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221 SESION Nº 16/2015 DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL CONCEJO DE SANTURTZI, CELEBRADA EL DIA 23 DE DICIEMBRE DE 2015 Carácter de la sesión: EXTRAORDINARIO SEÑORES/AS ASISTENTES: PRESIDENTA: AINTZANE URKIJO SAGREDO G.M. Euzko Abertzaleak Nacionalistas Vascos (EAJ-PNV) CONCEJALES/AS: G.M. Euzko Abertzaleak Nacionalistas Vascos (EAJ-PNV): DANEL BRINGAS EGILIOR IVAN LÓPEZ ARENAS ESTIBALIZ OLABARRI GONZÁLEZ JOSEBA ANDONI RAMOS ARIAS MARTA ALVAREZ RINCON ALVARO ARESTI ORELLA CRISTINA SENARRIAGA ROJO ITSAZAIN JOSU ORTOLATXIPI IBAÑEZ MAITANE LUNA VIZCAINO G.M. Sí Se Puede Santurtzi (SSP STZ): AITOR UNANUE ESTEBAN ESTEFANÍA RIVERA COLMENARES JONATAN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ SARA PÉREZ RAMIREZ G.M. Euskal Herria Bildu (EH Bildu): IMANOL URTIAGA PALACIOS LOREA ARTETXE DE LA FUENTE G.M. Socialistas Vascos (PSE-EE/PSOE): JANIRE LARREA GONZÁLEZ PEDRO MIGUEL LUCENA BALDA YOLANDA HUESO GONZÁLEZ G.M. Popular- Santurtziko Alderdi Popularra (PP): LUIS ANGEL URDIALES VILLANUEVA INTERPRETE EUSKERA: Itsaso Lejarza Argiarro INTERVENTOR accidental: José Miguel Paredes Cisneros SECRETARIO GENERAL: José Ignacio Salazar Arechalde En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial del Ilustre Ayunta- miento del Concejo de Santurtzi, siendo las 8:32 horas del día 23 diciembre de 2015, se reúnen en sesión extraordinaria, previamente citados al efecto y en primera convocatoria, los/as Concejales/as que al margen se expresan, bajo la Presidencia de la Alcaldesa Presidenta, Aintzane Urkijo Sagredo, presente el Interventor accidental, José Miguel Paredes Cisneros, y el Secretario General, José Ignacio Salazar Arechalde. Dejó de asistir a la presente sesión, Endika García Sáez, del G.M. EH Bildu. Declarado abierto el acto por la Presidencia, se dio comienzo a la sesión con el examen y estudio de los asuntos comprendidos en el Orden del Día.

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SESION Nº 16/2015 DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL CONCEJO DE SANTURTZI, CELEBRADA EL DIA 23 DE DICIEMBRE DE 2015

Carácter de la sesión: EXTRAORDINARIO

SEÑORES/AS ASISTENTES:

PRESIDENTA:

AINTZANE URKIJO SAGREDO

G.M. Euzko Abertzaleak – Nacionalistas

Vascos (EAJ-PNV)

CONCEJALES/AS:

G.M. Euzko Abertzaleak – Nacionalistas

Vascos (EAJ-PNV): DANEL BRINGAS EGILIOR IVAN LÓPEZ ARENAS

ESTIBALIZ OLABARRI GONZÁLEZ

JOSEBA ANDONI RAMOS ARIAS

MARTA ALVAREZ RINCON

ALVARO ARESTI ORELLA

CRISTINA SENARRIAGA ROJO

ITSAZAIN JOSU ORTOLATXIPI IBAÑEZ

MAITANE LUNA VIZCAINO

G.M. Sí Se Puede Santurtzi (SSP STZ):

AITOR UNANUE ESTEBAN

ESTEFANÍA RIVERA COLMENARES

JONATAN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ

SARA PÉREZ RAMIREZ

G.M. Euskal Herria Bildu (EH Bildu):

