección, en un tiempo máximo de 90 minutos, de los aspectos que consi-dere más relevantes de su currículum y de la memoria por él presentada. La comisión dispondrá para el posterior debate con el concursante de un tiempo máximo de 90 minutos.

6.3. La exposición oral del aspirante y el posterior de-bate con la comisión de selección se efectuará en lengua castellana.

6.4. Finalizada la prueba, la comisión de selección realiza-rá una valoración motivada de cada concursante en relación con los criterios aplicables, con expresión del número de votos y de la puntuación numérica obtenida por cada uno, según el baremo aprobado de conformidad con lo establecido en el artículo 150.4 de los estatutos de la Universidad de Oviedo y el artículo 12 del Reglamento para los concursos de acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios de la Uni-versidad de Oviedo.

7. Propuesta de provisión:

7.1. Las comisiones de selección formularán al Rector las correspondientes propuestas vinculantes de provisión de las plazas convocadas en el plazo de diez días naturales siguientes a la finalización de la prueba, que se ajustará a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento para los concursos de acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios de la Uni-versidad de Oviedo. La propuesta se publicará en el tablón de anuncios del Departamento al que está adscrita la plaza convocada.

7.2. Siempre que no se dé la circunstancia contemplada en el artículo 17.1. del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, modificado por los Reales Decretos 338/2005, de 1 de abril y 188/2007, de 9 de febrero, los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza o plazas convocadas cuando, a juicio motivado de la comisión de selección, los currículum de los aspirantes no se ajusten a las características de las plazas.

7.3. el tiempo transcurrido entre la publicación de la con-vocatoria en el Boletín Oficial del Estado y la resolución de los concursos no podrá exceder de cuatro meses. A los efectos del cómputo de dicho plazo, se excluirá el mes de agosto du-rante el cual no tendrán lugar actuaciones de las comisiones de selección.

7.4. el secretario de la comisión de selección, en los cin-co días hábiles siguientes al de finalización de su actuación, entregará en la Sección de Actividad Docente del vicerrec-torado de Ordenación Académica y Profesorado, habilitada a tal fin como Secretaría General de la Universidad de Oviedo, el expediente administrativo del concurso y una copia de la documentación presentada por los candidatos que, una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les será devuelta en las condiciones establecidas en el artículo 17 del Reglamento.

7.5. Contra la propuesta de la comisión de selección, los candidatos admitidos al concurso podrán presentar reclama-

Page 6: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26790 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

ción ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del de su publicación.

7.6. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su resolución definitiva. Esta re-clamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad de Oviedo a que se refiere el artículo 55 de sus estatutos que velará por la igualdad de oportunida-des de los aspirantes y el respeto de los principios de mérito y capacidad.

7.7. La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses a partir de la interposición de la recla-mación para ratificar o no la propuesta impugnada, de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 152 de los estatutos. Sus acuerdos serán vinculantes para el Rector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y serán impugnables directamen-te ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. De no dictarse resolución expresa en plazo, el reclamante podrá en-tender desestimada su reclamación a los efectos de interponer los recursos judiciales que estime pertinentes.

8. Presentación de documentos y nombramientos:

8.1. Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar, en los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la propuesta de provisión en el tablón de anuncios del Departamento, en los Registros General y Auxi-liares de la Universidad de Oviedo o por cualesquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o do-cumento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado del ser-vicio de ninguna Administración Pública en virtud de expe-diente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los concursantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en la artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado, el acceso a la función pública.

d) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.

e) Acto de acatamiento de la Constitución, del estatuto de Autonomía y del resto del Ordenamiento Jurídico.

8.2. Los que tuvieran la condición de funcionarios públi-cos de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación expedida por la Administración de la que dependiera, acredi-tativa de su condición de funcionario y servicios.

8.3. Los nombramientos propuestos por las comisiones de selección serán efectuados por el Rector de la Universi-dad de Oviedo. en el caso de que el candidato propuesto no presentase en tiempo y forma la documentación requerida, el Rector procederá al nombramiento del siguiente concursante en el orden de valoración, formulado previo informe favora-ble de la comisión de selección. De lo contrario se procederá a convocar nuevo concurso. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y área de conocimiento, así como su número en la Relación de Puestos de trabajo, será comunicado al correspondiente Registro, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el BOLETÍN OFICIAL del

Principado de Asturias, y se comunicará a la Secretaría gene-ral del Consejo de Coordinación Universitaria.

8.4. En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el Bo-letín Oficial del Estado, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su destino.

9. Norma final:

9.1. Durante el desarrollo de los concursos, las comisiones de selección resolverán las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la actuación a seguir en los casos no previstos en ellas.

9.2. La actuación de la comisión de selección se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento para los concursos de acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios de la Uni-versidad de Oviedo y la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

9.3. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía ad-ministrativa, cabe interponer recurso contencioso-administra-tivo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Ovie-do, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede op-tarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencio-nado anteriormente hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta por silencio del de repo-sición, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9.4. Igualmente, cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria y de la actuación de las comisiones de selección podrán ser impugnados en los casos y en la forma prevista en la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Oviedo, a 13 de noviembre de 2008.—el Rector, P.D. (Resolución de 22 de mayo de 2008, BOPA de 17 de junio).—el vicerrector de Profesorado, Departamentos y Centros.—22.409.

Anexo I

Código: F004-187-DF00087-CU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Catedráticos de Universidad.Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión

Corporal.Departamento: Ciencias de la educación.Actividades docentes e investigadoras: Didáctica de la Ex-

presión Corporal.

Código: F034-620-DF00089-CU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Catedráticos de Universidad.Área de Conocimiento: Metodología de las Ciencias del

Comportamiento.Departamento: Psicología.Actividades docentes e investigadoras: Metodología de las

Ciencias del Comportamiento

Código: F013-720-DF00069-CU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Catedráticos de Universidad.Área de Conocimiento: Proyectos de Ingeniería.Departamento: Explotación y Prospección de Minas.Actividades docentes e investigadoras: Proyectos de

Ingeniería.

Page 7: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26791

Código: F026-50-DF00024-tU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.Área de Conocimiento: Biología Celular.Departamento: Morfología y Biología Celular.Actividades docentes e investigadoras: Biología Celular.

Código: F033-465-DF00047-tU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.Área de Conocimiento: Historia del Arte.Departamento: Historia del Arte y Musicología.Actividades docentes e investigadoras: Historia del Arte.

Código: F034-680-DF00085-tU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.Área de Conocimiento: Personalidad, evaluación y trata-

miento Psicológicos.Departamento: Psicología.Actividades docentes e investigadoras: Personalidad, eva-

luación y tratamiento Psicológicos.

Código: F044-95-DF00156-tU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.Área de Conocimiento: Comercialización e Investigación

de Mercados.Departamento: Administración de empresas.Actividades docentes e investigadoras: Comercialización e

Investigación de Mercados.

Código: F004-187-DF00088-teU.N.º de Plazas: 1.Cuerpo: Profesores titulares de escuela Universitaria.Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión

Corporal.Departamento: Ciencias de la educación.Actividades docentes e investigadoras: Didáctica de la Ex-

presión Corporal.

Anexo II

SOLICItUD De PARtICIPACIóN eN CONCURSO De ACCeSO A PLA-zAS De CUeRPOS DOCeNteS UNIveRSItARIOS

Anexo III

(MODeLO De CURRíCULUM vítAe)

1. Datos personales:

Apellidos y nombre.

Número DNI. Lugar y fecha de expedición.

Nacimiento: fecha, localidad y provincia.

Residencia: provincia, localidad, dirección y teléfono.

Correo electrónico y fax.

Categoría actual como docente.

Departamento o unidad docente actual.

Área de conocimiento actual.

Facultad o escuela actual.

Hospital y categoría asistencial actual (**).

2. títulos académicos:

Clase, organismo y centro de expedición, fecha de expedi-ción, calificación, si la hubiere.

3. Puestos docentes desempeñados:

Categoría, organismo o centro, régimen de dedica-ción, fecha de nombramiento o contrato, fecha de cese o finalización.

4. Puestos asistenciales desempeñados: (**)

Categoría, organismo o centro, régimen de dedica-ción, fecha de nombramiento o contrato, fecha de cese o finalización.

5. Actividad docente desempeñada: asignaturas, postgra-dos, etc. e indicadores de calidad.

6. Actividad asistencial desempeñada (**).

7. Actividad investigadora desempeñada (programas y puestos).

Page 8: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26792 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

8. Periodos de actividad investigadora reconocidos (De acuerdo con el R. D. 1086/1989). Número y años a que corresponden.

9. Publicaciones: Libros y capítulos de libros (*).

10. Publicaciones: Artículos (*).

11. Otras publicaciones.

12. Proyectos de Investigación subvencionados en convo-catorias públicas.

13. Otros proyectos de Investigación subvencionados y contratos de investigación.

14. Otros trabajos de investigación.

15. Comunicaciones y ponencias presentadas a congre-sos (indicar tipo de participación, título, nombre del congre-so, lugar, fecha, entidad organizadora, carácter nacional o internacional).

16. tesis doctorales dirigidas.

17. Patentes.

18. Otras contribuciones de carácter docente.

19. Servicios institucionales prestados de carácter académico.

20. Cursos y seminarios impartidos, con indicación del centro u organismo, materia y fecha de celebración.

21. Cursos y seminarios recibidos, con indicación del cen-tro u organismo, materia y fecha de celebración.

22. Becas, ayudas y premios recibidos, con posterioridad a la licenciatura.

23. Actividad en empresas y profesión libre.

24. Otros méritos docentes o de investigación.

25. Otros méritos.

(*) Si está en curso de publicación, justificar la aceptación por el Consejo editorial.

(**) Sólo plazas vinculadas.

Anexo IV

CUeRPO AL qUe PeRteNeCeN LAS PLAzAS: CAteDRÁtICOS De UNIveRSIDAD

Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión Corporal.

Código de la plaza: F004-187-DF00087-CU.1. Comisión titularPresidente: Onofre Ricardo Contreras Jordán, Catedráti-

co de Universidad, Universidad de Castilla-La Mancha.Secretario: José Antonio Arruza gabilondo, Catedrático

de Universidad, Universidad del País vasco.vocal 1.ª: Isabel Cantón Mayo, Catedrática de Universi-

dad, Universidad de León.vocal 2.º: Saturnino de la torre de la torre, Catedrático

de Universidad, Universidad de Barcelona.vocal 3.ª: Pilar Arnáiz Sánchez, Catedrática de Universi-

dad, Universidad de Murcia.2. Comisión suplentePresidente: Antonio María Medina Rivilla, Catedráti-

co de Universidad, Universidad Nacional de educación a Distancia.

Secretario: Manuel Lorenzo Delgado, Catedrático de Universidad, Universidad de granada.

vocal 1.ª: quintina Martín-Moreno Cerrillo, Catedrá-tica de Universidad, Universidad Nacional de educación a Distancia.

vocal 2.ª: M.ª Ángeles Martínez Ruiz, Catedrática de Universidad, Universidad de Alicante.

vocal 3.º: Antonio Bolívar Botia, Catedrático de Universi-dad, Universidad de granada.

Área de Conocimiento: Metodología de las Ciencias del Comportamiento.

Código de la plaza: F034-620-DF00089-CU.1. Comisión titularPresidente: José Muñiz Fernández, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Oviedo.Secretario: guillermo vallejo Seco, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Oviedo.vocal 1.ª: emilia de la Fuente Solana, Catedrática de Uni-

versidad, Universidad de granada.vocal 2.ª: M.ª Isabel Barbero garcía, Catedrática de Uni-

versidad, Universidad Nacional de educación a Distancia.vocal 3.º: Constantino Arce Fernández, Catedrático de

Universidad, Universidad de Santiago de Compostela.2. Comisión suplentePresidente: vicente Ponsoda gil, Catedrático de Univer-

sidad, Universidad Autónoma de Madrid.Secretario: Rafael San Martín Castellanos, Catedrático de

Universidad, Universidad Autónoma de Madrid.vocal 1.º: Luis Jáñez escalada, Catedrático de Universi-

dad, Universidad Complutense de Madrid.vocal 2.º: Jesús Fermín Rosel Remírez, Catedrático de

Universidad, Universidad Jaume I de Castellón.vocal 3.ª: M.ª teresa Anguera Argilaga, Catedrática de

Universidad, Universidad de Barcelona.

Área de Conocimiento: Proyectos de Ingeniería.Código de la plaza: F013-720-DF00069-CU.1. Comisión titularPresidente: José Luis Ayuso Muñoz, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Córdoba.Secretario: Jesús garcía Iglesias, Catedrático de Universi-

dad, Universidad de Oviedo.vocal 1.º: Jorge Luis Loredo Pérez, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Oviedo.vocal 2.º: Ángel Javier toraño Álvarez, Catedrático de

Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 3.º: Antonio Martín Navarro, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Sevilla.2. Comisión suplentePresidente: Joaquín Ordieres Meré, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad Politécnica de Madrid.Secretario: José María Monzó Balbuena, Catedrático de

Universidad, Universidad Politécnica de valencia.vocal 1.º: Antonio Aguado de Cea, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad Politécnica de Cataluña.vocal 2.º: eduardo Perís Mora, Catedrático de Universi-

dad, Universidad Politécnica de valencia.vocal 3.º: trinidad J. de torres Pérez-Hidalgo, Catedráti-

co de Universidad, Universidad Politécnica de Madrid.

Page 9: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26793

CUeRPO AL qUe PeRteNeCeN LAS PLAzAS: PROFeSOReS tItU-LAReS De UNIveRSIDAD

Área de Conocimiento: Biología Celular.Código de la plaza: F026-50-DF00024-tU.1. Comisión titularPresidente: Arsenio Fernández López, Catedrático de

Universidad, Universidad de León.Secretaria: María Isabel Suárez Nájera, Catedrática de

Universidad, Universidad de Alcalá.vocal 1.º: José Manuel garcía Fernández, Profesor titu-

lar de Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 2.ª: M.ª Josefa Rodríguez Colunga, Profesora titu-

lar de Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 3.º: José Manuel López garcía, Profesor titular de

Universidad, Universidad de Oviedo.2. Comisión suplentePresidente: Ramón Anadón Álvarez, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Santiago de Compostela.Secretaria: Rosa Miró Ametller, Catedrática de Universi-

dad, Universidad Autónoma de Barcelona.vocal 1.ª: Celina Rodicio Rodicio, Profesora titular de

Universidad, Universidad de Santiago de Compostela.vocal 2.º: Antonio Jesús Jiménez Lara, Profesor titular

de Universidad, Universidad de Málaga.vocal 3.ª: Antonia gutiérrez Pérez, Profesora titular de

Universidad, Universidad de Málaga.

Área de Conocimiento: Historia del Arte.Código de la plaza: F033-465-DF00047-tU.1. Comisión titularPresidenta: M.ª Soledad Álvarez Martínez, Catedrática de

Universidad, Universidad de Oviedo.Secretario: Javier gonzález Santos, Profesor titular de

Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 1.ª: M. Soledad I. Silva verástegui, Catedrática de

Universidad, Universidad del País vasco.vocal 2.º: Juan Manuel Monterroso Montero, Profe-

sor titular de Universidad, Universidad de Santiago de Compostela.

vocal 3.º: Javier Miguel Martínez de Aguirre Aldaz, Pro-fesor titular de Universidad, Universidad Complutense de Madrid.

2. Comisión suplentePresidenta: María de las Cruces Morales Saro, Catedráti-

ca de Universidad, Universidad de Oviedo.Secretaria: Ana María Fernández garcía, Profesora titu-

lar de Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 1.ª: Clementina Julia Ara gil, Catedrática de Uni-

versidad, Universidad de valladolid.vocal 2.ª: yayoi Kawamura Kawamura, Profesora titular

de Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 3.º: gerardo Boto varela, Profesor titular de Uni-

versidad, Universidad de gerona.

Área de Conocimiento: Personalidad, evaluación y trata-miento Psicológicos.

Código de la plaza: F034-680-DF00085-tU.1. Comisión titularPresidente: Serafín Lemos giráldez, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Oviedo.

Secretario: Marino Pérez Álvarez, Catedrático de Univer-sidad, Universidad de Oviedo.

vocal 1.ª: M.ª Paz garcía vera, Profesora titular de Uni-versidad, Universidad Complutense de Madrid.

vocal 2.º: José gutiérrez Maldonado, Profesor titular de Universidad, Universidad de Barcelona.

vocal 3.ª: elena garcía vega, Profesora titular de Uni-versidad, Universidad de Oviedo.

2. Comisión suplentePresidente: Miguel Ángel vallejo Pareja, Catedráti-

co de Universidad, Universidad Nacional de educación a Distancia.

Secretaria: elena Ibáñez guerra, Catedrática de Universi-dad, Universidad de valencia.

vocal 1.º: José Ramón Fernández Hermida, Profesor ti-tular de Universidad, Universidad de Oviedo.

vocal 2.º: José Antonio Adrián torres, Profesor titular de Universidad, Universidad de Málaga.

vocal 3.ª: Ana gonzález Menéndez, Profesora titular de Universidad, Universidad de Oviedo.

Área de Conocimiento: Comercialización e Investigación de Mercados.

Código de la plaza: F044-95-DF00156-tU.1. Comisión titularPresidente: Juan Antonio trespalacios gutiérrez, Cate-

drático de Universidad, Universidad de Oviedo.Secretaria: María José Sanzo Pérez, Profesora titular de

Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 1.º: Rodolfo v. vázquez Casielles, Catedrático de

Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 2.ª: Ana Mª Díaz Martín, Profesora titular de Uni-

versidad, Universidad Autónoma de Madrid.vocal 3.ª: Carmen Camarero Izquierdo, Profesora titular

de Universidad, Universidad de valladolid.2. Comisión suplentePresidente: víctor Iglesias Argüelles, Catedrático de Uni-

versidad, Universidad de Oviedo.Secretaria: M.ª Leticia Santos vijande, Profesora titular

de Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 1.º: óscar gonzález Benito, Catedrático de Univer-

sidad, Universidad de Salamanca.vocal 2.ª: Ana Belén del Río Lanza, Profesora titular de

Universidad, Universidad de Oviedo.vocal 3.º: Luis Ignacio Álvarez gonzález, Profesor titular

de Universidad, Universidad de Oviedo.

CUeRPO AL qUe PeRteNeCeN LAS PLAzAS: PROFeSOReS tItU-LAReS De eSCUeLA UNIveRSItARIA

Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión Corporal.

Código de la plaza: F004-187-DF00088-teU.1. Comisión titularPresidente: José Antonio Arruza gabilondo, Catedrático

de Universidad, Universidad del Pais vasco.Secretaria: Carmen gonzález gonzález-Mesa, Catedráti-

ca de escuela Universitaria, Universidad de Oviedo.vocal 1.º: Manuel vizuete Carrizosa, Profesor titular de

Universidad, Universidad de Extremadura.vocal 2.º: José Luis Pastor Pradillo, Profesor titular de

Universidad, Universidad de Alcalá.

Page 10: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26794 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

vocal 3.ª: M.ª Luisa zagalaz Sánchez, Catedrática de Uni-versidad, Universidad de Jaén.

2. Comisión suplentePresidente: Onofre Ricardo Contreras Jordán, Catedráti-

co de Universidad, Universidad de Castilla-La Mancha.Secretario: Juan Luis Hernández Álvarez, catedrático de

escuela universitaria, Universidad Autónoma de Madrid.vocal 1.º: José Antonio Serrano Sánchez, Profesor ti-

tular de Universidad, Universidad de Las Palmas de gran Canaria.

vocal 2.º: Luis Miguel Ruiz Pérez, Profesor titular de Universidad, Universidad de Castilla-La Mancha.

vocal 3.º: José Ignacio Barbero gonzález, Profesor titu-lar de escuela universitaria, Universidad de valladolid.

otrAs disPosiciones•

CONSeJeRíA De PReSIDeNCIA, JUStICIA e IgUALDAD:

RESOLUCIón de 14 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración sus-crito entre el Principado de Asturias, a través de la Con-sejería de Infraestructuras, Política Territorial y Vivienda, y el Ayuntamiento de Avilés para el desarrollo, gestión, ejecución y promoción urbanística del área de suelo de-nominada “Valliniello-Retumes”, en Avilés, como área industrial.

Habiéndose suscrito con fecha 29 de abril de 2008 el Con-venio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a tra-vés de la Consejería de Infraestructuras, Política territorial y vivienda y el Ayuntamiento de Avilés para el desarrollo, gestión, ejecución y promoción urbanística del área de sue-lo denominada “valliniello-Retumes”, en Avilés, como área industrial y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los Convenios de colaboración en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado Convenio como anexo a esta resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 14 de noviembre de 2008.—La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.401.

CONveNIO eNtRe eL PRINCIPADO De AStURIAS, A tRAvÉS De LA CONSeJeRíA De INFRAeStRUCtURAS, POLítICA teRRItO-RIAL y vIvIeNDA, eL CONCeJO De AvILÉS y LA SOCIeDAD MIXtA De geStIóN y PROMOCIóN DeL SUeLO (SOgePSA) PARA eL De-SARROLLO, geStIóN, eJeCUCIóN y PROMOCIóN URBANíStICA DeL ÁReA De SUeLO DeNOMINADA “vALLINIeLLO-RetUMeS”,

eN AvILÉS, COMO ÁReA INDUStRIAL

en Avilés, a 29 de abril de 2008.

Reunidos

De una parte, en nombre y representación del Principa-do de Asturias, el Ilmo. Sr. D. Francisco gonzález Buendía, Consejero de Infraestructuras, Ordenación del territorio y vivienda de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

De otra, en nombre y representación del Concejo de Avi-lés, la Ilma. Sra. D.ª Pilar varela Díaz, Alcaldesa de Avilés.

y de otra, en nombre y representación de la Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (Sogepsa), D. José María quirós zarauza, Director-gerente de la citada Sociedad.

todas las partes, en la calidad con la que cada uno inter-viene, se reconocen recíprocamente la capacidad legal para obligarse y otorgar el presente Convenio a cuyos efectos,

Manifiestan

I.—que es intención del concejo de Avilés, en colabora-ción con el Principado de Asturias, propiciar el desarrollo, de los sectores denominados por el vigente Plan general de Ordenación Urbana de Avilés, Uz.I-5 (“Retumés-Centro de transportes”), y UzP.I-1 (“valliniello-Parque tecnológico”), que se extienden sobre una superficie total de 550.000 m², al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Legisla-tivo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones lega-les vigentes en materia de ordenación del territorio y urba-nismo del Principado de Asturias (en adelante tROtU) y la legislación urbanística vigente. el ámbito es susceptible de su desarrollo para la implantación de un área industrial de alta calidad, por lo que el Ayuntamiento de Avilés, en el ejercicio de las competencias que le son propias, pretende su gestión, ejecución y promoción urbanísticas como área industrial, de manera que su desarrollo pueda ser susceptible de cumplir los objetivos y directrices de la política sobre suelo industrial del Principado de Asturias. La delimitación gráfica del ámbito se adjunta al presente mediante anexo.

II.—Con el criterio y objetivo de conseguir industrias de alta calidad en ambiente limpio, con buenos accesos y locali-zación, sobre todo en relación con el puerto de Avilés, el ae-ropuerto y las empresas ya ubicadas, se plantea por parte del Ayuntamiento de Avilés la necesidad urgente de habilitar los instrumentos urbanísticos y de gestión que permitan proceder a lograr la consecución de dicho objetivo en el área definida.

La ordenación del área como uso industrial exclusivo y unificado requiere para su desarrollo, desde una iniciativa pública, la modificación del PGOU para unificar los sectores incluidos en el ámbito (UZP.I-1 y UZP.I-5) y configurarlos como un único sector suelo urbanizable prioritario de uso in-dustrial y la simultánea o posterior declaración del mismo co-mo Actuación Urbanística Concertada, al efecto de facilitar y amparar jurídicamente la ordenación urbanística de la misma a través de la figura de un Plan Especial, asumiendo la misma el Principado de Asturias como Administración urbanística actuante.

Igualmente, y si así se entendiere como conveniente para agilizar la ejecución en lo que respecta a la adquisición del suelo afectado, podría, de forma simultánea o posterior, pro-cederse a la declaración de todo o parte del mismo ámbito como Reserva Regional de Suelo, sin perjuicio, como luego se dirá, de determinar la expropiación como Sistema de Actua-ción para la ejecución del Plan especial.

III.—La declaración del ámbito como Actuación Urba-nística Concertada permite, conforme posibilita el art. 160.1 TROTU, la aplicación de la Expropiación, en la modalidad de tasación conjunta, como Sistema de Actuación, y la inter-vención de Sogepsa, ente instrumental especializado tanto del Ayuntamiento de Avilés como del Principado de Asturias, co-mo beneficiario de la expropiación.

A los efectos anteriores, el artículo 183 tROtU permite al concejo de Avilés encomendar al Principado de Asturias la expropiación de los terrenos del área de referencia, que la ejercería en la modalidad de tasación conjunta, tal como fa-

Page 11: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26795

cultan los artículos 13.5.f), 183.4 y 223.4, todos del tROtU, bien como consecuencia de la declaración del ámbito como Reserva Regional de Suelo, bien como ejecución del Plan es-pecial (104 tROtU).

IV.—Una vez aprobados definitivamente la modificación del PgOU en el ámbito, el Plan especial y el correspondiente proyecto de urbanización, Sogepsa, en su condición de bene-ficiario de la expropiación, procederá, a través del procedi-miento establecido por las disposiciones aplicables del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, a configurar las parcelas de resultado y a ceder al Ayuntamiento los terrenos destinados por la ordenación a espacios libres, viales y zonas dotacionales públicas, adjudicándose única y exclusivamente los lotes de resultado de la ordenación urbanística con destino industrial, comercial y dotacional de uso y dominio privado. todo ello sin perjuicio de las determinaciones, que en cuanto a la con-servación y mantenimiento de los referidos espacios, viales y dotaciones públicas se determine en el correspondiente ins-trumento de planeamiento.

v.—Se establecen, asimismo, otras determinaciones re-lativas a la participación y compromisos de cada una de las partes firmantes, que en ningún caso prejuzgan el resultado de las decisiones administrativas relativas a las figuras de pla-neamiento, gestión y adquisición de suelo que sea necesario utilizar.

vI.—el Pleno Municipal de Avilés, en sesión celebrada el día 15 de noviembre del año 2007, adoptó el acuerdo de aprobación del presente Convenio, facultando a la Ilma. Sra. Alcaldesa para la suscripción del mismo y para instar a la Con-sejería de Infraestructuras, Política territorial y vivienda que eleve al Consejo de gobierno del Principado de Asturias la petición de que, en base a lo dispuesto en los artículos 19, 73, 74, y 223 tROtU, se declare y delimite el área objeto del pre-sente documento como Actuación Urbanística Concertada y, simultánea o posteriormente, si así se entendiese como con-veniente para el mejor éxito de la ejecución, como Reserva Regional de Suelo, determinando como forma de adquisición de los terrenos, la expropiación forzosa, en la modalidad ur-banística de tasación Conjunta y atribuyendo a Sogepsa la cualidad de beneficiaria. Asimismo el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, en su sesión del día 16 de abril de 2008, dio su aprobación al contenido y autorizó la suscripción del presente Convenio con el concejo de Avilés y la “Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A.”

en su virtud, las partes comparecientes, en el ejercicio de sus respectivas competencias, propias o asumidas, otorgan el presente Convenio con sujeción a las siguientes

Cláusulas

Primera.—Ámbito de actuación:

el suelo a desarrollar comprende el incluido los sectores denominados por el vigente Plan general de Ordenación de Avilés, “Retumés-Centro de transportes” (Uz.I-5) y “valli-niello-Parque Tecnológico” (UZ.PI-1), con una superficie to-tal de 550.000 m², sin perjuicio de las precisiones posteriores que podrán dar lugar a ampliaciones o reducciones con res-pecto a la zona a ordenar y ejecutar urbanísticamente. Dicho ámbito figura grafiado en plano adjunto.

el desarrollo y ejecución urbanísticas del ámbito del pre-sente Convenio requerirá que el mismo esté incorporado en el Programa Industrial del Principado de Asturias y se suscriba al efecto el pertinente Convenio de financiación con el Ins-tituto de Desarrollo económico del Principado de Asturias (IDePA). A tales efectos, todas determinaciones y compro-misos para las partes, conforme a continuación se establecen,

quedarán en suspenso en tanto cuanto no se suscriba con el IDEPA el referido Convenio de financiación relativo al desa-rrollo y ejecución urbanísticas del área.

Además, la ejecución urbanística del ámbito objeto del presente Convenio queda supeditada a su viabilidad en rela-ción con el cumplimiento de los requisitos medioambientales, de suficiencia de los recursos hídricos y evacuación de verti-dos, y adecuación a las determinaciones específicas estableci-das por las leyes sectoriales vigentes.

Segunda.—Usos a establecer:

el desarrollo urbanístico del área, salvo mejor determina-ción y decisión por los órganos competentes correspondientes, se conformará por la configuración del ámbito de este Conve-nio como un único sector de suelo urbanizable prioritario con destino y uso industrial, por lo que será necesario proceder, de inicio, a la tramitación de la pertinente modificación del PgOU de Avilés en el ámbito.

La ordenación urbanística del área, salvo mejor determi-nación y decisión por los órganos competentes correspondien-tes, se establecerá, al amparo de los arts. 19, 73, 74 y 91 tRO-tU, mediante su declaración como Actuación Urbanística Concertada, a realizar por acuerdo del Consejo de gobierno del Principado de Asturias, para, en su virtud y a través de un Plan especial, proceder a la ordenación directa del espacio. Si así se entendiere como conveniente, podrá declararse el mis-mo ámbito como Reserva Regional de Suelo.

en lo que respecta a los parámetros de aprovechamiento y edificabilidad para uso industrial, se estará a las previsiones de la modificación del PGOU y a las determinaciones del Ayun-tamiento de Avilés, sin perjuicio de que los mismos hayan de adecuarse, necesariamente, a la consecución de un equilibrio entre costes e ingresos que haga viable financieramente la eje-cución y desarrollo de la operación.

tercera.—Actuaciones y compromisos a cargo de la Comuni-dad Autónoma del Principado de Asturias:

el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Infraestructuras, Política territorial y vivienda, y de las que correspondan en atención al ámbito y ejercicio de sus respec-tivas competencias, se compromete:

1. en lo referente a la aplicación de la declaración del ám-bito como Actuación Concertada y, en su caso, como Reser-va Regional de Suelo, y a la definición del Plan Especial del mismo.

1.1. Instar ante el Consejo de gobierno del Principado de Asturias, la declaración del ámbito objeto de Convenio, como Actuación Urbanística Concertada, al amparo de lo dispuesto en los arts. 19, 73 y 74 tROtU. De la misma forma, siempre que así se considerara pertinente y conveniente, y de manera simultánea o posterior, instar igualmente su delimitación co-mo Reserva Regional de Suelo.

1.2. Determinar la Expropiación (en la modalidad de Ta-sación Conjunta) como Sistema de Actuación del Plan espe-cial (art. 104 tROtU). el Principado de Asturias, como Ad-ministración urbanística actuante y al amparo de lo dispuesto en el art. 13.3.b) y 5.f) tROtU, podrá atribuir a Sogepsa el carácter de beneficiario de la Expropiación, ello por estar con-figurada esta Sociedad como una sociedad urbanística públi-ca y ente instrumental del Principado de Asturias y de varios Concejos de la región -entre ellos el de Avilés-, y con el fin social adecuado a la función que se le encomienda a los efec-tos de la normativa urbanística.

La expropiación se realizará a través de uno o varios ex-pedientes expropiatorios, y podrá derivarse, igualmente, de la

Page 12: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26796 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

declaración del ámbito como Reserva Regional de Suelo (art. 223 TROTU) con atribución a la “Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A.” (Sogepsa), dado su carácter de ente instrumental tanto del Principado de Asturias como del concejo de Avilés, que cumple las condiciones señaladas en el TROTU, del carácter de beneficiario.

2. en lo referente a los compromisos.

2.1. en general, el Principado de Asturias se compromete a coadyuvar, a través de las Consejerías correspondientes por razón de la materia, al mejor y más pronto éxito de la gestión urbanística objeto de esta actuación. Para ello, prestará la co-laboración y mutua asistencia con los restantes firmantes de éste Convenio en la elaboración, tramitación y adopción de los acuerdos que procedan respecto a las figuras de planea-miento a redactar, delimitación de áreas de Actuación Urba-nística Concertada y, en su caso y si así se estima conveniente, como Reserva Regional de Suelo, Expediente Expropiatorio, Expedientes de Ejecución del Planeamiento, y de todos aque-llos que correspondan a su competencia, así como en la sus-cripción o incoación de cuantos otros documentos o expedien-tes que, de conformidad con la legislación urbanística, fiscal (estatal, autonómica o local) y de Régimen Local procedan y se estimen pertinentes desde el inicio o vayan apareciendo en el iter de la actuación, sin perjuicio del acuerdo que proceda, en su caso, en relación a las diversas figuras urbanísticas.

