Subvenciones Deportivas Municipales 2014
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Delegacin de Deportes
Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez
Plaza de la Constitucin s/n * Tel. 91 809 0360 * Fax 91 892 3257
www.aranjuez.es
Aranjuez, 4 de Septiembre de 2014 Sr./a Presidente/a: Por la presente ponemos en su conocimiento que con fecha del pasado martes da 2 de septiembre, la Junta de Gobierno Local aprobaba la convocatoria y bases reguladoras que regirn la concesin de las subvenciones deportivas correspondientes al ao 2014. Adjunto se remite informacin al respecto sobre estas bases y modelo de solicitud de las mismas al mismo tiempo que se recuerda que para optar a estas subvenciones, conforme establece estas bases, es preceptivo haber justificado la subvencin otorgada correspondiente al ao 2013. Por otro lado, les informamos tambin que el plazo de presentacin de solicitudes comenzar el da 8 de septiembre y finalizar el da 30 de septiembre. Sin otro particular, aprovechamos una vez ms la ocasin para saludarle/a cordialmente. Jos Nez Manrique Concejal Delegado de Deportes
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DELEGACION DE DEPORTES
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS QUE REGIRAN LA CONCESIN DE
SUBVENCIONES CON DESTINO A CLUBES Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS, AS
COMO AYUDAS A DEPORTISTAS INDIVIDUALES RIBEREOS DESTACADOS.
1.- Objeto
El objeto de las presentes bases es definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la
solicitud y concesin, en rgimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta los criterios de
valoracin establecidos y aprobados por el Consejo Municipal de Deportes, de las subvenciones a
otorgar por el Ilustrsimo Ayuntamiento de Aranjuez destinadas a Clubes y Asociaciones
deportivas, sin nimo de lucro, por la promocin, fomento y/o difusin del deporte en todos los
mbitos durante el ejercicio 2014.
Sern subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y
objetivamente relacionados con el objeto de la subvencin en las presentes bases, as como en las
condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones municipal, aprobada por
acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
2.- Actividades y competiciones susceptibles de subvencin
Se articulan las siguientes lneas subvencionables, pudiendo los clubes y asociaciones deportivas
acogerse a las siguientes modalidades de ayuda de manera simultnea:
Realizacin de actividades deportivas de Clubes y Asociaciones federadas y no
federadas, as como su clasificacin.
Asistencia y clasificacin en fases finales deportivas de mbito Nacional o Autonmico.
Promocin y fomento de Escuelas deportivas de base en la estructura del Club, inscrita
en el Registro de Asociaciones municipal y autorizadas por la Delegacin de deportes.
Participacin de los Centros Escolares en las actividades deportivas del Deporte
Infantil (Juegos Escolares)
Colaboracin de los Clubes y entidades deportivas con la actividad deportiva escolar.
-
Organizacin por los Clubes de eventos deportivos de carcter extraordinario y de amplia
participacin.
Ayuda a deportistas individuales destacados ribereos no adscritos a un club local y que
residan en Aranjuez.
3.- Beneficiarios
A efectos de lo dispuesto en estas bases tendrn la consideracin de beneficiario las personas
fsicas y jurdicas, as como las Entidades o Clubes deportivos que, encontrndose legalmente
constituidos participen, tanto de forma individual como colectiva en competiciones deportivas,
promuevan la prctica deportiva y sean consideradas de inters general y que cumplan los
requisitos establecidos en el siguiente punto, y bajo las condiciones previstas en la Ordenanza
General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de Enero de 2006:
Cuando el beneficiario sea una persona jurdica, se aplicarn todas las obligaciones y derechos
inherentes a la condicin de beneficiario a todos los miembros de la entidad que se comprometan
por escrito a cumplir con los requisitos exigidos para la percepcin de la subvencin. En
cualquier caso, en la solicitud correspondiente, se deber acreditar la existencia de al menos un
representante, que acte en nombre y por cuenta de la persona jurdica y que asuma por escrito
el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la aceptacin de la subvencin.
