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_____________________________________________________________________________________ ITASFA Sistema de Evaluación de l@s Estudiantes SIEE 1 de 19 INSTITUTO TÉCNICO ARQUIDIOCESANO SAN FRANCISCO DE ASÍS PAMPLONA NORTE DE SANTANDER Código A3M2V7 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE L@S ESTUDIANTES Fecha 04-12-15 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE L@S ESTUDIANTES - SIEE. PARA UNA COMUNIDAD INCLUYENTE Elaboró Revisó Aprobó Nombre AYDEE CATELLANOS BERNARDO WILCHES G. CONSEJO DIRECTIVO Cargo SECRETARIA RECTOR RECTOR Firma BERNARDO WILCHES G. OLGA LUCILA BARAJAS R M. CAROLINA PELÁEZ S. WILLIAM DÍAZ RUEDA MARIO A. CASTELLANOS D JOAQUÍN RINCÓN C. GLORIA S. FONSECA S. CARLOS LUIS SUÁREZ P. JOSÉ DE JESUS DELGADO MARÍA TRINA GAMBOA M. Fecha 04-12-15 04-12-15 04-12-15

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INSTITUTO TÉCNICO ARQUIDIOCESANO SAN FRANCISCO DE ASÍS

PAMPLONA – NORTE DE SANTANDER

Código A3M2V7

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE

L@S ESTUDIANTES

Fecha 04-12-15

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE L@S ESTUDIANTES - SIEE.

PARA UNA COMUNIDAD INCLUYENTE

Elaboró Revisó Aprobó

Nombre AYDEE CATELLANOS BERNARDO WILCHES G. CONSEJO DIRECTIVO

Cargo SECRETARIA RECTOR RECTOR

Firma

BERNARDO WILCHES G. OLGA LUCILA BARAJAS R M. CAROLINA PELÁEZ S. WILLIAM DÍAZ RUEDA MARIO A. CASTELLANOS D JOAQUÍN RINCÓN C. GLORIA S. FONSECA S. CARLOS LUIS SUÁREZ P. JOSÉ DE JESUS DELGADO MARÍA TRINA GAMBOA M.

Fecha 04-12-15 04-12-15 04-12-15

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1. OBJETIVO:

Implementar en la institución educativa INSTITUTO TÉCNICO ARQUIDIOCESANO SAN

FRANCISCO DE ASÍS de Pamplona – Norte de Santander el sistema institucional de

evaluación de l@s estudiantes conforme a lo previsto en el decreto nacional 1290 de 2009, a

las orientaciones del Ministerio de Educación Nacional, de la Secretaría de Educación

Departamental y de la comunidad educativa.

2. AMBITO:

Se aplicará en todas las sedes y jornadas que constituyen la institución educativa.

3. DEFINICIÓN:

El Sistema Institucional de Evaluación de l@s Estudiantes debidamente matriculados en la

institución educativa Instituto Técnico Arquidiocesano San Francisco de Asís de la Ciudad de

Pamplona – Departamento Norte de Santander, hace parte del Proyecto Educativo Institucional

y es el conjunto de criterios de evaluación y promoción, escala de valoración institucional y su

respectiva equivalencia con la escala nacional, las estrategias de evaluación integral de los

desempeños de l@s estudiantes, las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los

desempeños académicos durante el año escolar, los procesos de autoevaluación de l@s

estudiantes, las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas

pendientes de l@s estudiantes, las acciones para garantizar que los directivos docentes y

docentes de la institución educativa cumplan con los procesos evaluativos estipulados, la

periodicidad de entrega de informes a los padres de familia, la estructura de los informes de

l@s estudiantes, las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de

reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción, y, los

mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema

institucional de evaluación de l@s estudiantes. En todo caso el sistema de evaluación y

promoción académica de l@s estudiantes garantizará espacios de inclusión a aquell@s en

condiciones de vulnerabilidad y/o con necesidades educativas especiales de conformidad a los

lineamientos del ministerio de educación nacional, la secretaría de educación departamental, el

proyecto de servicio institucional inclusivo de apoyo especializado y las orientaciones de la

rectoría.

4. DESARROLLO:

4.1. ELEMENTOS BÁSICOS:

4.1.1. La ley 715 de 2002 en su artículo 10, numeral 10.1. Prevé como función del rector: “Dirigir

la preparación del proyecto educativo institucional…” Y el numeral 10.14 “Responder por la

calidad de la prestación del servicio en su institución”

4.1.2. El decreto 1290 del 16 de abril de 2009, faculta a las instituciones educativas para

adoptar el sistema institucional de evaluación de l@s estudiantes.

