Seminario Por TerminarFALTA TABLASSSSSS

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO FACULTAD DE INGENIERIA QUIMICA E INGENIERIA METALURGICA CARRERA PROFESIONAL DE INGENIERIA METALURGICA SEMINARIO DE TESIS 2014 PRESENTADO POR: YOVANA CHAUPI QUISPE CODIGO: 100915 CUSCO-PERU “PROPUESTA DE UN PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN PLANTAS CONCENTRADORAS

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SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN PLANTAS CONCENTRADORAS EN LA MINERIA

Transcript of Seminario Por TerminarFALTA TABLASSSSSS

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCOFACULTAD DE INGENIERIA QUIMICA E INGENIERIA METALURGICACARRERA PROFESIONAL DE INGENIERIA METALURGICA

SEMINARIO DE TESIS 2014

PROPUESTA DE UN PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN PLANTAS CONCENTRADORAS

PRESENTADO POR: YOVANA CHAUPI QUISPECODIGO: 100915

CUSCO-PERU AO: 2014

DEDICATORIAA todos los jefes y guardias de seguridad en planta Quienes son los encargados de llevar adelante a la empresa,A los que lucharon por la normatividad en gestin de seguridad Y a los que defienden los derechos de los trabajadores.

I

AGRADECIMIENTOA mi familia, quienes fueron el apoyo moralY fuente de motivacin que necesite paraSeguir adelante.

II

PresentacinSr. Docente de la asignatura de seminario de tesis de la carrera profesional de ingeniera metalrgica.Seores miembros del jurado.Pongo a consideracin el presente trabajo con el ttulo de PROPUESTA DE UN PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN PLANTAS CONCENTRADORAS, cumpliendo con lo establecido por el programa curricular vigente de la carrera profesional de ingeniera metalrgica, y con el objetivo de contar con el creditaje de la mencionada asignatura a travs de su aprobacin.

Este trabajo es el resultado en comn de los trabajadores que desempean cargos en las plantas concentradoras, docentes de la carrera, instructores de seguridad y estudiantes de la carrera. As es el avance de nuevas ideas, nuevos proyectos y un estudio general hacia la seguridad en el trabajo ya que este tema es primordial para cualquier empresa que quiere crecer por lo tanto ser til y necesario. YOVANA CHAUPI QUISPE

III

IV INTRODUCCIN Las actividades de un ingeniero metalrgico en el campo de la seguridad se desarrollan en: la identificacin, evaluacin, anlisis de riesgos ocupacionales y las recomendaciones especficas para su control, a travs de la elaboracin de panoramas de riesgo, visitas de inspeccin a las reas de trabajo, mediciones ambientales y asesora tcnica. La seguridad se puede traducir en una obligacin que la ley impone a los ingenieros y a trabajadores y que tambin se debe organizar dentro de determinadas reglas y hacer funcionar dentro de determinados procedimientos. Los responsables de seguridad estarn obligados a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociacin, los preceptos legales (cada una de las instrucciones o reglas que se dan o establecer para el manejo o conocimiento de un arte o facultad) sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuada para prevenir accidente en el uso de las mquinas, instrumentos y materiales de trabajo, as como a organizar de tal manera, que resulte la mayor garanta para la salud y la vida de los trabajadores Lo satisfactorio es ver el resultado del trabajo disminuyendo el nmero de incidentes y accidentes dentro de la empresa resultado que va directamente proporcional al beneficio de los trabajadores. Lo difcil es crear una cultura de prevencin en todos los rubros de la empresa, es un trabajo bastante complejo, pero al lograrlos los objetivos son muy satisfactorios.

RESUMENEl presente trabajo brinda criterios y herramientas para la elaboracin e implementacin de un Plan de Seguridad y Salud Ocupacional para Plantas Concentradoras. El trabajo toma como referencia al Sistema Internacional de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001, las normas tcnicas peruanas de seguridad y salud en el sector de Minera tales como el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional DS N 055-2010-EM, el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo D.S. N 009 2005 TR., y D.S N 007-2007-TR Modificacin de Artculos del D.S. N 009-2005-TR, La implementacin de este plan pretende cumplir los requisitos establecidos en las normas ya mencionadas y tener un mejor control de la seguridad y calidad aplicadas a las plantas concentradoras, con el fin de lograr un impacto positivo en la productividad de la empresa y reducir sus ndices de siniestralidad laboral. Bajo este contexto, el enfoque que se ha dado en el presente trabajo es el de Proponer un Plan de Seguridad y Salud Ocupacional, detallado basado en conceptos, principios, leyes, normas y metodologas del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud ocupacional OHSAS 18001.

VIIINDICE GENERALDedicatoria.................................................................................................................IAgradecimiento.........................................................................................................IIPresentacin............................................................................................................IIILista de smbolos y abreviaturas.............................................................................IVIntroduccin.....VResumen.VIIndice general.......VIIICAPITULO IMETODOLOGIA DEL ESTUDIO 1.1. Antecedentes.01 1.2. Planteamiento y formulacin del problema.....................................................02 1.3. Justificacin.. ...........................................................................................03 1.3.1. Justificacin Social..04 1.3.2. Justificacin Econmica..05 1.3.3. Justificacin Ambiental06 1.4. objetivos .........................................................................................................07 1.4.1 objetivo general......................................................................................08 1.4.2 objetivos especficos............................................................................. 7 1.5 hiptesis........................................................................................................... 7 1.6. Variables. 1.6.1. Variables dependientes 1.6.2. Variables independientes1.7. Limitaciones1.8. Metodologa

VIII1.9. Cronograma de Actividades.1.10. Matriz de Consistencia.

CAPITULO IIMARCO TEORICO2.1. Antecedentes generales de la minera........................................................7 2.1.1 la minera en la economa nacional.........................................................8 2.1.2 produccin minera.................................................................................. 8 2.1.3 Per en el ranking minero mundial....................................................... 8 2.1.4 caractersticas de una planta concentradora....................................... 9 2.1.5 marco institucional del sector minero.................................................. 11 2.1.6 globalizacin de la actividad minera................................................... 14 2.1.7 modalidad de empleo........................................................................... 14 2.1.8 instituciones vinculadas a la seguridad y salud en la mineria............ 15 2.2. Marco normativo legal de la seguridad y salud en el Per........................ 17 CAPITULO III:GESTIN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL3.1 Antecedentes.................................................................................................. 33 3.2 Sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional ohsas 18001.......... 34 3.2.1 Especificaciones de un sistema de gestin de seguridad y salud Ocupacional 3.2.2 Objetivo de la norma ohsas 18001.................................................. 35 4 3.2.3 Alcances de la norma ohsas 18001................................................. 35 3.2.4 Implementacin del sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional ohsas 18001...................................................... 36 IXCAPITULO IV:PROPUESTA DE UN PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN PLANTAS CONCENTRADORAS

Estructura del plan............................................................................................... 51 4.1. Objetivos del plan......................................................................................... 54 4.2. Descripcin del sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional......... 55 4.3. Responsabilidades de implementacin/ejecucin del plan de seguridad y Salud................................................................................................................ 4.3.1 la alta direccin................................................................................... 55 4.3.2. Superintendente de planta.................................................................. 55 4.3.3. Jefe de planta...................................................................................... 56 4.3.4. Jefe de guardia................................................................................... 56 4.3.5. Ingeniero de seguridad....................................................................... 57 4.4. Elementos del plan....................................................................................... 4.4.1. Identificacin de requisitos legales y contractuales relacionados con la Seguridad y salud en el trabajo. ........................................... 59 4.4.2. Anlisis de riesgos: identificacin de peligros, evaluacin de riesgos y Acciones preventivas (iperc)...................................... 60 4.4.3. Procedimientos de trabajo para las actividades de mineria con nfasis en Las de alto riesgo (petar)............................................. 72 4.4.4. Capacitacin y sensibilizacin del personal de planta: programa de Capacitacin...................................................................................... 84 4.4.5. Gestin de no conformidades: programa de inspecciones.............. 89 4.4.6. Objetivos y metas de mejora en seguridad y salud. ......................... 96 4.4.7. Plan de respuesta ante emergencias............................................... 98 X

4.5 aseguramiento de la implementacin del plan............................................. 99

Conclusiones.100 Recomendaciones...102 Bibliografa..103 ndice de anexos104

XI

CAPITULO I METODOLOGIA DEL ESTUDIO1.1. ANTECEDENTESLa minera constituye, en el caso de Per, uno de los sectores productivos ms relevantes desde el punto de vista de su capacidad para la generacin de recursos econmicos, al contribuir de manera significativa a la obtencin de divisas como consecuencia de un proceso sostenido de inversiones extranjeras y de un consecuente desarrollo de las exportaciones. Al mismo tiempo, las actividades mineras muchas veces ponen a los trabajadores en condiciones y en situaciones de trabajo que podran considerarse de alto riesgo. Esta calificacin puede ser tanto consecuencia de los procesos tecnolgicos que se utilizan, como por las caractersticas geogrficas y el medio ambiente en el que se ubican los emplazamientos de los yacimientos, los modos operativos en que se planifica y ejecuta el trabajo (tales como la duracin y forma en que se organizan las jornadas o los turnos laborales), o aun por otros factores biolgicos y psicosociales contaminantes. Por unas u otras razones, la vida, la seguridad y la salud de los mineros requieren de medidas preventivas especiales destinadas a protegerlos. En pases del primer mundo, se planifica la seguridad y salud desde la concepcin del proyecto. Lo que unido al avance tecnolgico, hace que disminuyan los ndices de accidentabilidad. En estos pases se aplica por lo general, sistemas de gestin de seguridad y salud ocupacional. En nuestro pas, las condiciones de seguridad en una planta concentradora (minera), son deficientes, originndose altos ndices de accidentes traducidos en lesiones, incapacidad temporal o permanente y muertes con los consecuentes daos a la propiedad y equipos. Segn informacin del Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera (Osinergmin), se han registrado 4 accidentes fatales durante el mes de junio, totalizando en lo que va del ao 21 accidentes, de los cuales 12 estn vinculados a empresas contratistas. Las principales causas de accidentes fatales en el sector minero son el desprendimiento de rocas (29%), accidentes de trnsito (29%), intoxicacin, asfixia en plantas concentradoras (5%), cada de personas (10%), succin o enterramiento por hundimiento de mineral (5%), energa elctrica (5%) y otros (14%). Adicionalmente. Existen pocas publicaciones en nuestro medio que se refieran a un Plan de Seguridad y Salud en Plantas Concentradoras, y ninguna tesis que se haya desarrollado en la UNSA sobre el tema.

