Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del...

48
Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) Avances y buenas prácticas en derechos humanos en la Argentina (2012-2015)

Transcript of Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del...

Page 1: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

Sistema de InformesPeriódicos Nacional(SIPeN)

Avances y buenas prácticasen derechos humanos en la Argentina(2012-2015)

Page 2: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

Presidenta de la NaciónCristina Fernández de Kirchner

Ministro de Justicia y Derechos HumanosJulio Alak

Secretario de Derechos HumanosMartín Fresneda

Secretario Ejecutivo del Consejo Federal de Derechos HumanosAgustín Di Toffino

Page 3: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

“Cada vez que se ha violado un derecho humano, se ha creado más inseguridad y más violencia

en todas las sociedades”.

Cristina Fernández de Kirchner,presidenta de la Nación, 10 de diciembre de 2010

“Para la Argentina, los derechos humanos son política de Estado. Cuando nuestro país suscribió los tratados con Naciones Unidas,

asumió un compromiso que estamos llevando adelante a través del Estado nacional y de manera federal”.

Martín Fresneda,secretario de Derechos Humanos

del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, 9 de diciembre de 2014

Page 4: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

ÍNDICE

Introducción 5

Origen y desarrollo del SIPeN 7

1. Origen del Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) 81.1. Compromiso ante la ONU 81.2. Acuerdo federal 10

2. Objetivos 11 3. Puesta en marcha del SIPeN 13

3.1. Actores centrales del SIPeN 143.2. Informes provinciales 143.3. Informes complementarios 143.4. Participación de las universidades nacionales 153.5. Mesa de Recomendaciones y Seguimiento del SIPeN 163.6. Presentación del SIPeN en la 30° sesión del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas 20

Temáticas abordadas en el primer ciclo del SIPeN 21

1. VIOLENCIA INSTITUCIONAL 241.1. Prevención de la tortura 25

2. VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES 283. MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA 30

3.1. Memoria 323.2. Verdad 333.3. Justicia 33

4. PUEBLOS ORIGINARIOS 385. DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 40

5.1. Salud mental 42

A modo de cierre 44

Page 5: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

5

Introducción

Esta publicación recorre el proceso de creación, diseño y puesta en marcha del Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN).

El SIPeN surgió en el año 2012 por iniciati-va de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación como un compromiso volunta-rio asumido por el secretario de Derechos Humanos Martín Fresneda ante la Organiza-ción de las Naciones Unidas, en ocasión de la presentación del Examen Periódico Uni-versal (EPU). Posteriormente, fue adoptado mediante un acuerdo federal por las altas au-toridades provinciales de Derechos Humanos que conforman el Consejo Federal de Dere-chos Humanos, en el marco de una decisión política de continuar fortaleciendo el rol del Estado en todos sus niveles para el abordaje de temas prioritarios de vulneración de de-rechos.

Desde sus inicios, el SIPeN fue suscitando el apoyo inestimable de funcionarios del ám-bito nacional ̶ como Federico Villegas Beltrán, director General de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Política Exterior del Ministe-rio de Relaciones Exteriores y Culto ̶ , del ám-bito internacional ̶ como Amerigo Incalca-terra, representante Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y René

Valdés, coordinador Residente del Sistema de Naciones Unidas en Argentina ̶ y del regional ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich ̶ . A la par, se sumaron al SIPeN las universidades nacionales a través de la Secretaría de Políticas Universitarias y del Consejo Interuniversitario Nacional.

Son protagonistas de este proceso los y las responsables de las áreas de Derechos Huma-nos que integran el Consejo Federal, junto con los y las referentes nacionales y provinciales de organizaciones gubernamentales y de la socie-dad civil y las universidades nacionales. Todos ellos y todas ellas aportaron al SIPeN su diag-nóstico sobre la situación de los derechos hu-manos en su entorno y la valiosa experiencia de sus luchas.

A la fecha de esta publicación, el SIPeN está cerrando su primer ciclo. Los logros que se des-criben son producto de consensos alcanzados en un momento histórico y político particular de nuestro país, mientras que las recomenda-ciones aspiran a ser la hoja de ruta que permita seguir transitando el camino de la consolida-ción de derechos.

Los futuros ciclos expresarán, seguramente, expectativas más altas, una ampliación de los temas abordados y desafíos aún mayores, que seguirán precisando del compromiso y la vo-luntad política de todas las partes.

Page 6: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

6

XVII Reunión Plenaria del CFDH, ciudad de Mendoza, mayo de 2013.

Page 7: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

7

Origen y desarrollo del SIPeN

Page 8: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

8

1.1. Compromiso voluntario ante la ONU

1. Origen del Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN)

prácticas con las provincias y de estas entre sí, para la promoción y protección de dere-chos humanos, incluyendo los mecanismos internacionales de protección de derechos universales, regionales y subregionales”.

El compromiso asumido por el Estado ar-gentino fue canalizado a través del Consejo Federal de Derechos Humanos.

En el año 2012, en el marco de su segun-do Examen Periódico Universal (EPU) ante las Naciones Unidas, nuestro país asumió re-comendaciones y compromisos voluntarios. Entre estos últimos, la Argentina se compro-metió en tanto Estado federal a “continuar con el diseño de una instancia de articulación y diálogo permanente a los efectos de inter-cambiar información, experiencias y buenas

El 22 de octubre de 2012, la situación de los derechos humanos en Argentina fue revisada en el marco del EPU, durante la 14° sesión del segundo ciclo del Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos, realizada en Ginebra. La delegación argentina fue encabezada por el secretario de Derechos Humanos, Martín Fresneda.

Page 9: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

9

El Consejo Federal de Derechos Humanos

Conformado por las altas autoridades de Derechos Humanos de las veintitrés provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es presidido por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación (SDH).

Tiene por objetivo ser un espacio de concertación, apoyo y articulación para las políticas públicas en materia de derechos humanos, tanto a nivel nacional como provincial y municipal, desde una perspectiva federal, progresiva e integrada. Lleva adelante un trabajo continuo de cooperación y asistencia que se complementa con reuniones periódicas, tanto entre la totalidad de sus miembros como por regiones.

El Consejo Federal está compuesto por una Secretaría Ejecutiva e integrado por la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, la Dirección de De-rechos Humanos de la provincia de Catamarca, la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Secretaría de Estado de Derechos Humanos de la provincia del Chaco, la Subsecretaría de Derechos Hu-manos de la provincia del Chubut, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Córdoba, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Corrientes, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Entre Ríos, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Formosa, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Jujuy, la Secretaría de Estado de Derechos Humanos de la provincia de La Pampa, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de La Rioja, la Subsecre-taría de Derechos Humanos de la provincia de Mendoza, el Ministerio de Derechos Hu-manos de la provincia de Misiones, la Subsecretaría de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Neuquén, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Río Negro, el Ministerio de Derechos Humanos de la provincia de Salta, la Subsecretaría de Derechos Humanos y Lucha contra la Discriminación de la provincia de San Juan, el Programa de Derechos y Garantías Constitucionales de la provincia de San Luis, la Se-cretaría de Estado de Derechos Humanos de la provincia de Santa Cruz, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Santiago del Estero, la Secretaría de Derechos Humanos de la pro-vincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Secretaría de Estado de Derechos Humanos de la provincia de Tucumán.