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4.1.3. La institución educativa adopta en calidad de áreas del aprendizaje las siguientes

conforme al plan de estudios previsto en el proyecto educativo institucional:

Ciencias naturales, educación ambiental y cátedra en salud.

Física.

Química.

Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia.

Educación artística.

Educación ética y en valores humanos y proyecto pedagógico de convivencia escolar y

educación para la sexualidad

Educación física, recreación y deportes.

Educación religiosa.

Humanidades y español o lengua castellana.

Idioma extranjero: inglés.

Tecnología e informática.

Filosofía.

Matemáticas

Especialidades técnicas.

4.2. CRITERIOS DE PROMOCIÓN:

Para efectos de promoción de l@s estudiantes de un grado inferior a otro superior en los

niveles de básica primaria, básica secundaria y media técnica, la institución educativa adopta

los siguientes criterios, conceptos y situaciones:

4.2.1. PROMOVID@: Aplicada a l@s estudiantes que alcanzan y/o superan los logros

académicos básicos previstos en la escala de valoración institucional y su correspondencia con

la escala nacional en todas las áreas que conforman el plan de estudios previsto en el proyecto

educativo institucional.

L@s estudiantes del grado undécimo que en desarrollo de las pruebas externas SABER 11º,

alcancen un promedio igual o superior al 50% - puntos- en todas las áreas evaluadas serán

promovid@s siempre y cuando cumplan con la asistencia normal a las actividades escolares y

complementarias conforme a las orientaciones de la rectoría. Así mismo, el estudiante que

alcance el 50% -puntos- o más en cada una de las áreas evaluadas por las pruebas SABER 11º

independientemente del promedio de todas las áreas será promovido en esa área.

Este estímulo no aplica para la pérdida del área técnica en el grado 11º. La especialidad técnica

en el grado 11º será recuperable a nivel de la institución educativa independientemente de los

logros alcanzados con el SENA,

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Para efectos de la valoración de l@s estudiantes del grado 11º inmersos en esta situación

conforme a la escala institucional y nacional se aplicará la siguiente tabla:

PUNTAJE

SABER 11º

ESCALA

INSTITUCIONAL

50% puntos en la pruebas SABER 11º Tres. Cero (3.0)

51 a 55 Tres. Cinco (3.5)

56 a 60 Cuatro. Cero (4.0)

61 a 65 Cuatro. Cinco

66 o Más Cinco. Cero

PROMOCIÓN ANTICIPADA: aplicable a estudiantes en las siguientes situaciones:

Estudiantes repitentes de los grados cero (0º) a noveno (9º).

Estudiantes en condiciones de extraedad de los grados cero (0º) a noveno (9º).

Estudiantes con condiciones cognitivas excepcionales calificadas por el servicio de

apoyo pedagógico institucional.

Cuando un@ estudiante en las condiciones descritas anteriormente obtenga en el primer

periodo académico, como mínimo el promedio matemático de todas las áreas de CUATRO

CERO (4.0) en la escala institucional, previa solicitud escrita de su representante legal o del

titular del grupo o esté pactado en su folio de matrícula, será promovid@ automáticamente para

el grado superior. El concepto de promoción será expedido por la coordinación respectiva con el

visto bueno de la rectoría. No se aplicará para el grado 11º de nivel media técnica o académica.

El@ estudiante inmerso en situaciones disciplinarias tipo II y III conforme a lo previsto en el

decreto 1965 de 2013 y en el manual de connivencia institucional debidamente registradas en el

observador del estudiante no podrá acceder a este beneficio.

PROCESOS PARA RESOLVER SITUACIONES PENDIENTES DE L@S ESTUDIANTES QUE

NO ALCANZAN LOGROS EN UNA O MÁS ÁREAS AL FINALIZAR EL AÑO LECTIVO:

ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN:

Las acciones pedagógicas de recuperación de logros y competencias no alcanzados en las

diferentes áreas que conforman el plan de estudios previsto en el PEI será constante una vez

se detecte la deficiencia del estudiante. El docente deberá registrar estos eventos. Los

estudiantes que flagrantemente no desarrollen los criterios de evaluación y estrategias de

valoración integral de los desempeños de l@s estudiantes consignados en este documento,

no tendrán derecho a recibir esta oportunidad académica.

Para los grados 9º, 10º y 11º, la prueba periódica de calidad no será recuperable.

