SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica...

53
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES Comisión Técnica Consultiva de Enfermería “LA CERTIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL EN ENFERMERÍA: EVOLUCIÓN HISTÓRICA Y PROSPECTIVA” 6 de febrero, 2019

Transcript of SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica...

Page 1: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR 

DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES 

Comisión Técnica Consultiva de Enfermería 

“LA CERTIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL EN ENFERMERÍA: EVOLUCIÓN 

HISTÓRICA Y PROSPECTIVA” 

6 de febrero, 2019 

Page 2: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

COMISIÓN TÉCNICA CONSULTIVA DE ENFERMERÍA

Mtra. Rosa Amarilis Zárate Grajales,

Directora de la Escuela Nacional de Enfermería de la UNAM y Coordinadora de la Comisión

Técnica Consultiva de Enfermería.

Dra. Rosa Armida Verdugo Quintero,

Directora de la Escuela Superior de Enfermería de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Dra. Norma Alicia Riego Azuara,

Presidenta de la Federación Mexicana de Colegios de Enfermería, A.C.

Lic. Claudia Elena González Acevedo,

Directora de la Facultad de Enfermería de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

Lic. María Soledad Centeno Díaz,

Presidenta del Colegio de Enfermeras del Distrito Federal, A.C.

Lic. Marina Martínez Becerril,

Subdirectora de Enfermería del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición “Salvador

Zubirán”.

Mtra. Perla Idolina Barragán Sosa,

Presidenta del Colegio Nacional de Enfermeras, A.C.

Lic. Silvino Arroyo Lucas,

Responsable de Investigación del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición “Salvador

Zubirán”.

Dra. Laura Guillermina Tejero Pérez,

Coordinadora de la Licenciatura en Enfermería de la División Académica de Ciencias de la Salud de

la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco.

Page 3: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

COMISIÓN TÉCNICA CONSULTIVA DE ENFERMERÍA

Lic. Patricia Palomino Flores,

Coordinadora de los Exámenes de Enfermería en la Dirección del Programa de Ciencias de la Vida

y la Conducta del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior, A.C.

Mtra. Ximena del Carmen Rubilar Anaya,

Directora de la Escuela de Enfermería de la Universidad Panamericana.

Dra. Cinthya Patricia Ibarra González,

Presidenta del Consejo Mexicano para la Acreditación de Enfermería, A.C.

Dr. José Manuel Herrera Paredes,

Representante del Departamento de Enfermería y Obstetricia de la Universidad de Guanajuato,

Campus Celaya.

Dra. María Diana Ruvalcaba Rodríguez,

Directora de la Facultad de Enfermería de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

M.C. Guadalupe González Díaz,

Directora de la Escuela Superior de Enfermería y Obstetricia del Instituto Politécnico Nacional.

Dra. Caridad del Carmen Cruz López,

Coordinadora de Áreas Básicas y Servicios del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.

Dra. María Olga Romero Estrada,

Coordinadora de la Licenciatura de Enfermería del Centro Universitario de Ciencias de la Salud de

la Universidad de Guadalajara.

Dra. María Alberta García Jiménez,

Responsable del Área de Educación Continua de Rectoría General, Coordinación General de

Vinculación y Desarrollo Institucional de la Universidad Autónoma Metropolitana.

Page 4: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

COMISIÓN TÉCNICA CONSULTIVA DE ENFERMERÍA

Dr. Martín Eduardo Sias Casas,

Director de la Facultad de Enfermería y Nutriología de la Universidad Autónoma de Chihuahua.

Lic. Rosa María Campos Peñaloza,

Representante del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.

Lic. Virginia Orozco Olvera,

Representante del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.

Dra. Nohemi Selene Alarcón Luna,

Directora de la Facultad de Enfermería de la Universidad Autónoma de Tamaulipas.

Lic. Ofelia Pérez García,

Presidenta del Consejo Mexicano de Certificación de Enfermería, A.C.

Mtra. Amanda Orozco Tagle,

Representante del Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería, A.C.

Dr. Francisco Cadena Santos,

Presidente de la Federación Mexicana de Facultades y Escuelas de Enfermería, A.C.

Mtra. Ángela Ediberta González Juárez,

Profesionista Distinguida.

Dra. Rosa María Nájera Nájera,

Coordinadora del Comité Mexicano para la Práctica Internacional de Enfermería.

Cor. Enfra. Laura Elena Correa Guerrero,

Presidenta del Colegio Nacional de Enfermeras Militares, A.C.

Page 5: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

COMISIÓN TÉCNICA CONSULTIVA DE ENFERMERÍA

Cap. Navío SSN L.E. Átala Teliz Rodríguez,

Directora de la Escuela de Enfermería Naval de la Armada de México, Secretaría de Marina.

GRAL. BGDA. José Luis Ojeda Delgado,

Director General de Sanidad, Escuela Militar de Enfermería de la Universidad del Ejército y Fuerza

Aérea.

SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN

Lic. Israel Barrios Hernández

Representante de la Secretaría de Educación

Pública y Director General de Profesiones.

Secretaría de Educación Pública.

Lic. Álvaro Jaime Castillo Zúñiga

Secretario Técnico de la Comisión Técnica Consultiva y Director de Colegios de Profesionistas

Dirección General de Profesiones

Secretaría de Educación Pública.

Lic. Iván Gutiérrez López

Subdirector de Colegios de Profesionistas

Dirección General de Profesiones

Secretaría de Educación Pública.

Lic. Misael Morales Pineda,

Jefe del Departamento de Servicio Social Profesional

y Comisiones Técnicas Consultivas de la Dirección

General de Profesiones,

Secretaría de Educación Pública.

Page 6: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

2

RESPONSABLES DEL TRABAJO:

Coordinadora: Amanda Orozco Tagle, Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería, A.C.(COMLE)

Ofelia Margarita Soto Arreola

Consejo Mexicano de Certificación de Enfermería, A.C.(COMCE)

Ofelia Pérez García

Consejo Mexicano de Certificación de Enfermería, A.C. (COMCE)

Rafaela Lazcano

Federación Mexicana de Colegios de Profesionistas, A.C. (FEMCE)

SUBCOMISIÓN DE CERTIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONALIONAL

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 7: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

3

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN.

I.- ANTECEDENTES DE LA REGULACIÓN DE LAS PROFESIONES EN MÉXICO ………………………………………………………………

6

II.- EVOLUCIÓN DE LA EVALUACIÓN PROFESIONAL EN MÉXICO .. 13

III.- COLEGIOS Y ASOCIACIONES EN LA VIGILANCIA DEL EJERCICIO PROFESIONAL ……………………………………………

14

IV.- ANTECEDENTES DE LA CERTIFICACIÓN DE ENFERMERIA EN MÉXICO …………………………………………………………………...

16

V.- PROCESO DE CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DE ENFERMERÍA EN MÉXICO …………………………………………….

20

VI.- COLEGIOS Y ASOCIACIONES AUTORIZADOS POR LA DGP-SEP

PARA CERTIFICAR A LOS PROFESIONISTAS DE ENFERMERÍA. 26

VII.- MARCO ÉTICO LEGAL DE LA CERTIFICACIÓN …………………… 28

VIII.- EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA …………………………… 31

IX.- PONDERACIÓN DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA ….. 32

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 8: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

4

INTRODUCCIÓN

La regulación de la práctica profesional en salud está influenciada por una serie de

factores entre los que destacan el Plan Nacional de Desarrollo, la Reforma Sectorial,

el entorno mundial con la globalización, los tratados de libre comercio con 52 países,

migración de profesionales, las transformaciones en las modalidades del cuidado

de las personas a través del uso de las tecnologías en salud y el fortalecimiento de

los individuos en el ejercicio de sus derechos en salud.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) promulgó en 1977 el Convenio No.

149 sobre Personal de Enfermería y la Recomendación No. 157, en ambos

documentos se promueven estándares básicos para el trabajo de enfermería con el

propósito de garantizar la adecuación del ejercicio de enfermería en los entornos de

cada país.

De igual manera, en el año 1983 el Consejo Internacional de Enfermeras (CIE),

convocó a los diferentes países asociados a realizar en su país un estudio para

identificar los factores que inciden en la situación en relación con la formación y la

práctica de enfermería, con el fin de evaluar y elaborar sistemas reguladores

apropiados para la profesión, para poder llevar a cabo los cambios y avances que

cada país requiere.

