Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

12
Republica Bolivariana de Venezuela Aldea Universitaria Juan Crisostomo Falcòn Puerto Real de La Vela de Coro Instituto Universitario de Tecnología Dr.Federico Rivero Palacio Administración y Gestión Trayecto I , II-Trimestre Secciòn Única Proyecto Sociopolítico La Constitución Elaborado por : Miglas Sangronis 7.495.4 30

Transcript of Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

Page 1: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

Republica Bolivariana de VenezuelaAldea Universitaria Juan Crisostomo Falcòn

Puerto Real de La Vela de CoroInstituto Universitario de Tecnología

Dr.Federico Rivero Palacio

Administración y GestiónTrayecto I , II-TrimestreSecciòn Única

Proyecto Sociopolítico

La Constitución

Elaborado por :

Miglas Sangronis 7.495.430

Page 2: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

¿Que motivo la elaboración de una nueva constitución?

Lo que motivó a la elaboración de nuestra nueva constitución aprobada en el año 1999, se sustenta en la mínima participación a los ciudadanos al no exisitir un Estado de Derecho ó un bienestar colectivo y durardero para la mayoria de la población.Estas límitaciones hicier{on defectuoso el funcionamiento del Estado, restando legitimidad a la operación del sistema político y generando la crisis además del mal funcionamiento del sistema jurídico, y la misma constitución de 1.961 al no ser aplicada a favor del pueblo, lo que obligo en el poder constituyente buscar con urgencia la necesidad del colectivo de refundar la Républica donde ésta se adaptase a los nuevos tiempos de la realidad y de las necesidades del país para establecer una sociedad democratica, participativa y protagónica, multiétinica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, asegurar el derecho al trabajo, al educación, la cultura, la solidaridad, la integridad territorial, la convivencia y la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna.

La constitución:Puede definirse como la “ley fundamental, esté escrita o no, de un ESTADO, la cual fija los

límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ciudadano y Electoral). Le garantiza al pueblo ciertos derechos. Es la cristalización jurídica de un acto constituyente. Es un concepto político, dada su fundamentación en una decisión del poder constituyente y es un concepto jurídico, púes posee una configuración jurídica.

Estructura de la constitución:El Preambulo: El preámbulo de la constitución venezolana es donde se invoca la protección de Dios y se exalta al Libertador Simón Bolívar y a los "grandes servidores de la patria".

El preámbulo es una declaración genérica que conduce el texto de la constitución y que en la tradición constitucional venezolana, se le ha dado valor jurídico. No es un texto meramente poético aunque su redacción sea narrativamente hermosa, es un texto político-jurídico de cumplimiento obligatorio por todos los habitantes de nuestro país.Establece los fines e ilumina cada uno de los artículos que se persiguen en la consagración del texto legal más importante del país y recoge las motivaciones y fines de la ley fundamental.

El Preámbulo de la Constitución venezolana define a la República Bolivariana de Venezuela como un "Estado de justicia, federal y descentralizado". En el mismo sentido se establece en el Artículo 4 cuyo texto es el siguiente:Artículo 4. "La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad." Por su parte, el Artículo 6 dispone que "El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables".

Origen de la constitucion venezolanaLa Constitución tiene su origen fundamentalmente en un acto eminentemente político. El poder

constituyente que no es otra cosa que un movimiento social con voluntad espontánea y viva de hacer.

Parte dogmatica de la constitucion venezolanaLa Constitución venezolana en su parte dogmática establece unos principios fundamentales

que comprometen el desarrollo orgánico del propio texto constitucional, y el posterior desarrollo legislativo nacional, estadal y municipal.La parte dogmática en la cual se establecen como pilares la democracia, la independencia y el carácter de forma federal del Estado venezolano, entre otros;

Parte organica de la constitucion venezolanaLa parte orgánica de la constitución regula aspectos referidos a la nacionalidad, prerrogativas y

obligaciones exclusivas de los venezolanos y prevenciones generales como el principio de supremacía constitucional y el no-depósito de dos poderes en una sola persona, el proceso de creación de las leyes y todo lo relativo a los aspectos esenciales de la organización política del estado venezolano. (La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo

