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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE Resolución de la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre de otorgamiento provisional de subvenciones a las entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano con cargo a los Presupuestos Generales del Estado del año 2021. La disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, regula el régimen de acceso a las subvenciones al transporte colectivo urbano de los municipios incluidos dentro de su ámbito subjetivo de aplicación, estableciéndose en 51.054.740 euros el crédito destinado a tal fin. El citado importe aparece consignado en la Sección 17 del Presupuesto de Gastos del Estado del ejercicio 2021, Servicio 39, “Dirección General de Transporte Terrestre”, Programa 441M, Subvenciones y apoyo al transporte terrestre”, Concepto 462. En el apartado Seis de la mencionada disposición adicional se enumera la información que debían suministrar las corporaciones locales para ser beneficiarias de estas subvenciones, que comprende los datos y documentos del ejercicio a subvencionar ejercicio 2020 para la distribución de subvenciones con cargo al ejercicio 2021relacionados con el tráfico, los parámetros medioambientales y la gestión económica y financiera del servicio público de transporte colectivo urbano interior del municipio. A este efecto, la Dirección General de Transporte Terrestre notificó a los potenciales Ayuntamientos interesados y publicó en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana, la Resolución de 6 de mayo de 2021 de la Dirección General de Transporte Terrestre por la que se establece la forma de presentación de la información requerida en el apartado Seis de la disposición adicional centésima décima quinta de la ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en relación con la convocatoria de subvenciones a las entidades locales por la prestación de servicios de transporte colectivo urbano. La información debía presentarse en el plazo comprendido entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año 2021, según lo establecido en el citado apartado Seis, mediante el Portal de Tramitación de Ayudas y Subvenciones de la Sede Electrónica del MITMA (TAYS). Se han recibido noventa y seis solicitudes dentro del plazo establecido. Analizadas las solicitudes admitidas a trámite inicialmente, completadas con la documentación aportada, en su caso, como consecuencia de los oportunos requerimientos de subsanación o aclaratorios, todas ellas han resultado conformes con lo establecido en la normativa reguladora con la excepción de los Ayuntamientos que se relacionan en el Anejo 2. Las variables utilizadas para el reparto del crédito son las especificadas en el apartado Tres de la citada disposición adicional centésima décima quinta: la longitud de la red municipal en trayecto de ida expresada en kilómetros, la relación viajeros/habitantes de derecho de cada municipio ponderada por la razón del número de habitantes y dividido por 50.000, los criterios medioambientales para dar cumplimiento a lo previsto en el Plan de Medidas Urgentes para la Estrategia Española de cambio climático y energía limpia, y el déficit medio por título de transporte emitido. A cada una de las tres primeras de estas variables se le asigna un 5% del crédito, y el 85% restante se reparte en función del déficit medio por billete emitido, con arreglo al procedimiento fijado en el punto b) epígrafe D. del apartado Tres de la mencionada disposición adicional. El déficit medio global por título de transporte ha sido de 1,42 euros. BENITO BERMEJO PALACIOS - 2021-11-17 09:52:24 CET La autenticidad del documento puede ser comprobada mediante el CSV: OIP_PSMNRLNIMNOAD52WP9DZZRACPK59 en https://www.pap.hacienda.gob.es

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MINISTERIO DE

TRANSPORTES, MOVILIDAD

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SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Resolución de la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre de otorgamiento provisional de subvenciones a las entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano con cargo a los Presupuestos Generales del Estado del año 2021.

La disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, regula el régimen de acceso a las subvenciones al transporte colectivo urbano de los municipios incluidos dentro de su ámbito subjetivo de aplicación, estableciéndose en 51.054.740 euros el crédito destinado a tal fin.

El citado importe aparece consignado en la Sección 17 del Presupuesto de Gastos del Estado del ejercicio 2021, Servicio 39, “Dirección General de Transporte Terrestre”, Programa 441M, “Subvenciones y apoyo al transporte terrestre”, Concepto 462.