Si aplicados los procesos regulares de recuperación y al término del año escolar el estudiante

persiste en las deficiencias académicas se seguirá el siguiente procedimiento:

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a. Al finalizar el año lectivo, se firmará por parte del estudiante, su representante legal y el@

titular del grupo o docente de área un acta de compromiso académico y comportamental que l@

obliga a presentar las actividades pedagógicas de recuperación, las cuales consistirán en un

paquete pedagógico escrito y una prueba de calidad escrita, las cuales tendrán un valor final del

40% Y 60% respectivamente.

b. El estudiante deberá presentarse a desarrollar las actividades de recuperación en horario

programado por la institución en el último periodo académico conforme se programe por parte

de la coordinación de la sede respectiva. En caso de incumplir el acta compromisoria, NO

SERÁ PROMOVID@, salvo a situaciones de salud justificada por profesional médico o por

enfermedad o muerte de un familiar en primer grado de consanguinidad o por desplazamiento

forzado.

Salvo por situaciones de fuerza mayor debidamente comprobadas, el estudiante deberá

dejar definido al término del año escolar su situación académica en cuanto a la

promoción.

PROTOCOLOS PARA DEFINIR LA PROMOCIÓN A ESTUDIANTES QUE NO ALCANCEN

LOS LOGROS EN UNA O MAS ÁREAS

a. El docente de área o de grado orientará paquetes pedagógicos dejando constancia en

acta de compromiso académico debidamente firmada por el estudiante y su

representante legal.

b. Al término del año lectivo y previo acuerdo con el docente del área o grado, el

estudiante deberá presentar las acciones y estrategias pedagógicas orientadas. El

cronograma de acciones pedagógicas aparecerá en cartelera y será responsabilidad del

coordinador de la sede la convocatoria conforme a las orientaciones de la rectoría y el

propio SIEE.

c. En caso de no alcanzar los logros y competencias propuestos, una vez presentada la

recuperación correspondiente – trabajo escrito 40% y prueba escrita 60%, el@

estudiante no será promovid@ al grado siguiente y deberá repetir el grado que

está cursando

d. En caso de que el@ estudiante no se presente en la fecha orientada por justificar una

de las situaciones excepcionales previstas en el presente documento; deberá

presentarla en el última semana desarrollo institucional del respectivo año lectivo. El

coordinador de la sede expedirá por escrito las autorizaciones pertinentes y dejará

constancia en el acta de asamblea académica y comportamental y se comisión de

evaluación y promoción. Una vez el estudiante se presente durante los plazos definidos,

y no alcance los logros y competencias propuestos, No Será Promovid@. De igual

forma si el estudiante no se presenta a este evento. En todo caso será la institución

educativa quien defina la situación del estudiante salvo casos de fuerza mayor como

desplazamiento o cambio de ciudad, para lo cual la institución educativa expedirá la

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autorización pertinente. Si el estudiante no se presentará a resolver su situación

académica se procederá a informar a secretaría general sobre su no promoción.

e. La institución educativa podrá ampliar los plazos y modificar los procesos en los

siguientes casos:

Enfermedad del estudiante para lo cual será soporte la constancia médica.

Desplazamiento forzoso.

Cambio de domicilio o ciudad.

Muerte de un familiar hasta 2º grado de consanguinidad o 1º de afinidad.

Este estudio y concepto será emitido por la rectoría de la institución educativa.

f. Cuando el estudiante no alcance las competencias mínimas en una o más de las

siguientes áreas: Educación artística. Educación ética y en valores humanos y proyecto

pedagógico de convivencia escolar y educación para la sexualidad, Educación física, recreación

y deportes, educación para la paz y Educación religiosa y su promedio matemático de todas las

áreas alcance TRES PUNTO CINCO (3.5) o más, SERÁ PROMOVID@

4.2.2. NO PROMOVID@:

4.2.2.1. Aplicada a l@s estudiantes que no alcanzan logros y/o competencias mínimas en una o

más áreas que conforman el plan de estudios previsto en el proyecto educativo institucional una

vez desarrollados los procesos de recuperación previstas en el presente documento

4.2.2.2. La inasistencia a los procesos académicos y/o complementarios será causal de la no

aprobación de las áreas y por consiguiente de la no promoción de un@ estudiante. La

inasistencia justificada a un 25% de las actividades académicas y/o complementarias y a un

15% no justificada dará como consecuencia la pérdida del área o grado. En todo caso, la

asamblea académica y comportamental de docentes por sedes hará el estudio de la situación y

expedirá el acta correspondiente con la aplicación de las medidas aquí previstas

4.2.2.3. L@s estudiantes de 9º grado de básica ciclo de secundaria, y de 10º y 11º grados de

media técnica o académica que al término del año lectivo no alcancen los logros o

competencias en tres (3) o más áreas.