Page 3: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

Análisis de los artículos 65,66 y 67 de la constitución:

Artículo 65. No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito.Artículo 66. Los electores y electoras tienen derecho a que sus representantes rindan cuentas públicas, transparentes y periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el programa presentado.Artículo 67. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de organización, funcionamiento y dirección. Sus organismos de dirección y sus candidatos o candidatas a cargos de elección popular serán seleccionados o seleccionadas en elecciones internas con la participación de sus integrantes. No se permitirá el financiamiento de las asociaciones con fines políticos con fondos provenientes del Estado.

Análisis de los artículos 81,82,83,84,85, y 86 de la constitución:

Artículo 81. Toda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, le garantizará el respeto a su dignidad humana, la equiparación de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias, y promoverá su formación, capacitación y acceso al empleo acorde con sus condiciones, de conformidad con la ley. Se les reconoce a las personas sordas o mudas el derecho a expresarse y comunicarse a través de la lengua de señas venezolana.Artículo 82. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos.El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas, y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.Artículo 84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud.Artículo 85. El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política nacional de formación de profesionales, técnicos y técnicas y una industria nacional de producción de insumos para la salud. El Estado regulará las instituciones públicas y privadas de salud.Artículo 86. Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la

Page 4: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.

Leyes derivadas de la constitución:

Leyes orgánicas: Según el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, son las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.Leyes generales: Instrumentos Jurídicos de rango legal, sancionado por el órgano representativo de la rama legislativa del Poder Público Nacional Asamblea Nacional.

Códigos: Son las leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a una determinada materia.

Tratado internacional: Es un instrumento jurídico reconocido entre países internacionales.

Ley aprobatoria: Es el permiso que da la Asamblea Nacional, para que el Ejecutivo apruebe un Tratado Internacional, empréstitos, créditos adicionales (Nº 18 Art. 186 de la CRBV).

Leyes habilitantes: Es cuando la Asamblea Nacional delega sus actividades de creación y aprobación de leyes al Ejecutivo Nacional. (Art.203 CRBV) No puede ser ultra anual

constituciones estadales: Son aquellas que hacen referencia a los poderes públicos Estadales.Leyes estadales: Tienen preferencia sobre la Ley Nacional, salvo cuando no tienen carácter privativo (es decir que colidan con la ley nacional) (Art. 162 y 164 de la CRBV)

ordenanzas municipales: Son los actos sancionados por las cámaras municipales o cabildos, cuya aplicación son para regular las actividades del municipio.

Decretos leyes: Actos administrativos dictados por la rama ejecutiva del Poder nacional Presidente de la República.

Ley de presupuestos: Se encuentra desarrollada en el Art. 187 nº 6 de la CRBV

leyes de base: Son aquellas que establecen los postulados fundamentales para la regulación de una materia o institución determinada.Leyes de desarrollo: Son leyes que establecen los planes de orientación y planificación territorial. Desarrollan el contenido de las leyes de Base.

Nivel sub-legal

Reglamentos: Actos administrativos de efectos generales emanados por el órgano representativo de la rama ejecutiva de cualquiera de los Poderes Públicos (Nacional, Estadal, Municipal) en ejercicio de su competencia y cuya finalidad es de desarrollar los contenidos expresos en la ley sin alterar el espíritu, propósito y razón del legislador venezolano. (Art. 236 nº 10 de la CRBV) . El ejecutivo no puede reglamentar contrariando los preceptos de rango legal.