En el apartado Seis de la mencionada disposición adicional se enumera la información que debían suministrar las corporaciones locales para ser beneficiarias de estas subvenciones, que comprende los datos y documentos del ejercicio a subvencionar —ejercicio 2020 para la distribución de subvenciones con cargo al ejercicio 2021— relacionados con el tráfico, los parámetros medioambientales y la gestión económica y financiera del servicio público de transporte colectivo urbano interior del municipio. A este efecto, la Dirección General de Transporte Terrestre notificó a los potenciales Ayuntamientos interesados y publicó en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana, la Resolución de 6 de mayo de 2021 de la Dirección General de Transporte Terrestre por la que se establece la forma de presentación de la información requerida en el apartado Seis de la disposición adicional centésima décima quinta de la ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en relación con la convocatoria de subvenciones a las entidades locales por la prestación de servicios de transporte colectivo urbano. La información debía presentarse en el plazo comprendido entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año 2021, según lo establecido en el citado apartado Seis, mediante el Portal de Tramitación de Ayudas y Subvenciones de la Sede Electrónica del MITMA (TAYS).

Se han recibido noventa y seis solicitudes dentro del plazo establecido. Analizadas las solicitudes admitidas a trámite inicialmente, completadas con la documentación aportada, en su caso, como consecuencia de los oportunos requerimientos de subsanación o aclaratorios, todas ellas han resultado conformes con lo establecido en la normativa reguladora con la excepción de los Ayuntamientos que se relacionan en el Anejo 2.

Las variables utilizadas para el reparto del crédito son las especificadas en el apartado Tres de la citada disposición adicional centésima décima quinta: la longitud de la red municipal en trayecto de ida expresada en kilómetros, la relación viajeros/habitantes de derecho de cada municipio ponderada por la razón del número de habitantes y dividido por 50.000, los criterios medioambientales para dar cumplimiento a lo previsto en el Plan de Medidas Urgentes para la Estrategia Española de cambio climático y energía limpia, y el déficit medio por título de transporte emitido. A cada una de las tres primeras de estas variables se le asigna un 5% del crédito, y el 85% restante se reparte en función del déficit medio por billete emitido, con arreglo al procedimiento fijado en el punto b) epígrafe D. del apartado Tres de la mencionada disposición adicional. El déficit medio global por título de transporte ha sido de 1,42 euros.

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DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

El órgano instructor de este procedimiento es la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1.ñ) y 9.2.b) del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, y teniendo en cuenta las previsiones de la Ley General Presupuestaria, el resto de normativa reguladora de subvenciones administrativas, y la disponibilidad presupuestaria existente, esta Subdirección General RESUELVE:

Primero.

Otorgar provisionalmente a los solicitantes que se relacionan en el Anejo 1 las cuantías que se detallan en el mismo como subvención al servicio de transporte colectivo urbano.

Segundo.

Conforme a lo establecido en el párrafo final de la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, no reconocer el derecho a percibir la ayuda destinada a financiar el servicio de transporte público colectivo de viajeros, y en consecuencia desestimar, las solicitudes que se relacionan en el Anejo 2, detallándose los motivos de incumplimiento.

Tercero.

Conforme al artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conceder un plazo de DIEZ (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución, para presentar alegaciones, preferentemente a través del Portal de Subvenciones de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (https://subvenciones.mitma.gob.es/). Una vez examinadas se formulará la propuesta de Resolución definitiva.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN, ANÁLISIS E INNOVACIÓN DEL TRANSPORTE TERRESTRE

Benito Bermejo Palacios

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SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Anejo 1

Relación provisional de beneficiarios de las subvenciones al transporte colectivo urbano, reguladas en la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021

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SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

SUBVENCIONES AL TRANSPORTE COLECTIVO URBANO prestado en 2020 Presupuestos Generales del Estado 2021.

Nº Expte. Entidades

SUBVENCIÓN POR VARIABLES

TOTAL SUBVENCIÓN Longitud Red Demanda

Criterios Medio-

ambientales

Déficit por Billete

DGTTEL/21/00016 Jaén 36.777,31 13.968,23 18.484,68 237.459,99 306.690,21

DGTTEL/21/00017 Ejido (El) 25.678,44 1.282,21 30.919,17 21.797,56 79.677,38

DGTTEL/21/00019 León 19.949,50 14.247,70 22.905,60 242.210,85 299.313,65

DGTTEL/21/00020 Miranda de Ebro 6.009,15 1.419,96 12.250,64 24.139,40 43.819,15

DGTTEL/21/00021 Cáceres 34.430,57 18.238,56 27.018,58 310.055,53 389.743,24

DGTTEL/21/00022 Vélez-Málaga 21.247,65 2.695,66 22.316,38 45.826,23 92.085,92

DGTTEL/21/00023 Zaragoza 102.777,25 470.296,64 34.529,49 7.995.042,64 8.602.646,02

