Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

9
Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Indu strial?

Transcript of Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

Page 2: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

El software es una producción inmaterial del cerebro humano y tal vez una de las estructuras más complicadas que la humanidad conoce.

Hasta los expertos en computación aún no entienden del todo cómo funciona, su

comportamiento, sus paradojas y sus

límites del software.

Page 3: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

la Protección en el Derecho de Autor en el software está dada al autor en forma automática al momento de la creación de la obra artística o literaria, independiente de si se inscribe o no en un Registro.

Dicha protección además, es automática en materia de Derecho de Autor el rol del Estado es pasivo en cuanto a la protección.

Page 4: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

Es importante mencionar que el Ministerio de relaciones Exteriores del Perú nos habla sobre La Ley de Derechos de Autor.

Decreto Supremo 061-62-DE

Page 5: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

Este decreto supremo nos habla sobre los derechos de autor en nuestro país como se expresa en la citada ley los derechos de autor comprenden:

obras producciones de carácter creativo científico y artístico cualquiera que sea la

forma de expresarlo : lemas, frases, títulos traducciones, adaptaciones de una obra con su correspondiente autorización, cualquier otra obra o creación como también el software.

Page 6: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

El software es toda secuencia de instrucciones o indicaciones destinadas a ser utilizadas en un sistema informático para realizar una función o una tarea y obtener un resultado determinado, cualquiera sea su forma de expresión y fijación.

Page 7: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

El software se protege como una obra literaria pues también es fruto del ingenio humano por ende se puede decir que hablamos de derecho de autor y no de propiedad industrial.

La dicha tutela comprende al código fuente, código objeto, la documentación técnica y los manuales de uso, así como a las versiones sucesivas y programas derivados.

Page 8: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

En el software no se permite la copia personal, tan sólo la reproducción del programa legítimamente adquirido al introducirlo en la memoria interna del disco duro.

Para el uso exclusivamente autorizado y como copia de resguardo para sustituir la copia legítimamente adquirida, cuando esta no pueda utilizarse por daño o pérdida

Page 9: Software: ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

"El Software es propiamente dicho un ingenio, fruto, invento del hombre mismo, de un solo hombre, por

ende podemos resolver esta pregunta que genera gran polémica al afirmar que cuando hablamos de software nos referimos al derecho de autor de dicha producción

generada por el cerebro humano".