Sociedad Civil Diapositivas

54
INTEGRANTES : - Carbonel Flores, Claudia - Hinostroza Nieto, Yasmin - Huaigua Vargas, Alex Fernando - Llerena Farfán, Milagros - Robeluz Eustaquio, Frida Facultad de Ciencias Financieras y Contables Curso : Contabilidad Intermedia Docente: Luis Alberto Latinez

description

Nos dice sobre un ambito amplio de la sociedad civil y sus generalidades.

Transcript of Sociedad Civil Diapositivas

Page 1: Sociedad Civil Diapositivas

INTEGRANTES :

- Carbonel Flores, Claudia

- Hinostroza Nieto, Yasmin

- Huaigua Vargas, Alex Fernando

- Llerena Farfán, Milagros

- Robeluz Eustaquio, Frida

Facultad de Ciencias Financieras y Contables

Curso : Contabilidad Intermedia

Docente: Luis Alberto Latinez

Page 2: Sociedad Civil Diapositivas

INTRODUCCIÓNLa sociedad es el conjunto de individuos que interaccionan entre sí y comparten ciertos rasgos culturales esenciales, cooperando para alcanzar metas comunes.

En el ámbito jurídico y económico una sociedad es aquella por la cual dos o más personas se obligan en común acuerdo a hacer aportes (especie, dinero o industria), con el ánimo de quedarse con todas las ganancias. En este caso se denomina sociedad a la agrupación de personas para la realización de actividades privadas, generalmente comerciales. A sus miembros se les denomina socios.

Por otro lado, tenemos que; el término civil hace referencia a aquellas cuestiones inherentes a una ciudad determinada o a los ciudadanos que habitan en ella.

Asimismo, el término civil suele usarse para marcar una diferencia respecto de aquellas personas que responden o pertenecen al ámbito militar o religioso y que ciertamente por su pertenencia a estos ámbitos que ostentan importantes diferencias con la órbita civil pierden un poco esta denominación.

Page 3: Sociedad Civil Diapositivas

DEFINICIÓN.La sociedad civil es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes, o industria, dentro de una actividad económica, con ánimo de partir entre sí las ganancias que se obtenga. En la cual además uno, algunos o todos los socios aportan sus servicios.

Este tipo de empresa llamada Sociedad Civil es regulada por la ley de Sociedades y su normativa se encuentra analizada en los artículos del 295º al 302º.

Page 4: Sociedad Civil Diapositivas

JUNTA DE SOCIOS• La Junta de socios es la autoridad máxima de las

sociedades Civiles, se encuentran normativizadas según contrato de Sociedad Civil y que están encargados de la toma de decisiones y de todos los asuntos correspondientes a la Sociedad.

Page 5: Sociedad Civil Diapositivas

ADMINISTRACIÓNLa administración de la sociedad puede ser llevada a cabo por:

• Un administrador único

• Administración mancomunada

• Administración solidaria

Page 6: Sociedad Civil Diapositivas

CARACTERÍSTICAS DE UNA SOCIEDAD

CIVIL

EJERCICIO PERSONAL

DE UNA PROFESIÓN

PLAZO INDETERMINA

DO

CONTRATO BILATERAL O

PLURILATERAL.

CONTRATO ONEROSO

FORMAL

Page 7: Sociedad Civil Diapositivas

CARACTERISTICAS• Mínimo de dos socios.

• La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es personal e ilimitada, es decir, una vez liquidado el patrimonio de la sociedad, si no llega para cubrir las deudas, responden con sus bienes presentes y futuros. Y lo hacen de forma mancomunada ante todos los deudores que pueda haber.

• Régimen de la Seguridad Social: los socios deben darse de alta en autónomos, salvo en casos excepcionales.

Page 8: Sociedad Civil Diapositivas

CARACTERISTICAS• La Sociedad Civil carece de personalidad

jurídica propia.

• Se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en cuanto a derechos y obligaciones.

• Cada socio es deudor frente a la sociedad de la aportación recogida en contrato y de los intereses correspondientes en caso de demora. Además responden `por los daños o perjuicios que pudieran causarle. Por contra, la sociedad civil responde frente a sus socios por las cantidades aportadas y las obligaciones que se hayan podido contraer.

Page 9: Sociedad Civil Diapositivas

BENEFICIOS QUE OFRECE UNA SOCIEDAD CIVIL

• Puede realizar cualquier actividad lícita que le reporte un beneficio principalmente económico mediante producción de materias primas, la manufactura de productos, o la prestación de servicios; sin que realice un acto de comercio.