Page 10: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

10

1.2. Acuerdo federal

En mayo de 2013, durante la XVII Reunión Plenaria del Consejo Federal, el secretario de Derechos Humanos Martín Fresneda propu-so a las autoridades provinciales establecer un mecanismo de seguimiento de avances y de identificación de buenas prácticas en de-rechos humanos, que luego se consolidaría como el Sistema de Informes Periódicos Na-cional (SIPeN).

La propuesta de creación del mecanismo fue aprobada de manera unánime por las diecinueve provincias presentes. Asimismo,

se estableció que los informes se centra-rían en los ejes temáticos definidos como prioritarios en la anterior reunión plenaria: violencia institucional; violencia de género; memoria, verdad y justicia; pueblos origi-narios; y derechos económicos, sociales y culturales. Se acordó, también, que los in-formes podrían, a propuesta de las provin-cias, incluir ejes temáticos sobre temáticas emergentes o relevantes a nivel local de cada jurisdicción.

XXI Reunión Plenaria del CFDH, Salta, julio de 2015.

Page 11: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

11

2. Objetivos

Sus objetivos específicos son:

• Contar con información actualizada y detallada de los avances y desafíos en materia de derechos humanos en los Estados provin-ciales y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

• Identificar problemáticas que posibiliten la elaboración de po-líticas públicas y el establecimiento de metas para el corto, media-no y largo plazo.

• Identificar buenas prácticas en derechos humanos para com-partir experiencias y potenciar los recursos existentes.

• Promover la cooperación política y técnica entre las áreas de Derechos Humanos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Bue-nos Aires con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

Los informes elaborados por cada jurisdicción se incorporan a un sistema de informes que incluye, a su vez, datos recogidos por la SDH e información de otros organismos nacionales, de organizaciones de la sociedad civil, de medios de comunicación y de universidades nacionales, relevada por el Consejo Federal de Derechos Humanos.

El objetivo del SIPeN es relevar los logros alcanzados por cada gobierno provincial en materia de políticas públicas de derechos humanos en todo el territorio nacional. Asi-mismo, pretende identificar los desafíos es-

tructurales y los emergentes, promoviendo un debate interactivo para el desarrollo de meca-nismos de cooperación entre jurisdicciones y con el Estado nacional.

“El SIPeN no pretende señalar errores, sino establecer un sistema de información que nos permita resolver colectivamente los problemas. Cuando surgen alertas tempranas de situaciones que pueden tener gravedad institucional, qué mejor

que tener una articulación entre provincia y la Nación para resolverlas”

Martín Fresneda, secretario de Derechos Humanos, julio de 2015

Page 12: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

12

“El SIPeN es una herramienta innovadora en cuanto al compromiso de un Estado federal, por eso, representantes de todas las provincias y de la Ciudad de Buenos

Aires se encuentran aquí presentes. Esta reunión tiene que ver con la responsabilidad de Argentina en cuanto al respeto y compromiso por los tratados internacionales, el

Sistema de Naciones Unidas y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.

Martín Fresneda, secretario de Derechos Humanos, diciembre de 2014

Reunión Plenaria Extraordinaria del CFDH de diciembre de 2014, con el entonces Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Jorge Capitanich.

Page 13: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

13

3. Puesta en marcha del SIPeNEntre agosto y septiembre de 2013, se realizaron Consejos Regionales de Derechos Huma-

nos (de las regiones Centro, Cuyo, Patagonia, Noreste y Noroeste), en los que la Secretaría Ejecutiva del Consejo Federal presentó y puso a debate una guía y un cronograma de trabajo para la elaboración de los informes.

Ciclo del SIPeN

Situación de DDHH en las provincias y CABA

Compromisos de lasprovincias y CABA para

elevar estándares deDDHH

Informes provincialesInformes

complementarios

Mesa de Recomendaciones y

Seguimiento

Recomendaciones a lasprovincias y CABA

Esta tarea supuso un fortalecimiento de la articulación entre las distintas áreas del Esta-do, a la vez que un ejercicio de evaluación del trabajo realizado y un avance hacia la incorpo-ración de nuevas herramientas metodológicas de producción y sistematización de la informa-ción relativa a su trabajo cotidiano.

Los primeros informes provinciales fueron presentados en la Reunión Plenaria celebrada en diciembre de 2013, mientras que los restan-tes fueron analizados en los posteriores en-cuentros.

En la Reunión Plenaria Extraordinaria de di-ciembre de 2014, se presentó el Sistema ante la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación. Participaron representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, del Ministerio de Educación, de la Honorable Cámara de Diputa-dos de la Nación, de la Organización de las Na-ciones Unidas, así como del propio Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El encuentro contó con la presencia especial de la presidenta de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto.

Page 14: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

14

3.2. Informes provinciales

Entre los años 2013 y 2014, veintidós provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presentaron infor-mes sobre la situación de los derechos humanos, orga-nizados por los ejes temáticos priorizados. Los infor-mes describieron la situación de estas problemáticas en las provincias, las políticas públicas implementadas y las dificultades y obstáculos identificados.

Para la elaboración de estos informes las áreas provinciales de Derechos Humanos consultaron a otros organismos de los poderes ejecutivo, legisla-tivo y judicial. Esta tarea abrió nuevos canales de diálogo y articulación y consolidó los ya existentes. También fue una instancia válida para evaluar la ca-lidad y cantidad de información producida y siste-matizada en cada jurisdicción en relación con los temas analizados.

La Secretaría Ejecutiva del Consejo Federal propuso una guía para el desarrollo de los infor-mes, siguiendo el modelo del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas para el Examen Pe-riódico Universal. Los informes adoptan algunas líneas de esa guía, describiendo el marco norma-tivo e institucional existente para la promoción y protección de los derechos humanos, las políticas públicas desarrolladas, las problemáticas estructu-rales o emergentes identificadas, los obstáculos y las propuestas de resolución.

Dentro de cada eje temático, la guía propuso, también, una serie de preguntas o indicadores, para poder realizar una lectura integral de las pro-blemáticas en todo el país.

3.1. Actores centrales del SIPeN

3.3. Informes complementarios

Los informes complementarios sistematizan datos sobre la situación de los derechos humanos en las provincias, que provienen de fuentes de in-formación, primarias y secundarias.

En primer lugar, se nutren de las visitas a las provincias desarrolladas por la Secretaría Ejecu-tiva del Consejo Federal, donde se entrevistó a referentes provinciales y locales sobre los temas analizados, tanto del sector público como de las

organizaciones de la sociedad civil y de las univer-sidades nacionales.

Asimismo, contienen datos provenientes de la misma Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y otros organismos públicos provincia-les, nacionales, internacionales (de los sistemas universal y regional), de la sociedad civil, de las universidades nacionales y de los medios de co-municación.

Los actores centrales del SIPeN son el Consejo Federal de Derechos Humanos, conformado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y las altas autoridades de Derechos Humanos de las pro-vincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

las organizaciones de la sociedad civil ligadas a la lucha por los derechos humanos y las universida-des nacionales, a través del Consejo Interuniversi-tario Nacional (CIN).