Además, la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la

Salud (OPS/OMS) a través de los Proyectos de Recursos Humanos y de Políticas

Públicas e Investigación en Salud del Área de Sistemas de Salud basados en la

Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la

regulación en enfermería en los países de América Latina, para establecer

prioridades de regulación en enfermería que contribuyan a una mejora de la calidad

de los servicios de salud y promuevan la mejora de las condiciones laborales.

Con base en lo anterior, los procesos de regulación profesional como son la

acreditación, la certificación y la colegiación, se instituyen con el fin de garantizar la

seguridad del paciente y del personal de enfermería.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 9: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

5

La certificación, es un acto de conciencia y compromiso ético profesional basado en

estándares predeterminados, mediante el cual se hace constar que un profesionista

posee las competencias para otorgar un cuidado de enfermería de calidad que

contribuya a disminuir los posibles riesgos en el ámbito de su ejercicio profesional.

No obstante que se ha tenido la intención de que este proceso verdaderamente

funcione como un mecanismo de regulación de la permanencia en el ejercicio

profesional, se han encontrado dificultades y retos en su estructura, en el proceso y

en el resultado. A la fecha, existen diferencias entre los procesos utilizados por cada

uno de los organismos certificadores que cuentan con Constancia y Reconocimiento

de Idoneidad, lo que genera dudas en la comunidad de enfermería sobre las

conveniencias de elegir entre uno y otro.

Por tanto, el Comité Técnico de Enfermería de la DGP/SEP se propone subsanar

estas diferencias a partir de establecer los requisitos mínimos que deben cubrir

todos los organismos que pretendan llevar a cabo este proceso de regulación,

además de los ya establecidos por el Consejo Consultivo de Certificación

Profesional.

Este documento tiene la finalidad analizar las diferencias y semejanzas para

establecer los requisitos básicos que todo colegio o asociación profesional de

enfermería debe cumplir para lograr el propósito de la certificación profesional por

lo que incluye: antecedentes de la regulación de las profesiones en México, la

evaluación y regulación profesional a través de los colegios y asociaciones como

auxiliares de la vigilancia del ejercicio profesional autorizados, validados y

supervisados por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación

Pública. Incorpora los requisitos para la obtención del Reconocimiento de

Idoneidad, así como el marco ético-legal y los aspectos relacionados con la

educación profesional continua; al final no por eso menos importante se incluye la

tabla de ponderación de las variables e indicadores para la evaluación a través del

curriculm vitae.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 10: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

6

I.-ANTECEDENTES DE LA REGULACIÓN DE LAS PROFESIONES EN

MÉXICO.

ÉPOCA PRECOLOMBINA Y EL VIRREYNATO.

Para el estudio de la vigilancia del ejercicio profesional en México, es obligado

recurrir a la legislación española, que estuvo vigente en nuestro país desde la

conquista hasta la Constitución de 1824, es decir, algunos años después de

obtenida nuestra independencia en virtud de los “Tratados de Córdova”1

En la época virreinal, Fray Pedro de Gante fue el organizador de los oficios que

hasta 1857 estuvieron constituidos en gremios. La reglamentación del ejercicio

profesional estaba fundada en razones político-económicas de todos y cada uno de

los trabajos y oficios.

“El 7 de marzo de 1524 se celebró en la casa de Hernán Cortés el primer cabildo

metropolitano para la urgente organización de los gremios y el día 15 del mismo

mes y año, se dictó la primera Reglamentación de Ordenanzas2, este documento

señalaba que los profesionistas debían inscribirse en su gremio respectivo. Tal fue

el caso de los escribanos de la Ciudad de México, que es el antecedente de los

notarios, quienes fueron los primeros profesionistas que se agremiaron en la Nueva

España.

En la Colonia “los abogados, médicos y los cirujanos y demás profesionistas, tenían

una rigurosa vigilancia de su ejercicio profesional, contaban con estudios de

bachillerato, carrera universitaria con duración de 6 años y dos años de pasantía

con enseñanza tutoral. El examen profesional era teórico-práctico, se hacía primero

por pares académicos, posteriormente por tribunales, Consejos, Audiencias y los

médicos se examinaban en el Real Protomedicato (también se examinaban a

cirujanos, embalsamadores, boticarios, especieros, herbolarios y parteras) pero

1Leaños Mares Elías.“Breve Estudio Sobre la Reglamentación del Ejercicio Profesional en México”, México,

1979. p-1.

2 Ibid p- 9

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 11: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

7

nunca fue privativo de las universidades. Si al presentar su examen salían

aprobados protestaban el juramente de hacer el bien y lealmente a todos los que

recurrieran a ellos en demanda de sus servicios profesionales.

Tenían un plazo de ocho días a partir de la fecha de celebración del examen para

inscribirse en el libro respectivo para poder ejercer, los cuales aparecían en listas

de profesionistas recibidos, que anualmente se repartían para darlos a conocer en

las instituciones y al público en general.

En el ejercicio liberal de la profesión, los honorarios eran objeto de una minuciosa y

extensa reglamentación. Éstos se fijaban por acuerdo de ambas partes y se podían

pagar de manera fragmentada, pero generalmente los jueces y el Protomedicato

fijaban los honorarios. Los profesionistas anualmente presentaban un libro donde

registraban sus ingresos y cuya finalidad era de carácter fiscal.

El Protomedicato tenía facultades para: expedir títulos, examinar, validar las cartas

credenciales y nombrar Promotores Fiscales quienes fijaban las penas que se

debían imponer a los profesionistas y comisarios si infringían la ley.

Después de 1801, el Protomedicato no tuvo jurisdicción sobre las parteras,

especieros y drogueros, solo sobre médicos, cirujanos, barberos y boticarios. Ya

que este organismo se sustituyó por la Junta Superior Gubernativa de Medicina y

los colegios fueron sus subdelegados.

Todos los profesionistas observaban su Código de Ética, mismo que era exigido a

cabalidad. Sus sanciones eran: castigos físicos, pecuniarios y el destierro, sin

derecho a poder ejercer.

PARTERAS.

Las parteras (antecedente de las enfermeras obstetras) fueron las primeras en

agremiarse y en ser estrictamente vigiladas. La aplicación de los conocimientos

sobre la obstetricia era su responsabilidad y antes de presentar su examen

recepcional deberían reunir los siguientes requisitos:

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 12: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

8

1. “Debido a principios de honestidad. Las mujeres sólo pudieron ser parteras

cuando eran viudas o casadas. En el primer caso, deberían presentar antes

de examinarse el certificado de defunción de su cónyuge. Y las casadas,

testimonio de consentimiento de su marido, además deberían llevar una vida

honesta y buenas costumbres comprobado mediante certificado que les

extendía el párroco del lugar.

2. La Gran Junta Superior Gubernativa era la encargada de expedir un tratado

que comprendiera la instrucción que deberían adquirir las parteras.

3. El examen profesional les era efectuado precisamente en los Reales

Colegios de Cirugía, si éstos encontraban lejos, algunos cirujanos le

practicaban el examen a fin de evitar que la sustentante viajarán de manera

impropia de acuerdo con su sexo.

4. El examen consistía en un solo acto teórico práctico de la misma duración

del de los sangradores preguntándoles, sobre las partes del arte de la

obstetricia sobre la cual deberían estar instruidas y de la forma de administrar

el agua a los párvulos.

5. Las parteras no podían realizar operaciones, administrar medicamentos, ni

recetar, sino que debía llamar a un cirujano.

6. Se podían instalar en cualquier lugar para poder ejercer, Pero era requisito

indispensable presentar sus títulos ante los tribunales de lugar para que se

ordenará que sus nombres se inscribieran en los libros del ayuntamiento

según se había dispuesto en la Real Junta Superior Gubernativa de Cirugía.

7. Las penas que se impusieron por ejercer sin título principalmente eran

pecuniarias, si se reincidía se les aplicaba el destierro de la corte o de las

ciudades a cinco leguas a distancia”.3

DE LA CONSTITUCIÓN DE 1824 A LA DE 1857

Después de celebrado el Plan de Iguala siguieron vigentes las leyes españolas que

fueron obligatorias en la época colonial. En la vida independiente del país y después

3. Ibid p 52-53

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 13: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

9

de la Constitución del 4 de octubre de 1824, este sistema de declaración de

derechos no contenía reglamentación del ejercicio profesional. Esto dio origen a la

charlatanería. Sólo se reglamentaba el examen profesional y de grado para médicos

y abogados los cuales podían ejercer en toda la república.

