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SECRETARIA DE GOBIERNO y COORDINACION SUBSECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESPACHO DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Editor : Dirección Boletín Oficial Municipal Responsable Dirección: Ríos , Fabiana Dirección : Mitre 461 3er. Piso . C.P. (8300).- Tel. (0299) 4491200 -Interno 4466 E-MAIL: boletinoficial@muninq n gov.ar ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL INTENDENTE Dn. HORACIO RODOLFO QUIROGA SECRETARIA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN | Cr. MARCELO G. BERMUDEZ SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA | Dra. Graciela M. Isabel Perez SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO Y REL. INSTITUCIONALES | Lic. Marcela M. Irañeta SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE | Ing. Silvia R. Gutierrez SUBSECRETARÍA DE COMERCIO | Sr. Gustavo F.Orlando SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA | Cr. JOSÉ LUIS ARTAZA SUBSECRETARÍA DE HACIENDA | Cr. Rodolfo E. Metzger SUBSECRETARIA DE SERV. PUBLICOS CONCESIONADOS | Ing. Alejandro E. Hurtado SUBSECRETARIA DE ADM. MUNICIPAL DE ING. PÚBLICOS | Cr. Carlos Enrique Serassio SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS | Sr. Claudio A. Lucero SECRETARIA DESARROLLO HUMANO | Dña. JENNY O. FONFACH VELASQUEZ SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOC. Y DERECHOS HUMANOS | Lic. Ana M. Rosa Lujan SUBSECRETARIA DE TIERRAS | Dra. Lilian E. Zambrano Centeno SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y JUVENTUD | Sr. Orlando A. Lopez Baeza SUBSECRETARIA DE EMPLEO Y ECONOMIA SOCIAL | Sr. Carlos Emanuel Riba SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. GUILLERMO C. MONZANI SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. Guillermo R. Castejon SECRETARÍA DE SERVICIOS URBANOS | Sr. EMILIO ALBERTO MOLINA SUBSECRETARÍA DE ESPACIOS VERDES | Arq. María Eva Rocca SUBSECRETARÍA DE LIMPIEZA URBANA | Sr. Cristian U. Haspert SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO VIAL | SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACION | Sr. Ruddy Aldo Muccio SECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA | Dr. ESMIR FABIAN GARCIA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PARTICULARES | Ing. Luis B. Lopez de Murillas SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE Y TRANSITO | Dr. Fernando R. Palladino SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN URBANA Y PROYECTOS | SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO | Lic. ANDRES ROS SUBSECRETARIA DE CULTURA | Sr. Marcelo Martín Berbel SUBSECRETARIA DE TURISMO | CONTADURIA MUNICIPAL | Cr. DARIO ENRIQUE DUFFARD SUMARIO BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL EDICIÓN Nº 2088 NEUQUÉN, 22 DE JULIO DE 2016 1

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SECRETARIA DE GOBIERNO y

COORDINACION

SUBSECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

DIRECCIÓN MUNICIPAL

DE DESPACHO

DIRECCIÓNBOLETÍN OFICIAL

MUNICIPAL

Editor :Dirección Boletín Oficial

Municipal

Responsable Dirección:

Ríos , Fabiana

Dirección : Mitre 461 3er. Piso . C.P. (8300).-Tel. (0299) 4491200 -Interno 4466

E-MAIL:boletinoficial@muninqn gov.ar

ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL

INTENDENTE Dn. HORACIO RODOLFO QUIROGA

SECRETARIA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN | Cr. MARCELO G. BERMUDEZ

SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA | Dra. Graciela M. Isabel PerezSUBSECRETARÍA DE GOBIERNO Y REL. INSTITUCIONALES | Lic. Marcela M. Irañeta

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE | Ing. Silvia R. GutierrezSUBSECRETARÍA DE COMERCIO | Sr. Gustavo F.Orlando

SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA | Cr. JOSÉ LUIS ARTAZA

SUBSECRETARÍA DE HACIENDA | Cr. Rodolfo E. MetzgerSUBSECRETARIA DE SERV. PUBLICOS CONCESIONADOS | Ing. Alejandro E. HurtadoSUBSECRETARIA DE ADM. MUNICIPAL DE ING. PÚBLICOS | Cr. Carlos Enrique Serassio

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS | Sr. Claudio A. Lucero

SECRETARIA DESARROLLO HUMANO | Dña. JENNY O. FONFACH VELASQUEZ

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOC. Y DERECHOS HUMANOS | Lic. Ana M. Rosa Lujan SUBSECRETARIA DE TIERRAS | Dra. Lilian E. Zambrano Centeno

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y JUVENTUD | Sr. Orlando A. Lopez BaezaSUBSECRETARIA DE EMPLEO Y ECONOMIA SOCIAL | Sr. Carlos Emanuel Riba

SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. GUILLERMO C. MONZANI

SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. Guillermo R. Castejon

SECRETARÍA DE SERVICIOS URBANOS | Sr. EMILIO ALBERTO MOLINA

SUBSECRETARÍA DE ESPACIOS VERDES | Arq. María Eva RoccaSUBSECRETARÍA DE LIMPIEZA URBANA | Sr. Cristian U. HaspertSUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO VIAL |

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACION | Sr. Ruddy Aldo Muccio

SECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA | Dr. ESMIR FABIAN GARCIA

SUBSECRETARÍA DE OBRAS PARTICULARES | Ing. Luis B. Lopez de Murillas SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE Y TRANSITO | Dr. Fernando R. Palladino

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN URBANA Y PROYECTOS |

SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO | Lic. ANDRES ROS

SUBSECRETARIA DE CULTURA | Sr. Marcelo Martín BerbelSUBSECRETARIA DE TURISMO |

CONTADURIA MUNICIPAL | Cr. DARIO ENRIQUE DUFFARD

SUMARIO

BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL EDICIÓN Nº 2088 NEUQUÉN, 22 DE JULIO DE 2016

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SECCIÓN I: SUMARIO Páginas 2 a 5

SECCIÓN ll: NORMAS SINTETIZADAS Páginas 6 a 13

SECCIÓN IIINORMAS COMPLETAS Páginas 14 a 40

SECCIÓN I

ORDENANZAS SINTETIZADAS

ORGANISMO DE COLABORACIÓN VECINAL

ANIVERSARIO DE BARRIOS13481/Promulga Tácitamente: Establece como fecha Aniversario del Barrio Don Bosco III de la Ciudad de Neuquén el día 21 de septiembre.-

PAISAJE URBANO

NOMBRE DE CALLE13484/ Promulgada Tácitamente: Designa nombres a varias calles Bº Alta Barda que se encuentran identificadas en el croquis de Ubicación que como Anexo I forma parte de la Presente Ordenanza.-

RENTAS

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES 13488/Promulgada Tacitamente.: Modifica el Inciso 11º), del Artículo 116º), del Titulo XVII, de la Ordenanza Nº 13376, que quedará redactado según la presente Ordenanza

DECRETOS SINTETIZADOS

ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

BAJAS0590/2016: Colihuinca, Liberto OmarSERVICIOS0583/2016: Rodríguez, Pablo Antonio0588/2016: Riffo, Roberto Carlos, 0589/2016: Galero Osvaldo Daniel

CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL

0595/2016: Modifica el Art.15º) del Anexo I del Decreto Nº 0609/13.-Reglamentario de los Art. 125º) y 136º) del Código Tributario Municipal, Ord. Nº 10383 y modificatorias

COMPETENCIA MUNICIPAL

ADDENDA0591/2016: Aprueba Addenda suscripta e/ Municipalidad de Neuquén, y Sr. Jorge Alberto Ferrari.-DECLARACIÓN DE INTERÉS MUNICIPAL0594/2016: Curso Intensivo “Tácticas Operativas de Protección”

CONTABILIDAD

ALQUILERES0587/2016: Aprueba Contrato de Locación e/ Municipalidad de Neuquén y Sr. Cristian Hugo Pettorosso.-LICITACIONES0584/2016: Aprueba Pliego de Bases y Condiciones “Concesión del Servicio de Control, Administración y Mantenimiento del Sistema de Estacionamiento Medido y Pago”.-

JUSTICIA MUNICIPAL DE FALTAS

CODIGO DE FALTAS (PENALIDADES)0598/2016:Ammann, Gustavo Eliseo.- 0599/2016: Arriagada, Eduardo Juan.-0600/2016: Reincke, Graciela Beatriz.- 0601/2016: Contreras, Alicia Asuntina.-0602/2016: Viñuela, Gastón Leonardo.-0603/2016: Viñolo, María Laura.-0597/2016:Davicino, Graciela Amelia.-

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RESOLUCIONES SINTETIZADAS

SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

0409/2016:Liquida y paga a 116 beneficiarios Convenio FOCAO.-0410/2016:Reconoce pago fallo de caja mes de Junio de 2016, a varios agentes municipales.-0411/2016: Liquida y paga a firma Smart File S.R.L0416/2016:Autoriza y Aprueba Contratación Directa c/ firma Delmiro Mendez E Hijo S.A. 0417/2016:Rechaza Recurso Administrativo agente Flores, Laura Benedicta

SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Y DESARROLLO HUMANO

0414/2016: Liquida y paga c/ firma Vientos Del Valle S.R.L

SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Y MOVILIDAD URBANA

0415/2016: Liquida y paga c/ firma H.R. Servicios.-

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

SOCIEDADES VECINALES Y ORGANIZACIONALES

036/2016:Sociedad Vecinal Bº Area Centro Este,convoca a Asamblea Extraordinaria.-037/2016:Sociedad Vecinal Bº Provincias Unidas,convoca a Asamblea Extraordinaria.-038/2016:Sociedad Vecinal Bº Valentina Norte Rural,convoca a Asamblea Extraordinaria.-039/2016:Sociedad Vecinal Bº Valentina Sur Urbana,convoca a Asamblea Extraordinaria.-

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

151/2016:Renueva Licencia Remisse, Interno Nº 281 al Sr. Gallegos, Rubén Darío.-152/2016:Renueva Licencia Remisse, Interno Nº 270 al Sr. Gil, Héctor Rubén 153/2016:Renueva Licencia Remisse, Interno Nº 273 al Sr. Gil, Héctor Rubén 154/2016:Renueva Licencia Remisse, Interno Nº 275 al Sr. Gil, Héctor Rubén 155/2016:Renueva Licencia Taxi ,Interno Nº 093 a Sra. Alonso Ivana Karina 156/2016: Renueva Licencia Taxi, Interno Nº 005 al Sr. Domínguez, Genaro.-157/2016:Renueva Licencia Remisse, Internos Nros. 276 y 277 al Sr. Mansilla, Eduardo Roberto.-158/2016:Renueva Licencia Taxi, Interno Nº 386 al Sr. Mercado Roberto Sebastián.-159/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 091 al Sr. Gramajo, Raúl Antonio.-160/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 416 al Sr. Antipan Quidel, Rigoberto Agustín.-161/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 437 al Sr. San Martín, Mario Ceferino 162/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 406 al Sr. Llamas Luengo Carlos 163/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 382 al Sr. Llamas Norberto Omar 164/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 407 al Sr. Gramajo Raúl Antonio 165/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 431 al Sr. Alarcón Burgos Edwin Hernán.-166/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 430 al Sr. Vilcavil Oscar.-167/2016:Renueva Licencia de Taxi,Interno Nº 491 al Sr. Salazar Oscar Hidalgo.-168/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 399 al Sr. Narváez Roberto Elías.-