• Este tipo de sociedad atiende a las características especiales del individuo no al capital que aporten.

• Se promueve la equidad en las decisiones ya que cada socio representa un voto sin importar el monto de la aportación al capital social.

Page 10: Sociedad Civil Diapositivas

BENEFICIOS QUE OFRECE UNA SOCIEDAD CIVIL

• Permite hacer pago periódico a los socios (basado en la tabla de impuestos como personas físicas).

• En la sociedad universal todos los integrantes se benefician de igual forma sin importar lo que cada uno haya aportado.

• En la sociedad particular los integrantes se benefician únicamente en la forma que cada uno haya aportado, lo que será común a todos es la administración.

• En la sociedad particular los socios no están obligados solidariamente por las deudas de la sociedad, a no ser que así se haya convenido expresamente.

Page 11: Sociedad Civil Diapositivas

LOS PASOS A SEGUIR PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD CIVIL

• Seleccionar una razón social.

• Definir quiénes serán los socios.

• Reunir la información necesaria para la redacción de los estatutos sociales.

• Acudir ante el notario público de su elección, o bien ante la autoridad correspondiente para formalizar la constitución.

• Obtener los permisos y licencias necesarias para empezar operaciones.

Page 12: Sociedad Civil Diapositivas

EXTINCIÓN DE UNA SOCIEDAD CIVIL

La sociedad se extingue:

• Cuando expira el término por el que se constituyó.

• Cuando no funciona el negocio para el que fue constituida.

• Por la muerte o insolvencia de cualquiera de los socios, o por el embargo de las propiedades sociales a causa de las deudas de los socios.

• Por voluntad de cualquiera de los socios, siempre que haya motivo justo motivo o que no haya sido fijado el plazo de duración de la sociedad

Page 13: Sociedad Civil Diapositivas

CARACTERÍSTICA DE LAS PERSONAS QUE ASUMEN

ESTA EMPRESA: Generalmente las personas que adoptan esta figura jurídica son aquellas que desean desarrollarse dentro del giro de la prestación de servicios como profesionistas, por ejemplo:

• Abogados

• Profesores

• Contadores

• Arquitectos

• Diseñadores

• entre otros.

Page 14: Sociedad Civil Diapositivas

CLASES DE SOCIEDAD CIVIL Por sus beneficios personales:

Sociedad Civil Universal:

Sociedad de todos los bienes presentes es aquella por la cual las partes ponen en

común todos los bienes que actualmente les pertenecen, para partirlos entre sí, igual

que las ganancias que adquieran con ellos.

Sociedad Civil Particulares:

Las ganancias que se obtengan de esta sociedad deberán ser directamente proporcionales con lo que

haya sido entregado por los socios civiles.

Page 15: Sociedad Civil Diapositivas

CLASES DE SOCIEDAD CIVIL Por su responsabilidad:

Sociedad Civil Ordinaria:

Se caracteriza porque los socios responden personalmente y en

forma subsidiaria, con beneficio de excusión (no puede ser obligado al

pago por el acreedor sin que previamente éste no se haya

dirigido contra los bienes de la sociedad), por las obligaciones

sociales

Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada:

Los socios no responden

personalmente por las deudas sociales (el socio sólo arriesga su

aporte en la empresa) y es la sociedad la que responde con su patrimonio. Sus socios no pueden

exceder de treinta (30).

Page 16: Sociedad Civil Diapositivas

SEMEJANZAS DE LA S.CIVIL ORDINARIA Y S.C DE R.L

• Ambas S. Civil y S. Civil de R. L. tienen Razón Social.

• Responde a la práctica de incluir los nombres de los socios o de alguno de ellos.

• Carácter marcadamente personal de la Sociedad Civil.

• El buen nombre de los socios es determinante para las personas que contratan con la sociedad.

• El tercero que permita que su nombre sea incluido en la razón social responde en forma personal y en forma solidaria con cada socio en proporción a su aporte.

Page 17: Sociedad Civil Diapositivas

ASOCIACIÓN CIVIL• Es un convenio celebrado entre dos o más

asociados, mediante el cual aportan algo en común, generalmente recursos, conocimientos, esfuerzo o trabajo, para realizar un fin común lícito preponderantemente no económico, obligándose mutuamente a darse cuenta.