1.2. PLANTEAMIENTO Y FORMULACION DEL PROBLEMA En nuestro pas la minera otorga un gran aporte a la economa, por lo tanto es muy importante la realizacin de proyectos y operaciones mineros que estn en desarrollo y otras que estn realizndose.Es as que el tema de seguridad si o si se adecua en una empresa grande .Es por eso que una empresa minera lo fundamental es la seguridad por consecuencia todas empresas medianas y pequeas seguirn ese ejemplo.1.3FORMULACION DEL PROBLEMA: Podramos lograr un plan de seguridad del 100% seguro? Cmo aumentar la seguridad de los trabajadores? Qu se tiene que hacer?

1.4 JUSTIFICACION1.4.1 JUSTIFICACION SOCIALEs necesario proponer un Plan de Seguridad y Salud en Plantas Concentradoras detallado, por lo tanto ello nos garantizara la integridad fsica de los trabajadores. Esta propuesta de plan, podra tomarse como referencia para suplir las falencias de las normas actuales, y de preferencia, se debera tomarse en cuenta desde la concepcin de los proyectos.1.4.2 JUSTIFICACION ECONOMICAHoy en da la mejor inversin es la seguridad lo cual es mantenerse con vida en una empresa sin tener que correr diferentes riesgos y as mismo desprestigio de la empresa y el costo incalculable que se dara en planta concentradora sera demasiado, por lo que necesariamente se tiene que invertir en seguridad 1.4.3 JUSTIFICACION AMBIENTALLos recursos naturales no son recursos renovables por lo cual nosotros no debemos terminarlos ni daarlos La seguridad en planta concentradora implica el cuidado mximo del medio ambiente sin realizar una mala prctica por eso seguridad es importante.1.5 OBJETIVOS 1.5.1 OBJETIVO GENERAL Demostrar la importancia de desarrollar una Propuesta de Plan de Seguridad y Salud en Plantas Concentradoras, cumpliendo con las normas, procedimientos, estndares y leyes vigentes 1.5.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS Desarrollar un plan de seguridad y salud describiendo los procedimientos segn norma adecuados en cada actividad, segn materia preventiva Definir las responsabilidades y funciones de todos los participantes en cada punto de trabajo Contribuir con las personas que estn interesados en el tema, ya que podrn adaptar la propuesta a sus necesidades

1.6. HIPTESIS Uno de los factores que ocasionan los incidentes/accidentes es porque las personas o no conocen o hacen caso omiso a las reglas sobre seguridad por ende desde pequeas hay que concientizarlas a todo lo referido a la seguridad, tanto personal como en la industria y minera ya que el control del factor humano es importanteNosotros si nos referimos al aspecto de seguridad en planta concentradora nunca podremos decir que es 100% seguro, pero si podemos minimizar el nmero de accidentes como se dice prevenir antes que lamentar es lo que se quiere.Para conseguir nuestro objetivo Se comenzara con la revisin de la norma del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional D.S.N 055-2010-EM., y dems normas vigentes. 1.7. VARIABLES 1.7.1. VARIABLES DEPENDIENTES Salarios de los trabajadores Reconocimientos y premios. Legislacin y/normatividad 1.7.2. VARIABLES INDEPENDIENTES Volumen de produccin Horarios y turnos de trabajo Capacitaciones y charlas1.8. LIMITACIONESSe comenzara con la revisin de la norma del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional D.S.N 055-2010-EM., y dems normas vigentes. Para tener ms referencias y hacer ms nutrida esta tesis se revisaran normas y bibliografa especializadas en el tema de seguridad industrial y de minera. No se podr presentar los formatos y formularios que son solo para en personal lo cual no se podr tener y las serviran muchsimo para la investigacin. Pero se mostraran tablas que muestren estos datos para ser analizados.Solo abra informacin teorica-cientifica.1.9 METODOLOGIANuestra investigacin se centra en los siguientes mtodos: 1.9.1. METODO ANALITICO.Para lo cual nos remitiremos a las bases de datos de aos atrs y actuales del INEI. 1.9.2. METODO SISTEMATICO-METODO DEDUCTIVO.Para este caso, obtendremos informacin mediante encuestas y entrevistas que se encuentran los cuales sern analizados y seleccionados.1.10. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADESNRO

ACTIVIDADPERIODOS

ABRILMAYOJUNIOJULIO

1Presentacin del ttulo y del primer capituloX

2Aprobacin del plan de seminario de tesis.X

3Recopilacin de textosX

4Seleccin de materialesX

5Evaluacin y resultadosX

6Presentacin del trabajoX

7CorreccionesX

8Total de meses1234

FUENTE: YOVANA CHAUPI QUISPECURSO: SEMINARIO DE TESIS

CAPITULO II MARCO TEORICO2.1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA MINERA 2.1.1 LA MINERA EN LA ECONOMA NACIONAL El Per, dentro del contexto de la economa mundial, es un pas que se encuentra en pleno desarrollo. Durante los primeros aos del quinquenio actual, se han emprendido una seria de cambios en la polticas del Gobierno en pro de reactivar la economa nacional, con la finalidad de promover la inversin privada (nacional o extranjera) en proyectos de infraestructuras y servicios pblicos, los programas de concesin de carreteras, puertos y aeropuertos, son una clara muestra de la apertura del mercado a capitales extranjeros. A lo largo de la historia econmica peruana, la minera ha contribuido al crecimiento econmico del pas y ha sido una fuente importante de ingresos fiscales. 2.1.2 PRODUCCIN MINERA La minera es una actividad extractiva cuyo desarrollo constituye soporte para gran parte de la industria manufacturera y joyera del mundo. Es una actividad vinculada a las finanzas y al medio ambiente. La cotizacin de los minerales ha determinado la evolucin de las bolsas mundiales en estos ltimos aos. 2.1.3 PER EN EL RANKING MINERO MUNDIAL El Per descendi al sexto lugar en el ranking de produccin mundial de oro, tras mantenerse por tres aos consecutivos en la quinta posicin. Nuestro descenso fue publicado por el Gold Survey 2009 que anualmente publica Gold Field Mineral Services Limited (GFMS), la ms importante compaa de investigacin en oro y plata del mundo. Rusia nos desplaz del quinto lugar porque produce 188.7 TM durante el 2008, mientras el Per registr una produccin de slo 179.5 TM. En oro, China es el primer pas productor mundial de oro (292 TM), seguido por Estados Unidos (234.5 TM), frica del Sur (233.3 TM) y Australia (215.2 TM). En cuanto a la plata, el Per se mantiene como el principal productor del mundo. Lo siguen Mxico, China, Australia y Chile. Los principales productores argentferos en el Per son Volcan, Buenaventura, Antamina, Ares, Pan American Silver, Sociedad Minera El Brocal y Empresa Minera Los Quenuales. En el ao 2008 registramos una produccin de plata de 3,685 TM, lo que represent un crecimiento de 5.27 por ciento con relacin al 2007 (3,501 TM). En cobre el Per registr una produccin de un milln 273 mil toneladas mtricas, el ao pasado y se convirti en el segundo productor a nivel mundial, anunci el presidente de la Sociedad Nacional de Minera, Petrleo y Energa (SNMPE), Hans Flury. 9

De esta manera, avanz un puesto en el ranking mundial, desplazando a Estados Unidos que produjo 1.19 millones de toneladas el ao pasado, una fuerte cada respecto a los 1.3 millones que produjo el 2008. En el 2008, el Per produjo 1.27 millones de TM y se mantuvo como tercer productor de cobre en el mundo.. Otros productores mundiales de cobre son China (cuarto lugar con 960 TM), Indonesia (quinto con 950 TM), Australia (sexto con 900 TM) y Rusia (stimo con 750 TM). En el caso del Zinc, el Per ocupa la segunda posicin a nivel mundial. Los cinco primeros pases productores de Zinc del mundo (China, Australia, Per, Estados Unidos y Canad) contribuyen con alrededor del 68.5% de todo el metal a nivel mundial. En los ltimos 10 aos la produccin nacional de Zinc se ha incrementado en 78%, pasando de 899 mil TM en 1999 a 1,602 mil TM en el 2008. Para el caso particular del Per, nuestros principales mercados son Estados Unidos, Colombia, Brasil, Chile, Japn y Venezuela. El Per se encuentra en tercer lugar en la produccin de estao, bismuto y telurio a nivel mundial, y primer lugar en Latinoamrica. Est en cuarto lugar en plomo, siendo primero en Latinoamrica; en octavo lugar en indio y selenio, y dcimo lugar en hierro. 2.1.4 CARACTERISTICAS DE UNA PLANTA CONCENTRADORA Cuando observamos una planta concentradora en operacin, el mineral es concentrado: iniciando el proceso en trituracin (chancado), continua la molienda, clasificacin y finalmente, flotacin, donde se obtiene el producto final o concentrado(s); para lograr este objetivo se ha tenido que pasar por una serie de estudios metalrgicos hasta llevar a cabo el Proyecto Final; todos estos procesos por lo general se hacen en una planta concentradora, donde hay incidentes y accidentes. Segn el Subcaptulo 2 del Articulo N 7 de la Definicin de Trminos del D.S. N 055-2010-EM, Planta Concentradora es: La infraestructura diseada y construida para el proceso de chancado, molienda, flotacin y concentracin metalrgica en el proceso de recuperacin de minerales. SEGN EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DECRETO SUPREMO 055-2010, DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CAPTULO VIII OPERACIONES EN CONCESIONES DE BENEFICIO SUBCAPTULO II PLANTAS CONCENTRADORAS Artculo 296.- El titular minero est obligado a elaborar e implementar el cumplimiento de los estndares, procedimientos y prcticas para un trabajo preventivo y eficiente que normen las actividades que se realiza en una planta concentradora: desde la alimentacin de gruesos hasta el despacho de concentrados y depsito de relaves; comprendiendo, segn el caso, la carga y descarga de tolvas, trabajos en alimentadores, operaciones en chutes, chancado y molienda, clasificacin, acondicionamiento, flotacin, espesamiento, filtracin, secado, disposicin de relaves, transporte en fajas, cambio de blindajes de chancadoras y molinos, manipulacin de reactivos, operacin de gras-puente, trabajos en laboratorio metalrgico y qumico, manejo de soluciones calientes, cidas y alcalinas, almacenamiento de productos, operaciones mecnicas, elctricas, neumticas, hidrulicas, control de contaminantes en general y polvos en particular. La mencin de estas actividades es meramente enunciativa y no taxativa. Artculo 297.- En los trabajos de reparacin, mantenimiento y limpieza de los equipos e instalaciones que se use en las actividades descritas en el artculo anterior, se permitir el ingreso de trabajadores, previa autorizacin escrita otorgada por el responsable, slo si se hubieran tomado las siguientes precauciones: a) Que se desarrolle y se discuta el procedimiento en funcin al trabajo realizado. b) Que se planifique y se programe la ejecucin del trabajo. c) Que se asle con cintas y/o conos la zona de trabajo y se coloque avisos en los accesos o entradas d) Que el ingeniero supervisor verifique que la carga y descarga de material estn suspendidos y ordene que se coloque seales de advertencia y barreras que prevengan el peligro. e) Que el personal est usando el Equipo de Proteccin Personal (EPP) correspondiente y arns de seguridad con cables nuevos, de resistencia comprobada y una longitud del cable del arns de 1.2 metros desde la argolla que sujeta al trabajador al gancho del cable de vida. f) Que el ingeniero supervisor de turno ordene el inicio de los trabajos de mantenimiento o reparacin, asegurndose que el fluido elctrico se encuentre fuera de servicio utilizando un sistema de candado y tarjetas de seguridad (Lock Out - Tag Out).