4.2.2.4. L@s estudiantes de media técnica – grado 10º que no alcancen los logros de

competencias previstos para la especialidad técnica en que se encuentra matriculad@

4.2.3. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PARA L@S ESTUDIANTES CON NECESIDADES

EDUCATIVAS ESPECIALES:

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De conformidad con el servicio de apoyo especializado institucional, se tendrán en cuenta las

siguientes orientaciones:

Logros de acuerdo a las adaptaciones curriculares adelantas por los docentes de área

y/o grado con la asesoría del servicio de apoyo especializado..

Edad cronológica y Coeficiente intelectual del estudiante

El Docente de Aula Regular y el Docente de Apoyo Pedagógico deben establecer los

criterios de logros y promoción acorde con las adaptaciones curriculares y con las

particulares de cada estudiante con discapacidad intelectual.

La condición de estudiantes con NEE o en condiciones de vulnerabilidad no es sinónimo de

promoción automática. El estudiante en esta situación deberá alcanzar los logros y

competencias propuestas en las adaptaciones curriculares.

4.2.4. SEGUND@ CALIFICADOR@: La coordinación de la respectiva sede, podrá a solicitud

escrita del representante legal del estudiante asignar segundo calificador de la nómina

institucional cuando haya dudas en los procesos evaluativos. El segundo calificador

asignado, revisará solamente los procesos evaluativos adelantados y dará su concepto

escrito conforme lo previsto en el SIEE

4.2.5. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Integrada por la Rectoría, l@s

coordinador@s y docentes de la institución educativa. Sus funciones son las siguientes:

a. Reunirse al finalizar el año lectivo para oficializar los procesos de promoción de l@s

estudiantes que alcanzaron los logros en todas las áreas.

b. Emitir concepto de no promoción de l@s estudiantes conforme a lo previsto en el

presente documento.

c. Analizar situaciones especiales de estudiantes que por situaciones de NEE, familiares

y/o de vulnerabilidad no alcanzan los logros mínimos de promoción y sugerir acciones

pedagógicas para su superación.

d. Sugerir al personal docente acciones e innovaciones pedagógicas para el mejoramiento

del rendimiento académico.

e. Analizar los índices de aprobación o no aprobación y rendir informe a rectoría.

f. Levantar actas firmadas por los participantes a las sesiones de todas sus actuaciones.

g. Servir de instancia en la resolución de situaciones académicas previa convocatoria de la

rectoría.

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4.3. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL:

Para efectos de la valoración de los procesos académicos y comportamentales de l@s

estudiantes de los niveles de básica primaria, básica secundaria y media, se aplicará la

siguiente escala valorativa y su equivalencia con la escala nacional prevista en el artículo 5º del

decreto 1290 de 2009:

ESCALA

INSTITUCIONAL

EQUIVALENCIA

ESCALA

NACIONAL

APROBACIÓN

DE 1 A 2.9 DESEMPEÑO BAJO NO APROBADO

DE 3.0 A 3.9 DESEMPEÑO BÁSICO APROBADO

DE 4.0 A 4.5 DESEMPEÑO ALTO APROBADO

DE 4.6 A 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR APROBADO

El promedio matemático se hará con un solo decimal. Cuando al promediar los

resultados obtenidos en el desarrollo delas estrategias evaluativas y sus

correspondientes procesos de recuperación se obtengan calificaciones con dos o más

decimales, se procederá en aplicar las siguientes reglas:

Si la centésima es igual o inferior a 0.04, se bajará a la décima anterior. Ejemplo el

promedio matemático aplicado el SIEE es de 2.91, 2.92, 2.93 o 2.94, la calificación

registrada será 2.90

Si la centésima es igual o superior a 0.05. se aproximará al a la décima superior.

Ejemplo si el promedio matemático aplicado el SIEE es de 2.95, 2.96, 2.97, 2.98 o

2.99 la calificación registrada será 3.00

Para los niveles de básica de primaria y secundaria y para efectos de los procesos de

evaluación y desarrollo académico. El año lectivo se organizará en tres periodos académicos

(3) Así:

NIVEL PERIODOS DURACIÓN Y

VALOR PORCENTUAL

PREESCOLAR

BÁSICA PRIMARIA

BÁSICA

SECUNDARIA

TRES (3) PRIMER PERIODO: 14 SEMANAS

35%

SEGUNDO PERIODO: 14 SEMANAS

35%

TERCER PERIODO: 12 SEMANAS

30%

MEDIA TÉCNICA TRES (3) PRIMER PERIODO: 16 SEMANAS

40%

SEGUNDO PERIODO: 16 SEMANAS

40%

TERCER PERIODO: 8 SEMANAS

20%

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4.4. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS

