Sistemas y Principios del juicio oral

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  • 7/31/2019 Sistemas y Principios del juicio oral

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    I. SISTEMAS PROCESALES PENALES

    Julin Lpez Masle

    CLASIFICACION HISTORICA DELOS SISTEMAS PROCESALES PENALES

    1. Sistema Acusatorio2. Sistema Inquisitivo

    3. Sistema inquisitivo reformado o Mixto

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    SISTEMA ACUSATORIO

    Jurisdiccin penal

    Persecucin penal

    Stat us del imput ado

    Procedimiento

    Valoracin de la Prueba

    Sentencia

    Tribunales Populares

    Acusador particular

    Sujeto de derechos

    Debate pblico, oral, continuo ycontradictorio.

    Intima conviccin

    Infundada e inimpugnable

    SISTEMA INQUISITIVO

    Jurisdiccin penal

    Persecucin penal

    Stat us del imput ado

    Procedimiento

    Valoracin de la Prueba

    Sentencia

    Delegados del monarca oprncipe (jueces)

    Juez

    Objeto de persecucin

    Secreto, escrito, discontinuo, no

    contradictorio y mediato

    S. de Prueba Legal

    Fundada e impugnable

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    SISTEMA INQUISITIVO REFORMADOJurisdiccin penal

    Persecucin penal

    Stat us del imput ado

    Procedimiento

    Valoracin de la Prueba

    Sentencia

    Tribunales de jurado o mixto.

    M. Pblico o Juez

    Sujeto de derechos

    Inv. preliminar + Aud. intermedia+ Juicio oral

    S. de Intima Conviccin o S.Libre

    conviccin (sana crtica)

    Fundada. Impugnableexcepcionalmente

    S. ACUSATORIO S. I NQUISITIVO S. I .REFORMADO

    Jurisdiccin

    pen al

    TribunalesPopulares

    Delegados delmonarca oprncipe (jueces)

    Tribunales dejurado o mixto.

    Persecucin

    pen al

    Acusador particular Juez M. Pblico oJuez

    Status del

    imputado

    Sujeto de derechos Objeto depersecucin

    Sujeto de derechos

    Procedimiento Debate pblico,oral, continuo ycontradictorio.

    Secreto, escrito,discontinuo, nocontradictorio ymediato

    Inv. preliminar +Aud. intermedia +Juicio oral

    Valoracin de la

    Prueba

    Intima conviccin S. de Prueba Legal S. de Intima

    Conviccin o S.Libre conviccin(sana crtica)

    Sentencia Infundada einimpugnable

    Fundada eimpugnable

    Fundada.Impugnableexcepcionalmente

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    FENOMENOS QUE INFLUYEN EN LA

    OBSOLESCENCIA DE LA CLASIFICACIONTRADICIONAL

    1. Limitacin de comportamientos punibles.+ Principio de oportunidad.

    2. Crtica a la pena privativa de libertad.+ Suspensin condicional del procedimiento

    3. Privatizacin del derecho penal.+ Acuerdos reparatorios.

    4. Proteccin de los derechos humanos.+ Balance persecucin penal garantas individuales.+ Exclusin de prueba.

    CLASIFICACION FUNCIONALDE LOS SISTEMAS PROCESALES PENALES

    (Damaska)

    1. Estado Activista= IMPLEMENTACIN DE POLITICAS

    2. Estado Reactivo= SOLUCION DE CONFLICTOS.

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    ESTADOACTI VI STA

    ESTADOREACTI VO

    Reglaspr ocedi mentales

    Adjetivas Sustantivas

    Stat us de part e Secundario Protagnico

    Cont rol ofi cial

    sobre el proceso

    Fuerte (iniciativa,competencia,produccin de laprueba, rechazo asoluciones trans.)

    Dbil (iniciativa,competencia,produccin de laprueba, solucionestransaccionales)

    Stat us de quien

    decideRelevancia de lasconsec. polticas

    Irrelevancia de lasconsec. polticas

    Status del

    consejero legalAuxiliar de laadm. de justicia

    Asistente de parte

    II. PRINCIPIOS Y GARANTIASDEL SISTEMA PROCESAL PENAL CHILENO

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    Principios: opciones polticas relativas a lasnecesidades de organizacin de la persecucin penalpblica de un estado, que no importannecesariamente garantas para los individuos.

