Setiembre 23, 2016 Régimen de Sinceramiento …...Libro II - Régimen De Sinceramiento Fiscal....
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Régimen deSinceramiento Fiscal
Ley 27.260Reglamentación AFIP RG. 3919/2016 y 3920/2016
Setiembre 23, 2016
AgendaLibro II - Régimen De Sinceramiento Fiscal. Ley27.260. Reglamentación AFIP RG 3919 y 3920
►Blanqueo►Moratoria►Modificación a normas fiscales – Contribuyente buen
cumplidor
BlanqueoSistema Voluntario y Excepcionalde Declaración de Tenenciade moneda nacional, extranjera ydemás bienes en el paísy en el exterior
1Personas
Humanas ySucesionesIndivisas:
Domiciliadas Residentes,inscriptas o no ante la AFIP (laresidencia se debe verificar al
31/12/2015);Residencia anterior a la fecha de
preexistencia de los bienes(22/07/2016).
2PersonasJurídicas:
Establecidas oconstituidas en el país al
31 de Diciembre de 2015.
¿Quiénes puedenblanquear?
1Tenenciade monedanacional oextranjera
3Muebles(incluye todotipo detítulosvalores einstrumentosfinancieros).
2Inmuebles(adquiridos-incluidos losterrenos-;construidos,obras enconstruccióny lasmejoras)
4DemásBienes en elpaís y en elexterior(cosas yderechos).
5Tenencias demoneda nacional oextranjera que sehayan encontradodepositadas enentidadesbancarias del paíso del exteriordurante un períodode tres (3) mesescorridos anterioresa la F.P.B.Demostración deinversión.
Bienes objeto deDeclaración
Personas HumanasSucesiones Indivisas
Bienes Preexistentes a lafecha de promulgación
Personas Jurídicas
Bienes Preexistentes a lafecha de cierre del últimoBalance anterior al 01-01-16
¿Qué bienes?
¿Qué bienes?Adquisicionesno cubiertas
ü Personas Humanasü Sucesiones Indivisas
22 Julio 2016 Declaración (hastael 31 de Marzo 2017)
31 Diciembre 2015
Fecha de acogimiento: 1 de Agosto hasta 31 de Marzo de 2017. Servicio AFIP –Ley 27.260 – Declaración Voluntaria y Excepcional ...– Formulario F 2009
Adquisiciones no cubiertas
ü Personas Jurídicas Declaración (hastael 31 de Marzo 2017)
¿Cómo Declarar?
DECLARACIÓN VOLUNTARIA – PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR:TENENCIA DE MONEDA O TÍTULOS DEPOSITADOS EN EL EXTERIOR
ü Cuentas en Países de no alto riesgo fiscal.
ü La tenencia NO TIENE QUE REPATRIARSE. En caso de desearlo, la repatriación sedebe hacer por transferencia de acuerdo a la normativa del BCRA.
ü Resumen o estado electrónico de cuenta a la FPB. Debería tener:
1. La identificación de la entidad del exterior y la jurisdicción en la que se encuentraincorporada la misma;
2. El número de la cuenta;3. El nombre o denominación y el domicilio del titular de la cuenta;4. Que la cuenta de la que se trate fue abierta con anterioridad a la Fecha de
Preexistencia de los Bienes;5. El saldo de la cuenta o valor del portafolio, en su caso, expresado en moneda
extranjera a la Fecha de Preexistencia de los Bienes;6. El lugar y fecha de emisión del resumen electrónico.
¿Cómo Declarar?DECLARACIÓN VOLUNTARIA – PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR:
TENENCIA DE MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA EN EFECTIVO EN EL PAÍS.
ü Apertura de una cuenta bancaria especial . Se libera el impuesto al debito/ créditobancario .
ü Obligación de tenencia de 6 meses o hasta el 31 de Marzo de 2017 (el plazo mayor),salvo que se destine al pago del impuesto especial o a la adquisición de títulos o FCIliberatorios del impuesto.
ü Los fondos para la compra deben estar en la cuenta especial que se abre al efecto yde ahí se transfieren.
ü La institución financiera deberá informar al fisco los depósitos dentro de 5 díashábiles de efectuados
ü Forma de liquidar impuesto especialü - Transferir desde la cuenta especial . Confirmar con Banco
Ventajas adicionalesdel sistemaLas PH pueden declarar bienes a
nombre de terceros .(No hace faltacumplir con el requisito de residencia
respecto de ellos).