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169/2016:Renueva Licencia de Taxi, Interno Nº 408 al Sr. Labourdette Luis Hector.-

ORDENANZAS COMPLETAS

CULTURA, EDUCACIÓN Y TURISMO

CULTURA 13497/Promulgada Tácitamente: Establece cupo difusión de obras literarias y discográficas locales, con el fin de difundir, promover, proteger e incentivar las manifestaciones artísticas locales.-

INSTITUTO MUNICIPAL PREVISION SOCIAL

ASIGNACION ESPECIAL 13496/Promulgada Tácitamente: Autoriza al Instituto Municipal de Previsión Social a liquidar y pagar a sus beneficiarios jubilados y pensionados Asignación Especial Excepcional, de carácter no remunerativa y no bonificable, establecida en el Punto 5 del Acta acuerdo suscripta, con fecha 05/04/2016, entre el O.E.M. y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Neuquén (SI.TRA.MU.NE).-

DECRETOS COMPLETOS

CODIGO DE EDIFICACIÓN

CERTIFICADO DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO 0592/2016:Modifica Artículos 2º) y 3º) del Decreto Nº 1552/91 Reglamentario Ordenanza Nº 4755.-

PRINCIPIOS Y POLITICAS ESPECIALES

FAMILIA, NIÑEZ , ADOLESCENCIA Y JUVENTUD0593/2016: Aprueba Programa “PREVENIR NEUQUÉN”, para niños, niñas y adolescentes, con vigencia al día

01 de marzo de 2016, por el lapso de doce (12) meses; que como ANEXO I forma parte del presente Decreto.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

VETO0585/2016:Veta Totalmente Ordenanza Nº 13487 sancionada el día 23 de junio de 2016.-0586/2016:Veta Totalmente Ordenanza Nº 13485 sancionada el día 23 de junio de 2016.-

RENTAS

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES0596/2016:Determina cuotas Segundo Semestre Ejercicio Fiscal 2016 de los distintos tributos municipales

RESOLUCIONES COMPLETAS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

0412/2016: Adecua Presupuesto de Erogaciones Presupuesto aprobado para el Ejercicio 2016.-

SECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA

0413/2016: Adecua Presupuesto de Erogaciones Presupuesto aprobado para el Ejercicio 2016.-

EDICTO

SECRETARIA DE SERVICIOS URBANOS

La Municipalidad de Neuquén, a través de la Dirección General de Fiscalización,

bajo Ordenanza Nº 7710 /96 en su ART. 2º) y Ordenanza Nº 6485 /94 Sección 3.2; CITA Y EMPLAZA POR EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, a las personas y/o empresas mencionadas a continuación:

SR. BROGGI CARLOS IGNACIO DNI

3070950169 ,Acta de Infracción Nº 1298 serie

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C,

SR. LIBRANDI ALBERTO JOSÈ , DNI Nº

12087813 Acta de Infracción Nº 1262 serie

C,

SR. CID DAGOBERTO DNI Nº 7.570.247,

Acta de Infracción Nº 1233 serie C.

SR. NAGEL GUSTAVO ALEJANDRO DNI Nº

20009066, Acta de Infracción Nº 1601 serie C,

FE DE ERRATAS

En la Edición Nº 2086 de fecha 07/07/2016 se cito erroneamente en paginas 4 y 16 la Promulgación de la Ordenanza Nº 13459. Donde dice:...” Ordenanza Nº 13459 , promulgada por ...” debe decir:...” Ordenanza Nº 13459 ha sido Insistida Artículo 76º) Carta Orgánica Municipal “...-

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SECCIÓN II

ORDENANZAS SINTETIZADAS

ORGANISMO DE COLABORACIÓN VECINAL

ANIVERSARIO DE BARRIOS

ORDENANZA Nº 13481/Promulgada Tácitamente: Establece como fecha Aniversario del Barrio Don Bosco III de la Ciudad de Neuquén el día 21 de septiembre de cada año.-

PAISAJE URBANO

NOMBRE DE CALLE

ORDENANZA Nº 13484/Promulgada Tácitamente.: Art 1º) Designa con el nombre “Los Romanos” a la calle identificada con el Código Nº 03194 del Barrio Alta Barda, sector Batilana, de la ciudad de Neuquén Capital.

Art 2º): Designa con el nombre “Los Fenicios “, a la calle identificada con el Código Nº 03294 del Barrio Alta Barda, sector Batilana, de la ciudad de Neuquén Capital.-

Art. 3º) Designa con el nombre “Los Griegos “a la calle identificada con el Código Nº 03394 del Barrio Alta Barda, sector Batilana, de la ciudad Neuquén Capital.-

Art. 4º):Las calles designadas se encuentran identificadas en el Croquis de Ubicación que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.-

El texto completo de la presente norma legal puede ser consultado en:

http://www.muninqn.gov.ar/info/doc/digesto/decretos.-

RENTAS

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ORDENANZA Nº 13488/Promulgada Tácitamente : Modifica el Inciso 11º), del

Artículo 116º), del Titulo XVII, de la Ordenanza Nº 13376, que quedará redactado de la siguiente manera:

“11-Por cada solicitud de habilitación de vehículo de productos alimenticios (anual):

a)Camión, furgón o camioneta $ 250,00.-b)Motovehículo …................. $ 125,00”.-

DECRETOS SINTETIZADOS

ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

BAJAS

DECRETO Nº 0590/2016: Da de Baja por fallecimiento, con vigencia al día 19/04/2016, al agente Colihuinca, Liberto Omar, L.P. Nº 44804,Categoría de Revista 13, conforme surge de la fotocopia certificada del Acta de Defunción Nº 310/16; quien dependía de la Dirección de Balnearios Río Grande y Albino Cotro- Dirección General de Balnearios .-Secretaría de Servicios Urbanos.-

SERVICIOS

DECRETO Nº 0583/2016: Aprueba el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre este Municipio y el Sr. Rodríguez, Pablo Antonio, L.P. Nº 47434, asimilado a la Categoría 18, a partir de su notificación y hasta el día 31/12/2016; para cumplir tareas como Inspector de Obra dependiente de la Dirección General de Inspecciones.-Secretaría de Obras.-

DECRETO Nº 0588/2016: Aprueba el Contrato de Locación de Servicios asimilado a la Categoría 12, suscripto entre este Municipio y el Sr. Riffo, Roberto Carlos, L.P. Nº 47435, a partir de su notificación y hasta el día 31/12/2016, para desarrollar tareas como operario.-dependiente de la Dirección Municipal de Espacios Verdes.-Secretaría de Servicios Urbanos.-

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DECRETO Nº 0589/2016: Rescinde, con vigencia al día 06/04/2016, el Contrato de Locación de Servicios asimilado a la Categoría 12, suscripto entre este Municipio y Sr. Galero Osvaldo Daniel, L.P. Nº 46670, para cumplir tareas dependiente de la Secretaría de Servicios Urbanos.-

CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL

DECRETO Nº 0595/2016:Art.1º) Modifica el Art.15º) del Anexo I del Decreto Nº 0609/13.-Reglamentario de los Art. 125º) y 136º) del Código Tributario Municipal, Ord. Nº 10383 y modificatorias.-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 15º) FACULTAR a la Secretaría de Economía y Hacienda y a la Subsecretaría de Administración Municipal de Ingresos Públicos a condonar o suspender; según se determine, las obligaciones tributarias por falta de capacidad contributiva debidamente Acreditada, en el marco de lo establecido en los Artículos 125º) y 136º) de la Ordenanza Nº 10383 y modificatorias; de acuerdo a los parámetros establecidos en el siguiente cuadro:

Cargo Del Monto Total Autorizado por Ordenanza Tarifaria hasta%

Subsecretario de Administración Municipal de Ingresos PúblicosSecretario de Economía Y hacienda

COMPETENCIA MUNICIPAL

ADDENDADECRETO Nº 0591/2016: Aprueba la Addenda suscripta el día 14 de junio de 2016 al Convenio de Prestación de Servicios Médicos de fecha 20/10/2015, aprobado por Decreto Nº 0990/15, entre la Municipalidad de Neuquén, y el Sr. Jorge Alberto Ferrari, por la cual se acuerda

modificar el Convenio mencionado, donde dice:” CLINICA San Agustín”, debe decir:” JORGE ALBERTO FERRARI “, y donde dice:” LA INSTITUCIÓN”, debe decir :”EL PRESTADOR”, con efecto retroactivo a la fecha de entrada en vigencia del mismo del mismo, la cual se extiende hasta el 30/11/2016; y se establece que , a partir del día 01/02/2016, se incorporan los valores de las pericias medicas en los trámites judiciales en los que este Municipio sea parte, y que, a partir del 01/06/2016, los valores por las prácticas médicas serán los que figuran en el Anexo I de la Addenda; cuyo ejemplar original acompaña al presente Decreto.-

El texto completo de la presente norma legal puede ser consultado en:

http://www.muninqn.gov.ar/info/doc/digesto/decretos.

DECLARACIÓN DE INTERÉS MUNICIPAL

DECRETO Nº 0594/2016:Declara de Interés Municipal el Curso Intensivo “Tácticas Operativas de Protección” organizado por la Coordinación General Enlace Oficial-TOP Arg- Neuquén, a llevarse a cabo los días 16,17,y 18 de Septiembre de 2016, en la Planta de Campamento Nº 1 de nuestra Ciudad.-

CONTABILIDAD

ALQUILERES

DECRETO Nº 0587/2016: Art Nº 1º) Aprueba el tenor del Modelo de Contrato de Locación que como Anexo I forma parte del presente, a suscribir entre la Municipalidad de Neuquén y el Sr. Cristian Hugo Pettorosso, por el alquiler del inmueble ubicado en calle Félix San Martín Nº 1070 de esta Ciudad, por el término contractual de 42 meses, con vigencia al día 01/06/2016 y hasta el día 10/12/2019; con un un valor locativo de $ 28.700 mensuales durante el primer año, y de $ 33.800 mensuales durante el segundo año; y una suma mensual a pactar por las partes para los últimos 18

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meses; con destino al funcionamiento de oficinas, cochera, departamento y salón de depósito, destinado a las áreas de la Dirección Ornamentación y Técnica.-Secretaría de Cultura y Turismo.-

Art.Nº 2º) Autoriza a los Sres. Secretarios de Economía y Hacienda, Cr. José Luis Artaza, y de Cultura y Turismo, Lic Andres Ros , a suscribir el Contrato de Locación cuyo tenor se aprobara precedentemente.-

El texto completo de la presente norma legal puede ser consultado en:

http://www.muninqn.gov.ar/info/doc/digesto/decretos.