DESEMPEÑOS DE L@S ESTUDIANTES:

L@s docentes de la institución educativa, deberán diseñar, desarrollar, hacer seguimiento y

evaluación a estrategias de evaluación que garanticen las mejores oportunidades de

aprendizaje a nuestr@s estudiantes, entendiendo que las mismas son permanentes, teniendo

en cuenta la secuencia y profundidad del desarrollo curricular. Entre otras, el (la) docente y l@s

estudiantes franciscan@s deberán desarrollar las siguientes estrategias de evaluación:

4.4.1. Control y seguimiento a la asistencia del@ estudiante: a las actividades

académicas y complementarias de cada una de las áreas fundamentes y obligatorias

y optativas conforme a lo dispuesto en el presente manual.

4.4.2. Desarrollo disciplinario y comportamental conforme a las normas previstas en el

manual de convivencia institucional.

4.4.3. Estrategias pedagógicas de evaluación:

4.4.3.1. Tareas individuales: mínimo cuatro (4) tareas por periodo académico

4.4.3.2. Evaluaciones escritas

4.4.3.3. Evaluaciones orales.

4.4.3.4. Control diario de lectura.

4.4.3.5. Control y seguimiento a trabajos en casa.

4.4.3.6. Desarrollo dirigido de guías.

4.4.3.7. Desarrollo de actividades prácticas.

4.4.3.8. Trabajos colectivos o en equipo.

4.4.3.9. Control del registro diario de apuntes y/o anotaciones –cuaderno del área-

4.4.3.10. Interés demostrado por el área evaluada.

4.4.3.11. Las demás que el (la) docente desarrolle en su práctica pedagógicas y las

sugeridas por l@s estudiantes y representantes legales.

4.4.4. Prueba Periódica de Calidad: prevista en el PEI. Deberá ser una estrategia de

aprendizaje y evaluación utilizando los criterios que para el efe desarrollo de las

pruebas SABER orienta el MEN – ICFES. L@s docentes unificarán criterios por

grados o áreas para el desarrollo de esta prueba

4.4.5. Evaluación de las Especialidades Técnicas: L@s docentes de las especialidades

técnicas homologarán como asignaturas un bloque de módulos propios del

desarrollo de cada especialidad para efectos de entrega de informes académicos de

cada una de ellas. En todo caso, los criterios valorativos del SENA no afectarán los

criterios institucionales de evaluación.

4.4.6. Desarrollo de procesos y proyectos productivos: Las especialidades técnicas

desarrollarán acciones productivas obligatorias las cuales formarán parte de las

estrategias de evaluación en cada una de ellas. En todo caso, el (la) docente del

área entregará informes escritos de los proyectos productivos desarrollados ante la

rectoría o a quien ésta delegue para el efecto.

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4.4.7. La participación en actividades extracurriculares y extramurales.

4.4.8. Para efectos de valoración en la escala institucional y su correspondiente

equivalencia con la escala nacional, en todas las áreas de tendrán en cuenta los

siguientes criterios y porcentajes:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS GRADOS 0º A 8º:

CRITERIO DE EVALUACIÓN Y ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS APLICABLE DEL GRADO

TRANSICIÓN A OCTAVO (0º a 8º)

PORCENTAJE CON RESPECTO A LA VALORACIÓN DE

PERIODO Y FINAL.

Prueba Periódica y de calidad: una por periodo. En todo caso, esta prueba deberá tener como mínimo un 40% de actividades de pregunta abierta.

20%

Cuaderno del estudiante: se deberá evaluar con la calificación mínima si está al día esto implica los apuntes, anexos orientados por el docente en el momento de la revisión. La mejora en la calificación estará sujeta a la ortografía, caligrafía, aseo, orden y presentación.

10%

Control de lectura: mínimo cuatro (4) registros por periodo

10%

Control de tareas: mínimo cuatro (4) registros

10%

Estrategias generales de evaluación mínimo seis (6) registros

45%

Coevaluación y autoevaluación sobre los siguientes criterios:

1. Asistencia. 2. Participación en clase. 3. Participación en actividades y proyectos complementarios.

5%

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CRITERIOS DE EVALUACION PARA LOS GRADOS 9º, 10º Y 11º

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS APLICABLE A LOS GRADOS 9º,

10º, 11º

PORCENTAJE CON RESPECTO A LA VALORACIÓN DE

PERIODO Y FINAL.