Cuarta.—Actuaciones y compromisos a cargo del concejo de Avilés:

el concejo de Avilés, a través de los órganos y Servicios Municipales que correspondan en atención al ámbito y ejerci-cio de sus respectivas competencias, se compromete:

1. en lo referente a su participación en el procedimien-to de elaboración y aprobación del planeamiento y sistema de actuación por expropiación de acuerdo con lo estableci-do al efecto en la legislación urbanística autonómica y estatal vigentes:

1.1. El concejo de Avilés, de oficio, impulsará y tramitará, para la ordenación urbanística del área, los instrumentos de modificación del PGOU en el ámbito en los términos seña-lados en las Cláusulas Primera y Segunda, determinando la Expropiación como Sistema de Actuación.

1.2. el concejo de Avilés, al amparo de los artículos 19, 183.2 y 223 tROtU, solicita del Principado de Asturias que por el Consejo de gobierno, se delimite y declare el ámbito de suelo incluido en la actuación objeto de este Convenio, co-mo Actuación Urbanística Concertada, y, simultánea o poste-riormente, si así se entendiere como necesario o conveniente, como Reserva Regional de Suelo, determinando la expropia-ción, en la modalidad de tasación conjunta, para la adquisi-ción del suelo incluido en la delimitación.

Podrá atribuirse a Sogepsa la cualidad de Beneficiaria de la expropiación, en su calidad de sociedad con capital mayo-ritariamente público y cuyo fin primordial es la promoción, urbanización y acondicionamiento de suelo.

A tal efecto, el presente Convenio presupondrá dar por cumplimentado el trámite de audiencia municipal a que se refieren los artículos 19.2 y 223.2 TROTU y artículo 14 del Decreto 58/94.

1.3. el concejo de Avilés, en relación con la solicitud de la declaración del ámbito del Convenio como Actuación Con-certada, acepta al Principado de Asturias como Administra-ción Urbanística Actuante (19, 73 y 74 tROtU).

2. en lo referente a los compromisos:

2.1. Los viales y caminos de uso y dominio público muni-cipal existentes en el ámbito, se entenderán transmitidos de pleno derecho a la sociedad beneficiaria y subrogados por los nuevos que resulten de la ejecución del planeamiento (art. 188 tROtU). A los efectos de lo dispuesto en el artículo 157 tROtU, se presumirá de aplicación el supuesto regulado en el apartado 2 de dicho artículo, a todos los efectos.

2.2. el Ayuntamiento de Avilés transmitirá a Sogepsa, a través del procedimiento expropiatorio que se inste, los terre-nos de propiedad municipal incluidos en la delimitación del ámbito de actuación. A los efectos de la transmisión, se obli-ga a incorporar los terrenos de su propiedad al inventario de bienes patrimoniales, si aún no lo estuvieran con tal carácter, asumiendo de oficio los procedimientos oportunos. El precio de la transmisión de los terrenos será el que resulte como va-loración del pertinente expediente expropiatorio redactado por Sogepsa y aprobado por la CUOtA. La formalización de dicha transmisión se realizará por medio del levantamiento, por mutuo acuerdo, de la correspondiente o correspondientes Actas de Ocupación y Pago.

Se faculta expresamente a la señora Alcaldesa, o Conce-jal que legalmente le sustituya, para otorgar, en la valoración y condiciones referidas, la oportuna Acta de Ocupación y Pago.

2.3. el Ayuntamiento de Avilés adquiere el compromiso de asumir los realojos de los ocupantes legales de las viviendas afectadas, por sí o a través de las fundaciones o empresas mu-nicipales con competencias o capacidad específica al efecto, y sin perjuicio de las obligaciones económicas que, al efecto, puedan ser imputadas a Sogepsa como consecuencia de las obligaciones legales derivadas de su carácter de beneficiario del sistema de actuación por expropiación.

2.4. el Ayuntamiento de Avilés, en orden a potenciar la si-multánea edificación e inicio de la actividad y la urbanización, de manera que se cumpla en el menor tiempo posible la finali-dad de la actuación, podrá otorgar las preceptivas licencias de edificación, a petición de parte y si procedieren, incluso antes de terminada la urbanización y a salvo el otorgamiento de la licencia de uso de lo construido. ello de conformidad con lo determinado en el art. 2.14 de las Normas Urbanísticas del PgOU, y sin perjuicio de que, con respecto a los promotores de los Lotes edificatorios, el Ayuntamiento pueda exigir aval o cualquier otro tipo de garantía para garantizar la reposición de elementos dañados de la urbanización por la simultanei-dad de las obras de edificación y urbanización.

A tales efectos, para proceder al otorgamiento de dichas licencias y en orden a coordinar las obras de edificación con las de urbanización en ejecución, de manera que aquellas no entorpezcan o dificulten la normal recepción por el Ayunta-miento de la urbanización ejecutada, será necesaria la necesi-dad de concurrencia de los requisitos establecidos en el citado artículo 2.14.

A los efectos anteriores y con el fin de garantizar la inte-gridad de la urbanización ejecutada o ejecutándose, Sogepsa introducirá en los contratos y escrituras de compraventa de las parcelas, cláusulas que garanticen la posibilidad de que los daños y/o desperfectos ocasionados en la urbanización exte-rior ejecutada y sus elementos, por la realización de las obras de edificación en la parcela, y/o los gastos que su reparación o reposición origine, puedan ser imputados directamente por Sogepsa o, indistintamente, por el Ayuntamiento al Promo-tor si éste no procede, al primer requerimiento efectuado por Sogepsa o por el Ayuntamiento, a la inmediata reposición del los elementos dañados y a la reparación de aceras, firme o viario, conforme a las directrices y órdenes de la Dirección Facultativa o el Ayuntamiento y en las mismas condiciones y

Page 13: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26797

con los mismos elementos señaladas por el proyecto de urba-nización y utilizados originariamente en la obra urbanizadora. Igualmente, en los respectivos contratos de compraventa de las parcelas o de sus aprovechamientos se introducirá especí-ficamente la determinación de que se faculta expresamente al Ayuntamiento de Avilés para que, con el otorgamiento de las licencias o posteriormente a las mismas pueda solicitar de los promotores (y ellos comprometerse contractualmente a efec-tuar) el depósito de avales al efecto que considere necesario, y ello antes, incluso, de la recepción municipal de la urbaniza-ción en razón de la simultaneidad de las obras de edificación y urbanización. Si fuera Sogepsa la que solicitara dicho aval, éste habrá de prestarse al momento del otorgamiento del do-cumento técnico de entrega, y habrá de ser constituido de ma-nera que pueda ser ejecutado, indistintamente, por Sogepsa o por el Ayuntamiento de Avilés.

Sin perjuicio de las condiciones mínimas de la urbaniza-ción para el otorgamiento de licencias, el Ayuntamiento pro-cederá a recibir la urbanización ejecutadas con arreglo a las determinaciones del proyecto de urbanización del área que hubiere obtenido la aprobación municipal definitiva y de con-formidad con lo dispuesto en el art. 195 tROtU.

2.5. el Ayuntamiento de Avilés recibirá de Sogepsa, a me-dio del correspondiente acta suscrita por las partes, la urba-nización ejecutada, esto es, viales, instalaciones y dotaciones, zonas verdes, libres, y todos aquellos elementos de cesión que se deriven por Ley de la ejecución de los pertinentes instru-mentos de planeamiento y proyecto de urbanización definiti-vamente aprobados. La posterior conservación de los mismos correspondería al Ayuntamiento, con incorporación a su pa-trimonio de los bienes de uso y dominio público, cuando así se desprenda de la naturaleza del bien.

Dadas las especiales circunstancias que concurren en las partes y el carácter público de la actuación y ejecución ur-banística, Sogepsa no vendrá obligada a prestar garantía al concejo de Avilés para el cumplimiento de la obligación de urbanizar dado que ello constituye aspecto fundamental de dicha empresa como beneficiaria de la expropiación -tanto de la derivada de la declaración de Reserva Regional de sue-lo, como del Plan especial cuyo Sistema de Actuación es el de Expropiación- (art. 13 TROTU), los propios terrenos de resultado garantizan la urbanización, y, al amparo de lo dis-puesto en el vigente artículo 104.2 TROTU, el beneficiario de la expropiación se subroga en las facultades de la Adminis-tración Urbanística actuante (Principado de Asturias) para la ejecución del Plan. ello no obstante, Sogepsa se compromete a exigir a la empresa o empresas adjudicatarias de las obras de urbanización y complementarias que se realicen, aval bancario por los importes que las demás partes aquí firmantes estimen suficientes para responder del exacto cumplimiento de las re-feridas obras y de las responsabilidades que de la ejecución de las mismas se deriven.

2.6. en general, el Ayuntamiento de Avilés se comprome-te a coadyuvar, a través de los Servicios correspondientes por razón de la materia, al mejor y más pronto éxito de la gestión urbanística objeto de esta actuación. Para ello prestará la co-laboración y mutua asistencia con los restantes firmantes de éste Convenio en la elaboración, tramitación y adopción de los acuerdos que procedan respecto a las figuras de planea-miento a redactar, Expedientes de Ejecución del Planeamien-to, y de todos aquellos que le correspondan a su competencia, así como en la suscripción o incoación de cuantos otros docu-mentos o expedientes que de conformidad con la legislación urbanística, fiscal (estatal, autonómica y local) y de Régimen Local procedan y se estimen pertinentes desde el inicio o va-yan apareciendo en el iter de la actuación, sin perjuicio del

acuerdo que proceda, en su caso, en relación a las diversas figuras urbanísticas.

quinta.—Actuaciones, aportaciones y compromisos a cargo de la Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (Sogepsa):

La Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A., en su calidad de ente instrumental del Principado de As-turias y del concejo de Avilés en el ámbito del presente Con-venio, se compromete:

1. en lo referente a su participación en el procedimiento de elaboración y redacción del planeamiento:

1.1. Sogepsa, como inherente a su condición de beneficia-ria, elaborará, e instará la tramitación administrativa cuando así proceda, de los documentos y efectuará las actuaciones siguientes:

estudios geotécnicos y levantamiento de planos taqui- —métricos y topográficos que sean necesarios.

Relación, descripción y cuantificación económica de —bienes y derechos en el área de actuación; Proyectos de Expropiación en la modalidad de tasación conjunta, y pago de los correspondientes justiprecios, de confor-midad con cualidad de beneficiario y lo preceptuado en la legislación urbanística y de expropiación forzosa vigente.

Redacción de los documentos necesarios, conforme —a las disposiciones del tROtU, para la declaración del ámbito, a efectuar por el Consejo de gobierno del Principado de Asturias, como Actuación Urbanística Concertada y, en su caso, como Reserva Regional de Suelo.

Instrumentos de planeamiento que sean necesarios, in- —cluido el proyecto de modificación del PGOU, de con-formidad con la legislación urbanística vigente.

Proyectos de Urbanización y ejecución de las obras de- —terminadas en los mismos.

Expedientes de ejecución del planeamiento que de —conformidad con la legislación Urbanística (R.D. 1093/1997, de 4 de julio) sean precisos, se entiendan como necesarios o convenientes para la determinación y configuración de los solares de resultado y formaliza-ción de cesiones de terrenos y aprovechamiento deter-minadas por la ordenación urbanística, de manera que las mismas puedan tener acceso al Registro de la Pro-piedad en el término más breve posible y sin perjuicio de las pertinentes garantías propias del procedimiento administrativo y seguridad jurídica inherentes a toda actuación urbanística.

2. en lo referente a las aportaciones:

2.1. Sogepsa, como beneficiaria del sistema de actuación por expropiación, aportará a la operación cuantos medios y recursos, tanto técnicos como humanos, fueran necesarios pa-ra la consecución en tiempo y forma de la actuación objeto de este Convenio.

2.2. Sogepsa, como beneficiaria de la expropiación, asumi-rá y sufragará los costes derivados de la adquisición del suelo incluido en el ámbito del Convenio y de la ejecución urbanís-tica del área de actuación.

3. en lo referente a los compromisos:

3.1. en el ámbito de la actuación, los instrumentos de pla-neamiento pertinentes que se redacten tendrán en cuenta en

Page 14: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26798 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

todo caso las directrices que se consideran fundamentales del planeamiento vigente, así como los que al efecto determine el Ayuntamiento de Avilés.

3.2. Sogepsa procederá a la comercialización inmediata de los solares y dotaciones privadas de resultado, pudiendo ena-jenar, incluso anticipadamente, las parcelas de uso industrial y dotacional privado a que darán lugar los solares resultantes de la ordenación, en los términos más convenientes para ase-gurar su edificación en los plazos previstos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13. 5.c) tROtU.

Sin perjuicio de lo anterior, en la comercialización del sue-lo, Sogepsa atenderá a las siguientes circunstancias:

a) En cuanto a la fijación del precio medio de venta de las parcelas de resultado, éste se establecerá en una media que, sin merma del necesario equilibrio económico entre los costes e ingresos de la operación, facilite de manera competitiva el asentamiento industrial en el ámbito y sea aprobada por el IDePA.

b) Para la adjudicación en venta de las parcelas entre las demandas formuladas por las empresas con intención de instalarse en el Área Industrial, se requerirá el asentimiento del IDePA, a cuyo efecto podrán valorase entre otros, los si-guientes aspectos:

el tratarse de empresas de nueva creación y generado- —ras de empleo.

el impacto o incentivación que para la economía del —concejo puedan representar las empresas candidatas.

el impacto que para la incentivación de la creación de —empleo en el concejo pueda representar la actividad a desarrollar por la empresa candidata.

el impacto tecnológico de las empresas candidatas. —

todos aquellos otros aspectos que al efecto puedan ser —determinados por el IDePA y la Política de Suelo In-dustrial del Principado de Asturias.

el procedimiento de adjudicación, con la anuencia del Ayuntamiento de Avilés y del IDePA, se iniciará a partir de la documentación que presenten las empresas, que deberán incluir datos del solicitante y del proyecto, superficie a ocu-par, actividades a desarrollar, inversiones previstas, proyecto económico y plan de financiación, así como evaluación de la creación de empleo prevista. en el caso de tratarse de un tras-lado, se expresará igualmente el motivo del mismo, y se defi-nirán las instalaciones, propias o en arrendamiento, de que se dispone, además de los datos correspondientes a la plantilla fija y temporal.

c) en los contratos de venta que Sogepsa suscriba con las empresas adjudicatarias de suelo, se incluirá expresamente la obligación para estas últimas de ocupar, construir e iniciar la actividad en un plazo cierto, estableciendo una cláusula penal y una cláusula resolutoria en caso de incumplimiento.

De igual forma Sogepsa constituirá en cada uno de los con-tratos de venta derechos de tanteo y adquisición preferente a su favor de acuerdo con lo establecido en los artículos 1.507 y siguientes del Código Civil, con exclusión de lo dispuesto en el artículo 1.520 del mismo cuerpo legal (o, en su caso, pospo-sición de rango frente a la primera hipoteca). Además, y, en todo caso, Sogepsa incluirá en los contratos de adjudicación en compraventa, cláusulas tendentes a fomentar la edificación e inicio de la actividad industrial y dificulten la especulación, de acuerdo con las características propias del ámbito del área industrial de valliniello-Retumes.

3.3. Las obras de urbanización serán adjudicadas por So-gepsa en régimen de publicidad y concurrencia, de conformi-dad con las disposiciones aplicables determinadas por la vi-gente legislación sobre contratación de las administraciones públicas, sin que pueda dicha sociedad ejecutarlos directa-mente (13.6 tROtU).

3.4. Sogepsa expresamente se compromete a desarrollar la actuación, en todo aquello que le compete como benefi-ciaria de la actuación, dentro de los cauces determinados en las cláusulas de éste Convenio y, obviamente, según las pres-cripciones de los instrumentos de planeamiento y proyecto de urbanización que obtengan la aprobación definitiva.

Asimismo, y en general, Sogepsa se compromete a coadyu-var al mejor y más pronto éxito de la gestión urbanística ob-jeto de ésta actuación. Para ello prestará la colaboración y mutua asistencia con las partes firmantes en la elaboración, tramitación, suscripción o incoación de cuantos documentos o expedientes que, de conformidad con la legislación urbanísti-ca (estatal, autonómica o local) y fiscal, procedan y se estimen pertinentes y vayan apareciendo en el iter de la actuación.

Sexta.—Seguimiento y coordinación del convenio:

Las partes se comprometen a efectuar el seguimiento con-junto y coordinar sus actuaciones, dentro del marco de sus res-pectivas competencias y funciones, en orden al cumplimiento de las obligaciones contraídas y objetivos generales del pre-sente Convenio. A tal efecto podrá constituirse una Comisión conjunta de seguimiento y coordinación.

Séptima.—Revisión del convenio:

Los compromisos determinados en las cláusulas preceden-tes podrán ser revisados y ajustados de mutuo acuerdo entre las partes en función del efectivo desarrollo de las mismas y dentro del ámbito fijado y con los márgenes legales y regla-mentarios del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado de Asturias, así co-mo la legislación urbanística estatal vigente y legislación de Régimen Local.

Los compromisos determinados en las cláusulas prece-dentes podrán ser revisados y/o ampliados de mutuo acuer-do entre las partes en función del efectivo desarrollo de las mismas y dentro del ámbito fijado y con los márgenes legales y reglamentarios de la legislación urbanística y de Régimen Local vigente.

Las ampliaciones o asunción de nuevos compromisos ha-brán de formalizarse en anexos al presente suscritos por las partes interesadas

Octava.—Denuncia del convenio:

el incumplimiento de las cláusulas del presente Convenio por cualquiera de las partes firmantes podrá dar lugar a la denuncia del mismo.

Anexo

gRÁFICO

ÁMBItO teRRItORIAL DeL CONveNIO

Plano de delimitación ámbito

Habiendo sido aprobado el contenido y disposiciones del presente Convenio por el Pleno Municipal de Avilés, median-te acuerdo adoptado en sesión del día 15 de noviembre de 2007, en el que, además, se faculta a la Excma. Sra. Alcaldesa, o Concejal en quien delegue, para la firma del mismo y de

Page 15: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26799

cuantos documentos sean precisos en orden a su ejecución; y por acuerdo del Consejo de gobierno del Principado de As-turias, en su reunión del día 16 de abril de 2008. en prueba de conformidad las partes comparecientes, conforme respectiva-mente intervienen, lo suscriben y firman por duplicado ejem-plar y en el lugar y fecha al principio indicados.

Por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: el Consejero de Infraestructuras, Política territorial y vi-vienda, Francisco gonzález Buendía.

Por el Concejo de Avilés: La Alcaldesa de Avilés, Pilar varela Díaz.

Por Sogepsa: el Director-gerente, José María quirós zarauza.

— • —

RESOLUCIón de 14 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación de la adenda al Convenio de Cola-boración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de la Presidencia, y el Ayuntamiento de Gijón para la dinamización de la Casa de Encuentro de las Mujeres y el desarrollo de políticas de igualdad de opor-tunidades entre mujeres y hombres.

Habiéndose suscrito con fecha 7 de agosto de 2008 la adenda al Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de la Presidencia, y el Ayun-tamiento de gijón para la dinamización de la Casa de en-cuentro de las Mujeres y el desarrollo de políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligato-riedad de la publicación de los Convenios de Colaboración en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias,

R e S U e L v O

Publicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 14 de noviembre de 2008.—La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.403.

ADeNDA AL CONveNIO De COLABORACIóN eNtRe LA ADMINIS-tRACIóN DeL PRINCIPADO De AStURIAS y eL AyUNtAMIeNtO De gIJóN PARA LA DINAMIzACIóN De LA CASA De eNCUeNtRO De LAS MUJeReS y eL DeSARROLLO De POLítICAS De IgUALDAD

De OPORtUNIDADeS eNtRe MUJeReS y HOMBReS

en Oviedo, a 7 de agosto de 2008,

Reunidos

De una parte, la Ilma. Sra. Dña. M.ª José Ramos Rubiera, Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad, nombrada por Decreto 15/2007, de 12 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, actuando en nombre y representación del Prin-cipado de Asturias, y autorizada para formalizar la presente adenda por Acuerdo del Consejo de gobierno de fecha 31 de julio de 2008.

De otra parte, Dña. Paz Fernández Felgueroso, Alcalde-sa-Presidenta del Ayuntamiento de gijón, estando facultada para la firma del presente Convenio de conformidad con el artículo 21.1 b) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

Reconociéndose mutuamente la legitimación y la capaci-dad legal para formalizar la presente adenda, y a tal fin,

Manifiestan

Primero.—Que la presente adenda modifica las cláusulas quinta y sexta y el anexo de actividades del Convenio de Co-laboración suscrito entre la Administración del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de gijón, con fecha 19 de octubre de 2004, modificado por sucesivas adendas de 2005, 2006 y 2007.

Se fundamenta en el interés que tienen ambas institucio-nes de suscribir nueva adenda al referido Convenio, ello en aplicación del artículo 11 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Ad-ministración del Principado de Asturias y los artículos 6 y si-guientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.—que el Decreto 101/2007, de 25 de julio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, le atribuye la función de continuar con el desarrollo de políticas integrales para la consecución de la efectiva igualdad entre mujeres y hombres.

Tercero.—que el Instituto Asturiano de la Mujer, de con-formidad con el Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, por el que se regula la organización y funciones del mismo, tiene encomendadas entre sus funciones el desarrollo de programas integrales de la Comunidad Autónoma, impulsando progra-mas, medidas y servicios que contribuyan a eliminar la discri-minación de las mujeres. Igualmente entre sus competencias

Page 16: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26800 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

se encuentra el fomento de las relaciones con las organiza-ciones no gubernamentales, los Ayuntamientos, otras Comu-nidades Autónomas y la Administración general del estado para la cooperación en programas dirigidos a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Cuarto.—que los municipios tienen competencias en materia de prestación de servicios sociales y de promoción y reinserción social de conformidad con el artículo 25.2 k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas, y en particular las relativas a la promoción de la mujer según el artículo 28 de la misma ley; además de las que les atribuye la Ley Orgánica, 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

Por todo lo manifestado y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el artículo 8 de la Ley del Principado de Asturias 1/2003, de 24 de febrero, de Servicios Sociales, las partes mencionadas acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

Cláusulas

Única.—La presente adenda tiene por objeto la modifi-cación de la cláusulas quinta, sexta y del anexo de actividades subvencionadas para el ejercicio 2008 del Convenio de Cola-boración firmado con fecha 19 de octubre de 2004 y modifica-do por sucesivas adendas, por la Consejera de la Presidencia en representación del Principado de Asturias y la Alcaldesa del Ayuntamiento de gijón, que quedan redactadas como sigue:

quinta.—Financiación y justificación:La Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, a tra-

vés del Instituto Asturiano de la Mujer, aportará al Ayun-tamiento de gijón en el ejercicio 2008, una subvención de 59.076 euros que será sufragada con cargo a la aplicación 11.09-323B-464.006 de los Presupuestos generales del Prin-cipado de Asturias para el ejercicio 2007, prorrogados al ejercicio 2008.

el abono de la subvención por importe de 59.076 €, se ha-rá efectivo de un solo pago anticipado, mediante transferen-cia bancaria a la cuenta indicada por su titular, tras la firma del Convenio. en relación con el pago anticipado, la entidad beneficiaria será exonerada por Resolución de la obligación de prestar garantía para la percepción anticipada de la sub-vención, en aplicación de lo establecido en el artículo 6.c) de la Resolución de 11 de febrero de 2000, por la que se regula el régimen de garantías para el abono anticipado de subven-ciones, pues el beneficiario de la subvención es una Entidad Local.

El importe de la subvención deberá justificarse antes del 31 de diciembre de 2008, en los términos que establecen los artículos 30 y 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, gene-ral de Subvenciones y la Resolución, de 9 de marzo de 1998, de la Consejería de Economía sobre medios de justificación documental de las subvenciones del Principado de Asturias a las entidades locales, acompañada de una memoria de las ac-tividades realizadas de acuerdo con el modelo proporcionado por el Instituto Asturiano de la Mujer.

Al respecto se presentará informe del Interventor o In-terventora de la entidad Local comprensivo de las subven-ciones o ayudas concedidas para la misma finalidad por otras administraciones u organismos públicos con indicación de sus respectivas cuantías, o en su caso, informe negativo sobre di-chos extremos. Los gastos de actividades de promoción de la mujer en la Casa de Encuentro de las Mujeres se justificarán

mediante copia compulsada de los documentos o facturas, emitidas durante el ejercicio económico 2008, por parte del Secretario/a del Ayuntamiento, acompañados de una memo-ria económica de las actividades realizadas.

Sexta.—Vigencia y resolución:

el presente Convenio estará vigente hasta el 31 de di-ciembre de 2008. No obstante, los firmantes manifiestan su voluntad de hacerlo extensivo a años sucesivos, a cuyo efecto su clausulado se prorrogará de forma anual y automática de no mediar denuncia del mismo, con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su finalización, salvo lo referente a la obligación de realizar una programación de actividades con-sensuada con el Instituto Asturiano de la Mujer recogida en la cláusula tercera y a la cláusula quinta relativa a la financiación y justificación que se fijarán mediante la suscripción de la co-rrespondiente adenda al presente Convenio.

Sin perjuicio de lo anterior, se extinguirá anticipadamente a instancia de cualquiera de las partes en razón del incumpli-miento por las otras de los compromisos adquiridos mediante la presente adenda .

Son además causas de resolución de esta adenda el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir el con-tenido del mismo así como la extinción del convenio marco de referencia, sin perjuicio de las disposiciones que sean de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

y en prueba de conformidad con cuanto antecede todas las partes firman, por triplicado, la presente adenda en el lu-gar y fecha indicados en el encabezamiento.

La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad, María José Ramos Rubiera.

La Alcaldesa del Ayuntamiento de gijón, Paz Fernández Felgueroso.

— • —

RESOLUCIón de 17 de noviembre de 2008, de la Conse-jería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se or-dena la publicación del Convenio de Colaboración suscri-to entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Laviana para el programa de intervención técnica de apoyo a la familia.

Habiéndose suscrito con fecha 9 de octubre de 2008 el Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Laviana para el programa de intervención técnica de apoyo a la familia y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los Convenios de Colaboración en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias,

R e S U e L v O

Publicar el mencionado Convenio como anexo a esta resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 17 de noviembre de 2008.— La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.493.

Page 17: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26801

CONveNIO De COLABORACIóN eNtRe LA ADMINIStRACIóN DeL PRINCIPADO De AStURIAS, A tRAvÉS De LA CONSeJeRíA De BIeNeStAR SOCIAL, y AyUNtAMIeNtO De LAvIANA, PARA eL PROgRAMA De INteRveNCIóN tÉCNICA De APOyO A LA

FAMILIA

en Oviedo, a 9 de octubre de 2008.

De una parte, la Ilma. Sra. Dña. María teresa Ordiz Asen-jo, Consejera de Bienestar Social, con domicilio a estos efec-tos en Oviedo, calle Alférez Provisional, s/n, 33005, de Ovie-do, facultada para suscribir el presente Convenio en virtud de Acuerdo del Consejo de gobierno del Principado de Asturias, adoptado en la reunión celebrada el día 10 de septiembre de 2008.

De otra parte, D. Adrián Barbón Rodríguez, Alcalde-Pre-sidente de Ayuntamiento de Laviana, autorizado para suscri-bir el presente Convenio, en virtud de Acuerdo del Pleno de fecha 25 de septiembre de 2008.

Ambas partes concurren en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose plena capacidad legal y legiti-mación para suscribir el presente Convenio, a tal fin.

Exponen

Primero.—que la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de Servi-cios Sociales del Principado de Asturias, contempla que co-rresponde a los entes locales la programación de los servicios sociales de su competencia conforme a la planificación de la Administración del Principado de Asturias y la coordinación de los programas que le pueda encomendar la Administración del Principado según se determine mediante Convenio; tam-bién, a través de los servicios sociales generales, corresponde a los entes locales, el desarrollo de programas de intervención orientados a proporcionar los recursos y medios que faciliten la integración y la participación social de las personas, familias y grupos en situación de riesgo.

Segundo.—La citada Ley asimismo señala que el Principa-do de Asturias, en el ejercicio de sus funciones, cooperará y prestara ayuda técnica a los Ayuntamientos para el adecuado ejercicio de sus funciones en el ámbito del desarrollo de ser-vicios sociales y realizará las actuaciones preventivas de las situaciones de riesgo y necesidad social del conjunto de la po-blación asturiana, en el nivel de los servicios sociales especiali-zados o mediante el apoyo a los servicios sociales generales.

Tercero.—En la Planificación del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familia y Adolescencia están previstas actuaciones dirigidas a implantar en los servicios so-ciales municipales, equipos de intervención técnica de apoyo a la familia a través de la cooperación técnica y económica de la Consejería de Bienestar Social.

Por ello acuerdan suscribir el presente Convenio de Cola-boración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común y el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.—Objeto:

el presente Convenio tiene por objeto establecer la cola-boración entre la Administración del Principado de Asturias y Ayuntamiento de Laviana, para un programa de intervención técnica de apoyo a la familia.

el programa de Intervención técnica de Apoyo a la Fami-lia, objeto del presente Convenio, se desarrollará en los térmi-nos municipales de Laviana, Sobrescobio y Caso.

La finalidad del programa será la atención a familias des-favorecidas y en situación de riesgo social mediante la ayuda a los padres o las personas que ejercen la guarda de un menor, favoreciendo el adecuado ejercicio de sus funciones y garanti-zando así la permanencia del niño en su medio familiar y so-cial o, en su caso facilitando su retorno al mismo. el programa de Intervención técnica de Apoyo a la Familia se concretará en la prestación de servicios profesionales socioeducativos, psicológicos y rehabilitadores orientados a mejorar e incre-mentar la autonomía, las competencias, la integración social y las relaciones de convivencia de las personas que participen en el mismo.

el equipo de intervención técnica tendrá su sede en el tér-mino municipal de Laviana, cuyo Ayuntamiento aportará los locales, así como el personal y los recursos materiales necesa-rios para llevar a cabo las actividades del programa.

Por su parte, los Ayuntamientos de Sobrescobio y Caso asumirán íntegramente los gastos en concepto de dietas por desplazamiento del personal cuando preste sus servicios en sus respectivos términos municipales.

Segunda.—Aportación económica:

Para el desarrollo del presente Convenio, el Principado de Asturias dispondrá una aportación económica a favor de Ayuntamiento de Laviana, por importe de 55.000 euros, con cargo al concepto presupuestario 1602-313F-464-003 de los Presupuestos generales del Principado de Asturias para el ejercicio de 2007, prorrogados para 2008.

La subvención derivada de la presente será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquie-ra Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión europea o de organismos internacionales. No obstante, en ningún caso su cuantía, aisladamente o en con-currencia con otras subvenciones o ayudas podrá superar el coste del proyecto.

tercera.—Justificación y pago:

La justificación se efectuará aportando una certificación de la Secretaría de la entidad Local, detallada por conceptos y partidas, tanto de gastos como de ingresos, del programa que se financia a través del Convenio, acompañada de las copias de nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social del personal y demás justificantes que acrediten dichos gastos ex-pedidos en legal forma por la entidad Local. Se presentará semestralmente. Para el primer semestre, enero–junio, se fija un plazo de justificación hasta el 28 de noviembre de 2008 y para el segundo semestre, julio–diciembre, el plazo de justifi-cación se fija hasta el 15 de febrero de 2009. Asimismo, deberá presentarse una memoria anual descriptiva del desarrollo de los programas, antes de la mencionada fecha.

el abono de la subvención se realizará en un único pago de forma anticipada a la justificación de la subvención. Todo ello sin necesidad de prestación de garantías, según lo dispuesto en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, así como en la Resolución de 11 de febrero de 2000, modificada por resoluciones de 19 de marzo y 30 de junio de 2001, por la que se regula el Régimen de garantías para el Abono Anticipado de Subvenciones.

No podrá realizarse el pago de las cantidades acordadas en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimien-

Page 18: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26802 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

to de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por Resolución de procedencia de reintegro.

Cuarta.—Obligaciones del Ayuntamiento de Laviana:

1) Destinar el importe de la financiación del presente Con-venio al objeto y finalidad que se contiene en el mismo.