Page 15: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

15

3.4. Participación de las universidades nacionales

El 14 de octubre de 2014 la SDH, la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Edu-cación de la Nación y el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) firmaron un Convenio Marco de colaboración, que establece la participación de las universidades nacionales en el SIPeN.

El CIN, como “organismo público de coordina-ción y consulta y propuesta de políticas y estrate-gias de desarrollo universitario, que nuclea a las

Aldo Caballero, secretario de Políticas Universitarias, y Martín Fresneda, secretario de Derechos Humanos, en la firma del Convenio Marco de Colaboración, octubre de 2014.

instituciones nacionales y a las provinciales reconoci-das por la nación”, designa a sus representantes re-gionales para integrar la Mesa de Recomendaciones y Seguimiento (MRyS) del SIPeN.

Los representantes de las universidades en el SIPeN aportan su mirada específica al análisis de la situación de derechos humanos en todo el país. Su participación permite el conocimiento de las realidades provinciales enriquecido con una perspectiva académica.

Page 16: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

16

3.5. Mesa de Recomendaciones y Seguimiento del SIPeN

La Mesa de Recomendaciones y Seguimiento (MRyS) se conforma con representantes regionales de las altas autoridades de Derechos Humanos pro-vinciales, elegidos por cada Consejo Regional de Derechos Humanos, y de las universidades nacio-nales, y es presidida por el secretario de Derechos Humanos de la Nación.

Su tarea es analizar los informes provinciales y los informes complementarios, evaluar los avances logrados y elaborar recomendaciones para cada ju-risdicción.

Los representantes regionales, tanto de las áreas de Derechos Humanos como de las universi-dades nacionales, participan en el análisis de la si-tuación y la elaboración de recomendaciones para todas las provincias, excepto para las pertenecien-tes a su propia región. Por ejemplo, representantes del NOA participan en el análisis de todas las pro-vincias excepto de aquellas de las del NOA, y así sucesivamente.

Las recomendaciones deben ser específicas y pasibles de ser cumplidas y acompañadas por la asistencia técnica de la SDH. Se remiten a las auto-ridades de cada provincia, que pueden aceptarlas, tomar nota de su comunicación o rechazarlas, así

como asumir compromisos voluntarios para darles cumplimiento.

A partir de la aceptación de las recomendacio-nes, se establece un diálogo continuo para promo-ver su implementación a través de la cooperación y la asistencia técnica. En esa línea, se prevé un mo-nitoreo de los avances cada seis meses, para dar continuidad y fortalecer las acciones desarrolladas.

Los informes provinciales y complementarios se presentan cada cuatro años. Mientras tanto, cada dos años se presentan y analizan informes de me-dio término, siguiendo el esquema del Examen Pe-riódico Universal.

Los días 26 y 27 de mayo de 2015, se reunió la primera Mesa de Recomendaciones y Seguimiento del SIPeN, en la que participaron representantes regionales de las áreas de derechos humanos y de las universidades. Como resultado de esta reunión, se elaboraron 42 recomendaciones generales y al-rededor de 100 recomendaciones específicas so-bre los temas analizados.

Estas propuestas, que deberán ser analizadas y aceptadas por las provincias, condensan el proceso de diálogo entre las distintas voces que se convo-caron al SIPeN, y que han generado diagnósticos y propuestas de abordaje.

“No hay muchos países, a nivel mundial, que hagan el ejercicio integrador que han iniciado ustedes. Es un ejemplo único en el mundo, que acompañamos

porque pensamos que tiene que ser una herramienta aplicada a otros sistemas federativos”.

Amerigo Incalcaterra,representante Regional para América del Sur del Alto Comisionado

de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, julio de 2015

Page 17: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

Las recomendaciones elaboradas fueron entregadas a las autoridades provinciales durante la XXI Reunión Plenaria del CFDH realizada en la ciudad de Salta, los días 14 y 15 de julio de 2015. El siguiente paso acordado fue la apertura de procesos de diálogos bilaterales entre las autoridades de cada provincia y la SDH para promover una agenda de trabajo conjunta que apoye el compromiso y cumplimiento respecto de las líneas de acción recomendadas.

Page 18: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

18

GINEBRA, OCTUBRE 2012:

Argentina, en tanto Estado federal, se

compromete ante las Naciones Unidas a

promover la articulación y el

diálogo permanente para intercambiar

información, experiencias y

buenas prácticas con las provincias y de

estas entre sí, para la promoción y

protección de derechos humanos.

MISIONES, NOVIEMBRE 2012:

El CFDH acuerda los temas prioritarios a atender: Violencia

institucional; Violencia contra las mujeres; Memoria, Verdad y Justicia;

Pueblos Originarios y Derechos

Económicos, Sociales y Culturales.

MENDOZA, MAYO 2013: A propuesta de

la SDH, el CFDH aprueba de manera unánime la creación

del Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN).

AGOSTO /SEPTIEMBRE 2013: Se realizan Consejos

Regionales de Derechos Humanos yse debaten la guía y

el cronograma detrabajo para la elaboración de

informes.

DICIEMBRE 2013 / NOVIEMBRE 2014:

Se elaboran y presentan al CFDH

23 informes de derechos humanos.

USHUAIA, NOVIEMBRE 2014:

Se acuerda la composición de la

Mesa de Recomendaciones y

Seguimiento y se aprueba la

participación de las universidades

nacionales en la misma.

BUENOS AIRES, MAYO 2015: Se realiza la primera

Mesa de Recomendaciones y

Seguimiento, que elaboró estándares

mínimos y recomendaciones

específicas para cada una de las provincias.

SALTA, JULIO 2015:

Se entregan las recomendaciones a las provincias en

la XXI Reunión Plenaria del CFDH.

2012/2013: Origen, diseño y puesta en marcha del SIPeN 2013/2015: Implementación y consolidación del SIPeN

Page 19: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

19

GINEBRA, OCTUBRE 2012:

Argentina, en tanto Estado federal, se

compromete ante las Naciones Unidas a

promover la articulación y el

diálogo permanente para intercambiar

información, experiencias y

buenas prácticas con las provincias y de

estas entre sí, para la promoción y

protección de derechos humanos.

MISIONES, NOVIEMBRE 2012:

El CFDH acuerda los temas prioritarios a atender: Violencia

institucional; Violencia contra las mujeres; Memoria, Verdad y Justicia;

Pueblos Originarios y Derechos

Económicos, Sociales y Culturales.

MENDOZA, MAYO 2013: A propuesta de

la SDH, el CFDH aprueba de manera unánime la creación

del Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN).

AGOSTO /SEPTIEMBRE 2013: Se realizan Consejos

Regionales de Derechos Humanos yse debaten la guía y

el cronograma detrabajo para la elaboración de

informes.

DICIEMBRE 2013 / NOVIEMBRE 2014:

Se elaboran y presentan al CFDH

23 informes de derechos humanos.

USHUAIA, NOVIEMBRE 2014:

Se acuerda la composición de la

Mesa de Recomendaciones y

Seguimiento y se aprueba la

participación de las universidades

nacionales en la misma.

BUENOS AIRES, MAYO 2015: Se realiza la primera

Mesa de Recomendaciones y

Seguimiento, que elaboró estándares

mínimos y recomendaciones

específicas para cada una de las provincias.