Prueba Periódica y de calidad: dos evaluaciones minimo por periodo. En todo caso, esta prueba deberá tener como mínimo un 40% de actividades de pregunta abierta. Prueba no recuperable

40%

Cuaderno del estudiante: se deberá evaluar con la calificación mínima si está al día esto implica los apuntes, anexos orientados por el docente en el momento de la revisión. La mejora en la calificación estará sujeta a la ortografía, caligrafía, aseo, orden y presentación.

5%

Control de lectura: mínimo cuatro (4) registros por periodo

10%

Control de tareas: mínimo cuatro (4) registros

5%

Estrategias generales de evaluación mínimo seis (6) registros

35%

Coevaluación y autoevaluación sobre los siguientes criterios:

1. Asistencia. 2. Participación en clase. 3. Participación en actividades y proyectos complementarios.

5%

Las pruebas de calidad podrán ser escritas o virtuales

L@s estudiantes de los modelos flexibles aplicarán las estrategias propias del modelo.

Pero los registros calificativos estarán sujetos a las normas previstas en este

documento.

4.5. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE

L@S ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR:

L@s docentes de las diferentes áreas o grados deberán registrar el desarrollo individual de

cada un@ de l@s estudiantes a su cargo. Para tal efectos diligenciarán los formatos que la

institución educativa ha adoptado, los cuales serán revisados periódicamente por el@

coordinador@ de la sede o la rectoría dejando las observaciones necesarias para su constante

mejoramiento.

Para l@s estudiantes que presenten situaciones de vulnerabilidad o se encuentren en

situaciones de necesidades educativas especiales o capacidades excepcionales previamente

diagnosticadas por el servicio de apoyo especializado institucional, es de obligatorio

cumplimiento por parte de l@s docentes, realizar los ajustes y adaptaciones curriculares, los

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cuales deben darse a conocer a l@s representantes de esta población escolar, por su parte, los

criterios de evaluación y promoción y la escala valorativa será igual en todos los casos.

En cada una de las sedes que constituyen la institución educativa funcionarán las

ASAMBLEAS DE EVALUACIÓN ACADÉMICA Y COMPORTAMENTAL, las cuales estarán

conformadas por el (la) coordinador@ de la sede o su delegado quien la presidirá y por tod@s

los docentes que laboran en la misma. Y serán sus funciones:

a. Analizar la situación académica y comportamental de tod@s l@s estudiantes.

b. Analizar y resolver los casos especiales de l@s estudiantes que ameritan promoción

anticipada e informarlo a rectoría para su correspondiente aprobación.

c. Revisar el seguimiento, actividades de mejoramientos, refuerzo y recuperación de l@s

estudiantes quienes no alcanzan los logros mínimos en las áreas que conforman el plan

de estudios institucional.

d. Estas asambleas sesionarán ordinariamente al término de cada periodo académico. La

coordinación de la respectiva sede podrá convocar a sesión extraordinaria cuando lo

considera conveniente. En todo caso se levantarán actas sucintas de los eventos

desarrollados.

e. Remitir las actas finales a la comisión institucional de promoción.

4.6. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE L@S ESTUDIANTES:

Tod@s l@s estudiantes tienen derecho a participar en los procesos evaluativos tanto

académicos como comportamentales. Para tal efecto, l@s docentes de grado y/o área deberán

garantizar:

a. El conocimiento por parte de l@s estudiantes de la propuesta curricular a su cargo,

como también de los momentos y estrategias de evaluación.

b. La participación de l@s estudiantes en los procesos de revisión y calificación de las

estrategias evaluativas aplicadas.

c. El conocimiento de los soportes pedagógicos y científicos de sus conceptos

evaluativos.

d. La autoevaluación de cada un@ de l@s estudiantes con criterios objetivos,

constructivos y de mejoramiento los cuales serán concertados y adoptados

previamente al inicio de las acciones pedagógicas. En todo caso el estudiante

deberá sustentar la asistencia habitual a clases y actividades complementarias,

participación e interés, comportamiento y las demás que se consideren importantes

como criterios evaluativos y que sirvan como referente para la formación del@

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estudiante. Para efecto de la autoevaluación de l@s estudiantes, se deberá dejar

constancia de la ejecución de este requisito.

