Sujetos Del Delito
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7/17/2019 Sujetos Del Delito
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DELITO. SUJETO DEL DELITO.
La voz sujeto del d. tiene una amplia significación. En primer lugar, pueden distinguirse dos
clases de sujetos de delito: el activo y el pasivo. A ellos hay que añadir el perjudicado. En una
acepción el sujeto activo se identifica con el autor. Amos son conceptos puramente
dogm!ticos. En el lenguaje vulgar suelen equipararse con el criminal y delincuente. "inemargo, desde el punto de vista criminológico estas #ltimas voces tienen una significación
distinta. $ami%n en el lenguaje vulgar sujeto pasivo del delito se identifica con v&ctima y
ofendido, que en realidad son t%rminos tan vagos que jur&dicamente pueden corresponderse
tanto con el sujeto pasivo como con el perjudicado.
• SUJETO ACTIVO. En sentido estricto es quien realiza una acción t&pica y antijur&dica que
puede serle personalmente reprochada. "ólo el homre persona física puede ser sujeto activo de
delito. En la actualidad la e'igencia de capacidad de culpailidad para ser sujeto activo de delito
ha hecho desaparecer tanto a los animales como a las cosas de la posiilidad de serlo.
(o ocurre lo mismo con la cuestión relativa a si las personas jurídicas pueden ser sujeto activo
de delito, desde antiguo viene deati%ndose el prolema y, aunque desde )euerach la doctrina
dominante admite el aforismo * societas delinquere non potest” +las sociedades no pueden
delinquir no faltan autores que defiendan la responsailidad penal de las personas jur&dicas.
Los m!s poderosos argumentos que en este #ltimo sentido se manejan parecen provenir del
campo del -erecho privado. As& se dice que las personas jur&dicas son entes reales, dotados de
conciencia y voluntad, y que si son capaces de contratar y de faltar a sus oligaciones tami%n
lo son de realizar delitos. En este sentido, entre los penalistas se pronunció al argumentar que
quien puede concluir contratos puede concluir tami%n contratos fraudulentos o usurarios/.
La doctrina dominante, por el contrario, niega a las personas jur&dicas la condición de sujeto
activo de delito no es acorde, sin emargo, en la razón en la que asa esta afirmación. As&,
mientras para unos las personas jur&dicas no pueden delinquir porque les falta capacidad deacción, para otros el argumento es su falta de capacidad de culpailidad. -ifiere de la opinión
dominante, en la doctrina española actual, 0. 1arero "antos para quien las personas jur&dicas
deen ser sujeto activo de d. La negación de la responsailidad +v. criminal para las personas
jur&dicas no supone que la sociedad haya de permanecer inerme ante las infracciones delictivas
que de ellas provengan. 2or un lado, ser!n responsales las personas individuales cuando hayan
perpetrado hechos delictivos susumiles en figuras penales. 2or otro, en todas las legislaciones
se prev%n, si no penas, s& medidas preventivas y reparadoras del daño causado contra las propias
personas jur&dicas. As&, en la legislación española se fija la responsailidad de las personas
individuales +art. 345 y 367 y se estalecen determinadas medidas preventivas, como la
disolución, suspensión de sesiones o funciones y responsailidad civil susidiaria +82, 8ódigode justicia 0ilitar, Ley de Asociaciones de 955, etc..
• SUJETO PASIVO. Es el titular del inter%s jur&dico lesionado o puesto en peligro por la
conducta del sujeto activo. 2uede serlo la persona individual +antes de su nacimiento y despu%s
de %l hasta su muerte, las personas jur&dicas, el Estado y la colectividad social. -el sujeto
pasivo puede diferenciarse la figura del perjudicado que es quien, por la comisión del delito,
sufre un daño patrimonial o de otra clase. A %l hace referencia el art. 9;< del 8ódigo 2enal
español al decir que la indemnización de perjuicios materiales y morales comprender! no sólo
los que se huieren causado al agraviado, sino tami%n los que se huieren irrogado, por razón
del delito, a su familia o un tercero/.
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7/17/2019 Sujetos Del Delito
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Los "ujetos del delito son las personas en las que recae directamente la consecuencias de la
acción delictiva. "e consideran como indeterminados, cuando la ley no requiere una
caracter&stica espec&fica para que e'ista el delito y determinados, cuando se requiere de un
señalamiento espec&fico para poder cometer o ser sancionado por la conducta +ser servidor
p#lico para poder cometer uno de los delitos cometidos por los servidores p#licos o ser menor
de dieciocho para poder sufrir el delito de estupro.
Sujeto Activo del Delito. Es la persona individual que realiza la conducta considerada como
delito.
"olamente una persona f&sica puede cometer delitos, a#n en los casos de asociación criminal, las
penas recaen sólo en sus integrantes. "olo en la persona individual se da la unidad de voluntad
y el principio de individualidad de la pena.
• El Sujeto Pasivo del Delito es el titular del inter%s jur&dico lesionado o puesto en peligro. "e le
llama tami%n victima u ofendido y es quien reciente el delito o la lesión jur&dica, ejemplo: los
familiares del occiso, as& como la v&ctima es quien de manera directa recie el delito o la lesión
jur&dica.
∼ Los sujetos pasivos del delito pueden ser:
La 2ersona @ndividual.
La 2ersona moral que puede ser lesionado en su fama, su propiedad o su
cr%dito.
La "ociedad
El Estado