Page 18: Sociedad Civil Diapositivas

SEMEJANZAS ENTRE SOCIEDAD Y ASOCIACIÓN CIVIL

• Ambos son una persona jurídica de carácter moral constituida por el acto jurídico de dos o más personas reunidas de manera permanente para realizar un fin común, lícito y posible.

• No existe copropiedad entre asociados o socios.

• El acuerdo de voluntades en ambos contratos es la consecución de un fin lícito, posible y determinado para su realización.

• En ambos contratos se requiere de capacidad general para contratar, y dependiendo de la obligación de la persona para trasmitir el dominio o el uso y goce se requiere de capacidad especial.

Page 19: Sociedad Civil Diapositivas

DIFERENCIAS ENTRE SOCIEDAD Y ASOCIACIÓN CIVIL• La diferencia entre sociedades Civiles y Asociaciones

Civiles, es que las primeras realizan un fin común lícito preponderantemente económico, y las asociaciones civiles realizan un fin preponderantemente no económico, es decir, un fin común deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una especulación comercial.

Page 20: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

Y DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Page 21: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

• PACTO SOCIAL

• NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

• CAPITAL Y PARTICIPACIONES

• DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD

• OTRAS DISPOSICIONES

Page 22: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

PACTO SOCIAL

PRIMERO.- Por el presente instrumento, los otorgantes convienen constituir, como en efecto constituyen, una sociedad civil ordinaria, bajo la razón social de: “............................. S. Civil”, con un capital, domicilio, duración y demás estipulaciones que se establecen en el estatuto social.SEGUNDO.- El capital social inicial es de S/. ................. (........................ Nuevos Soles) que estará representado por .............. participaciones de S/. ............ (......... Nuevos Soles) cada una, todas íntegramente suscritas y pagadas por los otorgantes en la siguiente forma: a) ......................................., suscribe .......... participaciones y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 50% del capital social; b) ......................................., suscribe .......... participaciones y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 35% del capital social; c) ......................................., suscribe .......... participaciones y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 15% del capital social ;

Page 23: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓNRAZÓN SOCIAL .- La razón social de la sociedad es: “............................... .............. S. Civil”.

OBJETO SOCIAL.- El objeto de la sociedad es dedicarse a las prestaciones de servicios profesionales correspondientes al ejercicio de la profesión de Derecho, ya sea como litigantes, asesores, consultores, enseñanza o difusión. Asimismo, podrá realizar labores conexas a estas, como asesoría mercantil, económica o financiera.

DOMICILIO SOCIAL.- La sociedad señala su domicilio en la ciudad de ......... sin embargo, podrá establecer sucursales, agencias, filiales o representantes en cualquier lugar del país o del extranjero.

DURACIÓN.- El plazo de duración de la sociedad es por tiempo indeterminado, dando por iniciosus actividades a partir de la fecha de la escritura pública que origine esta minuta.

Page 24: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

CAPITAL Y PARTICIPACIONES

CAPITAL SOCIALEl capital social suscrito es de S/.................... (..................... Nuevos Soles), y está dividido en participaciones de S/. .............. (.................. Nuevos Soles) cada una, todas íntegramente suscritas y pagadas por los otorgantes en la siguiente forma: a) ......................................., suscribe .......... participaciones y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 50% del capital social; b) ......................................., suscribe .......... participaciones y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 35% del capital social;c) ......................................., suscribe .......... participaciones y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 15% del capital social.

Page 25: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

CAPITAL Y PARTICIPACIONES

PARTICIPACIONES SOCIALES.- Toda participación es igual, indivisible y acumulable. La sociedad únicamente admitirá el ejercicio de los derechos que de ella se derivan a una sola persona. Todas las participaciones pertenecientes a un socio deben ser representadas por una sola persona. Si por venta, sucesión u otro título pasaran una o más participaciones a ser propiedad de varias personas, estas deberán designar solamente a una para el ejercicio de tales derechos, pero responderánsolidariamente por las obligaciones que deriven de la calidad de socios. La designación del representante se efectuará mediante carta simple con firma legalizada notarialmente, suscrita por los copropietarios que representen más del cincuenta por ciento de los derechos y acciones sobre las participaciones en copropiedad.

REGISTRO DE PARTICIPACIONES.-Las participaciones de los socios son aquellas que se encuentran detalladas en el capital social.

TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES.-La transferencia de participaciones de un socio solamente será procedente con el consentimiento de los demás participacionistas. Asimismo, para su validez, la transferencia de participaciones deberá realizarse a través de escritura pública e inscribirse en el Libro de SociedadesCiviles del Registro de Personas Jurídicas.