Artculo 298.- En las etapas de operaciones y procesos de beneficio de minerales, los trabajadores debern cumplir con las siguientes disposiciones de seguridad: a) Emplear colectores (gravimtricos, electro filtros y otros), atomizadores de agua y riego adecuado de los pisos en los puntos de descarga de mineral, en las chancadoras y otros como el patio de concentrados, en los que pudieran generarse partculas en suspensin y polvo por la sequedad del mineral.b) En los procesos en los que se utilice cianuro, todos los trabajadores deben estar instruidos sobre el uso de antdotos, los mismos que deben estar ubicados en un lugar conocido y accesible para su inmediata utilizacin.c) Para casos de emergencia, en las plantas donde se usa materiales qumicos peligrosos, se instalar lava ojos y duchas de agua en lugares cercanos a los lugares de manejo de dichos materiales.

Artculo 299.- Los depsitos de relaves, pilas de lixiviacin (PADs) y botaderos se fiscalizarn de acuerdo a la autorizacin de funcionamiento del proyecto aprobado por la autoridad minera competente. Para la operacin de los depsitos de relaves, pilas de lixiviacin (PADs) y depsitos de desmonte (botaderos), el titular minero est obligado a contar permanentemente con supervisin profesional a cargo de un ingeniero especializado y con experiencia en geotecnia. 2.1.5 MARCO INSTITUCIONAL DEL SECTOR MINERO El sector puede describirse a travs de la actualidad de los organismos de gobierno y las diversas organizaciones privadas a la minera El Ministerio de Energa y Minas: Es el organismo central y rector del Sector Energa y Minas, y forma parte integrante del Poder Ejecutivo. El Ministerio de Energa y Minas tiene como finalidad formular y evaluar, en armona con la poltica general y los planes del Gobierno, las polticas de alcance nacional en materia del desarrollo sostenible de las actividades minero - energticas. As mismo, es la autoridad competente en los asuntos ambientales referidos a las actividades minero - energticas. El Ministerio de Energa y Minas tiene como objetivo promover el desarrollo integral de las actividades minero - energticas, normando, fiscalizando y/o supervisando, segn sea el caso, su cumplimiento; cautelando el uso racional de los recursos naturales en armona con el medio ambiente. Segn el Captulo 2 Autoridad Minera, Subcaptulo1 Direccin General de Minera Articulo N 8 D.S. N 055-2010-EM, dice: El Ministerio de Energa y Minas es la autoridad minera competente en materia de poltica y normativa de seguridad y salud ocupacional. Ejerce su competencia a travs de la Direccin General de Minera cuyas atribuciones son, entre otras: a) Proponer las normas y polticas de Seguridad y Salud Ocupacional para las actividades mineras. b) Incentivar la implementacin de sistemas de gestin preventiva que tienda a mejorar las condiciones de trabajo en la actividad minera, de acuerdo con los avances tcnicos y cientficos. c) Autorizar a las instituciones o titulares mineros para certificar la calificacin de las competencias de los trabajadores del Sector Minero. d) Difundir, a travs de su pgina web, las estadsticas de incidentes, accidentes incapacitantes y accidentes mortales ocurridos a nivel nacional. e) Elaborar el informe tcnico econmico para fijar el Arancel de Fiscalizacin Minera, el que ser establecido anualmente mediante resolucin del Ministerio de Energa y Minas. f) Verificar la implementacin de los requisitos para otorgar autorizaciones especiales, uso de anfo sobre laboreo de mina subterrnea y condiciones de operacin distintas a las fijadas en los permisos vigentes, a solicitud y por cuenta del titular minero. g) Elaborar y/o actualizar las guas para el mejor cumplimiento del presente reglamento, mediante resolucin directoral de la Direccin General de Minera Otras que se le encarguen. Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera OSINERGMIN: Regular y supervisar los sectores de energa y minera con autonoma y transparencia para generar confianza a la inversin y proteger a la poblacin. Segn el Subcaptulo 2 Articulo N 9 D.S. N 055-2010-EM, dice: El Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera -OSINERGMIN es la autoridad minera competente para verificar el cumplimiento del reglamento para la Mediana y Gran Minera, conforme a las facultades y atribuciones contenidas en las normas vigentes. Con fines de evaluar la gestin de Seguridad y Salud Ocupacional a nivel nacional, OSINERGMIN deber informar semestralmente al Ministerio de Energa y Minas los resultados de las acciones de fiscalizacin. Ministerio del Trabajo y Promocin del Empleo (MTPE): Es la institucin rectora de la administracin del Trabajo y la Promocin del Empleo, con capacidades desarrolladas para liderar la Implementacin de polticas y programas de generacin y mejora del empleo, contribuir al desarrollo de las micro y pequeas empresas (Mypes), fomentar la previsin social, promover la formacin profesional; as como velar por el cumplimiento de las Normas Legales y la mejora de las condiciones laborales, en un contexto de dilogo y concertacin entre los actores sociales y el Estado. Colegio de Ingenieros del Per: Es una institucin deontolgico, sin fines de lucro, que representa y agrupa a los ingenieros profesionales del Per, de todas las especialidades, que cautela y preserva el comportamiento tico de sus miembros, y debe asegurar al Per que cuenta con una profesin nacional que ejerce la ingeniera en un contexto de orden, respeto, competitividad, calidad y tica, y que est enraizada en sus valores sociales, culturales y polticos, como base fundamental en el proceso de desarrollo de la nacin. Gobiernos Regionales: Segn el Subcaptulo 3 del Articulo N 10 dice; Los Gobiernos Regionales son la autoridad minera competente para verificar el cumplimiento del reglamento para la Pequea Minera y Minera Artesanal, en los siguientes aspectos: a) Fiscalizar las actividades mineras en lo que respecta al cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud Ocupacional. b) Disponer la investigacin de accidentes mortales y casos de emergencia. c) Ordenar la paralizacin temporal de actividades en cualquier rea de trabajo de la unidad minera, cuando existan indicios de peligro inminente, con la finalidad de proteger la vida y salud de los trabajadores, equipos, maquinarias y ambiente de trabajo, y la reanudacin de las actividades cuando considere que la situacin de peligro ha sido remediada o solucionada. d) Resolver las denuncias presentadas contra los titulares mineros en materia de Seguridad y Salud Ocupacional. e) Otras que se seale en disposiciones sobre la materia.

Con fines de evaluar la gestin de Seguridad y Salud Ocupacional a nivel nacional, los Gobiernos Regionales debern informar semestralmente al Ministerio de Energa y Minas los resultados de las acciones de fiscalizacin. Federacin Nacional de Trabajadores Mineros Metalrgicos y Siderrgicos del Per-FNTMMSP: Institucin Sindical que mantiene abierto dialogo entre trabajadores, empresas y el gobierno, en salvaguarda de los derechos de los trabajadores del sector Minero, Metalrgico y Siderrgico. 1.2.6 GLOBALIZACION DE LA ACTIVIDAD MINERA En el Per, el nmero de personas cuyo sustento se basa en la actividad minera es de 2.519.520, de las cuales 125.976 obtienen empleo directo, 503.904 empleo indirecto y 1.889.640 personas dependen de los trabajadores, inform el ministerio de Energa y Minas de Per (MEM). Estas cifras muestran el impacto que tiene la minera y lo que ella representa como la principal fuente de ingresos para importantes sectores de nuestra poblacin. De acuerdo al libro Minera Peruana: Contribucin al Desarrollo Econmico y Social en el ao 2009, que prepar el Instituto de Ingenieros de Minas del Per (IIMP) y ha sido revisado por el ministerio, la remuneracin que pagan las empresas mineras a sus trabajadores es superior a la de otros sectores de la economa, conforme a una informacin tomada del INEI. En 2009, las remuneraciones que se abonaron en el sector minero sumaron 4.356 millones de nuevos soles (US$1.557 millones), pero esta cifra no incluye el pago que se realiz a los empleados venidos del exterior para determinadas trabajos especializados. En 2009 los titulares mineros reportaron al MEM que los trabajadores vinculados directamente al sector eran 125,976. El promedio de los tres ltimos aos fue de 129 mil. La gran y mediana minera, que por lo general recurren a tecnologa avanzada, entre ambas alcanzaron el 87.39%, mientras que la pequea minera y minera artesanal representaron el 11.64 % (14, 659 personas) y 0.97% (1,224 personas) de este universo en el 2009, respectivamente. Las regiones que cuentan con ms trabajadores mineros son La Libertad (15 mil), Junn (15 mil), Arequipa (13 mil), Pasco (13 mil), Cajamarca (10 mil), Lima (10 mil) y Puno (9 mil). En conjunto, ellas representan el 70% del total general, adems trabajadores proceden de las localidades prximas a las operaciones mineras.

