Secretaria de Asuntos Agrarios V
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ANTECEDENTESSECRETARÍA DE ASUNTOS
AGRARIOS
Secretaria de Asuntos Agrarios
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Los Acuerdos de Paz subscritos entre el Gobiernode Guatemala y la URNG constituyen una seriede compromisos derivados de la negociación.
De los principales compromisos adquiridos por elGobierno destaca el “ACUERDO SOBREASPECTOS SOCIOECONÓMICOS Y SITUACIÓN
AGRARIA”.
ORIGENES
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La Dependencia Presidencial de Asistencia Legal y Resolución de los conflictos sobre la Tierra
–CONTIERRA-fue creada mediante el Acuerdo Gubernativo
452-97 con el propósito fundamental de abrir nuevos espacios de diálogo, participación y
entendimiento en torno a los conflictos de tierra. La Dependencia inició sus funciones el 15 de julio
de 1997.
ORIGENES
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La última modificación a estaDependencia se realizo mediante elAcuerdo Gubernativo 304-2005 en elcual se convierte en la Sub-Secretaria de
Resolución de Conflictos
quedando adscrita a la Secretaria deAsuntos Agrarios de la Presidencia de laRepública.
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Fue creada el 30 de abril de 2002 por medio deacuerdo gubernativo 136-2002.En su reglamento Orgánico Interno AcuerdoGubernativo 181-2002 se le definió como elÓrgano responsable de la Dirección y coordinaciónde las actividades que se requieren para elcumplimiento de los compromisos del ÓrganoEjecutor en el tema agrario. CONTENIDOS EN LOSAcuerdos de Paz, en las políticas de Gobierno y enla Constitución Política de la República.
LA SECRETARÍA DE ASUNTOS
AGRARIOS
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SECRETARÍA DE ASUNTOS AGRARIOS
SUB SECRETARÍA DE POLÍTICA
AGRARIA
SUB SECRETARÍA DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
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Facilitar y apoyar, a petición de parte, lasolución conciliatoria de aquellas situacionesen donde se presente una pugnasimultáneamente por el derecho de posesióno propiedad de la tierra.
FUNCIONES DE LA SUBSECRETARÍA DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE TIERRA
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¿Qué se entiende por conflicto de tierra?
Aquella situación en la cual dos o más partes interesadas pretenden derechos, ya sea de propiedad o de posesión sobre un mismo bien inmueble, reclamando todo o en parte como propio, generando una situación de litigio.
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Los MARC’s dentro de la SAA
• son los procesos alternativos al procesojudicial, disponibles para la resolución deconflictos, en los cuales, más queimponer una solución, permite a laspartes crear su propia solución.
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PRINCIPALES MARC’s
• Los principales procesos alternativos al proceso judicial, en nuestro medio, son cuatro:
a. La Negociación o Transacción.b. La Mediaciónc. La Conciliaciónd. El Arbitraje
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La Negociación o Transacción
Las partes involucradas en el conflictoenfrentan, directamente, sin la intervenciónde un tercero, la solución de un problema.Ejemplo: el caso de la negociación colectiva enla etapa de trato directo.
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LA MEDIACIÓN• Cuando las partes no pueden solucionar
directamente una controversia y seinterrumpen las conversaciones, puedenrecurrir a un tercero neutral para quepromueva nuevas reuniones y el reinicio deldiálogo a fin de que las partes desplieguen susmejores esfuerzos en encontrar una solución.
• El tercero NO plantea alternativas de solución, únicamente se limita a ser un facilitador del diálogo.
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LA CONCILIACIÓN
Cuando las partes recurren a un tercero neutral,quien además de convocar a las partes yfacilitar el reinicio del diálogo, puede, hacersugerencias de alternativas de solución paraque sean evaluadas por las partes y acordadaslibremente. Las propuestas del conciliador,son sólo propuestas y por tanto las partespueden no aceptarlas. La decisión está en laspartes.
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ARBITRAJE
• En este caso, las partes delegan en un terceroneutral la definición y la forma de solución deun conflicto. Las partes pueden nominar a losárbitros o aceptar los que una instituciónarbitral designe. Las partes tienen la facultadde definir los procedimientos.
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PROCESO JUDICIAL
ARBITRAJE
CONCILIACION
MEDIACION
NEGOCIACION
MENOR PODER DE DECISION DE LAS PARTES
MAYOR PODER DE DECISION DE LAS PARTES
MARCs
METODOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
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INSTITUCIONALIDAD AGRARIA
CONFLICTIVIDAD AGRARIA
FALTA DE ACCESO A LA TIERRA Y CERTEZA JURÍDICA
PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA
ABORDAJE INSTITUCIONAL
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REGISTRO DE INFORMACÓN CATASTRAL Y SECRETARÍA DE ASUNTOS AGRARIOS
OBJETIVO:Incrementar la certeza jurídica de la propiedad tenencia yuso de la tierra a ocho departamentos de la República deGuatemala, mediante la provisión de servicios catastrales,registrales y de administración de tierras, eficientes yaccesibles a la población guatemalteca.
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REGISTRO DE INFORMACÓN CATASTRAL Y SECRETARÍA DE ASUNTOS AGRARIOS
EJECUCIÓN DEL PROYECTO
ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS
FASE II en apoyo al Programa de
Administración de Tierras.
8 Departamentos
Alta Verapaz, Baja Verapaz, Chiquimula, Escuintla, Izabal, Quiché, Sacatepéquez, Zacapa
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CONVENIO RIC-SAA
A través de ésta Comisión ambas partes RIC ySAA, acuerdan definir los procedimientos parala inter actuación de ambas Instituciones y darseguimiento al convenio interinstitucional, ala ejecución del plan de trabajo y los acuerdosalcanzados para el cumplimiento de losmandatos contenidos en la ley del RIC.
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2. Establecer las condiciones para facilitar lageneración de información catastral pormedio de estudios orientados a la mediaciónde conflictos en las áreas geográficas definidaspor la SAA.3. Registrar información estratégicaconsolidada generada en el RIC sobre elestablecimiento y actualización catastral comoparte del proceso de implementación de losinstrumentos de la política agraria.
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COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL
A través de ésta Comisión ambas partes RIC ySAA, acuerdan definir los procedimientos parala inter actuación de ambas Instituciones y darseguimiento al convenio interinstitucional, ala ejecución del plan de trabajo y los acuerdosalcanzados para el cumplimiento de losmandatos contenidos en la ley del RIC.
![Page 22: Secretaria de Asuntos Agrarios V](https://reader033.fdocuments.mx/reader033/viewer/2022052317/563dbb60550346aa9aaca0da/html5/thumbnails/22.jpg)
GRACIAS POR SU ATENCIÓN!
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