DGTTEL/21/00024 Sevilla 79.114,99 293.976,29 42.421,84 4.997.596,79 5.413.109,91

DGTTEL/21/00025 Castro-Urdiales 22.416,64 2.163,93 25.310,78 36.786,88 86.678,23

DGTTEL/21/00026 Alcoy/Alcoi 4.816,08 7.318,84 24.214,14 124.420,36 160.769,42

DGTTEL/21/00027 Dos Hermanas 14.973,62 1.194,03 19.466,85 20.298,56 55.933,06

DGTTEL/21/00028 Tarragona 35.087,30 39.507,93 15.634,53 671.634,87 761.864,63

DGTTEL/21/00029 Sanlúcar de Barrameda

21.146,95 2.978,69 20.717,97 50.637,75 95.481,36

DGTTEL/21/00030 Donostia/San Sebastián

260,51 512,24 157,95 8.708,04 9.638,74

DGTTEL/21/00031 Mieres 23.795,79 2.896,79 20.721,33 49.245,43 96.659,34

DGTTEL/21/00033 Molina de Segura 51.783,76 3.765,27 31.301,49 64.009,58 150.860,10

DGTTEL/21/00035 Toledo 47.044,31 22.214,52 53.397,42 377.646,91 500.303,16

DGTTEL/21/00036 Murcia 113.681,28 35.681,94 23.620,15 606.592,95 779.576,32

DGTTEL/21/00037 Reus 32.005,01 9.381,84 26.069,97 159.491,29 226.948,11

DGTTEL/21/00038 Granada 41.516,76 82.931,71 32.045,97 1.409.839,13 1.566.333,57

DGTTEL/21/00039 Mérida 16.970,10 3.711,94 20.674,41 63.103,04 104.459,49

DGTTEL/21/00040 Lorca 14.866,35 2.044,92 58.646,40 34.763,61 110.321,28

DGTTEL/21/00042 Guadalajara 27.561,09 14.020,81 38.009,36 238.353,81 317.945,07

DGTTEL/21/00043 Lugo 36.208,13 9.034,70 1.281,57 153.589,93 200.114,33

DGTTEL/21/00044 Gijón 51.426,94 72.167,88 42.006,32 1.226.854,02 1.392.455,16

DGTTEL/21/00045 Rota 9.522,70 680,85 28.568,61 11.574,40 50.346,56

DGTTEL/21/00047 Estepona 5.626,05 188,69 47.145,32 3.207,75 56.167,81

DGTTEL/21/00049 Torrelavega 12.377,32 3.150,12 24.679,96 53.552,03 93.759,43

DGTTEL/21/00051 Rincón de la Victoria 10.693,88 1.235,89 8.888,78 21.010,19 41.828,74

DGTTEL/21/00052 Palencia 10.223,22 7.761,50 27.077,26 131.945,52 177.007,50

DGTTEL/21/00053 Almería 33.384,16 30.559,35 23.250,96 519.508,95 606.703,42

DGTTEL/21/00054 Vilanova i la Geltrú 4.470,19 2.360,79 47.393,16 40.133,38 94.357,52

DGTTEL/21/00055 Granollers 4.684,73 4.528,44 55.896,20 76.983,51 142.092,88

DGTTEL/21/00056 Línea de la Concepción (La)

6.348,46 1.427,22 17.617,65 24.262,73 49.656,06

DGTTEL/21/00057 Rubí 10.733,28 7.319,30 21.609,34 124.428,13 164.090,05

DGTTEL/21/00058 Valladolid 118.506,13 87.898,94 42.893,85 1.494.281,97 1.743.580,89

DGTTEL/21/00059 Lloret de Mar 9.305,97 1.029,46 45.410,50 17.500,86 73.246,79

DGTTEL/21/00060 Castelló de la Plana 25.553,66 14.006,20 28.919,52 238.105,45 306.584,83

DGTTEL/21/00061 Girona 14.590,52 10.975,89 35.110,36 186.590,09 247.266,86

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SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Nº Expte. Entidades