    Garantas: derechos individuales reconocidoscomo fundamentales en la Constitucin Polticas o enlos Tratados Internacionales ratificados por Chile, quese alzan como lmites a los intereses de lapersecucin penal.

    I. PRINCIPIOS DE LA PERSECUCION PENAL.

    II. GARANTIAS INDIVIDUALES ANTE LAPERSECUCION PENAL.

    A. GARANTIAS DE LA ORGANIZACIN JUDICIAL.B. GARANTIAS GENERALES DEL

    PROCEDIMIENTO.C. GARANTIAS DEL JUICIO.D. LIMITES FORMALES AL ESTABLECIMIENTO

    DE LA VERDAD

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    I. PRINCIPIOS DE LA PERSECUCION PENAL.

    1. Principio de oficialidad.2. Principio de investigacin oficial.3. Principio acusatorio.4. Principio de legalidad.

    II. GARANTIAS INDIVIDUALES ANTE LAPERSECUCION PENAL.

    A. GARANTIAS DE LA ORGANIZACIN JUDICIAL.1. Derecho al juez independiente.2. Derecho al juez imparcial.3. Derecho al juez natural.

    B. GARANTIAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO.1. Derecho al juicio previo.2. Derecho al debido proceso3. Derecho a ser juzgado dentro de un

    plazo razonable.4. Derecho de defensa.5. Derecho a la presuncin de inocencia.6. Inadmisibilidad de la persecucin penal

    mltiple.

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    II. GARANTIAS INDIVIDUALES ANTE LAPERSECUCION PENAL.

    C. GARANTIAS DEL JUICIO.1. Derecho a juicio pblico.2. Derecho a juicio oral.

    a. Principio de inmediacin.b. Ppios. de continuidad y concentracin.

    D. LIMITES FORMALES AL ESTABLECIMIENTO DE LA VERDAD1. Principio de no autoincriminacin.2. Derecho a la privacidad.

    PRINCIPIOS DE LA PERSECUCION PENAL

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    1. PRINCIPIO DE OFICIALIDAD

    Se identifica con la idea depersecucin penalpblica de los delitos: stos pueden y deben serperseguidos por el Estado de oficio, sin consideracina la voluntad del ofendido ni de ninguna otra persona.

    La intervencin del ofendido no es necesaria nideterminante.

    Su anttesis terica es el principio dispositivo.

    PRINCIPIO DE OFICIALIDAD

    a) Inicio del procedimiento.La investigacin puede y debe ser iniciada de oficio .

    Arto 83 CPR; art. 1 LOCMP; art. 172 CPP = MP(Erosiones: accin penal privada y pblica previa inst. particular)

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    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    M.PUBLICO

    InicioInvestig.

    CierreInvest. Acus. Sentencia

    AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    JUICIOORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    Juicio OralEtapa IntermediaEtapa de Investigacin

    Juez de Garanta Tribunal de J. Oral

    AUD.SOBRES..

    Polica

    Ministerio Pblico

    Imputado - Defensor

    PRINCIPIO DE OFICIALIDAD

    a) Inicio del procedimiento.La investigacin puede y debe ser iniciada de oficio .

    Arto 83 CPR; art. 1 LOCMP; art. 172 CPP = MP(Erosiones: accin penal privada y pblica previa inst. particular)

    b) Disponibilidad de la accin penal.La pretensin penal no es disponible por las partes(Erosiones:

    Delitos de accin penal privadaAcuerdos reparatorios)

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    2. PRINCIPIODE INVESTIGACION OFICIAL

    (oprincipio de investigacinoprincipio de verdad material)

    El tribunal (el Estado) investiga por s mismo loshechos de la causa y no est vinculado a losrequerimientos y declaraciones de las partes en elproceso.

    Alcances:

    a) El tribunal (el Estado) no queda vinculado porlas posiciones de las partes.

    b) El tribunal (el Estado) puede y debe producirprueba de oficio (carga de la prueba).

    Su anttesis terica es el principio de aportacinde parte(oprincipio de verdad formal).

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    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    M.PUBLICO

    InicioInvestig.

    CierreInvest. Acus. Sentencia

    AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    JUICIOORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    Juicio OralEtapa IntermediaEtapa de Investigacin

    Juez de Garanta Tribunal de J. Oral

    AUD.SOBRES..