LICITACIONES

DECRETO Nº 0587/2016: Art 1º) Aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Cláusula Generales y Particulares, y Anexos- obrante de fs. 285 a 388 del Expte Nº OE Nº 6908-M-15, para la “Concesión del Servicio de Control, Administración y Mantenimiento del Sistema de Estacionamiento Medido y Pago”; de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Movilidad Urbana.-

Art2º): Llamar a Licitación Pública Nº 11/2016, con apertura de ofertas para el día 04/08/2016, a las 10:00 hs.., a realizarse en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Avda. Arg. y calle Pte. J.A.Roca, 1º Piso, del Palacio Municipal de la Ciudad de Neuquén.-

Art 3º):Faculta a la Secretaría de Economía y Hacienda a dar respuestas a las consultas de los oferentes y a realizar las aclaraciones sin consulta, de acuerdo a lo previsto en la Cláusula 12) del Pliego de Bases y Condiciones-Cláusulas Generales y Particulares, y Anexos-aprobado por el Art. 1º) del presente Decreto.-

Art 4º): Habilita la venta de pliegos de la Licitación Pública Nº 11/2016, a partir del día 18/07/2016 hasta el 29/07/2016 inclusive.-

Art Nº 5º):Fija

mel valor del Pliego de Bases y Condiciones-Cláusulas Generales y Particulares, y Anexos-de la Licitación Pública Nº 11/2016, en $ 35.000.-

Art Nº 6) Efectua, por intermedio de la Dirección Municipal de Prensa, las publicaciones correspondientes a la Licitación Pública Nº 11/2016, en los diarios de mayor difusión.-

JUSTICIA MUNICIPAL DE FALTAS

CODIGO DE FALTAS (PENALIDADES)

DECRETO Nº 0597/2016:Rechaza Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. Graciela Amelia Davicino, por cuanto sus argumentos no revisten entidad suficiente para rebatir la sentencia ; de acuerdo a lo Sugerido por la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos.-Secretaría de Gobierno y Coordinación.

Confirma la sentencia dictada por el Sr. Juez del Juzgado Nº 1 del Tribunal Municipal de Faltas (Secretaría Nº 1 ), tramitada bajo Expte. TMF Nº 2884-Año 2014.

DECRETO Nº 0598/2016:Rechaza Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Gustavo Eliseo Ammann, en carácter de Socio Gerente de la firma Dameg S.R.L., propietaria de Neuquén Tower Hotel, en virtud de que sus argumentos no logran desvirtuar los fundamentos de la sentencia; de acuerdo a lo sugerido por la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos-Secretaría de Gobierno y Coordinación, por Dictamen Nº 347/16.-

Confirma la sentencia dictada por el Sr. Juez del Juzgado Nº 2 de Tribunal Municipal de Faltas (Secretaría Nº 2 ), tramitada bajo Expte. TMF Nº 5469-Año 2014.-

DECRETO Nº 0599/2016:Rechaza Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Eduardo Juan Arriagada, en virtud de que sus argumentos no logran desvirtuar

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los fundamentos de la sentencia; de acuerdo a lo sugerido por la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos .-Secretaría de Gobierno y Coordinación.- por Dictamen Nº 326/16.-

Confirma la sentencia dictada por la Sra.Jueza del Juzgado Nº 1 del Tribunal Municipal de Faltas (Secretaría Nº 2), tramitada bajo Expte TMF Nº 9525-Año 2015.-

DECRETO Nº 0600/2016: Hace Lugar al Recurso de Apelación interpuesto por la Sr. Graciela Beatriz Reincke, por cuanto sus argumento y la prueba adjuntada tienen entidad suficiente para eximirla de responsabilidad contravencional; de acuerdo a lo sugerido por la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos-Secretaría de Gobierno y Coordinación, por Dictamen Nº 340/16.

Revoca la sentencia dictada por el Sr. Juez del Juzgado Nº 2 del Tribunal Municipal de Faltas-Secretaría Nº 1 –Bajo Expte. TMF Nº 6629-Año 2013.-

DECRETO Nº 0601/2016: Rechaza el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. Giovanna Moro, en caracter de gestora procesal de la Sra. Alicia Asuntina Contreras, por cuanto sus argumentos no tienen entidad suficiente para eximirla de responsabilidad contravencional; de acuerdo a lo sugerido por la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos –Secretaría de Gobierno y Coordinación.

Confirma la sentencia dictada por la Sra. Jueza del Juzgado Nº 1 del Tribunal Municipal de Faltas-Secretaría Nº 1 tramitada bajo Expte. TMF Nº 9905-Año 2015.-

DECRETO Nº 0602/2016:Rechaza el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Gastón Leonardo Viñuela, en su carácter de Presidente de la firma Vinfer S.A., en virtud de que sus argumentos no logran desvirtuar los fundamentos de la sentencia ; de acuerdo a lo sugerido por la Dirección Municipal de Asuntos

Jurídicos dependiente.-Secretaría de Gobierno y Coordinación.- por Dictamen Nº 353/16.-

Confirma la sentencia dictada por el Sr. Juez del Juzgado Nº 2 del Tribunal Municipal de Faltas ( Secretaría Nº 1 ),tramitada bajo Expte. TMF Nº 482-Año 2016.-

DECRETO Nº 0603/2016:Rechaza el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. María Laura Viñolo; en virtud de que sus argumentos no logran desvirtuar fundamentos de la sentencia; de acuerdo a lo sugerido por la Dirección Muncipal de Asuntos Jurídicos dependiente de la Secretaría de Gobierno Y Coordinación-, por Dictamen Nº 365/16.-

Confirma la sentencia dictada por el Sr.Juez del Juzgado Nº 2 del Tribunal Muncipal de Faltas –(Secretaría Nº 1) , tramitada bajo Expte. TMF Nº 104-Año 2016.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN Nº 0409/2016. Autoriza a la Tesorería Municipal, previa intervención de la Contaduría, a liquidar y pagar la suma de $ 17.400, en concepto de pago a 116 beneficiarios del Convenio FOCAO, corresppondiente al mes de Junio/2016.-

RESOLUCIÓN Nº 0410/2016: Reconoce a los Agentes detallados a continuación, que realizarón movimientos de fondos dentro de los términos del Decreto Nº 1318/02, durante el mes de Junio de 2016, el correspondeinte adicional por fallo de caja:

NOMBRE LEGAJOJaques, Mirta 4605/0Meza, Jorge 5691/0Jara, Arturo Roberto 5694/0Isola,Fabio Carlos 5753/0Carrasquera,Julio Cesar 5881/0Marticorena Villanueva,Jazmín

42358

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Cabezas, María de los Ángeles.

43173

Fariña,Hugo Eduardo 43783Lara ,Jaqueline Margot. 43807Adad Crocce,Santiago. 44606Castro,María Julieta. 44666Muñoz, Mirta Susana. 45140Lopez Anaya ,Vanesa Noemí.

45226

Lopez Anaya, Mayra Estefanía .

46280

Maripan, María Cristina. 6705Acuña, Marcela Belén 46994

RESOLUCIÓN Nº 0411/2016: Autoriza a la Dirección Tesorería, previa intervención de la Contaduría Muncipal a liquidar y pagar las facturas tipo B Nº 0002-00000120 y 002-00000119, por un total de $ 16.001,80, a la firma Smart File S.R.L., por guarda, custodia, traslados, procesamientos, consultas normales y urgentes y por la provisión de cajas, cofre, durante el mes de Mayo/16, en la Dirección de Obras Particulares y Juzgado de faltas Nº 2 , con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-

RESOLUCIÓN Nº 0416/2016:Autoriza y Aprueba la Contratación de la firma Delmiro Mendez E Hijo S.A, para la contratación del servicio de Embalaje Liviano, Recolección y y Transporte de 13 obras de Arte compuestas algunas de diversas partes, perteneciente a Carola Zech, desde General Paz Nº 1057 San Isidro hasta el Museo Nacional de Bellas Artes-Neuuqén, con entrega , descarga y desembalaje incluyendo el seguro de transporte ida y vuelta, con las siguientes características; entrega, descarga y desembalaje con vehículo (camion) de uso exclusivo para el tipo de carga, con suspensión neumática y seguimiento satelital de la unidad y provisto de radiotelefonía celular, con personal especializado en movimientos y manipulación de obras de arte, por el importe de $ 88.330.-

RESOLUCIÓN Nº 0417/2016: Rechaza

Recurso Administrativo interpuesto por agente Flores, Laura Benedicta ,L.P.Nº 4994 en razón de lo expresado en los considerandos y de acuerdo a lo sugerido por la Coordinación General del Servicio Jurídico Permanente de Recursos Humanos (Dictamen Nº 89/15).-

SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Y DESARROLLO HUMANO

RESOLUCIÓN Nº 0414/2016: Autoriza a la Dirección de Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar la factura tipo B Nº 0003-00000037, a la firma Vientos Del Valle S.R.L. por un importe de $ 179.120, por la adquisisción de víveres secos para armado de bolsones que fuerón entregados durante el temporal de lluvia el día 16/04/2015.-

SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Y MOVILIDAD URBANA

RESOLUCIÓN Nº 0415/2016: Autoriza a la Dirección de Tesorería,previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar las facturas tipo C Nº 00001-00000129 Y Nº 001-00000125, de la firma H.R. Servicios de Rauque Hugo Victor por la suma total de 4 13.000, por alquler de Vehículo ,durante los meses de abril y mayo/2016, destinado al personal de Inspeccciones de Obras,dependiente de la Subsecretaría de Obras Particulares.-

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

SOCIEDADES VECINALES Y ORGANIZACIONALES

DISPOSICION Nº 36/2016: Publicar en el Boletín Oficial la convocatoria a Asamblea Extraordinaria convocada por la la Sociedad Vecinal de Barrio Area Centro Este para el día 26/07/2016, a partir de las 19:00 hs. La misma tendrá lugar en la

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Sede Vecinal con el siguiente orden del día:-Elección de dos vecinos para la rúbrica del acta.-Tratamiento Presupuesto Participativo 2016.-

DISPOSICIÓN Nº 37/2016:Publicar en el Boletín Oficial la convocatoria a Asamblea Extraordinaria convocada por la Sociedad Vecinal de Barrio Provincias Unidas para el día 21/07/2016, a partir de las 20:00 hs. La misma tendrá lugar en la Sede Vecinal con el Siguiente orden del día:-Elección de dos vecinos para la rubrica del acta.-Tratamiento Presupuesto Particitpativo 2016.-

DISPOSICIÓN Nº 38/2016:Publicar en el Boletín Oficial la convocatoria a Asamblea Extraordinaria convocada por la Sociedad Vecinal de Barrio Valentina Norte Rural para el día 23/07/2016, a partir de la 18:00 hs. La misma tendrá lugar en la Sede Vecinal con el siguiente orden del día:-Elección de dos vecinos para la rúbrica del acta.-Tratamiento Presupuesto Participativo 2016.-