Con anterioridad a la presentación dela declaración jurada del Impuesto,
período fiscal 2017 (Abril/Mayo2018), los bienes declarados deberán
figurar a nombre del declarante.
La transferencia se considerará noonerosa a los fines tributarios y nodeben cumplimentar los regímenes
de información de la AFIP.
Deben mantener a disposición delfisco la documentación que acredite la
posesión, registración o deposito anombre del tercero.
Tercero Persona humana : micrositio “Sinceramiento fiscal” para darconformidad y justificar la baja
patrimonial en sus respectivas DDJJ deGanancias. “ Transferencia no onerosa-
Ley 27260”.
Tercero Sociedades: desafectar losbienes en las respectivas DDJJ deacuerdo al procedimiento establecido.
Por única vez, se puede dejar de lado laestructura jurídica creada en el exterior
y declarar los bienes a nombre de lamisma, en cabeza del accionista, titular
o beneficiario al 31/12/2015.
No es requisito transferir la tenencia anombre de la persona humana con
anterioridad a la fecha de la declaraciónvoluntaria, pero debe ser informado aefectos fiscales en futuras DDJJ de la
persona humana.
Se debe restar de la participación, eltotal de los bienes que se declare en
forma personal.
Se debe dejar a disposición del fisco ladocumentación que acredite la
titularidad.
Impuesto especial porla Declaración
VoluntariaBienes, incluidos Inmuebles que en su conjunto sean inferior a $ 305.000
Bienes incluidos los inmuebles que superen los $305.000 y sean menores a $800.000
Bienes Inmuebles en el país o en el exterior
Bienes (no inmuebles) que superen los $800.000 declarados antes del31/12/2016
Bienes (no inmuebles) que superen los $ 800.000 declarados entre el01/01/2017 y 31/03/2017.
Bienes (no inmuebles) que superen los $ 800.000 si optan por abonar el impuestoespecial con la entrega de BONAR 17 Y/o GLOBAL 17.
0 %
10%
15 %
10 %
5%
5%
Excepción al Ingresodel Impuesto Especial
por DeclaraciónVoluntariaBono denominado en USD a 3 años. Adquiridohasta el 30/09/2016, intransferible y nonegociable. Cupón de interés 0 %.
Bono denominado en USD a 7 años. Adquirido hastael 31/12/2016, intransferible y no negociable durantelos primeros 4 años. Cupón de interés del 1 % yexceptuara 3 veces el monto suscripto.
Fondos Comunes de Inversión abiertos o cerradosregulados por ley 24.083 y 26.831 cuyo objeto sea elfijado por reglamentación. Deberán mantenerse por 5años.
¿Cuáles son losplazos?
31/12/2016Bono a 7 años.
Exteriorización al 10%
24/10/2016VEP de pago a cuenta
Depósito de fondos
30/09/2016Bono a 3 años
FechasCríticas
31/03/2017►Exteriorización al 15%►Fecha Límite
del Régimen►BONAR 2017 al 10%
Beneficios para lossujetos que efectúen
la declaraciónvoluntaria e ingresen
el impuestoObligaciones en discusión administrativa,contencioso administrativa o judicial, se liberansiempre que el contribuyente de allane y ladeterminación de oficio no este firme. Tramite enel Juzgado y presentación en AFIP del F. 408(nuevo modelo)
Liberación de toda acción civil y por delitos de la leypenal tributaria, penal cambiaria, aduanera einfracciones administrativas que pudieracorresponder. Incluye a socios administradores,gerentes, directores, síndicos y miembros de losconsejos de vigilancia y profesionales certificantesde los balances.
No se aplicará la presunción delINCREMENTO PATRIMONIAL NOJUSTIFICADO.
La liberación cubre a los impuestoscorrespondientes a los bienes nodeclarados anteriormente y que ya seconsumieron.
La liberación cubre a los consumosocurridos hasta el 31/12/2015.
Liberación del pago de los impuestos que sehubieran omitido ingresar y que tuvieranorigen en los bienes y tenencias demonedas declaradasen forma voluntaria y excepcional (IG, ITI,IDCB, IVA, Impuestos Internos, IGMP, IBP).
La Persona Humana declarante que seao haya sido socio de las sociedades nosujetos del IG liberan a las sociedades.
La declaración realizada por lassociedades no sujetos del IG, libera alos socios en proporción a suparticipación.
La liberación cubre al tercero a nombrede quien estaban los bienes que seandeclarados por otro.
La tenencia declarada no debe sertenida en cuenta como antecedentepara la exclusión o recategorización delmonotributista (RS) de períodosanteriores a la declaración.