    Polica

    Ministerio Pblico

    Imputado - Defensor

    3. PRINCIPIO ACUSATORIO

    a) Distribucin de funciones de acusaciny decisin.

    b) Distribucin de funciones deinvestigacin y decisin.

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    PRINCIPIO ACUSATORIO

    La distribucin de las funciones de investigacin ydecisin es una garanta individual implcita en elderecho a ser juzgado por un tribunal independiente eimparcial (TEDH)

    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    M.PUBLICO

    InicioInvestig.

    CierreInvest. Acus. Sentencia

    AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    JUICIOORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    Juicio OralEtapa IntermediaEtapa de Investigacin

    Juez de Garanta Tribunal de J. Oral

    AUD.SOBRES..

    PolicaMinisterio Pblico

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    4. PRINCIPIO DE LEGALIDAD

    El ministerio pblico est obligado a iniciar y sostener lapersecucin penal de todo delito que llegue a su conocimiento,sin que pueda suspenderla, interrumpirla o hacerla cesar a sumero arbitrio-

    Principio de legalidad =+principio de promocin necesaria

    +principio de irretractabilidad

    PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

    El ministerio pblico, ante la noticia de un hecho punible oinclusive, ante la existencia de prueba completa de la perpetracin deun delito, est autorizado para no iniciar, suspender, interrumpir ohacer cesar el curso de la persecucin penal, cuando as lo aconsejanmotivos de utilidad social o razones poltico-criminales.

    a)principio de oportunidad libre (o simplemente discrecionalidad):cuando la ley deja a la absoluta discrecin del ministerio pblico elejercicio de esta facultad;

    b)principio de oportunidad reglada o normada:cuando, por el

    contrario, la ley establece los casos y condiciones bajo las cuales elministerio pblico est autorizado para ejercer esta facultad,sometindola adicionalmente a un sistema de controles.

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    + Objetivos del principio de oportunidad.

    a) Descriminalizacin.b) Eficiencia del sistema.

    - Criterios de oportunidad:

    a) Descriminalizacin.

    i. Adecuacin social del hecho.ii. Importancia nfima del hecho.iii. Culpabilidad mnima de autor.

    iv. Ausencia de necesidad preventiva (oretribucin natural).

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    b) Eficiencia:

    i. Persecucin de hecho ms grave o partcipems importante.

    ii. Probation.iii. Privatizacin del derecho penal.iv. Diversion.

    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    PRINCIPIO DE

    OPORTUNIDAD

    ACUERDOS

    REPARATORIOS

    M.PUBLICO

    Etapa IntermediaEtapa de Investigacin

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    InicioInvestig.

    CierreInvest.

    Acus.AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    AUD.SOBRES.

    SUSP. COND.

    DEL PROCED.

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    GARANTIAS INDIVIDUALES ANTE LAPERSECUCION PENAL

    A) GARANTIAS DE LA ORGANIZACINJUDICIAL

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    Art. 14.1. PIDCP declara: Todas las personas son igualesante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrderecho a ser oda pblicamente y con las debidas garantasporun tribunal competente, independiente e imparcial, establecidopor la ley, en la substanciacin de cualquier acusacin decarcter penal formulada contra ella o para la determinacin desus derechos u obligaciones de carcter civil.

    Art. 8.1 CADH declara: Toda persona tiene derecho a seroda, con las debidas garantas y dentro de un plazo razonable,por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial,establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciacin decualquier acusacin penal formulada contra ella, o para la

    determinacin de sus derechos y obligaciones de orden civil,laboral, fiscal o de cualquier otro carcter.

    1. DERECHO AL JUEZ INDEPENDIENTE

    a) Independencia institucional:

    La facultad de conocer de las causas civiles y criminales,de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, perteneceexclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni elPresidente de la Repblica ni el Congreso pueden, en casoalguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes,revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones ohacer revivir procesos fenecidos (art. 76 CPR).

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    b) Independencia personal:

    i) externa: independencia respecto de cualquierotra autoridad del Estado;

    ii) interna: independencia respecto de cualquierotro organismo superior dentro del Poder Judicial.

    iii) burocrtica (BINDER): independencia respectode la organizacin burocrtica que lo rodea, creada por elsistema de delegaciones.