Podrn obtener la condicin de beneficiarios las agrupaciones de personas fsicas o jurdicas,
pblicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad econmica o
patrimonio separado que, an careciendo de personalidad jurdica pueda cumplir con el objeto
de la subvencin. En estos casos, deber nombrarse un representante o apoderado nico, con
poderes bastantes para asumir el compromiso de ejecucin de la subvencin, aplicacin de la
totalidad de los fondos de la misma y cumplimiento del resto de las obligaciones que
corresponden a la figura del beneficiario. En cualquier caso, los requisitos y obligaciones
exigidos a los beneficiarios sern exigibles a todos los miembros de la entidad. Estas
agrupaciones no podrn disolverse hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripcin
previstos en esta ordenanza o en la legislacin que resultare de aplicacin.
La justificacin de la no concurrencia de las circunstancias descritas se realizar en el momento
de presentar la solicitud de la subvencin, con carcter general, mediante la firma del secretario
o presidente de la entidad, o del representante de la agrupacin o por la persona fsica
solicitante.
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La representacin podr acreditarse por cualquiera de los medios admitidos en derecho, o en su
defecto, por una declaracin jurada de la persona fsica, o certificado emitido por el secretario
de la entidad.
4.- Requisitos que debern reunir los beneficiarios para la obtencin de la subvencin:
a) Con carcter general, para las personas fsicas y jurdicas:
No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad para ser beneficiario
recogidas en el artculo13 LGS.
No recibir ninguna subvencin nominativa con cargo al Presupuesto General del
Ayuntamiento de Aranjuez.
Carecer su actividad de fines de lucro.
b) Con carcter particular para las Personas jurdicas o Entidades Deportivas:
Estar inscrito en el Registro municipal de Asociaciones de Aranjuez, debiendo estar
previamente inscritas en el Registro de Entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.
Estar inscrito en la Federacin Autonmica Madrilea y/o nacional para los clubes
federados.
Tener su domicilio social en el municipio de Aranjuez y/o ejercer la actividad deportiva
en el municipio de Aranjuez.
Tener UN AO de antigedad en la localidad como Club o Asociacin deportiva desde
la fecha de la convocatoria, debiendo acreditar dicha antigedad en el Registro de
Asociaciones municipal, as como su actividad deportiva durante ese tiempo.
No podrn ser beneficiarios de estas subvenciones aquellos Clubes o Asociaciones
deportivas que tengan deudas contradas con el Ayuntamiento de Aranjuez, salvo que las
mismas estn debidamente garantizadas.
Debern remitir un resumen de las cuentas anuales del Club o Asociacin deportiva
debidamente aprobadas y presupuesto para el siguiente ejercicio econmico.
Carecer su actividad de fines de lucro.
c) Con carcter particular para las personas fsicas:
Tener su residencia habitual en el municipio de Aranjuez con una antigedad mnima de
DOS AOS de empadronamiento y/o ejercer la actividad deportiva en el Municipio de
Aranjuez o le beneficie de forma directa si lo realiza fuera de la localidad.
Tener ficha en alguna de las Federaciones Autonmica Madrilea y/o Nacional.
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Los requisitos exigidos en las presentes Bases se tienen que acreditar a la fecha de
finalizacin del plazo de presentacin de las solicitudes.
5.- Cuanta global mxima objeto de subvencin
El crdito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe mximo de 207.000, con
cargo a la partida presupuestaria 43 3410 48900, Subvenciones deportivas municipales.
Estas subvenciones son compatibles con la percepcin de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos procedentes de otras entidades pblicas o privadas en los trminos establecidos en la
Ordenanza General de Subvenciones, es decir, siempre y cuando el importe total de las cuantas
percibidas no supere el coste total de la actividad.
6.- Solicitudes y plazo de presentacin
Las solicitudes se formalizarn en los impresos normalizados que figuren en el anexo de esta
convocatoria. Estas solicitudes irn dirigidas a la Concejala de Deportes y se presentarn en el
Registro General o en los Registros Auxiliares del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez. Tambin
podrn presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artculo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, del Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento
Administrativo Comn.
El modelo oficial de presentacin de solicitudes podr recogerse en cualquiera de las oficinas del
registro citadas o descargarse de la pgina Web del Ayuntamiento de Aranjuez.
El plazo de presentacin de solicitudes ser de 20 das hbiles desde que se abra la
convocatoria y sea expuesta pblicamente las presentes bases en lo medios oficiales
municipales, abrindose por tanto el plazo desde el da 8 al 30 de septiembre de 2014. El
incumplimiento del plazo establecido determinar automticamente la exclusin de la
solicitud.