2) Disponer de los medios humanos y materiales necesa-rios para garantizar la finalidad de los programas objeto del Convenio.

3) Facilitar la prestación de servicios del personal adscrito al programa en los municipios de Sobrescobio y Caso cuando ello sea necesario.

4) Facilitar la prestación de servicios del personal adscrito al programa en el resto de municipios que suscriben el presen-te Convenio cuando ello sea necesario.

5) La contratación de personal que pueda producirse pa-ra garantizar el adecuado desarrollo del programa, objeto del presente Convenio, no dará lugar, en ningún caso, a relación laboral entre la Consejería de Bienestar Social y dicho per-sonal, el cual dependerá exclusivamente de Ayuntamiento de Laviana.

6) Justificar ante la Consejería de Bienestar Social el cum-plimiento de los requisitos y condiciones, así como la reali-zación de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de esta subvención.

7) Comunicar a la Consejería de Bienestar Social la obten-ción de subvenciones o ayudas para la misma finalidad que la del presente Convenio, procedentes de cualesquiera Adminis-traciones Públicas o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales. esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos.

8) Deberá hacer constancia expresa de la colaboración de la Administración del Principado de Asturias, incluyendo la imagen corporativa institucional que ésta le facilite en toda la información o publicidad que de la actividad subvenciona-da realice, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lugar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible.

9) Someterse a las actuaciones del control financiero que corresponden a la Intervención general del Principado de Asturias.

10) Presentar declaración responsable de no hallarse en ninguno de los supuesto establecidos en el artículo 13.2 de la citada Ley general de Subvenciones y de cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la mencionada norma con an-terioridad a que se dicte la propuesta de resolución de conce-sión de la subvención que conlleva el presente Convenio. en concreto la declaración deberá contener una mención expresa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.

11) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

quinta.—Seguimiento:

Se creará una Comisión Mixta, integrada por dos represen-tantes de la Consejería de Bienestar Social, y dos del Ayunta-miento de Laviana, actuará como Secretario un funcionario adscrito a la Consejería de Bienestar Social, que levantará Acta de las sesiones que se celebren.

Corresponde a la Comisión de Seguimiento:

Resolver los problemas de interpretación y cumplimien-• to que se deriven del presente Convenio.

evaluar los resultados de aplicación del presente • Convenio.

La Comisión de Seguimiento se reunirá como mínimo una vez al año, y siempre que lo solicite alguno de los miembros que la componen.

La toma de decisiones se efectuará por mayoría de votos, dirimiendo el Presidente con su voto en caso de empate.

en todo lo no establecido en la presente cláusula, la Comi-sión se regirá por lo establecido en el artículo 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, sobre normas de funcionamiento de los ór-ganos colegiados.

Sexta.—Duración:

el presente Convenio será efectivo a partir de la fecha de suscripción y su vigencia se extenderá hasta el 15 de febre-ro de 2009, sin perjuicio del debido respeto al principio de anualidad presupuestaria que establece la obligación de que los gastos a justificar sean únicamente del ejercicio 2008. Sus efectos se retrotraerán a fecha 1 de enero de 2008.

No obstante los firmantes manifiestan su voluntad de ha-cerlo extensivo a años sucesivos, a cuyo efecto su clausulado se prorrogará de forma anual y automática, salvo lo referente a las cláusulas segunda, en lo relativo a la financiación, y cláu-sula tercera, sobre justificación, que se fijarán mediante la sus-cripción de la correspondiente adenda al presente Convenio.

Asimismo, son causas de extinción del presente Convenio:

La denuncia de cualquiera de las partes comunicada a la • otra parte con una antelación mínima de un mes, basada en causa justificada.

el mutuo acuerdo de las partes.•

el incumplimiento por la otra parte de los compromi-• sos adquiridos mediante el presente Convenio o sus modificaciones.

En el supuesto de que se produjese la extinción anticipada del Convenio, la Comisión de Seguimiento resolverá acerca de la forma de terminar las actuaciones que eventualmente estuviesen en curso.

La resolución del Convenio de forma unilateral por la Consejería de Bienestar Social, basada en el incumplimiento por parte de la entidad Local, no dará derecho a éste a recla-mar ningún tipo de indemnización y determinará la obligación de reintegro en los términos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, como norma básica, así como en el Decreto 71/1992.

Séptima.—Revocación y reintegro:

La Consejería de Bienestar Social procederá a la revoca-ción de la subvención y/o al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y del interés de demora correspondien-te, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, en los siguientes casos:

1) Incumplimiento de la obligación de justificar en el pla-zo establecido así como las cuantías no justificadas en forma legal.

2) Ocultación o falsedad de datos o documentos.

Page 19: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26803

3) Incumplimiento total o parcial de la finalidad para la que se concedió.

4) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financia-ción de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos pactados en el presente Convenio. Si se hubiera incumplido esta obligación, y sin perjuicio de las responsabilidades en que, por aplicación del régimen previsto en el título Iv de la Ley pudieran corresponder, se aplicarán las siguientes reglas:

4.1.—Si resultara aún posible su cumplimiento en los tér-minos establecidos, el órgano concedente deberá requerir al beneficiario para que adopte las medidas de difusión esta-blecidas en un plazo no superior a 15 días, con expresa ad-vertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley. No podrá adoptarse ninguna decisión de reintegro sin que se hubiera dado cumplimiento de dicho trámite.

4.2.—Si por haberse desarrollado ya las actividades afec-tadas por estas medidas, no resultara posible su cumplimien-to en los términos establecidos, el órgano concedente podrá establecer medidas alternativas, siempre que éstas permitie-ran dar la difusión de la financiación pública recibida con el mismo alcance de las inicialmente acordadas. en el requeri-miento que se dirija por el órgano concedente al beneficiario, deberá fijarse un plazo no superior a 15 días para su adopción con expresa advertencia de las consecuencias que de dicho in-cumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley.

5) Las demás causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, general de Subvenciones.

La resolución por la que se acuerde el reintegro de la sub-vención será adoptada por el órgano concedente de aquella, previa instrucción del expediente, en el que junto a la pro-puesta razonada del centro gestor se acompañarán los infor-mes pertinentes y las alegaciones del beneficiario.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de in-gresos de derecho público, y su cobranza se llevará a efecto con sujeción a lo establecido para esta clase de ingresos en el texto refundido del Régimen económico y Presupuestario, aproba-do por Decreto Legislativo del Principado de Asturias2/1998, de 25 de junio, y demás disposiciones complementarias.

La concesión de la subvención que deriva de la ejecución del Convenio supondrá el sometimiento a la inspección por parte de la Consejería de sus actividades y el presupuesto.

Octava.—Recursos y jurisdicción competente:

este Convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régi-men Jurídico del Principado de Asturias, así como la normati-va sobre subvenciones y demás que resulte aplicable.

Ambas partes someterán aquellas controversias litigiosas que pudieran surgir derivadas del presente Convenio a la ju-risdicción Contencioso-Administrativa y a la competencia del tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.

y en prueba de conformidad con cuanto antecede, am-bas partes firman, el presente Convenio en el lugar y fecha expresados.

Por el Principado de Asturias, la Consejera de Bienestar Social, María teresa Ordiz Asenjo.

Por el Ayuntamiento de Laviana, el Alcalde-Presidente, Adrián Barbón Rodríguez.

— • —

RESOLUCIón de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración sus-crito entre el Principado de Asturias, a través de la Conse-jería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Avilés para el programa de intervención técnica de apoyo a la familia.

Habiéndose suscrito con fecha 6 de octubre de 2008 el Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social y el Ayuntamiento de Avilés para el programa de intervención técnica de apoyo a la familia y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los Convenios de Colaboración en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias,

R e S U e L v O

Publicar el mencionado Convenio como anexo a esta resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 17 de noviembre de 2008.—La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.495.

CONveNIO De COLABORACIóN eNtRe LA ADMINIStRACIóN DeL PRINCIPADO De AStURIAS, A tRAvÉS De LA CONSeJeRíA De BIeNeStAR SOCIAL, y AyUNtAMIeNtO De AvILÉS, PARA eL PRO-

gRAMA De INteRveNCIóN tÉCNICA De APOyO A LA FAMILIA

en Oviedo, a 6 de octubre de 2008.

De una parte, la Ilma. Sra. D.ª María teresa Ordiz Asen-jo, Consejera de Bienestar Social, con domicilio a estos efec-tos en Oviedo, calle Alférez Provisional, s/n – 33005 de Ovie-do, facultada para suscribir el presente Convenio en virtud de Acuerdo del Consejo de gobierno del Principado de Asturias, adoptado en la reunión celebrada el día 10 de septiembre de 2008.

y de otra, Dña. Pilar varela Díaz, Alcaldesa-Presidenta de Ayuntamiento de Avilés en representación del mismo y fa-cultada para este acto por Decreto de Alcaldía de fecha 30 de septiembre de 2008.

Ambas partes concurren en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose plena capacidad legal y legiti-mación para suscribir el presente Convenio, a tal fin.

Manifiestan

Primero.—que la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de Servi-cios Sociales del Principado de Asturias, contempla que co-rresponde a los entes locales la programación de los servicios sociales de su competencia conforme a la planificación de la Administración del Principado de Asturias y la coordinación de los programas que le pueda encomendar la Administración del Principado según se determine mediante Convenio; tam-bién, a través de los servicios sociales generales, corresponde

Page 20: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26804 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

a los entes locales, el desarrollo de programas de intervención orientados a proporcionar los recursos y medios que faciliten la integración y la participación social de las personas, familias y grupos en situación de riesgo.

Segundo.—La citada Ley asimismo señala que el Principa-do de Asturias, en el ejercicio de sus funciones, cooperará y prestará ayuda técnica a los Ayuntamientos para el adecuado ejercicio de sus funciones en el ámbito del desarrollo de ser-vicios sociales y realizará las actuaciones preventivas de las situaciones de riesgo y necesidad social del conjunto de la po-blación asturiana, en el nivel de los servicios sociales especiali-zados o mediante el apoyo a los servicios sociales generales.

Tercero.—En la Planificación del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familias y Adolescencia están previstas actuaciones dirigidas a implantar en los servicios so-ciales municipales, equipos de intervención técnica de apoyo a la familia a través de la cooperación técnica y económica de la Consejería de Bienestar Social.

Por ello acuerdan suscribir el presente Convenio de Cola-boración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común y el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.—Objeto:

el presente Convenio tiene por objeto establecer la cola-boración entre la Administración del Principado de Asturias y Ayuntamiento de Avilés, para un programa de intervención técnica de apoyo a la familia.

La finalidad del programa será la atención a familias des-favorecidas y en situación de riesgo social mediante la ayuda a los padres o las personas que ejercen la guarda de un menor, favoreciendo el adecuado ejercicio de sus funciones y garanti-zando así la permanencia del niño en su medio familiar y so-cial o, en su caso facilitando su retorno al mismo. el programa de Intervención técnica de Apoyo a la Familia se concretará en la prestación de servicios profesionales socioeducativos, psicológicos y rehabilitadores orientados a mejorar e incre-mentar la autonomía, las competencias, la integración social y las relaciones de convivencia de las personas que participen en el mismo.

el Ayuntamiento de Avilés aportará los locales, así como el personal y los recursos materiales necesarios para llevar a cabo las actividades del programa.

Por su parte, el Ayuntamiento de Avilés se hará cargo de las indemnizaciones por los desplazamientos de los técnicos a su centro de trabajo en estos municipios.

Segunda.—Aportación económica:

Para el desarrollo del presente Convenio, el Principado de Asturias dispondrá una aportación económica a favor de Ayuntamiento de Avilés, por importe de 81.499 euros, con cargo al concepto presupuestario 1602-313F-464-003 de los Presupuestos generales del Principado de Asturias para el ejercicio de 2007, prorrogados para 2008.

La subvención derivada de la presente será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquie-ra Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión europea o de organismos internacionales. No obstante, en ningún caso su cuantía, aisladamente o en con-

currencia con otras subvenciones o ayudas podrá superar el coste del proyecto.

tercera.—Justificación y pago:

La justificación se efectuará aportando una certificación de la Secretaría de la entidad Local, detallada por conceptos y partidas, tanto de gastos como de ingresos, del programa que se financia a través del Convenio, acompañada de las copias de nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social del personal y demás justificantes que acrediten dichos gastos ex-pedidos en legal forma por la entidad. Se presentará semes-tralmente. Para el primer semestre, enero – junio, se fija un plazo de justificación hasta el 28 de noviembre de 2008 y para el segundo semestre, julio – diciembre, el plazo de justifica-ción se fija hasta el 15 de febrero de 2009. Asimismo, deberá presentarse una memoria anual descriptiva del desarrollo de los programas, antes de la mencionada fecha.

el abono de la subvención se realizará en un único pago de forma anticipada a la justificación de la subvención. Todo ello sin necesidad de prestación de garantías, según lo dispuesto en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, así como en la Resolución de 11 de febrero de 2000, modificada por resoluciones de 19 de marzo y 30 de junio de 2001, por la que se regula el Régimen de garantías para el Abono Anticipado de Subvenciones.

No podrá realizarse el pago de las cantidades acordadas en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimien-to de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por Resolución de procedencia de reintegro.

Cuarta.—Obligaciones de Ayuntamiento de Avilés:

1) Destinar el importe de la financiación del presente Con-venio al objeto y finalidad que se contiene en el mismo.

2) Disponer de los medios humanos y materiales necesa-rios para garantizar la finalidad de los programas objeto del Convenio.

3) La contratación de personal que pueda producirse pa-ra garantizar el adecuado desarrollo del programa, objeto del presente Convenio, no dará lugar, en ningún caso, a relación laboral entre la Consejería de Bienestar Social y dicho per-sonal, el cual dependerá exclusivamente de Ayuntamiento de Avilés.

4) Justificar ante la Consejería de Bienestar Social el cum-plimiento de los requisitos y condiciones, así como la reali-zación de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de esta subvención.

5) Comunicar a la Consejería de Bienestar Social la obten-ción de subvenciones o ayudas para la misma finalidad que la del presente Convenio, procedentes de cualesquiera Adminis-traciones Públicas o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales. esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos.

6) Deberá hacer constancia expresa de la colaboración de la Administración del Principado de Asturias, incluyendo la imagen corporativa institucional que ésta le facilite en toda la información o publicidad que de la actividad subvenciona-da realice, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lugar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible.

7) Someterse a las actuaciones del control financiero que corresponden a la Intervención general del Principado de Asturias.

Page 21: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26805

8) Presentar declaración responsable de no hallarse en ninguno de los supuesto establecidos en el artículo 13.2 de la citada Ley general de Subvenciones y de cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la mencionada norma con an-terioridad a que se dicte la propuesta de resolución de conce-sión de la subvención que conlleva el presente Convenio. en concreto la declaración deberá contener una mención expresa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.

9) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

quinta.—Seguimiento:

Se crea una Comisión de Seguimiento con la siguiente composición:

Dos miembros en representación de la Consejería de —Bienestar Social del Principado de Asturias, uno de los cuales ejercerá como Presidente.

Dos miembros en representación de Ayuntamiento de —Avilés.

Asimismo, actuará como Secretario un funcionario adscri-to a la Consejería de Bienestar Social, que levantará Acta de las sesiones que se celebren.

Corresponde a la Comisión de Seguimiento:

Resolver los problemas de interpretación y cumpli- —miento que se deriven del presente Convenio.

evaluar los resultados de aplicación del presente —Convenio.

La Comisión de Seguimiento se reunirá como mínimo una vez al año, y siempre que lo solicite alguno de los miembros que la componen.

La toma de decisiones se efectuará por mayoría de votos, dirimiendo el Presidente con su voto en caso de empate.

en todo lo no establecido en la presente cláusula, la Comi-sión se regirá por lo establecido en el artículo 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, sobre normas de funcionamiento de los ór-ganos colegiados.

Sexta.—Duración:

el presente Convenio será efectivo a partir de la fecha de suscripción y su vigencia se extenderá hasta el 15 de febre-ro de 2009, sin perjuicio del debido respeto al principio de anualidad presupuestaria que establece la obligación de que los gastos a justificar sean únicamente del ejercicio 2008. Sus efectos se retrotraerán a fecha 1 de enero de 2008.

No obstante los firmantes manifiestan su voluntad de ha-cerlo extensivo a años sucesivos, a cuyo efecto su clausulado se prorrogará de forma anual y automática, salvo lo referente a las cláusulas segunda, en lo relativo a la financiación, y cláu-sula tercera, sobre justificación, que se fijarán mediante la sus-cripción de la correspondiente adenda al presente Convenio.

Asimismo, son causas de extinción del presente Convenio:

La denuncia de cualquiera de las partes comunicada a la • otra parte con una antelación mínima de un mes, basada en causa justificada.

el mutuo acuerdo de las partes.•

el incumplimiento por la otra parte de los compromi-• sos adquiridos mediante el presente Convenio o sus modificaciones.

En el supuesto de que se produjese la extinción anticipada del Convenio, la Comisión de Seguimiento resolverá acerca de la forma de terminar las actuaciones que eventualmente estuviesen en curso.

La resolución del Convenio de forma unilateral por la Consejería de Bienestar Social, basada en el incumplimiento por parte de la entidad Local, no dará derecho a éste a recla-mar ningún tipo de indemnización y determinará la obligación de reintegro en los términos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, como norma básica, así como en el Decreto 71/1992.

Séptima.—Revocación y reintegro:

La Consejería de Bienestar Social procederá a la revoca-ción de la subvención y/o al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y del interés de demora correspondien-te, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, en los siguientes casos:

1) Incumplimiento de la obligación de justificar en el pla-zo establecido así como las cuantías no justificadas en forma legal.

2) Ocultación o falsedad de datos o documentos.

3) Incumplimiento total o parcial de la finalidad para la que se concedió.

4) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financia-ción de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos pactados en el presente Convenio. Si se hubiera incumplido esta obligación, y sin perjuicio de las responsabilidades en que, por aplicación del régimen previsto en el título Iv de la Ley pudieran corresponder, se aplicarán las siguientes reglas:

Si resultara aún posible su cumplimiento en los térmi-• nos establecidos, el órgano concedente deberá requerir al beneficiario para que adopte las medidas de difusión establecidas en un plazo no superior a 15 días, con expre-sa advertencia de las consecuencias que de dicho incum-plimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley. No podrá adoptarse ninguna decisión de reintegro sin que se hubiera dado cumplimiento de dicho trámite.

Si por haberse desarrollado ya las actividades afectadas • por estas medidas, no resultara posible su cumplimiento en los términos establecidos, el órgano concedente podrá establecer medidas alternativas, siempre que éstas per-mitieran dar la difusión de la financiación pública recibi-da con el mismo alcance de las inicialmente acordadas. en el requerimiento que se dirija por el órgano conce-dente al beneficiario, deberá fijarse un plazo no superior a 15 días para su adopción con expresa advertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley.

5) Las demás causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, general de Subvenciones.

La resolución por la que se acuerde el reintegro de la sub-vención será adoptada por el órgano concedente de aquella, previa instrucción del expediente, en el que junto a la pro-

Page 22: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26806 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

puesta razonada del centro gestor se acompañarán los infor-mes pertinentes y las alegaciones del beneficiario.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de in-gresos de derecho público, y su cobranza se llevará a efecto con sujeción a lo establecido para esta clase de ingresos en el texto refundido del Régimen económico y Presupuestario, aproba-do por Decreto Legislativo del Principado de Asturias2/1998, de 25 de junio, y demás disposiciones complementarias.

La concesión de la subvención que deriva de la ejecución del Convenio supondrá el sometimiento a la inspección por parte de la Consejería de sus actividades y el presupuesto.Octava.—Recursos y jurisdicción competente.

este Convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régi-men Jurídico del Principado de Asturias, así como la normati-va sobre subvenciones y demás que resulte aplicable.

Ambas partes someterán aquellas controversias litigiosas que pudieran surgir derivadas del presente Convenio a la Ju-risdicción Contencioso-Administrativa y a la competencia del tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.

y en prueba de conformidad con cuanto antecede, am-bas partes firman, el presente Convenio en el lugar y fecha expresados.

Por el Principado de Asturias, la Consejera de Bienestar Social, María teresa Ordiz Asenjo.

Por el Ayuntamiento de Avilés, la Alcaldesa-Presidenta, Pilar varela Díaz.

— • —

RESOLUCIón de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración sus-crito entre el Principado de Asturias, a través de la Con-sejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Carreño para la construcción y equipamiento de un centro de día para personas mayores dependientes y un centro de apoyo a la integración de personas con discapacidad.

Habiéndose suscrito con fecha 23 de septiembre de 2008 el Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social y el Ayuntamiento de Carreño para la construcción y equipamiento de un centro de día para personas mayores dependientes y un centro de apoyo a la integración de personas con discapacidad y esta-bleciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Ré-gimen Jurídico de la Administración del Principado de As-turias, la obligatoriedad de la publicación de los Convenios de colaboración en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias,

R e S U e L v O

Publicar el mencionado Convenio como anexo a esta Resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 17 de noviembre de 2008.—La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.496.

CONveNIO De COLABORACIóN eNtRe LA ADMINIStRACIóN DeL PRINCIPADO De AStURIAS-CONSeJeRíA De BIeNeStAR SOCIAL y eL AyUNtAMIeNtO De CARReÑO PARA LA CONStRUCCIóN y eqUIPAMIeNtO De UN CeNtRO De DíA PARA PeRSONAS MAyO-ReS DePeNDIeNteS y UN CeNtRO De APOyO A LA INtegRACIóN

De PeRSONAS CON DISCAPACIDAD

Oviedo, 23 de septiembre de 2008.

De una parte, Dña. María teresa Ordiz Asenjo, Consejera de Bienestar Social del Principado de Asturias, con domici-lio a estos efectos en Oviedo, Calle Alférez Provisional s/n, autorizada para la firma de este Convenio por Acuerdo del Consejo de gobierno adoptado en su reunión del día 10 de septiembre de 2008.

y de otra, D. Manuel Ángel Riego gonzález, Alcalde del Ayuntamiento de Carreño en representación del mismo y fa-cultado para este acto por acuerdo del Pleno del día 31 de julio de 2008.

Ambas partes concurren en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose plena capacidad legal y legiti-mación para suscribir el presente Convenio, a tal fin.

Manifiestan

Primero.—que la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 10, establece la necesaria coordinación de competencias entre las entidades locales y las restantes Administraciones Públicas, cuando las actividades o servicios locales trascienden al propio interés del Municipio o sean concurrentes complementarias de las otras Administraciones.

Asimismo el artículo 25.2 K de la citada Ley, establece la competencia municipal en la prestación de servicios sociales y de promoción y de reinserción social.

Segundo.—que igualmente, en el título II de la Ley del Principado de Asturias 1/2003, de 24 de febrero, de Servicios Sociales, quedan definidas con claridad las competencias que se atribuyen a los entes locales en la programación y gestión de servicios sociales conforme a las competencias de la Admi-nistración del Principado de Asturias en materia de planifica-ción general de los servicios sociales y la coordinación de las acciones de las distintas Administraciones competentes.

Tercero.—el Principado de Asturias, a través de la Con-sejería de Bienestar Social, mantiene una decidida política de atención a personas mayores y personas con discapacidad, es-tableciendo e impulsando diferentes programas encaminados a favorecer la participación e integración social en su entorno habitual, así como apoyando y promoviendo el desarrollo de recursos destinados a la atención de personas mayores y per-sonas con discapacidad, entre los que se encuentran los cen-tros de día y los centros de apoyo a la integración, definidos en el artículo 14 del Decreto 49/2001, de 26 de abril, por el que se regula la Organización y funcionamiento de los servicios sociales de la Administración del Principado de Asturias.

Cuarto.—La zona Básica de Servicios Sociales que inclu-ye el municipio de Carreño carece en la actualidad de esta tipología de recursos, considerándose los mismos como dis-positivos clave de cara a impulsar y desarrollar programas de atención a personas mayores en situación de dependencia y programas de formación e integración social para personas con discapacidad.

Quinto.—Con la finalidad de incrementar y complemen-tar los equipamientos de atención social de los que dispone el concejo de Carreño, se considera conveniente dotarlo de una instalación polivalente, que pueda prestar un nuevo ser-vicio para la atención a las personas mayores en situación de

Page 23: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26807

dependencia, así como ampliar el recurso de Apoyo a la Inte-gración de las personas con discapacidad, para lo cual tanto la Consejería de Bienestar Social como el Ayuntamiento de Carreño consideran como ubicación idónea, el edificio del Centro Cultural “Les escueles”, actualmente infrautilizado y con necesidad de restauración.

Y en base a lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de Colaboración, con arreglo a las siguientes.

Cláusulas

Primera.—Objeto:

el objeto del presente Convenio es establecer las condi-ciones de colaboración entre el Principado de Asturias a tra-vés de la Consejería de Bienestar Social y el Ayuntamiento de Carreño a los efectos de llevar a cabo las actuaciones nece-sarias para la ejecución del proyecto de reforma, adecuación y equipamiento de las antiguas instalaciones “Les escueles” para la puesta en marcha de un Centro de Día para personas mayores dependientes (30 plazas) y un Centro de Apoyo a la Integración para personas con discapacidad (45 plazas).

Segunda.—Aportaciones:

el coste total del presupuesto de ejecución material de la inversión, dirección de obra y equipamiento es de 1.118.124 € que será aportado, en su totalidad, por la Comunidad Autó-noma del Principado de Asturias, con arreglo a las siguientes anualidades:

Año 2008: 700.000 € (setecientos mil euros), con cargo • a la aplicación presupuestaria 1603-313K-764-048 de los presupuestos generales del Principado de Asturias de 2007 prorrogados para el 2008.

Año 2009: 418.124 € (cuatrocientos dieciocho mil ciento • veinte y cuatro euros).

La subvención derivada de la presente será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquie-ra Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión europea o de organismos internacionales. No obstante, en ningún caso su cuantía, aisladamente o en con-currencia con otras subvenciones o ayudas podrá superar el coste del proyecto.

tercera.—Subcontratación:

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de Subvenciones, se au-toriza al Ayuntamiento de la subcontratación de la ejecución total de la actividad.

Cuarta.—Obligaciones del Ayuntamiento de Carreño:

1. el Ayuntamiento se compromete a la realización de cuantos trámites resulten necesarios para la consecución de los fines objeto del presente Convenio, en el marco económi-co previsto en la cláusula segunda.

2. Realizar las obras objeto del presente Convenio confor-me al protocolo que figura como anexo al mismo de coordi-nación entre Ayuntamientos y Consejería de Bienestar Social en la construcción de nuevos Recursos dentro del marco legal vigente, así como dotar al centro del adecuado equipamiento necesario para su funcionamiento.

3. Destinar el importe de la financiación del presente Con-venio al objeto y finalidad que se contiene en el mismo, acre-ditando debidamente su ejecución.

4. Justificar ante la Consejería de Bienestar Social el cum-plimiento de los requisitos y condiciones, así como la reali-

zación de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de esta subvención.

5. Comunicar a la Consejería de Bienestar Social la obten-ción de subvenciones o ayudas para la misma finalidad que la del presente Convenio, procedentes de cualesquiera Adminis-traciones Públicas o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

6. Hacer constancia expresa de la colaboración de la Ad-ministración del Principado de Asturias, incluyendo la ima-gen corporativa institucional que ésta le facilite en toda la información o publicidad que de la actividad subvencionada realice, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lu-gar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible.

7. Someterse a las actuaciones del control financiero que corresponden a la Intervención general del Principado de Asturias.

8. Ceder la titularidad del centro al Principado de Astu-rias, una vez que se haya finalizado la construcción y efectua-do el equipamiento del mismo.

9. Presentar declaración responsable ante la Consejería de Bienestar Social, antes de la propuesta de concesión, de que se halla al corriente del cumplimiento de sus obligacio-nes tributarias y frente a la Seguridad Social y asimismo, que reúne el resto de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que ha cumplido con las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la citada Ley res-pecto de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualesquiera de las Administraciones Públicas.

10. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

quinta.—Justificación y pago:

el abono de la subvención del Principado de Asturias se realizará de la siguiente forma:

1. La subvención prevista para la anualidad de 2008 se abonará de la siguiente manera:

1) El 50% anticipadamente una vez firmado el presente Convenio.

2) el 50% restante una vez sea adjudicada la obra y se acredite tener la autorización previa de creación del Centro expedida por el Servicio de Calidad e Inspec-ción, dependiente de la Dirección general de Planifica-ción y Calidad de la Consejería de Bienestar Social.

La justificación total de dicha anualidad deberá presentar-se antes del 15 de febrero de 2009.

2. La subvención prevista para la anualidad 2009 se abo-nará anticipadamente en dicho ejercicio, siempre y cuando se haya presentado la justificación de la subvención del año 2008. La justificación de la anualidad prevista para el 2009 deberá efectuarse antes del 30 de diciembre de 2009.

En cuanto a los medios de justificación documental, de-berá remitirse certificación del titular de la Secretaría del Ayuntamiento de Carreño relativa a los documentos, certifi-caciones de obra o facturas que se acompañen para acreditar la inversión realizada con cargo a la subvención concedida e informe del interventor de la entidad local comprensivo de las subvenciones o ayudas concedidas para la misma finalidad por otras administraciones u organismos públicos, con indicación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negativo so-

Page 24: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26808 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

bre dichos extremos, tal y como señala la Resolución de 9 de marzo de 1998, de la Consejería de economía.

el Ayuntamiento deberá solicitar como mínimo tres ofer-tas de diferentes empresas, con carácter previo a la contrata-ción, salvo que por las especiales características de las mismas, no exista en el mercado suficiente número de ellas que las rea-licen. En el momento de la justificación deberá presentarse la elección entre las ofertas presentadas, que deberá realizarse conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justi-ficarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la más ventajosa económicamente.

El plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones comprende las anualidades de 2008 y 2009. No obstante, di-cho plazo podrá ser ampliado mediante la suscripción de una adenda en el caso de que dicha ampliación supusiera modifi-cación de la distribución del gasto en anualidades.

Sexta.—Comisión de seguimiento:

Para la resolución de los compromisos y seguimiento pe-riódico se crea una Comisión mixta de seguimiento, integrada por dos representantes de la Consejería de Bienestar Social, uno de los cuales ejercerá de Presidente, y dos representantes del Ayuntamiento de Carreño.

La toma de decisiones se efectuará por mayoría de votos, dirimiendo el presidente con su voto en caso de empate.

A la Comisión mixta le corresponde la vigilancia y el con-trol del presente Convenio y resolverá los problemas de inter-pretación y de cumplimiento que puedan plantearse.

Séptima.—Vigencia:

el presente Convenio entrará en vigor a partir de la fe-cha de su firma, y finalizará su vigencia el 31 de diciembre de 2009, sin perjuicio de la posibilidad de aplazamiento prevista en cláusula quinta.

Asimismo, son causas de extinción del presente Convenio:

— La denuncia de cualquiera de las partes comunicada a la otra parte con una antelación mínima de un mes, basada en causa justificada.

— el mutuo acuerdo de las partes.

— el incumplimiento por la otra parte de los compro-misos adquiridos mediante el presente Convenio o sus modificaciones.

En el supuesto de que se produjese la extinción anticipada del Convenio, la Comisión de Seguimiento resolverá acerca de la forma de terminar las actuaciones que eventualmente estuviesen en curso.

La resolución del Convenio de forma unilateral por la Consejería de Bienestar Social, basada en el incumplimiento por parte del Ayuntamiento, no dará derecho a éste a recla-mar ningún tipo de indemnización y determinará la obligación de reintegro en los términos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, como norma básica, así como en el Decreto 71/1992.

Octava.—Revocación y reintegro:

La Consejería de Bienestar Social procederá a la revoca-ción y/o reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la pro-cedencia del reintegro, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Convenio, y en concreto, en los siguientes casos:

a) Incumplimiento total o parcial del proyecto objeto del presente Convenio.

b) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en la cláusula quinta.

c) Ocultación o falsedad de datos o documentos.d) Cuando por concesión de subvenciones o ayudas de

otras Administraciones Públicas, entes o personas públicas o privadas, nacionales o internacionales, la cuantía de las sub-venciones o ayudas supere el coste de la actividad.

e) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financia-ción del programa, en los términos pactados en el presente Convenio. Si se hubiera incumplido esta obligación, y sin per-juicio de las responsabilidades en que, por aplicación del régi-men previsto en el título Iv de la Ley pudieran corresponder, se aplicarán las siguientes reglas:

Si resultara aún posible su cumplimiento en los térmi- —nos establecidos, el órgano concedente deberá requerir al beneficiario para que adopte las medidas de difusión establecidas en un plazo no superior a 15 días, con ex-presa advertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley. No podrá adoptarse ninguna decisión de reintegro sin que se hubiera dado cumpli-miento de dicho trámite.