Reglamentos Autónomos: Son actos administrativos de efectos generales que pueden ser emanados tanto por el ejecutivo y legislativo y cuya finalidad es la de regular las materias que tengan un vacío de ley. Ej. Reglamento de Interior y de Debates de la Asamblea Nacional

Page 5: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

Decretos ejecutivos: Son actos administrativos de efectos generales dictados por los entes ejecutivos de cualquiera de las ramas del Poder Público, en atribución de sus facultades legales. Ejemplos: Decretos de salario mínimo, Días de Duelo y Fiesta Nacional, Aumento del Pasaje, Decreto sobre la creación de Ministerios. Acuerdos: Actos administrativos de efecto particular, emanados del órgano representativo de la rama Legislativa del Poder Público (Nacional, Estadal, Municipal) en el ejercicio de sus competencias. Ejemplo: Condecoraciones

Resoluciones: Actos Administrativos de efectos particulares, emanados del órgano representativo de la rama Ejecutiva del Poder Público Nacional en el ejercicio de sus competencias. Ejemplo: Designación de Ministros, Ascensos de Coronel en adelante (Ejército).

Órdenes e instrucciones: En su esencia es lo mismo, aunque algunos doctrinarios afirman que la principal diferencia radica en el medio por la cual se imparte (la orden es escrita y la instrucción es verbal).

Contratos: (Art. 1133 de Código Civil). Es un convenio celebrado entre dos o más personas que permite constituir, reglar, modificar o transmitir entre ellos un vínculo legal. Siempre tiene aplicación preferente a la Ley, nunca pueden violar el contenido de la misma.

Algunos tipos de Contrato: Contrato Colectivo-Individual , Contrato Verbal o Escrito y el Contrato Determinado o Indeterminado.Sentencia: Es el acto concreto de la Ley. Es donde se carnifica la misma. Emana de los órganos jurisdiccionales correspondiente

Objetivos y funciones de los diferentes ministerios ejecutores de la política del estado.

Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia:Objetivo: Es la de actuar como organo auxiliar y coordinador de la Presidencia de la Republica, para poder adaptarla a las nuevas exigencias administrativas del pas.

Ministerio del Poder Popular para Relacones Exteriores:Objetivo: La actuación internacional de la República, la conducción de las relaciones con otros Estados; la representación de la República en organismos internacionales, conferencias y cualesquiera otros actos internacionales, salvo que, en este último caso, el Presidente de la República encargue la representación a otro Ministro o funcionario público, que así lo disponga expresamente esta Ley o se determine en función de los tratados firmados por la República.Función: Corresponde a este ministerio la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de política exterior, que comprende la actuación internacional de la República entre otras.

Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia:Objetivo :Lograr el buenl desenvolvimiento político, social y administrativo del país de manera armónica, el funcionamiento y las relaciones de todas las entidades administrativas a través de "las relaciones políticas del Ejecutivo Federal con el Poder Legislativo Nacional, con el Consejo Supremo Electoral y demás organismos electorales y con los Poderes Ejecutivos y Legislativos de los Estados.Función: Planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional, en el sector de la política interior; que comprende las relaciones políticas de éste con los demás organismos del Poder Público; así como en materia de justicia y de defensa social, que comprende las relacionescon el Poder Judicial.

Ministerio del Poder Popular de la Defensa Nacional:Objetivo : Defensa Integral de la Nación ante cualquier agresión o inherencia exranjera.Función: Corresponde a este ministerio la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de defensa terrestre, aérea, naval y de cooperación.

Page 6: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.Objetivo: Adoptar los cambios organizativos para optimizar la eficiencia, modernizando la estructura orgánica y funcional de sus los órganos y entes del estado tomando en cuenta los recursos con el cuenta la nación”. Función: Corresponde al Ministerio de Planificación y Desarrollo la regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y desarrollo institucional; la formulación de estrategias de desarrollo económico y social de la Nación; y la preparación de las proyecciones y alternativas; la formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo annual y del Plan de Inversiones Públicas; así como la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y la realización de actividades del Ejecutivo Nacional en materia financiera y fiscal; la participación en la formulación y aplicación de la política económica y monetaria.