7.- Exclusiones
Ser motivo de ser excluidas las solicitudes afectadas por alguna de las causas establecidas en la
Ordenanza General de Subvenciones:
1. Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de prdida de la
posibilidad de obtener subvenciones o ayudas pblicas.
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2. Haber solicitado la declaracin de concurso, haber sido declarado insolvente en
cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervencin
judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya
concluido el periodo de inhabilitacin fijado en la sentencia de calificacin del
concurso.
3. Haber dado lugar, por causa de la que se le hubiere declarado culpable, a la
resolucin firme de cualquier contrato celebrado con la Administracin.
4. Estar incursa la persona fsica, los administradores de la sociedad o aquellos que
ostenten la representacin legal de otras personas jurdicas, en alguno de los
supuestos de incompatibilidad de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de
Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nacin y de los Altos Cargos
de la Administracin General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Pblicas, o
tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgnica 5/1985,
de 19 de junio, del Rgimen Electoral General, en los trminos establecidos en la
misma o en la normativa autonmica que regule estas materias.
5. No hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
6. Tener la residencia fiscal en un pas o territorio calificado reglamentariamente como
paraso fiscal.
7. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
anteriormente concedidas o no haber justificado debidamente las mismas segn
resolucin del rgano concedente.
8. Haber sido sancionado administrativamente mediante resolucin firme con la prdida
de la posibilidad de obtener subvenciones.
9. No haber presentado la justificacin correspondiente a otras subvenciones concedidas
con anterioridad por el Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez en la fecha mxima de
presentacin de solicitudes para la concesin de nuevas subvenciones.
10. No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ilustre Ayuntamiento
de Aranjuez en la fecha mxima de presentacin de solicitudes para la concesin de
nuevas subvenciones.
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Quedarn automticamente excluidos de la presente convocatoria aquellos Clubes y
Asociaciones deportivas que no tenga debidamente justificadas las ayudas o subvenciones
percibidas del Ayuntamiento de Aranjuez en convocatorias anteriores, as como los que no
cumplan con la normativa vigente establecida por la Comunidad de Madrid y en sus
respectivos Estatutos, respecto a la celebracin de procesos electorales para el
nombramiento de la pertinente composicin de la Junta Directiva, que deber realizarse
como mximo cada cuatro aos.
No podrn obtener subvencin alguna aquellos solicitantes que reciban subvenciones del
Ayuntamiento de Aranjuez a travs de otras Delegaciones Municipales por el mismo concepto o
tengan suscritos Convenios de Colaboracin con el Ayuntamiento.
As mismo quedan excluidas expresamente de esta convocatoria las organizaciones polticas,
sindicales y empresariales.
8.- Documentacin a presentar junto con la solicitud
Junto con la presentacin de solicitudes deber adjuntarse el original o la copia compulsada segn
la legislacin vigente de la siguiente documentacin:
Personas fsicas:
a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante o su representante legal.
b) Autorizacin, para que la Tesorera Municipal emita un informe de oficio, de
estar al corriente de las obligaciones tributarias en la fecha de presentacin de
la solicitud.
c) Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o expresa mencin
de que ya se haya realizado su presentacin. El titular de la cuenta bancaria
deber ser el solicitante o su representante, sin que pueda admitirse ningn
otro supuesto.
Personas jurdicas:
a) Fotocopia del D. N. I. del representante legal y del C. I. F. de la entidad.
b) Autorizacin, para que la Tesorera Municipal emita un informe de oficio, de
estar al corriente de las obligaciones tributarias en la fecha de presentacin de
la solicitud
c) Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o expresa mencin
de que ya se haya realizado su presentacin. El titular de la cuenta bancaria
-
deber ser la entidad solicitante o su representante legal, sin que pueda
admitirse ningn otro supuesto.
Otras entidades sin personalidad jurdica:
a) Fotocopia del D. N. I. del representante legal.
b) Autorizacin, para que la Tesorera Municipal emita un informe de oficio, de
estar al corriente de las obligaciones tributarias en la fecha de
presentacin de la solicitud.
c) Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o expresa mencin
de que ya se haya realizado su presentacin. El titular de la cuenta bancaria
deber ser la entidad solicitante o su representante legal, sin que pueda admitirse
ningn otro supuesto.