1.2.7 MODALIDAD DE EMPLEO La modalidad de empleo determina la relacin entre el empleador y el trabajador, as como el grado de responsabilidad y compromiso que existe entre ellos. Las empresas que representan a la minera responsable ya sea gran, media o pequea minera contratan a la mayora de su personal bajo la modalidad de planilla, asumiendo el empleador el pago de aportaciones correspondientes al seguro social (ESSALUD) o Entidades aseguradoras privadas, adems de los beneficios que por ley le corresponden al trabajador. En el caso de actividades especficas de carcter temporal, es usual la modalidad de honorarios profesionales, la cual exime al empleador del pago de aportaciones al seguro y dems beneficios, debiendo el empleado asumir el pago de estas aportaciones e impuestos al Estado. Otra modalidad de contratacin frecuentemente usada en el sector minero es el subcontrato en este caso el contratista principal (empleador) subcontrata parte de la obra a otro contratista. Esta modalidad contempla el pago de un monto determinado por la prestacin de un servicio o la ejecucin de algn trabajo especfico. En el caso de la actividad informal (minera informal), el trabajador recibe una remuneracin, sin que exista ningn documento (boleta de pago o recibo de carcter oficial) que acredite la relacin laboral entre las partes. 1.2.8 INSTITUCIONES VINCULADAS A LA SEGURIDAD Y SALUD EN LA MINERIA El marco institucional de la seguridad y salud en el trabajo en el sector minero est definido por la actuacin del Estado como ente normativo y de control, y las organizaciones gremiales como nexo entre los trabajadores, los profesionales, los empresarios y el Gobierno. El Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo (MTPE) adems de establecer los reglamentos necesarios, tiene la funcin de vigilar y coordinar con los dems sectores el cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad ocupacionales. Es as que, el 19 de Marzo de 2004, se implementa la Direccin de Proteccin del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo, con la finalidad de reactivar las funciones de la Direccin General de Higiene y Seguridad Ocupacional desactivada en 1992. Las funciones especficas de la Direccin son: Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, capacitar y orientar a empleadores y trabajadores, promover el desarrollo del trabajo decente orientado hacia el control de las condiciones de seguridad, la investigacin de los accidentes reportados y la capacitacin de los trabajadores a travs de charlas solicitadas por el empleador. Asimismo, de acuerdo a la legislacin vigente LEY N 26790 17/05/1997 de Ley de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud, 17 de mayo de 1997, el MTPE tiene a su cargo la administracin del registro de empresas de alto riesgo, la supervisin del cumplimiento de lo reglamentado por el Seguro complementario de alto riesgo, y la aplicacin de las sanciones correspondientes a las empresas que incumplan lo dispuesto en la norma vigente. Adems el Ministerio de Energa y Minas (MEM), con la finalidad de enmarcar adecuadamente los aspectos referidos a bienestar, escuelas, recreacin, servicios de asistencia social y de salud, no considerados en el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera aprobado por Decreto Supremo N 046-2001-EM y habindose considerado, asimismo, incorporar nuevos conceptos tcnicos, resulto necesario aprobar el nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional por Decreto Supremo N 055-2010-EM ESSALUD, a travs de la Sub-Gerencia de Salud Ocupacional, ha implementado, a partir de diciembre de 1992, el Programa Nacional de Salud Ocupacional, con la finalidad de cubrir las necesidades de los diferentes sectores productivos del pas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Dentro de los alcances del Programa, se han creado los Centros de Prevencin de Riesgos de Trabajo (CEPRIT), entidades especializadas en asistencia y asesoramiento tcnico para el diseo e implementacin de programas de control de factores de riesgo. Los CEPRIT cuentan con un equipo de profesionales, entre mdicos, ingenieros, psiclogos, asistentes sociales y enfermeras, que analizan, evalan y proponen alternativas de solucin para el control de los riesgos presentes en el ambiente laboral. Asimismo, las Normas tcnicas del seguro complementario de trabajo de riesgo asignan al ESSALUD la responsabilidad de registrar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La Direccin General de Salud Ambiental (DIGESA): Es el rgano tcnico normativo en los aspectos relacionados al saneamiento bsico, ecologa y proteccin del ambiente, higiene alimentaria y zoonosis, salud ocupacional y laboratorio de control ambiental. Funciones: Proponer y hacer cumplir la poltica nacional de salud ambiental, a fin de controlar los agentes contaminantes y mejorar las condiciones ambientales para la proteccin de la salud de la poblacin. Articular y concertar los planes, programas y proyectos nacionales de salud ambiental Establecer las normas de salud ambiental y monitorear y evaluar su cumplimiento Conducir la vigilancia de riesgos ambientales y la planificacin de medidas de prevencin y control Promover en la sociedad una conciencia en salud ambiental, propiciando su participacin en la bsqueda de entornos ambientales saludables que permitan la proteccin de la salud, el autocontrol de los riesgos ambientales y el desarrollo de una mejor calidad de vida de las personas Promover el permanente desarrollo de las capacidades, habilidades y conocimientos de los recursos humanos en salud ambiental, en coordinacin con el instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. Desarrollar la investigacin aplicada con base en los riesgos ambientales identificados. Disear, redisear y mejorar continuamente el proceso de Salud Ambiental. 1.3 MARCO NORMATIVO LEGAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL PER La Constitucin Poltica de 1979 (Artculo N 47) daba al Estado la responsabilidad de legislar sobre seguridad e higiene en el trabajo, a fin de prevenir los riesgos profesionales y asegurar la salud y la integridad fsica y mental de los trabajadores. La actual Constitucin Poltica (1993) no establece en forma explcita esta responsabilidad. Sin embargo, existen elementos en la Constitucin vigente que obligan al Estado asumir responsabilidades en materia de seguridad y salud en el trabajo. Asimismo, existen convenios internacionales del trabajo que refuerzan la legislacin nacional, los mismos que, al haber sido ratificados por el Gobierno peruano, constituyen parte del derecho interno y por tanto son de obligado cumplimiento por parte del Estado y los ciudadanos del pas. La actual legislacin en materia de seguridad y salud en el trabajo se basa en normas sectoriales, cada sector cuenta con su propia norma. El 28 de Septiembre de 2005 se aprob el D.S. N 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, que es una norma de marco general que puede servir como referencia a un sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo. La publicacin de la Ley N 26790, de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud (17.05.97), que sustituy en todos sus efectos el Decreto Ley N 18846, de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, introdujo un nuevo concepto en materia de seguridad y salud en el trabajo: el seguro complementario de trabajo de riesgo. Dicho seguro cubre a los afiliados regulares que laboran en actividades de alto riesgo, entre las que est considerada la mineria. Dicha cobertura incluye prestaciones de salud, pensin de invalidez temporal o permanente, pensin de sobre vivencia y gastos de sepelio, por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Esta ley precisa la obligacin de la entidad empleadora de declarar su condicin de alto riesgo ante el Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo, y de inscribirse en el Registro que dicho organismo administrativo. Asimismo, deber contratar este seguro para la totalidad de sus trabajadores que realicen actividades de alto riesgo o estn expuestos a ellas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa empleadora dar lugar a sanciones administrativas, hacindola responsable ante las entidades pertinentes por el costo de las prestaciones que dichas entidades otorgarn al trabajador, en caso de producirse un accidente de trabajo; ello sin perjuicio de las acciones legales que podrn iniciar el trabajador y sus beneficiarios por los daos y perjuicios que les hayan sido ocasionados. El actual D.S. 055-2010 Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional que deroga el D. S. N 046-2001-EM Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, ya que se modificaron varios puntos en materia del bienestar del trabajador en seguridad y salud ocupacional.

NORMAS RELACIONADAS A LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN PLANTAS CONCENTRADORAS

Constitucin Poltica de 1993: El derecho a la proteccin de la salud de las personas y de su comunidad s se encuentra recogido en el texto constitucional (Art. 7), as como tambin se encuentra establecida la responsabilidad del Estado para determinar la poltica nacional de salud, normando y supervisando su aplicacin (Art. 9). Al ser el derecho a la salud un derecho de categora constitucional; no es legalmente permitido que el desempeo del trabajo genere un perjuicio o un riesgo a la salud del trabajador. La Ley General de Salud N 26842, en el captulo VII "De la Higiene y Seguridad en los Ambientes de Trabajo", estipula, que quienes conduzcan o administren actividades de extraccin, produccin, transporte y comercio de bienes y servicios, cualesquiera que stos sean, tienen la obligacin de adoptar las medidas necesarias para garantizar la proteccin de la salud y la seguridad de los trabajadores y terceras personas en sus instalaciones o ambientes de trabajo (Art. 100), quedando claro que la proteccin de la salud y seguridad de los trabajadores es responsabilidad del titular de la actividad econmica. Debe sealarse que por mandato expreso de esta misma ley corresponde a la Autoridad de Salud la regulacin de las condiciones de higiene y seguridad de las instalaciones, mquinas y cualquier otro elemento relacionado con el desempeo de actividades econmicas (Art. 102).

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO

Las Normas tcnicas del seguro complementario de trabajo de riesgo precisan que las entidades empleadoras que contraten obras, servicios o mano de obra proveniente de cooperativas de trabajadores, empresas de servicios especiales temporales o complementarios, contratistas, subcontratistas o de instituciones de intermediacin o provisin de mano de obra estarn obligadas a verificar que todos los trabajadores destacados a centros de trabajo donde se realicen actividades de alto riesgo estn debidamente asegurados conforme a lo reglamentado; caso contrario, contratarn el seguro complementario por cuenta propia, a fin de garantizar la cobertura de dichos trabajadores, bajo responsabilidad de responder solidariamente con dichas empresas proveedoras frente al trabajador afectado y los organismos pertinentes.