SUBVENCIÓN POR VARIABLES

TOTAL SUBVENCIÓN Longitud Red Demanda

Criterios Medio-

ambientales

Déficit por Billete

DGTTEL/21/00062 Zamora 21.212,63 3.767,02 30.012,85 64.039,40 119.031,90

DGTTEL/21/00063 Huelva 13.167,59 22.723,42 29.640,69 386.298,15 451.829,85

DGTTEL/21/00065 Ávila 21.015,60 6.366,55 29.901,77 108.231,37 165.515,29

DGTTEL/21/00066 Burgos 61.551,64 47.302,00 28.248,17 804.133,92 941.235,73

DGTTEL/21/00067 Albacete 11.037,57 17.289,73 31.508,24 293.925,39 353.760,93

DGTTEL/21/00068 Mataró 9.354,13 22.730,05 27.043,80 386.410,90 445.538,88

DGTTEL/21/00070 Coruña (A) 38.381,94 90.178,54 20.250,98 1.533.035,07 1.681.846,53

DGTTEL/21/00071 Segovia 17.694,70 12.412,04 22.499,26 211.004,63 263.610,63

DGTTEL/21/00073 Ourense 62.657,15 28.371,87 23.164,85 482.321,80 596.515,67

DGTTEL/21/00074 Benalmádena 3.042,88 1.476,67 17.617,65 25.103,44 47.240,64

DGTTEL/21/00075 Teruel 11.114,19 1.786,12 22.320,72 30.364,06 65.585,09

DGTTEL/21/00077 Logroño 23.706,04 40.095,97 24.158,56 681.631,50 769.592,07

DGTTEL/21/00078 Lucena 2.845,86 420,76 12.250,64 7.152,91 22.670,17

DGTTEL/21/00079 Alicante/Alacant 66.297,66 91.947,81 27.443,26 1.563.112,74 1.748.801,47

DGTTEL/21/00080 Terrassa 23.861,47 54.677,36 23.388,89 929.515,17 1.031.442,89

DGTTEL/21/00081 Ponferrada 33.493,62 4.756,24 37.463,84 80.856,08 156.569,78

DGTTEL/21/00082 Córdoba 45.264,55 73.722,04 27.799,17 1.253.274,61 1.400.060,37

DGTTEL/21/00084 Torrevieja 17.372,90 10.700,79 28.512,92 181.913,50 238.500,11

DGTTEL/21/00085 Lleida 18.587,86 22.117,84 26.569,92 376.003,20 443.278,82

DGTTEL/21/00087 San Fernando 12.228,45 2.582,60 19.143,95 43.904,23 77.859,23

DGTTEL/21/00088 Cartagena 39.349,53 21.886,12 25.492,41 372.064,01 458.792,07

DGTTEL/21/00089 Huesca 2.038,08 783,85 16.900,53 13.325,47 33.047,93

DGTTEL/21/00090 Santander 56.396,25 72.830,77 47.073,72 1.238.123,02 1.414.423,76