4.7. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PENDIENTES DE L@S

ESTUDIANTES: para efectos de la resolución de situaciones académicas pendientes de l@s

estudiantes, la institución educativa adopta las siguientes estrategias:

4.7.1. ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN:

a. Todas las estrategias de evaluación desarrolladas que no alcancen los indicadores y logros

mínimos propuestos deberán ser recuperadas inmediatamente. Las acciones y procesos son

responsabilidad del respectivo docente. Con la recuperación final de una o más áreas termina el

proceso de refuerzo y recuperación.

b. El estudiante que no presente la estrategia evaluativa o claramente se denote ninguna clase

de esfuerzo, no tiene derecho al proceso de recuperación.

c. En la última semana de cada periodo lectivo, cada docente garantizará el proceso de

recuperación para la prueba periódica de calidad o sea del 20% de la calificación respectiva del

periodo.

d. Una vez desarrolladas las estrategias evaluativas de cada periodo, adelantados los procesos

de recuperación y continuando la condición de no alcanzar los logros mínimos de competencias

en una o más áreas, la institución educativa adelantará los procesos aquí previstos para definir

la situación de promoción del estudiante al término del año lectivo.

4.7.2. SITUACIONES ESPECIALES PARA ESTUDIANTES QUE PROVIENEN DE OTRAS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS:

a. La institución educativa respeta los conceptos de promoción de otras instituciones o centros

educativos. Para acceder a un cupo a la institución, el concepto de promoción debe ser

explícito.

b. NIVELACIÓN DE ÁREAS TÉCNICAS: Cuando un@ estudiante requiere matrícula para los

grados 10º y/o 11º de media técnica deberá adelantar un plan de nivelación de la especialidad

seleccionada. En todo caso, se deberán cumplir las 240 horas de intensidad horaria anual, para

lo cual el docente del área podrá utilizar medios escritos o virtuales, prácticas o demás

experiencias y estrategias pedagógicas. Si el estudiante ingresa al grado 10º en el segundo

semestre del año lectivo terminará el proceso de nivelación al término del mes de febrero del

año siguiente. Si el estudiante ingresa para el grado 11º, los procesos de nivelación deberán ser

concertados con la rectoría y el docente de la especialidad técnica. La coordinación de la sede

respectiva hará seguimiento al cumplimiento de estos procesos.

Independientemente de la posibilidad de matrícula ante el SENA, el estudiante deberá

desarrollar las comptencias mínimas de la especialidad en la cual se matricula.

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Salvo en situaciones de desplazamiento, la institución educativa se abstiene de matricular

estudiantes para el grado 11º.

4.8. CUMPLIMIENTO DE LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN POR PARTE DE DIRECTIVOS

DOCENTES Y DOCENTES:

L@s coordinador@s de las sedes que constituyen la institución educativa son l@s

responsables del estricto cumplimiento del presente sistema institucional de evaluación de

l@s estudiantes. Serán funciones de l@s coordinador@s para este efecto las siguientes:

a. Controlar, hacer seguimiento y concertar planes de mejoramiento con l@s

docentes en cuanto al desarrollo de la propuesta curricular institucional.

b. Convocar y presidir las asambleas académicas y comportamentales por sede.

Cumpliendo y haciendo cumplir las funciones asignadas a este organismo

institucional.

c. Participar en la comisión de evaluación y promoción

d. Revisar periódicamente los registros académicos que deben diligenciar l@s

docentes.

e. Estar al tanto de las situaciones académicas y comportamentales de los

estudiantes de la sede a su cargo, aplicar los correctivos previstos en este

documento y en el manual de convivencia institucional.

f. Convocar como segunda instancia a representantes legales de l@s estudiantes

que presenten problemas académicos y comportamentales y diligenciar los

compromisos y actas adoptados por la institución educativa.

g. Responder ante la rectoría por los procesos de evaluación académica interna

conforme el presente sistema institucional de evaluación y por la evaluación

externa en cuanto a pruebas censales SABER

h. Auditar las pruebas periódicas de calidad conforme a las orientaciones de la

rectoría.

4.9. ENTREGA DE INFORMES ACADÉMICOS Y COMPORTAMENTALES A LOS

PADRES Y MADRES DE FAMILIA O REPRESENTANTES LEGALES DE L@S

ESTUDIANTES:

La institución académica entregará informes escritos del desarrollo académico y

comportamental de cada un@ de l@s estudiantes a sus representantes legales cada periodo

académico. Para un total de Tres (3) informes. El informe del tercer periodo, consignará el

rendimiento académico y comportamental del@ estudiante del mismo periodo y la situación

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final conforme a los criterios de promoción y la escala de valoración previstos en este

documento.