Page 26: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDADÓRGANOS DE LA SOCIEDAD .- Son órganos de la sociedad: a) La junta de socios,b) La administración.DE LA JUNTA DE SOCIOS.- La junta de socios está compuesta por todos los socios y representa la universalidad de los mismos. Es la suprema autoridad de la sociedad y sus decisiones, tomadas de acuerdo con los requisitos establecidos por el estatuto y la Ley General de Sociedades, son obligatorias para todos los socios, aun para aquellos que hayan votado en contra o estuviesen ausentes, sin perjuicio de los derechos que la ley les conceda. A la junta de socios le corresponde ejercer los derechos y facultades de disposición que legalmente le corresponde, salvo aquellos que hayan sido encargados a los administradores, en virtud de lo establecido por el presente estatuto y la Ley General de Sociedades.DOMICILIO, CONVOCATORIA, QUÓRUM Y VOTACIONES DE LA JUNTA DE SOCIOS.- Las juntas de socios se celebrarán en el domicilio social. Podrá en todo caso reunirse la junta de socios y adoptar acuerdos válidamente en un lugar distinto, siempre que se encuentren presentes o representadas la totalidad de las participaciones, y se acuerde por unanimidad instalar la junta y los asuntos a tratar en la reunión, de lo que se dejará constancia en el acta respectiva.

Page 27: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDADDERECHO DE SEPARACIÓN DE LOS SOCIOS.- Los socios podrán separarse de la sociedad en cualquier momento, para lo cual bastará que comuniquen vía carta notarial a cada uno de los socios dicha decisión. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD.- La administración de la sociedad corresponde a un socio, quien estará facultado a representar a la sociedad. En caso de que el socio administrador utilice el patrimonio social o use la firma social para fines ajenos a los contenidos en el objeto social será pasible de separación.FACULTADES DEL SOCIO-ADMINISTRADOR.- Se encuentra facultado para girar, aceptar, endosar y descontar letras; cobrar, endosar y girar cheques sobre saldos acreedores o en sobregiro; celebrar contratos de cuenta corriente..OBLIGACIONES DEL SOCIO-ADMINISTRADOR.- Cada ..... meses, el socio-administrador deberá rendir cuenta a los otros socios sobre la marcha de la sociedad.OPOSICIÓN DE LOS SOCIOS.- Cuando los socios no administradores consideren que una operación adoptada por el socio administrador no sea oportuna, podrán oponerse antes de que dicha operación concluya.REVOCACIÓN DEL SOCIO-ADMINISTRADOR.- La revocación del cargo de administrador solo procederá por los mismos motivos que puede un socio ser separado de la sociedad

Page 28: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

OTRAS DISPOSICIONESCASOS DE SEPARACIÓN O EXCLUSIÓN DE SOCIOS.- Son causales de separación o exclusión de los socios, las siguientes: a) Por oposición de los acreedores a la prórroga de la duración de la sociedad con

respecto al socio; b) En caso de que un socio utilice el patrimonio social o use la firma social para fines

ajenos al objeto social, conforme al objeto social del presente estatuto; c) Sea declarado en quiebra o sea inhabilitado para ejercer el comercio; d) Sea condenado penalmente por cometer un delito doloso; El socio que haya incurrido en alguna de las anteriores causales deberá ser notificado vía carta notarial firmada por la totalidad de los demás socios, a fin de que en el plazo de diez días hábiles realice su descargo correspondiente. Dicho descargo se realizará a través de carta notarial dirigida a cada uno de los socios.Dentro de los diez días hábiles de producido el descargo, los demás socios podrán excluirlo. Para adoptar dicho acuerdo se requiere la unanimidad de votos, sin tomar en cuenta el del socio infractor. Excluido el socio, su liquidación patrimonial se hará sobre la base de la situación patrimonial de la sociedad en el día que se adopte el acuerdo de separación. El pago de sus participaciones se hará dentro de los seis meses siguientes al día del referido acuerdo.