Si por haberse desarrollado ya las actividades afecta- —das por estas medidas, no resultara posible su cumpli-miento en los términos establecidos, el órgano conce-dente podrá establecer medidas alternativas, siempre que éstas permitieran dar la difusión de la financiación pública recibida con el mismo alcance que las inicial-mente acordadas. en el requerimiento que se dirija por el órgano concedente al beneficiario, deberá fijarse un plazo no superior a 15 días para su adopción con ex-presa advertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley.

f) Los demás supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

La resolución por la que se acuerde el reintegro de la sub-vención será adoptada por el órgano concedente de aquélla, previa instrucción del expediente, en el que junto a la pro-puesta razonada del centro gestor se acompañarán los infor-mes pertinentes y las alegaciones del beneficiario. El plazo máximo para dictar resolución será de 12 meses desde la fe-cha del acuerdo de iniciación y la misma pondrá fin a la vía administrativa.

el derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro prescribirá a los cuatro años desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación por parte de la Entidad beneficiaria.

Novena.—Recursos y Jurisdicción competente:

Las partes someterán aquellas controversias litigiosas que pudieran surgir derivadas del presente Protocolo a los órga-nos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo con sede en el Principado de Asturias.

y en prueba de conformidad por cuanto antecede, las partes firman, en tres ejemplares, el presente Convenio en el lugar y fecha expresados.

Por el Principado de Asturias: La Consejera de Bienestar Social, María teresa Ordiz Asenjo.

Por el Ayuntamiento de Carreño: el Alcalde-Presidente, Manuel Ángel Riego gonzález.

Page 25: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26809

Anexo

PROtOCOLO COORDINACIóN eNtRe DePARtAMeNtOS De LA CONSeJeRíA De BIeNeStAR SOCIAL y LAS CORPORACIONeS LO-

CALeS eN LA CONStRUCCIóN De NUevOS ReCURSOS

Orden de la secuencia a seguir y relación de las institucio-nes y departamentos implicados

Paso del proceso Institución y Dto. responsable1. Presentación de la propuesta de construcción de nuevo recurso.

Ayuntamiento. —

2. valoración necesidad y adecua-ción de la propuesta.

Consejería de Bienestar Social. —

Dirección General Planifica- —ción y Calidad.

Área de Planificación y Siste- —ma de Información.

3. Presentación proyecto básico y disposición local/solar.

Ayuntamiento. —

4. Aceptación de la propuesta y del proyecto básico.

Consejería de Bienestar Social. —

Dirección General Planifica- —ción y Calidad.

5. elaboración del borrador del Convenio.

Consejería de Bienestar Social. —

Dirección General Planifica- —ción y Calidad.

Área de Planificación y Siste- —ma de Información.

Sección Subvenciones. —6. Firma del Convenio. Consejería de Bienestar Social. —

Ayuntamiento. —7. Solicitud de autorización admi-nistrativa previa, acompañada de la siguiente documentación:

a) Documento acreditativo de la personalidad del so-licitante o en su caso, de la representación jurídica que ostente.

b) Proyecto técnico que reco-ja los requisitos y condi-ciones establecidas en el presente Reglamento.

c) Plan general de intervención.

d) Documento acreditativo de la propiedad o del de-recho de utilización del inmueble en que se ubi-que el centro.

Ayuntamiento. —

8. Revisión solicitud y documenta-ción anexa:

emisión de informe —favorable/desfavorable.

Resolución autorización —administrativa previa.

Consejería de Bienestar Social. —

Dirección General Planifica- —ción y Calidad.

Servicio de Calidad e —Inspección.

9. Licitación y ejecución obra. Ayuntamiento. —10. Seguimiento técnico obra.

en caso de detección de retra-so se informa a la Sección de Subvenciones.

Consejería de Bienestar Social. —

viceconsejería de Centros, —Infancia, Personas mayores y Familias.

Oficina técnica. —

Paso del proceso Institución y Dto. responsable11. Seguimiento Convenio.

en caso de detección de retraso se comunica necesidad modificación Convenio.

Consejería de Bienestar Social. —

Dirección General Planifica- —ción y Calidad.

Área de Planificación y Siste- —ma de Información.

Sección Subvenciones. —12. Comunicación finalización obra y solicitud de autorización funcionamiento aportando la si-guiente documentación:

a) Certificados de fin de obra.

b) Justificación expresa del cumplimiento de la nor-mativa vigente en ma-teria de instalaciones y servicios.

c) Plan de evacuación antiincendios.

d) Copia del Reglamento de Régimen Interior.

Ayuntamiento. —

13. Inspección y Resolución de autorización de puesta en funcio-namiento del recurso.

Consejería de Bienestar Social. —

Dirección General Planifica- —ción y Calidad.

Servicio Calidad e Inspección. —

— • —

RESOLUCIón de 17 de noviembre de 2008, de la Conse-jería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se or-dena la publicación del Convenio de Colaboración suscri-to entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social, y el Ayuntamiento de Mieres para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales.

Habiéndose suscrito con fecha 27 de octubre de 2008 el Convenio de colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social y el Ayuntamiento de Mieres para el desarrollo de prestaciones básicas de servi-cios sociales y estableciendo el Art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración en el Boletín Oficial del Princi-pado de Asturias,

R e S U e L v O

Publicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 17 de noviembre de 2008.—La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.494.

Page 26: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26810 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

CONveNIO eNtRe LA COMUNIDAD AUtóNOMA DeL PRINCIPADO De AStURIAS, A tRAvÉS De LA CONSeJeRíA De BIeNeStAR SO-CIAL, y AyUNtAMIeNtO De MIeReS, PARA eL DeSARROLLO De

PReStACIONeS BÁSICAS De SeRvICIOS SOCIALeS.

en Oviedo, a 27 de octubre de 2008.

Reunidos

De una parte, la Ilma. Sra. Dña. María teresa Ordiz Asen-jo, Consejera de Bienestar Social del Principado de Asturias, con domicilio a estos efectos en Oviedo, calle Alférez Pro-visional, s/n, autorizada para la firma de este Convenio por Acuerdo del Consejo de gobierno adoptado en su reunión del día 6 de agosto de 2008.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Luis María garcía garcía, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mieres, en representación de dicha entidad, habilitado para suscribir el presente Convenio en virtud del artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, regula-dora de las Bases del Régimen Local en lo que se refiere a la representación municipal designada por acuerdo del Pleno en su reunión de fecha 25 de septiembre de 2008.

Ambas partes concurren en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose plena capacidad legal y legiti-mación para suscribir el presente convenio, a tal fin,

Manifiestan

que la Ley 7/1985, de 11 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuye a los Ayuntamientos, en el artícu-lo 25, párrafo 2, apartado k, el ejercicio de competencias, en los términos de la legislación del estado y de las Comunidades Autónomas, en materia de “prestación de servicios sociales y de promoción y reinserción social”, siendo las citadas compe-tencias de carácter obligatorio y exigible para los municipios con más de 20.000 habitantes, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 26 del citado texto legal.

que la citada Ley 7/1985 establece que “la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del estado y de las Comunida-des Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará mediante los convenios admi-nistrativos que suscriban.”

que la Ley del Principado de Asturias 1/2003, de 24 de fe-brero, de Servicios Sociales, en su artículo 7 recoge como fun-ciones de la Administración Local, entre otras, la titularidad y gestión de los servicios sociales generales en los términos es-tablecidos en los artículos 9 y 10 de la presente Ley, figurando por otro lado, entre las de la Administración del Principado de Asturias, según artículo 6 de la citada Ley, la de cooperación con las entidades locales para el adecuado ejercicio de dichas funciones y la planificación general de los servicios sociales en el territorio del Principado de Asturias.

que la colaboración entre Administraciones Públicas para la prestación de los servicios sociales, al amparo de lo dispues-to en el artículo 47 de la Ley 1/2003 señalada, podrá instru-mentarse a través de convenios o mediante subvenciones a los entes locales de acuerdo con los recursos destinados a tal fin, teniendo en cuenta, en todo caso, la planificación regional.

Que, en virtud de lo expuesto, entre la Administración del Principado de Asturias y el Ministerio de trabajo y Seguri-dad Social, hoy Ministerio de trabajo y Asuntos Sociales, se suscribió un Convenio en fecha 5 de mayo de 1988, para el desarrollo de los programas de Prestaciones Básicas de Ser-vicios Sociales de Corporaciones Locales, que ha venido pro-rrogándose de forma automática hasta el presente ejercicio presupuestario.

Que desde la firma de los convenios singularizados en el 2005 con las entidades locales se han ido implantando pro-gramas sociales en el ámbito municipal, a través de diferentes formulas de financiación. Por ello, al objeto de simplificar la gestión municipal en materia de servicios sociales, así como para impulsar planes integrales sobre territorios para actuar sobre situaciones o riesgo de exclusión social, se acude a la formula de convenio único denominado “Plan Concertado para el Desarrollo de Prestaciones Sociales Básicas”, ya que los programas citados desarrollan las prestaciones sociales básicas que dan respuesta a las necesidades sociales de la población.

que la Ley 10/2006, de 27 de diciembre de Presupuestos generales del Principado de Asturias para 2007, prorroga-dos para 2008, incluye los créditos por un importe total de 28.327.252,37 euros, adscritos a la Consejería de Bienestar Social, que financiarán las acciones objeto de los convenios a suscribir con las distintas Corporaciones locales para el de-sarrollo de las prestaciones sociales básicas y que aparecen consignados en las siguientes clasificaciones orgánicas:

1604.313A-464.000: Plan Concertado Prestaciones Bási-• cas Servicios Sociales: 21.398.974,37 €.

1604.313A-464.040: Ayuda domicilio personas depen-• dientes: 4.751.592,00 €.

1604.313A 464.017: Rompiendo distancias: 376.686,00 €.•

1604.313A 464.002: Programa de exclusión social: • 1.800.000,00 €.

Que la entidad beneficiaria, dispone asimismo de dotacio-nes presupuestarias para similares fines.

Que la entidad beneficiaria ha remitido a la Dirección general de Servicios Sociales Comunitarios y Prestaciones, memoria del ejercicio 2007 y Proyecto de Planificación y Pro-gramación para el ejercicio 2008, requisitos imprescindibles para la firma del presente Convenio.

Y en base a lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.—Objeto y contenido:

es objeto del presente convenio establecer un marco de colaboración entre el gobierno del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social y la entidad be-neficiaria, para el sostenimiento y desarrollo de la red pública de servicios sociales generales, que constituyen el punto de acceso inmediato al sistema público de servicios sociales, el primer nivel de éste y el más próximo a la persona usuaria y a los ámbitos familiar y social.

Segunda.—Aportaciones de las partes:

La totalidad de la aportación económica para los fines del presente Convenio y para su ejecución en el ejercicio de 2008, se distribuirá de la forma siguiente entre las Administraciones Públicas:

Corporación/es Local/es 18.947.708,31Comunidad Autónoma 25.349.530,11Ministerio de trabajo y Asuntos Sociales 2.977.722,26

total 47.274.960,68

1) Aportación del Principado de Asturias y del Ministerio de trabajo y Asuntos Sociales

Las aportaciones del Ministerio de trabajo y Asuntos So-ciales y del Principado de Asturias al presente Convenio, irán

Page 27: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26811

destinadas a financiar los programas que integran el Plan Ge-neral Municipal de Servicios Sociales y que a continuación se detallan:

Centro Municipal de Servicios Sociales Concedido1) Personal 405.697,06 2) Mantenimiento 19.800,11 3) Prestaciones 799.728,31—Ayudas a domicilio y otros apoyos 676.108,98

—Ayuda a domicilio 445.413,95 —Ayuda a domicilio dependencia 230.695,03

—Prevención e inserción 79.610,00 —Incorporación social 79.610,00

—Ayudas económicas subsistencia 44.009,33 —Ayudas emergencia 33.853,33 —Ayudas apoyo intervención 10.156,00

total 1.225.225,48

2) Aportación de la entidad Local

Centro Municipal de Servicios Sociales Concedido1) Personal 312.029,68 2) Mantenimiento 38.703,07 3) Prestaciones 358.528,70—Ayudas a domicilio y otros apoyos 307.841,19

—Ayuda a domicilio 164.481,47 —Ayuda a domicilio dependencia 139.759,72 —Otros apoyos 3.600,00

—Prevención e inserción 10.489,00 —Incorporación social 10.489,00

—Ayudas económicas subsistencia 40.198,51 —Ayudas emergencia 33.853,33 —Ayudas apoyo intervención 6.345,18

total 709.261,45

tercera.—Obligaciones:

1) La entidad beneficiaria, como partícipe del presente Convenio, y a los efectos de cumplir con el principio de proxi-midad del Centro de Servicios Sociales, hará suyas las funcio-nes previstas para el Sistema Público de Servicios Sociales y para los Servicios Sociales generales, recogidas en los artícu-los 3 y 11 de la Ley 1/2003 de Servicios Sociales de Principado de Asturias.

2) Asimismo, en su condición de beneficiario de fondos públicos por el presente Convenio, son obligaciones de la en-tidad beneficiaria, las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, en su artículo 14, debe-rá cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Organizar la actividad señalada que fundamenta la con-cesión de la subvención.

b) Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efec-tuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como co-munitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Notificar a la Consejería de Bienestar Social del Princi-pado de Asturias la percepción de toda clase de subvenciones o ayudas de carácter público o privado para la realización de actividades o programas que tengan como objeto o finalidad los expresados en el presente Convenio, debiendo presentar cuantos documentos se estimen necesarios para un adecuado control. esta comunicación deberá efectuarse tan pronto co-mo se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justifica-ción de la aplicación dada a los fondos recibidos.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electróni-cos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de control y comprobación.

f) Hacer constancia expresa de la colaboración de la Ad-ministración del Principado de Asturias, incluyendo la ima-gen corporativa institucional que ésta le facilite en toda la información o publicidad que da la actividad subvencionada realice, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lu-gar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible.

g) Presentar declaración responsable ante la Consejería de Bienestar Social, antes de la propuesta de concesión, de que se halla al corriente del cumplimiento de sus obligacio-nes tributarias y frente a la Seguridad Social y asimismo, que reúne el resto de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que ha cumplido con las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la citada Ley res-pecto de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualesquiera de las Administraciones Públicas.

h) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones o cuando se modifique sustancialmente el proyecto subvencionado sin au-torización previa.

3) La entidad beneficiaria estará sujeta a las siguientes obligaciones de información:

a) Asumir como sistema de información la aplicación in-formática de la Ficha Social (SIUSS), remitiendo a la Direc-ción General de Prestaciones y Servicios de Proximidad dicha información relativa al año que corresponde el presente Con-venio antes de 31 de enero de 2009. Cuando por necesidades de la Consejería de Bienestar Social o por otras impuestas por el Ministerio de trabajo y Asuntos Sociales podrá asimismo ser requerida por periodos inferiores.

b) Comunicar a la Consejería de Bienestar Social cual-quier contingencia de carácter relevante que afecte o pueda afectar al normal desarrollo del Convenio.

c) Presentación de la planificación anual antes 28 de febre-ro del año siguiente al de vigencia del Convenio. Dicha plani-ficación se situará a nivel operativo, teniendo como referentes técnicos a nivel estratégico y táctico, los planes autonómicos de servicios sociales así como los programas de intervención de la red básica, y en la misma se describirá el desarrollo de

Page 28: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26812 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

estos programas en torno a objetivos, metodología, distribu-ción de los recursos humanos, personas usuarias, indicadores evaluación, indicando los créditos de la entidad Local desti-nados a los mismos.

d) Presentar memoria evaluativa de ejecución correspon-diente al ejercicio vigente, antes del 28 de febrero del año siguiente.

Cuarta.—Registro:

Ambas partes se muestran de acuerdo en que el Centro de Servicios Sociales tenga información de la totalidad de so-licitudes y resoluciones que les afecten en las denominadas Ayudas Individuales que sean convocadas anualmente por la Consejería de Bienestar Social, sirviendo como registro de en-trada a los efectos legales oportunos.

Recibidas las solicitudes en el registro municipal, serán re-mitidas a la Consejería de Bienestar Social, en el improrroga-ble plazo de un mes, con el correspondiente informe social, en los supuestos en que sea necesario dicho informe. Asimismo, en el caso de que las solicitudes no sean presentadas por los interesados en los registros municipales, serán remitidas por la Consejería al Centro de Servicios Sociales que corresponda, para que en el mismo plazo de un mes se emita el oportuno informe cuando éste sea preceptivo.

quinta.—Justificación:

La entidad local beneficiaria de las aportaciones económi-cas señaladas en la cláusula segunda, vendrá obligada a justi-ficar debida y documentalmente el destino de los fondos per-cibidos al amparo del presente convenio, así como dar cuenta de la aportación económica municipal comprometida en el presente ejercicio.

La justificación del gasto se realizará mediante la siguiente documentación:

1) Certificación municipal desglosada en la que se indi-que los datos de cuantía por concepto de gasto, su aplicación económica, e indicando en su caso, la existencia de sobrantes o remanentes, tanto de la aportación del Principado de Astu-rias, como de la aportación local.

2) En el caso de la justificación de las aportaciones de ayu-da a domicilio, deberá aportarse certificación municipal de la cuantía de las tasas o precio público que recaude la entidad local, en su caso, por este concepto.

La justificación de los gastos, deberá estar finalizada antes del 30 de noviembre de 2008, con excepción de los correspon-dientes al último mes del ejercicio, de los que se presentarán en el plazo establecido, estimación global de los mismos y el compromiso de justificar con anterioridad al 15-2-09, efec-tuándose su pago con carácter anticipado en diciembre de 2008. La entidad beneficiaria quedará obligada a su reintegro en el caso de que no justificara en el plazo citado.

Sexta.—Pago:

No podrá realizarse el pago de las cantidades acordadas en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimien-to de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por Resolución de procedencia de reintegro.

en el momento de la suscripción del presente convenio se iniciarán los trámites oportunos para satisfacer el pago an-ticipado del 100% de las cantidades acordadas, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de sub-venciones, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero y en la Resolución de 19 de marzo de 2001,

de la Consejería de Hacienda, de modificación de la Resolu-ción de 11 de febrero de 2000 por la que se regula el régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones de las aportaciones económicas del Principado de Asturias.

Séptima.—Modificaciones:

La entidad Local deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecu-ción de los proyectos, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente la Consejería de Bienestar social, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de propuesta de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifi-quen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Octava.—Revocación y reintegro:

1) La declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación del presente convenio llevará consigo la obligación de devolver las cantidades percibidas.

también procederá el reintegro de las cantidades perci-bidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del mismo, en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones

2) el interés de demora aplicable será el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos generales del estado establezca otro diferente, según establece el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de no-viembre, general de Subvenciones.

3) La resolución por la que se acuerde el reintegro de la subvención será adoptada por el titular de la Consejería de Bienestar Social, previa instrucción del expediente, en el que junto a la propuesta razonada del centro gestor se acompaña-rán los informes pertinentes y las alegaciones que la entidad Local hubiera formulado. El plazo máximo para dictar resolu-ción será de 12 meses desde la fecha del acuerdo de iniciación y la misma pondrá fin a la vía administrativa.

4) el derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro prescribirá a los cuatro años desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación por parte de las entidades beneficiarias.

5) Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, y su cobranza se llevará a efecto con sujeción a lo establecido para esta clase de ingre-sos en el Decreto legislativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario.

Novena.—Comisión de seguimiento:

Se establecerá un sistema de seguimiento y evaluación pe-riódico de las actuaciones y de los métodos de recogida de información que permitan dicha evaluación, así como de la resolución de los problemas que pudieran derivarse.

A tales efectos se creará una Comisión Mixta, integrada por dos representantes de la Consejería de Bienestar Social, unos de los cuales actuará como Presidente, y por dos repre-sentantes de la entidad beneficiaria.

Dicha Comisión tendrá como función principal la eva-luación y seguimiento de los programas y actuaciones obje-

Page 29: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26813

to del presente Convenio, así como la interpretación de su clausulado.

La toma de decisiones se efectuará por mayoría de votos, dirimiendo el presidente con su voto en caso de empate.

Décima.—Vigencia:

La vigencia del presente convenio se extiende hasta la fe-cha límite de justificación del mismo, el 15 de febrero de 2009, sin perjuicio del debido respeto al principio de anualidad pre-supuestaria que establece la obligación de que los gastos a jus-tificar sean únicamente del ejercicio 2008. En este sentido, sus efectos se retrotraerán a fecha 1 de enero de 2008.

No obstante los firmantes manifiestan su voluntad de ha-cerlo extensivo a años sucesivos, a cuyo efecto su clausulado se prorrogará de forma anual y automática de no mediar de-nuncia del mismo, con una antelación mínima de un mes a la fecha de su finalización, salvo lo referente a las cláusulas segunda, en lo relativo a la financiación, y cláusula quinta, so-bre justificación, que se fijarán mediante la suscripción de la correspondiente Addenda al presente convenio.

Asimismo, son causas de extinción del presente Convenio:

1) La denuncia de cualquiera de las partes comunicada a la otra parte con una antelación mínima de un mes, basada en causa justificada.

2) el mutuo acuerdo de las partes.

3) el incumplimiento por la otra parte de los compro-misos adquiridos mediante el presente Convenio o sus modificaciones.

En el supuesto de que se produjese la extinción anticipada del convenio, la Comisión de Seguimiento resolverá acerca de la forma de terminar las actuaciones que eventualmente estu-viesen en curso.

La resolución del convenio de forma unilateral por la Con-sejería de Bienestar Social, basada en el incumplimiento por parte de la entidad, no dará derecho a éste a reclamar ningún tipo de indemnización y determinará la obligación de reinte-gro en los términos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, como norma básica, así como en el Decreto 71/1992.

Undécima.—Régimen jurídico:

este Convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régi-men Jurídico del Principado de Asturias, así como lo dispues-to en la nueva Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, el Decreto 71/92, de 29 de octubre por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en su nueva redacción dada por Decreto 14/2000, de 10 de febrero, y demás que resulte aplicable.

Duodécima.—Recursos y jurisdicción competente:

Ambas partes someterán aquellas controversias litigiosas que pudieran surgir derivadas del presente convenio a la ju-risdicción Contencioso-Administrativa y a la competencia del tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, sin que quepa recurso en vía administrativa, según el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, según el mencio-nado artículo, se podrá requerir a la otra parte previamente para que anule o revoque el acto, haga cesar o modifique la

actuación material, o inicie la actividad material a que esté obligada. el requerimiento deberá dirigirse al órgano com-petente mediante escrito razonado en el plazo de dos meses contados desde que la Administración requirente hubiera co-nocido o podido conocer el acto, actuación o inactividad.

y en prueba de conformidad con cuanto antecede, am-bas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha expresados.

Por el Principado de Asturias: La Consejera de Bienestar Social, María teresa Ordiz Asenjo.

Por el Ayuntamiento de Mieres: el Alcalde-Presidente, Luis María garcía garcía.

— • —

RESOLUCIón de 17 de noviembre de 2008, de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se ordena la publicación del Acuerdo Administrativo por el que se prorroga el Convenio de Colaboración suscrito en-tre el Principado de Asturias, a través de la Presidencia del Gobierno, y el Ministerio del Interior, de 28 de julio de 2005, en desarrollo del artículo 20 de su Estatuto de Autonomía.

Habiéndose suscrito con fecha 28 de julio de 2008 el Acuerdo Administrativo por el que se prorroga el Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Presidencia del gobierno y el Ministerio del Interior, de 28 de julio de 2005, en desarrollo del artículo 20 de su estatuto de autonomía y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los Convenios de colaboración en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias,

R e S U e L v O

Publicar el mencionado acuerdo administrativo como anexo a esta Resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 17 de noviembre de 2008.—La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.497.

ACUeRDO ADMINIStRAtIvO POR eL qUe Se PRORROgA eL CONveNIO De COLABORACIóN eNtRe eL MINISteRIO DeL IN-teRIOR y LA COMUNIDAD AUtóNOMA DeL PRINCIPADO De AS-tURIAS eN DeSARROLLO DeL ARtíCULO 20 De SU eStAtUtO De

AUtONOMíA.

en Madrid, a 28 de julio de 2008.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Alfredo Pérez Rubalcaba, Ministro del Interior, en representación del gobierno de es-paña, y

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Vicente Alberto Álvarez Areces, Presidente del Principado de Asturias, en representa-ción del gobierno de dicha Comunidad Autónoma.

Intervienen los citados en la representación y con las facul-tades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para otorgar y firmar la presente prórroga del Acuerdo de Colaboración, bastante en Derecho para formalizar el mismo con el objeto que a con-tinuación se reseña, y en su virtud hacen las siguientes:

Page 30: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26814 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Manifestaciones

Primera.—La Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, reforma-da por la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero, en el apartado 1 del artículo 20, establece que a ésta le corresponde la vigi-lancia y protección de los edificios e instalaciones de la propia comunidad, disponiendo, el apartado 2 de ese mismo, precep-to, que para el ejercicio de estas funciones podrá convenir con el estado la adscripción de una Unidad del Cuerpo Nacional de Policía en los términos y para el ejercicio de las funciones previstas en la Ley Orgánica referida en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución.

Segunda.—La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el apartado 3 del artículo 37, señala que las Comunidades Autónomas cuyos estatutos no prevean la creación de Cuerpos de Policía propios, podrán ejercer las funciones de vigilancia y protección de sus edifi-cios e instalaciones a que se refiere el artículo 148.1.22.ª de la Constitución, mediante la firma de acuerdos de cooperación específica con el Estado.

Tercera.—en su virtud, el 28 de julio de 2005, se instru-mentó el Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma del Principado de Astu-rias en desarrollo del artículo 20 de su estatuto de autonomía, habiéndose creado y adscrito una unidad del Cuerpo Nacional de Policía a la citada Comunidad Autónoma, por Resolución de la Dirección general de la Policía, de 17 de mayo de 2006.

Cuarta.—La estipulación duodécima del mencionado Convenio establece que tendrá una duración de tres años; no obstante, al final del segundo año cualquiera de las partes podrá denunciarlo. el mismo se podrá prorrogar por consen-timiento expreso del Ministerio del Interior y la Consejería de Presidencia del gobierno del Principado de Asturias, siempre por períodos iguales al que dio lugar al inicio del Convenio.

Para ello, considerando ambas Administraciones con-veniente proseguir esta colaboración en materia policial, de conformidad con lo previsto en la Constitución española, es-tatuto de Autonomía, Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el Ministerio del Interior y la Presidencia del gobierno del Principado de Asturias, sus-criben el presente Acuerdo con arreglo a las siguientes

estipulaciones

Primera.—Se prorroga el Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma del Prin-cipado de Asturias en desarrollo del artículo 20 de su estatuto de autonomía, suscrito el 28 de julio de 2005, por un nuevo período de tres años, de conformidad con la estipulación duo-décima del mismo, en los mismos términos y condiciones esta-blecidas en el Convenio inicial.

Segunda.—el Ministerio del Interior y la Comunidad Au-tónoma del Principado de Asturias, acuerdan que las vacantes producidas en la Unidad Adscrita, cuando alcancen el 10% de la dotación del vigente Catálogo de Puestos de trabajo, se cubran anualmente, a efectos de mantener actualizada la plantilla de dicha Unidad.

Y en prueba de conformidad, firma el presente documen-to por triplicado ejemplar en el lugar y fecha expresados.

el Ministro del Interior.—Alfredo Pérez Rubalcaba.

el Presidente del gobierno del Principado de Asturias.—vicente Alberto Álvarez Areces.

— • —

RESOLUCIón de 17 de noviembre de 2008, de la Conse-jería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se or-dena la publicación del Acuerdo Administrativo por el que se prorroga el Convenio de Colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Presidencia del Go-bierno, y el Ministerio del Interior en materia de inspección y control del juego.

Habiéndose suscrito con fecha 28 de julio de 2008 el Acuerdo Administrativo por el que se prorroga el Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Presidencia del gobierno y Ministerio del Interior en mate-ria de inspección y control del juego y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatorie-dad de la publicación de los Convenios de colaboración en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias,

R e S U e L v O

Publicar el mencionado acuerdo administrativo como anexo a esta Resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

en Oviedo, a 17 de noviembre de 2008.—La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.—22.498.

ACUeRDO ADMINIStRAtIvO POR eL qUe Se PRORROgA eL CON-veNIO De COLABORACIóN eNtRe eL MINISteRIO DeL INteRIOR y LA COMUNIDAD AUtóNOMA DeL PRINCIPADO De AStURIAS

eN MAteRIA De INSPeCCIóN y CONtROL DeL JUegO.

en Madrid, a 28 de julio de 2008.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Alfredo Pérez Rubalcaba, Ministro del Interior, en representación del gobierno de es-paña, y

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Vicente Alberto Álvarez Areces, Presidente del Principado de Asturias, en representa-ción del gobierno de dicha Comunidad Autónoma.

Intervienen los citados en la representación y con las facul-tades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para otorgar y firmar la presente prórroga del Acuerdo de Colaboración, bastante en Derecho para formalizar el mismo con el objeto que a con-tinuación se reseña, y en su virtud hacen las siguientes:

Manifestaciones

Primera.—La Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, reforma-da por la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero, en el aparta-do 1 del artículo 20, establece que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materias de casinos, juegos y apuestas, con exclusión de las apuestas mutuas deportivo-benéficas.

Segunda.—La Ley 3/2001, de 4 de mayo, de Juegos y Apuestas del Principado de Asturias, en su disposición tran-sitoria primera establece que las funciones de inspección y control del juego, hasta que se dé cumplimiento a lo previsto en el título v, se ejercerá por la Fuerzas y Cuerpos de Seguri-dad del estado, en virtud de los correspondientes Convenios

Page 31: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26815

y acuerdos entre la Administración de la Comunidad Autóno-ma y la Administración del estado.

Tercera.—La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo común, establece en su artículo 4.2 que, bajo los principios de cooperación y asistencia activas, las Administraciones Públicas pueden solicitar asistencia para la ejecución de sus respectivas competencias; y en el artículo 6.1, declara que la Administración general podrá celebrar Con-venios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias.

Cuarta.—en su virtud, el 28 de julio de 2005, se instrumen-tó el Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Inte-rior y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de inspección y control del juego; habiéndose creado y adscrito un grupo de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía a la citada Comunidad Autónoma, por Resolución de la Dirección general de la Policía, de 11 de junio de 2006.

Quinta.—La estipulación undécima del mencionado Con-venio establece que tendrá una duración de tres años; no obs-tante, al final del segundo año cualquiera de las partes podrá denunciarlo. el mismo se podrá prorrogar por consentimiento expreso del Ministerio del Interior y la Consejería de Presi-dencia del gobierno del Principado de Asturias, siempre por períodos iguales al que dio lugar al inicio del Convenio.

En base a lo expuesto, ambas Administraciones conside-ran conveniente proseguir esta colaboración en materia de inspección y control del juego, por ello el Ministerio del Inte-rior y la Presidencia del gobierno del Principado de Asturias, suscriben el presente Acuerdo con arreglo a la siguiente

estipulación

Única.—Se prorroga el Convenio de Colaboración en-tre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de inspección y control del juego, suscrito el 28 de julio de 2005, por un nuevo período de tres años, de conformidad con la estipulación undécima del mismo, en los mismos términos y condiciones establecidas en el Convenio inicial.

Y en prueba de conformidad, firma el presente documen-to por triplicado ejemplar en el lugar y fecha expresados.

el Ministro del Interior.—Alfredo Pérez Rubalcaba.

el Presidente del gobierno del Principado de Asturias.—vicente Alberto Álvarez Areces.

CONSeJeRíA De INDUStRIA y eMPLeO:

SeRvICIO PúBLICO De eMPLeO DeL PRINCIPADO De AStURIAS

RESOLUCIón de 12 de noviembre de 2008, del Servicio Público de Empleo, por la que se resuelve la concesión de subvenciones de fomento del empleo por la contratación indefinida de colectivos específicos (mes de febrero de 2008, segundo trimestre).

en relación con la primera convocatoria de 2008 de conce-sión de subvenciones de fomento del empleo por la contrata-ción indefinida de colectivos específicos (contratos de febrero de 2008, segundo trimestre).

Antecedentes de hecho

Primero.—que por sendas resoluciones del Servicio Públi-co de empleo de fecha 9 de abril de 2008 se aprueban bases reguladoras y la primera convocatoria de concesión de subven-ciones de fomento del empleo para los contratos formalizados en los meses de enero de 2008 a marzo de 2008. Presentadas las solicitudes por parte de las empresas, las relacionadas en el anexo I han sido admitidas a trámite al amparo de la citada convocatoria.