IMANOL URTIAGA PALACIOS

LOREA ARTETXE DE LA FUENTE

G.M. Socialistas Vascos (PSE-EE/PSOE):

JANIRE LARREA GONZÁLEZ

PEDRO MIGUEL LUCENA BALDA

YOLANDA HUESO GONZÁLEZ

G.M. Popular- Santurtziko Alderdi

Popularra (PP): LUIS ANGEL URDIALES VILLANUEVA

INTERPRETE EUSKERA:

Itsaso Lejarza Argiarro

INTERVENTOR accidental:

José Miguel Paredes Cisneros

SECRETARIO GENERAL:

José Ignacio Salazar Arechalde

En el Salón de Sesiones de la

Casa Consistorial del Ilustre Ayunta-

miento del Concejo de Santurtzi, siendo

las 8:32 horas del día 23 diciembre de

2015, se reúnen en sesión extraordinaria,

previamente citados al efecto y en primera

convocatoria, los/as Concejales/as que al

margen se expresan, bajo la Presidencia

de la Alcaldesa Presidenta, Aintzane

Urkijo Sagredo, presente el Interventor

accidental, José Miguel Paredes Cisneros,

y el Secretario General, José Ignacio

Salazar Arechalde.

Dejó de asistir a la presente

sesión, Endika García Sáez, del G.M. EH

Bildu.

Declarado abierto el acto por la

Presidencia, se dio comienzo a la sesión

con el examen y estudio de los asuntos

comprendidos en el Orden del Día.

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IDAZKARITZA ETA ZERBITZU OROKOR ARLOA AREA DE SECRETARIA Y SERVICIOS GENERALES 1.- 2015EKO AZAROAREN 23KO BILKURAREN EZ OHIKO AKTA

(14/2015) ONARTZEA, BIDEZKOTZAT HARTUZ GERO. (PL 16/15-II-01 ESP.)

APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DEL AYUNTAMIENTO

PLENO 14/2015, SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DE 2015. (EXP. PL 16/15-II-01)

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los 20 miembros de la Corporación presentes en la sesión, siendo 21 los que legalmente la compone, ACUERDA:

Unico.- Aprobar el acta del Ayuntamiento Pleno 14/2015, sesión extraordinaria, celebrada el día 23 de noviembre de 2015. 2.- 2015EKO AZAROAREN 26KO BILKURAREN OHIKO AKTA (15/2015)

ONARTZEA, BIDEZKOTZAT HARTUZ GERO. (PL 16/15-II-02 ESP.) APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DEL AYUNTAMIENTO

PLENO 15/2015, SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DE 2015. (EXP. PL 16/15-II-02)

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los 20 miembros de la Corporación presentes en la sesión, siendo 21 los que legalmente la compone, ACUERDA:

Unico.- Aprobar el acta del Ayuntamiento Pleno 15/2015, sesión ordinaria, celebrada el día 26 de noviembre de 2015. OGASUN ETA EKONOMI SUSTAPEN ARLOA AREA DE HACIENDA Y PROMOCION ECONOMICA

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3.- 2016 URTERAKO, PANTALANETAN ZERBITZUAK EMATEAGATIKO TASA ARAUTZEN DUEN 34. UDAL ORDENANTZA FISKALAREN ALDATZEKO ESPEDIENTEA. JENDAURREAN IZAN DEN ALDIAN CARMENGO AMA ITSAS-KIROL ELKARTEAREN IZENEAN, LUIS MARIA ARRIOLA ONTORIA JAUNAK AUKEZTUTAKO ERREKLAMAZIOA. (PL 16/15-III-03 ESP.)