Page 29: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

OTRAS DISPOSICIONESLa disolución y liquidación de la sociedad se efectuará conforme a los artículos 407, 413 y siguientes de la Ley General de Sociedades.DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- Queda designado como socio-administradorel Sr. .............................., cuyos datos de identificación se describen en la introducción de la presente minuta, a quien se le confiere las facultades que el estatuto contempla para dicho cargo.DISPOSICIONES FINALESPRIMERA DISPOSICIÓN FINAL.- En todo lo no previsto en el presente estatuto, deberá remitirse a lo dispuesto en la Ley General de Sociedades.SEGUNDA DISPOSICIÓN FINAL.- En caso de conflicto de intereses entre la sociedad y un socio o grupo de socios, este deberá ser sometido a arbitraje, mediante un Tribunal Arbitral integrado por tres expertos en la materia, uno de ellos designado de común acuerdo por las partes, quien lo presidirá y los otros designados por cada una de las partes.Si en el plazo de ....... (...) días de producida la controversia, no se acuerda el nombramiento del presidente del Tribunal Arbitral, este deberá ser designado por el Centro de Arbitraje Nacional y Extranjero de la Cámara de Comercio de Lima, cuyas reglas serán aplicables al arbitraje.El laudo del Tribunal Arbitral será definitivo e inapelable, así como de obligatorio cumplimiento y ejecución para las partes.

Page 30: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA

• PACTO SOCIAL

• NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

• CAPITAL Y PARTICIPACIONES

• DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD

• OTRAS DISPOSICIONES

Page 31: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

PACTO SOCIALPRIMERO.- Por el presente instrumento, los otorgantes convienen constituir, como en efecto constituyen, una sociedad civil de responsabilidad limitada, bajo la razón social de: “Ingenieros Asesores Sociedad Civil De Responsabilidad Limitada”, con un capital, domicilio, duración y demás estipulaciones que se establecen en el estatuto social.

SEGUNDO.- El Capital Social inicial es de S/. 80,000, dividido en 4,000 participaciones iguales, acumulables e indivisibles de S/. 20.00 cada una, íntegramente pagada en efectivo en la proporción, siguiente:

• Don LUIS EN.R.QUE OUISPE CHÁVEZ, aporta la suma de S/. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

• Don ROBER-"O PÉREZ MORAN, aporta la suma de SI. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

• Don CALOS ALBERTO BALLESTEROS GAMARRA, aporta la suma de S/. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

• Don FELIPE TORRES GONZÁLES, aporta la suma de S/. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

Page 32: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

RAZÓN SOCIAL.- La razón social de la sociedad es: “Ingenieros Asesores Sociedad Civil De Responsabilidad Limitada”

OBJETO SOCIAL.- El objeto principal delta sociedad es dedicarse a la prestación de Servicios Profesionales correspondientes al estudio' del impacto del medio ambiental, diversidad climatológica, estudio de suelos, como habilitación de terrenos eriazos, además de toda actividad complementaria. La Sociedad está facultada para la realización de cualquier otra actividad no expresamente comprendida en la presente cláusula, que según la Ley esté permitido a las Sociedades Civiles.

DOMICILIO SOCIAL.- La sociedad que se constituye establece su domicilio en la ciudad de Arequipa, quedando facultado para crear sucursales, agencia o representaciones en cualquier lunar de la República o del extranjero, de acuerdo a lo establecido en el artículo 396° de la Ley General de Sociedades, de acuerdo a la Junta de Socios.

DURACIÓN.- La sociedad que se constituye en la fecha es de duración indeterminada iniciará sus operaciones el día 21 de Setiembre del 2015. Los actos que hayan celebrado los socios administradores en sombre de la Sociedad quedan ratificados a partir de la fecha indicada, y con anterioridad a la formalización e inscripción de la escritura social.

Page 33: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CAPITAL Y PARTICIPACIONES

CAPITAL SOCIAL.- El Capital Social inicial es de S/. 80,000, dividido en 4,000 participaciones iguales, acumulables e indivisibles de S/. 20.00 cada una, íntegramente pagada en efectivo en la proporción, siguiente:

- Don LUIS EN.R.QUE OUISPE CHÁVEZ, aporta la suma de S/. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

- Don ROBER-"O PÉREZ MORAN, aporta la suma de SI. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

- Don CALOS ALBERTO BALLESTEROS GAMARRA, aporta la suma de S/. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

- Don FELIPE TORRES GONZÁLES, aporta la suma de S/. 20,000 en efectivo, por cuyo monto se le asigna 1,000 participaciones.

PARTICIPACIONES SOCIALES.- El socio que desee transferir su participación social debe comunicarlo por escrito a los demás socios, pudiendo los otros socios adquirir dicha participación en el plazo de treinta días. Concluido el plazo antes del referido sin que se haya efectuado la adquisición el socio quedará libre de cromo tal, ejerce los derechos transferir su participación a tercero. La transferencia de participaciones sociales deberá constar por escritura pública e inscribiese en el Registro del Libro de Sociedades.