Esta constitución sólo establece un articulado sobre la libertad y no esclavitud en el

país independiente.

La Constitución de 1857 tomó en consideración la necesidad social del ejercicio de

las profesiones y determinó a través de los artículos 3° y 4° lo siguiente.

Artículo tercero. “La enseñanza es libre la ley determinará qué profesiones

necesitan título y con qué requisitos se debe expedir.”

Artículo cuarto.” Todo hombre es libre para abrazar la profesión industria o trabajo

que le acomode, siendo útil y honesto y para aprovecharse de sus productos. Ni

uno, ni otro podrá impedir sino por sentencia judicial, cuando ataque los derechos

de terceros o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marca la ley

cuando ofenda los de la sociedad.”4

Este último, instituía la libertad de abrazar la profesión que se quisiera y el tercero

al ejercicio de las profesiones.

En esta constitución se establece el principio de que el ejercicio profesional está

asociado a la educación técnica media superior y superior, ya que a éstas

corresponde la formación de los profesionales que más tarde se incorporarán al

mercado laboral.5 No se legisló en materia de ejercicio profesional, llevaba

enteramente el espíritu francés de 1830 que contenía las garantías individuales y

su interés era individualista.

4 Gamboa José María. “Leyes y Constituciones de México Durante el Siglo XIX”, México, 1901, p 259

5 Tena Ramírez F. Leyes Fundamentales de México 1908. 20th ed. México: Porrúa; 1997.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 14: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

10

CONSTITUCIÓN DE 1917.

De 1867 a 1910 los profesionistas constituían una elite social e intelectual, pero al

terminar la Revolución de 1910, Venustiano Carranza reformó el Plan de Guadalupe

adicionando las bases para las reformas, a las que se les designó con el nombre de

“Sección de Legislación Social,” así el 18 de diciembre de 1916, se fusionaron los

artículos tercero y cuarto, quedando como artículo 4° en la Constitución de 1917.

En el año 1975 con motivo del Año Internacional de la Mujer, se reformó la

Constitución vigente y el contenido del Artículo Cuarto fue trasladado al Artículo 5o.

Constitucional Relativo al Ejercicio de las Profesiones, mismo que ha sido reformado

en dos ocasiones el 31 de diciembre de 1974 y el 29 de enero de 2016.

Con el surgimiento de la Dirección General de Profesiones (DGP) de la Secretaría

de Educación Pública (SEP) en 1945 se institucionaliza la regulación del ejercicio

profesional, se revalora y promueve la participación de los Colegios de

Profesionistas y se restablecen condiciones de interés público sobre las carreras

que requieren licencia para ejercer, entre ellas la profesión de enfermería. Desde

esa fecha, los Colegios se convierten en Auxiliares de la DGP/SEP vigilando el ejercicio

profesional, para que se otorgue dentro del más alto plano legal y moral. 6

Para llevar a cabo esta vigilancia, la autoridad educativa se vale de la regulación

profesional y considera para ello tres procesos a evaluar: a) la educación; b) el

licenciamiento y registro; c) el ingreso y permanencia en la práctica profesional.

a) La educación.

El proceso de regulación de la educación superior se da a través de la expedición

del Registro de Validez Oficial de Estudios (RVOE), para el caso de las instituciones

6 Ortega Amieva DC. Regulación de las Profesiones, Situacion actual y prospectiva. En Acto

inaugural de la Reunion Nacional "Regulación de las Profesiones, Situacion actual y prospectiva";

1995; México.

Subsecretaría de EducaciónSuperiorDirección General de Profesiones

Page 15: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

11

educativas privadas, con base en el Acuerdo Secretarial 279 de la SEP7. En el caso

de las escuelas y facultades públicas federales y estatales, la regulación se

establece a través de sus respectivas Leyes Orgánicas y se valida la calidad de los

planes y programas con la acreditación que otorga el Consejo Mexicano para la

Acreditación de Enfermería A.C.

Sobre la educación media superior impartida por particulares, la regulación se lleva

a cabo por medio de la expedición del RVOE, que la SEP otorga, con base en el

Acuerdo Secretarial 4508. Para las escuelas que dependen de la SEP, como el

Colegio de Educación Profesional Técnica (CONALEP) y las que dependen de la

Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI), es la SEP quien

regula su apertura, a través de la obtención de la Opinión Técnica Académica

Favorable que emiten las Comisiones Interinstitucionales Estatales o Federal de

Formación de Recursos Humanos para la Salud (CIEFRHS o CIFRHS,

respectivamente).

b) Licenciamiento y registro.

El licenciamiento es el proceso por el cual una escuela o facultad de enfermería,

reconocida oficialmente por la SEP, otorga a sus egresados de sus planes y

programas de estudio acreditado o avalado, un título para desempeñar una

profesión, después de evaluar su grado mínimo de competencia para garantizar: el

cuidado, la salud, seguridad, bienestar y protección del público. Es un

reconocimiento gubernamental único e inmediato al proceso educativo 9, tal y como

lo establece el artículo 1º de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional

Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal.

7 Diario Oficial de la Federación. ACUERDO número 279 por el que se establecen los trámites y

procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior. 2000

8 Diario Oficial de la Federación. ACUERDO número 450 por el que se establecen los Lineamientos que

regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio

superior.2008

9 Bolaños Sánchez J: Regulación para la práctica de enfermería en Estados Unidos de América. Rev Enferm

IMSS 2003; 11 (2): 99-104

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 16: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

12

El registro del título y obtención de la cédula profesional se realiza ante la DGP, con

base en el artículo 3° de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo

al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal.

c) Ingreso y permanencia en la práctica profesional.

La regulación del ingreso y permanencia en la práctica profesional requiere la

posesión de título y cédula profesional, tal como lo establece el artículo 25 Ley

Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional Relativo al Ejercicio de las profesiones

en el Distrito Federal. Así mismo, el artículo 24 de esta ley define ejercicio

profesional “como la realización habitual a título oneroso o gratuito de todo acto o la

prestación de cualquier servicio propio de cada profesión, aunque sólo se trate de

simple consulta o la ostentación del carácter del profesionista por medio de tarjetas,

anuncios, placas, insignias o de cualquier otro modo. No se reputará ejercicio

profesional cualquier acto realizado en los casos graves con propósito de auxilio

inmediato.10

La DGP/SEP ha conferido a los colegios y asociaciones de profesionistas la

atribución de colaborar en la vigilancia del ejercicio profesional en la modalidad de

certificación, con el propósito de dar certeza a la sociedad de que los profesionistas

son competentes básicamente porque han mantenido un continuum en la

actualización de sus conocimientos. Se espera que en corto plazo la certificación y

colegiación profesional adquiera la condición de obligatoriedad y requisito de

permanencia laboral, dada la responsabilidad que implica para los profesionistas de

enfermería el cuidado de la salud de las personas.

10 Salvati Herran M. Regulación del ejercicio profesional en México. La globalización de las

profesiones el caso de America del Norte. 1994.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 17: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

13

II. EVOLUCIÓN DE LA EVALUACIÓN PROFESIONAL EN MÉXICO

De forma general, el término evaluación es una palabra flexible con usos diferentes

y aplicables a una gama variada de actividades humanas. La evaluación de acuerdo

con la Real Academia Española la define como: “señalar el valor de una cosa”. Para

el Diccionario del Español Actual, evaluar significa “valorar”, determinar el valor de

alguien o de algo. 11

Para Pabón Lasso evaluar es medir un fenómeno o el desempeño de un proceso,

comparar el resultado obtenido con criterios preestablecidos y hacer un juicio de

valor tomando en cuenta la magnitud y dirección de la diferencia.12

Por ello, para evaluar ejercicio profesional se recurre a formas de evaluación

sistemática, que garanticen la validez y confiabilidad de la información.13

Es entre las décadas de 80 y 90, cuando surgen mecanismos e instancias de

evaluación, acreditación y certificación profesional como respuesta a las

necesidades de modernización económica y participación competitiva del país en el

mercado mundial para el libre tránsito de los servicios profesionales.