    2. DERECHO AL JUEZ IMPARCIAL

    a) Implicancias y recusacionesb) Concentracin de funciones

    i) de investigar y decidir: problema de diseo delCdPP de 1906.

    ii) de acusar y decidir: problema generado por lasupresin de los promotores fiscales (DFL 426 de 1927)

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    Imparcialidad subjetiva vs. imparcialidad objetiva

    a) Caso Piersack (1982)b) Caso De Cubber (1984)

    El aspecto subjetivo de la imparcialidad trata de averiguar laconviccin personal de un juez en un determinado caso concreto;el aspecto objetivo se refiere a si ste ofrece las garantassuficientes para excluir cualquier duda razonable al respecto

    Inciso final art. 195 COT (agregado por Ley 19.708 de05.01.2001)

    Respecto de los jueces con competencia criminal, son causas deimplicancia, adems, las siguientes:

    1 Haber intervenido con anterioridad en el procedimiento comofiscal o defensor;2 Haber formulado acusacin como fiscal, o haber asumido ladefensa, en otro procedimiento seguido contra el mismoimputado, y3 Haber actuado el miembro del tribunal de juicio oral en lopenal como juez de garanta en el mismo procedimiento.".

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    3. DERECHO AL JUEZ NATURAL

    Art. 19 n 3 inc. 4 CPR:Nadie podr ser juzgado por comisiones

    especiales, sino por el tribunal que sealare la ley yque se hallare establecido por sta con anterioridad ala perpetracin del hecho.

    Aspectos:a) Prohibicin de comisiones especialesb) Predeterminacin legal del juez

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    B) GARANTIAS GENERALES DELPROCEDIMIENTO

    1. DERECHO AL JUICIO PREVIO

    Artculo 1 inciso 1 CPP:

    Juicio previo y nica persecucin. Ninguna persona podrser condenada o penada, ni sometida a una de las medidas deseguridad establecidas en este Cdigo, sino en virtud de unasentencia fundada, dictada por un tribunal imparcial. Toda

    persona tiene derecho a un juicio previo, oral y pblico,desarrollado en conformidad con las normas de este cuerpolegal.

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    1. Derecho a la sentencia judicial decondena como fundamento de la pena (nullapoena sine iuditio).

    2. Derecho a un proceso previolegalmente tramitado (nulla poena sineprocessu).

    i) Derecho al debido proceso

    Constitucin Federal USA:+ Enmienda V (1791):

    No person will be deprived of life, liberty orproperty, without due process of law.

    + Enmienda XIV (1868)

    No State shall deprive any person of life, liberty,or property, without due process of law.

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    ii) Derecho a la tutela judicial efectiva

    Constitucin Espaola:+ Artculo 24.1:

    Todas las personas tienen derecho a obtenertutela efectiva de los jueces y tribunales en elejercicio de sus derechos e intereses legtimos, sinque, en ningn caso, pueda producirse indefensin.

    iii) Derecho a un proceso con todas lasgarantas:

    + Artculo 14.3 PIDCP:Durante el proceso, toda persona acusada de un

    delito tendr derecho, en plena igualdad, a lassiguientes garantas mnimas

    + Artculo 8 CADH:Garantas judiciales

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    Corte Interamericana DD.HH.:Elprincipio del debido procesoabarca las

    condiciones que deben cumplirse para asegurar laadecuada defensa de aqullos cuyos derechos uobligaciones estn bajo consideracin judicial.

    iv) Derecho al proceso previolegalmente tramitado:

    Art. 19 N 3 inc. 5 CPR Chilena:Toda sentencia de un rgano que ejerza

    jurisdiccin debe fundarse en un proceso previolegalmente tramitado. Corresponder al legisladorestablecer siempre las garantas de un procedimiento

    y una investigacin racionales y justos.

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    3. DERECHO A SER JUZGADO DENTRO DEUN PLAZO RAZONABLE

    Art. 8.1 de la CADH reconoce con carcter general, a todapersona el derecho a ser juzgada dentro de un plazorazonable; el art. 7.5 CADH reconoce particularmente a todapersona detenida o retenidasu derecho a ser juzgada dentrode un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio deque contine el proceso

    Art. 14.3.c. PIDCP : Derecho a un proceso sin dilacionesindebidas

    Fundamentos:i) evitar indebida y opresiva encarcelacin

    antes del juicio.ii) minimizar la ansiedad y preocupacin

    que genera una acusacin pblica; yiii) evitar menoscabo de la capacidad del

    acusado para defenderse.