NORMATIVIDAD:

LEY 26790: Ley de Modernizacin de Seguridad Social en Salud

D.S. 009-97-SA: Reglamento de Ley 26790

D.S. 003-98-SA: Normas tcnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

R.M. 090-97-TR: Registro de empresas de alto riesgo

BENEFICIOS:

Cobertura de Salud: ESSALUD o EPS

Asistencia preventiva

Atencin mdica cualquier nivel de complejidad

Rehabilitacin y readaptacin laboral

Aparatos de ortopedia y prtesis necesarios

Cobertura de invalidez y sepelio: ONP o Empresas Aseguradoras

Pensin de Sobre vivencia

Pensin de invalidez

Gastos de Sepelio

Obligados: - Empleador (centro de trabajo - unidad administrativa.)REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO D.S.009-2005 TR

El Estado Peruano ha establecido un reglamento que impone a las empresas, nuevas obligaciones para implantar Sistemas de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo basados en el Sistema OHSAS 18001. Este reglamento es un imperativo legal que obliga a todos los sectores productivos del pas, entre ellos el de la minera, a establecer los principios y exigencias mnimos que todas las instituciones o empresas involucradas deben cumplir para suministrar, mantener y mejorar las condiciones bsicas de la proteccin que sus trabajadores necesitan al exponerse a riesgos en el lugar de trabajo. Por ello las empresas deben prepararse para poder implementar este Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, no slo para evitar sanciones sino para mejorar la satisfaccin de sus propios intereses, integrando la mejora de la seguridad y salud a los procesos productivos. As en el Ttulo III, Cap. 1, Art. 11 del reglamento mencionado se establecen los principios del sistema de gestin de seguridad y salud en el trabajo que las empresas deben cumplir como mnimo respecto a las normas de prevencin de los riesgos laborales: 1. Proteccin: Trabajo en ambiente seguro y saludable

2. Prevencin: Medidas de proteccin a personal propio, a terceros o visitantes. 3. Responsabilidad: El empleador asume implicancias econmicas por accidentes o enfermedades en el desempeo de sus funciones o como consecuencias de ella.

4. Cooperacin: Entre el Estado, empleadores y los trabajadores.

5. Informacin y capacitacin preventiva

6. Gestin Integral: Integrar la seguridad y salud en el trabajo a la gestin de la empresa.

7. Atencin Integral de la Salud: Rehabilitar y reinsertar al trabajador a la vida laboral (cuando sea posible).

8. Consulta y participacin promovida por el Estado.

9. Veracidad: Informacin completa y veraz a ser brindada por empleadores, trabajadores y entidades pblicas y privadas responsables del cumplimiento de legislacin en materia de salud y seguridad en el trabajo.

Segn el Artculo 24 del D.S. 009 - TR las empresas con ms de 25 trabajadores deben elaborar un reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo que contenga los siguientes puntos: 1. Objetivos y alcances

2. Liderazgo, compromisos y la poltica de seguridad y salud. 3. Atribuciones y obligaciones del empleador, de los supervisores, del comit de seguridad y salud, de los trabajadores y de las empresas que les rindan servicios si las hubiera.

4. Estndares de seguridad y salud en las operaciones

5. Estndares de seguridad y salud en los servicios y actividades conexas.

6. Estndares de control de los peligros existentes y riesgos evaluados.

7. Preparacin de respuesta a emergencias.

Asimismo en los Artculos 12, 13 y 14 el reglamento establece que las empresas deben: 1. Asegurar el compromiso visible con la salud y la seguridad de los Trabajadores (Poltica).

2. Lograr una coherencia entre lo que se planifica y lo que se realiza (Planificacin).

3. Propender al mejoramiento continuo (Mejora Continua).

4. Evaluar los principales riesgos que puedan ocasionar las mayores prdidas a la salud y seguridad de los trabajadores, el empleador y otros.

5. La identificacin de las desviaciones de las prcticas y condiciones aceptadas como seguras.

6. Establecimiento de estndares de seguridad.

7. Verificacin y Accin Correctiva del desempeo del sistema

8. La medicin peridica del desempeo con respecto a los estndares.

9. La correccin y reconocimiento del desempeo del sistema.

10. Las medidas de prevencin y proteccin que se deben aplicar: eliminacin de los peligros y riesgos, tratamiento, control o aislamiento de peligros y riesgos, minimizar adoptando sistemas de trabajo seguro que incluyan disposiciones administrativas de control.

El reglamento es claro al indicar en su Art. 47 que la evaluacin de riesgos debe ser actualizada una vez al ao como mnimo o cuando cambien las condiciones de trabajo o se hayan producido daos a la seguridad y salud.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DECRETO SUPREMO 055-2010, DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL TTULO TERCERO GESTIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CAPTULO I LIDERAZGO Y COMPROMISO

Artculo 54.- La alta gerencia del titular minero liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la empresa conducentes a la implementacin del sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional, a fin de lograr el xito en la prevencin de incidentes y enfermedades ocupacionales, en concordancia con las prcticas aceptables de la industria minera y la normatividad vigente. La alta gerencia del titular minero asumir el liderazgo y compromiso con la seguridad y salud ocupacional, incluyendo lo siguiente: a) Estar comprometidos con los esfuerzos de seguridad y salud ocupacional de La empresa

b) Administrar la seguridad y salud ocupacional de la misma forma que administra la productividad y calidad del trabajo.

c) Integrar la seguridad y la salud ocupacional en todas las funciones de la empresa, incluyendo el planeamiento estratgico.

d) Involucrarse personalmente y motivar a los trabajadores en el esfuerzo de cumplir con los estndares y normas relacionados con la seguridad y salud ocupacional

e) Asumir su responsabilidad por la seguridad y salud ocupacional, brindando el apoyo econmico necesario.

f) Liderar y predicar con el ejemplo, determinando la responsabilidad en todos los niveles.

g) Comprometerse con la prevencin de incidentes, lesiones y enfermedades ocupacionales, promoviendo la participacin de los trabajadores en el desarrollo e implementacin de actividades de Seguridad y Salud Ocupacional, entre otros.

h) Implementar las mejoras necesarias de acuerdo a la naturaleza y magnitud de los riesgos de seg. y salud ocupacional de la empresa.

CAPTULO II POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Artculo 55.- La declaracin general de una poltica de Seguridad y Salud Ocupacional deber establecerse por escrito, reflejando efectivamente una actitud positiva y el compromiso de la administracin por la seguridad minera y salud ocupacional, entendiendo que stas son responsabilidad directa de todos los funcionarios de lnea as como de todos los trabajadores. Artculo 56.- La alta gerencia del titular minero establecer la poltica de seguridad y salud ocupacional, siendo responsable de su implementacin y desarrollo, de forma que brinde cobertura a todos los trabajadores; asegurndose, dentro del alcance definido de su sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional, que: a) Sea apropiada a la naturaleza y magnitud de los riesgos de seguridad y salud ocupacional de la empresa.

b) Incluya un compromiso de prevencin de lesiones y enfermedades y de mejora continua.

c) Incluya un compromiso de cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente reglamento, en las normas legales y en las normas internas.

d) Establezca metas y objetivos de seguridad y salud ocupacional.

e) Est documentada, implementada y vigente.

f) Sea comunicada a todos los trabajadores con la intencin que ellos estn conscientes de sus obligaciones individuales de seguridad y salud ocupacional.

g) Est disponible para todos los trabajadores y partes interesadas. para los visitantes.

h) Sea visible para todos los trabajadores as como para los visitantes.

i) Sea revisada peridicamente para asegurar que se mantiene relevante y apropiada para la empresa.

Artculo 57.- La gestin empresarial deber considerar en su contenido la parte del desarrollo humano, del manejo responsable y sostenido de los recursos naturales, velando por la seguridad, la preservacin del ambiente y por las relaciones armoniosas entre la empresa y la sociedad civil, sin poner en riesgo la satisfaccin de necesidades de las generaciones futuras. CAPTULO III PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Artculo 58.- La gestin y establecimiento del Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional de la Ley comprende al titular minero, a las empresas contratistas mineras y a los contratistas de actividades conexas.

Todo Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional debe ser parte del sistema de gestin empresarial de seguridad y salud ocupacional que debe estar bajo el liderazgo de la Gerencia General o su equivalente y/o del titular minero. El Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional contendr, entre otros aspectos, lo siguiente: a) Metas cuantificables cuyos resultados permitirn apreciar su progreso o deterioro. Una de dichas metas ser la de reducir permanentemente los ndices de frecuencia, severidad y la incidencia de enfermedades ocupacionales, las cuales debern ser presentadas con el mayor detalle posible. El programa ser evaluado mensualmente y los resultados sern registrados y estarn a disposicin de la autoridad minera cuando sta lo requiera.

b) El planeamiento, organizacin, direccin, ejecucin y control de las actividades encaminadas a identificar, evaluar, reconocer, especificar lineamientos y registrar todas aquellas acciones, omisiones y condiciones de trabajo que pudieran afectar la salud o la integridad fsica de los trabajadores, daos a la propiedad, interrupcin de los procesos productivos o degradacin del ambiente de trabajo.

c) El Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional de cada unidad econmica administrativa o concesin minera, que incluya concesin de beneficio, de transporte minero y labor general, de ser el caso, el que deber ser elaborado tomando como base el diagnstico situacional o la evaluacin de los resultados del programa anterior. La copia del acta de aprobacin ser remitida a la autoridad minera antes del 31 de diciembre de cada ao. Dicho Programa ser elaborado y puesto a disposicin de la autoridad minera y su respectivo fiscalizador en la oportunidad que lo soliciten para verificar su cumplimiento.

d) El nmero de monitoreos que se realizar, segn el anlisis de riesgo en el ambiente de trabajo de cada labor y a nivel de grupos de exposicin similar (trabajadores), considerando los agentes fsicos, qumicos, biolgicos, ergonmicos y otros factores a los que estn expuestos.

e) Cronograma de ejecucin y presupuesto aprobado y financiado por el titular minero que comprender a todos los trabajadores.

Artculo 59.- Todo titular minero deber establecer su propio Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional por cada unidad econmica administrativa o concesin minera, de beneficio, de labor general y de transporte minero. CAPTULO IV COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Artculo 60.- El Comit de Seguridad y Salud Ocupacional se constituir para todas las actividades sealadas en el artculo 2 del presente reglamento.

Artculo 61.- Todo titular minero con veinticinco (25) trabajadores o ms (incluidos los trabajadores de empresas contratistas mineras y empresas contratistas de actividades conexas) por cada UEA o concesin minera, deber constituir un Comit de Seguridad y Salud Ocupacional, el cual deber contar con un Reglamento de Constitucin y Funcionamiento. Dicho comit deber ser paritario, es decir, con igual nmero de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora y estar integrado hasta por doce (12) miembros, incluyendo: a) Gerente General o la mxima autoridad de la empresa.

b) Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional.

c) Mdico del Programa de Salud Ocupacional.

d) Otros integrantes nominados por el titular minero.

e) Representantes de los trabajadores que no ostenten el cargo de supervisor o realicen labores similares y que el trabajo que desempeen sea por cuenta del titular minero o de las empresas contratistas mineras o de las empresas contratistas de actividades conexas. Tales representantes sern elegidos por el plazo de un ao, mediante votacin secreta y directa, Dichos miembros sern capacitados en el Sistema de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional.