En ese momento solo se evaluaban planes y programas de instituciones educativas,

faltando por evaluar al egresado. En este contexto en 1994 se crea el Centro

Nacional de Evaluación de la Educación Superior, (CENEVAL) encargado de

atender esta modalidad de evaluación de resultado, a través de la aplicación de

exámenes llamado en sus orígenes, Examen de Calidad Profesional, conocido

11 Diccionario de la Real Academia Española [En línea].; 2017 [consultado el 10 de diciembre 2017.

Disponible en: http://www.rae.es/biblioteca-y-archivo

12 Pabón Lasso Hipólito. “Evaluación de los Servicios de Salud: Conceptos, indicadores, ejemplos de

análisis cuantitativo y cualitativo”. Editorial Universidad del Valle. Facultad de Salud.

Calombia.1985

13 Pallan FC. Los procesos de evaluación y acreditación de las instituciones de educacion superior

en México en los ultimos años. [En línea].; 1994 [consultado el 14 octubre2016. Disponible en:

http://bit.ly/2gFMTR1.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 18: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

14

como Examen General para el Egreso de la Licenciatura (EGEL); los primeros

egresados que presentaron el examen fueron de las carreras de contaduría,

veterinaria, enfermería, odontología, química farmacéutica, biología y turismo.14

La literatura revisada coincide en que los procesos de certificación sirven para

acreditar la capacidad profesional, empresarial u organizacional, para ofrecer un

servicio, producto o sistema en función de requisitos y estándares comprometidos

en las normas. Para ello, se recurre a un certificador quien constata que

efectivamente se cumple con los requisitos del índice de referencia y competencias

para cada profesión.15

III.COLEGIOS Y ASOCIACIONES EN LA VIGILANCIA DEL EJERCICIO

PROFESIONAL

Los colegios y asociaciones de profesionistas están conformadas por individuos

agrupados voluntariamente cuya característica en común es ostentar un título y

cédula profesional de una disciplina registrada oficialmente, que avala

conocimientos útiles para la profesión determinada y que tiene interés en trabajar

en favor de la sociedad y de la profesión. Son organismos auxiliares de la DGP/SEP,

coadyuvantes del ejercicio profesional, para que éste, se lleve a cabo dentro del

más alto nivel ético legal y moral.

Entre las atribuciones y responsabilidades sociales de los colegios de profesionistas

otorgadas por la DGP/SEP con fundamento en la Ley Reglamentaria del Artículo 5°

Constitucional Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal Capítulo

14 Acosta PA. Análisis del sistema de capacitación y certificación para entrenadores deportivos:

elementos para la reflexión. 2016. Tesis de Maestria.

15 Hernández CC. El quehacer pedagógico en el servicio profesional de carrera: capacitación y

certificación de capacidades de los servidores públicos en la Secretaría de Economía. 2015. Tesis

de Licenciatura.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 19: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

15

VI Artículos 44-50. se encuentra la de verificar el cumplimiento de la regulación, así

como la observancia de su objeto social.16

Para que los colegios o asociaciones puedan llevar a cabo el proceso de

certificación, es necesario que la DGP/SEP otorgue a éstos Constancia y

Reconocimiento de Idoneidad.17

La certificación profesional está dirigida al personal que se encuentra en ejercicio

profesional, su propósito es verificar la actualización de conocimientos, habilidades,

actitudes y valores, con el fin de que se proporcione un cuidado de calidad con un

enfoque resolutivo. Este proceso permite a quienes lo aprueban obtener un

Certificado de Calidad que da fe de la actualización del profesionista en un periodo

que asegura la capacidad para ejercer correcta y adecuadamente las competencias

inherentes a su profesión, indirectamente la evaluación para la certificación valora

el grado de adecuación a los requerimientos de la práctica profesional y dota al

profesionista y a las instituciones educativas y de salud, de una herramienta de

valorización para la toma de decisiones.

Es así, que la certificación profesional juega un papel estratégico en la política

educativa mexicana en cuanto es vista como un medio para identificar la calidad del

sistema de educación media superior y superior. 18

Para el Sistema Nacional de Salud y para la SEP-DGP la certificación profesional

se constituye en un medio de regulación de carácter voluntario que contribuye a

verificar el nivel de actualización y competencia profesional de quien ejerce una

profesión.

16 Dirección General de Profesiones. “Colegios de Profesionistas”, [En línea].; consultado el 23

octubre2018. Disponible en: www.sep.gob.mx/wb/sep.

17 Secretaría de Educación Pública, “Certificación Profesional”, [En línea].; consultado el 23 octubre

2018. Disponible en: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/direccion-general-de-

profesiones-certificacion-profesional

18 Vid nota 13

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 20: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

16

IV. ANTECEDENTES DE LA CERTIFICACIÓN DE ENFERMERÍA

EN MÉXICO

En 1982 la Organización Mundial de la Salud (OMS), Oficina Regional Europea, dio

el primer paso hacia el establecimiento de sistemas de calidad, con el desarrollo de

estándares para la práctica profesional y desde entonces ha recomendado el

establecimiento de sistemas que promuevan la calidad de la atención.

En el año 1983 el Consejo Internacional de Enfermeras (CIE), convocó a los

diferentes países asociados, a realizar en su país un estudio para identificar la

situación en relación con la formación y la práctica de enfermería. Con el fin de

evaluar y elaborar sistemas reguladores apropiados para la profesión.19

Posterior a la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN),

líderes de Canadá, Estados Unidos y México reconocieron la necesidad de diálogo

y cooperación ante los cambios y las relaciones económicas regionales; solicitando

a los países firmantes, el desarrollo de normas mutuamente aceptables para el

licenciamiento y la certificación de los proveedores de servicios de 12 profesiones:

actuaría, agronomía, arquitectura, contaduría, derecho, enfermería, farmacia,

ingeniería, medicina, medicina veterinaria y zootecnia, odontología y psicología.

En septiembre de 1994, la DGP, convocó a los cuerpos colegiados de profesionistas

para evaluar, comparar y contrastar los mecanismos de formación y vigilancia del

ejercicio profesional de las enfermeras (os), a fin de conocer y entender las

estructuras y procesos que cada uno de los países llevaba a cabo, con la finalidad

de establecer procedimientos para el mutuo reconocimiento de licencias y

certificados, con base en los elementos señalados en el Anexo 1210.5 de Servicios

Profesionales del Capítulo XII, Comercio Transfronterizo de Servicios del TLCAN.

19 Consejo Internacional de Enfermeras. [En línea].; 1983 [consultado el 7 de octubre 2017. Disponible en: HYPERLINK

"http://www.icn.ch/es/publications/publications/" http://www.icn.ch/es/publications/publications/ .

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 21: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

17

Esta responsabilidad recayó en los profesionistas y en las asociaciones respectivas

a cada profesión; fue así como se constituyó la Iniciativa Trilateral para la

Enfermería de Norteamérica, que a través de un proyecto financiado por Fundación

WK Kellogg y algunas asociaciones de enfermería de Estados Unidos, Canadá y

México, logró identificar similitudes y diferencias entre los tres países.

Para tal fin, se formaron los Comités Mexicanos para la Práctica Internacional,

llamado por sus siglas (COMPI-S), estos se enfocarían a precisar y delimitar para

cada una de las doce profesiones la forma de satisfacer tales criterios, en el

entendido que se buscarían semejanzas en metodologías, instrumentos y

procedimientos.20

El 6 de septiembre de 1994 con la participación de la Escuela Nacional de

Enfermería y Obstetricia (ENEO) de la UNAM, el Colegio Nacional de Enfermeras

(CNE), la Asociación Mexicana de Licenciados en Enfermería, ahora; Colegio

Mexicano de Licenciados en Enfermería, A.C. (COMLE), la Federación Nacional de

Asociaciones y Facultades y Escuelas de Enfermería, A.C. (FEMAFEE) y la

Coordinación del Área Biomédica de la Dirección de Estudios Profesionales del

Instituto Politécnico Nacional (IPN) se integró el Consejo Mexicano Para la Práctica

Internacional de Enfermería (COMPI-E), cuya función principal fue negociar con sus

homólogos los criterios y lineamientos para el ejercicio de la profesión,

estableciendo tres subgrupos de trabajo para llevar a cabo el diagnóstico sobre la

educación, la práctica y la regulación de la enfermería en los tres países, enfocados

a analizar; a).- los planes y programas de estudio, b).- práctica profesional y c).-

código de ética; trabajo que duró dos años y al término de ellos se elaboró un

informe donde se presentaron las semejanzas y diferencias y se establecieron

oportunidades y recomendaciones a fin de mejorar la educación y regular el ejercicio

de la práctica profesional.