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL

MUNICIPAL Nº 34, REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS PANTALANES, PARA EL EJERCICIO 2016. RECLAMACIÓN PRESENTADA POR D. LUIS MARÍA ARRIOLA ONTORIA, EN NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN NÁUTICO-DEPORTIVA CARMENGO AMA. (EXP. PL 16/15-III-03) Visto el expediente de referencia, el cual consta de la Memoria de la

Alcaldesa, del apartado de Procedimiento, del Informe del Sr. Tesorero, del Estudio de Costes del Servicio, de la propuesta del Sr. Concejal Delegado de Hacienda y Promoción Económica, del Dictamen de la Comisión Informativa de Cuentas Hacienda y Promoción Económica de 19 de octubre de 2015, del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 29 de octubre de 2015, por el que se aprueba provisionalmente el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal Municipal nº 34, reguladora de la Tasa por la prestación de servicios en los Pantalanes, para el ejercicio 2016 y de la reclamación presentada por D. Luis María Arriola Ontoria, en nombre de la Asociación Náutico-Deportiva Carmengo Ama durante el periodo de exposición pública.

Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y

Promoción Económica, celebrada el día 16 de diciembre de 2015. El Ayuntamiento Pleno, por mayoría de 13 votos a favor emitidos por

los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3), y 7 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. SSP STZ (4), EH Bildu (2) y PP (1), ACUERDA:

Primero.- Desestimar la reclamación presentada por D. Luis María Arriola

Ontoria, en nombre de la Asociación Náutico-Deportiva Carmengo Ama durante el periodo de exposición pública del expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal Municipal nº 34, reguladora de la Tasa por la prestación de servicios en los Pantalanes, para el ejercicio 2016.

Segundo.- Aprobar definitivamente el expediente de modificación de la

Ordenanza Fiscal Municipal nº 34, reguladora de la Tasa por la prestación de servicios en los Pantalanes, para el ejercicio 2016, de la forma siguiente:

Primero.- Modificar el artículo 8 de la Ordenanza Fiscal Municipal número 34, quedando redactado de la siguiente manera:

A) PANTALANES

1.- TARIFAS ANUALES TITULARES INDIVIDUALES:

Empadronados 577,83 €

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a) Pantalán A (impares 10-12 metros). No empadronados 2.362,32 €

b) Pantalán A (pares 8-10 metros). Empadronados 302,94 € No empadronados 1.762,56 €

c) Pantalanes B-C (impares 6-8 metros). Empadronados 209,83 € No empadronados 1.150,56 €

d) Pantalán C (pares 5-6 metros). Empadronados 179,52 € No empadronados 844,56 €

e) Pantalanes D-E (5 metros). Empadronados 161,59 € No empadronados 751,56 €

2.- TARIFAS ANUALES EMPRESAS PROFESIONALES:

a) Pantalán A (impares 10-12 metros). Empadronados 866,25 € No empadronados 3.543,48 €

b) Pantalán A (pares 8-10 metros). Empadronados 454,41 € No empadronados 2.643,84 €

c) Pantalanes B-C (impares 6-8 metros). Empadronados 314,73 € No empadronados 1.725,84 €

d) Pantalán C (pares 5-6 metros). Empadronados 269,28 € No empadronados 1.266,84 €

e) Pantalanes D-E (5 metros). Empadronados 242,38 € No empadronados 1.127,34 €

3.- PANTALÁN T3 866,25 €

B) FONDEOS El cobro de esta tasa se realizará conforme a la estancia en fondeo, que

si es inferior a un año se hará efectiva en proporción a los días de amarre. 1.- TARIFAS ANUALES TITULARES INDIVIDUALES:

a) Fondeo 10-12 metros. Empadronados 461,12 € No empadronados 1.892,28 €

b) Fondeo 8-10 metros. Empadronados 241,23 € No empadronados 1.411,20 €

c) Fondeo 6-8 metros Empadronados 168,30 € No empadronados 918,00 €

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d) Fondeo 5-6 metros. Empadronados 143,60 € No empadronados 673,20 €

e) Fondeo 5 metros. Empadronados 129,03 € No empadronados 599,76 €

2.- TARIFAS ANUALES EMPRESAS PROFESIONALES:

a) Fondeo 10-12 metros. Empadronados 691,68 € No empadronados 2.838,42 €

b) Fondeo 8-10 metros. Empadronados 361,84 € No empadronados 916,80 €

c) Fondeo 6-8 metros Empadronados 252,45 € No empadronados 1.373,00 €

d) Fondeo 5-6 metros. Empadronados 215,40 € No empadronados 1.009,80 €

e) Fondeo 5 metros. Empadronados 193,54 € No empadronados 899,64 €

3) OTRAS TARIFAS

a) Retirada de embarcaciones a fondeo 807,84 € b) Segunda y posteriores tarjetas de acceso 5,75 €

Segundo.- Modificar la Disposición Final de la Ordenanza Fiscal Municipal número 34, señalando la fecha de aprobación provisional y, en su caso, definitiva y su entrada en vigor el día 1 de enero de 2016. Tercero.- El presente acuerdo definitivo y el texto íntegro de la

modificación de la Ordenanza, habrán de ser publicados en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

Cuarto.- Aprobado definitivamente el expediente, se editará el texto

íntegro de la Ordenanza Fiscal dentro del primer cuatrimestre del ejercicio 2016. Quinto.- Notificar el presente acuerdo a D. Luis María Arriola Ontoria con

DNI 14380108W, en nombre de la Asociación Náutico-Deportiva Carmengo Ama con CIF G48551485, con domicilio a efecto de notificaciones en Santurtzi, Puerto Pesquero, s/n (entre Astillero Zamakona y Lonja de Pescadores) y al Área de Obras y Servicios.

Sexto.- Devolver el expediente, una vez cumplimentados los trámites de

publicación, al Área de Hacienda y Promoción Económica, para su custodia.

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LAN ETA ZERBITZU PUBLIKO ARLOA AREA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

4.- TAXIEN UDAL ARAUTEGIAREN HASIERAN ONARTZE, BIDEZKOA

BADA. (PL 16/15-IV-04 ESP.) APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DEL REGLAMENTO

MUNICIPAL DEL TAXI. (EXP. PL 16/15-IV-04) Se dio cuenta del dictamen emitido por la Comisión Informativa de Obras

y Servicios, en reunión celebrada el día 14 de diciembre de 2015, del siguiente contenido:

“El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 1979, aprobó el Reglamento Municipal del Servicio Público Discrecional de Automóviles de alquiler de viajeros. Dicho Reglamento fue modificado por acuerdo del pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de noviembre de 1983. Con fecha 1 de agosto de 2000, se publicó en el BOPV la Ley 2/2000, de 29 de junio, de transporte público urbano e interurbano de viajeros en automóviles de turismo aprobada por el Parlamento Vasco. Con fecha 5 de diciembre de 2002, se publicó en el BOPV el Decreto 243/2002, de 15 de octubre, del Gobierno Vasco, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Transporte Público Urbano e Interurbano de Viajeros de automóviles de turismo. De acuerdo con el artículo 25.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el municipio ejercerá, entre otras, competencias en materia de Transporte público de viajeros. Considerando lo dispuesto en el artículo 3.3 de la citada Ley 2/2000, de transporte público urbano e interurbano de viajeros en automóviles de turismo, corresponde a los Ayuntamientos, dentro del ámbito de transporte urbano, el otorgamiento y anulación de licencias de transporte; la planificación, la inspección y sanciones de los servicios; la fijación de tarifas, con sujeción a los dispuesto en la legislación sobre control de precios, y la acreditación, en su caso, de la aptitud de los conductores. Les corresponde también la elaboración y aprobación de las correspondientes ordenanzas municipales reguladoras de la prestación del servicio, con sujeción a lo dispuesto en esta Ley y sus normas de desarrollo. Vista la regulación sobre la materia contenida en la citada Ley y el citado Decreto, el Ayuntamiento de Santurtzi debe adaptar y actualizar de manera general el hasta ahora vigente Reglamento Municipal. Visto el art. 4 de la citada Ley 7/1985 el cual establece que “en su calidad de Administraciones Públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, corresponde en todo caso a los Municipios las