SALTA, JULIO 2015:

Se entregan las recomendaciones a las provincias en

la XXI Reunión Plenaria del CFDH.

2012/2013: Origen, diseño y puesta en marcha del SIPeN 2013/2015: Implementación y consolidación del SIPeN

Page 20: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

20

30° sesión del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Ginebra, septiembre de 2015.

“El objetivo es que cada una de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires tomen esas recomendaciones específicas como una agenda a seguir,

como una agenda positiva”.

“Entendemos que existen estándares mínimos de cumplimiento, que podemos denominar recomendaciones generales, que son aspectos de las políticas de derechos humanos que necesariamente deben formar parte de la institucionalidad, de los relatos y las reivindica-

ciones que desde los Estados debemos alcanzar”.

Martín Fresneda, secretario de Derechos Humanos

3.6. Presentación del SIPeN en la 30° sesión del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas

En septiembre de 2015, el secretario Ejecutivo del CFDH, Agustín Di Toffino, compartió la expe-riencia de diseño e implementación del SIPeN en la sede de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra, ante diversas delegaciones nacionales y organizaciones de la sociedad civil.

El SIPeN fue reconocido como una herramienta novedosa de coordinación y articulación de con-sensos políticos y como una práctica innovadora, ponderada por organismos internacionales y otros países de la región.

Page 21: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

21

Temáticas abordadas en el primer ciclo del SIPeN

Page 22: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

22

“Solo es posible consolidar una cultura política basada en los derechos humanos con el empoderamiento de la ciudadanía, con la construcción de una masa crítica

que defienda los avances y conquistas en materia de derechos humanos”.

Agustín Di Toffino,secretario Ejecutivo

del Consejo Federal de Derechos Humanos, 14 de julio de 2015

XXI Reunión Plenaria del CDFH, Salta, julio de 2015.

Page 23: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

23

Los informes del SIPeN observan problemáticas entendidas como prioritarias en virtud de su incidencia nacional y provincial. Si bien dichos ejes fueron definidos al comenzar este primer ciclo, los informes también relevaron temáticas como la trata de personas con fines de explota-ción sexual y laboral, y vulneraciones a los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. Se prevé en el futuro incorporar estos y otros ejes de trabajo.

Dado que los temas no son de competencia exclusiva de gestión de las áreas provinciales de Derechos Humanos, los informes han incorporado datos provenientes de las áreas que los abordan de manera central.

De igual manera, la SDH atiende estas temáticas de forma exclusiva, como el eje “memoria, verdad y justicia”, o concurrente con otros organismos, como “pueblos originarios” o “violen-cia contra las mujeres”.

Caracterización de las problemáticas analizadas

Page 24: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

24

Si bien puede ser ejercida por agentes de todos los estamentos del Estado, el encuadre establecido para este primer ciclo del SIPeN circunscribe el concepto de violencia institu-cional a aquellas prácticas estructurales de violación de derechos por parte de funciona-rios y funcionarias pertenecientes a fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, servicios peniten-ciarios y efectores de salud en contextos de restricción de autonomía o libertad (deten-ción, encierro, custodia, guarda, internación).

En consecuencia, dichas prácticas no pue-den entenderse como transgresiones indivi-duales sino que, dada su recurrencia, su masi-vidad y su lesividad, este tipo de violaciones a los derechos humanos da cuenta de patrones estructurales que afectan la vigencia plena del Estado democrático de derecho.

En este sentido, aun cuando resulta com-plejo establecer el origen y la genealogía de estos actos, en nuestro país es indudable su estrecha relación con el accionar represivo de la dictadura militar.

La erradicación de todas las formas de vio-lencia implica el reconocimiento de esta pro-blemática por parte de los tres poderes del Estado. Sin embargo, la respuesta del Poder

Judicial ante situaciones de violencia institu-cional resulta nodal para su prevención. Las instancias judiciales que no muestran efecti-vidad a la hora de investigar y sancionar los casos que se le presentan, así como su invisi-bilización, operan como garantes de la impu-nidad.

Conocer y abordar esta problemática en toda su complejidad implica descubrir las ló-gicas de perpetración, encubrimiento e impu-nidad que adoptan metodologías y dinámicas propias en el Estado de derecho. Promover el fortalecimiento de los sistemas judiciales e im-pulsar políticas públicas con una perspectiva de derechos humanos son herramientas deci-sivas para combatir y eliminar las violaciones de derechos de la población privada de liber-tad.

En tal sentido, la Ley N° 26.811 instituye el 8 de mayo como “Día Nacional de la Lucha con-tra la Violencia Institucional”, con el objeto de recordar las graves violaciones a los derechos humanos ocasionadas por las fuerzas de segu-ridad, promoviendo la adopción de políticas públicas en materia de seguridad respetuosas de los derechos humanos.

1. VIOLENCIA INSTITUCIONAL:

* Unidad de Registro, Sistematización y Seguimiento de Hechos de Tortura, Desaparición Forzada de Personas y otras Graves Violacio-nes a los Derechos Humanos (Resolución SDH N° 30/2014); Área de Implementación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura; Dirección Nacional de Gestión de Fondos Documentales (Decreto 1982/2010) y Dirección Nacional de Sitios de Memoria (Decreto N° 1986/2014); Dirección Nacional de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad.

Page 25: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

25

1.1. Prevención de la tortura:

Argentina fue uno de los países que par-ticipó activamente en el largo proceso por el cual, el 18 de diciembre de 2002, la Orga-nización de las Naciones Unidas adoptó el Protocolo Facultativo de la Convención con-tra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Dicho protocolo fue aprobado en el país por la Ley Nº 25.932, siendo Argentina el sexto país en ratificarlo el 15 de noviembre de 2004. Nuestra nación lideró la iniciativa para promover la entrada en vigor de dicho tratado, que requería la adhesión o ratificación de veinte Estados. El Protocolo Facultativo entró en vigor el 22 de junio de 2006.

El artículo 17 dispone que cada Estado Parte mantendrá, designará o creará uno o varios mecanismos nacionales indepen-dientes para la prevención de la tortura a nivel nacional. El artículo 29 establece que

las disposiciones del Protocolo son aplicables a todas las partes componentes de los Estados federales, sin excepción o limitación alguna.

En cumplimiento de esta obligación inter-nacional, se sancionó en noviembre de 2012 la Ley Nº 26.827 que crea el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, re-glamentada por Decreto Nº 465/2014. En su artículo 32, en concordancia con el artículo 29 del Protocolo, la ley establece que ade-más del Mecanismo Nacional de Prevención deberán crearse Mecanismos Locales de Pre-vención de la Tortura en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si bien no existe un diseño preestablecido para los me-canismos locales de prevención de la tortura, los mismos deben ajustarse plenamente a lo dispuesto en el marco jurídico internacional y nacional.

XX Reunión Plenaria del CFDH, Ushuaia, Tierra del Fuego, noviembre de 2014.

Page 26: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

26

LA SDH Y LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA DE NACIONES UNIDAS EN LAS PROVINCIAS

REFERENCIASMecanismo de Prevención de la Tortura en funcionamiento.

Mecanismos de Prevención de la Tortura creados por ley pero aún no implementados.

Proyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura presentados en legislaturas provinciales.

Proyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura presentados en legislaturas provinciales. Proyecto consensuado con la SDH.

Anteproyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura desarrollados de manera conjunta o consensuados con la SDH, máximas autoridades de derechos humanos provinciales, poderes ejecutivos y legislativos y organizaciones de la sociedad civil.

En proceso de construcción de consensos para la elaboración de anteproyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura, con máximas autoridades de derechos humanos provinciales, poderes ejecutivos y legislativos y organizaciones de la sociedad civil.

C.A.B.A

Entre Ríos

SantaFe

Corrientes

Chaco

Catamarca

La Rioja

San Juan

SanLuis

Mendoza

La Pampa

Neuquén

RíoNegro

Chubut

Santa Cruz

Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

Buenos Aires

Córdoba

Salta

Jujuy

Santiagodel

Estero

Tucumán

Formosa

Islas Malvinas

La SDH desarrolla tres líneas de trabajo para la implementación integral en el país del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura de Naciones Unidas:

- Promueve y colabora con la puesta en funcionamiento del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.- Brinda asistencia técnica y apoyo político-institucional a las provincias en el proceso de creación y puesta en funcionamiento de los Mecanismos Locales de Prevención (MLPs).- Fortalece los Mecanismos Locales de Prevención de la Tortura existentes.

Como resultado de este trabajo, al mes de agosto de 2015 seis provincias han presentado en sus legislaturas proyectos de ley para la creación de sus MLPs en línea con los principios del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, cinco provincias tienen sus anteproyectos de ley, tres provincias han elaborado proyectos de reforma para la adecuación de sus MLPs al Protocolo Facultativo, y una de ellas ya lo ha presentado a su legislatura.

Page 27: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

27

LA SDH Y LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA DE NACIONES UNIDAS EN LAS PROVINCIAS

REFERENCIASMecanismo de Prevención de la Tortura en funcionamiento.

Mecanismos de Prevención de la Tortura creados por ley pero aún no implementados.

Proyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura presentados en legislaturas provinciales.

Proyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura presentados en legislaturas provinciales. Proyecto consensuado con la SDH.

Anteproyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura desarrollados de manera conjunta o consensuados con la SDH, máximas autoridades de derechos humanos provinciales, poderes ejecutivos y legislativos y organizaciones de la sociedad civil.

En proceso de construcción de consensos para la elaboración de anteproyectos de ley de creación de Mecanismos de Prevención de la Tortura, con máximas autoridades de derechos humanos provinciales, poderes ejecutivos y legislativos y organizaciones de la sociedad civil.

C.A.B.A

Entre Ríos

SantaFe

Corrientes

Chaco

Catamarca

La Rioja

San Juan

SanLuis

Mendoza

La Pampa

Neuquén

RíoNegro

Chubut

Santa Cruz

Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

Buenos Aires

Córdoba

Salta

Jujuy

Santiagodel

Estero

Tucumán

Formosa

Islas Malvinas

La SDH desarrolla tres líneas de trabajo para la implementación integral en el país del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura de Naciones Unidas:

- Promueve y colabora con la puesta en funcionamiento del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.- Brinda asistencia técnica y apoyo político-institucional a las provincias en el proceso de creación y puesta en funcionamiento de los Mecanismos Locales de Prevención (MLPs).- Fortalece los Mecanismos Locales de Prevención de la Tortura existentes.

Como resultado de este trabajo, al mes de agosto de 2015 seis provincias han presentado en sus legislaturas proyectos de ley para la creación de sus MLPs en línea con los principios del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, cinco provincias tienen sus anteproyectos de ley, tres provincias han elaborado proyectos de reforma para la adecuación de sus MLPs al Protocolo Facultativo, y una de ellas ya lo ha presentado a su legislatura.

Como resultado del análisis de los informes realizados y presentados en el marco del SIPeN, se elaboraron las siguientes recomendaciones en materia de violencia institucional:

• Promover la adecuación de los códigos contravencionales y/o de convivencia y/o de faltas provinciales y de las leyes orgánicas de las fuerzas policiales locales y de CABA sobre la base de los estándares internacionales de derechos humanos.

• Garantizar el cumplimiento de reglas mínimas en lo referente a las condiciones de alojamiento de personas privadas de libertad.

• Promover el uso de protocolos sobre el uso de la fuerza en manifestaciones públicas basados en un enfoque de respeto por los derechos humanos.

• Promover la creación de registros provinciales de hechos de violencia.

• Promover la conducción civil de las fuerzas policiales, provinciales y municipales, y de los sistemas penitenciarios, respetando la diferenciación funcional entre dichas instituciones.

• Propender a la creación de áreas especializadas independientes y autónomas para la defensa (Ministerio Público de la Defensa) y para la investigación (Ministerio Públi-co Fiscal), así como de fiscalías y defensorías especializadas en materia de violencia institucional.

• Promover la organización de los servicios médicos de atención a las personas priva-das de libertad bajo la órbita de los servicios públicos de salud.

• Fortalecer la formación del personal de las fuerzas de seguridad y penitenciarias con la perspectiva de derechos humanos.

Page 28: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

28

2. VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES:

El 20 de diciembre de 1993, la Asamblea Ge-neral de las Naciones Unidas proclamó la Decla-ración sobre la Eliminación de la Violencia con-tra la Mujer, donde se afirma que esta violencia es un grave atentado a los derechos humanos de la mujer y de la niña y el principal impedimento para su ejercicio. En su preámbulo, reconoce la contribución de la Convención sobre la Elimi-nación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) aprobada en 1979.

En 1994, el Sistema Interamericano de De-rechos Humanos adoptó la Convención Intera-mericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o Convención de Belém do Pará. Además de reconocer los dis-tintos tipos de violencia, aborda el vínculo en-tre el agresor y la mujer, el tipo de agresión y el ámbito donde es perpetrada.

La Ley N° 26.485 (2009) de Protección Inte-gral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Vio-lencia contra las Mujeres en los ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales presenta una definición amplia y detallada de la violencia contra las mujeres. Establece que consiste en “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicoló-

gica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Esta-do o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”.

La ley reconoce la relación desigual de po-der existente entre los sexos y sitúa allí la gé-nesis de este fenómeno. Por otra parte, deja asentado que la violencia excede el ámbito de la pareja y del hogar, entendiendo que, desde el prisma de la violencia, no existe distinción entre público y privado: las diversas formas de violencia contra las mujeres se configuran independientemente del espacio en que ocu-rren los hechos.

Es de destacar que la Ley N° 26.485 esta-blece un piso mínimo de derechos y garantías a partir del cual las provincias pueden y deben ajustar o desarrollar sus normativas. En la me-dida en que las leyes procesales son de com-petencia exclusiva de los gobiernos provin-ciales, las disposiciones sobre procedimiento establecidas en la Ley de Protección Integral de las Mujeres no resultan aplicables a las pro-vincias a menos que estas adhieran.

Page 29: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

29

Como resultado del análisis de los informes realizados y presentados en el marco del SIPeN, se elaboraron las siguientes recomendaciones en materia de violencia contra las mujeres:

• Fortalecer el marco normativo provincial de protección integral para la prevención, sanción y erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres, en consonan-cia con la Ley N° 26.485.