Page 34: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CAPITAL Y PARTICIPACIONESREGISTRO DE PARTICIPACIONES.- Los socios tendrán derecho a deducir para sus gastos particulares de los beneficios que obtengan la sociedad, de la siguiente manera:

La Junta de Socios fijará por mayoría de los 2/3 del capital:

- La suma que los socios señores ENRIQUE QUISPE CHÁVEZ. ROBERTO PÉREZ MORAN, CARLOS ALBERTO BALLESTEROS GAMARRA y FELIPE TORRES GONZÁLES, podrán deducir, mensualmente de los ingresos sociales (para sus gastos particulares) de acuerdo a la labor a efectuar, en base al presupuesto fijado.

- El derecho de deducir sumas para gastos particulares, se aplicará a partir de la fecha en que la sociedad luego del período de organización, inicie plenamente sus actividades profesionales, fecha que será fijada por la Junta de Socios por, mayoría de los 2/3 del capital.

- Si las utilidades no alcanzarán a cubrir los importes retirados por los señores ENRIQUE QUISPE CHÁVEZ; ROBERTO PÉREZ MORAN, CARLOS ALBERTO BALLESTEROS GAMARRA y FELIPE TORRES GONZÁLES, dichos socios no tendrán obligación de devolver el exceso, en que se computará como adelanto a cuenta de las utilidades de los ejercicios siguientes.

Page 35: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDADDE LA JUNTA DE SOCIOS.- La Junta de Socios representa el órgano supremo de la sociedad y, como tal, ejerce los derechos y facultades de decisión que legalmente corresponde a esta. La Junta, General estará constituida por la totalidad de los socios, quienes se reunirán en forma ordinaria, una vez por año, durante el mes de Marzo, con el especifico objeto de aprobar la gestión social, las cuentas sociales del ejercicio anterior y el plan de conducción de los negocios sociales para el próximo ejercicio; documentos que deben ser presentados por el socio administrador o socios administradores. La Junta General queda facultada para- reunirse en forma extraordinaria cada vez que el interés de la sociedad así lo requiera. Cualquier socio está facultado para convocar a la Junta General, por medio de esquelas, no siendo necesario este requisito cuando estén presentes o encuentren representado en junta Universal. El quórum para las sesiones en primera convocatoria será de la mitad más uno, computable no por persona sino por el número de participaciones sociales que se posean o representen; en segunda convocatoria se tomarán por mayoría simple, es decir la mitad más una de las participaciones sociales. Cada participación da derecho a un voto. Es obligación llevar un libro de actas legalizado conforme a Ley donde constarán todos los acuerdos de la Junta, que será firmado por todos los socios concurrentes a las sesiones. De acuerdo a ley los socios-pueden hacerse representar a la junta por poder, que deberá constar por escrito.

Page 36: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDADADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD.- La gestión administración de la Sociedad estará a cargo de todas las cuantas veces sea necesario, para resolver sobre la marcha de los negocios de la Junta General, por medio de Sociedad. La Junta adoptará sus decisiones por mayoría de los socios, que estén presentes o encuentren representan cuando menos 2/3 del capital social y actuando con la mayoría referida tendrá amplia y plena facultad y autoridad para representar a la Sociedad ante todas las organizaciones y personas en general.

OBLIGACIONES DEL SOCIO-ADMINISTRADOR.- Los socios se comprometen expresamente a no realizar acto alguno que pueda resultar en perjuicio de los negocios y actividades sociales de la sociedad.

Se comprometen a actuar en forma proba en el desempeño sus actividades profesionales, comerciales, y societarias, impidiendo cualquier acto que colateralmente permita la afectación de la imagen de la sociedad..

RENOVACIÓN DEL SOCIO-ADMINISTRADOR.- Con el asentimiento de los socios que representan los 2/3 del capital social, podrá ingresar uno o más socios en los términos y bajo las condiciones que convengan.