RESOLUCIÓN Nº 39/2016:Publicar en el Boletín Oficial la convocatoria a Asamblea Extraordinaria convocada por la Sociedad Vecinal de Barrio Valentina Sur Urbana para el día 15/08/2016, a partir de las 18:00 hs.La misma tendrá lugar en el Sum ubicado en Mza Nº 31 calle Aranjuez con el siguiente orden del día:-Eleccción de dos vecinos para la rúbrica del acta.-Tratamiento Presupuesto 2016.-

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

DISPOSICION Nº 151/2016:Renueva la Licencia de Remisse, identificada con Interno Nº 281 a favor del Señor Gallegos, Rubén Darío por el termino de cinco (5)

años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.-

DISPOSICION Nº 152/2016: Renueva la Licencia de Remisse, identificada con Interno Nº 270 a favor del Señor Gil, Héctor Rubén por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.-

DISPOSICION Nº 153/2016: Renueva la Licencia de Remisse, identificada con Interno Nº 273 a favor del Señor Gil, Héctor Rubén por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.-

DISPOSICION Nº 154/2016: Renueva la Licencia de Remisse, identificada con Interno Nº 275 a favor del Señor Gil, Héctor Rubén por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.-

DISPOSICION Nº 155/2016: Renueva la Licencia de Taxi identificada con Interno Nº 093 designada en Parada Nº 15 ubicada en calle B. Mitre Esq. Chubut Licencia Comercial Nº 016247 a favor de la Señora Alonso Ivana Karina por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 156/2016: Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 005 designada en Parada Nº 15 ubicada en calle B.Mitre Esq. Chubut Licencia Comercial Nº 14477 a favor del Señor Domínguez, Genaro por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 157/2016: Renueva la Licencias de Remisse, identificadas con Internos Nros. 276 y 277 respectivamente

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a favor del Señor Mansilla, Eduardo Roberto por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.-

DISPOSICION Nº 158/2016: Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 386 designada en Parada Nº 04 ubicada en calle Río Negro y Perito Moreno Licencia Comercial Nº 040124 a favor del Señor Mercado Roberto Sebastián por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 159/2016: Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 091 designada en Parada Nº 19 ubicada en calle Almirante Brown y Juan B.Justo Licencia Comercial Nº 014418 a favor del Señor Gramajo, Raúl Antonio por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 160/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 416 designada en Parada Nº 13 ubicada en calle Diagonal Alvear y Rioja Licencia Comercial Nº 040170 a favor del Señor Antipan Quidel, Rigoberto Agustín por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 161/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 437 designada en Parada Nº 17 ubicada en calle Tierra del Fuego y Mitre Licencia Comercial Nº 040170 a favor del Señor San Martín, Mario Ceferino por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 162/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno

Nº 406 designada en Parada Nº 10 ubicada en calle Matheu y Avenida Argentina Licencia Comercial Nº 040180 a favor del Señor Llamas Luengo Carlos por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 163/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 382 designada en Parada Nº 03 ubicada en calle Rivadavia Nº 220/221 Licencia Comercial Nº 040070 a favor del Señor Llamas Norberto Omar por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 164/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 407 designada en Parada Nº 10 ubicada en calle Avenida Argentina y Matheu Licencia Comercial Nº 040097 a favor del Señor Gramajo Raul Antonio por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 165/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 431 designada en Parada Nº 16 ubicada en calle Alberdi y Córdoba Licencia Comercial Nº 040087 a favor del Señor Alarcón Burgos Edwin Hernan por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 166/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 430 designada en Parada Nº 16 ubicada en calle Alberdi y Córdoba Licencia Comercial Nº 040136 a favor del Señor Vilcavil Oscar por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

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DISPOSICION Nº 167/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 491 designada en Parada Nº 41 ubicada en calle Perticone Nº 1400 Licencia Comercial Nº 040269 a favor del Señor Zalazar Oscar Hidalgo por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 168/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 399 designada en Parada Nº 06 ubicada en calle San Luis y Alcorta Licencia Comercial Nº 040269 a favor del

Señor Narváez Roberto Elias por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

DISPOSICION Nº 169/2016:Renueva la Licencia de Taxi, identificada con Interno Nº 408 designada en Parada Nº 09 ubicada en calle Rioja y Roca Licencia Comercial Nº 040086 a favor del Señor Labourdette Luis Hector por el termino de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.-

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SECCIÓN III

ORDENANZAS COMPLETAS CULTURA, EDUCACIÓN Y TURISMO CULTURA

ORDENANZA N° 1 3 4 9 7.-

V I S T O:

El Expediente Nº CD-147-B-2016 y el Artículo 16º) de la Carta Orgánica Municipal y la necesidad de contar con políticas públicas y acciones concretas de difusión de las manifestaciones artísticas locales; y,

CONSIDERANDO:

Que la obligación genérica del Estado de incentivar, proteger, difundir y garantizar el acceso al patrimonio cultural del pueblo, ha sido contemplada de manera contundente por los textos de mayor jerarquía normativa integrantes de nuestro ordenamiento jurídico.-

Que, en tal sentido, la Constitución Nacional en su Artículo 75º) Inciso 19), y los Pactos Internacionales que junto a la Carta Magna integran el Bloque de Constitucionalidad de nuestra República, han consagrado la obligación de dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, y reconocen el derecho humano básico de toda persona a participar, gozar, disfrutar o beneficiarse de la vida cultural de la comunidad de la que son parte.-

Que la Constitución de la Provincia del Neuquén, define a la cultura como el elemento esencial de la identidad de un pueblo, y prevé en los Artículos 105º), 106º) y 107º) la protección de la misma, estableciendo específicamente en éste último, la obligación de incentivar la actividad de los artistas regionales, como así también de proteger y defender las manifestaciones de la cultura popular, respectivamente.-

Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 9º), Inciso 11), establece como derecho de todo vecino acceder a la cultura. Asimismo, en su Artículo 16º), establece que es competencia de la municipalidad la promoción y difusión de las manifestaciones culturales; y en su Artículo 32º) específicamente dispone que la Municipalidad garantizará el acceso a las manifestaciones culturales, favoreciendo la consolidación de la identidad cultural de la ciudad.-

Que nuestra ciudad cuenta con numerosos artistas, músicos y escritores, que en forma permanente editan sus discos y libros, advirtiéndose los intensos esfuerzos que los mismos realizan para dar a conocer sus obras al público en general.-

Que la falta de intervención por parte del Estado a la hora de igualar las oportunidades de los artistas locales frente a los masivamente conocidos, produce por imperio de las leyes de mercado, que vidrieras o exhibidores internos de los locales comerciales del rubro, le sean de acceso excepcional y esquivo.-

Que esta realidad incide en forma directa de manera negativa sobre la

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labor de nuestros artistas, en tanto contribuye enormemente al círculo vicioso de invisibilización de los mismos, imposibilidad de colocar sus obras y financiar sus nuevos proyectos.-

Que la protección e incentivo de las manifestaciones culturales tiene una doble faz, por un lado el derecho de los artistas locales a difundir sus obras literarias o discográficas y, por el otro, el derecho de todo vecino a tener acceso a dichas manifestaciones, que verdaderamente hacen a la vida cultural propia de la localidad.-

Que resulta importante a su vez que los visitantes de la ciudad puedan acceder sin mayores esfuerzos a los productos culturales de nuestra comunidad.-

Que establecer un cupo especial, el cual deban respetar quienes exploten los rubros comerciales de venta de libros y discos, representaría una medida que incentive, proteja y difunda a nuestros artistas locales, erigiéndose como parte de la política pública municipal de protección a la cultura local.-

Que, asimismo, debemos contemplar la inclusión en dicho cupo de aquellas obras artísticas cuya editorial o sello discográfico sean de la localidad, por cuanto fortalecer los mismos también contribuye al circuito de difusión de la cultura regional.-

Que, por último, resulta conveniente prever la posibilidad de difundir a los artistas de otras ciudades, siempre y cuando aquellas se comprometan a dar igual trato a los artistas de la ciudad de Neuquén.-

Que de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 048/2016, emitido por la Comisión Interna de Acción Social fue anunciado en la Sesión Ordinaria Nº 10/2016, el día 09 de junio y aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nº 11/2016, cerebrada por el Cuerpo el 23 de junio del corriente año.-

Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de la Carta Orgánica Municipal,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUENSANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º): ESTABLÉCESE el cupo difusión de obras literarias y discográficas locales, con el fin de difundir, promover, proteger e incentivar las manifestaciones artísticas locales.-

ARTÍCULO 2º): ENTIÉNDASE por: a)Cupo difusión: es aquella porción mínima obligatoria, que los responsables de los comercios aludidos en la presente norma, deberán reservar para obras literarias y obras discográficas locales, en vidrieras, repisas, estantes, vitrinas, escaparates, anaqueles, mesas u otro tipo de exhibidores que utilizaren. b) Obras literarias locales: son aquellas cuyo autor, traductor, o editorial, tengan residencia o domicilio comercial en la Ciudad de Neuquén.c) Obras discográficas locales: son aquellas cuyo compositor, interprete o sello discográfico, tengan residencia o domicilio comercial en la Ciudad de Neuquén.

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ARTÍCULO 3º): ESTABLÉCESE un cupo difusión de obras literarias locales de un 20% (veinte por ciento) en vidrieras, que deberán mantener de modo permanente quienes exploten comercialmente el rubro venta de libros.-

ARTÍCULO 4º): ESTABLÉCESE un cupo difusión de obras discográficas locales de un 20% (veinte por ciento) en vidrieras, que deberán mantener de modo permanente quienes exploten comercialmente el rubro disquería.-

ARTÍCULO 5º): ESTABLÉCESE un cupo difusión del 5% (cinco por ciento), de obras literarias locales, en los exhibidores interiores de los locales, que deberán mantener de modo permanente quienes exploten comercialmente el rubro venta de libros.-

ARTÍCULO 6º): ESTABLÉCESE un cupo difusión del 5% (cinco por ciento) de obras discográficas locales, en los exhibidores interiores de los locales, que deberán mantener de modo permanente quienes exploten comercialmente el rubro disquería.-

ARTÍCULO 7º): El espacio reservado para obras literarias y obras discográficas locales será de uso exclusivo, no pudiéndose ocupar dicho espacio con otras.-

ARTÍCULO 8º): Los responsables de los comercios alcanzados deberán llevar un registro donde conste qué artistas, editoriales de textos, o sellos discográficos locales han difundido, y en qué períodos han sido expuestos en vidriera.-

ARTÍCULO 9º): El cupo difusión deberá ser integrado con un criterio ecuánime, respetando la diversidad de géneros literarios o musicales, según corresponda; garantizando el acceso a vidrieras y exhibidores en forma rotativa, de las obras literarias o discográficas pertenecientes a todas las manifestaciones del ámbito cultural local.-

ARTÍCULO 10º): FACÚLTASE al Órgano Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de reciprocidad con aquellos municipios de la Provincia del Neuquén y del Alto Valle de la Provincia de Río Negro, que previamente sancionen ordenanzas análogas a la presente norma, con el objetivo de integrar el cupo difusión con obras artísticas regionales.-