• Elaborar y aplicar políticas para el acceso a la justicia de las víctimas de la violencia contra las mujeres, que incluyan servicios amplios y gratuitos de asistencia jurídica.

• Promover la articulación territorial de las políticas públicas nacionales, provinciales y municipales de servicios y recursos para la asistencia integral a las mujeres víctimas de violencias y víctimas vinculadas.

• Profundizar las políticas públicas que garantizan la salud sexual y reproductiva, con especial atención a proteger los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres, y pre-venir la morbimortalidad materna, adhiriendo a los estándares jurisprudenciales na-cionales.

• Promover la sistematización articulada de datos relativos a todas las formas de vio-lencia contra la mujer, incluidos los femicidios, a través de la creación de espacios de articulación (puntos focales) interjurisdiccionales e intersectoriales.

• Sensibilizar y capacitar a los y las agentes del Estado para el abordaje de la violencia contra las mujeres, en particular a miembros de los poderes judiciales y organismos encargados de hacer cumplir la ley, fuerzas de seguridad, efectores de salud y educa-ción.

• Promover la aplicación de los estándares de “debida diligencia” para casos de viola-ciones sexuales y de violencias contra las mujeres, así como adecuar la actuación de las fuerzas policiales, de seguridad y judiciales, para la investigación de femicidios en el lugar del hallazgo.

• Propiciar la implementación de una línea telefónica gratuita de recepción de denuncias por violencia contra las mujeres que funcione las 24 horas, los 365 días del año.

• Contemplar la violencia de género como motivo de licencia laboral en las normativas que regulan las administraciones públicas provinciales.

Page 30: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

30

3. MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA:

Las políticas de Memoria, Verdad y Justicia son competencia estructural de las áreas de Derechos Humanos. Están integradas por ac-ciones vinculadas a la reparación de las vícti-mas de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado, la investigación de los crímenes y el apoyo a los juicios a los responsables. Se pro-mueve la identificación de restos de personas detenidas-desaparecidas, así como también

la restitución de la identidad de las perso-nas apropiadas y sustraídas de las familias víctimas. También llevan adelante tareas de promoción, como la señalización de sitios que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y exterminio, apoyo a la constitución de espacios de memoria, y la sistematización y archivo de todo tipo de información histórica vinculada a las graves violaciones de los derechos humanos.

“No se trata de la simple autopsia de un tiempo pasado: el asumirlo en todas sus implicancias desde el presente crítico implica que la dignidad a reparar

y recuperar es la nuestra, para poder legarla a las nuevas generaciones. Este es el desafío de la institución de la memoria: al asumir colectivamente

esa culpa y reparación, podremos rescatar el sentimiento ético de pertenencia a la especie humana”.

Eduardo Luis Duhalde (1999),El Estado Terrorista Argentino. Quince años después, una mirada crítica

Page 31: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

31

Señalización en el espacio de memoria del Viejo Aeropuerto de Trelew, Chubut.

Page 32: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

32

3.1. Memoria:

El derecho a la memoria se reconoce como un derecho a la vez individual y colectivo de todas las personas a tener y ejercer memoria histórica, tanto para decidir sobre el futuro propio y el de la sociedad, cuanto para ob-tener justicia y la consiguiente reparación. El Estado asume el deber de impulsar las accio-nes necesarias para recuperar todos los do-cumentos y testimonios existentes que per-mitan enriquecer el conocimiento del pasado, sus consecuencias y el protagonismo de sus actores.

La Ley N° 26.691, de 2011, declara “sitios de memoria del terrorismo de Estado” a los lugares que funcionaron como centros clan-destinos de detención, tortura y exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal desarrollada en el país hasta el 10 de diciembre de 1983. Esta ley garantiza la preservación, señalización y difusión de los sitios de memoria por su va-lor testimonial y por su aporte a las investi-gaciones judiciales. Asimismo, constituye un valioso aporte para la institucionalización y jerarquización de las políticas de sitios de me-moria que el Estado nacional viene llevando adelante desde 2003.

La gestión de los espacios de memoria depende en su mayoría de los estados pro-vinciales y municipales, con diversos niveles de institucionalidad (administración estatal directa, organismos con autonomía y autar-quía, entre otros) y abordajes respecto de las políticas de memoria que llevan adelante.

El Decreto N° 1259/2003 creó el Archivo Nacional de la Memoria, como organismo desconcentrado en el ámbito de la SDH, para obtener, analizar, clasificar, duplicar, digita-lizar y archivar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades funda-mentales en que esté comprometida la res-ponsabilidad del Estado argentino y sobre la respuesta social e institucional ante esas vio-laciones. También le otorgó carácter intangi-ble al material que integre ese archivo.

El Archivo preserva, conserva y difunde esta documentación para que todas las ge-neraciones ejerzan la memoria y contribu-yan a que nunca más vuelva a perpetrarse el terrorismo de Estado en nuestro país. Sus objetivos también se desarrollan a través de acciones conjuntas con las diferentes juris-dicciones a nivel nacional, así como con los países del Mercosur en el plano internacional.

Page 33: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

33

3.2. Verdad:

3.3. Justicia:

Los deberes estatales de investigar graves violaciones a los derechos humanos y de ga-rantizar el derecho al acceso a la información se encuentran consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El Esta-do reconoce y garantiza la plena vigencia del derecho a la verdad, para asegurar y afianzar la justicia en el marco de la legalidad demo-crática.

Según el Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el derecho a la ver-

dad (2007), su objetivo “consiste en restable-cer la dignidad de las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos y procu-rar que no se repitan hechos parecidos nunca más”. En esa instancia, Argentina ha destacado que el derecho a la verdad es un derecho autó-nomo, de carácter tanto individual como colec-tivo y que, junto con la justicia, la memoria y la reparación, constituye uno de los cuatro pila-res de la lucha contra la impunidad en casos de violaciones graves de los derechos humanos.

El derecho a la justicia de las víctimas de violaciones a los derechos humanos estable-ce la posibilidad de que ellas acudan a los tribunales para obtener un pronunciamiento judicial (Convención Americana sobre Dere-chos Humanos; y PIDCyP). Según Naciones Unidas, el derecho a la justicia se contrapo-ne a la impunidad como “la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad pe-nal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos”.

Con una decidida acción política tendien-te a reparar en términos individuales y so-ciales las secuelas del terrorismo de Estado, el presidente Néstor Kirchner impulsó la nu-

lidad de las leyes de impunidad: en agosto de 2003 se sancionó la Ley N° 25.779 que declaró nulas a las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Asimismo, en el año 2007 la Corte Su-prema de Justicia de la Nación declaró la in-constitucionalidad de los indultos decretados. La apertura de los juicios a los militares, tan demandada por los organismos de derechos humanos y por la sociedad civil en general, ha permitido elaborar las consecuencias del te-rrorismo de Estado de un modo completamen-te diferente, dejando de lado la impunidad y apostando a una política sustentada en la me-moria, la verdad y la justicia.