DGTTEL/21/00092 Elche/Elx 39.907,76 46.009,61 25.497,76 782.163,41 893.578,54

DGTTEL/21/00093 Manresa 8.712,72 9.108,26 53.489,57 154.840,35 226.150,90

DGTTEL/21/00094 Almuñécar 8.756,50 917,07 20.938,18 15.590,23 46.201,98

DGTTEL/21/00096 Oviedo 48.992,63 45.454,12 47.410,43 772.720,08 914.577,26

DGTTEL/21/00098 Málaga 115.314,38 170.955,70 48.399,67 2.906.246,77 3.240.916,52

DGTTEL/21/00099 Mollet del Vallès 904,11 1.721,77 53.630,06 29.270,05 85.525,99

DGTTEL/21/00100 Cuenca 7.782,34 3.951,09 19.156,97 67.168,49 98.058,89

DGTTEL/21/00102 Cádiz 11.998,60 42.600,74 20.531,10 724.212,51 799.342,95

DGTTEL/21/00103 Soria 4.999,96 1.404,71 13.738,77 23.880,13 44.023,57

DGTTEL/21/00105 Ciudad Real 13.914,08 6.971,08 23.844,05 118.508,42 163.237,63

DGTTEL/21/00106 Fuengirola 7.990,31 3.844,95 17.117,10 65.364,09 94.316,45

DGTTEL/21/00107 Utrera 25.947,70 1.059,89 20.383,38 18.018,16 65.409,13

DGTTEL/21/00108 Vigo 131.012,60 84.996,09 18.797,15 1.444.933,46 1.679.739,30

DGTTEL/21/00109 Salamanca 27.856,62 46.285,55 38.874,95 786.854,41 899.871,53

DGTTEL/21/00110 Elda 1.795,08 464,22 12.250,64 7.891,78 22.401,72

DGTTEL/21/00111 Melilla 5.232,01 5.589,88 45.474,75 95.027,99 151.324,63

DGTTEL/21/00113 Linares 15.542,79 3.586,82 48.558,98 60.975,91 128.664,50

DGTTEL/21/00114 Sabadell 27.145,16 55.486,14 30.022,02 943.264,43 1.055.917,75

DGTTEL/21/00115 Talavera de la Reina 15.516,52 4.359,48 42.019,98 74.111,09 136.007,07

DGTTEL/21/00116 Puerto de Santa María (El)

17.878,59 6.489,71 31.854,91 110.325,08 166.548,29

DGTTEL/21/00118 Puertollano 12.837,03 2.469,74 20.896,51 41.985,61 78.188,89

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Y AGENDA URBANA

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SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Nº Expte. Entidades

SUBVENCIÓN POR VARIABLES

TOTAL SUBVENCIÓN Longitud Red Demanda

Criterios Medio-

ambientales

Déficit por Billete

DGTTEL/21/00119 Santiago de Compostela

56.807,81 26.433,01 29.604,78 449.361,13 562.206,73

DGTTEL/21/00120 Cambrils 3.732,46 411,76 17.045,91 6.999,87 28.190,00

DGTTEL/21/00121 Motril 5.363,36 263,80 22.318,18 4.484,62 32.429,96

DGTTEL/21/00122 Vendrell (El) 30.428,84 229,20 29.518,16 3.896,43 64.072,63

DGTTEL/21/00123 Badajoz 78.252,48 22.220,17 32.499,26 377.742,90 510.714,81

DGTTEL/21/00124 Sant Cugat del Vallès 25.820,73 4.766,13 28.662,04 81.024,20 140.273,10

DGTTEL/21/00125 Chiclana de la Frontera

33.055,79 2.984,28 23.210,49 50.732,72 109.983,28

TOTALES: 2.552.737,00 2.552.737,00 2.552.737,00 43.396.529,00 51.054.740,00

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SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Anejo 2

Relación provisional de solicitudes desestimadas por incumplimiento de los requisitos establecidos en la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021

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Y AGENDA URBANA

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DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Nº Expte. Solicitante Motivo Desestimación (*)

DGTTEL/21/00072 AYUNTAMIENTO DE MARBELLA Incumplimiento 1. Incumplimiento 3.

DGTTEL/21/00097 AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS Incumplimiento 3.

DGTTEL/21/00101 AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS Incumplimiento 2.

DGTTEL/21/00104 AYUNTAMIENTO DE PALMA Incumplimiento 3. Incumplimiento 4.

DGTTEL/21/00112 AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA Incumplimiento 4.

DGTTEL/21/00117 AYUNTAMIENTO DE BENIDORM Incumplimiento 4.

(*) Incumplimiento 1. No cumplir con el punto 5 del apartado Seis de la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. “5. En todos los casos, justificación de encontrarse el ayuntamiento solicitante de la subvención y la empresa, organismo o entidad que preste el servicio, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.” El ayuntamiento no está al corriente de sus obligaciones tributarias a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes. Incumplimiento 2. No cumplir con el punto 5 del apartado Seis de la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. “5. En todos los casos, justificación de encontrarse el ayuntamiento solicitante de la subvención y la empresa, organismo o entidad que preste el servicio, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.” La empresa no está al corriente de sus obligaciones tributarias a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes. Incumplimiento 3. No cumplir con el punto 5 del apartado Seis de la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. “5. En todos los casos, justificación de encontrarse el ayuntamiento solicitante de la subvención y la empresa, organismo o entidad que preste el servicio, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.” El ayuntamiento no está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes. Incumplimiento 4. No cumplir con el punto 5 del apartado Seis de la disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. “5. En todos los casos, justificación de encontrarse el ayuntamiento solicitante de la subvención y la empresa, organismo o entidad que preste el servicio, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.” La empresa no está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.

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