ARTÍCULO 11º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS VEINTITRES (23) DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS (Expediente N° CD-147-B-2016).-

ES COPIA FDO.: SCHLERETHam FUERTES

La Ordenanza Municipal Nº 13497 ha sido promulgada tácitamente -Artículo 76º) Carta Orgánica Municipal-

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INSTITUTO MUNICIPAL PREVISION SOCIAL ASIGNACION ESPECIAL

ORDENANZA Nº 1 3 4 9 6.-

V I S T O:

El Expediente Nº CD-022-M-2016; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Acta Acuerdo suscripta con fecha 05/04/2016, entre el Órgano Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Neuquén (SI.TRA.MU.NE), se acuerda un incremento salarial para el personal municipal.-

Que, asimismo, se establece una Asignación Especial Excepcional, con carácter no remunerativa no bonificable.-

Que dicha suma, por su carácter, no se encuentra dentro de las previsiones del Artículo 57º) de la Ordenanza Nº 11633 y modificatorias.-

Que, por todo lo expuesto, resulta necesario autorizar al Instituto Municipal de Previsión Social (I.M.P.S.) a liquidar y pagar a sus beneficiarios jubilados y pensionados la Asignación Especial Excepcional mencionada.-

Que de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 024/2016, emitido por la Comisión Interna de Hacienda, Presupuesto y Cuentas fue anunciado en la Sesión Ordinaria Nº 10/2016, el día 09 de junio y aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nº 11/2016, celebrada por el Cuerpo el 23 de junio del corriente año.-

Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de la Carta Orgánica Municipal,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUENSANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A ARTICULO 1°): AUTORIZASE al Instituto Municipal de Previsión Social a liquidar y pagar a sus beneficiarios jubilados y pensionados la Asignación Especial Excepcional, de carácter no remunerativa y no bonificable, establecida en el Punto 5 del Acta acuerdo suscripta, con fecha 05/04/2016, entre el Órgano Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Neuquén (SI.TRA.MU.NE), consistente en una suma fija de pesos tres mil doscientos ($ 3200), pagaderos en dos cuotas de pesos mil seiscientos ($ 1600) cada una, a pagar la primera con los haberes del mes de Agosto 2016 y la segunda con los haberes del mes Septiembre 2016.-

ARTICULO 2°): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE

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NEUQUEN; A LOS VEINTITRES (23) DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS (Expediente Nº CD-022-M-2016).-

ES COPIA: FDO.: SCHLERETHmv FUERTES

La Ordenanza Municipal Nº 13496 ha sido promulgada tácitamente -Artículo 76º) Carta Orgánica Municipal-

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DECRETOS COMPLETOS

CODIGO DE EDIFICACIÓN CERTIFICADO DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO

D E C R E T O Nº 0 5 9 2NEUQUÉN, 18 JUL 2016

V I S T O:

El Expediente OE Nº 3917-M-16, la Ordenanza Nº 4755, su Decreto Reglamentario Nº 1552/91 y el proyecto de decreto elaborado por la Dirección General de Catastro, Situn y Agrimensura -Subsecretaría de Administración Municipal de Ingresos Públicos- Secretaría de Economía y Hacienda (Nota Nº 003/16); y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de que ha transcurrido un tiempo prudencial desde la implementación del Certificado de Deslinde y Amojonamiento -CDA- autorizada por la Ordenanza Nº 4755, resulta necesario considerar a la Constatación de Unidad Funcional -CUF- con el mismo alcance que el CDA, solo para barrios cerrados y clubes de campo cuyos planos de mensura hayan sido registrados en la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial bajo el Régimen de Propiedad Horizontal;

Que con la implementación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, pueden existir en un futuro planos de mensura que correspondan a barrios cerrados y que la registración de los mismos se realice por conjuntos inmobiliarios, con lo cual para esos casos se debe considerar la ejecución de un CDA;

Que si bien las situaciones emergentes de un defectuoso replanteo son la causa de graves perjuicios a los propietarios del inmueble como a sus linderos, se ha podido comprobar que este tipo de conflictos ha disminuido considerablemente desde la implementación de la Ordenanza Nº 4755;

Que aún así, la evidencia de dichos errores se pone de manifiesto cuando las mejoras, incorporadas en forma inamovible a los terrenos, les asignan a los lotes valores de gran importancia;

Que del análisis de su implementación surge la necesidad de rever los tiempos de validez del Certificado de Deslinde y Amojonamiento -CDA- y de la Constatación de Unidad Funcional -CUF-, y establecer diferencias en tiempos entre aquellas parcelas que esten baldías o edificadas;

Que el Decreto mencionado en el Visto establece en los Artículos 2º) y 3º) que será exigible el Certificado de Deslinde y Amojonamiento para todos los casos enunciados en el Artículo 3º) de la Ordenanza Nº 4755, salvo cuando exista plano de mensura cuya registración date de un (1) año, y que el mismo tendrá una validez de un (1) año a partir de la fecha de su registración;

Que por lo expuesto, corresponde modificar dichos Artículos adecuando el plazo de vigencia del Certificado y de la Constatación mencionados;

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Que tomó intervención la Subsecretaría de Administración Municipal de Ingresos Públicos;

Que por Dictamen Nº 309/16, la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos manifiesta no tener objeciones que formular desde el punto de vista técnico-legal al proyecto de decreto de marras;

Que el señor Secretario de Economía y Hacienda remite las actuaciones a la Dirección Municipal de Despacho para el dictado de la normal legal pertinente;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NEUQUÉND E C R E T A:

Artículo 1º) MODIFICAR los Artículos 2º) y 3º) del Decreto Nº 1552/91 Reglamentario de --------------- la Ordenanza Nº 4755, en relación al Certificado de Deslinde y Amojonamiento, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“Artículo 2º) Será exigible el Certificado de Deslinde y Amojonamiento -CDA- y la Constatación de Unidad Funcional -CUF- solo para las parcelas sometidas al Régimen de Propiedad Horizontal, en todo el ámbito de la jurisdicción de la ciudad de Neuquén, para todos los casos enunciados en el Artículo 3º) de la Ordenanza Nº 4755, salvo cuando exista plano de mensura cuya fecha de registración date de dos (2) años.-”

“Artículo 3º) Tanto el Certificado de Deslinde y Amojonamiento como la Constatación de Unidad Funcional tendrán una validez de dos (2) años para aquellas parcelas o Unidades Funcionales que se encuentren baldías y de tres (3) años para las que se encuentren edificadas. Vencido el plazo estipulado en el presente Artículo no se podrá actualizar el mismo.-”.-

Artículo 2º) TOMEN conocimiento de lo dispuesto precedentemente las áreas pertinentes --------------- de la Subsecretaría de Administración Municipal de Ingresos Públicos.-

Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno --------------- y Coordinación; y de Economía y Hacienda.- Artículo 4º) Regístrese, publíquese, cúmplase de conformidad, dese a la ---------------- Dirección Centro de Documentación e Información y, oportunamente, ARCHÍVESE.-///ja/eb.-

ES COPIA.- FDO) QUIROGABERMÚDEZARTAZA

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PRINCIPIOS Y POLITICAS ESPECIALES FAMILIA, NIÑEZ , ADOLESCENCIA Y JUVENTUD

D E C R E T O Nº 0 5 9 3 NEUQUÉN,18 JUL 2016.-

V I S T O:

El Expediente OE N° 2443-M-16 y el proyecto de decreto elaborado por la Dirección de Consejos Municipales, Niñez, Adolescencia y Familia -Subsecretaría de Desarrollo Social y Derechos Humanos- Secretaría de Desarrollo Humano, por el cual se propicia la aprobación del Programa “PREVENIR NEUQUÉN”; y

CONSIDERANDO:

Que el objetivo de dicho Programa es impulsar y promover una mejor calidad de vida a nivel personal, familiar y social en niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Neuquén, mediante una oferta de capacitaciones y talleres de vanguardia generados desde el enfoque de habilidades sociales como herramientas de prevención y contención;

Que el mismo se implementa a través de los talleres específicos dictados en el período 2016-2017 en diferentes barrios de nuestra ciudad;

Que se ha demostrado la importancia de incorporar la formación de habilidades sociales, buenos modales y valores como así también el conocimiento y control del bagaje emocional que permiten obtener relaciones interpersonales positivas;

Que la capacitación a niños, niñas y adolescentes incorpora con acciones específicas herramientas fundamentales para la vida en sociedad y para la construcción de una ciudadanía responsable;

Que además, los talleristas deben resolver distintas situaciones conflictivas que se les presentan con niños, niñas y adolescentes, ya sean propias de los mismos o en relación a su familia, pares y/o escuela;

Que se cuenta con la intervención de la señora Secretaria de Desarrollo Humano (Pase Nº 142/16);

Que tomó conocimiento la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos (Dictamen Nº 258/16), manifestando no tener observaciones que formular de tipo técnico-legal al proyecto de decreto;

Que la Dirección de Formulación y Gestión Presupuestaria -Dirección General de Administración Financiera- (Pase Nº 542/16) informa que la Actividad: “Dirección y Coordinación Superior”, Imputación: 5-FS-1-0-1, Partida Principal: “Transferencias”, cuenta con crédito suficiente; procediendo a la carga de los preventivos correspondientes;

Que el señor Secretario de Economía y Hacienda remite las

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actuaciones a la Dirección Municipal de Despacho para el dictado de la norma legal respectiva

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NEUQUÉND E C R E T A:

Artículo 1º) APROBAR el Programa “PREVENIR NEUQUÉN”, para niños, niñas y -------------- adolescentes, con vigencia al día 01 de marzo de 2016, por el lapso de doce (12) meses; que como ANEXO I forma parte del presente Decreto; de acuerdo a lo solicitado por la Dirección de Consejos Municipales, Niñez, Adolescencia y Familia -Subsecretaría de Desarrollo Social y Derechos Humanos- Secretaría de Desarrollo Humano.-

Artículo 2º) APROBAR el Subsidio con Contraprestación de Servicios para tres (3) ---------------- talleristas, que cumplan funciones en el Programa aprobado en el Artículo 1º), por un monto mensual de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 3.330.-), a cada uno de ellos, designando a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Derechos Humanos como Autoridad de Aplicación para la ejecución del Programa, la que tendrá a su cargo la facultad de realizar las altas y bajas de los capacitadores, estableciendo que la vinculación entre la Municipalidad y los mismos, a través del subsidio, es tutela o protección de ayuda económica, lo cual no implica vínculo laboral.-

Artículo 3º) AUTORIZAR a la Subsecretaría de Hacienda, previa intervención de la ---------------- Contaduría Municipal, a pagar el gasto que surja del presente con cargo a la Actividad: “Dirección y Coordinación Superior”, Imputación: 5-FS-1-0-1, Partida Principal: “Transferencias”, del Presupuesto de Gastos correspondiente.-

Artículo 4º) El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno --------------- y Coordinación; de Economía y Hacienda; y de Desarrollo Humano.-

Artículo 5º) REGÍSTRESE, publíquese, cúmplase de conformidad, dese a la ---------------- Dirección Centro de Documentación e Información y, oportunamente, ARCHÍVESE.-///eb.-

ES COPIA.- FDO) QUIROGA BERMÚDEZARTAZAFONFACH.-

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ANEXO I

Programa PREVENIR NEUQUÉN

Objetivo del Programa

Impulsar y promover una mejor calidad de vida a nivel personal, familiar y social en niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Neuquén, mediante una oferta de capacitaciones y talleres de vanguardia generados desde el enfoque de habilidades sociales como herramientas de prevención y contención.