La presentacin de solicitud implica la aceptacin de la totalidad de la regulacin descrita en las
presentes Bases y en la Ordenanza General de subvenciones municipales aprobada por acuerdo
plenario de fecha 20 de Enero de 2006.
9.- Criterios de valoracin de las solicitudes
Para la concesin de estas subvenciones, siempre que el solicitante cumpla los requisitos exigidos
y no est previsto en ninguna causa de exclusin, se tendrn en cuenta los criterios de valoracin
aprobados por el Consejo Municipal de Deportes y la Comisin de Valoracin de subvenciones
deportivas, en base a la:
Realizacin de actividades deportivas de Clubes y Asociaciones federadas y no
federadas, as como su clasificacin.
Asistencia y clasificacin en fases finales deportivas de mbito Nacional o Autonmico.
Promocin y fomento de Escuelas deportivas de base en la estructura del Club, inscrita
en el Registro de Asociaciones municipal y autorizadas por la Delegacin de deportes.
Participacin de los Centros Escolares en las actividades deportivas del Deporte
Infantil (Juegos Escolares)
Colaboracin de los Clubes y entidades deportivas con la actividad deportiva escolar.
Organizacin por los Clubes de eventos deportivos de carcter extraordinario y de amplia
participacin.
Ayuda a deportistas individuales destacados ribereos no adscritos a un club local y que
residan en Aranjuez.
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10.- Procedimiento de concesin
El procedimiento de concesin ser el de concurrencia competitiva, procedimiento mediante el
cual la concesin de las subvenciones se realiza mediante la comparacin de las solicitudes
presentadas a fin de establecer una prelacin entre las mismas de acuerdo con los criterios de
valoracin previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar con el
lmite fijado en la convocatoria dentro del crdito disponible, aquellas que hubieren obtenido
mayor valoracin, sin que sea necesario agotar el crdito dispuesto para esta convocatoria si no se
dieran las circunstancias par ello.
11- Publicidad de las subvenciones concedidas
Los beneficiarios debern dar la adecuada publicidad del carcter pblico de la financiacin
recibida, haciendo en aquellos elementos en que sea posible que se ha recibido una colaboracin
por parte del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez, por lo que cualquier actividad susceptible de
publicidad y que sea objeto de la subvencin deber incorporar el escudo del Ayuntamiento de
Aranjuez con la leyenda con la colaboracin del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez y deber
aportarse copia de dicha publicidad en la justificacin de la subvencin.
12.- Procedimiento de concesin de la subvencin
El rgano instructor del procedimiento ser la Delegacin de Deportes.
Recibidas las solicitudes de subvencin, el examen y comprobacin de las mismas se llevar a
cabo por una Comisin de Valoracin formada por:
- El Concejal delegado de deportes
- El Director deportivo municipal que actuar igualmente como secretario
- Un representante de cada grupo poltico que forme parte de la Corporacin Municipal.
Expirado el plazo de presentacin de solicitudes la Comisin de Valoracin podr requerir al
interesado para que subsane los defectos detectados en la solicitud en el plazo de 3 das naturales
desde la notificacin, en la que se advertir que de no producirse dicha subsanacin se le tendr
por desistido de su solicitud.
-
Examinadas las solicitudes presentadas, y concluido el plazo de subsanacin de errores en su
caso, la Comisin de Valoracin emitir un informe en el que se incluya, como mnimo, las
solicitudes desestimadas y el motivo de la desestimacin, las solicitudes estimadas y la cuanta de
la subvencin a conceder, y el cumplimiento de los requisitos previstos en las presentes bases.
El rgano instructor, recibido el citado informe, emitir a su vez otro informe en el que conste,
como mnimo, las solicitudes desestimadas y el motivo de la desestimacin, las solicitudes
estimadas y la cuanta de la subvencin a conceder, as como el cumplimiento de los requisitos
previstos en las presentes bases.
El rgano instructor formular propuesta de resolucin, en base al informe presentado por la
Comisin de Valoracin, ante el rgano concedente, que ser la Junta Local de Gobierno.
La resolucin har constar de forma expresa:
a) La relacin de solicitantes.
b) Los beneficiarios de las subvenciones y cuantas de las mismas.
c) Los criterios de valoracin.
d) Mencin expresa a la desestimacin del resto de solicitudes.