La adhesión no implica la renuncia alreclamo de la aplicación del ajuste porinflación en el impuesto a las ganancias.
MoratoriaRegularización excepcionalde obligaciones tributarias,de la seguridad social yaduaneras
1Sujetos
alcanzadosContribuyentes y responsablesde tributos (incluido aduaneros)y recursos de la seguridad social
bajo el ámbito de la AFIP
2Obligaciones
comprendidasVencidas al 31/5/16:
Regularización de deudastributarias
Infracciones vinculadas:Exención de intereses, multas y
sanciones
¿Quiénes? ¿Qué?Excluye:► Aportes y contribuciones con destino a OS y cuotas al
RRT► Obligaciones e infracciones vinculadas con regímenes
promocionales
Incluye:► Obligaciones en discusión administrativa o judicialà
Condiciones► Planes de facilidades de pago caducos y reformulación
de planes vigentes
1Plazo para elacogimiento
Desde el mes siguiente a lapublicación de la reglamentación
hasta el 31/03/17
2Efectos deregularizar
Acogimiento:Suspensión de acciones penalestributarias y aduaneras en curso
Interrupción de la prescripción penal
Cancelación totalà Contado o PFP:Extinción de la acción penalà no debe
existir sentencia firme
Caducidad del plan:Reanudación/promoción de acciones
penales y comienzo del cómputo de laprescripción
¿Cuándo?¿Consecuencias?
BeneficiosBeneficios Exención y/o condonación de:
► Multas y sanciones No firmes a la fecha del acogimiento► Trabajadores autónomos: 100% de los intereses► Importe de intereses resarcitorios y/o punitorios que excedan de:
► PF 2015 y obligaciones mensuales vencidas al 31/05/16:10% del capital
► PF 2013 y 2014: 25% del capital► PF 2011 y 2012: 50% del capital► PF 2010 y anteriores: 75% del capital
Particularidades:
► Intereses y/o multas: por el capital no cancelados conanterioridad a la FEVà sin derecho a reintegro o repetición
► Infracciones formales: liberación de la multa bajo cumplimientode la obligación antes del 31/03/17; o de oficio, según el caso
Beneficios Particularidades (cont.):
► Infracciones sustanciales: condonación de pleno derechocuando la obligación principal hubiera sido cancelada ala FEV
► Intereses resarcitorios y/o punitorios: condonacióncuando el capital esté cancelado con anterioridad a laFEV
► Baja de la inscripción en REPSAL/ levantamientosuspensión en “ Registros especiales aduaneros” ?Obtener certificado para contratar con el estado.
Agentes de retención y percepciónà liberación demultas y sanciones No firmes a la FEV bajo cancelaciónde:
► Importe omitido de retener/percibir► Importe retenido/percibido y No ingresado► Eximición de responsabilidad por regularización anterior
del sujeto pasible o mediante el presente régimen(exteriorización/regularización)
CondicionesCancelación del capital, multas
firmes e interesesNo condonadosà Opciones Grandes
Empresas
Pago al ContadoReducción del 15% de la deuda
consolidada
Plan de Facilidades de PagoOpción 1ü Pago a cuenta: 5% de la deuda . VEP
ü Saldo: hasta 60 cuotas mensualesàARS 500.
ü Interés: 1,5% mensual
Opción 2ü * Pago a cuenta: 15% de la deuda. VEPü * Saldo: hasta 90 cuotas mensuales à
ARS 500ü * Interés: tasa pasiva promedio del BNA
(TNA a 180 días para plazo fijo vigentepara el 20 del mes inmediato anterior ala consolidación) à piso del 1,5% mensual
Posibilidad de cancelaciónanticipada
NotasAdicionalesNo seestablece lasuspensión deprescripción
1
NotasAdicionales
No requiererenuncia a lasaccionesplanteadas porAxI
2
Caducidad delplanFalta decancelación deTRES (3) cuotas,consecutivas oalternadas, a losSESENTA (60)días corridosposteriores a lafecha devencimiento de latercera de ellas.
3
Caducidad delplanFalta de ingresode la/s cuota/s nocancelada/s, a losSESENTA (60)días corridoscontados desde lafecha devencimiento de laúltima cuota delplan.
4
InformacionesAdicionales
MoratoriaBeneficios paraContribuyentesCumplidores
RequisitosüHaber cumplido con las
obligaciones tributarias en 2014 y2015.
üNo tener deudas liquidas yexigibles por esos periodos.