“Transformar los Talleres en Espacios de Protección”“Fortalecer los Talleres como Espacios de Contención y Desarrollo de Conductas

Saludables”

Fundamentación

El Programa PREVENIR funcionará de forma continua y permanente durante un (1) año y se ofrecerán en forma gratuita distintas capacitaciones y talleres destinados a promover conductas de vida saludables en niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Neuquén.Se entiende como conducta saludable comer sano, hacer ejercicio físico, consumo moderado de alcohol, vida sexual sana, conducción segura, manejo del estrés, no fumar así como también las formas de pensar y de comportarse de las personas en su relación consigo mismas, en el control de sus vidas y su proyecto de vida, las relaciones interpersonales, la relación con el entorno, el repertorio de habilidades personales y sociales de que disponen. Existen también conductas de riesgo como fumar, el consumo excesivo de alcohol, la conducción temeraria, etc. que se suelen presentar como decisiones personales tomadas libremente por los individuos, “culpabilizando a las personas”. Pero las elecciones de las personas y sus conductas en salud son muy sensibles a las circunstancias socio-económicas y culturales del entorno, cuyos principales determinantes son las condiciones de vida, lo cual está en gran medida fuera del control inmediato del individuo. Por lo tanto, para lograr cambios eficaces, es necesario actuar sobre una perspectiva amplia de factores relacionados con el comportamiento, teniendo en cuenta factores del entorno social (de la sociedad en la que vive), factores del entorno próximo (su grupo familiar, de trabajo y otros) y factores personales del área cognitiva (lo que sabe), del área emocional (lo que cree y siente) y del área de las habilidades (lo que sabe hacer).Los cambios en las conductas no son fáciles y dependen de múltiples factores personales y sociales. Es decir no implica sólo a las personas. Sin embargo, siempre hay cosas que sí podemos mejorar. El Programa PREVENIR pretende poner en marcha diferentes actuaciones para la promoción de conductas saludables en los ámbitos educativo, sanitario y comunitario. Su objetivo es informar, motivar, ayudar, capacitar y fortalecer los conocimientos y habilidades individuales y colectivas para adoptar y mantener conductas saludables.El Programa PREVENIR se desarrolló sobre la temática específica de prevención de adicciones durante el año 2014/2015 en distintos barrios de la ciudad de Neuquén con actividades permanentes en los barrios Almafuerte, Valentina Sur y Confluencia. Se prevé para el año en curso aplicar la propuesta básica del Programa incorporando actividades de recuperación de espacios existentes en los barrios.La idea es poder mostrar a los niños, niñas y adolescentes que mediante la participación

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en los talleres se puede ocupar el tiempo libre de forma positiva y saludable, en espacios lúdicos que resultan agradables y seguros, donde además de aprender alguna técnica de baile o arte adquirirán conductas saludables.Este espacio favorecerá la autoconfianza, la autonomía y la formación de la personalidad, donde se desarrollarán actividades para la diversión y el disfrute de los participantes, a la vez que se utilizarán como herramienta educativa. El mismo ayudará a conocer la realidad, permitiendo al niño, niña y adolescente afirmarse; favoreciendo el proceso socializador, y cumpliendo una función integradora y rehabilitadora.Con ello se busca que cualquier niño o joven despliegue todo su potencial corporal, cognitivo, social y afectivo. Compartir con otros en forma dinámica, con gran compromiso motriz, constituye una de las actividades vitales por excelencia para lograr mejores niveles de socialización y comunicación directa con los pares y con los adultos que se integren a la actividad. La presente acción es fundamentalmente preventiva, ya que las instituciones que enseñan en diversas formas y modalidades, deben transmitir a niños, niñas y adolescentes estos aprendizajes esenciales para la vida en sociedad. En este marco, son los adultos los referentes válidos para permitir que esto suceda, y que se dé lugar a un desarrollo de conductas saludables desde edades tempranas. El esfuerzo en educar, en enseñar, tiene que darse necesariamente a partir de espacios comunes. Es importante entrenar a los niños, niñas y adolescentes, en el arte de pensar, de emitir valoraciones, de ser responsables ya que esto les dará las herramientas necesarias para poder en el futuro enfrentarse a la presión grupal o de personas cercanas sobre cualquier índole (drogas, sexo, relaciones personales) y responder con mayor seguridad y desde su responsabilidad, más que desde su necesidad de aceptación. Por lo tanto, un niño formado en habilidades sociales tendrá la capacidad de relacionarse eficazmente con los demás, de forma tal que conseguirá un máximo de beneficios y un mínimo de consecuencias negativas, tanto a corto como a largo plazo. Como adultos referentes debemos embarcarnos en la tarea de empoderar a las nuevas generaciones, para que ellos pongan valor a sus actos: lo cual implica pensar en cuidar su salud, en estudiar, en ser solidario, comprometido con sus espacios, en la importancia de tener un proyecto de vida, en lo positivo que resulta tener buenos modales, ser respetuoso, empático, agradecido, en definitiva, una persona comprometida consigo misma y, por ende, con la comunidad que habita.

Los Espacios de Talleres permitirán: A niños, niñas y adolescentes, incorporar herramientas fundamentales para la vida en sociedad y para la construcción de una ciudadanía responsable.A los talleristas, resolver las distintas situaciones conflictivas que se les presenten con niños, niñas y adolescentes, ya sean propias de los mismos o en relación a la familia, pares y/o escuela.

MetodologíaDurante el año 2016 se continuará trabajando en el barrio Almafuerte y se incorporará el trabajo con otros barrios de la ciudad.En los talleres se desarrollarán actividades de expresión corporal, estético - expresiva, danza, arte, juegos y hábitos saludables.

Talleres:Personal Calificado:El personal que trabaje bajo el Programa con la función de tallerista recibirá una

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formación previa y asesoría permanente en el enfoque de conductas sociales, con el objeto de trabajar en conjunto y bajo un mismo marco teórico de prevención.En dicha capacitación se transmitirán pautas básicas de comunicación, resolución de conflictos, toma de decisiones, empatía, poder decir no, tolerancia y trabajo en equipo, con el fin de resolver las diferentes situaciones de conflicto que se pudieran presentar en el intercambio cotidiano con los niños, niñas y adolescentes, y en el mismo acto concreto y específico enseñarles esas pautas.

Los talleres estarán en forma permanente bajo una instancia de asesoría, acompañamiento y supervisión de trabajo, con el fin de ir obteniendo los resultados esperados.

Para la implementación del programa se necesita la contratación de un total de 3 (tres) talleristas que trabajarán en diferentes espacios ubicados en los respectivos barrios.

Los mismos tendrán una carga horaria de seis (6) horas semanales.

Grupos:• Grupo de niños: Podrán participar del Programa niños y niñas que presenten

edades de entre 6 y 11 años.• Grupo de adolescentes: Podrán participar del Programa adolescentes que

presenten edades de entre 12 y 18 años.• Talleristas del Programa Prevenir.

Se trabajará en las Sociedades Vecinales de los barrios, a través de las cuales se realizará la convocatoria y la gestión del espacio para el dictado de los talleres.

Relación de la Municipalidad de Neuquén con la SEDRONAR:

Desde la conducción del Programa PREVENIR se realizarán las gestiones pertinentes para ejecutar políticas en coordinación con la SEDRONAR.-

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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOVETO

D E C R E T O Nº 0 5 8 5NEUQUÉN, 15 JUL 2016.-

V I S T O:

El Expediente CD Nº 036-B-2016 y la Ordenanza Nº 13487 sancionada por el Concejo Deliberante en fecha 23 de junio de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza mencionada crea el Registro de viviendas aptas para locación de la ciudad de Neuquén, con el fin de garantizar las condiciones mínimas de habitabilidad y seguridad en los inmuebles destinados a uso familiar y establece sus funciones, estando a cargo del Órgano Ejecutivo Municipal habilitar los inmuebles mediante certificado de habilitación municipal, que deberá realizarse con anterioridad a la firma del contrato de alquiler del cual lucirá como anexo obligatorio y previo cumplimiento de los requisitos que enumera;

Que remitido el expediente a la Secretaría de Movilidad Urbana, ésta solicita la intervención de la Subsecretaría de Obras Particulares para que emita opinión, la cual observa en relación al Artículo 2º) de la Ordenanza que indica que el Órgano Ejecutivo Municipal habilitará los inmuebles mediante certificado de habilitación municipal, cumplimentadas las disposiciones previstas en el Código de Edificación de la ciudad de Neuquén y demás normas de seguridad e higiene vigentes, que el Código de Edificación -Ordenanzas Nºs. 6485, 10397 y modificatorias- ya establece como parte del proceso de registro de planos la emisión del certificado de obra FINAL o PARCIAL, indicando que se extenderá Certificado Final de Obra cuando se acredite la concordancia entre la obra ejecutada y los últimos planos registrados y Certificado Parcial de Obra cuando un sector de la construcción esté terminado, conforme una unidad de uso independiente y esté de acuerdo a los últimos planos registrados, aclarando que la certificación de obra implica la constatación del estado de obra sin que ello signifique evaluación de calidad de materiales ni verificación de posibles vicios ocultos; además, el certificado de obra es el requisito indispensable para dar por concluido el procedimiento de autorización de construcción de obra;

Que en cuanto al Artículo 4º) que establece que será función del Registro de viviendas aptas para locación, entre otras, la de emitir el certificado acompañado de la planilla de constatación del estado del inmueble in situ, la cual deberá estar firmada y sellada por el profesional actuante y el locador, con costo a cuenta y cargo exclusivo del locador, con más lo dispuesto en el Artículo 5º) respecto de los requerimientos para obtener el mismo, el área opinante manifiesta que los Decretos reglamentarios Nºs. 0359/14 y 0221/15 exigen que en el trámite para la emisión del Certificado Final o Parcial de Obra, tanto para obras nuevas como para obras realizadas sin permiso municipal, en el formulario tipo de inspección in situ se deberá constatar entre otros la vereda, destino y altura de locales, instalación cloacal, patios, desagües pluviales/canaletas sobre vía pública, escaleras, servicio contra incendios, condiciones de habitabilidad, conservador de sistemas contra incendios, conservador de medios mecánicos de elevación, certificado final de cumplimiento de memoria contra incendio,