El plazo mximo para resolver y notificar el procedimiento ser de SEIS meses contados a partir
del da siguiente al de finalizacin del plazo para presentacin de solicitudes. Los interesados
podrn entender desestimadas las solicitudes, por silencio administrativo, si transcurrido dicho
plazo no se hubiere dictado y notificado resolucin expresa.
La notificacin de la resolucin se realizar de acuerdo con lo previsto en el artculo 58 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del
Procedimiento Administrativo Comn.
Contra los actos de resolucin expresa podrn interponerse potestativamente Recurso de
Reposicin ante el mismo rgano que dict el acto o bien directamente Recurso Contencioso
Administrativo.
Los beneficiarios debern dar la adecuada publicidad del carcter pblico de la financiacin
recibida, haciendo en aquellos elementos en que sea posible que se ha recibido una colaboracin
por parte del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez.
13.- Gastos subvencionables y no subvencionables
-
Sern subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y
objetivamente relacionados con el objeto de la subvencin, en las condiciones establecidas en la
Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de Enero de
2006:
Se consideran gastos subvencionables todos aquellos que se correspondan con el objeto de
concesin de la subvencin y se realicen en el plazo previsto para la ejecucin de dicho objeto.
Salvo lo previsto en la presente ordenanza, sern las bases reguladoras de cada subvencin las
que puedan determinar en cada supuesto los gastos subvencionables.
El gasto se considera realizado cuando haya sido efectivamente pagado antes de la fecha de
finalizacin del periodo de justificacin, salvo que la base especfica reguladora de la
subvencin estableciera otra cosa. Se considerar cumplido este requisito cuando se presenten
facturas, recibos, vales numerados o tickets de caja, pero en ningn caso se entender cumplido
con la presentacin de albaranes, presupuestos o cualquier otro documento anlogo.
Todos los gastos realizados por el beneficiario, y que se presenten como justificacin de los
fondos percibidos, debern contar con el adecuado soporte documental, se admitirn a estos
efectos, facturas, recibos y tickets de caja u otros documentos anlogos siempre que contengan,
al menos los siguientes requisitos:
1. Identificacin clara del prestador del servicio.
2. Identificacin clara del perceptor del servicio (con carcter general debe coincidir con
el beneficiario de la subvencin).
3. Identificacin clara del objeto del servicio.
4. Fecha de realizacin (deber coincidir con el plazo sealado para realizar el objeto de
la subvencin percibida).
5. Cuanta total.
Cualquier otro requisito de carcter formal distinto de los expresamente citados no tendr
carcter esencial a los efectos de lo previsto en el artculo 216.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
De igual manera a tenor del artculo 31 LGS, se consideran gastos subvencionables, aquellos que
de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Todos los gastos
-
acreditativos de los gastos de la actividad subvencionada debern corresponder al ao natural en
curso (es decir, al ejercicio presupuestario de la convocatoria).
En ningn caso, el coste de adquisicin de los gastos subvencionables podr ser superior al valor
de mercado.
Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalizacin del periodo de justificacin determinado por la normativa reguladora de la
subvencin.
Gastos subvencionables: El destino de los fondos concedidos podr destinarse a los
siguientes conceptos o gastos corrientes que se especificarn en la solicitud:
a) Gastos de material deportivo y equipamiento deportivo, especfico de la actividad.
b) Seguros de accidentes o responsabilidad civil.
c) Gastos derivados de la participacin de los equipos deportivos en competiciones oficiales
(cuotas de federaciones, licencia, mutualidad deportiva, arbitrajes, etc).
d) Trofeos, seguros y otros gastos derivados de la organizacin de los eventos deportivos.
e) Gastos de desplazamiento, alojamiento, manutencin, siempre que correspondan a comidas en
los desplazamientos de los equipos y se indique la actividad deportiva realizada.
f) Pequeos gastos de reparacin, mantenimiento y conservacin de bienes propios y arrendados.
g) Adquisicin de material de oficina no inventariable.
h) Material sanitario con destino al botiqun de la entidad y dems material especfico, propio de
su prctica deportiva.
i) Gastos de monitores y entrenadores de equipos, as como profesores de escuelas deportivas.