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potestades reglamentaria y de autoorganización, entre otras. Y según el artículo 22 de la misma ley, corresponde al Pleno del Ayuntamiento ejercer la potestad normativa de las entidades locales, siguiendo el procedimiento establecido en el art. 49 del mismo texto. El nuevo Reglamento ha sido redactado con la participación de la representación de taxistas del municipio de Santurtzi. Por otro lado, una vez elaborado el texto, se convocó a todas las personas titulares de licencia de taxi en el municipio de Santurtzi a una reunión celebrada el día 4 de diciembre de 2015, con el fin de explicar el nuevo texto del Reglamento y escuchar sus aportaciones, facilitándoles una copia del texto a las personas que lo solicitaron. Los aspectos relevantes que se regulan en el presente Reglamento consisten en primer lugar, en la definición de los títulos habilitantes para el ejercicio de la actividad de taxi desarrollando las condiciones para su obtención, su tramitación, el procedimiento de transmisión, así como su extinción. En segundo lugar, se regulan las condiciones para el desempeño de la prestación del servicio de taxi, donde se recogen los derechos y obligaciones de las personas usuarias del servicio y de los/as conductores/as, las condiciones de los vehículos, las condiciones a cumplir por los/as conductores/as en el desempeño de la actividad, la regulación de las paradas, así como las tarifas de los servicios. Por último, en base al Título XI de la Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local, en el que se regula el régimen sancionador de las entidades locales, el presente Reglamento recoge la regulación del régimen sancionador, recogiendo las infracciones que se cometan contra el contenido del mismo y las sanciones que correspondan a esos incumplimientos.” Se dio cuenta de la enmienda presentada por el G.M. SSP STZ, registrada

de entrada en este Ayuntamiento con el número 18653/15, el mismo día 23 de diciembre, del siguiente contenido:

“Exposición de los motivos Ante el desconocimiento de que el equipo de gobierno se encontraba trabajando en este nuevo Reglamento Municipal del Taxi y sin ver la urgencia de aprobarlo en este Pleno, con el objetivo de estudiarla más en profundidad y contrastar con el colectivo afectado y poder de este modo aprobarla o desestimarla con un criterio bien fundamentado, proponemos: Propuesta de Acuerdo - Posponer la aprobación del Nuevo Reglamento del Taxi al siguiente

Pleno.” Sometida a votación la enmienda presentada por el G.M. SSP STZ, fue

rechazada por mayoría de 14 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1); 4 votos a favor emitidos

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por los/as concejales/as del G.M. SSP STZ (4); y 2 abstenciones correspondientes al G.M. EH Bildu (2).

El Ayuntamiento Pleno, por mayoría de 14 votos a favor emitidos por

los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1), y 6 abstenciones correspondientes a los G.M. SSP STZ (4) y EH Bildu (2), ACUERDA:

Primero.- Aprobar inicialmente el Reglamento Municipal del taxi. Segundo.- Proceder a la publicación en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Bizkaia del trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo de TREINTA DIAS, para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Tercero.- En el caso de que no se hubiera presentado ninguna

reclamación o sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, conforme el artículo 49.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a la publicación íntegra del articulado.

Cuarto.- Proceder a la devolución del expediente completo a Obras y

Servicios.