Segundo.—que en los Presupuestos del Principado de Asturias para 2008 existe crédito disponible, adecuado y sufi-ciente para atender la concesión de dichas subvenciones en la aplicación 85.01.322 A 771.006.

Tercero.—que reunida la Comisión de valoración para la evaluación de las solicitudes admitidas a trámite por las contrataciones indefinidas de colectivos específicos del mes de febrero de 2008, por parte del Servicio de Programas de empleo, con fecha 5 de noviembre de 2008 se eleva al titular del Servicio Público de empleo propuesta de resolución de subvención en los términos que se detallan a continuación:

que la Comisión de valoración formula informe favorable a la concesión de subvenciones a las solicitudes presentadas que se enumeran en el anexo I, apartado primero, respecto a las que se propone conceder y que se abone subvención a las empresas, en la cuantía y por el colectivo que se indica en cada caso.

que, la Comisión de valoración formula informe favora-ble por un importe total de subvención de fomento del em-pleo por la contratación indefinida de colectivos específicos para los contratos formalizados en el mes de febrero de 2008 durante su segundo trimestre de vigencia de 120.980,50 €.

Cuarto.—que las empresas con informe favorable a la concesión de subvención han acreditado hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de no ser deudor de la Hacienda del Principado de As-turias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

Quinto.—Asimismo, las empresas con informe favorable a la concesión de subvención por el mantenimiento de los con-tratos formalizados en el mes de febrero de 2008, durante su segundo trimestre de vigencia han aportado la documentación requerida en la convocatoria a los efectos de justificar todos los requisitos necesarios para ser beneficiarias de la presente subvención y por parte del Servicio de Programas de empleo se da la conformidad para su abono.

Sexto.—que estas subvenciones, en tanto contribuyen a la mejora de la adaptabilidad de los trabajadores y al fomento de su empleabilidad, así como de la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres, son objeto de cofinanciación en un 80% por la Unión europea al amparo del Programa Operati-vo del Fondo Social europeo del Principado de Asturias 2007-2013 (2007.eS.051.PO006).

La aceptación de la financiación por los beneficiarios im-plica la aceptación de su inclusión en una publicación electró-nica en la que se recoge los nombres de los beneficiarios, los nombres de las operaciones y la cantidad de fondos públicos asignada a cada uno, que será publicada en la página web de la Unidad Administradora del Fondo Social europeo.

Fundamentos de derecho

Primero.—La Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de agosto, del Servicio Público de empleo; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de agosto, por el que se aprueba el Reglamen-

Page 32: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26816 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

to de la citada Ley 38/2003; el Decreto del Principado de Astu-rias 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones; las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de fomento del empleo por la contratación indefinida de colectivos específicos aprobadas por Resolución de 9 de abril de 2008 (BOPA de 30 de abril) y la primera convocatoria de su concesión aprobada por Reso-lución de 9 de abril de 2008 (BOPA de 30 de abril).

Segundo.—que el importe de las subvenciones será el es-tablecido en la base quinta de las reguladoras de la concesión de estas subvenciones.

el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, superen el cincuenta por ciento del coste salarial del contrato más las cargas sociales a cargo del empleador.

Tercero.—que, de conformidad con sus bases reguladoras, las subvenciones por la celebración de contratos indefinidos de colectivos específicos serán incompatibles con cualesquiera otras que recaigan sobre el contrato subvencionado.

Serán sin embargo compatibles con las desgravaciones fiscales o deducciones de cuotas a la Seguridad Social, esta-blecidas con carácter general y como medida de fomento del empleo por la Administración general del estado.

Cuarto.—que, las subvenciones concedidas desde el 1 de enero de 2007 quedan acogidas al régimen de mínimis estable-cido en el Reglamento Ce n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del tratado Ce a las ayudas de mínimis, según el cual, las empresas beneficiarias de estas subvenciones no podrán obtener durante tres ejercicios fiscales ayudas acogidas a este mismo régimen o destinadas a los mismos costes subvenciona-bles por importe superior a 200.000 € (100.000 € en el caso de empresas del sector de transporte por carretera).

Para la acreditación de los anteriores extremos, el bene-ficiario aporta en el momento de la presentación de la soli-citud declaración responsable sobre cualquier ayuda recibida incluida en dicho régimen o destinada a los mismos costes subvencionables durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. Asimismo, deberá pre-sentar nueva declaración en caso de obtención sobrevenida de estas ayudas.

Quinto.—que, de conformidad con el resuelvo quinto de la convocatoria y el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, la notifi-cación de la resolución del procedimiento se realizará a través de su publicación en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias.

Sexto.—que, de conformidad con el artículo 8.3 del De-creto 120/2006, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior del Servicio Público de empleo del Principado de Asturias, en casos de vacante, ausencia o enfermedad, el Presidente será sustituido por el Director gerente.

vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de dere-cho mencionados y que son de aplicación, por la presente,

R e S U e L v O

Primero.—Conceder y que se abonen subvenciones de fo-mento del empleo por la contratación indefinida de colectivos específicos de los contratos formalizados en febrero de 2008 (segundo trimestre) por un importe total de 120.980,50 € con cargo a la aplicación 85.01.322 A 771.006, por la cuantía y por

el colectivo que se indica en cada caso, a las empresas relacio-nadas en el anexo I, apartado primero.

Segundo.—Notificar al interesado, mediante la publica-ción en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, la presente Resolución, indicándole que este acto no pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer re-curso de alzada ante el titular de la Consejería de Industria y empleo en el plazo de un mes contado desde el día siguien-te al de su notificación, conforme a lo establecido en el artí-culo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo a 12 de noviembre de 2008.—el Director gerente del Servicio Público de empleo.—22.315.

Anexo I

Primero.—Conceder y se abone:

Núm.: 1.Expte.: C/08/0285/01.empresa: ALeJANDRO gAyO MeNeNDez.CIF/NIF: 71664426z.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MARCeLINO ALONSO ALvARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 2.Expte.: C/08/0381/01.empresa: ALvAMARgAMA, S.L.CIF/NIF: B74223223.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: MARIA PILAR RODRIgUez MARtINez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.

Núm.: 3.Expte.: C/08/0641/01.empresa: ANA URBIetA ARIAS.CIF/NIF: 9385391B.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: MeRCeDeS MA LUz AtIeNzA CUeRvO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 4.Expte.: C/08/0182/01.empresa: ANgeL RAMON SUARez FeRNANDez.CIF/NIF: 11390783X.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: MARIA teReSA LOPez gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 5.Expte.: C/08/0374/01.empresa: APARICIO RAtO, S.L.CIF/NIF: B33395567.Cuantía: 1.015,29 €.trabajador/a: Mª JeSUS ALvARez ALvARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Período desempleo: + de 24 meses.

Page 33: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26817

Núm.: 6.Expte.: C/08/0195/05.empresa: ARNICIO ReStAURACION, S.L.CIF/NIF: B74204314.Cuantía: 1.260,00 €.trabajador/a: SORAyA ORtegA LARA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 7.Expte.: C/08/0481/01.empresa: ASCeNSION PINILLA MUÑOz.CIF/NIF: 70233233L.Cuantía: 1.800,00 €.trabajador/a: Mª ANgeLeS zAMARRON PASCUAL.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: tit. Fam. Monoparental.

Núm.: 8.Expte.: C/08/0217/01.empresa: ASOC CINCO vILLAS teRRItORIAL De AStURIAS PRO INtegRACION De PeRSONAS CON DISCAPACIDAD PSIqU.

CIF/NIF: g33462557.Cuantía: 1.080,00 €.trabajador/a: OLgA vICtORIA gARCIA SANCHez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 9.Expte.: C/08/0404/01.empresa: ASOCIACION eMPReSA FAMILIAR PRINCIPADO De AStURIAS.CIF/NIF: g33669722.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: JULIA AURORA LOPez gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 10.Expte.: C/08/0444/01.empresa: AStURIANA De ReCARgUeS SIDeRURgICOS, S.L.CIF/NIF: B74053018.Cuantía: 1.320,00 €.trabajador/a: MIgUeL ANgeL HUeRtA gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 11.Expte.: C/08/0111/01.empresa: AzCONgReSOS y COMUNICACION S.L.CIF/NIF: B74100181.Cuantía: 699,24 €.trabajador/a: BeAtRIz CUetOS RIveRA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 12.Expte.: C/08/0094/02.empresa: AzvASe, S.L.CIF/NIF: B33228396.Cuantía: 1.080,00 €.trabajador/a: NIURKy BeBeRt gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 13.Expte.: C/08/0456/01.empresa: BAR ReStAURANte LOS ARCOS, C.B.CIF/NIF: e33581265.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: MARIA MONALISA BReAzU.Tipo de contrato: Indefinido.

Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 14.Expte.: C/08/0456/02.empresa: BAR ReStAURANte LOS ARCOS, C.B.CIF/NIF: e33581265.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: DANIeLA ADRIANA COBzARIU.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 15.Expte.: C/08/0046/01.empresa: BLAgUt, S.L.CIF/NIF: B74047408.Cuantía: 934,11 €.trabajador/a: vIvIANA eNItH MOSqUeRA FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 16.Expte.: C/08/0544/01.empresa: CASOMeRA, S.L.CIF/NIF: B74177353.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: SONIA BANgO ALONSO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 17.Expte.: C/08/0466/01.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: SUSANA vegA RODRIgUez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 18.Expte.: C/08/0466/02.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.399,14 €.trabajador/a: ROCIO vALLINA LetRAN.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Núm.: 19.Expte.: C/08/0466/03.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: LOReNA MeNDez LOPez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 20.Expte.: C/08/0466/04.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.399,14 €.trabajador/a: ROMINA LOPez gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Núm.: 21.Expte.: C/08/0466/05.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.500,00 €.

Page 34: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26818 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

trabajador/a: eRICA gARCIA CAStRO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 22.Expte.: C/08/0466/06.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: vANeSA FeRNANDez FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 23.Expte.: C/08/0466/07.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.352,49 €.trabajador/a: vANeSA FeRNANDez ALLANDe.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Núm.: 24.Expte.: C/08/0466/09.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF/NIF: B33839234.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe ANtONIO MARtINez BUzetA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 25.Expte.: C/08/0162/01.empresa: CIeNCIA e INgeNIeRIA eCONOMICA y SOCIAL, S.L.CIF/NIF: B74172537.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: CRIStINA FeRNANDez MASSe.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 26.Expte.: C/08/0248/04.empresa: CLeCe, S.A.CIF/NIF: A80364243.Cuantía: 257,49 €.trabajador/a: Mª CARMeN RODRIgUez gALeANO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Núm.: 27.Expte.: C/08/0248/08.empresa: CLeCe, S.A.CIF/NIF: A80364243.Cuantía: 1.260,00 €.trabajador/a: ANtONIA CABALLeRO veRgARA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 28.Expte.: C/08/0432/01.empresa: COMUNIDAD De PROPIetARIOS eDIFICIO gAUzON III De CAStRILLON.CIF/NIF: e33064205.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: RAFAeL LUNA MARtINez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 29.Expte.: C/08/0194/01.

empresa: COMUNIDAD De PROPIetARIOS PLAzA JUAN XXIII 2 OvIeDO.CIF/NIF: e33073750.Cuantía: 793,80 €.trabajador/a: MANUeLA gARCIA ARgÜeLLeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 30.Expte.: C/08/0196/01.empresa: CONCePCION SUARez FeRNANDez.CIF/NIF: 10536390K.Cuantía: 411,60 €.trabajador/a: Mª ROSARIO CANeLLADA FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 31.Expte.: C/08/0717/01.empresa: CONStRUCCIONeS tRIO PReSNO, S.L.CIF/NIF: B33445925.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: BeNJAMIN A. FeRNANDez RICO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 32.Expte.: C/08/0543/01.empresa: CONtA KINg, S.L.CIF/NIF: B74160334.Cuantía: 1.080,00 €.trabajador/a: MANUeL MIRANDA gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 33.Expte.: C/08/0563/01.empresa: DeCORACION eN eSCAyOLA SUARez, S.L.CIF/NIF: B33856972.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe MANUeL gOMez eNCARNACION.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 34.Expte.: C/08/0563/02.empresa: DeCORACION eN eSCAyOLA SUARez, S.L.CIF/NIF: B33856972.Cuantía: 1.086,81 €.trabajador/a: geMA eXPOSItO BRetONeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Núm.: 35.Expte.: C/08/0126/01.empresa: DURSA INMUeBLeS, S.L.CIF/NIF: B74012279.Cuantía: 1.560,00 €.trabajador/a: ARgeNtINA RODRIgUez BARROS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 36.Expte.: C/08/0080/01.empresa: eCODe SOC. COOP.CIF/NIF: g33908906.

Page 35: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26819

Cuantía: 1.560,00 €.trabajador/a: ROCIO vegA MARtINez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 37.Expte.: C/08/0237/04.empresa: eL CARBAyON SeRvICIOS De ReStAURACION , S.L.CIF/NIF: B74003724.Cuantía: 242,67 €.trabajador/a: LAURA ANDReA SANCHez MARtINez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 38.Expte.: C/08/0237/05.empresa: eL CARBAyON SeRvICIOS De ReStAURACION , S.L.CIF/NIF: B74003724.Cuantía: 780,00 €.trabajador/a: eLLIzABet LOPez CLAPeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 39.Expte.: C/08/0036/01.empresa: eNRIqUe SUARez SegADe, S.L.CIF/NIF: B74220443.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe RICARDO BALBONA gRANDA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 40.Expte.: C/08/0159/01.empresa: eStMA MONtAJeS, S.L.CIF/NIF: B74209172.Cuantía: 840,00 €.trabajador/a: MONICA RAMOS gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 41.Expte.: C/08/0224/01.empresa: eStUDIO De INgeNIeRIA INgeOCOM, S.L.CIF/NIF: B74041245.Cuantía: 1.560,00 €.trabajador/a: AzAHARA RODRIgUez FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 42.Expte.: C/08/0416/01.empresa: eXCAvACIONeS PACHIN, S.L.U.CIF/NIF: B33751959.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MIgUeL MARtIN MeNeNDez LOPez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 43.Expte.: C/08/0043/01.empresa: eXCLUSIvAS NAveIRAS, S.L.CIF/NIF: B74169384.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: LUIS MANUeL tUÑON SeCADeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 44.Expte.: C/08/0025/01.empresa: eXPLOtACIONeS y CONStRUCCIONeS CIvILeS, S.L.CIF/NIF: B82161183.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MANUeL ALveS LUIS.

Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 45.Expte.: C/08/0059/02.empresa: FACtORIA De INICIAtIvAS INteRNet FI2. S.A.CIF/NIF: A82578550.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe ALFReDO gOMeS RODRIgUez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 46.Expte.: C/08/0410/01.empresa: FARMA eLeCtRONIC COMPANy, S.L.CIF/NIF: B33881988.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: ANDReA BUeNO MARtINez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.

Núm.: 47.Expte.: C/08/0045/01.empresa: FINISCONt, S.L.CIF/NIF: B33523382.Cuantía: 746,37 €.trabajador/a: COvADONgA PIRe NIetO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 48.Expte.: C/08/0020/04.empresa: FUNDACION CULtURAL DON PeLAyO.CIF/NIF: g74144403.Cuantía: 900,00 €.trabajador/a: JULIAN ARIAS ALvARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.

Núm.: 49.Expte.: C/08/0206/06.empresa: geNeRAL ALqUILeR De MAqUINARIA, S.A.CIF/NIF: A83443556.Cuantía: 1.624,00 €.trabajador/a: LetICIA FeRNANDez gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 50.Expte.: C/08/0718/01.empresa: geStORIA BegOÑA gARCIA , S.L.U.CIF/NIF: B74196056.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: SUSANA gARCIA FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.

Núm.: 51.Expte.: C/08/0426/01.empresa: gIJONeSA De tURISMO, S.L.CIF/NIF: B33629346.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JUAN MANUeL tORReS gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 52.Expte.: C/08/0508/01.empresa: gONCeSCO, S.A.CIF/NIF: A33021254.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ANgeL RODRIgUez BALBUeNA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Page 36: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26820 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Núm.: 53.Expte.: C/08/0047/01.empresa: gRANJA AvICOLA LA AMIStAD, C.B.CIF/NIF: e33110420.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ANSeLMO ALvARez AReCeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 54.Expte.: C/08/0356/02.empresa: gRUPOINteRMARK 96, S.L.CIF/NIF: B33824830.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: CAROLINA gONzALez SANCHez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 55.Expte.: C/08/0363/02.empresa: HeRMANOS ALvARez ARRIetA, S.L.CIF/NIF: B33550195.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: gILCeAvA AURICA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 56.Expte.: C/08/0428/05.empresa: HIeRROS y APLANACIONeS, S.A.CIF/NIF: A33010067.Cuantía: 1.560,00 €.trabajador/a: SORAyA gONzALez DIAz.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 57.Expte.: C/08/0100/01.empresa: HOteL PALACIO De RUBIANeS, S.L.CIF/NIF: B84480417.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MANUeL DIAz PONtON.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 58.Expte.: C/08/0559/01.empresa: INNOvACION teCNOLOgICA eN AStURIAS, S.L.CIF/NIF: B33948571.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: Mª yOLANDA FeRNANDez CORDeRO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 59.Expte.: C/08/0592/01.empresa: JAvIeR RODRIgUez gONzALez.CIF/NIF: 9407504K.Cuantía: 1.320,00 €.trabajador/a: gONzALO gONzALez vegA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 60.Expte.: C/08/0511/01.empresa: JOSe LUIS RAStROLLO MAyORAL.CIF/NIF: 76244855q.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: Mª JeSUS DeL CAMPO FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 61.Expte.: C/08/0397/01.

empresa: JUAN JOSe CID MARtINez.CIF/NIF: 2033837q.Cuantía: 1.080,00 €.trabajador/a: OLgA BUSOM SALAFRANCA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 62.Expte.: C/08/0127/05.empresa: KRUNCH AStURIAS HOSteLeRIA, S.L.CIF/NIF: B95394771.Cuantía: 1.141,17 €.trabajador/a: CeCILIA gUtIeRRez RODRIgUez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 63.Expte.: C/08/0152/01.empresa: LA ReStINgA De ReDeS, S.L.CIF/NIF: B74099383.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: ROSANA LAStRA CIeNFUegOS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 64.Expte.: C/08/0695/01.empresa: LeAL e HIJOS, S.L.CIF/NIF: B33105354.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe MARIA FeRNANDez PINtO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 65.Expte.: C/08/0392/01.empresa: LOS NOgALeS, S.L.CIF/NIF: B33689670.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: ISABeL veLAzqUez gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 66.Expte.: C/08/0027/06.empresa: M2C CONSULtINg AStURIAS, S.L.CIF/NIF: B74213968.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: ROCIO De LA OBRA ARBOLeDA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 67.Expte.: C/08/0378/01.empresa: MANUeL LOPez gARCIA.CIF/NIF: 10594059y.Cuantía: 1.080,00 €.trabajador/a: LUzDIvINA RUIz gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 68.Expte.: C/08/0121/01.empresa: MARIA BeNIgNA BRAÑA gONzALez.CIF/NIF: 10604716z.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: MARtA eyARALAR ARgÜeLLeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Page 37: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26821

Núm.: 69.Expte.: C/08/0401/01.empresa: MARIA CRUz FeRNANDez SAN MIgUeL.CIF/NIF: 11052808C.Cuantía: 879,12 €.trabajador/a: Mª ARANzAzU MOLINA FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 70.Expte.: C/08/0620/01.empresa: MARIA DALIA ALvARez ORDOÑez.CIF/NIF: 10826218A.Cuantía: 1.541,64 €.trabajador/a: Mª JOSeFA FeRNANDez DIAz.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 71.Expte.: C/08/0122/01.empresa: MARIA FRANCISCA ROMAN CAStAÑeDA.CIF/NIF: 71621235v.Cuantía: 1.164,15 €.trabajador/a: ALMUDeNA MARtIN tRAPIeLLO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de colectivos específicos: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 72.Expte.: C/08/0447/01.empresa: MARIA teReSA SUARez gARCIA.CIF/NIF: 71865673B.Cuantía: 1.044,27 €.trabajador/a: MARIA JeSUS gARCIA gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de jóvenes: La cuantía fija mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 73.Expte.: C/08/0457/01.empresa: MIgUeL ANtONIO MACIAS SUARez.CIF/NIF: 11322751N.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: FRANCISCO SANtANA SANtANA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 74.Expte.: C/08/0393/01.empresa: MOLUBA, S.L.CIF/NIF: B33746975.Cuantía: 1.080,00 €.trabajador/a: gLORIA LUCIA zAPAtA tORO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.

Núm.: 75.Expte.: C/08/0256/01.empresa: MONteLAStUR, S.L.CIF/NIF: B33499500.Cuantía: 1.680,00 €.trabajador/a: ANA CLARA LARReA LARReA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 76.Expte.: C/08/0565/01.empresa: MORAN y MeRINO, S.L.CIF/NIF: B33642737.Cuantía: 1.800,00 €.trabajador/a: evA MARIA gARCIA FIgAReDO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: tit. Fam. Monoparental.

Núm.: 77.Expte.: C/08/0056/02.empresa: OLIvAR PINtUeLeS, C.B.CIF/NIF: e33955071.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: Mª yOLANDA COLLADO gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 78.Expte.: C/08/0071/01.empresa: PARNON gALUNA, S.L.U.CIF/NIF: B31906084.Cuantía: 1.386,00 €.trabajador/a: BeLeN ALONSO SANCHez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 79.Expte.: C/08/0071/02.empresa: PARNON gALUNA, S.L.U.CIF/NIF: B31906084.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: veRONICA SUARez FUeNte.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 80.Expte.: C/08/0369/01.empresa: PeDRO MANUeL ReNDUeLeS MARtIN.CIF/NIF: 10863752R.Cuantía: 1.080,00 €.trabajador/a: MONtSeRRAt CARBAJAL PeRez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 81.Expte.: C/08/0539/01.empresa: PIeL2000 tIeNDAS, S.L.CIF/NIF: B32368821.Cuantía: 1.650,00 €.trabajador/a: SORAyA CANteLI JIMeNez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 82.Expte.: C/08/0135/01.empresa: ReD AStUR De eNvIOS, S.L.CIF/NIF: B24491979.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: AUReLIO ISMAeL LUeJe COtARIeLLA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 83.Expte.: C/08/0067/01.empresa: ReFORMANIA, C.B.CIF/NIF: e74024647.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: LOReNzA FeRNANDez-ReCALDe FIgUeROA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 84.Expte.: C/08/0032/04.

Page 38: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26822 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

empresa: ROeL HISPANICA, S.A.CIF/NIF: A24056319.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe LUIS PeRez gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 85.Expte.: C/08/0032/05.empresa: ROeL HISPANICA, S.A.CIF/NIF: A24056319.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: AgUStIN SANtIN DIAz.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 86.Expte.: C/08/0272/01.empresa: ROgeLIO gALAN PeRez.CIF/NIF: 10803764C.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe ANtONIO LOPez LLANeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 87.Expte.: C/08/0054/01.empresa: SeRvICIOS INMOBILIARIOS vegADeO, S.L.CIF/NIF: B74210618.Cuantía: 1.560,00 €.trabajador/a: MARIA ROSA BARReRA SeNDIN.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 88.Expte.: C/08/0223/01.empresa: SOtO SISteMAS PROFeSIONALeS, S.A.CIF/NIF: A33400896.Cuantía: 792,00 €.trabajador/a: JOSe MARIA DIAz MIgUeL.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 89.Expte.: C/08/0451/01.empresa: tALLeReS gOCAUtO, S.L.CIF/NIF: B33456732.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: CASIMIRO vAzqUez qUIROS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Período desempleo: + de 24 meses.

Núm.: 90.Expte.: C/08/0108/01.empresa: tALLeReS y CARROCeRIAS tAR, S.L.CIF/NIF: B33532367.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MANUeL MAtA vALLeS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 91.Expte.: C/08/0051/01.empresa: tRANSPORteS PeDROUzO BeRtOA, S.L.CIF/NIF: B74188996.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOAqUIN CARBALLO FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Núm.: 92.Expte.: C/08/0507/03.empresa: vORAgO teCNOLOgIA, S.L.CIF/NIF: B33947508.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: vANeSSA ROMANO SOBRINO.

Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 93.Expte.: C/08/0507/04.empresa: vORAgO teCNOLOgIA, S.L.CIF/NIF: B33947508.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: vANeSSA MONtIeL FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

Núm.: 94.Expte.: C/08/0507/05.empresa: vORAgO teCNOLOgIA, S.L.CIF/NIF: B33947508.Cuantía: 1.500,00 €.trabajador/a: LetICIA ReIgADA SUARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.

— • —

RESOLUCIón de 12 de noviembre de 2008, del Servi-cio Público de Empleo, por la que se resuelve la concesión de subvenciones de fomento del empleo por el programa de empleo para jóvenes (mes de febrero de 2008, segundo trimestre).

en relación con la primera convocatoria de 2008 de conce-sión de subvenciones de fomento del empleo por el programa de empleo para jóvenes (contratos de febrero de 2008, segun-do trimestre).

Antecedentes de hecho

Primero.—que por sendas resoluciones del Servicio Pú-blico de empleo, de fecha 9 de abril de 2008, se aprueban bases reguladoras y la primera convocatoria de concesión de subvenciones de fomento del empleo para los contratos for-malizados en los meses de enero de 2008 a marzo de 2008. Presentadas las solicitudes por parte de las empresas, las rela-cionadas en el anexo I han sido admitidas a trámite al amparo de la citada convocatoria.

Segundo.—que en los Presupuestos del Principado de Asturias para 2008 existe crédito disponible, adecuado y sufi-ciente para atender la concesión de dichas subvenciones en la aplicación 85.01.322 A 771.006.

Tercero.—que reunida la Comisión de valoración para la evaluación de las solicitudes admitidas a trámite por las contrataciones del programa de empleo para jóvenes del mes de febrero de 2008, por parte del Servicio de Programas de empleo, con fecha 5 de noviembre de 2008, se eleva al titular del Servicio Público de empleo propuesta de resolución de subvención en los términos que se detallan a continuación:

que la Comisión de valoración formula informe favorable a la concesión de subvenciones a las solicitudes presentadas que se enumeran en el anexo I, apartado primero, respecto a las que se propone conceder y que se abone subvención a las empresas, en la cuantía, el tipo de contrato y por el colectivo que se indica en cada caso.

que la Comisión de valoración formula informe favora-ble por un importe total de subvención de fomento del em-pleo por la contratación del programa de empleo para jóvenes para los contratos formalizados en el mes de febrero de 2008 durante su segundo trimestre de vigencia de 121.854,78 €.

Cuarto.—que las empresas con informe favorable a la concesión de subvención han acreditado hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así

Page 39: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26823

como de no ser deudor de la Hacienda del Principado de As-turias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

Quinto.—Asimismo, las empresas con informe favorable a la concesión de subvención por el mantenimiento de los con-tratos formalizados en el mes de febrero de 2008, durante su segundo trimestre de vigencia han aportado la documentación requerida en la convocatoria a los efectos de justificar todos los requisitos necesarios para ser beneficiarias de la presente subvención y por parte del Servicio de Programas de empleo se da la conformidad para su abono.

Sexto.—que estas subvenciones, en tanto contribuyen a la mejora de la adaptabilidad de los trabajadores y al fomento de su empleabilidad, así como de la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres, son objeto de cofinanciación en un 80% por la Unión europea al amparo del Programa Operati-vo del Fondo Social europeo del Principado de Asturias 2007-2013 (2007.eS.051.PO006).

La aceptación de la financiación por los beneficiarios im-plica la aceptación de su inclusión en una publicación electró-nica en la que se recoge los nombres de los beneficiarios, los nombres de las operaciones y la cantidad de fondos públicos asignada a cada uno, que será publicada en la página web de la Unidad Administradora del Fondo Social europeo.

Fundamentos de derecho

Primero.—La Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de agosto, del Servicio Público de empleo; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de agosto, por el que se aprueba el Reglamen-to de la citada Ley 38/2003; el Decreto del Principado de Astu-rias 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones; las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de fomento del empleo por la contratación del programa de empleo para jóvenes aprobadas por Resolución de 9 de abril de 2008 (BOPA de 30 de abril) y la primera convocatoria de su concesión aprobada por Reso-lución de 9 de abril de 2008 (BOPA de 30 de abril).

Segundo.—que el importe de las subvenciones será el es-tablecido en la base quinta de las reguladoras de la concesión de estas subvenciones.

el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, superen el cincuenta por ciento del coste salarial del contrato más las cargas sociales a cargo del empleador.

Tercero.—que, de conformidad con sus bases reguladoras, las subvenciones por la celebración de contratos del programa de empleo para jóvenes serán incompatibles con cualesquiera otras que recaigan sobre el contrato subvencionado.

Serán sin embargo compatibles con las desgravaciones fiscales o deducciones de cuotas a la Seguridad Social, esta-blecidas con carácter general y como medida de fomento del empleo por la Administración general del estado.

Cuarto.—que, las subvenciones concedidas desde el 1 de enero de 2007, quedan acogidas al régimen de mínimis esta-blecido en el Reglamento Ce n.º 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artí-culos 87 y 88 del tratado Ce a las ayudas de mínimis, según el cual, las empresas beneficiarias de estas subvenciones no po-drán obtener durante tres ejercicios fiscales ayudas acogidas a este mismo régimen o destinadas a los mismos costes subven-cionables por importe superior a 200.000 € (100.000 € en el caso de empresas del sector de transporte por carretera).

Para la acreditación de los anteriores extremos, el bene-ficiario aporta en el momento de la presentación de la soli-citud declaración responsable sobre cualquier ayuda recibida incluida en dicho régimen o destinada a los mismos costes subvencionables durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. Asimismo, deberá pre-sentar nueva declaración en caso de obtención sobrevenida de estas ayudas.

Quinto.—que, de conformidad con el resuelvo quinto de la convocatoria y el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, la notifi-cación de la resolución del procedimiento se realizará a través de su publicación en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias.

Sexto.—que, de conformidad con el artículo 8.3 del De-creto 120/2006, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior del Servicio Público de empleo del Principado de Asturias, en casos de vacante, ausencia o enfermedad, el Presidente será sustituido por el Director gerente.

vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de dere-cho mencionados y que son de aplicación, por la presente,

R e S U e L v O

Primero.—Conceder y que se abonen subvenciones de fo-mento del empleo por la contratación del programa de empleo para jóvenes de los contratos formalizados en febrero de 2008 (segundo trimestre), por un importe total de 121.854,78 €, con cargo a la aplicación 85.01.322 A 771.006, por la cuantía, el tipo de contrato y por el colectivo que se indica en cada caso, a las empresas relacionadas en el anexo I, apartado primero.

Segundo.—Notificar al interesado, mediante la publica-ción en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, la presente Resolución, indicándole que este acto no pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer re-curso de alzada ante el titular de la Consejería de Industria y empleo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el art. 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin per-juicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 12 de noviembre de 2008.—el Director gerente del Servicio Público de empleo.—22.321.