Gastos no subvencionables: No sern subvencionables, en ningn caso, los siguientes
gastos:
a) Honorarios de deportistas del Club
b) Gastos de material de uso personal y que no sean especficos de la actividad.
c) La adquisicin de mobiliario, equipos, bienes de carcter inventariable.
d) La realizacin de gastos de inversin o de amortizacin.
e) Los premios en metlico.
f) Intereses, recargos deudores de las cuentas bancarias, recibos de tasas e impuestos municipales
y gastos derivados de operaciones de crdito ni gastos financieros.
-
g) Sanciones administrativas y penales, as como los gastos de procedimientos judiciales.
h) Gastos derivados de celebraciones gastronmicas o protocolarias de ningn tipo, incluidos los
realizados en clausuras de eventos deportivos o trofeos.
i) Facturas de telfonos mviles.
j) Gastos de asesoramiento legal o procedimientos judiciales.
14.-Abono de la Subvencin
El Ayuntamiento en cualquier caso nicamente podr financiar hasta el 50 % del presupuesto
total del proyecto presentado y aprobado por los clubes y entidades que lo soliciten.
La cuanta a otorgar a cada beneficiario ser la que se seale en el informe realizado por la
Comisin de Valoracin, teniendo en cuenta los criterios establecidos.
El importe de la subvencin en ningn caso podr ser de tal cuanta que, aislada o en
concurrencia con otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad subvencionada.
No podr realizarse el pago de la subvencin en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por
resolucin de procedencia de reintegro.
El importe de la subvencin se abonar cuando lo establezca la Tesorera Municipal.
15.- Justificacin
La justificacin de las subvenciones concedidas se realizar mediante la presentacin de la
oportuna cuenta justificativa acompaada de los documentos acreditativos del gasto.
a) Cuenta Justificativa: La rendicin de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del
beneficiario. La cuenta justificativa deber incluir una descripcin de las actividades o conductas
realizadas o de los comportamientos adoptados. Dicha descripcin deber ser lo ms detallada
posible e incluir un listado de los gastos realizados y los ingresos recibidos. El objeto de
concesin de la subvencin deber coincidir con el descrito en esta cuenta justificativa. La cuenta
justificativa deber ir firmada, bajo la responsabilidad del declarante, por el solicitante de la
subvencin, su representante, o el secretario de la entidad solicitante.
b) Documentos acreditativos del gasto: Junto con la cuenta detallada debern presentarse los
documentos acreditativos del gasto. Se admitirn todos los documentos descritos en el punto
-
sexto de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de
Enero de 2006.
La presentacin de justificaciones debe presentarse en el modelo oficial aprobado por este
Ayuntamiento, pudindose cumplimentar descargndose el modelo directamente de la pgina
Web del Ayuntamiento.
El plazo de justificacin de todas las subvenciones concedidas ser el 30 de marzo de 2015.
Estos plazos podrn ser objeto de prrroga por acuerdo del rgano concedente.
El rgano concedente de la subvencin ser el encargado de comprobar la adecuada justificacin
de la misma, as como la realizacin de la actividad y el cumplimiento de la actividad que
determine la concesin o disfrute de la subvencin.
16.- Obligaciones de los Beneficiarios de las subvenciones
De acuerdo con el artculo 14 LGS, las Entidades subvencionadas adquieren las siguientes
obligaciones:
a) Cumplir el proyecto o actividad que fundament la concesin de la subvencin.
b) Justificar ante el Ayuntamiento de Aranjuez, el cumplimiento de los requisitos y
condiciones, as como la realizacin de la actividad y el cumplimiento de la finalidad
que determinen la concesin o disfrute de la subvencin.
c) Dar la adecuada publicidad del carcter pblico de la financiacin de programas,
actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de
subvencin, y que son financiadas por el Ayuntamiento de Aranjuez. Dicha
publicidad se efectuara mediante la insercin de la leyenda Colabora el Ilmo.