Los suplentes ante el Comit de Seguridad y Salud Ocupacional participarn nicamente en ausencia de los titulares. Artculo 62.- Todo titular minero con menos de veinticinco (25) trabajadores debe capacitar y nombrar entre los trabajadores de sus reas productivas, cuando menos, a un supervisor de seguridad y salud en el trabajo por turno que tenga las mismas obligaciones y responsabilidades del comit, indicadas en el artculo 63 subsiguiente. Artculo 63.- Son funciones del Comit de Seguridad y Salud Ocupacional: a) Hacer cumplir el presente reglamento armonizando las actividades de sus miembros y fomentando el trabajo en equipo.

b) Elaborar y aprobar el reglamento y constitucin del Comit de Seguridad y Salud Ocupacional.

c) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional. d) Programar las reuniones mensuales ordinarias del Comit de Seguridad y Salud Ocupacional que se llevarn a cabo un da laborable dentro de la primera quincena de cada mes, para analizar y evaluar el avance de los objetivos y metas establecidos en el Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional mientras que la programacin de reuniones

extraordinarias se efectuar para analizar los accidentes fatales o cuando las circunstancias lo exijan.

e) Llevar el libro de actas de todas sus reuniones, donde se anotar todo lo tratado en las sesiones del Comit de Seguridad y Salud Ocupacional; cuyas recomendaciones con plazos de ejecucin sern remitidas por escrito a los responsables e involucrados.

f) Realizar inspecciones mensuales de todas las instalaciones, anotando en el Libro de Seguridad y Salud Ocupacional las recomendaciones con plazos para su implementacin; asimismo, verificar el cumplimiento de las recomendaciones de las inspecciones anteriores, sancionando a los infractores si fuera el caso.

g) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional, el cual ser distribuido a todos los trabajadores.

h) Aprobar el plan de minado anual para las actividades mineras de explotacin con operaciones continuas.

i) Analizar mensualmente las causas y las estadsticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales, emitiendo las recomendaciones pertinentes.

j) Convocar a elecciones para el nombramiento del representante de los trabajadores ante el Comit de Seguridad y Salud Ocupacional, y nombrar a la Junta Electoral.

k)Imponer sanciones a los trabajadores, incluyendo a los de la alta gerencia de la unidad minera, que infrinjan las disposiciones del presente reglamento, disposiciones legales vigentes y resoluciones que emita la autoridad minera, retarden los avisos, informen o proporcionen datos falsos, incompletos o inexactos, entre otros. CAPTULO V GERENTE DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Artculo 64.- El Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional debe ser un profesional que tenga conocimientos, capacidad de liderazgo y amplia experiencia demostrada en la direccin as como en la gestin de operaciones mineras, seguridad y salud ocupacional. Artculo 65.- El Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional de unidades econmicas administrativas o concesiones mineras que desarrollen actividades mineras a cielo abierto y subterrneas ser un ingeniero de minas o ingeniero gelogo, colegiado, habilitado y con una experiencia no menor de cinco (5) aos en explotacin minera y tres (03) aos en el rea de seguridad y salud ocupacional, con capacitacin o estudios de especializacin en estos temas con una duracin mnima de doscientos cuarenta (240) horas.

Para el caso de la pequea minera y minera artesanal el Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional ser un Ingeniero de Minas o Ingeniero Gelogo, colegiado, habilitado y con una experiencia no menor de dos (02) aos en explotacin minera y dos (02) aos en el rea de seguridad y salud ocupacional, con capacitacin o estudios de especializacin en estos temas con una duracin mnima de ciento veinte (120) horas. Artculo 66.- El Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional en fundiciones y refineras, as como en plantas de beneficio que se dedican slo a tales actividades ser un ingeniero de minas o ingeniero gelogo o ingeniero metalurgista, o ingeniero qumico, colegiado, habilitado y con una experiencia no menor de cinco (05) aos en fundicin y/o refinera y/o planta de beneficio, con capacitacin o estudios de especializacin en estos temas con una duracin mnima de 240 hrs. Artculo 67.- El Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional funcionalmente reportar al funcionario administrativo de ms alto nivel del titular minero. Artculo 68.- Las funciones del Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional son: a) Ser responsable de la seguridad en los procesos productivos, verificando la implementacin y uso de los estndares de diseo, de los estndares de tareas, de los Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro (PETS) y para prcticas, as como el cumplimiento de los reglamentos internos y del presente reglamento.

b) Organizar, dirigir, ejecutar y controlar el desarrollo del Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional en coordinacin con los ejecutivos de mayor rango de cada rea de trabajo.

c) Paralizar cualquier labor en operacin que se encuentre en peligro inminente y/o en condiciones Subestndar que amenacen la integridad de las personas, maquinarias, aparatos e instalaciones, hasta que se eliminen dichas amenazas.

d) Participar en el plan de minado y de las diferentes etapas de las operaciones mineras, para asegurarse de la eficiencia de los mtodos a aplicarse en cuanto a seguridad y salud ocupacional se refiere.

e) Participar en la determinacin de las especificaciones tcnicas de las instalaciones a ser construidas y de la maquinaria y aparatos a ser adquiridos, vigilando que cumplan con las medidas de seguridad y salud ocupacional.

f) Hacer cumplir lo establecido en el artculo 58 del presente reglamento, referido a la gestin y establecimiento del Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional.

g) Obtener la mejor informacin tcnica actualizada acerca del control de riesgos as como el acceso de consultas a la autoridad minera para ayudar al logro de una gestin eficaz.

h) Administrar toda informacin relacionada a la seguridad, incluyendo las estadsticas de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales, para determinar las causas y corregirlas o eliminarlas.

i) Informar mensualmente a toda la empresa minera acerca del desempeo logrado en la administracin de la gestin de seguridad y salud ocupacional.

j) Asesorar a los supervisores sobre los programas de capacitacin para la seguridad y salud ocupacional y en prcticas operativas.

k) Coordinar con el Departamento o rea de Salud Ocupacional del centro minero acerca del ingreso de personal nuevo, a fin de que pueda ocupar con seguridad el puesto que se le asigne. l) Revisar los registros de enfermedades ocupacionales y exmenes de retiro o salida de vacaciones y reingresos de los trabajadores. El registro de las enfermedades ocupacionales se realizar utilizando la clasificacin de enfermedades conforme a lo sealado por la RM N 480-2008-SA (Norma Tcnica de Salud que establece el Listado de Enfermedades Profesionales) y sus modificatorias.

m) Efectuar y participar en las inspecciones y auditorias de las labores mineras e instalaciones para asegurar el cumplimiento del presente reglamento, as como el cumplimiento del Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional. Tambin asesorar en la investigacin de los incidentes con alto potencial de dao, para tomar las medidas preventivas.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DECRETO SUPREMO 055-2010, DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CAPITULO IX SALUD OCUPACIONAL SUBCAPTULO I ALCANCES Artculo 93.- La Gestin de Salud Ocupacional, debe incluir: a) El reconocimiento y evaluacin de la salud de los trabajadores con relacin a su exposicin a factores de riesgo de origen ocupacional, incluyendo el conocimiento de los niveles de exposicin y emisin de las fuentes de riesgo.

b) Participar en la incorporacin de prcticas y procedimientos seguros y saludables a todo nivel de la operacin.

c) El registro de enfermedades ocurridas por exposicin ocupacional, descansos mdicos, ausentismo por enfermedades, planes de accin y evaluacin estadstica de los resultados.

d) El asesoramiento tcnico y participacin en materia de control de salud del trabajador, enfermedad ocupacional, primeros auxilios, atencin de urgencias y emergencias mdicas por accidentes de trabajo y enfermedad ocupacional y Equipos de Proteccin Personal (EPP).

e) Participacin en los Comits de Seguridad y Salud Ocupacional respecto a los aspectos de salud ocupacional

f) La promocin de la participacin de los trabajadores en el desarrollo e implementacin de actividades de salud ocupacional.

g) El control de riesgos respecto a los agentes fsicos, qumicos, ergonmicos y biolgicos cuando se supere los lmites permisibles.

Artculo 94.- El titular minero deber realizar la identificacin de peligros, evaluacin y control de riesgos que afecte la seguridad y salud ocupacional de los trabajadores en sus puestos de trabajo.CAPITULO II: GESTIN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL 2.1 ANTECEDENTES El Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo D.S. N 009 2005 TR establece las normas mnimas para la prevencin de los riesgos laborales, e indica que debern estar contenidas en un Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo, estableciendo la responsabilidad en dicha Gestin. En minera el sistema de gestin OHSAS 18001, permite alcanzar los objetivos estratgicos de la gestin en seguridad y demostrar a las autoridades mineras que la gestin garantiza el cumplimiento de las normas tcnicas y legales correspondientes, la gestin de la seguridad constituye una parte integral del marco de gestin de desarrollo sostenible, cuya visin es crear y mantener ambientes de trabajo saludables y libres de lesiones para todas las personas que trabajan en el sector minero. Entre algunas mineras tenemos: Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. sector minero (regin Arequipa - Per) Xstrata Tintaya S.A.- sector minero (regin Cuzco Espinar- Per) Antamina S.A. - sector minero (regin Huaraz - Per) La mayor parte de las empresas de la industria extractiva del sector minero en el Per, implementan y desarrollan el Sistema de Gestin Integrado, conformado en base al Sistema de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional,, tomando como referencia las Normas OHSAS 18001 respectivamente, que son compatibles entre s. Para las empresas de la industria extractiva, los objetivos estratgicos claves en materia de Seguridad y Salud Ocupacional son: Lograr en forma consistente, cero incidentes y enfermedades ocupacionales en los trabajadores (propios y contratistas).

Lograr que los trabajadores (propios y contratistas), puedan internalizar la seguridad como principal prioridad, y como tal, sea inherente a la actividad que cada uno realice tanto en el mbito laboral como personal.