Anexo I

Primero.—Conceder y se abone:

Núm.: 1.Expte.: C/08/0531/01.empresa: MONtAJeS y MANteNIMIeNtOS INDUStRIALeSAStUReA S.L.CIF: B33947458.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: DeSIRee LOPez MUÑOz.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 2.Expte.: C/08/0551/01.empresa: ADIABAtICA, S.L.CIF: B33946203.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: MARtA PeRez OvIeS.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Page 40: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26824 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Núm.: 3.Expte.: C/08/0022/01.empresa: ADMINIStRACIONeS AUge, S.L.CIF: B74092511.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: LAURA RODRIgUez COLLADO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 4.Expte.: C/08/0554/03.empresa: ADOBeR eLeCtRICIDAD, S.L.CIF: B33650490.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: DAvID RICO LOPez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 5.Expte.: C/08/0554/04.empresa: ADOBeR eLeCtRICIDAD, S.L.CIF: B33650490.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JAvIeR IgLeSIAS gAyOL.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 6.Expte.: C/08/0554/05.empresa: ADOBeR eLeCtRICIDAD, S.L.CIF: B33650490.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ADRIAN vAzqUez NICIezA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 7.Expte.: C/08/0072/01.empresa: AgRUPACION SOCIeDADeS AStURIANAS tRABAJO

ASOCIADO-ASAtA.CIF: g33624248.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: LAURA LOPez RODRIgUez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 8.Expte.: C/08/0446/01.empresa: ALeCHIP SOLUCIONeS INFORMAtICAS, S.L.CIF: B74132481.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: OMAR RODRIgUez RODRIgUez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 9.Expte.: C/08/0408/01.empresa: ALtABOX, S.L.CIF: B33898867.Cuantía: 594,00 €.trabajador/a: ANA PRADA CORtINA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 10.Expte.: C/08/0297/01.empresa: ANA BeLeN APARICIO CORtINA.CIF: 32882046g.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MAgALI APARICIO JIMeNez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 11.Expte.: C/08/0177/01.empresa: ARgOvetUS, S.L.CIF: B74108341.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: M.ª CRIStINA gONzALez-eSCANDON ANtUÑA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 12.Expte.: C/08/0607/01.empresa: ARLOS y eL FReSNO, S.L.L.CIF: B74188178.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: HUgO RODRIgUez CASeRO.

tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 13.Expte.: C/08/0195/01.empresa: ARNICIO ReStAURACION, S.L.CIF: B74204314.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: HeCtOR gONzALez PeRez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 14.Expte.: C/08/0195/02.empresa: ARNICIO ReStAURACION, S.L.CIF: B74204314.Cuantía: 900,00 €.trabajador/a: CARLOS JUNO MACHADO CAStRO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 15.Expte.: C/08/0195/03.empresa: ARNICIO ReStAURACION, S.L.CIF: B74204314.Cuantía: 660,00 €.trabajador/a: RICARDO gAete FUeNte.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 16.Expte.: C/08/0195/04.empresa: ARNICIO ReStAURACION, S.L.CIF: B74204314.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: ALeJANDRO MAyLIN ALONSO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 17.Expte.: C/08/0633/01.empresa: ASeSORAMIeNtO y geStION ADMINIStRAtIvA, S.L.CIF: B33956012.Cuantía: 540,00 €.trabajador/a: LUCIA CANO gARCIA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 18.Expte.: C/08/0021/01.empresa: ASeSORIA MURALBU, S.L.CIF: B33440975.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: MARIA FeRNANDez RODRIgUez.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 19.Expte.: C/08/0659/01.empresa: ASLeNOR CONSULtORIA teCNICA, S.L.CIF: B74190208.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: DIegO gONzALez gARCIA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 20.Expte.: C/08/0289/01.empresa: ASOCIACION De INDUStRIAS CARNICAS DeL PRINCI-

PADO De AStURIAS.CIF: g33092495.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: NURIA MARtINez gONzALez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 21.Expte.: C/08/0591/01.empresa: AStURJIMAt S.L.L.CIF: B33951641.Cuantía: 278,67 €.trabajador/a: LAURA LOBAtO COvIAN.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 6 meses.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de jóvenes: La cuantía a sub-

vencionar se corresponde con el coste salarial del contrato subvencionado en

Page 41: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26825

la cuantía fija mensual determinada de acuerdo con los dias trabajados en el trimestre correspondiente.

Núm.: 22.Expte.: C/08/0277/01.empresa: AUtO CeNteR PRINCIPADO, S.L.CIF: B33491234.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: tOMAS zAPICO ReDON.tipo de contrato: Conversión formación.

Núm.: 23.Expte.: C/08/0582/01.empresa: AUtOMOvILeS AvILeS, S.A.CIF: A33022963.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: IgNACIO ALvARez ALvARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 24.Expte.: C/08/0490/01.empresa: AveLINO LLeRA gONzALez.CIF: 11422557K.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: ANgeLA MARtINez RODRIgUez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 25.Expte.: C/08/0094/01.empresa: AzvASe, S.L.CIF: B33228396.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: PAULA LOPez gONzALez.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 26.Expte.: C/08/0041/01.empresa: Bv INStALACIONeS eLeCtRICAS, C.B.CIF: e74091893.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ROLANDO LOzANA vALLINA.tipo de contrato: Conversión prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 27.Expte.: C/08/0338/01.empresa: CALDeReRIAS LLANeRA, S.L.CIF: B33547308.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: vICtOR vegA ROzA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 28.Expte.: C/08/0439/01.empresa: CARLOS ROzA tORRALBA.CIF: 10903589W.Cuantía: 450,00 €.trabajador/a: MARtA CONeJO SAStRe.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 29.Expte.: C/08/0642/01.empresa: CARNICeROS FeRNANDez LADReDA 13, S.L.L.CIF: B74037219.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: SeNeN gARCIA gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 30.Expte.: C/08/0520/01.empresa: CAROLINA gARCIA FeRNANDez.CIF: 76950852M.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MONICA gARCIA gONzALez.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 31.Expte.: C/08/0420/01.empresa: CARPINteRIA MetALICA RODRIgUez FeRNANDez,

S.L.CIF: B33446642.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: PeLAyO SANCHez CABO.

tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 32.Expte.: C/08/0668/02.empresa: CARROCeRIAS FeRqUI, S.L.CIF: B33011644.Cuantía: 618,57 €.trabajador/a: vALeNtIN PeRez PeRez.tipo de contrato: Formación.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de jóvenes: La cuantía fi-

ja mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Núm.: 33.Expte.: C/08/0466/08.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF: B33839234.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: veRONICA ReCIO MARtIN.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 34.Expte.: C/08/0466/10.empresa: CeNtRO eSPeCIAL De eMPLeO APtA, S.L.CIF: B33839234.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: BegOÑA gARCIA MARtINez.tipo de contrato: Relevo.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 35.Expte.: C/08/0605/01.empresa: CeNtRO geRONtOLOgICO WASHINgtON, S.L.CIF: B74129016.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: MARgARItA ALvARez ALvARez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 36.Expte.: C/08/0644/01.empresa: CINOS ARqUIteCtOS, S.L.CIF: B74192311.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: MARIA gLORIA MUÑOz ACeDO.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 37.Expte.: C/08/0506/01.empresa: CLIMAStAR gLOBAL COMPANy, S.L.CIF: B33880543.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: MANUeL gOMez ALvARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 38.Expte.: C/08/0506/02.empresa: CLIMAStAR gLOBAL COMPANy, S.L.CIF: B33880543.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: DAvID DIAz DeL BUStO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 39.Expte.: C/08/0473/01.empresa: CLINICA DeNtAL DOCtOR eSPINOSA, S.L.CIF: B33898859.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: SORAyA gALLINAL DeL POzO.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 40.Expte.: C/08/0579/01.empresa: CLINICA teJeRINA, S.L.CIF: B33922188.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: M.ª LOURDeS gONzALez ALvARez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 41.Expte.: C/08/0384/01.

Page 42: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26826 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

empresa: COLegIO URSULINAS De JeSUS.CIF: q3300153H.Cuantía: 300,00 €.trabajador/a: PAtRICIA SANCHez BAUtIStA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 42.Expte.: C/08/0074/01.empresa: COMeRCIAL FeRNANDez LAS PALMeRAS, S.L.CIF: B33349002.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ROCIO MeNDez gARCIA.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 43.Expte.: C/08/0074/02.empresa: COMeRCIAL FeRNANDez LAS PALMeRAS, S.L.CIF: B33349002.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: ALvARO MeNDez MOIRON.tipo de contrato: Formación.

Núm.: 44.Expte.: C/08/0176/01.empresa: COMUNIDAD HeReDeROS gUzMAN MARtINez

ALvARez.CIF: e74149774.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JAvIeR BLANCO gONzALez.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 45.Expte.: C/08/0636/01.empresa: CReACIONeS INDUStRIALeS De HOSteLeRIA, S.L.CIF: B24025777.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: gRACIeLA gARCIA gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 46.Expte.: C/08/0370/01.empresa: DANIeL FeRNANDez FeRNANDez.CIF: 53528844R.Cuantía: 440,00 €.trabajador/a: MIgUeL MeLCON DeL vALLe.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 47.Expte.: C/08/0499/01.empresa: DANIeL gIL LOPez.CIF: 53516199y.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JOSe MIgUeL LOPez FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 48.Expte.: C/08/0505/01.empresa: DICAMPUS, S.L.CIF: B33872094.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: RUtH BUzNegO RODRIgUez.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 49.Expte.: C/08/0595/01.empresa: DIegO MAS FRANCHINI.CIF: 802958M.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: PAULA gARCIA gARCIA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 50.Expte.: C/08/0346/01.empresa: DI-vINO, S.C.CIF: g74181306.Cuantía: 1.320,00 €.trabajador/a: PeDRO MeDINA AReNAS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 51.Expte.: C/08/0237/03.

empresa: eL CARBAyON SeRvICIOS De ReStAURACION, S.L.CIF: B74003724.Cuantía: 73,33 €.trabajador/a: DAvID ARIAS veRgARA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 52.Expte.: C/08/1691/01.empresa: eLeCtROINNOvA INStALACIONeS y MANteNIMIeN-

tO, S.L.CIF: B33960428.Cuantía: 160,00 €.trabajador/a: MIgUeL MeLCON DeL vALLe.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 53.Expte.: C/08/0286/01.empresa: eNRIqUe gUARDADO CALIeRO.CIF: 11397592B.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: SeRgIO gARCIA gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 54.Expte.: C/08/0549/01.empresa: FABRICACIONeS tOtO, S.L.CIF: B33803792.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JAIRO MORA gARCIA.tipo de contrato: Conversión formación.

Núm.: 55.Expte.: C/08/0003/01.empresa: FeItO y tOyOSA, S.A.CIF: A33115007.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ISMAeL LOPez LINDe.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 56.Expte.: C/08/0097/01.empresa: FeRNANDez y BARBON, S.L.CIF: B33074840.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: OMAR NAvA vAzqUez.tipo de contrato: Conversión relevo.

Núm.: 57.Expte.: C/08/0030/01.empresa: FIBAUtO, S.L.CIF: B33013376.Cuantía: 660,00 €.trabajador/a: FeRNANDO gONzALez De LeNA MeReDIz.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 58.Expte.: C/08/0265/01.empresa: FORMAStUR, S.A.CIF: A33377144.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: MARIA NOvAL MeNeNDez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 59.Expte.: C/08/0020/06.empresa: FUNDACION CULtURAL DON PeLAyO.CIF: g74144403.Cuantía: 450,00 €.trabajador/a: ISAIAS gARCIA ANtUÑA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 60.Expte.: C/08/0658/01.empresa: FUNDACION PRODINteC.CIF: g33914557.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: DIegO FRANCISCO POzO AyUSO.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 61.Expte.: C/08/0658/02.empresa: FUNDACION PRODINteC.CIF: g33914557.

Page 43: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26827

Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: DAvID SANtOS gONzALez.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 62.Expte.: C/08/0658/03.empresa: FUNDACION PRODINteC.CIF: g33914557.Cuantía: 660,00 €.trabajador/a: eDUARDO gRANDA PIÑeRA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 63.Expte.: C/08/0215/01.empresa: gAM NOROeSte, S.L.CIF: B33382433.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: FRANCISCO CABAL AMIevA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 64.Expte.: C/08/0215/07.empresa: gAM NOROeSte, S.L.CIF: B33382433.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: DAvID gUtIeRRez BUeLgA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 65.Expte.: C/08/0088/01.empresa: gAMA ADMINIStRACION De FINCAS, S.L.CIF: B74036286.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: MARIA JOSeFA RODRIgUez FeRNANDez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 66.Expte.: C/08/0206/04.empresa: geNeRAL ALqUILeR De MAqUINARIA, S.A.CIF: A83443556.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: LUISA MARIA DIAz gARCIA-ReNDUeLeS.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 67.Expte.: C/08/0267/01.empresa: geNeRAL De ALqUILeR De MAqUINARIAINDUStRIAL, S.L.CIF: B84579697.Cuantía: 586,67 €.trabajador/a: CARLOtA MARIA BARRIeNtOS SUARez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 68.Expte.: C/08/0343/01.empresa: geStION De ACtIvOS y DeSARROLLO DePROyeCtOS, S.L.CIF: B74110404.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: FRANCISCO JOSe HeRNANDez SALgUeRO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 69.Expte.: C/08/0462/01.empresa: gLORIA MARIA vILLAR CAStILLO.CIF: 53559427v.Cuantía: 1.320,00 €.trabajador/a: IOANA eUNICA PASztOR.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 70.Expte.: C/08/0019/01.empresa: gLORIA RODRIgUez CAMIÑA.CIF: 71884751e.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: ISABeL LOBO gONzALez.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 71.Expte.: C/08/0540/01.

empresa: gOLD FACtORy, S.L.CIF: B11352937.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: vANeSSA CUeRvO gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 72.Expte.: C/08/0356/01.empresa: gRUPOINteRMARK 96, S.L.CIF: B33824830.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: vANeSA MARtINez FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 73.Expte.: C/08/0050/01.empresa: INStALACIONeS eLeCtRICAS JOSe ANtONIO, S.L.CIF: B33350729.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: ALBeRtO FeRNANDez LOReNzANA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 74.Expte.: C/08/0254/02.empresa: INStALACIONeS eLeCtRICAS LLAMeS e HIJOS, S.L.CIF: B74008350.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: ALeJANDRO ALvARez eSPINOSA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 75.Expte.: C/08/0055/04.empresa: INStItUtO OFtALMOLOgICO FeRNANDez-vegA, S.L.CIF: B33416462.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: eUgeNIA MARIA FeRNANDez LAStRA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 76.Expte.: C/08/0102/01.empresa: INtegRAL De AUtOMOCION 2000, S.A.CIF: A33552357.Cuantía: 1.320,00 €.trabajador/a: CARLOS FeRNANDez gONzALez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 77.Expte.: C/08/0042/02.empresa: INveRSIONeS SIeRO, S.L.CIF: B74043910.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: eStHeR MARtIN SANtOS.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 78.Expte.: C/08/0077/01.empresa: ISONeR PRINCIPADO, S.L.CIF: B74091968.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: SILvIA PeRez tORIO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 79.Expte.: C/08/0482/01.empresa: JeSUS PeDRAyeS PRIetO, S.L.CIF: B33451303.Cuantía: 900,00 €.trabajador/a: MOISeS PeRez gARCIA.tipo de contrato: Conversión formación.

Núm.: 80.Expte.: C/08/0482/02.empresa: JeSUS PeDRAyeS PRIetO, S.L.CIF: B33451303.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: RUBeN DeL CUetO SANCHez.tipo de contrato: Formación.

Núm.: 81.Expte.: C/08/0425/01.

Page 44: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26828 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

empresa: JOSe ANgeL gONzALez DeLgADO.CIF: 11084215D.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: DAvID gUtIeRRez gONzALez.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 82.Expte.: C/08/0518/01.empresa: JOSe FLOReNtINO MON FeRNANDez.CIF: 10886104C.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ROBeRtO JUAN MARtINez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 83.Expte.: C/08/0498/01.empresa: JOSe MANUeL gONzALez FeItO.CIF: 45425267z.Cuantía: 660,00 €.trabajador/a: vICtOR gONzALez CAStRO.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 84.Expte.: C/08/0008/01.empresa: JOSe MANUeL gONzALez RODRIgUez.CIF: 11060344N.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: SAMUeL LOPez MARtINez.tipo de contrato: Formación.

Núm.: 85.Expte.: C/08/0398/01.empresa: JOSe PRIetO vILLAR.CIF: 11394938W.Cuantía: 660,00 €.trabajador/a: ALeXIS FeRNANDez MARtINez.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 86.Expte.: C/08/0185/01.empresa: JUAN gARCIA SUARez, S.L.CIF: B74079237.Cuantía: 540,00 €.trabajador/a: ALeJADRA CORONA vILLAR.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 87.Expte.: C/08/0127/04.empresa: KRUNCH AStURIAS HOSteLeRIA, S.L.CIF: B95394771.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: IvAN CUetO COvIeLLA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 88.Expte.: C/08/0127/06.empresa: KRUNCH AStURIAS HOSteLeRIA, S.L.CIF: B95394771.Cuantía: 900,00 €.trabajador/a: FRANCISCO J. gUINeA AMIevA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 89.Expte.: C/08/0154/01.empresa: LIDeR DIAMANt, S.L.CIF: B33871310.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: ANgeL RODRIgUez SUARez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 90.Expte.: C/08/0627/01.empresa: LUMeN ASeSOReS, S.L.CIF: B74028077.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: vANeSA ANIA MIRANDA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 91.Expte.: C/08/0609/01.empresa: LUNILANDIA PeqUeS, S.L.L.CIF: B74218637.Cuantía: 213,54 €.trabajador/a: LAURA ARBeSU LOPez.tipo de contrato: Prácticas.Hechos: Base 5ª reguladora para el empleo de jóvenes: La cuantía fi-

ja mensual a subvencionar se corresponde con el límite del 50% del coste empresarial.

Núm.: 92.Expte.: C/08/0027/05.empresa: M2C CONSULtINg AStURIAS, S.L.CIF: B74213968.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: CARLOS ANDReS PeRez RODRIgUez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 93.Expte.: C/08/0027/07.empresa: M2C CONSULtINg AStURIAS, S.L.CIF: B74213968.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: PABLO zAPICO ROBLeDO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 94.Expte.: C/08/0448/01.empresa: MARIA ISABeL gARCIA FeRNANDez.CIF: 11420617J.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: JeNNIFeR RIeSgO ALONSO.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 95.Expte.: C/08/0448/02.empresa: MARIA ISABeL gARCIA FeRNANDez.CIF: 11420617J.Cuantía: 540,00 €.trabajador/a: ANDReA CAUNeDO SUARez.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 96.Expte.: C/08/0341/01.empresa: MARIA JOSe ALBA RAMIRez.CIF: 11412980N.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: SILvIA FeRNANDez gARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 97.Expte.: C/08/0156/01.empresa: MARIA JOSe MOCHALeS, S.L.U.CIF: B74082686.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: PAULA ALONSO MARtINez.tipo de contrato: Formación.

Núm.: 98.Expte.: C/08/0617/01.empresa: MARIA yOLANDA ALvARez MeNeNDez.CIF: 9379521y.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: SUSANA ANDReA SUARez SUARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 99.Expte.: C/08/0424/01.empresa: MARISCOS OvIÑANA, S.L.CIF: B33509613.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: LILIANA FeRNANDez FeRNANDez.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 100.Expte.: C/08/0489/01.empresa: MC CHARLy & COMPANy, C.B.CIF: e74056250.Cuantía: 600,00 €.

Page 45: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26829

trabajador/a: MARIA LUCIA LOPez JIMeNez.tipo de contrato: Formación.

Núm.: 101.Expte.: C/08/0212/01.empresa: MODAS COFRANtOS, S.L.CIF: B74213620.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: PAtRICIA LOPez FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 102.Expte.: C/08/0302/01.empresa: MONSeRRAt MARtIN CALvO.CIF: 32882527W.Cuantía: 900,00 €.trabajador/a: INeS gARCIA LAMUÑO.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 103.Expte.: C/08/0534/02.empresa: NOeMA eLeCtRICIDAD y MANteNIMIeNtO, S.L.CIF: B74086521.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: vANeSA ARIAS gRUeIRO.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 104.Expte.: C/08/0445/01.empresa: NUMeRICAL ANALySIS teCNOLOgIeS, S.L.CIF: B33887027.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: MARCOS PANIzO ARCe.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 105.Expte.: C/08/0484/01.empresa: OLgA AMANDA DAvILA CARDeNAS.CIF: 71650686M.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: gUISSeLLe MILeN ROzO BAStO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 106.Expte.: C/08/0011/01.empresa: OLgA CLeMeNCeAU RODRIgUez.CIF: 71682050C.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JORge LUIS PeRez ANtON.tipo de contrato: Conversión formación.

Núm.: 107.Expte.: C/08/0514/01.empresa: ORNALUX, S.A.CIF: A33025974.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ARtURO RODRIgUez HILARIO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 108.Expte.: C/08/0552/01.empresa: PeLUqUeRIA BRIMeL, S.L.CIF: B33791724.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: ROSA MARIA FeRNANDez gReLA.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 109.Expte.: C/08/0263/01.empresa: PHOeNIX CONtACt, S.A.CIF: A33533845.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: BeLeN FeRNANDez MIgUeLez.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 110.Expte.: C/08/0038/01.empresa: PILAR IgLeSIAS FeRNANDez.CIF: 11349550q.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: veRONICA BOULLON FeRNANDez.tipo de contrato: Formación.

Núm.: 111.Expte.: C/08/0460/01.empresa: PISA, PROyeCtOS De INNOvACION, S.L.CIF: B33882788.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: INeS vegA vIgIL-eSCALeRA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 112.Expte.: C/08/0460/02.empresa: PISA, PROyeCtOS De INNOvACION, S.L.CIF: B33882788.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: vANeSSA PeRez MIRANDA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 113.Expte.: C/08/0138/01.empresa: PLAStICOS qUeveDO, S.L.CIF: B33841123.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: eLOy MIeR PeRez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 114.Expte.: C/08/0657/01.empresa: PRIetO vALIeNte ABOgADOS, C.B.CIF: e74116120.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: ANgeLICA FeRNANDez gARROte.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 115.Expte.: C/08/0655/01.empresa: PROIMA zeBRAStUR, S.L.CIF: B33335423.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: AIDA FeRNANDez MARtINez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 116.Expte.: C/08/0330/01.empresa: PROMeteO INNOvAtIONS, SLNe.CIF: B74197708.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: MIgUeL JIMeNez CARvAJAL.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 117.Expte.: C/08/0492/01.empresa: PROyeCtO CONStRUCCION y MONtAJe PROCOM,

S.L.CIF: B33815481.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: M.ª teReSA CORtINA BARROS.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 118.Expte.: C/08/0200/01.empresa: RAFA MOtOR, S.L.CIF: B33425471.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: JeSUS RODRIgUez gUtIeRRez.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 119.Expte.: C/08/0316/01.empresa: RAMON RIO LOMA.CIF: 20181153X.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: SeRgIO BALMORI ROzADA.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 120.Expte.: C/08/0477/01.empresa: ROCAR tABIqUeRIA, S.L.CIF: B33937335.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: ALeJANDRO CAStRO RIveRA.

Page 46: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26830 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 121.Expte.: C/08/0229/01.empresa: ROD INStALACIONeS eLeCtRICAS, S.L.CIF: B33362450.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: JOSe MARIA RegO POMBO.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 122.Expte.: C/08/0032/01.empresa: ROeL HISPANICA, S.A.CIF: A24056319.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: JORge Rey RUIz.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 123.Expte.: C/08/0032/02.empresa: ROeL HISPANICA, S.A.CIF: A24056319.Cuantía: 1.320,00 €.trabajador/a: MAIKeL vegA ALvARez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 6 meses.

Núm.: 124.Expte.: C/08/0032/03.empresa: ROeL HISPANICA, S.A.CIF: A24056319.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MARCOS LOPez NUÑez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 125.Expte.: C/08/0693/01.empresa: ROSA MARIA PIzARRO, S.L.CIF: B33524026.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: MARIA ALONSO ALONSO.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 126.Expte.: C/08/0375/01.empresa: SALOMe SANCHez IgLeSIAS.CIF: 11439416K.Cuantía: 900,00 €.trabajador/a: MARIA ISABeL gARCIA FeRNANDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 127.Expte.: C/08/0133/01.empresa: SeReSCO, S.A.CIF: A33011826.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: CeSAR ARgUL gARCIA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 128.Expte.: C/08/0364/01.empresa: SeRgIO MANUeL gARCIA ALONSO.CIF: 10507602y.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: OMAR eL HAJJI.tipo de contrato: Formación.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 129.Expte.: C/08/0488/01.empresa: SeRvICIOS INtegRALeS ASCII, S.L.CIF: B74189598.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: NIRA ARgÜeLLeS LOzANO.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 130.Expte.: C/08/0468/01.empresa: SeRvICIOS NORMAtIvOS FORMACION, S.L.CIF: B33921560.

Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: NAtALIA gONzALez gONzALez.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 131.Expte.: C/08/0063/01.empresa: SIgNUM COMUNICACION y DISeÑO, S.L.CIF: B33593526.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: RUBeN FeRNANDez gONzALez.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 132.Expte.: C/08/0422/02.empresa: SILvIA FeRNANDez IgLeSIAS.CIF: 11084509g.Cuantía: 900,00 €.trabajador/a: ANDReA gONzALez RODRIgUez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 133.Expte.: C/08/0537/01.empresa: teLeCABLe De AStURIAS, S.A.CIF: A74025560.Cuantía: 600,00 €.trabajador/a: DAvID gUtIeRRez gUtIeRRez.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 134.Expte.: C/08/0164/01.empresa: tICMeDIA SOLUCIONeS PROFeSIONALeS, S.L.CIF: B33836099.Cuantía: 450,00 €.trabajador/a: tANIA MIRANDA gARCIA.tipo de contrato: Prácticas.

Núm.: 135.Expte.: C/08/0137/01.empresa: tIeNDAS CONeXION, S.L.CIF: B39603568.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: AItOR ALvARez ReDONDO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 136.Expte.: C/08/0137/02.empresa: tIeNDAS CONeXION, S.L.CIF: B39603568.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: NAtALIA SANDOvAL MeNeNDez.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 137.Expte.: C/08/0137/03.empresa: tIeNDAS CONeXION, S.L.CIF: B39603568.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: MARIA MACAReNA DIAz BIzARRO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

Núm.: 138.Expte.: C/08/0322/02.empresa: tRADeHI, S.L.U.CIF: B33021098.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: JUAN MANUeL HeReS MeNeNDez.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 139.Expte.: C/08/0251/01.empresa: tRAtAMIeNtOS ASFALtICOS, S.A.CIF: A33009630.Cuantía: 1.200,00 €.trabajador/a: CARLOS MUROLAS LOPez.tipo de contrato: Conversión prácticas.

Núm.: 140.Expte.: C/08/0311/01.empresa: vIDRIOS LA NUevA, S.L.CIF: B33482233.Cuantía: 1.440,00 €.trabajador/a: MARCO DeL MARIANI DIez.

Page 47: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26831

Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Período desempleo: + de 12 meses.

Núm.: 141.Expte.: C/08/0507/01.empresa: vORAgO teCNOLOgIA, S.L.CIF: B33947508.Cuantía: 720,00 €.trabajador/a: JOSe R. PRIDA gARCIA.tipo de contrato: Prácticas.Período desempleo: + de 12 meses.Hechos: 14/11/2008.

Anuncios•

CONSeJeRíA De BIeNeStAR SOCIAL:

nOTIfICACIón de expediente de protección 173/07.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común (BOE de 27 de noviembre), se notifica a D.ª Eva María de la Rosa, cuyo domicilio se ignora, la resolución de la Consejería de Bienestar Social, de 7 de noviembre de 2008, que afecta a sus derechos y cuyo texto no se publica de con-formidad con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/92 citada.

Para el conocimiento íntegro de la resolución mencionada y la constancia de tal conocimiento, podrá comparecer en las dependencias de atención al público del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familias y Adolescencia, c/ Alférez Provisional, s/n, Oviedo, en el plazo de diez días hábi-les, a contar desde su publicación de este anuncio.

Oviedo, 14 de noviembre de 2008.—La Directora general de Mayores, Infancia y Familias.—22.305.

CONSeJeRíA De MeDIO AMBIeNte y DeSARROLLO RURAL:

InfORMACIón pública de estudio preliminar de impac-to ambiental del proyecto de las obras complementarias n.º 2 del proyecto segregado n.º 1 del colector interceptor del río Albares.

De conformidad con lo establecido en Decreto 38/94 de 18 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias, se somete a información pú-blica el estudio preliminar de impacto ambiental del proyecto de “Obras complementarias n.º 2 del proyecto segregado n.º 1 del colector interceptor del río Albares”.

De dicho documento, se podrá tomar vista, en horario de oficina (de lunes a viernes, de 9 a 14 horas) en las dependen-cias de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Ru-ral, Dirección general de Agua Calidad Ambiental, Servicio de Obras Hidráulicas, sito en la 1ª planta, Sector Central-Derecho, del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples del Principado de Asturias, calle Coronel Aranda, n.º 2, de Oviedo, y se podrá presentar por escrito, y en la forma previs-ta en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las alegaciones que estimen oportu-nas, durante un plazo de treinta días hábiles, a contar desde la publicación del presente anuncio.

Oviedo, a 24 de noviembre de 2008.—La Secretaria gene-ral técnica.—23.162.

Page 48: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26832 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

III. Administración del Estado

DELEgAcIón DEL gobIErno En AsturIAs

Notificación de iniciación de expediente sancionador. Expte. 74/08

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOe 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pú-blica la notificación de la iniciación del expediente sanciona-dor que se indica, incoado al interesado que a continuación se relaciona, ya que, habiéndose intentado las notificaciones en el último domicilio conocido, no se han podido practicar satisfactoriamente.

El correspondiente expediente obra en el Área de Fomen-to de esta Delegación del gobierno, ante la cual le asiste el derecho de presentación de las alegaciones que estime opor-tunas y a consultar el correspondiente expediente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias. transcurrido dicho plazo se dicta-rá la oportuna resolución.

N.º expte.: 74/08.Denunciado: D. Juan Antonio Martín Sánchez.Fecha denuncia: 21-7-2008.Domicilio/localidad: Avd. Central, n.º 8, 7.º F. Pamplona.Infracción: Ley 39/2003.Cuantía sanción: Hasta 6.000 €.

Oviedo, 12 de noviembre de 2008.—el Delegado del gobierno.—P.D. la vicesecretaria general (resolución de 29-6-2001, BOPA de 5-7-01).—22.339.

DELEgAcIón EsPEcIAL DE EconomíA y HAcIEnDA En AsturIAs

geReNCIA RegIONAL DeL CAtAStRO De AStURIAS

Edicto de notificación de los anuncios con notificaciones indivi-dualizadas de valores catastrales pendientes en los municipios de

Castropol, nava, Piloña y Vegadeo

Concluido el proceso de notificación individualizada de valores catastrales resultantes del procedimiento de valora-ción colectiva de carácter total de los bienes inmuebles de naturaleza urbana en los municipios de Castropol, Nava, Pi-loña y vegadeo, llevado a cabo por la gerencia Regional del Catastro de Asturias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro In-mobiliario, se pone en conocimiento de todos los interesados que el anuncio en el que se publica la relación de los titulares con notificaciones pendientes, por no haber sido posible reali-zar su entrega por causas no imputables a la Administración, estará expuesto en los Ayuntamientos citados y en la Gerencia Regional del Catastro de Asturias, sita en c/ gil de Jaz, 10, a efectos de practicar la notificación mediante comparecencia, a partir del próximo día 5 de diciembre, durante un plazo de diez días.

En dicho anuncio se especificará el lugar y el plazo en que el destinatario de las notificaciones deberá comparecer para ser notificado.

el plazo de un mes para la interposición del recurso de re-posición o reclamación económico-administrativa contra los valores catastrales notificados por comparecencia se contará a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del mencionado anuncio.

Oviedo, a 14 de noviembre de 2008.—el gerente Regio-nal del Catastro de Asturias.—22.323.

— • —

Edicto de notificación de los anuncios con notificaciones indi-vidualizadas de valores catastrales pendientes en varios parques

eólicos

Concluido el proceso de notificación individualizada de valores catastrales resultantes del procedimiento de determi-nación del valor catastral de los bienes inmuebles de caracte-rísticas especiales parque eólico Alto de Abara, Parque eólico Baos y Pumar, parque eólico Belmonte S. Begega, parque eólico Bobia-San Isidro, parque eólico Bodenaya, parque eó-lico Curiscao, parque eólico el Acebo, parque eólico Penouta, parque eólico Pico gayo, parque eólico Sierra de la Cuesta y Parque eólico Sierra de los Lagos, llevado a cabo por la ge-rencia Regional del Catastro de Asturias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, se pone en conocimiento de to-dos los interesados que el anuncio en el que se publica la rela-ción de los titulares con notificaciones pendientes, por no ha-ber sido posible realizar su entrega por causas no imputables a la Administración, estará expuesto en la Gerencia Regional del Catastro de Asturias, sita en c/ gil de Jaz, 10, a efectos de practicar la notificación mediante comparecencia, a partir del próximo día 5 de diciembre, durante un plazo de diez días.

En dicho anuncio se especificará el lugar y el plazo en que el destinatario de las notificaciones deberá comparecer para ser notificado.

el plazo de un mes para la interposición del recurso de re-posición o reclamación económico-administrativa contra los valores catastrales notificados por comparecencia se contará a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del mencionado anuncio.

Oviedo, a 14 de noviembre de 2008.—el gerente Regio-nal del Catastro de Asturias.—22.326.