GIZARTE EKINTZA ETA BERDINTASUN ARLOA AREA DE ACCION SOCIAL E IGUALDAD

5.- EMAKUME ETA GIZONEN BERDINTASUNERAKO IV PLANAREN

LUZAPENA ONARTZEA, BIDEZKOA BADA. (PL 16/15-VI-05 ESP.) APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PRÓRROGA DEL IV PLAN DE

IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES. (EXP. PL 16/15-VI-05) Se dio cuenta del dictamen emitido por la Comisión Informativa de Acción

Social e Igualdad, en reunión celebrada el día 14 de diciembre de 2015, del siguiente tenor:

“En fecha 20 de diciembre de 2013 y conforme a lo establecido en el art. art. 15.3 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, el Pleno del Ayuntamiento de Santurtzi aprobó el IV Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Santurtzi (2013-2015). (Exp. PL 13/13-VI-05). El citado precepto establece que “los Ayuntamientos aprobarán planes o programas para la igualdad, de acuerdo con las líneas de intervención y directrices establecidas en la planificación general del Gobierno Vasco, y garantizarán, mediante los recursos materiales, económicos y humanos necesarios, que en cada uno de sus departamentos, organismos autónomos y otros entes públicos dependientes o vinculados se ejecuten

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de forma efectiva y coordinada las medidas previstas en los mencionados planes y en esta Ley”. Un Plan Local para la Igualdad de Mujeres y Hombres es la planificación de un conjunto de acciones y medidas adoptadas tras la realización de un diagnóstico sobre la situación de desigualdad de género existente en el municipio, que pretenden el cumplimiento de los objetivos de trabajo establecidos, de cara a conseguir el avance del principio de igualdad en diferentes espacios de la vida y de la sociedad. Una vez elaborado y aprobado un Plan Local de Igualdad, dicha herramienta es objeto de desarrollo y seguimiento por el personal técnico responsable de esta área en el Ayuntamiento. Fruto de ese seguimiento en el desarrollo y cumplimiento del Plan, y tal y como se pone de manifiesto en el informe elaborado por el Jefe del Servicio de Mujer e Igualdad que se adjunta en el expediente, se estima que, en la actualidad, hay actuaciones del Plan de Igualdad vigente que deben tener un desarrollo más prolongado y un tratamiento más elaborado, dado que aún no se han podido llevar a cabo o no se consideran finalizadas y/o consolidadas, como es la creación de una Comisión de Seguimiento Interdepartamental o la elaboración de una Ordenanza de Igualdad. En base a las razones anteriormente expuestas, el Jefe del Servicio de Mujer e Igualdad establece la necesidad de prorrogar la vigencia del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Santurtzi (2013-2015) durante dos años más.” Se dio cuenta de la enmienda presentada por el G.M. SSP STZ, registrada

en este Ayuntamiento con el número 18652/15, el mismo día 23 de diciembre, del siguiente contenido:

“Exposición de Motivos Después de haber leído el IV Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres y observando que su contenido es muy escaso, que carece de un diagnóstico, de una evaluación y que debería adaptarse a las condiciones actuales, contando con todas aquellas asociaciones o colectivos que pudieran o quisieran participar en su elaboración. Nos vemos en la obligación de solicitar la elaboración de uno nuevo que garantice en mayor medida el logro de una igualdad de oportunidades y trato para hombres y mujeres, cumpliendo el principio de no discriminación. Por todo ello el Grupo Municipal Sí Se Puede Santurtzi plantea la siguiente: Propuesta de Acuerdo - Instar al equipo de gobierno a negociar el V Plan de Igualdad entre

Mujeres y Hombres contando con todos los colectivos que quieran participar en su elaboración, en el tiempo que sea necesario para cumplir plazos legales si los hubiera.”

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Sometida a votación la enmienda presentada por el G.M. SSP STZ, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as del G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3), 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as del G.M. SSP STZ (4), y 3 abstenciones correspondientes a los G.M. EH Bildu (2) y PP (1).