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instalaciones sanitarias reglamentarias para discapacitados y accesibilidad, firmado por el propietario y profesional actuante; a ello agrega que la Ordenanza Nº 4686 establece que un inmueble reúne condiciones mínimas de habitabilidad cuando cuenta con los servicios de luz, agua y cerramiento exterior, realizado en cualquier material que permita tal contenido y cuente con sanitario, con lo cual se concluye que el formulario de constatación indicado exige similar nivel de requerimientos que los de la Ordenanza en cuestión;

Que cabe destacar que, a lo largo de su vida útil, el rol que debe cumplir el Estado en la preservación y mantenimiento de las edificaciones es bregar porque existan los actores a cargo de estas tareas -por caso los conservadores de los servicios de protección contra incendio y los de medios mecánicos de elevación- los que son responsables por realizar su trabajo en forma idónea y, si además de ello, cada dos años el Municipio debe constatar el estado de todos los inmuebles en alquiler de la ciudad para proceder a emitir un Certificado de Habilitación Municipal, que puede además incurrir en connotaciones legales más allá del rol de Autoridad de Aplicación (ejemplo: ¿cómo se encuadraría la situación si en cualquier edificación habilitada con este certificado existe algún vicio oculto que genera posteriormente cualquier inconveniente?). Para evitar esta posibilidad, debería realizarse esta constatación en forma exhaustiva, llevando estas inspecciones a un nivel de rigurosidad técnica mucho mayor o con personal técnico más calificado;

Que por último, existen según estadísticas, más de 15.000 unidades de viviendas en alquiler en la ciudad, por lo que la implementación de esta normativa por parte del Municipio insumiría gran cantidad de personal administrativo, técnico y recursos, ocasionando demoras y trastornos en el movimiento necesario de los contratos de esa índole, resultando todo ello mas perjudicial para el inquilino que se intenta resguardar;

Que previa intervención de la Secretaría de Movilidad Urbana propiciando el veto de la Ordenanza Nº 13487, la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos, por Dictamen Nº 409/16, manifiesta que la materia que se intenta regular debe enfocarse desde dos aspectos, uno pragmático y operativo y otro legal; en cuanto al primero de ellos, ha sido analizado por la Subsecretaría de Obras Particulares con los argumentos expuestos precedentemente, de lo cual surge la existencia de normativa que atiende las cuestiones reguladas por la Ordenanza en análisis, lo que traería aparejada una superposición normativa; por otra parte, resulta evidente la imposibilidad material de llevar a cabo en forma adecuada las funciones de poder de policía que la norma confiere a la Administración Municipal, situación que, en definitiva, perjudicaría a las partes contratantes a quienes la norma intenta proteger, puesto que la operatividad del sistema generaría costos que deberán inevitablemente asumir;

Que en cuanto a los aspectos legales de la norma en análisis, entiende que se pretende reglamentar un negocio jurídíco que ya se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación; al respecto, el Artículo 1200º) del mismo establece como obligación del locador entregar la cosa “en estado apropiado para su destino, excepto los defectos que el locatario conoció o pudo haber conocido” y el Artículo 1201º) determina que “el locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso y goce convenido y efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro originado en su calidad o defecto, en su propia culpa, o en la de sus dependientes o en hechos de terceros o caso fortuito”, con lo cual las partes que contratan encuentran sus derechos y obligaciones allí contemplados, por lo tanto la excesiva injerencia estatal en este tipo de

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actividad redunda, en definitiva, en perjuicio de la parte más débil de la relación contractual a quien se intenta proteger;

Que por otra parte, debe tenerse presente lo establecido en la Ley Nacional de Locaciones Urbanas Nº 21.342, Artículo 6º): “(t.o. Ley Nº 26.994) Garantía del Estado. El Estado garantiza la libertad de contratación y el ejercicio regular de los derechos de los contratantes en las locaciones iniciadas o que se inicien a partir del 1 de enero de 1974. Las condiciones pactadas entre locadores y locatarios no serán alteradas por el Poder Público ni éste aplicará medidas en relación con las locaciones urbanas que deban ser cumplidas a expensas de una sola de las partes”;

Que la Subsecretaría Legal y Técnica eleva el Expediente a la Secretaría de Gobierno y Coordinación sugiriendo el veto total de la Ordenanza en cuestión en función de lo expuesto en los considerandos precedentes;

Que el señor Secretario de Gobierno y Coordinación remite las actuaciones a la Dirección Municipal de Despacho a los efectos de que se proceda al veto total de la Ordenanza Nº 13487, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 76º) de la Carta Orgánica Municipal;

Por ello, en función de lo expuesto, y conforme lo establece el Artículo 85º), Inciso 6), de la Carta Orgánica Municipal:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NEUQUÉND E C R E T A:

Artículo 1º) VETAR TOTALMENTE la Ordenanza Nº 13487 sancionada el día 23 de junio --------------- de 2016, mediante la cual se crea el Registro de viviendas aptas para la locación de la ciudad de Neuquén, con el fin de garantizar las condiciones mínimas de habitabilidad y seguridad en los inmuebles destinados a uso familiar y establece sus funciones, estando a cargo del Órgano Ejecutivo Municipal habilitar los inmuebles mediante certificado de habilitación municipal, que deberá realizarse con anterioridad a la firma del contrato de alquiler del cual lucirá como anexo obligatorio y previo cumplimiento de los requisitos que enumera; en virtud de los considerandos expuestos en el presente Decreto.-

Artículo 2°) Remitir las actuaciones al Concejo Deliberante, a los fines dispuestos en el --------------- Artículo 76º) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Neuquén.-

Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de de ----------------- Gobierno y Coordinación; y de Movilidad Urbana.-

Artículo 4º) REGÍSTRESE, publíquese, cúmplase de conformidad, dese a la Dirección ---------------- Centro de Documentación e Información y, oportunamente, ARCHÍVESE.-G.P.-

ES COPIA FDO) QUIROGABERMÚDEZGARCÍA.-

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D E C R E T O Nº 0 5 8 6 NEUQUÉN, 15 JUL 2016.-

V I S T O:

El Expediente CD Nº 124-B-16 y la Ordenanza Nº 13485 sancionada por el Concejo Deliberante en fecha 23 de junio de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza mencionada adhiere a la Ley Provincial Nº 2771 “Plan Provincial Techo Digno Neuquino”;

Que remitido el expediente a la Secretaría de Desarrollo Humano- para el informe pertinente, toma intervención la Dirección Municipal Revisión y Dictámenes de la Subsecretaría de Tierras, la cual manifiesta que, teniendo en cuenta los términos en los que se han sancionado las leyes provinciales que en su consecuencia se han dictado (Ley Nº 2771, Ley Nº 2638, Ley Nº 2828), es dable considerar que la Ordenanza en cuestión avanza y mengua facultades propias de los distintos poderes municipales traspolando las mismas al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio del Instituto Provincial de la Vivienda y Urbanismo (IPVU), a la sazón designada Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 2771, infiriéndose de ello una clara contraposición con las actividades y facultades propias del Municipio, ejercidas por la Secretaría de Desarrollo Humano -Subsecretaría de Tierras- especialmente en relación a la regularización de tierras de dominio privado municipal y realización de loteos sociales;

Que la Subsecretaría de Tierras es Autoridad de Aplicación en lo concerniente a la regularización de tierras de dominio municipal, interviniendo además, en las cuestiones atinentes a los inmuebles afectados a espacios verdes y reservas fiscales. La norma sancionada acomete sobre tales incumbencias y funciones, pero va aún más allá, en tanto erige a un organismo provincial como autoridad de aplicación que, conjuntamente con otras entidades civiles y gremiales intervendrá en la planificación, gestión e implementación de un plan a desarrollarse sobre tierras de dominio privado municipal, lo cual constituye un absurdo ya que erigir al IPVU como responsable en relación a la entrega y regularización de tierras fiscales municipales merece la tacha de inconstitucionalidad de la norma en tanto colisiona con la Carta Magna Municipal;

Que en igual sentido, la norma en análisis claramente se contrapone con el espíritu de la Ordenanza Nº 13010 que crea la Unidad de Gestión de Regularización de Asentamientos Informales Consolidados, en la que además intervienen áreas tanto del Gobierno Municipal como del Gobierno Provincial, más específicamente del IPVU, cuyo fin es la regularización de los asentamientos irregulares consolidados tanto en tierras de dominio provincial como municipal;

Que es necesario poner de manifiesto que es competencia del Gobierno Provincial atender las situaciones habitacionales y promover el acceso a la vivienda sobre tierras de su propiedad, a través de los organismos existentes en su estructura, mas no podrá ejercer tal potestad sobre tierras de propiedad municipal, por las razones precedentemente expuestas y porque ello importa un avasallamiento al patrimonio municipal;

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Que por lo expuesto y a efectos de no generar dispendios administrativos innecesarios, pérdida de tiempo injustificada y contraposiciones, se sugiere el veto de la norma legal analizada;

Que toma intervención la señora Secretaria de Desarrollo Humano, quien remite las actuaciones a la Dirección Municipal de Despacho a los efectos de que se proceda al veto total de la Ordenanza Nº 13485, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 76º) de la Carta Orgánica Municipal;

Por ello, en función de lo expuesto, y conforme lo establece el Artículo 85º), Inciso 6), de la Carta Orgánica Municipal:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NEUQUÉN

D E C R E T A:

Artículo 1º) VETAR TOTALMENTE la Ordenanza Nº 13485 sancionada el día 23 de junio -------------- de 2016, la cual adhiere a la Ley Provincial Nº 2771 “Plan Provincial Techo Digno Neuquino”; en virtud de los considerandos expuestos en el presente Decreto.- Artículo 2°) Remitir las actuaciones al Concejo Deliberante, a los fines dispuestos en el --------------- Artículo 76º) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Neuquén.-

Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno --------------- y Coordinación; y de Desarrollo Humano.-

Artículo 4º) REGÍSTRESE, publíquese, cúmplase de conformidad, dese a la Dirección --------------- Centro de Documentación e Información y, oportunamente, ARCHÍVESE.-G.P.-

ES COPIA FDO) QUIROGABERMÚDEZFONFACH.-

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RENTASIMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES

D E C R E T O Nº 0 5 9 6NEUQUÉN, 18 JUL 2016

V I S T O:

El Expediente OE N° 11104-M-10, la Ordenanza Nº 13376 y el proyecto de decreto elaborado por la Subsecretaría de Administración Municipal de Ingresos Públicos -Secretaría de Economía y Hacienda-; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ordenanza Nº 13376 se establecieron los valores que regirán para los distintos tributos en el Ejercicio Fiscal 2016;

Que el Decreto Nº 1085/15 fijó el vencimiento para el pago anticipado del Primer Semestre del Ejercicio Fiscal 2016 para los tributos que administra el Organismo Fiscal Municipal, prorrogándose posteriormente la cuota correspondiente al mes de enero de 2016 mediante Decreto Nº 0015/16;

Que asimismo estableció el día 30 de abril de 2016 como fecha de vencimiento de la Declaración Jurada Anual Fiscal 2016 para los tributos de: “Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios”, “Derechos por Publicidad y Propaganda”, “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos”, y “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Privados Municipales” (Títulos VII, VIII, XII y XIII, respectivamente, del Código Tributario Municipal vigente -Ordenanza Nº 10383 y modificatorias-);