üNo haber adherido al blanqueoanterior (Cedines) ni a planes defacilidades de pago especiales.
BENEFICIO PARACONTRIBUYENTES
CUMPLIDORES
BLANQUEO¿Hay beneficios paralos contribuyentes
cumplidores?Anticiposabonados
2016¿DevoluciónCBU o Saldo
a favor?
ExenciónBienesPersonales
Informaren
Siradigel
beneficio
ExenciónImpuesto a lasGanancias
1Contribuyentesque hayancumplido consusobligacionestributarias PFs2014 y 2015
3No poseerdeudas encondición deser ejecutadas,no haber sidoejecutadofiscalmente, nicondenado enfirme pormultas pordefraudaciónfiscal en losPFs 2014 y2015
2No haberadherido enPFs 2014 y2015 alrégimen deexteriorización/regularizaciónde la Ley26.860, ni aplanes de pagoparticularesotorgados porAFIP
4No adherir alsistema dedeclaración detenencias/bienesdel presenterégimen
5Presentar DDJJde confirmaciónde datos àmanifestación deque la totalidadde los bienes ytenenciasposeídos sonlos exteriorizadosen las DDJJs delIG, IBP o IGMPcorrespondientesal último ejerciciofiscal cerrado al31/12/15
¿Quiénes son loscumplidores?
¡Atención!Detección de bienes no
declarados =àprivación debeneficios
Exención delIBP por losPFs 2016,2017 y 2018
1
Incluye aresponsablessustitutos àacciones yparticipaciones+ otrossupuestos
2
Anticipos acuenta del PF2016:devolución ocompensaciónsegúnreglamentacióna ser dictada
3
Cumplidores sinacceso albeneficio deIBP: exencióndel IG aplicablea la primeracuota del SACdel PF 2016
4
¿Cuáles son losbeneficios?
¿Cuándo?
31/03/2017
16/08/2016
Desde16/8/2016
Hasta31/3/2017
¿Cómo hacer?
Registrar “Domicilio Fiscal Electrónico” (las notificaciones serecibirán vía el servicio “e-ventanilla”) y “Sistema Registral”,“Registro Tributario” opciones “Administración de e-mails” y“Administración de teléfonos”.
1Seleccionar la opción que corresponda dentro de : “SistemaRegistral” -“Características especiales”, seleccionar dentrodel rubro “Ley 27.260 - Beneficio contribuyentescumplidores” :
2
a) Ley 27.260, art. 63 – Solicitud de exención en el Impuesto a los Bienes Personales(períodos fiscales 2016, 2017, 2018) con acreditación de anticipos como saldo de libredisponibilidad.
b) Ley 27.260, artículo 63 - Solicitud de exención en el impuesto a las ganancias - primeracuota de SAC período fiscal 2016”. Actualizar “SIRADIG
c) Ley 27.260, art. 63 – Solicitud de exención en el Impuesto a los Bienes Personales –responsable sustituto.
d) Ley 27.260, art. 63 – Solicitud de exención en el Impuesto a los Bienes Personales(períodos fiscales 2016, 2017, 2018) con devolución de anticipos en cuenta. InformarCBU para recuperar el dinero.
DisposicionesGeneralesImpuesto sobre los BienesPersonalesImpuesto Sobre la GananciaMínima Presunta
2020?
Mínimo No Imponible
Baja Progresiva Tasa
Tasa Única
No se deroga a 2018
Año Mínimo No Imponible s/Excedente ParticipacionesSocietarias
2016 AR$ 800.000 0,75% 0,25%
2017 AR$ 950.000 0,50% 0,25%
2018 AR$ 1.050.000 0,25% 0,25%10,5%
18,75%
IBP
Impuesto sobre los Bienes PersonalesImpuesto Sobre la Ganancia Mínima Presunta
IGMP Derogado a partir de 2019
Impuesto sobre los Bienes PersonalesImpuesto Sobre la Ganancia Mínima Presunta
Impuesto a las GananciasAprobado vs. Puesto a disposición vs.
Pago efectivo.
► Inclusión como resultado exento.► Personas Físicas. Refuerza la “No Gravabilidad”.
Resultado de Compraventade acciones/títulos del
Exterior.
Eliminación del impuestoal dividendo. 10%.
Diferencia de cambio porcrédito/tenencias en el
exterior.
ContactosOsvaldo FloresPartner, People Advisory ServicesTel + 54 11 4318 1641Email: [email protected]
Javier SabinPartner, People Advisory Services Partner
Tel +54 11 4318 1658Email: [email protected]
Information
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