El Ayuntamiento Pleno, por mayoría de 14 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1), y 6 abstenciones correspondientes a los G.M. SSP STZ (4) y EH Bildu (2), ACUERDA

Unico.- Aprobar la Prórroga del IV Plan para la Igualdad de Mujeres y

Hombres, por el periodo de 2 años (2016-2017), para poder seguir desarrollando y ejecutando las acciones y programas previstos en el mismo que aún no se han ejecutado y/o consolidado. MOZIOAK MOCIONES

6.- SI SE PUEDE SANTURTZI UDAL TALDEAK AURKEZTUTAKO

MOZIOA, BIDERAEZINTASUNAGATIK ANTOLAMENDUTIK KANPORA DAUDEN EREMUAK LEHENGORATZEKO. (PL 16/15-IX-06 ESP.)

MOCIÓN QUE PRESENTA EL G.M SÍ SE PUEDE SANTURTZI,

PARA LA REVERSIÓN DE ÁREAS EN SITUACIÓN DE FUERA DE ORDENACIÓN POR INVIABILIDAD. (EXP. 16/15-IX-06)

Se dio cuenta de la moción presentada por el G.M. SSP STZ, para la reversión de áreas en situación de fuera de ordenación por inviabilidad, registrada de entrada en este Ayuntamiento con el número 15268/15, el día 14 de octubre, del siguiente contenido:

“EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS Con la entrada en vigor del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) a fecha 22/06/1998 el municipio entra en periodo de transformación, con una vigencia inicial de dicho plan de ocho años partido en dos periodos de cuatrienios. El PGOU se prolonga en el tiempo: después del 22/06/2006, fecha en la que se estimaba su finalización, al encontrase varias áreas sin transformar de este municipio, continúa el proceso dándose un total de 19 modificaciones puntuales, e intentos de adaptar estas áreas a la situación socio-económica del tiempo, consiguiendo este objetivo en algunas áreas y en otras no por diversos motivos.

Tabla 1. Expedientes urbanísticos

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Además de las modificaciones ya indicadas, el 24 de septiembre de 2015 se aprueba en pleno la formulación de Avance de Modificación puntual nº 18.4. En fecha 12/09/2012 se inicia una revisión de PGOU y en el 3/12/2013 se reinicia el proceso administrativo para la adjudicación en concurso de méritos de la redacción de un nuevo PGOU, concediéndose la nueva licitación a UTE (Arrutiark, SCP y Ajuriaguerra Tres, SLP) en fecha de adjudicación 12/12/2013. Se presenta el documento del Preavance con fecha noviembre de 2014, y también el documento de las jornadas de participación ciudadana celebradas el 19 de marzo de 2014 y el 27 de marzo de 2014. En la presentación del equipo redactor a la ciudadanía se transmite de forma inicial un periodo estimado para su redacción de cuatro años, con una posible ampliación a seis años. Teniendo en cuenta que nos encontramos finalizando la fase 3 del Plan de Participación y que consta

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de un total de 11 fases, llevamos un proceso de prácticamente 3 años y que se prolongará aún en el tiempo. Fases realizadas o en ejecución: Fase 0: Trabajos Previos Fase 1: Análisis de los planes de ordenación del territorio Fase 2: Análisis del uso de la vivienda en el término municipal de Santurtzi Fase 3: Elaboración del Preavance Fases por realizar: Fase 4: Redacción del avance Fase 5: Exposición del avance Fase 6: Elaboración del Plan General de Ordenación Urbana Fase 7: Tramitación administrativa y participación ciudadana sobre el contenido del Plan General Fase 8: Síntesis de la participación ciudadana y contestación a las alegaciones presentadas a la aprobación inicial del plan general Fase 9: Aprobación provisional Fase 10: Aprobación definitiva Fase 11: Primer año de entrada en vigor de PGOU En el documento del preavance el equipo redactor reconoce que ciertas áreas no se han desarrollado por ser inviables: De estos suelos, una parte importante de ellos se plantean con gran dificultad de gestión. En el caso de Regales-Vista Alegre (por abarcar ámbitos con problemáticas diferentes), la portalada (por estar mal delimitada en dos ámbitos) y las ACRs nº 102, 103, 104, 125, 126, 127 y 128 por plantear ordenaciones inviables económicamente. Arrutiak, SCP (2014) Plan General de Ordenación Urbana, Preavance: 12 En el programa electoral que presenta, la agrupación electoral Sí Se Puede Santurtzi (SSPStz) propone a la ciudadanía: “Incluir dentro de Ordenación las zonas inviables Estos puntos necesitan de un gran debate social, ya que el modelo urbanístico está obsoleto y se necesitan nuevas formas de hacer, buscando experiencias en otros lugares de Europa y en otros momentos históricos. Para esto proponemos dar formación previa, para poder dar soluciones con criterio en la toma de decisión y evitar las sucesivos juicios que está sufriendo el municipio, por cierto con un resultado negativo en la mayoría de los casos (Hijas de la Cruz, Oyancas, Bullón y Cuesta Hospital Bajo, Balparda, Koskojales y otros en vía judicial como AGR-207, etc.). Todos estos casos cuentan con algún problema, aparte de las zonas reconocidas como inviables en el pre-avance del PGOU, más algún otro área con problemas o que se le da solución a modo de cambio de cromos, como las canteras, o que su desarrollo tardará muchísimos años y se mantiene fuera de ordenación desde 1998 con el castigo que esto supone (Villar, Kuetos, Cuesta Hospital Alto, Pajares, etc).”