Page 37: Sociedad Civil Diapositivas

CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

OTRAS DISPOSICIONESCASOS DE SEPARACIÓN O EXCLUSIÓN DE SOCIOS.- Los socios pueden separarse de la sociedad cuando así sean su propósito, para cuyo efecto deberán seguir el procedimiento estipulado en la cláusula de esta escritura para la venia u transferencia de su participación social. La sociedad queda facultada para separar al socio que infrinja las disposiciones del contrato de sociedad, que por esta escritura se constituye, o que comete actos dolosos contra ella, o sea declarado en quiebra o sea inhabilitado para ejercer el comercio. La separación del socio se acordará por mayoría simple, sin considerar los votos del socio cuya separación se discute. Dentro de los treinta días siguientes desde que la separación se le comunicó, el socio afectado puede éste formular oposición mediante proceso no contencioso. El pago de la participación se hará dentro de los seis meses del día en que se acordó en la separación o de la fecha en que quede ejecutoriada.

FORMACIÓN DE LAS CUENTAS SOCIALES.- El socio o socios administradores están obligados a formular, en el plazo máximo de ochenta días a partir del cierre del ejercicio social, el balance con la cuenta de ganancias y pérdidas, la propuesta sobre distribución de las utilidades sociales para el siguiente ejercicio.

FALLECIMIENTO DE SOCIOS.- En un caso de fallecimiento de algún socio, la sociedad continuará con los restantes, reconociéndose a los herederos del fallecido los derechos que le corresponde la Ley.

Page 38: Sociedad Civil Diapositivas

DISOLUCIÓN DE LA

SOCIEDAD

•Se podrá disolver por el consentimiento de todos los socios, por cumplirse el término fijado en el contrato de la sociedad, por la realización del fin social o por la imposibilidad de llevar a cabo el objeto de la sociedad.

Page 40: Sociedad Civil Diapositivas

NORMATIVA DE LAS SOCIEDADES CIVILES

Page 41: Sociedad Civil Diapositivas

CONCEPTOART. 295 LGS

Las Sociedades Civiles se constituyen para un fin común de carácter económico que se realiza mediante el ejercicio personal de una profesión, oficio, pericia práctica u otro tipo de actividades

personales por alguno, algunos o todos los socios.

Page 42: Sociedad Civil Diapositivas

ÓRGANO SUPREMO• junta de todos los

socios

ÓRGANO REPRESENTATIVO

• Se encarga de la administración de la sociedad.

ÓRGANO DE CONTROL.

• la supervisión queda a cargo de todos los socios no administradores.

ORGANOS DE LA SOCIEDAD CIVIL

Page 43: Sociedad Civil Diapositivas

RAZON SOCIAL • La sociedad civil

desenvuelven sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre de uno o mas socios y con la indicación "Sociedad Civil" o su expresión abreviada "S. Civil"; o, "Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada" o su expresión abreviada "S. Civil de R. L.".

DOMICILIO DE LA SOCIEDAD • Es el lugar donde

desarrolla algunas de sus actividades principales o donde instala su administración.

Page 44: Sociedad Civil Diapositivas

DURACIÓN DE LA

SOCIEDAD

•Debe indicarse si ha sido formada para un objeto específico, plazo determinado o si es de plazo indeterminado.

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL:

•El objeto social está constituido por las actividades que se realizan mediante el ejercicio personal, por parte de alguno o todos los socios, de una profesión, oficio, pericia, práctica u otro tipo de actividades personales

Page 45: Sociedad Civil Diapositivas

El capital de la sociedad civil debe estar íntegramente pagado al tiempo de la celebración del pacto social. En realidad el principal activo de las sociedades civiles está dado por la experiencia profesional de sus integrantes.

PARTICIPACIONES Y TRANSFERENCIA• Las participaciones de los socios en el capital no

pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones. Ningún socio puede transmitir a otra persona, sin el consentimiento de los demás, Las participaciones sociales deben constar en el pacto social. Su transmisión se realiza por escritura pública y se inscribe en el Registro.

Page 46: Sociedad Civil Diapositivas

La administración encargada a uno o varios socios como condición del pacto social solo puede ser revocada por causa justificada.

La administración conferida a uno o más socios sin tal condición puede ser revocada en cualquier momento.

El socio administrador debe ceñirse a los términos en que le ha sido conferida la administración.

Las reglas de los incisos 1 y 2 anteriores son aplicables a los gerentes o administradores, aun cuando no tuviesen la calidad de socios.

ADMINISTRACIÓN

Page 47: Sociedad Civil Diapositivas

UTILIDADES Y PÉRDIDAS• Las utilidades o las

pérdidas se dividen entre los socios de acuerdo con lo establecido en el pacto social. A través de este artículo queda establecido que la forma de participación en las utilidades y perdidas, es conforme esté determinado en el pacto social. De carácter de ello, éstas se dividen en forma proporcional, de acuerdo al aporte de cada socio.

