Si Tu Ganas Todos Ganamos

9
Presentación Humberto G.

Transcript of Si Tu Ganas Todos Ganamos

Presentación Humberto G.

MANTENER TU CUERPO Y MENTE SANOS, SIGNIFICA EVITAR TODAS LAS COSAS QUE TE HACEN DAÑO.•Evitar los alimentos malos para tu salud.

•Caminar o manejar con precaución para evitar accidentes.

•No consumir drogas.

•No realizar deportes extremos o peligrosos.

•No hacer cosas que te pongan en riesgo, como nadar o sin saber.

•No jugar en áreas de trabajo donde hay riesgo de lastimarte.

PERO EN OCASIONES HAY COSAS REPENTINAS QUE TE HACEN DAÑO Y NO PUEDES EVITAR.

Míchell

Los dolores, el malestar y el cansancio son un obstáculo para nuestro bienestar. Sin

embargo, para mantener una buena salud no es suficiente con confiar en los médicos. Tenemos que saber lo que nosotros mismos

podemos hacer por mantener y mejorar nuestra salud.

Míchell

La “Ley General de Salud”, el “Sistema Nacional de Salud” previenen y controlan los accidentes. Las siguientes leyes te mostraran un panorama de esto:

Humberto G.

Artículo 1º. La presente Ley reglamenta el derecho a la protección de la salud de la salud que tiene toda persona de los términos del articulo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de Salubridad general. Es de aplicación en toda la Republica y sus disposiciones son de orden publico y sus disposiciones son de orden publico e interés social.

Andrés

Artículo 2º. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:

I. El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.

II. La prolongación y el mejoramiento de la vida humana.

III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social.

IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud.

V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y profundamente las necesidades de la población.

VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud.

VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.

Jesús E.

Artículo 5º. El Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios de salud, así como los mecanismos de coordinación de adicciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho de la protección de la salud.

Dan M.

Artículo 162. Para los efectos de esta Ley, se entiende por accidente al hecho súbito que ocasione daños a la salud y que se produzca por la concurrencia de condiciones potencialmente prevenibles.

Dan M.

Artículo 163. La acción en materia de prevención y control de accidentes comprende:

I. El conocimiento de las causas mas usuales que generan accidentes.

II. La adopción de medicinas para prevenir accidentes.

III. El desarrollo de investigación para la prevención de los mismos.

IV. El fomento, dentro de los programas de educación para la salud de la orientación a la población para la prevención de los accidentes.

V. La atención de los padecimientos que se produzcan como consecuencia de ellos, y

VI. La promoción de la participación de la comunidad en la prevención de accidentes.

Para la mayor eficacia de las acciones a las que se refiere este articulo, se crea el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de la que forman parte representantes de los sectores públicos, sociales y privados.

Iván U.