Ministerio del Poder Popular de Energía y PetróleoObjetivo:Que venezuela sea el mayor productor de petroleo y gás natural del continente y del mundocon el desarrollo, aprovechamiento y control de los recursos naturales no renovables y de otros recursos energéticos, así como de las industrias eléctricas y petroleras.Función: Corresponde la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación, realización y fiscalización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de minas y hidrocarburos en general, que comprende, lo relativo al desarrollo, aprovechamiento y control de los recursos naturales no renovables y de otros recursos, así como de las industrias mineras, petroleras y petroquímicas; el estudio de mercado y el análisis y fijación de los precios de âquellos productos de la minería y del petróleo; la prevención de la contaminación del medio ambiente, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y de los Recursos Naturales; así como las demás competencias que le atribuyan las leyes.

Ministerio del Poder Popular de Industrías Básicas y de Minería:Objetivo: Formular las Políticas Publicas del Ejecutivo Nacional, en todo lo que respecta al fomento, desarrollo e implementación de la industria transformadora nacional de nuestra competencia, en el Nuevo Modelo Económico Socialista.Función: Son competencias del Ministerio de Industrias Básicas y Minería, la regulación, formulación y seguimiento de políticas, planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de Industrias Básicas y Minería. Planificar y ejecutar inversiones para la reactivación, reconversión y creación de empresas básicas y minería que se requieren para impulsar el desarrollo nacional. Facilitar la transferencia de las ventajas comparativas en materia de recursos naturales y mineros a las cadenas productivas de la Industria ligera y la economía popular.

Ministerio del Poder Popular de Agicultura y Tierras:Objetivo: Dinamizar y fortalecer los circuítos agroproductivos, agroalimentarios y el desarrollo rural, propiciando el desarrollo de capacidades de autogestión de los pequeños y medianos productores agrícolas, la competitividad y el manejo sustentable de los recursos para garantizar eficientemente la seguridad alimentaria de la población y la creación de condiciones óptimas para la generación de riqueza real, a través de la formulación, direccionamiento y coordinación de la política agrícola, alimentaria y de desarrollo rural.Función: Formular, planificar, y realizar las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de fomento, desarrollo y protección de la producción y comercio agrícola, vegetal, pecuario, acuícola, pesquero y forestal.

Ministerio del Poder Popular del Ambiente y de los Recursos Naturales:Objetivos:

Suprema Felicidad Social:

Construcción de una estructura social incluyente, un modelo social, productivo, humanista y endógeno, se persigue que todos vivamos en similares condiciones.

Page 7: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

Nueva Geopolítica Nacional Modificación de la estructura socio-territorial, que persigue la articulación interna del modelo productivo a través de un desarrollo territorial desconcentrado, definido por ejes integradores, regiones programa, un sistema de ciudades interconectadas y un ambiente sustentable.

Democracia Protagónica Revolucionaria: Consolidar la organización social, transformando su debilidad individual en fuerza colectiva, reforzando la independencia, la libertad y el poder originario del individuo.

Función: Corresponde la regulación, formulación y seguimiento de la política ambiental del Estado venezolano, la planificación, la coordinación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional para el fomento y el mejoramiento de la calidad de vida del ambiente y de los recursos naturales; el diseño e implementación de las políticas educativas ambientales; el ejercicio de la autoridad nacional de las aguas; la planificación y ordenación del territorio; la administración y gestión en cuencas hidrográficas; la conservación, defensa, manejo, restauración, aprovechamiento, uso racional y sostenible de los recursos naturales y de la biodiversidad; el manejo y control de los recursos forestales.

Ministerio del Poder Popular para la Salud:Objetivo:- Orientar objetivos y procesos por el imperativo ético y político de dar respuestas a las necesidades de calidad de vida y salud y sus determinantes, sobre la base de la garantía universal de los derechos y el combate a las inequidades sociales. Adoptar la estrategia de promoción de calidad de vida y salud como el eje común de políticas, acciones y sistemas en el marco de agendas y estrategias de intervención transectoriales para responder a las necesidades de calidad de vida y salud en territorios sociales concretos que propicien la participación y em empoderamiento social y brechas de las inquietudes. -Desarrollar un nuevo modo de atención que reordene el conjunto de servicios y trabajadores; constituyendo sistemas de redes públicas de calidad de vida en ámbitos nacionales, estadales, locales y comunitarios que generen respuestas regulares, suficientes, equitativas, oportunas e integrales a necesidades de calidad de vida, preservando el desarrollo y potencialidad de autonomía de personas y colectivos a los largo de la vida. -Construir una nueva institucionalidad pública de gestión social en función del interés colectivo, con capacidad de rectoría, sostenimiento e impacto a través de un modo de atención sustentado estrategias de promoción en respuestas a las necesidades de calidad de vida y alrededor de metas de cambios de la calidad de vida del venezolanoFunción: Son competencias del Ministerio de Salud, la elaboración, formulación, regulación y seguimiento de políticas en materia de salud integral, lo cual incluye promoción de la salud y calidad de vida, prevención, restitución de la salud y rehabilitación, control, seguimiento y fiscalización de los servicios, programas y acciones de salud, nacionales, estadales y municipales de los sectores público y privado.