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    ...DERECHO A SER JUZGADO DENTRO DEUN PLAZO RAZONABLE

    Elementos del concepto de plazo razonable:i) complejidad del asunto.ii) actividad procesal del interesado.iii) conducta de las autoridades judiciales

    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    PLAZO JUD.

    CIERRE INVEST (234)

    M.PUBLICO

    Etapa IntermediaEtapa de Investigacin

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    InicioInvestig.

    CierreInvest.

    Acus.AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    AUD.SOBRES.

    PLAZO JUD.

    FORMAL. INVEST (186)

    2 AOS

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    4. DERECHO DE DEFENSA

    a) Derecho a ser odo (d de audiencia).i) derecho a solicitar que se active la investigacin y

    derecho a solicitar de los fiscales diligencias deinvestigacin.

    ii) derecho a formular alegaciones.iii) derecho a prestar declaracin como medio de

    defensa.

    iv) Derecho al silencio.

    ...DERECHO DE DEFENSA

    b) Derecho a conocer el contenido de laimputacin.

    i) imputacin necesaria

    ii) intimacin

  • 7/31/2019 Sistemas y Principios del juicio oral

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    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    M.PUBLICO

    Etapa IntermediaEtapa de Investigacin

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    InicioInvestig.

    CierreInvest. Acus.

    AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    AUD.SOBRES.

    2 AOS

    ...DERECHO DE DEFENSA

    c) Derecho a conocer los antecedentesque fundan la imputacin y los medios deprueba que existen en su contra.

    d) Correlacin entre imputacin y fallo.

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    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    M.PUBLICO

    Etapa IntermediaEtapa de Investigacin

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    InicioInvestig.

    CierreInvest. Acus.

    AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    AUD.SOBRES.

    2 AOS

    ...DERECHO DE DEFENSA

    e) Derecho a defensa tcnica.(derecho de defensa personal)

    i) derecho a designar un defensor de su eleccin.ii) derecho a la designacin de un defensor

    proporcionado por el Estado.iii) derecho a la presencia del defensor.

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    5. DERECHO A LAPRESUNCION DE INOCENCIA

    Consecuencias:

    a) Regla de enjuiciamiento: La carga de laprueba corresponde al Estado.

    b) Regla de tratamiento del imputado:

    Trato de inocente.

    6. INADMISIBILIDAD DE LAPERSECUCION PENAL MULTIPLE

    Requisitos:

    a) Identidad de persona.

    b) Identidad de objeto (hecho).c) Identidad de causa (motivo depersecucin).

  • 7/31/2019 Sistemas y Principios del juicio oral

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    C) GARANTIAS DEL JUICIO

    1. DERECHO A JUICIO PUBLICO

    Objetivos:a) Consolidar la confianza pblica en la

    administracin de justicia.b) Fomentar la responsabilidad de los

    rganos de la adm. de justicia.c) Evitar la posibilidad de influencias

    externas.

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    2. DERECHO A JUICIO ORAL

    Excepciones a la oralidad:i) Discapacitados.ii) Lectura de documentos.iii) Lectura de declaraciones anteriores en general

    (331).

    iv) Lectura de declaraciones anteriores paraapoyo de memoria o demostrar contradicciones.v) Lectura de informes periciales.

    ...DERECHO A JUICIO ORAL

    a) Principio de inmediacin

    b) Principios de continuidad yconcentracin.

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    PROCEDIMIENTO ORDINARIO

    INADMISIB. DELA QUERELLA

    ARCHIVOPROVISIONAL.

    PRINCIPIO DEOPORTUNIDAD

    FAC. PARA NO

    INICIAR INVEST.

    JUICIO

    INMEDIATO

    PLAZO JUD.CIERRE INVEST

    SUSP. COND.DEL PROCED.

    ACUERDOSREPARATORIOS

    PROCEDIMTO.ABR EVIADO

    SOBRES.TEMPORAL

    SOBRES.DEFINITIVO

    M.PUBLICO

    Etapa IntermediaEtapa de Investigacin

    JUEZPOLICIA

    Denuncia Querella

    InicioInvestig.

    CierreInvest. Acus.

    AUD.FORM.

    INVEST.

    AUD.PREPARAC.

    J.ORAL

    Auto deaperturaJ.Oral

    AUD.SOBRES.

    COM. DECISIONNO PERSEVERAR

    PLAZO JUD.FORM. INVEST