Page 34: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

34

Como resultado del análisis de los informes realizados y presentados en el marco del SIPeN, se elaboraron las siguientes recomendaciones en materia de memoria, verdad y justicia:

• Fortalecer y profundizar las líneas de trabajo desarrolladas para la recupera-ción de la identidad de las personas apropiadas durante el terrorismo de Estado y determinar el destino final de las personas detenidas-desaparecidas.

• Promover la articulación entre las políticas de memoria y el sistema educativo, a fin de generar actividades (visitas guiadas a espacios de memoria, participa-ción en los actos de señalización de sitios de memoria, talleres, participación en los juicios, acompañamiento y fortalecimiento del tratamiento curricular de la temática, etc.), que permitan transmitir y comprender la experiencia histórica de nuestros años recientes.

• Promover la consulta a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación ante la realización de obras de infraestructura pública o privada en el perímetro circundante a los sitios y espacios de memoria de los ámbitos provincial y municipal.

• Afianzar los procesos de institucionalización de las políticas de memoria re-feridas a la sistematización de información, testimonios y documentos sobre violaciones a los derechos humanos, asignando los recursos básicos e indispen-sables (lugares físicos, recursos materiales y humanos) que permitan el correcto funcionamiento de los espacios destinados a cumplir con esta tarea.

• Articular con la Dirección Nacional de Fondos Documentales para constituir un registro único de archivos sobre el terrorismo de Estado en Argentina y realizar la actualización de las nóminas de detenidos-desaparecidos.

• Promover la sistematización y preservación de los documentos relativos a la temática de memoria, verdad y justicia, pertenecientes a organizaciones de de-rechos humanos, sociales y/o políticas.

Page 35: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

35

• Priorizar el registro testimonial sobre los hechos ocurridos bajo el terrorismo de Estado de aquellas personas de edad avanzada o que presenten graves pro-blemas de salud.

• Relevar y sistematizar los archivos de catastro y de personal del período com-prendido entre los años 1974 y 1983 de los organismos estatales tanto provin-ciales como municipales.

• Promover el relevamiento de información y la investigación de los hechos vin-culados a la coordinación represiva entre los gobiernos dictatoriales de América del Sur (“Plan Cóndor”), en las provincias que limitan con otros países.

• Colaborar con los procesos judiciales vinculados con delitos de lesa humani-dad, aportando el material de archivo como insumo probatorio y a través de la preservación de los documentos legales de los juicios finalizados (registro de causas a través de documentos gráficos y audiovisuales).

• Promover la articulación con las universidades nacionales a fin de generar ins-tancias de formación y asistencia técnica para la preservación y gestión de los fondos documentales.

• Garantizar el acceso a la información resguardada en dichos espacios a fin de constituirlos como puntos de referencia sociales y comunitarios en la temática.

Page 36: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

36

“La declaración de nulidad de las leyes 23.521 y 23.492 (Leyes de Obediencia Debida y de Punto Final) encuentra sustento en la interpretación de la Constitución Nacional y de los Tratados de Derechos Humanos que ha efectuado el Congreso de la Nación al tiempo de debatir el alcance de sus facultades ante una situación excepcional. En efecto, en su con-dición de poder constituido alcanzado por las obligaciones nacidas a la luz de los tratados y jurisprudencia internacional en la materia, estando en juego la eventual responsabilidad del Estado argentino y con el fin último de dar vigencia efectiva a la Constitución Nacional, ha considerado oportuno asumir la responsabilidad institucional de remover los obstáculos para hacer posible la justiciabilidad plena en materia de delitos de lesa humanidad, pre-servando para el Poder Judicial el conocimiento de los casos concretos y los eventuales efectos de la ley sancionada”.

Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Nulidad Leyes de Obediencia Debida y Punto Final, Caso Simón.

Page 37: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, Espacio Memoria y Derechos Humanos, ciudad de Buenos Aires, marzo de 2014.

Page 38: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

38

4. PUEBLOS ORIGINARIOS:

Los procesos de autorreconocimiento y la lucha por los derechos de los pueblos in-dígenas en Argentina y en América Latina demandan una nueva relación con el Estado que no se limite a sumar diversidad al mo-delo monocultural, sino que avance en una transformación estructural y sociohistórica, a través de nuevas políticas e instituciones que contribuyan a la construcción de una sociedad equitativa y respetuosa de la diferencia.

El gobierno nacional impulsa un diálogo intercultural con los pueblos indígenas que posibilita la construcción conjunta de políti-cas públicas, da lugar a su participación con identidad desde y para el territorio organiza-do y visibiliza la composición intercultural de nuestra Patria.

Dicho diálogo se ve respaldado por conve-nios internacionales debidamente ratificados por nuestro país y con jerarquía supralegal, en particular el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, aprobado por Ley N° 24.071; el Convenio so-bre Diversidad Biológica, aprobado por Ley N° 24.375; y el Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en América Latina y el Caribe, aprobado por Ley N° 24.544.

El artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional incorpora entre las atribuciones del Congreso el reconocimiento de “la preexis-tencia étnica y cultural de los pueblos indíge-nas argentinos”, estableciendo, entre otros,

Alicia Kirchner, ministra de Desarrollo Social de la Nación, Juan Manuel Urtubey, gobernador de la provincia de Salta, Martín Fresneda, secretario de Derechos Humanos, y miembros de la comunidad de Santa Victoria Este, en la inauguración de obras y viviendas, Salta, septiembre de 2014.

Page 39: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

39

el derecho al respeto de su identidad, a la educación bilingüe e intercultural, al reco-nocimiento de la personería jurídica de sus comunidades, a la posesión y propiedad co-munitarias de las tierras, a su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente esas competencias.

Por otra parte, leyes nacionales como las N° 23.302, 25.607, 26.160, 26.554 o 26.894 (la mayor parte de ellas promulgada durante la úl-tima década) tienen por objetivo contribuir a la construcción de un país más igualitario en su diversidad. Es desde este marco de inclusión y construcción de ciudadanía que debe leerse la in-terculturalidad en tanto que trabajo político, y en cuanto supone un encuentro no siempre armo-nioso entre el Estado y los pueblos originarios.

Como resultado del análisis de los informes realizados y presentados en el marco del SIPeN, se elaboraron las siguientes recomendaciones en materia de pueblos originarios:

• Avanzar en el relevamiento territorial previsto por la Ley N° 26.160.

• Promover la creación de mesas de resolución de conflictos.

• Promover la formación y capacitación de las comunidades sobre procedimientos jurídicos y sobre acceso a la justicia.

• Generar dispositivos que garanticen de manera integral el acceso a la justicia de las comunidades originarias.

• Promover la constitución de mesas de trabajo para el tratamiento del derecho a la consulta y la participación.

• Promover la formación y capacitación de los y las agentes del Estado, en especial los y las pertenecientes a la atención primaria de la salud, la educación y la justicia, sobre la cosmovisión de los pueblos originarios, en línea con la Ley N° 25.607, de Campaña Nacional de Difusión de los Derechos de los Pueblos Indígenas.

• Fortalecer las políticas de educación intercultural bilingüe.