Ministerio del Poder Popular para la Educación:Objetivo: Impulsar una verdadera Revolución Social que de manera pertinente atienda las necesidades que la población demanda en las áreas de la educación, que requiere el progreso, a través de la transformación y adecuación de los sistemas educativos mediante el desarrollo sustentado de la nación.Función: Corresponde al Ministerio de Educación la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del ejecutivo Nacional en materia de educación, que comprende la orientación, programación, desarrollo, promoción, coordinación, supervisión, control y evaluación del sistema educacional en todos sus niveles y modalidades. Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior :Objetivo: El cumplimiento de los principios, valores y normas consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el servicio al pueblo venezolano, bajo los principios de legalidad, servicio a los particulares, rendición de cuentas, publicidad normativa, responsabilidad patrimonial y fiscal, funcionamiento planificado, asignación y utilización de los recursos públicos, suficiencia, racionalidad, adecuación, simplicidad, transparencia, cercanía organizativa a los particulares,

Page 8: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

coordinación y cooperación entre los órganos del Estado, jerarquía y descentralización funcional y territorial, definidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP).Función: Se encarga de la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de educación superior, lo cual comprende la orientación, programación, desarrollo, promoción, coordinación, supervisión, control y evaluación del sistema educacional en ese nivel. Realiza y mantiene actualizados los estudios pertinentes para determinar las necesidades de formación profesional e intelectual, para el desarrollo del país.

Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias :Objetivo: Impulsar los procesos de investigación, innovación, producción y transferencia de conocimiento, con pertinencia a los problemas y demandas fundamentales que afectan a la sociedad venezolana.

Función: Corresponde al Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias  la regulación, formulación y seguimiento de las políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional para la concreción de un verdadero sistema científico y tecnológico; así como la orientación de las investigaciones científicas y tecnológicas de manera tal que contribuyan en forma determinante a satisfacer los requerimientos de la población y a dinamizar todo el sistema productivo nacional; el fortalecimiento, coordinación e integración del sistema tecnológico en concordancia con las demandas de las cadenas productivas, promoviendo y multiplicando los procesos de innovación y transferencia.

Ministerio del Poder Popular para la Economía Popular:Objetivo: La transformación del modelo económico capitalista dependiente por un modelo de economía social, cogestionaria y sustentable, y la consolidación de la Misión Vuelvan Caras, así como la rectoría de las políticas vinculadas al desarrollo endógeno y la coordinación con el conjunto de actores socioproductivos de los ejes y los polos de desarrollo.Función: Es competencia del Ministerio para la Economía Popular, la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de participación ciudadana en el ámbito de la economía popular; realizando el análisis de la gestión de la economía popular en el país y formulando recomendaciones a los órganos y entes competentes.

Ministerio del Poder Popular para la Almentación:Objetivo: Garantizar la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor.Función: Corresponde la regulación, formulación, seguimiento y evaluación de políticas, planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de Alimentos y Alimentación, del comercio, la industria, mercadeo, distribución acuícola, pesquero, forestal y en general de alimentos.