— • —

Edicto de notificación de los anuncios con notificaciones indivi-dualizadas de valores catastrales pendientes en los municipios de Allande (10 parroquias), Corvera (Polígonos de Silvota, Rovés y Trasmonte), Llanes (Polígono Industrial de Piñeres) y Oviedo

(Prado de La Vega)

Concluido el proceso de notificación individualizada de valores catastrales resultantes del procedimiento de valora-ción colectiva de carácter parcial de los bienes pendientes,

Page 49: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26833

por no haber sido posible realizar su entrega de naturaleza urbana en los municipios de Allande (10 parroquias), Corvera (Polígonos de Silvota, Rovés y trasmonte), Llanes (Polígono Industrial de Piñeres) y Oviedo (Prado de La vega), llevado a cabo por la gerencia Regional del Catastro de Asturias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, se pone en conocimiento de todos los interesados que el anuncio en el que se publica la relación de los titulares con notificacio-nes pendientes, por no haber sido posible realizar su entrega por causas no imputables a la Administración, estará expuesto en los Ayuntamientos citados y en la gerencia Regional del Catastro de Asturias, sita en c/ gil de Jaz, 10, a efectos de practicar la notificación mediante comparecencia, a partir del próximo día 5 de diciembre, durante un plazo de diez días.

En dicho anuncio se especificará el lugar y el plazo en que el destinatario de las notificaciones deberá comparecer para ser notificado.

el plazo de un mes para la interposición del recurso de re-posición o reclamación económico-administrativa contra los valores catastrales notificados por comparecencia se contará a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del mencionado anuncio.

Oviedo, a 14 de noviembre de 2008.—el gerente Regio-nal del Catastro de Asturias.—22.324.

DEmArcAcIón DE costAs En AsturIAs

Incoación de expediente de recuperación posesoria. Expte. RPO-05/08

Antecedentes de hecho

Primero.—esta Demarcación de Costas ha constatado la existencia de ocupaciones en la playa primera de Luarca, en el término municipal de valdés, consistentes en 24 casetas de chapa ancladas sobre una solera de hormigón, atribuidas a personas desconocidas.

Segundo.—el tramo de costa en el que se encuentran si-tuadas dichas ocupaciones se ubica en dominio público marí-timo-terrestre debidamente deslindado, de conformidad con el expediente de deslinde del término municipal de Valdés, tramo: Playas 1, 2, 3, de Luarca, aprobado por O.M. 24-4-00, realizado de acuerdo con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Fundamentos de derecho

Primero.—el dominio público marítimo-terrestre y las fa-cultades de recuperación posesoria se encuentran reguladas en el artículo 132 de la Constitución, en los artículos 5 y 55 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimo-nio de las Administraciones Públicas; en el título I de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en los arts. 14 y siguientes del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y ejecución de la Ley de Costas.

Segundo.—el artículo 13 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, establece que el deslinde aprobado, al constatar la existencia de las características físicas relacionadas en los artículos 3, 4 y 5, que definen el dominio público marítimo- terrestre, declara la posesión y la titularidad dominical a favor del estado, dando lugar al amojonamiento y sin que la ins-cripción del Registro de la Propiedad pueda prevalecer frente a la naturaleza demanial de los bienes deslindados. en este supuesto, el lugar en el que se encuentran situadas las ocu-paciones se ubica en zona debidamente deslindada y dentro

del dominio público, de conformidad con la Orden Ministerial citada en el antecedente de hecho 2.º

tercero.—Los hechos descritos constituyen una ocupación de dominio público, sin que conste la existencia de una auto-rización administrativa o concesión, imprescindibles en virtud de lo dispuesto en los artículos 51 y 64 de la Ley 22/1988, de Costas, para ampararlos jurídicamente.

Cuarto.—el dominio público es imprescriptible confor-me a lo dispuesto en los artículos 132 de la Constitución y 7 de la Ley de Costas, pudiendo la Administración del estado recuperar de oficio y en cualquier tiempo la posesión indebi-damente perdida de los bienes de dominio público, tal como establecen los artículos 10.2 de la Ley de Costas y 14.2 de su Reglamento.

quinto.—el órgano competente para incoar, resolver y ejecutar este procedimiento es el titular del Servicio Periféri-co de Costas, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 17.2 del Reglamento de Costas.

Sexto.—El plazo normativamente establecido para la re-solución y notificación del procedimiento es de tres meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo.—Los efectos del silencio administrativo son los de caducidad del procedimiento, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo lo cual,

D I S P O N g O

Iniciar procedimiento de recuperación posesoria del do-minio público en la playa 1.ª de Luarca, ocupado ilegalmente con 24 casetas por personas desconocidas, comunicándoles que disponen de un plazo de ocho días para alegar cuanto estimen conveniente en su defensa.

Advertir que, transcurrido el plazo, si no se hubiesen pre-sentado alegaciones, o fuesen desestimadas, se adoptarán las medidas necesarias para la recuperación posesoria del domi-nio ocupado, mediante ejecución subsidiaria, sin perjuicio de incoar, si resultase procedente, el correspondiente expediente sancionador, conforme a la Ley de Costas.

Al resultar desconocidas las personas interesadas, la notifi-cación de la presente providencia se hará por medio de anun-cios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de valdés y en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, en aplica-ción de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992.

en Oviedo, a 11 de noviembre de 2008.—el Jefe de la Demarcación.—22.344.

— • —

Incoación de expediente de recuperación posesoria. Expte. RPO-09/08

Antecedentes de hecho

Primero.—esta Demarcación de Costas ha constatado la existencia de ocupaciones en la playa tercera de Luarca, en el término municipal de valdés, consistentes en 146 casetas de chapa ancladas sobre solera de hormigón, atribuidas a perso-nas desconocidas.

Page 50: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26834 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Segundo.—el tramo de costa en el que se encuentran si-tuadas dichas ocupaciones se ubica en dominio público marí-timo-terrestre debidamente deslindado, de conformidad con el expediente de deslinde del término municipal de Valdés, tramo: Playas 1, 2, 3, de Luarca, aprobado por O.M. 24-4-00, realizado de acuerdo con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Fundamentos de derecho

Primero.—el dominio público marítimo-terrestre y las fa-cultades de recuperación posesoria se encuentran reguladas en el artículo 132 de la Constitución, en los artículos 5 y 55 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimo-nio de las Administraciones Públicas; en el título I de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en los arts. 14 y siguientes del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y ejecución de la Ley de Costas.

Segundo.—el artículo 13 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, establece que el deslinde aprobado, al constatar la existencia de las características físicas relacionadas en los artículos 3, 4 y 5, que definen el dominio público marítimo- terrestre, declara la posesión y la titularidad dominical a favor del estado, dando lugar al amojonamiento y sin que la ins-cripción del Registro de la Propiedad pueda prevalecer frente a la naturaleza demanial de los bienes deslindados. en este supuesto, el lugar en el que se encuentran situadas las ocu-paciones se ubica en zona debidamente deslindada y dentro del dominio público, de conformidad con la Orden Ministerial citada en el antecedente de hecho 2.º

tercero.—Los hechos descritos constituyen una ocupación de dominio público, sin que conste la existencia de una auto-rización administrativa o concesión, imprescindibles en virtud de lo dispuesto en los artículos 51 y 64 de la Ley 22/1988, de Costas, para ampararlos jurídicamente.

Cuarto.—el dominio público es imprescriptible confor-me a lo dispuesto en los artículos 132 de la Constitución y 7 de la Ley de Costas, pudiendo la Administración del estado recuperar de oficio y en cualquier tiempo la posesión indebi-damente perdida de los bienes de dominio público, tal como establecen los artículos 10.2 de la Ley de Costas y 14.2 de su Reglamento.

quinto.—el órgano competente para incoar, resolver y ejecutar este procedimiento es el titular del Servicio Periféri-co de Costas, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 17.2 del Reglamento de Costas.

Sexto.—El plazo normativamente establecido para la re-solución y notificación del procedimiento es de tres meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo.—Los efectos del silencio administrativo son los de caducidad del procedimiento, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo lo cual,

D I S P O N g O

Iniciar procedimiento de recuperación posesoria del do-minio público en la playa 3.ª de Luarca, ocupado ilegalmente con 146 casetas por personas desconocidas, comunicándoles que disponen de un plazo de ocho días para alegar cuanto estimen conveniente en su defensa.

Advertir que, transcurrido el plazo, si no se hubiesen pre-sentado alegaciones, o fuesen desestimadas, se adoptarán las medidas necesarias para la recuperación posesoria del domi-nio ocupado, mediante ejecución subsidiaria, sin perjuicio de incoar, si resultase procedente, el correspondiente expediente sancionador, conforme a la Ley de Costas.

Al resultar desconocidas las personas interesadas, la notifi-cación de la presente providencia se hará por medio de anun-cios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de valdés y en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, en aplica-ción de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992.

en Oviedo, a 11 de noviembre de 2008.—el Jefe de la Demarcación.—22.347.

— • —

Incoación de expediente de recuperación posesoria. Expte. RPO-06/08

Antecedentes de hecho

Primero.—esta Demarcación de Costas ha constatado la existencia de ocupaciones en la playa segunda de Luarca, en el término municipal de valdés, consistentes en 67 casetas de chapa, de las que 52 de ellas se encuentran ancladas sobre una solera de hormigón, atribuidas a personas desconocidas.

Segundo.—el tramo de costa en el que se encuentran si-tuadas dichas ocupaciones se ubica en dominio público marí-timo-terrestre debidamente deslindado, de conformidad con el expediente de deslinde del término municipal de Valdés, tramo: Playas 1, 2, 3, de Luarca, aprobado por O.M. 24-4-00, realizado de acuerdo con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Fundamentos de derecho

Primero.—el dominio público marítimo-terrestre y las fa-cultades de recuperación posesoria se encuentran reguladas en el artículo 132 de la Constitución, en los artículos 5 y 55 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimo-nio de las Administraciones Públicas; en el título I de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en los arts. 14 y siguientes del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y ejecución de la Ley de Costas.

Segundo.—el artículo 13 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, establece que el deslinde aprobado, al constatar la existencia de las características físicas relacionadas en los artículos 3, 4 y 5, que definen el dominio público marítimo- terrestre, declara la posesión y la titularidad dominical a favor del estado, dando lugar al amojonamiento y sin que la ins-cripción del Registro de la Propiedad pueda prevalecer frente a la naturaleza demanial de los bienes deslindados. en este supuesto, el lugar en el que se encuentran situadas las ocu-paciones se ubica en zona debidamente deslindada y dentro del dominio público, de conformidad con la Orden Ministerial citada en el antecedente de hecho 2.º

tercero.—Los hechos descritos constituyen una ocupación de dominio público, sin que conste la existencia de una auto-rización administrativa o concesión, imprescindibles en virtud de lo dispuesto en los artículos 51 y 64 de la Ley 22/1988, de Costas, para ampararlos jurídicamente.

Cuarto.—el dominio público es imprescriptible confor-me a lo dispuesto en los artículos 132 de la Constitución y 7 de la Ley de Costas, pudiendo la Administración del estado recuperar de oficio y en cualquier tiempo la posesión indebi-damente perdida de los bienes de dominio público, tal como establecen los artículos 10.2 de la Ley de Costas y 14.2 de su Reglamento.

Page 51: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26835

quinto.—el órgano competente para incoar, resolver y ejecutar este procedimiento es el titular del Servicio Periféri-co de Costas, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 17.2 del Reglamento de Costas.

Sexto.—El plazo normativamente establecido para la re-solución y notificación del procedimiento es de tres meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo.—Los efectos del silencio administrativo son los de caducidad del procedimiento, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo lo cual,

D I S P O N g O

Iniciar procedimiento de recuperación posesoria del do-minio público en la playa 2.ª de Luarca, ocupado ilegalmente con 67 casetas de chapa, de las que 52 de ellas se encuentran ancladas sobre una solera de hormigón por personas descono-cidas, comunicándoles que disponen de un plazo de ocho días para alegar cuanto estimen conveniente en su defensa.

Advertir que, transcurrido el plazo, si no se hubiesen pre-sentado alegaciones, o fuesen desestimadas, se adoptarán las medidas necesarias para la recuperación posesoria del domi-nio ocupado, mediante ejecución subsidiaria, sin perjuicio de incoar, si resultase procedente, el correspondiente expediente sancionador, conforme a la Ley de Costas.

Al resultar desconocidas las personas interesadas, la notifi-cación de la presente providencia se hará por medio de anun-cios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de valdés y en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, en aplica-ción de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992.

en Oviedo, a 11 de noviembre de 2008.—el Jefe de la Demarcación.—22.348.

confEDErAcIón HIDrográfIcA DEL cAntábrIco

COMISARíA De AgUAS

Información pública relativa a expediente de vertido de aguas residuales denominado: Planta embotelladora de agua en Puente de Bobia, sito en Villarín-Veigas, término municipal de

Somiedo

Expediente: V/33/01138E.Peticionario: Ayuntamiento de Somiedo.vertido:

Denominación: Planta embotelladora de agua en Puen-te de Bobia.Localidad: villarín-veigas.térm. municipal: Somiedo.Provincia: Asturias.Río/cuenca: Bobia/Saliencia.

el vertido cuya autorización se solicita corresponde a las aguas residuales industriales de “Planta embotelladora de agua en Puente de Bobia”-“Ayuntamiento de Somiedo”, con un volumen máximo anual de 4.745,000 m³.

Las instalaciones de depuración constan básicamente de los siguientes elementos:

vertido 1: NO3302793 Proceso-Planta embotelladora-Bobia.Proceso industrial:

Arqueta de desbaste-tamizado. —tanque amortiguador de caudal. —tanque de control. —2 tanques de tratamiento biológico por aireación —prolongada.Arqueta de control del vertido. —

vertido 2: NO3302825 escorrentía-Planta embotelladora-Bobia.

escorrentía interior a la implantación industrial:

Arqueta de control del vertido. —

Lo que se hace público para general conocimiento, por un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, a fin de que los que se consideren perjudicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones en la Confederación Hidrográfica del Can-tábrico durante el plazo indicado.

El expediente de vertido estará de manifiesto en las Ofici-nas de esta Comisaría de Aguas en Oviedo (plaza de españa, n.º 2, CP 33071).

Oviedo, a 11 de noviembre de 2008.—el Jefe del Área de vertidos.—22.341.

SeCRetARíA geNeRAL

Anuncio relativo a procedimiento sancionador incoado por rea-lización de obras consistentes en la instalación de un sistema de depuración de aguas residuales, constituido por un depósito enterrado en zona de policía del reguero Las Tablas, así como un tubo para la salida del efluente, sin contar con la perceptiva autorización administrativa de este organismo de cuenca, en Las

Tablas, en el término municipal de Pravia (Asturias)

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico relativo a la notificación de la propuesta de resolución recaída en el expediente sancionador S/33/0101/08.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOe 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la propuesta de resolución de expediente sancionador que se indica, instruido por esta Con-federación Hidrográfica del Cantábrico, a las personas o en-tidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

El correspondiente expediente obra en el Servicio de Co-munidades de Usuarios, Régimen Sancionador y Asuntos Ju-rídicos de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, pla-za de españa, 2, de Oviedo, ante la cual les asiste el derecho a alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente y presentar los documentos e informaciones que estime perti-nentes, dentro del plazo de quince (15) días, contados desde el siguiente al de la presente publicación.

Expediente: S/33/0101/08.Sancionado: María Josefa Izquierdo Jiménez.Documento nacional de identidad: 90143390-L.término Municipal Infracción: Pravia (Asturias).término Municipal Infractor: Avilés (Asturias).Propuesta de Resolución: 15 de octubre de 2008.Artículo Ley de Aguas: 116 d).Artículo Reglamento Dominio Público Hidráulico: 315 c).

Page 52: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26836 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Oviedo, 6 de noviembre de 2008.—el Secretario general.—P.D. el Jefe de Servicio de Comunidades de Usua-rios, Régimen Sancionador y Asuntos Jurídicos (Resolución 13 de diciembre 2004, BOe 11 de enero 2005, declarada vi-gente por resolución de 25-7-2008).—22.379.

— • —

Anuncio relativo a procedimiento sancionador incoado por de-pósito de hierros y recortes metálicos en zona de servidumbre de la margen izquierda del río Vibaño, sin contar con la preceptiva autorización administrativa de este organismo de cuenca, en Vi-

baño, en el término municipal de Llanes (Asturias)

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOe 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la propuesta de resolución de expediente sancionador que se indica, instruido por esta Con-federación Hidrográfica del Cantábrico, a las personas o en-tidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

El correspondiente expediente obra en el Servicio de Co-munidades de Usuarios, Régimen Sancionador y Asuntos Ju-rídicos de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Pla-za de españa 2, de Oviedo, ante la cual les asiste el derecho a alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente y presentar los documentos e informaciones que estime perti-nentes, dentro del plazo de quince (15) días, contados desde el siguiente al de la presente publicación.

Expediente: S/33/0165/08. Sancionado: José Montoto San-toveña. Documento Nacional de Identidad: 71691463-A. tér-mino Municipal: Llanes (Asturias). Propuesta de Resolución: 20 de octubre de 2008. Artículo Ley de Aguas: 116 d). Artícu-lo Reglamento Dominio Público Hidráulico: 315 c).

Oviedo, a 7 de noviembre de 2008.—el Secretario general.—P.D. el Jefe de Servicio de Comunidades de Usua-rios, Régimen Sancionador y Asuntos Jurídicos (Resolución 13 de diciembre 2004, BOe 11 de enero 2005, declarada vi-gente por Resolución de 25-7-2008).—22.340.

tEsorEríA gEnErAL DE LA sEgurIDAD socIAL

DIReCCIóN PROvINCIAL De vIzCAyA

Edicto sobre notificación a deudores. Expte. 48 08 07 1110 31

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOe del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOe del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y ha-biéndose intentado la notificación al interesado o su represen-tante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la tesorería general de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo inte-resado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

en virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus represen-tantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante

los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial: Unidad de Recaudación ejecutiva 48/08, sita en Bilbao, c/ gran vía 89 2.º piso, teléfonos 944 284377 o 944 284402, fax 944 284430 en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, para el co-nocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no compa-recer en el citado plazo, la notificación se entenderá produci-da a todos los efectos legales desde el día siguiente al venci-miento del plazo señalado para comparecer.

N.º expediente: 48 08 07 1110 31.Nombre/razón social deudor: Piñera escobedo José

Paulino.Cónyuge: No consta.Dirección: Máximo Aguirre, 28-1, 48011 Bilbao.Procedimiento: Diligencia de embargo de inmueble.N.º documento: 48 08 501 08 005801821.Finca n.º 8776.Dirección inmueble: Bustio, concejo de Ribadedeva

(Asturias).

Bilbao, 30 de octubre de 2008.—el Recaudador ejecutivo.—23.452.

sErVIcIo PúbLIco DE EmPLEo EstAtAL

Anuncio de notificación de comunicación de propuesta de san-ción por infracciones en materia de prestaciones por desempleo

Relación de beneficiarios de prestaciones por desempleo a los que se les notifica comunicación de propuesta de sanción por infracciones en materia de prestaciones por desempleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 58, 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOe 285 de 27 de noviembre de 1992), ya que habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido esta no se ha podido practicar siendo devuelta por el servicio de Correos.

Según lo dispuesto en el artículo 37.4 del Reglamento ge-neral sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes li-quidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOe 132, de 3 de junio), contra esta comunicación podrán formularse por es-crito alegaciones y presentar los documentos que se estimen oportunos ante la Oficina de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal de Infiesto, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación.

Los correspondientes expedientes obran en la Ofici-na de Prestaciones de Infiesto del Servicio Público de Em-pleo estatal, calle Martínez Agosti, 18-20, a disposición del expedientado.

Infiesto, 13 de noviembre de 2008.—El Jefe de Área Di-rector de la Oficina de Prestaciones de Infiesto.—22.342.

Anexo

DNI: X-7147131.Localidad: Infiesto.titular: Abderrahim Mouaddim.Sanción propuesta: Pérdida de un mes.Período: De 28-10-2008 a 27-11-2008.

Page 53: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26837

Motivo: No renovación de la demanda.Preceptos legales: Art. 24.3 de RDL 5/2000, modificado

por el art. 46 de Ley 62/03.

— • —

Anuncio de notificación de resoluciones recaídas en expedientes por responsabilidad empresarial

De conformidad con lo establecido en los artículos 58, 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOe 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes por responsabilidad empresarial que se indi-can, dictadas por el Servicio Público de empleo estatal, a las empresas que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía ad-ministrativa, podrá interponerse reclamación previa a la vía jurisdiccional en el plazo de 30 días, ante este organismo, a través de su Oficina de Prestaciones, según lo dispuesto en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 52/90, de 7 de abril.

Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Control del Servicio Público de empleo estatal, calle José M.ª Martínez Cachero, 17-21, de Oviedo.

Oviedo a 12 de noviembre de 2008.—el Subdirector de Prestaciones.—22.343.

Anexo

eMPReSA A LA qUe Se Le NOtIFICA ReSOLUCIóN POR ReSPON-SABILIDAD eMPReSARIAL eN MAteRIA De PReStACIóN POR DeSeMPLeO INICIADA AL AMPARO De LO eStABLeCIDO eN eL R.D. 625/85, De 2 De ABRIL eN ReLACIóN CON LA Ley geNeRAL

De LA SegURIDAD SOCIAL 1/94, De 20 De JUNIO

Localidad: Oviedo.

empresa: Bermúdez Cuadrado, Jorge.trabajador: Lourdes Santos Luperón.Cuantía responsabilidad empresa: 2.327,16.Período desempleo: 25-7-07 a 24-1-08.Motivo exigencia responsabilidad: Descubierto de cotización.Período descubierto de cotización: 17-4-07 a 24-7-07.Preceptos legales: Art. 31-32 R.D. 625/85 y art 126 L.g.S.S.

— • —

Anuncio de notificación de resoluciones recaídas en expedientes sancionadores en materia de prestaciones por desempleo

De conformidad con lo establecido en los artículos 58, 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOe 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por el Servicio Público de empleo estatal, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha po-dido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía ad-ministrativa, podrá interponerse reclamación previa a la vía jurisdiccional en el plazo de 30 días, ante este organismo, a través de su Oficina de Prestaciones, según lo dispuesto en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 52/90, de 7 de abril.

Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Control del Servicio Público de empleo estatal, calle José M.ª Martínez Cachero, 17-21, de Oviedo.

Oviedo, a 10 de noviembre de 2008.—La Directora Pro-vincial del SPee.—22.345.

Anexo

ReLACIóN De PeRCePtOReS De PReStACIONeS POR DeSeMPLeO A LOS qUe Se NOtIFICA ReSOLUCIóN SOBRe SANCIONeS IMPUeStAS eN MAteRIA De PReStACIONeS POR DeSeMPLeO

DNI Localidad Titular Sanción propuesta Fecha de inicio Motivo Preceptos legales

10881107 gijón Uría Rodríguez, Luis José Suspensión 1 Mes 1/10/08 No renovación de demanda

Art. 24.3 a) y 47.1 a) del Texto Refundido de la Ley de Infraccio-nes y Sanciones en el Orden Social, aprobado por RDL 5/2000 de 4 de agosto, modificado por el art. 46 de la Ley 62/2003 de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

10882007 gijón Expósito Mangas, Daniel Suspensión 1 Mes 11/08/08 No renovación de demanda

Art. 24.3 a) y 47.1 a) del Texto Refundido de la Ley de Infraccio-nes y Sanciones en el Orden Social, aprobado por RDL 5/2000 de 4 de agosto, modificado por el art. 46 de la Ley 62/2003 de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

11368771 gijón De La Uz Méndez, Inés Suspensión 1 Mes 28/07/08 No renovación de demanda

Art. 24.3 a) y 47.1 a) del Texto Refundido de la Ley de Infraccio-nes y Sanciones en el Orden Social, aprobado por RDL 5/2000 de 4 de agosto, modificado por el art. 46 de la Ley 62/2003 de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

32891770 Langreo gafo Calero, Pilar Suspensión 1 Mes 2/07/08 No renovación de demanda

Art. 24.3 a) y 47.1 a) del Texto Refundido de la Ley de Infraccio-nes y Sanciones en el Orden Social, aprobado por RDL 5/2000 de 4 de agosto, modificado por el art. 46 de la Ley 62/2003 de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

Page 54: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26838 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

IV. Administración Local

AyuNTAMIeNToS

DE ALLEr

Edicto de notificación de resoluciones recaídas en expedientes sancionadores de tráfico. Expte. 2008/010/115 y otros

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común se hace pública notificación de las resolucio-nes recaídas en los expedientes sancionadores que se indican dictadas por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aller, ya que, habiéndose intentado la notificación, en el últi-mo domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, definitivas en vía administrati-va, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en

el plazo de dos meses ante el órgano competente del orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo, de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Ad-ministrativa. No obstante lo anterior podrá presentar potesta-tivamente recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, que se entenderá desestimado si transcurrido otro no se ha resuelto expresamente, contados desde el día siguien-te al de la publicación del presente en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias y sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.

Las multas podrán ser abonadas dentro de los quince días siguientes a la fecha de la firmeza administrativa, transcurri-dos los cuales sin haberla satisfecho, se exigirán en vía ejecuti-va según el artículo 21 del R.D. 320/1994, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los intereses de demora.

expediente Denunciado Identifi. Municipio Fecha denuncia Cuantía Precepto Datos vehículo/matrícula

2008/010/115 Carlos Castañón gonzález 11.063.876W Aller 13-06-2008 60 € Artículo 39.2 Decreto de Alcaldía 11/10/90 5853Fty

2008/010/120 valentín López Fernández 11.053.526W Lena 14-06-2008 60 € Artículo 39.2 Decreto de Alcaldía 11/10/90 O-6523-BX

2008/010/125 José Manuel Cienfuegos Suárez 11.036.389 Lena 23-06-2008 60€ Artículo 39.2 Decreto de Alcaldía 11/10/90 M-5462-zX

en Aller, a 6 de noviembre de 2008.—el Alcalde P.D.F. (resolución de la Alcaldía De 16-7-2007).—22.354.

— • —

Edicto de solicitud de licencia municipal para la actividad de bar sin música amplificada en Moreda

Expediente actividades clasificadas 23/08. Por don Víctor Manuel garcía Martínez, se ha solicitado licencia municipal para la actividad de bar sin música amplificada en c/ Eloy Martino, n.º 2, bajo, Moreda de Aller. De conformidad con el artículo 30.2 del vigente Reglamento de Actividades Mo-lestas etc, se abre información pública por término de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este edicto en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad puedan hacer las observaciones perti-nentes, pudiendo examinar el expediente durante dicho plazo en la Secretaría general del Ayuntamiento.

Cabañaquinta, a 7 de noviembre de 2008.—el Alcalde P.D.F. (resolución de Alcaldía de 16-7-07).—22.352.

DE cAngAs DEL nArcEA

Anuncio relativo a decreto de Alcaldía sobre delegación de fun-ciones (día 13 de noviembre de 2008)

Correspondiendo a los tenientes de Alcalde sustituir en la totalidad de sus funciones al Alcalde, en caso de ausencia.

Considerando que estaré ausente el día 13 de noviembre por viaje.

vistos los artículos 21 y 23 de la Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las en-tidades Locales, por el presente, he resuelto:

Primero.—Delegar en el Segundo teniente de Alcalde a doña Bibiana Martínez garcía, las funciones propias de la Al-caldía durante los días anteriormente señalados, incluida la ordenación de pagos.

Segundo.—Proceder a la publicación del presente Decreto en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, dando cuenta al Pleno municipal y comunicándose a la Sra. Segunda teniente de Alcalde.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión.

Cangas del Narcea, a 12 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.346.

DE coLungA

Anuncio relativo a la adjudicación provisional del contrato para la rehabilitación de la plaza del Monumento

Por resolución del órgano de contratación de fecha 13 de noviembre de 2008, se procede a la adjudicación provisional del contrato para la “Rehabilitación de la plaza del Monu-

Page 55: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26839

mento” a favor de la mercantil Dicaminos, S.L., Construccio-nes y Pavimentos por un importe de 182.474 € (IVA excluido), por resultar la oferta económica más ventajosa.

Colunga, a 13 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.356.

DE EL frAnco

Edicto de aprobación del expediente de cambio de calificación jurídica en la parcela 755 del polígono 15 en Piñera

Aprobado por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 28 de octubre de 2008 la alteración de la calificación jurídica de la parcela 755, del polígono 15, zona 5, Piñera, en una superficie de ciento veintitrés metros cuadrados (123 m2) de Bien Patri-monial de Propios a Bien de Dominio Público destinado a uso público como camino público, se expone al público por plazo de 1 mes durante el cual se pueden presentar las reclamacio-nes que se estimen pertinentes.

La Caridad, a 12 de noviembre de 2008.—La Alcaldesa-Presidenta.—22.511.

— • —

Edicto de aprobación del expediente de cambio de calificación jurídica en la parcela 325 del polígono 6 en novales

Aprobado por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 28 de octubre de 2008 la alteración de la calificación jurídica de la parcela 325, del polígono 6, zona 5, Novales, en una superficie de doscientos ochenta y cinco metros cuadrados (285 m2) de Bien Patrimonial de Propios a Bien de Dominio Público desti-nado a uso público como camino público, se expone al público por plazo de 1 mes durante el cual se pueden presentar las reclamaciones que se estimen pertinentes.

La Caridad, a 12 de noviembre de 2008.—La Alcaldesa-Presidenta.—22.512.

— • —

Edicto de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 1/2007

Aprobado inicialmente por el Pleno Corporativo, en se-sión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2008, el expe-diente de modificación de crédito 1/2007 por suplemento de créditos por importe de ciento dieciocho mil seiscientos trein-ta euros con cincuenta céntimos de euro (118.630,50 euros) se expone al público por espacio de 15 días a efectos de re-clamaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, considerándose definitivamente aprobado el citado expediente de no presentarse reclamaciones en el pe-ríodo de exposición.

La Caridad, a 12 de noviembre de 2008.—La Alcaldesa-Presidenta.—22.513.

DE grADo

Decreto 1897/08 de Alcaldía relativo a emplazamiento en autos de recurso contencioso-administrativo núm. 1661/2008

visto que por el tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección tercera, se ha librado oficio a este Ayuntamiento que ha tenido entrada en el Registro general de Documentos el día 2 de octubre de

2008, concediendo veinte días de plazo para remitir el expe-diente administrativo, que dio origen a los acuerdos impug-nados en el recurso contencioso-administrativo núm. 1661/08, interpuesto por D.ª Amalia Álvarez Pérez, contra acuerdo núm. 503/08, del Jurado Provincial de Expropiación, de fecha 26 de junio de 2008, por los que se fija el justiprecio de la finca n.º 16 de parcela incluida en la unidad de actuación zAP-La Panerina (grado).

visto que no ha sido posible emplazar a las interesadas D.ª Carmen gonzález Fernández y D.ª Covadonga gonzá-lez López, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso Administrativa, que remite en cuanto a la notificación del emplazamiento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modi-ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede insertar el correspondiente edicto en el BOLetíN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

visto lo dispuesto en el artículo 59.5 y 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, resuelvo:

emplazar a D.ª Carmen gonzález Fernández y D.ª Cova-donga gonzález López para que comparezcan y se personen en autos de recurso contencioso-administrativo núm. 1661/08, del tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Con-tencioso-Administrativo, Sección tercera, en el plazo de nue-ve días a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la presente resolución.

Cuando el interesado emplazado no se persone, continua-rá el procedimiento sin necesidad de notificarle trámite algu-no, ni en estrados ni por cualquier otra forma.

Si la personación se produce fuera del plazo fijado, se le tendrá por parte para los trámites no precluidos, pero no se retrotraerá ni se interrumpirá el curso del procedimiento (ar-tículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

grado, a 12 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.349.

DE LAVIAnA

Anuncio relativo a la aprobación del padrón del agua del tercer trimestre del año 2008

Aprobado por resolución de la Alcaldía de fecha 11 de noviembre de 2008 el padrón de agua, basura, alcantarillado y canon de saneamiento correspondiente al tercer trimestre del año 2008, se expone al público a efectos de reclamaciones, por espacio de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, en las Oficinas de Recaudación del Ayuntamiento en horario de 9 a 14 horas.

El presente anuncio, tiene los efectos de notificación colectiva según el art. 124.3 de la Ley general tributaria 230/1963.

Recursos:

Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de esta notificación. Si interpone el recurso de reposición, no po-drá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la des-estimación presunta del mismo.

transcurrido el mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá

Page 56: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26840 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, que por turno corres-ponda (artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio), en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o en el plazo de seis meses, contados desde el siguiente a aquél en que se produzca al acto presunto.