20 Rodríguez Gómez R. El TLCAN y las profesiones. un estado de la cuestión. Revista

electrónica de investigación educativa. 2013 julio-septiembre; XLII(3): p. 199-223.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 22: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

18

En un primer momento se conformó el Sistema Nacional de Acreditación y

Certificación de Enfermería, A.C. (SNACE), el cual no protocolizó actas, ni

registros, pero realizó una serie de reuniones colegiadas con homólogos,

relacionadas con los temas asignados a los grupos de trabajo.21

Por recomendación del COMPI-E y la DGP, los organismos que integraban el

(SNACE), uniendo voluntades y sumando esfuerzos, “el 30 de noviembre del 2000,

constituyeron el Consejo Mexicano de Acreditación y Certificación de Enfermería

(COMACE, A.C.) teniendo como miembros fundadores al Colegio Nacional de

Enfermeras (CNE), Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería (COMLE)

Federación Nacional de Asociaciones de Facultades y Escuelas de Enfermería

(FENAFEE), Colegio Nacional de Enfermeras Militares (CONEM), Asociación de

Enfermeras Quirúrgicas e Instrumentistas, Asociación de Enfermeras en

Infectología, Sociedad de Enfermeras en Medicina Crítica y Terapia Intensiva,

Sociedad Mexicana de Salud Pública y la Federación de Enfermeras Religiosas.

El 9 de octubre del año 2000, inicia la certificación del ejercicio profesional de

enfermería por el COMACE, A.C., siendo las primeras en certificarse las socias

fundadoras y personal de enfermería del Instituto Nacional de Neurología y

enfermeras (os) en Salud Pública. 22

El 8 de marzo del 2004 se expide el Acuerdo Secretarial 338, mediante el cual se

instruye al Subsecretario de Educación Superior e Investigación Científica para que

convoque e integre grupos de opinión para constituir el Consejo Consultivo para la

Certificación Profesional, con el propósito de analizar la idoneidad de las

asociaciones de profesionistas, que pretendan ser inscritas en el registro de la DGP

en su calidad de organismos certificadores del ejercicio profesional de su

21 Consejo Mexicano de certificación de Enfermería. COMCE Web site. [En línea], cited 2018

enero.10.Available from: http://comceac.com.mx/

22 Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería. Antecedentes de la integración del Consejo

Mexicano para la Práctica Internacional de Enfermería 2000. Bitácoras del COMLE de las diferentes

reuniones llevadas a cabo en la DGP/SEP.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 23: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

19

competencia. Este Consejo estableció los requisitos que deberán cubrir dichas

organizaciones que aspiren a obtenerla, así como los lineamientos generales para

su organización, funcionamiento y metodología de certificación, con la finalidad de

que los procesos se instrumenten de manera equitativa, ética, confiable, legal y

transparente.

El 22 de julio de 2004, se formó el Consejo Consultivo de Certificación Profesional,

integrado por las autoridades en materia de profesiones de ocho entidades

federativas; las Secretarías de: Economía, Salud, del Trabajo y Previsión Social y

la Secretaría de Educación Pública; así como la Confederación de Cámaras

Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; la Confederación de Cámaras

Nacionales de Comercio y el Consejo para la Acreditación de la Educación Superior,

A.C. (COPAES)23

Con el apoyo de este Consejo, el 7 de febrero de 2005 la SEP/DGP definió las

características que deberán cumplir los colegios y asociaciones de profesionistas

que aspiren a obtener la idoneidad para que sometieran a revisión su metodología

de evaluación y ser dictaminados por especialistas de la disciplina y obtener el

Reconocimiento de Idoneidad como auxiliares de la Dirección General de

Profesiones, en la vigilancia del ejercicio profesional en la modalidad de certificación

profesional.24

23 Secretaría de Educación Pública. normateca interna. [En línea]. [consultado el 6 de agosto 2018].

Disponible en: HYPERLINK "hhttp:

normotecainterna.sep.gob.mx/work/models/normoteca/resours/368

24 Ibid

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 24: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

20

En diciembre de 2006, la DGP en oficio No. DGP/1139/06 comunicó a

COMACE A. C. que por instrucciones del presidente de la asamblea de

COPAES, integrante del Consejo Consultivo para la Certificación Profesional,

“los organismos acreditadores deben realizar actividades exclusivamente de

acreditación, por lo que se obliga a excluir de sus programas de trabajo la

Certificación de Profesionistas, solicitando se considere lo anterior en el

proceso de Reconocimiento de Idoneidad”. En virtud de lo anterior, COMACE

A. C. tuvo que transformarse en tres organismos colegiados: el Consejo

Mexicano de Certificación de Enfermería, (COMCE), el Consejo Mexicano

para la Acreditación de Enfermería (COMACE) y el Consejo Mexicano para la

Acreditación Técnica de Enfermería (COMACET)25

V. PROCESO DE CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DE ENFERMERÍA

EN MÉXICO.

Es así que la certificación profesional es un mecanismo de regulación interna de la

profesión que se realiza a través de un proceso de evaluación que incluye la

formación académica, experiencia profesional y actualización de estos

profesionistas de la enfermería con el fin de otorgar un cuidado de calidad que

contribuya a disminuir los posibles riesgos en el ámbito de su ejercicio.

Dentro de la certificación existen diferentes modalidades e instancias encargadas

de regular: la formación, el ejercicio profesional y la permanencia, esta última

incipiente en México, dependiendo el momento por el que se encuentre el

profesionista

ACADÉMICA. Corresponde a los documentos expedidos por escuelas o facultades

legalmente reconocidas a las que el gobierno y la sociedad les delega la

responsabilidad de otorgar título o grado ya que confían en que las instituciones

25 Vid nota 21

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 25: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

21

educativas han enseñado y evaluado conocimientos, habilidades, destrezas y

valores de sus egresados.

OFICIAL. Se refiere a la expedición de la cédula profesional, una vez que el título o

grado es registrado y validado por la DGP-SEP. Este trámite es el eje de la

regulación y base de la vigilancia del ejercicio profesional. El Estado al emitir esta

cédula avala que el egresado puede ejercer su profesión y es digno de confianza y

certidumbre para lo que fue formado.

SOCIAL. Es la modalidad de certificación que llevan a cabo las asociaciones y los

colegios de profesionistas, posterior a un proceso de evaluación que legitima la

formación académica, experiencia profesional y actualización de sus competencias

laborales para permanecer en su ejercicio.26

ETAPAS DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE ENFERMERÍA.

Como proceso administrativo la certificación requiere una planeación,

implementación y dictaminación.

En la etapa de planeación los organismos certificadores deberán considerar los

aspectos: ético- legales, conceptuales, metodológicos, logísticos, estructurales,

financieros y de infraestructura.

La etapa de implementación incluye: difusión del proceso, coordinación con el

Órgano Evaluador Externo (OEE), con las sedes y sustentantes y aplicación de la

evaluación curricular y de conocimientos.

La dictaminación incluye el análisis de la evaluación curricular y de conocimientos

con base en los criterios de ponderación previamente establecidos para finalmente

tener un resultado que puede ser favorable o no al sustentante.

26 Castillo Zúñiga AJ. Las Profesiones en México. En: Revista de profesiones. 2009; Ciudad

de México.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 26: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

22

El proceso de certificación debe estar sustentado en los siguientes elementos:

1. Formación profesional: implica la verificación y validación del título y cédula

profesional.

2. Experiencia laboral califica aspectos tales como: años de servicio,

promociones y puestos o cargos.

3. Educación continua asistencia y participación en eventos académicos,

científicos, entre otros,

4. Competencias laborales. Se evalúan los conocimientos, habilidades,

aptitudes y valores.

5. Desempeño ético profesional. Valora aspectos actitudinales y axiológicos.

Requisitos para obtener la Idoneidad

Las asociaciones y colegios de profesionistas interesado en ser considerado como

auxiliar en la vigilancia del ejercicio mediante la certificación de profesionistas, debe

proporcionar la siguiente información:

1. Escritura constitutiva

2. Código de ética

3. Reglamento específico del organismo certificador.

4. Organización y funcionamiento.

5. Relación de los integrantes del órgano de gobierno.

6. Información relacionada con el esquema de evaluación y los procedimientos,

descritos a detalle, la infraestructura y los recursos humanos con los que

realizará la certificación de profesionistas.