Ayuntamiento de Aranjuez y el escudo municipal, que se insertara: en todo el
material grfico que se elabore, en camisetas, vallas publicitarias en las instalaciones,
catlogos, folletos, carteles. Dicha publicidad se efectuar durante todo el periodo de
realizacin se la actividad subvencionada.
d) Someterse a las actuaciones de comprobacin y control que sean debidamente
requeridas por los rganos municipales, aportando cuanta informacin le sea
requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estn relacionadas con la
concesin de la subvencin.
e) Comunicar al Ayuntamiento la obtencin de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicacin deber
-
efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la
justificacin de la aplicacin dada a los fondos percibidos.
f) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolucin de concesin que se
halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social.
g) Conservar los documentos acreditativos de la aplicacin de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrnicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones
de comprobacin y control.
17.- Infracciones, sanciones y reintegros
Todo lo referente a la comisin de infracciones, las causas de reintegro y el procedimiento para
la imposicin de sanciones se regir por lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones
aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de Enero de 2006.
18.- Rgimen jurdico.
En lo no previsto en las presentes bases ser de aplicacin lo recogido en la Ordenanza General
de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de 20 de Enero de 2006.
19.- Anexos:
Se incluye modelo de solicitud de peticin de Subvencin deportiva.
En Aranjuez, 2 a de septiembre de dos mil catorce
-
Oficina de Atencin al Ciudadano Actualizado a 13/09/2014
Referencia MODELO 222 subvenc. deportivas 2014 Calle Stuart, 79 Pgina 1 de 4 28300 Aranjuez (Madrid) Oficina de Atencin al Ciudadano 900.154.900 Tel. 91.809.03.60 Fax: 91.891.60.40 E-mail: [email protected] Web: www.aranjuez.es
SOLICITUD DE SUBVENCIN ASOCIACIONES DEPORTIVAS
Modelo
222
IDENTIFICACION DEL SOLICITANTE
PERSONA JURDICA PERSONA FSICA
DENOMINACIN DE LA ENTIDAD: CIF:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: TELFONO: E-MAIL:
REPRESENTANTE (Secretario Presidente): .....................................................................................................................................................................................
En nombre de la entidad solicitante y como representante de la misma, acepto la subvencin en el caso de ser concedida y en los trminos en que se me conceda. Con la presentacin de esta solicitud asumo la totalidad de la regulacin aplicable a la presente subvencin con todas las obligaciones que de la misma se deriven, adems declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos todos los datos consignados en esta solicitud.
CUMPLIMENTAR SLO EN CASO DE UTILIZACIN DE LOCAL MUNICIPAL
Direccin del local:
Gastos a cargo del Ayuntamiento: Agua Luz Otras observaciones:
JUNTA DIRECTIVA
Relacin de la Junta Directiva de la Asociacin, a la fecha de peticin de la subvencin, con detalle del nombre y apellidos, cargo dentro de la Directiva y telfono de contacto de al menos 3 de los miembros de la Junta. FECHA CONSTITUCIN ULTIMA JUNTA DIRECTIVA: NOMBRE Y APELLIDOS NIF TELFONO E-MAIL
PRESIDENTE/A:
VICEPRESIDENTE/A:
SECRETARIO/A:
TESORERO/A:
VOCALES:
Autorizo al Ayuntamiento de Aranjuez a obtener la acreditacin de hallarse la entidad que represento al corriente de las obligaciones tributarias
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Oficina de Atencin al Ciudadano Actualizado a 13/09/2014
Referencia MODELO 222 subvenc. deportivas 2014 Calle Stuart, 79 Pgina 2 de 4 28300 Aranjuez (Madrid) Oficina de Atencin al Ciudadano 900.154.900 Tel. 91.809.03.60 Fax: 91.891.60.40 E-mail: [email protected] Web: www.aranjuez.es
SOLICITUD DE SUBVENCIN ASOCIACIONES DEPORTIVAS
Modelo
222
DESCRIPCIN Y OBJETIVO DEL PROYECTO SUBVENCIONABLE
Describa de forma detallada el objeto de la subvencin. En el momento de presentar la justificacin todo lo aqu dicho le vincular plenamente, pudiendo rechazarse toda aquella documentacin que no se ajuste a lo aqu descrito. (Si no hay espacio suficiente puede aportarse proyecto adjunto).
DOCUMENTACIN QUE SE ADJUNTA
INSTRUCCIONES: Toda la documentacin reseada en este apartado tiene carcter obligatorio. Marque con una X la que presente o autorice su consulta, segn proceda.