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Entendemos que la fuera de ordenación es una situación temporal para poder facilitar el desarrollo posterior de las áreas y como éstas no se van a poder realizar por su inviabilidad, la parte temporal desaparece y queda sin su sentido original. Además el mismo pre-avance reconoce que se está reflexionando sobre modelos que plantean el crecimiento nulo o muy reducido de las tramas urbanas de la CAPV (página 12 del preavance). Sin alargar lo que supondría un castigo desde la administración para l@s residentes, propietari@s y resto de ciudadan@s con todo lo que origina estar fuera de ordenación urbana, y al no encontrar en las legislaciones la formulación para estos casos, aunque sí otras experiencias administrativas cercanas tomadas por los correspondientes consistorios para regularizar esta carencia, solicitamos la siguiente: Propuesta de Acuerdo 1.- Iniciar dentro del año 2015 las tramitaciones administrativas necesarias para revertir la situación de fuera de ordenación urbana en todas las modalidades de estas zonas; Regales-Vista Alegre, la portalada y las ACRs nº 102, 103, 104, 125, 126, 127 y 128, ya reconocidas como inviables, y ratificar la reversión dentro del primer semestre del 2016.” Visto el informe emitido por la Jefa del Servicio Asesor de Urbanismo, el

día 10 de diciembre de 2015. Sometida a votación la moción presentada por el G.M. SSP STZ, fue rechazada por mayoría de 11 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PP (1), y 9 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. SSP STZ (4), EH Bildu (2) y PSE-EE/PSOE (3). GOBERNU ORGANOEN KONTROLA ETA FISKALIZAZIOA CONTROL Y FISCALIZACION DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO 7.- 2015EKO AZAROAREN 19 ETA ABENDUAREN 15 BITARTEAN

ALKATEAK HARTU ZITUEN ERABAKIEN BERRI EMATEA (2049 ZENBAKITIK 2224 ZENBAKIRA). (PL 16/15-07 ESP.)

DACIÓN DE CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA

DICTADAS ENTRE EL 19 DE NOVIEMBRE Y 15 DE DICIEMBRE DE 2015, NÚMEROS DEL 2049 AL 2224. (EXP. PL 16/15-07)

Se dio cuenta de las resoluciones de Alcaldía dictadas entre el 19 de noviembre y 15 de diciembre de 2015, números del 2049 al 2224. El Ayuntamiento Pleno quedó enterado.

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8.- GALDE-ESKEAK. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Finalizadas las intervenciones se da por concluido el acto, levantándose la sesión a las 10:23 horas, de todo lo cual, extiendo la presente acta, con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, como Secretario CERTIFICO.

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