Ministerio del Poder Popular para Industrías Ligeras y Comercio.:Objetivo: Garantizar al pueblo de Venezuela la distribución de alimentos, la calidad de los productos y los precios justos,Función: El Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio formula, regula y ejecuta políticas, planes y proyectos orientados a rescatar, ampliar, modernizar, reconvertir y desarrollar la Industria nacional de bienes de capital y de bienes intermedios; la formación de capital nacional para la integración de la industria petrolera nacional y de energía con los sectores de bienes intermedios y bienes de capital, en coordinación con el Ministerio de Energía y Petróleo.

Ministerio del Poder Popular de Transporte y Comunicaciones.Objetivo y Función: Regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo nacional, en coordinación con los estados y municipios cuando así corresponda, en materia de vialidad, circulación, tránsito y transporte terrestre, acuático y aéreo, y de las comunicaciones.

También será atribución de esta cartera ejercer la rectoría de las políticas públicas en materia de administración, regulación, ordenación y control del espectro radioeléctrico, recurso órbita-espectro y

Page 9: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

otros recursos limitados de telecomunicaciones, nombres de dominio, direcciones y numeración en materia de internet, así como en el ámbito de las obligaciones de servicio universal reportó el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información.

Otra de sus funciones será otorgar, revocar y suspender las habilitaciones administrativas en materia de radiodifusión sonora y televisión abierta. También regirá lo relativo a los puertos, muelles y demás obras, instalaciones y servicios conexos, así como lo relativo a aeródromos y aeropuertos. También se encargará de la formulación y seguimiento de la política del Sistema de Transporte Ferroviario Nacional y medios de transporte similares, así como lo relativo a los terminales de pasajeros en general, y la fijación de tarifas y fletes sobre estos servicios.

Ministerio d del Poder Popular de Vivienda:Objetivo: se enmarca en el artículo 82 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que expresa “toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales, que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitaria”.

Política y Función: El Ministerio para la Vivienda esta a cargo de la regulación, formulación ejecución, seguimiento y evaluación de la política Integral del Estado en materia de vivienda y hábitat, en coordinación con los demás órganos y entes de la Administración Pública central y ,descentralizada. Diseña, implementa, ejecuta y evalúa el conjunto orgánico de políticas, normas operativas e Instrumentos que garanticen la unidad de la acción del Estado en materia de vivienda y hábitat.

Ministerio del Poder Popular para el Deporte:Objetivo: Identificar, seleccionar y formar los talentos deportivos que representen a la República en eventos deportivos dentro y fuera del territorio nacional.Función: Corresponde al Ministerio de Deporte la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del ejecutivo Nacional en materia del Deporte Nacional, que comprende la orientación, programación, desarrollo, promoción, coordinación, supervisión, control y evaluación del sistema deportivo y de alta competencia en todos sus niveles y modalidades.

Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información:Objetivo: Formular, planificar y elaborar las políticas y estrategias comunicacionales que regularan el manejo de la información y publicidad de los órganos y entes adscritos al Gobierno Nacional; a fin de impulsar la constitución de redes de intercambio informativo, que permitan la consolidación del Sistema de Comunicación e Información de la Administración Pública NacionalFunción: Promover y mantener las relaciones con los diferentes medios de comunicación nacionales e internacionales, con asociaciones profesionales, universidades y demás centros de estudios e investigación, academias, gremios o representaciones sindicales profesionales y empresariales, con la finalidad de garantizar el correcto flujo de información relacionada con la gestión y proyectos gubernamentales y que la misma sea divulgada de manera veraz y oportuna.

Ministerio del Poder Popular para la Participación Popular y Desarrollo Social:Objetivo: Alcanzar la justicia social y Incorporación progresiva al desarrollo de la nación de los excluidos paa garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa.

Función: El Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social regula, formula y da seguimiento a las políticas, de planificación estratégica y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de promoción, asistencia y desarrollo social integral y participativo. Dichas políticas estarán dirigidas al fomento del desarrollo humano, especialmente en los grupos sociales más sensibles, así como también a la familia, juventud, niños, niñas y adolescentes, como medios efectivos para el disfrute en sociedad de sus derechos y garantías, así como el acceso a los medios que les permitirán el pleno desarrollo de sus capacidades y destreza.