Que con relación al Segundo Semestre del año 2016 corresponde proceder a determinar y liquidar los tributos que administra el Organismo Fiscal Municipal: "Tasa por Servicios a la Propiedad Inmueble", "Tasa por Inspección e Higiene de Baldíos y Obras Interrumpidas", "Tasa por Servicios de Iluminación", "Patente de Rodados", "Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios", "Derechos por Publicidad y Propaganda", "Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos", "Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Privados Municipales", y "Derechos de Cementerio", netos de los importes liquidados en las cuotas del Primer Semestre 2016;

Que una vez operado el vencimiento de las Declaraciones Juradas, resulta necesario procesar las mismas y liquidar el tributo anual, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 13376, posibilitando de esta forma prorratear el saldo final en las cuotas correspondientes al Segundo Semestre del año 2016;

Que en virtud de lo normado en los Incisos a), b), y c) del Artículo 93º) del Código Tributario Municipal se establece los beneficios por pronto pago, buen cumplimiento y adhesión a mecanismos automatizados de pago;

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Que a través de los Decretos Nºs. 0736/06 y 0631/09 se fijaron los porcentajes de los descuentos mencionados;

Que el Artículo 15º) del Anexo I del Decreto Nº 0736/06 determina que el descuento por buen cumplimiento se hará efectivo en el Segundo Semestre;

Que por la metodología de cálculo de los tributos relacionados con el comercio, es necesario prorratear el monto total del descuento por buen cumplimiento entre las cuotas en las que se distribuirá el saldo a pagar, que surja de la Declaración Jurada Anual y los pagos a cuenta liquidados;

Que tomó conocimiento el señor Secretario de Economía y Hacienda;

Que la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos -Subsecretaría Legal y Técnica- (Dictamen Nº 336/16), manifiesta que no tiene observaciones que formular con respecto al proyecto de decreto;

Que corresponde el dictado de la norma legal respectiva;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NEUQUÉND E C R E T A:

Artículo 1º) DETERMINAR las cuotas del Segundo Semestre del Ejercicio Fiscal 2016 de ---------------- los siguientes tributos: “Tasa por Servicios a la Propiedad Inmueble”, “Tasa por Inspección e Higiene de Baldíos y Obras Interrumpidas”, “Tasa por Servicios de Iluminación”, y “Patente de Rodados” excepto “Motovehículos”, según lo establecido en la Ordenanza Nº 13376; correspondiendo proceder a liquidar el tributo anual neto de las cuotas anticipo liquidadas en el Primer Semestre, y distribuir el monto resultante en seis (6) cuotas, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-

Artículo 2º) DETERMINAR las cuotas del Segundo Semestre del Ejercicio Fiscal 2016 de ---------------- los tributos: “Derechos de Cementerio” y “Patente de Rodados – Motovehículos”, según los valores establecidos en la Ordenanza Nº 13376, correspondiendo proceder a liquidar el tributo anual neto de las cuotas anticipo liquidadas en el Primer Semestre, y distribuir el monto resultante en dos (2) cuotas, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-

Artículo 3º) DETERMINAR las cuotas del Segundo Semestre del Ejercicio Fiscal 2016 de ---------------- los siguientes tributos: “Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios”, “Derechos por Publicidad y Propaganda”, “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos”, y “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Privados Municipales”, de acuerdo a los valores fijados en la Ordenanza Nº 13376, correspondiendo liquidar el saldo que surja de la Declaración Jurada Anual 2016 neto de los montos liquidados en las cuotas uno (1) a seis (6) del presente Ejercicio, y distribuir el monto resultante en seis (6) cuotas, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-

Artículo 4º) ESTABLECER un descuento del diez por ciento (10%) para los

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-----------------contribuyentes que abonen anticipadamente el importe de las cuotas determinadas en los Artículos 1º), 2º) y 3º) del presente Decreto, según lo normado por el Inciso a) del Artículo 93°) del Código Tributario Municipal -Ordenanza N° 10383 y modificatorias- y lo reglamentado por el Artículo 12°) del Anexo I del Decreto N° 0736/06, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-

Artículo 5º) ESTABLECER un descuento del cinco por ciento (5%) del Tributo Anual para ---------------- los contribuyentes de los tributos: “Tasa por Servicios a la Propiedad Inmueble”, “Tasa por Inspección e Higiene de Baldíos y Obras Interrumpidas”, “Tasa por Servicio de Iluminación”, “Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de la Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios”, “Derechos por Publicidad y Propaganda”, “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos”, “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Privados Municipales” y “Derechos de Cementerio”, que no registren deuda al 31 de diciembre de 2015. Los contribuyentes de los tributos: “Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de la Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios”, “Derechos por Publicidad y Propaganda”, “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos”, y “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Privados Municipales”, además del condicionamiento anterior, deberán haber presentado todas las Declaraciones Juradas exigiblescorrespondiendo prorratear el beneficio en las cuotas del Segundo Semestre, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-

Artículo 6°) ESTABLECER un descuento del cinco por ciento (5%) del Tributo Anual para ---------------- los contribuyentes del Tributo “Patente de Rodados” que no registren deuda al 31 de diciembre de 2015, que se incorporará en partes iguales en las cuotas a generar en el Segundo Semestre. Para aquellos Dominios activos modelos año 1996 a 2016 que se encuentren beneficiados por la Bonificación Especial del Artículo 109º) de la Ordenanza Nº 13376, se procederá, en caso de que no registren deuda al 31 de diciembre de 2015, de la siguiente manera: se determinará en primera instancia el valor del tributo anual y se aplicará en caso de corresponder un descuento del cinco por ciento (5%) sobre el monto que surja de deducir del Tributo Anual la sumatoria de las cuotas que resulten afectadas por la bonificación del Artículo 109º) mencionado. El importe resultante de este cálculo se deberá incorporar por partes iguales en las cuotas del Segundo Semestre, de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-

Artículo 7º) ESTABLECER un descuento del diez por ciento (10%) del Tributo Anual para ---------------- los contribuyentes encuadrados en los Artículos 1º) y 2º) de ésta norma legal que abonen mediante la adhesión a mecanismos automatizados el importe de las cuotas determinadas en el presente Decreto, según lo normado en el Inciso c) del Artículo 93º) del Código Municipal Tributario vigente (Ordenanza Nº 10383 y modificatorias).- Artículo 8º) El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno --------------- y Coordinación; y de Economía y Hacienda.-

Artículo 9º) REGÍSTRESE, publíquese, cúmplase de conformidad, dese a la Dirección ---------------- Centro de Documentación e Información y, oportunamente, ARCHÍVESE.-///eb.-

ES COPIA.- FDO) QUIROGABERMÚDEZARTAZA

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RESOLUCIONES COMPLETAS SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

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SECRETARIA DE MOVILIDAD URBANA

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EDICTO

SECRETARIA DE SERVICIOS URBANOS

La Municipalidad de Neuquén, a través de la Dirección General de Fiscalización, bajo Ordenanza

Nº 6485 /94 Sección 3 y Ordenanza Nº 7710/96 Art 2º y 3º ; CITA Y EMPLAZA POR EL TÉRMINO

DE DIEZ DÍAS HÁBILES, al SR. BROGGI CARLOS IGNACIO DNI 3070950169 , con domicilio

constituido en 9 De Julio Nº 1115 - Santa Fe , a fin de que oponga defensa, en caso de creerlo

conveniente en las actuaciones que cursan bajo el Acta de Infracción Nº 1298 serie C, por

contravenciones encontradas en lote baldío identificado con NC. 09-21-084-1472-0000,

debiéndose presentar ante el Tribunal Municipal de Faltas – Juzgado Nº 2, sito en calle Mitre Nº

461. Vencido el plazo para su presentación, quedará legalmente notificado, bajo apercibimiento de

dictar Resolución en base a las circunstancias labrantes en causa. Fdo. Emilio Molina , Secretario

de Servicios Urbanos.

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La Municipalidad de Neuquén, a través de la Dirección General de Fiscalización, bajo Ordenanza

Nº 7710 /96 en su ART. 2º) y Ordenanza Nº 7710 /96 ART. 2º Y 3º , CITA Y EMPLAZA POR EL

TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, al SR. LIBRANDI ALBERTO JOSÈ , DNI Nº 12087813 con

domicilio constituido en calle Pelegrini Nº 465, a fin de que oponga defensa, en caso de creerlo

conveniente en las actuaciones que cursan bajo el Acta de Infracción Nº 1262 serie C, por

contravenciones encontradas en lote baldío identificado con NC. 09-21-081-1997-0000

debiéndose presentar ante el Tribunal Municipal de Faltas – Juzgado Nº 2, sito en calle Mitre Nº

461. Vencido el plazo para su presentación, quedará legalmente notificado, bajo apercibimiento de

dictar Resolución en base a las circunstancias labrantes en causa. Fdo. Emilio Molina , Secretario

de Servicios Urbanos.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

La Municipalidad de Neuquén, a través de la Dirección General de Fiscalización, bajo Ordenanza

Nº 7710 /96 en su ART. 2º) y Ordenanza Nº 6485 /94 ART. 3º Y 2º ; CITA Y EMPLAZA POR EL

TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, al SR. CID DAGOBERTO DNI Nº 7.570.247, con domicilio

constituido en calle Rivadavia Nº 269 , a fin de que oponga defensa, en caso de creerlo

conveniente en las actuaciones que cursan bajo el Acta de Infracción Nº 1233 serie C, por

contravenciones encontradas en lote baldío identificado con NC. 09-21-079-3890-0000,

debiéndose presentar ante el Tribunal Municipal de Faltas – Juzgado Nº 1, sito en calle Mitre Nº

461. Vencido el plazo para su presentación, quedará legalmente notificado, bajo apercibimiento de

dictar Resolución en base a las circunstancias labrantes en causa. Fdo. Emilio Molina , Secretario

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Bahía Blanca y Richieri0299-449-1200 int 4231

de Servicios Urbanos.

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La Municipalidad de Neuquén, a través de la Dirección General de Fiscalización, bajo Ordenanza

Nº 6485 /94 – Sección 3, CITA Y EMPLAZA POR EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, al SR.

NAGEL GUSTAVO ALEJANDRO DNI Nº 20009066, con domicilio constituido en calle Teodoro

Planas Nº 613 , a fin de que oponga defensa, en caso de creerlo conveniente en las actuaciones

que cursan bajo el Acta de Infracción Nº 1601 serie C, por contravenciones encontradas en lote

baldío identificado con NC. 09-20-082-3614-0000 debiéndose presentar ante el Tribunal Municipal

de Faltas – Juzgado Nº 1, sito en calle Mitre Nº 461. Vencido el plazo para su presentación,

quedará legalmente notificado, bajo apercibimiento de dictar Resolución en base a las

circunstancias labrantes en causa. Fdo. Emilio Molina , Secretario de Servicios Urbanos.

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