Cumplir con todos los estndares de Seguridad y Salud Ocupacional internos y externos.

Asignar responsabilidades y la forma de medir esas responsabilidades estn incluidos los contratistas en todos los niveles de la organizacin. 2.2 SISTEMAS DE GESTIN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OHSAS 18001 2.2.1 ESPECIFICACIONES DE UN SISTEMA DE GESTIN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL. Desde hace tiempo ha existido la inquietud del mundo empresarial por demostrar su compromiso con la seguridad y la salud ocupacional de sus trabajadores contratados, es as como en 1998 se rene un grupo de organismos certificadores de 15 pases de Europa, Asia y Amrica para creara la primera norma para la certificacin de un sistema de seguridad y salud ocupacional que tuviera un alcance global, es as como nace la Norma OHSAS 18.001, que son una serie de estndares internacionales relacionados con la seguridad y salud ocupacional, y cuyo desarrollo se bas en la directriz BS 8800 (Britsh Standar). La Norma OHSAS 18.001, fue publicada oficialmente por la British Standars Institution y entr en vigencia el 15 de Abril de 1999. La Norma OHSAS 18.001, entrega los requisitos para que una organizacin implemente un sistema de seguridad y salud ocupacional y la habilita para que fije su propia poltica y objetivos de seguridad y salud ocupacional, tomando en consideracin los requisitos legales aplicables y el control de los riesgos de seguridad y salud ocupacional provenientes de sus actividades. La Norma OHSAS 18.001 ha sido concebida para ser compatible con las Normas ISO 9.001 e ISO 14.001, de tal forma de facilitar la integracin de los sistemas de gestin de calidad, medio ambiente, seguridad y salud ocupacional. EL Sistema de Gestin para Seguridad y Salud Ocupacional establece requisitos que permiten a una organizacin controlar sus riesgos ocupacionales y mejorar su desempeo. Asimismo el sistema OHSAS 18001 sigue el ciclo planear-hacer-revisar-actuar (Plan-do-check-act), con un nfasis concurrente en la mejora continua. Para ello es importante que durante la etapa de planeacin se asegure el compromiso de la alta direccin, se defina con la autorizacin de la alta direccin, el programa de salud ocupacional y seguridad de la empresa y establecer un marco mediante el cual se puedan identificar peligros, la evaluacin de riesgos y la implementacin de las medidas de control necesarias. Identificar y comprender las obligaciones legales, sealar objetivos y un programa de administracin para llevar a cabo su implementacin.2.2.2 OBJETIVO DE LA NORMA OHSAS 18001 Proporcionar a las organizaciones los elementos de un sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional eficaz y que sea posible de integrar con otros requisitos de gestin, de forma de ayudarlas a alcanzar sus objetivos de seguridad y salud ocupacional. 2.2.3 ALCANCES DE LA NORMA OHSAS 18001 Aplicable a cualquier tamao y tipo de empresa.

No establece criterios especficos para el control de los riesgos de seguridad y salud ocupacional.

Proporciona un sistema estructurado para lograr el mejoramiento continuo.

Contiene requisitos que pueden ser objetivamente auditados para fines de certificacin y/o autodeclaracin. 2.2.4 IMPLEMENTACIN DEL SISTEMA DE GESTIN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OHSAS 18001 La normativa OHSAS no establece un procedimiento oficial o nico de implementacin; dependiendo de las caractersticas y realidades de cada empresa este proceso tendr sus propias variantes. Esta normativa establece los requisitos de un sistema de gestin de la seguridad y salud laboral, para permitir a una organizacin controlar sus riesgos y mejorar su comportamiento, pero no de manera detallada. Los requisitos de esta especificacin OHSAS han sido diseados para ser incorporados en cualquier sistema de gestin de seguridad y salud laboral, teniendo en cuenta que su aplicacin depende de factores como la poltica de seguridad y salud laboral de la organizacin, la naturaleza y los riesgos de sus actividades as como del grado de complejidad de sus operaciones. ELEMENTOS SISTEMA OHSAS 18001 1 Poltica 2 Planificacin 2.1 Identificacin de peligros, evaluacin y control de riesgos 2.2 Requisitos legales y otros requisitos 2.3 Objetivos 2.4 Programa de gestin de SSO 3 Implementacin y operacin 3.1 Estructura y responsabilidad 3.2 Entrenamiento, conocimiento y competencia 3.3 Consulta y comunicacin3.4 Documentacin 3.5 Control de documentos y datos 3.6 Control operacional 3.7 Preparacin y respuesta ante emergencias 4 Verificacin y accin correctiva 4.1 Monitoreo y medicin del desempeo 4.2 Incidentes, no conformidades y acciones correctivas y preventivas 4.3 Registros y gestin de registros 4.4 Auditoria 5 Revisin de la Gerencia Es importante que la empresa defina una poltica de salud y seguridad ocupacional. Asimismo definir las responsabilidades y la evaluacin requerida por el proceso, es aqu donde se demuestra el compromiso de la Alta Gerencia para el mejoramiento continuo de la seguridad y la salud en el trabajo. Al aplicar OHSAS 18001 se obtendr los siguientes beneficios: Asegura el compromiso con un sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional eficiente y demostrable.

Ayuda a mantener buenas relaciones con los trabajadores (Clima Laboral).

Fortalecer la imagen corporativa de la organizacin y fortalece su competitividad en el mercado.

Facilitar la obtencin de licencias y autorizaciones

Estimula el desarrollo y camparte funciones de prevencin de accidentes y enfermedades ocupacionales.

Mejora las relaciones entre la industria y las entidades gubernamentales.

Reduccin potencial en el nmero de accidentes. Reduccin potencial en tiempo improductivo y costos relacionados.

Demostracin de absoluta observancia de las leyes y reglamentos.

Demostracin de un enfoque innovador y con visin al futuro.

Mejor administracin de riesgos de salud y seguridad, ahora y a futuro. A continuacin se presentan los flujos que son la base de la Propuesta del Plan de Seguridad y Salud del presente trabajo.ELEMENTOS DE LA NORMA OHSAS 18001 1. POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL La Poltica es el punto de partida para el desarrollo del sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional, es la definicin del compromiso que la empresa est dispuesta a asumir en materia de prevencin de riesgos laborales. Es la declaracin autorizada por la Alta direccin de la organizacin o la empresa. La poltica debe:

Ser autorizada por la alta gerencia de la organizacin.

Ser apropiada a la naturaleza y escala de los riesgos de la SSO de la organizacin.

Incluir el compromiso con el mejoramiento continuo.

Incluir el compromiso con el cumplimiento de la legislacin vigente de SSO. aplicable y con otros requisitos suscritos por la organizacin.

Estar documentada, implementada y mantenida.

Ser comunicada a todos los empleados, con la intencin de concientizarlos en sus obligaciones de SSO individuales.

Estar disponible para todas las partes interesadas.

Ser revisada peridicamente para asegurar que se mantiene relevante y apropiada para la organizacin. 2. PLANIFICACIN 2.1 PLANIFICACIN PARA LA IDENTIFICACIN DE PELIGROS, EVALUACIN DE RIESGOS Y CONTROL DE RIESGOS Se debe establecer procedimientos para la identificacin progresiva de peligros, la evaluacin de riesgos y la implantacin de medidas de control necesarias de las actividades rutinarias y no rutinarias. La metodologa para la identificacin de peligros y evaluacin de riesgos: - Proporcionar la clasificacin e identificacin de riesgos que tienen que ser eliminados o controlados por medidas definidas.

- Ser constante con experiencias operativas y con las capacidades de medidas de control de riesgos empleadas.

- Proporcionar entradas en la identificacin de necesidades de prcticas y/o desarrollo de controles operacionales.

Evaluacin de riesgos: - La organizacin debe tener un conocimiento total de todos los peligros significativos de SSO que le ataen.

- Los procesos de identificacin de peligro, evaluacin de riesgos y control de riesgos deben ser adecuados y suficientes.

- El resultado debe ser la base para todo el sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional. La complejidad de la evaluacin de riesgos depende de factores tales como: - Tamao y ubicacin de la organizacin.

- Naturaleza de la organizacin - estructura, actividades, etc.

- Complejidad y significancia de los peligros.

- Requerimientos legislativos.

Cmo se efecta la evaluacin de riesgos?: Debe haber procedimientos para: - Identificacin de peligros.

- Evaluacin de riesgos asociados a los peligros identificados.

- Indicacin del nivel de riesgo asociado a cada peligro (tolerable, no tolerable, etc).

- Descripcin de las mediciones de control y monitoreo del riesgo.

- Identificacin de los requerimientos de competencia y entrenamiento para implementar las medidas de control.

- Las mediciones de control operacional del sistema.

- Los registros generados por cada unos de los procedimientos mencionados deben ser documentados.

Identificacin de peligros: Para identificar los Peligros se debern considerar todos los subsistemas involucrados en la organizacin y que tengan efecto sobre la seguridad y salud de los trabajadores, as como tambin, de las partes interesadas. Estos subsistemas los podemos agrupar en: - Gente

- Equipos

- Materiales

- Ambiente Categora de peligros para la salud: - Qumicos

- Fsico

- Biolgicos

- Ergonmicos

Revisin y actualizacin de riesgos: La evaluacin de riesgos debe ser revisada en un tiempo o perodo predeterminado en base a: - La naturaleza del peligro

- La magnitud del riesgo

- Cuando se producen cambios en la organizacin, operaciones, personal, etc.

- Cuando se introduzcan operaciones que no son normales.

- Cuando se investiga un accidente/incidente.

2.2 REQUISITOS LEGALES Y OTROS REQUISITOS La empresa establecer y mantendr un procedimiento para identificar y acceder a los requisitos legales que sean aplicables. Deber estar vigilante de la legislacin relativa al tema para promover el entrenamiento y entendimiento de las responsabilidades legales de todos los involucrados en la salud y seguridad ocupacional. 2.3 OBJETIVOS Asimismo la empresa establecer y mantendr documentada los objetivos de la Salud y Seguridad en el trabajo en cada funcin y nivel relevante en la organizacin. 2.4 PROGRAMA DE GESTIN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL La empresa establecer y mantendr (un) programa(s) de gestin para conseguir los objetivos3 IMPLEMENTACION Y OPERACION 3.1 ESTRUCTURA Y RESPONSABILIDADES Los roles y responsabilidades se gestionan, desempean y verifican teniendo un efecto en los riesgos de las actividades, facilidades y procedimientos del proyecto. La ltima responsabilidad sobre Salud y Seguridad en el trabajo recae en la directiva. La empresa sealar un miembro de la directiva (ej. un miembro ejecutivo del comit) con responsabilidad particular para asegurar que el sistema de gestin sea implantado adecuadamente y aplicar los requisitos en todos los lugares de la empresa. La responsabilidad de mantener el sistema seguridad y salud ocupacional es de la alta gerencia, quien deber nominar a un integrante de la alta gerencia y otorgarle responsabilidades especficas, para: - Asegurar que el sistema de gestin est adecuadamente implementado y se aplique en todos los lugares de operacin.