7. Contar con un órgano evaluador externo. 27

8. Recurso de reclamación

27 Vid nota 15

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 27: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

23

CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN

1. Objetivo

2. Ético

3. Transparente

4. Imparcial

5. Legal

6. Oficial

7. Nacional.

8. Temporal

9. Confiable

Debido al valor de la transparencia y confiabilidad del proceso de certificación, se

requiere que el Organismo Certificador, cuente con la coparticipación de un OEE

que proporcione las bases metodológicas y de control del banco de reactivos, la

estructuración de los instrumentos de evaluación, calificación y análisis de los

resultados para garantizar la calidad del proceso de evaluación con validez,

objetividad y confiabilidad demostrables. Por tal motivo, el OEE debe ser una

institución dedicada a evaluación del ejercicio profesional y de ninguna manera una

institución educativa.

El proceso de certificación deberá contar con las siguientes acciones:

1. Emisión de convocatoria

2. Solicitud y registro del sustentante ante el órgano certificador.

3. Entrega de guía de estudio para el sustentante.

4. Coordinación y planeación con el OEE para la aplicación del instrumento de

evaluación.

5. Calificación, análisis y entrega de resultados por el OEE.

6. Elaboración y entrega de dictamen por la asociación o colegio certificador.

7. Informe a la DGP/SEP.

Concluido el proceso de certificación se logran dos importantes propósitos:

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 28: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

24

a. Contribuir a hacer efectivo el derecho constitucional de protección a la salud

al coadyuvar a disminuir riesgos en el cuidado de la persona.

b. Mantenerse actualizado respecto de los avances científicos y tecnológicos

de la disciplina, como un compromiso ético profesional.

Como resultado del proceso de certificación también se logra, entre otros:

a) Contribuir e impulsar el aseguramiento de la calidad del cuidado de

enfermería y generar un impacto positivo al proteger a la sociedad de

prácticas poco seguras.

b) Estimular al profesionista a mantener una actitud positiva hacia la

actualización continua, de las competencias que permitan mejorar su

ejercicio profesional.

c) Promover y verificar el conocimiento de la metodología del Proceso de

Enfermería en el ámbito laboral.

d) Proporcionar información a las instituciones, a la persona y grupos sociales

que el profesionista que atiende su salud tiene dominio sobre su campo de

conocimiento y que posee y demuestra habilidades, destrezas y valores para

su ejercicio.

En conclusión, la certificación profesional contribuye a la calidad del servicio, por

ser una responsabilidad institucional y personal que modifica la percepción que tiene

el profesional sobre su propia práctica, por lo que la modifica la actitud hacia la

persona cuidada y hacia sus pares durante las intervenciones clínicas,

convirtiéndose en beneficios para la sociedad, la profesión, los profesionales, las

instituciones empleadoras y para el país en general. Por tanto, la certificación ha

contribuido al desarrollo de la enfermería en México con cambios sustanciales

reflejados en las políticas a nivel gubernamental y profesional. En las primeras como

criterio de calidad para la acreditación de las instituciones, las cuales deben incluir

la certificación profesional de este personal por ser uno de los elementos principales

integrantes del equipo de salud. De manera individual, dichos cambios motivan la

actualización continua de los profesionistas para mantener una práctica que pueda

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 29: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

25

contribuir a ofrecer seguridad y calidad es los servicios de enfermería, lo que se

constituye como un mecanismo de autorregulación del ejercicio profesional.

Los beneficios de la certificación profesional se enfocan en diferentes ámbitos.

Para la sociedad

A) Tener la confianza que el profesional certificado posee los conocimientos,

habilidades, valores éticos y humanísticos para otorgar el cuidado de calidad

B) Dar certidumbre de que los profesionistas certificados están legalmente

facultados para ejercer la profesión.

Para la profesión

a) Consolidar el estatus y prestigio de la profesión y de los profesionistas.

b) Contar con un mecanismo de autorregulación de la profesión y del ejercicio

profesional.

c) Coadyuvar al desarrollo de la profesión.

Para los profesionistas

a) Visualizarse como un experto en el cuidado con las mismas oportunidades

de desarrollo y ejercicio profesional, que el resto del equipo multidisciplinario

de salud.

b) Posicionarse ante la sociedad con capacidad de anticipación y resolución a

posibles riesgos de salud, tanto individual como colectiva.

c) Obtener un documento comprobatorio de la calidad de su trayectoria

formativa, de actualización continua y de su experiencia profesional.

d) Contar con un documento que facilite la movilidad profesional.

e) Obtener un diagnóstico que le apoye en la toma de decisiones para su

desarrollo académico profesional.

f) Contar con un certificado que le permita calificar para los procesos de

selección, contratación, permanencia, promoción e incentivos.

Para los empleadores

a) Contar con capital humano actualizado, competitivo con capacidad para la

toma de decisiones asertivas.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 30: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

26

b) Incrementar el prestigio de la institución al tener personal de enfermería

altamente calificado que contribuya al cumplimiento de los indicadores para

la Certificación de Establecimientos de Salud y la Acreditación de Planes y

Programas Educativos de Enfermería.

VI. COLEGIOS Y ASOCIACIONES AUTORIZADOS POR LA DGP-SEP

PARA CERTIFICAR.

El Consejo Consultivo para la Certificación Profesional, tiene como propósito

analizar la idoneidad de las asociaciones de profesionistas, que pretendan ser

inscritas en el registro de la DGP por su calidad de organismos certificadores del

ejercicio profesional de su competencia. Este Consejo a través del Comité de

Especialistas para la Certificación de Enfermería, revisa, analiza, valida y dictamina

el proceso de las organizaciones que aspiran a obtener la idoneidad que cubran los

requisitos, así como los lineamientos generales para su organización,

funcionamiento y metodología de certificación, con la finalidad de que los procesos

se instrumenten de manera equitativa, ética, confiable, legal y transparente28.

Concepto de idoneidad

De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, el significado de

idoneidad es “adecuado y apropiado para algo”, también se entiende como la

capacidad, condición y posibilidad de ejercer una determinada acción.

Una empresa o persona idónea se caracteriza por contar a su favor con una

experiencia suficiente y constante en una práctica determinada.

El aspecto más importante de la idoneidad reside en la percepción social en relación

con el idóneo. Una persona es idónea cuando es reconocida como tal por un

28 Secretaría de Educación Pública. Acuerdo 338 por el que se instruye al Subsecretario de Educación

Superior e Investigación Científica para que convoque e integre el Consejo Consultivo de Certificación

Profesional. México, 2004.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 31: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

27

conjunto de la sociedad, que reconoce en él o ella una capacidad de accionar

cumpliendo una tarea dirigida a la producción transformadora29.

Para los organismos certificadores significa ser representante de los gobiernos

federal o estatal los cuales les confiere la atribución para constituirse como auxiliar

en la vigilancia del desempeño del ejercicio profesional30.

Con base en lo anterior, hasta el año 2018 se cuenta con los siguientes organismos

que han obtenido Constancia y Reconocimiento de idoneidad:

El Consejo Mexicano de Certificación de Enfermería A.C. (COMCE) obtiene el 4

octubre del 2007 Constancia y Reconocimiento de Idoneidad. El 27 de noviembre

de 2012, obtiene el segundo Reconocimiento de Idoneidad.

El 18 de enero 2008 el Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería A.C.

(COMLE) obtiene la Constancia y Reconocimiento de Idoneidad. El 19 de agosto de

2014 recibe el segundo Reconocimiento de Idoneidad.

El 22 de mayo de 2017, la Federación Mexicana de Colegios de Enfermería A.C.

obtiene Constancia y Reconocimiento de Idoneidad.

Todos ellos con vigencia de 5 años.