Page 40: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

40

Los Derechos Económicos, Sociales y Cultu-rales (DESC) refieren a cuestiones básicas para la dignidad humana como el derecho a la ali-mentación, a la salud, a la vivienda, al trabajo, a la educación y a la seguridad social. La po-sibilidad actual de acceder a los DESC obede-ce, en gran medida, a las luchas de los trabaja-dores y las trabajadoras contra la explotación laboral primero y, más tarde, a las demandas por mejores condiciones de vida e igualdad de oportunidades.

La primera manifestación de constitucio-nalismo social en Argentina se expresó en la Constitución Nacional de 1949, que reconoció derechos a sujetos colectivos: las familias y los sindicatos. También institucionalizó los dere-chos del trabajador, de la familia y de la ancia-nidad, el acceso a la educación y a la cultura.

El contenido de los DESC y el alcance de las obligaciones del Estado en esta materia se encuentran definidos principalmente en los instrumentos internacionales de derechos

humanos: la Declaración Universal de De-rechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador. El proceso de ampliación del ran-go de derechos se dio en Argentina a través del paulatino reconocimiento e inclusión en la normativa nacional de estos tratados in-ternacionales y su incorporación a la Cons-titución Nacional con la reforma de 1994. El Estado tiene, entonces, la obligación de garantizar el respeto, la protección y la sa-tisfacción de los DESC.

Los DESC son abordados por diversas áreas de los Estados (educación, cultura, sa-lud, trabajo, vivienda, etc.), y las áreas de De-rechos Humanos desarrollan, en su mayoría, acciones de sensibilización y promoción de esos derechos, e incluso protección, a través de la recepción y canalización de peticiones y denuncias.

5. DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES:

Page 41: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

41XIX Reunión Plenaria del CFDH, Paraná, Entre Ríos, junio de 2014.

Page 42: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

42

La Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 garantiza los derechos de los usuarios de los servicios de salud mental en tanto sujetos de derechos, haciendo énfasis en el derecho a la salud mental, que debe ser respetado en todos los servicios de salud del país, tanto públicos como privados. Establece que el padecimiento mental constituye un episodio temporal y que, por lo tanto, puede ser modificado.

También establece que el diagnóstico es el resultado de saberes diversos y producto de un abordaje integral a las problemáticas de salud mental, en tanto la perspectiva interdis-ciplinaria e intersectorial permite dar cumpli-miento a los estándares de derechos humanos.

En línea con lo anterior, la ley prohíbe la creación de nuevos neuropsiquiátricos y es-tablece que las internaciones en salud men-tal deben realizarse en hospitales generales. También establece un sistema de controles y

garantías de procedimiento para que las in-ternaciones sean un recurso excepcional y no se prolonguen innecesariamente en el tiem-po. Se busca privilegiar otras modalidades de atención como la ambulatoria, la asistencia domiciliaria, las casas de convivencia o los hospitales de día.

La SDH tiene un rol activo en la imple-mentación de esta ley nacional como parte integrante del Órgano de Revisión, espacio intersectorial que tiene por objeto proteger los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental.

También desarrolla acciones de articula-ción territorial con organismos de derechos humanos provinciales y municipales, para fortalecer las políticas públicas locales y fa-vorecer la implementación de un sistema federal de protección y promoción de dere-chos humanos.

5.1. Salud mental:

Page 43: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

43

Como resultado del análisis de los informes realizados y presentados en el marco del SIPeN, se elaboraron las siguientes recomendaciones en materia de DESC – salud mental:

• Establecer los marcos normativos necesarios para garantizar los estándares de dere-chos humanos reconocidos en la Ley N° 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental.

• Promover la conformación o el fortalecimiento de los órganos de revisión locales, las comisiones interministeriales y los organismos de defensa técnica (según el artículo 22 de la Ley N° 26.657).

• Propiciar la elaboración de estándares de habilitación y supervisión periódica de los servicios de salud mental públicos y privados.

• Impulsar el rol activo de las altas autoridades de Derechos Humanos provinciales en la implementación de la Ley N° 26.657, en línea con sus artículos 34 y 39.

• Promover la formación, capacitación y sensibilización de las efectoras y los efectores de Salud y Justicia respecto del paradigma de Salud Mental que sustenta la Ley N° 26.657.

• Impulsar el relevamiento de situaciones de vulneración de derechos en el ámbito de la Salud Mental, de acuerdo con los estándares reconocidos en la Ley N° 26.657 y pro-mover estrategias de intervención.

Page 44: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

44

A modo de cierre

Desde que Néstor Kirchner asumió como presidente de la Nación en el año 2003, los derechos humanos se instalaron como matriz política y filosófica del Estado. La incorporación de esta perspectiva en cada una de las políticas públicas continuó profundizándose durante los gobiernos de Cristina Fernández. Los avan-ces producidos en el reconocimiento de los derechos humanos a lo largo de los últimos doce años son patrimonio de todas y todos los habitantes de la Nación.

En este sentido, el SIPeN constituye un aporte al establecimiento de una nueva institucionalidad pública, contribuyendo al fortalecimiento progresivo de las polí-ticas de inclusión social.

El balance preliminar ya es positivo. Por un lado, la puesta en marcha del Sis-tema ha sensibilizado a los y las responsables de estas políticas acerca de la ne-cesidad de producir y sistematizar información sobre los problemas que aún falta resolver en nuestro país. Por otro lado, al promover vínculos entre las distintas instancias estatales, evidenció la necesidad de generar los espacios de diálogo indispensables para la consolidación del enfoque de derechos humanos.

Las áreas de Derechos Humanos tienen el rol fundamental de promover y ga-rantizar el acceso a los derechos. El SIPeN busca su fortalecimiento para alcanzar estándares elevados que beneficien a toda la ciudadanía. Así, se espera que esta herramienta brinde insumos confiables para la detección temprana de situaciones de vulneración de derechos y que contribuya al diseño de políticas integrales de promoción y protección.

Page 45: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

45

XIX Reunión Plenaria del CFDH, Ushuaia, Tierra del Fuego, noviembre de 2014.

“Este Consejo Federal, sin duda, va a dejar una huella en lo que respecta a la institucionalización de las políticas

con enfoque de derechos y a la construcción de una cultura de derechos humanos en Argentina”.

Martín Fresneda,secretario de Derechos Humanos, julio de 2015

Page 46: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

46

Directora Nacional del CFDHNatalia Gradaschi

Coordinadora del SIPeN Gabriela Pérez

Equipo de Asesores de la Secretaría Ejecutiva del CFDHLuisa AbdalaMariana AlvaradoGabriela BuonomoEsteban DíazPablo FasciottiIsabel Fernández BlancoVictoria Francisetti CareagaLeonardo MarcetGabriel MercadoAna MorenoMaría Sonderéguer

Page 47: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

47

Secretaría Ejecutiva del Consejo Federal de Derechos HumanosEspacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa

de los Derechos Humanos Av. del Libertador 8151 (C1429BNC) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

República Argentina(54) 011-4702-9920

[email protected]/derechoshumanos

Page 48: Sistema de Informes Periódicos Nacional (SIPeN) · 2015-10-01 · ̶ como el entonces director del Instituto de Po-líticas Públicas de Derechos Humanos del Mer-cosur, Víctor Abramovich

CFCONSEJO FEDERALDE DERECHOS HUMANOS

DH

Si construimos derechos, tenemos Patria.

Ministerio deEducación