- Asegurar que los requisitos del sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional sean establecidos, implementados y mantenidos de acuerdo con esta especificacin OHSAS 18.001.

- Asegurar que los informes sobre el desempeo del sistema de gestin de SSO, sean presentados a la alta gerencia para su anlisis.

3.2 CAPACITACIN, CONCIENTIZACIN Y COMPETENCIA El personal ser constante para desempear las tareas que pueden impactar en la seguridad y salud de los trabajadores que se desempean en la empresa. La competencia ser definida en trminos de educacin apropiada, responsabilidad, habilidad, alfabetizacin, prcticas y/o experiencia. 3.3 CONSULTA Y COMUNICACIN Se deben establecer las comunicaciones internas relacionadas a la prevencin de riesgos que se realicen a travs de diferentes canales de comunicacin implementados en la empresa (e-mail, telfono, fax, memos) as como cartillas que informan al personal de la empresa acerca del mecanismo. Las comunicaciones que se reciban por escrito (cartas, oficios, etc.), reportes de riesgos, reportes de observacin que estn relacionadas al desempeo de la seguridad y salud deben ser registradas y mantenidas para poder identificar las no conformidades y oportunidades de mejora. Los empleados deben ser:

- Involucrados en el desarrollo y en el anlisis crtico de las polticas y procedimientos para la gestin de riesgos.

- Consultados cuando exista cualquier cambio que afecte su seguridad y salud en el local de trabajo.

- Representados en los asuntos de seguridad y salud.

- Informados sobre quin es el responsable de los empleados, en los asuntos de SSO y quin es el representante nominado por la gerencia 3.4 DOCUMENTACIN Se debe establecer e implementar al sistema documentos, manuales, reglamentos internos y planes de prevencin de riesgos de la obra que describan los elementos centrales del sistema de gestin y su interaccin para acceder a informacin ms detallada sobre el funcionamiento de los mismos. 3.5 CONTROL DE DOCUMENTACIN Y DATOS Se debe establecer y mantener un procedimiento que describa cmo se controla la elaboracin, revisin, modificacin, aprobacin, distribucin y uso de los documentos del sistema para asegurar que: - Pueda ser localizada

- Sean peridicamente analizados, revisados y aprobados.

- Las versiones actualizadas de los documentos y datos, deben estar disponibles.

- Documentos y datos obsoletos deben ser oportunamente removidos.

- Documentos y datos, archivados y/o retenidos para propsitos legales y/o para preservacin del conocimiento, deben estar adecuadamente identificados y protegido.

3.6 CONTROL OPERATIVO La empresa identificar aquellas operaciones y actividades que estn asociadas con riesgos identificados en donde se necesite aplicar medidas de control. Planear estas actividades, incluyendo mantenimiento, para asegurar que se lleven a cabo bajo condiciones especficas:

a) Estableciendo y manteniendo procedimientos documentados para cubrir situaciones donde sus ausencias pudieran conducir a desviaciones de la poltica de Seguridad y salud y los objetivos.

b) Estipulando criterios operativos en los procedimientos.

c) Estableciendo y manteniendo procedimientos relacionados para los riesgos identificados de las actividades crticas que se desarrollan en el proyecto y comunicando procedimientos relevantes y requisitos para los contratistas y/o subcontratistas. 3.7ESTADO DE PREPARACIN Y RESPUESTA FRENTE A EMERGENCIAS La empresa establecer y mantendr planes y procedimientos para identificar la posibilidad de incidentes y/o accidentes y en respuesta a situaciones de emergencia, prevenir y mitigar las posibles enfermedades y heridas que puedan ser asociadas con ellas. La organizacin revisar los planes y procedimientos de las acciones inmediatas y las respuestas, en particular, tras la aparicin de incidentes y situaciones de emergencia. La organizacin peridicamente comprobar tambin tales procedimientos donde sean practicables. 4 VERIFICACION Y ACCIONES CORRECTIVAS 4.1 MEDICIN Y MONITOREO DEL DESEMPEO La organizacin establecer y mantendr procedimientos para monitorear y medir la implementacin del sistema en la empresa. Estos procedimientos proporcionarn: Monitoreo de la extensin de los objetivos de la organizacin

Medidas proactivas de actuacin que monitorea las conformidades con el programa de gestin de Seguridad y Salud, criterios operativos y legislacin aplicable y requisitos regulados. Entendiendo que la proactividad es la bsqueda de nuevas oportunidades con objetivos orientados al cambio, anticipando y previendo problemas para la obtencin de resultados tangibles

Medidas reactivas de actuacin para monitorizar accidentes, enfermedades, incidentes (incluyendo los potenciales) y otras evidencias est orientada al cambio, por lo tanto no est en funcin a la toma de decisiones sino de las circunstancias.

Grabacin de datos y resultados de monitoreo y medidas suficientes para facilitar anlisis de accin correctiva y preventiva. 4.2 ACCIDENTES, INCIDENTES, NO CONFORMIDADES Y ACCIONES CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS La organizacin establecer y mantendr procedimientos para definir responsabilidades y autoridad para: a) El manejo e investigacin de: - Accidentes - Incidentes - No conformidades (Incumplimiento de un requisito). Tipos de No conformidades Mecanismos de deteccin de No Conformidades - Auditoras internas del Sistema de Gestin. - Comunicaciones de las partes interesadas. - Mediciones de los procesos e inspecciones. - Desviaciones o fallas detectadas durante la operacin diaria. - Anlisis de registros. - Revisin y actualizacin de documentos. b) Tomar medidas para mitigar cualquier consecuencia que se derive de accidentes, incidentes o no conformidades.

c) Iniciar y concluir acciones correctivas y preventivas. d) Confirmar la efectividad de las acciones correctivas y preventivas que se hayan adoptado. Estos procedimientos requerirn que todas las acciones correctivas y preventivas sean revisadas a travs de procesos de evaluacin de riesgos con antelacin a la implantacin. 4.3 REGISTROS Y GESTIN DE REGISTROS La organizacin debe establecer y mantener procedimientos para la identificacin, mantencin y disposicin de los registros de seguridad y salud ocupacional, as como de los resultados de las auditoras y de las revisiones. El procedimiento debe identificar: Qu registros de seguridad y salud ocupacional van a ser mantenidos

Responsabilidades.

La forma de mantener los registros.

Tiempos de retencin. Los registros deben ser mantenidos, segn sea apropiado para el sistema y para la organizacin, para demostrar conformidad con esta especificacin OHSAS 18.001. Criterios principales para determinar cules registros van a ser mantenidos: Requisitos legales.

Requisitos del sistema de gestin.

4.4 AUDITORA La empresa establecer y mantendr un programa de auditora y procedimientos para que sean llevadas a cabo auditoras peridicas del sistema de gestin de seguridad y salud en el trabajo, para: a) Determinar si s o no el sistema de gestin de seguridad y salud: 1) Ha sido implantado y mantenido de manera apropiada. 2) Es efectivo para la poltica y objetivos de la organizacin. b) Revisar los resultados de auditoras previas. Para ello se establece un sistema de control a travs de indicadores de desempeo. INDICADORES DE DESEMPEO (ID): Es la expresin que provee informacin del desempeo de la gestin de un tema especfico. Dan informacin sobre el logro de las polticas y objetivos organizacionales. Ejemplos de Indicadores de Desempeo (ID) Cantidad de incidentes ocurridos durante el ao.

Tiempo total de retraso en la entrega de informes de la auditoria.

Cantidad de trabajadores entrenados en temas de seguridad.

Duracin del trabajo en condiciones extremas.

Cantidad de plomo en la sangre de los trabajadores. Las ventajas de los indicadores de desempeo son:

o Ilustran las mejoras de los sistemas de gestin en un anlisis de series temporales.

o Facilitan la comparacin del desempeo de los sistemas de gestin entre organizaciones. o Constituyen una fuente de informacin para retroalimentacin con los colaboradores de una organizacin.

o Proporcionan informacin para reportes y declaraciones de la organizacin.

o Constituyen una herramienta para detectar puntos de mejora y reduccin de costos. Tipos de Indicadores: De desempeo de la Gestin: Proporcionan informacin sobre el comportamiento de las medidas organizativas.

Ejemplos: 1) Porcentaje de cumplimiento del programa de auditoras. 2) Nmero de mejoras al SGS&SO. 3) Horas de entrenamiento por trabajador. De desempeo Operacional: Proporcionan informacin sobre la eficacia de los procedimientos y prcticas operacionales.

Ejemplos: 1) Cantidad de incidentes y accidentes. 2) Cantidad de peligros identificados por rea. 3) Costo de implementacin de medidas de seguridad. De condicin externa o ambiental: Proporcionan informacin sobre la calidad del entorno, tambin mide la contribucin de la empresa a su entorno.

Ejemplos: 1) Nmero de quejas de familiares de los trabajadores relacionadas a la salud y seguridad de stos.2) Nmero de sanciones impuestas por incumplimiento de normas de seguridad 5. REVISION GERENCIAL. La alta gerencia de la organizacin, debe analizar crticamente el sistema de gestin de seguridad y salud ocupacional, para asegurar su conveniencia, suficiencia y efectividad continua. Deber evaluar: El desempeo global del sistema.

El desempeo de elementos individuales de la organizacin

Las conclusiones de la auditora.

Los factores internos y externos (estructura organizacional, leyes, innovaciones tecnolgicas, etc.)

DEFINICIONES GENERALES: Accidente: Evento no planificado, que resulta en muerte, enfermedad, lesin, dao u otra prdida. Incidente: Evento no planificado que tiene el potencial de llevar a un accidente. El trmino incluye cuasi-accidente. Identif