Si no se ejercita la facultad potestativa de interponer re-curso de reposición, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo de Oviedo, que por turno corresponda. el plazo de interposición de este recurso será de dos meses, con-tados desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente conforme al artículo 89.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los recursos y plazos señalados vienen establecidos en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 de 13 de enero que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lugar, Plazo y Forma de Ingreso:

El pago deberá efectuarse en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento en horas de 9 a 14, de lunes a viernes. el Ayuntamiento enviará los recibos correspondientes a quienes los hayan domiciliado a través de una entidad bancaria, con la advertencia de que este procedimiento no libera al contribu-yente de la obligatoriedad del pago en los plazos señalados si por cualquier motivo el recibo es devuelto por el banco.

el plazo de ingreso en período voluntario, será de 3 meses contados a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio.

el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período en vía ejecutiva, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el art. 127 de la Ley general tributaria.

en Pola de Laviana, a 11 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.358.

DE LEnA

Edicto de solicitud de licencia de apertura de establecimiento destinado a la actividad de Pensión con emplazamiento en ca-

lle Felipe Canseco, 15, Campomanes (Lena)

Por D. Jorge Torre Lucas (expediente número 498/08), se ha solicitado licencia de apertura de establecimiento destina-do a la actividad de Pensión con emplazamiento en c/ Felipe Canseco, 15, Campomanes (Lena).

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo precep-tuado en el art. 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia, puedan formular por escrito que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las ob-servaciones pertinentes, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente de la publicación en el BOPA.

La Pola, a 29 de agosto de 2008.—el Primer teniente de Alcalde (P.D. resolución 14-08-08).—22.350.

DE nAVA

Edicto de solicitud de licencia municipal para construir una na-ve industrial para carpintería de madera en el Parque Empresa-

rial de La Sidra, parcela n.º 7

Habiéndose solicitado de la Alcaldía de este Ayunta-miento por Alfredo Rodríguez Ovín, licencia municipal para construir una nave industrial para carpintería de madera en el Parque empresarial de La Sidra, parcela n.º 7 (Nava), cum-pliendo lo dispuesto por el apartado a), del número 2, del artí-culo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembre de 1961, se somete a información pública por período de diez días hábiles, que constará desde el día siguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias, a fin de que durante el mismo pueda examinarse el expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento, por las personas que se consideren afectadas de algún modo por la actividad que se pretende instalar, puedan formular las reclamaciones u obser-vaciones que se consideren oportunas.

Nava, a 11 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.351.

DE nAVIA

Anuncio de notificación de denuncia de expedientes sanciona-dores. Expte. 1095/08 y otros

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la funcionaria municipal, D.ª María Antonia Padilla Padilla y siendo el Sr. Alcalde Presidente el competente para dicta resolución definitiva, de conformidad con el art. 68.2 LSV, a las personas físicas titulares y/o conductores de los vehículos denunciados que se relacionan en el anexo a este anuncio, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido, ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos podrán hacerse efectivos con el 30% de bonificación, siempre que se efectúe durante los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la publicación.

Igualmente, se señala que el titular o arrendatario del vehí-culo tiene el deber, de identificar al conductor responsable de la infracción, advirtiéndole que si incumple esta obligación en el trámite procedimental oportuno sin causa justificada será sancionado pecuniariamente como autor de falta muy grave.

en los mismos términos responderá el titular o arrendata-rio del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél identifique, por causa imputable a ellos.

Se entenderá que vd. es el conductor del vehículo en el caso de no haber dado cumplimiento al punto anterior en el plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación de este Anuncio.

Durante un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPA, se podrá efectuar por escrito ante este Ayuntamiento las alegaciones que a su derecho convenga, con aportación o proposición de las pruebas que considere convenientes. en el escrito de alegaciones se hará constar: nombre, apellidos y domicilio del denunciado, y en su caso, de la persona que lo represente; número de Boletín o Expediente, fecha y lugar de la denuncia; relación del hecho denunciado; alegaciones y propuestas de las pruebas que estime oportuna; lugar, fecha y firma. Si no presenta Alegaciones, esta notificación tiene ca-

Page 57: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26841

rácter de propuesta de resolución (art. 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sanciona-dora. Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo).

el abono anticipado con la reducción anteriormente se-ñalada, salvo que proceda imponer además la medida de sus-pensión del permiso o licencia de conducir, implicará única-mente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos corres-pondientes. en el supuesto de que no se proceda al abono de la multa, la presente iniciación será elevada a propuesta de resolución.

Forma y lugar de pago: el pago podrá efectuarse en me-tálico, en la caja municipal, previa presentación del boletín de

denuncia o de copia de este anuncio, así como mediante giro postal o transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de Navia mediante ingreso en cualquier entidad colaboradora, haciendo constar claramente en el documento el n.º de bole-tín o de expediente de denuncia y matrícula.

Abreviaturas:

LSv: Ley de Seguridad vial. RgC: Reglamento general de Circulación. OMC: Ordenanza Municipal de Circulación.

L.: Leve.g.: grave.M.g.: Muy grave.

Navia, a 12 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.359.

Anexo

Municipio Apellidos y nombre DNI CIF Matrícula N.º expte. N.º boletín Fecha denuncia Precepto

infringidoCarácter Importe

Benicarló (Castellón) Menéndez Martín, José Antonio 05398695-C CS-5115-U 1095/08 5056 26/07/08

Art. 39 LSvArt. 94.2 a) RgCArt. 66.2 o) OMC

g. 91,00 €

Navia gonzález Fernández, Jesús 71858650-A 4405-BCK 1331/08 4817 30/08/08Art. 39 LSvArt. 94.2 e) RgCArt. 66.2 r) OMC

g. 91,00 €

Navia Costea, Nicolae X-4367731-P C-5530-CF 1310/08 4754 9/08/08Art. 39 LSvArt. 94.2 e) RgCArt. 66.2 r) OMC

g. 91,00 €

Navia Méndez Martínez, Jorge 53553819-K 4863-FLS 1308/08 4734 23/08/08Art. 39.2 f) LSvArt. 94.2 f) RgCArt. 66.2 u) OMC

g. 91,00 €

Navia Méndez Martínez, Luis Manuel 76943542-D 0310-FWy 1141/08 4530 5/08/08 Art. 39 LSvArt. 66.2 p) OMC L. 50,00 €

valdés Alesanco Alcazar, María Mercedes 50153926-B O-3791-CC 1103/08 5064 31/07/08

Art. 39 LSvArt. 94.2 e) RgCArt. 66.2 r)OMC

g. 91,00 €

Oviedo Álvarez Pérez, Pablo 09419219-y 4794-CWv 1033/08 4613 11/07/08Art. 39 LSvArt. 94.2 a) RgCArt. 66.2 r)OMC

g. 120,00 €

León Martínez Bardal, germán 09669888-K Le-6454-Ag 1151/08 4534 10/08/2008Art. 39 LSvArt. 94.2 a) RgCArt. 66.2 o) OMC

g. 91,00 €

Luarca Pérez Suárez, María Jesús 45432493-H 6472-CCC 1242/08 4951 22/08/2008 Art. 39 LSvArt. 66.2 p) OMC L. 50,00 €

Mieres Díez Alonso, David Belarmino 11048325-e 2709-CMy 1223/08 4711 7/08/2008Art. 39 LSvArt. 94.2 a) RgCArt. 66.2 j) OMC

g. 91,00 €

Oviedo Rayón Medina, víctor Manuel 10503400-J 4968-BNX 1313/08 4146 29/08/2008 Art. 39 LSvArt. 66.2 p) OMC L. 50,00 €

Madrid Fernández Duran, María Reyes 00117705-z 2409-ByW 1233/08 4909 26/08/2008 Art. 39 LSvArt. 66.2 p) OMC L. 50,00 €

Madrid Mainer esquiroz, Fausto 72679468-C 11 14-gFF 1119/08 4528 1/08/2008Art. 39 LSvArt. 94.2 a) RgCArt. 66.2 o) OMC

g. 91,00 €

Majadahonda (Madrid)

Méndez gonzález, Mercedes Ramira 71871148-N 8439-DtK 1122/08 4434 2/08/2008 Art. 39 LSv

Art. 66.2 p) OMC L. 50,00 €

Madrid Fernández Fernández, Jose María 11361782-N M-8770-WW 1186/08 4762 15/08/2008Art. 39 LSvArt. 94.2 a) RgCArt. 66.2 o) OMC

g. 91,00 €

velilla de San Antonio (Madrid)

Carralon Hernán, Ángel 02486553-t M-2997-Xz 1454/08 4956 2/10/2008 Art. 39 LSvArt. 66.2 p) OMC L. 50,00 €

Page 58: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26842 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Municipio Apellidos y nombre DNI CIF Matrícula N.º expte. N.º boletín Fecha denuncia Precepto

infringidoCarácter Importe

Luarca Pérez Suárez, María Jesús 45432493-H 6472-CCC 852/08 4555 5/06/2008Art. 53.1 LSvArt. 154 RgCArt. 86.2 OMC

L. 50,00 €

Oviedo Menéndez Sordo, Francisco Román 10567294-J O-8615-CH 1147/08 4532 9/08/2008

Art. 39.2 f) LSvArt. 94.2 f) RgCArt. 66.2 u) OMC

g. 91,00 €

Madrid Fernández garcía, Sergio 11830887-D 1837-CXz 1309/08 4753 9/08/2008Art. 53.1 LSvArt. 154 RgCArt. 86.2 OMC

L. 50,00 €

DE sIEro

Anuncio de solicitud de autorización para la elaboración artesa-na de queso azul, en Alto de Les Cabañes, Muño, Siero

Por Ovilla, S.L. (expte. 241P206D) se solicita de este Ayuntamiento autorización para la elaboración artesana de queso azul en Alto de Les Cabañes, Muño, Siero (Asturias).

Lo que se hace público, para general conocimiento, advir-tiendo a quienes se consideren perjudicados con dicha preten-sión para que puedan formular, por escrito, sus reclamacio-nes, dentro del plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPA.

Pola de Siero, a 5 de noviembre de 2008.—el Concejal Delegado de Urbanismo.—22.353.

— • —

Anuncio relativo a la aprobación definitiva del estudio de detalle de las parcelas resultantes n.º 12, 28 y 29 del Plan Especial Siero-

Este Residencial. Expte. 242S1009

el Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día veinticinco de septiembre de dos mil ocho, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente el estudio de detalle sobre parcelas resultantes n.º 12, 28 y 29 del Plan especial Sie-ro-este Residencial de Pola de Siero, promovido por Ideas, Imaginación y viviendas, S.L., y suscrito por los Arquitectos D. Luis Manuel de vicente Díaz y D. Antonio Fernández Morán.

Segundo.—Remitir dos ejemplares del estudio de detalle definitivamente aprobado, a la Consejería de Infraestructuras Politica territorial y vivienda del Principado de Asturias, de-bidamente diligenciados, con los planos correspondientes.

tercero.—Proceder a la publicación del presente cuerdo de aprobación definitiva del estudio de detalle sobre parcelas resultantes n.º 12, 28 y 29 del Plan especial Siero-este Re-sidencial de Pola de Siero, en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, así como, en su caso, las ordenanzas y normativa urbanísticas contenidas, publicar igualmente el presente acuerdo en los tablones de edictos de la Casa Con-sistorial en Pola de Siero y en el de la tenencia de Alcaldía, en Lugones, y comunicarlo a la Comisión de Urbanismo y Orde-nación del territorio de Asturias (CUOtA) de la Consejería de Infraestructuras, Política territorial y vivienda del Princi-pado de Asturias.

Cuarto.—Notificar a todos los interesados el presente acuerdo con el ofrecimiento de los recursos pertinentes.

Lo que se comunica a los efectos oportunos, significando que contra este acuerdo podrá interponerse, potestativamen-

te, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, que cabrá fundar en cualquier de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los arts. 62 y 63 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de un mes, a contar a par-tir del día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOPA, o interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo de Asturias/ la Sala de lo Contencioso-Admi-nistrativo del tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOPA. Si presentado recurso de reposición no fuera resuelto y notificado en el plazo de un mes, deberá entenderse desestimado, pudiendo en este caso interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. y ello sin perjuicio de cualquier otro que se considere oportuno.

Pola de Siero, a 7 de noviembre de 2008.—el Concejal Delegado de Urbanismo.—22.373.

DE VEgADEo

Edicto de solicitud de licencia municipal para Lat (30 KV) DC enlace Porzun-Vegadeo-Boal preparado para cuádruple circuito

y fibra óptica

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por electra de viesgo Distribución, S.L., licencia municipal para LAt (30 Kv) DC enlace Porzun-vegadeo-Boal preparado para cuá-druple circuito y fibra óptica, cumpliendo lo dispuesto por el apartado a), del número 2, del artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, se somete a información pública por período de diez días hábiles a fin de que durante el mismo, que empezará a contarse desde el día siguiente al de la in-serción del presente edicto en el BOPA, pueda examinarse el expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento, por las personas que de algún modo se consideren afectadas por la actividad que se pretende instalar y formular por escrito las reclamaciones u observaciones que se estimen oportunas

vegadeo, a 5 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.355.

DE VILLAVIcIosA

Anuncio de emplazamiento en relación con el recurso del Proce-dimiento Ordinario número 327/08

en virtud de lo acordado en Procedimiento Ordinario nú-mero 327/08, seguido a instancia del Ayuntamiento de villavi-ciosa contra los Acuerdos Plenarios de fecha 7 de octubre de 2005, que han sido declarados lesivos por Acuerdo del Ayun-tamiento de villaviciosa de fecha 30 de julio de 2008.

Page 59: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26843

en cumplimiento de dicho requerimiento y de conformi-dad con los artículos 48 y 49 de la Ley de 29/98 de 13 de Julio de 1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativo, por la presente resuelvo,

Primero.—emplazar a todas las personas interesadas en el expediente para que puedan comparecer y personarse en autos ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, n.º 1 de gijón, sito en calle Mariano Pola, n.º 3, 4.ª planta, de forma legal, y en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguien-

te a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente Resolución, sin que su personación pueda retrotraer ni inte-rrumpir el curso de los mismos.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolu-ción en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BO-LetíN OFICIAL del Principado de Asturias.

villaviciosa, a 7 de noviembre de 2008.—el Alcalde.—22.357.

Page 60: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26844 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

V. Administración de Justicia

trIbunAL suPErIor DE JustIcIA DEL PrIncIPADo DE AsturIAs

SALA De LO SOCIAL

Edicto. Recurso de suplicación 872/2008

D./D.ª Aurora Algaba Carbonero, Secretario/a de la Sala de lo Social del tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso suplicación 0000872 /2008 in-terpuesto contra la sentencia del Jdo. de lo Social n.º 6 de Oviedo dictada en demanda 0000426/2007, recayó resolución de fecha diez de octubre de dos mil ocho cuyo Fallo copiado literalmente dice:

Fallamos: Desestimar el recurso de suplicación formulado por la Mutua Universal Mugenat frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 6 de Oviedo en los autos se-guidos a instancia de elena esperanza granda contra dicha recurrente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la tesorería general de la Seguridad Social y la empresa Anel Selección, C.B., sobre declaración de invalidez permanente y contingencia de la que deriva, confirmando la resolución re-currida, condenando a la referida recurrente a la pérdida del depósito efectuado por ellos para recurrir al que se dará el destino legal y a abonar al Letrado de la parte impugnante en concepto de honorarios la suma de 300 €.

Adviértase a las partes que contra esta sentencia, cabe re-curso de casación para unificación de doctrina, en el plazo de diez días para ante la Sala de lo Social del tribunal Supremo, debiendo acreditarse al personarse en ella haber efectuado el depósito especial de 300,51 euros en la cuenta que dicha Sala tiene abierta en el Banco español de Crédito de Madrid, si fuere la mutua condenada quien lo hiciere, notifíquese a la Fiscalía del tribunal Superior de Justicia y líbrese, para su unión al rollo de su razón, certificación de esta resolución, incorporándose su original al correspondiente libro de sen-tencias. Notifíquese a las partes y una vez firme devuélvase los autos originales al Juzgado de lo Social de procedencia con certificación de la presente.

Así, por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOPA y fijación en el tablón de anuncios de esta Sala, a fin de que sirva de notificación en forma a Anel Selección, C.B., en ignorado paradero, expido la presente que firmo y sello presente.

en Oviedo, a 12 de noviembre de 2008.—el/la Secretario Judicial.—22.360.

JuzgADos DE Lo socIAL

De AvILÉS NúMeRO 2

Edicto.-Cédula de notificación. Demanda 353/2008

D.ª Dolores Cepeda galicia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Avilés,

Hago saber: que en el procedimiento demanda 353/2008 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de La Fun-dación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias contra la empresa Antonio Carlos Miranda de Oliveira, sobre ordinario, se ha dictada la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

que estimo la demanda formulada por la Fundación La-boral de la Construcción del Principado de Asturias contra la empresa Antonio Carlos Miranda de Oliveira, a la que con-deno a que abone a la actora la suma de 339,72 euros, más 67,94 euros en concepto de recargo por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de que dimana, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Anto-nio Carlos Miranda de Oliveira, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias.

en Avilés a siete de noviembre de dos mil ocho.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

en Avilés, a 7 de noviembre de 2008.—La Secretaria Judicial.—22.387.

— • —

Edicto.-Cédula de notificación. Demanda 343/2008

D.ª Dolores Cepeda galicia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Avilés,

Hago saber: que en el procedimiento demanda 343/2008 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de La Fun-dación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias contra la empresa Revocos del Norte, S.L., Fondo de garan-tía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

que estimando la demanda formulada por la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias contra la empresa Revocos del Norte, S.L., siendo parte el Fogasa, condeno a la empresa a que abone a la actora la suma 157,32 de euros, más 31,46 euros en concepto de recargo por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los a los autos de que dimana, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Revo-cos del Norte, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias.

en Avilés a siete de noviembre de dos mil ocho.

Page 61: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26845

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

en Avilés, a 7 de noviembre de 2008.—La Secretaria Judicial.—22.388.

JuzgADos DE InstruccIón

De OvIeDO NúMeRO 1

Edicto. Juicio de faltas 315/2008

D.ª Pilar del Campo garcía Secretario del Juzgado de Instruc-ción número 1 de Oviedo,

Doy fe y testimonio: que en el Juicio de Faltas n.º 315/2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

en Oviedo a uno de octubre de dos mil ocho.

vistos por el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Rodríguez Luengos, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número 1 de Oviedo y su Partido, los presentes autos de juicio verbal de faltas, seguido entre partes, de una el Fiscal de este Juzga-do en representación de la acción pública, como denunciante doña María Luz Divina Fernández vigil, como perjudicado el establecimiento comercial Woman’s Secret y como denuncia-da doña María del Pilar gabarri Alunda.

Fallo

que debo condenar y condeno a doña María del Pilar ga-barri Alunda, como autora criminalmente responsable de una falta de hurto tipificada en el art. 623.1 del C.P., en grado de tentativa, arts. 15 y 16 del C.P., a la pena de 1 mes - multa, a razón de 6 €/día, con un total de 180 €, 15 días de privación de libertad en caso de impago, un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cum-plirse mediante localización permanente, así como al pago de las costas judiciales que la tramitación de este juicio hubiere causado, ordenando se proceda a la restitución definitiva al establecimiento comercial Woman’s Secret de los bienes ob-jeto de dicha infracción penal.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apela-ción en el plazo de cinco días, desde su notificación, en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial, de conformi-dad con lo establecido en los arts. 795 y 796 de la L.e. Crim., a través de escrito razonado y fundamentado.

Así por esta mí Sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a María Pilar gabarri Alunda, actualmente en paradero desco-nocido, y su publicación en el BOPA, expido la presente.

en Oviedo, a 12 de noviembre de 2008.—La Secretario.—22.361.

JuzgADos DE PrImErA InstAncIA E InstruccIón

De AvILÉS NúMeRO 1

Edicto. Juicio de faltas 445/2006

el/la Secretario del Juzgado de Instrucción número 1 de Avilés,

Doy fe y testimonio: que en el juicio de faltas n.º 445/2006 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia 83/2008

en Avilés, a diez de julio de dos mil ocho.

vistos por Dña. Raquel villanueva Benítez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núme-ro 1 de Avilés, los presentes autos de juicio de faltas número 445/2006 seguidos ante este Juzgado, en virtud de denuncia sobre lesiones imprudentes, en el que figuran, como denun-ciante, Manuela Castañón Álvarez, asistida por el Letrado Sr. Rendueles vigil; como denunciado, Antonio Pinto López; como responsable civil directo, la entidad Fidelidade Mun-dial Seguros, asistida por el Letrado Sr. López Bernárdez, y como responsable civil subsidiario, María Augusta Fortunato Marqués.

Fallo

que debo absolver y libremente absuelvo, a Antonio Pinto López, de la falta objeto de enjuiciamiento que se le imputaba.

Las costas procesales causadas se declaran de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que esta resolución no es firme y que, contra la misma, se pue-de interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audien-cia Provincial de Oviedo.

Expídase testimonio de esta sentencia que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente li-bro de sentencias.

Así por esta su sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncia, manda y firma, doña Raquel villanueva Benítez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Avilés, y de su Partido Judicial.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Antonio Pinto López, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, expido la presente.

en Avilés, a 10 de noviembre de 2008.—el/la Secretario.—22.363.

— • —

Edicto. Juicio de faltas 298/2008

el/la Secretario del Juzgado de Instrucción número 1 de Avilés,

Doy fe y testimonio: que en el juicio de faltas n.º 298/2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia 75/2008

en Avilés, a once de julio de dos mil ocho.

vistos por Dña. Raquel villanueva Benítez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Avilés, los presentes autos de juicio de faltas n.º 298/2008, seguidos ante este Juzgado, en virtud de denuncia sobre falta contra el orden público, en el que ha intervenido el Ministerio Fiscal, representado por doña María Arias Suárez, y en el que figuran como denunciantes, los agentes de la Policía Local, con número de identificación 138SC y 157OM, y en calidad de

Page 62: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

26846 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

denunciado Nedelcu Daniel Catalin, asistido por la Letrado Sra. Iglesias Muñoz.

Fallo

que debo condenar y condeno a Nedelcu Daniel Catalin, como responsable en concepto de autor de una falta de res-peto a la autoridad, tipificada en el artículo 634 del Código Penal, a una pena de diez días de multa, a razón de una cuota diaria de seis euros (60 €), cantidad que se deberá hacer efec-tiva en un plazo de cinco días a partir del día siguiente al de la firmeza de la presente resolución.

en caso de impago, la responsabilidad pecuniaria se sus-tituirá por una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de mul-ta insatisfechas que podrán cumplirse mediante localización permanente.

Procede y así lo declaro, la imposición de las costas proce-sales al condenado.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que esta resolución no es firme y que, contra la misma, se pue-de interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audien-cia Provincial.

Expídase testimonio de esta sentencia que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente li-bro de sentencias.

Así por esta su sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncia, manda y firma, doña Raquel villanueva Benítez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Avilés, y de su Partido Judicial.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Nedelcu Daniel Catalin, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLetíN OFICIAL del Principado de Asturias, expido la presente.

en Avilés, a 10 de noviembre de 2008.—el/la Secretario.—22.362.

De LLANeS NúMeRO 1

Edicto. Expediente de dominio 764/2008

Doña María Ángeles Lorenzo Álvarez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Llanes,

Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimien-to expediente de dominio, inmatriculación 764/2008, a instan-cia de José Ramón Arenas de La Vega, expediente de domi-nio para la inmatriculación en el Registro de la Propiedad de las siguientes fincas:

1. Rústica. en términos de Soberrón, concejo de Llanes, al sitio de La Velilla o Pasduca, una finca a prado o praderas de seiscientos setenta y un metros cuadrados. Linda al Norte, María Isabel Madroño Álvarez; Sur, camino y José enrique Rozas guijarro; este, José tudela, y Oeste, camino. Referen-cia catastral 33036A154000950000Aq.

2. Rústica. en términos de Soberrón, concejo de Llanes y sitio de el Corrillo o Comillo, terreno cerrado sobre sí que mi-de tres áreas doce centiáreas. Linda, Norte, Sur y este, cami-nos, y al Oeste, cuadra de María de la vega Sordo y camino. Referencia catastral 33036A153002420000AB.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-

mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

en Llanes, a 4 de noviembre de 2008.—La Secretaria.—22.364.

— • —

Edicto. Expediente de dominio. Inmatriculación 832/2008

Doña María Ángeles Lorenzo Álvarez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Llanes,

Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio. Inmatriculacion 832/2008 a instancia de Francisco Ramón Llorente vigil, Benigna María Dolores Llorente Vigil, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:

en términos de Niembro, concejo de Llanes, al sitio de Sobrepeña, un suelo de sesenta y un metros cuadrados en cuyo interior, al lado Oeste y colindando con otras propie-dades existe una cuadra para ganado compuesta de establo y pajar que mide aproximadamente unos treinta y un metros cuadrados por planta. Linda: Norte, camino; Sur, herederos de Filomena Balmori; este, abertal de los hermanos Llorente vigil; Oeste, Francisco Sánchez Noval. Referencia catastral 0410526UP5101S0001BX.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

en Llanes, a 6 de noviembre de 2008.—La secretaria Judicial.—22.378.

De PILOÑA NúMeRO 1

Edicto. Expediente de dominio. Inmatriculación 377/2008

Doña Aurora Cubria viñuela, Secretaria del Juzgado de Pri-mera Instancia e Instrucción de Piloña-Infiesto,

Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimien-to expediente de dominio. Inmatriculación 377/2008, a instan-cia de María Elena Costales Huerta, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:

1. Rústica. Finca de matorral y pasto, llamada Llendón el Dosal, sita en términos de Caparada, concejo de Piloña, con una superficie de veinte áreas. Linda: Norte, Armando Rodrí-guez Carrio; Sur, familia “Los Prida”; este, Ramón Alonso valdés, y Oeste, camino vecinal. Referencia catastral: Parcela número 495, Polígono n.º 6 del Catastro parcelario de Piloña-Infiesto.

2. Finca denominada, nombrada y conocida por Pelabar-ba, sita en términos del concejo de Piloña, a pasto, de cabida trece mil cinco metros cuadrados. Linda: Al Norte, Carlos Coya; Sur, camino; este, Herederos de “Los Prida”, Amelia Huerta Alonso y Arsenio Costales Rodríguez, y Oeste, José gago y Antonio espina. Referencia catastral: Parcela n.º 163, Polígono n.º 6 del Catastro parcelario de Piloña-Infiesto.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto

Page 63: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

4-XII-2008 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 26847

puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

Así mismo se cita a María Pérez Alonso, Ángel Hr. Rodrí-guez Prida, José Manuel gago Fernández, para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

en Piloña, a 5 de noviembre de 2008.—La Secretaria.—22.383.

— • —

Edicto. Expediente de dominio. Inmatriculación 382/2008

el Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Piloña,

Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimien-to expediente de dominio. Inmatriculación 382/2008 a instan-cia de María Cruz Suárez Rodríguez, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:

Urbana: Solar, sin edificar, sito en Santa Eulalia, señala-do con el número 122 de la calle Jesús Arango. Ocupa una superficie de treinta metros cuadrados. Linda: Norte, edificio número 1 de la Plaza del Rey; Sur y Oeste, vía pública, y es-te, edificio número 11 de la calle Jesús Arango. Referencia catastral 4901622UP014S0001HU del Catastro parcelario de Cabranes.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

en Piloña, a 4 de noviembre de 2008.—el/La Secretario.—22.384.

De SIeRO NúMeRO 2

Edicto. Procedimiento ordinario 295/2007

en Siero, a tres de noviembre de dos mil ocho.

Doña Concepción Menéndez Fernández, Secretaria del Juz-gado de Primera Instancia número 2 de Siero,

que en dicho Juzgado se tramita procedimiento de juicio ordinario 295/2007, a instancia de Aislamientos del Naranco, S.L., en el que se ha dictado sentencia de fecha 27 de octubre de 2008, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Fallo

estimo íntegramente la demanda formulada por Aisla-mientos del Naranco, S.L., representada por la procuradora de los tribunales Dña. Rosa María garcía Bernardo Pendás frente a Cormastur, S.L., en rebeldía procesal, y en su virtud,

1.º Condeno a la demandada Cormastur, S.L., a abonar a la actora la suma de 4.062,62 €, más los intereses legales desde el 6 de junio de 2007, fecha de la presentación de la demanda.

2.º Se imponen a la demanda las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con el apercibimiento de que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse, en su caso, y con carácter previo, en el plazo de cinco días, por escrito dirigido a este Juzgado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 457 LeC.

elévese el original de esta resolución al libro de sentencias de este Juzgado y expídase testimonio para los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, lo acuerda, manda y firma S.S.ª D. Pedro Prado Palacio. Doy fe, la Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación a Cormastur, S.L., con-forme a lo dispuesto por el artículo 497 de la LEC, expido el presente.

en Pola de Siero, a 3 de noviembre de 2008.—La Secreta-ria Judicial.—22.365.

De vILLAvICIOSA NúMeRO 1

Edicto. Expediente de dominio. Inmatriculación 3048/2008

Don José Carlos Manrique Cabrero, Secretario del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de villaviciosa,

Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimien-to expediente de dominio. Inmatriculación 3048/2008 a ins-tancia de Luis Julián Alonso García, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:

1.—Finca sita en la parroquia de Libardón, término mu-nicipal de Colunga. Denominada, nombrada y conocida por “La Llosa”. A prado. De cabida dos mil treinta y siete metros. Linda al Norte, Luis Julián Alonso garcía, Sur, camino; es-te, camino y Oeste, Luis Julián Alonso garcía y María Isabel garcía valle. Referencia catastral: parcela número 195, polí-gono número 57 del Catastro parcelario de Colunga.

2.—La denominada, nombrada y conocida por “el va-lle”, sita en la parroquia de Libardón, término municipal de Colunga. A prado. De cabida mil ochocientos ochenta y dos metros. Linda: Norte, camino; Sur, Luis Julián Alonso garcía, este, camino y Oeste, camino. Referencia catastral: parcela número 200, polígono numero 57 del Catastro parcelario de Colunga.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a los posibles herederos del transmi-tente Julián Buznego Huerta así como a las personas ignora-das a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

en villaviciosa, a 7 de noviembre de 2008.—el Secretario.—22.380.

— • —

Edicto. Expediente de dominio. Inmatriculación 2671/2008

Don José Carlos Manrique Cabrero, Secretario del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de villaviciosa,

Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimien-to expediente de dominio. Inmatriculación 2671/2008 a ins-tancia de María Marta Rivero García, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:

Sita en la parroquia de Priesca, término municipal de vi-llaviciosa. La rústica, denominada y nombrada por “La Ba-rreda”, sita en la parroquia de Priesca, término municipal de villaviciosa. Con destino a pasto. De cabida 5159 metros cuadrados. Linda: Norte, María Marta Rivero garcía; Sur, río de Sebrayu; este, Miguel Neira viñes, y Oeste, María Marta Rivero garcía.

Referencia catastral: Parte de la Parcela número 32, del Polígono número 97 del Catastro Parcelario de villaviciosa.

Page 64: SUMARIO - Asturias · 26813. Págs. Págs. 26786 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008 Resolución de 17 de noviembre de 2008, de la Con- ... la Ley 30/92,

imPrentA regionAl

26848 BOLetíN OFICIAL DeL PRINCIPADO De AStURIAS núm. 282 4-XII-2008

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

en villaviciosa, a 16 de octubre de 2008.—el Secretario.—22.382.

— • —

Edicto. Expediente de dominio. Exceso de cabida 2677/2008

Don José Carlos Manrique Cabrero, Secretario del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de villaviciosa,

Hago saber: que en este Juzgado se sigue el procedimien-to expediente de dominio. Exceso de cabida 2677/2008 a ins-tancia de Juan Manuel Álvarez Florez expediente de dominio de mayor cabida de las siguientes fincas:

Según el título: Rústica: La Huerta, labrantío. De cabida, según su título de cinco áreas veinte centiáreas; según certi-

fica el Catastro de seiscientos ocho metros. Siendo la cabida real de la finca, según reciente medición pericial setecientos veintidós metros cuadrados. Linda: Norte, Dionisio garcía; Sur, cuadra de Laureano toyos; este, herederos de José Ri-vero y Oeste, camino. En relación a la extensión de esta finca, consta intabulados en el Registro de la Propiedad 520 metros cuadrados.

Referencia catastral: Parcela número 152 del Polígono 98 del Catastro Parcelario de villaviciosa.

Inscripción: Registro de la Propiedad de villaviciosa, folio 174, tomo 1207 del Archivo, Libro 804 del Ayuntamiento de villaviciosa, Finca registral n.° 48.825, inscripción 4a a favor de D. Juan Manuel Álvarez Florez.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

en villaviciosa, a 16 de octubre de 2008.—el secretario.—22.381.