COMPROMISOS DE L@S PADRES, MADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES DE L@

ESTUDIANTES: Además de lo previsto en el manual de convivencia institucional, serán

compromisos de l@s padres, madres de familia y/o acudientes frente al desarrollo y

desempeño académico de sus hij@s y/o representad@s los siguientes:

a. Asistir puntualmente a las convocatorias hechas por la institución educativa.

b. Estar al tanto del desarrollo académico de su hij@ o representad@.

c. Concertar y firmar compromisos de mejoramiento de su hij@ o representad@.

d. Dotar a su hij@ o representad@ de los instrumentos y útiles escolares básicos

para el desarrollo académico.

e. Acompañar a su hij@ y/o representad@ en el cumplimiento de sus tareas y

obligaciones.

f. Indagar con l@s docentes de área o de grado sobre los soportes pedagógicos de

la escala de valoración académica. Si cree conveniente, solicitar a l@s mism@s,

copia documental.

4.10, ESTRUCTURA DE LOS INFORMES ACADÉMICOS DE L@S ESTUDIANTES:

La institución educativa adopta los registros académicos y comportamentales los cuales serán

entregados al término de cada periodo lectivo a l@s padres, madres y/o acudientes de l@s

estudiantes de la institución educativa.

4.11. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN

DE RECLAMANCIONES POR PARTE DE PADRES DE FAMILIA Y/O ESTUDIANTES.

Para efectos de la resolución de conflictos de carácter académico presentados por l@s

estudiantes, padres, madres de familia o acudientes, en todo caso se seguirán los siguientes

procedimientos e instancias:

a. El estudiante y/o padre, madre de familia o acudiente dirigen petición respetuosa

verbal o escrita al docente de área o grado, exponiendo sus argumentos y

reclamaciones. Si la reclamación es verbal, el docente la solucionará en el mismo

momento de la presentación, dejando constancia en el observador del estudiante,

anexándolo al folio del observador del estudiante. Si la reclamación es escrita, se

tomará como un derecho petitorio y se le dará el trámite de ley.

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b. Si con el proceso e instancia anterior, el estudiante y/o su representante consideran

no satisfecha su reclamación, será instancia resolutoria el@ coordinador@ de la

sede, quien seguirá los procesos descritos en el numeral anterior.

c. A continuación la rectoría deberá servir de instancia, quien podrá llevar la situación

al consejo académico y/o directivo si lo considera necesario.

En todo caso las quejas o sugerencias deberán ser registradas en el observador del

estudiante

4.12. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN,

SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE

EVALUACIÓN:

La rectoría, deberá orientar la revisión anual de este acuerdo garantizando la participación

de tod@s l@s miembros de la comunidad educativa.

4.13. DE LA SISTEMATIZACIÓN DE LOS INFORMES ACADÉMICOS: Las actas y demás

registros de los procesos de desarrollo de las estrategias de evaluación serán diligenciadas

por las siguientes instancias institucionales:

4.13.1. Registro de los procesos de evaluación, refuerzo, recuperación y nivelación:

diligenciados y archivados por los docentes, los cuales serán revisados

periódicamente por l@s coordinador@s de la sede correspondiente.

4.13.2. Actas de asambleas académicas y comportamentales: Son responsabilidad del

directivo docente asignada a cada una de las sedes.

4.13.3. Sistematización de informes académicos: Responsabilidad de la secretaría

general de la institución educativa. En el último periodo académico se expedirá un

solo boletín que contiene las calificaciones obtenidas en ese periodo y la calificación

definitiva obtenida en cada una de las áreas.

4.14. DE LA PROCLAMANCIÓN DE BACHILLERES:

Conforme a lo previsto en el Proyecto Educativo Institucional, no podrá proclamarse bachiller

de la institución educativa al estudiante que no esté a paz y salvo académicamente o que

tenga logros pendientes en los grados quinto (5º) de básica ciclo de primaria o de sexto a

noveno (6º a 9º) de básica ciclo de secundaria o de décimo y undécimo grado de educación

media. La especialidad técnica tiene dos situaciones evaluativas: la institucional y la del

SENA. Para el caso institucional deberá ajustarse a la tabla de calificaciones previstas en este

documento.

4.15. PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS EXTERNAS SABER:

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La participación del estudiante en las pruebas SABER 11º no es un requisito de grado. Esta

será de carácter personal de cada un@ y es responsabilidad del representante legal del

estudiante y del propio estudiante su participación o no es este evento de evaluación externa.

En todo caso, la institución educativa registrará a tod@s l@s estudiantes matriculad@s, lo

cual no implica la obligatoriedad de su presentación