JUNTA DE SOCIOS• La junta de socios es el

órgano supremo de la sociedad y ejerce como tal los derechos y las facultades de decisión y disposición que legalmente le corresponden.

Page 48: Sociedad Civil Diapositivas

LIBROS Y REGISTROS• Las sociedades civiles deberán llevar las actas y

registros contables que establece la ley para las sociedades mercantiles.

Page 49: Sociedad Civil Diapositivas

ESTIPULACIONES DEL PACTO SOCIAL

ART. 5 Y 303 LGS

Datos de Identificació

n de los Socios

Fundadores

Declaración de voluntad

de los socios orientada a

una S.Civil o S. Civil de R.

L.

Capital y el detalle de los

Aportes – Participación en que se divide - Valorización de

los Aportes. Establecer la existencia de

Socios Industriales

Nombramiento de los

Administradores y si es

condición del Pacto Social,

Los Convenios entre los Socios y

entre éstos y terceros

Page 50: Sociedad Civil Diapositivas

EJEMPLOS:• INFORMATIVO CABALLERO

BUSTAMANTEEl Informativo Caballero Bustamante tiene más de 40 años de historia como publicación especializada en asesoría empresarial, en las materias Tributaria, Contable, Laboral, Corporativa, Comercio Exterior y Económico Financiero.El Informativo ha brindado a sus suscriptores información veraz y oportuna, con rigurosidad técnica y calidad, cumpliendo con las exigencias y requerimientos de su creciente número de lectores.

Page 51: Sociedad Civil Diapositivas

EJEMPLOS:

• El ESTUDIO GONZALES, SOSA & ASOCIADOS CONSULTORES S. Civil de R.L es una firma de abogados compuesta por un equipo de profesionales altamente calificados que le brindará soluciones eficaces a través de una Asesoría jurídica integral con miras al éxito empresarial.

• ESTUDIO GONZALES, SOSA & ASOCIADOS CONSULTORES S. Civil de R.L

Page 52: Sociedad Civil Diapositivas

EJEMPLOS:• ASESORÍA CONTABLE Y

EMPRESARIAL S.CIVIL.R.L

Nace como respuesta a la gran demanda mundial de asesoría contable, administrativa y tributaria especializada. Es un Estudio con profesionales especializados en servicios de asesoría contable integral bajo las más exigentes normas de atención personalizada y con el más alto nivel de excelencia.

Page 53: Sociedad Civil Diapositivas

CONCLUSIÓN En conclusión la sociedad civil es una sencilla forma de asociación

entre personas con un proyecto empresarial común. Las ventajas e inconvenientes que ofrecen las sociedades civiles son similares a las de los autónomos. Por un lado la sencillez en su creación y gestión, e incluso en su disolución, y un mínimo coste de tramitación de sus actos, además del hecho de que no haya un capital social mínimo, pero también tiene desventajas como la responsabilidad de los socios que es ilimitada en el caso de sociedad civil ordinaria, por lo que las deudas en las que incurra la sociedad trascenderán al patrimonio personal de los socios.

Es un Contrato por el que dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria con el ánimo de partir entre sí las ganancias. Es un contrato consensual oneroso, conmutativo y plurilateral. Se caracteriza por existir un fondo común social, ya esté constituido por bienes o por el trabajo de los socios.

Page 54: Sociedad Civil Diapositivas

RECOMENDACIONES La mayor precaución que hay que tener con la sociedad civil está

relacionada con la limitación de la responsabilidad de los socios. En la sociedad civil ordinaria, la responsabilidad de los socios es ilimitada, respondiendo cada uno con su patrimonio. Esto echa para atrás a muchos que se plantean optar por esta situación, dado que les podría acarrear problemas de índole muy grave en caso de ser demandados o de no poder frente a un pago. Esto es para pensárselo bien, ya que lo que al inicio de la actividad empresarial puede parecer un camino de rosas, en el futuro puede convertirse en todo lo contrario.

La sociedad civil es una fórmula interesante para poder iniciar una actividad empresarial, por su sencillez administrativa, desde el momento de la constitución, y los bajos requisitos de aportación de capital. sin embargo, siempre deben tenerse en cuenta todos los aspectos prácticos de la misma, no siendo recomendable en situaciones en las que, por ejemplo, se requiera un volumen de endeudamiento importante.