Fotocopia del DNI del representante legal y del CIF de la entidad para solicitantes con personalidad jurdica
Fotocopia del DNI para solicitantes con personalidad fsica
Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado (Slo en caso de cambio de los datos bancarios que ya constan en la Tesorera Municipal)
Memoria de la actividad deportiva realizada en la temporada anterior, debiendo aportar: DEPORTE COLECTIVO FEDERADO Certificado de la Federacin correspondiente en el que se indique la categora de cada uno de los equipos inscritos, as como nmero de jugadores inscritos en cada uno de ellos. Certificado del Club indicando la clasificacin obtenida por cada equipo en la ltima temporada. Certificado del Club indicando el nmero de alumnos (5 a 10 aos) pertenecientes a su Escuela. DEPORTE INDIVIDUAL FEDERADO Certificado de la Federacin correspondiente en el que se indique el nmero de deportistas del Club con Licencia federativa y que SI compiten en pruebas federadas. Certificado del Club en el que se indique el nmero de asistencias a fases finales Nacionales y Autonmicas, nmero de deportistas que han asistido a cada evento y resultados obtenidos en ellos. DEPORTE NO FEDERADO Certificado del Club indicando el nmero de miembros que realizan actividad deportiva NO FEDERADA y relacin nominal de ellos. En el mbito escolar, cada AMPA deber remitir un certificado indicando el nmero de equipos y categora de los mismos, as como el nmero de monitores titulados (ajenos al Centro) que desarrollan la labor deportiva con los nios. DEPORTISTAS INDIVUDUALES FEDERADOS DESTACADOS Certificado de la Federacin correspondiente en el que se indique los resultados obtenidos en las competiciones de mbito Nacional y/o Autonmico.
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Oficina de Atencin al Ciudadano Actualizado a 13/09/2014
Referencia MODELO 222 subvenc. deportivas 2014 Calle Stuart, 79 Pgina 3 de 4 28300 Aranjuez (Madrid) Oficina de Atencin al Ciudadano 900.154.900 Tel. 91.809.03.60 Fax: 91.891.60.40 E-mail: [email protected] Web: www.aranjuez.es
SOLICITUD DE SUBVENCIN ASOCIACIONES DEPORTIVAS
Modelo
222
Presupuesto desglosado de Ingresos y Gastos de la temporada anterior.
Memoria estimativa de la actividad deportiva a realizar durante la prxima temporada.
Presupuesto estimativo desglosado de Ingresos y Gastos durante la prxima temporada.
VALORACIN
La cuanta de las ayudas se determinar en funcin de los criterios vigentes aprobados en el Consejo Municipal de Deportes, tenindose en cuenta las siguientes circunstancias: Realizacin de actividades deportivas de Clubes y Asociaciones federadas y no federadas, as como su clasificacin. Asistencia y clasificacin en Fases finales de mbito Nacional o Autonmico. Promocin y Fomento de Escuelas deportivas de base en la estructura del Club, inscrita en el registro de Asociaciones municipal y autorizadas por la Delegacin de deportes. Participacin de los Centros Escolares en las actividades del Deporte Infantil (Juegos Escolares). Organizacin por los clubes de eventos deportivos de carcter extraordinario de amplia participacin. Ayuda a deportistas individuales federados destacados no adscritos a un club ribereoy residentes en Aranjuez.
TRAMITACIN DEL PROCEDIMIENTO
Para obtener informacin sobre el estado de tramitacin del procedimiento, puede contactar con la Delegacin de Deportes, ya sea presencialmente en la Calle del Primero de Mayo 4, telefnicamente en el nmero 91 891 19 16 o a travs del correo electrnico [email protected]
FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD
Don/Doa: Firma:
Fecha:
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Oficina de Atencin al Ciudadano Actualizado a 13/09/2014
Modelo n MODELO 222 subvenc. deportivas 2014 Calle Stuart, 79 Pgina 4 de 4 28300 Aranjuez (Madrid) Oficina de Atencin al Ciudadano 900.154.900 Tel. 91.809.03.60 Fax: 91.891.60.40 E-mail: [email protected] Web: www.aranjuez.es
SOLICITUD DE SUBVENCIN
ENTIDADES SOCIO SANITARIAS
Modelo
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Carta ClubesCONVOC. BASES SUBV. DEPORTIVAS 14MODELO 222 subvenc. deportivas 2014