29 Vid nota 11

30 Vid nota 16

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 32: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

28

VII. MARCO ÉTICO LEGAL DE LA CERTIFICACIÓN.

a). El artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, estipula

que a la SEP le corresponde tratar los asuntos relacionados en su Fracción XVI;

Vigilar, con auxilio de las asociaciones de profesionistas, el correcto ejercicio de las

profesiones. 31

b) La Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al Ejercicio de las

Profesiones en el Distrito Federal, en su artículo 21 establece que: “Dependiente de

la Secretaría de Educación Pública se establecerá una dirección que se

denominará: Dirección General de Profesiones, que se encargará de la vigilancia

del ejercicio profesional y será el órgano de conexión entre el Estado y los colegios

de profesionistas”; con lo cual busca dar certeza a la sociedad de que quienes se

ostenten como profesionistas, cumplen con la formación académica necesaria y los

requerimientos legales para ejercer una profesión”32.

c). El Código de Ética para las Enfermeras y Enfermeros de México, en el Capítulo

III De los Deberes de las Enfermeras como Profesionistas establece:

Artículo décimo quinto. - “Ofrecer servicios de calidad avalados mediante la

certificación periódica de sus conocimientos y competencias” 33

d). Carta de los Derechos Generales de las Enfermeras y los Enfermeros, estipula

en el punto seis del Decálogo que:

31 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Cámara de Diputados. [En línea].; 1945

[consultado el 10 de enero 2018]. Disponible en: HYPERLINK

"http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrart5_prof.htm"

32 Vid nota 23

33 Comisión Interinstitucional de Enfermería. Comisión Permanente de Enfermería. Código de Ética

para las Enfermeras y Enfermeros de México [En línea].; 2001 [consultado el 16 de septiembre

2017]. Disponible en: HYPERLINK "https://www.gob.mx/salud" https://www.gob.mx/salud .

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 33: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

29

“Tienen derecho a acceder, sin discriminación alguna, a un sistema de educación,

actualización, capacitación y desarrollo profesional de acuerdo a la normativa de la

institución donde labora”

Así mismo en el punto ocho menciona:

“Asociarse libremente para impulsar, fortalecer y salvaguardar sus intereses

profesionales”.

Tienen derecho a integrarse en organizaciones, asociaciones y colegios que les

representen para impulsar el desarrollo profesional, la superación de sus

agremiados y para la vigilancia del ejercicio profesional conforme a la legislación

vigente. Así mismo, la elección del organismo colegiado será libre y sin presiones.34

e). Código de Bioética para Personal de Salud. (2002)

Capítulo IV. Potestades Bioéticas del Personal de Salud.

Art. 23.- Los prestadores de servicios de salud, deben actualizar y certificar sus

conocimientos y destrezas para otorgar a sus pacientes la mejor atención posible35.

f). Convenio 149 De La Organización Internacional Del Trabajo Sobre el Personal

de Enfermería. (2002) En el anexo: “Política del Personal de Enfermería en el

Ejercicio de la profesión” refiere:

34 Secretaría de Salud. Comisión Nacional de Arbitraje Médico. [En línea].; 2005 [consultado el 06 de agosto

2017]. Disponible en: HYPERLINK "http://www.conamed.gob.mx/gobmx/cartas_derechos"

http://www.conamed.gob.mx/gobmx/cartas_derechos .

35 Secretaría de Salud. Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Código de Bioética para el Personal de Salud

2002. [Consultado el 12 de noviembre de 2018] Disponible en:

http://www.conamed.gob.mx/prof_salud/pdf/codigo_bioetica.pdf

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 34: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

30

“La autorización para el ejercicio de la profesión se debe someter a una obligación

de renovación, o sea a la exigencia de instrucción y formación continua, para

asegurar cualificaciones necesarias”.36

g). Código Deontológico del Consejo Internacional de Enfermería (CIE) Para la

Profesión de Enfermería.

Enunciados en los apartados:

• La Enfermera y la Práctica

La enfermera será personalmente responsable y deberá rendir cuentas de su

práctica profesional y del mantenimiento de su competencia mediante la formación

continua.

Establecer sistemas de evaluación profesional, formación continua y renovación

sistemática de la autorización para ejercer.

• La Enfermera y la Profesión

“A la enfermera incumbirá la función principal de establecer y aplicar normas

aceptables de práctica clínica, gestión, investigación y formación de enfermería”. 37

36 Organización Internacional del Trabajo. Convenio sobre el personal de enfermería, 1977. [En

línea].; 2007 [consultado el 30 de agosto 2017]. Disponible en: HYPERLINK

"http://www.ilo.org/dyn/normlex/es" http://www.ilo.org/dyn/normlex/es .

37 Consejo Internacional de Enfermeras. [En línea].; 1983 [consultado el 7 de octubre 2017.

Disponible en: HYPERLINK "http://www.icn.ch/es/publications/publications/"

http://www.icn.ch/es/publications/publications/ .

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 35: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

31

VIII. EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

La Educación Profesional Continua (EPC) es la actividad educativa permanente y

programada para el desarrollo profesional y la actualización de los conocimientos,

habilidades, aptitudes, actitudes y valores que demanda el ejercicio profesional en

el ámbito de su competencia.

Establece el cumplimiento voluntario de su aplicación, en la cual el sustentante para

el caso de la certificación debe alcanzar una puntuación mínima durante toda su

trayectoria académica profesional, para el caso de la recertificación debe obtener

un puntaje mínimo a partir de los cinco años posteriores a la certificación

En la EPC se evalúan las siguientes modalidades académicas:38

1. Conferencia: Exposición oral a cargo de un experto especialista sobre un

tema específico, destinada a compartir sus conocimientos y experiencia en

torno al tópico correspondiente. Duración aproximada 45 a 60 minutos

2. Curso monográfico: Impartición de conocimientos especializados y

actualizados en torno a una temática específica mediante estrategias

didácticas para el trabajo individual y/o grupal, bajo la conducción de un

experto especialista en la materia. Los cursos tendrán una duración entre 20

a 40 horas

3. Diplomado: Actividad orientada a la profundización y actualización de

conocimientos de un área o tema específicos y al desarrollo de habilidades y

destrezas, mediante el desarrollo de módulos secuenciados a ser impartidos

por uno o varios expertos especialistas en la materia, con rigor académico y

metodológico, con duración mínima de 80 horas.

4. Seminario: Consolidación y generación de conocimientos en torno a un tema

de interés común para los participantes, a partir de la interacción, el debate

38 Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería. Modalidades académicas y su

ponderación a evaluar. 2014. Archivos de certificación COMLE 2014.

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 36: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

32

y la reflexión colectiva, con el establecimiento de conclusiones susceptibles

de publicarse respecto al tópico abordado y duración mínima de 16 horas.

5. Taller: Actividad consistente en la adquisición y fortalecimiento de

habilidades y destrezas mediante la práctica de las mismas a través de la

ejecución de tareas propuestas por el experto especialista que facilita las

herramientas y fundamentos teóricos, orienta, conduce y acompaña a los

participantes durante el proceso, cuya finalidad es generar un producto

determinado. Deberá contar con un mínimo de 16 horas de actividad teórico-

práctica.

6. Congreso, coloquio, jornada y simposio: Grupo de actividades de difusión e

intercambio de experiencias de participación masiva, en torno a un tema

específico. Puede estructurarse con base a conferencias, mesas redondas,

paneles, entre otros. Deberá contar con un mínimo de 16 horas de actividad

académica.

lX.- PONDERACIÓN DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA.

Tabla General de Ponderación

Criterio

A. Formación Profesional

a. Técnico

b. Licenciatura

c. Especialidad

d. Maestría

e. Doctorado

B. (categorías a evaluar)

a) Recibe actualización profesional continua

b) Imparte educación continua profesional

c) Participa en el desarrollo disciplinar

d) Participación en producción científica

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 37: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

33

VARIABLES

a) Asistencia a educación continua

Descripción Puntaje Características

Seminarios o cursos

monográficos

5 ▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u organismo

no gubernamental.

▪ Duración mínima de 16 horas por

constancia.

Curso-taller 6

▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u organismo

no gubernamental. Duración

mínima de 8 horas por constancia.