Ministerio de Estado del Poder Popular para el Turismo:Objetivo: Posicional nacional e internacionalmente el producto turístico "Venezuela", como herramienta estratégica del desarrollo endogeno del país y fuente de bienestar para la población.

Page 10: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

Función: Facilitar los mecanismos necesarios para el desarrollo endógeno del turismo mediante la inversión pública y privada, el fomento de una cultura turística y la participación protagónica de los actores que conforman el sistema turístico nacional.

Ministerio de Estado del Poder Popular para la Cultura:Objetivo: General, estimular, crear y desarrollar actividades que tiendann a impulsar los valores nacionales en materia de cultura y crear y proponer leyes que apoyen, encaminen y beneficien al movimiento cultural que se desarrolla en el país.Función: Asesorar al Ejecutivo Nacional en lo referente a la regulación, formulación y seguimiento de las políticaas, la planificación y la realización de las actividades culturales, lo cual comprende la orientación, programación, desarrollo, promoción, coordinación, supervisión, control y evaluación del sector cultural en todas sus modalidades.

Procurador General de la Republica:Objetivo: -La enseñanza, difusión e investigación de la doctrina administrativa del Estado, y especialmente de los criterios jurídicos emanados de los dictámenes de la Procuraduría General de la República.     -Diseñar y dictar cursos, seminarios, talleres, congresos y foros dirigidos al adiestramiento y crecimiento profesional de los abogados y profesionales adscritos a la Procuraduría General de la República y de la Administración Pública Nacional.     -Editar las publicaciones, afiches, programas y folletos de eventos de la Fundación, así como la prestación de servicios especiales.    -Publicar y distribuir la Doctrina de la Procuraduría General de la República, así como los distintos textos de naturaleza jurídica surgidos de las actividades que ésta patrocine.

Función: Garantizar la seguridad jurídica de la actuación del Estado, el respeto del ordenamiento jurídico público y la existencia, conservación e integración de los bienes e intereses patrimoniales de la República, mediante la aplicación recta y honorable del conocimiento jurídico en su acción de asesoramiento a las autoridades públicas, de defensa y de representación judicial y extrajudicial de los intereses patrimoniales de la Nación Venezolana.

Conclusión: La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, fue impulsada por el Comandante Hugo Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales. El Presidente Chávez y sus seguidores la llaman la "Constitución Bolivariana", por inspirarse en los ideales de Simón Bolívar y su ideología el Bolivarianismo, además establece el inicio de Quinta República de Venezuela.

Se compone de un Preámbulo, 350 artículos, divididos en 9 Títulos, Capítulos, las Disposiciones Derogatorias, Transitorias y Finales.

El primer título (artículos 1º a 9º), establece el cambio de nombre del país de "República de Venezuela" a "República Bolivariana de Venezuela" demás una serie de principios elementales de un Estado de derecho. Este título resume la filosofía política de la Constitución, en cuanto toca a la relación del hombre con el poder. Así, establece, por ejemplo que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y reconoce la importancia de la justicia social y del respeto a los derechos fundamentales. Contiene diversos principios inspiradores de la organización política del Estado: soberanía nacional, democracia participativa, forma federal descentralizada, etc.

El valor jurídico de la Constitución es regulado por ella misma: se trata de una norma, por consiguiente su observancia es obligatoria para toda persona, institución o grupo, y evidentemente también para todos los órganos del Estado. El principio de respeto al Estado de derecho se completa mediante los principios de legalidad, los símbolos de la patria y los idiomas oficiales.

Page 11: Socio-político-Que motivo la elaboración de una nueva constitución

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prevé dos clases de interpretación constitucional. La primera está vinculada con el control difuso de la constitucionalidad de las leyes y de todos los actos realizados en ejecución directa de la Constitución; y la segunda, con el control concentrado de dicha constitucionalidad. En el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela impone a todos los jueces la obligación de asegurar la integridad de la Constitución.

Bibliografía Consultada:Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1.999)-Caracas-Venezuela.Aporrea - Blog de OpiniónEl Jurísta - Blog de Opinión