Diplomado 10

▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u

organismo no gubernamental

Duración mínima de 120 horas

Curso postécnico 15

▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u

organismo no gubernamental

Duración mínima de 1345 horas

Congresos nacionales, jornadas,

reunión con temática centrada en

la disciplina, relacionada al

ejercicio profesional o con

impacto en su práctica

5

▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u

organismo no gubernamental

Duración mínima de 16 horas

Congresos internacionales

jornadas o reuniones con temática

centrada en la disciplina o

relacionada al ejercicio

10

▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u

organismo no gubernamental

▪ Duración mínima de 16 horas

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 38: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

34

profesional y con impacto en su

práctica

Precongresos o trascongresos,

con temática relativa al tema

central del congreso o relacionada

al ejercicio profesional y con

impacto en su práctica

5

▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u

organismo no gubernamental

▪ Duración mínima 4 horas

Sesiones clínicas con temática

centrada en la disciplina o

relacionada al ejercicio

profesional y con impacto en su

práctica

1

▪ Impartido por una institución de

salud, u organismo no

gubernamental

▪ Duración mínima 1 hora

Conferencias con temática

centrada en la disciplina o

relacionada al ejercicio

profesional y con impacto en su

práctica

1

▪ Impartido por una institución de

salud, educativa con

reconocimiento oficial u

organismo no gubernamental

▪ Duración mínima de 1 hora

b) Participa en actividades de educación profesional continua

Descripción Puntaje Características

Organiza y/o coordina cursos,

seminarios, curso-taller,

reuniones de trabajo

15

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha

Conferencista en congresos,

jornadas, reuniones nacionales e

internacionales 10

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Docente en seminarios, cursos y/o

diplomados, entre otros. 10

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha

Tutor clínico de cursos-taller y

diplomado teórico – práctico.

6

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 39: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

35

Tutor en campo clínico a

estudiantes.

10

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha.

Tutor en campo clínico a pasantes

15

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha

Profesor titular en diplomados,

cursos, seminarios, curso-taller

entre otros.

10

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha.

Profesor adjunto de diplomados 5

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha

Iinstructor y/o coordinador

certificado para impartir cursos de:

RCP básico.

15

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha

Iinstructor y/o coordinador

certificado para impartir cursos de:

RCP avanzado y otros.

20

▪ La constancia debe contar con sello

y firma de la autoridad responsable.

▪ Lugar y fecha

Asesor o director de tesis, tesinas

y proyectos de investigación.

20

▪ Mostrar evidencia de la tesis

concluida.

▪ Lugar y fecha

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 40: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

36

c) Desarrollo de la disciplina

Descripción Puntaje Características

Jurado calificador o evaluador de

certámenes o concursos.

5

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Investigador principal.

20

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Colaborador 10 ▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Reconocimiento Institucional. 25

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Reconocimiento estatal. 50 ▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Reconocimiento nacional o

internacional.

75 ▪

Socio activo en asociaciones o

colegios. 10

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Participación en comisiones técnicas

o normativas 10

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 41: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

37

Participación en proyectos de mejora

continua en su área de desempeño 10

▪ Constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Colaboración en la innovación de

patentes 20

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Participación en la elaboración de

guías de práctica clínica basadas en

la mejor evidencia científica

15

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

d) Producción científica

Descripción Puntaje Características

Publicación de Carteles 10

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Autoría de libros de texto o de

divulgación 50

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Coautoría de libros de texto o de

divulgación 25

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Participa en la elaboración de

documentos técnico-normativos 25

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 42: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

38

Reactivos validados para exámenes

3

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Publicaciones en memorias de

congresos

5 ▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Publicación en revistas no indizadas

8

▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Publicaciones en revisitas indizadas 25 ▪ La constancia debe contar con

sello y firma de la autoridad

responsable.

▪ Lugar y fecha

Ibidem (28)

Subsecretaría de Educación SuperiorDirección General de Profesiones

Page 43: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

FIRMAS DE APROBACIÓN DEL DOCUMENTO

Mtra. Rosa Amarilis Zárate Grajales,

Directora de la Escuela Nacional de Enfermería de

la UNAM y Coordinadora de la Comisión Técnica

Consultiva de Enfermería.

Dra. Rosa Armida Verdugo Quintero,

Directora de la Escuela Superior de Enfermería de

la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Dra. Norma Alicia Riego Azuara,

Presidenta de la Federación Mexicana de Colegios

de Enfermería, A.C.

Lic. Claudia Elena González Acevedo,

Directora de la Facultad de Enfermería de la

Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 44: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Lic. María Soledad Centeno Díaz,

Presidenta del Colegio de Enfermeras del Distrito

Federal, A.C.

Lic. Marina Martínez Becerril,

Subdirectora de Enfermería del Instituto Nacional

de Ciencias Médicas y Nutrición “Salvador

Zubirán”.

Mtra. Perla Idolina Barragán Sosa,

Presidenta del Colegio Nacional de Enfermeras,

A.C.

Lic. Silvino Arroyo Lucas,

Responsable de Investigación del Instituto

Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición

“Salvador Zubirán”.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 45: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Dra. Laura Guillermina Tejero Pérez,

Coordinadora de la Licenciatura en Enfermería de

la División Académica de Ciencias de la Salud de la

Universidad Juárez Autónoma de Tabasco.

Lic. Patricia Palomino Flores,

Coordinadora de los Exámenes de Enfermería en la

Dirección del Programa de Ciencias de la Vida y la

Conducta del Centro Nacional de Evaluación para

la Educación Superior, A.C.

Mtra. Ximena del Carmen Rubilar Anaya,

Directora de la Escuela de Enfermería de la

Universidad Panamericana.

Dra. Cinthya Patricia Ibarra González,

Presidenta del Consejo Mexicano para la

Acreditación de Enfermería, A.C.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 46: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Dr. José Manuel Herrera Paredes,

Representante del Departamento de Enfermería y

Obstetricia de la Universidad de Guanajuato,

Campus Celaya.

Dra. María Diana Ruvalcaba Rodríguez,

Directora de la Facultad de Enfermería de la

Universidad Autónoma de Nuevo León.

M.C. Guadalupe González Díaz,

Directora de la Escuela Superior de Enfermería y

Obstetricia del Instituto Politécnico Nacional.

Dra. Caridad del Carmen Cruz López,

Coordinadora de Áreas Básicas y Servicios del

Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 47: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Dra. María Olga Romero Estrada,

Coordinadora de la Licenciatura de Enfermería del

Centro Universitario de Ciencias de la Salud de la

Universidad de Guadalajara.

Dra. María Alberta García Jiménez,

Responsable del Área de Educación Continua de

Rectoría General, Coordinación General de

Vinculación y Desarrollo Institucional de la

Universidad Autónoma Metropolitana.

Dr. Martín Eduardo Sias Casas,

Director de la Facultad de Enfermería y

Nutriología de la Universidad Autónoma de

Chihuahua.

Lic. Rosa María Campos Peñaloza,

Representante del Colegio Nacional de Educación

Profesional Técnica.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 48: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Lic. Virginia Orozco Olvera,

Representante del Colegio Nacional de

Educación Profesional Técnica.

Dra. Nohemi Selene Alarcón Luna,

Directora de la Facultad de Enfermería de la

Universidad Autónoma de Tamaulipas.

Lic. Ofelia Pérez García,

Presidenta del Consejo Mexicano de Certificación

de Enfermería, A.C.

Mtra. Amanda Orozco Tagle,

Representante del Colegio Mexicano de

Licenciados en Enfermería, A.C.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 49: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Dr. Francisco Cadena Santos,

Presidente de la Federación Mexicana de

Facultades y Escuelas de Enfermería, A.C.

Mtra. Ángela Ediberta González Juárez,

Profesionista Distinguida.

Dra. Rosa María Nájera Nájera,

Coordinadora del Comité Mexicano para la Práctica

Internacional de Enfermería.

Cor. Enfra. Laura Elena Correa Guerrero,

Presidenta del Colegio Nacional de Enfermeras

Militares, A.C.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 50: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Cap. Navío SSN L.E. Átala Teliz Rodríguez,

Directora de la Escuela de Enfermería Naval de

la Armada de México, Secretaría de Marina.

GRAL. BGDA. José Luis Ojeda Delgado,

Director General de Sanidad, Escuela Militar

de Enfermería de la Universidad del Ejército y

Fuerza Aérea.

Lic. Israel Barrios Hernández

Representante de la Secretaría de Educación

Pública y Director General de Profesiones.

Secretaría de Educación Pública.

Lic. Álvaro Jaime Castillo Zúñiga

Secretario Técnico de la Comisión Técnica

Consultiva y Director de Colegios de Profesionistas

Dirección General de Profesiones

Secretaría de Educación Pública.

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 51: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 52: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.

Page 53: SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN … VINCU...Atención Primaria de Salud, identifica la necesidad de realizar un análisis sobre la regulación en enfermería en los

Subsecretaría de Educación Superior

Dirección General de Profesiones

Las presentes firmas, corresponden a la aprobación del documento: “La Certificación y Actualización Profesional en

Enfermería: Evolución Histórica y Prospectiva” de la Comisión Técnica Consultiva de Enfermería, en la reunión

del día 6 de febrero de 2019.